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Es un Seguro de Vida Grupo Familiar que tiene como fin el auxilio para gastos emergentes, por el fallecimiento de cualquiera de los integrantes del grupo asegurado o grupo familiar. •
MUERTE POR CUALQUIER CAUSA: seguros de vida del estado s.a. , con sujeciรณn a las condiciones de la pรณliza de vida grupo y en consideraciรณn a las declaraciones del tomador y a las solicitudes individuales de los asegurados, las cuales se entienden incorporadas a este contrato cubre el riesgo de muerte de cualquiera de las personas amparadas. โ ข
•Gastos
emergentes se consideraran todas aquellas acciones y/o gastos no programados, urgentes y necesarios, que se originen a causa del fallecimiento del asegurado tales como: •Gastos
funerarios •Gastos Jurídicos •Gastos de Transportes •Gastos Notariales •Gastos para tramites de Pensiones y Cesantías •Gastos de Sucesiones •Gastos de repatriación de cadáveres o cenizas •Gastos de cremación. ( No requiere presentación de facturas)
PLANES
4.0 S.M.M.L.V
8.5 S.M.M.L.V
12.5 S.M.M.L.V
El beneficiario podrá solicitar A NIVEL NACIONAL el valor asegurado contratado como auxilio para cubrir los gastos emergentes; con la opción de solicitar el Servicio Funerario en red recomendada con un límite máximo del valor asegurado contratado que incluye servicio funerario completo y destino final según el valor asegurado contratado.
Nota: Lote o Bóveda en Arriendo y por el tiempo que reglamente cada municipio. * Servicio Funerario Élite.
ADICIONALES
Vida Grupo: Colectiva Familiar Individual Familiar
GRUPOS FAMILIARES
Grupo Basico Familiar Con Padres
Sin Padres
Casado
Casado
Soltero
Soltero
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Asegurado Principal Casado: Cónyuge o Compañera Permanente. Hijos o Hijastros. Padres o Padrastros. Suegros solamente en reemplazo de padres inexistentes (Máximo 2 personas). En caso de fallecimiento de alguno, solo se puede reemplazar en la renovación anual. Adicionales. Solo se afilian al inicio de la vigencia o en su renovación Asegurado Principal Soltero: Padres o Padrastros. (Máximo 2 personas) En caso de fallecimiento de alguno, solo se puede reemplazar en la renovación anual. Hijos. Hermanos . Adicionales. (Solo se afilian al inicio de la vigencia o en su renovación anual)
Asegurado Principal Casado: Edad maxima de ingreso 65 años
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Cónyuge o Compañera Permanente edad maxima de ingreso 65 años Hijos o Hijastros. Adicionales. (Solo se afilian al inicio de la vigencia o en su renovación anual) •
Asegurado Principal Soltero: Edad maxima de ingreso 65 años
Hijos. Hermanos Adicionales. (Solo se afilian al inicio de la vigencia o en su renovación anual)
Nota: Permanencia indefinida, excepto para los Hermanos o Hijos asegurados dentro de los Grupos Asegurables, los cuales tienen edad maxima de Ingreso de 35 aĂąos, con permanencia hasta los 40.
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Nota:
En caso de homicidio o accidente la cobertura opera de forma inmediata. Otorga continuidad de cobertura (de acuerdo a clausula de continuidad de amparo para Vida Grupo adjunta) para quienes vengan cubiertos por otra entidad, pero solamente si corresponden y en las condiciones del Grupo Asegurable definido. Adicionales pueden ingresar con edad mĂĄxima de 65 aĂąos.
Nota: La poliza individual familiar siempre debe ser de vigencia anual y por tanto se debe multiplicar esta prima mensual por 12.
Valor Asegurado Máximo $ 50.000.000 Amparos Vida e Incapacidad Total y Permanente Asegurables: Cualquier persona del grupo asegurado que cumpla con los requisitos Edad Mínima de Ingreso : 18 años Edad máxima de Ingreso 60 años Mínimo valor asegurado $ 20.000.000 También Expedición con solicitud certificado ( Inmediata)