Programa de Valores por una Convivencia Escolar Armónica SECRETARÍA
DE
EDUCACIÓN
Compromisos del Gobierno del Estado de México sobre violencia escolar 5,840.- Combatir frontalmente el bullying o acoso escolar que afecta a nuestros hijos en las escuelas. 5,841.- Todas las escuelas de educación básica y media superior, van a contar con un especialista en prevención y atención de bullying o acoso escolar, previamente capacitado por instituciones especializadas en este fenómeno. 5,843.- Crear una red de jóvenes capacitados para prevenir, identificar y denunciar el ciberbullying. 5,854.- Fomentar la capacitación especializada al personal docente ya existente, así como a alumnos y padres de familia, para que sepan cómo enfrentar el bullying y cómo apoyar a las víctimas y orientar los agresores. 5,855.- implementar una campaña de difusión permanente en las escuelas y en los medios de comunicación, para promover valores contrarios al bullying, así así como para que también los niños y jóvenes aprendan sobre la responsabilidad y la consecuencia de sus actos. 5,859.- Fortalecer a la policía cibernética para que combata el bullying en medios electrónicos.
Fundamentos Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 • Pilar 1. Gobierno Solidario, • Objetivo 1. Ser reconocido como el Gobierno de la Educación. • Estrategias: • Alcanzar una educación de vanguardia • Impulsar la educación como palanca del progreso social
• Pilar 3. Sociedad Protegida, • Objetivo 1. Fomentar la Seguridad Ciudadana y la Procuración de Justicia 1.2. Fortalecer la estructura y capacidades de las instituciones de seguridad y procuración de justicia.
• Estrategias:
• Fortalecer a la policía cibernética para que combata el bullying en los medios electrónicos. • Crear la Coordinación para Prevenir y Atender la Violencia y el Acoso Escolar con el fin de que reciba e investigue las denuncias de bullying en las escuelas.
•
Objetivo 2. Utilizar la prevención como una herramienta para el combate a la delincuencia 2.1. Combatir las causas del delito con programas de prevención.
• Estrategias:
• Fortalecer el Programa Escuela Segura, procurando hacer uso de tecnologías modernas para la prevención y atención del bullying
Programa de Valores por una Convivencia Escolar Arm贸nica
Objetivo Prevenir y atender el Bullying y otros tipos de violencia escolar para impulsar una mejor formaci贸n de los estudiantes en un ambiente de valores, derechos humanos y diversidad cultural con el prop贸sito de generar una Convivencia Escolar Arm贸nica.
Programa de Valores por una Convivencia Escolar Armónica Visión Las comunidades de todas las escuelas del Estado de México convivirán en un marco de armonía, libertad y respeto a los derechos de sus integrantes. Misión Contribuir en la construcción de una convivencia escolar basada en los valores democráticos, los derechos humanos y la cultura de la paz, para que todas y cada una de las escuelas de todos los niveles educativos en el Estado de México constituyan espacios adecuados para el desarrollo sano e integral de la infancia y de la juventud.
Justificación La Secretaría de Educación opera programas federales y estatales para fomentar valores y promover la cultura de la paz y la legalidad: Programa Nacional Escuela Segura Programa Mi escuela Segura Programa Seguro Escolar Programa de Capacitación al Magisterio para Prevenir la Violencia hacia la Mujer Plan Maestro de Orientación Educativa para Bachillerato General y Bachillerato Tecnológico (*) Programa Abriendo Escuelas para la Equidad Cada programa debe complementarse y alinearse para hacerlos eficientes y eficaces, lo que redundará en la optimización de recursos materiales y humanos.
REDES –
DESARROLLAR Y GENERAR SINERGIAS MEDIANTE
–
CINCO REDES OPERATIVAS RED ALUMNOS
RED
INTERINSTITUCIONAL
RED ACADÉMICA
RED PADRES DE FAMILIA
RED DOCENTE
Red Interinstitucional
Red Interinstitucional Apoyo a la comunidad escolar de los niveles de Educación Básica y Media Superior
Página WEB portal2.edomex.gob.mx/bullying
CONTENCIÓN INMEDIATA
Al 10 de julio de 2013 han recibido más de 29,583 visitas
ALUMNOS
PADRES DE FAMILIA
DIRECTIVOS
DOCENTES
Línea Telefónica 01 800 01 64667 Al 11 de julio de 2013 se han atendido 482 casos
Red Académica de Investigación
Objetivo Desarrollar investigación sobre temas relacionados con la convivencia escolar armónica, para el diseño de políticas públicas.
Red de Docentes Mexiquenses
Objetivo Promover la capacitaci贸n docente en temas de prevenci贸n de la violencia, con el prop贸sito de cumplir la meta gubernamental de que cada escuela cuente con un especialista que desarrolle un programa para la pr谩ctica de valores.
Red de Estudiantes Mexiquenses
Objetivo Orientar y promover en los estudiantes una responsabilidad para la prevenci贸n de la violencia y el fortalecimiento de la convivencia escolar arm贸nica.
Red Familiar Mexiquense
Objetivo Orientar a las familias mexiquenses para mejorar su convivencia, ofreciĂŠndoles conocimientos y herramientas prĂĄcticas y activen y potencien sus habilidades y destrezas para solucionar problemas especĂficos de su realidad actual.
Programa de Valores por una Convivencia Escolar Armónica CULTURA DE PAZ SECRETARÍADE EDUCACIÓN
PROPÓSITO FUNDAMENTAL:
Erradicar la violencia en la comunidad educativa, a través de la implementación de acciones tendientes a establecer una CULTURA DE PAZ.
Cultura de Paz
En la forma de resolverlo, se genera
VIOLENCIA.
CONFLICTO O P O R T U N I D A D
Nos invita a plantearnos soluciones creativas y nos permite la evoluci贸n del pensamiento.
Antagonismo entre ideas, objetivos, intereses, necesidades, creencias o valores
¿El hombre es violento por naturaleza?
La biología no condena a la humanidad a la guerra, “La
En 1986, UNESCO, concluyó:
No elementos biológicos genéticos
hay o
La violencia es una construcción cultural
guerra comienza en la mente del hombre, la paz comienza también en nuestras mentes. El mismo ser que inventó la guerra puede inventar la paz. La responsabilidad radica en cada uno de nosotros”.
¿Qué es la Paz?
La Declaración de Yamusukro Sobre la Paz en la Mente de los Hombres de 1989, señalaba lo siguiente:
De acuerdo a la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz, de 1999; es:
• “La paz es esencialmente el respeto de la vida. La paz es el bien más preciado de la humanidad. La paz no es sólo el término de los conflictos armados. La paz es un comportamiento. La paz es una adhesión profunda del ser humano a los principios de libertad, justicia, igualdad y solidaridad entre todos los seres humanos. La paz es también una asociación armoniosa entre la humanidad y el medio ambiente.”
• Conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en: • El respeto a la vida, • Los derechos humanos, • El fin de la violencia por medio de la educación, • El compromiso con el arreglo pacífico de los conflictos, • El diálogo y la cooperación y; • Protección del medio ambiente.
Cultura de Paz Equidad de Género Justicia,
Transparencia y
Instrucción cívica y ética
Democracia.
Programa de Valores para una Convivencia Escolar Armónica
Resolución
Pacífica de conflictos Derechos Humanos
Protección al Medio Ambiente Programas de inclusión social
Desarme
Estructura D.G.E.B. DIRECCIÓN ELEMENTAL
COORDINADORES CENTRALES
SUBDIRECCIONES CENTRALES
DIRECCIÓN SECUNDARIAS
PROGRAMA DE VALORES PARA UNA CONVIVENCI A ESCOLAR ARMÓNICA
SUBDIRECCIONES REGIONALES COORD. REG. CONVIVENCIA ESCOLAR
COORD. REG. DE MEDIACIÓN SUPERVISORES
DIAGNÓSTICO Y ATENCIÓN
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
PROMOTORES
ALERTAMIENTO TEMPRANO Y PREVENCIÓN GENERAL Y FOCALIZADA
PLAN DE CONVIVENCIA ESCOLAR ARMÓNICA
ORGANIZACIÓN
CANALIZACIÓN QUEJAS
PROGRAMA DE VALORES PARA UNA CONVIVENCI A ESCOLAR ARMÓNICA
01800 BULLYING PROBL EMÁTICA DOCENTES
PROBLEMÁTICA NIÑOS
SUBDIR. REGIONAL COORD. REG. DE MEDIACIÓN
ABOGADO REGIONAL
CANALIZACIÓN SUPERVISOR
DIRECTIVOS
ALUMNOS
DOCENTES
PADRES DE FAMILIA
COORDINADOR REGIONAL CONVIVENCIA ESCOLAR ARMÓNICA
FUNCIONES
• Diseñar estrategias para fomentar una instrucción sobre valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida a los alumnos y docentes, que les permitan resolver conflictos por medios pacíficos y en un espíritu de respeto por la dignidad humana y de tolerancia y no discriminación. • Fomentar que las acciones que fortalezcan una convivencia escolar armónica y las estrategias de prevención de conductas violentas, se enmarquen en los Programas Institucionales de las Escuelas. •Coordinar que los promotores de valores le den seguimiento a las estrategias que fomenten actividades en las que los niños participen y les inculquen los valores y los objetivos de una cultura de paz al interior de los Centros Escolares. •Participar en los Consejos Técnicos Escolares otorgando asesoría y seguimiento a las acciones que fomenten una convivencia escolar armónica. •Coordinarse con los servidores públicos que lleven programas en las Subdirecciones Regionales y/o Centrales, y en los cuales se establezcan estrategias tendientes a fomentar una convivencia escolar armónica para vincular los programas proyectos institucionales y con ello fomentar una cultura de paz, prevención y atención de comportamientos violentos. • Establecer procesos de seguimiento y evaluación a las acciones que promuevan un entorno seguro e inclusivo en términos físicos, afectivos y sociales de la comunidad escolar. •Intercambiar información con el Coordinador de Mediación y con el Abogado Regional para establecer estrategias de prevención, atención, contención y resolución de conflictos escolares.
COORDINADOR REGIONAL DE MEDIACIÓN
FUNCIONES
• Dar seguimiento a las problemáticas detectadas en las escuelas que se encuentran en la Subdirección Regional donde se involucre a menores de edad, con el fin de garantizar y promover el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Implementar protocolos de actuación en los casos de violencia escolar que involucre a menores, estableciendo medidas de protección en atención al interés superior del menor para protegerlo en sus esferas física y biopsicosocial, propiciando su desarrollo integral y garantizando sus derechos; Brindar asesoría a las autoridades escolares para la atención y contención de conductas violentas en contra de los menores, verificando que los menores reciban información adecuada en sus etapas de crecimiento, enalteciendo los valores de paz, equidad, democracia, solidaridad, libertad, justicia, respeto y tolerancia; • Implementar estrategias para la resolución pacífica de los conflictos escolares. • Sugerir canalización del menor en caso de requerirla a las Instituciones correspondientes para su atención y protección integral. • Intercambiar información con el Coordinador de Convivencia Escolar Armónica y con el Abogado Regional para establecer estrategias de prevención, atención, contención y resolución de conflictos escolares.
PROMOTOR DE VALORES
FUNCIONES
• Verificar con los Directores Escolares que en sus Programas Anuales se implementen acciones tendientes a fortalecer una convivencia escolar armónica. • Coordinar con los Supervisores Escolares los mecanismos de seguimiento para implementar las acciones de mejora que permitan la convivencia escolar armónica. • Dar seguimiento a los planes Institucionales que contengan estrategias de mejora que permitan una convivencia escolar armónica. • Coordinarse con los Promotores del Área de Apoyo a la Educación para implementar estrategias en los Centros Escolares que fomenten una convivencia escolar armónica. • Identificar que acciones pudieran implementarse en los Centros Escolares que sean adecuadas al contexto de cada uno para fomentar una convivencia escolar armónica. • Participar en los Consejos Técnicos Escolares para coadyuvar en la implementación y seguimiento de las acciones de mejora que fomenten una convivencia escolar armónica. • Fomentar que en las escuelas se lleven a cabo acciones tendientes a garantizar el respeto a la vida, la prevención de la violencia, la promoción y la práctica de la no violencia por medio del diálogo. • Identificar áreas de riesgo en las Instituciones escolares que sean proclives para la comisión de conductas violentas.
Preservar la Paz
Congreso Internacional sobre la paz en la mente de los hombres
Constitución UNESCO
Eliminación de amenazas entre los Estados
Declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz
Carta de las Naciones Unidas
Preservar la paz y evitar la agresión
Concepto de Cultura de paz
Declaración Mundial sobre Educación para todos
Elementos básicos para la Educación para la paz
Recomendación sobre la educación para la Comprensión, la Cooperación y la paz internacionales…
Marco jurídico internacional
Compromiso de trabajar por la paz
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
Declaración de los Derechos del Niño
Protección especial
Declaración Universal de Derechos Humanos
Pleno desarrollo de la personalidad y el mantenimiento de la paz
Deber de convivir y respetar la Ley
Convención sobre los Derechos del Niño Respeto a los Derechos Humanos y Libertades fundamentales
Declaración y programa de acción sobre una cultura de paz Construcción de una Cultura de Paz
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Interés superior de la infancia, no discriminación e Igualdad
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de Educación
Regula Educación del Estado, Promueve justicia, la paz y la No Violencia
Marco Jurídico Federal
Derecho a la Educación
Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Prohibición de actos discriminatrorios
Inclusión social
Derecho a la Educación, no discriminación, creación de organismo para la protección de los derechos humanos
Igualdad vs. discriminación
Ley de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres del Estado de México
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México Ley de Educación del Estado de México
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Cultura de paz sustentada en valores
Obligatoriedad, Promover, Respetar y Proteger Derechos Humanos Ámbitos sociales libres de violencia
Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Estado de México
Programas educativos: Dialogo, Negociación, Conciliación, Justicia Restaurativa, Paz Social
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Marco Jurídico Estatal
Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México
Ley de Mediación Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Ley para Prevenir, Combatir y Eliminar actos de Discriminación en el Estado de México
Prohíbe las formas de discriminación
Ley para la Prevención y Erradicación de la Violencia Familiar del Estado de México
Desarrollo Cultura de la Noviolencia
Protección
Respeto, Integridad, Privacidad, Dignidad
Ley del Trabajo de los servidores Públicos del Estado y Municipios Cumplir con obligaciones que señala las Condiciones Generales de Trabajo
Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos Docentes del Subsistema Educativo Estatal Cumplir con normas y procedimientos de trabajo, coadyuvar en la realización de programas
Interés Superior del Niño o Niña
Es entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible.
Ley de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos Artículo 42.- Para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban ser observadas en la prestación del servicio público, independientemente de las obligaciones específicas que correspondan al empleo, cargo o comisión, todo servidor público, sin perjuicio de sus derechos y deberes laborales, tendrá las siguientes obligaciones de carácter general: XXI. Supervisar que los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las disposiciones de este artículo e informar por escrito ante el superior jerárquico u órgano de control interno los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respecto de cualquier servidor público, que puedan ser causa de responsabilidad administrativa en los términos de esta Ley, y de las normas que al efecto se expidan. Cuando el planteamiento que formule el servidor público a su superior jerárquico deba ser comunicado a la Secretaría de la Contraloría, el superior procederá a hacerlo sin demora, bajo su estricta responsabilidad, poniendo el trámite en conocimiento del subalterno interesado. Si el superior jerárquico omite la comunicación a la Secretaría de la Contraloría, el subalterno podrá practicarla directamente informando a su superior acerca de este acto
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Ley de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos Artículo 53.- Los servidores públicos deberán denunciar por escrito el órgano de control interno de su dependencia, organismo auxiliar o fideicomiso público, los hechos que a su juicio impliquen incumplimiento de obligaciones a los servidores públicos sujetos a su dirección. El órgano de control interno de la dependencia, organismo auxiliar o fideicomiso público, determinará si existe o no responsabilidad administrativa, e impondrá las sanciones correspondientes en su caso.
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Ley de Protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes ARTICULO 4.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por: Interés superior de las niñas, niños y adolescentes: Este interés implica que las políticas, las acciones y la toma de decisiones de las instituciones publicas, privadas, tribunales, autoridades administrativas o los órganos legislativos, relacionados con este periodo de vida, deberán dar prioridad a los derechos reconocidos en los ordenamientos legales; ARTICULO 8.- Son principios rectores en la observancia, interpretación y aplicación de esta ley, los siguientes: I. El interés superior de las niñas, niños y adolescentes ante cualquier otro interés que vaya en su perjuicio, lo que implica que las políticas, las acciones y la toma de decisiones de las Instituciones Públicas, Privadas, Tribunales, Autoridades Administrativas o los órganos Legislativos, relacionadas con este periodo de vida, deberán dar prioridad a los derechos reconocidos en los ordenamientos legales, a fin de que la Niña, el Niño o el Adolescente alcancen su desarrollo, la plenitud de sus aptitudes y de la capacidad mental y física hasta el máximo de sus posibilidades; tomando en consideración que cada uno de ellos es una universalidad y una individualidad en la que la familia, la comunidad y el propio estado garantizarán ese pleno desarrollo;
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ARTICULO 23.- Los Directivos, maestros, y demás personal que labora en las escuelas, guarderías y estancias infantiles públicas y privadas, están obligados a hacer del conocimiento de las autoridades competentes sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudieran incurrir, en los siguientes casos: a) Maltrato físico, psicológico, verbal, patrimonial, abuso sexual o de cualquier índole, y corrupción, que involucre a las niñas, niños y adolescentes como víctimas o causantes de ello; b) Consumo de drogas, estupefacientes, bebidas alcohólicas, tabaquismo entre otras sustancias perjudiciales para la salud.
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Código de Procedimientos Penales del Estado de México y Municipios Artículo 225. Estarán obligados a denunciar: I. Los servidores públicos, respecto de los hechos delictuosos de que tengan conocimiento en el ejercicio o con ocasión de sus funciones; II. Los encargados de servicios de transporte, acerca de los hechos delictuosos que se cometieren durante la prestación del mismo; III. El personal de instituciones de salud, públicas o privadas, que conozcan de hechos que hicieren sospechar la comisión de un hecho delictuoso por motivo del servicio; y IV. Los directores, inspectores o profesores de instituciones educativas o de asistencia social, por los hechos delictuosos que afecten a los alumnos y usuarios o cuando hubieren ocurrido en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá a los restantes. En todos estos casos, la denuncia deja de ser obligatoria si razonablemente el comprendido por este artículo arriesga la persecución penal propia, del cónyuge, el concubinario o la concubina o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o por adopción, o tercero de afinidad, o cuando los hechos fueron conocidos bajo secreto profesional. REGRESAR