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La Gestión Actual de los Recursos Hídricos en el Ecuador

Audrey Azoulay, Directora General de la UNESCO, en el prólogo del Informe Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos 2020 “AGUA Y CAMBIO CLIMÁTICO” señala que, “El agua no se trata sólo de desarrollo– es un derecho humano básico. Es esencial para la paz y seguridad en todo el mundo. Abordar la cuestión del agua no es una tarea que se deba tomar a la ligera. Debemos crecer ante el desafío, si queremos dejar un mundo en el que puedan vivir las futuras generaciones.”

El Comité Técnico de la Asociación Mundial para el Agua (GWP por sus siglas en inglés) define a la gestión integral de los recursos hídricos (GIRH) como “un proceso que promueve la gestión y el desarrollo coordinados del agua, el suelo y los otros recursos relacionados, con el fin de maximizar los resultados económicos y el bienestar social de forma equitativa, sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas vitales.”

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Desde el punto de vista teórico – conceptual, la GIRH se presenta como la herramienta adecua- da para abordar el desafío propuesto por Azoulay, sin embargo, la puesta en práctica de este concepto, requiere un compromiso permanente del Estado y de la ciudadanía, a fin de alcanzar el bienestar social y económico con un manejo ambiental sostenible.

Considerando la GIRH por cuencas hidrográfi- cas, como el enfoque adecuado para el abordaje de la problemática y la búsqueda de soluciones, analizaremos la situación de la GIRH en el Ecuador, partiendo del marco normativo y la institucionalidad, comparándolo con la situación real en el país.

Marco Legal

La Constitución del Ecuador, en su Artículo 12, establece que el derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.

La carta magna, en el régimen de competencias, otorga a los gobiernos regionales, la responsabilidad de gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas y propiciar la creación de consejos de cuenca, de acuerdo con la ley (Artículo 262) y, a los gobiernos provinciales, ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro cuencas; enfatizando que el Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico…”(Art. 411).

La Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua (LORHUyA) en su Artículo 8 establece que, “La Autoridad Única del Agua es responsable de la gestión integrada e integral de los recursos hídricos con un enfoque ecosistémico y por cuenca o sistemas de cuencas hidrográficas, la misma que se coordinará con los diferentes niveles de gobierno según sus ámbitos de competencia...”

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en el artículo 32, entre las competencias exclusivas de los gobiernos regionales, establece, “Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas y propiciar la creación de consejos de cuencas hidrográficas, de acuerdo con la ley.”

El Artículo 42 ibídem, entre las competencias exclusivas de los gobiernos provinciales establece, “Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional y los demás gobiernos autónomos descentralizados, obras en cuencas y micro cuencas

Marco Institucional

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1088 de 15 de mayo del 2008, se crea la Secretaría Nacional del Agua - SENAGUA, como entidad de derecho público, adscrita a la Presidencia de la República, con patrimonio y presupuesto propio, con independencia técnica, operativa, administrativa y financiera.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 310 del 17 de abril de 2014, se crea la Agencia de Regulación y Control Agua y la Empresa Pública del Agua.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1007, de 4 de marzo de 2020, publicado en el Registro Oficial 194, de 30 de abril de 2020, se fusionan el Ministerio del Ambiente y la Secretaría del Agua en una sola entidad denominada “Ministerio del Ambiente y Agua”, denominado actualmente “Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.”

Situaci N Actual

Durante la existencia de la SENAGUA (2008 –2020), si bien se alcanzaron importantes hitos, como la expedición de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua y su reglamento, no se logró la consolidación de la gestión integral de los recursos hídricos.

A pesar de haberse creado 32 centros zonales en nueve demarcaciones hidrográficas y 2 en Galápagos, estas unidades administrativas desconcentradas no tuvieron los recursos suficientes para atender las demandas y necesidades de la población.

Por su parte, los gobiernos autónomos descentralizados municipales y provinciales, prestan servicios relacionados con el recurso hídrico con niveles de satisfacción que generalmente son motivo de preocupación por parte de la ciudadanía.

Esta debilidad impidió que se avance hacia el cumplimiento de uno de los principales objetivos de la nueva institucionalidad hídrica en el Ecuador: la gestión integral de recursos hídricos, no habiéndose logrado constituir los nueve consejos de cuenca por demarcación hidrográfica ni el Consejo Intercultural y Plurinacional del Agua establecidos en la ley.

Las pretendidas estrecha coordinación y eficiencia administrativa que se buscó al fusionar, en abril del 2020, de los entes rectores de los sectores hídrico y ambiental, no han sido conseguidas, siendo una de las principales razones la prevalencia del modelo de gestión administrativa ambiental por provincias, de acuerdo a la división política del país, sobre el modelo de gestión del recurso hídrico por cuencas hidrográficas, debilitándose así aún más la posibilidad de una adecuada planificación del recurso.

Aspectos muy sensibles como la disponibilidad del recurso hídrico, la calidad y/o la contaminación del recurso, peor aún la planificación, no pueden ser tratados de manera integral bajo el modelo administrativo actual, por cuanto la problemática y las posibles soluciones, trascienden las fronteras provinciales.

Situaciones como éstas, ha provocado que, desde la década del 60, la sociedad civil genere espacios alternativos en búsqueda de ser escuchados y de generar propuestas para abordar la problemática en torno al recurso hídrico, dando lugar a la creación de organismos no gubernamentales que asumieron de hecho, responsabilidades que le corresponden al Estado y que, a pesar de la importancia dada al agua en la constitución del 2008, aún no han sido debidamente asumidas y enfrentadas.

Organismos como el Fondo de Agua de Guayaquil, están supliendo la falta de coordinación y convocatoria del estado y están generando espacios de concurrencia entre las entidades públicas, privadas y comunitarias, inmiscuidas, en este caso particular, en la preservación de la cuenca del Río Daule, para coadyuvar a la conservación del mencionado río, importante medio para la atención de los habitantes ribereños.

La Empresa Pública del Agua, en el ejercicio de sus competencias, contribuye a la gestión integrada de los recursos hídricos a nivel nacional mediante:

El diseño, construcción, operación y mantenimiento de infraestructura hídrica multipropósito que aporta a la necesidad de abastecer de agua cruda para posterior tratamiento para consumo humano, riego para soberanía alimentaria y desarrollo productivo; así como para el control de inundaciones, facilitando el desarrollo humano y productivo en importantes extensiones de terreno.

La asesoría técnica y comercial a los prestadores de servicio públicos y comunitarios del agua, contribuyendo al manejo eficiente de la infraestructura y del recurso hídrico con énfasis en los aspectos sociales, técnicos y ambientales.

• La gestión comercial de los usos y aprovechamientos del agua, cuyos recursos están destinados a la conservación de las fuentes hídricas, la contribución a la operación y mantenimiento de los proyectos multipropósito y, a la sostenibilidad de la institucionalidad del sector hídrico.

El abastecimiento de agua cruda a 34 potabilizadoras para el posterior tratamiento para consumo humano, permite la dotación de agua potable para una población de 2 millones de habitantes que corresponden al 11,24% de la población nacional; el suministro de agua cruda para riego posibilita la producción de 90.000 hectáreas, generando empleos y la incorporación de recursos económicos para el país. Por otra parte, los proyectos de control de inundaciones, protegen 335.000 hectáreas y 300.000 habitantes de sectores urbanos y rurales altamente productivos, todo lo cual genera un beneficio de gran impacto social y económico a través de la infraestructura operada por la EPA EP.

Poder alcanzar en el Ecuador una gestión integral y sostenida del recurso hídrico sostenida demanda la contribución de cada uno de los organismos pertinentes, partiendo de un estado dinámico y dinamizador, siendo necesario para el efecto:

Hacer ajustes para que la normativa se adapte a la realidad de las diversas zonas del país y que permita la participación ciudadana en la planificación del uso del recurso hídrico y su sostenibilidad.

• Forjar una gobernanza adecuada que cohesione los aspectos sociales, políticos y económicos, articulando a los actores involucrados.

Fortalecer la gobernabilidad a través de una debida institucionalidad desconcentrada que se base en la gestión por cuencas hidrográficas.

La consecución de los objetivos planteados podrá ser posible con una sociedad civil consciente de lo estratégico, sensible y frágil, que es el manejo del agua, de las consecuencias de una indebida gestión y, del compromiso de cada ciudadano en la sostenibilidad del recurso hídrico.

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