REGLAMENTO 2015-16
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ÍNDICE: DOCUMENTOS A QUE SE HACE REFERENCIA EN ESTE REGLAMENTO. . . . .4 I.
LA LIGA DE CAMPEONES CONCACAF SCOTIABANK. . . . . . . . . . . . . . .5
II. COMPETENCIA.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .6 III.
INSCRIPCIONES Y RETIROS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8
IV. RESPONSABILIDADES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .11 V.
DISPOSICIONES FINANCIERAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .14
VI.
ELEGIBILIDAD DEL JUGADOR.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .15
VII.
CUESTIONES DISCIPLINARIAS Y APELACIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . .17
VIII. CONTROL MÉDICO Y DE ANTI-DOPAJE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21 IX.
REGLAS DE JUEGO.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22
X.
DURACIÓN, TIEMPO EXTRA, TIROS PENALES, MOMENTO DE . . . . . . .
SILENCIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23 XI. PREMIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 XII. ESTADIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .26 XIII. UNIFORME Y EQUIPAMIENTO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .30 XIV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE MERCADEO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .33 XV.
OPERACIONES DE MEDIOS Y RELACIONES DE MEDIOS. . . . . . . . . . . .36
XVI. OFICIALES DE PARTIDO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .37 XVII. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .37 XVIII. ASUNTOS NO TRATADOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .37
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DOCUMENTOS A QUE SE HACE REFERENCIA EN ESTE REGLAMENTO • Código de Ética de CONCACAF • Protocolo de CONCACAF para Incidentes Racistas durante los Par tidos • Reglamento Comercial de la Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank • Manual de Competencia de la Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank • Reglamento de Medios de la Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank • Reglamento Anti-dopaje de la FIFA • Código Disciplinario de la FIFA (Código Disciplinario de CONCACAF) • Reglamento de Equipamiento de la FIFA • Reglamento de la FIFA sobre los Estadios • Reglas de Juego del IFAB
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I. LA LIGA DE CAMPEONES CONCACAF SCOTIABANK A. El nombre oficial del torneo es Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank – SCCL - (de ahora en adelante: la Competencia). CONCACAF puede, a su exclusiva discreción, cambiar el nombre oficial de la competencia e incluir un Patrocinador Titular o un Patrocinador de Presentación en el nombre oficial y en las marcas oficiales. B. La Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank es un evento oficial de la Confederación de Norte, Centroamérica y el Caribe Asociación de Fútbol (CONCACAF). C. Esta Competencia se juega todos los años. D. Las Asociaciones Miembro de CONCACAF (de ahora en adelante: las Asociaciones) pueden inscribir un cierto número de Clubes para la Competencia, de acuerdo al proceso de clasificación, en base a las estipulaciones del Comité Ejecutivo de CONCACAF para cada Asociación o Región (como es el caso de la Unión Caribeña de Fútbol [CFU]). E. CONCACAF es la dueña exclusiva de la Competencia, y de todos los derechos que emanan de la Competencia, y tiene el derecho exclusivo de organizar, controlar y manejar esta competencia. Estos derechos incluyen, entre otros, todos los tipos de derechos financieros, grabaciones audio-visuales y radiales, los derechos de transmisión y reproducción, los derechos de medios, de mercadeo, de patrocinio y promocionales y derechos incorpóreos tales como emblemas y derechos que emanen de la ley del derecho de propiedad intelectual. Todos los derechos relacionados con la Competencia que este Reglamento no adjudique a un Club participante o a una Asociación Miembro pertenecerán a CONCACAF. F. La edición 2015-16 de la Competencia servirá también como torneo de clasificación para la Copa Mundial de Clubes FIFA 2016. G. El Reglamento de la Competencia (de ahora en adelante: el Reglamento) rige los derechos y las responsabilidades de todos los que participan en la Competencia. El Reglamento, los Estatutos de CONCACAF, y todas las otras normas, disposiciones, circulares, lineamientos y decisiones de CONCACAF vigentes se aplicarán y serán de cumplimiento obligatorio para todas las Asociaciones Miembro participantes, los oficiales, los jugadores y sus respectivos Clubes, y todas las personas involucradas en la preparación, organización y albergue de la Competencia.
II. COMPETENCIA A. Todos los partidos de la Competencia serán partidos vespertinos, y los Clubes acuerdan jugar los mismos en las fechas y horas determinadas por CONCACAF.
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B. La Competencia tendrá dos fases: 1. Fase 1: Etapa de Grupo a. 24 Clubes serán sorteados en ocho grupos de tres Clubes cada uno. b. El sorteo será efectuado de modo tal de asegurar que dos o más Clubes de la misma Asociación Miembro no jueguen en el mismo grupo, y que los cuatro Clubes de EE.UU. y los cuatro de México sean sorteados en grupos separados. c.
En el caso en que un Club “comodín” ingrese en la competencia, ese Club podrá ser sorteado para jugar en contra de Clubes de su mismo país.
d. Los Clubes comodines son aquellos Clubes que ingresaron en el evento a total discreción del Comité Ejecutivo de CONCACAF, como reemplazo de otro Club superior o inferior a los Clubes que se clasifican comúnmente para participar en el evento. e.
Los Clubes jugarán con el oponente de cada Club dos veces: una vez como local y otra como visitante.
f.
Los Clubes recibirán tres puntos por cada partido que ganen, y un punto por cada partido que empaten. No se otorgarán puntos por partidos perdidos.
g.
Los Clubes serán ubicados (ranking) dentro de su grupo en base al número total de puntos acumulados en el juego de grupo.
h. El Club que obtenga el primer lugar en cada grupo avanzará a la Etapa de Eliminación Directa. i.
En el caso en que más de un Club haya acumulado el mismo número de puntos, el criterio de desempate, tal como se lo ha especificado en la sección II.C de este Reglamento, será aplicado para determinar la ubicación dentro del grupo.
j.
Los Clubes que finalicen en segundo y tercer lugar en cada grupo serán eliminados.
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2. Fase 2: Etapa de Eliminación Directa a. Ocho Clubes se clasifican para la Etapa de Eliminación Directa como se explicó en la sección II.B.1.h. b. La Etapa de Eliminación Directa consistirá en tres rondas de partidos: una Ronda de Cuartos de Final, una Ronda Semifinal, y una Ronda Final. c.
Los Clubes de una misma Asociación Miembro pueden jugar unos con otros en cualquier Ronda de la Etapa de Eliminación Directa.
d. En cada ronda, los Clubes jugarán con su oponente una vez como local y una vez como visitante. e.
Cuartos de Final: i. Los ocho cuartofinalistas serán ubicados (ranking) 1-8 en base a sus puntos en la Etapa de Grupo (y conservarán este ranking a lo largo de la Etapa de Eliminación Directa). ii. El Club con la más alta clasificación en cada pareja será el anfitrión del partido de vuelta a través de la Etapa de Eliminación Directa. iii. Los Clubes serán ordenados por parejas de la siguiente forma: a. Club 1 vs. Club 8; b. Club 2 vs. Club 7; c. Club 3 vs. Club 6; d. Club 4 vs. Club 5.
f.
Semifinales (SF): i. Los cuartofinalistas ganadores serán ubicados dentro de las siguientes categorías: a. SF1 – el ganador de 1 vs 8 jugará con el ganador de 4 vs 5; b. SF2 – el ganador de 2 vs 7 jugará con el ganador de 3 vs 6.
g.
Finales: i. El ganador de SF1 jugará con el ganador de SF2. ii. El ganador de la Final será considerado Campeón de la Competencia, y el perdedor será considerado Subcampeón de la Competencia.
C. Procedimientos de Desempate 1. Fase 1: Etapa de Grupo a. Para los equipos que están empatados en puntos: i. Mayor número de puntos obtenidos en partidos entre los Clubes en cuestión; ii. Mayor diferencia de goles en los partidos entre los Clubes en cuestión;
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iii. iv. v. vi.
Mayor número de goles marcados entre los Clubes en cuestión; Mayor diferencia de goles en todos los partidos de grupo; Mayor número de goles marcados en los partidos de grupo; Mayor número de goles marcados como visitante en todos los partidos de grupo; vii. Sorteo. b. Para los empates entre los ganadores de la Etapa de Grupo, el orden de las posiciones de los Clubes se determinará de la siguiente manera: i. Mejor diferencia de goles; ii. Mayor número de goles marcados; iii. Mayor número de goles marcados como visitante; iv. Mayor número de partidos ganados; v. Mayor número de partidos ganados como visitante; vi. Sorteo. 2. Fase 2: Etapa de Eliminación Directa Si los goles sumados entre los dos Clubes son de igual número al final del tiempo reglamentario en la vuelta de la Etapa de Eliminación Directa, se determinará el criterio de desempate de la siguiente manera: a.
Mayor número de goles sumados como visitante durante el tiempo reglamentario en los dos partidos (excluyendo todos los goles marcados durante el tiempo extra);
b. Mayor número de goles marcados en períodos de tiempo extra al final del partido de vuelta; c.
Procedimiento de tiros penales, según las Reglas de Juego aprobadas por la Junta Internacional de Fútbol Asociación (IFAB) y publicadas por la FIFA.
III. INSCRIPCIONES Y RETIROS Criterio de Inscripción A. El criterio específico de inscripción para cada Asociación Miembro o Asociación Regional (como en el caso de la CFU), será acordado entre CONCACAF y cada una de las Asociaciones Miembro (o Asociación Regional) en cuestión. B. En el caso de cualquier desacuerdo en el establecimiento o la aplicación del criterio de inscripción, CONCACAF determinará y aplicará dicho criterio a su exclusiva discreción.
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C. En principio, los Clubes obtendrán el derecho de ser inscritos por su Asociación Miembro en la Competencia en base al fair play y al mérito deportivo, usualmente a través del campeonato nacional existente de la Asociación Miembro en cuestión. D. El Campeón de la Competencia no queda automáticamente inscrito en la siguiente edición. E. Al ser inscrito en la Competencia cada Club acuerda: 1. Participar con todos sus primeros equipos en todos los partidos; 2. Asegurar que su estadio local regular reúne todos los requisitos estipulados en la sección XII de este Reglamento; 3. Jugar todos los partidos del calendario en las fechas y horas determinadas por CONCACAF y estipuladas en base a este Reglamento; 4. Proporcionarle a CONCACAF todos los requisitos especificados en este Reglamento; 5. Presentar, a través de su Asociación Miembro, el Acuerdo de Participación proporcionado por la Secretaría General de CONCACAF, completo y firmado, a más tardar dos semanas antes del evento, o inmediatamente después de la clasificación, si es que ésta se determina después de la fecha indicada; 6. Asegurar que sus jugadores, oficiales y personal cumplan obligatoriamente con las leyes, normas, códigos, protocolos, lineamientos y decisiones recién mencionados, incluyendo, pero sin limitarse a, todas las normas y procedimientos disciplinarios y de apelación, todos los requisitos de anti-dopaje, todas las estipulaciones de anti-manipulación de partidos y de antirracismo, y todos los requisitos de mercadeo y medios; 7. Abstenerse de toda forma de conducta ilegal, inmoral o falta de ética que dañe o pueda dañar la integridad y la reputación del fútbol, y debe cooperar totalmente y en todo momento con CONCACAF en sus esfuerzos de prevención, investigación y sanción de dicha conducta; 8. Que el Club, y también sus jugadores, su personal y sus oficiales, reconozcan la jurisdicción de la Corte de Arbitraje para el Deporte (CAS), según lo definen los Estatutos de CONCACAF y de la FIFA. F. Los Clubes serán considerados oficialmente inscritos en la Competencia una vez que CONCACAF reciba su Acuerdo de Participación firmado. No-inscripción y Retiros G. Si una Asociación Miembro, o la CFU, no inscribe adecuadamente en la Competencia a uno o a varios Clubes, o no puede cumplir con los requisitos establecidos en
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este Reglamento (considerado como “no-inscripción”), CONCACAF decidirá, a su exclusiva discreción, qué hacer con el (los) espacio(s) vacante(s) en la Competencia. Esto se aplicará también en los casos en que una Asociación Miembro y/o un Club no estén en regla con CONCACAF o un Club no esté en regla con su Asociación. La decisión puede incluir: 1. Proporcionar otro(s) Club(es) de la o de las Asociaciones Miembro en cuestión, (o de la CFU), como posible alternativa; 2. Proporcionar un Club alternativo de una o unas Asociaciones Miembro diferentes; 3. Dejar un espacio vacante y otorgar un “pase” a su(s) adversario(s). H. Una vez que han sido inscritos en la Competencia, los Clubes participantes deben cumplir con todas sus obligaciones, incluyendo la de participar en todos los partidos. La falta de participación en alguno de los partidos puede ser considerada, a total criterio de CONCACAF, como un retiro/abandono del evento. Un retiro puede tener un serio impacto en la integridad del evento, y como tal, se aplicarán las sanciones que se definen más abajo, excepto en casos de fuerza mayor o de circunstancias imprevistas, según lo considere aplicable CONCACAF. I.
En el caso de retiro de un Club se aplicarán las siguientes multas: 1. Después de inscribirse en la Competencia, pero antes del día del sorteo para la Etapa de Grupo: una multa de $10,000 USD más el decomiso de toda tarifa de inscripción; 2. El día del sorteo para la Etapa de Grupo, o después del mismo, pero antes de cualquier partido de la Etapa de Grupo que se esté jugando: una multa de $20,000 USD más el decomiso de toda tarifa de inscripción; 3. Luego del comienzo de la Etapa de Grupo, pero antes de la Etapa de Eliminación Directa: una multa de $30,000 USD más el decomiso de toda tarifa de inscripción; 4. Luego del comienzo de la Etapa de Eliminación Directa: una multa de $40,000 USD más el decomiso de toda tarifa de inscripción.
J.
En el caso de no jugar un partido específico o no jugarlo en su totalidad no necesariamente libera a un Club de su obligación de jugar otros partidos programados en la Competencia. Esta cláusula será aplicada, excepto en casos de fuerza mayor o de circunstancias imprevistas, según lo considere aplicable CONCACAF.
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K. Excepto en casos de fuerza mayor o de circunstancias imprevistas, según lo considere aplicable CONCACAF, un Club que se retira en cualquier etapa de la Competencia puede ser sujeto a lo siguiente: 1. Orden de reembolso al Club o a los Clubes opuestos, y a CONCACAF, cualquier gasto en el que incurrieron como resultado de su implicación o noimplicación en la Competencia; 2. Orden de pagar una compensación por cualquier daño o pérdida causada por su retiro; 3. Será descalificado de toda participación en las próximas dos ediciones de la Competencia; 4. Será referido al Comité Disciplinario de CONCACAF (de ahora en adelante: Comité Disciplinario) para sanciones adicionales. L. La Asociación Miembro de cualquier Club sujeto a penalidades será responsable de que las sanciones se apliquen y se cumplan. M. La falta de participación del Campeón de la Competencia en la Copa Mundial de Clubes de la FIFA, siempre y cuando se juegue, tendrá como resultado una multa de $100,000 USD pagadera a CONCACAF, independientemente de toda otra sanción que pudiera ser aplicada por la FIFA a su debido tiempo. N. Estas decisiones no podrán ser apeladas. Reemplazo de Clubes Retirados O. CONCACAF decidirá, a su criterio, si reemplazará a un Club que se retire de la Competencia en cualquier etapa de la misma y de qué manera se efectuará el reemplazo.
IV. RESPONSABILIDADES A. Entre otros, CONCACAF será responsable de: 1. Organizar la Competencia; 2. Supervisar la preparación en general, decidir el formato de la Competencia, los sorteos y formar las parejas y grupos; 3. Aprobar el calendario de partidos y los horarios de saque inicial; 4. Inspeccionar y aprobar los estadios;
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5. Nombrar los Delegados de Partido y el Grupo de Estudio Técnico; 6. Decidir qué laboratorios efectuarán los análisis de dopaje; 7. Decidir qué partidos estarán sujetos a pruebas de dopaje; 8. Informar al Comité Disciplinario de CONCACAF acerca de cualquier incumplimiento a las normas de dopaje aplicables; 9. Reemplazar los Clubes que se han retirado de la Competencia; 10. Hacer estipulaciones para los casos de fuerza mayor; 11. Tratar los aspectos de la Competencia de los que ningún otro organismo es responsable según los términos de este Reglamento o de los estatutos de CONCACAF; 12. Seleccionar el balón oficial del partido y el material técnico estipulado; 13. Organizar y coordinar la ceremonia pos-partido inmediatamente después del partido de vuelta de la ronda final. B. A lo largo de toda la Competencia, los Clubes participantes serán responsables de: 1. La conducta de los miembros de su delegación (oficiales y jugadores), y de toda persona que tenga obligaciones y responsabilidades a su cargo a lo largo de toda la Competencia; 2. El cumplimiento de este Reglamento (incluídos todos los apéndices) y todas las otras leyes, normas, disposiciones, códigos, protocolos, lineamientos y decisiones, según están determinados en la sección III.E; 3. Proporcionarle a CONCACAF toda la información y/o documentación requerida, dentro de los plazos estipulados. Los Clubes que no le provean a CONCACAF toda la información y/o documentación necesaria dentro de los plazos estipulados serán multados por el monto de $3,000 USD. La multa será aumentada en un 50% por cada vez que se repita dicha ofensa; 4. Solicitar con suficiente tiempo las visas a las instituciones diplomáticas de los países que serán visitados, si son necesarias; 5. Asistir a las conferencias de prensa y a otras actividades oficiales de los medios, organizadas por CONCACAF, y en base a estas instrucciones; 6.
Permitir que CONCACAF utilice las marcas para la promoción de la Competencia, y permitir que los patrocinadores del evento utilicen las marcas exclusivamente de un modo colectivo únicamente con el propósito de promocionar la Competencia, según el Reglamento Comercial de la SCCL;
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7. Todos los Clubes y sus jugadores y oficiales participantes en la Competencia acuerdan respetar y cumplir en su totalidad con: a. Las Reglas de Juego y los principios del Fair Play; b. Los Estatutos de CONCACAF y todas las regulaciones , normas, códigos, protocolos, circulares, lineamientos y decisiones (incluyendo este Reglamento); c. Todas las decisiones y directivas del Comité Ejecutivo de CONCACAF; d. El Código Disciplinario de la FIFA y –al momento de su entrada en vigencia- el Código Disciplinario de CONCACAF; e. El Código de Ética de CONCACAF y el Código de Conducta de CONCACAF; f. Los Reglamentos de Control de Dopaje de la FIFA; g. Todas las estipulaciones de anti-amaño de partidos y de antirracismo de CONCACAF; h. Todos los requisitos de mercadeo y medios de CONCACAF, tal como lo estipula el Reglamento Comercial de la SCCL y el Reglamento de Medios de la SCCL; i. Todos los requisitos de equipamiento, según la sección XIII de este Reglamento. 8. Los Clubes participantes también: a.
Tomarán todas las medidas necesarias para que sus jugadores y oficiales cumplan con todos los estatutos, reglamentos, provisiones, códigos, protocolos, circulares, directivas, decisiones, estipulaciones y requisitos; b. Deberán abstenerse de toda conducta ilegal, inmoral o anti-ética que dañe, o pudiera dañar, la integridad y reputación del fútbol, y cooperar obligatoriamente con CONCACAF en todo momento en sus esfuerzos por prevenir, investigar y sancionar dicha conducta; c. No deberán referirse (ya sea directa o indirectamente) a su equipo como selección inferior públicamente y/o a través de la prensa o redes sociales/ medios electrónicos; d. Tendrán la responsabilidad de poner en el terreno de juego sólo jugadores elegibles. De lo contrario se tomarán medidas según lo estipulado en las disposiciones aplicables. C. Las responsabilidades del Club Anfitrión incluyen: 1. Proporcionar un estadio que cumpla con los criterios establecidos en la sección XII de este Reglamento como también descritos en cualquiera de las disposiciones que CONCACAF haya puesto en circulación;
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2. Proporcionar transporte local para los Delegados y Oficiales de Partido de CONCACAF designados; 3. Proporcionar habitaciones y comida en los hoteles locales para los Delegados y Oficiales de Partido de CONCACAF designados; 4. Proporcionar toda información local que el equipo adversario visitante necesite –siempre y cuando sea razonable-, de acuerdo con las fechas límite determinados por CONCACAF; 5. Proporcionar un contacto de Club que se responsabilice y esté disponible para el Club visitante durante toda su estadía; dicho contacto debe: a. Hablar el idioma del Club visitante; b. Recomendarle hoteles al Club visitante, y en qué hotel se alojarán los Oficiales de Partido; c. Recibir al Club a su llegada al aeropuerto y acompañarlo a entrenar y al partido; d. Dar asistencia al Club con requisitos especiales, tales como solicitudes específicas para el menú; e. Hacer arreglos de transporte a y de la reunión de coordinación de partido; f. Asegurar que el vestuario del Club visitante esté limpio y listo, en base a las disposiciones estipuladas; g. Asegurar que el terreno de juego esté disponible para la sesión de entrenamiento del Club visitante; h. Confirmar que el Club local tenga un seguro adecuado para los campos de entrenamiento; i. Confirmar los arreglos de asientos para los VIPs del Club visitante, según se describe más abajo en la sección IV.C.6; j. Asegurar que los escoltas policiales (salvo que se decida que no son necesarios) sean confirmados y estén a tiempo; k. Toda solicitud razonable para el vestuario el día de partido realizada por parte del Club visitante o por CONCACAF. 6. Proporcionar asientos VIP para los oficiales de Club en la mejor área privada y segura disponible; 7. Proporcionar las entradas para el partido, como se explicó en la sección XIV de este Reglamento, y también en el Reglamento Comercial de la SCCL, no más tarde de la Reunión de Coordinación de Partido; 8. Garantizar el cumplimiento de la ley y el orden, como también así la seguridad en el estadio con la colaboración de las autoridades pertinentes; 9. Comprometerse y arreglar seguros de responsabilidad civil adecuados con
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respecto al estadio en el que se jugará el partido, agregar en la póliza de seguro a CONCACAF y a los socios de mercadeo de la Competencia como “Asegurados Adicionales”; 10. Proporcionar una oficina con conexión de Internet para los Delegados de Partido, para que puedan cumplir con sus tareas; 11. Proporcionar un mínimo de diez niños recogedores de balones para cada partido, de 14 años de edad o mayores; 12. Si son los anfitriones de partido final de la Competencia, dar asistencia y cooperar con CONCACAF en la coordinación de los arreglos para la ceremonia de premios pos-partido en el terreno de juego, inmediatamente después del partido; 13. Proporcionar una sección segura separada para los aficionados del Club visitante; 14. Cubrir todos los gastos relacionados con la sección IV.C. D. Las responsabilidades del Club Visitante incluirán: 1. Llegar a la ciudad anfitriona a más tardar la noche anterior al partido; 2. Hacerse cargo de su propio viaje local e internacional, y del transporte y gastos ocasionados por la obtención de visas; 3. Hacerse cargo de su propio viaje local e internacional, y del transporte y gastos ocasionados por la obtención de visas; 4. Pagar todos los impuestos de aeropuerto, los gastos de lavandería y las propinas habituales; 5. Solicitar del Club local guía, información y asistencia a su debido tiempo; 6. Informar al Club local, a más tardar una semana antes del partido, acerca de los arreglos de su viaje y de alojamiento; 7. Verificar con el Club local que el hotel que solicitaron no está siendo utilizado para los Oficiales de Partido; 8. Informar al Club local sobre pedidos especiales, tales como el campo de entrenamiento, necesidades de transporte, bebidas para el entrenamiento, etc., a más tardar una semana antes del partido; 9. Traer sus balones de práctica provistos por CONCACAF y por lo menos 15 chalecos de cada color;
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10. Informar al Club local el número aproximado de aficionados que concurrirán, y si están enterados de algunos aficionados problemáticos que van a concurrir o que podrían tratar de entrar en el estadio; 11. Cubrir todos los gastos relacionados con la sección IV.D salvo que haya sido acordado diferentemente por el Club anfitrión.
V. DISPOSICIONES FINANCIERAS A. CONCACAF le pagará a cada Club visitante un subsidio por viaje por cada partido como visitante por concepto de contribución a los gastos de viaje. Este subsidio será pagado directamente al Club a más tardar una semana antes del partido. Ingresos B. Todos los ingresos provenientes de la venta de entradas en la puerta se acumulan para el Club local, en base a las disposiciones de este Reglamento, incluyendo cualquier tarifa sobre el ingreso bruto de las entradas, pagadero a CONCACAF. C. Los Clubes participantes acuerdan presentar a CONCACAF para su aprobación previa, el plan de precios de las entradas para el partido, dentro de los 14 días a partir del anuncio del calendario, además de por lo menos 3 semanas antes de cualquier partido próximo que no esté ya cubierto por el plan de precios inicial. D. Los Clubes participantes acuerdan informar a CONCACAF para su aprobación previa, 14 días antes del partido, sobre cualquier plan de emitir un excedente de 1,500 entradas de cortesía para cualquier partido local. E. Los Clubes participantes acuerdan presentar - utilizando los formularios provistos por CONCACAF- el informe financiero y el estado de cuenta de la taquilla dentro de los 15 días posteriores al partido. F. Los Clubes le proporcionarán a CONCACAF, un reporte detallado de la venta de entradas y – a pedido- tendrán sus récords a disponibilidad de CONCACAF para que ésta efectúe la inspección de los mismos dentro de los 15 días posteriores a cada partido. G. Los Clubes participantes acuerdan pagar el 5% del ingreso bruto de la venta de boletos (o un mínimo de $500.00 USD) a CONCACAF por cada partido, menos los montos que deben ser pagados en nombre de CONCACAF para reembolsar a los Delegados y Oficiales de Partido por sus gastos. Todos los balances que el Club anfitrión le debe a CONCACAF, o que CONCACAF le debe al Club Anfitrión, serán pagados en dos fases:
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1. Fase 1 – Etapa de Grupo: Todos los balances ocurridos en la Etapa de Grupo que el Club Anfitrión debe pagarle a CONCACAF, o que CONCACAF le debe al Club Anfitrión, deben ser pagados dentro de los 30 días del partido final del Club de la Etapa de Grupo, siempre y cuando se hayan recibido todos los estados de cuenta y documentos necesarios. 2. Fase 2 – Etapa de Eliminación Directa: Todos los balances ocurridos en la Etapa de Eliminación Directa que el Club Anfitrión debe pagarle a CONCACAF, o que CONCACAF le debe al Club Anfitrión, deben ser pagados dentro de los 30 días del partido final de la Competencia jugado por el Club, siempre y cuando se hayan recibido todos los estados de cuenta y documentos necesarios H. Todos los otros ingresos provenientes de la explotación comercial de la Competencia, incluyen, pero sin limitarse a, la venta de los derechos de transmisión, los derechos de patrocinio, y los derechos de mercadeo, a través de cualquier medio, serán retenidos por CONCACAF, tal como se describe detalladamente en el Reglamento Comercial de la SCCL.
VI. ELEGIBILIDAD DEL JUGADOR A. Los Clubes podrán registrar una Lista de Jugadores que consista en un máximo de 30 jugadores (Lista de 30 jugadores) a más tardar siete días antes de su primer partido en la Etapa de Grupos. Si la Lista Inicial y sucesivas no incluyen el máximo de 30 jugadores, esta Lista podrá incrementarse de acuerdo con este Reglamento mientras que no se exceda de los 30 jugadores. B. Los Clubes podrán registrar una segunda Lista de Jugadores consistiendo de un máximo de 30 jugadores (Lista de 30 jugadores) a más tardar siete días antes de su primer partido en la Etapa de Eliminación Directa. Si la Lista Inicial y sucesivas no incluye el máximo de 30 jugadores, esta Lista podrá incrementarse de acuerdo con este Reglamento mientras que no exceda de 30 jugadores. C. Los Clubes pueden inscribir un máximo de 30 jugadores por cada etapa. D. Después de haber enviado su Lista Inicial de 30 jugadores, cualquier adición a la lista de 30 jugadores deberán enviarla a más tardar 48 horas antes del saque inicial del partido en cuestión. E. Una vez que hayan sido adecuadamente inscritos en la lista para un Club, en cualquier fase, un jugador no podrá ser inscrito en la lista para ningún otro Club en la misma edición de la Competencia. F. Para disipar dudas, un jugador que ya ha sido inscrito por un Club en cualquiera de las etapas, no podrá ser borrado de la Lista de Jugadores, sea cual fuere la razón.
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G. Los jugadores deben estar inscritos en el Club y en la correspondiente Asociación Miembro, y elegibles para jugar en cualquier partido de liga para la temporada actual de juego según los plazos de transferencia de la FIFA para cada país. H. No se registrarán jugadores de refuerzo. I.
Todos los jugadores que viajen a partidos como visitantes deben poseer un pasaporte individual legal (u otros documentos que les permitan viajar para jugar en partidos como visitantes), incluyendo una fotografía actual y todos los datos de nacimiento (día, mes y año) del jugador.
J.
En el caso de jugadores que participen exclusivamente en partidos locales, o partidos dentro de su propio país, deberán tener un pasaporte válido, licencia de manejo u otra identificación oficial proporcionada por el estado que contenga una fotografía actualizada, y que proporcione los datos particulares del jugador, tales como fecha de nacimiento (día, mes y año).
K. Los jugadores adicionales que hayan sido adecuadamente contratados por un Club durante los períodos de registro de la FIFA pueden ser inscritos también en la Lista de Jugadores, siempre y cuando no se exceda el máximo de 30 jugadores inscritos. L. Luego de su llegada al estadio, y a más tardar 90 minutos antes de cualquier partido de la Liga de Campeones, un representante de cada Club debe presentar al Coordinador General, o cualquier otro oficial autorizado de CONCACAF, su lista de 18 jugadores, seleccionados de la Lista de 23 Jugadores previamente presentada, y también deberán tener los recientemente mencionados documentos de identidad para su verificación, si es necesario. Todo jugador que no tenga la documentación pertinente podrá ser considerado inelegible para jugar. M. Todo Club que haya puesto en el terreno de juego un jugador inelegible será expulsado del partido. Si el resultado del partido fue una victoria o un empate en la Etapa de Grupo para el Club que incluyó un jugador inelegible, se adjudicarán tres puntos al equipo adversario sobre una marca de 3-0, o mayor, dependiendo del resultado del partido. Este incidente será reportado al Comité Disciplinario para su revisión.
VII. CUESTIONES DISCIPLINARIAS Y APELACIONES A. Comité Disciplinario de CONCACAF 1. El Comité Disciplinario de CONCACAF es responsable de hacer cumplir el Reglamento de la Competencia. El Comité Disciplinario de CONCACAF puede aplicar supletoriamente el Código Disciplinario de la FIFA hasta la entrada en vigencia del Código Disciplinario de CONCACAF (cuando el mismo sea aplicado subsidiariamente). De un modo específico, el Comité Disciplinario de
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CONCACAF puede pronunciar las sanciones descritas en este Reglamento, los Estatutos de CONCACAF y todas las otras normas, disposiciones y códigos de CONCACAF, como también el Código Disciplinario de la FIFA (y, al momento de su entrada en vigencia, en el Código Disciplinario de CONCACAF). 2. En los casos de transgresión de este Reglamento o de cualquier otra reglamentación aplicable, o de cualquier conducta antideportiva por parte de los Clubes participantes, sus jugadores, personal y/u oficiales, o cualquier otro tipo de incidente, el Comité Disciplinario de CONCACAF estará autorizado a: a.
Amonestar, sancionar, multar, aplicar una penalidad de puntos de Etapa de Grupos, suspender y/o descalificar a los Clubes, sus jugadores, personal y/u oficiales; b. Iniciar una acción en contra de cualquier persona(s), Club(s) u Asociación(es) Miembro que cometa dicho incumplimiento a este Reglamento aplicable (incluyendo las Reglas de Juego y las disposiciones de Fair Play); c. Prohibir la participación de transgresores en un número específico de Competencias organizadas por CONCACAF, en las cuales –de lo contrario- podrían haber participado. 3. El Comité Disciplinario de CONCACAF puede reportar al Comité Ejecutivo de CONCACAF cualquier conflicto relacionado con una transgresión de este Reglamento si así lo considera necesario, ya sea para posteriores sanciones o por cualquier otra razón. 4. Las decisiones del Comité Disciplinario de CONCACAF deben estar basadas en récords escritos o efectuando una audiencia. 5. Al tomar una decisión, el Comité Disciplinario de CONCACAF puede hacer referencia a los informes efectuados por los Delegados de Partido, los Oficiales o cualquier otro personal u oficiales de CONCACAF presentes. Dichos informes pueden ser utilizados como evidencia pero solamente en lo que concierne a los aspectos disciplinarios del caso en cuestión, y no afectarán la decisión del árbitro en cuanto a los hechos relacionados con el juego mismo. 6. A su exclusivo criterio, el Comité Disciplinario de CONCACAF puede arreglar una audiencia personal y decidir cuáles serán los pasos a seguir. Las decisiones de tales audiencias serán válidas solamente si un mínimo de tres miembros del Comité Disciplinario de CONCACAF están presentes. 7. Las siguientes decisiones del Comité Disciplinario de CONCACAF no estarán sujetas a apelación: a.
Amonestaciones y censuras impuestas a jugadores, Oficiales de Partido, Clubes (personal y oficiales), otras personas, o Asociaciones Miembro;
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b. Suspensiones de hasta dos partidos, o de hasta dos meses, impuestas a jugadores, Oficiales de Partido, personal y oficiales de Clubes, u otras personas; c.
Multas impuestas a jugadores, Oficiales de Partido, Club (personal y oficiales), otras personas (sin exceder el monto de $10,000 USD) o Asociaciones Miembro (sin exceder el monto de $30,000 USD).
8. La Asociación correspondiente, en base a las disposiciones de su propio Reglamento, castigará cualquier otra ofensa cometida, durante el curso de la Competencia, por oficiales de Club, personal técnico o cualquier otro personal de Campeonatos y Competencias. Para este propósito, el Comité Disciplinario de CONCACAF reportará a la Asociación correspondiente el informe del árbitro del partido en cuestión. La Asociación, a su vez, reportará al Comité Disciplinario de CONCACAF la resolución del conflicto y toda otra medida disciplinaria que se haya tomado. 9. Excepto en casos de fuerza mayor, si así lo considera CONCACAF, si un Club no se presenta a un partido, o si se niega a comenzar o continuar jugando, o abandona el estadio antes de la finalización del partido, el Club será considerado perdedor del partido con un marcador 3-0, o más. Si en el caso de abandono de partido durante la Competencia, se dará al Club ganador un marcador 3-0, o más alto, dependiendo del resultado del partido. 10. Cualquier otra violación a este Reglamento, ya sea por parte de Jugadores, Oficiales, Clubs o Asociaciones, que sea sancionable por medio de penalidades financieras, será reportada a la Secretaría General para ser revisada por CONCACAF. 11. Todas las sanciones financieras impuestas deben ser pagadas a más tardar 60 días después de la notificación de la decisión. Salvo especificación contraria, el monto total de las multas será acumulado por CONCACAF. CONCACAF podrá debitar las cuentas de los deudores por los montos debidos a la Confederación.
B. Comité de Apelaciones de CONCACAF 1. El Comité de Apelaciones de CONCACAF escuchará apelaciones elegibles para ser presentadas en contra de decisiones tomadas por el Comité Disciplinario de CONCACAF. 2. El Comité de Apelaciones de CONCACAF puede aplicar, supletoriamente, el Código Disciplinario de la FIFA hasta la entrada en vigencia del Código Disciplinario de CONCACAF (cuando éste se aplique subsidiariamente). En forma específica, El Comité de Apelaciones de CONCACAF puede efectuar procedimientos de apelaciones de acuerdo al Código Disciplinario de la FIFA.
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3. El Comité de Apelaciones de CONCACAF tomará sus decisiones sobre la base de documentos y otros instrumentos de evidencia contenidos en el archivo del Comité Disciplinario. Además, el Comité de Apelaciones de CONCACAF puede, a su exclusivo criterio, considerar evidencias adicionales, incluídos registros de video y televisión, que considere pertinentes. 4. Si una parte tiene la intención de apelar, dicha parte debe informarle al Comité de Apelaciones de CONCACAF acerca de ello, a través de la Secretaría General de CONCACAF, por escrito, dentro de los tres días de la notificación de la decisión. 5.
Cualquier persona que desee presentar una apelación debe depositar una tarifa de apelación de $3,000 USD en la cuenta de banco de CONCACAF y presentar una confirmación de tal depósito antes de vencido el plazo para la presentación de la apelación. Tal confirmación debe ser enviada por correo electrónico a la Secretaría General a general.secretariat@concacaf.org.
6. Si no se cumple con estos requisitos, la apelación no será admisible. 7. Las decisiones pronunciadas por el Comité de Apelaciones son finales y obligatorias dentro de CONCACAF. C. Protestas 1. Para el objetivo de este Reglamento, se entiende por protestas las objeciones de todo tipo relacionadas con eventos o cuestiones que tienen efectos directos sobre partidos, incluyendo pero sin limitarse a, el estado y las marcas del campo, el equipamiento accesorio de partido, la elegibilidad de jugadores, las instalaciones de estadio y los balones. 2. Cualquiera que desee presentar una protesta debe depositar una tarifa de protesta de $500 USD en la cuenta de banco de CONCACAF y presentar una confirmación de tal depósito antes de vencido el plazo para la presentación de la protesta. Tal confirmación debe ser enviada por correo electrónico a la Secretaría General de CONCACAF a general.secretariat@concacaf.org. 3. Las protestas serán presentadas por escrito al Comisario de Partido CONCACAF dentro de dos horas del partido en cuestión, salvo especificación contraria, y acompañadas inmediatamente de un reporte escrito completo, incluyendo una copia de la protesta original, que deberá ser enviada por correo electrónico a la Secretaría General de CONCACAF a general.secretariat@ concacaf.org.
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4. Las protestas en contra de la elegibilidad de jugadores registrados para partidos serán presentadas por escrito al Comisario de Partido CONCACAF a más tardar cuarenta y ocho horas después del partido en cuestión. 5. Las protestas en contra del estado del campo, el entorno, las marcas, el equipamiento accesorio (arcos, banderines, balones etc.) serán hechas por escrito al Árbitro, antes del comienzo del partido, por el oficial de la delegación del Club que está elevando la protesta. Si la superficie de juego se vuelve imposible de jugar en ella durante el partido, el capitán del Club que protesta presentará inmediatamente una protesta ante el Árbitro en presencia del capitán del Club adversario. Las protestas deberán ser confirmadas por escrito al Comisario de Partido CONCACAF por el oficial de la delegación del Club, a más tardar dos horas después del partido. 6. Las protestas en contra de cualquier incidente acaecido durante el partido serán dirigidas al Árbitro por el capitán del Club inmediatamente después del incidente de la disputa, y antes de que el juego se haya reiniciado. La protesta será confirmada por escrito al Comisario de Partido CONCACAF por el oficial de la delegación del Club, a más tardar dos horas después del partido. 7. No pueden elevarse protestas en contra de las decisiones del Árbitro en puntos relacionados con el juego, ya que tales decisiones serán finales. 8. Si se eleva una protesta infundada o irresponsable, el Comité Disciplinario podrá imponer una multa. 9. Si no se cumplen las condiciones formales de las protestas establecidas en este Reglamento, tal protesta será descartada por el órgano competente. Una vez que se haya proclamado el Club ganador de la Competencia, toda protesta tal como se define en este artículo será descartada. CONCACAF tomará decisiones sobre las protestas presentadas. D. Procedimientos Disciplinarios – Jugadores 1. Además de las disposiciones descritas recientemente, todo jugador amonestado o expulsado del terreno de juego por el Árbitro, estará sujeto a las sanciones especificadas en las secciones VII.D.2, VII.D.3 and VII.D.4. Dichos castigos son automáticos y no pueden ser apelados. Pueden ser aumentados por el Comité Disciplinario de CONCACAF y cualquier aumento estará sujeto al proceso de apelaciones que se definió anteriormente. 2. Todo jugador expulsado del terreno de juego, ya sea directamente (una tarjeta roja), o como resultado de dos amonestaciones (dos tarjetas amarillas) en el mismo partido, será suspendido, como mínimo, del próximo partido.
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3. Todo jugador que haya recibido dos tarjetas amarillas en dos partidos diferentes dentro de la Competencia será suspendido del siguiente partido. Subsiguientemente, cada vez que un jugador acumule dos tarjetas amarillas únicas en dos partidos diferentes, será suspendido del siguiente partido con la excepción de que las amonestaciones únicas serán eliminadas al final de la ronda de Cuartos de Final y al final de la Etapa de Eliminación Directa. 4. Las suspensiones resultantes de una tarjeta roja y que no hayan sido aplicadas/ ejecutadas se llevarán hasta la próxima edición de la Liga de Campeones en la cual el jugador sea elegible para participar. 5. Los Clubes y todas las personas que deban cumplir obligatoriamente con este Reglamento no presentarán disputas frente a tribunales ordinarios. En lugar del recurso de un tribunal ordinario, se efectuará una disposición para arbitraje. Dichas disputas serán llevadas a un tribunal de arbitraje reconocido por CONCACAF, o a CAS.
VIII. CONTROL MÉDICO Y DE ANTI-DOPAJE A. En lo que respecta a la pérdida de conciencia no traumática durante un partido, el Árbitro supondrá una falla cardíaca súbita hasta que se pruebe lo contrario. La señal de mano es el puño derecho sobre el pecho. Dicha señal le indicará al médico del equipo y al equipo médico de emergencia (equipo de camilla) que administren inmediatamente maniobras exhaustivas de reanimación, incluyendo el uso de un desfibrilador (DAE) y RCP. La asociación organizadora tiene la responsabilidad de asegurarse de la presencia y de la disponibilidad de un DAE operacional y de una ambulancia con un plan de entrada y de salida. B. CONCACAF no deberá ser considerada responsable de ninguna lesión ocasionada a ningún jugador participante. Del mismo modo, CONCACAF no deberá ser considerada responsable de ningún incidente (inclusive muerte) vinculado a ninguna lesión o problema(s) de salud de ningún jugador participante. C. A lo largo de toda la Competencia, cada Club será responsable el seguro de salud, viaje y accidente para todos los miembros de su delegación. D. El dopaje está estrictamente prohibido. Los Reglamentos de Anti-dopaje de la FIFA, el Código Disciplinario de la FIFA, y otros Reglamentos relevantes de CONCACAF/ FIFA, circulares y lineamientos deberán aplicarse a todas las Competencias de CONCACAF. E. Cada jugador puede estar sujeto a pruebas dentro-de-la-competencia en los partidos en los que compite, y a pruebas fuera-de-la-competencia en todo tiempo y/o lugar.
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F. Si, de acuerdo al Reglamento antidopaje de la FIFA, las pruebas hechas a un jugador dan resultado positivo en el uso de substancias prohibidas, dicho jugador deberá ser inmediatamente declarado inelegible para toda participación subsiguiente en la Competencia, y deberá estar sujeto a sanciones por parte del Comité Disciplinario de CONCACAF. G. Si el Club local proporciona un médico de equipo, dicho médico deberá estar disponible para ambos equipos y estará sentado cerca del banco del Cuarto Oficial.
IX. REGLAS DE JUEGO A. Todos los partidos deberán ser jugados en base a las Reglas de Juego aprobadas por IFAB. B. En el caso de cualquier discrepancia entre las versiones de las Reglas de Juego en diferentes idiomas, el idioma inglés será considerado autoritativo. C. Se permitirá un máximo de 7 jugadores suplentes y 7 oficiales de Club en el banco de suplentes, siempre y cuando sus nombres y sus funciones estén indicados en el formulario proporcionado por el Coordinador General antes del partido. Nota: ningún jugador ni ningún oficial suspendido tendrá autorización para sentarse en el banco de suplentes. D. Está prohibida la presencia de otros jugadores, delegados o miembros del personal de equipos en el campo durante el partido.
X. DURACIÓN, TIEMPO EXTRA, TIROS PENALES, MOMENTO DE SILENCIO A. Cada partido tendrá una duración de 90 minutos, que se dividen en dos períodos de 45 minutos cada uno y un intervalo de 15 minutos entre los períodos.
B. Si el resultado es empate al final del tiempo reglamentario en la Etapa de Grupo, el resultado quedará como empate. C. En la Etapa de Eliminación Directa, si el resultado es empate al final del tiempo reglamentario del partido de vuelta, se jugará un tiempo extra. D. Si, de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento, se debe jugar tiempo extra a causa de un empate en el total de goles convertidos y en el total de goles como visitante convertidos luego del partido de vuelta de una serie local y visitante de Etapa de Eliminación Directa, el tiempo extra consistirá en dos períodos de 15 minutos cada uno, con un intervalo de cinco minutos al final del tiempo de juego reglamentario, pero no entre los dos períodos de tiempo extra.
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E. Si un Club convierte más goles que el otro durante el tiempo extra, ese Club será declarado ganador. Los goles convertidos como visitante no serán aplicados con propósitos de desempate en el tiempo extra. F. Si los Clubes continúan empatados al final del tiempo extra, se harán tiros penales desde la marca respectiva, para determinar el ganador, según las Reglas de Juego. G. Los relojes del estadio que reflejan el tiempo jugado pueden funcionar durante el partido, siempre y cuando avancen (desde 0’-45’ el primer período y 45’-90’ en el segundo período) y se detengan al final del tiempo reglamentario de cada medio tiempo. Esta estipulación se aplicará también en el caso de que se juegue tiempo extra. H. Al final de los dos períodos de tiempo reglamentario de juego, el Árbitro indicará al Cuarto Oficial, ya sea verbalmente o con un gesto con las manos, el número de minutos que él decidió permitir por tiempo perdido. Esto se aplica también a los dos períodos de 15 minutos cada uno. Cada período concedido por tiempo de tiempo perdido será anunciado al público por el Cuarto Oficial a través de tableros electrónicos y a través de anuncios públicos. I.
Si un partido es interrumpido por el Árbitro antes del final del tiempo reglamentario de juego o durante cualquier tiempo extra por razones de fuerza mayor o por cualquier otro incidente tal como, pero sin limitarse a, que el terreno de juego no esté en condiciones de jugar en él, condiciones climáticas, problemas con la iluminación, etc., se permitirá lo siguiente: 1. Que el partido sea suspendido automáticamente por una duración de treinta (30) minutos, hasta que la situación mejore lo suficientemente como para reiniciar el partido, salvo que el árbitro decida que el partido puede continuar antes de ello. 2. Se permitirá, a criterio exclusivo del Árbitro, otra suspensión de un máximo de treinta (30) minutos si, en opinión del Árbitro, estos 30 minutos serán suficientes para reiniciar el partido. De lo contrario, al final del segundo período de treinta minutos, el Árbitro debe declarar que el partido ha sido abandonado. 3. En el caso en que el partido haya sido abandonado, el partido continuará al día siguiente desde el punto en que fue interrumpido, y será jugado hasta el final, de modo de evitarle al Club visitante gastos excesivos. Si aun así es imposible completar el partido al día siguiente por las mismas razones, la finalización del partido puede ser postergada por un día más, siempre y cuando ambos Clubes estén de acuerdo. Si el partido no puede ser jugado tampoco ese tercer día, CONCACAF determinará cómo y cuándo se completará el partido. Los gastos del Club visitante serán entonces divididos entre los dos Clubes.
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J.
Los siguientes principios serán aplicados para el reinicio del partido: 1. El partido será reiniciado con el mismo número de jugadores en el terreno y con los suplentes disponibles que había cuando el partido fue abandonado; 2. No se podrán agregar suplentes a la lista de jugadores en la lista de inicio; 3. Los Clubes pueden hacer solamente un número de substituciones igual al que estaban autorizados cuando el partido fue abandonado; 4. Los jugadores expulsados durante el partido abandonado no pueden ser reemplazados; 5. Todas las sanciones impuestas antes del abandono del partido permanecen válidas para el resto del partido; 6. La hora, fecha (prevista para el día siguiente) y lugar de reinicio serán estipulados por CONCACAF previa consulta con los Clubes participantes; 7. Cualquier otra cuestión que requiera una decisión ulterior será tratada por CONCACAF.
K. Si el partido no puede comenzar a tiempo debido a una causa de fuerza mayor o por cualquier otro incidente, tal como, pero sin limitarse a, el terreno no está en buenas condiciones para jugar, condiciones climáticas, problemas con la iluminación, etc., se deberá proceder de la manera siguiente: 1. El partido debe ser postergado primeramente por un mínimo de treinta minutos, salvo que el Árbitro decida que el partido puede comenzar antes, antes que se tome la decisión de reprogramar el partido; 2. A total criterio del Árbitro, otra postergación de un máximo de treinta minutos se permitirá si, en opinión del Árbitro, este tiempo extra de demora será suficiente para que el partido comience; 3. De lo contrario, al final del Segundo período de treinta minutos, el Árbitro debe declarar que el partido ha sido cancelado; 4. En el caso de cancelación de un partido, CONCACAF decidirá, dentro de las dos horas de la cancelación decidida por el Árbitro, si el partido puede ser reprogramado (tomando en cuenta los aspectos deportivos y de organización), o si es necesario tomar otras medidas y decisiones antes de continuar con la Competencia. Toda sanción disciplinaria resultante del partido cancelado permanecerá vigente.
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XI. PREMIOS A. El Campeón de la Competencia será nombrado “Campeón de Club de CONCACAF” y representará a CONCACAF en la Copa Mundial de Clubes de la FIFA y/u otras Campeón de Clubes de CONCACAF correctamente constituidas que requieran la participación de un Campeón de Clubes de CONCACAF para un año específico, si se lo llama con tal propósito. B. El Campeón de la Competencia recibirá un trofeo de CONCACAF, que el Club mantendrá en forma permanente y también recibirá 50 medallas de Oro. C. El Sub-campeón de la Competencia recibirá 50 medallas de Plata. D. Los Árbitros de ambos partidos finales recibirán medallas conmemorativas. E. Se podrán producir medallas adicionales a solicitud y por cuenta del Club solicitante. F. Se entregarán trofeos separados a ganadores individuales de premios.
XII. ESTADIO A. Cada Club que organice partidos para la Competencia será responsable de asegurar que el estadio y sus instalaciones cumplan con los mínimos requisitos de seguridad y precaución obligatorios para partidos internacionales, incluídos los niveles de personal de estadio, según lo estipulado por el Reglamento de Estadios de la FIFA. B. Los terrenos de juego, las instalaciones y el equipamiento de accesorios deberán estar en óptimas condiciones y deberán ajustarse a las disposiciones estipuladas en las Reglas de Juego y a todas las otras disposiciones pertinentes. C. Salvo estipulación contraria en este Reglamento, los partidos de la Competencia deben jugarse en un estadio que reúna los requisitos y estándares establecidos en los “Requisitos de Competencias de CONCACAF para los Estadios de la SCCL”. Los Clubes participantes deben asegurar que su estadio reúna los requisitos y estándares mencionados con anterioridad a más tardar 45 días antes del primer partido. D. CONCACAF efectuará inspecciones de estadio: 1. Antes o durante la competencia si CONCACAF lo considera necesario; 2. A más tardar 45 días antes de un partido en cualquier Ronda para un estadio que funcionará como reemplazo para el estadio local de los participantes, después de haberse realizado las inspecciones iniciales;
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3. Si un estadio de reemplazo debe ser utilizado luego de haber completado las inspecciones del estadio primario, y en cualquier momento luego del comienzo de la Competencia, el costo de la inspección será cobrado al Club y/o a la Asociación que solicitó ese cambio; 4. Si es necesario hacer una segunda inspección, o una inspección de seguimiento, el costo de la o las inspecciones adicionales será cobrado al Club. E. Estadio Local 1. El estadio local seleccionado por el Club participante deberá ser el estadio regular utilizado por el Club para sus partidos locales. 2.
En el caso en que el estadio regular de un Club no reúna los requisitos mínimos establecidos en este Reglamento y en otros documentos reglamentarios de CONCACAF, se exigirá que el Club haga todos los esfuerzos razonables posibles, a criterio exclusivo de CONCACAF, para hacer que el estadio cumpla con dichos requisitos, sin costo alguno para CONCACAF.
3. Si luego de agotados todos los esfuerzos posibles, el estadio habitual del Club aún no reúne los requisitos mínimos, se permitirá que los Clubes seleccionen un estadio alternativo como estadio local, el cual estará sujeto a la aprobación de CONCACAF, siempre y cuando el estadio alternativo se encuentre en el mismo país. 4. Todo Club que, de acuerdo a este Reglamento, tenga autorización para jugar o se le exija que juegue un partido local en un estadio que no es habitualmente el suyo, correrá con los gastos correspondientes. 5. Si no hay ningún estadio alternativo disponible, el Club eliminará su inscripción del torneo, y CONCACAF decidirá hacer un reemplazo, a su exclusivo criterio. F. Disponibilidad de Estadios 1. Los estadios deben estar disponibles para ser usados para la Competencia en los días y horas determinados por CONCACAF. 2. Si se utiliza un estadio substituto, CONCACAF solicitará la verificación de cumplimiento del propietario asegurando su disponibilidad para las fechas de los partidos. 3. Los estadios deben estar disponibles por lo menos dos días antes de cada partido en la Etapa de Grupo y tres días antes de un partido de Etapa de Eliminación
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Directa, para que el personal y los oficiales de CONCACAF efectúen visitas (walk-throughs), instalen la señalización y realicen cualquier otra actividad necesaria. 4. Los estadios deben estar disponibles para el Club visitante para el entrenamiento de una hora el día anterior al partido programado, salvo que dicho entrenamiento, a criterio del Árbitro, del Comisario de Partido o de otros oficiales de CONCACAF, causen un daño excesivo a la superficie del terreno de juego. 5. Si el Club visitante no puede entrenar en el terreno de juego, el Club local debe informar las razones por las que el terreno no está disponible, permitir que el Club visitante camine alrededor del terreno para acostumbrarse al estadio, y poner a disponibilidad de ellos, sin costo, un terreno de calidad y superficie similares a las del terreno no disponible. G. Asientos del Estadio y Entradas [Boletos] 1. Los partidos se jugarán sólamente en estadios con asientos. 2. Si un estadio cuenta con áreas de asientos y también áreas de espectadores de pie, éstas últimas deberán quedar vacías. 3. Por lo menos un 5% de la capacidad total del estadio deberá estar disponible exclusivamente para los aficionados visitantes en un área del estadio segura y segregada. 4. Áreas de asientos bordeando el campo igualmente están prohibidos, y áreas de asientos fijados de manera no permanente deben ser aprobadas por CONCACAF. H. Estado y Superficie del Terreno de Juego 1. Los partidos de la Competencia pueden jugarse en superficies naturales o artificiales. 2. Si se utiliza un terreno artificial, la superficie debe reunir los requisitos de la FIFA para césped artificial. 3. Los Clubes deben cumplir con las disposiciones de CONCACAF de regado del terreno el día de partido, según se describe en el Manual de Competencia de la Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank. 4. Si el Club local considera que el terreno no está en condiciones de jugarse sobre
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él, CONCACAF será informada al respecto inmediatamente, y también el Club visitante y los Oficiales de Partido antes de su partida. Si el Club anfitrión no cumple con esto, estará obligado a cubrir todos los gastos de viaje, comidas y alojamiento de las partes involucradas. 5. Si existe alguna duda con respecto al estado del terreno después que el Club visitante y los Oficiales de Partido hayan partido rumbo a la ciudad anfitriona, el Árbitro decidirá si el terreno está en condiciones de jugarse sobre él o no. Si el Árbitro declara que no, el procedimiento a seguir está explicado en la sección X.K. 6. Sin embargo, si antes de la hora de comienzo del partido el Club local no puede rectificar el terreno de juego según las Reglas de Juego, el Club local será expulsado del partido. La victoria, un marcador 3-0 y los tres puntos resultantes serán adjudicados al equipo adversario. Además, el asunto se remitirá al Comité Disciplinario para acciones apropiadas. 7. Cada estadio tendrá suficiente espacio detrás de ambos arcos/porterías o detrás del Arbitro Asistente No. 1 para permitir que los jugadores puedan hacer calentamiento durante los partidos. I.
Iluminación 1. Dado que todos los partidos son jugados de noche, podrán ser jugados exclusivamente en estadios con iluminación homogénea sobre todo el terreno de un mínimo de 800 lux. 2. Habrá un sistema generador de electricidad disponible, el cual, en el caso de un corte de corriente, garantice suficiente luz para la seguridad del público a la salida del estadio.
J.
Entrenamiento Oficial 1. Si el clima lo permite, y dependiendo de las condiciones del terreno, se dará preferencia al Club visitante para elegir la hora a la que querrán entrenarse el Día de Partido -1 (DP-1). Si se requiere iluminación del estadio para el entrenamiento, ésta será proporcionada por el Club local sin cargo para el Club visitante. 2. Si el partido se debe jugar en un terreno artificial, el Club visitante tendrá permiso para un mínimo de dos sesiones de entrenamiento de 1 hora cada una, que pueden utilizarse consecutiva o separadamente DP-2 o DP-1. Si un Club decide no entrenar en el estadio, debe informar al Coordinador
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General de su hora oficial de entrenamiento y lugar, siempre y cuando haya sido aprobada previamente por CONCACAF. Ésta será tratada como Sesión Oficial de Entrenamiento. K. Carteles del Estadio y Marcas Audio-Visuales 1. Cada estadio debe proporcionarle a CONCACAF "Areas Exclusivas" que estén libres de carteles comerciales y/o cualquier otro tipo de anuncio publicitario (ya sea temporal o permanente), incluyendo marcas corporativas, cívicas o de Clubes. Las "Areas Exclusivas" son definidas detalladamente en el Reglamento Comercial de la SCCL. Estas "Areas Exclusivas" deberán proporcionarse a CONCACAF tanto en el DP-1 y en el DP. 2. No podrán haber restricciones, excepto en los casos de ley nacional, respecto de qué carteles CONCACAF permitirá que se coloquen en el estadio. El Reglamento Comercial de la SCCL contiene más detalles al respecto. 3. Con excepción de los aprobados por CONCACAF, no se leerán anuncios comerciales a través del sistema de anuncios públicos antes, durante y después de un partido. El Reglamento Comercial de la SCCL contiene más detalles al respecto. 4. Si el estadio cuenta con una pantalla de video propia, tableros de mensajes, tableros LED, o cualquier otro medio digital, éstos estarán reservados exclusivamente para CONCACAF el DP-1 y el DP. El uso de estos materiales por parte del Club o de terceros deberá ser aprobado por CONCACAF en forma explícita y por escrito. CONCACAF proveerá el uso de estos medios sin costos adicionales fuera de los gastos del operador del tablero de anuncios. El Reglamento Comercial de la SCCL contiene más detalles al respecto. 5. Cada Club local proporcionará un operador de anuncios públicos y de marcador para prestar sus servicios de acuerdo a las instrucciones de CONCACAF durante cada partido. El Reglamento Comercial de la SCCL contiene más detalles al respecto. L. Seguridad del Estadio 1. Para cada partido, el Club local será responsable de desarrollar un plan de seguridad que proporcione seguridad para todos los participantes incluyendo el Club local, el Club visitante, y el personal, los oficiales y los delegados de CONCACAF, desde su llegada al estadio hasta su partida. El plan proveerá también un ambiente seguro para los espectadores que asistan al partido, incluyendo una entrada segura separada y un área de asientos para los espectadores visitantes, como así también control de seguridad de cada individuo y de todos los bolsos/carteras que tengan al entrar al estadio.
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2. Durante la Reunión de Coordinación de Partido, el Club local debe proporcionar una copia de este plan de seguridad al Comisario de Partido. 3. Los Clubes locales también deberán asegurar la posibilidad de manejar todas las zonas controladas, incluyendo las áreas reservadas para Clubes, oficiales, invitados, delegados, personal, medios u otros grupos, a criterio de CONCACAF. 4. CONCACAF se reserva el derecho de exigirle a cualquier estadio local que implemente un sistema de credenciales a elección de CONCACAF. 5. CONCACAF se reserva el derecho de exigir seguridad adicional, a su criterio, y los Clubes participantes acuerdan proporcionarla si fuera necesario y a su cargo. 6. El Club local y su Asociación Miembro podrán ser sancionados con medidas disciplinarias en caso de no cumplir con los requisitos de seguridad adecuados. Las sanciones pueden incluir multas y/o suspensiones. M. No está permitido fumar en las áreas de competencia, tales como vestuarios, túneles, áreas técnicas, y las áreas del perímetro del terreno.
XIII. UNIFORME Y EQUIPAMIENTO A. Los Clubes participantes deberán cumplir con el Reglamento de Equipamiento de la FIFA vigente. Están prohibidos los mensajes o slogans políticos, religiosos, o personales, en cualquier idioma o forma, por parte de jugadores y oficiales de partido, en su equipamiento de juego o de equipo (incluyendo bolsas de deportivas, envases de bebidas, bolsas de primeros auxilios, etc.), o en su cuerpo. Asimismo se prohíben dichos mensajes comerciales y slogans en cualquier idioma o forma, por parte de jugadores y oficiales, en cualquier actividad oficial organizada por CONCACAF (incluyendo las actividades en los estadios para partidos oficiales y sesiones de entrenamiento, y también durante conferencias de los medios y actividades en la zona mixta). Todo incumplimiento será tratado por el Comité Disciplinario de CONCACAF, en base al Código Disciplinario de la FIFA y, a partir de su entrada en vigencia, en base al Código Disciplinario de CONCACAF. B. Colores de los Uniformes 1. Cada Club le informará a CONCACAF acerca de por lo menos dos colores diferentes contrastantes (uno predominantemente oscuro, y uno predominantemente claro) para sus uniformes oficiales y uniformes de reserva (playera, shorts y medias). Además, cada Club elegirá tres colores contrastantes para los arqueros/porteros. Estos tres uniformes para arqueros/porteros deberán ser diferentes y contrastantes uno del otro, y también deberán serlo
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con respecto a los uniformes oficiales y de reserva. El Manual de Competencia de la Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank contiene más información. 2. CONCACAF informará a los Clubes acerca de los colores que deberán usar para cada partido. 3. Cada Club tendrá por lo menos dos uniformes de diferentes colores para sus jugadores y arqueros/porteros que no provoquen un conflicto con los colores del uniforme del Club. C. Procedimiento de aprobación del uniforme del Club 1. Cada Club participante le proveerá a CONCACAF las muestras exactas con números del equipamiento siguiente, no más tarde de la Cumbre: a.
Uniformes oficiales y de reserva (un juego de cada uniforme de camisetas, pantalones cortos y medias); b. Un juego de cada uniforme de arquero/portero (camisetas, pantalones cortos y medias); c. Guantes y gorras de arquero/portero. D. Si el Árbitro determina que debe hacerse un cambio, él consultará con los Delegados de Partido acerca de los cambios y luego le avisará al Club sobre los mismos. E. Nombres de los Jugadores 1. Los jugadores pueden ser identificados por su apellido o una abreviación o sobrenombre en sus playeras, siempre y cuando el nombre figure en la Lista de Jugadores, y el jugador sea reconocido por ese nombre. 2. El tamaño de las letras debe ajustarse a los requisitos del Reglamento de Equipamiento de la FIFA. F. Los números deberán estar en la espalda de la playera, y en los shorts, de acuerdo a los Reglamentos de Equipamiento de la FIFA. G. Además de todo lo mencionado (y como única excepción), cada club proveerá un juego de playeras de arquero sin nombres ni números. Estas playeras se usarán solamente en aquellas circunstancias especiales en las que un jugador entre a jugar en lugar del arquero durante el partido. Estas playeras adicionales para arquero deberán ser de los mismos colores de las playeras regulares de arqueros. H. Publicidad del Patrocinador
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1. Los equipos deben usar el uniforme que usaron en sus competencias domésticas de la liga. Esto puede incluir, pero no exceder, la publicidad del patrocinador que normalmente aparece en los uniformes para tales partidos. 2. Los Equipos deben proveer una "zona libre en la manga", en ambas mangas de los uniformes, utilizadas para colocar el parche o los parches oficiales, como se estipula en el Reglamento Comercial de la SCCL. 3. Los anuncios comerciales de tabaco o bebidas alcohólicas (licores destilados), como así también slogans de índole política, religiosa o racista o por cualquier otra razón, que puedan ofender la dignidad de las personas, están prohibidos. I.
Los parches de las mangas con el logo oficial de la Competencia serán provistos por CONCACAF y aplicados en la manga derecha de cada camiseta. Se puede aplicar un logo de campaña diferente, de CONCACAF, en la manga izquierda.
J.
CONCACAF proveerá brazaletes oficiales para los capitanes de cada equipo, para ser usados durante los partidos de la Liga de Campeones.
K. Balones de Fútbol 1. Los balones de fútbol utilizados en la Competencia serán seleccionados y provistos exclusivamente por CONCACAF. Los balones deberán ajustarse a las disposiciones de las Reglas de Juego y el Reglamento de Equipamiento de la FIFA. Deberán llevar una de las tres designaciones siguientes: el logo oficial "APROBADO POR LA FIFA", el logo oficial "INSPECCIONADO POR LA FIFA", o la referencia al "BALÓN INTERNACIONAL ESTÁNDAR de FÚTBOL", y no pueden llevar ninguna marca del Club. 2. Previo a cada etapa, cada Club recibirá balones provistos por CONCACAF, para ser utilizados para entrenamiento y para los partidos oficiales. Sólo los balones entregados por CONCACAF pueden ser utilizados para entrenamientos oficiales y sesiones de calentamiento en los estadios y en las instalaciones de entrenamiento. L. Chalecos de calentamiento 1. Se podrán utilizar únicamente los chalecos de calentamiento provistos por CONCACAF, durante las sesiones oficiales de entrenamiento efectuadas en el estadio y para el calentamiento de los jugadores durante el partido. 2. Los chalecos utilizados por cada Club deben ser de colores contrastantes con los colores de sus uniformes, y opuestos a los uniformes y chalecos de los Clubes.
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M. Otros equipamientos 1. No se permite el uso de aparatos de comunicación y/o sistemas entre jugadores y/o personal técnico.
XIV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE MERCADEO Al entrar en La Liga de Campeones, los Clubes acuerdan lo siguiente, en cuanto a patrocinio y mercadeo: A. Los Clubes participantes acuerdan desarrollar y presentarle a CONCACAF un plan de mercadeo, comunicaciones y publicidad detallado dos meses antes de su participación en la Competencia. B. El plan deberá incluir los modos específicos según los cuales el Club promoverá su participación en la Competencia, utilizando: •
• • • • • •
La página Web del Club (incluyendo como mínimo el logo de la Liga de Campeones SCCL y un enlace con la página web Oficial de la SCCL) desde la fecha del sorteo oficial hasta el final de la participación del Club en la Competencia; Red social (plataformas existentes y estrategia del Club); Mercadeo; Publicidad; Promoción de entradas; Relaciones públicas; Y cualquier otra visión relevante de mercadeo.
C. Todos los derechos de propiedad intelectual y comercial (incluídos TV, radio, internet, y mercadería) relacionados con la Liga de Campeones y su nombre y marcas, son propiedad exclusiva y única de CONCACAF. El Reglamento Comercial de la SCCL contiene más detalles al respecto. D. Los Clubes pueden no autorizar ningún derecho de los medios para la Liga de Campeones, incluyendo TV, radio e Internet. El Reglamento Comercial de la SCCL contiene más detalles al respecto. E. Los Clubes participantes pueden usar los nombres y marcas de la Liga de Campeones sólo con el fin de promover sus partidos como local y como visitante, y sin ninguna marca comercial fuera de las marcas de los socios comerciales de la SCCL. Todos los materiales deben ser pre-aprobados por CONCACAF por escrito. F. Los Clubes no deberán utilizar, bajo ningún concepto o circunstancia, los nombres y marcas de la Liga de Campeones conjuntamente con ningún patrocinador
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comercial, excepto la barra de patrocinio comercial de la Liga de Campeones, que será proporcionada a todos los Clubes, y que deberá ser incluída en la promoción específica de partido de la Liga de Campeones. G. Todos los diseños de entradas deben ser pre-aprobados por CONCACAF, y no deben incluir marcas comerciales o de socios, fuera de los patrocinadores oficiales de la Liga de Campeones determinados por CONCACAF. Los Clubes deben trabajar con CONCACAF para asegurar que su sistema de entradas cumpla con estos requisitos, y deben informar a CONCACAF acerca de algún posible conflicto inmediatamente después de que éste haya sido detectado. H. Los Clubes no pueden producir ni distribuir ninguna mercadería que tenga el logo de la Competencia, ni dentro ni fuera del estadio, sin el permiso de CONCACAF por escrito. I.
CONCACAF se reserva el derecho de controlar toda la venta de mercadería específica de la Liga de Campeones CONCACAF Scotiabank, en cada partido local de la SCCL. El Club (o su poseedor de licencia designado) tendrá el derecho exclusivo de vender mercadería relacionada con el evento, y el derecho de recibir un 20% del ingreso proveniente de dicha venta. Por ingreso proveniente de la venta de Mercadería entendemos el ingreso bruto derivado de la venta de programas, novedades y recuerdos relacionados con el evento o las personalidades que aparezcan en ello, vendidos en las instalaciones del estadio durante el evento, menos sólo lo siguiente: • • •
J.
Impuestos a las ventas y otros impuestos; Aranceles de tarjetas de crédito documentados; Si es requerido por el poseedor de licencia, los costos del personal de seguridad siempre y cuando dicho personal de seguridad estén bajo tarifa acordada.
CONCACAF, como licenciador, tendrá el derecho de recibir un 80% del Ingreso proveniente de la Venta de Mercadería específica del evento.
K. CONCACAF tiene el derecho de producir y distribuir programas para cada partido de la Competencia, aunque los Clubes pueden producir y distribuir programas u otros materiales de promoción o impresos a los aficionados, siempre y cuando esos materiales hayan sido aprobados por escrito por CONCACAF, y que no incluyan ninguna marca comercial fuera de las marcas de los socios comerciales de la Competencia. L. Los Clubes participantes acuerdan proveerle a CONCACAF el derecho de utilizar las marcas oficiales del Club, exentos de pago y sin restricción, según se describió en el Reglamento Comercial de la SCCL. M. Los Clubes participantes acuerdan proveerle a CONCACAF el derecho de utilizar
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fotos de los jugadores, individuales y colectivas, del modo siguiente: •
•
Fotos colectivas de los jugadores (dentro del ámbito de una toma en acción y con un mínimo de seis jugadores del mismo Club en la misma foto) para la promoción de la Competencia por CONCACAF y/u otro patrocinador oficial de la Competencia. Fotos individuales del jugador para la promoción de los partidos, exclusiva de CONCACAF y de los Clubes participantes. Dichos materiales de promoción, enfocados en la venta de entradas y de música, siempre y cuando no incluyan ninguna marca comercial fuera de las marcas de los socios comerciales de la Competencia, en un formato de bloque de patrocinio.
N. Los Clubes participantes proveerán a CONCACAF, sin demoras fuera de lo razonable, una versión de alta resolución electrónica del logo del Club, en el formato que CONCACAF requiera. O. Los Clubes participantes acuerdan incorporar la Barra del Logo del Patrocinador en toda publicidad promocional del juego impresa, y en todos los espacios comerciales de la transmisión de un partido por TV, específicamente relacionados con la Competencia. P. Los Clubes participantes acuerdan proveer a CONCACAF, sin cargo, la distribución de entradas y suites descrita detalladamente en el Reglamento Comercial de la SCCL. Q. Los Clubes proveerán a CONCACAF una asignación de espacio para las activaciones de la Competencia, según se ha especificado detalladamente en el Reglamento Comercial de la SCCL. R. La falta de cumplimiento de los lineamientos comerciales de la SCCL y del Reglamento Comercial de la SCCL comprometerá la viabilidad comercial de la Competencia. Por lo tanto, dicha falta de cumplimiento tendrá como resultado severas penalidades para cualquiera de las partes culpables, en base a este Reglamento. S.
Los Clubes deberán informar oportunamente a CONCACAF de todo cambio/ actualización de su logo oficial.
XV. OPERACIONES DE MEDIOS Y RELACIONES DE MEDIOS A. Todos los Clubes participantes deben nombrar un Oficial de Medios del Equipo oficial (TMO), que será el contacto principal para CONCACAF, en lo que respecta a asuntos mediáticos. La designación del TMO, y cualquier cambio en esta designación,
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deberá comunicarse a Operaciones de Medios de CONCACAF en base al horario determinado, y a su vez comunicado por CONCACAF en una fecha futura. B. Los Clubes participantes acuerdan adherirse al Reglamento de la SCCL de Medios para Clubes, y los reglamentos publicados respectivos, en relación con la Liga de Campeones. C. Los Clubes deben facilitar la organización de y cumplir con los requisitos de asistencia a cualquier evento mediático pre-juego o pos-juego, incluyendo pero sin limitarse a, acceso de medios a los entrenamientos oficiales, llegada al estadio pre-partido, entrevistas de la zona flash, zonas mixtas pos-juego y conferencias de prensa posjuego, y días de medios de equipo, según lo requiera y determine CONCACAF. La falta de cumplimiento con las obligaciones mediáticas podrían tener como consecuencia la presentación de un informe al Comité Disciplinario de CONCACAF. D. Específicamente, CONCACAF se reserva el derecho de permitir o de retirar el permiso a cualquier miembro de los medios el beneficio de acceso a los partidos de la Liga de Campeones a su exclusivo criterio. CONCACAF es la autoridad máxima en acreditación de medios y el acceso a los partidos de la Liga de Campeones. E. Los equipos participantes solamente proveerán o permitirán el uso de la identificación de medios, en base a las estipulaciones y aprobaciones que CONCACAF acuerde para ser utilizada por los medios, transmisores, y todo otro personal. Esto incluye los chalecos. La identificación suplementaria de medios, en base al criterio del Club/ estadio para partidos que no son de la Liga de Campeones, podrá permitirse junto con el uso de la acreditación de Competencias, previa consulta y acuerdo Operaciones de Medios de CONCACAF. Los equipos participantes acuerdan implementar y asistir a CONCACAF en la aplicación del proceso de estas credenciales de medios cuando sean requeridos por CONCACAF, y según se ha definido en las Reglamento de Medios de la SCCL. F. Ningún jugador, oficial, miembro del personal o cualquier otra persona asociada con cualquier Club, deberá menospreciar la Competencia en ningún aspecto.
XVI. OFICIALES DE PARTIDO A. Los Árbitros, Árbitros Asistentes, y Cuartos Oficiales serán nombrados para cada partido por CONCACAF. Serán seleccionados de la lista vigente internacional de Árbitros de la FIFA y serán neutrales. Las selecciones de CONCACAF son finales y no están sujetas a apelaciones. B. Si un árbitro no puede ejecutar sus tareas, dicho árbitro será reemplazado por el Cuarto Oficial. Si uno de los Árbitros Asistentes no puede ejecutar sus tareas, dicho Árbitro Asistente será reemplazado por el Árbitro de Reserva.
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C. En casos de fuerza mayor, CONCACAF podrá, a su criterio, reemplazar cualquier Oficial de Partido con un oficial de cualquier otro país. D. Las decisiones de CONCACAF serán finales y no estarán sujetas a apelaciones.
XVII. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL A. CONCACAF es el propietario exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual de la competencia, incluyendo cualquier derecho actual o futuro de los nombres, logos, marcas, música, medallas y trofeos de CONCACAF. Todo uso de los derechos aquí mencionados exige la aprobación previa de CONCACAF por escrito, y debe cumplir con los términos impuestos por el Reglamento Comercial de la SCCL. B. Todos los derechos de los calendarios, como así también de todos los partidos de la Competencia, son propiedad única y exclusiva de CONCACAF, salvo indicación contraria, expresamente estipulada, que adjudique los mismos a otra parte en base a este Reglamento. CONCACAF tendrá el derecho de hacer uso de los derechos de propiedad intelectual, a su criterio, y según su propia determinación.
XVIII. ASUNTOS NO TRATADOS A. Todos los asuntos no tratados dentro de este Reglamento y todos los casos de fuerza mayor, estarán supeditados a la decisión del Comité Ejecutivo de CONCACAF. Todas las decisiones serán finales y obligatorias y no estarán sujetas a apelación. B. En caso de cualquier discrepancia en la interpretación del idioma inglés, español y/o francés de este Reglamento, el inglés será el idioma autoritativo. C. En caso de discrepacia en la interpretación de este Reglamento, predominará la interpretación de CONCACAF. D. CONCACAF es propietaria de los derechos de autor del calendario de partidos diseñado/confeccionado de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento. E. Toda derogación por parte de CONCACAF de cualquier incumplimiento de este Reglamento (incluyendo cualquier documento mencionado en este Reglamento) no deberá interpretarse como, ni será efectuada para, servir de derogación de cualquier otro incumplimiento de tal disposición, o de cualquier otro incumplimiento de todo derecho que emane de este Reglamento o de cualquier otro documento. Dicha derogación será válida solamente si se presenta por escrito. La falta de insistencia por parte de CONCACAF de exigir el estricto cumplimiento con este Reglamento, o con cualquier documento mencionado en este Reglamento, en una o varias ocasiones, no será considerado como una derogación, o privando a CONCACAF del derecho de insistir posteriormente en el cumplimiento de tal disposición o de cualquier otra
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disposición de este Reglamento, o de cualquier documento mencionado en este Reglamento. F. Ejecución: este Reglamento fue aprobado por el Comité Ejecutivo de CONCACAF el 1 de junio de 2015 y entró inmediatamente en vigencia. Miami, 1 de junio, 2015 Por parte del Comité Ejecutivo de CONCACAF
Presidente en Funciones de CONCACAF
Secretario General en Funciones de CONCACAF