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NUESTROS LECTORES SFP determina fallas en examen de confianza en el CNI

SFP DETERMINA FALLAS EN APLICACIÓN DE EXAMEN DE CONFÍAN EN EL CNI

Señor Miguel Badillo la situación en el CNI en la haberla solicitado, pero contra mi persona y en Director de la revista Presidencia de la Repúbli- sí quien la denunció, el mi desempeño profesional Contralínea ca, en el área de ':i\tención OIC-CNI me notificó su me obligó a renunciar por Ciudad de México Ciudadana" no siendo ya resolución: efectivamente petición de mis superiores a servidor público, especial- hubo anomalías y faltas a mi encargo público. Hoy se Presente mente, la urgencia de un la normatividad vigente aprecia con toda claridad el Permítame brevemente proyecto de trasformación del organismo para erradien materia de realización de Examen de Control de error, la ilegalidad y la injushacer un poco de memo- car inercias, viejas influen- Confianza, al no haberme ta decisión tomada. ria antes entrar al asunto cias y estructurarlo acorde practicado completa la ba- No puedo dar a conocer que me lleva a escribirle a las nuevas tendencias en tería de exámenes como era el documento original por por segunda ocasión: en el país y en el sector de la su responsabilidad del área restricciones normativas y el número de la revista seguridad y la inteligencia. correspondiente del CNI, lo de secrecía; he relatado aquí Contra línea fechada el 9 de Se derivó de ello una soli- cual cuestiona el fondo de la su contenido y cito solaagosto de 2020 apareció citud de la propia oficina evaluación practicada: con mente los generales del caso una nota firmada por usted mencionada (Atención una evaluación incompleta y el contenido sustantivo estableciendo la idea de Ciudadana) a la Secretaría no puede ser válido nor- de la investigación y resoluque cuatro funcionarios del de la Función Pública, para mativamente el resultado ción, y en virtud de que fue Centro Nacional de lnteli- que se investigaran algunos gencia (CNI) habíamos sido de los hechos comentados despedidos y sometidos a en mi carta que podrían ser de la misma. Procediendo, en consecuencia, la aplicación de la Ley Federal de la revista que usted dirige la que dio a conocer el caso, le un proceso de investigación constitutivos de violaciones Responsabilidades de los solicito atentamente se sirva por posibles "filtraciones a la normatividad vigente Servidores Públicos a quien publicar esta nueva carta de información". Rechacé (21 de agosto de 2020) que- o quienes incurrieron en la a manera de "epílogo" de totalmente la afirmación dando integrada la solicitud falta a dicha normatividad, aquella historia que inicial-

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y precisé que el motivo de en el "Sistema Integral de a pesar de considerarse una mente usted contó en una nuestra salida era un tema Denuncias Ciudadanas" falta "no grave", ya que el primera versión, para ilusrelacionado con el Examen (SIDEC). La SFP canali- responsable "omitió cum- tración de sus lectores que de Control de Confianza zó la solicitud al Órgano plir con las funciones que seguramente la recuerdan, que habíamos realizado 16 Interno de Control-CNI tenía encomendadas, toda con lo cual cierro complemeses atrás de la fecha de y éste último abrió el ex- vez que no ciñó su actua- tamente el caso que me nuestra renuncia. Agregué pediente respectivo ( 1 O de ción a las disposiciones de involucró. mi inconformidad con di- septiembre de 2020, folio orden jurídico que regulan cho modelo de evaluación 126393/2021/DGDI). La el ejercicio de sus funciones, . . investigación se realizó. incumpliendo así el princi-para mgreso y permanencia 26 de agosto de 2021 Le saludo cordialmente, porque en mi caso particu- Después de 1 O me- pio de legalidad". Doctor Jorge Retana lar me sentí muy incómodo ses (5 de julio de 2021, Evidentemente el OIC Yarto y presionado, mal evaluado mediante oficio O I C / no se pronunció en materia

[Exdirector de la y hasta tendenciosamente AQ.!143/2021), habiendo laboral, no es su objeto de Escuela de Inteligencia tratado. quedado personalmente responsabilidad, pero dicha para la Seguridad Nacional, Presenté un conjunto de como actor de la inves- "omisión" o "violación a dependiente del Centro puntos de vista respecto de tigación no obstante no la norma legal" realizado Nacional de Inteligencia]

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