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CONTRATO CUENTA CORRIENTE CHEQUE EL CHEQUE
Naturaleza Jurídica de la Autorización para Librarlo; la posibilidad de librar un cheque, constituye la facultad propia del cuentacorrentista que se deriva de la existencia de una contrato de cuenta corriente bancaria. Este contrato puede ser expreso o tácito.
Circulación del Cheque; Aún siendo un título valor a la vista, que su función principal es la de pagar obligaciones dinerarias de forma expedita, también posee las cualidades de circulación de cualquier título valor similar.
Protesto; Es la diligencia por parte del tenedor del título, en la cual se deja constancia sobre el no pago del cheque. Esta conducta se materializa en un sello que se imprime en el cheque, expedido por el banco.