CLÁUSULAS ESPECIALES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO

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CLAUSULAS ESPECIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO José María Pacori Cari Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

1 José María Pacori Cari


• Las clausulas especiales completan el conjunto normativo que dirige la vida del trabajador en la empresa, como son normas restrictivas y, en general, establecidas para la protección del empleador, es preciso verificar en cada caso si la adhesión del trabajador o su contenido ético le beneficia o le es potencialmente dañoso.

CLÁUSULAS ESPECIALES José María Pacori Cari

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• Consiste en la posibilidad de que el empleador pueda exigir por contrato que determinado trabajador se abstenga de trabajar en una empresa de la competencia en una distancia determinada.

CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD TERRITORIAL José María Pacori Cari

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• Consiste en el acuerdo por el cual el trabajador se obliga a permanecer en el servicio del empleador durante cierto lapso de tiempo, renunciando así durante ese periodo al derecho de renunciar al contrato de trabajo.

CLÁUSULA DE PERMANENCIA José María Pacori Cari

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• Es claro que el trabajador no puede competir con su empleador en cuanto el contrato de trabajo está en vigencia porque eso resquebrajaría la confianza entre las partes. Ahora bien, cuando se admite la validez de la cláusula de no competencia en el contrato de trabajo debe considerarse que es imprescindible fijar un plazo máximo para la prohibición de que el trabajador pueda ingresar en la empresa de la competencia

CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA José María Pacori Cari

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• Por medio de la cláusula de no reclutamiento, la empresa prohíbe al trabajador reclutar sus clientes o trabajadores durante o al finalizar el contrato de trabajo, el objetivo es evitar desviar la clientela o la captación del grupo de trabajadores entrenado y con amplio conocimiento del segmento del mercado

CLÁUSULA DE NO RECLUTAMIENTO José María Pacori Cari

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• La cláusula de exclusividad será válida para limitar una segunda relación de empleo con la empresa de la competencia o con otra que sin ser la competencia puede aprovechar de las informaciones confidenciales que ese trabajador pueda haber obtenido en razón de su trabajo, no resulta lícito prohibir genéricamente el ejercicio de cualquier trabajo

CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD José María Pacori Cari

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• La confidencialidad es un comportamiento exigible en cualquier relación laboral porque afecta normalmente la ética y la buena fe que existen en los contratos de trabajo, es posible que conste como cláusula específica la necesidad de sigilo, especialmente a lo referido al objeto social del empleador que exige la regla de mercado, no se prohíbe el trabajo en otra empresa, sino la revelación de los secretos que el trabajador eventualmente detenta en razón de su cargo

CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD José María Pacori Cari

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