DEONTOLOGIA Noviembre, 2019
Un repaso por algunos de los artículos mas importantes dentro del código de ética del psicologo.
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL PSICOLOGO Vicios de la profesión del psicologo
Indice Prologo.................................................... 3 Artículos y Análisis.....................4 Vicios de la Psicología.............12 Publicidad ............................................14 Conclusión.............................................15
Prologo El Código de Ética Profesional es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los Estatutos del Colegio de Psicólogo/as, en el que se enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio. Su objetivo general es regular el quehacer profesional con acento en la propuesta de criterios de acción y conducta. En nuestra revista quisimos revisar los artículos mas importantes del Código de Ética del Psicólogo.
El psicólogo desde cualesquiera esferas de acción, penetra como ningún otro profesional en la intimidad de las personas, en el conocimiento de sus personalidades, conflictos, sentimientos e insatisfacciones con su consecuente influencia sobre los demás.
Artículos importantes del codigo y análisis Artículo 1: El presente Código es de obligatorio cumplimiento para todo Psicólogo que ejerza la profesión en Territorio Venezolano. Ningún Colegio de Psicólogos podrá promulgar normas deontológicas profesionales que contraríen o menoscaben en cualquier forma las establecidas en este Código. Establece la obligación de todo Psicólogo a cumplir el Código de Ética y también que ningún Colegio de Psicologos podra ir en contra a lo alli establecido.
Artículo 14: Es éticamente ineludible para el profesional de la Psicología, una constante preocupación por la formación intelectual, esforzándose por estar en permanente actualización de conocimientos respecto a los adelantos de la ciencia. El profesional debe estar en constante formación manteniéndose así actualizado en relación a la psicología.
Artículo 26: El Psicólogo debe prestar atención con igual grado de celo profesional a todos los consultantes, sea cual sea su nacionalidad, raza, sexo, edad, credo religioso, ideas políticas o posición social.
Sin importar sexo, raza o religión el profesional debe ser respetuoso y mostrar empatia dando de igual sus servicios.
Artículo 31: Incurre en grave falta a la ética el Psicólogo que individualmente o en colusión cause daño al consultante o a terceras personas mediante el uso de la profesión. Se establece la gravedad de mala praxis intencional, individual o conjunta por parte del profesional.
Artículo 42: Está prohibido al Psicólogo toda forma de competencia desleal. Se presume ésta en la oferta o sugerencias publicitarias de curaciones milagrosas o mágicas, por medio de frases, dibujos o signos similares. Prohíbe el uso de corrientes esotéricas o la utilización de "pseudociencias" como herramientas psicologicas.
Artículo 52: Todo Psicólogo deberá rechazar situaciones de privilegios, amiguismo o influencias en la atención a personas o grupos. Sólo permitirá preferencia cuando así lo impongan las necesidades del caso y no lesione con ello a terceras personas. Se establece que los psicólogos no deben de colocar como prioridad a personas solo por el hecho de que sean sus amigos a no ser que no afecte a otras personas, Artículo 56: En el caso de los individuos enfermos mentales o con deficiencias o anomalías conductuales, para ser sujeto de investigación se deberá obtener la aprobación previa, por escrito, del representante o de quien haga las veces del mismo.. A los pacientes que presenten alguna enfermedad mental y se quiera llevar a cabo una investigación es obligatorio tener la aprobacion del representante del paciente.
Artículo 75: El Psicólogo que se proponga utilizar en sus investigaciones o escritos datos pertenecientes a la institución en la que está empleado deberá obtener previamente la autorización de ésta. Si se quiere utilizar las investigaciones de alguna institucion se tiene que tener los permisos requeridos.
Artículo 78: El docente de la Psicología deberá tener presente en todas circunstancias que la finalidad de la educación es el pleno desarrollo de la personalidad, la formación de ciudadanos aptos para la vida y para el ejercicio de la democracia, el fomento de la cultura y el desarrollo de la solidaridad entre los hombres. El psicólogo que se dedica a la docencia tiene que tener en cuenta que su principal finalidad es fomentar el desarrollo de la personalidad, la democracia y la solidaridad entre los hombres. Artículo 89: Es deber de los Psicólogos y de las empresas distribuidoras de material acreditado como de “uso psicológico” evitar que personas ajenas a la profesión hagan uso del mismo.
El psicólogo deberá tener la seguridad de que el material que sea de "uso psicológico" no pase en manos de personas que no tengan nada que ver con la profesión.
Articulo 94: El uso indebido de la palabra test o prueba psicológica fuera del contexto profesional como se señala en este Código deberá denunciarse como lesivo, dañino, falsario e inadecuado y prohibirse su utilización. Se deberá tener especial cuidado con el uso indebido de las pruebas psicológicas, ya que se toma como dañinas para las personas que se les aplica.
Artículo 96: El Psicólogo deberá estar siempre dispuesto a prestar su colaboración profesional a las autoridades públicas y muy señaladamente a los órganos de administración de justicia. Frente a todos ellos mantendrá una actitud respetuosa, pero sin menoscabo de su amplia independencia y autonomía. El psicólogo tiene que mostrar especial respeto a las autoridades publicas, especificamente a los organos de administración de justicia. Articulo 101: El Psicólogo debe siempre recurrir a procedimientos técnicos y científicos adecuados para prestar la debida atención profesional a quien solicite sus servicios. Debe igualmente procurar, por todos los medios a su alcance, que las indicaciones sean cumplidas Se establece que el psicologo siempre debe utilizar procedimientos tecnicos y cientificos. Y que las indicaciones simpre sean cumplidas.
Artículo 108: Al Psicólogo no se le está permitido el abandono injustificado de ningún caso, evaluación o asunto profesional sometido a su cuidado.
No se le permite al psicologo abandonar sin justificacion alguna toda evaluacion profesional a su cargo.
Artículo 114: El consultante o sus familiares están en el derecho de solicitar una Junta de Psicólogos cuando no estén satisfechos del resultado de los tratamientos empleados por el Psicólogo. Si se da el caso de que el paciente o los familiares de paciente no estan sastifechos con el servicio del profesional estan en su derecho de pedir una junta de psicologos.
Artículo 123: El Psicólogo verterá sobre el caso que le haya sido confiado, todos los conocimientos y medios lícitos de su profesión tendiente al logro del bienestar del consultante. Nunca habrá de prometer la solución del problema.
El profesional dispondra de todos su conocimientos para ayudar al paciente pero no prometara soluciones inmediatas.
Artículo 131: El Psicólogo como miembro de una institución o empresa del estado deberá velar por los más altos principios éticos de la profesión.
El psicologo debe importarle principalmente sus principios eticos.
Artículo 132: El Psicólogo que trabaja en instituciones públicas o privadas deberá regirse por las leyes sociales y laborales correspondientes.
El psicologo debe acatar las leyes sociales y laborales de la institucion en que trabaja
Artículo 141: El Psicólogo incurrirá en falta grave a la ética profesional si a sabiendas aceptare un cargo que por promoción del escalafón le correspondiere a otro colega.
El hecho de que el psicologo acepte un cargo que le correspanda a otro compañero sugiere una falta grave
Artículo 144: El Psicólogo no debe intervenir en asuntos que puedan llevarlo a revelar el secreto profesional o a utilizar en provecho propio las confidencias recibidas en ejercicio de su profesión, salvo que obtenga en consentimiento previo y expreso del confidente. Es una falta grave revelar secretos de sus pacientes sin que este le haya dado su consentimiento.
Artículo 150: A excepción de sus honorarios justos, el Psicólogo no podrá buscar interés pecuniario alguno en el asunto profesional que le haya sido confiado. El psicologo puede recibir sus honorarios correspondientes. Pero de ninguna forma podra recibir dinero por algo que no sea aceptado en la profesion.
Artículo 156: Queda expresamente prohibido al Psicólogo estipular honorarios inferiores a las cantidades usuales salvo lo dispuesto en el artículo 151, ordinal d), y en el artículo 32. El profesional no debe cobrar menos de lo establecido segun el articulo 51.
Artículo 159: Entre los Psicólogos deberá existir un espíritu de fraternidad que enaltezca la profesión, así como un respeto mutuo. Se abstendrá con el debido cuidado de expresiones maliciosas contra los colegas y de aludir a antecedentes personales, ideológicos, políticos o de otra naturaleza respecto a los mismos. Se quiere que entre colegas haya un ambiente calido lleno de respeto y valores. Se evitara los comentarios malintencionados. Artículo 176: Todo profesional de la Psicología en su condición de empleador, debe exigir al Psicólogo aspirante a un cargo y a los que están bajo supervisión la correspondiente inscripción en el Colegio respectivo. El psicologo debere estar inscrito en el colegio de psicologos respectivo para poder aspirar a un cargo. Asi como el empleador debera exigirlo.
Artículo 181: La Federación y los Colegios de Psicólogos propiciarán la enseñanza de la deontología profesional en las Escuelas de Psicología de todo el país. Se establece que el colegio de Psicologoa es el responsable de enseñar a los psicologos inscritos la deontologia profesional.
Vicios que se presentan en la Psicologia Llegar a un diagnostico sin la información suficiente. Estar convencido que un tratamiento es mejor que otro Ejercer en un área en la que no se esta preparado.
Hacer que la psicología no constituya una profesión digna y humana
Competir y no cooperar con otros campos destinados a la salud humana. No investigar y no aportar nada a la investigación psicológica. Transmitir ideas sobre corrientes psicológicas y orientaciones personales, cuando solo se deben transmitir un conocimiento parcial de la psicología.
No respetar la profesión ni la actividad como psicólogo. Colocar en periódicos, anuncios publicitarios éticamente erróneos acerca de la profesión. Seguir ejerciendo la profesión aunque se este psicológicamente inestable. Usar algún tipo de droga psicotrópica antes de atender a algún paciente
Dejarse manipulas por personas terceras acerca del diagnostico de algún paciente Empezar algún tipo de relación sentimental con el paciente. Dar informes o certificaciones errados a un paciente. Sacar beneficio monetario de mas a algún paciente.
Publicidad PsicoVida
Tel: 04126784598 Calle Lara entre 7 y 8. Edif Yacambu
04149785645
Conclusión En el Código de Ética Profesional del Psicólogo podemos ver en su compendio de 182 artículos el trabajo que realizó la comisión designada y el cual fue sancionado por la II Asamblea Nacional Ordinaria de la Federación de Psicólogos de Venezuela en el año 1981. Aquí encontramos los diferentes artículos que guían el comportamiento ético del profesional de la Psicología. Lo es también los deberes del Psicólogo frente a las autoridades o frente a los consultantes donde se define claramente la responsabilidad del uso de los instrumentos técnicos y científicos correctos y adecuados para prestar el servicio a quien lo solicite.
Gracias por leer Revista digital hecha por:
Cristal Lameda