La evaluación ambiental del ruido submarino como nuevo reto en la ordenación del espacio marítimo

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La evaluación ambiental del ruido submarino como nuevo reto en la ordenación del espacio marítimo 20 septiembre 2018

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Índice

1. 2. 3. 4. 5.

Centro Tecnológico Naval y del Mar (CTN): competencias La Directiva marco sobre la estrategia marina y el Descriptor 11: ruido submarino (MSFD). Directiva marco para la ordenación del espacio marítimo (MSP) Las sinergias entre MSP y MSFD. Papel del CTN en la implementación de la MSFD y evaluación ambiental del ruido submarino. Proyecto QUIETMED

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1. Centro Tecnológico Naval y del Mar Capacidades en hidroacústica • Laboratorio de hidroacústica • Caracterización de transductores e hidrófono • Material absorbente y tanques anecóicos. • Contaminación acústica submarina

• Desarrollo de sensores inteligentes • Diseño, simulación de circuitos electrónicos. Fabricación de prototipos. • Desarrollo de software para sistemas inteligentes.

• Monitorización de ruido submarino y su análisis mediante procesado de señal avanzado.

• Sensor inteligente para el control de la alimentación en acuicultura.

• Estudios de impacto ambiental

• Redes de Comunicaciones Inalámbricas Submarinas.

• Cálculo de los indicadores del D1 y D11 de la MSFD. • Fenómenos físicos y propagación • Estudio y análisis de fenómenos de propagación: zonas de sombra, trayectorias. • Descomposición espectral de señales acústicas con análisis y diferenciación de las diferentes contribuciones.

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1. Centro Tecnológico Naval y del Mar Contaminación acústica submarina

Determinación del impacto Ambiental del Ruido Submarino. Monitorización del Ruido.

•Simulación de la propagación del ruido submarino •Cálculo de los indicadores del D1 y D11 de la MSFD

•Sistemas de monitorización in situ y en continuo. •Campañas de medidas.

Medidas de mitigación.

•Detección previa de especies en el área de alcance. •Absorción del ruido mediante UWA absorber linnng @CTN. •Cortinas de aire.

Planes de vigilancia y control.

•Elaboración , puesta en marcha y desarrollo de planes de vigilancia de los niveles de ruido.

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2. La Directiva Marco sobre la Estrategia Marina Descriptor 11: ruido submarino

Mediante esta Directiva los Estados miembros quedan obligados a establecer las medidas necesarias para lograr o mantener un buen estado ambiental (BEA) del medio marino a más tardar en el año 2020 (Artículo 1). La definición del buen estado medioambiental se refiere a que que la utilización del medio marino se encuentra en un nivel sostenible.

En 2018 comienza el 2º ciclo de implementación

Ciclos de 6 años

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2. La Directiva Marco sobre la Estrategia Marina Descriptor 11: ruido submarino

La transposición de la Directiva marina (MSFD) al sistema normativo español se recoge en la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino. El buen estado ambiental (BEA) de los mares y océanos europeos se ha determinado en base a once descriptores que analizan el BEA desde distintos puntos de vista. Entre ellos se encuentra: D11- Ruido: La introducción de energía, incluido el ruido subacuático, se sitúa en niveles que no afectan de manera adversa al medio marino.

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2. La Directiva Marco sobre la Estrategia Marina Descriptor 11: ruido submarino

La MSFD distingue entre dos tipos de ruido submarino •

Sonido impulsivo antropogénico • en el agua

Sonido continuo antropogénico de baja frecuencia en el agua.

Esta directiva establece los requerimientos técnicos, criterios y metodologías para realizar la medición del ruido submarino de forma coherente en los países de la UE. 20/09/2018

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3. La Directiva marco para la ordenación del espacio marítimo

Planes de ordenación marítima

La Directiva MSP y su transposición a través del Real Decreto 363/2017 obliga a los estados miembros a establecer planes de ordenación marítima (Art. 8) en los que se determine la distribución espacial y temporal de las correspondientes actividades y usos, existentes y futuros.

Muchas de estas actividades son potencialmente generadoras de ruido submarino

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4. Las sinergias entre MSFD y MSP MSFD

MSP

Descriptor 11. Ruido submarino

Papel fundamental en la ordenación y posible repercusión ambiental de actividades potencialmente generadoras de ruido.

-Elemento de presión -Evaluación de su impacto

-Reducir conflictos entre sectores y crear sinergias entre distintas actividades. -Proteger el medio marino identificando de forma temprana las repercusiones y oportunidades del uso múltiple del espacio.

OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS -Registro nacional de ruido impulsivo. -Establecer valores umbral.

-Planes de ordenación marítima.

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5. Implementación MSFD y evaluación ambiental del ruido submarino Proyecto QUIETMED

CTN coordina este proyecto financiado por la UE para la implementación del segundo ciclo de la MSFD en el Mar Mediterráneo respecto al D11. Principales resultados: • • •

Definición de estándares y elaboración de guías metodológicas para la monitorización de ruido submarino en el ámbito del Mediterráneo conforme a los requerimientos de la MSFD. Apoyo a los Estados Miembros para aumentar el nivel de protección y el buen estado ambiental ante los posibles impactos del ruido submarino Desarrollo del primer registro conjunto de ruido impulsivo del Mediterráneo. www.quietmed-project.eu/

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5. Implementaciรณn MSFD y evaluaciรณn ambiental del ruido submarino Herramientas GIS para la evaluaciรณn ambiental del ruido submarino

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martasanchez@ctnaval.com

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