Vivienda y Habitabilidad

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VIVIENDA Y HABITABILIDAD En busca del Concepto de Justicia Social




Vivienda y Habitabilidad Facultad de Arquitectura y Diseño Departamento de Arquitectura Pontificia Universidad Javeriana Bogotá, Colombia 2017 Maria Gabriela Angarita Soto Filix Leiner Pinto Pulido Daniel Alejandro Rojas Almanza

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Las ciudades se construyen bajo el manto de la injusticia y sin darnos cuenta terminamos validando y aceptando esa realidad. La dificultad que implica comprender un escenario urbano a la luz del concepto de justicia nos empujará a quedamos en la orilla del camino sencillamente con un sentimiento de frustración y de tristeza frente a la realidad espacial que configura la ciudad. Sin embargo es nuestro deber construir un discurso que nos separe de la orilla, que nos ubique en un punto de la ciudad que nos permita evidenciar con claridad esas injusticias, así como también apostarle a la construcción de un discurso que oriente los estudios del hábitat. Arq. Milena Rincón Castellanos


CONTENIDO

01 02 03 04 02


Estado de arte del debate sobre el concepto de justicia

Referentes de modelos de medición del hábitat y Calidad de Vida

Modelo para la comprensión del hábitat a la luz del concepto de Justicia

Conclusiones

Bibliografía




Principio moral que lleva a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece. Aquello que debe hacerse segĂşn derecho o razĂłn. Establece la proporciĂłn con que deben distribuirse las recompensas y los castigos.


01 ESTADO DE ARTE DEL DEBATE SOBRE EL CONCEPTO DE JUSTICIA


Posteriormente vemos que la justicia está dada en nuestra sociedad por el poder económico, Y no porque exista un verdadero concepto de Justicia dado por la igualdad, equidad, y oportunidad para todos. En nuestros referentes vemos como por ejemplo en Medellín se buscó la unidad de la ciudadanía con la movilidad en la misma y su área metropolitana, posibilidad para todos y oportunidad para todos, pero. Es suficiente tener una movilidad equitativa?, seguramente no lo es pues necesitarías posteriormente salud para todos viviendas para todos, empleos dignos para todos, pero las justicia no es 100% efectiva aunque se intente llegar a un nivel de equidad y oportunidad.


Las oportunidades para las personas de bajos recursos, en muchos países hispanoamericanos existen, pero no se dan a conocer y para las personas que necesitan de ayuda no es fácil llegar a la información, y las maneras de aprovechar las oportunidades, el acceso a una vida renovada depende desde la movilidad, la forma en que las personas pueda llegar y acceder la información, la capacitación y el aprendizaje para generar una vida sostenible y sobretodo el derechos a una vida digna. Estado de arte del debate sobre el concepto de justicia a partir de las reflexiones Iniciando una descripción según nuestros referentes a cerca de la justicia, resaltamos tres significados de JUSTICIA, según la Real Academia de la lengua española

1. Principio moral que inclina a obrar y juzgar respetando la verdad y dando a cada uno lo que le corresponde. 2. ."Por encima de todo deben primar la justicia y la igualdad“ antónimos: injusticia 3. Cualidad de justo. 4. "la justicia divina" Ejercicio y aplicación del derecho y de las leyes por parte de los tribunales y los organismos judiciales. "recibir justicia; pedir justicia; obtener justicia"

Nos realizamos la siguiente pregunta, verdaderamente la justicia es algo que este en el día a día de la gente, de las personas, o realmente se queda solamente en un significado? • "Por encima de todo deben primar la justicia y la igualdad”, Realmente la igualdad o la justicia están presente en países como Colombia? Países de Latinoamérica incluso centro américa? • "La justicia divina", a que se debe este concepto? Por qué podría haber un ser superior que realmente hiciera valer la justicia divina • "Recibir justicia; pedir justicia; obtener justicia" ¿Quién podría tener derecho a estos tres momentos de la justicia? ¿Solamente el que posee dinero? ¿ El que puede tener algo de poder o manipulación?.


Cabe resaltar el papel que cumplen las diferentes ideas, tanto de justicia social y como esta debe ser medida, para la conformaciรณn de un gran cumulo de aproximaciones a la temรกtica que nos permita construir una visiรณn mas global de la Justicia Social


02 REFERENTES DE MODELOS DE MEDICIÓN DEL HÁBITAT Y CALIDAD DE VIDA


MEDIR EL HÁBITAT Y LA CALIDAD DE VIDA Para términos de cuantificar o cualificar los factores que inciden en la calidad de vida, en primer ligar, se tiene en cuenta lo que influye en el mejoramiento de la calidad de vida, y en términos generales, la calidad de vida es medida dentro de los factores que conforman la vivienda, entendido como el espacio habitable por excelencia, y el espacio habitable común, entendido como la ciudad y sus componentes que inciden en la calidad de vida de sus habitantes como lo son la prestación de servicios de dicha ciudad, espacios públicos y colectivos. Como referentes de como medir la calidad de vida y la Habitabilidad, vale la pena resaltar el trabajo realizado por la Universidad Panamericana de México donde se estudia en caso particular la medición tanto de la vivienda como la calidad de vida en general, estudio abordado y de alguna manera aplicado por la Universidad Nacional de Colombia.


Lo que el anterior grafico conceptual pretende explicar es que para poder adentrarse en la medición de factores que afectan de forma positiva o negativa la calidad de vida, hay que tener en cuenta dos dimensiones, tanto la físico espacial, es decir todo lo que nos rodea tanto a escala de vivienda a escala urbana como tal, y por otra parte a nivel psicológico como el factor físico espacial nos hace sentir o si satisface o no las necesidades subjetivas que se tengan.

En este estudio nos enfocaremos en la revisión de los factores objetivos que componen la habitabilidad en sus tres niveles sistémicos: primario, secundario y terciario. Revisaremos también las diferencias físico-espaciales entre los prototipos de vivienda social y económica, y cómo estas diferencias inciden en la percepción que los usuarios tienen sobre su hábitat a través de la medición de los factores subjetivos que componen la dimensión psicosocial.

La habitabilidad y por ende la percepción de calidad de vida tiene una gradación la cual esta dada por la escala del espacio habitable, desde un espacio individual como lo seria una vivienda, a un espacio urbano entendiéndolo como la ciudad que todos habitamos.


Por otra parte también se tuvieron en cuenta la forma en como organismos internacionales le hacen frente a esta problemática de la calidad de vida y por ende la Justicia Social, organismos como la organización de las Naciones Unidas, ONU a lo largo de las tres conferencias de Hábitat que a realizado este organismo internacional, se ha propendido por la búsqueda de formas de mitigar las problemáticas, sobretodo urbanas que inciden en la calidad de vida de las personas, en la ultima conferencia de ONU Hábitat III realizada en quito, Ecuador en 2016, se dieron directrices para el mejoramiento y la medición de las problemáticas que hoy aquejan a las poblaciones humanas. Para el caso de estudio Colombia se ha regido a la medición de este caso la Prosperidad Urbana que propone ONU Hábitat. El Índice de Prosperidad Urbana (IPU) se califica de 0 a 100, siendo 100 la mejor calificación. En este sentido, Bogotá es la de mejor desempeño, con 60,13 puntos, seguida por Medellín (58,13) y Bucaramanga (57,75). En el polo opuesto están Quibdó (36,65), Riohacha (41,85) y Florencia (44,29). El promedio del país está en 50,14.


Por otra parte los equipamientos en este caso urbanos, presuponen un importante carácter publico, el cual ayuda a mejorar la calidad de vida de sus usuarios, y de alguna forma reducir la deuda social acumulada que el estado tiene con sus habitantes, vale la pena destacar el trabajo que realizo Medellín al aportar calidad de vida a su población mas Vulnerable, Mediante la implantación de equipamientos de primer nivel, en las zonas menos favorecidas de la ciudad.


Las dificultades que se le presentan a determinados sectores de la ciudad o de la población para poder contar y disfrutar de una vivienda digna, tienen que ver con diferentes aspectos, principalmente con las políticas públicas en lo que se refiere a vivienda, inserción laboral, educación, e inclusión social.


03 MODELO PARA LA COMPRENSIÓN DEL HÁBITAT A LA LUZ DEL CONCEPTO DE JUSTICIA


UNA VIVIENDA DIGNA, A TRAVES DE LA JUSTICIA. En primer lugar, la pregunta que debe surgir es: -¿Qué se entiende por una “vivienda digna”, o si bien, una “vivienda adecuada”?. Para comprender un poco el concepto, podrían tomarse como punto de partida las siguientes variables o si bien, características con las que debe contar dicho concepto:  La seguridad jurídica de la tenencia (la no amenaza de desalojo).  La disponibilidad de servicios, materiales e infraestructura.  Que el gasto necesario sea soportable y no impida la satisfacción de otras necesidades.  La habitabilidad de la vivienda, garantizando el bienestar de los sujetos.  La accesibilidad para todos.  La ubicación accesible en relación al empleo, los servicios de salud, escuelas y servicios sociales.  La adecuación cultural, en tanto se preserve la identidad cultural.

Según las anteriores características, podríamos definir entonces la idea de vivienda digna o adecuada como un lugar principalmente estable, que brinde a el sujeto que lo habita o habitará, una seguridad básica de que permanecerá allí mientras el lo decida. Contando con los servicios públicos básicos y obligatorios para satisfacer sus necesidades. Debe también entonces, permitir el desarrollo personal de dicho sujeto, es decir, un lugar completamente habitable y accesible, que inconscientemente llega a brindar salud. ¿Por qué salud?, un lugar digno al contar con espacios donde se pueda comer, dormir, asearse y recrearse, inmediatamente llega al termino de “refugio”, que se interpretaría entonces como un lugar que de una u otra manera, garantiza salud, en lo que se refiere al concepto de bienestar. Pero, si el concepto de vivienda digna se puede tomar como algo casi obligatorio para todo ciudadano, ¿Por qué la Constitución Política de Colombia no lo ve como un derecho fundamental?.


Citando el articulo 51 (de la Constitución Política de Colombia), “El derecho a la vivienda digna está reconocido por el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia. Es un derecho de carácter asistencial que requiere de un desarrollo legal previo y que debe ser prestado directamente por la administración o por las entidades asociativas que sean creadas para tal fin. La Corte Constitucional ha establecido que aunque este derecho no es de carácter fundamental el Estado debe proporcionar las medidas necesarias para proporcionar a los colombianos una vivienda bajo unas condiciones de igualdad, y unos parámetros legales específicos. Debido a que no constituye un derecho fundamental sólo goza de amparo constitucional dado el caso en que su vulneración o desconocimiento pueda acarrear la violación de la dignidad humana del hombre.”


Está claro que el estado proporciona ayuda a los ciudadanos en la búsqueda de una vivienda, un ejemplo es a través de las viviendas de interés social que son entregadas por este, pero, el problema circula en por qué no se toma como un derecho fundamental. Si esto fuese así, probablemente se podría ir mas allá de simplemente entregar a una vivienda a una familia; si no entonces, se corroboraría que dicha vivienda va a otorgarle una vida digna, lo cual si se toma como un derecho fundamental, seria entonces, una fusión entre vida y vivienda digna, en la cual, el ciudadano obtendría un derecho completo, cumpliendo con las condiciones de habitabilidad en todo lo que enmarca este concepto según lo anterior dicho. Si bien hemos definido el concepto, cabe resaltar que se ha hablado directamente de una vivienda de una u otra manera privada, pero ¿Dónde quedan entonces los servicios de vivienda que se prestan de ciudadano a ciudadano ?, es decir, tales como inquilinatos, casas tomadas, paradores nocturnos, hogares, casillas en asentamientos, o subsidiados por programas habitacionales que no alcanzan a garantizar la satisfacción de las necesidades de los sujetos. El problema principal de estos establecimientos es que muchos, en si la mayoría, no cuentan con el claro concepto de vivienda digna, y por ende, prestar una mínima cantidad de servicios por cifras muy altas, dejando de lado todas las características que se deben cumplir para poder alcanzar el concepto de habitabilidad. Pero, no solo se debe a los prestatarios de dichos lugares, si no a la falta de voluntad política, que si bien no esta muy pendiente de las viviendas privadas, mucho menos de estos lugares públicos, por así decirlo. Sin dar culpabilidad alguna al estado, la idea que nos interesa es la definición de vivienda digna y como esta particularmente relacionada con la justicia. Según todo lo anterior planteado, se puede evidenciar claramente la relación de estos dos conceptos. El hecho de no cumplir con las características que se mostraron al principio del capitulo, ya es una idea de injusticia al ciudadano, debido a que se le esta privando de un derecho completamente involucrado con la vivienda, como lo es la vida digna. Privar de los ciudadanos de esto, es un caso de que la justicia no es equilibrada para todos, los casos que se presentan de desalojos, falta de recurso, e incluso falta de vivienda, muestra la falsa idea de justicia que se tiene, ya que siempre o en su mayoría de veces, se ha visto relacionado con otras definiciones; dejando de lado esta, que de una u otra manera nos involucra a todos y cada uno de los ciudadanos.


JUSTICIA URBANA En el articulo anterior, hablamos de cómo la justicia se ve relacionada con la vivienda digna, si bien existe una clara relación, en esta parte veremos como se relaciona con todo el entorno, viéndolo de una forma mucho mas amplia y plural como lo es la relación con lo urbano, que de involucra claro esta, la vivienda. En primer lugar para lograr llegar a la definición del concepto de justicia urbana, debemos entenderlo como el derecho que tienen los ciudadanos a la ciudad. Pero, ¿Cómo se logra proporcionar este derecho a los ciudadanos?, ¿Por medio de la arquitectura?, ¿Por medio del Estado?. Podría decirse que es a través de las dos, debido a que para lograr una justicia en cuanto a lo que se refiere a habitabilidad, necesariamente debe estar involucrada la arquitectura, y el estado, claro esta.

“El derecho a la ciudad no puede concebirse como un simple derecho de visita o retorno a las ciudades tradicionales. Solo puede ser entendido como el derecho a la vida urbana, transformada, renovada.” -Henry Lefebvre, 1968


Citando al filosofo Lefebvre, podemos obtener una vista de cómo podría entenderse el derecho al que nos estamos refiriendo. La ciudad, la vida urbana, debe irse transformando a través del paso del tiempo, irse renovando de acuerdo a las necesidades de los ciudadanos, pero somos nosotros quienes debemos disfrutar plenamente de dicho derecho, de dicha transformación y renovación, porque, si no esta para nosotros, ¿Para quien podría ser?. Cabe aclarar, que las transformaciones que se evidencian son respecto a dimensiones ambientales, económicas y sociales; fundamentales para cada ciudadano. Más específicamente, serian temas en cuanto a construcción de vivienda social, mejoramiento de la oferta y calidad de los espacios públicos, protección de los elementos con valor ambiental, sistemas más eficientes para la movilidad y la construcción o mejoramiento de los equipamientos colectivos. Uniendo así, los tres conceptos principales, anteriormente planteados. El tema entonces, de justicia urbana, podría llegar a entenderse como justicia espacial, una justicia que abarca bienes, servicios y recursos para los ciudadanos, directamente relacionado con la arquitectura; ya que, se supone, que para haya una justicias, debería ser un espacio repartido de forma regular y equitativa, no respecto a los bienes, porque para que pensar desde un enfoque comunista, si no respecto a el derecho que tenemos todos los ciudadanos de suplir nuestras necesidades básicas, independientemente de los estratos sociales El termino de justicia urbana, podría tomarse desde este enfoque, pero en realidad, se refiere a que cada ciudadano goce de su espacio en la ciudad. Este concepto entonces, se ve claramente ligado a lo que se entiende por habitabilidad, que si bien es gozar de una vivienda digna, va mas allá de esto, conformado por un conjunto habitacional de (infraestructura y equipamiento), refiriéndose a lo social; y a las del entorno (nivel de servicios), como dimensión económica; y a formar los asentamiento urbanos o rurales, en cuanto a lo ambiental. Todo esto para cumplir con el objetivo del concepto general, que se centra en la calidad de vida del ciudadano.


Entendemos entonces que la justicia urbana en si, es una mezcla de varios conceptos, como lo son la justicia espacial, la justicia social, y la habitabilidad, todos ligados con un mismo fin, brindarle a cada ciudadano el goce al derecho a su ciudad.

Por otro lado, saliéndonos un poco del tema de justicia, y basándonos en uno de los primeros puntos que se refieren a arquitectura, encontramos el tema de equipamientos urbanos, que van de una u otra manera ligados al tema tratado, debido a que son infraestructuras de las que gozamos todos los ciudadanos, y como una vivienda digna, presenta características que se deben cumplir, para gozar plenamente de estos, y para que cumplan con la función social establecida por quienes los requieren. Tomando una idea bastante clara de lo que se refiere a equipamientos, el articulo, “Los equipamientos urbanos como instrumentos para la construcción de ciudad y ciudadanía”, muestra unas características muy claras de cómo se supone deberían ser estos, para que cumplan su función social: • No deben ser, obligatoriamente, generadores de recursos económicos, pues de esta forma pueden garantizar la cobertura, por igual, de necesidades básicas que algunos ciudadanos no estarían en capacidad de pagar. • Deben ser concebidos como una propiedad colectiva, reconocida como tal por el Estado y las comunidades. • Su distribución debe ser homogénea en el territorio, de tal manera que se conviertan en soportes complementarios de las nuevas centralidades y garanticen equidad. • Tienen que ser flexibles para cubrir rápidamente necesidades producto de momentos de crisis. Según lo anterior entonces, los equipamientos al igual que la vivienda, y los espacios urbanos que nos da la ciudad, y por ende el estado, deben ser espacio para propiciar encuentros, para promover su uso, en cuando a vivienda que supla con las necesidades básicas y en cuanto equipamientos que pueda propiciar el uso del tiempo y espacio libre; pero sobretodo que los dos términos puedan generar un sentido de pertenencia, si bien a la familia o a la población en si, que sientan orgullo y satisfacción plena de sus espacios, logrando y mejorando la calidad de vida de cada ciudadano involucrado.


La justicia social entendida como aquella justicia que trasciende en tĂŠrminos utĂłpicos el nivel socioeconĂłmico de los ciudadanos, para el acceso de servicios y beneficios que ofrece la ciudad


04 CONCLUSIONES


DERECHO A LA CALIDAD DE LA CIUDAD

Justicia

Deber

GOBIERNO LOCAL INCLUSION SOCIAL

Accesibilidad a los recursos     

Posibilidades Conocimientos de posibilidades Accesos a las posibilidades Calidad Derecho a una vida renovada

 Altos costos  mala calidad  resignación

• • • • • • •

Problemáticas

Movilidad Vivienda Empleo Estudio Salud Diversión Cultura


DERECHO DE LA CIUDAD

Social

Política

Economía

Desigualdad

Diferencia Socioeconómica

Discriminación Social

Diferencias Territoriales

Desequilibrio Social Injusticia

¿Mejor Sociedad?

“El que menos tiene menos siente necesidad”


“Hacer Arquitectura en Latinoamérica hoy es un acto político, además de ser estético y cultural” Rogelio Salmona


02 BIBLIOGRAFIA


Tovar, C. A. (2009). Ciudad Informal Colombiana. Barrios Construidos por la Gente. Bogotá, Colombia: Universidad Nacional de Colombia.

Calderón, Á. M. (2012). Los equipamientos urbanos como instrumentos para la construcción de Ciudad y Ciudadanía. Bogotá, Colombia: Universidad de los Andes.


Fernández, M. I. (s.f.). Hábitat urbano y rural.

Hernández, G. (2014). Vivienda y calidad de vida. México: Universidad Panamericana.







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