RTA Min Transporte Ola Invernal 2012

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Ministerio de Transporte República de Colombia NIT. H~~.~~~.(J55-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20121050483421 1111111/111111111

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10-09-2012

Bogotá, D.C., 10-09-2012

Doctora DELCY HOYOS ABAD Secretaria General Carrera 7 No 8-68 Oficina 239B Bogotá.-

Asunto: Oficio 15092012, radicado MT2012-321-062361-2, Proposiciones Nos 21 y aditiva 23 de 2012. Respetada Doctora Delcy: Cordialmente damos respuesta a las Proposiciones 21 y aditiva 23 de 2012, sobre las irregularidades y problemáticas presentadas en la reconstrucción de los municipios afectados en la pasada ola invernal, comprendida entre octubre de 2010 y diciembre de 2011, de acuerdo a la información recibida de la Dirección de Infraestructura, del Grupo Investigación y Desarrollo en Transporte, Tránsito y Seguridad Vial y de la Oficina de Regulación Económica del Ministerio: 1.- Qué inversiones, se han realizado, en el sur del Atlántico para subsanar los causados por la ola invernal?

daños

Para atender las afectaciones ocasionadas por la ola invernal, en el sur del Departamento del Atlántico, el Sector Transporte suscribió con la Gobernación del Atlántico, un Convenio de transferencia de recursos para el cierre de los boquetes abiertos por la ruptura del dique _ carreteable de la carretera oriental - Villa Rosa k3+000 y obras complementarias para reparar y reconstruir la infraestructura afectada por la inundación del sur del Departamento del Atlántico, por $13.199.976.857, recursos provenientes de Colombia Humanitaria. En este año, la Territorial Atlántico del Invías invirtió $450 millones para la rehabilitación del Puente Puerto Giraldo, en la vía Calamar - Ponedera - Barranquilla, el cual presentaba socavación en los terraplenes de acceso por efectos de la pasada ola invernal. 2.- Presente relación de aquellos contratos que el Ministerio ha firmado en relación a la reparación del sur del atlántico, sírvase señalar el objeto, plazo y contratista de cada proyecto. Favor adjuntar los contratos a su respuesta.

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CERTFICADA.

10-09-2012 El Invías suscribió con la Gobernación del Atlántico el Convenio No. 267 de 2011, cuyo objeto es: "Transferencia de recursos al departamento del Atlántico para el pago de las obligaciones que contrajo con ocasión de las obras ejecutadas para tapado de boquetes abiertos por la ruptura del dique - carreteable carretera oriental - villa rosa 10+000 el 30 de noviembre de 2010 y obras complementarias para reparar y reconstruir la infraestructura afectada por la inundación del sur del departamento del atlántico". Se adjunta copia del Convenio. ~ .~

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TRANSFERENCIA DE RECURSOS Al DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

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3 meses

GOBERNACION

DEL

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ATLANTICO

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de 2010.

3.- ¿Qué inversiones para desarrollarse?

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13.199.976.857

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13.199.976.857

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CARRETERA ORIENTAL-VILLA

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y prevención

CON OCASiÓN

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ABIERTOS POR LA RUPTURA

CARRETEABlE

Fuente: Oficina de atención

PARA El PAGO DE LAS

QUE CONTRAJO EJECUTADAS

ROSA

DE 2010.

invias

de las presupuestadas

por el ministerio

se encuentran

pendientes

El Sector Transporte tiene aprobados por el Fondo de Adaptación $98.000 millones, para la atención de los sitios críticos de la Carretera Ponedera - Carreto. Actualmente se trabaja en la revisión de los Términos de referencia para contratar los estudios y diseños del Proyecto. Adicionalmente, el Invías adelanta el proceso licitatorio 036-2012, para el mejoramiento y la rehabilitación de la carretera Sincelejo - Calamar - Barranquilla, sector Carreto - Calamar PR -54 por $17.284.140.437, cuya adjudicación esta prevista para el11 de octubre de 2012. 4.- ¿Qué porcentajes ola invernal?

de la infraestructura

vial de sur del Atlántico se vio afectada por la

De las vías Nacionales que se localizan en el sur del Departamento del Atlántico, la que presentó mayores afectaciones por efectos de la ola invernal, fue la carretera Calamar - Ponedera Sabanagrande - Malambo - Barranquilla, en el sector comprendido entre Carreto y Puerto Giraldo con una longitud de 57,5 km., en donde se presentaron 11 sitios críticos (ver mapa), los cuales serán atendidos con los recursos del convenio suscrito entre el Fondo Adaptación y el Invias.

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Mapa afectaciones

del Sector Carreto - Puerto Giraldo

Pooedera

Fuente: Territorial Atlántico Invias

5.- ¿Qué empresas del sector público y privado de transporte se vieron afectadas y en qué porcentaje de su utilidad por la imposibilidad vial en el sector afectado por el fenómeno invernal?

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Considerando que el transporte de carga ya sea público o privado no está restringido a rutas específicas (origen - destino), cualquier empresa que haya realizado viajes por las rutas que presentaron dai10s como consecuencia de la ola invernal en el sur del Atlántico, se vieron afectadas en cuanto a incremento de los recorridos, mayores tiempos de viaje y costos de operación .. Respecto a las empresas de servicio público de pasajeros que vieron afectadas sus operaciones por imposibilidad vial, las mismas corresponden a las empresas prestadoras del servicio intermunicipal de pasajeros que atienden las rutas que comunica el sur del Departamento del Atlántico con su Capital, dentro de las que se destacan la Cooperativa de Transportadores del Oriente y la Cooperativa de Transportadores de Sabanalarga. De igual manera las empresas como Expreso Brasilia, Copetran, Rápido Ochoa, Unitransco y Torcoroma, entre otras, que prestan el servicio del interior del pais a Barranquilla haciendo tránsito por los municipios del sur del Atlántico. Las alternativas tomadas para garantizar el semClO público fueron hacer sus recorridos por tramos aplicando transbordos y para las rutas que pasan en tránsito, el uso de vías alternas como la Vía La Cordialidad y la Vía al Mar. Adicionalmente, la flota de vehículos fue reubicada para atender las demás rutas. 6.- ¿Qué alternativas viales presenta el ministerio para el transporte de carga que se canalizaba a través de las vías afectadas en el sur del departamento? Para el transporte de carga que se moviliza por la vía Nacional Carreta - Calamar - Ponedera, se disponen de las siguientes rutas alternas, en caso que se presenten eventos que impidan el tránsito por este corredor: • •

Palmar de Varela - Martillo - Cascajal Galapa - Sabanalarga - Manatí - Carreta

7.- ¿Qué porcentaje de recuperación ha obtenido el ministerio al día de hoy de las vías afectadas por el fenómeno invernal? De acuerdo con la información reportada por el Instituto Nacional de Vías y la Agencia Nacional de Infraestructura, se han superado las emergencias registradas en 2.500 km de la Red Vial Nacional, mediante la atención de más de 430 sitios críticos, en los cuales se han intervenido más de 1.000 eventos, como derrumbes, pérdidas de banca, inundaciones y colapsos de estructuras.

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10-09-2012 Se han removido cerca de 2.800.000 m3 de derrumbes y más de 1 millón de excavaciones para reconformación de la banca, siendo los departamentos de Santander, Norte de Santander, Antioquia y Cundinamarca los que más han sido intervenidos. Se han construido 11.500 ml de muros en concreto reforzado y se han instalado 109 metros lineales de puentes provisionales. 01er anexo 1). 8.- ¿Qué incidencia tuvo los daños en la infraestructura vial en los precios del transporte público y privado de pasajeros? Una vez realizado el análisis del transporte de pasajeros en cada uno de los orígenes destinos de mayor demanda, se encontró que las tarifas de transporte público se mantuvieron sin variaciones; sin embargo los impactos generados por deterioros de la infraestructura vial, implicaron en mayores tiempos de viaje y mayores distancias de recorrido, que como consecuencia generan mayores costos de operación que inciden en menores ingresos para las empresas y propietarios de vehiculos. En cuanto al transporte privado de personas, por los mayores recorridos realizados por tener que utilizar vías alternas, los costos también se incrementaron, pero no se tiene cuantificado su valor, por la imposibilidad de obtener los datos del número de viajes que se generaron en el periodo invernal. 9.- ¿Cómo repercutieron los daños viales en el sur del Atlántico en los costos y precios del transporte de carga? Los daños viales que se registraron en el sur del Departamento del Atlántico, en particular lo que respecta a la carretera Nacional Calamar - Ponedera - Sabanagrande - Malambo - Barranquilla, afectaron los costos de operación del transporte de carga debido a mayores tiempos de viaje y al aumento de distancias y peajes en el recorrido, al tener que utilizar vías alternas. 10.-¿Qué vías al día de hoy se encuentran recuperadas o mejoradas en el sur del atlántico? En el sur del Atlántico, la vía del orden Nacional Calamar - Ponedera - Sabanagrande - Malambo - Barranquilla, afectada por la ola invernal en el tramo Ponedera - Carreta, se encuentra operando normalmente. No obstante, actualmente se adelantan los procesos precontractuales para contratar las obras definitivas para reducir la vulnerabilidad de esta carretera, ante los eventos climáticos futuros. 11.- ¿Qué problemas en cuanto a infraestructura vial sigue presentando el sur del departamento del Atlántico y que políticas ha diseñado para corregir esos problemas? ¡\venida ¡.:Idorado C¡\N Bogotá, D. C. - Colombia - Teléfonos:

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En la vía Nacional Ponedera - Carreta, se presenta una alta vulnerabilidad ante los incrementos de las precipitaciones, situación que conllevó al Ministerio a estructurar ante el Fondo Adaptación un proyecto para la construcción de las obras definitivas que den solución a los 11 sitios identificados como de mayor riesgo y que se muestran en el mapa de la pregunta No. 4. En cuanto a las políticas, el Ministerio de Transporte definió como prioridad la de gestión del riesgo, mediante la atención de los sitios de mayor vulnerabilidad de la Red Vial Nacional, teniendo en cuenta parámetros como los volúmenes de tráfico y la existencia o no de rutas alternas. En este sentido, el Ministerio postuló ante el Fondo estructuraciones viales y 2 proyectos férreos que darán 2,540 Km de la red vial Nacional y a más de 1,316 Km de 627 puntos críticos y la construcción de más de 70 puentes

Adaptación 78 proyectos viales, 5 solución a la operatividad de más de la red férrea, con la atención integral a (ver anexo 2).

12.- ¿Tiene el ministerio un plan de contingencia vial frente a futuras situaciones amenacen la infraestructura víal del Atlántico, de ser así explique?

que

Con el realce de la troncal de occidente en el sector Ponedera - Carreto, se evitarán los cierres ocasionados por la ola invernal acompañado de los refuerzos y aseguramiento del canal del dique, obra a cargo del Fondo Adaptación y de Cormagdalena.

Atentamente,

tl-L ¿¿ CECILIA ÁLVAREZ-CORREA Ministra de Transporte

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Anexo lo anunciado

Proyecte'" Dr. J uon Camilo C; mno ,,<Director I nfraestrueturn.~ . Magoo Buitrago /\sesmo. In frae"ructum. Rcgubción Econ6mica; Dr. Dm." I~crra, Subdirector Tr~l11sp()rrl', Dr. Gcrardn ¡\\"jla Rodrigue/:, Coordinador en Transpone, Tránsito)' Se ldad Vial. I;echa oc cloboración: 04/0 72012 Número de mdicado yue responde: 20123210623612 Tipo de respuesta Total(x) I'areial()

Dra. Tationa Oriucla Vego, Jefe Grupo ln\-cstigación y Desarrollo

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J\venida ]"l,ldorado CAN Bogotá, D. C. - Colombia

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REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VíAS OFICINA DE PREVENCléN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS OBJETO: TRANSFERENCIA DE RECURSOS AL DEPARTAMENTO DEL ~TLÁNTICO PARA El PAGO DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAJO CON OCASION DE LAS OBRAS EJECUTADAS PARA TAPADO DE BOQUETES ABIERTOS POR LA RUPTURA DEL DIQUE - CARRETEABLE CARRETERA ORIENTAL - VILLA ROSA K3+000 EL30 DE NOVIEMBRE DE 2010, Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA REPARAR Y RECONSTRUIR LA INFRAESTRUCTURA AFECTADA POR LA INUNDACION DEL SUR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO.

PARTES:

INSTITUTO NACIONAL DE VIAS

- NIT. 800.215.807-2

DEPARTAMENTO

- NIT. 890.102.006-1

DE ATLANTICO

VALOR: TRECE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y ($13.199.976.857.00) M/CTE.

PLAZO:

NOVECIENTOS SIETE PESOS

TRES (3) MESES.

267 CONVENIO INTERADMINISTRATIVO

No.

DE 2011

Entre los suscritos MARIO EDMUNDO ORTIZ RIVAS. identificado con cédula de ciudadanía No. 10.519.950 expedida en Popayán. en su calidad de Jefe Oficina de Prevención y Atención de Emergencias, nombrado mediante Resolución No. 2301 de 19 de Mayo de 2011. obrando en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE VI AS - INVIAS, Establecimiento Público del Orden Nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, creado por el Decreto 2171 del 30 de diciembre de 1992. y modificada su estructura mediante el Decreto 2056 de 24 de julio de 2003, delegada mediante la Resolución No.01336 de 24 de Marzo de 2011, quien para los efectos de este documento se llamará, EL INSTITUTO por una parte, y por la otra EDUARDO IGNACIO VERANO DE LA ROSA. identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.458.361 expedida en Barranquilfa, actuando en nombre y representación del DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO en su calidad de GOBERNADOR, posesionado el día 1 de Enero de 2008, ante el Presbiterio de la Catedral Metropolitana Maria Reina de Barranquilfa concurre ante testigos y Acto de protocolización No. 02 de enero 02 de 2008 ante el Notario Quinto del Circulo de Barranquilla y debidamente autorizado por la Asamblea Departamental para suscribir convenios y contratos. según ordenanza No. 032 sancionada el 29 de Julio de 2008, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO. quien declara bajo la gravedad del juramento, que se entienue prestado con la firma del presente convenio, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en los articulas 8° de la Ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 18 de la ley 1150 de 2007 y demás normas vigentes, ní en conflictos de intereses, hemos convenido celebrar el presente CONVENIO INTERADMINISTRATIVO, previas las siguientes consideraciones: a) El Presidente de la República con la firma de todos sus Ministros, expidió el Decreto Legislativo No. 4580 el 07 de Diciembre de 2.010, mediante el cual declaró "el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica, por razón de grave calamidad pública", de conformidad con el articulo 215 de la Constitución Política de Colombia. b) Asi mismo el Presidente de la República con la firma de todos sus Ministros, profiere el Decreto No. 4823 del 29 de Diciembre de 2.010, "por medio del cual los Contratistas y Concesionarios del Estado. deberán contribuir solidariamente a la atención C\ de la Emergencia Económica Social y Ecológica. e) En concordancia con los Decretos ~ Legislativos 4702 y 4830 de 2.010, y así como la Resolución No. 01 del 04 de Enero de 2.011, la Junla Directiva del Fondo Nacional de Calamidades, dispuso en su art;culo~

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267 Quinto: "TrasferenCÍa de recursos a otras entidades. La trasferencia de los recursos a las entidades públicas nacionales, territoriales y privadas a los gastos para la atención de la emergencia. diferentes a los mencionados en el articulo 1°, se hará mediante contratos y convenios suscritos a través de FIDUPREV/SORA S.A. como representante legal del Fondo Nacional de Calamidades. previa solicitud efectuada por el Ordenador del Gasto de la Sub cuenta Colombia Humanitaria y con la autorización de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades, si a ello hubiere lugar por razón de la cuantía". d) Que el Instituto Nacional de Vías - INVIAS y la sociedad fiduciaria LA PREVISORA SA suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 1005-09-027-2011 del 17 de Marzo del 2011, cuyo objeto se hizo consistir en: .OBJETO: Por virtud del presente Convenio el Fondo Nacional de Calamidades, se compromete a transferir por intermedio de la Fiduciaria la Previsora S.A.. recursos al EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INV/AS- con destino al plan de acción presentado a la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades, de acuerdo con las respectivas prioridades y fases proyectadas por el INSTITUTO, denominadas NECESIDADES y FASES DE INTERVENC/ÓW. e) Por virtud del precitado Convenio Interadministrativo. se encuentran disponibles a favor del INSTITUTO Nacional de Vías -INVíAS. recursos por valor de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE ($237.120.000.000,00), en la subcuenta COLOMBIA HUMANITARIA del Fondo Nacional de Calamidades, a fin de que sean invertidos de acuerdo con el objeto del precitado acuerdo de voluntades. f) Los numerales 7.2 y 7.17 del articulo 7 del decreto 2056 de 2003, establecen como funciones del despacho del Director General, las siguientes: '1.2 Llevar la representación legal del Instituto en todos los actos y contratos, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones". 7. 10 Declarar las emergencias que se presenten en la infraestructura a su cargo". 7. 17 Emitir los actos administrativos que se requieran en el desarrollo de la actividad técnica y administrativa del Instituto, de conformidad con las disposiciones vigentes". g) Que el Art. 14 de la ley 489 de 1998, en desarrollo del Art. 211 de la Constitución Nacional, permite la delegación de funciones de los organismos y entidades administrativas del orden nacional a favor de entidades descentralizadas o entidades territoriales. h) Que mediante oficio 000161 del 07 de abril del 2011, radicado Invías 30472 del 12 de abril del 2011, se solicitaron los recursos necesarios para ser invertidos en la ATENCiÓN DE LAS OBRAS DE EMERGENCIA PARA EL TAPONAMIENTO DE BOQUETES EN EL DIQUE - CARRETEABLE CARRETERA ORIENTAL - VILLA ROSA, POR LA RUPTURA QUE HIZO EL CANAL DEL DIQUE EN EL K3+000, y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA REPARAR Y RECONSTRUIR LA INFRAESTRUCTURA AFECTADA POR LA INUNDACION DEL SUR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO. 1) Que como soporte para suscribir el presente convenio existe el Informe Técnico Financiero presentado por la Territorial Atlántico. J) Que la emergencia generada en la ribera oriental del Canal del Dique, se encuentra ubicada en el Departamento de Atlántico y fue debidamente priorizada en el ANEXO 1 del Convenio Interadministrativo No. 100509-027-2011 del 17 de marzo del 2011. K) Que de acuerdo a lo anterior, se hace conveniente y necesario suscribir el presente Convenio Interadministrativo que se especifica a continuación, el cual se rige por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO.- EL INSTITUTO se compromete a realizar la TRANSFERENCIA DE RECURSOS AL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO PARA EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAJO CON OCASiÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS PARA TAPADO DE BOQUETES ABIERTOS POR LA RUPTURA DEL DIQUE - CARRETEABLE CARRETERA ORIENTAL - VILLA ROSA K3+000 EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2010. Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA REPARAR Y RECONSTRUIR LA INFRAESTRUCTURA AFECTADA POR LA INUNDACION DEL SUR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO de acuerdo con las estipulaciones del presente Convenio. CLAUSULA SEGUNDA: VALOR.- Para todos los efectos legales el valor del presente Convenio se establece en la suma de TRECE MIL CIENTO NOVENTA y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($13.199.976.857.00) M/CTE. cLÁUSULA TERCERA: APROPIACiÓN PRESUPUEST AL: El presente convenio se encuentra presupuestalmente respaldado por el Convenio Interadministrativo No. No. 1005-09-0272011 del 17 de marzo del 2011 suscrito entre FIDUPREVISORA S.A. y EL INSTITUTO, y, para respaldar las obligaciones contraídas, FIDUPREVISORA girará a EL DEPARTAMENTO, previa instrucción de EL INSTITUTO, el valor establecido en la CLAUSULA SEGUNDA, con cargo a los recursos del convenio Interadministrativo No. No. 1005-09-027-2011 del 17 de marzo del 2011. CLAUSULA CUARTA: PLAZO.- El plazo Página2de 5


267 del presente Convenio será de Tres (3) meses, a partir de la orden de iniciación que será impartida por el INSTITUTO, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo. señalados en este documento. CLAUSULA QUINTA: GIRO DE LOS RECURSOS.- FIDUPREVISORA girará a EL DEPARTAMENTO. previa instrucción de EL INSTITUTO el valor aportado al presente Convenio, así: Un desembolso correspondiente al Cien por Ciento (100%) del valor aportado al Convenio, previo el cumplimiento de la aprobación de la garantía que debe constituir EL DEPARTAMENTO para garantizar el cumplimiento del objeto del Convenio y el buen manejo y correcta inversión del desembolso, a una cuenta bancaria a nombre de EL DEPARTAMENTO abierta exclusivamente para éste fin. según certificación de la entidad financiera respectiva. PARÁGRAFO PRIMERO: EL DEPARTAMENTO deberá presentar al Ordenador del Gasto del Instituto registrado ante la FIDUPREVISORA la certificación bancaria para el giro de los recursos con la siguiente información: Banco. Número de Cuenta. Sucursal y ciudad. CLAUSULA SEXTA: MANEJO DE LOS RECURSOS.- Para la ejecución y manejo de los recursos del presente Convenio se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. EL DEPARTAMENTO mantendrá los recursos de manera separada e independiente de cualquiera otra clase de dinero que maneje o administre. 2. Los recursos del presente Convenio no podrán ser destinados para ningún fin diferente al establecido en este Convenía y por lo tanto deberá ser estrictamente ejecutados por EL DEPARTAMENTO, en la forma acordada en el mismo, so pena de hacer efectiva la Póliza de Buen Manejo y Correcta Inversión de los Recursos. PARÁGRAFO PRIMERO.RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y EXCEDENTES DEL PROYECTO: Los rendimientos financieros de la cuenta corriente abierta para el manejo de los recursos aportados por EL INSTITUTO, deberán ser reintegrados mensualmente a la Fiduprevisora SA Liquidado el presente convenio dentro del plazo establecido. si existieren saldos en la cuenta correspondiente a los recursos aportados por el INSTITUTO. estos serán reintegrados al FIDUPREVISORA S.A. una vez se haya formalizado el Acta de Recibo Final del Convenio. PARAGRAFO SEGUNDO: Si vencido el plazo estipulado en el presente Convenio y EL DEPARTAMENTO no hubiese invertido los recursos, éste deberá reintegrarlos al FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES - SUBCUENTA COLOMBIA HUMANITARIA por intermedio del Ordenador del Gasto registrado ante la FIDUPREVISORA y se procederá a la liquidación del Convenio Interadministrativo. CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL INSTlTUTO.- El INSTITUTO se obliga a: a) Girar a EL DEPARTAMENTO los recursos para la ejecución del objeto del presente convenio en la forma acordada. b) Ejercer la Gestión Administrativa a través del Director Territorial ATLANTICO o quien éste designe. e) Apoyar a EL DEPARTAMENTO en caso de que lo requiera en la parte Técnica y legal. previa solicitud del mismo. d) Hacer parte del Comité Operativo del Convenio. e) Las demás que se establezcan por el Comité Operativo del Convenio. CLAUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO: - EL DEPARTAMENTO se obliga a: a) En virtud del presente convenio El DEPARTAMENTO se compromete a que si durante la ejecución del proyecto. los desembolsos efectuados por EL INSTITUTO llegaren a generar excedentes de liquidez. sean reintegrados en su totalidad al FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES _ SUBCUENTA COLOMBIA HUMANITARIA, en el mes siguiente a su recaudo. b) Invertir los recursos transferidos. única y exclusivamente en las actividades descritas en el objeto y alcance de este convenio. e) Elaborar las respectivas liquidaciones de los contratos de obra y de interventoría. d) Rendir un informe técnico. financiero y de gestión con sus respectivos soportes al INSTITUTO y al Comité Operativo, mediante el cual se exponga de manera detallada los montos de las inversiones, las actividades ejercidas y las caracteristicas técnicas precisas de las obras ejecutadas. e) Reembolsar incondicionalmente los saldos y excedentes de liquides si los hubiere. de acuerdo con la liquidación final y el informe rendido a El INSTITUTO en concordancia con el literal a) de ésta cláusula. f) Manejar los recursos del proyecto. de manera separada e independiente de cualquier otra clase de dineros que maneje o administre. g) Participar en el Comité Operativo del convenio y firmar sus actas. PARÁGRAFO PRIMERO: El DEPARTAMENTO asume incondicionalmente toda la responsabilidad por la correcta, eficiente y estricta destinación e inversión de loS recursos transferidos. asi como por las cantidades de obra ejecutadas y los presupuestos por él aprobados. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cualquier reclamación judicial o extrajudicial que se lIeg.are a presentar con o~sió~ de la ejecu?iÓn de las obras del objeto contratado o relacionado con las obligaCIones estableCIdas en el presente convenio. será responsabilidad exclusiva de EL DEPARTAMENTO. CLAUSULA NOVENA: INFORMES. EL DEPARTAMENT~

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Página 3de 5

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,267. presentará a la oficina de Prevención y Atención de Emergencias y a la Dirección Territorial Atlántico un informe técnico, financiero y de gestión en que se relacionen los costos causados en las obras objeto de éste convenio, en el cual se detallen la descripción de las actividades realizadas, los costos unitarios, especificaciones técnicas, los contratos y actas suscritos, el informe de interventoria y d~más documentos que se generaron durante las ejecución de las obras. CLAUSULA DECIMA: VIGILANCIA DEL CONVENIO.- El INSTITUTO supervisará el presente Convenio a través del Director Territorial Atlántico o por quien éste designe, como GESTOR de Convenio, designación que será comunicada a el DEPARTAMENTO, a su vez la OFICINA DE PR~VENCIÓN y ATENCiÓN DE EMERGENCIAS designará un GESTOR de Proyecto. PARAGRAFO: En caso de presentarse controversias entre el GESTOR de Proyecto y El DEPARTAMENTO, éstas serán dirimidas por el Jefe de la Oficina de Prev~nción y Atención de Emergencias de El INSTITUTO cuya decisión será definitiva. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA.- COMITÉ OPERATIVO DE SEGUIMIENTO CONTRACTUAL.- Para el control del objeto del Convenio, se conformará el Comité de Seguimiento Contractual integrado por el GESTOR del Convenio por parte de EL INSTITUTO Y un funcionario que designe El DEPARTAMENTO. quienes verificarán el cumplimiento de la inversión y demás actividades del presente Convenio. El Comité se reunirá mensualmente y de manera alterna en la Dirección Territorial Atlántico y en la dependencia de EL DEPARTAMENTO Y tendrá las siguientes funciones: a) Aprobar el cronograma de actividades que desarrollará EL DEPARTAMENTO. b) Supervisar y controlar las actividades que desarrollará El DEPARTAMENTO. e) Evaluar periódicamente el cronograma de actividades y efectuar los ajustes que considere indispensables. d) Solicitar cuando lo considere necesario. informes a EL DEPARTAMENTO Y a los contratistas, sobre le ejecución del Convenio y de los contratos. PARÁGRAFO: EL INSTITUTO no suscribirá en un futuro, contratos con El DEPARTAMENTO si no se cumpliere con las obligaciones estipuladas en el presente Convenio. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CESiÓN Y SUBCONTRATOS.- El DEPARTAMENTO no podrá ceder los derechos y obligaciones emanados del presente Convenio. sin el consentimiento previo y expreso de EL INSTITUTO. pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la cesión. El INSTITUTO no adquirirá relación alguna contractual con los contratistas que contrate EL DEPARTAMENTO Y la responsabilidad que estos ejecuten seguirá a cargo de EL DEPARTAMENTO, siendo el único responsable ante EL INSTITUTO por el cumplimiento de las obligaciones del presente Convenio. CLAUSULA DECIMA TERCERA: DISPOSICIONES LABORAlES.- EL DEPARTAMENTO se obliga a exigir al contratista y al Interventor el cumplimiento de todas las normas legales vigentes en especial las leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y 828 del 2003, así como la 797 de 2003. En ningún caso el INSTITUTO responderá por obligaciones laborales provenientes de la ejecución del presente Convenio, ni de los contratos suscritos por El DEPARTAMENTO. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: GARANTlA ÚNICA.- A). EL DEPARTAMENTO se compromete a constituir a favor del INSTITUTO dentro de los diez (10) días siguientes a la firma del presente convenio, la garantia única de cumplimiento de las obligaciones contractuales con los siguientes amparos: a) Buen manejo y correcta inversión de los recursos girados por el Instituto Nacional de Vias: Por una cuantia equivalente al 100% del valor total aportado por la entidad y su vigencia se extenderá hasta la liquidación del convenio. b) Cumplimiento: Por una cuantia equivalente al 20% del valor total del convenio y una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. PARÁGRAFO PRIMERO: En las pólizas correspondientes a los literales a) y b) el Asegurado y/o bene~ciario será el INSTITUTO, las cuales serán aprobadas por El INSTITUTO. PARAGRAFO SEGUNDO: INDEMNIDAD: EL DEPARTAMENTO mantendrá indemne al INSTITUTO de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del Ente Territorial, sus contratistas, subcontratistas y dependientes. PARAGRAFO TERCERO: El valor de la garantía que debe constituir El DEPARTAMENTO será pagado por este, el cual será reembolsado con cargo a los recursos del desembolso efectuado por EL INSTITUTO. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: MODIFICACION, ADICION y PRORROGA,- El presente Convenio podrá ser adicionado o prorrogado. previo acuerdo de las partes, de conformidad con las normas legales. CLAUSULA DECIMA SEXTA: TERMINACION y lIQUIDACION.El presente convenio se terminará en los siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado para la ejecución, salvo que por voluntad de las partes decidan prorrogarlo. 2) Por acuerdo bilateral. 3) Por cumplimiento del objeto contractual. 4) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. En estos eventos se deberá suscribir acta donde conste tal Págína4de 5


267

••

hecho. Una vez terminado el convenio se procederá a su liquidación de conformidad con los Artículos 60 de la Ley 80 de 1993, 11 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas vigentes. procedimiento que se llevará a cabo dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de terminación del convenio por cualquier causa. Dentro de este término se entenderá incluido un plazo de cuatro (4) meses para la liquidación de común acuerdo y de dos (2) meses adicionales para la liquidación unilateral cuando sea del caso. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: PERFECCIONAMIENTO y EJECUCION.- El presente Convenio se perfecciona con la suscripción por las partes. Para su ejecución se requiere la aprobación de la Garantía Única constituida por El D TAMENTO. Para constancia se firma en Bogotá D. C. a los POR EL INSTITUTO:

26 HAY 2011

Jefe oficin

POR EL DEPARTAMENTO:

~ ~UARDO IGNACIO VERANO DE LA ROSA ~ GOBERNADOR DE ATLANTICO

[J

Proyectó: Didier Mauricio Zuluaga Rojas - Asesor Jurídico OfICinadé Prev~nciónyAtención de Emergenci~:JrL. ~'Rev..is6: Rodolfo Martinez Quintero - A~.~s r JtUrid.iCO Oficina de Prevención y "tención de Emergencias. , , Vo. 80. JeféOficina Asesora Jurídica.~ . . Vo. 80. 109.Luis Cruz Farak -Ingeniero Oficina de Prevención y Atención de EmergenCi~

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Anexo. 1 - Avance Físico Atención de afectaciones

Fenómeno de la Niña 2010 - 2011

Sector Transporte

\!Il.i}

(!JlIlz.J3EWRmJ ANTIOQUIA

6202. EL TIGRE - MEDELLíN. El Tigre - Dabeiba. PR 38 -PR 58, PR 79

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11.250

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DERRUMBE

2

6

1.800

1.800

180

O O

90

Invías

O O

18

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Invías

DERRUMBE

7

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22.050

22.050

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O

O

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120

O

O

27

324

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1.800

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O

O

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4.500

450

180

O

O

9

108

1

O

O

O

O

O

1

10

6.928

ANTIOQUIA

Cisneros-Puerto

ANTIOQUIA

Chigorodó

ANTIOQUIA

La Pintada - Bolombolo

Invías

Berrio

~~•...

20-dic-11

I~

---DERRUMBE

PR 81 Y PR 104-PR 108 Barbosa-Cisneros-Puerto

- Dabeiba, Ruta 62 - PR.5 70+300-106+000

~

Invías

lnvías

ANTIOQUIA

Berrio

~r~

~ ~

Fecha de Corte.

DERRUMBE

ANTIOQUIA

LA MANSA - BOllVAR

lnvías

---DERRUMBE ---DERRUMBE

ANTIOQUIA

T2509 - LA PINTADA - MEDELlIN

lnvías

DERRUMBE

ANTIOQUIA

Necocli- Arboletes (Puente sobre el [io Mulatos)

Invías

ANTIOQUIA

La Mansa.

lnvías

DERRUMBE

7

101

60.052

6.800

286

O

O

32

30.771

ANTIOQUIA

Oabeiba . Santafe de Antioquia

¡nvías

DERRUMBE

6

15

91.734

11.250

120

O

O

45

540

ANTIOQUIA

Bolombolo

Invías

DERRUMBE

2

3

152.710

450

120

O

O

9

ATLANTlCO

CALAMAR - PALMAR DE VARELA

lnvías

PERDIDA DE BANCA

4.000

450

420

ARAUCA

La lejia-Saravena

Invías

BOllVAR

Variante Gambote-Mamonal

Invías

DERRUMBE ---DERRUMBE

BOllVAR

Variante-Cartagena

Invías

BOllVAR

La Bodega - Mompox (Puente el Limon y Boquete Caño Grande)

BOYACA BOYACA

Primavera

- Santafé de Antioquia

108 108

3

150

41.688

46.910

214

O

O

24

5.482

----

5

15

11.250

11.250

120

540

1

3

4.200

450

60

O O

45

DERRUMBE

O O

9

108

Invías

DERRUMBE

2

O

O

O

51

2

11

1.838

Belen - Samaca

Invías

DERRUMBE

1

O

47.549

O

o

O

O

O

O

Pajarito -Soga maso

Invías

DERRUMBE

1

O

2.690

O

O

O

O

O

O

CALDAS

Manizales

Invías

PERDIDA DE BANCA

10

30

45.000

45.000

540

O

O

90

1.080

CALDAS

Fresno - Honda

Invías

DERRUMBE

1

o

O

11.958

106

O

O

8

16.10S

- Fresno

CALDAS

Puente

lnvías

DERRUMBE

5

46

280

10.352

353

O

O

28

5.877

CALDAS

CERRITOS - CAUYA

Invías

DERRUMBE

1

O

8.665

O

O

O

O

O

O

CALDAS

Quiebra de Velez - Irra

Invías

DERRUMBE

1

O

17.777

O

O

O

O

O

O

CALDAS

Tres Puertas -La Estrella

Invías

CALDAS

(auya - La Pintada

Invías

la libertad

- Fresno

Suaza - Florencia

Invías

CAUCA

La Plata - Guadualejo

lnvías

---DERRUMBE ---DERRUMBE ---DERRUMBE ---DERRUMBE

lnvías

PERDIDA DE BANCA

8

24

28.800

28.800

360

O

O

72

864

lnvías

DERRUMBE

3

9

4.050

4.050

120

O

O

27

324

20.207

O

O

O

O

O

O

4.500

450

180

O

O O O O O O O

9

108

9

108

CAQUETA

1

O

24.444

O

O

O

O

O

O

10

114

16.876

13.758

289

O

O

58

8.823

1

O

4.495

O

O

O

O

O

O

5

15

11.250

11.250

100

O

O

4S

540

CAUCA

Gabriel

CAUCA

Atención

CAUCA

Mojarras-Papayan

lnvías

PERDIDA DE BANCA

1

CHOCO

MEDELLíN - QUIBDÓ

lnvías

DERRUMBE

1

O 3

5ANTACECIlIA

Invías

DERRUMBE

1

3

4.800

450

60

O

lnvías

DERRUMBE

1

3

4.200

450

120

O

4.000

206.212

330

O

CHOCO

López - Inzá Sector Crítico Patico

- PUEBLO RICO

CORDOBA

El Viajano

CORDOBA

Lodea . Chinú

Invías

DERRUMBE

27

CORDOBA

Loriea . Coveñas

lnvías

DERRUMBE

88

54 51

22.050

24.077

344

O

CORDOBA

Montería

lnvías

DERRUMBE

3

9

4.050

4.050

240

O

lnvías

DERRUMBE

9

4.050

4.050

120

O

9

4.050

4.050

180

12

7.200

7.200

120

. San Marcos

- Pto Rey - Arboletes

9

108

30

4.036

80

7.457

27

324 324

O

27 27

O

36

432

CUNDINAMARCA

BOGOTA-CHOACHI-

CUNDINAMARCA

CAPARRAPI - LA AGUADA,

lnvías

DERRUMBE

3 3

CUNDINAMARCA

PATIOS -. GUASCA

Invías

DERRUMBE

4

CUNDINAMARCA

YACOPI - LA PALMA,

Invías

DERRUMBE

5

15

11.250

11.250

180

O O O

O

45

540

CUNDINAMARCA

HONDA - VI LLETA,

lnvías

PERDIDA DE BANCA

7

132

180.000

57.384

119

O

O

78

24.113

In vías

DERRUMBE

1

108

lnvías

DERRUMBE

lnvías

DERRUM8E

MAGDALENA MAGDALENA

PTE REAL.

PLATO - PUEBLO NUEVO SANTA MARTA - RIO PALOMINO,

DEPARTAMENTO DE

3

3.800

450

60

O

O

9

21

22.050

22.050

120

O

O

63

756

8

24

28.800

28.800

120

O

72

864

O

36

432

O

36

432

MADGDALENA,

PUENTE LA MOJADA

MAGDALENA

RIO ARIGUANIO

y DE CIENAGA, PUENTE OASIS 1

SANTANDER

RIO ARIGUANIO y DE ClENAGA,

Invías

DERRUMBE

4

12

7.200

7.200

180

O O

SANTANDER

Rionegro

Invías

DERRUMBE

4

12

7.200

7.200

240

O

- San Alberto

324

CONSOLIDADO

INVIAS


\!lM1.tlMIDi@ SANTANDER

Agua Clara - Ocaña

SANTANDER

Barbosa- Velez-Landazuri-Puerto

SANTANDER SANTANDER

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Invías

DERRUMBE

7

Invías

DERRUMBE

8

Curos-Málaga

Invías

DERRUMBE

La Palmera-Presidente

Invías

DERRUMBE

SANTANDER

Bucaramanga-Pamplona

In vías

DERRUMBE

1

70

2.511

13.511

204

O

O

18

14.979

SANTANDER

Bucaramanga - San Alberto

Invías

DERRUMBE

7

93

9.7B1

26.000

325

O

O

40

12.112

SANTANDER

Barrancabermeja

lnvías

PERDIDA DE BANCA

1

O

10.616

O

O

O

O

O

O

SANTANDER

Araujo

- La Uzama

21

22.050

22.050

120

O

O

63

756

74

6.112

8.713

300

O

O

30

2.362

9

124

585.566

5.550

178

O

O

25

1.630

2

102

O

10.239

144

O

O

29

10.535

La fortuna Lebrija

Invías

PERDIDA DE BANCA

S

72

10.615

12.532

154

O

O

21

37.382

Sincelejo - Toluviejo (Puente sobre el arroyo Pechelin)

Invías

DERRUMBE

1

O

O

O

O

57

1

33

11.691

NORTE DE SANTANDER

Rionegro - San Alberto

Invías

DERRUMBE

4

12

7.200

7.200

60

O

O

36

432

NORTE DE SANTANDER

Ocaña - Alto el Pozo - Sardinata

Invías

DERRUMBE

2

6

1.800

1.800

120

O

O

18

216

NORTE DE SANTANDER

Ocaña - Convencion

Invías

DERRUMBE

6

18

16.200

16.200

180

O

O

54

648

NORTE DE SANTANDER

Aguaclara - Ocaña

Invías

DERRUMBE

2

6

5.700

1.800

180

O

O

18

216

NORTE DE SANTANDER

Anillo Vial Oriental de Cúcuta

lnvías

DERRUMBE

2

6

1.800

1.800

60

O

O

18

216

SUCRE

NORTE DE SANTANDER

CERRITOS - CAUYA

[nvías

PERDIDA DE BANCA

2

6

3.800

1.800

360

O

O

18

216

NORTE DE SANTANDER

Ocaña-$ardinata

[nvías

DERRUMBE

2

59

131.597

2.650

140

O

O

16

4.608

NORTE DE SANTANDER

Sardinata-Cucuta

[nvías

PERDIDA DE BANCA

4

72

6.069

4.500

427

O

O

35

31.586

NORTE DE SANTANDER

Cucuta-Puerto

Santander

[nvías

PERDIDA DE BANCA

11

83

121.800

45.050

415

O

O

107

17.161

VALLE

Buenaventura

- Buga.

DERRUMBE

2

6

7.800

1.800

60

O

O

18

216

1.392

20.355

164

O

O

24

20.506 6.259

QUINDIO

Armenia - Ibague

[nvías

DERRUMBE

3

80

NARIÑO

Cebadal - San dona • Pasto

In vías

DERRUMBE

3

91

5.158

2.040

115

O

O

13

NARIÑO

Junin . Pedregal

In vías

DERRUMBE

1

O

49.261

O

O

O

O

O

O

NARIÑO

Cano. Mojarras

lnvías

DERRUMBE

37

124

106.575

22.279

130

O

O

17

7.307

4

20

137.000

7.000

4

50

95.000

5.000

4

70

160.000

14

70

3.445

1

34

68.651

SANTANDER

Zona Metropolitana

SANTANDER

de Bucaramanga

Ani

Zipaquira - Palenque

CUNDINAMARCA

Ani

Bogota - Vi lleta

NORTE DE SANTANDER

Área Metropolitana

Ani de Cucuta.Sector Cucuta~Pamplona

Desarrollo Vial del Oriente deMedellin-K6

ANTIOQUIA

falla por saturacion Ani

acceso a Medellin Desarrollo Vial del Oriente deMedellin.K6

ANTIOQUIA

falla por saturadon

DERRUMBE Y PERDIDA DE BANCA

Cordoba - Sucre-Cruz del Viso Puerta del Hierro

Ani

PERDIDA DE BANCA

4

111

Malla Vial del (auca-Media

Ani

DERRUMBE

3

48

Ani

INUNDAClON

1

11

Ani

DERRUMBE

1

18

70.000

Ani

INUNDACION

1

26

36.276

VALLE

Malla Vial del Cauca- Yumbo . Cencar Armenia.

Canoa.Lobo Guerrero

Peretra- Manizales-Viaducto

la estampilla ZONA

INESTABLE

-

PERDIDA DE BANCA

1

VALLE

. . ...

DERRUMBE DERRUMBE y

PERDIDA DE BANCA

SUCRE

BOLlVAR

DERRUMBE y PERDIDA DE BANCA

Ani

acceso a Medellin

RISARALDA

Anj

DERRUMBE y PERDIDA DE BANCA

Ruta caribe-Realce calzada inundación Arroyo de piedra

-

,m¡¡

45

1

50 75

23.058

50

SO

29.000

,~

20

95.300

1

50

103.188

70 70 70 36.276

"

I

ma'i1

mm

_.

1

(ii

,

30

;:¡,¡¡m

:

rroBIE

Fuente: Invias - ANI

CONSOLIDADO

INVIAS


Anexo 2 Grandes Proyectos - Fondo Adaptación

Tolima - Quindio

~

~

~ Cajamarca

• .

-

38.800

- Calarcá - La Cabaña (La Línea)

PR20+150 PR29+300 PR3+400 PR3+500 PR3+650

Santander

113+0300 --

138.000

Los Curos - Málaga Puente El Roble

29+0390 Puente Son Luis 45+0600 Puente Lisgouro 51+0213 Puente Primero (Listará) 53+0570 Puente Segundo ( limites) 61+049 87+0862 Puente El Canelo 94+0250 Puente Chimpoto

--

--

95+0360 Puente El Tope -~-

PR 08+300 PR 09+ 700

---

PR 10+400 PR 12+400

-_.-

---

PR 103+000 PR 110+000 PR 14+500 PR 15+000 PR 18+300 PR 18+800 PR 26+000 PR 28+000 PR 29+700 PR 31+000 PR 32+700 PR 34+500 PR 35+300 PR 35+500 PR 36+800 PR 41+100 PR 44+000 PR 44+200 PR 47+000 PR 47+200

--

PR 52+500 PR 56+000 PR 61+000 PR 61+500 PR 77+000 PR 80+000 PR 82+000 PR 83+000

e-----

Caldas

PR 85+000 PR 87+500 PR 95+000 PR 97+000

Construcción Viaducto libertad

Mesones en la vía Puente La

- Fresno

60.000

60+700 A 62+200

Bolívar

Construcción Puente Yatí

147.000

Cundinamarca

Construcción Túnel Villeta - Honda

350.000

Nacional

Programa Nacional de Puentes

150.000

total

883.800


Anexo 2

Sitios Críticos Invias - Fondo Adaptación ~ l!OO11m(MíI:C~i(!)

Gmm!)(ffifiml')t:.) \!10if.i.lli La Mansa - Primavera

Antioquia

El Tigre - Santa Fé La Pintada - Medellín La Pintada - Peñalisa

Atlantico

Ponedera - Carreto Duitama - la Palmera Barbosa - Tunja

Boyacá

Dos y medio - Otanche - Chiquinquirá Belen - Sácama Tunja - Páez

Caldas Casanare - Arauca

Pte la libertad - Fresno Cauya - la Pintada El secreto - Agua Clara Sácama - La Cabuya; La Cabuya - Saravena Popayán - Patico - Paletará Rosas - La Sierra - La Vega - San Sebastian - Santiago Popayán - Totoro - Inza - Guadualejo

Cauca

La Lupa - Santiago Inza -Turmina - Santa Teresa - Pedregal- Juntas Santander de Quilichao - río Desbaratado Piendamó - Silvia - Totoró

Chocó Cordoba

Mumbu - Las Animas Nuqui - La Ye (Animas) Santa Lucía - Moñitos - San Bernardo del Viento - Lorica Pasto - Buesaco - Mojarras y Variante de Daza

Nariño

Cano - Mojarras Tuquerres - Samaniego Sardinata - Cúcuta Alto El Pozo - Sardinata

Norte de Santander

Ocaña - Ato del Pozo Cúcuta - Puerto Santander Pamplona - Presidente Anillo Vial Oriental de Cucuta

Risaralda

Anserma nuevo - La Virginia

Totallnvias

~€llh1lWkfifif 95 219 72 42 57.52 7 63.12 96 0.5 0.5 67.85 109 13.99 131.08 92 80.4 1 110 42.88 47.25 41.72 20 10.5 85.19 55 89.14 44 2.5 58.4 69 1 70 1 19 1,854

~ ~ 13 21 31 10 11 7 5 3 1 1 103 38 2 6 21 17 1 38 19 2 11 3 1 32 5 26 17 3 11 16 1 12 1 1 490

~

.. 17.714 53.030 3.985 5.221 98.000 12.931 4.213 21.800 22.000 10.550 65.024 57.386 1.000 13.300 6.797 16.987 8.250 7.260 2.753 1.947 1.972 12.000 3.815 6.220 5.049 5.048 1.168 6.570 34.020 17.000 7.000 7.026 900 8.604 546.540


Sitios Críticos ANI - Fondo Adaptación C3m.€l

íñmm>@Dml

~1íIIé110'.!l Antioquia

Autopista Medellín - Bogotá

Bolívar

Bodega - Mompos

Bolívar

ln!b~

~ ~

136,6

30

$ 56.693

25

1

$ 37.450

Construcción Puente Gambote

-

1

$ 110.000

Boyaca

Sisga - Guateque - El Secreto

46

3

$ 2.577

Cundinamarca

Bogota (Puente El Cortijo)-Siberia-La PuntaEl Vino-La Vega-Vi lleta

3,88

5

$ 60.000

Cundinamarca

Variante Teletón

1,02

1

$ 10.595

Huila

Neiva - Girardot

0,7

1

$ 5.608

Meta

Pipiral- Villavicencio

13,7

11

$ 47.129

Risaralda - Quindío Caldas

Armenia - Pereira - Manizales

1,4

2

$ 50.450

228,3

55

$ 380.502

~._ Total

..


Anexo 2

PROYECTOS FÉRREOS - FONDO ADAPTACiÓN millones de ~

lBrn€l

~~

Boyacá - Cesa rCundinamarca

- Santander

Valle del Cauca

. .

Dorada - Chiriguaná y Bogota Belencito Buenaventura Zaragoza Total

- Zaragoza y

La Felisa

I

~

~~

~

~mD!

I

~

818

58

$ 12.703

$ 29.000

$ 41.703

498

25

$ 5.741

$ 16.000

$ 21.741

1316

83

$18.444

$ 45.000

$ 63.444

S


ESTRUCTURACIONES APROBADAS A LA ANI- FONDO ADAPTACiÓN

~oo ~~~

~ Santander

- Antioquia

Cundinamarca

- Tolima -

~ ~

Barrancabermeja

1:If(a.J&l!~ @!ljllm'~@'rl@ 11

I

~

@W~I~

- Remedios

Villeta - Honda - Manizales

$ 22.300

$ 13.000

$ 35.300

$ 5.000

$ 5.000

$ 10.000

$ 10.000

$ 5.000

$ 15.000

$ 37.300

$ 23.000

$ 60.300

Caldas Cundinamarca Santander

- Boyaca -

Bogotá - Cúcuta

- Cucuta

Cúcuta - Ocaña - Aguaclara Norte de Santander

Astilleros

- Tibú - La Mata

Cúcuta - Puerto Santander Pto. Gaitán - Pto. Araujo Casanare - Santander-

Monterrey

Meta - Boyacá

- Tunja -

Chiauinauira

-

Pto Boyacá

Total'


Suma de REO Cuenta de PR'S

Rótulos de fila Antioquia El Tigre - Santa Fé de Antioquia La Mansa- Primavera La Pintada - Bolombolo La Pintada - Medellín Atlántico Ponedera - Carreto Boyacá Barbosa - Tunja Belén - Sácama Dos y Medio - Otanche - Chiquinquirá Duitama - La Palmera Tunja - Páez Caldas Cauyá - La Pintada Puente La libertad

- Fresno

Casanare El Secreto - Aguadara Sácama - La Cabuya - Saravena Cauca Inzá - Pedregal-Juntas La Lupa - Bolívar - Santiago Piendamó - Silvia - Totoró Popayán - Patico - Paletará Popayán - Totoró - Inzá - La Plata Rosas - La Sierra - La Vega - San Sebastián Santander de Quilichao - Río Desbaratado Chocó Las Animas - Mumbú Nuquí - Las Animas (La Y) Córdoba Santa Lucía - Moñitos - San Bernardo del ViE Nariño Cano - Mojarras Pasto - Buesaco - Mojarras - Variante de Da Túquerres - Samaniego Norte de Santander Alto El Pozo - Sardinata Anillo Vial Oriental de Cúcuta Cúcuta - Puerto Santander Ocaña - Alto El Pozo Presidente - Pamplona Sardinata - Cúcuta Risaralda Ansermanuevo Total ~eneral

- La Virginia

79950 53030 17714 5221 3985 98000 98000 71494 4213 22000 21800 12931 10550 122410 57386 65024 14300 1000 13300 45966 2753 7260 1972 6797 8250 16987 1947 15815 12000 3815 6220 6220 11265 5048 5049 1168 72516 34020 900 7000 17000 7026 6570 8604 8604 546540

77 22 12 11 32 10 10 16 5 1 3 6 1 141 38 103 7 2 5 87 13 42 11 7 1 11 2 4 3 1 5 5 24 2 5 17 20 3 1 1 1 12 2 1 1 392


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