LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES EN EL DERECHO DEL TRABAJO José María Pacori Cari Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
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• Son conductas que perjudican indebidamente al titular de los derechos sindicales en el ejercicio de la actividad sindical, siendo negadas sin justificación alguna las facilidades o prerrogativas necesarias para el normal desempeño de la acción colectiva. • La garantía que indicamos se realiza a través del fuero sindical, prohibición de prácticas desleales, la discriminación anti-sindical y los actos de injerencia, estos implican cláusulas antisindicales
¿QUÉ SON LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES? José María Pacori Cari
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• Está destinado a la protección del dirigente sindical contra el despido, ampliándose su protección a todo trabajador sindicalizado que realiza acción gremial o colectiva
FUERO SINDICAL José María Pacori Cari
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• La negativa a la negociación colectiva y el uso de la violencia, intimidación y represalias contra los trabajadores a fin de impedir la creación de sindicatos, asociaciones profesionales, núcleos de representación sindical y profesional, comisiones internas, entre otros, configura lo que se conoce como práctica desleal. • Asimismo, constituye práctica desleal la coacción física, moral o económica • También lo será la amenaza contra los trabajadores que estén, o desean participar, de la huelga.
PRÁCTICAS DESLEALES José María Pacori Cari
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• Los trabajadores deberán de gozar de la adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a disminuir la libertad sindical en relación a su empleo.
ACTOS DE DISCRIMINACIÓN José María Pacori Cari
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• Las organizaciones de trabajadores y de empleadores deben gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas contra las otras, esto incluye a los actos de injerencia que pueden ser perpetrados por el Estado • Estos actos implican todo procedimiento que busque la dominación, control o interferencia en las organizaciones sindicales que son considerados como indebidos e ilícitos.
ACTOS DE INJERENCIA José María Pacori Cari
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• 1.- MISE A L’INDEX. Denominada lista negra, consiste en la divulgación del nombre de los trabajadores que poseen relevante actuación sindical entre las empresas con el fin de mantener a este trabajador fuera del mercado de trabajo. • 2.- COMPANY UNION. Se refiere al sindicato de la empresa, también denominado sindicato fantasma que es la especie de sindicato creado y/o controlado por el empleador directa o indirectamente,. • 3.- YELLOW DOG CONTRACT. Representa el compromiso asumido por el trabajador de no afiliarse a un sindicato, de mantenerse desafiliado al sindicato de su categoría, como condición para la admisión y mantenimiento en su empleo.
CLÁUSULAS ANTISINDICALES (I) José María Pacori Cari
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• 4.- CLOSED SHOP. Se exige la afiliación a determinado sindicato como condición para el empleo, por lo tanto, veda el acceso de los trabajadores no sindicalizados por determinado sindicato. • 5.- UNION SHOP. El trabajador se compromete a sindicalizarse después de cierto tiempo de admisión, caso contrario será despedido; no se obstruye el ingreso del trabajador no sindicalizado, más se afecta su continuidad en el empleo caso no proceda, en cierto periodo, a su afiliación sindical. • 6.- OPEN SHOP. Los trabajadores que estaban afiliados a determinado sindicato no son admitidos para trabajar en la empresa, solo se admitirán los que no lo estuvieron.
CLÁUSULAS ANTISINDICALES (II) José María Pacori Cari
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• 7.- PREFERENCIAL SHOP. Señalización de preferencia por el empleador en la contratación de empleados afiliados. Es decir entre varios trabajadores con posibilidad de ingresar al empleo, se prefiere al que formaba parte de una organización sindical. • 8.- MAINTENCE OF MEMBERSHIP. Se establece una cláusula que obliga al trabajador a preservar su filiación a determinado sindicato durante el plazo de vigencia de la respectiva convención colectiva, caso contrario se perderá el empleo. • 9.- AGENCY SHOP. Exige la contribución sindical, más no su afiliación.
CLÁUSULAS ANTISINDICALES (III) José María Pacori Cari
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