“Artículo 1.- Diferir a 0% de ad-valórem el Arancel Nacional de Importaciones, a los cupos de importación que se detallan a continuación, dentro de las subpartidas arancelarias 2710.19.36.00 y 2710.19.38.00, a favor de la Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Público del Ecuador, FENACOTIP. Los cupos otorgados son intransferibles y tendrán vigencia por el plazo de un año.”
CODIGO NANDINA DECISION 653 DETALLE DE LA MERCANCIA CUPO OTORGADO
2710.19.36.00 Aceites para transmisiones hidráulicas Cupo total de 80.000 canecas de 5 galones, de los tipos 80w90, 85wl40 y e-p.140, a favor de FENACOTIP (equivalente a 1514,16 Metros cúbicos según unidad de medida del arancel)
2710.19.38.00 Otros aceites lubricantes Cupo de 201.096 canecas de 5 galones, de los tipos 15w40 y 25w50, a favor de FENACOTIP (equivalente a 3.806,16 metros cúbicos según unidad de medida del arancel)