DIRECTORIO TELEFONICO NEIVA/HUILA 2010 - páginas informativas

Page 1

Actualizada hasta diciembre de 2009. Entregada en febrero de 2010. Edición dirigida por DANARANJO S.A. División Directorios Carrera 68B No. 13-61 Bogotá, D.C.

Guía Comercial Bienes y Servicios Guía Computadores Guía Educativa Guía Médica Guía Odontológica GuíaGuía Viajes y Turismo

Guía Transportes

Guía Restaurantes

Huila 2010

Huila 2010

Fotos: Secretaría de Cultura y Turismo del Huila - Gerardo Villegas Fotomontaje por: Agencia Inhouse Danaranjo S.A.


Contenido

Página

· Llamadas Urgentes Neiva ................................................................ 2 · Indicativos Larga Distancia Nacional .............................................. 3 · Indicativos Larga Distancia Internacional ...................................... 4 · Condiciones Particulares para Publicación en las AMARILLAS DE DANARANJO ..................................................................................... 5 · Cómo Consultar El Directorio .......................................................... 6 · Cómo Consultar www.directoriotelefonico.com.co ....................... 7 · De San Agustín a las Estrellas ......................................................... 8-9 · Índice Guía Comercial de Bienes y Servicios .................................. 10 · De Primera Clase Guía Comercial de Bienes y Servicios ................ 11-28 · De Primera Clase Guía de Viajes y Turismo .................................... 29-79 · Editorial FENALCO ........................................................................... 80 · Páginas Blancas Neiva ..................................................................... 81-104 · Indice Páginas Amarillas Neiva ....................................................... 105-114 · Páginas Amarillas Neiva. Incluye Guías Especializadas: Computadores, Educativa, Médica, Odontológica, Restaurantes y Transportes ........................................................................................ 115-246 · Páginas Blancas Pitalito ................................................................... 247-250 · Indice Páginas Amarillas Pitalito .................................................... 251 · Páginas Amarillas Pitalito ............................................................... 252-261 · Páginas Blancas Garzón ................................................................... 262 · Indice Páginas Amarillas Garzón ..................................................... 263 · Páginas Amarillas Garzón ................................................................ 264-267 · Páginas Blancas Municipios de Huila ............................................. 268-272 · Indice Páginas Amarillas Municipios de Huila ............................... 273 · Páginas Amarillas Municipios de Huila .......................................... 274-284


Llamadasurgentes

MALTRATO INFANTIL (ICBF) DENUNCIO

ASEO RECLAMOS

ANTISECUESTRO EJERCITO - GAULA

123

01 8000 95 63 63

PREVENCIÓN DESASTRES

123

FISCALÍA

122

NEIVA

ALCALDÍA

871 44 72

OFICINA TRÁNSITO

875 93 78

CRUZ ROJA

POLICÍA NACIONAL

112

HOSPITAL

ENERGÍA RECLAMOS

115

PROCURADURÍA

ACUEDUCTO RECLAMOS

116

DEFENSA CIVIL

BOMBEROS

119

GAULA POLICÍA

EMERGENCIAS

123

DAS

AMBULANCIA

125

GAS RECLAMOS

2

147

132

871 59 07

875 10 19

871 16 24

165 123

153

164


3



CONDICIONES PARTICULARES PARA LA PUBLICACIÓN DE INSERCIONES Y/O ANUNCIOS PUBLICITARIOS EN LAS AMARILLAS DE DANARANJO

ESTAS SON las condiciones de publicación de inserciones y/o anuncios en LAS AMARILLAS DE DANARANJO, a las que se sujeta y se entienden aceptadas, expresa e irrevocablemente por el anunciador con la firma de la orden de publicación, que no podrán ser modificadas por, o con los asesores comerciales.

en las marcas de productos o servicios, direcciones, teléfonos, dependencias y cualquier otra información; DANARANJO SA., dará trámite a los reclamos escritos que reciba por parte de los interesados dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de inicio de la distribución de LAS AMARILLAS DE DANARANJO de las que da cuenta esta orden de publicación. La fecha de inicio de distribución respectiva, se informa al anunciante por cualquier medio; ésta se manifiesta conocida y aceptada por el anunciador con la suscripción de la orden de publiación. En todo caso, incluyendo los casos enunciados, la única indemnización que reconocerá DANARANJO SA., por el(los) error(es) u omisión(es) a que se refiere el presente numeral, será hasta la devolución del valor efectivamente pagado por lo ordenado, en atención al tipo de error u omisión total o parcial. El valor a ser reintegrado o devuelto, en momento alguno lo será en efectivo, y por éste, se expedirá un bono, debidamente autorizado por el nivel central de la Empresa, del que el anunciador podrá disponer en LAS AMARILLAS DE DANARANJO de la siguiente edición de la contratada. Vencido cualquiera de los términos establecidos en el presente numeral, cesará la responabilidad de DANARANJO SA., por las omisiones o errores en que haya incurrido, cualquiera sea su clase. Los anunciadores renuncian a cualquier reclamación de perjuicios por causa de errores u omisiones totales o parciales en la publicación. DANARANJO SA., no devolverá suma alguna cuando el error u omisión provenga de artes o diseños suministrados por los anunciadores.

1.-Definiciones.- las partes entienden para todo efecto legal y/o contractual: a.- Partes: Anunciador y DANARANJO SA. b.- Anunciador: Es la persona natural o jurídica que ordena la publicación. c.- LAS AMARILLAS DE DANARANJO: Marca registrada por DANARANJO SA.; base(s) de datos, general(es) o particular(es) y/o especializada(s), local(es) y/o regional(es) y/o nacional(es), contenida(s) en páginas blancas comerciales y/o amarillas, impresas y/o digitales y/o virtuales, entre otras, en la(s) que se incorpora el contenido de la orden de publicación suscrita por el anunciante. d.- Orden de publicación: Documento suscrito por el anunciador, ya por si o por interpuesta persona, en la que ordena una inserción, anuncio o cualquier tipo de publicidad en LAS AMARILLAS DE DANARANJO. Contiene las especificaciones y descripciones de lo ordenado, y su vigencia está determinada en una edición anual, o la que expresamente se fije en el anverso, la cual no necesariamente abarca los doce meses del año, sino desde la fecha de inicio de la distribución. e.- Anuncio: Aviso cuya incorporación se ordena en LAS AMARILLAS DE DANARANJO. f.- Inserción: Orden de incorporación en LAS AMARILLAS DE DANARANJO, ya en páginas amarillas o en páginas blancas comerciales, de una línea que contiene el nombre o razón social, dirección y teléfono del anunciante o de quien éste determine. g.- Disposiciones aplicables: De acuerdo a la actividad que realizamos, nos regulan las normas vigentes y aplicables al contrato suscrito, asi como la resolucion 2254 de 1974 y las clausulas presentes en las consideraciones particulares que se exponen.

8.-El anunciador declara desde ya, que en todo caso de responsabilidad imputable a DANARANJO SA., ésta última se limita a los montos establecidos en el numeral anterior. En ningún caso la responsabilidad de DANARANJO SA., excederá el importe efectivamente pagado por el anunciador en virtud de esta orden de publicación. 9.-El anunciador será responsable frente a DANARANJO SA., y a terceros, de todos aquellos perjuicios que ocasione con la publicación del anuncio y/o inserción por él ordenado, y declara libre de toda responsabilidad a DANARANJO SA., por los perjuicios que se generen con ocasión de la publicación. En consecuencia, DANARANJO SA., no asume ni asumirá ningún tipo de responsabilidad por tales hechos, y en caso de ser demandada, podrá llamar en garantía al anunciador de conformidad con la ley. Igualmente, en el evento en que sea obligada a cualquier pago y/o indemnización alguna por dicho concepto, podrá repetir contra el anunciador lo que ella hubiere pagado y podrá cobrar los perjuicios que le hayan sido ocasionados por tal hecho.

2.-Se presumirá, para todos los efectos legales, que quien firma la orden de publicación es el directo interesado, el representante legal de la sociedad, empresa, establecimiento o entidad interesada, el administrador o una persona autorizada por la persona natural o bajo la responsabilidad de la sociedad, empresa, establecimiento o entidad interesada; esto deberá desvirtuarse judicialmente y en contra del asesor y/o la persona que adujo la representación.

10.-El anunciador acepta que toda la información, datos, dibujos, textos, fotografías, gráficos, software, videos, material escrito o auditivo, o cualquier otro similar o análogo, suministrado o entregado a DANARANJO SA., para que sea publicado, editado o reproducido por cualquier medio, es de su propiedad y asume cualquier responsabilidad civil o penal derivada de dicho uso.

3.-El anunciante, directamente o por intermedio del representante, por el hecho de la suscripción de la presente orden de publicación, acepta que DANARANJO SA., determinará los contenidos adicionales a la(s) base(s) de datos, los sistemas de impresión, materiales, tamaño, tipo de papel y encuadernación de LAS AMARILLAS DE DANARANJO para las que se recibe esta solicitud de publicación. Igualmente DANARANJO SA., determinará, la composición, armada, diagramación, presentación, tipos de letra, número de páginas y columnas, así como el orden y secciones para clasificación de los anuncios y/o inserciones y distribución de éstos.

11.-El anunciador defenderá, indemnizará y mantendrá libre de responsabilidad a DANARANJO SA., contra cualesquiera de las reclamaciones, acciones, demandas que resulten de la publicación de anuncios y/o inserciones de conformidad con lo establecido en la presente orden, así como también reconocerá a DANARANJO SA., todos los gastos en que incurra en su defensa.

4.-DANARANJO SA., se reserva el derecho de rechazar y/o anular, cuando lo considere conveniente, sin necesidad de previo aviso, las órdenes de publicación de inserciones y/o anuncios, nombres destacados o cualquier tipo de publicidad en los siguientes casos:

12.-El anunciador es responsable civil y penalmente por el manejo de contenidos, y por los perjuicios que estos causen a terceros. El anunciador declara que DANARANJO SA., única y exclusivamente se limita a publicar la información suministrada por él, y en ningún caso es responsable por el manejo de los contenidos. El anunciador mantendrá indemne a DANARANJO SA., respecto de cualquier reclamación, pleito o demanda acerca del manejo de contenidos, propiedad intelectual, industrial, derechos de autor, secreto profesional, etc.

a.-Cuando la orden de publicación no haya sido autorizada por la persona facultada de acuerdo con la ley o a los usos y costumbres mercantiles. b.-Cuando las publicaciones solicitadas no indiquen realmente los productos o los servicios que se ofrecen. c.-Cuando la publicación de inserciones, nombres destacados o anuncios atenten contra la moral o las buenas costumbres por su presentación, por la clase de productos, servicios o establecimientos que anuncien, o por cualquiera otra circunstancia que sea atentatoria de la moral o las buenas costumbres. d.-Cuando la publicación de inserciones, nombres destacados o anuncios pueda originar reclamaciones de terceras personas o dar lugar a litigios judiciales por el empleo de nombres o marcas solicitadas, registradas o notorias, o por el uso de dibujos, textos, leyendas, eslogan, lemas de tipo comercial y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual. En todo caso, si se efectuare la publicación de las inserciones y/o anuncios, responderá en forma exclusiva quien haya ordenado la publicación. La empresa en ningún caso responderá frente al anunciador y/o terceros por las inserciones o anuncios que publique. e.-Cuando el anunciador haya dejado de pagar los valores correspondientes a los anuncios y/o inserciones, o cualquiera de las cuotas fijadas para dicho pago; las sumas que hayan sido pagadas se deducirán como indemnización a favor de DANARANJO SA., f.-Cuando al inicio del proceso de impresión, el anunciador se encuentre en mora en el pago de las obligaciones a favor de DANARANJO SA., cualquiera que éstas sean. g.- Cuando DANARANJO SA., a su juicio así lo determine, en cuyo caso, devolverá al anunciador, únicamente las sumas efectivamente pagadas por estos conceptos, y no reconocerá indemnización alguna por tal hecho.

13.-DANARANJO, anunciará por cualquier medio, con treinta (30) días calendario de anticipación, la fecha de cierre de LAS AMARILLAS DE DANARANJO a la cual se refiere la presente orden de publicación. Antes de la fecha de cierre de la edición, el anunciador podrá: a) anular la orden de publicación, en cuyo caso se obliga a pagar a DANARANJO SA., por concepto de destrate, los montos establecidos en el numeral 14 de estas condiciones particulares. b) hacerle modificaciones a los textos de sus inserciones y/o anuncios, por un medio del cual quede constancia de su recibo. Vencido el término referido en el presente numeral, DANARANJO SA., no aceptará ninguna cancelación o modificación, ni se hará responsable por los cambios o modificaciones que no le hayan sido notificados por escrito antes de la finalización del término enunciado. Cuando un anunciador ordene cambios sobre el texto originalmente suministrado que impliquen nueva composición tipográfica, pagará a DANARANJO, el valor correspondiente a los costos de dicha modificación, valor que autoriza que DANARANJO SA., facture directamente o impute al código de facturación, cargándolo automáticamente al valor de la orden o a su saldo. 14.-El anunciador se obliga en caso de anulación de la orden de publicación, en los términos establecidos en estas condiciones particulares, a pagar a DANARANJO SA., por concepto de destrate, el 20% del valor total de lo ordenado. El anunciador autoriza a que se facture directamente o a que se cargue al código de facturación respectivo y/o descontarlo de lo efectivamente pagado.

5.-Los diseños y/o artes para los espacios ordenados, así como la información para los textos, dibujos, fotografías, artes, similares o análogos de los anuncios, deberán ser entregados por el anunciador al asesor de publicidad que tramite la solicitud de publicación, o enviados a DANARANJO SA., por un medio del cual quede constancia de su recibo a más tardar dentro de los cinco días hábiles después de autorizada la respectiva orden; en el evento en que el anunciador no envíe la información, a que se refiere el presente numeral en el término contemplado, DANARANJO SA., podrá determinar que la publicidad solicitada no sea incorporada en el Directorio Telefónico y DANARANJO SA., solamente devolverá el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada efectivamente hasta esa fecha. El restante cincuenta por ciento (50%) se considerará indemnización a favor de DANARANJO SA., y el anunciador autoriza a que se facture directamente o a que se cargue al código de facturación respectivo. Parágrafo Primero: DANARANJO SA., determinará si las fotografías o artes suministrados son o no aptas para su reproducción.- Parágrafo Segundo: DANARANJO SA., no devolverá los artes y/o diseños que le sean entregados para publicaciones en LAS AMARILLAS DE DANARANJO, ni ellos se usarán para LAS AMARILLAS DE DANARANJO diferente (s) de la (s) ordenada (s) en esta orden de publicación, por lo que por cada orden de publicación, el anunciador deberá entregar un arte y/o diseño a DANARANJO SA. Los artes entregados para LAS AMARILLAS DE DANARANJO de que da cuenta la orden de publicación, podrán ser usados por el anunciante para posteriores publicaciones en LAS AMARILLAS DE DANARANJO para las que ha contratado a través de la orden de publicación.

15.- La contraportada exterior, así como los interiores, las cartulinas divisorias, y los espacios para las publicaciones y/o inserciones, se venderán de acuerdo con la política comercial establecida por DANARANJO SA., y por cada edición de LAS AMARILLAS DE DANARANJO. 16.-Los valores correspondientes a la orden de publicación, de inserciones y/o anuncios y/o cualquier otro tipo de publicidad, a cuyo pago se obliga al anunciador, deberán ser pagados en la forma como en ella se ha convenido y después de transcurrido el plazo, se tendrán como obligaciones claras, expresas y exigibles, cuyo cobro podrá darse sin necesidad de anexos. En el evento en que los pagos no se hagan en los plazos y condiciones establecidas en la orden de publicación, DANARANJO SA., podrá cobrar intereses moratorios liquidados a la tasa máxima legal permitida. 17.- DANARANJO SA., entregará gratuitamente los ejemplares de LAS AMARILLAS DE DANARANJO a las que se refiere esta orden de publicación, en la cantidad definida por ésta para cada edición; entregará ejemplares sin costo a las personas naturales y/o jurídicas que considere conveniente y en cualquier ciudad o país que decida, sean o no los mismos que se contrata (n). El anunciador no podrá alegar la ausencia de recepción de ésta (s), o errores en la base de datos o errores en avisos de terceros, como causales de invalidez, nulidad o incumplimiento de lo ordenado, pues el objeto de la publicación es la distribución a terceros, con lo ordenado. DANARANJO SA., podrá vender ejemplares en las cantidades, precios y condiciones que estime convenientes.

6.-DANARANJO SA., no está obligado a enviar pruebas de las inserciones y/o anuncios y en caso de errores en su publicación, se procederá de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7; en ningún momento podrá sujetarse la validez de lo ordenado a esto.

18.- La distribución de LAS AMARILLAS DE DANARANJO, objeto de la orden de publicación se realizará según el método, sistema y medios de distribución que DANARANJO SA., considere convenientes.

7.-En caso de errores u omisiones totales o parciales en la publicación de inserciones y/o anuncios y/o publicidad a los cuales se refiere la orden de publicación, tales como: aparición en un orden o clasificación diferente para los cuales fueron ordenados; errores u omisiones en los nombres, razón social o denominación del anunciador; errores u omisiones

19.- DANARANJO SA., podrá exigir al anunciador la suscripción de garantías, tales como títulos valores, entre otros, para hacerse al pago de lo ordenado.

5


CÓMO CONSULTAR LAS

AMARILLAS DE DANARANJO PÁGINAS BLANCAS : Elementos que las componen: 1 Cabezote de la ciudad o municipio. 2 Letras del alfabeto. 3 Encabezados con registro inicial y final de la página organizados alfabéticamente.

1 2

Cómo búscar nombres de personas y empresas:

3

La publicación de los nombres o razones sociales, está sujeta al correspondiente orden alfabético siguiente: a) Los varones y mujeres solteras clasifican por el primer apellido y primer nombre, segundo nombre y segundo según la letra inicial de éstos, respectivamente. b) Las mujeres casadas o viudas se clasifican por el apellido del marido excepto cuando no se conoce éste. c) Las razones sociales cuya base sea un nombre propio, se clasifican en el primer apellido y d) Los nombres de las compañías se escriben sin cambiar el orden de las palabras.

PÁGINAS AMARILLAS:

LAS AMARILLAS DE DANARANJO PARA:

1 2

NEIVA

Elementos que las componen: 1 Nombre de la ciudad o municipio. 2 Indice. 3 Letras del alfabeto en amarillo sobre cuadro rojo. 4 Encabezados de secciones ó de poblaciones que están organizados alfabéticamente.

INDICE GUÍA CLASIFICADA COMERCIAL INDUSTRIAL - PROFESIONAL

3

Cómo buscar los anuncios en páginas amarillas

4

Los anuncios comerciales están agrupados en secciones ordenadas alfabeticamente. Ejemplo: Abogados, Bancos, Clínicas, etc. A tener en cuenta: algunos productos o servicios están incluidos dentro de las guias especializadas (Ejemplo: Computadores, Domicilios, Médica), que pueden ser fácilmente identificables, gracias a la cenefa de color distinto al amarillo que bordea las hojas.

Guía de Viajes y Turismo: Elementos que la componen: 1 Sección. 2 Convenciones. Cómo buscar los anuncios en De Primera Clase Guía de Viajes y Turismo

1

La guía se encuentra organizada alfabéticamente por ciudades; dentro de cada ciudad están ubicadas las diferentes secciones: Hoteles, Alquiler de Automotores y otros servicios.

2

Esta guía está identificada por una cenefa verde que bordea las hojas.

OTROS CONTENIDOS: En Las Amarillas de Danaranjo podrás encontrar al comienzo del libro información sobre llamadas urgentes e indicativos de Larga Distancia Nacional e Internacional. También podrás encontrar algunos temas relacionados con la ciudad, o de interés general. 6


7


HUILA

Huila “De San Agustín a Las Estrellas” Es la imagen de marca con la que se identifica al Huila como destino turístico, en donde se encuentra una variada oferta de productos turísticos enmarcados en historia - cultura y naturaleza – aventura; soportados por su invaluable riqueza patrimonial, natural y cultural. En el Huila podrán disfrutar de los productos turísticos únicos y diversos enmarcados en el Cluster Ecoarqueológico que integra paleontología, astronomía, historia, aventura, cultura y aqueología; con atractivos como su parque arqueológico de San Agustín e Isnos, declarado por la UNESCO Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad, el estrecho del Magdalena, el salto de Bordones, el salto de Mortiño, la Chaquira, El Cerro de la Pelota y Purutal entre otros, los cuales se combinan con actividades de naturaleza y aventura como el raftig, senderismo y rappel, que unidos con la variada oferta artesanal, musical, gastronómica y de ferias y fiestas, convierten a esta región en el primer destino turístico del Huila y puerta de entrada al Macizo Colombiano. Los productos turísticos que integran la oferta del Cluster, se complementan con los parques naturales como el parque Cueva de los Guácharos en jurisdicción de los municipios de Acevedo y Palestina.

Fuente: Secretaría de Cultura y Turismo del Huila

8

Fotos: Gerardo Villegas Q.


HUILA

En la oferta de productos turísticos diferenciados, usted podrá encontrar una serie de atractivos que lo motivarán a visitar y regresar al Huila, entre otros la versión 50 del Festival Folclórico, Reinado Nacional del Bambuco y Muestra Internacional del Folclor, reconocido a nivel nacional e internacional, porque allí confluyen las diversas expresiones culturales que soportan los productos turísticos del destino. El Cluster Neiva, Ciudad Región que integra a Rivera con el Río Magdalena, las Termales y Yaguará con la Represa de Betania, presenta uno de los mejores atractivos relacionados con sus fiestas tradicionales que se llevan a cabo en el marco del Festival Folclórico. Por último, el turista podrá desplazarse al Cluster Desierto de la Tatacoa y su área de influencia, donde podrá encontrar paleontología, senderismo, astronomía y cultura, que se conjugan con un paisaje rico en fauna y flora que lo convierten en un lugar privilegiado.

Fuente: Secretaría de Cultura y Turismo del Huila

9

Fotos: Gerardo Villegas Q.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.