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Medidas extraordinarias en materia

Firmado Acuerdo sobre la extensión de los expedientes de suspensión temporal de empleo (ERTE) y sus condiciones

La pandemia del Covid-19 ha provocado una crisis mundial sin precedentes, donde hemos visto como la mayoría de países aplicaban medidas de confinamiento para preservar la salud de las personas. Estas medidas, entre otras, han implicado cierres de centros de trabajo, excepto los considerados esenciales.

El Gobierno de España ha puesto en marcha diferentes medidas en defensa del empleo y la protección social, pero si algo ha caracterizado este periodo es el compromiso y la corresponsabilidad de los interlocutores sociales, cerrando importantes acuerdos con el Gobierno para salvaguardar el empleo. Se introduce la fuerza mayor parcial hasta

Entre estos acuerdos, el 8 de mayo, los agentes sociales y el gobierno cerrábamos un acuerdo, en el ámbito del Diálogo Social Tripartito, sobre la extensión de los ERTE y sus condiciones que quedaron reflejados en el RDL 18/2020 de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, cuyos contenidos centrales, muy

1. ERTE de Fuerza Mayor

Se desvinculan del Estado de alarma y se referencian al reinicio de la actividad. Su duración no podrá ir más allá del 30 de Junio de 2020, salvo acuerdo del Consejo de Ministros.

resumidos, son: el 30 de Junio, de manera que las empresas podrán ir incorporando a quienes están en el ERTE de forma progresiva y en la medida necesaria para el desarrollo de la actividad, pudiendo ser esta incorporación también de forma de reducción de jornada.

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