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CONTRATO DE DEPÓSITO EN CUENTA CORRIENTE
No Pago De Cheques
Hay casos en los cuales el banco está obligado a NO pagar. Por ejemplo en la existencia de una orden de no pago, quiebra o concurso del librador y presentación extemporánea del cheque.
• Orden de no pago: la existencia en poder del banco una orden de abstenerse de pagar emitida válidamente por el titular de la cuenta tiene el establecimiento que proceder en consecuencia y por lo tanto se encuentra obligado a no pagar. Si el banco a pesar de haber recibido en tiempo la orden de no pago procede a hacerlo pagará mal y no tendrá derecho a debitar la cuenta corriente de su cliente por el valor del cheque.
• La orden de no pago puede provenir también de una autoridad judicial que guardadas las ritualidades previstas por la ley mande al banco a abstenerse de pagar un determinado instrumento. (cancelación de un cheque por decisión judicial, o en casos de que un juez lo ordene en una investigación penal)