Reglamento de Evaluación y Promoción

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COLEGIO FRAY LUIS BELTRAN N° 258 SETIMIO 326 C° BARÓN FONO 032-2251349 VALPARAÍSO. CHILE

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN COLEGIO “FRAY LUIS BELTRÁN”

VALPARAISO 1º A 8º AÑO E.G.B. DC. Nº 511 08.05.97

VALPARAÍSO, ABRIL DE 2010


REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA DE LA ESCUELA PARTICULAR “FRAY LUIS BELTRÁN”

I.- INTRODUCCIÓN: El presente documento contempla EL REGLAMENTO elaborado sobre la base de los decretos 511/8/5/97 de E. Básica y (21/06/1999) Decreto Exento 158 de 1999 Modifica Decretos Supremos exentos de Educación N° 511 de 1997 y N° 112 de 1999 que aprueban normas de evaluación y promoción escolar para la Enseñanza Básica y para 1° y 2° año de Enseñanza Media respectivamente, los cuales facultan a los Establecimientos Educacionales para que tomen decisiones en materias referidas al proceso de evaluación de aprendizajes de los alumnos. Este reglamento, sustenta la evaluación como un proceso que debe cautelar la entrega de información oportuna a padres apoderados, alumnos y alumnas, profesores y docentes directivos, para la toma de decisiones conducentes al logro de lo Objetivos Fundamentales Verticales(OFV), Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO) y los Objetivos Fundamentales Transversales (OFT). El desarrollo del proceso de enseñanza depende directamente de los docentes del establecimiento y éstos se ven compensados en el buen logro del proceso de Aprendizaje, cuyo objetivo primordial se cimenta en el engrandecimiento del ser humano, a través, de la cultura en forma integral, permitiendo formar a nuestra comunidad estudiantil con un carisma que esté acorde a la mística del establecimiento que lo educa (Franciscana). Este proyecto reúne todas aquellas normas que legislarán el qué hacer educativo que participe directamente en dicho proceso (profesores y alumnos(as)) que son comunes a los diferentes niveles y por lo tanto, de general aplicación dentro de nuestra comunidad.


II. - DISPOSICIONES GENERALES 1.- DECRETOS DE PLANES Y PROGRAMAS DE EVALUACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NIVELES DE ENSEÑANZA DECRETOS DE PLANES Y DECRETOS DE EVALUACIÓN PROGRAMAS

1° Y 2° BÁSICO

625 DE 2003

3° Y 4° BÁSICO

625 DE 2003

5° BÁSICO

220 DE 1999

6° BÁSICO

81 DE 2000

7° BÁSICO

481DE 2000

8° BÁSICO

92 DE 2002

511 DE 1997(MODIFICADO POR DCTO 107/03 Y *158/99) 511 DE 1997(MODIFICADO POR DCTO 107/03 Y *158/99) 511 DE 1997(MODIFICADO POR DCTO *158/99) 511 DE 1997(MODIFICADO POR DCTO *158/99) 511 DE 1997(MODIFICADO POR DCTO *158/99) 511 DE 1997(MODIFICADO POR DCTO *158/99)

2.- Se cautelará el logro de los Objetivos Fundamentales Verticales, los Contenidos Mínimos Obligatorios y los Objetivos Fundamentales Transversales, aplicando los siguientes procedimientos evaluativos: a) Evaluación Diagnóstica: Aplicada en el inicio del período lectivo con el objeto de medir el manejo de contenidos establecidos como base para el aprendizaje del alumno(a) en el nivel al que ingresa y poder realizar una planificación acorde a la realidad. Se registrará como porcentaje de logros y no tendrá incidencia en las evaluaciones de ningún tipo, pero será información indicativa para realizar pesquizaje de problemas específicos de aprendizaje. b) Evaluación formativa: Destinada a medir las diferentes etapas de desarrollo de un proceso, la cual podrá ser calificada con nota coeficiente uno acumulativa. c) Evaluación sumativa o acumulativa: Aquella evaluación realizada como final de proceso. Será aplicada previo aviso. Su coeficiente será uno. d) Autoevaluación: Proceso mediante el cual el propio alumno se evalúa en una pauta que es diseñada para ello por los docentes y tiene carácter formativo.


e) Evaluación de pares: Forma en la que los alumnos de cada grupo evalúan a todos los miembros de su grupo en pauta especialmente diseñada para el efecto. f) Coevaluación: Es aquella en que el alumno es evaluado por el docente en un porcentaje y una autoevaluación en el porcentaje restante, corresponderá al 10%. 3.- Todas las evaluaciones deberán ser realizadas con aviso previo. 4.- En caso de estar fechada una evaluación, ésta no podrá ser modificada y deberá aplicarse según calendario. Si por fuerza mayor no se pudiese acorde a lo planificado, U.T.P. junto con el profesor decidirán la nueva instancia de aplicación. 5.- Evaluación semestral. Será la media aritmética de las notas obtenidas en las evaluaciones realizadas durante el período, con aproximación de la centésima a la décima superior. 6.- Evaluación anual. Será el promedio calificaciones semestrales con aproximación

aritmético

de

las

7.- El régimen de estudios será semestral. 8.- Los alumnos que presenten problemas de aprendizaje, de salud u otros, deberán ser evaluados en forma diferenciada. La imposibilidad de realizar evaluación práctica de Educación Física será reemplazada por un trabajo teórico, previo diagnóstico de especialista y profesor, lo que tendrá una validez de un año académico. 9.- Los Objetivos Fundamentales Transversales son referencias a las finalidades generales de la educación, es decir, a los conocimientos, habilidades, actitudes, valores y comportamientos que se espera que los estudiantes desarrollen en el plano personal, intelectual, moral y social. Estos objetivos deben quedar explícitos en las planificaciones docentes y relacionados de manera directa en los sectores de aprendizaje con cada uno de los OFT correspondientes. III.- DE LAS CALIFICACIONES, EVALUACIONES E INFORMES DE NOTAS 1. Los alumnos serán calificados en todos los Sectores de aprendizajes de los Planes y Programas de estudio correspondientes, utilizando la escala numérica de 1,0 a 7,0 expresada hasta con un decimal, con aproximación de la décima a la superior toda vez que la centésima sea igual o superior a 5 en los promedios semestrales y finales. 2. La nota mínima aprobatoria será el 4,0 (cuatro coma cero).


3. Se evaluarán los aspectos de formación integral definidos en el Proyecto Educativo del establecimiento, en todos los sectores. 4. Los resultados de las evaluaciones serán entregados a los alumnos en un plazo no superior a 15 días hábiles, desde su aplicación. 5. El sector de Religión será evaluado con concepto y no tendrá incidencia en la promoción de los alumnos. 6. Las actividades de Taller, serán evaluadas con nota y esta promedio irá como nota parcial al sector correspondiente señalado a continuación: CURSO 1ERO BÁSICO 2DO BÁSICO 3ERO BÁSICO

4TO BÁSICO

5TO BÁSICO

6TO BÁSICO

7MO BÁSICO

8VO BÁSICO

TALLER INGLÉS COMPUTACIÓN INGLÉS COMPUTACIÓN LENGUAJE Y TEATRO MATEMÁTICA COMPUTACIÓN INGLÉS LENGUAJE Y TEATRO MATEMÁTICA COMPUTACIÓN INGLÉS LENGUAJE Y TEATRO MATEMÁTICA COMPUTACIÓN FRANCISCANO LENGUAJE Y TEATRO MATEMÁTICA COMPUTACIÓN FRANCISCANO LENGUAJE Y TEATRO MATEMÁTICA COMPUTACIÓN LENGUAJE Y TEATRO MATEMÁTICA COMPUTACIÓN

SECTOR LENGUAJE Y COM. EDUC. TECNOLÓGICA LENGUAJE Y COM. EDUC. TECNOLÓGICA LENGUAJE Y COMUNC. EDUCAC. MATEMÁTICA EDUC. TECNOLÓGICA C. DEL MEDIO LENGUAJE Y COMUNC. EDUCAC. MATEMÁTICA EDUC. TECNOLÓGICA C. DEL MEDIO LENGUAJE Y COMUNC. EDUCAC. MATEMÁTICA EDUC. TECNOLÓGICA EST. Y COM. DE LA SOC. LENGUAJE Y COMUNC. EDUCAC. MATEMÁTICA EDUC. TECNOLÓGICA EST. Y COM. DE LA SOC. LENGUAJE Y COMUNC. EDUCAC. MATEMÁTICA EDUC. TECNOLÓGICA LENGUAJE Y COMUNC. EDUCAC. MATEMÁTICA EDUC. TECNOLÓGICA


7. La cantidad de calificaciones en cada sector dependerá del número de horas asignadas según el plan de estudios, acorde a la siguiente tabla: Nº horas semanales

Cantidad de notas

2

3

3

4

4

5

5

6

6

7

8

9

8. El apoderado recibirá durante el año cuatro informes de calificaciones obtenidas por su pupilo(a): las dos primeras de cada semestre corresponden a informes parciales, las siguientes corresponden a evaluación semestral y final. El certificado de promoción no será retenido, por ningún motivo, por dirección. 9. El informe parcial y/o semestral de evaluación se entrega de manera personal al apoderado. 10.- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el informe de Desarrollo Personal, que contempla las áreas de Formación Ética y Moral, Crecimiento y Autoafirmación Personal, Relaciones Personales y el Entorno y las Áreas del Desarrollo del Pensamiento de los alumnos y alumnas, el que se entregará semestral y personalmente a los apoderados. 11.- Si el alumno presenta justificación personal del apoderado o certificado médico antes del inicio de la evaluación, será sometido a dicha evaluación en fecha acordada, con el profesor jefe y la UTP, utilizando la misma escala del grupo curso. 12.- Si en una evaluación, uno o más alumnos son sorprendidos en acciones deshonestas (copiando, soplando u otras) se le retirará el instrumento y se le evaluará lo respondido hasta el momento y se registrará la situación en la hoja de vida aplicando el reglamento de convivencia.


13.- En nuestro establecimiento se eximirá a los alumnos de acuerdo al decreto 158/97 que otorga facultades al Director para eximir de un sector a alumnos que presenten dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente acreditados. 14.- Por razones técnico pedagógicas, se evitará aplicar, a un alumno o grupo curso, dos o más evaluaciones coeficiente 1 en un mismo día. IV DE LA PROMOCIÓN 1. Para la promoción de los alumnos al curso superior se considerarán la asistencia y el rendimiento. 1.1.Asistencia: a) Para ser promovido un alumno requiere un mínimo de un 85% de asistencia anual. No obstante, por razones debidamente justificadas, el Director del Colegio, consultado el Consejo General de Profesores, podrá autorizar la promoción de los alumnos con un porcentaje menor de asistencia, previa solicitud del apoderado y antecedentes que obren para el caso. b) Los alumnos que se ausenten del Establecimiento por un tiempo superior a 10 días deberán informar por escrito a la Dirección, consignando el tiempo y motivo de dicha ausencia. En estos casos, será de exclusiva responsabilidad del alumno y sus padres, ponerse al día en los contenidos entregados por los docentes durante el tiempo de su ausencia. 1.2 Rendimiento: a) Serán promovidos al nivel superior, todos los alumnos que aprueben todos los sectores, definidos en los Planes y Programas de estudios y cumplan con el 85 % de asistencia. b) Serán promovidos al nivel superior, todos los alumnos que habiendo reprobado un sector, tengan un promedio general igual o superior a 4,5 (cuatro coma cinco). c) Serán promovidos al nivel superior, todos los alumnos que habiendo reprobado dos sectores, tengan un promedio general igual o superior a 5,0 (cinco coma cero). d) En los casos a), b) y c), los sectores reprobados deberán ser


considerados en el cálculo del promedio general. 2. La Situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta, a más tardar, al término del año escolar correspondiente. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las calificaciones obtenidas en todos los sectores y áreas de desarrollo personal y el que por ningún motivo será retenido por la dirección del Colegio. V DE LOS(AS) ALUMNOS(AS) CON EVALUACIÓN DIFERENCIADA 1. Los alumnos que presenten trastornos de aprendizaje, en los niveles de educación general básica, previo informe del profesor respectivo, se derivarán, para un diagnóstico y tratamiento, guiado por profesionales del caso. 2. Todos los alumnos con necesidades especiales de aprendizaje una vez diagnosticados, recibirán proceso y evaluación diferenciada la cual se comunicará al apoderado y deberá indicarse en su documentación académica. 3. Unidad Técnica Pedagógica, se encargará de apoyar y supervisar dicho trabajo diferenciado, basado en las siguientes alternativas ALTERNATIVA N° 1 2 3 4 5 6

PROCEDIMIENTO Se aplicará otra prueba con los mismos contenidos, con menor exigencia (50%) Se aplicará la prueba en forma oral con la escala normal (60 %). Se le dará, al alumno, la posibilidad de uso de material concreto que le permita mayor comprensión. Se mantendrá la escala normal (60 %). Se dará al alumno 1/4 de tiempo más que al resto del grupo curso. Se fragmentará el instrumento y se aplicará por partes, en diferentes períodos o días. Existirá la posibilidad de aplicar la alternativa de manera individual o refundir dos o más alternativas.

VI DISPOSICIONES FINALES 1. El Director del Colegio, con el profesor respectivo y cuando lo estime conveniente, asesorado por el Consejo General de Profesores, resolverán las situaciones especiales de evaluación y promoción. Entre otros resolverán los casos de alumnos que por motivos


justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente, o que deban ausentarse al extranjero, etc.

Valparaíso, abril 2010


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