F
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales
-mim:i%bit*i mam J í-Á
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS De acuerdo a la nueva normativa vigente se hace necesaria la ORDENANZA DE CREACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE EVENTOS Y CONMEMORACIONES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERNALES, con la finalidad de organizar los diferentes eventos de carácter cívico, social, deportivo , cultural, turístico a realizarse bajo la responsabilidad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales, para la conmemoración del 31 de marzo, fecha de "CANTONIZACIÓN; 14 de Agosto, día del "GÉNESIS DEL NOMBRE DEL ECUADOR"; 24 de octubre fecha en que recuerda la "PARROQUIALIZACIÓN" desde 1869. íS liDnu
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERNALES 3v áuioxs
aososqcíí ..w*
..O^.ÍÍ.ÍMV
V
¡.UJ.Í.
CONSIDERANDO
, ^ . . ^ Í > , - . J Í ^ V . , U ^ , Í ^
winomnls^
QUE, el numeral ocho del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador respecto a las competencias exclusivas de los Gobierno Municipales dice; "Preservar, mantener, y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicas para estos fines". Que, el Art. 377 de la Constitución de la República en cuanto a la cultura dice; "El sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de la expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales, Que, el Art. 5 del COOTAD, respecto a la autonomía dice "La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales previstas en la Constitución , el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobiernos propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria, en ningún caso se pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional. La autonomía política es la capacidad de cada gobierno autónomo descentralizado para impulsar procesos y formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la circunscripción territorial, se expresa en el pleno ejercicio de las facultades normativas y ejecutivas sobres las competencias de su responsabilidad, las facultades que de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de emitir políticas públicas territoriales; las elección directa que los ciudadanos hacen de sus autoridades mediante sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación ciudadana. La autonomía administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y de gestión de sus talentos humanos y recursos 1 Email: akaidepedemales^gmaü.coni
Oireccií^: Eloy Alfaro y López Castrfto
Teléfono: 05-2681409 / 05-2681410 Fax: 05-2680411
I
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales
Pedernales
1
materiales para el ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la ley, la autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos descentralizados de recibir de manera directa, predecible, oportuna, automática y sin condiciones, los recursos que les corresponden de su participación en el Presupuesto Genera! de! Estado, así como en la capacidad de generar y administrar sus propios recursos , de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley, Su ejercicio no excluirá la acción de los organismos nacionales de control en uso de sus facultades constitucionales y legales. «, . .. ^ Que, el literal h) del Artículo 55 del COOTAD respecto a las competencias exclusivas del Gobierno municipal dice "preservar, mantener y difundir el Patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios físicos para estos fines". Que, el literal a) del articulo 57 del COOTAD respecto a las atribuciones del concejo Municipal dice; "El ejercicio de la facultad normativa en las materia de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones". Que, el inciso primero del art. 322 del COOTAD, respecto a las decisiones legislativas dice "Los Concejos regionales y provinciales y los concejos Metropolitanos y municipales aprobaran ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y municipales, respectivamente, con el voto conforme de la mayoría de sus miembros". í ) v . v'rt-.ftííío i^^o Que, el día 31 de marzo se conmemora la fecha de CANTONIZACIÓN dada en 1992. Que, Existe una resolución emitida por el Concejo Cantonal de Pedernales mediante la cual se traslada el desfile cívico de la CANTONIZACIÓN al 24 de octubre fecha en la que se recuerda la PARROQUIALIZACIÓN desde 1969. Que, con fecha 14 de agosto del 2013 el Concejo Cantonal aprobó la ordenanza aue contemola la declaratoria del 14 de aaosto de cada año como el "EL DÍA DEL GÉNESIS DEL NOMBRE DEL ECUADOR"
Que, para el cumplimiento de las disposiciones en las leyes y normas constitucional, es deber el involucrar a todas las instituciones educativas, organizaciones sociales, deportivas, culturales, jurídicas, laborales, de turismo para que se cumplan a cabalidad los planes y programas municipales. Y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley.
2
Email: alcaldepedemales@gmail.com
Dirección: Eloy Alfaro y López Castillo
Teléfono: 05-2681409 / 05-2681410 Fax: 05-2680411
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales
Pedernales
•1^
EXPIDE LA, REFORMA DE LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE EVENTOS CÍVICOS Y CONMEMORATIVOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERNALES 80i eóDOí e b
,:;q si
CAPITULO I
DE LA CREACIÓN Y FINALIDAD.-
i
. r-
.
ab
.
.ve
.
^.^r > ^
ART. 1.- FINALIDAD.- Se crea el Comité permanente de eventos cívicos y conmemorativos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedernales, con la finalidad de planificar, coordinar y ejecutar los diferentes eventos de carácter cívico, social, cultural, turístico y deportivo necesarios para la celebración y^ recordación de las efemérides del 31 de marzo, fecha de CANTONIZACIÓN; 14 de Agosto día del "GÉNESIS DEL NOMBRE DEL ECUADOR" 24 de octubre fecha de "PARROQUIALIZACIÓN. Esta Ordenanza se constituye en la que Reglamenta la ORDENANZA REFORMATORIA DE LA ORDENANZA QUE DENOMINA EL 14 DE AGOSTO, DÍA DEL PATRIMONIO HISTÓRICO DEL CANTÓN PEDERNALES POR 14 DE AGOSTO DÍA DEL GÉNESIS DEL NOMBRE EL ECUADOR --^ si .
CAPITULO li
DE LAS FECHAS DE CONMEMORACIÓN
rnnwo eje- s>sq _
ossiiBiínsDíssü o u
o^uA o n i s d c D
ART. 2.- 31 DE MARZO FECHA DE CANTONIZACIÓN.- El día 31 de marzo de cada año, se conmemora la fecha de CANTONIZACIÓN dada el 1992, para lo cual se llevará a cabo: el desfile cívico que contará c-on la participación de todos los establecimientos educativos e instituciones públicas y privadas, organizaciones barriales, comunales y parroquiales del cantón; se realizará una Sesión Solemne, en la misma que señor Alcalde cumplirá con el mandato Constitucional y Legal de Rendición de Cuenta, así mismo se podrá en esta fecha condecorar a oersonas e instituciones relevantes si fuera el caso, v con la debida anticipación dentro del mes se elegirá la Reina de nuestro cantón; podrán realizarse otras actividades de tipo social que estimen necesarias. ART. 3.- 14 DE AGOSTO DÍA DEL "GÉNESIS DEL NOMBRE DEL ECUADOR".- El 14 de Agosto de 1734, el Rey de España Felipe V firmó la cédula Real mediante la cual autoriza el ingreso a América de los científicos franceses Louis Godin, Charles Marie de la Condamine, Pierre Bouguer y otros, quienes perennizaron el nombre de ECUADOR acontecimiento histórico que se realizó en el punto denominado PUNTA PALMAR, perteneciente a lo que hoy es el cantón Pedernales provincia de Manabí. hecho que generó las 3
Email: alcaldepedeinales:ggmaiLcom
U
Dirección: Eloy A<taro y Lcpez Castillo •> Teléfono: 05-2681409 / 05-2681410 Fax: 05-2680411
^
PedemalCS
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales
(iifitSi!imH0tmí6ét.ícmm «sít.,a.::,ms )
pnmsras crónicas que daban cuenta del nombre ECUADOR, convirtiéndose en el primer punto de medición de la verdadera forma de la tierra y perennizando el nombre bautismal del ECUADOR, razón por la que la ASAMBLEA NACIONAL declaró a Pedernales como "GÉNESIS DEL NOMBRE DEL ECUADOR".
JA«30!HUM OOfiSUt^my^-Jm'^a
OmC'uuíVK
•^Hyi^-ñ-ciJ^.:}
ART. 4.- ACTOS Y CELEBRACIONES.- Para la conmemoración del 14 de Agosto, se realizará un desfile folklórico con la participación de todos los establecimientos educativos públicos y privados del cantón, las delegaciones de los cantones manabitas, de todas las instituciones públicas y privadas, organizaciones barriales, comunales, parroquiales y de toda índole; así como de la ciudadanía en general, también se podrán realizar actividades sociales tales como baiíes populares si fueren necesarios. De igual manera se establece que todo el mes de agosto se desarrollen actividades de promoción de este importante hecho, como un valor agregado de suma importancia para la promoción turística del cantón. El municipio establecerá la promoción de estas efemérides en todo el territorio cantonal, y ponderará a la cabecera cantonal como epicentro histórico de nuestra historia ancestral. ART. 5.- COORDINACIÓN Y SESIÓN CONMEMORATIVA.- El alcaide o alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón coordinará las acciones para esta conmemoración. Se solicitará al Prefecto o Prefecta de la Provincia de Manabí la convocatoria para !a sesión conmemorativa de! Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial en el Cantón Pedernales, el 14 de Agosto de cada año, en virtud de la resolución Provincial del 12 de agosto del 2010. ART. 6.OCTUBRE, MES DE FIESTAS TRADICIONALES Y DE PARROQUIALIZACIÓN DE PEDERNALES.La fiesta de octubre es tradicional y se iniciara con un pregón, se llevarán a cabo: Expo ferias, eventos sociales, culturales, y artísticos que se consideren necesarios, auspiciados por el GADMP, empresas privadas y otras instituciones de acuerdo a sus competencias; se elegirá la Reina del Comercio en el transcurso del mes y en honor a la Parroquialización el 24 de octubre de cada año habrá presentaciones artísticas. jáü
JHtaiviu^f
c
CAPITULO III
C T Í Q ? -
. .„ MOijfi-
-H^
ñi^
-.t
fHA
''''
DE LAS CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ART. 7.- MIEMBROS DEL COMITÉ.- E! comité permanente estará integrado por las siguientes personas: .AI » a) El señor alcalde o señora alcaldesa del cantón Pedernales o su delegado, quien lo presidirá.
Email: alc^depedemales^gmailcom
Dirección: Eloy Aiíaro y López Castillo » Teléfono: 05'26d1409/05-2681410 Fax: 05-2680411
Descentralizado Municipal
OívéSísoíiAiOMBs^oítíCí/Aow
del Cantón Pedernales
b) E! señor vicealcalde o señora vicealcaldesa del cantón Pedernales ' -'"'n c) Los señores concejales o señoras concejales que conformar las Comisión de Cultura y Turismo d) El director o directora de turismo s e) El jefe o jefa de Cultura, quien además actuara como secretario del comité. i f) El director o directora Financiera. g) El jefe o jefa de comunicación ( Relacionador Público) ^ i 30 :T>ík h) El Director o directora de Riesgos. Bís;aíft9í£, - o o n ! i) Un delegado del Ministerio de Educación ^• F^^UJCP O vo; j) El Jefe o jefa de la Policía Nacional o su delegado ART. 8.- DEL FUNCIONAMIENTO.- El alcalde será quien presida el Comité Permanente, en ausencia de este, lo presidirá el Vicealcalde. El comité deberá de planificar las actividades que se desarrollarán en las efemérides conmemorativas con la suficiente anticipación para que estas puedan ser consideradas dentro de! plan operativo anua!, en e! Plan Anual de Contrataciones, y en el Presupuesto General del Municipio. ART. 9.- DEL VOTO.- Todos los integrantes del comité permanente, actuarán con voz y voto, en caso de empate el presidente tendrá voto dirimente. CAPITULO IV
iís &
DE LAS SESIONES ART. 10.- TIPO DE SESIONES.- Las sesión del comité permanente serán ordinarias y e.xtraordinarias. Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo en forma trimestral y las extraordinarias cuando lo convoque el presidente o a pedido de las dos terceras partes de los integrantes del comité. ART. 1 1 . - CONVOCATORIA.- La convocatoria para las sesiones del comité permanente se realizará por lo menos con veinticuatro horas de anticipación, ART. 12.DE LA COLABORACIÓN.El señor Alcalde, dispondrá la colaboración de cada uno de los diferentes directores departamentales del Gobierno Municipal del cantón Pedernales que sean necesarios para el cumplimiento de la planificación, organización y ejecución de las actividades. ART. 13.- DE LA PLANIFICACIÓN.- Todos los eventos, actos, decisiones se encontrarán establecidas en el plan anual cantonal de efemérides y conmemoraciones, será parte del POA, PAC y se enmarcarán dentro de la Ordenanza Presupuestaria Municipal; y, se convocarán y difundirán por lo menos con dos meses de anticipación, con el fin de que su publicidad a través de los medios de comunicación y sitio web del municipio, para que sirvan de atractivo y planificación turística a nivel nacional e internacional. CAPITULO V 5
:
*
EmaU: akaldepedenules^gmaijcom ^
_
_
„
^
. Oiracción: Etoy Aitaro y t j ^ z Castrito > TeWlbno: ( ^ 2 6 8 1 4 0 9 / 0 5 - ^ 1 4 1 0 Fax:05-2680411
•
^——
——
^
•
•
Gobierno Autónomo Descentnüizado Municipal del Cantón Pedernales
Pedernales
I
DEL PRESUPUESTO ART. 14.- EL RESPONSABLE.- El responsable de la Administración económica será el director financiero(s) y el tesorero(a) del Gobierno Municipal del Cantón Pedernales. •^i^r-'í^nn rm^nn ?-H:^ ; ?<i* fitss o eta ; ART. 15.- DE LAS CONTRATACIONES.- Las contrataciones de cualquier índole, la realizará el señor alcalde o su delegado, conforme a lo que establece la ley Orgánica del sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento. ART. 16.- DEL FINANCIAMIENTO.Los valores determinados para el desarrollo de los eventos se financiarán a través de una partida presupuestaria que el Gobierno Municipal destine para el efecto, ia que constará en el respectivo presupuesto, S I J D BmBmJi^m ses i t . ' . ' * , > : DE LA EJECUCIÓN DE LOS EVENTOS.-
^
^
"
ART. 17.- LOS ESCENARIOS A UTILIZARSE.- Los eventos que programe y ejecute el Gobierno Municipal del cantón Pedernales, se llevarán a efecto en lugares públicos, y de ser necesario se solicitará la colaboración de personas particulares o instituciones que tengan bienes inmuebles aptos para los eventos. ART. 18.- DE LA COORDINACIÓN.- El comité Permanente de eventos y conmemoraciones involucrará y coordinará a todas las instituciones educativas, organizaciones barriales, parroquiales e instituciones públicas y privadas que tengan relación con los eventos que programe el Gobierno Municipal. • eís-.i ART. 19.- DE LA INFORMACIÓN.- Para dar cumplimiento a las disposiciones legales respecto a la transparencia en ia información, todos los actos municipales, se difundirán por medio del departamento de comunicación municipal. ART. 20.- PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES.- Las instituciones y organizaciones parroquiales que deseen insertar eventos en el programa de la ciudad de Pedernales, deberán solicitar su inclusión en el plan anual cantonal de efemérides y conmemoraciones. DISPOSICIONES TRANSITORIAS.-
'
Í
í^r
i
uo^^^^
PRIMERA.- Se hace necesario que el catorce de agosto de cada año, sea incluido dentro del plan anual nacional de conmemoraciones como el DÍA DEL GÉNESIS DEL ECUADOR para lo cual se gestionará ante los Ministerio del ramo un petitorio enmarcado dentro del plan de Ministerio de Cultura para reforzar la identidad y riqueza cultural del Ecuador.
^^^^^^
Email: aÍcaldepedeinales:ggmaiLcom
6
Oiracción: Etoy Aifaro y Lcpez Castillo » Teléfono: 05-2681409 / 05-2681410 Fax: 05-2680411
Pedernales
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales
SEGUNDA.- El GAD Municipal de Pedernales, cursará a la Asamblea Nacional el anteproyecto de ley que declara a Pedernales "PATRIMONIO HISTÓRICO NACIONAL", debidamente avalado por el GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL. DISPOSICIÓN FINAL.- La presente ordenanza deroga a todas las que se le opongan y que estuvieren vigentes a la fecha de su aprobación. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad del Cantón Pedernales, a los doce días del mes de septiembre de! 2014.
Néstor G A
si Ab. N í í l é p Í J e M a SECRETARIA D E L T O N C E J O
Certificado de socializac¡dh%:M¿i§c£|J¿46n.- Certifico: Que LA, REFORMA DE LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE EVENTOS CÍVICOS Y CONMEMORATIVOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERNALES Fue discutida y aprobada por el Concejo Municipal del Cantón Pedernales, en sesiones ordinarias del jueves 04 y el viernes 12 de septiembre 2014, en primero y segundo debate, respectivamente.Pedernales, 12 de septiembre del 2014.
Ab. NífH^HiftSKmital SECRETARIA DEL ONCEJO SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERNALESPedernales, 15 de septiembre del 2014.- De conformidad con la razón que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso cuarto del Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, remítase el presente cuerpo normativo al señor Alcalde, para su sanción y promulgación.- CÚMPLASE.-
Ab. NMe^illerlTiíta^ SECRETARIA DEL
Email: alcaldepedemalesggmaiLcom
Loor NCEJO
Dirección; ^
\. . , .....^^ -.^^
^
Teléfono: 05-2681409/05-2681410 Fax: 05-2680411
Pedernales
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales
<^ r í 5^^'
M
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERNALES.- Pedernales, 15 de septiembre de! 2014.- De conformidad con las disposiciones contenidas en el Art. 322 en el inciso quinto del Código Orgánico de Organización Territonal, Autonomía y Descentralización, habiéndose observado el trámite legal y por cuanto la presente Ordenanza está de acuerdo con la Constitución y Leyes de la República. SANCIONO.- LA, REFORMA DE LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE EVENTOS CÍVICOS Y CONMEMORATIVOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDERÍ)|ALJE§.- para su promulgación y publicación en el Registro Oficial.-
Néstor G ALCALD
Icívar^obles MUNICIPA
Proveyó y firmó la presente Ordenan éstor Gabriel Alcívar Robles, Alcaide del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedernales en la fecha antes señalada.- Pedernales, 15 de septiembre del 2014.-CERTIFICO.-
s Email: akaldepedeinalesggmaiLcom
Dirección: Eloy Aifaro y López Castrtio • Teléfono: 05-2681409 / 05-2681410 Fax: 05-2680411