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Depósitos Bancarios

• Fuente principal de recursos externos de los establecimientos de crédito.

• Estos depósitos no deben confundirse con los depósitos comerciales y civiles. Tiene sus propias particularidades.

ü Depósitos regulares: La entidad financiera no adquiere la propiedad de los bienes que recibe en deposito, sino se obliga conservarlos y devolver los mismos y por lo tanto su recepción no implica una disponibilidad para la institución financiera. Típico depósito que recae sobre cuerpos ciertos. (ej. Almacenes Generales de Depósito).

ü Depósitos irregulares: la entidad financiera adquiere la propiedad de los bienes que recibe y puede disponer de ellos. Su obligación es devolver una cantidad equivalente (bienes fungibles).

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