Resolución Aprobación del PAC 2019 - Consejo

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. CORDICOM-P-2019-

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GALO CEVALLOS MANCHENO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CONSIDERANDO: Que, la letra 1) del número 7 del artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: "Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho ( ... ) "; Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución "; Que, el artículo 288 de la Constitución de la República del Ecuador, expresamente determina: "Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria y en las micro, pequeñas y medianas unidades productivas' Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 100 de 14 de octubre de 2013, la Asamblea Nacional expidió la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; Que, el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece que: "Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado. El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince 1

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(15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPUBLICAS ( ... )' Que, la Ley Orgánica de Comunicación fue promulgada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 22 de 25 de junio de 2013; y, en su artículo 47 crea el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, como un cuerpo colegiado con personalidad jurídica, autonomía funcional, administrativa y financiera, cuyo presidente o presidenta ejercerá la representación legal, judicial y extrajudicial de esta entidad; Que, el artículo 48 de la Ley Orgánica de Comunicación dispone que: "El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación estará integrado de la siguiente manera: 1. Un representante de la Función Ejecutiva, quien lo presidirá (...)" Que, mediante Decreto Ejecutivo 1700 de 30 de abril del 2009, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 588 del 12 de mayo del 2009; el Presidente Constitucional de la República expidió el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que determina la manera como las instituciones que integran el sector público ecuatoriano deben realizar sus contrataciones acorde a la Constitución de la República y a la Ley de la materia; Que, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública: "Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contrataciones (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad con el artículo 22 de la Ley(. . Que, mediante Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016, el Servicio Nacional de Contratación Pública - SERCOP, resolvió expedir la Codificación y actualización de las resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, la misma que en su artículo 6, numeral 1, señala: "(...) De los Módulos Facilitadores.- Los Módulos Facilitadores de la Contratación Pública se utilizarán de la siguiente manera: 1. Módulo Facilitador PA C. - Es un aplicativo informático para el desarrollo del Plan Anual de Contratación - PA C, que permite que las entidades contratantes ingresen y publiquen la planificación de la contratación de los bienes, obras y/o servicios, incluidos los de consultoría, que se requerirán durante el ejercicio fiscal (...)"


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Que, mediante Resolución Administrativa No. CORDICOM-P-2018-051 de 03 de agosto del 2018, la Máxima Autoridad Institucional resolvió aprobar la versión 2.0 del "Manual del Proceso de Gestión del Plan Anual de Contratación"; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 557 de 08 de noviembre de 2018, el Presidente de la República designó al señor Galo Cevallos Mancheno como su representante ante el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación; por lo tanto de acuerdo a los artículos 47 y48 de la Ley Orgánica de Comunicación es la Máxima Autoridad del mismo. Que, mediante Resolución Administrativa No. CORDICOM-P-2019-001 de 08 de enero de 2019, el señor Galo Cevallos Mancheno, Presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, resolvió aprobar la Programación Anual a la Planificación PAP - 2019 institucional; Que, mediante Memorando No. CORDICOM-DAD-2019-0035-M de 14 de enero de 2019, el arquitecto Rómulo Reyes, Director Administrativo, remite a la ingeniera Sara Andrade, Coordinadora Administradora Financiera, como anexo, el Plan Anual de Contratación del CORDICOM, para el periodo fiscal 2019, el mismo que contiene la información consolidada sobre ¡as necesidades del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, a ser incluidas en el PAC 2019; Que, mediante Memorando No. CORDICOM-CAF-2019-0010-1VI de 14 de enero de 2019, la ingeniera Sara Andrade, Coordinadora Administradora Financiera solicita a la Coordinación de Asesoría Jurídica, se proceda a la elaboración de la Resolución de aprobación del PAC 2019, y adjuntó la matriz del Plan Anual de Contratación 2019 elaborada por la ingeniera Eliana Miño, Especialista de Compras Públicas; revisada por el arquitecto Rómulo Reyes, Director Administrativo; y, aprobada por la ingeniera Sara Andrade, Coordinadora Administradora Financiera; y, Que, mediante Memorando No. CORDICOM-CAJ-2019-0013-1VI de 15 de enero de 2019, el Coordinador de Asesoría Jurídica manifiesta a la Máxima Autoridad del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación que: .)Revisada la documentación remitida; por cuanto la Programación Anual de Planificación PAP para el ejercicio 2019 fue aprobada por la Máxima Autoridad, la Dirección Administrativa ha consolidado la información sobre las necesidades de las unidades administrativas de la Institución; y, se ha dado cumplimiento con el

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Manual del proceso del Plan Anual de Contratación, esta Coordinación no encuentra óbice legal para su aprobación. (...)" En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Contratación PAC 2019, conforme a lo determinado en la Matriz consolidada y aprobada por la ingeniera Sara Andrade, Coordinadora Administradora Financiera, que se anexa al Memorando No. CORDICOM-CAF-2019-0010-M de 14 de enero de 2019. Se adjunta la Matriz del Plan Anual de Contratación PAC 2019, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer a la Dirección Administrativa, la publicación inmediata de este instrumento legal, en el portal institucional del SERCOP www.compraspublicas.qob.ec, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP, en concordancia con la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016; y, en la página web del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación. La presente Resolución entrarán-viencia a partir de la fecha de su suscripción. Dada y firmada en Quito, Djítrito MØopolit9'7a los

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ENE 2019

GA, ALLOSMANCHENO PRESIDENTE DEL c'ONEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Aprobado por: Revisado por: Elaborado por:

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Mgs. Gastón Velásquez Villamar Coordinador de Asesoría Jurídica. Abg. Darlo Clavijo Director de Asesoría Jurídica_(E) Abg. Verónica Vaca C. Analista de Asesoría Jurídica 2


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