Respuesta_minambiente_23/2010

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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Despacho Ministra Grupo Asesor Legislativo y Territorial República de Colombia

HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES REPRESENTANTES GUILLERMO RIVERA FLÓREZ, IVÁN CEPEDA CASTRO, WILSON NEVER ARIAS CASTILLO Y SENADOR JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS PROPOSICIÓN 003 DE 2010. CUESTIONARIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS TIERRAS Y TERRITORIOS ÉTNICOS, PROGRAMAS PRORET Y CONRET, DESPLAZAMIENTO FORZADO, DERECHOS DE LA TIERRA, RESTITUCIÓN DE TIERRAS Y OTROS TEMAS RELACIONADOS. Con el fin de dar respuesta al cuestionario anexo, me permito remitir las respuestas a las preguntas competencia de este Despacho. 1. Suministrar estudios relacionados con el proceso de simplificación de los sistemas agroalimentarios y pérdida de la agro-biodiversidad a causa del modelo de plantaciones. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no cuenta con estudios con esta denominación, sin embargo se realizó junto con el Instituto Alejandro Von Humboldt – IavH, el estudio “Evaluación Ambiental Estratégica de políticas, planes y programas de Biocombustibles en Colombia - con énfasis en Biodiversidad”, el cual tuvo por objeto evaluar los efectos ambientales, con especial énfasis en biodiversidad, de carácter acumulativo, sinérgico e indirecto, de las políticas, planes y programas de fomento de los biocombustibles y formular estrategias y lineamientos integrales de sostenibilidad ambiental para la política pública nacional de biocombustibles, con énfasis en las materias primas priorizadas para la producción de etanol y de biodiesel. El alcance del estudio fue: a. Recopilar la información sobre el estado del arte biocombustibles en Colombia, su marco institucional y regulatorio.

del

programa

de

b. Recopilar y evaluar la información sobre experiencias internacionales, con énfasis en países mega-diversos, en implementación de políticas, planes o programas de producción de biocombustibles (etanol y biodiesel), incluyendo aciertos, desaciertos, estrategias seguidas y teniendo en cuenta las consecuencias y efectos negativos sobre el medio ambiente y la conservación y uso sostenible de la biodiversidad. c. Determinar los elementos claves que se deben tener en cuenta para evaluar los efectos ambientales indirectos, acumulativos y sinérgicos, de la implementación de políticas planes o programas de producción de biocombustibles (etanol y biodiesel). d. Evaluar los efectos indirectos, acumulativos y sinérgicos que sobre el medio ambiente y la biodiversidad colombiana (ecosistemas, especies y recursos genéticos) se pueden derivar de la promoción y desarrollo de los 4 cultivos priorizados como materias primas para la producción de biocombustibles (caña de azúcar, palma africana, yuca y

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maíz), con énfasis en ecosistemas estratégicos o de importancia ambiental en materia de biodiversidad y de los procesos industriales de transformación de las materias primas. e. Definir criterios ambientales para la identificación y planificación de las áreas geográficas en donde se proyecte el desarrollo de los 4 cultivos priorizados para la producción de biocombustibles y de las áreas que por su sensibilidad ambiental deberían ser descartadas para tal fin. f. Definir criterios ambientales para la prevención y control de la contaminación asociada con los procesos de transformación de las materias primas para la obtención de los biocombustibles. g. Formular recomendaciones para la planificación estratégica de mediano y largo plazo de planes y programas públicos de promoción de biocombustibles y lineamientos para la formulación de una política pública nacional sostenible de producción y uso de biocombustibles y las recomendaciones para su implementación. Se anexa el archivo magnético del estudio Evaluación Ambiental Estratégica de políticas, planes y programas de Biocombustibles en Colombia - con énfasis en Biodiversidad. 2. Proporcionar estudios actuales sobre la función social y ecológica de la tierra en Colombia y particularmente en las zonas de mayor intensidad en el uso del suelo. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, no tiene dentro de sus funciones la elaboración de estudios actuales sobre función social y ecológica de la tierra en Colombia, y tampoco de las zonas de mayor intensidad del uso del suelo. Con base en el artículo 7, numeral 7 del Decreto No. 216 de 2.003 conceptúa en lo de su competencia, sobre la función ecológica de la propiedad en los casos que disponga la ley, en coordinación con los organismos respectivos. Así este despacho se pronuncia sobre la certificación de la función ecológica de la propiedad en los casos de procedimientos administrativos de ampliación, reestructuración y saneamiento de los resguardos indígenas cuando estos son solicitados por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –INCODER- según lo dispuesto por el artículo 85 parágrafo 3 de la Ley 160 de 1994 y los artículos 10, 11 y 19 del Decreto reglamentario No. 2164 de 1995. Igualmente se debe precisar que el concepto sobre función social de la propiedad de los resguardos indígenas función asignada al liquidado –INCORA- hoy la tiene el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –INCODER- como lo dispuso el artículo 24 del Decreto No. 1300 de 2.003. A continuación se presenta un breve informe sobre la certificación del Cumplimiento de la Función Ecológica de la Propiedad en los resguardos indígenas:

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El Ministerio participa directamente en los procesos administrativos que buscan el uso adecuado, la conservación y el manejo sostenible de los territorios indígenas, mediante la elaboración de conceptos técnicos de verificación y cumplimiento de la función ecológica de la propiedad de los resguardos indígenas, en los casos de ampliación, saneamiento y reestructuración de los resguardos, los cuales son recogidos en un acto administrativo del Ministerio, que es notificado oficialmente tanto al INCODER como a todas las autoridades ambiéntales regionales, los entes territoriales y los institutos de investigación científica competentes y publicado en la gaceta oficial del Ministerio. La certificación de la función ecológica de la propiedad, recoge un enfoque interdisciplinario e intercultural mediante una evaluación ambiental del resguardo, la cual identifica las principales presiones, amenazas y riesgos que tiene el territorio, y tiene como base del análisis los ejes de Biodiversidad y ecosistemas, Territorio y autonomía, Usos y conocimientos Tradicionales, ordenamiento territorial y planes de vida concluyendo en la certificación del resguardo, con recomendaciones específicas para los cabildos y autoridades tradicionales indígenas, las autoridades ambientales regionales, los entes territoriales y demás entidades públicas, que en concreto estén vinculadas a cada uno de los casos, relacionadas con el mantenimiento y conservación de los recursos naturales dentro de los resguardos, el ordenamiento territorial, la preservación del conocimiento tradicional, entre otros. Este proceso de verificación y certificación de la función ecológica de los resguardos indígenas tiene como base un marco conceptual y una guía metodológica elaborada entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Universidad del Rosario del año 2.004. Como se ha dicho, los conceptos técnicos y los actos administrativos del Ministerio dependen de las solicitudes que realiza el INCODER, quien en los trámites administrativos que realiza para la ampliación, saneamiento o reestructuración de resguardos indígenas SOLICITA al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la certificación de la Función ecológica de acuerdo con la legislación vigente. A finales del año 2.009, y principios del año 2.010, se han realizado los siguientes conceptos de función ecológica: •

Resguardo Indígena Guahibo parrero, ubicado en el municipio de Tame, departamento de Arauca, beneficiando 35 familias con 201 Has. 10000 mts2,

Resguardo indígena Sikuani Caño Ovejas ubicado en el municipio de Mapiripan en el departamento Meta, beneficiando 80 Familias con 1720 Has,

Resguardo Genarero ubicado en el municipio de Tame Departamento de Arauca, beneficiando a 217 familias con 140 has,

Resguardo Indígena Roquero, ubicado en el municipio de Tame, departamento de Arauca,

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Reguardo la Playa, ubicado en el municipio de Leticia departamento del Amazonas, beneficiando 122 familias con 210 Has,

Resguardo indígena Issa Oristuna, ubicado en el municipio de San Ángel departamento del Magdalena, beneficiando 320 familias, con 2.153 has 8.889 mts2, el cual está pendiente de ajustes finales.

Se encuentran en proceso de verificación y certificación de la función ecológica diez (10) resguardos indígenas denominados: El 12 Quebrada Borbollón, Río Playa, Buchadó Amparradó, Catru Dubasa Ancoso, Playa Alta, El 20 y El Noventa, Caimanero de Jampapa ubicados en el Departamentos de Chocó, el resguardo Kokonuco en el Departamento del Cauca, el resguardo La Carbonera (Kwet Wala) en el Valle del cauca y Lagarto Cocha en el Departamento del Putumayo. Se anexa tabla. Ahora bien, el artículo 10 de la Ley 388 de 1997 dispone que en la elaboración y adopción de sus planes de ordenamiento territorial los Municipios y Distritos deberán tener en cuenta las directrices y reglamentos expedidos por las entidades del Sistema Nacional Ambiental, así como las normas y principios ambientales existentes en el marco constitucional y legislativo del país. Atendiendo a dicho mandato, las Corporaciones Autónomas Regionales han expedido sus Determinantes para el Ordenamiento Territorial, en el cual se concreta y específica algunos de los asuntos y temas relacionados con la función ecológica y social de la propiedad. Dichos Determinantes, definen criterios para limitar o restringir el uso de la tierra en el proceso de zonificación territorial, entre los cuales se destacan, los siguientes: La clasificación como zonas de protección y de limitación severa de uso, las zonas que presenten las siguientes características, independiente de la tenencia pública o privada de la propiedad:          

Páramos y subpáramos. Áreas periféricas a nacimientos, cauces de agua, lagunas ciénagas, pantanos embalses y humedales en general. Áreas de infiltración y recarga de acuíferos Áreas de bosque protector Áreas para protección de fauna. Áreas de amortiguación de áreas protegidas Áreas con pendiente superior al 75% Áreas de alto riesgo de desastre. Áreas con cobertura en bosque natural primario Áreas con relieve escarpado con condiciones de susceptibilidad alta al deterioro.

En estas zonas de protección se permiten únicamente usos y actividades de conservación de los recursos naturales, enriquecimiento forestal, manejo de la sucesión vegetal o reforestación,

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preferiblemente con especies nativas y con fines de protección, investigación, educación e interpretación ambiental. Esta incorporación de la dimensión socioambiental en el ordenamiento territorial pretende garantizar la funcionalidad de la base natural y permitir un desarrollo económico sostenido, socialmente comprometido y ecológicamente sostenible. El propósito común de las administraciones municipales, distrital y las Autoridades Ambientales Regionales (CAR), se debe orientar a la racionalización de las intervenciones sobre el territorio, la orientación del desarrollo regional y el aprovechamiento sostenible de los recursos, definiendo espacios con diferentes funciones de preservación, restauración y aprovechamiento sostenido, entre otros, manteniendo de esta manera funciones productivas y reguladoras acordes con las necesidades humanas y el mantenimiento de la biodiversidad y servicios ambientales y ecosistémicos en el espacio regional y local. Igualmente, las Determinantes para el Ordenamiento abordan otras temáticas, buscando garantizar tanto la sostenibilidad territorial futura, como el cumplimiento de las obligaciones ambientales por parte de los propietarios y poseedores de tierra, y en general, en la mayoría de Determinantes adoptados por las Corporaciones Autónomas Regionales, se considera prioritario el análisis del recurso agua, su preservación y su adecuado aprovechamiento, en interacción con el territorio y su capacidad de soporte. Ello de manera que los municipios y Distritos puedan orientar sus respectivos planes, concediéndole prioridad a la recuperación de las condiciones de regulación hídrica y calidad del agua, para satisfacer las demandas actuales y futuras del desarrollo, tanto en zonas con alto índice de ocupación como en aquellas que, aunque no tengan ésta característica, cuenten con actividades que demandan intensivamente el recurso. En tal sentido, en los Planes de Ordenamiento Territorial, en la clasificación, reglamentación y afectación del uso de la tierra, atendiendo las directrices y normas establecidas en los Determinantes adoptados por las Corporaciones Autónomas Regionales, se desarrollaron aspectos específicos que configuran parte de las limitaciones y restricciones de uso derivadas del cumplimiento del principio de la función ecológica y social de la propiedad. 3. ¿Existe expansión de cultivos en áreas de conservación y amortiguamiento por parte de plantaciones agroindustriales? En las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales no se pueden implementar sistemas productivos, ya que son una actividad prohibida según lo establecido en el numeral 3, artículo 30 del Decreto 622/1977. No obstante, se identificó una superficie de 233.009 Ha., que equivalen al 1.85% de coberturas naturales afectadas por presiones al interior del Sistema de Parques para el análisis realizado entre los años 2000 a 2002 (para estos años se contaba con 9’500.000 Ha. de ecosistemas terrestres protegidos, aproximadamente). De este total, el 53% de la superficie transformada lo ha sido por áreas agrícolas heterogéneas y el 38% por pastos asociados a ganadería extensiva,

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estos procesos han afectado generalmente ecosistemas de selva húmeda tropical (amazónica y pacífica), selvas andinas y alto-andinas, y en menor medida páramos y sabanas naturales. Composición de las áreas transformadas en el Sistema de Parques Nacionales Naturales

Bosques plantados 0% Áreas urbanas 0% Áreas mayormente alteradas 0% Cultivos anuales 8% Cultivos semipermanentes y permanentes 1%

Áreas agrícolas heterogéneas 53%

Áreas urbanas

Áreas mayormente alteradas

Pastos 38%

Cultivos anuales

Cultivos semipermanentes y permanentes

Pastos

Áreas agrícolas heterogéneas

Bosques plantados

Fuente: Mapa de ecosistemas terrestres, costeros y marinos de Colombia. Esc. 1:500.000

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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Despacho Ministra Grupo Asesor Legislativo y Territorial República de Colombia Tipos de cobertura presentes en las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y sus zonas de influencia 700,000.0 SPNN

0 - 5 Km

5-10 Km

600,000.0

500,000.0

400,000.0

300,000.0

200,000.0

100,000.0

S U P E R FI CI E (H a)

-

Áreas urbanas

Áreas mayormente alteradas

Cultivos anuales

Cultivos semipermanentes y permanentes

Pastos

Áreas agrícolas heterogéneas

Bosques plantados

6.2

111.1

13,663.2

1,608.5

65,910.5

90,710.3

0 - 5 Km

9,156.6

1,255.0

80,796.3

14,352.5

318,326.6

229,026.2

1,755.5

5-10 Km

20,617.0

473.1

172,876.6

35,697.4

605,598.7

271,367.8

5,525.3

SPNN

-

Fuente: Mapa de ecosistemas terrestres, costeros y marinos de Colombia. Esc. 1:500.000

En las áreas de influencia inmediata de las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales (área buffer de 5 y 10Km alrededor de los límites oficiales de los parques), la proporción de pastos frente a zonas agrícolas heterogéneas y áreas con cultivos es mayor, indicando una tendencia a la potrerización de las áreas rurales, fenómeno que ha sido ampliamente documentado en Colombia por Institutos como el IDEAM y CORPOICA.

Tipo de cobertura Áreas urbanas Áreas mayormente alteradas Cultivos anuales Cultivos semi-permanentes y permanentes Pastos Áreas agrícolas heterogéneas Bosques plantados Total transformado

SPNN 6.2 111.1 13,663.2

0 - 5 Km 9,156.6 1,255.0 80,796.3

5-10 Km 20,617.0 473.1 172,876.6

Total por tipo de cobertura 29,779.8 1,839.2 267,336.1

1,608.5 65,910.5 90,710.3 172,009.7

14,352.5 318,326.6 229,026.2 1,755.5 654,668.8

35,697.4 605,598.7 271,367.8 5,525.3 1,112,156.0

51,658.4 989,835.8 591,104.4 7,280.8 1,938,834.5

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Total porcentual

8.9%

33.8%

57.4%

100.0%

4. Proporcionar el mapa de uso del suelo con énfasis en la dimensión ambiental Este Ministerio no tiene conocimiento de la existencia de un mapa de uso del suelo con énfasis en la dimensión ambiental. El país cuenta con el Mapa de Conflictos de Uso del Territorio elaborado por el IGAC en el año 2003 y publicado en el año 2005, el cual busca articular los diferentes instrumentos de planificación territorial y ambiental y las políticas sectoriales con el tema ambiental, en el marco del desarrollo sostenible y fomento de las Estrategias de Competitividad definidas por el Gobierno Nacional. Con el objeto de revisar y actualizar dicho mapa, se firmó el 9 de julio de 2008 el Convenio Marco de Cooperación Especial 2902, entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, IGAC, IDEAM, INCODER, CORPOICA, INGEOMINAS, la Unidad de Parques Nacionales, el Instituto Humboldt, el Instituto SINCHI y el INVEMAR, con una duración de cinco años. El convenio busca generar, espacializar, validar y divulgar la información básica relacionada con los conflictos de uso del territorio, con el fin de aportar elementos esenciales y actualizados para la formulación de políticas, reglamentación y planificación del territorio, fundamentados en el conocimiento de los recursos y su oferta natural, las demandas y las interacciones entre el territorio y sus usos, como marco orientador para la toma de decisiones. En los tres primeros años, el convenio marco pretende desarrollar el Mapa de los conflictos de uso del territorio y espacios costero marinos, con las proyecciones de uso para las regiones Caribe, Andina y Pacífico y algunas áreas del Piedemonte Amazónico y Llanero y otros sectores de interés, a escala 1:100.000 y con visión nacional a escala 1:500.000. Posteriormente, se pretende llevar el nivel de escala a planificación regional y local. 5. Suministrar el mapa de aptitud de áreas para la siembra de palma aceitera elaborado por el MAVDT. Se adjunta el mapa de Clases de Aptitud para el Cultivo de Palma de Aceite en Colombia a escala 1:500.000, resultado del Contrato Interadministrativo 299 de 2008, así como un documento de soporte, el cual contiene la metodología empleada para la construcción del mencionado mapa. 6. Que estudios, evaluaciones y documentos elaborados por el MAVDT acerca de las condiciones ambientales – uso presente y futuro de la tierra, condiciones ambientales existentes, proximidad del proyecto a zonas ecológicamente sensibles o áreas protegidas y posibles impactos acumulativos con consecuencias inciertas o irreversibles

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El ministerio no dispone de este tipo de estudios. Sin embargo, en cumplimiento de la Resolución Defensorial Nº 39 de 2005, la cual estableció que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial debía identificar o valorar los posibles perjuicios causados al medio ambiente y la adopción de las medidas para mitigar o corregir el daño, en la zona de Curvaradó y Jiguamiandó, este Ministerio suscribió un convenio de cooperación con Codechocó y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacifico - IIAP, para elaborara el estudio “Evaluación Inter-dimensional de los posibles daños ambientales asociados a proyectos de cultivo de palma y ganadería en los territorios colectivos de los consejos comunitarios de las comunidades negras de Jiguamiandó y Curvaradó, municipio Carmen de Darién, Chocó”, el cual se anexa.

| Anexo lo enunciado en:

2 CD’s , un mapa

Elaboró:

Omar Ernesto Quiñones. Oficina de Educación y Participación. Pablo Manuel Hurtado. Dirección de Ecosistemas Adriana Diaz. Dirección Desarrollo Sectorial Sostenible. Diana Moreno. Dirección de Ecosistemas. Carolina Jarro. UAESPNN O. Lozano, DDT- i –394 Revisó: Juan Manuel Rojas. Coordinador Oficina de Educación y Participación Xiomara Sanclemente. Directora Ecosistemas. César Augusto Buitrago Gómez. Director Desarrollo Sectorial Sostenible. A. Cardenas Spittia; Consolidó. Carolina De Pablos Cadena. GALT Aprobó: Julia Miranda. Viceministra de Ambiente.- EGuillermo Herrera Castaño. Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial – EAnaMaría Zamora del Castillo. Asesora Despacho Ministra- GALT

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