No 11 anexo semanario combi lovers, 15oct2017 (repuve)

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Ficha técnica para los CombiLovers “México”-Grupo Whatsapp Tema: Repuve

ANTECEDENTES. En nuestro país no ha existido ningún Registro Público Vehicular cuyo objetivo sea la seguridad pública y jurídica tan demandada por nuestra sociedad. El objetivo del Registro Federal de Vehículos de 1977, era establecer sólo un control fiscal.

El Registro estará conformado por una base de datos integrada por la información que de cada vehículo proporcionen las Autoridades Federales, las Entidades Federativas y los Sujetos Obligados a realizar las inscripciones y a presentar los avisos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley. PRINCIPALES BENEFICIOS.

El Registro Nacional de Vehículos del 2 de junio de 1998, era un registro mercantil alejado del objetivo esencial de servicio público que sólo buscaba combatir la inseguridad jurídica en operaciones comerciales, además de que lo operaba una concesión otorgada a un particular.

Fortalecer la seguridad pública y jurídica: La mayor parte de los delitos cometidos en el país están relacionados de alguna manera con vehículos.

Es así que, el 1º de septiembre de 2004, se publicó la Ley del Registro Público Vehicular, misma que entró en vigor a partir del día 2 de septiembre del mismo año. De la misma manera el 5 de Diciembre del 2007 se publicó el Reglamento de ésta Ley a fin de poderla operar a partir del 4 de Marzo del 2008. El día 3 de Marzo se publicaron también en el Diario Oficial de la Federación los Procedimientos de Operación para sujetos Obligados que establece el Reglamento.

Proporcionar un instrumento de información que les permita a los diferentes Sujetos Obligados, tomar sus decisiones sobre una base más certera al momento de realizar sus operaciones con respecto a los vehículos.

¿QUÉ ES EL REGISTRO PÚBLICO VEHICULAR? Es un Registro de información a nivel nacional que tiene como propósito otorgar seguridad pública y jurídica a los actos que se realicen con vehículos que circulen en territorio nacional, mediante la identificación y control vehicular; además de brindar servicios de información al público.

Proveer a la ciudadanía de certeza jurídica sobre la propiedad de un vehículo.

PRINCIPALES SERVICIOS A LA CIUDADANÍA QUE PROPORCIONA. Consulta a través de página web Consulta de información en línea Denuncia anónima en caso de vehículos robados Directorios para dudas de datos presentados Consulta a través de tecnología WAP (telefonía celular)

La operación del Registro y la aplicación de la Ley del Registro Público Vehicular corresponden al Ejecutivo Federal, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Anexo 11 al SEMANARIO

Domingo 15 de octubre de 2017 Página 1


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