ASPECTOS Y EXPERIENCIAS DE REPARACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y EMPRESAS DR. DR. HUMBERTO HUMBERTO CANTÚ CANTÚ RIVERA RIVERA UNIVERSIDAD UNIVERSIDAD DE DE MONTERREY MONTERREY
CONCEPTOS GENERALES SOBRE REPARACIÓN PR: 25: Adoptar medidas para garantizar el acceso a mecanismos de reparación
eficaces. Mecanismos judiciales y extrajudiciales
Mecanismos civiles, penales; mecanismos de protección constitucional;
Mecanismos de fiscalización; INDH; PCN-OCDE;
Mecanismos no estatales.
Reparación: restitución; compensación; rehabilitación; satisfacción; garantías de no
repetición. Dimensiones de la justicia: nacional y transnacional.
MECANISMOS DE REPARACIÓN Responsabilidad civil: Contractual o extracontractual
Extracontractual: objetiva (por el carácter del objeto o actividad) o subjetiva (dependiente de dolo o culpa);
Extracontractual: transgresión de una obligación; daño; nexo causal. Deber general de prevención.
Carga probatoria (onus probandi): el que afirma está obligado a probar; sin embargo, carga dinámica.
Responsabilidad penal: personas físicas o personas jurídicas
Enfoque mayoritario en delitos económicos; elemento relevante: mecanismos preventivos / de integridad / compliance;
Relevante para temas ambientales.
Deber de prevención como elemento clave para la debida diligencia
MECANISMOS DE REPARACIÓN Mecanismos de protección constitucional Tradicionalmente enfocado en control de acciones u omisiones del Estado; Potencial utilización, directa o indirecta, contra actores no estatales; Amparo, recurso de protección, tutela, mandado de segurança… Acción restitutoria o devolutiva.
MECANISMOS EXTRAJUDICIALES
Función de regulación y fiscalización (ambiental y laboral como ejemplos típicos). Mecanismos que pueden ser activados por las víctimas: INDH (mecanismo de quejas); PNC-
OCDE (mecanismo de mediación / buenos oficios).
EXPERIENCIAS REGIONALES Interpretación progresiva sobre utilización de mecanismos civiles en cuestiones de empresas
y derechos humanos; Exploración del alcance del deber de prevención, dándole una perspectiva jurídica a la debida
diligencia; Vinculación evidente entre medio ambiente y derechos humanos; ¿Qué responsabilidad para las empresas públicas? Herramientas novedosas: açao civil pública; mecanismos extrajudiciales.
Barreras jurídicas y prácticas: capacitación de operadores de justicia; costos; capacidad de
asesoría jurídica en casos complejos.
ARGENTINA
Civil: Mendoza (ambiental); Gainza (laboral); A.A.Y. (acoso laboral); Ingegnieros (crímenes de
lesa humanidad). Penal:
causa Ford (contaminación).
(crímenes
de
lesa
humanidad);
Honeker,
Visconti
y
Rodríguez
Amparo: Fundación Mujeres en Igualdad (igualdad de género); Comunidad Mapuche Tehuelche
(consulta); Defensor del Pueblo: mina Gonzalito (impacto ambiental); PCN: 12 IE (ocho tras 2011): cuatro – DH; falta de voluntad de empresas para buenos oficios.
RECOMENDACIONES Capacidad institucional de órganos de procuración y administración de justicia; Ampliación del catálogo de delitos penales; Clarificar o explicitar normas sobre responsabilidad empresarial en derechos humanos; Difusión de marco jurídico y experiencias; Perspectiva de género y enfoque diferencial; Vinculación clara entre INDH-PCN; Visibilizar el potencial de la mediación; Establecimiento de comisiones de revisión legislativa y de práctica de mecanismos.
ยกGRACIAS!