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BAE Negocios www.baenegocios.com Martes 17 de diciembre de 2013

ENTREVISTA - CARLOS GONELLA

OPINIÓN - FRANCISCO J. CÁRREGA

“El sistema no está predispuesto a juzgar a los poderosos”

¿Qué hacer con las empresas quebradas?

La mayoría de los argentinos detenidos en el exterior cumple condenas por narcotráfico

Según datos de la Cancillería argentina existen unos 1.500 argentinos encarcelados en otros países, cifra que se encuentra en pleno ascenso en los últimos tres años Sabrina Santopinto ssantopinto@diariobae.com

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n este contexto, luego de que se pusiera en primera plana la situación de los dos activistas de Greenpeace detenidos en Rusia, la problemática de los argentinos presos en el exterior tomó especial trascendencia y los indicadores comenzaron a hacerse visibles. Lo cierto es que según los datos oficiales, Chile es el país que mayor cantidad de argentinos tiene encarcelados, seguido por Madrid y Barcelona, con un alto porcentaje de detenidos por narcotráfico. Pero también existen argentinos tras las rejas en puntos menos usuales como Sudáfrica, Marruecos o Malasia. Sin ir más lejos, recientemente una importante red que introducía cocaína a España desde varios países de Sudamé-

rica fue desbaratada por la Guardia Ci- mente, la gran mayoría por causas de trávil de este país, en un operativo que dejó fico de estupefacientes. En el caso del 43 detenidos y 124 personas implicadas, Servicio Penitenciario bonaerense son entre ellas dos argentinas. 1.122 los extranjeros apresados. Entre los delitos más comunes por los cuales son acusados los ciudadanos lo- Derechos y garantías cales que permanecen presos en los cin- Consultada sobre los derechos de quieco continentes se encuentran el tráfico nes se encuentran detenidos fuera del de estupefacientes –en sus distintas es- país, Laura Mazzaferri, integrante de la Procuración Genecalas de participaChile es el país que tiene más ral de la Nación adción–, homicidios, virtió que “en el abuso sexual, asoargentinos detrás de las rejas. internaciociación ilícita. Madrid y Barcelona tienen presos ámbito nal todos los EstaEn situación inpor tráfico de estupefacientes dos están sujetos a versa, las cifras del alguna convención Servicio Penitenciario Federal determinan que hay unos de derechos humanos. Nosotros, por 2.000 extranjeros alojados en unidades ejemplo, adherimos al Pacto de San José carcelarias del país: 75 son africanos, de Costa Rica”. “Tenemos mucha cantidad de extra1.706 americanos, 36 asiáticos, 190 europeos y uno solo de Oceanía; nueva- diciones pasivas, que son cuando otro

Estado pide a la Argentina la extradición de personas que cometieron delitos fuera de las fronteras del país”, explica Mazzaferri al tiempo que sostiene que desde la procuración judicializan el pedido que recibe la Cancillería. En este contexto los delitos que son materia de pedidos de extradición, por lo general, tienen un mínimo de pena a un año: robos, homicidios, violaciones, graves estafas. La realidad es que la situación de un extranjero detenido en cualquier país del cual no es nacional es regulada, en principio, por la ley de ese Estado bajo cuya jurisdicción se encuentra. Sin embargo, y más allá del marco jurídico propio de cada país, existen obligaciones emanadas del derecho internacional, entre ellas, la obligación de ofrecer asistencia consular. “Los consulados pue-


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CIFRAS OFICIALES Las extradiciones, en general, están precedidas por una orden de captura internacional que, en la mayoría de los casos, son trasmitidas a través de circulares rojas de Interpol. Según la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal, la Policía Federal, a través de Interpol, está facultada a proceder directamente a la detención de personas requeridas por otros Estados, sobre la base de órdenes de captura –esto significa que aún no llegó el pedido de extradición, porque para mandarlo, el país tiene que saber que la persona buscada está en la Argentina y la orden de captura internacional significa que el país desconoce en qué Estado está–. den y deben brindar auxilio a sus nacionales para garantizar que las condiciones de detención sean adecuadas, para que se respete el debido proceso y el derecho de defensa y para asegurar que una persona imputada tenga acceso a toda la información necesaria para defenderse”, explica Jennifer Wolf, de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Respecto de los mecanismos para el resguardo de los derechos de las personas encarceladas, Wolf explica que “la privación de la libertad no elimina ningún derecho humano y la nota de universalidad es inherente a estos derechos fundamentales, pues se trata de derechos que son expresión de la dignidad intrínseca de todo individuo y deben ser aceptados y respetados por todos los Estados, con inde-

Los pedidos de extradición Según explican desde la Procuración General, cada vez que se detiene a una persona, se le da intervención inmediata a un juez, ante quien interviene un fiscal en representación del Estado requirente. La mayoría de los tratados de extradición prevén un plazo –en general es de 40 a 60 días– para que el país requirente, una vez en conocimiento de que la persona buscada fue detenida en la Argentina, presente el pedido formal de extradición. “La Procuración tiene un viejo convenio

con Interpol a través del cual esa policía nos notifica directamente a nosotros de esa detención y, sobre la base de eso, la Secretaría chequea que haya un juez interviniendo, quién es el fiscal que interviene ante ese juez, hacemos el seguimiento para que el pedido de extradición entre en tiempo hábil y ofrecemos asesoramiento a los fiscales para todo lo relacionado con el juicio de extradición”, explica Mazzaferri. Otra forma en la que pueden entrar las

El caso de Camila puso el foco en la situación de los argentinos detenidos en el exterior

extradiciones son sin previa captura internacional. En este caso, el Estado requirente presenta el pedido ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, quien, tras un control formal, lo envía sí esta vez a la Procuración General de la Nación para que lo judicialicen Por último, la Procuración también interviene en las apelaciones ante la Corte respecto de sentencias de extradición. Cuando el juez que interviene en el proceso de extradición dicta sentencia, haciendo lugar o no a la extradición, las partes tienen un recurso ordinario de apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

ONU– ofrece mecanismos de protección frente a detenciones arbitrarias en cualquier parte del mundo, aun en aquellos países que no firmaron los tratados de derechos humanos. “Por lo tanto, si hay indicios de que no se cumple el debido proceso, o hay signos de tortura, o la detención es arbitraria y desproporcionada en relación con los hechos cometidos, los abogados pueden excitar estos mecanismos para ejercer mayor presión. También, por supuesto, los abogados podrían recurrir a las instancias de derechos humanos propias del país en cuestión, aunque no suelen ser muy independientes, pero de todas formas ayudan también para presionar”, analiza. El control de la situación carcelaria en los diferentes países también es foco de

La privación de la libertad no elimina ninguno de los derechos fundametales de los detenidos en el extranjero

El control de la situación carcelaria en los diferentes países también es foco de atención para los organismos nacionales

pendencia de su sistema ideológico-político, económico y sociocultural”. Por su parte, desde la Cancillería señalan que se intenta avanzar en la firma de tratados con otras naciones para que la repatriación no se concrete sólo sobre el final de la codena, sino que se está negociando para que esto suceda una vez que se dé cumplimiento a la mitad de la pena, de manera tal que el preso pueda terminar de cumplirlas en su país. Al respecto, Tomas Ojea Quintana, experto en derechos humanos y relator especial de la ONU, señaló que el sistema universal de derechos humanos –de la

atención para los organismos nacionales: en ese sentido, Wolf advierte que “las condiciones de detención solamente pueden ser relevadas a través de visitas periódicas y monitoreos de los lugares de detención. En tal sentido, la Coordinación de Argentinos Privados de Libertad en el Exterior de la Procuración Penitenciaria de la Nación conjuntamente con la Dirección de Argentinos en el Exterior se encuentran abocados a diseñar estrategias generales de intervención tendientes a garantizar el efectivo cumplimiento de los estándares internacionales vigentes”.

Martín Prieto* Especial para BAE Negocios

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amila Speziale y Hernán Perés Orsi se encuentran acusados de los delitos de piratería y vandalismo por el Ministerio Público ruso (integrado por el Comité de Investigación y la Procuración). El hecho por el que están imputados fue la protesta pacífica llevada adelante contra la plataforma de petróleo “Prirazlomnaya”, propiedad de la petrolera rusa Gazprom, que pretende convertirse en la primera empresa en perforar el Ártico para la explotación hidrocarburífera. Los activistas argentinos, junto con otros 28 tripulantes, se encontraban a bordo del rompehielos Artic Sunrise, de Greenpeace, que navega bajo bandera

El emblemático caso de los activistas de Greenpeace holandesa. Los 30 tripulantes fueron detenidos en ocasión del abordaje del Artic Sunrise realizado por el Servicio Federal de Seguridad de Rusia (FSB). La detención ocurrió en la Zona Económica Exclusiva de la Federación Rusa. Esa detención de los treinta tripulantes y el secuestro del Artic Sunrise disparó dos procesos judiciales diferentes: El Comité de Investigación ruso pidió la detención preventiva de los 30 tripulantes y los acusó de piratería. El tribunal hizo lugar a la detención hasta el 24 de noviembre de 2013. En

ese lapso, el Comité de Investigación anunció que desistiría de la acusación por el delito de piratería, desistimiento que nunca formalizó ante el tribunal, y acusó a los miembros de Greenpeace de vandalismo organizado y en banda. Días atrás, a poco de vencer el plazo de detención preventiva, el Comité de Investigación solicitó el tribunal la extensión de la detención preventiva por otros tres meses. Los abogados de los activistas de Greenpeace aprovecharon la ocasión para pedir la libertad bajo fianza, que les fue concedida a 29 de ellos, y

denegada al restante. Mañana, jueves 28 de noviembre, se tratará la apelación interpuesta por el único activista detenido contra la denegación de su libertad bajo fianza. En todos los casos se fijó una fianza de, aproximadamente, 60.000 dólares. Por su parte, el Estado holandés promovió un proceso de arbitraje contra la Federación Rusa frente al Tribunal Internacional del Derecho del Mar (Itlos) por entender que la detención de los tripulantes y el secuestro del Artic Sunrise resultaron ilegales pues habían sido interceptados por la Guar-

dia Costera rusa en la EEZ, donde carecía de jurisdicción, y que la detención había sido efectuada sin notificar previamente al país de bandera, esto es: Holanda. Por tal razón, reclama la liberación del barco y de la tripulación. Paralelamente al trámite del arbitraje, Holanda interpuso una medida cautelar innovativa por la cual requirió la liberación inmediata de la tripulación y del rompehielos mientras tramita el proceso arbitral. Por sentencia dictada la semana pasada, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar dispuso la liberación precautoria de los tripulantes del barco y del barco mismo. Fijó, como contracautela, una fianza de 3.600.000 euros. Director Ejecutivo de Greenpeace


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CARLOS GONELLA

El titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) apunta a las fallas del sistema procesal y al accionar de algunos magistrados que hoy tienden a criminalizar a los vulnerables

“El sistema no está predispuesto a juzgar a los poderosos” judicial@diariobae.com

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l titular de la Procelac señala las trabas que se presentan para avanzar con la investigación y el juzgamiento de los delitos del poder e indica que “existe una falta de voluntad por parte de los jueces, porque investigar y llevar a juicio este tipo de delitos es incómodo, porque detrás de esto se encuentra el poder económico”. “Es mucho más cómodo para muchos funcionarios judiciales perseguir a los sectores vulnerables porque no van a encontrar una resistencia. Se necesita un cambio de mentalidad, presupuesto, capacitación, y sobre todo, voluntad”, sintetiza el fiscal al tiempo que da cuenta de que desde el organismo se avanza a paso firme en el diseño de un mapa de delitos de lavado de dinero a fin de encauzar las rutas a investigar. –¿Cuál es el grado de avance de la Justicia en torno de los delitos económicos? –Los porcentajes de juzgamientos de delitos económicos son muy bajos, están por debajo del 10 por ciento. Justamente por esta realidad poco alentadora, en materia de ilícitos que producen mayor daño social, teniendo en cuenta que hablamos de ilícitos fiscales […] el Estado recauda los impuestos para volcar lo recaudado en políticas públicas; por eso, la víctima de delitos económico es toda la ciudadanía. Con la idea de modificar esta realidad es que se crea esta Procuraduría. Para esto estamos construyendo un mapa de delito económico a nivel nacional, en donde ya tenemos registrado que hay 209 causas de las cuales la mayoría está en la etapa de instrucción, unas 20 en etapa de juicio y tenemos registradas cinco condenas. –¿Por qué demora tanto la tramitación de estas causas, tanto que algunas terminan prescribiendo? –Hay varios factores: uno es el diseño de juzgamiento que tenemos, con un Código Procesal Penal desfasado 60 años, con un sistema mixto pero inquisitivo, con una etapa de instrucción larga, escrita. El otro problema es la falta de voluntad, porque investigar y llevar a juicio este tipo de delitos es incómodo para muchos magistrados, porque detrás de esto se encuentra el poder económico. Es mucho más cómodo para muchos funcionarios judiciales per-

seguir a los sectores vulnerables porque no van a encontrar una resistencia. Se necesita un cambio de mentalidad, presupuesto, capacitación, y sobre todo, voluntad. –¿Con qué trabas se encuentran los fiscales para avanzar con estos temas? –El sistema está para criminalizar a los vulnerables. Basta con ir a una cárcel para ver que casi el 90 por ciento de las personas detenidas provienen de sectores vulnerables. El sistema no está predispuesto para investigar a los poderosos. –¿Uno de los puntos para lograr avanzar sería pasar al sistema acusatorio? –Sin dudas, pero éste sería sólo un factor que ayudaría, pero se necesita también avanzar en el resto. –¿Y cómo se logra que los jueces avancen en estos temas? –El Ministerio Público está llevando adelante un trabajo muy fuerte para impulsar las investigaciones en este sentido. Nuestra mayor preocupación es la investigación patrimonial, las medidas cautelares contra el patrimonio de las personas investigadas. Por ejemplo en Tucumán alcanzamos un nivel récord de cautela patrimonial: hemos embargado más de 150 autos, 40 inmuebles, clausurado cajas de seguridad, cuentas bancarias. Acá se investiga la mafia involucrada en el secuestro de Marita Verón.

“Casi el 90 por ciento de las personas detenidas en las cárceles provienen de sectores vulnerables” –¿Cuál es el delito económico que está a la cabeza? –Lavado de activos, que es un delito nuevo en el Código Penal. Ahora se prevé una modalidad que es el autolavado. En la anterior regulación el que generaba fondos ilícitamente, no podía ser investigado y condenado por narcotráfico, trata de personas o por blanquear ese dinero. Ahora sí, se investiga tanto al que genera las fuentes ilícitas de dinero como al

Hay 209 causas por lavado de activos: la mayoría en etapa de instrucción y unas 20 en juicio que legitima y ambos pueden ser condenados. –Hay datos que indican que la Argentina envió a paraísos fiscales cerca de 399.000 millones de dólares en las últimas décadas… –Argentina es uno de los primeros países que tiene mayor can-

tidad de dólares per cápita en el extranjero. Por eso se han dado las denominadas leyes de blanqueo, con la finalidad de que estas personas traigan ese dinero que se encuentra en el exterior en fraude a la ley fiscal, porque es dinero no declarado. Todos los países apelan a este tipo de medidas. Las medidas de exteriorización de capital como la que rige en la Argentina tiene como contrapartida la no investigación por fraude fiscal. –¿Cómo está la situación de Córdoba, donde hay policías presos? –Están presos por asociación ilícita, se trata de la cúpula de la división drogas de la provincia de Córdoba que vendían drogas que obtenían de los secuestros. Nosotros colaboramos con el fiscal y le proponemos medidas de investigación económicas. Colaboramos también en el caso de Carbón Blanco, para avanzar en la hipótesis de lavado de activos. –¿Cuáles son los casos más

Se avanza con la creación de un mapa de lavado de dinero en la Argentina De acuerdo con estudios hechos a nivel de ONG, los porcentajes de juzgamiento de este tipo de delitos son muy bajos y la misma línea es seguido por el bajo índice de condenas. Así, la mayoría de los casos terminan prescribiendo. “Ésta no es una solución jurídica de calidad. La calidad en la resolución del caso depende de que se resuelva en juicio oral, porque es el momento más importante de un proceso, donde se pone en juego la dinámica acusatoria: el fiscal ataca, el acusado con su abogado se defiende y el tribunal resuelve quién tiene la razón. Las alternativas, una vez comenzado el juicio oral, sólo pueden ser dos: condena o ab-

solución”, explica Gonella. En este contexto la Procelac comenzó a recabar datos con el fin de confeccionar un mapa nacional del delito económico. “Ello nos permitirá tener un diagnóstico bien claro sobre el estado actual de la situación a nivel nacional, para poder detectar los casos más graves y así ponernos a disposición de los fiscales para colaborar con ellos a fin de promover los juicios orales”. El Área de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo logró generar una base de datos sobre los casos de lavado: en total hay 209 casos en distintos grados de avance como instrucción, en juicio y con condena firme.

“Durante todo el año que viene proyectamos avanzar en las siguientes etapas del mapa, es decir, reunir exhaustivamente toda la información sobre los delitos de competencia del resto de las áreas: Delitos contra la Administración Pública, Concursos y Quiebras, Mercado de Capitales, Delitos Tributarios y Contrabando y Fraudes Económicos y Bancarios”, detalla Gonella. Lo cierto es que el mapa que se presentará en febrero próximo contendrá información detallada sobre imputados, fecha de inicio, calificación legal, fiscalía en que tramita, incluso hay un enlace a partir del cual se puede visualizar el asiento físico de la fiscalía.

importantes que llevaron adelante en 2013? –El caso de Tucumán fue de los más importantes que hemos tenido y el juez está a días de dictar los procesamientos. Otro fue el de Santa Fe, en el que judicializamos un caso contra una persona que cometió delito bursátil defraudando a miles de bonistas, una gran operación de lavado de activos. El caso de Carbón Blanco, uno de los casos de narcotráfico más grandes de la Argentina. –¿En qué consiste la investigación sobre daños para créditos en el consumo? –La Procelac no sólo trabaja judicializando casos, como consecuencia de denuncias, sino que también observa la realidad económica con la finalidad de detectar patrones que causen daño social y económico. Con esta pauta de trabajo efectuamos una investigación en la Ciudad sobre los préstamos para consumo. Identificamos a los sujetos financieros que prestan plata para el consumo y detectar cuál es la tasa de interés aplicada. Están los bancos públicos, los privados y entidades financieras que no están registradas en el Banco Central, y las tasas de interés que aplican llega a un 163 por ciento más que un banco público. Hicimos un mapa que muestra dónde están concentrados estos sujetos financieros que prestan dinero y detectamos que están todos en zona sur de Buenos Aires y en otros lugares estratégicos por donde circula mucha gente como Constitución, Once, Liniers, etc. A esos lugares concurrimos a reunirnos con gente de los barrios donde nos contaron los casos extremos de familias con bienes embargados. La Justicia en este caso es un problema porque viene a profundizar la problemática: porque los juicios ejecutivos por un pagaré son los que más rápido caminan, son juicios donde no se discute el fondo de la cuestión. Las víctimas de este sistema perverso son los sectores más vulnerables.


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Martes 17 de diciembre de 2013 Editora: Sabrina Santopinto E-mail: Judicial@diariobae.com Publicidad: 5550-8600 E-mail: silvina.ussia@diariobae.com

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Francisco J. Cárrega* Especial para BAE Negocios

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os ciclos de la economía de un país provocan momentos de crisis o dificultades serias, que impactan en mayor o menor medida en distintos sectores empresarios. Cuanto más profunda es la crisis el impacto en las empresas es mayor. Al margen de las crisis macroeconómicas con efectos generalizados, en ocasiones sectores puntuales de la economía resultan gravemente afectados por circunstancias económicas externas o internas, climáticas, cambios en hábitos de consumidores, avances tecnológicos, decisiones estatales, etcétera. Muchas empresas que desarrollan sus actividades en esos sectores pueden resultar arrastradas por esas crisis. Por otra parte, en ocasiones las crisis se producen por causas atribuibles a las empresas y/o a sus competidores y/o a sus clientes y/o a sus proveedores: entre otras, estrategias inexistentes o equivocadas; ausencia de planeamiento; problemas en la administración, en la producción y/o en las ventas; incumplimientos legales con severas sanciones administrativas y/o judiciales; caída de clientes, y restricciones comerciales, entre otros. Ahora bien, ante una crisis que pone en riesgo la vida misma de la empresa, nuestra legislación provee diversos procedimientos o estructuras sobre cuya base pueden aportarse soluciones concretas o se puede contribuir a la superación de esa crisis. En ese sentido, la ley 24.522 establece un sistema preventivo al cual pueden recurrir –con ciertas excepciones (como las aseguradoras y los bancos)– las empresas que atraviesan dificultades financieras severas, obteniendo una serie de ventajas que facilitan la posibilidad de que reestructuren sus pasivos y superen la crisis. Pero la solución preventiva puede fracasar y derivar en una quiebra. Incluso en ocasiones las empresas en crisis quiebran directamente sin intentar o poder evitarlo. En el marco de una quiebra todos los acreedores de la empresa quebrada deben

¿Qué hacer con las empresas quebradas?

Nuevamente deberá debatirse en el país cómo avanzar con las compañías en quiebra concurrir para ser reconocidos como tales Existen casos emblemáticos de quiebras y para tratar de percibir, en la medida de que se han prolongado durante décadas lo que les corresponda, sus créditos. Para sin que se vendan los activos. su pago, el juzgado interviniente, con sus Pero también existen casos de quiebras auxiliares, debe impulsar con la mayor en las que, cumpliéndose con los plazos agilidad posible (4 meses prorrogables por legales referidos, se han vendido plantas 90 días) la venta de los activos de la emindustriales u otro tipo de establecimienpresa, así como también debe impulsar tos productivos, lo que ha permitido su las acciones de recomreactivación inmediata posición patrimonial en La ley 24.522 establece un –preservándose la fuensupuestos de extensión laboral– y lo que, a la sistema preventivo al cual te de los efectos de la quievez, ha permitido que la pueden recurrir empresas quiebra obtenga los fonbra a terceros, responsabilidad de los adminiscon dificultades financieras dos de la venta para el tradores, o actos de dispago de los acreedores. posición patrimonial producidos antes de Los casos de prolongación indefinida de la quiebra en perjuicio de los acreedores. los procesos de quiebra, alimentados por Esa venta rápida de activos es un immecanismos anacrónicos y harto inefiperativo legal; especialmente cuando se cientes de venta judicial –como lo son las trata de establecimientos comerciales, subastas judiciales bajo la legislación viagropecuarios o industriales relevantes, gente–, provocaron una creciente y mucuya parálisis daña los propios activos y chas veces justificada reacción social y poa veces genera la imposibilidad de la relítica. La ley 26.684, que modificó la ley activación posterior. 24.522, estableció una serie de disposicio-

nes vinculadas con la continuación de la explotación del establecimiento, especialmente por sus trabajadores. Ya preveía, excepcionalmente, la continuidad transitoria de la explotación del establecimiento hasta su venta; pero la modificación restó fuerza a la excepcionalidad, y proliferaron los casos de las continuaciones de las explotaciones de empresas quebradas. Suele presentarse una clara colisión entre el principio legal general en materia de quiebras, que es el deber de los jueces de vender con agilidad y eficiencia los activos de la quiebra para obtener fondos para defender el crédito y a la vez reinsertar esos activos en la economía para mantener las unidades productivas y las fuentes de empleo, por un lado, y el interés político y social de sortear las múltiples ineficiencias para alcanzar ese objetivo y permitir de algún modo la continuidad de la explotación. Son pocos los casos en los que se analiza si la empresa cuya continuidad se dispone judicialmente es viable o no lo es. Y ello deriva en un fenomenal dispendio de recursos de todo tipo. Por ello deberá revisarse el sistema integralmente y con visión de largo plazo. La solución que más se compadece con el fortalecimiento de las instituciones, la seguridad jurídica y el desarrollo económico, es sin dudas la venta ágil, en no más de 60 días, de los establecimientos en block y eventualmente en marcha, lo que requiere mucha eficiencia judicial y reformas procedimentales consensuadas. Debe defenderse el crédito, evitarse costos innecesarios al Estado, incentivarse las inversiones, y facilitarse que los trabajadores se reinserten como tales o, coordinaros, como adquirentes del establecimiento para su continuidad, con financiación genuina en el mercado. Nuevamente deberá debatirse en nuestro país qué hacer con las empresas en quiebra, máxime cuando, inexorablemente, las crisis empresarias crecerán en algún momento.

TERCER CONVENIO

La Ciudad insiste con el traspaso de las competencias penales E

l presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, Juan Manuel Olmos, instó al ministro de Justicia y Seguridad porteño, Guillermo Montenegro, y a los legisladores de PRO a aprobar el Tercer Convenio de Transferencias Penales, ya sancionado por el Congreso Nacional y que todavía espera ratificación por parte de la Legislatura. “La Justicia está en condiciones de hacerse cargo sin dilación”, sostuvo el presidente del Consejo de la Magistratura. Se trata del tercer convenio sancionado por el Congreso y que espera ser ratificado por la Legisla-

tura. “Desde aquella reforma del ’94 y la constituyente del ’96 venimos trabajando en pos de tener los mismos derechos y las mismas atribuciones que tiene el resto de las jurisdicciones de nuestro país. La excusa de que el traspaso se haga con los recursos no puede ser el impedimento para avanzar, menos en una ciudad donde el proyecto de presupuesto enviado para el año próximo supera los 60.000 millones de pesos”, detalló Olmos durante la presentación del Seminario “Transferencia de competencias Judiciales. Nación - Ciudad de Buenos Aires”. El funcionario reclamó la apro-

Juan Manuel Olmos pidió que se complete la transferencia bación del tercer convenio “en defensa de la autonomía y de las instituciones políticas de la Ciudad”, y recordó que “además de ser una manda institucional, es un compromiso de todos aquellos que tenemos una responsabilidad pública”. Es preciso mencionar que el Tercer Convenio de Transferencias de Competencias Penales, sancionado en 2011 a instancias de

un proyecto del senador Daniel Filmus, indica que, una vez que sea ratificado por la Legislatura, los jueces de la Ciudad podrán investigar y juzgar los delitos como lesiones, abuso de armas, violación de domicilio, penalización de actos discriminatorios, atentado y resistencia contra la autoridad, abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios públicos, falsificación

*Profesor y director de la Maestría de Derecho Empresario de ESEADE

de documentos, profilaxis y estupefacientes, entre otros. “La aprobación de este proyecto sería un paso adelante para la justicia porteña porque todos nuestros jueces y camaristas están en condiciones de hacerse cargo de ese paquete sin dilación, dejando a un lado la mezquindad y la cuestión de recursos”, sostuvo Olmos ante un auditorio compuesto por funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad. Y agregó: “El Tribunal Superior de Justicia será, en definitiva, la garantía de la alzada final de las causas que se tramitan en nuestra jurisdicción”. Antes de finalizar, señaló: “Tenemos que continuar trabajando y no claudicar para defender que nuestros ciudadanos tengan la aplicación de la ley a partir de las autoridades de nuestro sistema institucional. Es una discusión político institucional que desde el Consejo vamos a seguir dando para alcanzar la plena autonomía de la Ciudad”.


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