Ilustre Colegio de Abogados de Lima Dirección de Comunicaciones e Informática Jurídica Martes 08 de Setiembre del 2015
BOLETIN INFORMATIVO DIGITAL N° 098-2015
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
Director Fundador JOSÉ LUIS GARCÍA VILLENA Director de Comunicaciones e Informática Jurídica
MARIO AMORETTI PACHAS Decano
Cal Comunicaciones
EVENTOS Y ACTIVIDADES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
SEDES MIRAFLORES, PALACIO DE JUSTICIA Y LIMA NORTE DECANATO - VICEDECANATO - SECRETARIA GENERAL CICLO DE CONFERENCIAS INTERNACIONALES EN DERECHO PENAL
Fecha Lugar
: 7, 8 y 9 de Se embre 6:00pm. : Auditorio José León Barandiarán Av. Santa Cruz 255 Miraflores
VICEDECANATO
Incorporación Grupal Fecha : 11 de Se embre - 12:00 m Lugar : Auditorio José León Barandiarán Preside la Ceremonia: Dra. María Elena Portocarrero Vice Decana de la Orden DIRECCIÓN COMISIONES Y CONSULTAS Congreso Internacional: ESTÁNDARES DE PROTECCIÓN DE NiÑOS, NiÑAS Y ADOLESCENTES
Fecha Lugar
: 17 y 18 de Se embre 6:00pm. : Auditorio José León Barandiarán Av. Santa Cruz 255 Miraflores Ingreso Libre - Cer ficación Gratuita
DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN
CAPACITACIÓN DE DEFENSORES SOCIALES TEMA: APLICACIÓN DE MULTAS EN SEDE PROCESAL Fecha : viernes 11 de se embre - 6:00 p.m. Lugar : Sala José Galvez - Sede Miraflores Ponente : Luisa Rossana Cano Freitas TEMA: PERICIAS Y CADENA DE CUSTODIAS
Fecha Lugar Ponente
: : :
jueves 17 de se embre - 3:00 p.m. Auditorio Independencia - Palacio de Jus cia
Rafael Angel Rodríguez Salazar
TEMA: APLICACIÓN DE MULTAS EN SEDE PROCESAL Fecha : viernes 25 de se embre - 6:00 p.m. Lugar : Sala José Galvez - Sede Miraflores Ponente : Luis Guillermo Agurto Villegas MARTES 08 DE SETIEMBRE DEL 2015
COMUNICACIONES E INFORMÁTICA JURÍDICA SECRETARIA GENERAL / RR.HH.
CINEPLANET en Sede CAL Lima Norte - Venta de Entradas Fecha : Martes 15 de Se embre Hora : 2:00pm. a 5:00 pm. Lugar : Sede CAL Lima Norte Galería San Lázaro Av. Carlos Izaguirre 216 2do. Piso DIVERCITY en Sede CAL Lima Norte - Venta de Entradas Fecha : Miércoles 16 de Se embre Hora : 2:00pm. a 5 pm. Lugar : Sede CAL Lima Norte Galería San Lázaro Av. Carlos Izaguirre 216 2do. Piso DIRECCIÓN ACADEMICA Y DE PROMOCIÓN CULTURAL CONFERENCIA: REFORMAS MUNICIPALISTAS 2015
Fecha Lugar
: :
Miércoles 09 de Se embre - 6 p.m. Auditorio Luis Bramont Arias - Sede Lima Norte - INGRESO LIBRE
DIPLOMADOS ESPECIALIZADOS EN: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Fecha : 02 de Se embre al 04 de Noviembre Modalidad : Virtual FISCALIZACIÓN LABORAL, CONTRATACIÓN LABORAL Y LA NUEVA ESCALA DE MULTAS LA SUNAFIL
Fecha : 02 de Se embre al 04 de Noviembre Modalidad : Virtual
EVENTOS EXTERNOS Diplomaturas (04 meses) y Diplomados (02 meses)
Inicio : Según Evento - 08 de Se embre Modalidad : Presencial, virtual y mixta Lugar : Av. José Pardo N°620 Organiza : Ins tuto de Capacitación Jurídica Inscripciones: 644-0300 Anexo 1 / 241-2992
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LUNES 07 DE SETIEMBRE DEL 2015
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INSTITUCIONAL Expositores nacionales e internacionales expertos en la materia se dieron cita
Ciclo de Conferencias Internacionales en Derecho Penal
En la Mesa de Honor, de Izq. a Der. : Dr. Ulises Montoya, ex-decano de la Orden; Dr. Luis Gracia Mar n, Dr. Pablo Talavera Elguera Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, invitado español, Dr. Mario Amore Pachas, Decano de la Orden; Dr. César San Mar n Castro, Juez Supremo; Dr. Luis Greco, invitado Brasilero; Dr. Luis Roy Freyre y Dra. Aurea Saenz Arana, Ex Decana de la Orden.
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on la asistencia de cientos de abogados se dio inicio al Ciclo de Conferencias Internacionales en Derecho Penal, organizado por el Colegio de Abogados de Lima. En el mencionado evento las palabras de bienvenida estuvieron a cargo del Dr. Luis Roy Freyre, quien agradeció la presencia y participación de los maestros extranjeros, de los profesores y autoridades del Perú, así también la asistencia de los abogados del gremio a quienes felicitó por su deseo de continuar aprendiendo con las siguientes palabras: el Derecho Penal no es una ciencia estática, se transforma constantemente, el Derecho cambia y, si los abogados no marchan acorde con el progreso del derecho, cada día dejaran de ser menos abogados. El primer expositor fue el Dr. César San Martín Castro, Juez Supremo; quien habló sobre “Los Aspectos Procesales de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas”. MARTES 08 DE SETIEMBRE DEL 2015
Aquí un extracto de su exposición: Los Aspectos Procesales de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas es un tema de particular trascendencia en la actualidad, que ha sido tocado de manera escasa y epidérmica; la persona jurídica puede cometer delito?, la doctrina nacional acerca de la naturaleza de estas medidas ha sido particularmente difusa, asumiendo opiniones encontradas, los autores peruanos sostiene que tales medidas contra las personas jurídicas pueden estimarse de autenticas medidas de seguridad por que se fundamentan en la peligrosidad objetiva de las personas jurídicas Tesis asumida expresamente por la Corte Suprema de Justicia en acuerdo plenario del 2009. la norma proce-
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sal establece que la persona jurídica tiene los mismos derechos que un imputado. En la garantía de tutela jurisdiccional o garantía de defensa procesal, toda persona tiene un conjunto de derechos reconocidos por el derecho, que debe respetarse y que es el proceso penal donde deben estipularse e imponerse las consecuencias jurídico penal determinada… Concluye el Dr. César San Martín Castro con lo siguiente a manera de reflexión: “El camino es vasto, falta mucho por hacer, el día de ayer va a demostrar qué tanto es posible caminar en una línea de eficacia y de respeto a los derechos; Libertad, Garantías Vs. Eficacia. Que queremos, a dónde vamos es un tema que el futuro a esclarecer; en tanto se debe tener las herramientas para afrontar la tarea manteniendo las bases de un Estado constitucional y eso dependo solo de nosotros”. Continuando con el programa tomó la palabra el Dr. Duberli Rodríguez Tineo, Juez Supremo, con el Tema “Prisión Pre-
ventiva”, quién recordó, como parte introductoria a su exposición, a la frase del poeta peruano César Vallejo “El momento más grave de mi vida fue mi prisión en una cárcel del Perú”, quien fue preso que purgó prisión preventiva, recordó ade-
más a José María Arguedas, otro escritor peruano que pasó la misma suerte. Así mismo expuso casos reales en las que los jueces o fiscales estuvieron sujetas a la presión mediática ordenaron la prisión preventiva. Entre las ideas principales el Dr. Duberli resaltó que “La prisión preventiva
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es una medida excepcional. La regla es que todos deben afrontar un proceso en libertad o comparecencia y la excepción es que la afronte con prisión”, “La prisión preventiva va a depender mucho de la concepción que tenga el juez al momento de resolver el periodo procesal” así mismo recordó que “A todo procesado lo ampara la presunción de inocencia que es un derecho de nacimiento, y sólo se va a perder cuando lo declaren culpable con sentencia firme y no antes”. Finalmente iniciaron sus exposiciones los ponentes extranjeros: Dr. Luis Greco, de nacionalidad brasilera quien tuvo a su cargo el tema: “La Función de Personajes Jurídicos y Principio de culpabili-
dad”, el Dr. Luis Gracia Martín, de nacionalidad española, quien trató el tema: “La Doctrina de la Responsabilidad Penal Jurídica” y finalmente el Dr. Bernd Schünemann, de nacionalidad alemana, con el interesante tema: “Una nueva Imagen del Sistema de Derecho Penal”.
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ACTUALIDAD
Nadine Heredia reconoció que agendas son suyas, según Palacios “La verdad, es mi letra”, afirma la periodista que la primera dama le reveló en un mensaje privado en su cuenta de Twitter Hasta ahora, Nadine Heredia ha dicho que no reconoce como suyas las agendas, pues el contenido "está contaminado". (Foto: El Comercio)
La primera dama Nadine Heredia reconoció que son suyas las cuatro agendas con información contable sobre su familia y el Partido
Nadine Heredia niega haber reconocido que las agendas son suyas “Cuando digo 'La verdad es mi letra' me refiero a que mi escritura es mi defensa y mi verdad”, indicó primera dama Nadine Heredia sostiene que Rosa María Palacios "se apresuró" y eso generó una confusión respecto a las agendas que se le atribuyen. (Foto: El Comercio/ Video: América) LEA TAMBIÉN... La primera dama Nadine Heredia negó haber reconocido que es la autora de las agendas que se le atribuyen. Explicó que la periodista Rosa María Palacios –quien reveló esta versión– "se apresuró" y esto generó una confusión al respecto. "Lamento que RMP [Palacios] se haya apresurado. Cuando digo 'La verdad es mi letra', me refiero a que mi escritura, mi letra, es mi defensa y mi verdad", escribió Heredia en su cuenta twiter. En su página weboficial, Palacios manifiesta que la primera dama le envió un mensaje privado a su cuenta de Twitter en el que señala: “La verdad, es mi letra”, con lo que –agregó– admite que las libretas son suyas. Las cuatro agendas contienen información contable sobre la familia presidencial y el Partido Nacionalista. Estas fueron entregadas por el ex congresista Álvaro Gutiérrez a la procuraduría contra el lavado de activos. Luego pasaron a la fiscalía, que las incorporó a la investigación por lavado de activos al Partido Nacioanlista. Nadine Heredia hasta ahora se ha negado a reconocer como suyas las libretas al señalar que fueron manipuladas y están contaminadas, por lo que –arguye– carecen de valor y no pueden ser utilizadas como pruebas. "Esas supuestas pruebas son contaminadas, con lo cual no puedo dar fe de que esas escrituras, archivos, no hayan sido manipulados [...] Me van a permitir no hacer expresión alguna de esos documentos porque yo los desconozco", dijo al respecto. Incluso Ilan Heredia, hermano menor de Nadine Heredia, presentó un recurso al Poder Judicial para que los cuadernos no fueran incluidos en las pesquisas de la Segunda Fiscalía de Lavado de Activos. La solicitud fue denegada la semana pasada. (Fuente El Comercio)
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Nacionalista que el ex congresista Álvaro Gutiérrez entregó a la procuraduría contra el lavado de activos, informó la periodista Rosa María Palacios. En su página oficial, Palacios manifiesta que la primera dama le envió un mensaje privado a su cuenta de Twitter en el que señala: “La verdad, es mi letra”. Hasta ahora, Nadine Heredia se ha negado a reconocer como suyas las libretas al señalar que fueron manipuladas y están contaminadas, por lo que –arguye– carecen de valor y no pueden ser utilizadas como pruebas. "Esas supuestas pruebas son contaminadas, con lo cual no puedo dar fe de que esas escrituras, archivos, no hayan sido manipulados [...] Me van a permitir no hacer expresión alguna de esos documentos porque yo los desconozco", dijo al respecto. El presidente Ollanta Humala ha tenido una posición similar sobre este asunto. "Nadine Heredia no ha reconocido las agendas. Ese tema está en investigación y lo vamos a dejar allí [...] Hemos denunciado la sustracción de artículos", indicó el jefe del Estado en una reciente entrevista. Incluso Ilan Heredia, hermano menor de Nadine Heredia, presentó un recurso al Poder Judicial para que las agendas no fueran incluidas en la investigación fiscal por lavado de activos en relación a los aportes de campaña al Partido Nacionalista. La solicitud fue archivada la semana pasada.La primera dama debe presentarse el próximo Martes 22 de septiembre a la Segunda Fiscalía de Lavado de Activos para responder si reconoce como suyas las libretas.
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Palacios sobre agendas: "No creo haber malinterpretado nada" Según la periodista, le dijo a primera dama Nadine Heredia que publicaría el mensaje pues "debería defenderse con la verdad" "Me dicen ahora que ella no reconoce porque, al poner yo una coma en el titular para hacerlo más leíble para el público y no para cambiar su sentido, ella me ha querido decir que el honor es su divisa", dijo Rosa María Palacios sobre Nadine Heredia. (Foto: El Comercio) La periodista Rosa María Palacios afirmó que no ha Nadine Heredia, "malinterpretado nada" de lo que le dijo la primera dama, a través de un mensaje privado en la red social Twitter, acerca de las cuatro agendas atribuidas a la presidenta del Partido Nacionalista. Luego de conocer la reacción de Nadine Heredia, en la que niega haber aceptado que dichos cuadernos le pertenecen, la periodista publicó varios mensajes que contextualizan la conversación que tuvo con la esposa del presidente Ollanta Humala. No creo haber malinterpretado nada. Es mi modesta opinión. "Me dicen ahora que ella no reconoce porque, al poner yo una coma en el titular para hacerlo más leíble para el público y no para cambiar su sentido, ella me ha querido decir que el honor es su divisa y que la verdad es su
palabra. No creo que hable así", señaló en diálogo con RPP TV. NH: "Tranquila quiero que los bogas acompañen la estrategia. La verdad es mi letra. Pero no puedo adelantarme pa q saque provecho Fiscalía" Del mismo modo, Palacios reveló que esperó varias horas a que la primera dama le responda diversas preguntas, y le dijo que la información que ella misma le estaba confirmando "no la podía dejar de publicar". “Esto es la verdad. Lo siento muchísimo. Le dije que lo iba a publicar y no ser cómplice, encubrir un asunto que no es correcto. Debe defenderse con la verdad. Yo puedo unirme a todo lo que sea defender a una persona de un apanado, porque a esta pobre mujer le han hecho un apanado sin nombre", aseveró. Por otro lado, argumentó que judicialmente este hecho no afecta a Nadine Heredia en nada. "Hasta que no se pare delante del fiscal no ha pasado nada dentro del expediente. Me parece que lo que quiere decir es que dirá las cosas delante del fiscal y no en los medios", zanjó. (Fuente El Comercio)
Nadine Heredia: Agendas revelan estrategia para evitar juicios por delitos de lesa humanidad Anotaciones detallan las movidas que se hicieron para enfrentar los juicios por 'Andahuaylazo' y 'Madre Mía' contra Ollanta Humala. Edwin Yalico es un nombre clave en las agendas de Nadine Heredia Las agendas que hace algunas semanas se presentaron ante la opinión pública sí le pertenecen a Nadine Heredia y quien lo confirmó
fue Ilan Heredia, su hermano. Cuando se archivó el pedido formal de Ilan Heredia para excluir las agendas del proceso de investigación por el delito de lavado de activos que se sigue en su contra,24 horas tuvo acceso al recurso legal donde se lee que: “los documentos le han sido sustraídos de modo ilícito (…) los documentos estaban en su
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esfera privada (dormitorio) y fueron extraídos ilícitamente”. De lo argumentado por la defensa legal de los Heredia se entiende quelas agendas sí le pertenecen a la presidenta del Partido Nacionalista. Esto deja el camino libre para investigar a fondo el contenido de las mismas. Como se ve en este extracto del reportaje de Marco Vásquez para Panorama, dentro de la agenda 'Solo para Mujeres' se puede ver en detalle la estrategia legal que la pareja presidencial siguió ante los juicios por el 'Andahuaylazo' y 'Madre Mía' que se siguió contra Ollanta Humala.
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fundado fue un juez suplente de nombre Edwin Yalico, por lo que el juicio nunca se inició. Yalico posteriormente sería nombrado como asesor del congresista nacionalista José Urquizo.
La única opción que Ollanta Humala tenía en ese entonces, ante la posibilidad real de ir a la cárcel, era presentar un hábeas corpus. Sin embargo, además de hacer las anotaciones sobre todo lo que necesitaban para presentar ese recurso constitucional, Nadine Heredia también escribió la frase “juez se puede escoger”. Aquí lo resaltante: el recurso fue presentado por la defensa legal de los Humala y quien lo declaró
Cecilia Valenzuela nos recuerda que Yalico empezó su relación con el nacionalismo en el Ministerio de la Producción, después pasó al de Defensa y finalmente estuvo en el Congreso de la República. Por otra parte, un reportaje, de 'Sin Peros en la Lengua', se enfoca en otro detalle en las agendas de Nadine Heredia: anotaciones de la época en la que se encontraban en campaña electoral. Ahí aparece la denuncia que hizo Ollanta Humala sobre aportes de China al APRA, consultas a juristas chilenos sobre el caso 'Madre Mía' y
"Rap de Urresti degrada la política", dicen Apra y fujimorismo Legisladora Martha Chávez y dirigente aprista Jorge del Castillo coinciden en que ex ministro no toma asunto con seriedad
El programa dominical "La noticia rebelde" difundió ayer un video de Daniel Urresti en el que arremetió contra Alan García, Keiko Fujimori y Omar Chehade. (Foto: Captura de Latina) El video musical en el que Daniel Urersti ataca a Alan García y Keiko Fujimori fue criticado hoy por representantes del Partido Aprista y Fuerza Popular, quienes consideraron que el ex ministro del Interior degrada la política. La legisladora fujimorista Martha Chávez manifestó que este tipo de acciones "pintan de cuerpo entero" a Daniel Urresti, por
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una reunión con Gladys Echaíz (en ese entonces Fiscal de la Nación) para tratar las supuestas irregularidades en el financiamiento del Partido Nacionalista. Hasta el momento n*o ha habido ninguna respuesta o explicación por parte del nacionalismo, Nadine Heredia u Ollanta Humala* con respecto a este nuevo destape de las agendas de la primera dama. (Fuente Diario Perú 21).
lo que no merece una respuesta de la lideresa de su agrupación política, Keiko Fujimori. “Esa es una ridiculez. Los políticos que se prestan a ese tipo de acciones ya tienen señalado su propio camino. No se toma la política en serio. Además, no solo se ha referido a sus adversarios sino también a gente cercana a su propio partido, como el señor Omar Chehade”, dijo en diálogo con El Comercio. Una posición similar es la del ex primer ministro aprista Jorge del Castillo, quien sostuvo que a pesar de haber conocido a mucha gente pintoresca en política, ninguno mostró “el nivel de Daniel Urresti”. “Esto nos hace un profundo daño a todos porque la ciudadanía nos empieza a ver de un modo errado. Los políticos no son payasos. Es más, él ni siquiera es político”, expresó Del Castillo en diálogo con este Diario. Agregó que este tipo de incidentes deberían ser observados por el Ejército Peruano, pues “hacen creer, equivocadamente, que así se manejan las cosas al interior de ese ente”. “Creo que ya es hora de que alguien allí solicite que se emprendan medidas contra gente que daña la imagen de esa institución”, zanjó. (Fuente El
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Ataques con explosivos en cinco colegios este año [Cronología] Las granadas dejadas en Villa El Salvador, que dejaron un policía muerto, se suman a lista de atentados a colegios en el año [3/6/2015] Presuntos extorsionadores lanzas dos granadas tipo piña al interior del centro educativo San Rafael, ubicado en San Juan de Lurigancho. El hecho ocurrió minutos antes de que los alumnos salieran de clases. Vecinos de la zona indicaron que sujetos sospechosos han estado dejando papeles en la puerta del colegio.
Colegio Cristo Salvador fue la nueva víctima de extorsionadores. (Alessandro Currarino/El Comercio) El policía de la Unidad de Desactivación de Explosivos (UDEX)Adolfo Castellano Carrillo falleció ayer en la tarde a causa de las heridas que sufrió cuando una granada estalló en Villa El Salvador. Este atentado ocurrió frente a un colegio y se suma a la lista de atentados en centros educativos durante el año. En julio pasado, la División de Investigación de Secuestros (Divise) informó que solo en San Juan de Lurigancho se registraron treinta denuncias por cobros de cupos en centros educativos particulares. [8/8/2014] Extorsionadores hacen estallar una granada para amedrentar a los trabajadores encargados de las obras de ampliación del colegio Fermín Tanguis en San Juan de Lurigancho. En total cinco obreros quedaron heridos, y fueron trasladados de urgencia al hospital de Canto Grande.
[11/6/2015] Un grupo de extorsionadores lanzan una bomba molotov en el frontis del colegio San Gregorio de Ate Vitarte para amedrentar al dueño y exigir el pago de cupos. Según testigos, fueron tres menores de edad los que detonaron el explosivo, provocando una intensa humareda que alarmó a vecinos. [25/6/2015] Desconocidos hacen explosionar una granada en la Institución Educativa N° 156 El Porvenir, en San Juan de Lurigancho, donde el 15 de mayo dos obreros fueron heridos de bala por extorsionadores. [30/6/2015] Dos delincuentes hicieron estallar una granada en una obra de construcción civil en el parque Israel, ubicado a cinco cuadras del colegio El Porvenir, en el distrito de San Juan de Lurigancho. [7/9/2015] Fallece en el policía de la Unidad de Desactivación de Explosivos (UDEX) quien intentó desactivar una de las dos granadas dejadas frente a un colegio en Villa El Salvador. Adolfo Castellano Carrillo fue conducido de emergencia al hospital de la Policía; sin embargo, horas después se confirmó su muerte por la gravedad de las heridas. (Fuente El Comercio)
Ayacucho: JNE suspendió a prófugo Wilfredo Oscorima Mediante una resolución del JNE se convoca a Víctor de la Cruz para que asuma el cargo del gobernador regional Wilfredo Oscorima Núñez, prófugo gobernador regional de Ayacucho, fue suspendido de su cargo por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) hasta que se resuelva su situación jurídica. Oscorima fue sentenciado a cinco años de pena privativa de la libertad por el Tercer Juzgado Penal
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Unipersonal de Ica, por el delito de negociación incompatible y/o aprovechamiento indebido del cargo. Según comunicó el JNE, la suspensión se mantendrá mientras continúe en la misma situación jurídica. Asimismo, mediante una resolución, el JNE convoca a Víctor de la Cruz Eyzaguirre, vicegoberna-
(Foto referencial: Archivo El Comercio)
dor regional, a que asuma la titularidad del Gobierno Regional de Ayacucho. Cabe mencionar que, por un acuerdo del consejo regional del 22 de julio de 2015, se declaró la suspensión de la autoridad por 120 días, pero se esperaba la ratificación del JNE. (Fuente El Comercio)
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JUDICIALES
Peláez: Volvería a excluir a Alan García del Caso Narcoindultos Ex fiscal de la Nación dijo que no ve irregularidades en que ex mandatario haya “puesto su puño y letra” en conmutaciones
Fiscalía pide aclaración de fallo que favoreció a Nadine Ministerio Público solicita que se precise si resolución que archivó investigación a Heredia alcanza al resto de implicados
El ex fiscal de la Nación José Peláez Bardales defendió nuevamente la decisión de haber excluido a Alan García de la investigación al ex ministro aprista de Justicia Aurelio Pastor por los narcoindultos. "No me equivocado, lo haría nuevamente. Es respeto a la Constitución y a las leyes. El presidente de la República tiene la facultad de indultar y conmutar penas", indicó esta mañana en diálogo con RPP.
El ex presidente Alan García ha defendido en más de una ocasión los indultos y conmutaciones de penas que otorgó durante su mandato. (Foto: El Comercio)
Peláez agregó que el hecho de que Alan García haya rebajado penas más de lo recomendado por la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia no constituye ninguna irregularidad o infracción. “Que al costado [del documento] haya puesto con su puño y letra [otra cifra] es su facultad. No hay nada raro, absolutamente. Lo que está en discusión es el fondo: el presidente tiene la facultad de conmutar penas", agregó sobre los narcoindultos. En junio del 2014, Peláez Bardales declaró improcedente el pedido del entonces procurador anticorrupción Christian Salas para incluir a Alan García en la indagación a Pastor. La solicitud fue resuelta poco antes de que el magistrado dejara el cargo de fiscal de la Nación. "Emitir un pronunciamiento implicaría una interferencia en las competencias del Congreso al encontrarse pendiente en su seno el trámite de aprobación respectivo", indica la resolución. (Fuente El Comercio).
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(Foto: El Comercio)
La procuraduría del Ministerio Público solicitó a la Sexta Sala Penal para Reos en Cárcel que les precise si su fallo, que archivó la investigación por lavado de activos a la primera dama Nadine Heredia, también alcanza a los demás implicados. El pedido de la fiscalía, hecho la semana pasada, busca saber si las doce personas que también estaban comprendidas en la investigación resultaron beneficiadas igual que la primera dama con la resolución judicial, expedida en agosto. El Ministerio Público argumenta que existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece claramente que los hábeas corpus, como el presentado por Nadine Heredia, solo tienen efectos con las partes que participaron en él. Por ello, la fiscalía considera que el fallo solo debió ordenar el archivo en lo referido a la primera dama. De ser así, se podría seguir investigando a Ilan Heredia, Rocío Calderón Vinatea, la empresa Todo Graph, entre otros, por ejemplo. Dicho fallo sostiene que la aplicación del hábeas corpus de Nadine Heredia también alcanza a los demás implicados porque alguno de ellos ya fueron investigados por los mismos hechos y porque a otros se les vulneró el debido proceso. En los próximos días, la Sala deberá pronunciarse. Luego de ello, la fiscalía evaluará si presenta un recurso de agravio constitucional contra la referida resolución. La lista de las personas naturales y jurídicas que se beneficiaron con el fallo de la Sexta Sala Penal es la siguiente:
9. Guiliana Belaunde Lossio. 1. Ilan Heredia Alarcón. 10. Susana Vinatea Milla Viuda de Calderón. 2. Lino Bejarano Miranda. 3. Antonia Cubas Alarcón. 11.Santiago Gastañadui Ramírez. 4. Arturo Belaunde Guzmán. 12.Maribel Vela Arévalo. 5. Eladio Mego Guevara. 13.Carlos Gómez Sánchez. 14.Todo Graph SAC. 6. María Zuñiga Loayza. 15. Instituto para la Promoción de la 7. Rocío Calderón Vinatea. identidad y el desarrollo nacional. 8. Victoria Morales Erroch. (Fuente El Comercio)
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CNM acordó iniciar vacancia a consejero electo Quispe Pariona El CNM concluyó en que diferentes acusaciones sobre Quispe Pariona podrían afectar la dignidad del cargo de consejero de esta institución. (Foto: El Comercio) El pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), por unanimidad, acordó hoy iniciar trámite de declaración de vacancia al consejero electo Alfredo Quispe Pariona, por causal de incapacidad moral. El CNM concluyó que el audio en que el Consejero Alfredo Quispe declararía
haber realizado una conducta irregular en la Universidad Inca Garcilaso de la Vega y los hechos relacionados con el presunto acoso sexual que se le atribuyen en esa misma casa de estudios, afectarían la dignidad del cargo de consejero del CNM. El representante de los Colegios de Profesionales del Perú juramentará al cargo puesto que la Ley Orgánica del CNM solo prevé la vacancia de consejeros y no la de consejeros electos.
Cabe resaltar que mientras el trámite proceda, el consejero Quispe Pariona no podrá cumplir funciones como tal ya que se encontrará suspendido. Asimismo, luego de correr traslado de las causales de vacancia al consejero, este podrá manifestar su posición en el plazo de cinco días hábiles. (Fuente El Comercio).
Gerald Oropeza: declaran procedente extradición de Brian Camps Sujeto se encuentra en Italia y se le investiga por el delito de tráfico ilícito de drogas
La solicitud de extradición Brian Martín Camps Gutiérrez, quien se encuentra en Italia, y es investigado por el presunto delito de tráfico ilícito de drogas en la modalidad de conspiración en agravio del Estado fue declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Camps también es investigado por presuntamente por integrar la organización delictiva que lideraría el prófugo Gerald Oropeza López. La resolución del tribunal supremo señala que se han cumplido con los requisitos exigidos por el Código Procesal Penal y el Tratado de Extradición suscrito con la República de Italia en 1994. La conducta delictiva imputada a Brian Camps está tipificada tanto en el Código Penal peruano como en el Código Penal italiano. Los hechos ilícitos que se le atribuyen se cometieron y descubrieron en Perú
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Se refiere que, en este caso concreto, la acción penal para el delito materia de la extradición –tráfico ilícito de drogas en su modalidad de conspiración– no ha prescrito en el Estado requirente (Perú), tal como lo establece el tratado vigente. Se cumple, asimismo, con el principio de la doble incriminación, que exige que el hecho imputado sea calificado como delito tanto en nuestro país como en Italia, o en su defecto castiguen la misma infracción penal. La resolución también remarca que el ilícito penal atribuido a Camps Rodríguez es un delito ajeno a cualquier motivación o finalidad política. El cuaderno de extradición será entregado por el presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona Postigo, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para que continúe con el trámite correspondiente. (Fuente El Comercio).
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Penas más duras por delitos serían menos eficaces Estudio indica que malhechores desconocen cambios en leyes Benker Gariza, de 18 años, fue asesinado el fin de semana posterior a Fiestas Patrias a la salida de un bar en el distrito de Florencia de Mora, en Trujillo. Keyser Rodríguez, de 23 años, y Marco Guerrero, de 19, lo emboscaron para descargar sobre él seis disparos y cobrar los S/.200 que fueron prometidos por el 'trabajo'. Los criminales fueron atrapados poco después y serán los primeros en ser juzgados con el nuevo artículo del Código Penal que define y castiga el sicariato con penas más severas. El Decreto Legislativo 1181, del 27 de julio, fue emitido en el marco de las facultades delegadas por el Congreso al Ejecutivo para luchar contra la inseguridad ciudadana. La llamada ley del sicariato establece una pena de 25 a 35 años por este delito, y cadena perpetua cuando es agravado (antes del decreto, la pena podía ser de 15 años). Esta norma va en línea con la demanda ciudadana por mayores penas para los que delinquen ante la escalada de violencia e inseguridad de los últimos años. Y no solo el Ejecutivo ha reaccionado de esta forma, sino que diversas iniciativas legislativas han intentado recoger el pedido por mayor severidad. El proyecto de ley del parlamentario José León Rivera, por ejemplo, planteaba penas más duras para los delitos de homicidio, asesinato por lucro, secuestro y extorsión. Más allá de la popularidad de estas propuestas para hacer más duras las sanciones, vale la pena detenerse en su potencial efectividad para reducir el crimen. Las tres vías
podrían volver a hacerlo. Sin embargo, a la fecha, aproximadamente el 30% de reclusos vuelve a delinquir una vez que abandona el penal. Wilfredo Pedraza, ex jefe del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), comenta que “las cárceles jamás rehabilitan”. Por el contrario, en muchos casos se convierten en escuelas del delito: la policía estima que el 90% de las amenazas de muerte sale de los penales.
El segundo camino es la separación de los criminales de la comunidad. Si una persona no es capaz o no desea respetar las normas de convivencia en sociedad, la prisión es una manera de mantenerla alejada. Esta lógica ha motivado que el Perú cuente con una de las sobrepoblaciones penitenciarias más altas de la región. Según información al 2014, en las 67 cárceles en el ámbito nacional con capacidad para 31.010 presos conviven 67.891 reos. La tercera vía del sistema penal para contribuir a la reducción del crimen es a través de la disuasión. La lógica dice que si los criminales saben que su delito podría acarrear una mayor sanción, lo pensarán dos veces antes de cometerlo. Este es, de hecho, el principal motivo detrás del reciente incremento de penas aprobado por el Ejecutivo. ¿Existe evidencia que respalda esta intuición? Poco eficaz
Existen tres caminos a través de los cuales las penas privativas de la libertad deberían contribuir a disminuir la tasa de delitos. El primero es mediante la resocialización del delincuente. La idea es que las cárceles pueden funcionar como centros para rehabilitar a quienes han roto la ley y
Los estudios a escala nacional que relacionan el impacto de un endurecimiento de las condenas sobre la incidencia de delitos debido al impacto disuasivo son limitados. Sin embargo, existe abundante evidencia internacional al respecto.
Deportista con prisión preventiva tras pelea con menor d e p e r s o n a s a r r e m e t i ó c o n t ra Lecarnaqué bajo el pretexto de que estaba maltratando a la joven. Tras golpearlo, le robaron su celular y otras pertenencias.
Lo golpearon, le robaron y encima lo denunciaron. Jonathan Lecarnaqué Díaz es el deportista peruano, campeón de triatlón, que resultó gravemente herido tras una pelea y que ahora enfrenta una orden de siete meses de prisión preventiva. Según la pareja de la víctima, los hechos ocurrieron en Los Olivos el pasado 31 de agosto cuando un grupo
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“La persona que le había robado se metió a un restaurante y cogió un cuchillo. Mi enamorado le lanzó una silla para que suelte el cuchillo”, contó a América Noticias. Tras lo ocurrido, el mismo sujeto que lo agredió lo denunció por presunto intento de homicidio y ahora podría ser ingresado a un penal. Ante ello, la familia de la víctima quiso denunciar lo ocurrido en la comisaría de Pro pero no les hicieron caso. Por ello, han interpuesto una acción contra
el comisario, el fiscal y el juez. OTRA VERSIÓN DE LOS HECHOS Tras la denuncia, el comandante de la comisaría de Pro, Wenceslao Núñez, aseguró que el deportista agredió a un menor de edad y a su pareja. De hecho, ese mismo día la joven había interpuesto una denuncia contra su pareja. Pese a ello, la enamorada negó las acusaciones y dijo que fueron seis personas quienes atacaron a su pareja. En tanto, Jonathan Lecarnaqué Díaz ahora se encuentra internado en el Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio Delgado - Hideyo Noguchi". (Fuente El Comercio)
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POLICIAL
Cusco: turista rumano agredió a una policía y le quitó su arma El atacante, identificado como Sarkany Levente, fue capturado por agentes SUAT luego de una persecución La suboficial del escuadrón fénix Silvia Concha Zúñiga fue agredida por un turista rumano en el distrito de San Jerónimo, Cusco, cuando realizaba sus labores a bordo de su motocicleta. A la altura de un semáforo, el sujeto de 30 años, identificado como Sarkany Levente Zsolt, quien también se encontraba a bordo de una motocicleta, la golpeó sorpresivamente en el pecho. El sujeto le arrebató su pistola, la amenazó con esta y se dio a la fuga. La suboficial solicitó apoyo policial y agentes de la Subunidad de Acciones Tácticas (SUAT) lograron capturarlo tras una persecución. Según informó la Policía de Turismo de Cusco, el detenido reconoció su responsabilidad en los interrogatorios, los
El detenido reconoció su responsabilidad en los interrogatorios. (Foto: Difusión)
cuales se llevaron a cabo en presencia de su abogado y un traductor. Cabe mencionar que llegó al Perú el 5 de agosto. (Fuente El Comercio)
INTERNACIONAL
Bolivia: Evo Morales acepta referéndum sobre su reelección "Yo no soy el Papa para quedarme para siempre", dijo el mandatario que ya ganó tres elecciones presidenciales Evo Morales, presidente de Bolivia. (Reuters).
La Paz. El presidente de Bolivia, Evo Morales, aceptó hoy la celebración de un referéndum en el que se decida si debe cambiarse la Constitución para que pueda ser reelegido, como estipula la Carta Magna y piden que se realice las organizaciones sociales, campesinas e indígenas que le respaldan. "El pueblo sabrá (decidir). No hay porque tenerle miedo al pueblo. Es lo más democrático hacer referéndum, si nos derrotan ¿qué podemos hacer?", dijo Morales en conferencia de prensa en Palacio Quemado. Según Morales, "el pueblo dirá si hay que modificar la Constitución"
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para que permita que pueda presentarse a unos nuevos comicios. "Yo no soy el Papa para quedarme para siempre. Después se definirá si es por cinco o diez años (la reelección). ¿Si te vas, qué ha ser de Bolivia?, me dicen algunos empresarios", agregó. Morales inició su primer gobierno el 22 de enero del 2006 y gobernó cuatro años con la vieja Constitución. Con la nueva Carta Magna fue elegido para gobernar del 2010 al 2015, y fue reelegido para el período 2015-2020. De acuerdo con la actual Constitución, en vigor desde febrero del 2009, sólo se permite una
reelección. La oposición rechaza una nueva reelección de Morales. "El MAS tiene que cumplir la ley y como no tiene otros líderes insiste en Evo Morales", señaló el senador Oscar Ortíz, del opositor Movimiento Demócrata Social. La Coordinadora Nacional por el Cambio (Conalcam), que agrupa a movimientos sociales, campesinos e indígenas de Bolivia, pidió la semana pasada cambios en la Constitución para permitir la reelección indefinida del presidente Morales. La primera vicepresidenta del Senado boliviano, Nélida Sifuentes, del gobernante Movimiento Al MARTES 08 DE SETIEMBRE DEL 2015
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Socialismo (MAS), anticipó en julio que la Asamblea Legislativa Plurinacional (Congreso de Bolivia) elaborará en el último trimestre del año las reformas constitucionales que permitan asegurar la futura reelección de Evo Morales. También precisó que antes de la decisión de los parlamentarios habrá un congreso del MAS, probablemente en octubre o noviembre, donde los sectores que respaldan a Morales pedirán cambios en la Constitución
para asegurar la reelección en las elecciones del 2019. El objetivo del MAS es que Evo Morales sea habilitado para futuras reelecciones, y para ello se tendrá que cumplir el artículo 411 y mediante referéndum reformar la Constitución. Un 54% de los encuestados por la empresa Ipsos Bolivia respalda la modificación de la Constitución boliviana para permitir la reelección indefinida del presidente Morales, según el sondeo difundido la semana
pasada por la red de televisión ATB. La encuesta se realizó en agosto en las ciudades de La Paz, El Alto, Cochabamba y Santa Cruz, donde reside un 60 por ciento de los 10 millones de habitantes del país. El trabajo de Ipsos Bolivia, por otra parte, estableció que un 53% votaría por Morales en las elecciones del 2019, un 37% lo haría por otro candidato y un 10% no sabe. (Fuente: DPA, para El Comercio).
Corte IDH condena a Venezuela y le ordena restablecer RCTV Según organismo hemisférico, el chavismo restringió el ejercicio del derecho a la libertad de expresión cuando cerró RCTV
RCTV fue cerrada por el chavismo en el 2007. (AFP). "El Estado deberá restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión y deberá devolver los bienes objeto de las medidas cautelares", indica la sentencia, notificada este lunes a las partes. La Corte IDH dio por "probado que en el presente caso se configuró una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones". El caso se remonta al 28 de mayo del 2007, cuando el Gobierno del entonces presidente venezolano Hugo Chávez (1954-2013) decidió no renovar la concesión de RCTV, lo que provocó que el medio de comunicación dejara de transmitir como estación de televisión abierta.La demanda indica que el cierre de la estación, que operaba desde 1953, se debió a que sus propietarios se negaron a cambiar su línea editorial crítica al Gobierno. La Corte IDH determinó que el Estado violó el deber de no discriminación, el derecho al debido proceso, al de un plazo razonable en un contencioso y el derecho a ser oído de los propietarios y trabajadores de MARTES 08 DE SETIEMBRE DEL 2015
RCTV. En la parte dispositiva de la sentencia, la Corte IDH ordena al Estado restablecer la concesión de la frecuencia de RCTV mediante un proceso "abierto, independiente y transparente". Además, "el Estado debe tomar las medidas necesarias a fin de garantizar que todos los futuros procesos de asignación y renovación de frecuencias de radio y televisión que se lleven a cabo, sean conducidos de manera abierta, independiente y transparente". La Corte IDH, con sede en Costa Rica y que forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), también ordenó una serie de reparaciones económicas para los demandantes. La audiencia por este caso se realizó en mayo del 2014 y en ella el agente del Estado de Venezuela, Germán Saltrón, negó que la no renovación respondiera a la línea editorial y señaló que se trató de una cuestión técnica porque la frecuencia tenía mayor cobertura y se debía usar para un medio de servicio público. "RCTV estaba haciendo un abuso del derecho a la libertad de expresión. En su programación se evidenciaba una constante tergiversación de los hechos, ocultamiento de datos y manipulación de las declaraciones, presentando los acontecimientos de una manera tendenciosa que censuraba el derecho a la información de manera veraz y oportuna", denunció Saltrón ese día. En su momento, RCTV cesó sus emisiones en abierto el 27 de mayo del 2007 tras vencer su última concesión, de 20 años, que el Gobierno Venezolano no prorrogó por considerar que la cadena, la más antigua del país, tuvo una actitud "golpista". (Fuente: EFE, para El Comercio).
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Guatemala: segundo lugar en elecciones se pelea voto a voto
Ciudad de Guatemala. La socialdemócrata y ex primera dama Sandra Torres consolidó hoy su ligera ventaja en la cerrada lucha por el segundo lugar de la elección presidencial guatemalteca, a falta de procesar el 1,83% de las mesas, pero el resultado oficial podría ser presentado por las autoridades el viernes. Torres hizo su primera aparición pública la tarde del lunes en una conferencia de prensa en la que agradeció a la población su apoyo para impulsarla al ballotage. Afirmó que será la presidenta de Guatemala.
que el presidente Otto Pérez renunció al cargo después que el Congreso le retiró la inmunidad por acusaciones de corrupción. Tras haberse procesado el 98,17% de las mesas electorales Torres mejoró su ventaja respecto a Baldizón con 954.449 de los votos (19,67%), 3.829 votos más que el candidato de Líder (950.620 votos, el 19,59%). No obstante, tanto la noche del domingo como este lunes se registraron algunos hechos de violencia aislados en municipios donde la población inconforme con los resultados electorales quemó las papeletas y materiales utilizados en la elección. Analistas coincidieron en señalar que estos hechos, además de las impugnaciones que pueda presentar Baldizón, si finalmente queda desplazado a la tercera posición, harían demorar el resultado oficial de los comicios.
Expresó que los datos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) le permiten asegurar que ella estará en segunda vuelta. Expuso que en esta segunda etapa "se necesita de una propuesta seria, y nosotros la cumplimos". De sostener su leve ventaja ante el derechista Manuel Baldizón, candidato de su propio partido, Libertad Democrática Renovada (Líder), Torres sería quien se mida en el ballotage, el 25 de octubre, a Jimmy Morales, desconocido como político pero conocido como actor y comediante, quien obtuvo el triunfo electoral el Domingo. Los comicios generales de Guatemala se cumplieron con una participación sin precedentes del 70,38% luego de una semana en la
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) en una conferencia de prensa advirtió este lunes que, en efecto, el resultado definitivo de esta primera vuelta electoral podría demorarse hasta el Viernes.
Julio Solórzano, magistrado del TSE, dijo que el sistema informático representa un modo de reportar los resultados a la población y a los observadores, pero advirtió que además existe el mecanismo oficial, que consiste en "las audiencias de
revisión" de las actas de cada junta electoral. Añadió que, de acuerdo con la ley, estas audiencias pueden cumplirse dentro de los cinco días después de la elección, por lo que se tiene hasta el viernes para que lo hagan. Solórzano informó que, tras los comicios del domingo, hubo cinco actas de juntas electorales que no ingresaron al sistema de cómputo, y que por lo tanto el TSE debe determinar qué pasó con ellas. Advirtió que son cinco de las 19.582, por lo que aseguró que no inciden en el resultado electoral. Comentó que el TSE desconoce si éstas fueron quemadas o robadas y que podrá determinarlo y accionar una vez reciba los informes de todas las "audiencias de revisión". El candidato que logre el segundo lugar pasará a la segunda ronda el 25 de octubre para disputar la presidencia de Guatemala con Jimmy Morales, que el domingo obtuvo sorpresivamente el triunfo sin ser un político conocido con 1.156.721 de votos, el 23,95%, según el último registro. En esta etapa final del procesamiento de datos, los resultados parciales avanzan con suma lentitud en el sistema de cómputo del organismo. Por ello, la expectativa por conocer cuál de los dos candidatos lograría pasar a la segunda ronda se mantuvo durante todo el día. Analistas locales observaron que hasta el cierre del 100% de las mesas no se podrá saber si Torres podrá sostener la segunda posición dado que la diferencia es muy corta y puede volverse a revertir en cualquier momento. (Fuente: DPA, para El Comercio).
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CARICATURAS Y HUMOR MARTES 08 DE SEPTIEMBRE FUENTE: PERU 21
MARTES 08 DE SEPTIEMBRE FUENTE: EL COMERCIO
MARTES 08 DE SEPTIEMBRE FUENTE: LA REPÚBLICA
MARTES 08 DE SEPTIEMBRE FUENTE: DIARIO EL CORREO
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OTOGONGO No. 494 PERU 21
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NORMAS LEGALES
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NORMAS LEGALES DE INTERÉS JURÍDICO El Peruano / Martes 8 de setiembre de 2015
NORMAS LEGALES
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que ratifica la Declaración de Interés Nacional la realización del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública” DECRETO SUPREMO N° 059-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), es un Organismo Público Internacional de carácter Intergubernamental, con el respaldo de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 2845- XXVI), bajo la iniciativa de los gobiernos de México, Venezuela y Perú, cuya sede se encuentra en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela; Que, el 11 de noviembre de 2014, el Perú fue designado sede del XX Congreso Internacional del CLAD, mediante Acuerdo Vigésimo Noveno de la Relación de Acuerdos de la XLIV Reunión del Consejo Directivo del CLAD, llevada a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, en ese contexto, mediante Resolución Suprema N° 045-2015-PCM, se declaró de interés nacional la realización del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública”, y se instituyó a la Presidencia del Consejo de Ministros como la Entidad Organizadora del citado evento; Que, mediante Carta CLAD/096/2015, el CLAD ha comunicado que para el Congreso ingresarán al país materiales logísticos y de exposición; así como publicaciones para ser entregados a los Conferencistas, Panelistas y Participantes del citado evento; Que, la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos del literal d) del artículo 2 de la referida Ley;
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De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Ratificación de la Declaración de Interés Nacional Ratif car la Declaración de Interés Nacional la realización del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública” que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 10 al 13 de noviembre de 2015; así como las actividades y eventos relacionados con este propósito, y que tendrán lugar antes, durante y después del citado Congreso, contenida en la Resolución Suprema Nº 045-2015-PCM. Artículo 2.- Financiamiento La aplicación de la presente norma se f nancia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1284505-1
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Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diferentes Distritos Judiciales en el territorio de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 271-2015-CE-PJ Lima, 2 de setiembre de 2015 VISTOS: El Of cio Nº 596-2015-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe Nº 104-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Of cina de Productividad Judicial, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 086-2015-CE-PJ, Nº 087-2015-CE-PJ, Nº 138-2015-CEPJ, Nº 139-2015-CE-PJ, Nº 153-2015-CE-PJ, Nº 182-2015-CE-PJ, Nº 212-2015-CE-PJ y Nº 221-2015-CEPJ, se prorrogó hasta el 31 de agosto de 2015 el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; disponiéndose, además, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que por O f cio Nº 596-2015-OPJ-CNPJCE-PJ el Jefe de la Of cina de Productividad Judicial ha elevado a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 104-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual ha realizado la evaluación de las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Callao, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Santa, Sullana, Tacna, y Ucayali, respecto a los órganos jurisdiccionales transitorios cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 31 de agosto del presente año. Dicha evaluación se ha efectuado en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del Poder Judicial, correspondiente al período de enero a junio de 2015, considerando que el avance ideal al mes de junio de cada año equivale al 45% del estándar anual. En ese sentido, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administración de órganos jurisdiccionales y la optimización de recursos para la mejora de la productividad y ef ciencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por lo que siendo así, y conforme al análisis y evaluación desarrollados respecto al ingreso de expedientes nuevos, carga procesal y producción jurisdiccional, la Of cina de Productividad Judicial pone a consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta de prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios en los mencionados Distritos Judiciales. Tercero. Que, de otro lado, el Jefe de la Of cina de Productividad Judicial informa lo siguiente: a) Mediante Of cio Nº 1172-2015-CSJHN/PJ e informe Nº 067-2015-UPD-GAD-CSJHN/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco ha solicitado la culminación de la itinerancia del 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huánuco a la Provincia de Ambo y la autorización de migración de expedientes penales pendientes por liquidar de la Provincia de Yarowilca a la Provincia de Huánuco. De acuerdo a lo información proporcionada por la Corte Superior de Justicia de Huánuco, el 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de Huánuco se traslada dos veces a la semana a la Provincia de Ambo, lo cual imposibilita atender de manera constante los expedientes correspondientes a la Provincia de Huánuco; además, considerando que la distancia entre ambas provincias es de aproximadamente 25 minutos, resulta
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recomendable que dicho órgano jurisdiccional culmine su itinerancia a la Provincia de Ambo, centralizándose el trámite de todos los expedientes en la Provincia de Huánuco. De otro lado, el Juzgado Mixto de la Provincia de Yarowilca se desempeña en adición de sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, además de estar a cargo del trámite de los procesos laborales al amparo de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, motivo por el cual dicho órgano jurisdiccional no logra optimizar la liquidación de expedientes penales al amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940, por lo que resulta necesario asignar dichos expedientes a una dependencia exclusiva, razón por la cual se recomienda el traslado de los expedientes del Código de Procedimientos Penales de 1940 de la Provincia de Yarowilca a la Provincia de Huánuco, b) Mediante Of cio Nº 3047-2015-P-CSJT-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, solicita el turno abierto para el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna, sustentado en que con ello se permitirá aumentar la carga procesal y el nivel de producción de dicho órgano jurisidccional transitorio, atendiendo así al principio de celeridad a favor de los litigantes. Al respecto, mediante Resolución Administrativa Nº 580-2015-P-CSJT, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna dispuso a partir del mes de agosto que se remitan 400 expedientes del 2º Juzgado de Trabajo Permanente hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio, a f n de incrementar la producción de este último; y considerando que el 2º Juzgado de Trabajo Permanente y el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna tendrían una carga procesal proyectada para el presente año de 3,036 y 908 expedientes, respectivamente, resultaría conveniente redistribuir 500 expedientes adicionales a los 400 expedientes redistribuidos por disposición de la misma Corte Superior de Justicia de Tacna, a f n de equiparar la carga procesal, con lo cual la carga procesal proyectada del 2º Juzgado de Trabajo Permanente sería de 2,136 expedientes y la del Juzgado de Trabajo Transitorio sería de 1,808 expedientes, de tal manera que ambos órganos jurisdiccionales se encontrarían en situación de carga estándar al estar dentro del rango de los 1,690 expedientes de carga procesal mínima y los 2,210 expedientes de la carga procesal máxima, respecto al estándar resolutivo de 1,300 expedientes anuales; por lo que no procederia la solicitud de apertura de turno del Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna. Cuarto. Que, el artículo 82º, incisos 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y ef ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 10352015 de la cuadragésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidias Farfán, Vera Meléndez y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.-Prorrogar, a partir del 1 de setiembre de 2015, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE APURIMAC • Juzgado Mixto Transitorio - Abancay CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA (Por última vez) • 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Arequipa CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CALLAO • Juzgado Penal Transitorio - Reos Libres - Callao
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NORMAS LEGALES
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO • Sala Civil Transitoria de Huánuco • 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial - Huánuco
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR • 2º Juzgado Penal Transitorio - San Juan de Miraf ores
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA • Juzgado de Trabajo Transitorio - Ica • Juzgado de Trabajo Transitorio - Chincha • Juzgado de Paz Letrado Familia Transitorio - Ica
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANCASH • Juzgado de Familia Transitorio - Huaraz • Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio - Huaraz
HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE JUNÍN • 2º Juzgado de Trabajo Transitorio - Huancayo
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE • Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Chiclayo
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD • 1º Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Trujillo
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE • 1º Juzgado Penal Transitorio - Lurigancho • 2º Juzgado Penal Transitorio - San Juan de Lurigancho • Juzgado Civil Transitorio - San Juan de Lurigancho • Juzgado Penal Transitorio - Santa Anita
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE • Juzgado de Familia Transitorio - Lambayeque CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA • 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima • 2º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA • Sala Penal Liquidadora Transitorio - Chimbote • 1º Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Chimbote • 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Chimbote
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE • 1º Juzgado Civil Transitorio - Santa Anita
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SULLANA • Juzgado de Trabajo Transitorio - Talara
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE • Juzgado Civil Transitorio - Puente Piedra
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA • Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR • 1º Juzgado de Familia Transitorio - Villa María del Triunfo • Juzgado Mixto Transitorio - Lurín • Juzgado Civil Transitorio - San Juan de Miraf ores
HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE • 2º Juzgado Penal Transitorio (MBJ de Huaycán) - Ate CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE • Juzgado Civil Transitorio - Carabayllo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR • 2º Sala Penal Transitoria - Villa María del Triunfo • 1º Juzgado Penal Transitorio - San Juan de Miraf ores CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI • 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Coronel Portillo • Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Padre Abad HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA • Sala Laboral Transitoria - Arequipa CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO • 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Cusco CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO • 1º Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Huánuco CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE • 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Chiclayo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA • 1º Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Surco San Borja CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE • 2º Juzgado Civil Transitorio - Santa Anita • 2º Juzgado Penal Transitorio - El Agustino
Nº
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Martes 8 de setiembre de 2015/
Corte Superior de Justicia
Artículo Segundo.- Disponer las siguientes acciones administrativas, en la Corte Superior de Justicia de Huánuco: - Culminar la itinerancia del 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de la Provincia de Huánuco a la Provincia de Ambo, centralizándose el trámite de los expedientes a cargo de dicho juzgado en la Provincia de Huánuco. - Remitir del Juzgado Mixto de la Provincia de Yarowilca al 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de Huánuco, los expedientes en liquidación de los procesos tramitados bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940. Artículo Tercero.- Desestimar la solicitud de apertura de turno del Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna, efectuada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Artículo Cuarto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna redistribuya 500 expedientes principales en trámite del 2º Juzgado de Trabajo Permanente de Tacna al Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna, a f n de equiparar la carga procesal. Artículo Quinto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Arequipa, Callao, Ica, Lima Este, Lima Sur, Santa, Sullana, Tacna y Ucayali evalúen la idoneidad del juez, a efectos de disponer su reemplazo, y de ser el caso, reemplazar al personal jurisdiccional asignado en el órgano jurisdiccional transitorio que se detalla a continuación, debido al “muy bajo” nivel resolutivo que han presentado al mes de junio, debiendo informar en el más breve plazo sobre dichas acciones al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial:
Órgano Jurisdiccional
Avance Real a junio 2015
Avance Ideal a junio 2015
25%
45%
1
Apurímac
Juzgado Mixto Transitorio - Abancay
2
Arequipa
1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Arequipa
11%
45%
3
Callao
Juzgado Penal Transitorio Reos Libres - Callao
24%
45%
4
Ica
Juzgado de Trabajo Transitorio - Ica
16%
45%
5
Ica
Juzgado de Trabajo Transitorio - Chincha
11%
45%
6
Ica
Juzgado de Paz Letrado - Familia Transitorio de Ica
19%
45%
7
Lima Este
1º Juzgado Penal Transitorio - Lurigancho
19%
45%
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BOLETIN INFORMATIVO DIGITAL N° 098-2015
El Peruano / Martes 8 de setiembre de 2015 Nº
Corte Superior de Justicia
NORMAS LEGALES Órgano Jurisdiccional
Avance Real a junio 2015
Avance Ideal a junio 2015
8
Lima Este
2º Juzgado Penal Transitorio - San Juan de Lurigancho
23%
45%
9
Lima Este
Juzgado Civil Transitorio - San Juan de Lurigancho
10%
45%
Lima Este
Juzgado Penal Transitorio - Santa Anita
21%
Lima Sur
2º Sala Penal Transitoria Villa María del Triunfo
25%
45%
Santa
Sala Penal Liquidadora Transitoria - Chimbote
19%
45%
10 11 12
45%
13
Santa
1º Juzgado de Penal Liquidador Transitorio - Chimbote
21%
45%
14
Santa
2º Juzgado de Penal Liquidador Transitorio - Chimbote
24%
45%
15
Sullana
Juzgado de Trabajo Transitorio - Talara
16%
45%
16
Tacna
Juzgado de Trabajo Transitorio - Tacna
26%
45%
Ucayali
2º Juzgado de Penal Liquidador Transitorio - Coronel Portillo
18%
45%
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Artículo Sexto.- Disponer que los jueces de los órganos jurisdiccionales evaluados en el presente informe, remitan al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial un informe detallando los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen f n al proceso y sentencias expedidas notif cadas y sin notif car; b) Listado de expedientes en trámite por año, que se encuentran pendientes de resolución f nal; c) Listado de expedientes en trámite por año que se encuentren listos para sentenciar; d) Número de expedientes en ejecución; y e) Dif cultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe deberá adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada órgano jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, régimen laboral, tiempo de servicio en el órgano jurisdiccional, calif cación argumentada de su desempeño en “Bueno”, “Regular” o “Bajo”; así como si se encuentra debidamente capacitado, esto con la f nalidad que dicha Comisión Nacional, en coordinación con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. Artículo Sétimo.- Disponer que las Of cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país verif quen el desempeño de los órganos jurisdiccionales listados en el Anexo A, cuyo nivel de resolución de expedientes sea inferior al 27% de su estándar, debiendo comunicar sobre dicho resultado a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Octavo.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia supervisen y garanticen mes a mes el registro continuo y completo de la información estadística correspondiente a sus órganos jurisdiccionales, en el Sistema Integrado Judicial y Formulario Estadístico Electrónico (SIJ-FEE), de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 005-2012-GGPJ, considerando que dicha información sirve de base para las diversas evaluaciones técnicas y posteriormente para la toma de decisiones (ver Anexo B). Artículo Noveno.- Disponer que los órganos jurisdiccionales penales liquidadores tengan presente la Directiva Nº 012-2013-CE-PJ, denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencias Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo Nº 124”, aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, con la f nalidad de dar mayor celeridad a la liquidación de expedientes. Décimo.- Mantener como política institucional que durante el proceso de descarga de expedientes de los órganos jurisdiccionales destinados para tal f n, aquellos que por su buen nivel resolutivo se queden sin carga procesal, reciban los expedientes de los órganos jurisdiccionales menos productivos, los cuales serán reubicados a otro Distrito Judicial. Artículo Undécimo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Of cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Of cina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación
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del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y f nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1284230-3
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Programan Visita Judicial Ordinaria de Asistencia, Puntualidad, Permanencia y de Investigación Judicial a los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Ica RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 174-2015-J-OCMA/PJ Lima, veinticuatro de agosto de dos mil quince. LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL (OCMA) Órgano Rector de Control del Poder Judicial, ejerce la dirección de su desarrollo institucional, estando investida para ello de las facultades establecidas en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF-OCMA). Para cumplir con lo previsto en el artículo 105° inciso 1) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con los literales 1) y 2) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Of cina de Control de la Magistratura – OCMA, debe disponerse visitas a los distintos Distritos Judiciales de la República, para verif car el desempeño funcional de los magistrados y auxiliares que integran los órganos jurisdiccionales, recepción de quejas, revisión de expedientes, libros y demás actuados administrativos, así como revisión de equipos de cómputo, recabando información de la situación actual del órgano jurisdiccional visitado y sus condiciones de trabajo para los f nes de control, así como la verif cación de personal, infraestructura y mobiliarios asignados, y demás procedimientos administrativos, conforme a la facultad conferida por el artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA y de aplicación extensiva la Directiva N° 001-2005-J-OCMA. CS del 14 de febrero del 2005, aprobada por Resolución de Jefatura Suprema N° 017-2005-J/OCMA.CS de la misma fecha. En ese contexto, y conforme a lo dispuesto en la Resolución de Jefatura N° 108-2015-J-OCMA/PJ de fecha 27 de mayo del 2015, esta Jefatura Suprema dispuso la
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realización de visitas judiciales ordinarias a los órganos jurisdiccionales que se estimen pertinentes de la Corte Superior de Justicia de Loreto, entre otras, para los días 23 y 24 de setiembre del 2015. Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2015SA, publicado en el Diario O f cial “El Peruano” el 09 de agosto del 2015, se declara en emergencia sanitaria por el plazo de noventa (90) días calendarios, al departamento de Loreto “… por cuanto en dicho departamento se viene presentando un brote epidémico de malaria, persistencia de brotes de dengue, riesgo elevado de incremento de casos de leptospirosis y riesgo elevado de ingreso e inicio de transmisión autóctona de f ebre chikungunya (…)”, motivo por el cual esta Jefatura Suprema ha creído conveniente dejar sin efecto la Resolución de Jefatura Nº 108-2015-J-OCMA/ PJ del 27 de mayo del 2015, en el extremo que dispone la realización de la visita judicial ordinaria a la Corte Superior de Justicia de Loreto. Asimismo, a f n de no afectar el cumplimiento de las metas establecidas para el presente trimestre, se ha creído pertinente programar visita judicial ordinaria a la Corte Superior de Justicia de Ica, la misma que se desarrollará del 22 al 24 de setiembre del 2015. Por tales razones, SE RESUELVE: Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Jefatura Nº 108-2015-J-OCMA/PJ del 27 de mayo del 2015, en el extremo que programa Visita Judicial Ordinaria a la Corte Superior de Justicia de Loreto, manteniendo ésta su validez en los demás extremos. Segundo.- PROGRÁMESE Visita Judicial Ordinaria de Asistencia, Puntualidad, Permanencia y de Investigación Judicial a los órganos jurisdiccionales y administrativos que se estimen pertinentes de la Corte Superior de Justicia de Ica del 22 al 24 de setiembre del 2015; disponiéndose su oportuna publicación. Tercero.- DISPONER que la ejecución de la Visita Judicial Ordinaria a la Corte Superior de Justicia de Ica se encuentre a cargo de la Unidad de Visitas de la Of cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, habilitándose –de ser el caso– en su oportunidad a los magistrados integrantes de las otras Unidades Contraloras para que brinden el apoyo que resulte necesario. Cuarto.FORME la presente resolución parte integrante de la Resolución de Jefatura Nº 108-2015-J-OCMA/PJ del 27 de mayo del 2015. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA MARIA ARANDA RODRÍGUEZ Jueza Suprema Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República Jefa de la Of cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial 1284220-1
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan magistrado en la Corte Superior de Justicia de Lima Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 457-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de setiembre de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 509472-2015, el doctor William Auris Gutierrez, Juez Titular del 26° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, solicita licencia por paternidad por el periodo del 07 al 10 de setiembre del presente año, al amparo de la Ley N° 29409. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a f n de no afectar el normal desarrollo de las actividades
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jurisdiccionales del 26° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación del Juez conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un ef ciente servicio de administración de justicia en benef cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.-DESIGNAR al doctor MANUEL JESUS ARANA CARDENAS, como Juez Supernumerario del 26° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, a partir del día 07 de setiembre del presente año y mientras dure la licencia del doctor Auris Gutierrez. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Of cina de Control de la Magistratura, Of cina de Personal, Of cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Of cina de Administración Distrital y de los Magistrados para los f nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1284418-1
Conforman la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres y designan magistrada en la Corte Superior de Justicia de Lima Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 461-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de setiembre de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede la doctora Araceli Denyse Baca Cabrera, Juez Superior Titular integrante de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima, pone a conocimiento de esta Presidencia el descanso médico concedido al doctor Raúl Emilio Quezada Muñante Juez Superior Provisional integrante de la referida Sala Penal por los días 07 y 08 de setiembre del presente año, informando la programación de audiencias y vistas de causa. Que, mediante la razón que antecede, ponen conocimiento de esta Presidencia el descanso médico otorgado a la doctora Haydee Virna Vergara Rodríguez, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro a partir de la fecha y por el periodo de diez días. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a f n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un ef ciente servicio de administración de justicia en benef cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados
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Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora CECILIA ANTONIETA POLACK BALUARTE Juez Titular del 44° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima, a partir del día 08 de setiembre del presente año y mientras dure la licencia del doctor Quezada Muñante, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: CUARTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRES Dr. Julio Enrique Biaggi Gómez Presidente Dra. Araceli Denyse Baca Cabrera (T) Dra. Cecilia Antonieta Polack Baluarte (P)
Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora JUDITH ROSMERY BECERRA HURTADO, como Juez Supernumeraria del 2° Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, a partir del día 08 de setiembre del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Vergara Rodríguez. Artículo Tercero.-PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Of cina de Control de la Magistratura, Of cina de Personal, Of cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Of cina de Administración Distrital y de los Magistrados para los f nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
Poder Judicial, Ley de la Carrera Judicial, Reglamento de Valoración de Méritos de Magistrados, Resolución Administrativa 031-2013-CE-PJ, Guía Metodológica de valoración de méritos de los Magistrados y la Metodología de Trabajo dictada por la Comisión de Alto Nivel de Meritocracia del Poder Judicial. Tercero.- Que, sometido a debate, con lo consignado en actas y culminada esta etapa del proceso, teniendo en cuenta que los proyectos de los Cuadros de Méritos y Antigüedad de Jueces Especializados y/o Mixtos y Jueces de Paz Letrados titulares, han sido formulados por la Comisión designada, para lo cual se han observado las normas vigentes sobre la materia, se procedió a su aprobación. En consecuencia; en mérito al acuerdo de la sesión de Sala Plena, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.-APROBAR los Cuadros de Méritos y Antigüedad de los Jueces Especializados y/o Mixtos y Jueces de Paz Letrado correspondiente al periodo judicial 2014 -2015, los mismos que obran en los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de los referidos documentos en la Página Web de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Tercero.-PONER la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofcina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Academia de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, la Ofcina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Of cina de Administración Distrital, para los fnes consiguientes.
OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
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MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta
Aprueban Cuadros de Méritos y Antigüedad de los Jueces Especializados y/o Mixtos y Jueces de Paz Letrado correspondiente al periodo judicial 2014-2015, en la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 454-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 27 de agosto de 2015 VISTOS: El of cio s/n -2015-CM-JGR cursado por el Señor Doctor Jimmy García Ruiz, Presidente de la Comisión encargada de formular los Cuadros de Méritos y de Antigüedad de los Jueces Especializados y/o Mixtos y Jueces de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y el Acuerdo de Sala Plena del ocho de julio del año en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.Por Resolución Administrativa 429-2014-P-CSLE/PJ se conformó la Comisión encargada de formular los Cuadros de Méritos y de Antigüedad de los Jueces Especializados y/o Mixtos y Jueces de Paz Letrado de esta Corte Superior de Justicia, presidida por el señor Juez Superior Titular Jimmy García Ruiz. Segundo.- Que ante la Sala Plena, se puso a consideración para su aprobación los Cuadros de Mérito y Antigüedad de los Jueces Especializados y/o Mixtos y Jueces de Paz Letrado titulares, los cuales han sido elaborados conforme al Capítulo II. Título I de la Sección Quinta del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
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Conforman las Sub Comisiones de Trabajo de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 469-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 7 de setiembre de 2015 VISTOS: La Resolución Administrativa 212-2015-CE-PJ, Acta del Acuerdo de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Lima Este; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por Resolución Administrativa de vistos se conformó la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Lima Este, encontrándose dentro de sus atribuciones la conformación de las Sub Comisiones de Procesos Interinstitucionales, Capacitación y de Difusión, las mismas que deben de estar integradas por dos representantes de cada Institución. Segundo.- Por acuerdo de fecha cuatro de setiembre del año en curso, la Comisión, designó a los integrantes de las referidas Sub comisiones pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Ministerio Público, Policía Nacional y Defensoría Publica, conforme a lo establecido en el artículo 42° del nuevo Reglamento
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de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; se,
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Policía Nacional Comandante PNP. Luis Mesías Comisario de la Comisaría de Pedraza Salamanca. Mayor PNP. César Toledo Arias Divincri. PNP. San Juan de Lurigancho 2. Defensoría Pública Dr. Cesar Augusto Hidalgo Matos.
RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR Las Sub Comisiones de Trabajo de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Lima Este, de la siguiente manera: SUB COMISION DE PROCESOS INTERINSTITUCIONALES Poder Judicial Jueza Superior Titular. Presidenta de la Sala Superior Especializada Penal, Descentralizada y Transitoria de San Juan de Lurigancho. Dra. María del Carmen Cornejo Jueza Superior Titular. Integrante de la Lopera. Sala Penal de Apelaciones.
Defensor Público del Distrito Judicial de Lima Este. Dra. Neiva Celedonia Apac Valdivieso. Defensora Pública del Distrito Judicial de Lima Este. SUB COMISION DE DIFUSION Poder Judicial Dr. Darío Octavio Palacios Dextre. Dra. Máximo Dionisio Osorio Arce
Juez Superior Titular. Presidente de la Sala Penal Descentralizada Permanente de Ate. Juez Superior Titular. Integrante de la Sala Penal Descentralizada Permanente de Ate.
Dra. Pilar Luisa Carbonel Vílchez.
Ministerio Público Dr. Johans Jadrosich Ocampo. Dr. Alfonso Federico Barrenechea Cabrera
Fiscal Provincial Titular de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita. Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Mixta de Huaycan.
Policía Nacional
Ministerio Público Dr. César Andrés Espinoza Huaraca. Dr. Rolando Ángeles Aguilar.
Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita. Fiscal Provincial Titular de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Juan de Lurigancho.
Policía Nacional Comandante PNP. Rafael Sáenz Comisario de la Comisaría de Santa Valladares. Felicia. Mayor PNP. Alberto Ramírez Divincri San Juan de Lurigancho 1. Altamirano. Defensoría Pública Dr. Henrry Flores Cuadros.
Defensor Público. Distrito Judicial Lima Este. Dra. Yaquin Agustina Villanueva Defensor Público del Distrito Judicial Rivera. Lima Este. SUB COMISION DE CAPACITACION Poder Judicial Dr. Jimmy García Ruiz.
Dr. Fredy Gómez Malpartida.
Juez Superior Titular. Director de la Escuela de Formación y Capacitación Continua de Auxiliares Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima Este Juez Superior Titular. Presidente de la Comisión de Capacitación de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
Ministerio Público Dra. Noelia Díaz Cubas. Dr. César Daga Rodríguez.
Fiscal Provincial Titular de la Primera Fiscalía Provincial Penal de la Molina. Fiscal Provincial Titular de la Quinta Fiscalía Provincial Mixta de San Juan de Lurigancho.
Comandante PNP. Comisario de la Comisaría de Mariscal Cáceres. Teóf lo Yucra Ticona Comandante PNP. Divincri. PNP. de El Agustino. Walter Castro Quiroz. Defensoría Pública Dr. Carlos Andrés Defensor Público del Distrito Judicial de Lima Este. Saravia Medrano. Dr. Jorge Luis Roque Defensor Público del Distrito Judicial de Lima Este. Gamarra.
Artículo Segundo.- DISPONER que las Sub Comisiones antes mencionadas presenten sus planes de trabajo a la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de este Distrito Judicial, dentro de los quince días de notif cada la presente resolución para su aprobación correspondiente, debiendo además de proceder de acuerdo a lo normado por los artículos cuadragésimo sexto y cuadragésimo sétimo del Reglamento. Artículo Tercero.-REMITIR copia de la presente Resolución al Presidente de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal del Poder Judicial, Secretaría Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal del Ministerio de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Este. Director Distrital de la Defensa Pública de Lima Este, Jefe de la Región Policial Lima, Of cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y Administración Distrital de esta Corte Superior. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1284377-1
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