ODHAG
CPTRT
RCT
Tegucigalpa, Honduras 14-16 de octubre de 2008
SEMINARIO REGIONAL DE CENTROAMÉRICA:
Con el apoyo de:
Estrategias y Desafíos en la Ratificación e Implementación del Protocolo Facultativo de la Convención de la ONU contra la Tortura (OPCAT)
Cooperación Financiera DANIDA
MEMORIA
SEMINARIO REGIONAL DE CENTROAMÉRICA: ESTRATEGIAS Y DESAFÍOS EN LA RATIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN DE LA ONU CONTRA LA TORTURA (OPCAT)
TABLA DE CONTENIDO OBJETIVOS ............................................................................................................ 4 PROGRAMA DEL SEMINARIO............................................................................. 5 INAUGURACIÓN DEL SEMINARIO REGIONAL ................................................. 10 JUAN ALMENDARES, DIRECTOR EJECUTIVO DEL CPTRT ......................................................... 11 JAN OLE HAAGENSEN, CENTRO DE REHABILITACIÓN E INVESTIGACIÓN PARA VÍCTIMAS DE TORTURA (RCT) ................................................................................................................................ 14 DISCURSO DE INAUGURACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES .................................................................................................... 18
PANEL 1: EL CONTEXTO DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (OPCAT) ............................................................................................................... 21 1. LOS ACTUALES PROCESOS DE REFORMA DE JUSTICIA PENAL EN CENTROAMÉRICA. DR. DAVID MORALES: FUNDACIÓN DE ESTUDIOS PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO, FESPAD. .................................................................................................................................. 21 2. PROBLEMAS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA DE LAS NACIONES UNIDAS: DE UNA IDEA A UN PROTOCOLO ONUSIANO. DR. NICOLÁS BOEGLIN. ............................................... 23 3. EL PROTOCOLO FACULTATIVO EN LATINOAMÉRICA: LOS PROCESOS DE RATIFICACIÓN Y LOS MODELOS DE MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN. DRA. CLAUDIA GEREZ, ASOCIACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (APT) ......................................... 43 PREGUNTAS Y COMENTARIOS AL PANEL 1 ................................................................................... 45
PANEL 2: EXPERIENCIAS DE MONITOREO DE LUGARES DE DETENCIÓN Y REFLEXIONES SOBRE LAS PERSPECTIVAS DE RATIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL OPCAT ........................................................................ 49 1. TEORÍA CONTEMPERARÍA SOBRE CONDICIONES CONDUCIVAS A LA RATIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES. DR. ANTON PETRENKO, CENTRO DE REHABILITACIÓN E INVESTIGACIÓN PARA LAS VÍCTIMAS DE LA TORTURA (RCT) ....................................... 49 2. TENDENCIAS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO EN LOS PAÍSES LATINOAMERICANOS. DR. JUAN NAVARRETE MONASTERIO, INSTITUTO INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS (IIDH) ................................................................. 50 3. OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS QUE BRINDA EL PROTOCOLO FACULTATIVO EN LA LUCHA CONTRA LA TORTURA. ¿HACÍA UN NUEVO PARADIGMA? DR. EMILIO ÁLVAREZ ICAZA, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, CDHDF DE MÉXICO. ....................................................................................................................................................... 51 4. LOGROS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO AL NIVEL GLOBAL. ANTENOR HALLO DE WOLF, INVESTIGADOR ASOCIADO FACULTAD DE DERECHO, UNIVERSIDAD DE BRISTOL, REINO UNIDO. ................................................................................................. 53 PREGUNTAS Y COMENTARIOS AL PANEL 2 ................................................................................... 61
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PANEL 3: PROCESOS Y ESTRATEGIAS DE RATIFICACIÓN Y METODOLOGÍA DE LAS VISITAS PREVENTIVAS A LUGARES DE DETENCIÓN. GRUPOS DE TRABAJO. ............................................................................................................ 64 1. METODOLOGÍA DEL SUBCOMITÉ PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (SPT): PRINCIPIOS Y BUENAS PRÁCTICAS. DR. HANS DRAMINSKY PETERSEN, VICEPRESIDENTE DEL SUBCOMITÉ DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (SPT) ............................ 64 GRUPO DE TRABAJO 1: PROCESOS Y ESTRATEGIAS DE RATIFICACIÒN ........................... 65 1. EXPERIENCIAS DE COOPERACIÓN ENTRE INSTITUCIONES ESTATALES Y LA SOCIEDAD CIVIL EN LA PROMOCIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO. Dr. Juan Almendares, Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus Familiares, CPTRT (Honduras) .................................................................................. 65 2. ESTRATEGIAS DE RATIFICACIÓN CON UN ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS. Abg. Byron Rodolfo Pérez García, Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, ODHAG. ............................................................................................................................ 66 3. LA POLÍTICA DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL EN CUANTO A LA TORTURA. Lorena Montiel Viesca. Instituto de la Defensa Pública Penal (Guatemala) .. 73 4. PRESENTACIÓN DE LAS CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO 1 ................. 73 GRUPO DE TRABAJO 2: METODOLOGÍA DE LAS VISITAS PREVENTIVAS A LUGARES DE DETENCIÓN .............................................................................................................................................. 75 1. ESTRATEGIAS DE COMO OBTENER ACCESO (AUTORIZACIÓN) A LUGARES DE DETENCIÓN PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL. Lic. Ronald Solís Zea. Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala. .................................................. 75 2. EXPERIENCIAS DE LOGROS Y DESAFÍOS EN LA REALIZACIÓN DE UNA VISITA PREVENTIVA. Lic. Vilma Guadalupe Mena, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, PDDH. El Salvador. ........................................................................................................... 77 3. EXPERIENCIA SOBRE COMO PROMOVER Y/O ASEGURAR UN IMPACTO SOSTENIBLE DE LAS VISITAS PREVENTIVAS. Lcda. Sharon Díaz, Defensoría del Pueblo (Panamá)................................................................................................................................................ 78
PANEL 4: LOS MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN (MNP) Y LA PROTECCIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES EN DETENCIÓN ............. 80 1. GARANTÍAS Y FACULTADES DE LOS MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN: EXPERIENCIAS INTERNACIONALES Y RECOMENDACIONES. DR. VÍCTOR RODRÍGUEZ RESCIA, VICEPRESIDENTE, SUBCOMITÉ DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (SPT). 80 PREGUNTAS Y COMENTARIOS AL PANEL 4 ................................................................................... 82 GRUPO DE TRABAJO 3 ........................................................................................................................ 86 LOS MNP: OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL OPCAT............. 86 1. EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN (MNP) DE MÉXICO. Dr. Eduardo San Miguel Aguirre, Director del Mecanismo Nacional de Prevención de México. ............................ 86 2. EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN (MNP) DE COSTA RICA. Lic. Lilliana Castro López, Defensoría de los Habitantes de Costa Rica .......................................................... 86 3. EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN (MNP) DE HONDURAS. Abg. Jenny Almendares, Representante del Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre el OPCAT. ............ 86 4. CONSIDERACIONES SOBRE LA COOPERACIÓN ENTRE LOS MNP Y LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS (OACNUDH). Sr. Humberto Henderson, OACNUDH en Guatemala. .......................................... 86
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5. VENTAJAS Y DESAFÍOS EN LA DESIGNACIÓN DE DE INSTITUCIONES NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS COMO MNP. Abg. Therese María Rytter, Centro de Rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura, RCT. .................................... 86 PRESENTACIÓN DE LAS CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO 1 .......................... 87 GRUPO DE TRABAJO 4: PROTECCIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES EN DETENCIÓN .............................................................................................................................................. 88 1. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA PROTECCIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES EN DETENCIÓN. Lcda. Ana Julia Escalante de Castillo, Comisión de Derechos Humanos de El Salvador, CDHES. .................................................................................. 88 2. LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES. Dra. Karin Van Wijk, Defensa de Niños y Niñas Internacional, Sección Costa Rica. ..................................................................... 89 3. LA PROTECCIÓN DE LOS INMIGRANTES. Elba Coria, Coordinadora de Defensa Legal de Personas Detenidas; Sin Fronteras, México. .............................................................................. 94 4. LA PROTECCIÓN DE LOS INDÍGENAS. María Auxiliadora Urbina, Procuradora Especial de Cárceles; Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de Nicaragua. ............ 95 5. LA PROTECCIÓN DE PERSONAS CON ENFERMEDADES FÍSICAS O PSICOLÓGICAS. Leila Arosemena, Comisión de Justicia y Paz, JUSPAX de Panamá. ......... 96
PANEL 5: LOS MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN (MNP) Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL OPCAT ....................................... 101 1. PUESTA EN PRACTICA DEL OPCAT Y EL MECANISMO DE PREVENCION. DR. VÍCTOR RODRÍGUEZ RESCIA, VICEPRESIDENTE, SUBCOMITÉ DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (SPT). .................................................................................................................................. 101 2. CONSIDERACIONES SOBRE LA COOPERACIÓN ENTRE LOS MNP Y LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS (OACNUDH). SR. HUMBERTO HENDERSON, EN REPRESENTACIÓN DE LA OACNUDH EN GUATEMALA. .................... 102
CONCLUSIONES ............................................................................................... 104 ANEXOS ............................................................................................................. 106
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OBJETIVOS El objetivo general de este seminario fue facilitar un intercambio y debate sobre las experiencias nacionales acerca del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) apoyando así su ratificación y puesta en marcha. Los objetivos específicos del seminario han sido los siguientes: •
Conocer, analizar y reflexionar sobre la ratificación e implementación del OPCAT, a través de un intercambio de experiencias sobre los procesos de ratificación y los modelos de Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP).
•
Propiciar un espacio de intercambio y debate sobre las garantías y estándares internacionales establecidos por el Protocolo Facultativo (OPCAT) apoyando así la plena y efectiva implementación del dicho Protocolo.
Los organizadores: CPTRT, ODHAG y RCT, agradecen a todos los participantes y expositores de gran nivel que asistieron y formaron parte de este histórico evento y que con sus aportes y dedicación permiten ir construyendo los caminos para un mundo libre de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes. Este seminario fue realizado gracias al apoyo financiero de la Agencia Danesa para la Cooperación Internacional, DANIDA; Así mismo agradecemos el apoyo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos y al Ministerio Noruego de Relaciones Exteriores.
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PROGRAMA SEMINARIO REGIONAL DE CENTROAMÉRICA Estrategias y Desafíos en la Ratificación e Implementación del Protocolo Facultativo de la Convención de la ONU contra la Tortura (OPCAT)
MARTES 14 DE OCTUBRE DE 2008 Inauguración Moderador: Lic. Guillermo Paz Manueles Representante de la Casa Presidencial 10:00-11:00
Inauguración Representante de la Casa Presidencial Dr. Juan Almendares, Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus Familiares, CPTRT, (Honduras) Dr. Jan Ole Haagensen, Centro de Rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura, RCT, (Dinamarca) Mensaje de inauguración por el Honorable Presidente de la República de Honduras Manuel Zelaya Rosales
11.00-12.00
Cóctel
12.00-13.00
Registro para el seminario regional
13.00-14.00
Almuerzo
Panel 1 El contexto de prevención de la tortura y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) Moderador: Dr. Juan Almendares, CPTRT 14.00-14.30
Los actuales procesos de reforma de justicia penal en Centroamérica: ¿Una oportunidad o un desafío para la prevención de la tortura? Dr. David Morales, Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho FESPAD (El Salvador)
14.30-15.00
El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura: Objetivos y poderes claves de los mecanismos del OPCAT Dr. Nicolás Boeglin Naumovic, Universidad de Costa Rica (Costa Rica)
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15.00-15.30
Pausa café
15.30-16.00
El Protocolo Facultativo en Latinoamérica: Los procesos de ratificación y los modelos de Mecanismos Nacionales de Prevención Dra. Claudia Gerez, Asociación para la Prevención de la Tortura (APT)
16.00-17.00
Debate plenario
MIERCOLES 15 DE OCTUBRE DE 2008 Panel 2 Experiencias de monitoreo de lugares de detención y reflexiones sobre las perspectivas de ratificación e implementación del OPCAT Moderador: Dr. Nery Rodenas, ODHAG 09.30-10.15
Teoría contemperaría sobre condiciones conducivas a la ratificación e implementación de tratados internacionales, Dr. Anton Petrenko, Centro de Rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura (RCT) (Con interpretación inglés-español)
10.15-10.45
Tendencias y desafíos en la implementación del Protocolo Facultativo en los países Latinoamericanos Dr. Juan Navarrete Monasterio, Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH)
10.45-11.15
Pausa café
11.15-11.45
Oportunidades y desafíos que brinda el Protocolo Facultativo en la lucha contra la tortura.¿Hacía un nuevo paradigma? Dr. Emilio Álvarez Icaza, Presidente, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, CDHDF (México)
11.45-12.15
Logros y desafíos en la implementación del Protocolo Facultativo Antenor Hallo de Wolf, Investigador, Facultad de Derecho, Universidad de Bristol (Reino Unido)
12.15-13.00
Debate plenario
13.00-14.00
Almuerzo
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Procesos e estrategias de ratificación y metodología de las visitas preventivas a lugares de detención Moderadora: Dra. Claudia Gerez, APT 14.00-14.30
Metodología del Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT): Principios y buenas prácticas Dr. Hans Draminsky Petersen, Vicepresidente, Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura (SPT) Grupos de trabajo
14.30-16.00 Grupo de trabajo I: Procesos e estrategias de ratificación
14.30-16.00 Grupo de trabajo II: Metodología de las visitas preventivas a lugares de detención
14.30-15.15: Presentaciones y debate:
14.30-15.15: Presentaciones y debate:
Experiencias de cooperación entre instituciones estatales y la sociedad civil en la promoción del Protocolo Facultativo Dr. Juan Almendares, Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus Familiares, CPTRT (Honduras)
Estrategias de como obtener acceso (autorización) a lugares de detención para organizaciones de la sociedad civil Lic. Ronal Solis Zea Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala.
Estrategias de ratificación con un enfoque de Derechos Humanos Abog. Byron Rodolfo Pérez García, Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala.
Experiencias de logros y desafíos en la realización de una visita preventiva Lic. Vilma Guadalupe Mena, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, PDDH (El Salvador)
15.15-15.30
15.15-15.30
Pausa café
Pausa café
15.30-16.00: Presentación y debate:
15.30-16.00: Presentación y debate:
La política del Instituto de la Defensa Pública Penal en cuanto a la tortura Licda. Lorena Montiel Viesca, Instituto de la Defensa Pública Penal (Guatemala)
Experiencia sobre como promover y/o asegurar un impacto sostenible de las visitas preventivas Lcda. Sharon Díaz, Defensoría del Pueblo (Panamá)
16.00-16.30
Presentación de los conclusiones de los grupos de trabajo
16.30-17.00
Debate plenario
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JUEVES 16 DE OCTUBRE DE 2008 Panel 4 Los Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP) y la protección de poblaciones vulnerables en detención Moderador: Dr. Juan Navarrete Monasterio, IIDH 09.30-10.00
Garantías y facultades de los Mecanismos Nacionales de Prevención: Experiencias internacionales y recomendaciones Dr. Víctor Rodríguez Rescia, Vicepresidente, Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura (SPT) Grupos de trabajo
10.00-12.00 Grupo de trabajo I: Los MNP: Oportunidades y desafíos en la implementación del OPCAT
10.00-12.00 Grupo de trabajo II: Protección de poblaciones vulnerables en detención
10.00-10.45: Presentaciones y debate:
10.00-10.45: Presentaciones y debate:
El Mecanismo Nacional de Prevención (MNP) de México Dr. Eduardo San Miguel Aguirre, Director de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH (México)
Consideraciones generales sobre la protección de poblaciones vulnerables en detención, Lcda. Ana Julia Escalante de Castillo, Comisión de Derechos Humanos de El Salvador, CDHES (El Salvador)
El Mecanismo Nacional de Prevención (MNP) de Costa Rica Lic. Lilliana Castro López, Defensoría de los Habitantes (Costa Rica)
La protección de los niños y adolescentes Dra. Karin Van Wijk, Defensa de Niños y Niñas Internacional, sección costarricense (Costa Rica)
10.45-11.00: Pausa café
10.45-11.00: Pausa café
11.00-12.00: Presentaciones y debate:
11.00-12.00: Presentaciones y debate:
El Mecanismo Nacional de Prevención (MNP) de Honduras Abog. Jenny Almendares, Representante del grupo de trabajo interinstitucional sobre el OPCAT (Honduras)
La protección de los inmigrantes Dra. Elba Coria, Coordinadora de Defensa Legal de Personas Detenidas; Sin Fronteras (México)
Consideraciones sobre la cooperación entre los MNP y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de Derechos Humanos (OACNUDH) Dr. Humberto Henderson, Representante de OACNUDH en Guatemala (Guatemala)
La protección de los indígenas Dra. María Auxiliadora Urbina, Procuradora Especial de Cárceles, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (Nicaragua)
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Ventajas y desafíos en la designación de de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos como MNP Abog. Therese María Rytter, Centro de Rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura, RCT, (Dinamarca)
La protección de personas con enfermedades físicas o psicológicas Dra. Leila Arosemena, Comisión de Justicia y Paz, CJP (Panamá)
12.00-12.30
Presentación de los conclusiones de los grupos de trabajo
12.30-13.00
Debate plenario
13.00-14.00
Almuerzo Panel 5 Los Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP) y desafíos en la implementación del OPCAT
Moderador: Víctor Rodríguez Rescia, Subcomité para la Prevención de la Tortura, SPT 14.00-14.30
Los Mecanismos Nacionales de Prevención desde una perspectiva global: Experiencias, desafíos y recomendaciones Dr. Mario Luís Coriolano, Miembro y Encargado Especial de MNP, Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT)
14.30-15.00
El rol regional de la OACNUDH en relación con el OPCAT (y las reformas dentro del sistema penitenciario y/o justicia penal en Centroamérica) Dr. Humberto Henderson1, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de Derechos Humanos OACNUDH en Guatemala
15.00-15.30
Debate plenario
15.30-16.00
Pausa café Clausura Moderador: Dr. Juan Almendares, CPTRT
16.00-16.15
Conclusiones y perspectivas para el futuro • Dr. Juan Almendares, CPTRT (Honduras) • Dr. Nery Rodenas, ODHAG (Guatemala) • Abog. Therese Maria Rytter, RCT (Dinamarca)
16.15-16.30
Palabras de Clausura, Dr. Víctor Rodríguez Rescia2, Subcomité para la Prevención de la Tortura, SPT.
1
En sustitución de la Dra. Carmen Rosa Villa de la Oficina Regional OACNUDH en Panamá.
2
En sustitución del Dr. Mario Luís Coriolano, Miembro y Encargado Especial de MNP del Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT). Ambos no pudieron asistir al seminario debido a problemas meteorológicos. Tegucigalpa, 14‐16 de octubre 2008.
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INAUGURACIÓN DEL SEMINARIO REGIONAL
Integrantes de la Mesa principal:
•
José Manuel Zelaya Rosales, Excelentísimo Señor Presidente de la República de Honduras.
•
Nery Rodenas, Director Ejecutivo de la Oficina de los Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, ODHAG.
•
Therese Rytter, Asesora Legal del Centro de Rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura, RCT.
•
Jan Ole Haagensen, Director del Programa Internacional del Centro de Rehabilitación e Investigación para las Victimas de la Tortura, RCT.
•
Juan Almendares, Director Ejecutivo del Centro de Prevención y Tratamiento y Rehabilitación para las Víctimas de la Tortura, CPTRT.
•
Marta Castro, Magistrada Representante de la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia de Honduras.
•
Eduardo Rosales, Vicecanciller de la República de Honduras.
•
Dayana Martínez, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso Nacional de Honduras.
•
Hugo Suazo, Viceministro de Seguridad de la República de Honduras.
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JUAN ALMENDARES, DIRECTOR EJECUTIVO DEL CPTRT Primero quiero señalar que existe mucho júbilo de parte de nuestra organización como de muchos sectores de nuestra sociedad por la aprobación unánime de la ley en contra de la tortura por parte del Congreso de la República, por sus diferentes integrantes, diferentes representantes y también por el apoyo directo del Señor Presidente de la República. Pero quiero hacer una reflexión sobre la tortura, los tratos crueles inhumanos y degradantes, y de toda forma de violación de los derechos humanos, que son inseparables del ejercicio del poder y tienen sus sustrato principal en el sistema económico y político y en valores ideológicos y éticos relacionados con la vida material, espiritual y cultural tanto de las personas, comunidades y pueblos. El origen de la palabra tortura, nos reafirma lo anterior, este término se deriva de la palabra de tripalium (tres palos), que viene del latín del siglo VI, una especia de cepo formado por tres maderos cruzados donde los sujetos eran inmovilizados mientras se les azotaba, pero también la palabra tripalium se asocia a la palabra trabajo, que se relaciona con trabajo, porque en esos tiempos el trabajo era esfuerzo sufrimiento y sacrificio. La violencia de los derechos humanos, por lo tanto en nombre de los derechos humanos las creencias religiosas, las ideas políticas, la civilización misma, y la democracia, se han violentado y torturado los propios derechos. Testimonios de tortura y genocidio es el de los grupos étnicos de América, África, Asia y de millones de mujeres asesinadas al ser etiquetadas de brujas en Europa. Decía Gandhi “si un hombre ha llegado al corazón de su religión también ha llegado al corazón de las otras.” Cada una de las religiones vienen que enseñarnos desde el punto de vista de la justicia, la tora del judaísmo señala: lo mío es lo tuyo y lo tuyo es lo tuyo, se fundamenta por lo tanto en el altruismo y en el amor al prójimo como a sí mismo. León Tolstoi inspirado por el cristianismo y por la no violencia manifestaba: si estuviéramos enceguecidos por la hipocresía nos serian claras las cosas más simples de la vida, comparte lo que tienes con otros, no acumules riquezas, no seas soberbio, no robes, no hagas sufrir, no mates, no hagas a otros lo que no quieres que te hagan a ti. Todo esto ha sido dicho no dieciocho siglos atrás, sino cinco mil años atrás, y no podrían existir dudas sobre la veracidad de esta ley, si la hipocresía no existiese. El único sentido de la vida es servir a los demás. La idea de justicia también está en la religión Musulmana, se justo pues Ala ama a quienes establecen la justicia. Jainismo, religión histórica de la india, expresa que esta acción violenta, Ainsa, que se ejerce sobre la vida, repercute en quien la ejecuta solo las acciones no violentas es posible alcanzar el lugar de la belleza y la paz. Por eso la Ainsa, la no violencia es el fundamento de la ética. La Ainsa es el respeto total a toda forma de vida, matar a un ser viviente, así como matarse a sí mismo, sentir compasión por
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SEMINARIO REGIONAL DE CENTROAMÉRICA: ESTRATEGIAS Y DESAFÍOS EN LA RATIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN DE LA ONU CONTRA LA TORTURA (OPCAT)
cualquier ser viviente, es como sentir por uno mismo. Conociendo este principio de igualdad, trato siempre a los demás con respeto y compasión. Gandhi consideraba, la primera condición de la no violencia es la justicia, es absolutamente todos los aspectos de la vida. El principio fundamental de la no violencia se basa en abstenerse de la explotación en cualquiera de sus formas y cuando amemos a quienes no odian. Martin Luther King, inspirada por Cristo y Gandhi decía; la no cooperación con el mal es una obligación moral, tanto como lo es la colaboración con el bien. En nuestra América los mayas de Mesoamérica, que basaban su cosmología en los conocimientos matemáticos, astrológicos y cronológicos, estaban compenetrados de la unidad del ser humano, con la naturaleza y consideraban esa relación sagrada. Por eso no se entiende porque los indígenas, lloran, sufren y se revelan cuando se destruye el bosque. La cultura como forma de organización social y política, de una sociedad, para tomar decisiones sobre la forma de vida, respeto a la autoridad, identidad y dignidad, ha enfrentado dos concepciones de los derechos humanos; una universal y abstracta y otro más concreta, contextualizada o basada en la realidad histórica de nuestros pueblos. En la actualidad los bienes materiales, están distribuidos en forma injusta. La democracia está basada en la desigualdad económica y social, y por lo tanto los derechos humanos son violados en forma constante. Desde la perspectiva de la teología de la liberación, la justicia y el respeto a los derechos humanos de los pobres, las victimas y los oprimidos, se han convertido en el eje motor de la liberación. La separación de los derechos humanos de la justicia, del modelo económico y político, no solo ha contribuido a obstaculizar su desarrollo, sino que ha permitido justificar las violaciones de los derechos humanos mismos, en nombre de la libertad y la democracia. Así en forma progresiva se fueron desarrollando los derechos humanos de la primera generación con carácter de individualista, producto de la democracia política. Luego los de la segunda generación, donde hubo más participación de los movimientos sociales, los derechos económicos y sociales. Los de la tercera generación que refleja el derecho a la dignidad de los pueblos, la solidaridad. Los de la cuarta generación que corresponden a los derechos de los animales. Los de la quinta generación de los derechos de los robots y de las maquinas de inteligencia artificial; y los de sexta generación que corresponde a los transhumanos, producto de la biotecnología y las transformación genéticas. Centroamérica, hoy es una de las regiones más violentas de América Latina, pero hay que asociar esta violencia al modelo económico y social, podemos decir, de que no hay ninguna duda, de que existen esfuerzos para enfrentar esta situación de violencia. Desde 1998 nuestra institución el CPTRT, viene realizando esfuerzos conjuntos con personal del ministerio público, con las entidades gubernamentales para realizar visitas a las cárceles y a los centros de detención policial, esperando que, desde luego, se
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desarrollen nuevas experiencias. En el año 2002 se adopto el Protocolo Facultativo Convención contra la Tortura, y ahora, que creemos nosotros que es un gran momento histórico, un gran júbilo nacional, con la aprobación de un MNP contra la tortura. Queremos, sin ninguna clase de tapujos reconocer el esfuerzo en este proceso del ministerio público, de la defensa pública, de los jueces ejecutores, de la cooperación de CPTRT, de APT, y por consiguiente reconocer el esfuerzo del Presidente de la República, que indudablemente a demostrado una buena disposición para el desarrollo de estas actividades y del presidente del congreso como de todos los diputados. Aquí queremos hacer un reconocimiento a Dayana Martínez coordinadora de la comisión de los derechos humanos, a Carlos Kattán, coordinador de la comisión de relaciones exteriores del congreso, a todos los representantes de todos los grupos políticos, al equipo de fiscales del ministerio público y de la defensa pública. Nuestro compromiso, desde luego, es mantenernos vigilante y sobre todo queremos desde luego dejar constancia que esta reunión ante todos los representantes internacionales, es una reunión de gran relevancia para todos nosotros. Así como somos críticos de los gobiernos, no solo de este gobierno, sino de los gobiernos anteriores, expresamos nuestro reconocimiento por esta actitud positiva del congreso y del presidente de la república. El hecho de que cada vez más en Honduras vamos reconociendo la participación de los pobres y estamos más consientes, históricamente, de la necesidad de una unidad histórica de los pueblos de América Latina. Muchas gracias a ustedes.
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JAN OLE HAAGENSEN, CENTRO DE REHABILITACIÓN INVESTIGACIÓN PARA VÍCTIMAS DE TORTURA (RCT)
E
Distinguido Sr. Presidente de la República de Honduras, comisionados, procuradores, invitados internacionales, regionales y nacionales, señoras y señores: Es un gran honor y un privilegio para mí participar en esta ceremonia inaugural, oficial del Seminario Regional para Centroamérica y México sobre “Estrategias y Desafíos en la Ratificación e Implementación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT)”. Ante todo, quiero expresar nuestro más profundo agradecimiento y aprecio al Señor Presidente de la República de Honduras por su generoso gesto de inaugurar este evento regional. Nos sentimos extremadamente agradecidos a Vuestra Excelencia por su respaldo y apoyo a los esfuerzos para encontrar soluciones sostenibles al persistente problema de tortura y otras formas de maltrato. Por parte de todos los organizadores, quiero rendir tributo a su compromiso con la causa de los derechos humanos de todas las personas, y particularmente hacia los individuos más vulnerables, principalmente los que están privados de su libertad y por consecuencia enfrentan el más alto riesgo de tortura en nuestras sociedades. Quiero dar la más cordial bienvenida a nuestros invitados, nacionales e internacionales, quienes han venido desde muy lejos para contribuir al esfuerzo común de prevenir la tortura en los sitios de detención, compartiendo su valioso conocimiento y experiencia y además exponiendo algunos de los múltiples desafíos contra los cuales estamos chocando porque el camino hacia la erradicación de la tortura es, sin duda, un áspero camino. Quiero dar una cálida bienvenida a los representantes del gobierno de Honduras, a los representantes de las instituciones estatales y de la sociedad civil, quienes se han reunido aquí con nosotros para dar otro paso que permita asegurar que todos los hombres y mujeres que se encuentran detenidos en prisiones, estaciones de policía y otras instituciones cerradas sean tratados humanamente, y con respeto a su dignidad y derechos humanos. Nosotros creemos que no se debe ver esta situación como un hecho aislado, sino como algo interrelacionado con las condiciones en la sociedad y que un resultado positivo en esta esfera tendrá un impacto sobre el nivel de violencia en el país. Desde RCT en Dinamarca tenemos un compromiso de largo plazo con Honduras. Hemos venido apoyando el proceso de promoción de los derechos humanos y la transformación democrática en Honduras durante más de 13 anos. Orgullosamente podemos señalar que hemos trabajado con el Centro para la Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus familiares (CPTRT), dirigido con mucha sabiduría por el Dr.
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Juan Almendares, un actor nacional reconocido por su credibilidad, transparencia, abordaje profesional científico, y por su compromiso fuerte con el cumplimiento de los derechos humanos de todos los hondureños y hondureñas, y con cariño especial a las poblaciones más vulnerable de la sociedad. Sin la dedicación valiente de CPTRT los logros importantes en el campo de los derechos humanos no habrían sido tan impresionantes como lo vemos hoy. Quiero dar también una cordial bienvenida a los representes del Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, y también agradecer por la cooperación financiera que ha permitido crear este espacio de intercambio regional e internacional. Si me permiten decirlo, creo que no es una coincidencia que este Seminario Regional acontezca en Honduras. Durante los últimos años, varias iniciativas de reforma han sido promovidas dentro del sistema de justicia penal Hondureña. Para nombrar únicamente algunas, el Congreso de Honduras está considerando una reforma importante de la ley penitenciaria la cual no solamente establecería una estructura independiente creando el Instituto Penitenciario, sino también asegurar que las personas privadas de libertad cuenten con importantes salvaguardias y garantías. El Código Penal también está bajo revisión, para garantizar que los delitos internacionales de tortura y desapariciones forzadas queden con una mejor tipificación. Sin embargo, lo más notable de todo, es que el Congreso Nacional recién aprobó la Ley del Mecanismo Nacional de Prevención, cumpliendo con la obligación prevista en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) de establecer un cuerpo nacional que hará visitas regulares e independientes a todos los lugares de detención en Honduras. La ley le da mucha fuerza al mandato que tendrá la estructura orgánica que habrá de implementarlo. Es un importante avance con respecto a los Derechos Humanos que coloca a Honduras en una posición destacada en la región centroamericana, pues es el primer país que crea el mecanismo mediante una ley. Es digno de mención que este proceso ha sido extraordinariamente transparente e inclusivo. El borrador de la ley no fue restringido solamente a los pasillos de los ministerios y del Congreso Nacional, sino que ha sido compartido con organizaciones de la sociedad civil, tal como el CPTRT quien, gracias a su valioso conocimiento y largos años de experiencia, ha podido contribuir significativamente al proceso de redacción de esta iniciativa de ley. Quiero felicitarlos por estos importantes logros que son cruciales en la lucha contra la tortura. No cabe duda que las reformas legales e institucionales dentro del sistema de justicia penal, gozan del apoyo de todos los sectores de la sociedad y son indispensables en nuestros esfuerzos de prevenir la tortura, el maltrato y van a tener un impacto significativo y sostenible. La obligación del Estado de promover y proteger los derechos humanos ha sido, en otras palabras, visto como una responsabilidad compartida entre el Estado y la sociedad civil -una co-responsabilidad por decirlo así. Y la co-responsabilidad es un requisito para lidiar con los otros grandes desafíos que nos enfrentan—Por ejemplo el asunto general de la
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seguridad humana con respecto a la escalada de violencia en Honduras y sus países vecinos. Tengo la esperanza que este seminario contribuirá a la construcción de una verdadera plataforma regional para intercambios de experiencias en la prevención de violencia en lugares de detención así como en las sociedades tan afectadas por este flagelo. Como es de conocimiento general, la Convención internacional es clara e inequívoca en la prohibición de la tortura. A pesar de esta prohibición absoluta y de los múltiples compromisos políticos establecidos para honrar esta obligación, violaciones fundamentales de los derechos humanos, incluyendo la tortura y otras formas de maltrato, siguen plagando la región y, por cierto, el mundo entero. De manera que, se precisa de abordajes innovadores para complementar los mecanismos de derechos humanos ya establecidos. Un abordaje de esta clase es lo que va a ser nuestro enfoque durante los siguientes tres días, específicamente el Protocolo Facultativo a la Convención de la ONU contra la Tortura, mejor conocido como el OPCAT. El Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura fue adoptado en el 2002 con el fin de fortalecer la protección de personas privadas de libertad frente a la tortura y otros tipos de maltrato. Este nuevo tratado internacional es por cierto un pilar esencial en la lucha internacional contra la tortura. Con el fin de prevenir la tortura y otras formas de maltrato, el Protocolo Facultativo introduce un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes a los lugares de detención. El Protocolo se basa en la idea de que cuanto más abiertos y transparentes sean los lugares de detención, menos serán los abusos que se cometen allí. Esto nuevo sistema fue inspirado por los sistemas de visita de la Cruz Roja y del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura. Estos sistemas han demostrado que las visitas a los lugares de detención, no sólo tienen un efecto disuasivo y preventivo, sino que también faciliten un mejoramiento de las condiciones de detención. De hecho, según el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura estos sistemas tienen un gran impacto preventivo. Durante una visita a Dinamarca el Relator proclamó que el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura ha tenido más impacto en su breve vida de quince años que los cincuenta años de jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos. Actualmente, el Protocolo Facultativo tiene 35 Estados Partes a nivel mundial, incluso cuatro de Centroamérica y México – y es de esperar que los demás países de la región vayan a sumarse a este grupo. Esto a lo mejor no va a ser una ambición inalcanzable tomando en cuenta el liderazgo histórico que Centroamérica ha tenido en el desarrollo del Protocolo Facultativo. De hecho, la idea de añadir una dimensión nacional al Protocolo Facultativo surgió de Centroamérica, facilitando la inclusión de los Mecanismos
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Nacionales de Prevención, los cuales se encargan del monitoreo constante y sostenido de todos los sitios de detención. Ahora la región se encuentra ante la oportunidad y responsabilidad histórica de garantizar la efectiva prevención de todo acto de tortura y tratos similares, mediante la implementación del Protocolo Facultativo. Entonces, es con gran afán y entusiasmo que estamos esperando los siguientes tres días cuando estaremos compartiendo experiencias y teniendo debates sobre asuntos tan diversos como los siguientes: el proceso y las estrategias para la ratificación; la metodología para las visitas preventivas; la designación de los Mecanismos Nacionales de Prevención (MNPs); las garantías y los poderes de los MNPs; y la protección de las poblaciones vulnerables en detención. Es nuestra esperanza que el Seminario contribuirá a la cooperación regional y al fortalecimiento de los esfuerzos constantes en la región para promover la ratificación y la implementación eficaz del OPCAT en Centroamérica. Y tengo la certeza de que con su participación es posible que logremos esta meta. Muchas gracias.
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DISCURSO DE INAUGURACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES Este día nuestro país tiene el privilegio de ser sede de la organización de un evento de mucha importancia en la defensa de los derechos humanos de nuestra sociedad. Y en forma muy especial, dar a conocer todos los avances que en nuestra sociedad hemos tenido en relación a estos problemas históricos, pero que también progresivamente ha venido dándosele respuestas significativas sin obviar, que todavía existen en nuestras comunidades. Hace pocos días tuvimos en Tegucigalpa el placer de recibir a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos; fue una evidente muestra que nuestra sociedad, en el campo de los derechos humanos, se integra al proceso regional por buscar mejorarlos, defenderlos, y convertirlos en símbolos de nuestra sociedad. Igual que la adhesión de Honduras al unirse al Protocolo de Roma en relación al reconocimiento internacional de la Cortes Penales; algo que en Centroamérica, Honduras ya tiene un reconocimiento especial, en forma significativa de la Comunidad Europea, por haberse registrado en este importante instrumento internacional. Hoy con esta ley que se aprobó en primera instancia en la ONU, después, directamente con instrucciones de la Cancillería de República, en la propia Cancillería de la República; después como iniciativa de ley del Poder Ejecutivo circula al soberano Congreso Nacional, donde las bancadas tuvieron a bien estudiarla, debatirla y aprobarla y se convierte en el Mecanismo Nacional de Prevención contra la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, al tenor de lo establecido en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura. Un instrumento internacional al que Honduras ha reconocido, que se liga de manera muy correcta, sincera, para convertirse en parte de esta lucha histórica de la humanidad. Todo esto confluye en este seminario, en el cual se podrán observar así como ha mencionado el doctor Almendares y el doctor Haagensen, diferentes facultades que en la misma ley ha creado el mecanismo para prevención para estos tratos, el Gobierno Hondureño. Diferentes a muchos lugares y otras sociedades del mundo, porque por primera vez, en esta ley se le está dando participación, en esta caso a la sociedad civil; A un representante del poder Legislativo y a un representante del poder Ejecutivo. De tal forma, que logramos ya establecer un mecanismo con mayor participación ciudadana; empoderando, realmente, a la ciudadanía de las posibilidades de tener voz y voto en un asunto tan importante como el que estamos tratando este día. Esta ley, el Mecanismo Nacional de Prevención (MNP), forma parte, lógicamente de un contexto de actividades, acciones sociales de nuestro Gobierno, nuestro país y nuestro Estado, están comprometidos en llevarlo adelante. No son hechos aislados, forma parte
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de una comunicación social; en esto coincido totalmente con las expresiones del doctor Haagensen y especialmente del doctor Almendares, que las violaciones de los derechos humanos no solo se trata de las acciones de Estados represivos, sino también que son un resultado consecuente de un modelo de desarrollo que margina, que excluye, específicamente, denotado por las grandes mayorías empobrecidas de nuestra sociedad. Por eso, tenemos que evidentemente luchar por evitarlo, luchar por buscar sus debilidades para corregirlas y donde están fortalezas, para ponerlas como evidencia y sacarlas como parte de nuestro proceso de desarrollo en Honduras. Sin embargo, tenemos que reconocer hoy, que acaba de pasar el 187 aniversario de nuestra independencia, que Honduras, en tanto tiempo, en tantas décadas, en más de un siglo, casi cumpliendo los dos siglos; todavía en nuestro país, no logra su independencia económica. Ni siquiera su independencia financiera; desde luego que la soberanía popular, un principio básico de nuestro sistema, todavía en Honduras no se practica. Evidentemente, cuando más del cincuenta por ciento de los hondureños viven abajo de la línea de pobreza; que más del treinta por ciento vive en pobreza extrema, el sistema de soberanía popular no funciona. Porque la soberanía entonces se ejerce a grupos específicos, pero no para la mayoría de la población. Lógico es pensar que la influencia particular de intereses, o de grupos determinados, dentro del proceso histórico del país, especialmente grupos que se apropian del poder, por el mismo afán del poder y de la riqueza nacional, han influido tanto en nuestra sociedad, que no han permitido que Honduras logre estados de igualdad, equidad, de solidaridad, como debía ser una aspiración de nuestro sistema social. Esta situación es evidente, desde luego por muchos factores, las violaciones a los derechos humanos son parte de la historia de nuestro país, quien podría negarlas. La implementación de dictaduras en épocas cavernarias en Honduras, que fueron parte de una política de Seguridad Nacional, fueron realmente reductos de viejas practicas en contra de las personas. Por intolerancia política, por intolerancia ideológica, con persecuciones raciales, o por marginalidad económica, cuando se les excluye, por un sistema económico, a las grandes mayorías de participar en un mercado, ese es un sectarismo económico imperdonable para las clases dominantes de nuestra Honduras. Por eso, consideramos que la implementación de una verdadera democracia debería de ser aceptado por todos; una verdadera democracia es aquella que sirve a las mayorías, no a las elites, no a las cúpulas; es aquella que le da participación al pueblo, que no lo excluye de los procesos. La práctica de un proceso democrático, con equidad y de la justicia, son prácticas también que deberían ser consideradas como parte de los derechos humanos de los pueblos, especialmente de nuestra sociedad. Yo creo en forma particular en conceptos básicos, en principios básicos que deben orientar a un ciudadano, a una persona, independientemente de cuál sea su categoría, su puesto o la posición que ocupe en la sociedad. Creo en la vida humana; es bueno creer en la vida, pero no hay que atentar contra la vida humana: Creo en los derechos humanos, en el humanismo; considero que la adhesión de Honduras a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es parte de la conciencia colectiva de la humanidad
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y del pueblo hondureño. Creo en las libertades del ser humano, pero no en la libertad teórica, escrita en los libros, o en las leyes que no se cumplen. Si no, aquella libertad que le permite el acceso a la educación para liberarse. O en la libertad de culto, para buscar una religión que lo libere, que no lo oprima; o la libertad para buscar el acceso a la salud, a la alimentación o al empleo y al ingreso. En esa libertad nosotros nos hemos formado y creemos que debería ser parte fundamental del lenguaje permanente de los políticos y de las clases dominantes de Honduras. Creo que Honduras forma parte del complejo mundo de la economía internacional, pero que simplemente la disposición de un modelo neoliberal que nos exprime a grandes sectores de la población, no debe ser más que el tema del debate ideológico para buscar sensibilizarlo. Para buscar que los diferentes sectores puedan encontrar un camino dentro de un Plan de Nación, que nos involucre a todos con una participación equitativa, pero con un fin democrático y justo, que es lo que necesita en nuestro país. Rechazamos como seres humanos, como ciudadanos y como hondureños, todo símbolo de violencia, todo símbolo de violencia y máxime cuando se usa la violencia como mecanismo de solución de problemas. La violencia debe ser considerada como la anormalidad de la conducta de los seres humanos. En este caso nos unimos específicamente, al proceso de eliminar, para siempre, todo trato cruel, inhumano, degradante, que utilicen los mecanismos del Estado, los mecanismos privados o de particulares, en contra de nuestra sociedad. La pobreza es un trato cruel, degradante, inhumano y una tortura para nuestra sociedad. Podrá haber paz y democracia y defender un estatus quo donde existen dos millones de personas con problemas de hambre, con problemas de enfermedades en nuestro país, en nuestras barbas, enfrente de nosotros. En vez de buscar la forma de asociarnos para solucionar estos problemas: Creemos sinceramente que hoy, el mensaje que trae este seminario, donde participaran diferentes miembros, invitados internacionales e igual que diferentes miembros de esta sociedad, puede traer momentos importantes de reflexión, para que Honduras se libere de esos tratos inhumanos, para hacer una Honduras libre, una Honduras justa, que solo podemos hacer formando y educando a nuestra población. Muchas gracias
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PANEL 1: EL CONTEXTO DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (OPCAT) 1. LOS ACTUALES PROCESOS DE REFORMA DE JUSTICIA PENAL EN CENTROAMÉRICA1. Dr. David Morales: Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, FESPAD. Antes de referirnos al proceso de reforma penal, debemos de referirnos a la transición, de la época de conflictos armados en Centroamérica a la época de la democracia representativa en ausencia de los conflictos. En Centroamérica hubieron experiencias bastante disímiles, en el Salvador y Guatemala se vive un conflicto armado, en Honduras aunque no hubo conflictos armado si hubo violencia política de manera más difusa, se produce también la llamada guerra sucia y la represión, con gran cantidad de víctimas aunque en proporciones mucho menores que en los otros dos países. Nicaragua vivió también una época de conflicto a través de la resistencia nicaragüense o la llamada contra bajo un fuerte influjo del gobierno de Estados Unidos en toda la región y Costa rica que es la muestra una democracia más estable, tampoco se escapo de las dinámicas de los conflictos armados en la región y el tema de Panamá donde se produjo una invasión internacional, generando un situación de conflicto que es anterior a un proceso de pacificación. Esto nos lleva a crear una estructura histórica de violencia. La época de fin de los conflictos y el fin de estos procesos armados, que coincide con el fin de la guerra fría, con la unificación de la Europa del este y del oeste que eran representadas por la Unión Soviética y Estados Unidos, esta situación también coincide con la reforma de los Estados desde políticas neo-liberales, y todo esto crea un ambiente donde los derechos humanos se establecen en nuestros países, donde a la vez se produce los proceso de reforma penal. Estos procesos que se vienen dando desde los 80 y 90, ha hecho que surjan ciertos factores comunes, que van dando paso a los nuevos modelos legales, como el modelo acusatorio que varia del anterior porque es un modelo de litigio donde la contradicción de la acusación y la defensa genera la actuación imparcial de juez, que varia del modelo pasado que es mas inquisitivo donde se tenía el modelo del juez investigador, y donde 1
Para más información, ver presentación en anexo 3: Los actuales procesos de reforma de justicia penal en Centroamérica.
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este modelo se vio empantanado en la burocracia, la perdida de imparcialidad y la corrupción. También se generaliza el personaje del Ombudsman, que es un defensor de los derechos humanos, que tiene una independencia para solucionar los conflictos que agilizan los procesos que necesitan una resolución. Todo esto se puede llamar una dinámica de la justicia penal, donde se lleva a una mayor independencia de las reformas de las leyes penales, y esto sigue en proceso ascendentes con respecto a las leyes penitenciarias, que hacen que se profundice en estos cambios, a pesar de que en algunos lugares había una resistencia a este tipo de procesos. La independencia de los jueces es uno de los elementos importantes para esos cambios, donde el juez es el que tiene la última palabra. Esto ocurre por los cambios en los modelos judiciales de los procesos penales. Aquí encontramos un elemento y son los procesos orales en los juicios penales, donde ha habido un uso abusivo de los testigos y una manipulación por medio de la palabra. Las debilidades de este sistema judicial, es que la policía toma mucha fuerza como en el proceso de mano dura contra las pandillas, donde ha habido un enemigo interno, donde los enemigos están dentro de la misma sociedad, y esto deja ver la gran debilidad del sistema penal. Las grandes deficiencias son el sistema de policía y el sistema de prisiones que ahora es llamado crisis carcelaria, donde el hacinamiento es un fenómeno de estas dos grandes deficiencias. La policía actúa como ente represivo donde se manifiesta recurrentemente la tortura, y la policía no ha llegado a ser aquel ente que le de seguridad a los ciudadanos. Es en los ámbitos de privación de libertad donde la tortura se puede manifestar, de la misma forma que aquella tortura estructural que se vivió en los momentos de conflictos armados en Centroamérica. Los factores que pueden cambiar estos problemas y dejar a un lado las debilidades del sistema judicial, creemos que pueden ser, el personaje de los derechos humanos (el Ombudsman), los funcionamientos de sistemas internacionales contra la tortura, y la competencia de algunos entes contra la tortura, además de los procesos de las instituciones internas que hacen que este proceso de reforma contra la tortura se agilice en los países de Centroamérica. Aquí surge este protocolo facultativo de la convención contra la Tortura, esto hace que haya un nuevo aire para una reforma del ámbito judicial.
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2. PROBLEMAS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO
FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA DE LAS NACIONES UNIDAS: DE UNA IDEA A UN PROTOCOLO ONUSIANO. Dr. Nicolás Boeglin2. Introducción: Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de Diciembre del 2002, el Protocolo Facultativo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en adelante Protocolo Facultativo) entró en vigor el pasado 23 de junio del 2006, con el depósito ante las Secretaría General de las Naciones Unidas del 20ª instrumento de ratificación. Al cumplirse ya dos años de esta importante fecha para la comunidad de los derechos humanos, y más particularmente para la que se ha abocado a idear mecanismos novedosos de carácter preventivo para intentar erradicar el flagelo de la tortura y de los malos tratos a las personas privadas de libertad, es menester valorar los avances y problemas actuales que enfrenta este texto en su fase de implementación, así como los desafíos futuros que lo esperan. Varios de los problemas actuales al implementar el Protocolo Facultativo derivan precisamente de cierta confusión por parte de muchos actores, que en algunos casos, subestiman algunas de las profundas razones que llevaron a su creación, sean estos Estados, pero también entidades de la sociedad civil; a su vez, esta confusión genera cierta ambigüedad en torno a los principios operativos que sustentan la perspectiva preventiva en materia derechos humanos que establece este novedoso instrumento que se distingue de los demás instrumentos universales de derechos humanos. De manera a entender mejor los pormenores de estos desafíos y muchos otros que enfrenta en la actualidad el Protocolo Facultativo es que nos proponemos demostrar cómo los inevitables escollos que supone tramitar ante las Naciones Unidas una idea simple pero original como la que fue expuesta por vez primera por su autor, Jean Jacques Gauthier en 1976, han dejado una huella, que hoy en día dificulta seriamente la implementación del texto aprobado en el 2002.
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Profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR). Co-autor del Manual conjunto IIDH/APT titulado “El Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes: Un Manual para La Prevención, IIDH / APT, San José-Ginebra, junio del 2005. Doctor en Derecho (Universidad de Paris II), LLM (Instituto Universitario Europeo de Florencia). Contacto: nboeglin@gmail.com.
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I. REDESCUBRIR LA NOCIÓN DE PREVENCIÓN: El término prevención deriva del latín "praeventio", que alude a la acción y efecto de adelantarse a una situación (3). La prevención pretende anticiparse a los efectos negativos de un fenómeno particular. Según el Diccionario de la Real Academia, por prevención se entiende “acción y efecto de prevenir; preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar una cosa (4). En cuanto al término de “prevenir”, leemos que se trata de “preparar, aparejar y disponer con anticipación las cosas necesarias para un fín; prever, ver conocer de antemano o con anticipación un daño o perjuicio; precaver, evitar o impedir una cosa” (5). Sin lugar a dudas, la noción implícita de “adelantarse” o de “anticipación”, o, en términos modernos, la capacidad de lectura previa o labor “proactiva” en si ya dista mucho de la labor tradicional en derechos humanos (“reactiva”, en reacción a hechos, seguida por la tramitación a partir de un caso, un expediente, una denuncia, una comunicación, la documentación y obtención de pruebas antes de presentar una acusación contra un presunto infractor). En materia preventiva, no se trata en ningún momento de reaccionar ante un hecho, sino de prever la ocurrencia de ese mismo hecho y reducir significativamente los riesgos de que efectivamente pueda volver a ocurrir. Así, ante determinadas violaciones a los derechos humanos como el genocidio, la discriminación racial, la discriminación por género, o bien, tema que nos interesa, la tortura, y los tratos o penas inhumanos, crueles o inhumanos, dos opciones de enfrentar el reto de su erradicación o de incidir para que no se vuelvan a repetir aparecen: 3
“ Qu'entendons nous par prévention ? Si nous reprenons ce concept à partir de son usage et de son étymologie, le dictionnaire historique de la langue française d'Alain Rey nous éclaire sur son origine et son évolution : Prévention apparaît en 1374 emprunté au bas latin praeventio : "action de devancer, de prévenir en avertissant". À partir de Montaigne à la fin du 16e siècle prévention prend valeur de "mesure de précaution" /…/ C'est à partir du 19e siècle que prévention va désigner "un ensemble de mesures destinées à prévenir certains risques".Ce glissement sémantique "des choses fâcheuses", métaphore du danger, au "risque" n'est pas sans conséquences. En effet si le danger est probable, le risque lui est toujours présent : (http://www.freudlacan.com/articles/article.php?url_article=dperonny110507). . Se lee en otro análisis crítico de la noción de prevención desde el punto de visto sociológico que « il est généralement référé aux “mesures de précaution” d’abord face au risque des maladies, puis, plus largement, de la vie en société dont une forte composante réside dans la gestion des accidents liés au progrès. Ici, l’usage de la notion s’est conjugué, d’une part, avec l’idée de “prévoyance collective”, d’où découlent la plupart des dispositifs d’assistance, de redistribution et d’action sociales et, d’autre part, à “l’économie des cures et des traitements”. Enfin, son voisinage avec la notion théologique de “prévenance” (aller au-devant de la personne, anticiper ses désirs, ses besoins) peut servir à l’habiller d’une moralité vertueuse fondée sur le service à la personne (modèle canadien). » in BECQUEMIN M., Pour une critique de la prévention a travers le prisme des reformes, http://www.cairn.info/revue-informations-sociales-2007-4-page-74.htm 4 5
Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española,1992. Ibidem
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1- la primera, (la tradicional), mediante la tramitación de casos, la documentación, la denuncia pública, la presión de la opinión pública, la condena a los jefes o responsables de estos actos, y a los Estados en un proceso internacional público. 2- la segunda (novedosas) mediante un estudio práctico y un análisis sistémico que analiza el contexto en el que aparece este tipo de violación, y las recomendaciones de distinta índole que permitan prevenir la comisión de estos hechos; ello a partir de un análisis integral que identifique las posibles causas y los elementos que, mejorados, pueden sustancialmente reducir la confluencia de variables que provocan esa violación. Por ende, la prevención conlleva necesariamente el conocimiento de las distintas variables que posiblemente inciden en ese hecho, y lleva ineludiblemente en un enfoque integral necesariamente multidisciplinario del fenómeno estudiado (6). Ahora bien, esta perspectiva de la “prevención” dista mucho de la perspectiva tradicional de la “protección” o de “atención” a las víctimas, y esta clara distinción será el punto de partida de las reflexiones que siguen. Para ver cómo se podría “prevenir” la tortura y los malos tratos a personas privadas de libertad (7), Jean Jacques Gauthier, banquero suizo retirado que dedicó sus años al estudio de este tema, comenzó con la observación de la labor del CICR (Comité Internacional de la Cruz Roja). Ahí encontró que la fórmula que mejor incidía en reducir sustancialmente los índices de violencia en los lugares de detención eran las visitas regulares a lugares de detención. Pero no solamente las visitas prácticas en sí, sino la posibilidad misma que estas se llevasen (o no) a cabo. Para ello, y siguiendo lineamientos técnicos del mismo CICR, concluyó que se debía obligatoriamente de contar con el consentimiento previo de los Estados y con un equipo de visitadores con capacidad de anticipación y de lectura, asentada obligatoriamente en enfoque multidisciplinario en ámbitos muy precisos pero tan disímiles como: 1) la condiciones físicas de la detención policial, la formación de los custodios, la separación entre cuerpos policiales de investigación y de custodia, el régimen disciplinario, el régimen de separación entre mayores y menores, mujeres y hombres, el régimen de sanciones punitivas dentro de los establecimientos, así 6
Para ilustrar este carácter Interdisciplinario, podemos citar el ejemplo de la prevención del delito, que toma en cuenta como factores de riesgos elementos tales como la inequidad social, la densidad poblacional, la inequitativa distribución de la riqueza, la desafección de las escuelas primarias, la debilidad de los lazos familiares y el impacto agresivo de la publicidad comercial. Otros ámbitos en materia preventiva como la prevención de la violencia doméstica, la prevención de riesgos laborales, o la prevención en el campo de la salud también requieren de un enfoque integral que necesariamente requiere de un enfoque multidisciplinario. Se puede inferir de estos ejemplos que la prevención obliga a un enfoque integral que supone la interdisciplinaridad. 7 Curiosamente, no se encontró ni en documentos del CPT, ni en los de la misma APT algún estudio teórico y semántico sobre la noción de prevención, su sentido etimológico y su aplicación al tema de la tortura y los malos tratos.
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como el régimen de sanción a los responsables de torturar y/o maltratar a los privados de libertad. 2) el régimen de salidas al aire o para realizar ejercicios, el régimen nutritivo, el de educación física, las posibilidades de educación formal dentro de un establecimiento, la asistencia sicólogica, la adicción a drogas, 3) la asistencia sicológica, la percepción cultural entre privados de libertad, o entre estos y los custodios, las técnicas de humillación cultural y de discriminación abierta o velada, la violencia cultural, el efecto la cultura violenta urbana sobre privados de origen rural; el sentimiento de proximidad, la depresión y el impacto del ocio en el comportamiento humano (8) 4) la estructura arquitectónica escogida en ciertos lugares de detención, la infraestructura imperante, las condiciones físicas de los locutorios, los talleres o las celdas disciplinarias, los baños, los comedores; así como los sistemas y espacios de luz, el impacto del sonido, el sistema de ventilación, el posible impacto de tuberías de aguas usadas mal conectadas, etc...; Esta es una muy breve muestra de algunos de los ámbitos en los que el CICR y, a partir de 1990, el mismo CPT (Comité Europeo para la Prevención de la Tortura) han buscado incidir a través de su labor en materia de prevención de la tortura y de los malos tratos (9). Sin lugar a dudas, este lista nos demuestra que los profesionales del derecho son ciertamente de gran ayuda en la primera categoría de ámbitos de trabajo sobre los que se puede incidir desde la prevención, pero mucho menos en los subsiguientes. En efecto, los lugares de detención son un universo aparte y desmenuzar los códigos y la cultura de violencia que en ellos se desarrolla pasa por un enfoque de carácter integral, que debe interesarse tanto a los privados de libertad como a los custodios que “habitan” ese universo y son parte íntegra de él. Como bien lo señala una autora española, “detrás de las prácticas de malos tratos y torturas, mas allá de las definiciones penales, tras la imposición o no de sanciones, existe una serie de relaciones sociales condicionantes de las mismas” /::/ el torturador no nace, sino se hace, se construye socialmente y hay determinadas relaciones sociales que favorecen su aparición. (10). Para tener un idea del 8
En la mayoría de los lugares de detención, los privados de libertad en su inmensa mayoría están sometidos a un régimen de ocio compulsivo permanente, interrumpido por algunas actividades semanales. 9 Sobre los estándares sistematizados de la práctica del CPT, véase CRUZ ROS J, op.cit, pp.4385. Un análisis que intenta explorar los estándares ya no solo del CPT, sino del CAT (Comité contra la Tortura), de la CDH (Comisión de Derechos Humanos) y de los Relatores especiales evidencia que salvo el CPT, las otras instancias no tienen mayor desarrollo. Ver en ese sentido, BANK R., “Preventive measures against torture: an análisis of standards set by the CPT, CAT, HRC and Special Rapporteur”, in APT, 20 ans consacrés à la réalisation d´une idée. Recueil d´articles en l´honneur de Jean Jacques Gauthier, APT, Genève, 1997, pp.129-143. 10 ZÚÑIGA RODRÍGUEZ L., “Instrumentos jurídicos para prevenir la tortura y los malos tratos”, in Arkateko, La prevención y erradicación de la tortura y malos tratos en los sistemas penitenciarios, XXII Cursos de Verano en San Sebastián, Colección “Jornadas sobre Derechos Humanos”, Nº 7, San Sebastián, 2003, pp.117-168, pp.129-130.
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esquema analítico de los factores que favorecen la aparición de la tortura nos permitimos remitir el lector al análisis realizado no por juristas, sino por dos médicos del CICR que la APT uso en su momento como guía operativa (11) II. LA IDEA ORIGINAL: INNOVAR CON RESPECTO A LA PROTECCIÓN Y DISTINGUIRSE CLARAMENTE DE ESTA En el ámbito internacional, los instrumentos tradicionales de carácter universal en materia de derechos humanos demostraron su eficacia para cierto tipo de violaciones y sus serias limitaciones para otro tipo de violaciones. Precisamente la idea que subyace al Protocolo Facultativo pretendía descartar completamente la perspectiva tradicional de la labor en derechos humanos (recepción de quejas, comunicaciones o denuncias, documentación y tramitación ante un órgano de supervisión internacional, decisión de este sobre admisibilidad, procesamiento del Estado y eventual condena del Estado involucrado) y abocarse a insertar una novedosa modalidad de trabajo, desde una perspectiva peculiar como lo es la prevención. Las serias limitaciones de la labor tradicional de protección y de los mecanismos tradicionales ya existentes en materia de tortura y de malos tratos (y que también se evidencian en el fuero interno (12) convencieron a Jean Jacques Gauthier a idear un mecanismo que permitiera incidir antes de que ocurra la tortura, estableciendo un mecanismo de visitas regulares a los lugares de detención, y generar algún tipo de relación de confianza con las autoridades, lejos de la mirada fiscalizadora de terceros o de la opinión (técnica, ampliamente inspirada en las visitas ya la labor de acompañamiento del CICR). En este ámbito, el principio de confidencialidad cobra toda su relevancia: como bien lo resume un delegado del CICR en América Latina, “a cambio de las facilidades de una autoridad detentora, el CICR se compromete a respetar la confidencialidad total en lo que atañe a lo que compruebe en los lugares de detención” (13). De una forma más sutil aún, para ese mismo autor “el principio de confidencialidad se resume, a menudo en la fórmula: “el CICR dice lo que hace, y no lo que ve”.
11
Ver el « schéma d´analyse globale des facteurs qui favorisent l´apparition de la torture « in STROUM J. Y DAUDIN P., “Une analyse des facteurs qui favorisent l´apparition de la torture », in APT, 20 ans consacrés à la réalisation d´une idée. Recueil d´articles en l´honneur de Jean Jacques Gauthier, Apt, Genève, 1997, pp.117-128. 12 Véase por ejemplo, para el caso de Costa Rica, MORA Ch., AGUILAR C., Los derechos fundamentales tras los muros de la prisión, Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Justicia (CONAMAJ), CONAMAJ, San José, 2003 13 DE SINNER Ph., « Visitas a personas privadas de libertad por el Comité Internacional de la Cruz Roja” in VALIÑA L, (Dir.), Prevenir la tortura: un desafío realista. Actas del Seminario sobre las condiciones de detención y la protección de las personas privadas de libertad en América latina, Foz de Iguazú, Brasil, 28/30 septiembre 1994, APT, Suiza, 1995, pp. 28-41, p.36. Ver también GAILLAND R., “The ICRC and the issue of confidentiality”, in APT, Visits under public international law, Proceedings of an APT workshop, Geneva 23-24 september 1999, APT, Geneva, 2000, pp. 83-86 en donde se lee que “confidentiality is a key argument for the ICRC when negotiating both access to the victims or solutions for their most direct needs” (p. 86).
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El enfoque preventivo que inspiro durante más de 20 años a Jean Jacques Gauthier contaba con dos preciados principios: el principio de cooperación y del principio de confidencialidad. El riesgo de que los Estados pudieran confundir estos ámbitos de trabajo tan distintos (el de la protección por un lado, y de la prevención por otro) llevaron al mismo Jean Jacques Gauthier a dividir su organización original, el Comité Suisse contre la Torture, en dos nuevas organizaciones: la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT) por un lado, y otra, SOS Torture (1985) que finalmente tomaría el nombre de Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), dedicada a la denuncia y a la recepción de testimonios de tortura (14). Tal como lo indica el ex Secretario General de APT, desde el punto de vista estratégico, “il n´était pas possible pour la même organisation de dénoncer les gouvernements qui torturent et de leur demander d´ouvrir leur lieux de détention à un mécanismes de visites » (15). La cooperación y la confidencialidad constituyen los principios operativos del CICR en su labor de prevención de la tortura y de los malos tratos, y el CICR visita los lugares de detención apegado de manera estricta al principio de confidencialidad, sin nunca acudir a declaraciones públicas , a la opinión pública, a la prensa. Ello de manera a generar condiciones propicias para el diálogo y la confianza con los Estados visitados, y hacer las recomendaciones técnicas sin necesidad de apoyarse en la opinión o en un tercero. Es únicamente si el Estado, por alguna razón, publica una parte del informe remitido por los delegados del CICR a sus autoridades, que este toma la decisión de publicarlo de manera completa. El principio de confidencialidad explica, por ejemplo, porque, de todas las instituciones internacionales que se preocupan por la suerte de los privados de libertad en Guantánamo, es únicamente el CICR el que ha tenido acceso a las celdas en Guantánamo desde el 2001 (y ello pese a las innumerables solicitudes recibidas por parte de varias instancias de las Naciones Unidas); o que haya sido la primera instancia autorizada por la Junta Militar a ingresar en Birmania el pasado mes de mayo del 2008: los Estados tienen en el CICR una confianza, que en parte deriva del principio de confidencialidad que articula toda su labor. Una visita anunciada a un departamento legal o de Asuntos Políticos de una cancillería de parte del CICR provoca mucho menos temores y reticencias que la de un órgano de derechos humanos tradicional que realiza dicha visita, como por ejemplo, un Relator especial de Naciones Unidas sobre la tortura. Esta perspectiva de trabajo se extendió con sumo éxito al sistema europeo de prevención de la tortura, obra directamente inspirada en la misma persona de Jean Jacques Gauthier,
14
Véase al respecto, SOTAS E., de SERNACLENS P., “Prévention: complémentarité de l´action de l´APT et de l´OMCT », in APT, 20 ans consacrés à la réalisation d´une idée. Recueil d´articles en l´honneur de Jean Jacques Gauthier, Apt, Genève, 1997, pp.47-53. 15 De VARGAS F., “Bref historique du CSCT/APT” in APT, 20 ans consacrés à la réalisation d´une idée. Recueil d´articles en l´honneur de Jean Jacques Gauthier, APT, Genève, 1997, pp. 27-46, p.35
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con el CPT (Comité Europeo para la Prevención de la Tortura) (16) creado mediante la Convención Europea para la Prevención de la Tortura y de Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes por el Consejo de Europa el 26 de junio de 1987. Para sorpresa de muchos, esta Convención fue firmada y ratificada en un lapso de tiempo muy corto (un año), entrando en vigor el 1ero de febrero de 1989: ello dista mucho de la práctica en materia de instrumentos clásicos de derechos humanos, sean estos universales o regionales, y evidencia la buena disposición de un significativo número de Estados del Consejo de Europa en someterse a este nuevo mecanismo (incluyendo Turquía, Estado que, a la sorpresa de muchos, fue el primero en ratificar este instrumento europeo) (17) . Sobra decir aquí nuevamente que los principios operativos en materia de confidencialidad y de cooperación que establece la Convención de 1987 son en gran parte responsable de ello. Desde su primera visita en 1990 a Austria, el CPT ha demostrado de manera incuestionable el impacto de las visitas sobre el mejoramiento de las condiciones de detención y la prevención de abusos de toda clase. Basado en los mismos cimientos que el sistema establecido en el Protocolo Facultativo – visitas regulares imprevistas a cualquier dependencia en la que se encuentren personas privadas de libertad, principio de cooperación y diálogo con los Estados y principio de confidencialidad (18) – la experiencia acumulada por el CPT constituyó una valiosa fuente de información durante la elaboración del Protocolo Facultativo en el seno de las Naciones Unidas iniciada formalmente en 1991 y concluida en el 2002, y sigue siendo objeto de paralelismos por parte de varias ONG (19). La APT a inicios de los años 90, y la misma Comisión Internacional de Justicia (CIJ) promotoras del proyecto, siempre defendieron la idea que entre las características generales del texto a consideración de la Comisión, su naturaleza “ será esencialmente preventiva, no jurisdiccional. No busca condenar ni castigar a los Estados, no busca poner
16
Esta es la apelación oficial, y no una apelación seguramente mas atractiva para los medios de comunicación de “Comité Anti Tortura” que se puede leer... en la misma pagina web del Consejo de Europa: www.coe.int 17
Véase al respecto EISEMANN P.M., “ La Convention européenne pour la prévention de la torture et des peines ou traitements inhumains ou dégradants », 34, Annuaire Français de Droit International (AFDI), 1988, pp. 618-634. Ahí se lee que 19 Estados firmaron en el mismo día en que se sometía la firma esta Convención, el 26 de noviembre de 1987, y que Turquía fue el primero en ratificarlo, el 26 de febrero de 1988 (p. 633). 18 Sobre este último ver en particular CRUZ ROS J., El Comité para la prevención de la tortura. Fijación de estándares para mejorar la protección de las personas privadas de libertad, UNED (programa Derecho y Libertades en Europa, Instituto europeo de Derecho, Ediciones ENE, Valencia, 2001, pp.21 y ss. 19
Véase por ejemplo el documento de la APT y de Amnesty International, “Comparative Chart: the UN Subcommittee on Prevention of Torture and the European Committee for the Prevention of Torture”, Amnesty International, Dic. 2004 (Documento policopiado).
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a los gobiernos en actitud defensiva. Procura entablar un diálogo entre las autoridades del estado y el órgano de control. La regla será la confidencialidad y la cooperación” (20) III. LA IDEA ANTE LA TRAMITOLOGÍA DE LAS NACIONES UNIDAS: ILESA NO SALIO Un protocolo facultativo: Teniendo muy clara la idea original, quedaba por definir la fórmula jurídica más oportuna para realizar la idea de un mecanismo universal de visitas periódicas a lugares de detención. Fue en 1978 cuando el Secretario General de la CIJ, Niall MacDermot, propuso a Jean Jacques Gauthier una fórmula que consideraba la más viable para completar la maquinaria de las Naciones Unidas con dicho mecanismo: dadas las ya serias resistencias que externaban algunos Estados ante la adopción misma de un instrumento jurídicamente vinculante para erradicar la tortura a nivel universal, entonces en discusión en las Naciones Unidas, Niall MacDermot propuso que dicho mecanismo no se incluyera en el texto mismo de la convención, sino que se presentase bajo la forma de un protocolo facultativo o adicional a la futura convención (21). Un protocolo facultativo es un texto adicional a un tratado internacional (que puede llamarse Carta, Convención, Pacto, Convenio) adoptado al mismo tiempo o posteriormente a este, que introduce disposiciones no contempladas en el tratado original al cual se refiere pero que lo complementan. Se dice que es facultativo u opcional porque su contenido no es obligatorio para los Estados que han ratificado el tratado original (los “Estados Partes”), sino que queda sujeto a la libre decisión de estos de ratificarlo o no. Un aspecto de importancia de señalar es que un protocolo facultativo o adicional instituye un procedimiento de entrada en vigor autónomo al del tratado original que complementa, principal atractivo para muchos Estados. En algunos casos, se trata de instituir un mecanismo de supervisión adicional al que establece el tratado original (22). En otros casos, se trata de elaborar un texto que complete las insuficiencias normativas del tratado original ( 23) 20
Ver Documento presentado por la CIJ, ARTUCIO A. Proyecto de protocolo facultativo a la Convención contra la Tortura, CDH, 48 periodo de sesiones, Tema 10 de la Agenda, Doc E/CN.4/1991/66- 22 de enero de 1991. Doc policopiado. Véase en ese mismo sentido las conlcusiones del seminario de Ginebra de diciembre de 1990, al que participaron el Comité Suisse contra la Torture (antecesor de la APT y de la OMCT), el Comité Autrichien contre la Torture, la CIJ y el CEPTA (Comité de Expertos para la Prevención de las tortura en las Américas), Documento policopiado, Comité Suisse contre la Torture, Ginebra, Diciembre 1990
21
Véase MACDERMOT Niall, “How to enforce the Torture Convention”, in SCT/CIJ, How to make the International Convention Effective, Ginebra, SCT/ ICJ, 1980, pp.18-26.
22
Por ejemplo, el Protocolo Facultativo al Pacto de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas (que entró en vigor al mismo tiempo que el Pacto, en 1976) permite al Comité de Derechos Humanos extender su competencia al examen de comunicaciones de presuntas víctimas de una violación de cualquiera de los derechos enumerados en dicho Pacto. O bien el Protocolo Facultativo a la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la
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En conclusión, un protocolo facultativo u opcional viene a ser ante todo una técnica jurídica mediante la cual los Estados actualizan las disposiciones de un tratado original, o bien extienden su alcance, o bien buscan consolidar los mecanismos establecidos. Pero ello conservando intacto el tratado original, evitando revisarlo o reabrir la discusión en cuanto a su contenido. Sobre este particular, esta técnica jurídica del Protocolo Facultativo no fue sino aceptada con suma reticencia por parte de Jean Jacques Gauthier y provocó incluso dudas de varias ONG (24). Desde los primeros años en que lanzó su proyecto, Jean Jacques Gauthier siempre había defendido la idea de una convención internacional separada, porque separada y completamente distinta era su perspectiva de trabajo con respecto a la de los instrumentos universales existentes o en posibles fase elaboración como lo era la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas que vería el día en 1984 (25). Este simple hecho de que el mecanismo de visitas a lugares de detención de carácter preventivo se incluya ya no en un instrumentos separado sino como un Protocolo Facultativo a una convención tradicional de derechos humanos como la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura constituye una fuente de confusiones y en sí y un serio Mujer (más conocida por sus siglas en inglés de CEDAW) de 1999 que extiende la competencia del Comité de la CEDAW al examen de comunicaciones individuales y a la realización de investigaciones sobre violaciones a los derechos de las mujeres. 23
Por ejemplo, en el ámbito propiamente interamericano esta vez, el Protocolo de San Salvador de 1988 sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales intenta, bien que mal, completar con esta categoría de derechos las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 que se refiere únicamente a derechos civiles y políticos. Por su parte, el Protocolo de Asunción de 1990 sobre la abolición de la pena de muerte busca dar un nuevo impulso en el plano interamericano a la tendencia universal en favor de la abolición de esta práctica. La práctica en materia de protocolos facultativos en el marco del sistema europeo de protección de los derechos humanos es a este respecto mucho más diversa y voluminosa. 24 Ver nota interna de Jean Jacques Gauthier contestando duramente y en términos poco diplomáticos a un artículo en el que Nigel Rodley, entonces miembro del secretariado de Amnesty International en Londres, aduce tener serias reservas sobre el proyecto de Protocolo Facultativo (Nota del 14 de septiembre de 1982 reproducida en APT, Jean Jacques Gauthier et la prévention de la torture: de l´idée à l´action. Recueil de textes (choisis et présentés par Nathalie Mischler), APT, Genève, 2003, pp.169-170. 25 El Secretario General de la Comisión Internacional de Juristas en aquel entonces, Niall Mac Dermott, convenció a Jean Jacques Gauhtier de que, en aquella época, 1979, era difícil pensar en abrir dos frentes al mismo tiempo en el seno de las Naciones Unidas en materia de tortura. Recordemos que en aquella época de la Guerra Fría, varios países de América Latina eran gobernados por regímenes dictatoriales, que los gúlags y asilos psiquiátricos de la Unión Soviética y de los países socialistas empezaban tan solo a revelar al mundo sus horrendos secretos mediante los testimonios de Alexander Soljenitsine; y que la teoría de la seguridad nacional campeaba en la mayoría de los países del Sur, y también en algunos del Norte, justificando las prácticas más inhumanas en cuanto a las condiciones de encarcelamiento y detención.
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desafío para la implementación de este novedoso instrumento. En efecto, a diferencia del CICR (en el plano universal) o del CPT (a nivel regional), se parte desde el inicio con:
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Una terminología y un título oficial del Protocolo Facultativo que en ningún momento hace referencia explícita a la prevención (como si lo hace la Convención Europea para la Prevención de la Tortura de 1987) Una falsa premisa de que este Protocolo Facultativo constituye según la lexicología de Naciones Unidas un texto adicional a una Convención “contra” la Tortura, disimulando así su carácter completamente ajeno a la perspectiva que se induce de la palabra “contra” usada en la terminología oficial de las Naciones Unidas. Mucho más sujeto a confusiones, una asimilación del Protocolo a un instrumento “mas” de derechos humanos de carácter universal, lo cual contribuye a mermar aún más las posibilidades de discernir claramente las diferencias entre la perspectiva de la protección y la de la prevención (26) una relación “filial” convencional entre la Convención madre y el Protocolo Facultativo que conlleva una mayor confusión entre la perspectiva de protección y la de prevención, radicalmente distintas, aunque el objeto esa el mismo (la erradicación de la tortura y de los malos tratos) una relación “filial” convencional que induce a pensar que también debe trasponerse a la relaciones que el Subcomité mantiene con el CAT (Comité contra la Tortura) de la Convención “madre” de 1984; una relación filial que supone un ligamen político entre un órgano de carácter preventivo como lo es el Subcomité Internacional para la Prevención, con un órgano de supervisión y de control clásico en materia de derechos humanos como lo es el CAT de las Naciones Unidas: en efecto, en caso de tensiones entre el
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En ese sentido, el Protocolo Facultativo es parte de los listados de instrumentos universales sin que se le reconozca un carácter particular de la perspectiva de trabajo que ofrece. Incluso es asimilado en algunas publicaciones a otro texto que lleva el nombre de Protocolo, como lo es el Protocolo de Estambul. Ver por ejemplo VIDAURRI ARECHIGA M y CHOWELL ARENAS, Compendio de Derechos Humanos contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Guanajuato, Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato, PGJ, 2005. Extrañamente, esta misma confusión puede ser inducida de algunas publicaciones de la misma APT, como por ejemplo APT, Report. Standard Operating Procedures of International Mechanisms Carrying out Visits to place o Detention”, Workshop, 24 may 1997, APT, Geneva, 1997, donde se compara las visitas del CICR y del CPT con las de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, del Relator Especial sobre las condiciones de detención en Africa, sin ningún tipo de explicación entre las que tienen una perspectiva de prevención y las que responden a mecanismos de “fact-finding” universales o regionales. Otra obra que intenta dar una idea de los mecanismos de visitas existentes en derecho internacional colocan en el mismo estudio las visitas en materia de control de armamento, armas nucleares, las practicadas por mecanismos universales de derechos humanos, en materia de protección del medioambiente y del CICR sin en ningún momento distinguir la perspectiva de la prevención de las demás: véase APT, Visits under public international law. Theory and Practice, Proceedings of an APT Workshop, Geneva, 23-24 september 1999, APT, Geneva, 2000.
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Estado involucrado (no cooperación, Artículo 16, párrafo 4, el Subcomité debe recurrir al CAT, al que además debe presentar un informe anual (Artículo 16, párrafo 3). Este tipo de percepciones que se fundamentan en algunas disposiciones del protocolo nacen de la técnica jurídica del protocolo adicional o facultativo escogida y generan cierto tipo de confusión, entre los Estados, sus órganos y a las mismas entidades de la sociedad civil. Sobre estas últimas, era natural esperar que las ONG de derechos humanos conocieran del texto, se lo “apropiaran” (aún sin estar muy familiarizadas con su propósito y contenido) y lo promovieran para su ratificación, excluyendo en el proceso de discusión a gremios profesionales de la salud, sicólogos, trabajadores sociales y muchas otras entidades lejanas a estas ONG (como las que trabajan con hospitales psiquiátricos, solicitantes de refugio). Ello no sería grave si no se tratara de entidades, agrupaciones y gremios profesionales o académicos que, como lo veremos son fundamentales para una buena implementación del Protocolo Facultativo. En algunos países, una ONG en permanente confrontación con el Estado es llamada a… idear un acercamiento con el Estado de cara a la designación del futuro MNP, lo cual solo puede resultar en un efecto contraproducente y una reacción crispada del Estado. Los mecanismos nacionales de prevención. Aceptada la idea de recurrir a la técnica de un protocolo adicional, nos encontramos con un nuevo escollo sufrido por el concepto original: los mecanismos nacionales de prevención. Para explicar su súbita “aparición” en el 2001, es menester hacer un muy breve recuento de las sesiones del Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos que inició formalmente sus labores en 1991. Breve recuento: Este Grupo de Trabajo se abocó a plasmar en un texto un mecanismo internacional de carácter preventivo. Inspirado en la exitosa práctica del CPT europeo, muchos de los Estados más favorables al Protocolo Facultativo y la APT confiaron en poder encontrar una fórmula para universalizar la labor del CPT, y hacer del Subcomité Internacional para la Prevención un “CPT universal”. Sin embargo el proceso de discusión iniciado en 1991 en el Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas llegaba a mediados de los 90 en un punto en el cual las posiciones de unos y otros ya no permiten avanzar más. En su quinto período de sesiones del Grupo de Trabajo (14-25 de octubre de 1996) (27), el Grupo de Trabajo inició la segunda lectura del proyecto. Ante las posiciones difícilmente conciliables relativas a dos disposiciones claves (el consentimiento del Estado para visitas a cualquier parte de su territorio – artículo 1- , la necesidad o no de un acuerdo previo entre el Subcomité y el Estado para realizar una visita in situ – artículo 8-, se decidió postergar la discusión sobre estas para la próxima sesión Ambas disposiciones tampoco 27
Véase Doc. E/CN.4/1997/33 del 23 de diciembre de 1996. Presidente Relator: Carlos Vargas Pizarro (Costa Rica); Presidente del Grupo de Redacción: Ann Marie Bolin Pennegard (Suecia)
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fueron objeto de un acuerdo durante el sexto período de sesiones (13-24 de octubre de 1997) (28). Para su sétimo período sesiones (28 septiembre-9 de octubre de 1998) (29) el Grupo de Trabajo continuó con el examen en segunda lectura, dejando también para futuras consultas algunos puntos que no lograron ningún tipo de consenso (30). El proceso de discusión parecía a tal grado haber llegado a un punto muerto (31) que, a inicios del año 1999, Suecia, quién ejercía entonces la Presidencia de la Unión Europea (UE), y Suiza propusieron a Costa Rica realizar un “renovado esfuerzo para salvar el Protocolo” (32).El octavo período de sesiones (4 -15 de octubre de 1999) (33) vió la adopción en segunda lectura de varias disposiciones operativas, pero, se manteniéndose como puntos “no resueltos” varias disposiciones de suma importancia (34). Estos puntos no resueltos y las posiciones inconciliables de los Estados que apoyaban un mecanismo internacional sólido y eficaz y los que lo adversaban abiertamente o de manera velada colocaron al Grupo de Trabajo en una situación de bloqueo. Durante el noveno período de sesiones (12-31 de febrero del 2001) (35), las discusiones se centraron esta vez en una novedosa propuesta presentada por México, que contaba con la “simpatía” del Grupo Latinoamericano y del Caribe (GRULAC) (36) de establecer, 28
Véase Doc. E/CN.4/1998/42 del 2 de diciembre de 1997 (Presidente Relator: Carlos Vargas Pizarro (Costa Rica); Presidente del Grupo de Redacción: Ann Marie Bolin Pennegard (Suecia) 29 Véase Doc. E/CN.4/1999/59 del 26 de marzo de 1999 (Presidente Relator: Carlos Vargas Pizarro (Costa Rica); Presidente del Grupo de Redacción: Ann Marie Bolin Pennegard (Suecia) 30 Un articulo suelto, el artículo X (conformidad del texto del Protocolo con la legislación interna) y un Art.13 (posibilidad para un Estado, en circunstancias excepcionales, de oponerse a la visita del Subcomité). 31 De acuerdo con la misma Presidenta del Grupo de Trabajo, ...“año tras año, el Grupo de Trabajo /.../ se enfrascaba en bizantinas discusiones sobre el alcance de los artículos que componían el texto. Un ejercicio estéril y tedioso consumía la paciencia de quiénes querían avanzar hacia los verdaderos objetivos del Protocolo” (véase ODIO BENITO Elizabeth, “Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura”, Revista Costarricense de Política Exterior, Vol. 3 (2002), pp.85-90, p.87. 32 Ibidem 33 Véase Doc. E/CN.4/2000/58 del 2 de diciembre de 1999 (Presidente Relatora: Elizabeth Odio Benito (Costa Rica). Con ocasión de esta octava sesión, retorna a la Presidencia del Grupo la Sra Elizabeth Odio Benito, quién lo había presidido en la primera sesión de 1992. 34 Estos puntos son fundamentalmente: a) el consentimiento del Estado para visitas a cualquier parte de su territorio –artículo 1-;b) los acuerdos previos entre el Subcomité y el Estado para realizar una visita in situ – artículo 8- ; c) las facilidades que el Estado debe otorgar al Subcomité durante las visitas – artículo 12-;d) la conformidad del las disposiciones del Protocolo con la legislación interna – artículo X; e) y las objeciones, en circunstancias excepcionales, de un Estado a una visita del Subcomité –artículo 1335 Véase Doc. E/CN.4/2001/67 del 13 de marzo del 2001 (Presidente-Relatora: Elizabeth Odio Benito (Costa Rica) 36 Así se denomina uno de los cuatro grupos regionales en la ONU: “GRULAC” (Grupo América Latina y el Caribe) conformado por los Estados de la región latinoamericana y del Caribe. Los otros grupos regionales en las Naciones Unidas son el Grupo Africano, el Grupo Asiático, y el WEOC (Europa Occidental, Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda). Existen además
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paralelamente al mecanismo internacional de visitas, un mecanismo nacional para la prevención (también recogida posteriormente en un proyecto distinto, presentado por Suecia en nombre de la Unión Europea días después). Mientras que la propuesta de México ponía el acento sobre los mecanismos nacionales de prevención sin descartar del todo el esquema internacional original, la propuesta de Suecia opta por mantener el esquema original, no sin dejar abierta la posibilidad para que sea eventualmente sea completado por un mecanismo nacional. La intención velada de la propuesta mexicana fue inmediatamente adversada por las ONG y una división muy clara apareció entre, por un lado, la APT, la FiACAT (Federación Internacional de los Católicos para la Abolición de la Tortura) y por otro, una airada reacción conjunta de AI (Amnesty International), HRW (Human Rights Watch) y la CIJ (Comisión Internacional de Jursitas) extremadamente dura contra esta propuesta mexicana, alertando sobre algunos precedentes propuestos por ese mismo país en otros foros donde se elaboraban instrumentos universales o regionales de derechos humanos, y advirtiendo sobre los serios riesgos que ello conllevaría para el futuro texto (37). Ambas propuesta de México y de Suecia tuvieron la virtud de cambiar radicalmente la perspectiva de los Estados y la naturaleza de las discusiones, reanimando el debate en el seno del Grupo de Trabajo, pero planteando serias dudas sobre su conformidad con el planteamiento original (38). Es de notar desde ya que estas dos propuestas contaron, curiosamente, con el apoyo de la delegación de Costa Rica (39). En su décimo y último período de sesiones (14-25 de enero del 2002) (40) el Grupo de Trabajo se vio presionado por distintas señales provenientes de autoridades de las Naciones Unidas y de instancias que le solicitaban “lograr rápidamente un texto definitivo y de carácter concreto” (41). Ante la falta de consenso que se evidenció nuevamente entre subgrupos como el de la Unión Europea, el de los Estados de Europa Central y del Este, el Grupo de la Liga de Países Árabes, así como el JUSCANZ (que reagrupa a Japón, Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda). 37 EVANS M.D y HAENNI DALE Cl., “Preventing torture? The development of the Optional Protocol to the UN Convention Against Torture” Vol 4, Human Rights Law Review (2004), pp. 18-55, p. 40. 38 Para un análisis de las propuestas de México y de Suecia en nombre de la Unión europea, ver EVANS M.D y HAENNI DALE Cl., “Preventing torture? The development of the Optionnal Protocolo to the UN Convention Against Torture” Vol 4, Human Rights Law Review (2004), pp. 18-55, p. 3842, que señala que en la propuesta mexicana, el Subcomité” would be responsible for supporting and supervising the work carried out by national mechanisms and be empowered to provide with assistance and advice /…/. Clearly the key issue was the nature of the supervision, since this has consequences for the architecture of the Optional Protocol as a whole” (p. 40). 39 El representante de Costa Rica en esta sesión admite que “si el Grupo de trabajo no había podido, durante los últimos 9 años, lograr un consenso sobre el proyecto de Protocolo facultativo propuesto por Costa Rica, el momento había venido de examinar nuevas propuestas”. “La delegación de Costa Rica acoge de manera favorable las nuevas ideas presentadas por México y Suecia” (Doc. E/CN.4/2001/67 del 13 de marzo del 2001, párr. 17). 40 Véase Doc. E/CN.4/2002/78 del 20 de febrero del 2002 (Presidente-Relatora: Elizabeth Odio Benito (Costa Rica) 41 Resolución 2001/44 de la Comisión de Derechos Humanos del23 de abril del 2001.
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los Estados, la Presidenta del Grupo de Trabajo, Sra. Elizabeth Odio Benito, decidió esta vez presentar una “Propuesta de la Presidente Relatora” que incorporaba algunos elementos de las propuestas mexicana y sueca, buscando un compromiso aceptable. En esa oportunidad, el representante de Costa Rica declaró que “no se debía permitir que las delegaciones que no estaban a favor de un mecanismo de prevención eficaz, muchas de la cuales ni siquiera habían adherido a la Convención contra la Tortura, impusieran sus opiniones y prolongaran innecesariamente el debate” (42). Es en un ambiente sumamente tenso que la Presidenta Relatora presentó al finalizar la sesión su informe final para aprobación del Grupo de Trabajo, que sería posteriormente enviado para consideración de la Comisión de Derechos Humanos y, hecho inusual, sometida a un voto (43), para luego, no sin incidentes e intentos fallidos de frenar su adopción, ser enviado al ECOSOC y la Asamblea General de las Naciones Unidas (44) El mecanismo nacional de prevención: “un accident de parcours”. Nunca previsto por los iniciadores del proyecto original, ni tan siquiera por la misma APT luego del fallecimiento de Jean Jacques Gauthier en mayo de 1986, la inclusión de “mecanismos nacionales de prevención” en el 2001 no fue recibida con muy buenos ojos por muchos, en particulares varias ONG, temiendo que los Estados usaran esta figura del MNP como tapadera oficial sobre las condiciones imperantes en los lugares de privación de libertad, entrabando aún más la tarea del Subcomité Internacional para la Prevención que se intentaba establecer. Para otros, esta inclusión del MNP en el 2001 afectaba considerablemente y peligrosamente el proyecto original de Jean Jacques Gauthier, y ellos por varias razones que me permito indicar: 42
Doc. E/CN.4/2002/78 del 2º de febrero del 2002, párr. 112, pág. 26. “If only a small minority of countries are known to oppose the adoption of the Protocol, a vote might be considered” estima, entre otras opciones, la entonces Presidente del Comité de Redacción del Grupo de Trabajo en un estudio publicado a inicios del año 1998 (BOLIN PENNEGARD Anne-Marie, “An Optional Protocol, based on prevention and cooperation”, in DUNER Bertil (Editor), An End to Torture. Strategies for its Eradication, Zed Books, Londres/Nueva York, 1998, pp.40-60, p.57). Contrastando con la práctica de adopción de nuevos mecanismos internacionales de derecho humanos, la idea de someter a votación el Protocolo Facultativo es apoyada por las ONG. En una carta dirigida a la Presidenta Elizabeth Odio, los secretarios de tres ONG (Kate Gilmore, Amnesty International, Kenneth Roth, Human Rights Watch y Louise Doswald – Beck de Comisión Internacional de Juristas) recuerdan sin embargo que “ aunque los MNP que efectúan visitas a lugares de detención pueden desempeñar una función crucial para prevenir la tortura, es importante mantener el componente internacional en la prevención de estas practicas/.../. De hecho, buena parte de la fuerza del fomento de los derecho humanos dimana generalmente de la iniciativa internacional”, Carta suscrita por las tres ONG del 29 de octubre del 2001, cuya copia posee el autor. 44 Sobre el largo caminar que aún esperaba al Protocolo Facultativo, y los múltiples escollos procesales que intentaron frenar su adopción, en la CDH, el ECOSOC y la IIIera Comisión de la AGONU, ver nuestro análisis en APT/IIDH, El Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes: Un Manual para La Prevención, IIDH / APT, San José-Ginebra, junio del 2005, pp. 66-73. 43
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desvirtuaría el propósito de la idea original de un Subcomité Internacional para la Prevención pensado como un verdadero “CPT universal”, al crear una entidad nacional con funciones y tareas similares a las del Subcomité cuya relación de subordinación (supervisión del Subcomité a los mecanismos nacionales) no quedaría del todo garantizada (45); haría evidente una posible duplicación de tareas y labores, cuya solución favorecería la idea de delegar a los MNP las funciones principales de las visitas de carácter preventivo, liberando al Subcomité de estas funciones para concentrarse en labores de asesoría técnica a los Estados; incorporaría una problemática no resuelta en el texto mismo del Protocolo Facultativo, con respecto al principio de confidencialidad, piedra angular del mecanismo previsto antes del 2001. Si bien el texto del Protocolo facultativo lo menciona para el Subcomité Internacional, no hay ninguna mención de este principio para los MNP, complicando la transmisión de la información y las relaciones entre los MNP y el Subcomité, y dando pie para mayor suspicacia por parte de las autoridades estatales.. induciría de manera peligrosa a remitir las principales funciones en materia de visitas a lugares de detención de carácter preventivo a un órgano nacional, y a convertir Subcomité Internacional para la Prevención en un simple ”ente asesor” de los Estados en la creación de un MNP; con el agravante de que ello no justificaría la necesidad de otorgarle mayores recursos dentro del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para asegurar su debido funcionamiento. diluiría de manera sumamente grave el componente de capacitación y preparación profesional de los integrantes de los organismos de visitas y obligaría a un esfuerzo mucho mayor por parte de entidades de la sociedad civil y de entidades nacionales académicas para dar a entender los alcances precisos de la labor preventiva en materia de visitas, que se hubiera podido concentrar únicamente al Subcomité de existir únicamente este preciso órgano.
IV. DE LA IDEA A LA CONFUSIÓN: LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO En razón del espacio, nos limitaremos únicamente a la región latinoamericana, aunque muchas de las conclusiones a las que llegamos se aplican a otras regiones del mundo. La campaña de ratificación y de implementación realizada en América Latina fue exitosa para las organizaciones que la realizaron a partir del 2002. La APT y el IIDH (46) pueden 45
Ibid, pp. 41-42 Además de unir esfuerzos en la confección de un Manual conjunto APT/IIDH sobre el Protocolo Facultativo (2203-2004) editado en junio del 2004, y su lanzamiento en 11 países del hemisferio (septiembre 2004), ambas instituciones articularon varios foros nacionales de manera conjunta o separada de cara a la designación del MNP en Argentina (2006), en Brasil (2007), en Chile (20062007, en México (2005-2006-2007), en Paraguay y Uruguay (2005, 2007), así como en foros
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mostrarse satisfechos por el hecho que de los 20 primeros, 7 fueran latinoamericanos (47), y que de los 10 integrantes del primer Subcomité Internacional, cuatro expertos de América Latina fueran llamados a integrarlo. Sin embargo, al analizar mas detalladamente la discusión que en los países de la región se han desarrollado de cara a la creación o designación de un MNP desde el 2003, nos encontramos con los siguientes denominadores comunes: son aún muy pocas las organizaciones de la entidad de la sociedad civil que conocen en profundidad del texto y del mandato asignado al MNP y al SPT, y áun menos las que cuentan con algún grado de familiaridad o de experiencia práctica en las visitas de carácter preventiva (48). En muchos países la discusión se ha concentrado únicamente en ONG de derechos humanos, sin incorporar a otras entidades y disciplinas científicas que supone el carácter interdisciplinario de los equipos de visitadores. En algunos países, las confusiones vuelven a evidenciarse, con la notable excepción del modelo de discusión y el formato institucional sugerido por el Senado de Paraguay y varias ONG de este país suramericano (49) y el proceso de discusión y reciente ley de creación del MNP en Honduras (50). En ambos casos, es de señalar la gran apertura mostrada por estos dos Estados para incorporar a distintos actores que de alguna u otra manera conocen la realidad entro de los lugares de detención. Honduras es el primer Estado de la región en crear un MNP por ley, técnica jurídica recomendada por la APT el IIDH y muchas instancias que promueven el Protocolo. En los restantes países, los procesos de designación e implementación de los MNP ilustran una percepción confusa del mandato del Subcomité, del mandato de los MNP, y de la misma idea que subyace del Protocolo Facultativo:
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entre los propósitos del Protocolo Facultativo y los de cualquier instrumento internacional clásico de derechos humanos (que siempre obedece a una misma perspectiva de la labor en materia de derechos humanos: denuncia, tramitación de casos, documentación): Al ser considerado formalmente como “un instrumento más de derecho humanos”, es inmediatamente percibido como una instrumento más en la protección de los derechos humanos, cuando precisamente, su perspectiva es radicalmente opuesta. Esta lectura es reforzada por el hecho que en algunos países, las mismas ONG de derechos humanos que se apropiaron
regionales en Venezuela (2005), Costa Rica (2005, 2006 y 2007), Panamá (2006) y Paraguay (2007). 47 Argentina, Bolivia, Costa Rica, Honduras, México, Paraguay y Uruguay 48 Definidas por la misma APT como “visitas proactivas: son parte integral de un proceso continuo de análisis del sistema de detención en todos sus aspectos” APT, Guía para el Establecimiento y Designación de Mecanismo Nacionales de Prevención, APT, Ginebra, 2006, pp.14.15, p.15 con unas recomendaciones que señalan que “ se debe reconocer que las visitas preventivas, por su propósito y metodología, tienen características distintas a otros tipos de visitas realizadas a lugares de detención” (ibid., p. 17). 49 Texto del expediente de ley presentado por la Senadora Acha en Paraguay el pasado 23 de junio del 2007, sobre la creación del MNP en Paraguay disponible en http://www.congreso.gov.py/silpy/main.php?pagina=info_proyectos&idProyecto=1183 50 Ley aprobada el 24 de septiembre del 2008 por el Congreso Nacional de Honduras.
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de este texto a nivel nacional para lograr su ratificación, son las más combativas y las que mantienen tradicionalmente tensas relaciones con algunos Estados. Y esta percepción equivocada de que el protocolo es un instrumento mas de derechos humanos es igualmente evidenciada en los despachos ministeriales (Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior o de Seguridad Pública) que asocian “derechos humanos” a ciertos prejuicios (ONG, opinión pública, prensa nacional e internacional, acusación internacional, defensa jurídica de los expedientes) que una labor preventiva bien entendida como la prevista en el Protocolo no debiera de provocar; -
entre la tarea de protección y la de prevención: esta confusión conceptual es aun mas manifiesta a la hora de :
1) la designación y creación de los MNP. Los dos países en los cuales el Poder Ejecutivo ha procedido a designar oficialmente su MNP, Costa Rica y México designaron a entidades que tienen un mandato constitucional en materia de protección (labor clásica de derechos humanos) que poco se adecua a los requerimientos del Protocolo Facultativo. Ninguno de estos mecanismos cuenta con instrumentos operativos que permitan garantizar una labor preventiva de calidad (equipo multidisciplinario, enfoque integral, recursos adicionales para la labor preventiva). Ambos han sido designados mediante un decreto ejecutivo “provisional” en el caso de Costa Rica, mediante una modificación al reglamento de la CNDH (Comisión Nacional de Derechos Humanos) en el caso mexicano. En el caso mexicano, las ONG y la misma APT han señalado la insatisfacción por esta designación y la dura crítica a esta decisión que se encuentra en el presente volumen y que compartimos plenamente no amerita ser nuevamente reproducida aquí (51). Notemos que, de manera general, la idea de designar a una Defensoría del Pueblo, o una oficina del Ombudsman atenta de manera evidente contra la idea de desmarcar la tarea preventiva de la tarea de protección, dado que estos órganos cuentan con un mandato constitucional de protección que poco se puede adecuar a la perspectiva de prevención. Además, en el caso de Ombudsman que lleva su labor de protección de 51
“No obstante, es inaceptable que la CNDH monopolice la función de MNP, cuando sólo debiera ser una parte, una pieza del mecanismo que ya constituye el sistema nacional no jurisdiccional de protección a los derechos humanos en México, formado por 32 comisiones públicas locales de derechos humanos y la CND”: ver en esta misma obra el artículo del miembro mexicano del Subcomité Internacional para la Prevención de la tortura in SARRE M., El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura: un instrumento generador de cambios estructurales necesarios para prevenir la tortura”, en particular la última parte sobre “La experiencia en México con el mecanismo nacional de prevención en México”. Cuyas afirmaciones no permiten duda alguna sobre el mal rumbo emprendido en México al designar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos como MNP de manera exclusiva.
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manera ejemplar, y que por lo tanto mantiene tensas relaciones con las estructuras de un Estado a cargo de los lugares de detención, esta situación de confrontación dificulta los canales de comunicación y de confianza que busca precisamente establecer el Protocolo entre el MNP y el Estado. Ello sin hablar de su imposibilidad legal de admitir algún tipo de confidencialidad sobre la información que recaba en los lugares de detención que atentan contra sus propias reglas constitucionales. 2) la designación hecha por los Estados de lo integrantes del SPT: pese a algunas recomendaciones hechas en su momento por la APT, los expertos nacionales presentados por los Estados como candidatos para conformar el Subcomité Internacional son en su casi totalidad juristas, ciertamente experimentados en la labor de denuncia y tramitación de casos, mucho menos en la de prevención (52). Los 4 integrantes presentados por los países de América Latina coinciden con esta formación académica y profesional, sin mayor experiencia en visitas de corte preventivo a lugares de detención. 3) Algunas reglas de carácter procesal tomadas por el Subcomité como por ejemplo la de inhibir al miembro nacional de ser el enlace con el Subcomité en cuanto a la designación o creación del MNP (regla defendida por uno de los miembros con mayor trayectoria en la denuncia internacional en materia de derechos humanos). Si bien la regla de inhibición del miembro nacional es la práctica en los órganos de Naciones Unidas de supervisión y control (que tienen un rol cuasijudicial), esta regla establecida en lo interno del Subcomité no se justifica para un órgano de tipo preventivo, privando así al mismo Subcomité de un valioso recurso para guiar y orientar al Estado en la designación del MNP. En cambio, esta misma regla se aplica, inspirándose en el Art. 35. 2 del reglamento interior del CPT, a las visitas a un Estado miembro. 52 Entre los requisitos que en su momento el IIDH presentó a los Estados para la designación de posibles expertos, se indicaba, entre otras “Ser físicamente y mentalmente estable para enfrentar visitas sumamente exigentes y potencialmente estresantes. Esta última habilidad nos parece ser de extrema relevancia en la medida en que las visitas a lugares de detención constituyen a veces un ejercicio profundamente desestabilizador desde el punto de vista emocional, considerando las condiciones infrahumanas de detención y de hacinamiento en las que se encuentran las personas privadas de libertad”. Ver texto sobre “Criterios técnicos para la definir el perfil de posibles candidatos” esbozados por el IIDH en: http://www.iidh.ed.cr/no.impunidad
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CONCLUSIÓN. Como hemos intentado demostrarlo, la idea original de Jean Jacques Gauthier no salió ilesa de su paso por las Naciones Unidas. Si bien la opción de la usar la técnica de un protocolo facultativo o adicional al proyecto de Jean Jacques Gauthier le dió viabiliad política a esa iniciativa, también la colocó en una situación ambigua desde el punto de vista conceptual que debería de haber provocado mayor reacción por parte de sus promotores. Desde el punto de vista formal, también, la propuesta mexicana del 2001 vino a “salvar” el estado de inmovilización en el que se encontraban las discusiones para ese entonces, pero abriendo un nuevo flanco para los que desean debilitar la estructura del Protocolo Facultativo de manera sustancial. La necesidad de rescatar aún más la especificidad y la originalidad del proyecto inicial se hace evidente cuando asistimos, en América Latina, así como en muchos otros países, a situaciones tales como: •
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ONG de denuncia, algunas de ellas sumamente combativas, que se apropiaron del tema del mecanismo nacional de prevención en algunos países, frente a Estados renuentes y suspicaces ante las verdaderas motivaciones de estas en promover un mecanismo que las primeras aseguran no ser de protección. Promotores internacionales no gubernamentales del Protocolo Facultativo e instituciones de las Naciones Unidas que inducen en error a los actores al proponer como formatos institucionales de mecanismos nacionales de prevención algunas instituciones nacionales de derechos humanos. Entre ambos, entidades que aún mantienen y alimentan la confusión entre dos perspectivas de trabajo como lo son la protección y la prevención.. Autoridades nacionales, académicas y algunas otras ONG que defienden la idea que la perspectiva de la protección es perfectamente conciliable con la de la prevención, omitiendo que los dos pilares operativos de esta son la cooperación ya la confidencialidad, o refiriéndose solamente al primero. Finalmente, una tendencia que subestima la especificidad de la prevención, y considera que, en los países en que se está proponiendo la creación de una institución nacional de derechos humanos general, (Chile y Uruguay), el mandato del MNP perfectamente puede ser añadido a una larga lista de otros mandatos en materia de derechos humanos.
Sin lugar a dudas este sombrío panorama (al que escapan a la fecha los procesos seguidos en Honduras, ya consolidado, y Paraguay aún pendiente del trámite legislativo) evidencia que, al menos en América Latina, queda aún mucho por hacer para que Estados y entidades de la sociedad civil conozcan los principios operativos que sustentan la perspectiva de prevención con respecto a la forma tradicional de trabajar en materia de derechos humanos. La clara distinción entre ambas aún no ha logrado permear el discurso de algunas entidades, ocasionando una reacción contraria por parte del Estado que se “crispa” cada vez que participa en consultas sobre el Protocolo Facultativo, y busca a todas costas proteger sus intereses ante un MNP mal entendido por las mismas
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entidades que se abocan a promoverlo. Parte de la solución encontrada por algunos Estados Partes al Protocolo Facultativo desde de su entrada en vigor, ha sido la de diluir intencionalmente el proceso de discusión, o bien designar a un mecanismo nacional de prevención “a su medida”, procediendo a la técnica más fácil: asignar el MNP de manera exclusiva a la Defensoría del Pueblo o Comisión Nacional de Derechos Humanos (oficina de Ombudsman) existente. Parafraseando a François De Vargas, anteriormente citado, también nos preguntamos si es realista y recomendable que la misma entidad que denuncia, tramita y acusa a un Estados pueda asumir con algún grado de éxito la tarea de pedirles que abran sus lugares de privación de libertad para un escrutinio técnico basado en la cooperación y en relaciones de confianza (53). ¿Cómo, siendo realista, ganar la confianza de las autoridades a cargo de los lugares de detención si, por parte de una misma institución, algunas visitas vienen a documentar y tramitar denuncias, y otras a “generar” un clima de confianza? Uno de los primeros seminarios en América Latina propiciado por la APT sobre la prevención de la tortura realizado por la APT en el majestuoso escenario del trifinio de las cataratas de Foz de Iguazú en 1994 se intitulaba “prevenir la tortura: un desafío realista” (54). El realismo mágico de Gabriel García Márquez parece haber empezado a hacer mella en algunos países de la región sobre este tema. Hoy más que nunca, el proyecto Gauthier requiere de una acción coordinada entre sus promotores que replantee clara y abiertamente su originalidad y su especificidad, y evite repetir errores estratégicos de algunas organizaciones en su promoción. Las equivocadas designaciones de algunos Estados de la región son una clara señal de alerta que deben ser analizadas para evitar su repetición.
53
" Tal como lo decía el primer Secretario General de la APT, al explicar porqué el CSCT tuvo que dividirse orgánicamente en dos nueva entidades, la APT y la OMCT, “il n´était pas possible pour la même organisation de dénoncer les gouvernements qui torturent et de leur demander d´ouvrir leur lieux de détention à un mécanismes de visites » De VARGAS F., “Bref historique du CSCT/APT” in APT, 20 ans consacrés à la réalisation d´une idée. Recueil d´articles en l´honneur de Jean Jacques Gauthier, APT, Genève, 1997, pp. 27-46, p.35
54
VALIÑA L, (Dir.), Prevenir la tortura: un desafío realista. Actas del Seminario sobre las condiciones de detención y la protección de las personas privadas de libertad en América latina, Foz de Iguazú, Brasil, 28/30 septiembre 1994, APT, Suiza, 1995,
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3. EL PROTOCOLO FACULTATIVO EN LATINOAMÉRICA: LOS PROCESOS DE RATIFICACIÓN Y LOS MODELOS DE MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN. Dra. Claudia Gerez, Asociación para la Prevención de la Tortura
(APT) Nuevamente repito lo de mis colegas, Honduras está poniendo las pautas no solo a nivel Centroamericano sino también a nivel Latinoamericano de cómo llevar a cabo Mecanismo de Prevención de la Tortura, ya que es la primera vez que el Mecanismo es aprobado por ley, también me parece sorprendente que los dos países que han marcado la pauta de dicho mecanismo sean países pequeños con serios problemas de tortura. Todo esto a nivel de introducción. Voy a comenzar hablando de la situación a nivel mundial del Protocolo Facultativo y luego voy a pasar a hablar sobre los procesos de implementación del protocolo en América Latina y cuando hablo de procesos me refiero a los pasos para poner en práctica los Mecanismos Nacionales de prevención y en segundo lugar me referiré a los modelos y ahora estamos llamando mas a estructuras porque modelos se refiere más en la práctica y a lo que los estamos refiriendo es a los arreglos institucionales o sea ¿quién o quiénes van a ejercer esta función de mecanismo nacional de prevención?. Este protocolo entro en vigor hace dos años, entonces estamos todavía en una etapa fundacional para poner en práctica el sistema, donde el sistema es un doble de pilar de prevención, el subcomité por un lado y los mecanismos por otro lado. Este subcomité es el pilar de prevención de la tortura, este subcomité tiene mandato de hacer visitas y de apoyar el establecimiento de los Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP). El protocolo ha sido ratificado a nivel mundial por 35 Estados, que ahora tiene la obligación de establecer o designar MNP, de estos 35 países en el mundo 10 son de Latinoamérica entre ellos Argentina, Paraguay, Uruguay, Brasil, Costa rica, México, Bolivia y Honduras, y ratificación fue en Guatemala. Además 3 han firmado Chile, Ecuador y Nicaragua, entre estos 10 de América Latina, y 35 a nivel mundial, 15 ya han designado sus MNP, en América Latina de los 10 que ya han ratificado 3 tienen sus MNP designados, en el caso de Costa rica, México y ahora Honduras y 6 no tienen dignados MNP y además están incumpliendo con el plazo de un año para designarlo. En la región en general se puede ver que los procesos de implementación del protocolo comparado con otras regiones del mundo han sido más dinámico, más participativos y más transparentes que en otras regiones sobre todo en Europa Occidental, en donde se han designado en muchos países sin mucha discusión previa al Ombusdman y ya. Se está dando ahorita en estos procesos una etapa de incumplimiento de estos procesos. En cuanto a otra generalidad de la región, en cuanto la estructura de los modelos es que estos son más ambiciosas y más novedosa que en otros países del mundo, la en América Latina tendencia es optar por fortalecer lo existente, crear algo nuevo aunque ser más
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creativos y ambiciosos que en Europa, sin embargo en los actualmente designados también estamos viendo algunas insuficiencias, que esperamos se puedan suplir. En cuanto los procesos, ósea las etapas para implementar o decidir determinados contextos, de cuáles van a ser las instituciones que va a ejercer la función de MNP, donde se decide cuales son los criterios de estos mecanismos, donde se toman las decisiones, quienes toman las decisiones de cuáles son los plazos, cuales son los criterios para la designación, cuales son las instituciones, etc. La ventaja de esto es que agiliza los procesos y además son más participativos, no solo el gobierno es la institución que lleva la batuta del mecanismo, sino que hay otros, como los actores de sociedad civil. Y con esto no solo nos referimos a las ONG sino también universidades, pastorales penitenciarias, iglesias, etc. El rol de los sectores del Estado, como el Poder Ejecutivo que tiene la tarea de decidir cuál sería el MNP, que es delegada al Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Justicia, en algunos países estos Ministerios están toman la tarea muy activa, abriendo los procesos a otros actores, ósea no decidir desde su escritorio cual es el MNP, sino hacer un proceso de consulta. Donde ellos no deciden que MNP van a llevar a cabo, sino que lo que quieren, es abrir el debate para que se decida que MNP es el más adecuado para llevarse a cabo. También han tenido un rol activo las procuradurías de los derechos humanos, como en Costa Rica donde ellos lideraron cuales serian los mecanismos nacionales de la prevención de la tortura. También los legisladores como en el caso de Honduras donde ellos se encargaron de redactar el proyecto, tomando en cuenta la sociedad civil, que es el único país que ha hecho eso, por eso está marcando la pauta de cómo debería ser el mecanismo nacional de prevención. Hay otros países donde han creado nuevas instituciones de derechos humanos, para poder definir los mecanismos de prevención. Pero hay un sector excluido de todos estos procesos y son los principales afectados, que son los privados y privadas de libertad, que solo en Honduras, se han realizado tareas para que la propuesta de la ratificación saliera desde este sector. A nivel de estructuras, hay países han optado por usar las instituciones ya existentes, esta no es la tendencia de América latina, donde la tendencia es otra donde se crea una institución que toma las decisiones para implementar el MNP. Existe una ventaja, si se utiliza las instituciones ya existentes, es el hecho es que ellas ya tiene estructuras muy elaboradas que hacen que funcione los mecanismos, pero el problema es que esta misma estructura es un limitante para poder llevar a la práctica este mecanismo, y además estas instituciones tienen tareas ya definidas que hacen que no opere con eficiencia dicho MNP. Por eso la tendencia de América latina es crear nuevas instituciones que lleven este MNP a la práctica. Hay una última tendencia que es la de crear instituciones dentro de otras instituciones ya existentes, que tiene una ventaja, por el hecho de poder usar esas estructuras ya existentes con otras alternativas.
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Otro tema es que estos sistemas no son confidenciales, en un inicio así era, pero ahora ya no es así, sino que se han vuelto mecanismos de instigación y de confrontación, que hace que este mecanismo no se mire de una forma positiva. Lo que hay que hacer es que el este mecanismos se determine en una ley, como en el caso de Honduras, aunque hay que cuidarse de ciertos detalles que hagan que el mecanismo funcione de forma eficiente, como que las visitas a los centros de detención sea sin una autoridad de la prisión, o que las entrevistas sean totalmente privadas. Estos son detalles que se han ido por alto y que hacen que no funcione de forma eficiente este proceso del MNP en otros países.
PREGUNTAS Y COMENTARIOS AL PANEL 1 Mónica Pérez, Defensora Adjunta de la Defensoría del Pueblo de Panamá: ¿Cómo funciona el MNP, en el país sede y como ello no constituye una competencia a la Procuraduría de los Derechos Humanos de Honduras?
Respuesta: En realidad en mecanismo se acaba de aprobar en Honduras y funciona con una comisión que está integrada por tres representantes, uno de la sociedad civil, uno nombrado por el poder ejecutivo y otro nombrado por el congreso nacional. Sin embargo en la sociedad civil existe el empuje de la organización del CPTRT, y también se ha hablado de manera con el Presidente de que el candidato sea una persona honesta, que sea un defensor de los derechos humanos además existen criterios para que cada uno de los candidatos que se proponga en el congreso o que proponga el poder ejecutivo tiene que tener todo un expediente de no violación de los derechos humanos, haber trabajado en derechos humanos de lo contrario se recibirían fuertes criticas incluso puede ser rechazado por la sociedad.
María Alejandra Nuño, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, México: México hasta hace poco tiempo reformó su constitución para tener un proceso acusatorio, por eso el tema de las debilidades se me ha hecho muy interesante y quisiera preguntar ¿Qué si de todas estas debilidades se están yendo a discusiones o si se está pensando de cómo irlas sobrepasando? Porque sería una pena que esta importante reforma a la que todos nos estamos sumando al final se quede en nada. Y preguntar también sobre el tema de los procesos abiertos por tortura, se habló de cómo había varios funcionarios
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judiciales carcelarios que estaban siendo procesados para ver si hay alguna condena judicial ¿Cómo se están llevando esos procesos en ese sentido? Respuesta: Este problema de las debilidades y los estancamiento, ha llevado un debate sobre el proceso del protocolo, de alguna manera a quedado claro que pese a las reformas los sistemas de justicia no pusieron de acuerdo en tener una sola correspondencia con las necesidades de la realidad de las necesidades de la población. Fueron cambios muy concentrados en el ámbito administrativo y el la capacitación y reforma de muchas de las instancias, con discusiones dentro del poder judicial. Pero había otros sector del sistema de justicia que no pudieron alcanzar la reforma, es importante que tengamos en cuenta, especialmente al cuerpo de policía y los sistemas de privación de libertad haciendo mucho énfasis en el tema administrativo y de las instancias del poder judicial, en el rol de los jueces, pero no haciendo efecto en el énfasis en el ministerio público, hubo una tendencia de abandono bastante marcado en los sistemas carcelarios y con las posibilidades de control, en esa medida se generaron condiciones para nuevas violaciones de los derechos humanos, la continuidad de las violaciones generalizadas, especialmente tratos crueles inhumanos y degrades en las cárceles demostró que era la función más negativa frente este estancamiento fue la reacción delito punitivo, lo que plantea que el sistema no es viable, que no logra ser efectivo frente a la impunidad. Por eso para mí es relevante que se vaya generando todo un proceso positivo de aplicación del protocolo facultativo, porque está generando instancias de protección y prevención bastante novedosas que se pueden generar el caudal de aporte que genera la sociedad civil en el proceso y que está poniendo atención sobre puntos críticos dentro de las formas, que es el trabajo de la policía y el sistema carcelario, que está poniendo controles democráticos adicionales esta vez con respaldo internacional, sobre puntos críticos en el tema de la reforma, entonces se habla incluso de un cambio cultural. Alba Mejía, Subdirectora del CPTRT, Honduras: Quisiera que se ampliara un poco más sobre el principio de Confidencialidad con la intención de que este concepto quede mucho más claro. El otro tema que me parece importante discutir, es la función del mecanismo con respecto a la denuncia.
Respuesta: El trabajo del Sub-comité es el desarrollo, solo hemos estado cinco países hasta el momento y solo en uno de los países tiene un MNP en función este país es México, por eso necesitamos más experiencia con ese trabajo, porque el colaborar con esos MNP es el trabajo mas impórtate que el Sub-comité debe realizar. Aquí existe esa cuestión de
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confidencialidad, ya que es una obligación total, solo en el caso de que el Gobierno permita la publicación de un informe y solo según los parámetros descritos en el protocolo, para dicha publicación. Pero la situación es un poco más difícil cuando se quiere compartir información con las personas del MNP, el protocolo dice claramente que se puede compartir información cuando esta es relevante, la pregunta que surge ahora es ¿Qué hace el MNP con esa información relevante que el Sub-comité ha tenido en confidencialidad? Este sin duda es el problema más relevante, sobre la confidencialidad y el de la función del Sub-comité. La cuestión es la mezcla de la prevención y de la colaboración. Lo que causa una confusión es pensar en la denuncia de estas instituciones y luego poder trabajar en conjunto con ellas. Es claro que en las visitas se encontraran algunos casos de tortura, y tenemos la obligación de recomendar al gobierno seguir el Articulo catorce de la convención contra la tortura, es decir, la investigación cuando se haya cometido un delito de tortura. Aquí la confusión se genera en torno a los principios el de Confidencialidad y el principio de denuncia, ¿Cuál es la posición del protocolo facultativo con estos dos principios? Lo que quiere el protocolo es llegar a un acuerdo donde salgan ganando las dos partes, es decir, yo te dejo entrar a mis celdas a cambio de que lo que mires ahí no lo publiques y no me acuses, es un dando y dando. En ningún momento es un intento de opacar aquellos mecanismo de prevención que hacen lo que pueden, simplemente el protocolo facultativo surge de las deficiencias que tiene los tradicionales MNP, entonces démosle a este protocolo facultativo un espacio para tratar de incidir pero de otra manera. Se sabe que el tema de la confidencialidad asusta, y sobre todo algunas ONGs que trabajan con la denuncia. Pero también esto tiene que ver con el contexto de cada país, porque en algunos países se podrá llegar a eso acuerdo mientras que en otros se tendrán que buscar otras formas para prevenir la tortura y los malos tratos. Pero repito, los MNP no vienen a opacar las funciones de otros organismos cuya tarea es la prevención por medio de la denuncia. Algunas instituciones tienen un mandato de protección constitucional, como algunas organizaciones de Derechos Humanos, y otras instituciones como el Protocolo Facultativo tienen un Mandato de prevención, que obliga asienta y reserva por medio de este medio llamado la confidencialidad, lo difícil aquí es llegar a conciliar estos dos mandatos. En el caso que como MNP, me doy cuenta en una visita a las celdas, que ha habido un caso de tortura, lo que pueda hacer es canalizarlo por medio de aquellas instituciones que trabajan por medio de mandatos de protección y denuncia, para poder llegar a una solución de este caso de tortura. Pero existe otra posición sobre la Confidencialidad, porque se cree que desde el Subcomité se ha sobre valorado este tema, y esto es por varios elementos que hay que distinguir, el primero de ellos es la diferencia entre confidencialidad desde el Sub-comité y la confidencialidad desde los MNP, que en el texto del protocolo no son las mismas obligaciones las del Sub-comité y las de los MNP. Y en segundo lugar el tipo de información que debe ser confidencial, porque no toda la información debe ser confidencial ni siquiera para el Sub-comité. En tercer lugar la prevención, no solo se
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puede fortalecer con la confidencialidad, sino que también la denuncia y publicación de los informes de caso de tortura, ayuda a esta prevención, a la cual los MNP quieren llegar. Oswaldo Samayoa, Coordinador del Proyecto Nacional de Prevención de Tortura, ICCPG, Guatemala: Pues el tema que me interesa es el tema de la prisión preventiva. Nuestra región tiene altos índice de prisión preventiva y en esa medida se concede espacios muy viables para cometer actos de tortura dentro de las prisiones, y ahí la reforma judicial creo que el impacto que no ha entendido en el sistema de investigación criminal, porque la deficiente investigación criminal que se realiza y los débiles controles judiciales sobre la aplicación de la prisión preventiva como regla, ha permitido que en estos espacios hayan condiciones inadecuadas de hacinamiento y no se puedan generar los medios procesales que esta prisión tiene. Y ha generado que la persecución penal del ministerio público en casos de tortura, en el caso de Guatemala no hay denuncias de tortura y si las hay son tipificadas como abuso de autoridad, porque no tienen una investigación criminal eficiente que le permita decir “si hay tortura.” Entonces creo que también la reforma judicial viene a ser importante en el tema de la prisión preventiva porque va a permitir disminuir esos niveles de visualización y en esa medida facilitar o evitar esos contextos de tortura y de malos tratos, y es ahí que esos MNP, podrían pues generar esas recomendaciones a lo interno de cada país y el subcomité a nivel de la región, sobre la profesionalidad que debe tener la investigación criminal y no recurrir a esos clamores populares por el castigo hacia otra persona, todo esto va acompañado de la sensibilización. La prisión preventiva, que hay altos índices de estas prisiones, donde se comenten actos de tortura, como otros espacios donde los malos tratos sean más fuertes, como el hacinamiento y la tortura. Pero el problema es que no haya un lugar de denuncia de malos tratos.
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PANEL 2: EXPERIENCIAS DE MONITOREO DE LUGARES DE DETENCIÓN Y REFLEXIONES SOBRE LAS PERSPECTIVAS DE RATIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL OPCAT 1. TEORÍA CONTEMPERARÍA SOBRE CONDICIONES CONDUCIVAS A LA RATIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES. Dr. Anton Petrenko, Centro de rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura (RCT) El tema se centra de mi ponencia es el ¿Por qué los gobiernos se comprometen en los acuerdos Internacionales de los Derechos Humanos? Este es un gran problema, ya que al comprometerse con los acuerdos Internacionales de los Derechos Humanos limitan su soberanía, aunque no se comprometan a la práctica de dichos Derechos Humanos. Existe un fenómeno dentro de esta misma interrogante, y esta es, que los Estados que practican tortura se comprometen de igual o de mayor manera que los países que no comenten tortura, o que sus estadísticas de tortura son muy bajas. Aquí surge otra interrogante ¿Porque los Estados se comprometen al OPCAT? La repuesta a esta interrogante se puede ver desde tres perspectivas. La primera es desde una posición de Poder, los gobiernos más poderosos presionan a gobiernos menos poderosos para que firmen dichos tratados. La segunda perspectiva, es que los gobiernos gradualmente socializan estas estrategias por medio de la sociedad civil o del Estado, y la ultima lo hacen por una decisión racional, los gobiernos analizan los beneficios que trae con sigo la ratificación de estos acuerdos, donde pueden traer reconocimiento internacional y ayuda de otros Estados. Existen varios ejemplos que sustentan estas teorías. Como por ejemplo las que el gobierno toma estas decisiones, por actores que ejercen cierta presión a través de instituciones políticas o jurídicas, desde el marco legal, para que los Estados firmen el convenio. Creo que a la par de esto necesitamos estudios cuantitativos que ayuden a estos estudios cualitativos, que deben venir desde las mismas instancias que les interesa, del porqué los gobiernos se comprometen al OPCAT, este estudio a demostrado la primera hipótesis, los gobiernos que tienen débiles instituciones legales y políticas no van a tomar en serio este tratado, aunque ya lo hayan firmado, porque sabían que aun que lo firmaran no lo iban a implementar. La hipótesis dos, es que los grupos interesados por los derechos humanos pueden hacer presión para que se implemente el OPCAT, y la tercera hipótesis establece que en Latinoamérica y Europa se han creado Instituciones de Democracia y de Identidad Nacional para la implementación del OPCAT.
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Para probar dichas hipótesis y ver si son efectivas o no, se necesitan recolectar datos, hechos por investigadores independientes que realicen estos estudios.
2. TENDENCIAS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO EN LOS PAÍSES LATINOAMERICANOS. Dr. Juan Navarrete Monasterio, Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) Frente a las tendencias y desafíos de la implementación del Protocolo Facultativo, ya se saben cuáles son los contextos donde se desarrolla MNP. Pero hay ciertos elementos que no se han tomado en cuenta. En primer lugar en América Latina nos encontramos en un colapso parcial del Estado de Derecho, en relación a la clasificación de las clases sociales, y en el ejercicio y control del monopolio de la violencia. En segundo lugar hay una erosión de la población en la confianza hacia instituciones responsables de mantener el control, seguridad y sistema de justicia penal. En tercer lugar el aumento de la crisis sistema de justicia penal lo que afecta a su vez el funcionamiento de las agencias de seguridad, las cuales se sobrecargan de trabajo e instruyen deficientemente los expedientes, causando la falta de probidad en el sistema. El cuarto lugar la exclusión de importantes masas sociales por parte del Estado. En quinto lugar asuntos de seguridad pública y asumen sus tratados como de seguridad del Estado. Y en sexto lugar actos de costos, económicos y el incremento de la costo de vida entre otros. En América latina la privación de la libertad es una regla y no una excepción, y esto hace que la tortura esté presente en cualquier contexto de privación de libertad. En nuestros países existe la tortura estructural y sistemática y en algunos casos es generalizada. Todos estos puntos hacen que se cree un escenario propicio para que se desarrolle los actos de tortura, quien es víctima de un delito, es víctima de tortura. Es en este escenario donde se va a desarrollar este MNP, Pero esto lleva consigo un gran desafío, donde hay que ver todas las tendencias, todos los desafíos, todas las perspectivas previa que nos permita ver cuál es el enfoque del MNP, también hay que ver la razón para la implementación del MNP. Más allá de los MNP que ya se han hablado en esta jornada, debe haber una independencia real de cada uno de los MNP, y cada MNP debe de actuar con el principio de prevención. Desde mi perspectiva esto es lo más importante, que el MNP sea independiente como tal. Otra es la autonomía plena del MNP, para el desarrollo de la prevención de la tortura. En el término de las personas privadas de libertad tiene que ser un mecanismo que complemente los acuerdos, tanto Nacionales como Internacionales, por lo tanto no es un
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mecanismo subsidiario y no debe de ser concurrente. Lo que sí es importante como Mecanismo autónomo, es la labor, la función, la competencia que debe ser totalmente autónoma, no puede depender de otra institución o del Estado, tiene que tener un mandato propio, tiene que ser trasparente a lo que hace y ante la sociedad, para saber qué pasa con las personas privadas de libertad. Sin lugar a duda una cultura jurídica que constituye el MNP, debe tener una base legal y mucho más, debe de estar constitucionalizada, debe ser legal en nuestros países, ya que es una voluntad política de tratar de prevenir la tortura. Debe de estar incierto en el desarrollo programático del presupuesto nacional, además debe de ser inter y multidisciplinario, porque debe de ser accesible todos los ciudadanos y ciudadanas. Para así acudir con facilidad a la Institución que maneje el MNP. Hasta ahorita el mecanismo solo es un punto de partida, el verdadero desafío es que el MNP nos pueda decir como valorar, juzgar y actuar, o sea, debe incidir en los contextos políticos, económicos y sociales de las personas privadas de libertad.
3. OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS QUE BRINDA EL PROTOCOLO FACULTATIVO EN LA LUCHA CONTRA LA TORTURA. ¿HACÍA UN NUEVO PARADIGMA?55 Dr. Emilio Álvarez Icaza, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, CDHDF de México. Por razones se tomará como referencia a México, pero se puede ver elementos comunes en otros contextos. La lucha contra la tortura se considera un cambio de paradigma, y empieza aquí en Honduras, nunca en la historia se hicieron tantos instrumentos de protección de la vida y eso ha generado un pensamiento distinto que ahora ha ganado el respeto de los Estados y es un triunfo ético que los gobiernos deben proteger, siendo estos los derechos humanos y la dignidad de las personas. El respeto a los derechos humanos los Gobiernos lo consideran un obstáculo, incluso dentro del contexto mexicano, porque los gobiernos creen que son procesos que quitan la soberanía del Estado, no se puede explicar fácilmente esto, pero se ha trabajado en varios niveles, tanto a nivel federal y como local, donde se ha creado el sistema jurisdiccional y no jurisdiccional. La legislación de la tortura en México comienza en 1948 con la declaración Universal de los derechos humanos, si pensamos desde que fecha México firmó la declaración, conviene enfatizar el porqué existe tantas torturas. El derecho internacional escurre al 55
Para más información, ver anexo 4 y 5.
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derecho local porque las leyes van generándose a nivel local. En el 2005 México firma el protocolo facultativo siendo presidente Vicente Fox, en el 2007 se implementó el MNP para prevenir la tortura. Eventualmente la práctica de la tortura ha cambiado, no es una acción para oponer la opción, lo que vemos es que la práctica sigue siendo recurrente. Son prácticas sistemáticas que han seguido; donde una de cada seis personas sufre tortura en el sistema penitenciario, habiendo muchas denuncias sobre la práctica de la tortura. ¿Qué pasa en materia de averiguaciones? previo al 2005, se crea una institución para la prevención de la tortura, en el D.F. donde hay leyes federales y locales, a pesar de haber creado esta institución y estas leyes no hay un solo condenado por tortura. Si nos vamos a las demás recomendaciones del protocolo facultativo nos vamos a encontrar con los mismos casos. Las detenciones arbitrarias, la práctica sistemática de la tortura por parte del aparto judicial hacen que aumenten dicha práctica y no que se prevenga. En el abuso del derecho penal pasa desde la prima ratio a la suprema ratio, implementando penas más duras. Como hay problemas de corrupción, de abuso de autoridad, no hay investigación, existen altos índices de tortura y no hay una forma de prevención, por lo tanto hay muchos incentivos para el abuso de la fuerza. Existe una falta de imparcialidad, el Ministerio Publico se investiga el mismo, ya que sus investigaciones no son para evitar la tortura si no para decir cómo se torturó, el ministerio público tiene que proteger a los que han sido víctimas de la tortura. Un tema toral es la impunidad, no hay culpables, no hay acusadores; y los jueces no califican bien, y lo que dice es que no hay tortura, si no, lo que existe son lesiones. No hay tampoco centros de rehabilitación de los que han sido torturados y los sobrevivientes quedan en la indefensión. En la defensión de los derechos humanos han sacado conclusiones de cada una de las reuniones en las cuales ha habido diferencias, el gobierno mexicano quiso cumplir, el cual designo a la comisión nacional con representantes de cada estado para tener un convenio, este proceso termino en una decepción en donde representantes de la sociedad civil se sientes apartados. Existe un problema que se debe revisar dentro del marco legal, de quienes son los actores en la prevención de la tortura, ósea saber cuales son las instituciones nacionales que llevan la batuta del MNP, porque en México no se sabe quién es el encargado del mecanismo nacional, si el gobierno o la sociedad civil. El MNP debe de servir para prevenir y no solo para realizar informes. Ahora surgen las preguntas ¿Cual es valor agregado?, ¿Cual es el punto de partida? Ya que este MNP nos proporciona ciertos instrumentos que en México no tenemos y que nos ayudan a contrarrestar y prevenir la tortura, creemos que el OPCAT es para entender los problemas estructurales que propician la tortura y no para entender las denuncias; aunque el MNP se apoye en ellas. Además debe ser un punto de apoyo para poder definir las prioridades, esto ya se están haciendo en México. El problema de prevención se da por problemas políticos porque miden más lo político, y hacen lo que dicen los gobernadores
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y no lo que dice la ley. Hoy por hoy es difícil saber cuántas son las quejas por las víctimas de la tortura, esto impulsa a la implementación del mecanismo, los estados tienden a juzgar para que sea la sociedad civil que sepan cuáles son los indicadores de la prevención de la tortura, también hay que retomar lo que sucede en los otros países donde las amnistías y los derechos humanos no son violados y que no sean una compra de votos, sino que tenga un sentido propio de la defensa de los derechos humanos; todos nuestros países pasan por lo mismo y se preguntan porque los defensores públicos juegan en nombre de la delincuencia; y no se sabe si ellos previenen o facilitan a la tortura, al fin de cuentas no se sabe de qué lado trabaja.
4. LOGROS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO AL NIVEL GLOBAL. Antenor Hallo de Wolf, Investigador Asociado Facultad de Derecho, Universidad de Bristol, Reino Unido.
1. Introducción: Como es sabido, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas introduce un sistema novedoso para la prevención de la tortura. Este sistema reposa en dos pilares importantes: dos mecanismos, uno a nivel internacional y otro a nivel nacional, que tienen como tarea visitar lugares de detención de manera proactiva para prevenir actos de tortura y otros tipos de tratos crueles, degradantes e inhumanos, y al mismo tiempo entablar un diálogo fluido con las autoridades a cargo de estos lugares con el mismo objetivo de prevenir estos actos. Desde que fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2002, el Protocolo Facultativo ha sido guiado por una dinámica interesante. A pesar de un lento comienzo en relación a la ratificación del Protocolo, desde el 2005 este proceso tomó una velocidad inusitada llevando a su entrada en vigencia en el 22 de junio del 2006, un mes después de que Bolivia y Honduras depositasen sus instrumentos de ratificación56. Las ratificaciones siguieron llegando con relativa rapidez, y es posible observar que la región Latino Americana fue la más activa en este sentido: Diez de los treinta y cinco países que han ratificado el Protocolo son de Latino América. A pesar de esto, parece que desde el 2007, el entusiasmo por el Protocolo ha menguado, aunque no es fácil distinguir las razones por las cuales las ratificaciones se hayan desacelerado (el país que más recientemente ha ratificado el Protocolo es Guatemala, en el 9 de junio del 2008). En todo caso hay expectativas que varios países en Europa (Alemania, Francia, y Holanda entre otros), Latino América (Ecuador), y la región de Asia y el Pacífico (Filipinas y Australia) vayan a ratificar el protocolo prontamente. Según el Artículo 28 (1) del Protocolo, este entra en vigencia una vez que 20 estados lo hubiesen ratificado. 56
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En esta presentación quisiera enfocarme en algunos aspectos importantes relativos a los logros y desafíos en la implementación del Protocolo a nivel global. En primer lugar expondré brevemente las varias razones que varios países han dado para adherirse (o no) al Protocolo Facultativo. Luego pasaré a revisar algunos de los logros que se han dado en este proceso, para finalmente discutir algunos de los desafíos que los países que han ratificado el Protocolo, los mecanismos nacionales de prevención (MNP), así mismo como el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) van a enfrentar. A pesar de que algunas de las experiencias que voy a presentar surgen de contextos (nacionales) diferentes, a lo mejor es posible distinguir tendencias generales, las cuales podrían servir de guía a los varios países y actores involucrados en el proceso de implementación de este Protocolo. Adherirse (o no) al Protocolo Facultativo. Luego pasaré a revisar algunos de los logros que se han dado en este proceso, para finalmente discutir algunos de los desafíos que los países que han ratificado el Protocolo, los mecanismos nacionales de prevención (MNP), así mismo como el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) van a enfrentar. A pesar de que algunas de las experiencias que voy a presentar surgen de contextos (nacionales) diferentes, a lo mejor es posible distinguir tendencias generales, las cuales podrían servir de guía a los varios países y actores involucrados en el proceso de implementación de este Protocolo.
2. El Protocolo y el proceso de ratificación a nivel global. La investigación que estamos realizando en la Universidad de Bristol nos ha dado la oportunidad de entrar en contacto con vario de los actores que están involucrados en la puesta en marcha del Protocolo Facultativo a nivel nacional. De esta manera hemos tratado de discernir los motivos por las cuales varios países han ratificado el Protocolo. Se pueden diferenciar las siguientes razones: a. Ratificar el Protocolo es una manera de lidiar con el pasado y acabar con impunidad. Esto se ha dado en países con historia reciente de tortura y malos tratos (por ejemplo en los países del cono sur en Latino América). b. La ratificación sirve como ejemplo para otras naciones en la región. En el caso de Nueva Zelanda al parecer, uno de los motivos para la ratificación del Protocolo fue el tratar de motivar a otros países en la región para hacer lo mismo. c. En Europa, el Protocolo ha sido ratificado usualmente por la idea de que es necesario cumplir con obligaciones internacionales existentes. Varios países son ya parte de la mayoría de tratados internacionales y regionales de DDHH, así que ratificar el Protocolo es un paso natural. d. En algunos países como en el Reino Unido, la razón fue pragmática: implementar el Protocolo sería sumamente simple ya que los mecanismos ya estaban en su lugar. Además no habría necesidad de hacer gastos adicionales (esta razón no ha reflejado la realidad).
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e. Ratificar el Protocolo Facultativo es bueno para la imagen del país y quedar bien ante la comunidad internacional. En algunos casos, esta razón no ha resultado en un buen seguimiento o implementación del Protocolo, como es el caso en Liberia, donde el Protocolo fue ratificado en el 2004, pero hasta ahora no ha habido un proceso para poner el Protocolo en marcha. Nuestra investigación también nos ha dado la posibilidad de investigar las razones por las cuales algunos países han decidido no ratificar el Protocolo Facultativo. Por ejemplo Australia estuvo opuesta a la ratificación del Protocolo hasta finales del 2007, cuando se dio un cambio de gobierno. Las razones eximidas eran: ratificación del Protocolo hasta finales del 2007, cuando se dio un cambio de gobierno. Las razones eximidas eran: a. el Protocolo no era necesario y añadía mas carga burocrática al sistema de DDHH en la ONU cuando en realidad era necesario racionar los recursos; b. el Protocolo atenta contra la soberanía nacional ya que implica una invitación abierta a un ente internacional a visitar el país cuando el ente quisiese; c. el Protocolo es difícil de implementar en estados federales (Canadá uso la misma razón). Uganda dio razones similares para no ratificar el Protocolo. Para el gobierno de Uganda, ratificar el Protocolo no es una prioridad ya que desde su punto de vista no es realmente necesario. Ratificar, añadiría una carga burocrática adicional ya que el gobierno tendría que lidiar con otro mecanismo internacional de derechos humanos mas implicando nuevas obligaciones de redactar informes adicionales y para eso no hay recursos. Además eran de la opinión que Uganda ya posee un mecanismo que funciona como MNP y tiene todas las funciones necesarias, así que ratificar no trae valor adicional. También ha habido países que han firmado el Protocolo, pero aún no lo han ratificado dando a un atraso en el proceso. Por ejemplo en África del Sur, aparentemente hay indecisión sobre ratificar o no ratificar (la Comisión Sud-Africana de Derechos Humanos y organismos de sociedad civil están impulsando la ratificación, mientras que el gobierno aun no decide. Empero el ambiente político en ese país no es apto: se prefiere dar más énfasis a la lucha contra el crimen y hay la impresión que el Protocolo daría ‘derechos adicionales’ a los criminales. En el Ecuador el proceso constituyente que recientemente acabó ha resultado que la ratificación se haya pospuesto hasta que haya claridad sobre la constitución.
3. Logros y tendencias globales En general la implementación del Protocolo a nivel práctico no ha sido lo suficientemente rápida como uno podría esperar. Claudia aludió ayer a algunas razones por las cuales los
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MNPs en Latino América aún no han sido establecidos o creados (brevemente, en un afán de tener un proceso inclusivo, las discusiones y consultaciones para establecer o designar al mecanismo se alargan). Este tipo de atraso en la designación o creación del MNP no es necesariamente malo, si esto resulta en un mejor mecanismo. Al mismo tiempo hay que buscar soluciones para que esto no se convierta en una excusa para que los gobiernos dejen de cumplir con sus obligaciones bajo el Protocolo. En este sentido, es interesante mencionar que el Protocolo Facultativo prevé en la posibilidad de aplazar el cumplimiento de las obligaciones por ejemplo en respecto al plazo de crear o designar el MNP57. Al momento, parece que un solo Estado ha anunciado la posibilidad de usar esta cláusula de escape58. A pesar del lento desarrollo en lo que al establecimiento y/o designación de los MNP se refiere hay algunos logros positivos. Hasta el momento 15 MNPs han sido designados y algunos, como el de México (a pesar de las falencias que se discutieron en las sesiones de este seminario) ya han comenzado a funcionar en su calidad de MNP e incluso prepara informes periódicos relativos a sus visitas. En general la tendencia global ha sido la designación de órganos existentes como comisiones nacionales de derechos humanos y defensores del pueblo como MNPs. Aún así cabe recalcar que hay algunos casos de mecanismos enteramente nuevos y que han sido creados específicamente bajo la bandera del Protocolo Facultativo como lo son los mecanismos de Honduras y Benin59. Además algunos de estos procesos han sido inclusivos con amplia participación de la mayoría de los actores relevantes al proceso. Otro logro importante es que el Protocolo abre nuevas posibilidades sobre como asegurar un efectivo cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos de los Estados: Por primera vez un tratado de derechos humanos obliga y requiere la creación de un mecanismo a nivel nacional que sirva para recordar constantemente a los estados de cómo deben cumplir con sus obligaciones en un campo específico. Este modelo innovador60 ha servido de modelo para otras iniciativas en el campo de derechos humanos, como por ejemplo en la nueva convención para personas con discapacidades, la cual requiere el establecimiento de un mecanismo nacional parecido al del Protocolo 57
El Artículo 24 establece en sus dos párrafos que “1. [u]na vez ratificado el presente Protocolo, los Estados Partes podrán hacer una declaración para aplazar el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de la parte III o de la parte IV. Este aplazamiento tendrá validez por un período máximo de tres años. Una vez que el Estado Parte haga las presentaciones del caso y previa consulta con el Subcomité para la Prevención, el Comité contra la Tortura podrá prorrogar este período por otros dos años.” 58 Ver informe “National Preventive Mechanisms, Country-by-Country Status under the Optional Protocol to the UN Convention against Torture (OPCAT)”, Asociación Para la Prevención de la Tortura, 3 octubre 2008, p. 74. 59 Asimismo es interesante dar nota que en Latino América, hay iniciativas como las de Paraguay de apostar también por un mecanismo nuevo. 60 Se ha manifestado que la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, fue el primer tratado internacional de derechos humanos en establecer la creación de un mecanismo a nivel nacional para lidiar con este problema. No obstante, este mecanismo es obligatorio como lo es el MNP.
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Facultativo. El derecho internacional de DDHH se ha internalizado efectivamente; ya no solo es aplicado desde arriba/afuera (internacionalmente) para abajo/adentro, sino desde abajo/adentro para arriba/afuera.
4. Desafíos Teniendo en cuenta estas tendencias y estos logros, los desafíos a los cuales los Estados Parte del Protocolo deben enfrentar son varios. A siguiente expondré algunos de los desafíos que a mi modo de ver son relevantes para los temas a discutir en esta jornada. 1. El primer desafío que uno puede discernir es como van a abordar los MNP sus funciones? Como se van a definir las funciones de los mecanismos existentes que se han designado? Qué garantías hay para que estas funciones sean ejecutadas conforme el espíritu del Protocolo. En el primer día del seminario hubo una discusión sobre la confusión de funciones y el choque potencial entre funciones pro-activas de prevención y punitivas/retributivas. En general, es posible decir que el Protocolo y sus mecanismos (el SPT y los MNPs) tienen que abordar el tema de la tortura y su prevención de manera preactiva. Como veremos dentro de un rato esto no descarta que funciones retributivas estén necesariamente en conflicto con el principio de prevención. 2. En este sentido un gran desafío es lograr definir qué se entiende realmente bajo el concepto de prevención, especialmente en lo relacionado al tema de la tortura. En su intervención, Nicolás Boeglin describió ya en algún detalle la idea de la prevención: anticipar riesgos y daños y minimizarlos o eliminarlos. Pero cuál es el contenido de este concepto en la práctica? El Artículo 2 y 16 de la Convención contra la tortura establecen que los Estados parte a esta Convención se comprometen a prevenir la tortura y los malos tratos en los territorios bajo su jurisdicción. El Comité Contra la Tortura de la ONU ha tratado recientemente de definir las obligaciones jurídicas que emergen de estos dos Artículos61. Sin embargo, desde mi punto de vista las observaciones del Comité en relación a la obligación de prevenir la tortura y otros malos tratos son algo generales y se enfocan principalmente en los aspectos retributivos de la prevención. Poco dice sobre otros aspectos relacionados a la prevención como es (o debería ser) entendida bajo el Protocolo Facultativo: el establecimiento de un sistema pro-activo de visitas y diálogo. En un reciente caso contencioso, la Corte Internacional de Justicia, refiriéndose principalmente a la prevención del crimen de genocidio62, mencionó que la obligación legal de prevenir se encuentra en varios instrumentos internacionales de carácter legal (incluyendo a la Convención contra la tortura), y aunque el contenido practico de esta obligación varía entre cada instrumento, y entre cada acto a ser prevenido, esta implica un deber de ‘due diligence’ para adoptar todas las medidas necesarias y efectivas para prevenir un cierto acto. Este concepto está estrechamente ligado al concepto de 61
Ver Comentario General No. 2, Comité Contra la Tortura, UN Doc. CAT/C/GC/2 (24 Enero 2008). Ver caso Concerniente a la Aplicación de la Convención para la Prevención y Castigo del Crimen de Genocidio (Bosnia y Herzegovina v. Serbia y Montenegro), ICJ Judgment (26 febrero 2007), pág. 429. 62
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obligaciones positivas o las obligaciones de respetar, proteger y cumplir que han sido elaboradas por los varios tribunales y comités de derechos humanos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Esto quiere decir que la prevención de la tortura no es un concepto blando sino una obligación jurídica. Es difícil dar una visión específica de que se entiende bajo el concepto de prevención de tortura y otros tratos similares bajo el Protocolo Facultativo. A riesgo de simplificar el tema, y usando conceptos derivados de la prevención en materia criminal uno podría distinguir 3 tipos de prevención en relación a la tortura63: a. prevención primaria: implica reducir las oportunidades para perpetrar la tortura y mejorar el ambiente en los lugares en los cuales la tortura puede ocurrir. b. prevención secundaria: implica cambiar las actitudes de las personas en relación a la tortura. c. prevención terciaria: la cual está enfocada en truncar la tortura que se está cometiendo e implica un aspecto retributivo de la prevención. Para comenzar con el último, ejemplos de prevención terciaria incluyen la criminalización del delito de la tortura y condenar su uso, la aplicación de penas y sanciones a los perpetradores, y la rehabilitación de las víctimas de la tortura (CPTRT, RCT). Ejemplos de prevención secundaria son, la distribución de información sobre los derechos de las personas privadas de libertad a ellas mismas y al personal encargado de ellas; el entrenamiento y capacitación del personal que trabaja día a día en lugares de detención y con personas privadas de libertad64; hacer recomendaciones para cambiar prácticas que no son compatibles con las obligaciones que surgen de la Convención contra la tortura. Finalmente, la prevención primaria trata del aspecto tal vez más pro-activo de la prevención. Esta involucra la protección de personas privadas de libertad contra la tortura y otros tratos crueles o inhumanos a través de medidas de tipo no jurídicas basadas en visitas regulares y pro-activas a lugares de detención. También involucra la creación de estándares y garantías para mejorar las condiciones de detención con el objetivo de cambiar el medioambiente de estos lugares cerrados y así prevenir o reducir la oportunidad para los actos de tortura. En mi opinión, el Protocolo cubre esencialmente el aspecto primario y secundario de la prevención. Empero, en algunos contextos nacionales (por ejemplo en países dónde la tortura es una práctica sistemática) es posible razonar que los MNPs de esos países podrían y a lo mejor deberían tener facultades que caigan en el aspecto terciario de la 63
Este corto análisis esta basado en un trabajo similar conceptuado por Evans y Morgan. Ver M. Evans and R. Morgan, “Torture: Prevention Versus Punishment,” en Torture as Tort, editado por C. Scott, Oxford: Hart Publishing, 2001. p. 136 – 139. 64 Esto es un aspecto muy relevante y quisiera reconocer en este sentido la presencia de miembros de las fuerzas de seguridad en este seminario. El Protocolo también es de ellos ya que su aplicación afectará sus labores diarias.
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prevención. Así se les daría ‘dientes’ para que sean tomados mas en serio y complementen de manera efectiva las tareas pro-activas. Claro que en este sentido hay el problema de que las personas privadas de libertad no siempre pueden distinguir el ‘sombrero’ con el cual los órganos de visita llegan cuando inspeccionan los centros de detención. Esto es un problema serio, pero que se puede resolver de manera práctica y creativa65. A mi modo de ver, el SPT tiene un papel esencial en el desarrollo del concepto de la prevención en el marco del Protocolo Facultativo. El SPT ha descrito en su primer informe que la labor preventiva prevista por el Protocolo está compuesta de cinco principios. Estos son el principio de la confidencialidad, la imparcialidad, la no-selectividad, la universalidad y la objetividad. Desafortunadamente, el SPT no explica en su primer informe lo que cada uno de estos conceptos significan, y porque son importantes en el contexto de la prevención. Es de esperar que el SPT clarifique mas en el futuro que se entiende con la prevención y entre en dialogo transparente con los estados y los MNPs para discutir mas a fondo como la obligación de prevención se debe implementar. 3. Relacionado a este último punto hay el desafío general sobre el papel que debería jugar el SPT. En particular surge la pregunta cómo debe operar el SPT vis-ávis los MNPs: algunos MNPs ya han buscado contacto con el SPT y al parecer varios potenciales MNPs esperan que el SPT les guíe en su camino y les proporcione con consejos y asistencia técnica. El desafío es en qué medida está preparado el SPT para brindar su apoyo a los MNPs. En este sentido hay que resaltar que el SPT ha dado a conocer en su primer informe anual sobre la falta de recursos asignados por la ONU para realizar este papel importante66. En todo caso, cabe recordar que el SPT a tratado de superar esta limitación y ha diseñado una guía que contiene algunas ideas sobre cómo los MNPs se deberían desarrollar, la cual se encuentra en su primer informe. Aunque esta guía de carácter preliminar es una buena iniciativa, en mi opinión es demasiado general y necesita ser refinada. Es de esperar que el SPT devote más atención a este tema en el futuro. 4. Los MNPs basado en mecanismos existentes deben darse cuenta que bajo el Protocolo ellos forman parte de un sistema global de prevención y por ende no deberían actuar como si nada hubiese pasado (business at usual). Los MNP tienen ahora una responsabilidad de actuar en función al Protocolo (es decir actuar en un marco de dialogo con las autoridades relevantes y de manera pro-activa). Esto significa, por ejemplo que hay que cuidar que los informes de MNPs basados en órganos existentes, no vayan a desaparecer en la masa informativa que pertenece a las otras actividades del órgano. Los
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Por ejemplo, estableciendo dos equipos diferentes de trabajo que visiten los lugares por separado, o como parece que será el caso en Paraguay, mediante el uso de ‘juicios ético-políticos’ que aseguran que las personas que no colaboran con el MNP o son culpables de violaciones a la prohibición de la tortura y tratos similares, puedan ser sometidas a un sistema de responsabilidad simbólico y con algunas repercusiones prácticas (perdida de trabajo, etc.). 66 Ver Primer Informe Anual del Subcomité Para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Febrero de 2007 a marzo de 2008), UN Doc, CAT/C/40/2 (14 de mayo de 2008).
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informes anuales del MNP deberían ser publicados separadamente de los otros informes que estos órganos deben producir. 5. Cerciorarse que los MNPs sean dotados de suficientes recursos para que puedan realizar sus funciones de manera efectiva. Relacionado a lo precedente esta el desafío de establecer la capacidad multidisciplinaria de los MNPs. Esto es un problema en países pobres donde falta la capacidad y expertos, pero esto también se puede solucionar de forma creativa. Por ejemplo en las islas Maldivas, hay falta de expertise entre la población que pudiese brindar sus servicios al MNP. Para resolver el problema de forma práctica están considerando co-optar expertos de la India de manera ad-hoc. El tema de la multidisciplinaridad de los equipos del MNP es así mismo relevante por lo que requiere el Protocolo en relación a las visitas: Estas se deben realizar a lugares de detención en sentido amplio. Esto es algo que uno olvida fácilmente. El Protocolo no solo trata de prisiones o retenes policiales. También trata de centros de atención psiquiátricos, albergues para personas de la tercera edad, orfanatos, centros de detención para emigrantes, centros de detención militar, y de establecimientos de carácter privado. 6. Finalmente, un desafío que se puede dar en particular en países grandes, o de tipo federal, o que hubiese designado a varios órganos para fungir el papel de MNP, es el tema de la coordinación. Es necesario asegurarse que si un país decide designar varios mecanismos debería haber un sistema de coordinación a nivel nacional. Aquí hay el contraste, por ejemplo, entre el Reino Unido y Nueva Zelanda, los cuales ya contaban en general con órganos de visita que respondían de manera general a los requerimientos establecidos en el Protocolo. El Reino Unido, pensando que sería fácil poner en práctica el Protocolo lo ratificó tempranamente, sin haber asegurado de manera eficaz como los órganos ya existentes (más de 25 dispersos entre Inglaterra y Gales, Escocia e Irlanda del Norte) iban a trabajar en función del MNP. Como iban a operar (en conjunto, individualmente)? Quien tomaría a cargo la coordinación de actividades para evitar duplicidad o revelar los vacíos? Esto no fue discutido de manera eficaz y hasta ahora, a pesar de ser uno de los primeros países en ratificar el Protocolo Facultativo y además de contar con los órganos necesarios, aun no se ha puesto de acuerdo de que y como se va a designar. En Nueva Zelanda por el contrario, primero se debatió el tema del MNP antes de ratificar. Se decidió enmendar la legislación vigente y designar a 5 órganos ya existentes con la tarea de MNP, y se puso al frente de la coordinación a la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Después de dados estos pasos, Nueva Zelanda ratificó el Protocolo en el 2007. 5. Conclusión: El Protocolo Facultativo es un logro positivo. Es un instrumento innovador pero que implica cambios de actitudes y el uso de mecanismos que traen al derecho internacional de los derechos humanos mas cerca de las personas de las cuales trata (en este caso, los privados de libertad). A pesar de que el interés por ratificar a menguado un tanto, y que la implementación del Protocolo en varios países no siempre ha sido ideal, también
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ha habido logros importantes. Al mismo tiempo, solo estamos al comienzo de un largo camino y hay que lidiar con varios desafíos de manera creativa y eficaz. En todo caso una de las tareas más importantes es esclarecer el concepto de prevención y asegurarse que los MNP puedan trabajar de manera efectiva.
PREGUNTAS Y COMENTARIOS AL PANEL 2
Juan Almendares, Director Ejecutivo CPTRT, Honduras: Primero quiero decirles que las reflexiones teóricas son fundamentales la reconceptualizaciones del enfoque del manejo de la tortura, y en eso yo quería hacer un breve comentario y hacer lagunas preguntas. La primera es que en estos análisis, no se considera la economía política, el modelo económico, las crisis que está dando el modelo económico, lo cual definitivamente incide en pobreza y esto está muy relacionado con la violencia. Algunos dicen que la pobreza no causa violencia, cuando la pobreza es violencia en sí misma, que nos lleva concretamente al sustrato económico, al modelo económico, al sistema económico, y ha esa dinámica que está generando violencia. Así como en economía se habla de la mano invisible, también en la tortura siempre se habla de la mano invisible, nunca aparecen los culpables, en se culpa al policía, a los elementos del ejército, pero nunca se hace un análisis del sistema El segundo planteamiento, tiene que ver con el aspecto relacionado; ¿cómo van a manejar las organizaciones de derechos humanos la relación con el movimiento social? Porque la verdad es que si no se pone en el escenario del movimiento, es decir, si solo lo hacen las organizaciones de derechos humanos y no se socializa este problema, entonces en realidad se queda corto en las discusiones entre gobierno y organizaciones de derechos humanos, nos parece que es muy importante replantearnos esa necesidad. El tercer aspecto es, ¿Cómo se maneja en la estrategia de la comunicación social el problema de la tortura? Hace diez o quince años era casi prohibitivo hablar de la tortura en el país, pero ahora se habla de tortura y ¿Por qué? Porque ahora lo hemos puesto
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como un tema de debate nacional, entonces nosotros creemos que una estrategia fundamental es ponerlo en el debate nacional, pero para eso tenemos que concientizar. Por último, es el modelo de la prevención. El modelo tradicional de la historia natural de la enfermedad es el modelo de prevención, me refiero a que está bien tener la prevención dentro del modelo medico. El problema es que el modelo medico, es un modelo de un fenómeno natural, la enfermedad. Pero la tortura no es una enfermedad, es un problema social, político y económico, entonces hay que enriquecer ese modelo de prevención y darle un contenido social, político y humanizador para que en realidad se enfoquen en los caso. Por esos en el lenguaje, en la discusión los derechos humanos están formalizados jurídicamente, pero el problema es que se necesita de otras categorías, se necesita un enfoque epistemológico en el cual nos ayuda la investigación, y darle un contenido diferente al tema de la tortura.
Humberto Henderson, Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACNUDH) en Guatemala: El ultimo expositor hacia una afirmación, que decía que hay uno de los nuevos paradigmas que es esta lógica de llevar los compromisos internacionales a órganos nacionales que les recuerden al Estado, que hay organismos internacionales, y el hacía dos citas: el OPCAT y la nueva convención de los derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo con todo el primer esbozo, luego de la declaración universal, y teniendo en cuenta los ocho tratados fundamentales de los derechos humanos, la primera de las convenciones 1965, la convención contra discriminación racial, en su artículo 14, donde estableció el sistema de comunicaciones individuales o quejas individuales, hizo el primer esbozo donde se estableciera un órgano Nacional para recibir previamente esas quejas, claro, con un enfoque distinto de la prevención, pero ya ahí hubo un primer intento del sistema internacional para hacer valorar y lograr un MNP, y recordar los compromisos internacionales. Así que definitivamente, no creo que sea el caso teórico, pero que además tuvieron intentos, pero habría que ver porque pasaron tantos años y tuvo que llegar al OPCAT, para que se intentara hacer un mecanismo de esta naturaleza, eso sería un proceso de reflexión a futuro. La pregunta a Juan Navarrete, es ¿Si pudiera hacer un pequeño desarrollo de una afirmación que hizo, que es el tema de trabajar en la construcción de indicadores para medir la implementación y efectividad? Creo que se refería al MNP, pero podría hacer la pregunta abierta para los indicadores como modelo para medir la implementación de los Derechos Humanos.
Repuesta: Sin lugar a dudas y con lo que acabamos de concluir, vamos haciendo camino al andar. Una de las cosas que hemos observado, en el Consejo Interamericano de los Derechos
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Humanos, una de las grandes dificultades se da en el campo de la implementación de decisiones de la Corte Interamericana, es como operacionalizar los estándares de derechos humanos, y esto es sin lugar a duda, tiene mucha razón cuando se refiere a esconder la falta de que voluntad política para comprometerse con los derechos humanos. Creo que a través del desarrollo de los estándares internacionales de derechos humanos se puede perfectamente establecer un sistema de indicadores de verificación. En el ámbito del MNP, sin lugar a duda algo que nos va a poder ayudar enriquecer, a valorar, a observar, a saber si verdaderamente se va a necesitar y si es oportuno, es que se pueda establecer algún tipo de sistema de indicadores que permita verificar si verdaderamente si se está cumpliendo o no. De esta forma podemos ver el progreso o no progreso del MNP, en cada país. En ese sentido en el instituto hemos hecho un ejercicio, de indicadores para ver si ha habido un progreso o no progreso en materia de derechos humanos. Eduardo San Miguel, Director del Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura, México: Tengo una pregunta para Juan Navarrete ¿acerca de las características fundamentales del MNP, que cuanto juzgar, valorar y actuar, a mi me gustaría que profundizara más en cuanto al actuar, para saber cómo podríamos entenderlo? Respuesta: Sin duda que de entrada como elemento de prevención primaria, que haga el MNP, van a observar muchas cosas, es decir se vincula mucho con la afirmación plateada si bien es cierto que no debería ser un mecanismo subsidiario y que debería ser un mecanismo concurrente, con otras competencias que existen en los MNP, en ese actuar se supone también la formulación de recolecciones, sin quedarse en el simplemente ver, sino que produce recomendaciones y esas recomendaciones deben de tener un nivel de incidencia política para cambiar esa realidad, porque de nada nos sirve ver y saber que hay unas condiciones que generan tortura, sino tratamos de incidir, es decir los MNP no son confesionarios, no pueden quedarse en la confesión, tienen que quedarse en la acción, es decir cómo crear incidencia política sobre las estructura, los factores jurídicos, condiciones de infraestructura, donde se origina la tortura, para cambiarlas para ello tienen que trabajar, y ahí se relaciona mucho con la concurrencia. Yvette Bolaños, Investigadora Unidad de Estudio, Análisis e Investigaciones. Procuraduría de Derechos Humanos de Guatemala: Básicamente quisiera concentrarme en una pregunta general, ya que todos en algún momento han tocado este tema de la prevención terciaria, es decir el aspecto
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retributivo, ¿quisiera ver si en algún momento se ha tenido experiencias en algunos países,? y si nos podría dar más información de ¿cómo lograron articular el esfuerzo entre Estado y sociedad y en algún momento como debiera definirse este esfuerzo con participación multidisciplinaria de profesionales?, ¿Quiénes debieran ser actores que podrían convocar este esfuerzo? O ¿qué procesos debieran definirse para poder hacer posible la prevención terciaria? Repuesta: Con respecto a cómo lograr la relación Estado-sociedad, la tendencia que se está dando mucho en América Latina, es que se está haciendo el MNP, muy estatista. Pero tiene que abrirse canales para que allá un nivel de interacción entre la sociedad civil y el mecanismo, independiente que sea muy estatista. Debe haber mecanismos de intercambio de información, vía mesas de trabajo, vía mesas de diálogo, vía consejo consultivo, depende de la modalidad que se quiera adoptar, pero si debe abrirse canales de interacción entre sociedad civil y Estado, atreves del MNP que se adopto. La Multidisciplinaria es fundamental, no solo es un problema de abogados, es un problema desde las estructuras económicas, desde la estructuras de poder, cultura institucional, y por lo tanto la composición del MNP sea multidisciplinaria y con un enfoque interdisciplinaria, no solo en su composición sino en su actuar, para que permita tener todos los aspectos que supone el tema de las personas privadas de libertad.
PANEL 3: PROCESOS Y ESTRATEGIAS DE RATIFICACIÓN Y METODOLOGÍA DE LAS VISITAS PREVENTIVAS A LUGARES DE DETENCIÓN. GRUPOS DE TRABAJO.
1. METODOLOGÍA DEL SUBCOMITÉ PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (SPT): PRINCIPIOS Y BUENAS PRÁCTICAS67. Dr. Hans Draminsky Petersen, Vicepresidente del Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura (SPT)
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Ver presentación en la sección de anexos. Anexo 6.
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GRUPO DE TRABAJO 1: PROCESOS Y ESTRATEGIAS DE RATIFICACIÒN 1. EXPERIENCIAS DE COOPERACIÓN ENTRE INSTITUCIONES ESTATALES Y LA SOCIEDAD CIVIL EN LA PROMOCIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO. Dr. Juan Almendares, Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus Familiares, CPTRT (Honduras)
La experiencia de cooperación entre las instituciones estatales y la sociedad civil se mira en la capacidad de coordinación que se tiene con las ONG y con el movimiento social, para poder tener acceso a estos niveles necesitamos credibilidad y además con las otras instituciones del Estado. Nosotros partimos de la necesidad del contacto con las base social, usamos la filosofía del respeto a las personas no al odio, voy a empezar diciendo que las primeras relaciones hechas fueron con el Ministerio Publico y una de las primera tareas fue visitar las cárceles, en ese momento teníamos dos garantías: una que íbamos con los organismos del Estado; y dos, que podíamos ver los perjuicios que sufrían los privados de libertad, dándonos cuenta que las personas que trabajaban en las cárceles eran como prisioneros, haciendo esto se logro tener una buena relación con la administración de los centros penales. Hubo un acercamiento humano y luego vino el hecho de promover un incentivo a los guardias que no violentaban los derechos de los prisioneros, también se estableció que se tenia que hablar con las autoridades del centro de cuando se iba hacer un informe y cuando se iba a ser una denuncia; se han logrado dar charlas en los cárceles, en cuanto a la parte de derechos humanos y también a nivel institucional, no se a dado problemas en cuanto a dar charlas en los centros penales, ni tampoco en instituciones policiales como las academias otro punto es que se estableció una relación con las iglesias, tanto evangélicas, como católicas. Lo que se promueve en realidad es la no violencia dentro del marco de las cárceles. En las denuncias que recibimos, tratamos de ser fuertes, desarrollando un acercamiento con las familias de los presos, ya que ellos muchas veces son los que mas sufren, trabajamos en función de los familiares de los presos inculcando buenas costumbres, como ser la prevención desde un aspecto no violento.
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Existe otro aspecto, los policías que han sido honestos y que denuncian la violación de los derechos humanos, no se trata de tener prejuicios con la policía, ni con el ejercito, pero por ese tipo de denuncias y ayudan que nos brindan estos elementos, se nos ha sido amenazado de muerte, tanto como en el centro, que a sufrido robos por las denuncias fuertes que se han hecho, también quiero decirles que con el ministerio de seguridad cuando han habido problemas de este tipo se mandan notas privadas para exista una obligación por parte del gobierno, se ha logrado estar muy metido con el gobierno central para tener el apoyo de la sociedad civil. Como CPTRT, se ha buscado que participen todas las organizaciones como iglesia, sociedad civil, logrando tener una estrategia en equipo; La otra estrategia es el manejo de los centros de los medios, ya que antes no se hablaba de tortura y ahora se logrado hablar libremente, inclusive, tener la aceptación del presidente, permitiendo que sea un campo que sirva de base y que se convierta la tortura en algo que se va eliminando. Los medios de comunicación son importantes ya que ellos nos buscan, o nosotros los buscamos a ellos. En el plano concreto con las iglesias y con la pastoral, se han logrado poner denuncias ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una de nuestras normas no es atacar a las personas sino al sistema. El principio que se aporta es la visita a las instituciones como también al ministerio de seguridad, llegando al cooperativismo, para no tener prejuicios de ningún tipo. Ahora se ha transformado el CPTRT, teniendo también una visión medica, demostrando que se pueden tratar a las personas sin tratamientos sicotrópicos, teniendo un contacto con las comunidades a nivel nacional llegando a lugares donde el pueblo lo necesite o donde se vean violentados los derechos.
2. ESTRATEGIAS DE RATIFICACIÓN CON UN ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS68. Abg. Byron Rodolfo Pérez García, Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, ODHAG.
Síntesis de la Ratificación del OPCAT En Guatemala El presente informe recopila el trabajo de incidencia para la ratificación del OPCAT en Guatemala, dicho proceso se inicia a finales del año 2004 y se contó con la ratificación formal el 9 de junio de 2008. Durante este proceso se contó con el apoyo financiero del Centro Para la Investigación y Rehabilitación de víctimas de Tortura (RCT) de Dinamarca, quienes han apoyado a ODHAG en el proceso de investigación, incidencia, formación entre otros.
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Ver presentación anexo 7.
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En la “investigación diagnóstica de la tortura y otros malos tratos” realizada durante el 2005. La Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), en la consultoría ODHAG/RCT en el 2005 sobre “La Situación de Tortura y los Malos Tratos en Guatemala69 planteó conclusiones contundentes, visualizando la dinámica del Estado en este tipo de actos, la respuesta que le da a los mismos, los autores materiales de los hechos, los momentos en que la persona es mayormente vulnerada en sus derechos a la integridad y a la vida, por lo que junto a otras organizaciones de sociedad civil y Estado se han logrado trazar acciones estratégicas70. En dicho diagnóstico se pudo visualizar que debido a las secuelas de la violencia contrainsurgente durante el conflicto armado interno, se han sumado en la actualidad, los efectos de las nuevas formas de violencia, tortura y otros malos tratos, los cuales son necesario señalar como parte de expresiones de las acciones de actores organizados en torno a intereses muchas veces ilegales y clandestinos o incluso con fuertes vinculaciones al aparato de Estado. Con el objeto de identificar las lecciones aprendidas y reflexionar sobre las estrategias de ratificación e implementación del OPCAT se presenta el siguiente informe el cual se divide de la siguiente manera. Metodología, Líneas vinculantes transversales, teórico metodológica, político institucional, merco interinstitucional, marco legal, tareas de contacto y conclusiones. Metodología: A partir de la convocatoria realizada por RCT, para sistematizar las grandes lecciones en la estrategia de ratificación del OPCAT, (2008) la ODHAG realiza reuniones (5) con organizaciones que participaron en el proceso,(mesa para la prevención de la tortura integrada por el procurador de los derechos humanos, el instituto de la defensa pública penal, la oficina de derechos humanos del arzobispado de Guatemala y el instituto de estudios comparados en ciencias penales de Guatemala) en el cual se definieron los temas a tratar, luego se discutieron los temas a desarrollar, por equipos/personas 69
ODHAG/RCT, 2005. En ese sentido actualmente se cuenta con dos instancias que se han conformado y consolidado mediante el trabajo de incidencia, estas son: La mesa de prevención de la tortura, conformada por: La procuraduría de Derechos Humanos, la Defensoría Pública Penal, la Comisión Presidencial de Derechos Humanos, La Unión Europea, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala y la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala. La otra instancia recientemente formada es la CARP integrada por: Fondo de Organizaciones Sociales (FOSS), Seguridad en Democracia (SEDEM), El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG), Sistema Penitenciario (SP) y la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG).este espacio plantea el darle seguimiento a la implementación de la Ley del Régimen Penitenciario en forma técnica. 70
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trabajaron los temas, que fueron validados por los participantes, se trabajaron los temas según las participación que se tuvo en el proceso. Definición de líneas vinculantes transversales Teórico metodológica. El plantearse una estrategia de incidencia para ratificar el OPCAT, conllevo la consolidación de un modelo que posibilitara la definición de acciones coherentes y sistemáticas encaminadas consolidación del proceso. Si bien es cierto se contaba con cierta experiencia, derivada de procesos anteriores, surgieron los siguientes planteamientos. ¿Qué necesitamos conceptualizar para integrar una ruta coherente de ratificación? ¿Qué experiencias pueden servir para dinamizar las acciones? ¿Cuál es la capacidad institucional para ser un fuerte referente en la incidencia? Ante la primera interrogante surgieron diferentes aportes a partir de la reflexión de espacios de mesas de diálogo entre diferentes organizaciones que fueron mapeadas y concertadas, abordando marcos conceptuales, legales y metodológicos (2004-2005), en este sentido los resultados fueron alentadores y provocadores de discusiones más amplias a nivel nacional e internacional. En cuanto a la segunda interrogante los aportes fueron interesantes recopilarlos en 3 seminarios que se realizaron a nivel regional (2005 – 2007) esto produjo no solo concretar acciones en Guatemala sino también en otros países vecinos. Y por último en cuanto a lo institucional el abordaje estratégico se convirtió en una de las formas de aprovechar recursos humanos, económicos, etc. Así mismo estas experiencias y reflexiones fueron sistematizadas en 3 ediciones que trataron de coadyuvar a la comprensión del fenómeno de la tortura y los malos tratos (1. Dolor y sufrimiento en contextos carcelarios. 2. Manual de incidencia. 3. Tortura en prisión preventiva). Político institucional ¿Cómo ubicar a la institución como referente del proceso? Y ¿Cuál es la ruta para ratificar el OPCAT? El gran marco se situó en articular procesos sociales y ciudadanos orientados a la definición, implementación, ratificación y fortalecimiento de marcos legales nacionales e internacionales y la implementación y fortalecimiento de espacios e instancias institucionales que directa o indirectamente estén realizando acciones orientadas al abordaje y la prevención de la tortura y los malos tratos. Es decir se concretaron dos líneas de incidencia una a nivel pública y otra como la denominamos “diplomacia silenciosa”, la primera realizando pronunciamientos e intentando colocar el tema en la políticas de derechos humanos realizando acciones de coordinación con la academia, operadores de justicia y funcionarios públicos. La segunda menos evidente pero sin embargo muy puntual, ubicando el tema con embajadas, asesores del ejecutivo, realizando acciones de lobby (vis a vis) con aliados en los diferentes espacios del legislativo. En ese sentido se realizaban sistemáticamente reuniones para identificar constantemente los siguientes elementos:
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1. 2. 3. 4.
Analizar los espacios de decisión Construcción de mapa de poder Actores con poderes de decisión. Aliados a. Sociedad civil b. Comunidad internacional c. Estado 5. Contrarios a. Sociedad civil b. Comunidad internacional c. Estado 6. Autoanálisis (FODA ) Esto permitió reforzar y monitorear acciones estratégicas en los diferentes espacios que fueron trazados en el plan. (Ver anexo 5) Primera etapa de Conformación: Marco interinstitucional. Identificada la ruta para ratificar el OPCAT, en la primera construcción del planteamiento de la estrategia de incidencia se evidencio la necesidad de mapear organizaciones gubernamentales y no gubernamentales identificándolos de la siguiente manera ¿Quiénes están dispuestos a conformar una plataforma de respaldo al proceso? ¿Qué tipo de mandato poseen? ¿Cómo está integrado el equipo? Mediante este proceso se conformo una alianza estratégica entre dos organizaciones gubernamentales y dos no gubernamentales quienes en septiembre de 2005 suscribieron una carta de entendimiento que permitió facilitar las acciones de incidencia – investigación – fortalecimiento institucional y formación. Esta instancia denominada “mesa de prevención de la tortura” fue la que participo directamente en el proceso (ver anexo 6) La integración del defensor del pueblo junto a la defensa pública penal fue el punto de partida para contar con dos aliados dentro del Estado y sus instancias para negociar y cabildear la propuesta, en el marco de una ruta concreta, tal como se muestra en el siguiente esquema:
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El artículo 18 del reglamento orgánico del Ministerio De Relaciones Exteriores señala: “ARTICULO 18 DIRECCIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES. La Dirección de Tratados Internacionales es la dependencia responsable de atender los asuntos relacionados con los tratados, convenios acuerdos o cualquier arreglo internacional. La Dirección de Tratados Internacionales está a cargo de Un Ministro Consejero, con titulo Funcional de Director de Tratados 18.11. Preparar los expedientes de convenios, tratados o cualquier arreglo internacional para ser remitidos, por el canal correspondiente al Congreso de la República, cuando requieran de la aprobación de dicho Organismo. En el primer nivel la negociación fue más diplomática y de acercamiento a las autoridades utilizando acciones de lobby y cabildeo (2004 – 2005). En el segundo nivel se utilizaron mas acciones de colocar el tema en los espacios académicos y acercamiento a legisladores con información muy concreta (afiches, trifoliares e informes), así como la peritación de casos de tortura para elevarlos a instancias nacionales internacionales,
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utilizando el protocolo de Estambul, en un abordaje médico – jurídico. El último nivel fue el más difícil de accesar por ser la negociación directa con legisladores el cual duro aproximadamente 18 meses. La participación de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas en Materia de Derechos Humanos (OACNUDH) fue un aliado importante facilitando espacios de diálogo directo con los tomadores de decisión, así mismo no se debe dejar de apuntar la participación directa que tuvieron dos organizaciones en la negociación en los espacios desde la estrategia regional e internacional como lo fueron RCT y la asociación para la prevención de la tortura (APT) estos esfuerzos apoyaron tareas de cabildeo a nivel nacional y a nivel de las Naciones Unidas. Segunda etapa de concienciación y difusión Marco legal: Para reorientar la estrategia de incidencia sirvió de mucho el conocimiento del marco legal nacional e internacional, el realizar dictámenes para fortalecer los argumentos con legisladores mediante asesores, jefes de bancada, comisión de derechos humanos, etc. Así mismo se realizaron análisis sobre el contenido y alcance del OPCAT a la luz de la normativa nacional, constitucional, manual de visitas a centros carcelarios el cual permitirá contar con un marco de abordaje y prevención con la óptica del OPCAT. En este segundo momento la participación en foros, talleres y seminarios, optimizaron su impacto en función de la población meta y de objetivos propios. La misma capacidad creativa de los integrantes de la MPT, permitió la conformación de estrategias de campañas de difusión atraves de los medios escritos, televisivos y radiales. Fomentar el debate nacional fue sustentado por el monitoreo de hechos de tortura y otros malos tratos. Se pensó en contar con datos en la construcción de una línea basal y mediante la suscripción de convenio con la Unión Europea se implemento junto al Procurador de Derechos Humanos un observatorio denominado “observatorio de medidas de coerción en el proceso penal guatemalteco”, la contratación de 22 personas a nivel internacional facilitó contar con una base de datos para monitorear y realizar acciones estratégicas en la atención de la problemática. Tercera etapa Tareas de contacto La utilización de canales diplomáticos oficiales (2007 – 2008) dio como resultado que a finales de 2007 se hayan agotado los canales previos a la discusión en el pleno del congreso, la convocatoria con miembros de comisiones y cámaras legislativas se realizó en dos sentidos una fue mediante cartas de apoyo signadas por organizaciones internacionales y la otra fue con asesores jurídicos para concientizarlos y reorientar su posicionamiento frente a la ratificación del OPCAT.
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En los últimos meses la estrategia asumió diversas aristas algunas se habían contemplado y otras fueron obstáculos difíciles de sortear como por ejemplo el cambio de autoridades gubernamentales, la violencia y la polarización del tema frente a los derechos humanos, la reconvención del equipo de incidencia desde la oficina y otros, sin embargo el planteamiento metodológico permitió que constantemente se evaluará la ruta de incidencia y se reorientara la estrategia. Conclusiones: La identificación de ruta de incidencia con posibilidades de integración de procesos. El protocolo facultativo de la convención contra la tortura de las naciones unidas establece un sistema de visitas periódicas a los lugares de detención, a cargo de órganos independientes con el fin de prevenir la tortura y otros malos tratos, el enfoque que se le dio desde las organizaciones que participaron en la campaña fue integrando procesos que sustentaron el primer nivel de la campaña de incidencia en acciones que permitieron identificar las diferentes aristas que contempla el fenómeno de la tortura y sus niveles de degradación, dichos procesos tuvieron enfoques académicos, desde los médicos, psicólogos, antropólogos, abogados y trabajadores sociales. Esta identificación y establecimiento de un marco conceptual y situacional es una tarea de primer orden que deja como aprendizaje que la integración de los procesos debe ser el sustento de los argumentos y que deben apuntar a la creación de una ruta de incidencia concreta no separada de otras acciones que coadyuven a la pronta ratificación. Mapeo de actores En este sentido la exploración de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales estableciendo aliados y contrarios puede facilitar la identificación de rutas críticas y metodológicas en la construcción de la estrategia. Dicho mapeo puede significar un doble interés puesto que mientras permiten crear cierto soporte interinstitucional también es una solida base para dimensionar los alcances del OPCAT. Es decir que la segunda fase es la implementación y que mejor si se identifican que modalidad puede poseer el MNP no necesariamente haciendo designaciones directas pero si analizando las particularidades de cada instancia. (Mandato, capacidad institucional, validez, probidad, etc) Es un proceso de Estado: Una lección aprendida es la inclusión del Estado en estos procesos, siendo que la sociedad civil es el motor que promueve ciertos temas no se debe olvidar que es el Estado quien se debe apropiar del tema, siendo muy cuidadosos en identificar hasta que punto las organizaciones estatales deben participar y con que interés lo realizan. Es muy común entrar aliados desde el Estado, quienes pueden identificarse con el tema debido a la sensibilización, formación o aliados de otros tipos. En este contexto el papel
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de organizaciones internacionales como embajadas, agencias donantes, organizaciones de derechos humanos, y los representantes de Naciones Unidas para los países juegan un papel importante en la negociación, cabildeo y reuniones de lobby que permitirán concretar una ruta de incidencia. Reflexionar sobre recursos humanos y financieros Cada organización debe valorar la capacidad financiera y humana que se pueda utilizar para la incidencia, sin embargo es un factor a considerar puesto que también de esto depende el éxito de la campaña. Identificar un modelo de incidencia acorde al contexto. Las sugerencias de organizaciones internacionales o de manuales de incidencia es de lo más variado, lo cierto es que no existen recetas homogéneas, pero que pueden ser insumos valiosos para integrar una campaña a favor de la ratificación del OPCAT. 3. LA POLÍTICA DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL EN CUANTO A LA TORTURA. Lorena Montiel Viesca. Instituto de la Defensa Pública Penal (Guatemala)71
4. PRESENTACIÓN DE LAS CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO 1
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Ver Presentación en la sección de anexos. Anexo 8.
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Byron Pérez, ODHAG: La presencia que debe de hacerse en el proceso, deben de ser acompañados por abogados y por autoridades de defensa pública, todo este proceso se inicia desde la denuncia que se toma en la comisaria y se termina en la presentación en el centro de reclusión. Hay dos cuestiones que se deben valorar en cuanto a la prevención; una, que es que con el protocolo una vez ratificado se pararan las discusiones, pero no quitaran las discusiones sobre la tortura. Y dos que para conocer el marco conceptual se tiene que saber una denominación de tortura. Hay una normativa en Guatemala que si esta ratificada, y como se ha mencionado se copiado del modelo hondureño esperando que haya trabajo de organización, se ha querido pensar en un consejo consultivo pero solo a ese nivel, esperando contar con un contra peso para derivarlos del Ministerio Publico. Se puede comentar que en el modelo hondureño si se esta haciendo, allá en Guatemala lo que se quiso hacer es ver si hay participación por parte de la sociedad civil y del poder ejecutivo para ver el perfil de las personas así como se esta tratando de dar en Honduras.
Juan Almendares, CPTRT: En la política del país ha habido diferencias entre los poderes, actualmente la Corte Suprema de Justicia esta dividida, hay mas magistrados de un partido político que de otro; en el Congreso Nacional es igual, aunque al fin de cuentas parece que siguen siendo del mismo partido, en cuanto a los candidatos que deben de haber, hay diferentes criterios como los que son propuestos por la sociedad civil y seria bueno hacer valer los valores agregados para que no se convierta en un elefante blanco que es lo que llamamos en Honduras a las instituciones que trabajan en determinadas áreas y que no funcionan. Se va a trabajar mejor si se lleva a la sociedad no como un instrumento de nosotros sino como un mecanismo de la misma sociedad, también para tener una mejor conceptualización del porque se habla de torturadores y violadores, pero estos al final no aparecen por ningún lado, hay que analizar todo esto y trabajar con nuevos desafíos para poderlos tomar en cuenta por que las instituciones tienen que ponerse de acuerdo para trabajar mejor. El gran desafío que se tiene es la implementación en la sociedad para que pueda fortalecerse y así de esta manera esta normativa tendría un comienzo.
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GRUPO DE TRABAJO 2: METODOLOGÍA DE LAS VISITAS PREVENTIVAS A LUGARES DE DETENCIÓN 1. ESTRATEGIAS DE COMO OBTENER ACCESO (AUTORIZACIÓN) A LUGARES DE DETENCIÓN PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL72. Lic. Ronald Solís Zea. Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala.
La primera pregunta que surge es ¿Por qué monitorear estos Centros de Detención? Cuando este proyecto comenzó fue poco después del conflicto armado en Guatemala. Después de este fenómeno vinieron varios apoyos internacionales con el fin de prevenir violaciones de Derechos Humanos y tortura dentro de dichos centros de detención. Ya que estos habían sobrepasado el doble de la capacidad de población que podían tener en su interior. Estas violaciones a los Derechos Humanos y tratos crueles e inhumanos ocurrían por varios factores: • • • • • • • • • •
La prolongación de las penas. La superpoblación acrecentada. Sectores de máxima seguridad. Las personas condenadas a pena de muerte. La transformación de la política de seguridad externa en el recurso principal y la cárcel en un lugar simbólico. Limitados programas ocupacionales, recreativos, educativos y culturales. Recursos presupuestarios insuficientes. Estructura e infraestructura carcelaria obsoleta. Altos niveles de corrupción. Personal penitenciario poco o nada capacitado.
Después del conflicto armado en Guatemala, el contexto político cambio, porque al terminar dicho conflicto se habían firmado tratados de Paz, que llevaban a que existirá una apertura en estos centros de detención, y que facilito la entrada a dichos centros, con la oportunidad de lograr algunos cambios en ellos. Entonces surgió la pregunta ¿Cuál es la metodología que se debe utilizar para poder tener cierta incidencia dentro de los centros de detención? Para eso se organizo en el 2004vuna mesa de las instituciones como el Estado y la Sociedad Civil, y ellos pusieron cuales eran las formas como incidir para que hubiese cambios dentro de dichos centros. 72
Para más información, ver presentación anexa 9.
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Con la organización de esta mesa, nos dimos cuenta que los instituciones que menos se interesaban por la realidad carcelaria son las Universidades y tampoco se interesan por el tema de la tortura, también nos dimos cuenta que los medios de comunicación solo se interesan por la realidad penitenciaria cuando hay un relajo o un bochinche dentro de los centros de detención, pero nunca muestran algún interés por las condiciones de dichos centros. Los actores que se involucraron en esta mesa fueron: •
•
•
Sociedad civil • • Estado • • • •
ODHAG ICCPG
Procuraduría de Derechos Humanos Instituto de la Defensa Pública Penal COPREDEH Dirección General del Sistema Penitenciario –cartas de entendimiento bilateralCooperación Internacional • RCT • APT • OACNUDH
Los puntos de partida de esta estrategia fueron la conformación de plataforma de soporte, la formalización de vínculos de apoyo, institucionalización de procesos, la corresponsabilidad, la participación comunitaria y la formulación de propuestas. Todo esto nos llevo a darnos cuenta que el principal paso para formular una estrategia de incidencia es la visita a los centros penitenciarios. Y también nos dimos cuenta que estas visitas deben hacerse por medio de un grupo integral de profesionales, estos también deben llegar a dichos centros armados con instrumentos de investigación previamente elaborados para que la visita sea más fluida, además este grupo de profesionales debe estar apoyados por la oficina de los Derechos Humanos. Luego de la visita se conversa con las personas que tienen cargos administrativos dentro del centro penal, para poder decirles donde están los problemas que facilitan la tortura. Las lecciones aprendidas fueron: Enfoques integradores de procesos, la dinamización del proceso por parte de la sociedad civil y la corresponsabilidad de Estado, identificación de estrategias de acuerdo al contexto, la necesidad de institucionalizar los procesos, la debilidad en el abordaje psicosocial y psicojurídico.
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2. EXPERIENCIAS DE LOGROS Y DESAFÍOS EN LA REALIZACIÓN DE UNA VISITA PREVENTIVA. Lic. Vilma Guadalupe Mena, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, PDDH. El Salvador. La principal tarea de la Procuraduría Para la Defensa de los Derechos Humanos en El Salvador es vigilar la situación de las personas privadas de libertad. Dicho trabajo es una labor reactiva y no preventiva. Ósea que dicho trabajo se fundamenta en la denuncia. Ya que la Procuraduría es la única institución que puede entrar a las cárceles y que puede trabajar con privados y privadas de libertad en El Salvador. Aunque todo esto no quiere decir que no se trabaje también en un sentido preventivo, con la intención de que se reduzca los factores que provocan la tortura y mejorar la las condiciones de vida de los privados y privadas de libertad. Para hablar un poco de las condiciones en que trabaja la Procuraduría, tenemos que mencionar que el Estado salvadoreño no tiene ninguna intención de ratificar el protocolo Facultativo en contra de la Tortura, esto se debe que el sistema penal de El Salvador se basa en las pruebas testimoniales, lo que es llamado el “Testigo Criteriado.” El Testigo Criteriado es una persona que participa en la planificación o realización de un delito y que estando capturado por la policía denuncia a los demás implicados en el delito, el sistema penal toma a la persona que declara el delito, ósea al Testigo Criteriado como atenuante de condena y pasa poco tiempo en la cárcel o sale sin culpa. También en El Salvador se ha creado una jurisdicción independiente de delitos complejos de crimen organizado, donde se llevan casos de homicidio, secuestro y extorción. Con esto vuelve a surgir el llamado Populismo Punitivo. Otro fenómeno que propicia las condiciones para que la tortura y los malos tratos se den, es la incomunicación por seis horas de los detenidos por la policía. Las denuncias de malos tratos y tortura, en la Procuraduría, son diarias. No existe día que no se reciban denuncias de malos tratos por parte de la policía y por parte de los fiscales. Algunos de los logros de la Procuraduría, es que algunos puestos de detención han tomado en cuenta las recomendaciones de la Procuraduría. También hay algunos casos de tortura que se han podido juzgar. Esto se ha logrado gracias al esfuerzo de personas que han sido víctimas de tortura y que han llevado sus denuncias hasta la corte, en estos juicios la procuraduría ha apoyado a estas personas. Uno de los desafíos de la Procuraduría es la eliminación de ese Testigo Criteriado, también la eliminación de los lugares secretos de la policía, donde se cometen muchos actos de tortura.
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3. EXPERIENCIA SOBRE COMO PROMOVER Y/O ASEGURAR UN IMPACTO SOSTENIBLE DE LAS VISITAS PREVENTIVAS73. Lcda. Sharon Díaz, Defensoría del Pueblo (Panamá)
La Defensoría del Pueblo lo que quiere es compartir la experiencia de visitas preventiva a los centros de privación de libertad. Los casos de tortura en varios Estados por parte de las autoridades se justifica con la seguridad, en nombre de la seguridad justifican prácticas que vulneran gravemente los derechos humanos. Esto se reporta en 102 países del mundo a pesar que el derecho internacional prohíbe este tipo de prácticas. En este contexto las personas privadas de libertad son más vulnerables de ser torturadas al estar aisladas y el depender casi exclusivamente de las autoridades para el ejercicio de sus derechos y de sus necesidades básicas. Muchas violaciones de los derechos humanos vienen de sistemas inadecuados que pueden ser corregidos mediante un control efectivo. Para la Defensoría del Pueblo de Panamá, las visitas regulares a los centros de detención son los medios más eficaces para prevenir las formas de tortura y mejoras las condiciones de detención. En primer lugar tenemos que las visitas para nosotros tienen un efecto disuasivo y por otro lado examina de primera mano el trato brindado a las personas privadas de libertad. Ahora voy a explicar el fundamento legal de la Defensoría del Pueblo, la ley que crea la Defensoría del Pueblo, es la ley siete del 5 de Febrero de 1997, el articulo que fundamenta nuestra institución dice que la Defensoría es una institución independiente que actuara con plena autonomía funcional, administrativa y financiera, sin recibir instrucción de ninguna autoridad, de ningún órgano del Estado o de ninguna persona. Esta institución la Defensoría, protege los derechos establecidos en el título tercero de la constitución de garantías fundamentales y los convenios internacionales escritos por nuestro país. Nuestra institución es elevada a rango constitucional mediante un acto legislativo del año 2004, buscando dotar entonces a la institución de seguridad y certeza de rango de supremacía de las normas constitucionales, lo que fortalece y garantiza su papel de fiscalización de los hecho de actos o omisiones de servidores públicos para que se respeten los derechos humanos de todos los ciudadanos. En materia penitenciaria la Defensoría del pueblo crea en el año 2001 la oficina de supervisión de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, esta oficina pues mantiene su presencia permanente en las cárceles. Aparte de los monitoreos que realizamos dentro de las cárceles nosotros hacemos informes especiales, hacemos ciclos
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Para más información, ver presentación anexa 10.
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de conferencia en materia de derechos humanos, elaboramos trámites de quejas y solicitudes, hacemos reuniones y mesas de trabajo con la finalidad de proteger los derechos de las personas privadas de libertas. Ahora voy a hablar de la labor que hace la Defensoría con las visitas y los monitoreos. Nuestro campo de trabajo abarca los centros penitenciarios, cárceles públicas, las subestaciones de policía, los hospitales psiquiátricos, los centros de detención de emigrantes, los centros de custodia y cumplimiento de menores. En algunas hacemos más monitoreo que en otras, en los centros de penitenciarios es donde más incidencia tenemos, en las otros lugares solamente si lo agendemos vamos hacer visitas, porque no se detectan tantos casos como en los centros penales. Las visitas las clasificamos dentro de la oficina en ordinarias y extraordinarias, las ordinarias son aquellas que mantiene una agenda anual y una programación semanal. Y las extraordinarias son aquellas que son motivadas por alguna denuncia por parte de los privados de libertad o por parte de los familiares o por algún motín. Esto hace que nosotros agendemos una comisión y nos traslademos al lugar de los hechos. Ahora voy a describir cual es la metodología que utilizamos para realizar las visitas, en primer instancia, establecemos una reunión con el director del penal, para informarle el motivo de nuestra visita, ya sea ordinaria o extraordinaria. Luego hacemos las consultas a los funcionarios que están involucrados o de los que queremos conseguir alguna información específica. Seguidamente conversamos con los afectados o con los que han denunciado la situación, es decir a los privados de libertad, para conocer los detalles de la denuncia, porque por teléfono no se puede conseguir mucha información sobre el hecho. Luego según sea el caso conversamos con los testigos de los hechos, si hay familiares involucrados cuando se dio el hecho. Luego capturamos los documentos o los informes de novedad que se tengan en ese momento, y hacemos la inspección al lugar donde se dio la denuncia o se motivo la queja. Los monitoreos que nosotros realizamos, normalmente se realizan cuatro veces a la semana, los días son al azar. Esto se hace ya sea para dar seguimiento a la situación que se dio, a para supervisar que si el médico fue a dar atenciones, que condiciones tiene el pabellón, como están las condiciones de salubridad en las celdas etc. También la Defensoría, trabaja con otras instituciones, como es el caso de los seguimientos legales que se hacen con cada privado de libertad, donde un abogado visita a los privados de libertad y se les informa como van sus casos y también los privados de libertad tienen la oportunidad de denunciar si ha habido casos de tortura. La tarea aquí de la Defensoría garantizar que estas visitas se realicen. Las otras visitas que se hacen en conjunto son con los médicos y con la oficina de acueductos y alcantarillados. La Defensoría garantiza que los privados puedan tener estos servicios. Además de los monitoreos la Defensoría hace sus reuniones de coordinación. Hay tres importantes reuniones que se hacen de manera constante. La primera es la de la comisión de coordinación de la actividad penitenciaria se reúne cada
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mes, ahí se discuten los problemas logísticos que ha tenido un centro penal especifico, ahí se plantea el problema y la solución inmediata, luego de un mes su vuelve a reunir la comisión y se plantean cuales fueron los desafíos y los logros de la solución que se planteo. La otra reunión permanente es la comisión de la mesa penitenciaria, aquí revisamos las recomendaciones que hizo el Comité de Naciones Unidas, sobre el cumplimiento del pacto de los derechos civiles y políticos, y ahí la primera recomendación que nos hace es ratificar el Protocolo Facultativo en Contra de la Tortura.
PANEL 4: LOS MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN (MNP) Y LA PROTECCIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES EN DETENCIÓN 1. GARANTÍAS Y FACULTADES DE LOS MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN: EXPERIENCIAS INTERNACIONALES Y RECOMENDACIONES. Dr. Víctor Rodríguez Rescia, Vicepresidente, Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura (SPT). Primero vamos hablar de las facultades y luego hablaremos de las garantías que puedan cumplir con esas facultades. Hay un escenario que quisiera aclarar que tiene una relación con las funciones del MNP (Mecanismo Nacional de Prevención), pero también quiero aclarar cuál es la relación que debe existir entre el SPT y el MNP, en términos de poder realizar las facultades que le son asignadas al MNP, y lo voy a plantear como una hipótesis, que es una pregunta también para el SPT; “¿Si el SPT ha generado las condiciones hoy, para que el MNP pueda realizar todas sus facultades?” Me parece que es muy importante, que para hablar de las facultades del MNP, tiene que tener primero las herramientas, pero las herramientas no solo se derivan de lo que diga el OPCAT, me parece que están relativamente claras, como también deberían de estar más o menos claras con el decreto o ley que se deriva del MNP, me parece que hay una falta de comunicación entre SPT y los MNP, para que puedan estos cumplir de alguna manera sus facultades y sus obligaciones, que por cierto no son solo nacionales sino que son también internacionales. Y en esto yo quiero hacer una aclaración desde la base, que el MNP, tiene un origen internacional. Si bien no es un organismo internacional, el mandato es una obligación del Estado. Desde el punto de vista del derecho internacional y de las obligaciones que tiene el Estado de cumplir de buena fe con ese tratado, la obligación con esa responsabilidad no puede ser obstaculizada, ni siquiera por la ley, por la práctica, ni siquiera por la falta de garantía que debe tener este MNP. Esto para enlazar lo que quiero conversar.
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Las garantías que debe tener el MNP, tienen base internacional, el origen es internacional y las facultades también son internacionales. Hemos visto un problema de cómo se logra, o mejor dicho, como no se logra, debido a esas obligaciones internacionales hacia los MNP, como se proyecta hacia la ley y hacia la práctica, o bien hacia el mismo problema o dificultades de relacionamiento o más bien, falta de total relacionamiento entre el SPT y los MNP, en este año y medio de funcionamiento. Partiendo de esta base, a nosotros no nos interesa cuestionar, por los Estados se obligan o no a ratificar el OPCAT, es una obligación internacional y yo entiendo que hay presión y que a veces los Estados no manejan a su totalidad a que se están obligando, desde el punto de vista del derecho internacional, todo esto absolutamente intrascendente, es una obligación que se debe cumplir absolutamente de buena fe, de acuerdo al Artículo 26 de la convención de Viena sobre los derechos de los tratados. Todo esto para dejar claro que no puede haber ningún cuestionamiento sobre la intencionalidad a la hora de ratificar. Ahora en la práctica los Estados han ratificado el OPCAT y también no se han enterado que este tratado a diferencia de otros que se ratifican y se cumplen probablemente no obstaculizando el tratado, el OPCAT tiene obligaciones prestasionales del Estado, y esta es precisamente que haga el MNP. Cuando los Estados comienzan a ver que tienen un año para cumplir, es cuando se percatan de que el escenario es complicado. Pero hemos visto que cada MNP, tenga las garantías de ese tratado, y entonces no ha agarrado tarde para empezar a establecer los diálogos y los debates, los compromisos, la apretura, la transparencia, la legitimidad, ya me estoy adelantando de cuáles son las garantías que son los requerimientos necesarios para que exista un MNP, transparencia, legitimidad, participativo, que sea creado por ley, etc. La primer pregunta ¿Cuáles son las facultades de MNP? Es una pregunta que me queda muy fácil, las mismas del SPT, de hecho siempre lo he dicho y no me canso de decirlo que para mí la cereza en el pastel es el MNP, y no el SPT. Porque es un tratado muy interesante, es un tratado de nueva generación que articula que modifica un poco la dinámica de los tratados clásicos de derechos humanos, cuando le generan la responsabilidad a los Estados, y el OPCAT más bien es compartir o generar corresponsabilidad, del Estado con la prevención, pero también con las Naciones Unidas. Ósea el tema de la prevención no es un trabajo solo del Estado, sino también de las Naciones Unidas, con obligaciones muy claras. La obligación número uno del SPT, es de capacitar y de asesorar Estados y la creación del MNP. Número dos, capacitar a los MNP en el tema de la prevención, creo que son dos temas pendientes, que no se han llevado a la práctica. Por las cuestiones que sean, porque no nos cansamos de estar diciendo que no tenemos presupuesto, para no cumplir con una obligación que está en el tratado, que es facultada y que es un requerimiento para que el MNP pueda cumplir con su función. Ya con las facultades propiamente hablando, (las mismas que tiene el SPT) son obviamente; generar todo forma de prevención de la Tortura, y esta prevención de la tortura deberá diseñarse una política pública, o mínimo un plan o un programa de
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prevención de la tortura en cada uno de los países. Los MNP pueden trabajar a partir del cumplimiento de las facultades específicas, que son; generar visitas, hacer recomendaciones al Estado, en términos de prevención de la tortura, inclusive tiene una facultad muy interesante que es, iniciativa de ley, puede y debe generar iniciativa de ley reformar y mejorar la normativa, las practicas por supuesto, a nivel de las recomendación. Yo creo que esta última facultad no está muy bien visibilizada dentro de los MNP, ¿Por qué? No he encontrado una normativa penal que se adecue al concepto de tortura amplio de la Convención Interamericana para la Prevención y el Combate de la Tortura. Esto es muy importante porque es un conferencia regional, quisiera aclarar en el sentido que si bien el SPT deriva del sistema de Naciones Unidas, y la convención contra la tortura es un documento base para entender que es la tortura y que son malos tratos y degradantes, yo me atrevo a decir que cuando estamos en la aplicación de un tratado internacional que da más ventajas más garantías para la prevención de la tortura, creo que el SPT también tendrá que generar recomendaciones en ese enfoque que hay que cumplir con la Convención Interamericana y no solo con la Convención de la Naciones Unidas en tema de la tortura. Me parece que además que hay que seguir el estándar del concepto más amplio de la tortura, pues vemos que ahí los MNP, tienen una tarea pendiente, que es mandar un mensaje claro en la obligación de los Estados en la tarea de ratificar, de acuerdo a la Convención de las Naciones Unidas, y preferiblemente a la Convención Interamericana un concepto de tortura amplio e integral. Uno de los problemas es que los MNP, han utilizado la visita como una herramienta esencial para la prevención de la tortura, pero las visitas son solo una herramienta de las tantas que el MNP tiene. El SPT lo que tiene que hacer es buscar los autores amplios que provoquen la tortura. Antes de la visita los MNP, deben de tener un panorama amplio de que puede encontrar, de cuáles son los riesgos de la visita, y lo que puede hacer con lo que encuentre en la visita. En conclusión el SPT, tiene que convertirse en un mecanismo subsidiario para apoyar al trabajo cotidiano que hace los MNP. Donde cada MNP, tiene como garantía la independencia funcional, y esta independencia tiene que tener ciertos requerimientos mínimos. Donde la independencia que se puede crear es muy diferente de la llamada independencia funcional que los MNP tienen que tener desde su creación.
PREGUNTAS Y COMENTARIOS AL PANEL 4 Alba Mejía del CPTRT, Honduras: Quisiera que me ampliara un poco más, y a partir de la experiencia de Honduras, ¿Qué hemos perdido nosotros con haber usado el concepto de tortura de la Convención de las Naciones Unidas y no el de la Convención Interamericana? Hubo un momento que
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nosotros pensamos en incluir el concepto de la Convención Interamericana, pero final nos quedamos con el concepto de la convención de las Naciones Unidas. Yo pienso que es importante que se haga los esfuerzos posibles y esto es tarea de los MNP que se vayan creando, para que el sub-comité no sea solo una instancia que se crea solo para cumplir con algo, como una institución decorativa que está en Naciones Unidas, que efectivamente le sirva a los MNP para darle ese apoyo a los Estados con la prevención de la tortura.
Respuesta: En el caso de tortura, nos podemos preguntar ¿Por qué hay tortura? Y ¿Qué podemos hacer para cerrar las posibilidades de la tortura? Que haya una ley, o un tratado que tipifique el tema de la tortura, para mi no es suficiente. Entonces lo que hemos hecho es intentar tratar la tortura con el tema de la prevención y de protección, y para eso hemos tenido que ampliar el concepto de tortura, no solo para el caso de investigación, sino también que no debe existir ninguna motivación que pueda justificar la práctica de la tortura, y que no sea solo en el ámbito de los funcionarios sino también en el ámbito particular.
Juan Almendares del CPTRT, Honduras: Pues a mí me parece muy interesante ese concepto de cultura, porque se piensa que nuestros pueblos son culturas muy violentas, pero si observamos mejor los países civilizados son los grandes representantes de la violencia, de la guerra, de las invasiones, a nuestros países. En la cuestión de cultura, generalmente parto de una concepción de que la cultura de un pueblo, es la capacidad de organización para decidir su propio destino sus logros, su producción económica, sus valores sociales, su identidad. Ese sentido cultural también yo lo interpreto en un sentido político. Político pues en la dimensión que los pueblos tienen la capacidad de decidir lo que van hacer. La cuestión de la cultura y la violencia, están ligadas muy estrechamente, por eso hablamos de culturas violentas, peor vemos con en sociedades mas desarrolladas son culturas violentas. Y en realidad yo tengo la impresión de que paradójicamente, nosotros somos menos violentos, porque aquí existe una violencia de la pobreza de un modelo económico avasallador, y eso nos lleva a esa impresión de ser culturas violentas. El interés de todo esto es precisamente, la conceptualización de la Tortura, que esta conceptualización es una conquista universal. Pero cuando aterrizamos al contexto, nos damos cuenta que muchas declaraciones, nos muestran que tenemos que trabajar mucho, como se aplica este concepto a las leyes, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, no ha servido en los conflictos de las Naciones Unidas, por ejemplo en la invasión de Irak. Porque la tortura ahora tiene otras dimensiones.
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Respuesta: Todo esto que hablo el doctor Almendares es un problema estructural, ¿Por qué? porque el tema de la violencia de las cárceles, la violencia de las calles, la violencia del sistema de seguridad, la falta de respuestas hacia el tema de la prevención de la criminalidad, por aquí empieza la tortura. Cuando ocurre la tortura es porque han fallado todos estos aspectos de prevención criminológica, porque cuando falla esto, se produce más privados de libertad y hace que crezcan los riesgos. Si vamos a hablar sobre riesgos de la tortura, el primero es que no haya una política criminal, porque si nos vamos al sistema penitenciario, es un sistema tan reactivo, donde está fallando la base, ¿Por qué la gente delinque? ¿Por qué hay tanta gente en las cárceles? ¿Por qué hay limpia social? Y estamos trabajando en eso, y estamos trabajando en las visitas en las cárceles. Cuando la prevención debe ser mucho antes, tiene que ver con la existencia de una política criminal integrada. Pero cuando vamos a hablar de la violencia que menciona el Doctor, yo quiero destacar una violencia que se menciono acá, y es la violencia judicial, en el caso de la tortura, que genera impunidad. Es decir el mensaje errado, por falta de un mensaje claro, que debe existir desde el sistema de justicia, cuando alguien denuncia una tortura y esa tortura no se investiga, esa violencia la vamos a ver cuando las personas denuncian tortura y el Ministerio Publico no los califican como tortura sino como, lesiones, secuestro o cualquier otro tipo de delito que invisibiliza totalmente el tema de la tortura. Entonces yo sí creo el tema de la prevención de la tortura, no se alcanza solo con una buena tipificación.
Oswaldo Samayoa del ICCPG, Guatemala: Esta es una pregunta quizás un tanto técnica; y es que siempre en el sentido de la practicas, los principios de parís, creo que el 62, habla que el órgano legislativo puede participar dentro de la conformación de estos entidades protectoras o defensoras de los Derechos Humanos, y aquí se viene un problema, que es algo interesante que estamos analizando en el caso de Guatemala, y es como evitar que el parlamentario o diputado que pertenece a un grupo político, pueda participar, cuando los principios de parís dicen que puede participar el órgano legislativo, no sé si nosotros estamos interpretando mal este principio, o ¿En qué sentido se refiere a la participación del órgano legislativo dentro del MNP? Respuesta: Estos principios de Paris, tiene que ver con la aparición de la figura del Ombudsman, que tiene como origen el riñón de los parlamentos, como un órgano que trabaja, que es independiente, que se crea con autonomía, que de alguna o otra manera tiene un fin, pero en los parlamentos; que es mandar informes, dependen de un presupuesto general, etc. Pero de ninguna manera implica una participación activa de los órganos legislativos en los
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MNP, porque primero se rigen de su propia función natural que es, legislar, debatir, crear. La única función del Legislativo, es crear una ley para un MNP que sea autónomo que tenga presupuesto, pero hasta ahí, no puede ser parte de este MNP.
Alejandra Nuño de CDHDF, México: Dos preguntas, una ¿Cuáles son los principales retos que se ha planteado el SPT? Ya nos ha hablado de la relación con los MNP, claramente el tema del presupuesto y la confidencialidad. Pero si aparte de eso están viendo como el SPT, ve los distintos retos en su actuar. La otra tiene que ver con el tema de la confidencialidad, con la cual estamos totalmente de acuerdo, creo que sería muy bueno que pudiéramos hacer algún frente, ya saben ustedes el Subcomité viajo a México, y creo que México podría brindar esa pauta, para todos los países Latinoamericanos de mantener en confidencialidad el informe del subcomité, sería una lástima que no se pudiera publicar para que el MNP, todas las Organizaciones y las Instituciones que estamos interesadas en darle seguimiento a lo que dice el SPT. La otra pregunta seria sobre la confidencialidad, porque quiero preguntar ¿si el SPT está pensando en crear una especie de instancia a los gobiernos para la publicidad? Tomando en cuenta que queremos instar a los Gobiernos a la transparencia y a una buena práctica democrática de publicidad. Respuesta: Los principales retos de SPT a dos años de funcionamiento, desde mi perspectiva el principal reto que tiene es priorizar los escasos recursos que tiene para hacer un mejor trabajo con lo que hay, y después pensar en cómo podemos desafiarles para que se puedan generar las condiciones adecuadas, que no las hay. Desde el punto con lo que podemos hacer con lo que hay, creo que el tema de la confidencialidad es importante. Ósea definir a lo interno de SPT, ¿Que quiere decir confidencialidad?, ¿cuáles son los distintos escenarios de confidencialidad que se pueden manejar tanto con el estado, tanto con los MNP, y crear un protocolo especifico de cómo conducirse en relación con este tipo de dinámica? Eso no requiere de recursos, eso requiere de crear una línea de trabajo, de interpretación y de una dinámica que requiere fortalecer la comunicación entre el Estado y el MNP, etc. Porque esto nos lleva un poquito a los demás, se trata de que el Estado nos page los tiquetes para que nosotros vengamos, eso no. Es el tema de ser y parecerlo, ¿Cuándo puede venir el SPT venir y asesorar un Estado sino tiene recursos? Y ¿Si puede hacerlo en un escenario en donde esta haciendo visita?, o ¿en el seguimiento de una visita? Hay distintos escenarios que hacen un poco compleja esta relación con el Estado, no es fácil. Pero creo que el SPT en ese tema ha sido muy precavido hasta ahora, casi hay una línea que dice, no vamos a participar con fondos del Estado en visitas, sin embargo si hemos estado participando en este tipo de eventos académicos, en donde de
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alguna manera hay incidencia en el trabajo de la capacitación y la prevención. Pero no podemos andar creando estrategias, pidiendo casi el favor a Organizaciones no Gubernamentales para apoyar visitas previas a un país. Los retos son muchos.
GRUPO DE TRABAJO 3 LOS MNP: OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL OPCAT74
Las presentaciones que se llevaron a cabo en este grupo de trabajo estuvieron a cargo de los siguientes expositores: 1. EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN (MNP) DE MÉXICO. Dr. Eduardo San Miguel Aguirre, Director del Mecanismo Nacional de Prevención de México. 2. EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN (MNP) DE COSTA RICA. Lic. Lilliana Castro López, Defensoría de los Habitantes de Costa Rica 3. EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN (MNP) DE HONDURAS. Abg. Jenny Almendares, Representante del Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre el OPCAT. 4. CONSIDERACIONES SOBRE LA COOPERACIÓN ENTRE LOS MNP Y LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS (OACNUDH). Sr. Humberto Henderson, OACNUDH en Guatemala. 5. VENTAJAS Y DESAFÍOS EN LA DESIGNACIÓN DE DE INSTITUCIONES NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS COMO MNP. Abg. Therese María Rytter, Centro de Rehabilitación e Investigación para las Víctimas de la Tortura, RCT.
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Ver presentaciones en la sección de anexos. Anexos 11-15.
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PRESENTACIÓN DE LAS CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO 1 Comentario de Eduardo San Miguel Aguirre, MNP de México: En cuanto al tema de las visitas periódicas y regulares al los centros de detención en México, por el tamaño de la población que existe y para ver de cómo se van garantizando los derechos de las personas privadas de libertad, vamos tratando de sintetizar los problemas, comenzando desde las visitas que ahora se han ido atendiendo por medio de las de la comisiones estatales, un ejemplo es en Querétaro, ellos participaron con el gobierno del estado y también con las autoridades que dependen del gobernador, en ese sentido se nos es mucho más fácil resolver los problemas. Por otra parte el subcomité es el que señala el mecanismo nacional y por esta razón viene a hacer un apoyo importante porque así de esa manera funcionan mejor estando juntos, porque si no fuera así sencillamente los comités no lograrían ponerse de acuerdo, y de esa manera se empezarían a perderse y a convertirse en dos universos paralelos. La idea ha sido establecer una comunicación con diferentes comisiones estatales, cada una teniendo su respectiva entidad, así de esta manera empezaríamos a sumarnos a cada una de las actividades llevadas a cabo, sobre todo por las grandes dificultades que se presenta en México como se había dicho antes por su extensión y tamaño de población, porque existen estados enormes dentro de México, y a veces no siempre hay personas detenidas en los centros de detención o bien con la revisión que se hace de los registros, solo han entrado tres personas logrando con esto tener una gran ayuda por parte de las comisiones estatales para llevar un mejor control en cuanto al respeto de los derechos de las personas privadas de libertad. Comentario de Liliana Castro López, Defensoría de los Habitantes de Costa Rica: En años anteriores el problema que teníamos era el hacinamiento, que ahora a esta fecha ha mejorado notablemente como en otros años. Antes existían conventos hecho para 150 personas y el problema radicaba que habían hasta 500 personas dentro de ellos, ocasionando un descontrol total y no saber de los abusos que pudieran sufrir los privados de libertad; ahora se ha logrado crear uno nuevo recinto con mayor capacidad y separación de las personas teniendo un mejor control y permitiendo a la vez llevar una mejor relación con los centros de detención. El mecanismo viene a permitir un nuevo mejoramiento a la población en cuanto a los derechos de la personas.
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En algún momento se comentaba sobre la defensoría y se decía que tenía que ser una unidad a parte; como también se hiso una intervención para el mecanismo que este debe de aprovechar la plataforma que tiene y que debe de apoyarse en la sociedad civil, para así ir creando grupos que tengan y le brinden más apoyo. Como es en los casos de colegios, universidades, médicos, estudiantes en donde se fue implementado la exposición de la tortura para que ellos pudieran identificar cuáles son los medios los medios que se utilizan en la tortura.
GRUPO DE TRABAJO 4: PROTECCIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES EN DETENCIÓN
1. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA PROTECCIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES EN DETENCIÓN. Lcda. Ana Julia Escalante de Castillo, Comisión de Derechos Humanos de El Salvador, CDHES. Esta comisión surgió en el conflicto armado del El Salvador. Surgió con la intención de de dar protección a las víctimas de la guerra. Y aun la comisión sigue hasta la fecha, pero con otra visión y misión, donde se le da protección a las personas privadas de libertad en la cárcel, donde creemos que hay personas víctimas de la tortura ya sea psicológica y física. Donde la población carcelaria es altamente vulnerable para ser víctimas de la tortura, que comienza desde la dentición, sigue en la privación de libertad, en la incomunicación y aislamiento. Creemos que la tortura es una de las peores prácticas del ser humano. Los mecanismos de protección a los privados de libertad, tiene sus inicios en los artículos constitucionales, y que se supone que en la práctica se debe dar protección a los privados de libertad, por esa base constitucional. Pero la mayoría de las veces estas leyes y esta práctica no se toman en cuenta, ya desde el momento de la detención hay casos frecuentes de abuso por parte del cuerpo policial.
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La mayor parte de las denuncias son hechas por las personas que ya han salido de los centros penitenciarios, ya que los que están todavía adentro de los centros penitenciarios tienen miedo de denunciar, ya que están en manos de los cuerpos policiales. Esto nos trae un problema muy grande, ya que las denuncias no pueden proceder, porque las pruebas se han perdido y ha pasado mucho tiempo. La ley dice que en los centros penitenciarios, deben procurar la readaptación social de los condenados, además de la prevención de más delitos. Pero en la práctica lo que se hace en estos centros, es tenerlos aislados sin hacer nada y solo detenidos para no puedan cometer ninguna acción. Otro problema es que no hay ninguna atención a los centros penitenciarios de mujeres, ya que la atención de las instituciones que trabajan con privados de libertad se centra en las penitenciarías de varones, por el factor de las Maras y la Masacres que se han hecho ahí. En los centros femeninos hay un gran abuso sexual, cuando las revisan para evitar que se introduzcan drogas y objetos. Ahí desnudan a las mujeres, las ponen hacer sentadias, les introducen los dedos en la vagina, y utilizan el mismo guante para todas, esto hace que se transmitan infecciones y enfermedades sexuales. El único caso de una denuncia que se llevo a juicio, fue contra una Directora de un centro penitenciario, pero este salió sin ninguna condena y ninguna culpa. En estos centros penales, también se clasifica a los jóvenes como mareros o pandilleros, esto hace que la guerra de las calles se lleve a los centros de detención, donde el personal no está capacitado, y esto hace que haya mucho abuso de poder y tortura, y además para poder detener los conflictos entre privados de libertad, se le da prioridad al aislamiento. Todas estas cosas hacen que estos centros sean una bomba de tiempo.
2. LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES. Defensa de Niños y Niñas Internacional, Sección Costa Rica.
Dra. Karin Van Wijk,
Buenos días a todos y todas. Antes de iniciar quisiera, en nombre de Defensa de Niñas y Niños Internacional, DNI Costa Rica brindar un agradecimiento por la invitación a este evento tan relevante, que nos ha permitido, durante estos días, reflexionar y compartir acerca estrategias y acciones que permite promover la prevención de la tortura especialmente en aquellos/as que están privados/as de libertad. Queremos aprovechar esta oportunidad, que se nos está brindando, para en primer lugar referirnos a los avances en la protección de niños, niñas y adolescentes en condiciones de privación de libertad, luego sobre algunas generalidades acerca las condiciones en que se encuentren los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley, sobre algunas de las acciones promovidas por DNI relacionadas con este tema, para finalizar con algunas reflexiones acerca acciones urgentes con el fin de promover una verdadera protección a los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley.
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Aunque tal vez, al mencionar los derechos humanos de la niñez y adolescencia no lo relacionamos inmediatamente con el tema de tortura, al menos dentro del contexto de detención, este tema cobra sentido al darnos cuenta de la existencia de más de un millón de niños, niñas y adolescentes en el mundo en prisión, quienes sufren de condiciones inhumanas y violatorias de detención y encarcelamiento. Avances en la protección de niños, niñas y adolescentes en condiciones de privación de libertad A pesar de que hace casi 20 años se ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño y que los países de América Latina han incorporado en su mayor parte los instrumentos internacionales de derechos humanos, el avance en términos de justicia penal juvenil ha sido muy desigual. Con esto queremos decir de que a pesar de que existen cuerpos normativos sobre las temáticas de los derechos humanos de la niñez y adolescencia y, en particular, sobre la Justicia Penal Juvenil, es evidente que estos no se han armonizado ni con la implementación a nivel institucional, ni con la asignación de presupuestos suficientes para llevar a la práctica estas normas. Ha sido evidente, no solamente la ausencia de voluntad política y social para la destinación de recursos a la promoción y aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad, sino también un bajo índice de cumplimiento de la normatividad en sí. Aunado a esto, en los últimos años ha emergido, en la región latinoamericana, el neoretribucionismo como respuesta a la alarma social, insistiendo en bajar la edad mínima de responsabilidad penal y endurecer las sanciones penales para personas adolescentes, casos vistos en México, Guatemala, Panamá y Brasil. En el caso particular de Centroamérica y en especial en este país y El Salvador, las medidas represivas impuestas por los Gobiernos, bajo las políticas de “Mano Dura” contra personas adolescentes y jóvenes, ha representado un retroceso en los avances alcanzados en la región, particularmente en materia de implementación de los artículos 37 y 40 de la Convención y por su puesto en el respeto de los derechos humanos. A partir del trabajo realizado por Defensa de Niñas y Niños Internacional en el campo de la Justicia Penal Juvenil en 8 países de América Latina, desde hace ya bastantes años, podemos resaltar, además de lo anteriormente planteado, que hay varios otros aspectos que no han permitido la construcción de sistemas de Justicia Penal Juvenil especializada
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Por ejemplo se sigue partiendo desde la lógica del abordaje de la violencia y el delito desde un modelo represivo en vez de una promoción de medidas no privativas de libertad con enfoque de justicia restaurativa.
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Sigue en aumento una concepción criminalizadora y un discurso social de condena a la adolescencia en general, y la adolescencia pobre en particular.
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Prevalecen corrientes de opinión pública que apoyan la aplicación de medidas represivas desde el Estado, principalmente en el marco de los programas de Seguridad Ciudadana.
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Persisten prácticas discriminatorias hacia las personas adolescentes en los niveles policiales, de administración de justicia o de ejecución de sentencia.
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Y por último, se percibe indiferencia y/o descoordinación en las instituciones del Estado, ante la alta vulnerabilidad social que afecta el desarrollo y la convivencia social, con fuerte impacto en la población de niños/as, adolescentes y jóvenes.
Entonces, aún teniendo avances a nivel legislativo, a través de los códigos de niñez y adolescencia o mediante otras legislaciones, nos confrontamos con muertes de adolescentes en los centros de privación de libertad, así como casos de torturas y otros tratos crueles inhumanos y degradantes contra los adolescentes en conflicto con la ley, que se producen generalmente en un ambiente de encubrimiento e impunidad. Condiciones de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley También tenemos conocimiento de las detenciones indebidas a personas adolescentes, generalmente a través de redadas o batidas en el marco de los programas de seguridad ciudadana. Además, en los centros de privación de libertad prima el hacinamiento y las condiciones más precarias y violentas de convivencia. Vemos que la situación aún se agrava, de mayor vulnerabilidad frente a la violencia del sistema, cuando se trata de adolescentes provenientes de minorías o sectores autóctonos o indígenas, o como producto de la discriminación de género. En este sentido el Estudio Mundial de las Naciones Unidas sobre Violencia hacia las niñas, niños y adolescentes coincide con lo anterior apuntando que los niños, niñas y adolescentes detenidos o encarcelados son victimas de violencia con mayor frecuencia y gravedad que los menores internados en otras instituciones de atención social. Este Estudio además anota que la violencia como condena se justifica más fácilmente contra los niños, niñas y adolescentes considerados delincuentes o anti sociales. Que la mayoría de los niños, niñas y adolescentes privados de libertad no han sido condenados por cometer un delito, sino que se encuentran a la espera de su juicio. Muchos de ellos y ellas se encuentran en conflicto con la ley por razones diversas, incluidas situaciones de pobreza crónica y falta de cuidados adecuados. De esta manera muchos de los delitos menores, como los pequeños robos, están directamente relacionados a una necesidad como por ejemplo la falta de alimento. La violencia contra estos niños, niñas y adolescentes es ejercida bajo la forma de castigos corporales como condena por los delitos cometidos. Esta violencia se puede manifestar a través de aislamiento, la tortura, los golpes, el acoso, la violación y la humillación. Estos malos tratos son a menudo por parte del personal, los y las funcionarios responsables de su bienestar o por parte de otros detenidos adultos.
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También el Estudio Mundial apunta que la estigmatización negativa de estos niños, niñas y adolescentes, suscrita a la apatía de la opinión pública sobre la violación de sus derechos humanos, da como resultado la impunidad de los perpetradores de esta violencia y el silencia de la opinión pública sobre este problema. Acciones de DNI Preocupados por estas situaciones, en DNI se ha dado una gran importancia al desarrollo de múltiples iniciativas relacionadas con la Justicia Penal Juvenil, utilizando, desde luego, instrumentos como son la Convención, además del Estudio Mundial sobre Violencia hacia las niñas, niñas y adolescentes que nos ha brindado un amplia visión sobre las magnitudes de las violencias, la voz de niños, niñas y adolescentes, como los caminos para superarlo. Por otro lado contamos también con el Comentario General 10 sobre Justicia Juvenil, elaborado por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas que arroja luces acerca de la promoción de políticas de justicia penal juvenil de índole preventivo, tomando en consideración las condiciones de vida y socio-económicas en que se desenvuelven estas poblaciones. Contamos por ejemplo con el de Programa Justicia Penal y Seguridad Juvenil a través del cual se promueve el funcionamiento de sistemas especializados de Justicia Penal Juvenil en la región, así como programas de prevención de la violencia, aplicando las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño. También se realizan acciones con el objetivo de impulsar la especialización de los diferentes actores del sistema de justicia, y para promover la comprensión social de la situación de los adolescentes en conflicto con la ley. Se contribuye a la prevención de la violencia y el delito mediante la promoción de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes y el impulso a la implementación de políticas públicas integrales. Por otro lado a través de la Campaña Internacional ¡Ni un Niño/a detrás de las Rejas! se ha promovido la reducción del número de personas adolescentes en prisión y mejores condiciones en su detención, de conformidad con los estándares internacionales de protección de derechos humanos, en América Latina y El Caribe. Esto mediante acciones como el •
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Desarrollo de capacidades y creados los espacios para la discusión y análisis, para la promoción de la utilización de determinados mecanismos alternativos, como la Justicia Restaurativa en el proceso de especialización de los subsistemas de Justicia Penal Juvenil Desarrollo de estrategias de investigación- comunicación dirigidas a actores claves para la sensibilización y movilización respecto a la Campaña Desarrollo de estrategias de comunicación y sensibilización en el marco de la Campaña Regional
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Promoción de la construcción del concepto de responsabilidad social adolescente y el ejercicio de su ciudadanía activa con miras a garantizar el ejercicio pleno de sus derechos
También, en estos momentos, se está impulsando una Campaña Regional “Justicia para adolescentes en conflicto con la ley sin tortura, muerte ni otras violaciones de derechos humanos”, que se ejecutará con la participación de 13 países de América Latina, y que consiste en el desarrollo de acciones de investigación, difusión y presión política tendientes a la movilización social y a la responsabilización de los Estados respecto a los casos de muertes, torturas y condiciones de detención que sufren los adolescentes sospechosos o acusados de la comisión de infracciones. Asimismo, la ejecución de la Campaña permitirá el fortalecimiento de las capacidades de los actores participantes y la obtención de información básica para optimizar el trabajo de defensa de los derechos de los adolescentes y avanzar en el cambio de su realidad. Estas experiencias nos han permitido desarrollar una serie de reflexiones: Reflexiones sobre acciones urgentes que permiten una protección real de los niños, niñas y adolescentes en conflicto con le ley En primer lugar, las acciones deben ser direccionadas a generar cambios sociales, políticos y jurídicos que contribuyan a reducir el número de adolescentes víctimas de la violencia del sistema de justicia penal juvenil, y reducir la frecuencia y reiteración de los casos de muertes, torturas y las condiciones ilegales de detención, promoviendo una mayor aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes y su Protocolo Facultativo. Lo anterior significa la necesidad de contar con políticas y programas sensibles a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. También al desarrollo de acciones en materia de prevención de la violencia a escala regional Desarrollar más propuestas que promuevan el uso de alternativas a la privación de libertad con la finalidad de bajar los niveles de violencia penal. Reformar el sistema judicial- prohibir todas las formas de condenas violentas, como la condena perpetua o los castigos corporales. Establecer sistemas judiciales para personas menores de edad adaptados a sus necesidades- tener como objetivo principal la rehabilitación y reintegración social de los niños, niñas y adolescentes. La profesionalización de los operadores del sistema de justicia penal juvenil Y el monitoreo permanente de la violencia en los sistemas de justicia penal juvenil, en la reducción del número de detenciones arbitrarias, además de la posibilidad de realizar visitas no anunciadas a los centros privados de libertad. También consideramos de su importancia contemplar involucrar a los niños, niñas y adolescente, sus voces y propuestas, requiriendo que se establezcan, de manera muy cuidadosa, métodos que garanticen una participación efectiva
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Pero estas recomendaciones únicamente podemos implementar si logramos visualizar a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, cuando entendemos que un adolescente en conflicto con ley es un adolescente que ha carecido y carece de oportunidades y una atención oportuna, cuando los operadores del sistema justicia realmente creen en las sanciones alternativas y la justicia restaurativa como oportunidad de dar una gira a la vida del adolescente, cuando los medios de comunicación dejen de utilizar a los/as adolescentes para vender sus noticias, cuando los políticos dejen de promover que sanciones más fuertes resuelven la violencia, cuando la sociedad en general entiende que solamente lograremos bajar los índices de violencia mediante la prevención de ésta, cuando se trabaja para mejorar las condiciones de vida en donde los niños, niñas y adolescentes y sus familias puedan ejercer y gozar sus derechos humanos y cuando hay presupuesto para llevar a cabo la implementación de las acciones necesarias y inherentes a un sistema especializada de justicia penal juvenil respetuosa a los derechos humanos y de una sociedad más justa y solidaria con todos los niños, niñas y adolescentes. Hay entonces retos en adelante, no obstante estamos seguros que lograremos poner fin a la violencia en los sistemas de justicia penal juvenil cuando las palabras se tornan en acción.
3. LA PROTECCIÓN DE LOS INMIGRANTES. Elba Coria, Coordinadora de Defensa Legal de Personas Detenidas; Sin Fronteras, México. En mi organización lo que se garantiza es el transito y el destino seguro de los inmigrantes. Los inmigrantes son un grupo minoritario en México y por esa razón son un grupo vulnerable. Esto hace que sea una condición difícil la de los extranjeros, que ocurre desde la discriminación, los sentimientos de xenofobia, desconocimiento de la cultura. También hay un elemento de goce restringido, como los derechos políticos, el derechos a asociación y el derecho a la libertad de expresión, también hay algunos términos que hacen que los inmigrantes no puedan asociarse en sus trabajos. En México hay un alto índice de inmigrantes, porque es una zona de tránsito para las personas que quieren llegar a Estados Unidos. Esto crea un conflicto de Seguridad Nacional. Este estado de Seguridad Nacional es más bien un tratado de seguridad de Estados Unidos, implementado en territorio mexicano. Estas personas que están en tránsito cuando son encontrados por los agentes de inmigración, son capturados y son retenidos hasta que los deportan a sus países. Los lugares donde están detenidas estas personas, no tienen las condiciones necesarias para albergar a tantos inmigrantes, esto hace que las condiciones de higiene, de salud, de infraestructura, sean precarias. Todo esto hace también que esta población sea muy
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vulnerable a la tortura, aunque esta no sea muy evidente, ya que la tortura es más psicológica. Pero en México a todos estos delitos los llaman abuso de autoridad o uso excesivo de la fuerza, pero cuando no hay agresión y cuando la víctima no está ejerciendo ninguna resistencia física, esta acción ya no es abuso de poder sino que se convierte en Tortura. Y esta tortura es sometida por el hecho de ser inmigrante. Las leyes de inmigración de México no mira los centros de detención de inmigrantes como centros de privación de libertad, aunque si lo sean. Además en ellos se lleva un proceso de detención y re migración, que en la práctica no es tan eficiente. En estos centros de inmigrantes, la tortura es sistemática, porque se ejerce a todos por igual, solo por el hecho de ser inmigrantes. Y no hay denuncias de estas torturas, porque cuando una persona pone una denuncia, la ley dice que el proceso puede durar indefinidamente, por lo tanto la persona que denuncio tiene que estar detenida por tiempo indefinido en el centro de inmigrantes. Lo que le recomendaríamos al MNP, es que se hagan visitas periódicas a estos centros de detención de inmigrantes, y que se propongan reformas de legales que puedan incidir en estos centros de detención. 4. LA PROTECCIÓN DE LOS INDÍGENAS. María Auxiliadora Urbina, Procuradora Especial de Cárceles; Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de Nicaragua. Para comenzar se debe saber que hay muchos grupos étnicos en Nicaragua y además la cantidad de población indígena representan el 8.7% del total de la población nicaragüense. Habiendo a nivel nacional 443,847 nicaragüenses descendientes de Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas. Nos vamos a centrar en los grupos étnicos de la costa Caribe, donde los tratos de los privados de libertad son diferentes, además las estructuras sociales de estas comunidades son diferentes a las estructuras sociales de los nicaragüenses, por esa razón en la constitución se acepta a Nicaragua como una Nación multicultural. En la costa Caribe, el poder de los centros penitenciarios los tienen la Policía. El principal problema de los privados y privadas de libertad que ellos desde el momento de la detención no entiende el proceso, porque primero les ponen un abogado que no habla en su idioma, la constitución y las mayorías de las leyes están en castellano y no en su idioma, el juicio no está en su idioma. En estos últimos días se han hecho intentos por traducir la constitución a cada uno de los idiomas de cada etnia. En todos los centro de privación de libertad en Nicaragua el hacinamiento es terrible, además las condiciones de infraestructura son pésimas, también las condiciones de
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higiene, las sanitarias, hay una gran contaminación por los desechos humanos en toda la Bahía, a causa de la cárcel, también hay que mencionar las condiciones de alimentación y de atención medica. La población ladina, que es la mayoría de Nicaragua, y el Estado, ha hecho que cambien las formas de vida de los pueblos indígenas, ya sea por el tráfico de drogas, la presencia policial, el sistema penitenciario, etc. También hay un desarraigo de los privados de libertad, cuando son trasladados al interior del país, donde ellos no pueden tener visitas de sus familiares, ya que para poder llegar desde las comunidades del Caribe, hasta el interior del país, solo se puede hacer por avión y los pasajes son muy caros. Por lo tanto estas personas los arrancan de su tierra y además de su familia.
5. LA PROTECCIÓN DE PERSONAS CON ENFERMEDADES FÍSICAS O PSICOLÓGICAS. Leila Arosemena, Comisión de Justicia y Paz, JUSPAX de Panamá.
Importancia de la protección al derecho de la salud. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. Los centros penitenciarios por sus condiciones físicas y estructurales al cual no se le permite el acceso a los organismos de sociedad civil de forma continua, permite que todas las personas que allí laboran, habitan y visitan se conviertan en sujetos vulnerables. Los sistemas penitenciarios se caracterizan por grandes injustitas y desigualdades, esto se debe en parte a que los Estados no disponen de la voluntad para implantar las leyes, convenios, ni con el presupuesto adecuado para satisfacer los derechos que garanticen una vida digna. Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, referentes al derecho de la Salud.
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1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 3 señala lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. 2. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en su artículo X señala: “toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitaria y sociales, relativas a su alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondiente al nivel que permitan los recursos público y los de la comunidad”. 3. El Manual de Buena Práctica Penitenciaria, en su Regla 20 (1) establece: “todo recluso recibirá de la administración, a las horas acostumbradas, una alimentación de buena calidad, bien preparada y servida, cuyo valor nutritivo sea suficiente para el mantenimiento de su salud, y de sus fuerzas. Todo recluso deberá tener la posibilidad de proveerse de agua potable cuando la necesite”. 4. Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (Regla No. 62) establece: “Los servicios médicos de una institución deben detectar y tratar cualquier enfermedad física o mental o defecto que pueda impedir la rehabilitación de un preso. Para ese fin, se deben otorgar los servicios médicos, quirúrgicos y psiquiátricos necesarios. Normativa Nacional –Panamá La Constitución Nacional en su artículo 105 y 107 establece que el Estado debe velar por la salud de la Población y para ello debe desarrollar políticas que promuevan la producción, disponibilidad, accesibilidad, calidad y control de los medicamentos en todo el país. La Ley No. 55 de 2003 por la cual se reorganiza el Sistema Penitenciario establece en su artículo 5 que el Sistema Penitenciario velará por la vida, integridad física y la salud integral del privado (a) de libertad y para ello se protegerá el derecho a la salud de personas con trastornos mentales, otras enfermedades y discapacidad. Igualmente, el artículo 65 de la Ley No. 55 de 2003 señala que el Estado, a través del Ministerio de Salud y en Coordinación con el Ministerio de Gobierno y Justicia, debe garantizar que todo centro penal tenga acceso a los servicios médicos en general, de psicología, trabajo social, odontología, paramédicos, ambulancia y contar con el personal de salud necesario para atender a la población penal. El Artículo 282 del Decreto Ejecutivo No. 393 del 25 de julio del 2005 por el cual se reglamenta el Sistema Penitenciario Panameño, señala que se proporcionará a todos los privados de libertad de una atención sanitaria integral, dirigida a la prevención, curación y rehabilitación y poniendo especial atención a las enfermedades transmisibles.
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Protección del Derecho de la Salud -Panamá Desde el año 2003 Panamá cuenta con una moderna legislación en materia penitenciaria que refuerza los principios contemplados en las normativas internacionales de Derechos Humanos, pero este esfuerzo no ha sido suficiente debido a que la Ley no ha sido cumplida en su totalidad. A pesar de contar con normas de protección al derecho de la salud, la mayoría de las denuncias por parte de los privados (as) de libertad, del personal administrativo y de custodia van encaminadas específicamente a la deficiente prestación del servicio médico en los distintos centros penales. Hemos de empezar a decir que no se puede garantizar una protección a la salud de la población reclusa si las instalaciones físicas que albergan privados y privadas de libertad se encuentran en pésimas condiciones. Esto se debe a las siguientes causas: -
Las cárceles de Panamá no fueron diseñadas bajo los estándares internacionales de una arquitectura penitenciaria. El alto grado de hacinamiento ya que un 60 % de los privados de libertad se encuentran no condenados. El saneamiento inadecuado de los distintos pabellones, áreas de cocina y clínicas.
Estas situaciones afectan a la salud tanto física como mental de los privados de libertad, ya que se crea un ambiente propicio para la propagación de enfermedades infectocontagiosas, respiratorias, dermatológicas y emocionales. Para el mes de marzo del presente año existían 13 médicos nombrados a nivel nacional para atender una población penal de 11, 375 privados de libertad. Además se cuenta con una sola ginecóloga y un psiquiatra a nivel nacional. En este sentido, no se puede garantizar este derecho si las áreas donde habitan los privados de libertad son oscuras, tienen mala ventilación y muchas de ellas tienen filtraciones creando humedad dentro de ellas. Las infecciones emergen frecuentemente y se transmiten rápido. Muchos detenidos, especialmente del Centro Nueva Esperanza de la Provincia de Colón, se quejan de tener alergias y sarpullidos en la piel así como problemas respiratorios. La tuberculosis es otra enfermedad común entre los detenidos. Es imposible brindar un adecuado seguimiento a las necesidades de las personas enfermas si los centros penitenciarios no cuentan ni con el personal suficiente para atenderlos ni con los medicamentos e insumos médicos. Esto se debe a que del presupuesto que se le asigna a la Dirección General del Sistema Penitenciario un pequeño rubro sea destinado a la compra y abastecimiento de medicamentos e insumos para los centros penales existentes, que actualmente son dieciocho. Para aliviar la situación, el Ministerio de Salud envía una remesa mensual de medicamentos y otras veces se reciben donaciones por parte de Organismos nacionales e internacionales. Como parte de los compromisos adquiridos por el Gobierno Panameño de mejorar la atención médica, en el mes de julio de 2008, se inauguró una clínica-hospital en los
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terrenos del Complejo La Joya para dar seguimiento a los casos de pacientes que requieran mantenerse en observación, sea porque presentan alguna patología o producto de fracturas y lesiones. Es importante que todos los centros penales cuenten con los medios de transporte necesarios para que en casos de urgencia den traslado a los internos que requieran ser llevados a hospitales o centros de salud. En el caso de Panamá, generalmente la Dirección General del Sistema Penitenciario no cuenta con ambulancias en buen estado, teniendo que usar como medio de transporte el bus del Ministerio Público o de la Policía Nacional. Influye también en la no prestación del servicio médico en que el personal de custodia y policivo no llevan a sus citas médicas en las clínicas de los penales aún cuando tienen condiciones médicas evidentes, llevando en muchas ocasiones a los privados de libertad a tener que infringirse daño corporal para que sean atendidos. Es importante que los centros penitenciarios reforzar la protección de las personas enfermas con VIH- SIDA ya que en muchas ocasiones no reciben sus tratamientos en el tiempo oportuno conllevando a la muerte de las personas enfermas. La falta de información estadística, las condiciones de hacinamiento, no separación de privados de libertad, y la falta de una educación preventiva propician el incremento de casos con VIHSIDA. La falta de atención en salud mental y al problema de las adicciones es una vulneración de los derechos humanos. El Estado tiene que procurar dar la atención médica correspondiente a su rehabilitación. No se da un seguimiento constante a personas que sufren depresión y otros trastornos emocionales. Es importante que se adopten medida de seguimiento, prevención por parte de las autoridades penitenciarias y de salud mental, ya que con medidas represivas y de confinamiento no se le brinda ninguna rehabilitación. El no disfrute diario de horas de patio, actividades recreativas y de los obstáculos que tienen que pasar las personas detenidas así como sus familiares, repercute de manera directa sobre su estado emocional. Al ser el Derecho a la salud vital para todas las personas, el Estado debe garantizar además que el sistema sanitario, de agua potable se encuentren en buen estado. En diversas inspecciones que realizan los organismos de derechos humanos, se ha observado que muchos centros penales no cuentan con servicios sanitarios, y tienen que realizar sus necesidades en bolsas plásticas. Es preocupante cuando el Estado no destina esfuerzos para garantizar el suministro constante de agua potable. En Panamá ha sido una lucha constante el tema del suministro de agua en centros penitenciarios como La Joya, en la Cárcel Pública de la Chorrera y otros centros penales. Estas situaciones dramáticas fueron denunciadas por distintos organismos de derechos humanos desde hace varios años y las distintas administraciones del Sistema Penitenciario hicieron pocos esfuerzos para resolver este problemática. Es producto de
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una serie de acciones de organizaciones (Comisión de Justicia y Paz y el Centro de Iniciativas Democráticas) quienes interpusieron un Recurso de habeas Corpus en el mes de noviembre de 2007, ante la Corte Suprema para que se actuara de forma rápida y que la Planta de Tratamiento de Agua se había dañado por completo y los privados de libertad del Complejo La Joya no estaban recibiendo nada de agua. Actualmente persiste el problema de las aguas residuales, y que en visita por parte de la Sociedad de Arquitectos e Ingenieros de Panamá y de Organizaciones de Derechos Humanos en el mes de agosto 2008, se pudo constatar una vez más que el Sistema Penitenciario no ha logrado todavía solucionar el problema de la planta de tratamiento de las aguas residuales la cual se encuentra totalmente colapsada, provocando una inundación y malos olores para los Privados de Libertad que se encuentran en las cercanías de esta planta, específicamente el pabellón 3 del Centro penitenciario La Joyita. En el año 2005, la Defensoría del Pueblo emitió un Resumen Ejecutivo sobre este problema pero la inacción por parte de las autoridades penitenciarias agravó el problema. Producto de la visita de la Sociedad de Arquitectos e Ingenieros se han emitido unas recomendaciones que se harán llegar a las autoridades competentes. Para finalizar es necesario señalar la importancia de impulsar las medidas de salud preventivas, educativas y de concienciación entre la población privada de libertad, y el personal penitenciario, así como exigir el goce en su totalidad de este derecho fundamental para la vida de los privados de libertad, sus familias y de la sociedad en general. Recomendaciones 1. Promover el cumplimiento de la normativa nacional e internacional en materia de respeto a los derechos humanos de los privados de libertad. 2. Establecer acciones conjuntas con las autoridades penitenciarias, ministerio de salud, y otras entidades relacionadas en materia de salud para que se brinde una adecuada atención tanto a los privados de libertad como al personal que allí labora. 3. Se debe cumplir con todas las medidas sanitarias y se debe exigir que el personal penitenciario cuente con el equipo necesario para evitar riesgos a su salud. 4. Asegurar que las personas que las personas privadas de libertad reciban sus exámenes médicos al momento de su ingreso al centro penitenciario y que posteriormente se le de el seguimiento necesario. 5. Garantizar el suministro continuo de agua potable en los centros penitenciarios del país, así como también monitorear la calidad del agua. 6. Exigir programas de atención integral a pacientes como problemas de salud mental, de adicción y sobre todo con enfermedades infecto-contagiosas. 7. Contar con estadísticas de control y seguimiento en casos de pacientes con HIV y problemas de adicciones a las drogas.
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8. Coordinar trabajos con las diferentes autoridades penitenciarias y organismos de sociedad civil, en la educación preventiva tanto de las personas privadas de libertad como a los familiares y personal penitenciario. 9. La sociedad civil debe continuar monitoreando las condiciones de los derechos humanos de las personas privadas de libertad y fortalecer esfuerzos para trabajar activamente con el gobierno y llegar a soluciones concretas.
PANEL 5: LOS MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN (MNP) Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL OPCAT
1. PUESTA EN PRACTICA DEL OPCAT Y EL MECANISMO DE PREVENCION. Dr. Víctor Rodríguez Rescia, Vicepresidente, Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura (SPT). Hay una situación importante con respecto a las visitas que realiza el MNP, y es que se puede tomar represarías en contra de las personas que brindan información sobre estas visitas. Hay unos parámetros de independencia para poder aplicar un funcionamiento óptimo del MNP que son, presupuestos y recurso humano. Con el primero se quiere decir que es suficiente y no depende de otro, y el segundo que tiene relación interna con el presupuesto, ya que sin este no se podría tener la cantidad suficiente de recurso humano, para el funcionamiento optimo del MNP. Este indicador debe ser más cuantitativo, que el indicador cualitativo que se encuentra en el OPCAT, que dice que el recurso humano necesita un consorcio multidisciplinario en donde haya médicos, odontólogos, psicólogos, etc. Otro indicador es el Género. Pero aquí es al contrario, ya que no se quiere desde una perspectiva cuantitativa, ya que esto sería demasiado fácil y pragmático. Lo que se requiere es que en el fondo del MNP, el tema de Género esté presente en todo el trabajo del mecanismo. Otro indicador es como medimos y evaluamos la práctica de este MNP,
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para ver cuanta legitimidad del trabajo hay. En este indicador se cree pertinente que se involucre la Sociedad Civil por medios de comités, con el propósito de que puedan ayudar al mecanismo. La calidad de relación y el dialogo constante con el Estado y el MNP, donde este último no hace denuncias de las malas prácticas del Estado, sino mas bien recomendaciones de cómo realizar de mejor manera las practicas del Estado. Todos estas recomendaciones surgen del las visitas que hace el MNP a las instituciones, aparte este indicador tiene una gran ventaja, ya que se logra tener una relación con el Estado, pero recordando que son entidades independientes una de otra. Otro indicador es el seguimiento, que es la forma como se han seguido las recomendaciones que el MNP ha sugerido al Estado. Esto se debe de hacer desde los primeras recomendaciones hechas al Estado y que han abierto el dialogo, llegando estos acuerdos al final, a ver si estos acuerdos se cumplen o no. Existen otros indicadores que vienen de la prevención de la tortura, una de ellas es la revisión de las leyes y de los tratados en torno al delito de la tortura. La primera dificultad que se encuentra es este indicador, es que las leyes y los tratados se redactan de forma demasiado amplia y ambigua, debiendo ser más específicos, como por ejemplo los que dicen la frase “todo acto”. La tortura es un delito grave y debe de estar tipificado según por su gravedad, por consiguiente si la tortura es un delito y la condena es poca, se estaría incumpliendo con los acuerdos de MNP. También se puede tener indicadores de políticas públicas, para prevenir la tortura, en este indicador nos hacemos esta pregunta ¿Qué está haciendo el Estado para prevenir la tortura? Se debe comenzar en la práctica de la prevención por medio de la sensibilización de los jueces y los policías, hechos en las capacitaciones de prevención. Para que esto no vaya a quedar solo en papeles y en leyes, si no en acciones y conciencia.
2. CONSIDERACIONES SOBRE LA COOPERACIÓN ENTRE LOS MNP Y LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS (OACNUDH). Sr. Humberto Henderson, En Representación de la OACNUDH en Guatemala. En términos generales la oficina tiene varios componentes y vínculos con los derechos humanos; una de ellas es la oficina en Haití, otra forma es de como los asesores técnicos sin tener una oficina propia han hecho conciencia a la consideración y la sensibilización de los derechos humanos, cada una de las demás oficinas que existen en varios países tienen
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un mandato diferente a las regionales, teniendo una en chile, Bolivia, Colombia, Guatemala, México. Para explicar a las oficinas del alto comisionado, decimos que estas oficinas no tienen más de un año de creación y que han sido puestas para trabajar en el Caribe proponiendo que debería de haber una en Panamá, para poder tener también la asistencia de la secretaria técnica de los comités de los tratados. La consideración numero uno, es la que se hace a nivel general en cuanto a los tratados de los derechos humano y lo que nos convoca hoy, que es el protocolo facultativo contra la tortura, el trabajar en el tema de la discusión ha hecho importantísimas recomendaciones en contra de la tortura, estas recomendaciones se remiten a las oficinas regionales. Hay dos grandes acciones una vez instalado la prevención una entre el mecanismo nacional y la otra por la vía del comité contra la tortura, en los procesos de construcción hay que instalar y ver las funciones que se derivan del MNP, así como en Guatemala que existe por parte del procurador de los derechos humanos que él ve los elementos que tratan y de esa manera ayuda al comité para la prevención de la tortura haciendo las denuncias públicas y de manera disuasiva para que participe la sociedad civil y todos aquellos que tengan que decir para evitar la tortura. Posiblemente el proceso no sea el mismo que se tenga en Honduras que es por la vía del convenio. La facilidad que tenga y la armonización no solo con el OPCAT sino con también con los demás tratados y con todos los que tengan que ver con el sistema penitenciario, una vez creado el mecanismo nacional se establecerá con todos los consejos y que han salido en esta participación, uno en lo que tenga que ver que debe de haber presupuestos, porque si los hay entonces hay que apoyar para la capacitación de los expertos y ver como se apoyan conjuntamente para mejorar sus capacidades en cuando a la prevención de la tortura, no quietándole facultades, sino apoyando en los procesos de formación y ver con el mecanismo de prevención funciona mejor, porque algunas recomendaciones no llegan hasta su máximo nivel y hay una necesidad de implementar de crear discusiones. Una vez creado el mecanismo de prevención también viene el acompañamiento de la visita del subcomité siendo un rol importante para que los expertos que vengan y que tengan una misma mirada. Es extremadamente esencial que exista una oficina que haga las observaciones que le permita recibir las denuncias con la confiabilidad necesaria en cuanto a la prevención de la tortura, por lo tanto mientras exista una oficina del alto comisionado no va existir nada por lo que se vea afectados los derechos de las personas que se encuentran en los centros de detención. La ventaja es que el alto comisionado puede entrar donde lo soliciten inclusive donde no se le quiera permitir el ingreso.
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CONCLUSIONES • Primero quiero dar las gracias al CPTRT, por la labor realizada en este evento, y creo que ha sido un seminario muy enriquecedor. También creo que desde acá salen muy buenas ideas y propuestas para poder realizar en nuestros países. Pensamos que podemos hacer esta propuesta de los mecanismos nacionales de prevención desde una forma integral, también salieron propuestas desde el enfoque jurídico, medico, psicológico. Creemos que este seminario pueda cambiar desde un impacto en nuestros países, donde se puedan integrar de forma completa desde diferentes perspectivas que cambien la realidad que vivimos y que se pueda formar desde la prevención de la tortura. • Es importante la presencia en este seminario de los miembros de la policía nacional, porque esto ayuda a la implementación del protocolo. Así podemos conocer como poder realizar este protocolo en nuestros países. • Es sumamente importante estas oportunidades de intercambiar para tener insumos y desafíos que ayuden a aplicar las estrategias en la implementación de este protocolo. Esto también permite el espacio para hacer otros intercambios desde otras formas más amplias tanto nacionales como internacionales, donde podemos invitar expertos de otras regiones que nos pueden ayudar a la prevención de la tortura. •
Ha sido un gran aprendizaje poder saber cómo se trabaja aquí, porque este intercambio de experiencias, han permitido conocer más cerca su trabajo. Nosotros hemos seguido el desarrollo de estas ratificaciones y pudimos conocerlos de cerca, ha sido un gran aporte para poder motivar a otras regiones de que se pueda implementar esta ratificación en sus países.
• También podemos felicitar a las personas que han permitido enriquecer este debate en torno al mecanismo de prevención. Siento que desde este seminario se puede tener un punto de partida para poder hacer espacios de reflexión que aclaran los conceptos en que nosotros trabajamos. • Este espacio también ha aportado reflexiones desde el aspecto académico, donde la variedad de actores que han venido están aportando desde sus experiencias, donde las reflexiones que hacen nos llevan a poder ratificar el mecanismo. Desde una experiencia de un país que ha tenido un logro al poder ser el primero en implementar este protocolo.
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ANEXOS
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