Confianza y Transparencia
Podrás comprar un máximo de 2 bienes cada 4 años (siempre que justifiques debidamente el origen de tus fondos).
Los pagos para la compra del bien deben venir de tu cuenta bancaria personal.
El objetivo de este beneficio es que puedas adquirir el bien para tu disfrute propio.
No podrás realizar reservas previas a la compra de vehículos o propiedades.
El bien adquirido deberá quedar inscrito a tu nombre.
Podrás aplicar las condiciones SOMOS para el financiamiento de la compra del bien.
La compra de estos bienes la debés realizar únicamente mediante subastas.
Los fondos con el cual se compren los bienes deben estar debidamente documentados según lo dicta la normativa 7786, para esto puedes considerar:
Evidencia del pago de planilla en una cuenta BAC.
Constancia salarial y orden patronal.
Evidencia de financiamientos en entidades reguladas.
Puedes conocer más aquí: MO-CRI-0001248 - Manual Operativo Bienes Adjudicados