Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y servidores aduaneros de los Distritos Aduaneros, que mediante Acuerdo Ministerial del MAGAP No. 068, de fecha 26 de febrero del 2010, se derogó el Acuerdo Ministerial No. 091 del 02 de Junio del 2008, el mismo que prohibía la exportación de arroz, sus derivados y subproductos.
Por lo tanto, se aplicó en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior el Acuerdo 068, cerrando la vigencia de la medida restrictiva en el sistema electrónico de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, a las subpartidas que se detallan a continuación:
Arroz
1006109000 1006200000 1006300000 1006400000
Y sus derivados: