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Nación 8. ContraRéplica. Jueves 23 de julio de 2020.

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Ofrecen 2 recompensas por datos que ayuden a encontrar a Dylan POR MARTHA BAUTISTA martha.bautista@contrareplica.mx

L

a Fiscalía General del Estado de Chiapas ofreció este miércoles dos recompensas de hasta 300 mil pesos; una a quien aporte datos que ayuden a encontrar a Dylan Esau Gómez Pérez, tzotzil de dos años ocho meses que fue sustraído del mercado municipal de San Cristóbal de las Casas, el pasado 30 de junio, y otra, por el mismo monto, para quien ofrezca datos certeros que permitan encontrar a Ofelia “N”, la mujer que presuntamente lo secuestró. El fiscal, Jorge Luis Llaven Abarca informó que a través de algunos videos de cámaras de seguridad que se encuentran en la zona en donde desapareció el menor, han podido determinar que en los hechos podrían estar involucradas tres personas, dos menores de edad, de sexo femenino y masculino, y una mujer adulta a quien se le identificó con el nombre de Ofelia “N”. El funcionario del estado informó que dos hermanas de Ofelia “N” ya fueron detenidas por el delito de trata de menores, una de ellas fue arrestada el pasado martes y se encontraba acompañada de 23

LAS HERMANAS DE OFELIA “N”, identificada como la mujer que presuntamente se llevó al menor, fueron detenidas por trata de menores

Juana Pérez (centro), ayer, en la Cámara de Diputados. Cuartoscuro menores, quienes eran obligados a salir a las calles a vender productos y regresar con un monto mínimo de dinero para que tuvieran derecho a alimentos y a dormir en la casa. Durante la conferencia mañanera, el presidente Andrés Manuel López Obra-

dor, dijo tener información de la desaparición de Dylan y aseguró que ya se está actuando, la Fiscalía del estado tiene abierta una investigación y el pasado martes tuvo comunicación con el gobernador de aquella entidad, Rutilio Escandón, para abordar el tema.

Agregó que Leticia Ramírez, titular de Atención Ciudadana de Presidencia va a informar a Juana Pérez, madre de Dylan, para proporcionarle la información que poseen sobre el caso y sus avances. Por segundo día consecutivo, la señora Juanita se manifestó a las afueras de Palacio Nacional y pidió entrar a la conferencia de prensa para solicitar de viva voz la intervención del presidente para dar con el paradero del niño. “Vengo aquí a buscar una plática con el licenciado Andrés Manuel López Obrador, a pedirle el apoyo para ayudarme a buscar a mi hijo”, dijo entre lágrimas la madre de Dylan, quien vestía una playera con el rostro de Dylan. “Quiero encontrarme con mi niño, porque un hijo es para mí todo. Yo necesito que esté aquí conmigo (…) Tres semanas de seguir buscando, de que la Fiscalía está trabajando, pero todavía no tengo noticias de mi niño”, dijo mientras mostraba una lona en la que pide ayuda al Ejecutivo federal para encontrar a su hijo. Dylan Esaú es el hijo menor de ella, quien se dedica a vender frutas y verduras en el mercado municipal de San Cristóbal de las Casas; lo describe como un niño de buen tamaño, gordito, muy sonriente, tiene el cabello lacio y tranquilo.

Consenso para el INE

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Cuál es la naturaleza jurídica de la designación? Es un acto administrativo de órgano legislativo —Pleno Cámara de Diputados—, a partir de criterios de oportunidad política, que para su validez debe satisfacer los requisitos constitucionales y legales previstos. Tiene dos modalidades: i. Reglada parcial, relativa al procedimiento que la Constitución prevé, y cuya finalidad es garantizar la validez jurídica desde el plano formal. En esta vertiente el procedimiento es indisponible, inclusive, para el Pleno y cualquiera de sus órganos; ii. Discrecional y soberana, que se ejerce por la Junta de Coordinación Política —Jucopo— en un primer momento, y el Pleno en uno posterior. La Constitución se inclina por una designación con dos escenarios: i. Uno que privilegia el nombramiento por consenso político de las fuerzas representadas en la Cámara de Diputados —primero en Jucopo y luego en Pleno—; y, ii. Otro que preserva la integración adecuada del INE, pues de no lograrse el consenso la desig-

JOSÉ FRANCISCO CASTELLANOS ARTICULO INVITADO

nación se realiza mediante insaculación, con lo cual el nombramiento deja de ser discrecional y se vuelve reglado. ¿Qué órganos intervienen y cuáles son los alcances de sus actuaciones? Interviene el CTE —Comité Técnico de Evaluación— que no es un órgano constitucional de pleno derecho, aunque esté previsto en la Constitución. Del proceso de reforma constitucional al artículo 41 —2014— advierto que la causa eficiente del Poder Reformador para crear al CTE fue establecer un órgano neutral que fijara métodos objetivos y rigurosos para evaluar a las personas que aspiran a las consejerías del INE, coadyuvando a que las designaciones sean con apego a los principios de

imparcialidad, objetividad, certeza, legalidad y máxima publicidad. El CTE es un órgano técnico y coadyuvante que tiene una participación relevante en el proceso de designación, pues: i. Propone los criterios y la metodología para evaluar, con los que verifica la elegibilidad e idoneidad técnica de aspirantes; ii. Desarrolla las etapas de evaluación, y obtiene las calificaciones; y, iii. Forma las listas con las personas que cumplen los requisitos y las propone a la Jucopo. En el escenario de la designación por acuerdo político, las propuestas del CTE no son vinculantes para la Jucopo ni para el Pleno, puesto que su papel es de órgano coadyuvante, pero no decisor. Así, las listas elaboradas por el CTE únicamente vinculan a la Jucopo a recibirlas, evaluarlas e iniciar la construcción de consensos para determinar si es viable alcanzar las propuestas específicas y enviarlas al Pleno para que éste vote las designaciones. Por otra parte, encontramos a la Jucopo que cumple un papel relevante en la toma de acuerdos para la designación. Su intervención

puede dar lugar a 2 escenarios: i. Después de analizados los perfiles, determinar que basado en una falta de idoneidad política no hay acuerdo para realizar las propuestas al Pleno, y regresar las listas para que el CTE elabore unas nuevas; y ii. Que sí se alcance la construcción de acuerdos políticos y la Junta proponga al Pleno a las personas para la designación. Finalmente, el Pleno de la Cámara, que es el órgano facultado para designar —con votación calificada— de manera discrecional y soberana. Si el Pleno no alcanza los acuerdos para la votación, entonces el escenario de designación por consenso político se diluye y la facultad se vuelve reglada, por lo que dicho órgano queda vinculado a designar forzosamente y por insaculación, atendiendo a las propuestas del CTE. Si tampoco ello se logra, el mismo procedimiento lo realiza la Suprema Corte de Justicia. En cualquier caso, confío en que las designaciones que se realicen sean en beneficio de nuestra democracia y de la sociedad.

•Especialista en Derecho Constitucional y Teoría Política


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