Quienes son los servidores públicos en el derecho constitucional autor josé maría pacori cari

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La Paz, MARTES 17 de abril de 2018

Publicum et laboris

¿Quiénes son los servidores públicos en el derecho constitucional?

José María Pacori Cari*

E

l derecho constitucional es el estudio jurídico de las instituciones políticas, el derecho administrativo es el estudio práctico en su desarrollo de las instituciones que establece la Constitución, de allí que se considere como principio constitucional el buen andamiento de la administración pública. De esta manera, la regulación de la administración pública desde un punto de vista constitucional es de importancia, puesto que se puede delimitar la función de los servidores públicos, denominados también autoridades públicas, autoridades estatales, autoridades de la Republica, funcionarios públicos, órganos estatales, trabajadores públicos, empleados públicos, servidores civiles, entre otros apelativos. La Constitución italiana establece que la función pública (pubblici uffici) se organiza siguiendo las disposiciones de la ley, de tal manera que se asegure el buen andamiento y la imparcialidad de la administración pública (buonandamento e l’imparzialita` dell’amministrazione) (art. 97, Costituzione, Italia). ¿QUÉ SON LOS SERVIDORES PÚBLICOS? Constitucionalmente, podemos definir a los servidores públicos como todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público (art. 229, Constitución, Ecuador). Por eso el término servidor público va desde el Presidente de una República o Jefe de Gobierno hasta el obrero que presta servicios de limpieza pública en un municipio, sin importar el régimen laboral en el que se encuentra y la modalidad o forma en la que se contrató sus servicios. El término servidor público deriva de la función principal que sustenta la administración pública, esto es, el servicio público, por lo que quien presta el servicio público es denominado servidor público, este personaje está destinado a servir a la población, en otras palabras, es un sirviente de los ciudadanos sin que ello implique faltarle el respeto. Un servidor público no puede considerarse más que un ciudadano, se debe a él y, como tal, debe servirle ayudándole,

Todo ordenamiento jurídico proscribe la arbitrariedad, el abuso de poder y el desvío de poder, de tal manera que los servidores públicos están instituidos para asegurar el cumplimiento de todos los deberes que imponen la Constitución y las leyes al Estado y a los particulares.

por ejemplo, en los trámites administrativos que tenga a su cargo, en efecto, “el pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución” (art. 22, Constitución, Argentina). Ahora bien, para el ejercicio regular del poder público, los servidores públicos actúan de modo válido previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley (art. 7, Constitución, Chile), por lo que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento (art. 122, Constitución, Colombia). Esto grafica el principio de legalidad en la administración pública donde el servidor público solo puede hacer aquello que la ley le permite. En el ordenamiento jurídico italiano se indica que la organización de los cargos determina las esferas de competencia, atribución y responsabilidad (competenza, le attribuzioni e le responsabilita) propia de los servidores públicos (art. 97, Costituzione, Italia). ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS? El empleo público está al servicio exclusivo de la Nación (I pubblici impiegati sono al servicio exclusivo della Nazione) (art. 98, Costituzione, Italia). Todos los servidores públicos están al servicio de la Nación (art. 39, Constitución, Perú), lo que implica defender los derechos de la Nación (art. 24, Constitución, Panamá). Esta defensa se materializa en la protección de las vidas, honra y bienes de los nacionales donde quiera que se encuentren y a los extranjeros que estén bajo la jurisdicción de los servidores públicos (art. 24, Constitución, Panamá). Asimismo, los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad ejerciendo sus funciones en la forma prevista por la

Constitución, la ley y el reglamento (art. 123, Constitución, Colombia). OBSERVANCIA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Los preceptos de la Constitución obligan a los titulares o integrantes de los órganos u organismos del Estado (art. 6, Constitución, Chile). Todo ordenamiento jurídico proscribe la arbitrariedad, el abuso de poder y el desvío de poder, de tal manera que los servidores públicos están instituidos para asegurar el cumplimiento de todos los deberes que imponen la Constitución y las leyes al Estado y a los particulares (art. 24, Constitución, Panamá). Los servidores públicos deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella (art. 6, Constitución, Chile). RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS La infracción de la Constitución generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley (art. 6, Cons- titución, Chile). Los servidores públicos son responsables ante las autoridades por infracción de la Constitución o de las leyes por extralimitación de funciones, o por omisión en el ejercicio de estas (art. 25 Constitución, Panamá). Ningún servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y será responsable administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos (art. 233, Constitución, Ecuador). DEBERES ESENCIALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le

incumben (art. 122, Constitución, Colombia). Por lo que el primer deber del servidor público será cumplir la Constitución y las leyes (art. 236, Constitución, Bolivia). Una vez investido en el cargo público, tiene el segundo deber, este es cumplir sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública (art. 236, Constitución, Bolivia). El tercer deber es prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo (art. 236, Constitución, Bolivia), esto para evitar supuestos de corrupción y enriquecimiento indebido e ilícito a costa de los recursos públicos de un Estado. El cuarto deber obliga a los servidores públicos a rendir cuentas sobre las responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas en el ejercicio de la función pública (art. 236, Constitución, Bolivia), esto implica que está sometido a la responsabilidad civil, penal, constitucional y administrativa. Por último, el quinto deber es respetar y proteger los bienes del Estado y abstenerse de utilizarlos para fines electorales u otros ajenos a la función pública (art. 236, Constitución, Bolivia), esto es la protección del patrimonio público que comprende los bienes y los derechos de las administraciones públicas. REFERENCIAS Constitución de la República de Panamá (1941). Reformada por los actos reformatorios de 1978, por el acto constitucional de 1983 y los actos legislativos 1 de 1983 y 2 de 1994. Constitución de la República del Ecuador de 20 de octubre de 2008. Constitución Política de Colombia de 13 de junio de 1991. Constitución Política de la República de Chile de 1980. Constitución Política del Estado de 2009. Bolivia. Constitución Política de Perú de 1993. Costituzione della Repubblica Italiana (27-12-1947). Italia. Ley 24.430 de 3 de enero de 1995. Constitución de la Nación Argentina. *

Es catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad José Carlos Mariátegui en Perú y miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo.


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