Rta MinAgricultura Vivienda Urbana

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Bogotá D.C.

Doctora DELCY HOYOS ABAD Secretaria General Comisión Quinta de Senado Congreso de la República La ciudad

Asunto: Respuestas al Cuestionario de la Proposición No. 046 de 2012 Rad. 20123130122082

Respetada doctora Delcy: Reciba un cordial saludo, adjunto envío las respuestas del cuestionario de la proposición 046 de 2012 suscrita por el Honorable Senador Manuel Guillermo Mora Jaramillo, recibida en este Ministerio el día 19 de abrirl de 2012.

Cordialmente,

JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural AHM

Anexo lo anunciado

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RESPUESTAS AL CUESTIONARIO DEL HONORABLE SENADOR MANUEL GUILLERMO MORA 1. ¿Cómo ha sido la política y el desarrollo de vivienda rural y los subsidios rurales de vivienda? La política de vivienda de interés social rural, está dirigida a facilitar la provisión de una solución de vivienda a los hogares más pobres del campo, que carecen de la misma, o que la posean y se encuentra en condiciones precarias. Opera mediante el otorgamiento de un subsidio en dinero o en especie, a habitantes en zona rural, que pertenezcan a los niveles 1 y 2 del SISBEN (por debajo del punto de corte 37.8 de la nueva versión SISBEN III). La población étnica y afrocolombiana, tiene un trato diferencial positivo en sus postulaciones al subsidio. En correspondencia con el alto nivel de pobreza en el campo, el déficit habitacional rural es alarmante, al tener en cuenta que la magnitud de éste es semejante al del área urbana (alrededor de 2 millones de unidades), a pesar de que la población rural es solo 24% del total nacional. De acuerdo con la Encuesta de Calidad de Vida 2008 del DANE, el déficit rural alcanza los 2.2 millones de viviendas. La encuesta encuentra que de los hogares con déficit, el 17.2% es cuantitativo y el 82.8% es cualitativo. La experiencia de la Gerencia de Vivienda del Banco Agrario, entidad que actúa como operadora del programa, ha acumulado elementos de juicio para creer que el déficit cuantitativo es mayor, por la frecuencia de la precariedad de los materiales, y la ausencia de otros elementos básicos en la vivienda como la sismoresistencia. Los elementos orientadores de la política de vivienda rural, se encuentran en las leyes 49 de 1990, 3ª, de 1991 y 388 de 1997, y la reglamentación de estas normas está consignada en el vigente Decreto 1160 de 2.010. Este decreto va a ser reemplazado, por otro que introduce mecanismos y mejoras que le imprimen eficiencia y transparencia a su ejecución, buscando la entrega efectiva de soluciones dignas y según cronogramas establecidos, a la población beneficiaria. El presente gobierno además de fortalecer el sistema de subsidio, amplió el presupuesto para la ejecución de la política, para lo cual se ha contado con el apoyo del Congreso de la República. Se pasó de un presupuesto de 53 mil millones en el 2010 a 153 y 168 mil millones en los años 2011 y 2012. Con estos montos se recobraron los niveles de recursos en pesos constantes de mejores épocas del programa, lo que todavía es insuficiente frente a la magnitud del déficit anotado. 2. ¿Cuál es la política de reconstrucción de Vivienda de Interés Social Rural para la población campesina? ¿Cómo ha sido el convenio con el

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia Banco Agrario? ¿De qué forma el campesinado colombiano puede acceder a estos? El año 2011 se requirió atender la emergencia invernal del fenómeno de la niña del 2010-2011, que golpeó fuertemente al sector rural, y en particular a las viviendas rurales. En consecuencia, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinó que los recursos apropiados por el presupuesto nacional para el programa regular por medio de convocatoria, se reorientara en dos terceras partes (2/3) a atender de manera directa a las áreas rurales de los municipios con mayores afectaciones. En el 2011 fueron asignados a proyectos todos los recursos que recibió el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para atender a afectaciones de vivienda de población rural. En 70 municipios localizados en 12 departamentos, se asignaron subsidios para construcción de vivienda nueva a 8.506 hogares. Adicionalmente, en la convocatoria ordinaria se recibieron postulaciones para atender situaciones de emergencia, habiéndose aprobado subsidio para 705 hogares en 10 municipios de 5 departamentos. Para la asignación de estos recursos no fue necesario un convenio entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Banco Agrario, pues las normas vigentes eran suficientes para el traslado de recursos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con la asignación especificada (Resolución 120 y 230 del 2011). Para operar más eficientemente sí fue necesario hacer uso de las normas de excepción dictadas por el gobierno nacional para atender la emergencia invernal. Estas se aplicaron en la contratación de entidades jurídicas, con trayectoria en cada territorio en programas sociales de vivienda, quienes en representación del Banco Agrario ejercen la función de gerencia integral de los proyectos (formulación y construcción de las soluciones). La importante responsabilidad de focalización de los municipios a atender y de las familias a beneficiar, y también del seguimiento a los proyectos, corre por parte de las entidades territoriales departamentales y municipales. La experiencia del Banco Agrario en este tipo de proyectos, su amplia red en los municipios del país, y su destreza para generar confianza y reabrir el mercado asegurador al cubrimiento de los riesgos de estos proyectos, son hechos positivos que aportaron al avance y sostenibilidad del programa de VIS que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural le ha dado en administración. El acceso de los campesinos a los beneficios del programa, se da de manera principal con la interacción de estos con las autoridades locales, quienes registran a los afectados, organizan a las familias a atender, y prestan su colaboración para la ejecución de los proyectos. Adicionalmente, en las audiencias públicas en cada territorio (Acuerdos Para la Prosperidad), hay espacio para mesas sobre vivienda, en las que ha habido contacto directo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con las comunidades y/o sus representantes. Finalmente, el Banco Agrario tiene un mecanismo permanente, en sus oficinas locales, regionales y nacionales, y en

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia medios de comunicación abierto como el internet, para atender las inquietudes personales o colectivas, para acceder a los beneficios del programa (www.bancoagrario.gov.co). 3. ¿Cómo se ha articulado la política de vivienda con desarrollo rural? La política del desarrollo rural es integral, en tanto beneficia a la población campesina integrando los instrumentos dirigidos a la reactivación y recuperación del campo colombiano. La convocatoria anual para el subsidio familiar de VISR, de tiempo atrás destina una bolsa de recursos para atender hogares campesinos que hacen parte de programas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural orientados a mejorar los ingresos, capacidades productivas y calidad de vida. Estos programas son: Cadenas Productivas; Desarrollo Rural; Manejo Ambiental; Atención a población en situación de desplazamiento; Atención de Reincorporados y Atención de Población Declarada en Situación de Desastre Natural o Situación de Calamidad Pública. A partir del presente año, se adiciona el programa de restitución de tierras a víctimas del conflicto interno. También, se profundiza la atención integral, al calificar como estratégicos proyectos que van a ser atendidos por varias agencias de manera articulada en diferentes frentes. En estos casos especiales, se cumplirán todos los requisitos de una adecuada formulación de los proyectos, y se atenderán sin el paso por la convocatoria. 4. ¿Qué proyectos existen para la población desplazada y para atender los hogares afectados por la ola invernal? En el año 2011, la atención de los afectados por la ola invernal absorbió el mayor volumen de los recursos del programa. La asignación de recursos fue de $124.713 millones. El número de las familias atendidas por departamentos:

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Departamento

Hogares

Antioquia Bolívar Caldas Cauca Cesar Cundinamarca La Guajira Norte de Santander Risaralda Santander Sucre Valle

522 2.971 294 452 884 399 87 250 99 419 1.364 349

Valle

417 8.506

SUBTOTALES

Fuente: Banco Agrario de Colombia En el año 2011 los recursos con destinación específica para atender la población desplazada, fueron asignados en su totalidad a proyectos que participaron en la convocatoria (799 hogares) y a las asignaciones a hogares (1270) que al mismo tiempo presentaban la circunstancia de corresponder a desplazamiento y afectado por la ola invernal1. En total se asignaron subsidios a 2.298 hogares, en los siguientes departamentos.

Departamento

Convocatoria Ola Invernal 2011 MADR Hogares

ANTIOQUIA BOLIVAR CAUCA Cesar GUAJIRA NARIÑO NTE SANTANDER SANTANDER SUCRE Valle Totales

Total

Hogares 53 312 39

580 390

154 100 25 46 70 799

300 229 1.270

53 892 39 390 154 100 25 46 370 229 2.298

Fuente: Banco Agrario de Colombia Desplazados Debemos hacer la precisión que estos programas solo son para atención a población desplazada y su ejecución no está en cabeza del ministerio. 1

Estos hogares hacen parte de la tabla anterior de población desplazada.

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a. Línea de Crédito Los créditos FINAGRO se clasifican en capital de trabajo, inversión y de normalización de cartera. Los montos de financiación, los plazos y las tasas de interés dependen del ciclo de los productos. La línea de Capital de Trabajo abarca la financiación de:  Producción agrícola: Comprende financiación de los costos directos para sostenimiento de cultivos de ciclo corto (período vegetativo menor o igual a 24 meses), tales como, cultivos de ciclo corto, hortalizas y producción de material vegetal.  Sostenimiento de la producción agropecuaria: Cubre la financiación de los costos directos para el sostenimiento de especies vegetales de mediano y tardío rendimiento (período vegetativo superior a 24 meses desde la siembra hasta la primera cosecha). Así mismo comprende los costos directos asociados a la nutrición, asistencia técnica y control sanitario de especies pecuarias, acuícolas y de zoocría.  Transformación primaria y comercialización de bienes de origen agropecuario: Se financian los costos de adquisición de bienes agropecuarios acuícolas y de pesca de origen nacional y los correspondientes a su distribución o venta (cartera). También se financian los anticipos que estas empresas otorguen a sus productores, bajo contratos de compraventa y la comercialización de ganados en ferias, subastas o ganado para sacrificio.  Servicios de pago a la producción agropecuaria: Incluye la financiación de los costos operativos, de mantenimiento de inventarios de productos terminados y los correspondientes a la distribución y venta de insumos utilizados en la actividad agropecuaria, acuícola y de pesca.  Actividades rurales: Financiación del capital de trabajo requerido para desarrollar actividades como artesanías, transformación de metales y piedras preciosas, turismo rural y minería. En la línea de inversión se financian proyectos de mediano y largo plazo. El plazo máximo de gracia está determinado por el flujo de caja del proyecto. La normalización de cartera reúne las diferentes alternativas que pueden utilizar los beneficiarios de créditos otorgados en condiciones FINAGRO, como reestructuración, refinanciación o consolidación de pasivos, a fin de garantizar al intermediario financiero el pago oportuno de sus obligaciones b. Programa de Restitución de Tierras ¿Qué es la restitución y a qué da derecho?

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia La restitución es uno de los componentes de la reparación integral de las víctimas, mediante la cual se busca recuperar el derecho que tenían las personas sobre un predio rural, afectado por el despojo o abandono forzado en el marco del conflicto armado interno. Este proceso da derecho al restablecimiento formal de la propiedad y a la posesión que había sido alterada y concluye con la devolución física del predio. Si se reúnen los requisitos, el Juez o Magistrado podrá ordenar la titulación de baldíos o declarar la pertenencia, según el caso. En caso de no ser posible la restitución, habrá lugar a la compensación. ¿Quién puede reclamar la restitución? Las víctimas de despojo o abandono forzoso de sus tierras en el marco del conflicto armado interno a partir de 1991 y Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural puede ser reclamada por quienes tenían un título de propiedad registrado ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, los poseedores de predios de propiedad privada que aún no son propietarios de pleno derecho y los ocupantes de baldíos adjudicables de la Nación. Para integrantes de grupos étnicos, el Gobierno Nacional tendrá 6 meses para expedir un decreto que consigne una política pública diferencial, surtido el procedimiento de consulta previa. ¿Cuáles son las nuevas instituciones para la restitución? 1. Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. Encargada de reunir las pruebas de abandono o despojo forzado, tramitar los procesos de restitución en nombre de los despojados, pagar las compensaciones que se ordenen, formular programas de alivios de pasivos de los predios restituidos y administrar el fondo de la Unidad. 2. Jueces Civiles del Circuito y Salas Civiles de Tribunales Superiores de Distrito Judicial Especializadas en Restitución de Tierras. ¿Desde cuándo se puede pedir la restitución? De manera inmediata el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de los equipos regionales del Proyecto de Protección de Tierras y Patrimonio que opera en diferentes ciudades del país, atenderá y orientará a las víctimas e iniciará la documentación de casos para lo cual recepcionará la documentación allegada. Sin embargo, teniendo en cuenta que el registro de tierras es un instrumento esencial para adelantar el proceso de restitución, hasta tanto no entre en funcionamiento el sistema de información en que se soporta a través de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución y no comenzarán a correr los términos previstos en la ley para el registro. ¿Cuáles son los pasos para acceder a la restitución? 1. Realizar la solicitud de inscripción del predio despojado o abandonado en el Registro de Tierras ante la Unidad Especial de Restitución.

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia 2. La Unidad en un término de 60 días, prorrogable, decidirá sobre la inclusión del predio en el registro. 3. Presentación de la solicitud de restitución directamente o a través de la Unidad, ante el Juez del lugar donde esté ubicado el bien solicitado. 4. El Juez admitirá la solicitud si reúne los requisitos y tramitará el proceso judicial. 5. Si aparecen dentro del proceso personas que se oponen a la solicitud de restitución, el Juez tramitará el proceso hasta antes del fallo y lo remitirá al Magistrado del Tribunal para dictar sentencia. 6. El Juez o Tribunal, según corresponda, dictará sentencia judicial dentro de los 4 meses siguientes a la presentación de la solicitud. 7. Cuando el fallo esté en firme, dentro de los tres días siguientes se entregará materialmente el predio al restituido. 8. Si hay terceros en el predio el juez o magistrado realizará la diligencia de desalojo en un término de 5 días. 9. Si la sentencia dictada por el Juez no decreta la restitución a favor del despojado será objeto de consulta ante el Tribunal Superior de Distrito Judicial Sala Civil. 10. La sentencia podrá ser objeto del recurso de revisión. ¿Cuánto demora el proceso de restitución? La Unidad Especial de Restitución tiene 60 días para decidir sobre la inclusión del caso en el Registro de Tierras Despojadas, que podrán ampliarse a 30 días más. El Juez o Magistrado dictará el fallo dentro de los 4 meses siguientes a la solicitud de restitución de tierras. ¿Cómo operan las compensaciones? Operan cuando es imposible la restitución, porque el inmueble implica un riesgo en la vida o integridad de los restituidos, por riesgo de desastre natural, porque hubo despojos sucesivo y fue restituido a otra víctima, o por destrucción irrecuperable. La compensación podrá hacerse con otra bien de similar condición al despojado, o en dinero. ¿Qué son los contratos para el uso del predio restituido? Cuando en el predio restituido existan proyectos agroindustriales que estén siendo productivos, el Magistrado autorizará la celebración de contratos entre la víctima restituida y el opositor que logre demostrar su buena fe exenta de culpa, con el fin de preservar la productividad del predio. Los contratos establecerán retribuciones económicas adecuadas a favor de la víctima restituida sobre la base del reconocimiento del derecho de dominio del restituido y que el opositor haya probado su buena fe exenta de culpa en el proceso. Si el opositor no demuestra su buena fe exenta de culpa, la utilidad de la actividad productiva se destinará para programas de reparación colectiva a víctimas. ¿Cómo proteger la vida de los reclamantes de restitución de tierras?

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia El Ministerio de Defensa Nacional ha implementado el Centro Integrado de Inteligencia para la Restitución de Tierras con el objeto de analizar y neutralizar las amenazas que pueden afectar el proceso de restitución, tanto para los reclamantes como para los funcionarios. Bajo la coordinación del Ministerio de Interior y de Justicia se viene adelantado el programa de protección individual con el objeto de salvaguardar las vidas de las personas que se encuentren amenazadas. ¿Qué consecuencias tiene hacerse pasar por víctima? La ley estableció una sanción penal de 8 a 12 años de prisión, para las personas que de manera fraudulenta se hagan inscribir como víctimas en el registro de tierras y para quienes empleen documentación falsa en el proceso. Igual sanción tendrán los funcionarios que apoyen el registro fraudulento, y las personas que se opongan dentro del proceso de restitución mediante medios o pruebas falsas. c. Subsidio Integral de Tierras ¿A cuánto asciende el subsidio y cómo se otorga? El subsidio integral es equivalente al valor de una Unidad Agrícola Familiar -UAF y puede aplicar para pagar el valor del predio y parte del costo del proyecto productivo a implementar, y/o los gastos de escrituración y registro de la compraventa del predio. El subsidio se otorga a través de convocatoria pública a quienes presenten proyectos productivos, incluyendo la adquisición del predio agroproductivo. ¿Dónde obtener mayor información sobre las convocatorias de tierras? En la oficina central y en las regionales del Incoder o en la página web www.incoder.gov.co. Distritos de Riego Distritos de riego afectados por la ola invernal en el País, tema competencia de la Dirección de Desarrollo Rural: Con ocasión del fenómeno de “la niña 2010 – 2011” el sector agropecuario se vio gravemente afectado. Al efecto, en el mes de enero de 2011 se presentó el Plan de Inversiones para la atención del sector agropecuario, en virtud del cual se firma el Convenio Interadministrativo 1005-09-018-2011 entre el Fondo Nacional de Calamidades –Subcuenta Colombia humanitaria-Fiduprevisora S.A. y el MADR. El Plan de inversiones para atender el sector Agropecuario, previó, entre otros aspectos, la atención de la infraestructura de riego y drenaje, en dos etapas:

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia En una primera etapa de intervención inmediata, se está ejecutando mediante el Convenio Interadministrativo MADR-INCODER 20110063, una serie de obras prioritarias en los Distritos de pequeña, mediana y gran escala y la reactivación del sector acuicola y pesquero; y una segunda Etapa, para Rehabilitación de Distritos de Riego y Drenaje en Mediana y Gran Escala – Etapa II denominada de Intervención de Consolidación atendida mediante el contrato interadministrativo MADR – INCODER 20110193. Esta segunda etapa, se deriva de la necesidad de la consolidación de las obras de intervención inicial y con el fin de reactivar las actividades económicas derivadas de la explotación y producción agropecuaria, en condiciones adecuadas de 162.020 hectáreas para el beneficio de más de 20.901 familias. Actividades Convenio Interadministrativo MADR-INCODER 20110063. Se firmó convenio por un valor de $12.285 millones de los cuales $7.285 millones se destinaron a la rehabilitación parcial de 6 distritos de mediana y gran escala más afectados por la Ola Invernal con beneficio para 10.383 familias, ejecutando obras mediante los contratos indicados en el cuadro 1 y $5.000 millones para le reactivación del sector acuícola y pesquero. Ante la necesidad de atender distritos de pequeña irrigación, se adiciono el convenio en $3.610 millones de pesos con el objeto de adelantar la contratación por parte del Incoder de las obras e interventorías para la rehabilitación de 12 distritos de riego de pequeña escala para beneficiar 1.231 familias, cuyos procesos se indican en el cuadro 2. El plazo de ejecución de éste convenio se ha extendido hasta el 30 de junio de 2012. Cuadro N. 1 Distritos de mediana y gran escala intervenidos.

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DISTRITO

OBJETIVOS PROPUESTOS

Valor ($)

INFORMES DE AVANCE Y DE FINALIZACION

Manatí

Rehabilitar algunas de las vías afectadas por la ola invernal 2010-2011, con el fin de mejorar las condiciones de transitabilidad del Distrito

497.697.507

Avance 94%

Suministrar equipos de bombeo móviles con el fin de evacuar aguas de drenaje en las zonas Chicamocha bajas que son suceptibles de inundación por efectos de la ola invernal

645.370.640

Equipos entregados

Aracataca

Rehabilitar algunas de las vías afectadas por la ola invernal 2010-2011, con el fin de mejorar las condiciones de transitabilidad del Distrito

1.860.659.621

Obra finalizada

Río Frío

Rehabilitar algunas de las vías afectadas por la ola invernal 2010-2011, con el fin de mejorar las condiciones de transitabilidad del Distrito

1.634.974.759

Obra finalizada

Tucurinca

Rehabilitar algunas de las vías afectadas por la ola invernal 2010-2011, con el fin de mejorar las condiciones de transitabilidad del Distrito

2.218.604.536

Obra finalizada

Zulia

Rehabilitar algunas de las vías afectadas por la ola invernal 2010-2011, con el fin de mejorar las condiciones de transitabilidad del Distrito

198.405.944

Obra finalizada

Cuadro N. 2. Distritos de pequeña escala en proceso de intervención.

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DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

DISTRITO DE RIEGO

VALOR ASIGNADO ($)

San Mateo

Guayabal

107.766.538

BOYACÁ TOTAL BOYACÁ

107.766.538

Fómeque

Porvenir

272.589.518

Ubaque

Disriego

275.000.000

CUNDINAMARCA

TOTAL CUNDINAMARCA

GUAJIRA

Barrancas

Cabrera

175.194.636

El Molino

El Molino

273.131.800

Riohacha

Tabaco Rubio

601.352.345

TOTAL GUAJIRA

NARIÑO

1.049.678.781

El Peñol

San Francisco

744.965.163

Ipiales

San Juan

180.000.000

Guaitarilla

Alex-San Alejandro

555.761.766

TOTAL NARIÑO

NORTE DE SANTANDER

547.589.518

1.480.726.929

Chinácota

Venudites

175.238.234

Chitagá

Hato Viejo Llano Grande

151.000.000

Labateca

Cherela

98.000.000

TOTAL NORTE DE SANTANDER

TOTAL

424.238.234

3.610.000.000

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Contrato Interadministrativo MADR – INCODER 20110193. Se firmó un nuevo convenio para adelantar la etapa II de intervención de consolidación, con el objeto de adelantar la Rehabilitación de 15 distritos de riego y drenaje para el beneficio de más de 20.901 familias por un valor de $120.436.000.000 y el plazo máximo de ejecución a 30 de diciembre de 2012. Cuadro N. 3. Proyectos de mediana y gran escala a intervenir.

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No.

1

DEPARTAM ENTO

DISTRITO DE RIEGO

Manatí y Candelaria

Manatí

Repelón

Repelón

8.000.000.000

Santa Lucía, Suán

Santa Lucía

6.000.000.000

BOLÍVAR

María La Baja

24.000.000.000

María La Baja

TOTAL BOLÍVAR

3

4

BOYACÁ

CÓRDOBA

Duitam a, Firavitoba, Nobs a, Tibas os a, Paipa, Sogam os o TOTAL BOYACÁ

MAGDALENA

Chicam ocha

7.000.000.000 La Doctrina

5.000.000.000

Montería, Cereté, Ciénaga de Oro

Mocarí

6.000.000.000 11.000.000.000

Aracataca

Aracataca

Zona Bananera y Ciénaga

Río Frío

8.000.000.000

Zona Bananera

Tucurinca

8.000.000.000

Zulia y Cúcuta

Zulia

Abrego

Abrego

PUTUMAYO

Sibundoy, Santiago, Colón y San Francis co

Sibundoy

SANTANDER

Sabana de Torres

VALLE

Roldanillo, La Unión y Toro

Lebrija

15.000.000.000

5.000.000.000

6.500.000.000

6.500.000.000

RUT

TOTAL VALLE

TOTAL INVERSION DISTRITOS DE MEDIANA Y GRAN ESCALA SEGUIMIENTO Y MONITOREO

4.000.000.000

5.000.000.000

TOTAL SANTANDER

9

11.000.000.000

NORTE DE SANTANDER

TOTAL PUTUMAYO

8

10.000.000.000

26.000.000.000

TOTAL NORTE DE SANTANDER

7

7.000.000.000

Lorica, San Bernardo del Viento

TOTAL M AGDALENA

6

5.500.000.000

5.500.000.000

TOTAL CÓRDOBA

5

10.000.000.000

ATLANTICO

TOTAL ATLÁNTICO

2

V ALOR ASIGNADO ($)

M UNICIPIO

20.000.000.000

20.000.000.000

120.000.000.000 436.000.000

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia 5. ¿Cómo vienen adelantando los programas de legalización de predios y baldíos el Gobierno Nacional? Para lograr la legalización de predios, el Gobierno Nacional ha formulado una política de formalización de propiedad. La formalización de la propiedad de tierras y territorios para la población campesina y étnica, se lleva a cabo mediante la titulación de predios baldíos a campesinos, la constitución, ampliación o saneamiento de resguardos indígenas, la titulación colectiva a comunidades étnicas, la formalización de tierras del Fondo Nacional Agrario, y la formalización de tierras de pequeña propiedad privada campesina. Para cumplir todo este plan de formalización el Ministerio está creando una Unidad Coordinadora de Formalización directamente en el Ministerio de Agricultura, quien liderará los procesos de coordinación interinstitucional y apoyará a los poseedores para saneamiento de la falsa tradición e informalidad cuando el predio ya es de propiedad privada. Por su parte el Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural (INCODER) tiene responsabilidad institucional en todos los mencionados mecanismos de formalización, salvo lo relacionado con los predios de propiedad privada, respecto a los cuales, únicamente le compete la clarificación para definir si un predio es de propiedad privada o por defecto es considerado baldío de la Nación. Los resultados en materia de formalización de la propiedad que se han logrado a través de acciones ejecutadas por el INCODER en el transcurso de la administración del Gobierno Santos, desde Agosto de 2010 a febrero de 2012 son:    

Titulación de baldíos a campesinos: 568.355 hectáreas, beneficiando a 18.749 familias. Formalización de parcelas del Fondo Nacional Agrario: 9.929 hectáreas, beneficiando a 755 familias. Constitución, ampliación o saneamiento de resguardos indígenas: 186.841 hectáreas, que beneficiaron a 10.173 familias indígenas que hacen parte de los resguardos. Titulación colectiva a comunidades negras: 80.401 hectáreas, que beneficiaron a 3.098 familias negras que pertenecen a las comunidades.

Todos los anteriores conceptos, en suma ascienden a 845.526 hectáreas formalizadas a favor de 32.755 familias, durante el periodo comprendido entre agosto de 2010 y febrero de 2012. Hay que aclarar que lo anterior no incluye lo relativo a tierras adquiridas mediante la modalidad del subsidio integral de tierras, por cuanto ese concepto no constituye formalización de propiedad, sino adquisición de tierras.

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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia Desde la formulación del Plan de Formalización se han tomado las precauciones necesarias para evitar que se estén formalizando situaciones de eventual restitución de tierras. Para ello, en la priorización de casos a intervenir se establece un diálogo permanente con la Unidad para la Restitución de Tierras creada por la Ley 1448 de 2011, y se establecen los cruces de información con el Registro Único de Protección de Tierras y Territorios abandonados- RUPTA.

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