Manual de Convivencia Escuela Juan Montalvo

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ESCUELA PARTICULAR “JUAN MONTALVO”

MANUAL DE CONVIVENCIA

"En estos tiempos de crisis, necesitamos seres que sean socialmente sensibles y moralmente eficientes para aportar al desarrollo humano y a la construcción de una cultura de paz"

JUSTIFICACIÓN

Nuestra Institución Educativa necesita normas operativas claras y precisas que permitan el ejercicio de una sana convivencia que contribuya al desarrollo integral de los miembros de la comunidad. Las pautas de convivencia van encaminadas a que los estudiantes logren incorporar formas de autocontrol y autodisciplina que les lleven a formarse como personas responsables de sus actos; hacer las cosas con disciplina significa, hacerlas bien oportunamente con el fin de lograr un ambiente de tolerancia, respeto, aprecio por la vida y el bienestar de las personas. Además busca fortalecer el perfil del estudiante teniendo en cuenta su particularidad con un sólido conocimiento de su entorno, proyectándolo hacia la sociedad.

DEFINICIÓN


El Manual de Convivencia es el conjunto de normas que nos permite conocer, acatar, aceptar, y vivir la filosofía del plantel, así como los principios y fines que rigen la institución constituyéndose en parte fundamental de su quehacer cotidiano. En consecuencia debemos entender al Manual de Convivencia como uno de los medios que propicia y crea ambientes adecuados dentro y fuera de la escuela, permitiendo alcanzar su óptimo desarrollo y el logro de objetivos académicos correspondiente a la formación integral de los/las estudiantes, cimentando a la par la construcción y la vivencia de valores que hagan de ellos seres sociales capaces de transformarse positivamente en el progreso y servicio a la sociedad. VISIÓN INSTITUCIONAL

Propiciar una educación equitativa sin distinción de género, condición familiar, social, económica, credo o religión, bajo el cumplimiento de principios que garanticen una participación activa y democrática que busque la formación integral de! estudiante en el aspecto académico y disciplinario, garantizando de esta manera el desarrollo de una persona responsable que enfrente los retos de la vida con criticidad, respeto y dignidad.

MISIÓN

Brindar a nuestros estudiantes un ambiente escolar que propicie una educación integral fundada en valores a través de; fomentar la responsabilidad de los estudiantes en sus deberes y obligaciones; practicar la honestidad en el trabajo escolar; desarrollar el respeto y solidaridad en las diferentes actividades y relaciones estudiantiles.


OBJETIVO GENERAL

Que el respeto por la vida, la integridad física y moral de las personas sea el eje orientador del presente código de convivencia. Todos los integrantes de la comunidad educativa deben promover: •

La no agresión verbal, física, o gestual; entendiéndose también por

agresiones la discriminación, la desvalorización y la burla.

• La justicia, la verdad y la honradez. • La defensa de la paz y la no violencia. • El respeto y la aceptación de las diferencias. • La solidaridad, la cooperación y el rechazo a todo tipo de discriminación. • La responsabilidad ciudadana, el respeto de los símbolos patrios y el compromiso social. • La responsabilidad individual.


CAPITULO I ARTICULOS ESTUDIANTILES Art. 1_ Son estudiantes de la Escuela Particular "Juan Montalvo" los niños y niñas que se hubieren matriculado o que ingresen con el pase respectivo legalmente concedido. Art. 2_ El plantel admitirá a todos los niños y niñas que desearan pertenecer a la Escuela Particular ¨Juan Montalvo¨, sin discriminación alguna. Art. 3_ Para la admisión de niños y niñas se inscribirán a todos los que cumplan con los requisitos establecidos por la Escuela. Para ser matriculado en la Escuela: a) Junto con su representante comprometerse mediante un convenio verbal, a respetar y cumplir con todos los principios y normas establecidas por la Escuela. b) Si un estudiante de otro establecimiento desea obtener matrícula deberá: 

Solicitar autorización a la Sra. Directora.

Asistir con su representante a una entrevista con las autoridades y DOBE del Plantel.

Art. 4_ Mediante el Reglamento General de la Ley de Educación, el niño o niña deberá presentar sus libretas de calificaciones legalizadas por los directivos de la Escuela que proviniere. Art. 5_ Son derechos de los niños y niñas, según el Reglamento General de la Ley de Educación, los siguientes:


a) Recibir en los dos primeros meses del año lectivo el asesoramiento sobre el Manual de Convivencia que rige en la Institución, por parte de los tutores designados. b) Ser informados con la debida oportunidad acerca de las actividades a cumplirse.

c) Ser respetado atendiendo a su dignidad e integridad como ser humano y sus necesidades básicas.

d) No recibir agresiones físicas ni de otro tipo. No ser discriminado por ningún motivo.

e) Plantear ante las autoridades los problemas que surjan de su actividad escolar y peticionar individual o colectivamente.

f) Poder desarrollar sin interferencia el proceso de enseñanza- aprendizaje en un ambiente limpio y acondicionado.

g) Ser escuchados, solicitar ayuda para cuestiones escolares o personales.

h) Participar del proceso de enseñanza y aprendizaje de calidad en una atmósfera libre de presiones de todo orden o abusos físicos, psicológicos o verbales.

i) Peticionar procesos de mediación para la resolución de conflictos entre padres.


j) Recibir de cada tutor, información acerca de los contenidos de aprendizaje a desarrollarse en cada unidad. k) En la primera semana de clase de cada trimestre, recibir de los maestros la información sobre los aspectos y parámetros en los que serán evaluados.

l) Analizar

junto

con sus

maestros

las

respuestas

correctas

a los

instrumentos de evaluación aplicados.

m) Solicitar a los profesores luego del análisis de las pruebas o exámenes la rectificación de las calificaciones cuando le asista la razón.

n) Solicitar al profesor que en la evaluación se cumplan las normas reglamentarias y los parámetros establecidos al inicio del trimestre.

o) Solicitar asesoramiento a sus profesores, en aspectos académicos, en los horarios establecidos.

p) Desenvolverse en un ambiente de amor, comprensión, seguridad y tranquilidad.

q) Recibir el reconocimiento por méritos alcanzados en los ámbitos: educativos, culturales, deportivos, artísticos o de servicio comunitario y social.

r) Presentar sus aspiraciones y reclamos a profesores y autoridades del establecimiento en forma respetuosa, a través de los canales adecuados y recibir de ellos la respuesta correspondiente, en forma oportuna.


s) Utilizar de acuerdo con el Reglamento Interno, los servicios e instalaciones con que cuenta el establecimiento.

t) Justificar si su identidad cultural, religión u otra causa no le permita participar en alguno de los actos organizados por el Plantel, con el fin que la Escuela le plantee otras alternativas de colaboración y participación, que no dejan de ser obligatorias. Art. 6_ Son deberes de los niños y niñas, según el Reglamento General de la Ley de Educación, los siguientes: a) Conocer la normativa establecida en el Manual de Convivencia que rige la vida Institucional. b) Asistir puntualmente a las clases y a los diversos actos cívicos, culturales, deportivos y sociales organizados por la Escuela.

Hora de inicio de clases: 07h15

Hora de salida: 13h00

Para una mejor disposición y organización se efectuarán dos timbres, el primero de carácter preventivo a las 07h05 y el definitivo a las 07h15, momento en el cual los estudiantes deben estar en el aula. Luego del receso destinado al recreo, se procederá de igual manera, se ejecutarán un timbre, a las 11h15. c) Concurrir a la Escuela con los uniformes establecidos: Uniforme de diario: Mujeres: falda plisada cuadriculada gris, camiseta blanca, casaca concho de vino, medias concho de vino, zapatos negros.


Varones: Pantalón gris, camiseta blanca, casaca concho de vino, medias concho de vino y zapatos negros. Uniforme Deportivo: Hombres y Mujeres: Uniforme preestablecido y bajo el control del profesor del área de cultura física Uniforme de Gala: Saco, camisa y corbata. d) Llevar el uniforme con orgullo y dignidad, limpio y bien presentado. e) Crear el sentido de responsabilidad frente a las diferentes obligaciones estudiantiles en las diversas situaciones. f) Cumplir con todas las tareas, deberes y trabajos de investigación que se le asignare.

g) Portar el material necesario de trabajo para cada hora de clase.

h) Practicar normas de urbanidad y valores como la honestidad, la solidaridad y actitudes que eviten agresiones: psicológicas, verbales o físicas.

i) Contribuir con el aseo general de la Escuela.

j) Solicitar al tutor el permiso para abandonar el aula.

k) Comunicar a las autoridades competentes del Plantel, cualquier novedad que altere el normal desenvolvimiento de la vida de la Escuela.


l) Contribuir con la buena conservación del mobiliario, para lo cual al iniciar el año lectivo se asignará un pupitre con código para cada estudiante quien deberá entregarlo en similares condiciones.

m) Los

estudiantes

que

han

sido

seleccionados

por

el

Plantel

para

representarlos en las diferentes disciplinas deportivas, culturales o de otra índole como bastoneras, banda de guerra, danza, grupos musicales, entre otros; mientras dure dichas actividades, pueden o no realizar Cultura Física.

n) Ejercer su derecho al voto en las elecciones del Consejo Estudiantil.

o) Mantenerse durante la jornada escolar dentro de los límites que fije la administración.

p) Tratar a sus compañeros, maestros y demás personas con cortesía y de manera respetuosa.

PROHIBICIONES Art. 9_ Está prohibido a los niños y niñas según el Reglamento General a la Ley de Educación. a) Llegar atrasada/o sin justificación alguna, a la jornada escolar o a cualquier actividad convocada por la Institución. b) Utilizar el uniforme de manera inadecuada. c) Usar prendas de vestir que no formen parte del uniforme establecido.


d) Retener la información escrita enviada a los padres de familia o representantes.

e) Manchar los pizarrones, las paredes y pisos de aulas y demás dependencias de la Institución.

f) Acudir al bar fuera de los horarios establecidos para los recesos.

g) Ingerir alimentos o masticar chicle dentro del aula, en los laboratorios, biblioteca y departamentos.

h) Utilizar un vocabulario soez dentro del Plantel.

i) Promover desordenes dentro del establecimiento o en sus inmediaciones. Generar desorden, ruidos onomatopéyicos, gesticulaciones, burlas, chistes, empujones, y demás actitudes que alteren el desarrollo de la actividad escolar.

j) Desacatar las disposiciones de las autoridades, docentes, personal administrativo y de servicio del Plantel.

k) Etiquetar (asignar sobrenombres) a los compañeras/os, a los profesores/as, directivos y demás miembros del Plantel.

l) Salir del aula en los cambios de hora.

m) Comprar, vender o permutar objetos entre los compañeros/as.


n) Acosar en forma verbal, escrita, física o psicológica a los niños y niñas de la Escuela.

o) Desarrollar juegos bruscos, peligrosos o jugar carnaval dentro de la Institución.

p) Concurrir al establecimiento con radios, teléfonos celulares, láser, walkman, disckman, o cualquier otro elemento electrónico.

q) Falsificación de firmas del representante.

SANCIONES REGLAMENTADAS DE LA ESCUELA La Institución considera que las normas incluidas en el Manual de Convivencia y el establecimiento de sanciones tienen la finalidad de educar en la práctica de valores y disciplina para: 

Establecer límites claros que den seguridad y eficiencia a las labores académicas.

Desarrollar en los estudiantes actitudes de tolerancia, de respeto a la autoridad, a sus compañeras/os y a las normas establecidas, asumiendo una participación activa y democrática.

Las faltas disciplinarias, a nivel interno, se clasifican como leves, intermedias, graves y especiales. Las sanciones se aplicarán como sigue:

Criterios con relación a las sanciones En caso que transgredan las normas de convivencia se deberán tener en cuenta los siguientes criterios:


a) Contextualizar la transgresión según el rol, las circunstancias y la edad del o los actores. b) Se privilegiarán las estrategias que tiendan a la integración, orientándose a la contención de los niños dentro del ámbito escolar, tendiendo a encontrar alternativas que se transformen en actos educativos.

c) Ser ecuánime en el juicio, es decir ser neutral.

d) Las sanciones deberán fijar una gradualidad de acuerdo con la edad, el nivel de madurez, la historia particular y la respuesta a señalamientos anteriores.

e) Permitir el derecho a la defensa del transgresor, valorizando el reconocimiento del error (esto es un elemento más del proceso de aprendizaje).

f) Promover el desagravio o la reparación del daño, según sea del orden material o moral, el actor demostrará su responsabilidad ante el hecho al hacerse cargo de la reparación.

g) En caso que al estar cumpliendo con la reparación del daño, incurriera en una nueva falta, se cancelará automáticamente esa instancia y se procederá a hacer efectiva la anterior sanción, a la que se le sumarán las que correspondan a este nuevo hecho.

h) Serán notificados: Alumno-Padre


DE LAS EVALUACIONES Art. 17. La evaluación en el Plantel se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley de Educación, Capítulo XIII. a) Los estudiantes del Plantel tendrán tres calificaciones en cada una de las asignaturas del plan de estudios, una por cada trimestre. La calificación trimestral comprenderá el promedio de la nota del examen trimestral y de tres calificaciones parciales previas, cada una sobre veinte puntos y que valorarán: deberes y/o lecciones escritas u orales, trabajos, y una prueba trimestral. Los cuadros de calificaciones trimestrales correspondientes a cada asignatura contendrán las calificaciones parciales, la nota del examen, la suma y el promedio respectivo. b) En un trabajo escrito serán calificados: la puntualidad, la presentación, el contenido (calidad de resumen), la ortografía, y la originalidad.

c) Los estudiantes que representen a la Institución en torneos deportivos u otros eventos oficiales tienen un plazo de quince días laborables desde la finalización de las competencias o evento para igualarse en la entrega de trabajos, rendición de pruebas. Transcurrido este tiempo los seleccionados tienen un plazo adicional de cinco días laborables, pero la calificación será sobre quince puntos, si estos estudiantes no arreglaran sus pendientes académicos, los educadores están facultados para asignar la calificación de uno sobre veinte sin posibilidad de revisión posterior.

d) La promoción de los estudiantes se sujetarán a las siguientes normas:

1. Serán promovidos al curso inmediato superior, los estudiantes que en los tres trimestres hubieren obtenido, por lo menos cuarenta puntos en cada asignatura.


2. Los estudiantes que en los tres trimestres obtuvieren de 25 a 39 puntos, deberán rendir una prueba acumulativa de carácter objetivo, aprobada previamente por la Sra. Directora, en un plazo de 15 días después de haberse notificado las calificaciones de los tres trimestres. No serán promovidos al curso inmediato superior los estudiantes que en los tres trimestres hubieren obtenido una suma inferior a 25 en una o más asignaturas, tampoco serán promovidos aquellos que al presentarse al examen supletorio no alcanzaren la nota mínima exigida según su puntaje. No serán promovidos al curso inmediato superior los estudiantes que hayan dejado de asistir a más de! 25% del total de horas clase dictadas en el año lectivo en una o más asignaturas. Los estudiantes que hayan alcanzado de 25 a 29 puntos deberán obtener en el examen supletorio la nota mínima de 16 a 20, los que obtuvieren un puntaje de 30 a 34, la calificación mínima de 14 y los que alcanzaren un puntaje de 35 a 39 la calificación mínima de 12. Los estudiantes que hayan alcanzado 38 a 40 en los dos trimestres, y obtengan en los parciales de 19 a 20 puntos, es opción del docente exonerar al estudiante del examen correspondiente al tercer trimestre. e) El padre o representante del estudiante podrá solicitar al rector/a la revisión de la notas de los exámenes trimestrales, supletorios, escritos de grado o de suspensión de grado dentro de los ocho días posteriores a la notificación de las calificaciones. El rector designará una comisión para la rectificación. El padre o representante podrá apelar, en última instancia, ante el Director Provincial de Educación y Cultura, dentro de los quince días posteriores a la notificación de la recalificación, quien delegará a un Plantel para la revisión correspondiente. Esta nota será definitiva. CAPITULO II


DEL PERSONAL DOCENTE Art. 25. El Plantel, para el cumplimiento de las obligaciones, considera Profesores a todas las personas que tienen bajo su responsabilidad alguna cátedra, pudiendo ser éstos: titulares, accidentales, contratados, previa designación legal.

DE LOS DERECHOS Art. 26 A más de los establecidos en los Art. 5 de la Ley de Educación son derechos de los Maestros. a) Ser tratados con cortesía y educación, por las autoridades, personal administrativo y demás miembros de la comunidad educativa, estudiantes y representantes. b) Recibir oportunamente el calendario escolar, carga académica, horarios, y demás responsabilidades que otorgue o asigne la institución.

c) Enseñar y trabajar en una atmósfera armoniosa libres de presiones

d) A ser evaluados de manera justa de acuerdo con las exigencias de la institución y según las capacidades y limitaciones de recursos, a través de parámetros consensuados por los implicados en el afán de fortalecer las debilidades en base a la capacitación del docente.

e) A que se le concedan los permisos legalmente Justificados.

f) A trabajar en un ambiente de libertad, confianza, respeto y solidaridad.


g) A que el distributivo y horario guarden coherencia con:

Nombramiento del docente

Tiempo de servicio

Experiencia en el área.

Importancia de la materia en el pensum educativo.

Necesidades de la Institución

h) A sugerir el distributivo de asignaturas de acuerdo al informe de las áreas. i) Alterabilidad en la dirigencia.

j) Expresar sus ideas libremente y se respeten sus opiniones.

DE LOS ESTÍMULOS Con el objeto de exaltar el trabajo docente, administrativo y de servicio, el Plantel entregará una placa de reconocimiento al personal que haya cumplido veinte y cinco y treinta años de servicio. DE LOS DEBERES Art. 27 A más de los establecidos en el Art. 139 del Reglamento General a la Ley de Educación son deberes de los profesores: a) Constituirse en modelo o referencia para los alumnos. Por lo cual deberá cuidar su postura, presencia, modo de hablar (vocabulario) y conducta en todo momento.


b) Planificar y conducir sus clases de cuerdo a los objetivos del currículo, aplicando técnicas didácticas apropiadas, considerando las diferencias individuales y promoviendo el autoestima del alumnado

c) Contribuir con su contingente al adelanto del Plantel, especialmente en los aspectos: académico, cultural, social, deportivo y físico.

d) Laborar con el distributivo de trabajo y horario realizado por la comisión aprobado por el Rector del Plantel.

e) Planificar la hora-clase para que dure el tiempo asignado en el horario.

f) Estar siempre actualizado en los aspectos científicos y pedagógicos.

g) Elaborar y poner a consideración de la Sra. Directora la planificación por unidades de las materias a su cargo, según lo dispuesto por el Reglamento General.

h) Solicitar a los estudiantes el material estrictamente necesario para el aprendizaje de su asignatura.

i) Tratar siempre a los estudiantes y padres de familia dentro y fuera del Plantel, con cortesía y educación, creando un ambiente propicio de interrelación que facilite el proceso enseñanza-aprendizaje y de la educación en general. j) Aprovechar toda oportunidad para recalcar sobre la formación y el cultivo de hábitos y práctica de valores.

k) Llenar correctamente el registro de asistencia


l) Desarrollar las actividades adicionales que le señale el Consejo Directivo para dar cumplimiento al Art. 136 del Reglamento General a la Ley de Educación, referente a las horas de labores por semana, debiendo firmar el registro correspondiente.

m) Emplear obligatoriamente los recursos materiales y técnicas que dispone el Plantel para el desarrollo de sus clases, tratando de que éstas sean participativas y activas.

n) Incentivar en los estudiantes el espíritu investigativo, proporcionándoles la orientación adecuada.

o) Participar activa y decididamente en el control de la puntualidad y disciplina del estudiantado dentro y fuera del Plantel en actividades curriculares.

p) Asistir y participar activa y constructivamente en todos los aspectos programados y planificados por el Plantel.

q) Cumplir

con

las

delegaciones

que

las

autoridades

del

Plantel

le

encomendaren oficial y oportunamente, con la obligación de presentar informe escrito del resultado de la gestión.

r) Participar oportunamente a los respectivos departamentos o autoridades del Plantel las novedades que ameriten la intervención de éstos, para solucionar problemas en las diversas facetas de las actividades docentes.

s) Colaborar en toda circunstancia con el Plantel, en lo relacionado al buen uso, mantenimiento y conservación de los bienes existentes.


t) Incentivar y preparar a los estudiantes para la participación en los eventos de carácter cultural y académico a nivel local, nacional e internacional.

u) Los períodos de ausencia de los estudiantes que oficialmente representen a la institución en torneos deportivos u otros eventos oficiales, no deben ser considerados por los educadores para el registro de faltas y procesos de evaluación. Coordinado por Inspección.

v) Los educadores tienen la obligación de permitir que los estudiantes que representen a la Institución en torneos deportivos u otros eventos oficiales, puedan igualarse en presentación de lecciones, deberes, pruebas, exámenes y/o trabajos.

w) Comunicar a los padres los logros y dificultades de sus representados.

x) Preparar para las fiestas patronales, eventos relacionados con su área.


DE LAS PROHIBICIONES

Art. 28 Está prohibido al personal docente: a) Abrogarse funciones que competen al Dirigente de Curso, Departamentos o Autoridades de la Escuela. b) Emplear castigos de carácter físico y/o psicológico para sancionar incorrecciones cometidas por parte de los estudiantes.

c) Hacer proselitismo político o religioso dentro del Plantel.

d) Negar a los estudiantes el derecho de asistir a sus clases.

e) Hacer uso exclusivo del dictado como método de enseñanza.

f) Recibir pruebas, trabajos, deberes y/o lecciones en otros lugares que no sea el Plantel.

g) Hacer comentarios y críticas sobre otros compañeros, en presencia de los estudiantes

h) Participar activamente en la campaña electoral del Consejo Estudiantil e influir en el estudiantado para que voten a favor de una determinada lista.

i) Tomar el nombre de la Escuela sin el respectivo permiso de las autoridades del Plantel, para organizar actos de carácter social, cultural o deportivo, etc.


CAPITULO III DE LOS PADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTES Art. 32 Los

padres de familia son los representantes legales de los

estudiantes. La institución aceptará otro representante, previa justificación, en los siguientes casos: a) Ausencia de los padres en el hogar. b) Residencia fuera de la provincia o del país

c) Imposibilidad física o psicológica.

d) Otros casos que las autoridades consideraren Justificables. DE LOS DERECHOS. Art. 33 Son derechos de los padres de familia o de los representantes: a) Recibir atención oportuna de las autoridades, personal administrativo, personal docente en los aspectos académicos y formativos de sus representados. b) Ser tratado sin discriminación de ninguna naturaleza.

c) Presentar a la Institución, con respeto, sugerencias, críticas constructivas e inquietudes, siguiendo el orden regular y las instancias reglamentadas.

d) Ser convocado a las reuniones y actividades programadas por la Institución, con un mínimo de cuarenta y ocho horas de anticipación.


e) Solicitar a la Directora la autorización para que su representado rinda exámenes atrasados.

f) Obtener periódicamente informes sobre el desempeño de sus hijos

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES Art. 34 A más de lo dispuesto en el Art. 150 del Reglamento General de la Ley de Educación son deberes y obligaciones de los padres de familia: a) Conocer el Manual de Convivencia y demás normativas que rigen el funcionamiento del Plantel. b) Colaborar activa y responsablemente en el desarrollo del proceso educativo y en la implementación de recursos humanos o pedagógicos de la Institución.

c) Controlar la asistencia de sus representados al Plantel.

d) Ser corresponsables del desenvolvimiento de sus representados en actividades del Plantel o fuera de él.

e) Comunicar a las autoridades la inasistencia de sus representados y justificar personalmente, en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas después de la falta.

f) Asistir puntualmente a los diversos actos organizados por el curso de su representado o por la Institución.


g) Acudir al Plantel en la fecha convocada, cuando sean citados por los Profesores, para tratar asuntos relacionados con la formación de sus representados. h) Justificar si su identidad cultural, religión u otra causa no le permita participar en alguno de los actos programados por el establecimiento, con el fin de que la Institución le plantee otras alternativas de participación.

i) Cuidar la buena presentación del uniforme e higiene personal de su representado.

j) Informar a las autoridades y a los profesores si su representado tiene alguna dificultad o discapacidad o si requiere de una atención educativa especial, presentando el informe del diagnóstico correspondiente.

k) Informar por escrito oportunamente al profesor, autoridad o cualquier funcionario de la Institución si su representado es víctima de acoso y/o amenazas.

l) Motivar a que su representado participe voluntariamente en las diferentes disciplinas deportivas y actividades culturales que organiza la institución, más aún cuando son requeridos por los coordinadores considerando las aptitudes especiales de los estudiantes.

m) Acudir al Plantel en el horario establecido para la atención a los padres de familia

o

representantes,

cuando

requieran

entrevistarse

con

los

profesores, y abstenerse de acceder directamente al aula de clase.

n) Dirigirse con respeto a las autoridades, profesores y empleados para cualquier trámite en la Institución.


o) Asumir la responsabilidad moral y económica por las consecuencias de actos cometidos por sus representados, que atentaren contra la integridad personal de quienes conforman la Institución o de sus bienes.

p) Informar a la Institución sobre cualquier situación especial que estuviese atravesando su hijo y que mereciese un tratamiento particular por parte de la escuela.

q) Establecer un contacto regular con el establecimiento educativo en áreas de trabajo de aula (firmar circulares, trabajos, revisar cuadernos, verificar tareas, asistir a reuniones. DE LAS SANCIONES En caso de incumplimiento de los reglamentos y de comprobarse actitudes que vayan en contra del buen nombre y prestigio del Plantel o de sus Miembros, la Escuela procederá, según la gravedad del hecho, de la siguiente manera: a) Observación por escrito al padre de familia o representante. b) Negación de la matrícula para su representado.


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