Ministerio de Transporte República de Colombia NIT. H~~.~~~.(J55-4
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20121050483421 1111111/111111111
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10-09-2012
Bogotá, D.C., 10-09-2012
Doctora DELCY HOYOS ABAD Secretaria General Carrera 7 No 8-68 Oficina 239B Bogotá.-
Asunto: Oficio 15092012, radicado MT2012-321-062361-2, Proposiciones Nos 21 y aditiva 23 de 2012. Respetada Doctora Delcy: Cordialmente damos respuesta a las Proposiciones 21 y aditiva 23 de 2012, sobre las irregularidades y problemáticas presentadas en la reconstrucción de los municipios afectados en la pasada ola invernal, comprendida entre octubre de 2010 y diciembre de 2011, de acuerdo a la información recibida de la Dirección de Infraestructura, del Grupo Investigación y Desarrollo en Transporte, Tránsito y Seguridad Vial y de la Oficina de Regulación Económica del Ministerio: 1.- Qué inversiones, se han realizado, en el sur del Atlántico para subsanar los causados por la ola invernal?
daños
Para atender las afectaciones ocasionadas por la ola invernal, en el sur del Departamento del Atlántico, el Sector Transporte suscribió con la Gobernación del Atlántico, un Convenio de transferencia de recursos para el cierre de los boquetes abiertos por la ruptura del dique _ carreteable de la carretera oriental - Villa Rosa k3+000 y obras complementarias para reparar y reconstruir la infraestructura afectada por la inundación del sur del Departamento del Atlántico, por $13.199.976.857, recursos provenientes de Colombia Humanitaria. En este año, la Territorial Atlántico del Invías invirtió $450 millones para la rehabilitación del Puente Puerto Giraldo, en la vía Calamar - Ponedera - Barranquilla, el cual presentaba socavación en los terraplenes de acceso por efectos de la pasada ola invernal. 2.- Presente relación de aquellos contratos que el Ministerio ha firmado en relación a la reparación del sur del atlántico, sírvase señalar el objeto, plazo y contratista de cada proyecto. Favor adjuntar los contratos a su respuesta.
Avenida I~ldorado CAN Bogotá, D. C. - Colombia - Teléfonos: (57+1) 3240800 Fax (57+1) 4287054 http://www.mintransporte.gov.co-E-mai]mintrans@mintransporte.g.ov.co _ quejasyreclamos@mintransporte.g,ov.co Horario de Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Cratuita Nacional 018000112042
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CERTFICADA.
10-09-2012 El Invías suscribió con la Gobernación del Atlántico el Convenio No. 267 de 2011, cuyo objeto es: "Transferencia de recursos al departamento del Atlántico para el pago de las obligaciones que contrajo con ocasión de las obras ejecutadas para tapado de boquetes abiertos por la ruptura del dique - carreteable carretera oriental - villa rosa 10+000 el 30 de noviembre de 2010 y obras complementarias para reparar y reconstruir la infraestructura afectada por la inundación del sur del departamento del atlántico". Se adjunta copia del Convenio. ~ .~
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3 meses
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100%
13.199.976.857
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CON OCASiÓN
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CARRETEABlE
Fuente: Oficina de atención
PARA El PAGO DE LAS
QUE CONTRAJO EJECUTADAS
ROSA
DE 2010.
invias
de las presupuestadas
por el ministerio
se encuentran
pendientes
El Sector Transporte tiene aprobados por el Fondo de Adaptación $98.000 millones, para la atención de los sitios críticos de la Carretera Ponedera - Carreto. Actualmente se trabaja en la revisión de los Términos de referencia para contratar los estudios y diseños del Proyecto. Adicionalmente, el Invías adelanta el proceso licitatorio 036-2012, para el mejoramiento y la rehabilitación de la carretera Sincelejo - Calamar - Barranquilla, sector Carreto - Calamar PR -54 por $17.284.140.437, cuya adjudicación esta prevista para el11 de octubre de 2012. 4.- ¿Qué porcentajes ola invernal?
de la infraestructura
vial de sur del Atlántico se vio afectada por la
De las vías Nacionales que se localizan en el sur del Departamento del Atlántico, la que presentó mayores afectaciones por efectos de la ola invernal, fue la carretera Calamar - Ponedera Sabanagrande - Malambo - Barranquilla, en el sector comprendido entre Carreto y Puerto Giraldo con una longitud de 57,5 km., en donde se presentaron 11 sitios críticos (ver mapa), los cuales serán atendidos con los recursos del convenio suscrito entre el Fondo Adaptación y el Invias.
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Mapa afectaciones
del Sector Carreto - Puerto Giraldo
Pooedera
Fuente: Territorial Atlántico Invias
5.- ¿Qué empresas del sector público y privado de transporte se vieron afectadas y en qué porcentaje de su utilidad por la imposibilidad vial en el sector afectado por el fenómeno invernal?
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Considerando que el transporte de carga ya sea público o privado no está restringido a rutas específicas (origen - destino), cualquier empresa que haya realizado viajes por las rutas que presentaron dai10s como consecuencia de la ola invernal en el sur del Atlántico, se vieron afectadas en cuanto a incremento de los recorridos, mayores tiempos de viaje y costos de operación .. Respecto a las empresas de servicio público de pasajeros que vieron afectadas sus operaciones por imposibilidad vial, las mismas corresponden a las empresas prestadoras del servicio intermunicipal de pasajeros que atienden las rutas que comunica el sur del Departamento del Atlántico con su Capital, dentro de las que se destacan la Cooperativa de Transportadores del Oriente y la Cooperativa de Transportadores de Sabanalarga. De igual manera las empresas como Expreso Brasilia, Copetran, Rápido Ochoa, Unitransco y Torcoroma, entre otras, que prestan el servicio del interior del pais a Barranquilla haciendo tránsito por los municipios del sur del Atlántico. Las alternativas tomadas para garantizar el semClO público fueron hacer sus recorridos por tramos aplicando transbordos y para las rutas que pasan en tránsito, el uso de vías alternas como la Vía La Cordialidad y la Vía al Mar. Adicionalmente, la flota de vehículos fue reubicada para atender las demás rutas. 6.- ¿Qué alternativas viales presenta el ministerio para el transporte de carga que se canalizaba a través de las vías afectadas en el sur del departamento? Para el transporte de carga que se moviliza por la vía Nacional Carreta - Calamar - Ponedera, se disponen de las siguientes rutas alternas, en caso que se presenten eventos que impidan el tránsito por este corredor: • •
Palmar de Varela - Martillo - Cascajal Galapa - Sabanalarga - Manatí - Carreta
7.- ¿Qué porcentaje de recuperación ha obtenido el ministerio al día de hoy de las vías afectadas por el fenómeno invernal? De acuerdo con la información reportada por el Instituto Nacional de Vías y la Agencia Nacional de Infraestructura, se han superado las emergencias registradas en 2.500 km de la Red Vial Nacional, mediante la atención de más de 430 sitios críticos, en los cuales se han intervenido más de 1.000 eventos, como derrumbes, pérdidas de banca, inundaciones y colapsos de estructuras.
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10-09-2012 Se han removido cerca de 2.800.000 m3 de derrumbes y más de 1 millón de excavaciones para reconformación de la banca, siendo los departamentos de Santander, Norte de Santander, Antioquia y Cundinamarca los que más han sido intervenidos. Se han construido 11.500 ml de muros en concreto reforzado y se han instalado 109 metros lineales de puentes provisionales. 01er anexo 1). 8.- ¿Qué incidencia tuvo los daños en la infraestructura vial en los precios del transporte público y privado de pasajeros? Una vez realizado el análisis del transporte de pasajeros en cada uno de los orígenes destinos de mayor demanda, se encontró que las tarifas de transporte público se mantuvieron sin variaciones; sin embargo los impactos generados por deterioros de la infraestructura vial, implicaron en mayores tiempos de viaje y mayores distancias de recorrido, que como consecuencia generan mayores costos de operación que inciden en menores ingresos para las empresas y propietarios de vehiculos. En cuanto al transporte privado de personas, por los mayores recorridos realizados por tener que utilizar vías alternas, los costos también se incrementaron, pero no se tiene cuantificado su valor, por la imposibilidad de obtener los datos del número de viajes que se generaron en el periodo invernal. 9.- ¿Cómo repercutieron los daños viales en el sur del Atlántico en los costos y precios del transporte de carga? Los daños viales que se registraron en el sur del Departamento del Atlántico, en particular lo que respecta a la carretera Nacional Calamar - Ponedera - Sabanagrande - Malambo - Barranquilla, afectaron los costos de operación del transporte de carga debido a mayores tiempos de viaje y al aumento de distancias y peajes en el recorrido, al tener que utilizar vías alternas. 10.-¿Qué vías al día de hoy se encuentran recuperadas o mejoradas en el sur del atlántico? En el sur del Atlántico, la vía del orden Nacional Calamar - Ponedera - Sabanagrande - Malambo - Barranquilla, afectada por la ola invernal en el tramo Ponedera - Carreta, se encuentra operando normalmente. No obstante, actualmente se adelantan los procesos precontractuales para contratar las obras definitivas para reducir la vulnerabilidad de esta carretera, ante los eventos climáticos futuros. 11.- ¿Qué problemas en cuanto a infraestructura vial sigue presentando el sur del departamento del Atlántico y que políticas ha diseñado para corregir esos problemas? ¡\venida ¡.:Idorado C¡\N Bogotá, D. C. - Colombia - Teléfonos:
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En la vía Nacional Ponedera - Carreta, se presenta una alta vulnerabilidad ante los incrementos de las precipitaciones, situación que conllevó al Ministerio a estructurar ante el Fondo Adaptación un proyecto para la construcción de las obras definitivas que den solución a los 11 sitios identificados como de mayor riesgo y que se muestran en el mapa de la pregunta No. 4. En cuanto a las políticas, el Ministerio de Transporte definió como prioridad la de gestión del riesgo, mediante la atención de los sitios de mayor vulnerabilidad de la Red Vial Nacional, teniendo en cuenta parámetros como los volúmenes de tráfico y la existencia o no de rutas alternas. En este sentido, el Ministerio postuló ante el Fondo estructuraciones viales y 2 proyectos férreos que darán 2,540 Km de la red vial Nacional y a más de 1,316 Km de 627 puntos críticos y la construcción de más de 70 puentes
Adaptación 78 proyectos viales, 5 solución a la operatividad de más de la red férrea, con la atención integral a (ver anexo 2).
12.- ¿Tiene el ministerio un plan de contingencia vial frente a futuras situaciones amenacen la infraestructura víal del Atlántico, de ser así explique?
que
Con el realce de la troncal de occidente en el sector Ponedera - Carreto, se evitarán los cierres ocasionados por la ola invernal acompañado de los refuerzos y aseguramiento del canal del dique, obra a cargo del Fondo Adaptación y de Cormagdalena.
Atentamente,
tl-L ¿¿ CECILIA ÁLVAREZ-CORREA Ministra de Transporte
GLEN
IJC:.
Anexo lo anunciado
Proyecte'" Dr. J uon Camilo C; mno ,,<Director I nfraestrueturn.~ . Magoo Buitrago /\sesmo. In frae"ructum. Rcgubción Econ6mica; Dr. Dm." I~crra, Subdirector Tr~l11sp()rrl', Dr. Gcrardn ¡\\"jla Rodrigue/:, Coordinador en Transpone, Tránsito)' Se ldad Vial. I;echa oc cloboración: 04/0 72012 Número de mdicado yue responde: 20123210623612 Tipo de respuesta Total(x) I'areial()
Dra. Tationa Oriucla Vego, Jefe Grupo ln\-cstigación y Desarrollo
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J\venida ]"l,ldorado CAN Bogotá, D. C. - Colombia
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REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VíAS OFICINA DE PREVENCléN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS OBJETO: TRANSFERENCIA DE RECURSOS AL DEPARTAMENTO DEL ~TLÁNTICO PARA El PAGO DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAJO CON OCASION DE LAS OBRAS EJECUTADAS PARA TAPADO DE BOQUETES ABIERTOS POR LA RUPTURA DEL DIQUE - CARRETEABLE CARRETERA ORIENTAL - VILLA ROSA K3+000 EL30 DE NOVIEMBRE DE 2010, Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA REPARAR Y RECONSTRUIR LA INFRAESTRUCTURA AFECTADA POR LA INUNDACION DEL SUR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO.
PARTES:
INSTITUTO NACIONAL DE VIAS
- NIT. 800.215.807-2
DEPARTAMENTO
- NIT. 890.102.006-1
DE ATLANTICO
VALOR: TRECE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y ($13.199.976.857.00) M/CTE.
PLAZO:
NOVECIENTOS SIETE PESOS
TRES (3) MESES.
267 CONVENIO INTERADMINISTRATIVO
No.
DE 2011
Entre los suscritos MARIO EDMUNDO ORTIZ RIVAS. identificado con cédula de ciudadanía No. 10.519.950 expedida en Popayán. en su calidad de Jefe Oficina de Prevención y Atención de Emergencias, nombrado mediante Resolución No. 2301 de 19 de Mayo de 2011. obrando en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE VI AS - INVIAS, Establecimiento Público del Orden Nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, creado por el Decreto 2171 del 30 de diciembre de 1992. y modificada su estructura mediante el Decreto 2056 de 24 de julio de 2003, delegada mediante la Resolución No.01336 de 24 de Marzo de 2011, quien para los efectos de este documento se llamará, EL INSTITUTO por una parte, y por la otra EDUARDO IGNACIO VERANO DE LA ROSA. identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.458.361 expedida en Barranquilfa, actuando en nombre y representación del DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO en su calidad de GOBERNADOR, posesionado el día 1 de Enero de 2008, ante el Presbiterio de la Catedral Metropolitana Maria Reina de Barranquilfa concurre ante testigos y Acto de protocolización No. 02 de enero 02 de 2008 ante el Notario Quinto del Circulo de Barranquilla y debidamente autorizado por la Asamblea Departamental para suscribir convenios y contratos. según ordenanza No. 032 sancionada el 29 de Julio de 2008, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO. quien declara bajo la gravedad del juramento, que se entienue prestado con la firma del presente convenio, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en los articulas 8° de la Ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 18 de la ley 1150 de 2007 y demás normas vigentes, ní en conflictos de intereses, hemos convenido celebrar el presente CONVENIO INTERADMINISTRATIVO, previas las siguientes consideraciones: a) El Presidente de la República con la firma de todos sus Ministros, expidió el Decreto Legislativo No. 4580 el 07 de Diciembre de 2.010, mediante el cual declaró "el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica, por razón de grave calamidad pública", de conformidad con el articulo 215 de la Constitución Política de Colombia. b) Asi mismo el Presidente de la República con la firma de todos sus Ministros, profiere el Decreto No. 4823 del 29 de Diciembre de 2.010, "por medio del cual los Contratistas y Concesionarios del Estado. deberán contribuir solidariamente a la atención C\ de la Emergencia Económica Social y Ecológica. e) En concordancia con los Decretos ~ Legislativos 4702 y 4830 de 2.010, y así como la Resolución No. 01 del 04 de Enero de 2.011, la Junla Directiva del Fondo Nacional de Calamidades, dispuso en su art;culo~
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(t.
267 Quinto: "TrasferenCÍa de recursos a otras entidades. La trasferencia de los recursos a las entidades públicas nacionales, territoriales y privadas a los gastos para la atención de la emergencia. diferentes a los mencionados en el articulo 1°, se hará mediante contratos y convenios suscritos a través de FIDUPREV/SORA S.A. como representante legal del Fondo Nacional de Calamidades. previa solicitud efectuada por el Ordenador del Gasto de la Sub cuenta Colombia Humanitaria y con la autorización de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades, si a ello hubiere lugar por razón de la cuantía". d) Que el Instituto Nacional de Vías - INVIAS y la sociedad fiduciaria LA PREVISORA SA suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 1005-09-027-2011 del 17 de Marzo del 2011, cuyo objeto se hizo consistir en: .OBJETO: Por virtud del presente Convenio el Fondo Nacional de Calamidades, se compromete a transferir por intermedio de la Fiduciaria la Previsora S.A.. recursos al EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INV/AS- con destino al plan de acción presentado a la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades, de acuerdo con las respectivas prioridades y fases proyectadas por el INSTITUTO, denominadas NECESIDADES y FASES DE INTERVENC/ÓW. e) Por virtud del precitado Convenio Interadministrativo. se encuentran disponibles a favor del INSTITUTO Nacional de Vías -INVíAS. recursos por valor de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE ($237.120.000.000,00), en la subcuenta COLOMBIA HUMANITARIA del Fondo Nacional de Calamidades, a fin de que sean invertidos de acuerdo con el objeto del precitado acuerdo de voluntades. f) Los numerales 7.2 y 7.17 del articulo 7 del decreto 2056 de 2003, establecen como funciones del despacho del Director General, las siguientes: '1.2 Llevar la representación legal del Instituto en todos los actos y contratos, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones". 7. 10 Declarar las emergencias que se presenten en la infraestructura a su cargo". 7. 17 Emitir los actos administrativos que se requieran en el desarrollo de la actividad técnica y administrativa del Instituto, de conformidad con las disposiciones vigentes". g) Que el Art. 14 de la ley 489 de 1998, en desarrollo del Art. 211 de la Constitución Nacional, permite la delegación de funciones de los organismos y entidades administrativas del orden nacional a favor de entidades descentralizadas o entidades territoriales. h) Que mediante oficio 000161 del 07 de abril del 2011, radicado Invías 30472 del 12 de abril del 2011, se solicitaron los recursos necesarios para ser invertidos en la ATENCiÓN DE LAS OBRAS DE EMERGENCIA PARA EL TAPONAMIENTO DE BOQUETES EN EL DIQUE - CARRETEABLE CARRETERA ORIENTAL - VILLA ROSA, POR LA RUPTURA QUE HIZO EL CANAL DEL DIQUE EN EL K3+000, y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA REPARAR Y RECONSTRUIR LA INFRAESTRUCTURA AFECTADA POR LA INUNDACION DEL SUR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO. 1) Que como soporte para suscribir el presente convenio existe el Informe Técnico Financiero presentado por la Territorial Atlántico. J) Que la emergencia generada en la ribera oriental del Canal del Dique, se encuentra ubicada en el Departamento de Atlántico y fue debidamente priorizada en el ANEXO 1 del Convenio Interadministrativo No. 100509-027-2011 del 17 de marzo del 2011. K) Que de acuerdo a lo anterior, se hace conveniente y necesario suscribir el presente Convenio Interadministrativo que se especifica a continuación, el cual se rige por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO.- EL INSTITUTO se compromete a realizar la TRANSFERENCIA DE RECURSOS AL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO PARA EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAJO CON OCASiÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS PARA TAPADO DE BOQUETES ABIERTOS POR LA RUPTURA DEL DIQUE - CARRETEABLE CARRETERA ORIENTAL - VILLA ROSA K3+000 EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2010. Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA REPARAR Y RECONSTRUIR LA INFRAESTRUCTURA AFECTADA POR LA INUNDACION DEL SUR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO de acuerdo con las estipulaciones del presente Convenio. CLAUSULA SEGUNDA: VALOR.- Para todos los efectos legales el valor del presente Convenio se establece en la suma de TRECE MIL CIENTO NOVENTA y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($13.199.976.857.00) M/CTE. cLÁUSULA TERCERA: APROPIACiÓN PRESUPUEST AL: El presente convenio se encuentra presupuestalmente respaldado por el Convenio Interadministrativo No. No. 1005-09-0272011 del 17 de marzo del 2011 suscrito entre FIDUPREVISORA S.A. y EL INSTITUTO, y, para respaldar las obligaciones contraídas, FIDUPREVISORA girará a EL DEPARTAMENTO, previa instrucción de EL INSTITUTO, el valor establecido en la CLAUSULA SEGUNDA, con cargo a los recursos del convenio Interadministrativo No. No. 1005-09-027-2011 del 17 de marzo del 2011. CLAUSULA CUARTA: PLAZO.- El plazo Página2de 5
267 del presente Convenio será de Tres (3) meses, a partir de la orden de iniciación que será impartida por el INSTITUTO, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo. señalados en este documento. CLAUSULA QUINTA: GIRO DE LOS RECURSOS.- FIDUPREVISORA girará a EL DEPARTAMENTO. previa instrucción de EL INSTITUTO el valor aportado al presente Convenio, así: Un desembolso correspondiente al Cien por Ciento (100%) del valor aportado al Convenio, previo el cumplimiento de la aprobación de la garantía que debe constituir EL DEPARTAMENTO para garantizar el cumplimiento del objeto del Convenio y el buen manejo y correcta inversión del desembolso, a una cuenta bancaria a nombre de EL DEPARTAMENTO abierta exclusivamente para éste fin. según certificación de la entidad financiera respectiva. PARÁGRAFO PRIMERO: EL DEPARTAMENTO deberá presentar al Ordenador del Gasto del Instituto registrado ante la FIDUPREVISORA la certificación bancaria para el giro de los recursos con la siguiente información: Banco. Número de Cuenta. Sucursal y ciudad. CLAUSULA SEXTA: MANEJO DE LOS RECURSOS.- Para la ejecución y manejo de los recursos del presente Convenio se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. EL DEPARTAMENTO mantendrá los recursos de manera separada e independiente de cualquiera otra clase de dinero que maneje o administre. 2. Los recursos del presente Convenio no podrán ser destinados para ningún fin diferente al establecido en este Convenía y por lo tanto deberá ser estrictamente ejecutados por EL DEPARTAMENTO, en la forma acordada en el mismo, so pena de hacer efectiva la Póliza de Buen Manejo y Correcta Inversión de los Recursos. PARÁGRAFO PRIMERO.RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y EXCEDENTES DEL PROYECTO: Los rendimientos financieros de la cuenta corriente abierta para el manejo de los recursos aportados por EL INSTITUTO, deberán ser reintegrados mensualmente a la Fiduprevisora SA Liquidado el presente convenio dentro del plazo establecido. si existieren saldos en la cuenta correspondiente a los recursos aportados por el INSTITUTO. estos serán reintegrados al FIDUPREVISORA S.A. una vez se haya formalizado el Acta de Recibo Final del Convenio. PARAGRAFO SEGUNDO: Si vencido el plazo estipulado en el presente Convenio y EL DEPARTAMENTO no hubiese invertido los recursos, éste deberá reintegrarlos al FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES - SUBCUENTA COLOMBIA HUMANITARIA por intermedio del Ordenador del Gasto registrado ante la FIDUPREVISORA y se procederá a la liquidación del Convenio Interadministrativo. CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL INSTlTUTO.- El INSTITUTO se obliga a: a) Girar a EL DEPARTAMENTO los recursos para la ejecución del objeto del presente convenio en la forma acordada. b) Ejercer la Gestión Administrativa a través del Director Territorial ATLANTICO o quien éste designe. e) Apoyar a EL DEPARTAMENTO en caso de que lo requiera en la parte Técnica y legal. previa solicitud del mismo. d) Hacer parte del Comité Operativo del Convenio. e) Las demás que se establezcan por el Comité Operativo del Convenio. CLAUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO: - EL DEPARTAMENTO se obliga a: a) En virtud del presente convenio El DEPARTAMENTO se compromete a que si durante la ejecución del proyecto. los desembolsos efectuados por EL INSTITUTO llegaren a generar excedentes de liquidez. sean reintegrados en su totalidad al FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES _ SUBCUENTA COLOMBIA HUMANITARIA, en el mes siguiente a su recaudo. b) Invertir los recursos transferidos. única y exclusivamente en las actividades descritas en el objeto y alcance de este convenio. e) Elaborar las respectivas liquidaciones de los contratos de obra y de interventoría. d) Rendir un informe técnico. financiero y de gestión con sus respectivos soportes al INSTITUTO y al Comité Operativo, mediante el cual se exponga de manera detallada los montos de las inversiones, las actividades ejercidas y las caracteristicas técnicas precisas de las obras ejecutadas. e) Reembolsar incondicionalmente los saldos y excedentes de liquides si los hubiere. de acuerdo con la liquidación final y el informe rendido a El INSTITUTO en concordancia con el literal a) de ésta cláusula. f) Manejar los recursos del proyecto. de manera separada e independiente de cualquier otra clase de dineros que maneje o administre. g) Participar en el Comité Operativo del convenio y firmar sus actas. PARÁGRAFO PRIMERO: El DEPARTAMENTO asume incondicionalmente toda la responsabilidad por la correcta, eficiente y estricta destinación e inversión de loS recursos transferidos. asi como por las cantidades de obra ejecutadas y los presupuestos por él aprobados. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cualquier reclamación judicial o extrajudicial que se lIeg.are a presentar con o~sió~ de la ejecu?iÓn de las obras del objeto contratado o relacionado con las obligaCIones estableCIdas en el presente convenio. será responsabilidad exclusiva de EL DEPARTAMENTO. CLAUSULA NOVENA: INFORMES. EL DEPARTAMENT~
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--7)1Y
Página 3de 5
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,267. presentará a la oficina de Prevención y Atención de Emergencias y a la Dirección Territorial Atlántico un informe técnico, financiero y de gestión en que se relacionen los costos causados en las obras objeto de éste convenio, en el cual se detallen la descripción de las actividades realizadas, los costos unitarios, especificaciones técnicas, los contratos y actas suscritos, el informe de interventoria y d~más documentos que se generaron durante las ejecución de las obras. CLAUSULA DECIMA: VIGILANCIA DEL CONVENIO.- El INSTITUTO supervisará el presente Convenio a través del Director Territorial Atlántico o por quien éste designe, como GESTOR de Convenio, designación que será comunicada a el DEPARTAMENTO, a su vez la OFICINA DE PR~VENCIÓN y ATENCiÓN DE EMERGENCIAS designará un GESTOR de Proyecto. PARAGRAFO: En caso de presentarse controversias entre el GESTOR de Proyecto y El DEPARTAMENTO, éstas serán dirimidas por el Jefe de la Oficina de Prev~nción y Atención de Emergencias de El INSTITUTO cuya decisión será definitiva. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA.- COMITÉ OPERATIVO DE SEGUIMIENTO CONTRACTUAL.- Para el control del objeto del Convenio, se conformará el Comité de Seguimiento Contractual integrado por el GESTOR del Convenio por parte de EL INSTITUTO Y un funcionario que designe El DEPARTAMENTO. quienes verificarán el cumplimiento de la inversión y demás actividades del presente Convenio. El Comité se reunirá mensualmente y de manera alterna en la Dirección Territorial Atlántico y en la dependencia de EL DEPARTAMENTO Y tendrá las siguientes funciones: a) Aprobar el cronograma de actividades que desarrollará EL DEPARTAMENTO. b) Supervisar y controlar las actividades que desarrollará El DEPARTAMENTO. e) Evaluar periódicamente el cronograma de actividades y efectuar los ajustes que considere indispensables. d) Solicitar cuando lo considere necesario. informes a EL DEPARTAMENTO Y a los contratistas, sobre le ejecución del Convenio y de los contratos. PARÁGRAFO: EL INSTITUTO no suscribirá en un futuro, contratos con El DEPARTAMENTO si no se cumpliere con las obligaciones estipuladas en el presente Convenio. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CESiÓN Y SUBCONTRATOS.- El DEPARTAMENTO no podrá ceder los derechos y obligaciones emanados del presente Convenio. sin el consentimiento previo y expreso de EL INSTITUTO. pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la cesión. El INSTITUTO no adquirirá relación alguna contractual con los contratistas que contrate EL DEPARTAMENTO Y la responsabilidad que estos ejecuten seguirá a cargo de EL DEPARTAMENTO, siendo el único responsable ante EL INSTITUTO por el cumplimiento de las obligaciones del presente Convenio. CLAUSULA DECIMA TERCERA: DISPOSICIONES LABORAlES.- EL DEPARTAMENTO se obliga a exigir al contratista y al Interventor el cumplimiento de todas las normas legales vigentes en especial las leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y 828 del 2003, así como la 797 de 2003. En ningún caso el INSTITUTO responderá por obligaciones laborales provenientes de la ejecución del presente Convenio, ni de los contratos suscritos por El DEPARTAMENTO. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: GARANTlA ÚNICA.- A). EL DEPARTAMENTO se compromete a constituir a favor del INSTITUTO dentro de los diez (10) días siguientes a la firma del presente convenio, la garantia única de cumplimiento de las obligaciones contractuales con los siguientes amparos: a) Buen manejo y correcta inversión de los recursos girados por el Instituto Nacional de Vias: Por una cuantia equivalente al 100% del valor total aportado por la entidad y su vigencia se extenderá hasta la liquidación del convenio. b) Cumplimiento: Por una cuantia equivalente al 20% del valor total del convenio y una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. PARÁGRAFO PRIMERO: En las pólizas correspondientes a los literales a) y b) el Asegurado y/o bene~ciario será el INSTITUTO, las cuales serán aprobadas por El INSTITUTO. PARAGRAFO SEGUNDO: INDEMNIDAD: EL DEPARTAMENTO mantendrá indemne al INSTITUTO de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del Ente Territorial, sus contratistas, subcontratistas y dependientes. PARAGRAFO TERCERO: El valor de la garantía que debe constituir El DEPARTAMENTO será pagado por este, el cual será reembolsado con cargo a los recursos del desembolso efectuado por EL INSTITUTO. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: MODIFICACION, ADICION y PRORROGA,- El presente Convenio podrá ser adicionado o prorrogado. previo acuerdo de las partes, de conformidad con las normas legales. CLAUSULA DECIMA SEXTA: TERMINACION y lIQUIDACION.El presente convenio se terminará en los siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado para la ejecución, salvo que por voluntad de las partes decidan prorrogarlo. 2) Por acuerdo bilateral. 3) Por cumplimiento del objeto contractual. 4) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. En estos eventos se deberá suscribir acta donde conste tal Págína4de 5
267
••
hecho. Una vez terminado el convenio se procederá a su liquidación de conformidad con los Artículos 60 de la Ley 80 de 1993, 11 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas vigentes. procedimiento que se llevará a cabo dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de terminación del convenio por cualquier causa. Dentro de este término se entenderá incluido un plazo de cuatro (4) meses para la liquidación de común acuerdo y de dos (2) meses adicionales para la liquidación unilateral cuando sea del caso. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: PERFECCIONAMIENTO y EJECUCION.- El presente Convenio se perfecciona con la suscripción por las partes. Para su ejecución se requiere la aprobación de la Garantía Única constituida por El D TAMENTO. Para constancia se firma en Bogotá D. C. a los POR EL INSTITUTO:
26 HAY 2011
Jefe oficin
POR EL DEPARTAMENTO:
~ ~UARDO IGNACIO VERANO DE LA ROSA ~ GOBERNADOR DE ATLANTICO
[J
Proyectó: Didier Mauricio Zuluaga Rojas - Asesor Jurídico OfICinadé Prev~nciónyAtención de Emergenci~:JrL. ~'Rev..is6: Rodolfo Martinez Quintero - A~.~s r JtUrid.iCO Oficina de Prevención y "tención de Emergencias. , , Vo. 80. JeféOficina Asesora Jurídica.~ . . Vo. 80. 109.Luis Cruz Farak -Ingeniero Oficina de Prevención y Atención de EmergenCi~
:M'!:'r~it;i.;~> ,~ ~,~~~'~~_
...
Anexo. 1 - Avance Físico Atención de afectaciones
Fenómeno de la Niña 2010 - 2011
Sector Transporte
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(!JlIlz.J3EWRmJ ANTIOQUIA
6202. EL TIGRE - MEDELLíN. El Tigre - Dabeiba. PR 38 -PR 58, PR 79
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5
15
11.250
11.250
300
O
O
4S
S40
11
30
39.340
23.400
600
1.080
DERRUMBE
2
6
1.800
1.800
180
O O
90
Invías
O O
18
216
Invías
DERRUMBE
7
21
22.050
22.050
240
O
O
63
7S6
3
9
10.500
4.050
120
O
O
27
324
2
6
1.800
1.800
180
O
O
18
216
1
3
4.500
450
180
O
O
9
108
1
O
O
O
O
O
1
10
6.928
ANTIOQUIA
Cisneros-Puerto
ANTIOQUIA
Chigorodó
ANTIOQUIA
La Pintada - Bolombolo
Invías
Berrio
~~•...
20-dic-11
I~
---DERRUMBE
PR 81 Y PR 104-PR 108 Barbosa-Cisneros-Puerto
- Dabeiba, Ruta 62 - PR.5 70+300-106+000
~
Invías
lnvías
ANTIOQUIA
Berrio
~r~
~ ~
Fecha de Corte.
DERRUMBE
ANTIOQUIA
LA MANSA - BOllVAR
lnvías
---DERRUMBE ---DERRUMBE
ANTIOQUIA
T2509 - LA PINTADA - MEDELlIN
lnvías
DERRUMBE
ANTIOQUIA
Necocli- Arboletes (Puente sobre el [io Mulatos)
Invías
ANTIOQUIA
La Mansa.
lnvías
DERRUMBE
7
101
60.052
6.800
286
O
O
32
30.771
ANTIOQUIA
Oabeiba . Santafe de Antioquia
¡nvías
DERRUMBE
6
15
91.734
11.250
120
O
O
45
540
ANTIOQUIA
Bolombolo
Invías
DERRUMBE
2
3
152.710
450
120
O
O
9
ATLANTlCO
CALAMAR - PALMAR DE VARELA
lnvías
PERDIDA DE BANCA
4.000
450
420
ARAUCA
La lejia-Saravena
Invías
BOllVAR
Variante Gambote-Mamonal
Invías
DERRUMBE ---DERRUMBE
BOllVAR
Variante-Cartagena
Invías
BOllVAR
La Bodega - Mompox (Puente el Limon y Boquete Caño Grande)
BOYACA BOYACA
Primavera
- Santafé de Antioquia
108 108
3
150
41.688
46.910
214
O
O
24
5.482
----
5
15
11.250
11.250
120
540
1
3
4.200
450
60
O O
45
DERRUMBE
O O
9
108
Invías
DERRUMBE
2
O
O
O
51
2
11
1.838
Belen - Samaca
Invías
DERRUMBE
1
O
47.549
O
o
O
O
O
O
Pajarito -Soga maso
Invías
DERRUMBE
1
O
2.690
O
O
O
O
O
O
CALDAS
Manizales
Invías
PERDIDA DE BANCA
10
30
45.000
45.000
540
O
O
90
1.080
CALDAS
Fresno - Honda
Invías
DERRUMBE
1
o
O
11.958
106
O
O
8
16.10S
- Fresno
CALDAS
Puente
lnvías
DERRUMBE
5
46
280
10.352
353
O
O
28
5.877
CALDAS
CERRITOS - CAUYA
Invías
DERRUMBE
1
O
8.665
O
O
O
O
O
O
CALDAS
Quiebra de Velez - Irra
Invías
DERRUMBE
1
O
17.777
O
O
O
O
O
O
CALDAS
Tres Puertas -La Estrella
Invías
CALDAS
(auya - La Pintada
Invías
la libertad
- Fresno
Suaza - Florencia
Invías
CAUCA
La Plata - Guadualejo
lnvías
---DERRUMBE ---DERRUMBE ---DERRUMBE ---DERRUMBE
lnvías
PERDIDA DE BANCA
8
24
28.800
28.800
360
O
O
72
864
lnvías
DERRUMBE
3
9
4.050
4.050
120
O
O
27
324
20.207
O
O
O
O
O
O
4.500
450
180
O
O O O O O O O
9
108
9
108
CAQUETA
1
O
24.444
O
O
O
O
O
O
10
114
16.876
13.758
289
O
O
58
8.823
1
O
4.495
O
O
O
O
O
O
5
15
11.250
11.250
100
O
O
4S
540
CAUCA
Gabriel
CAUCA
Atención
CAUCA
Mojarras-Papayan
lnvías
PERDIDA DE BANCA
1
CHOCO
MEDELLíN - QUIBDÓ
lnvías
DERRUMBE
1
O 3
5ANTACECIlIA
Invías
DERRUMBE
1
3
4.800
450
60
O
lnvías
DERRUMBE
1
3
4.200
450
120
O
4.000
206.212
330
O
CHOCO
López - Inzá Sector Crítico Patico
- PUEBLO RICO
CORDOBA
El Viajano
CORDOBA
Lodea . Chinú
Invías
DERRUMBE
27
CORDOBA
Loriea . Coveñas
lnvías
DERRUMBE
88
54 51
22.050
24.077
344
O
CORDOBA
Montería
lnvías
DERRUMBE
3
9
4.050
4.050
240
O
lnvías
DERRUMBE
9
4.050
4.050
120
O
9
4.050
4.050
180
12
7.200
7.200
120
. San Marcos
- Pto Rey - Arboletes
9
108
30
4.036
80
7.457
27
324 324
O
27 27
O
36
432
CUNDINAMARCA
BOGOTA-CHOACHI-
CUNDINAMARCA
CAPARRAPI - LA AGUADA,
lnvías
DERRUMBE
3 3
CUNDINAMARCA
PATIOS -. GUASCA
Invías
DERRUMBE
4
CUNDINAMARCA
YACOPI - LA PALMA,
Invías
DERRUMBE
5
15
11.250
11.250
180
O O O
O
45
540
CUNDINAMARCA
HONDA - VI LLETA,
lnvías
PERDIDA DE BANCA
7
132
180.000
57.384
119
O
O
78
24.113
In vías
DERRUMBE
1
108
lnvías
DERRUMBE
lnvías
DERRUM8E
MAGDALENA MAGDALENA
PTE REAL.
PLATO - PUEBLO NUEVO SANTA MARTA - RIO PALOMINO,
DEPARTAMENTO DE
3
3.800
450
60
O
O
9
21
22.050
22.050
120
O
O
63
756
8
24
28.800
28.800
120
O
72
864
O
36
432
O
36
432
MADGDALENA,
PUENTE LA MOJADA
MAGDALENA
RIO ARIGUANIO
y DE CIENAGA, PUENTE OASIS 1
SANTANDER
RIO ARIGUANIO y DE ClENAGA,
Invías
DERRUMBE
4
12
7.200
7.200
180
O O
SANTANDER
Rionegro
Invías
DERRUMBE
4
12
7.200
7.200
240
O
- San Alberto
324
CONSOLIDADO
INVIAS
\!lM1.tlMIDi@ SANTANDER
Agua Clara - Ocaña
SANTANDER
Barbosa- Velez-Landazuri-Puerto
SANTANDER SANTANDER
~ ~
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Invías
DERRUMBE
7
Invías
DERRUMBE
8
Curos-Málaga
Invías
DERRUMBE
La Palmera-Presidente
Invías
DERRUMBE
SANTANDER
Bucaramanga-Pamplona
In vías
DERRUMBE
1
70
2.511
13.511
204
O
O
18
14.979
SANTANDER
Bucaramanga - San Alberto
Invías
DERRUMBE
7
93
9.7B1
26.000
325
O
O
40
12.112
SANTANDER
Barrancabermeja
lnvías
PERDIDA DE BANCA
1
O
10.616
O
O
O
O
O
O
SANTANDER
Araujo
- La Uzama
21
22.050
22.050
120
O
O
63
756
74
6.112
8.713
300
O
O
30
2.362
9
124
585.566
5.550
178
O
O
25
1.630
2
102
O
10.239
144
O
O
29
10.535
La fortuna Lebrija
Invías
PERDIDA DE BANCA
S
72
10.615
12.532
154
O
O
21
37.382
Sincelejo - Toluviejo (Puente sobre el arroyo Pechelin)
Invías
DERRUMBE
1
O
O
O
O
57
1
33
11.691
NORTE DE SANTANDER
Rionegro - San Alberto
Invías
DERRUMBE
4
12
7.200
7.200
60
O
O
36
432
NORTE DE SANTANDER
Ocaña - Alto el Pozo - Sardinata
Invías
DERRUMBE
2
6
1.800
1.800
120
O
O
18
216
NORTE DE SANTANDER
Ocaña - Convencion
Invías
DERRUMBE
6
18
16.200
16.200
180
O
O
54
648
NORTE DE SANTANDER
Aguaclara - Ocaña
Invías
DERRUMBE
2
6
5.700
1.800
180
O
O
18
216
NORTE DE SANTANDER
Anillo Vial Oriental de Cúcuta
lnvías
DERRUMBE
2
6
1.800
1.800
60
O
O
18
216
SUCRE
NORTE DE SANTANDER
CERRITOS - CAUYA
[nvías
PERDIDA DE BANCA
2
6
3.800
1.800
360
O
O
18
216
NORTE DE SANTANDER
Ocaña-$ardinata
[nvías
DERRUMBE
2
59
131.597
2.650
140
O
O
16
4.608
NORTE DE SANTANDER
Sardinata-Cucuta
[nvías
PERDIDA DE BANCA
4
72
6.069
4.500
427
O
O
35
31.586
NORTE DE SANTANDER
Cucuta-Puerto
Santander
[nvías
PERDIDA DE BANCA
11
83
121.800
45.050
415
O
O
107
17.161
VALLE
Buenaventura
- Buga.
DERRUMBE
2
6
7.800
1.800
60
O
O
18
216
1.392
20.355
164
O
O
24
20.506 6.259
QUINDIO
Armenia - Ibague
[nvías
DERRUMBE
3
80
NARIÑO
Cebadal - San dona • Pasto
In vías
DERRUMBE
3
91
5.158
2.040
115
O
O
13
NARIÑO
Junin . Pedregal
In vías
DERRUMBE
1
O
49.261
O
O
O
O
O
O
NARIÑO
Cano. Mojarras
lnvías
DERRUMBE
37
124
106.575
22.279
130
O
O
17
7.307
4
20
137.000
7.000
4
50
95.000
5.000
4
70
160.000
14
70
3.445
1
34
68.651
SANTANDER
Zona Metropolitana
SANTANDER
de Bucaramanga
Ani
Zipaquira - Palenque
CUNDINAMARCA
Ani
Bogota - Vi lleta
NORTE DE SANTANDER
Área Metropolitana
Ani de Cucuta.Sector Cucuta~Pamplona
Desarrollo Vial del Oriente deMedellin-K6
ANTIOQUIA
falla por saturacion Ani
acceso a Medellin Desarrollo Vial del Oriente deMedellin.K6
ANTIOQUIA
falla por saturadon
DERRUMBE Y PERDIDA DE BANCA
Cordoba - Sucre-Cruz del Viso Puerta del Hierro
Ani
PERDIDA DE BANCA
4
111
Malla Vial del (auca-Media
Ani
DERRUMBE
3
48
Ani
INUNDAClON
1
11
Ani
DERRUMBE
1
18
70.000
Ani
INUNDACION
1
26
36.276
VALLE
Malla Vial del Cauca- Yumbo . Cencar Armenia.
Canoa.Lobo Guerrero
Peretra- Manizales-Viaducto
la estampilla ZONA
INESTABLE
-
PERDIDA DE BANCA
1
VALLE
. . ...
DERRUMBE DERRUMBE y
PERDIDA DE BANCA
SUCRE
BOLlVAR
DERRUMBE y PERDIDA DE BANCA
Ani
acceso a Medellin
RISARALDA
Anj
DERRUMBE y PERDIDA DE BANCA
Ruta caribe-Realce calzada inundación Arroyo de piedra
-
,m¡¡
45
1
50 75
23.058
50
SO
29.000
,~
20
95.300
1
50
103.188
70 70 70 36.276
"
I
ma'i1
mm
_.
1
(ii
,
30
;:¡,¡¡m
:
rroBIE
Fuente: Invias - ANI
CONSOLIDADO
INVIAS
Anexo 2 Grandes Proyectos - Fondo Adaptación
Tolima - Quindio
~
~
~ Cajamarca
• .
-
38.800
- Calarcá - La Cabaña (La Línea)
PR20+150 PR29+300 PR3+400 PR3+500 PR3+650
Santander
113+0300 --
138.000
Los Curos - Málaga Puente El Roble
29+0390 Puente Son Luis 45+0600 Puente Lisgouro 51+0213 Puente Primero (Listará) 53+0570 Puente Segundo ( limites) 61+049 87+0862 Puente El Canelo 94+0250 Puente Chimpoto
--
--
95+0360 Puente El Tope -~-
PR 08+300 PR 09+ 700
---
PR 10+400 PR 12+400
-_.-
---
PR 103+000 PR 110+000 PR 14+500 PR 15+000 PR 18+300 PR 18+800 PR 26+000 PR 28+000 PR 29+700 PR 31+000 PR 32+700 PR 34+500 PR 35+300 PR 35+500 PR 36+800 PR 41+100 PR 44+000 PR 44+200 PR 47+000 PR 47+200
--
PR 52+500 PR 56+000 PR 61+000 PR 61+500 PR 77+000 PR 80+000 PR 82+000 PR 83+000
e-----
Caldas
PR 85+000 PR 87+500 PR 95+000 PR 97+000
Construcción Viaducto libertad
Mesones en la vía Puente La
- Fresno
60.000
60+700 A 62+200
Bolívar
Construcción Puente Yatí
147.000
Cundinamarca
Construcción Túnel Villeta - Honda
350.000
Nacional
Programa Nacional de Puentes
150.000
total
883.800
Anexo 2
Sitios Críticos Invias - Fondo Adaptación ~ l!OO11m(MíI:C~i(!)
Gmm!)(ffifiml')t:.) \!10if.i.lli La Mansa - Primavera
Antioquia
El Tigre - Santa Fé La Pintada - Medellín La Pintada - Peñalisa
Atlantico
Ponedera - Carreto Duitama - la Palmera Barbosa - Tunja
Boyacá
Dos y medio - Otanche - Chiquinquirá Belen - Sácama Tunja - Páez
Caldas Casanare - Arauca
Pte la libertad - Fresno Cauya - la Pintada El secreto - Agua Clara Sácama - La Cabuya; La Cabuya - Saravena Popayán - Patico - Paletará Rosas - La Sierra - La Vega - San Sebastian - Santiago Popayán - Totoro - Inza - Guadualejo
Cauca
La Lupa - Santiago Inza -Turmina - Santa Teresa - Pedregal- Juntas Santander de Quilichao - río Desbaratado Piendamó - Silvia - Totoró
Chocó Cordoba
Mumbu - Las Animas Nuqui - La Ye (Animas) Santa Lucía - Moñitos - San Bernardo del Viento - Lorica Pasto - Buesaco - Mojarras y Variante de Daza
Nariño
Cano - Mojarras Tuquerres - Samaniego Sardinata - Cúcuta Alto El Pozo - Sardinata
Norte de Santander
Ocaña - Ato del Pozo Cúcuta - Puerto Santander Pamplona - Presidente Anillo Vial Oriental de Cucuta
Risaralda
Anserma nuevo - La Virginia
Totallnvias
~€llh1lWkfifif 95 219 72 42 57.52 7 63.12 96 0.5 0.5 67.85 109 13.99 131.08 92 80.4 1 110 42.88 47.25 41.72 20 10.5 85.19 55 89.14 44 2.5 58.4 69 1 70 1 19 1,854
~ ~ 13 21 31 10 11 7 5 3 1 1 103 38 2 6 21 17 1 38 19 2 11 3 1 32 5 26 17 3 11 16 1 12 1 1 490
~
.. 17.714 53.030 3.985 5.221 98.000 12.931 4.213 21.800 22.000 10.550 65.024 57.386 1.000 13.300 6.797 16.987 8.250 7.260 2.753 1.947 1.972 12.000 3.815 6.220 5.049 5.048 1.168 6.570 34.020 17.000 7.000 7.026 900 8.604 546.540
Sitios Críticos ANI - Fondo Adaptación C3m.€l
íñmm>@Dml
~1íIIé110'.!l Antioquia
Autopista Medellín - Bogotá
Bolívar
Bodega - Mompos
Bolívar
ln!b~
•
~ ~
136,6
30
$ 56.693
25
1
$ 37.450
Construcción Puente Gambote
-
1
$ 110.000
Boyaca
Sisga - Guateque - El Secreto
46
3
$ 2.577
Cundinamarca
Bogota (Puente El Cortijo)-Siberia-La PuntaEl Vino-La Vega-Vi lleta
3,88
5
$ 60.000
Cundinamarca
Variante Teletón
1,02
1
$ 10.595
Huila
Neiva - Girardot
0,7
1
$ 5.608
Meta
Pipiral- Villavicencio
13,7
11
$ 47.129
Risaralda - Quindío Caldas
Armenia - Pereira - Manizales
1,4
2
$ 50.450
228,3
55
$ 380.502
~._ Total
..
Anexo 2
PROYECTOS FÉRREOS - FONDO ADAPTACiÓN millones de ~
lBrn€l
~~
Boyacá - Cesa rCundinamarca
- Santander
Valle del Cauca
. .
Dorada - Chiriguaná y Bogota Belencito Buenaventura Zaragoza Total
- Zaragoza y
La Felisa
I
~
~~
~
~mD!
I
~
818
58
$ 12.703
$ 29.000
$ 41.703
498
25
$ 5.741
$ 16.000
$ 21.741
1316
83
$18.444
$ 45.000
$ 63.444
S
ESTRUCTURACIONES APROBADAS A LA ANI- FONDO ADAPTACiÓN
~oo ~~~
~ Santander
- Antioquia
Cundinamarca
- Tolima -
~ ~
Barrancabermeja
1:If(a.J&l!~ @!ljllm'~@'rl@ 11
I
~
@W~I~
- Remedios
Villeta - Honda - Manizales
$ 22.300
$ 13.000
$ 35.300
$ 5.000
$ 5.000
$ 10.000
$ 10.000
$ 5.000
$ 15.000
$ 37.300
$ 23.000
$ 60.300
Caldas Cundinamarca Santander
- Boyaca -
Bogotá - Cúcuta
- Cucuta
Cúcuta - Ocaña - Aguaclara Norte de Santander
Astilleros
- Tibú - La Mata
Cúcuta - Puerto Santander Pto. Gaitán - Pto. Araujo Casanare - Santander-
Monterrey
Meta - Boyacá
- Tunja -
Chiauinauira
-
Pto Boyacá
Total'
Suma de REO Cuenta de PR'S
Rótulos de fila Antioquia El Tigre - Santa Fé de Antioquia La Mansa- Primavera La Pintada - Bolombolo La Pintada - Medellín Atlántico Ponedera - Carreto Boyacá Barbosa - Tunja Belén - Sácama Dos y Medio - Otanche - Chiquinquirá Duitama - La Palmera Tunja - Páez Caldas Cauyá - La Pintada Puente La libertad
- Fresno
Casanare El Secreto - Aguadara Sácama - La Cabuya - Saravena Cauca Inzá - Pedregal-Juntas La Lupa - Bolívar - Santiago Piendamó - Silvia - Totoró Popayán - Patico - Paletará Popayán - Totoró - Inzá - La Plata Rosas - La Sierra - La Vega - San Sebastián Santander de Quilichao - Río Desbaratado Chocó Las Animas - Mumbú Nuquí - Las Animas (La Y) Córdoba Santa Lucía - Moñitos - San Bernardo del ViE Nariño Cano - Mojarras Pasto - Buesaco - Mojarras - Variante de Da Túquerres - Samaniego Norte de Santander Alto El Pozo - Sardinata Anillo Vial Oriental de Cúcuta Cúcuta - Puerto Santander Ocaña - Alto El Pozo Presidente - Pamplona Sardinata - Cúcuta Risaralda Ansermanuevo Total ~eneral
- La Virginia
79950 53030 17714 5221 3985 98000 98000 71494 4213 22000 21800 12931 10550 122410 57386 65024 14300 1000 13300 45966 2753 7260 1972 6797 8250 16987 1947 15815 12000 3815 6220 6220 11265 5048 5049 1168 72516 34020 900 7000 17000 7026 6570 8604 8604 546540
77 22 12 11 32 10 10 16 5 1 3 6 1 141 38 103 7 2 5 87 13 42 11 7 1 11 2 4 3 1 5 5 24 2 5 17 20 3 1 1 1 12 2 1 1 392