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Regulaciones Regulaciones, Regulaciones
Luis Chavez
ABOGADO Y POLITÓLOGO | FUNDADOR DE ASERTIVA | MONITOREO REGULATORIO Y ASUNTOS PÚBLICOS.
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El mecanismo de las regulaciones.
El Estado tiene el monopolio de la administración pública. A través de sus decisiones, hechas políticas públicas, él incentiva, castiga, prohíbe o permite.
Para ello asigna recursos que son, obviamente, escasos. Esto explica el porqué hay siempre una intensa competencia para hacerse con el poder, todos quieren llegar a la posición de toma de decisiones. Al final se trata de controlar el sistema de asignación de recursos.
No debemos pensar en recursos económicos exclusivamente, los recursos se materializan a través de políticas públicas, esto es mediante decisiones. Todas estas decisiones de incentivar, castigar, prohibir o permitir, suceden en el sistema político con cierta opacidad. Esto último sin herir sensibilidades y es que algunas teorías politológicas como la de David Easton establecen que este gran sistema es, por ilustrarlo así, una caja negra donde muchas decisiones son tomadas y a la cual, quienes estamos fuera, solo tenemos acceso mediante formamos parte de las dinámicas que ejercen demandas o apoyos a los tomadores de decisión. Por tanto, estas decisiones suceden con cierto descontrol de los regulados. Por ello es importante su monitoreo.
Estas decisiones las llamaremos regulaciones.
Las regulaciones se aplicarán en dos ámbitos principales desde la vista del derecho regulatorio. En primer lugar, aplicada a los servicios esenciales, usualmente determinados como servicios públicos tales como transporte, energía, telecomunicaciones, gestión integral de residuos y agua, entre otros. En segundo lugar, como regulación de riesgos, o sea
actividades económicas estratégicas tales como: farmacéutica, alimentos y bebidas, agricultura y construcción, entre muchos otros.
Cada vez se hace más tenue esta línea y los aspectos regulatorios tienden a ser transversales a ambos ámbitos.
Lo que se viene en regulaciones para el 2022
En el ámbito nacional la nueva realidad trae aparejado el impulso a algunas regulaciones de implementación pendiente y otras recientes. Debido a su transversalidad en todos los sectores, abordaremos las de índole medioambiental. No importa si es un servicio esencial público o una actividad privada: la regulación afectará por igual a todos, cambiando con ello, su estructura de costos y su funcionamiento.
Veamos.
Ley General de Recursos Hídricos.
Luego de más de 15 años de discusiones fue aprobada la Ley General de Recursos Hídricos publicada en el Diario Oficial N°8 Tomo 434 del 12 de enero de 2022. El desafío de la aplicación de esta regulación abarca desde el tema hidroeléctrico hasta el de proyectos de vivienda autoabastecidos. El top 5 de los aspectos a considerar sobre cómo afectará esta regulación: » Privados y Públicos deberán pagar por aprovechamiento del recurso hídrico. Esto incluye al sector agrícola en general, incluye también a la propia ANDA. Esto implica definitivamente un alza en los precios del acceso al agua. » La extracción se cobrará mediante fórmula y se incluirá un pago por vertidos al cuerpo receptor. Las empresas con vertidos más limpios y con sistemas de reuso del agua tendrán ventajas en este aspecto. Por otra parte, quienes vierten en alcantarilla de ANDA no estarán excluidos de alzas considerables en sus costos.
»Las aguas utilizadas en todas las actividades, inclusive hidroeléctrica, quedarán bajo control de la autoridad, lo que implica tramitología y gastos adicionales a las instituciones afectadas.
»A partir del 14 de julio, día en que inicia su vigencia, ANDA no podrá cobrar por extracción, y los permisos de los agentes privados quedarán sin vigencia.
Ley de Gestión Integral de Residuos y Fomento al Reciclaje.
Una ley publicada en el Diario Oficial N°40 Tomo 426 del 27 de febrero de 2020 que afecta desde generadores de residuos hasta personas consumidoras. Representa un desafío regulatorio para todos, actores privados y públicos. El top 5 de los aspectos a considerar sobre cómo afectará esta regulación: » Los ciudadanos deberán separar desde la fuente, esto es, en sus casas deberán disponer por separado sus residuos (ej: plástico, residuos orgánicos, etc). Esto será obligatorio y los municipios podrán imponer multas a quién no lo haga. » Los municipios deberán recolectar los residuos en forma separada. Lo cual podría significar un día para orgánicos, otro para plásticos y así consecuentemente. Esto afectará el diseño de los servicios públicos de recolección de residuos.
»Se crean categorías como residuos especiales y peligrosos. Esto implica un manejo especial y un cobro especial. ¡Tirar esa refrigeradora arruinada frente a tu casa saldrá caro!
»Nadie vinculado a la gestión integral de residuos podrá involucrarse sin autorización: recolectores, acopiadores, recicladores, transportes, etc. deberán contar con un plan bajo pena de fuertes sanciones económicas.
»Las empresas podrán escoger entre: entregar sus residuos a la municipalidad bajo sus tarifas o a crear un propio plan, el que puede incluir la venta de sus residuos.
Inclusive podría haber soluciones mixtas.
Ley de Fomento en Incentivo para la importación de y uso de medios de transporte Eléctricos e Híbridos.
Una ley publicada en el Diario Oficial N°40 Tomo 431 del 20 de mayo de 2020 y que afecta a todo tipo de vehículos, desde vehículos de transporte pesado hasta Scooters. El top 5 de los aspectos a considerar sobre cómo afectará esta regulación: » Los vehículos eléctricos o híbridos, nuevos o usados tienen beneficios a través de descuentos en los impuestos a pagar: DAI, primera matrícula e IVA de importación. » Se establece la exención de impuesto de la renta para el negocio de las “electrolineras” o estaciones de recarga, igualmente se establecen regulaciones de SIGET al respecto. » Se crean parqueos “verdes” para los vehículos eléctricos o híbridos.
»Existe una responsabilidad extendida sobre las baterías y un control sobre la disposición final de las mismas. » Se protege al consumidor prohibiendo la importación de vehículos que provengan de inundaciones o tengan títulos “sucios” provenientes de EEUU.
Monitorear las regulaciones.
Las regulaciones citadas anteriormente están llenas de riesgos y de oportunidades, dependerá de quién las detecta, que tan pronto las entiende y de cuándo actúa. Los servicios de asuntos públicos permiten mapear estas regulaciones y medir sus efectos. El monitoreo regulatorio nos permite leer un entorno cada vez más confuso, saturado de comunicación digital de todo tipo, de medios de toda tendencia y de hechos políticos dentro y fuera del país. Aunque no lo creamos, hasta lo que pasa en una oficina en Ginebra puede llegar a repercutir en la forma en que hacemos negocios acá en Centroamérica. El monitoreo regulatorio consiste en un sistema de inteligencia enfocado a los riesgos regulatorios de una organización o empresa en “ particular. El sistema no solamente filtra la información, sino que, la analiza de forma oportuna y la comunica de manera entendible a fin de que la empresa u organización pueda tomar decisiones de mayor calidad, que puedan establecer con la antelación debida, estrategias para la incidencia en las políticas públicas que han de afectar.
El monitoreo regulatorio es el mejor amigo de los departamentos de asuntos corporativos o asuntos públicos, es el radar de los departamentos jurídicos y permite a la alta gerencia apuntar su batería sobre las cosas que son importantes y que generan riesgos u oportunidades para la organización. Y tú que viste: ¿amenazas u oportunidades?