Asignaciones especiales cámara

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E-15-212

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa

5ta. Sesión Ordinaria

CAMARA DE REPRESENTANTES

R.C. de la C. (RCS ___) ___ DE MAYO DE 2015 Presentado por los representantes Perelló Borrás, Rivera Ruiz de Porras, Hernández López, Bianchi Angleró, Aponte Dalmau, Báez Rivera, Cruz Burgos, De Jesús Rodríguez, Franco González, Gándara Menéndez, Hernández Alfonzo, Hernández Montañez, Jaime Espinosa, López de Arrarás, Matos García, Méndez Silva, Natal Albelo, Ortiz Lugo, Pacheco Irigoyen, Rodríguez Quiles, Santa Rodríguez, Torres Cruz, Torres Ramírez, Torres Yordán, Varela Fernández, Vargas Ferrer, Vasallo Anadón y Vega Ramos Referido a la Comisión de _________________

RESOLUCIÓN CONJUNTA Para asignar a las agencias e instrumentalidades públicas la cantidad de cinco mil quinientos sesenta y tres millones cuatrocientos sesenta y siete mil dólares ($5,563,467,000), con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal 2015-2016, para llevar a cabo los propósitos que se detallan en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; autorizar el traspaso de fondos; autorizar la transferencia de fondos; autorizar el anticipo de fondos; autorizar para la contratación; permitir la aceptación de donativos; ordenar la preparación de informes; y para autorizar el pareo de los fondos asignados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nos encontramos ante una crisis fiscal histórica, donde los recursos disponibles son extremadamente limitados. De la misma forma, nuestra situación actual exige cumplir con nuestra responsabilidad de mantener un presupuesto balanceado donde los gastos se ajusten a los recaudos reales disponibles, con el fin de promover nuestra recuperación económica y eliminar la práctica lesiva de incurrir en déficit en el manejo de los presupuestos gubernamentales. En ese sentido, durante los últimos dos años hemos visto un progreso en la forma de manejar las finanzas gubernamentales, ante la


2 acción de realizar ajustes en el presupuesto en ocasión a que los recaudos no cumplen los estimados, ya sea porque se eliminan fuentes de recursos sin identificar fuentes alternas, por comportamiento en el consumo u otras variables externas. Contrario a lo que ocurría en el pasado, esta Administración ha realizado acciones afirmativas para reducir la brecha de los recaudos y los gastos. Al examinar los estados financieros auditados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico desde el año fiscal 2000 hasta el año fiscal 2013, podemos observar que la diferencia entre los ingresos y los gastos del Fondo General totalizó alrededor de $23,585 millones. En particular los ingresos netos del Fondo General para el año fiscal 2012 totalizaron $8,573 millones, mientras los gastos fueron $11,966 millones, dejando como resultado un déficit de $3,393 millones. Ese mismo análisis para el año fiscal 2013 refleja unos ingresos netos de $8,131 y gastos de $9,885 millones, para un déficit de $1,754 millones. Esto representa una reducción en el déficit de $1,639 millones o 52% en comparación con el año fiscal anterior. De igual forma, debemos señalar que el gasto público con cargo al Fondo General se redujo de $11,966 millones en el año fiscal 2012 a $9,885 millones en el 2013. Esto representa una reducción en gasto de $2,081 millones o un 17%. Los números preliminares para el cierre del año fiscal 2014, reflejan unos ingresos de $9,122 y gastos de $9,656 para un déficit de $534 millones. Al compararlo con el año anterior podemos ver una reducción en gastos de $229 millones ($9,885-$9,656). En resumen, los gastos del Fondo General se redujeron $2,310 millones en dos años ($2,081 + $229). Esto sin afectar la prestación de los servicios esenciales que se proveen a nuestros(as) ciudadanos(as) y sin cesantear a ningún(una) empleado(a) público(a).


3

TOTAL DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO GENERAL AF 00 – AF 14 Ingresos y Gastos del Fondo General – AF00 – AF14 (en $ millones)

11,966

Ingresos

12,000

Presupuesto 11,000

Gastos 9,126 8,043 7,000

7,426 7,186

6,877

6,746

AF 00

AF 01

6,000

10,368

10,623 9,885

9,324

9,656

8,923

9,000

7,000

9,707

9,717

10,000

8,000

10,890

10,397

7,341

8,603

8,423

8,718

7,834

Déficit Acumulado = $23,585M FY 00 – FY 13 8,573 8,207 7,994 7,593 7,584

9,122 8,131

5,000 4,000

AF 02

AF 03

AF 04

AF 05

AF 06

AF 07

AF 08

AF 09

AF 10

AF 11

AF 12

AF 13

AF 14

Fuente: 1. AF200 al AF2013 “Statement of Revenue and Expenditures-­‐Budget and Actual Budget Basis-­‐General Fund” según los estados financieros auditados del ELA. 2. AF14 -­‐ Preliminar

Durante el año fiscal 2015, continuamos con nuestro esfuerzo de mantener el presupuesto balanceado. El presupuesto para este año fiscal ascendió a $9,565 millones, sobre el cual promovimos una reserva presupuestaria de $125 millones, de forma que los gastos sean cónsonos con los recaudos. Ello sin afectar la prestación de los servicios a la ciudadanía, sin despedir empleados(as) y en un esfuerzo legítimo de mantener un presupuesto balanceado. Ahora bien, las obligaciones con cargo al Fondo General para el año fiscal 20152016 hubieran aumentado en $268 millones para el pago de la deuda de las obligaciones generales (GO’s); $140 millones para aportación adicional al Sistema de Retiro del Gobierno Central; $28 millones para el Centro Comprensivo del Cáncer; $459 millones adicionales para el pago de deuda al BGF; $14 millones para la Autoridad de Edificios Públicos y pago de utilidades. Por tanto, si utilizamos de base el presupuesto del año fiscal 2014-2015 que ascendía a $9,565, el presupuesto para el año fiscal 2015-2016 hubiera aumentado por $909 millones, para un presupuesto por la cantidad total de $10,474 millones. No obstante, los recaudos estimados por el Departamento de Hacienda para apoyar el presupuesto del año fiscal 2015-2016 ascienden a $9,800 millones, por lo que resulta necesario realizar una serie de ajustes para mantener un presupuesto balanceado. Ello necesariamente conllevará que no se atiendan todas las asignaciones, por lo que para estos fines se ha implementado una serie de recortes que ascienden a aproximadamente $674 millones. Para lograr este propósito se han realizado una serie


4 de recortes que abarcan desde gastos de funcionamiento de las agencias del gobierno central por la cantidad aproximada de $126 millones, hasta un recorte de $14 millones en el presupuesto operacional de las Ramas Legislativa y Judicial, así como entidades autónomas, como producto de la aplicación de la Ley Núm. 66-2014, la cual provee para una reducción en sus presupuestos en la misma proporción porcentual aplicada a la Rama Ejecutiva. Además, se han realizado ajustes en el financiamiento de varias deudas con el Banco Gubernamental de Fomento, producto de lo cual se redujo el pago destinado para este concepto, lo que conlleva una reducción de $327 millones. Asimismo, se ha implementado un recorte de $8 millones en la asignación que se requería para el Centro Comprensivo del Cáncer; $40 millones en la Autoridad de Transporte Integrado; $58 millones en la aportación adicional uniforme al Sistema de Retiro del Gobierno Central; y $2.5 millones en aportaciones a partidos políticos y dietas. Por otro lado, se eliminaron una serie de asignaciones, de las cuales $3 millones era para un plan de pago sobre una deuda con la Rama Judicial; $6.2 millones de aportaciones a municipios; así como $10.7 millones que iban dirigidos a saldar una deuda con el Sistema de Retiro de Maestros; y otros recortes presupuestarios que ascienden a $23.6 millones. De igual forma, nos hemos visto precisados a ajustar una serie de asignaciones que de otra forma se hubieren incluido en el presupuesto recomendado y aprobado por esta Asamblea Legislativa, las cuales impactan una serie de instituciones gubernamentales, entidades del tercer sector, así como iniciativas en beneficio de nuestra ciudadanía, para un total aproximado de $55 millones. Por ello, la resolución de asignaciones especiales del año fiscal 2015-2016 refleja una serie de ajustes en varias asignaciones conforme se identifican en la siguiente tabla:

Agencia Cia. Des Integral Pen Cantera

Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia)

Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia)

Salud

Descripción Para gastos de funcionamiento. Para el Departamento de Salud, para programas de servicios de salud, educación y bienestar de la población de niñez temprana. Programas nuevos y existentes para el diagnóstico y tratamiento a menores con deficiencias en el desarrollo; programas para mejorar calidad de servicios de capacitación de personal de los centros de cuidado y desarrollo infantil. Para ACUDEN, para programas de servicios de salud, educación y bienestar de la población de niñez temprana. Programas nuevos y existentes para el diagnóstico y tratamiento a menores con deficiencias en el desarrollo; programas para mejorar calidad de servicios de capacitación de personal de los centros de cuidado y desarrollo infantil. Para llevar a cabo el Día Nacional para realizarse la prueba de Hepatitis C, Ley Núm. 42 de 3 de enero de 2003.

Propuesta Original-­‐ AF2016

Presupuesto Recomendado-­‐ AF2016

Diferencia

214

200

(14)

1,250

800

(450)

750

500

(250)

1,000

200

(800)


5

Salud

Salud Salud Salud Salud

Salud

Salud Salud Salud Salud Salud Salud Salud Salud Salud Salud Salud Salud Serv Salud Mental y Contra Adicción Serv Salud Mental y Contra Adicción Serv Salud Mental y Contra Adicción Serv Salud Mental y Contra Adicción Serv Salud Mental y Contra Adicción Serv Salud Mental y Contra Adicción

Para la Secretaria Auxiliar para la promoción de la Salud para el desarrollo de una campaña de orientación y educación sobre salud y nutrición Bienestar Social y otros fines relacionados. Para la implementación del "Puerto Rico Health Information Network" Para el Programa Bienestar e Integración y Desarrollo de Personas con Autismo (Ley BIDA) Para Estancia Serena en Juncos. Para ser transferidos a la Sociedad de Educación y Rehabilitación de Puerto Rico (SER), para sufragar gastos de funcionamiento. "Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica" la cual regirá la práctica de la medicina en Puerto Rico. La Junta estará adscrita al Departamento de Salud. Ley Núm. 139 de 19 de agosto de 2008. Para el Centro de Adiestramiento e Información a Padres de Niños con Impedimentos de Puerto Rico (APNI) Para el desarrollo de la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico relacionada con la población con trastornos de la condición de Autismo, Ley Núm. 318-­‐2003. Para el Consejo Renal-­‐RC 204 de 2006 Para gastos de funcionamiento de la Cruz Roja Americana Para gastos de funcionamiento de la Sociedad Americana del Cáncer Para sufragar gastos de funcionamiento del Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños, Ley Núm. 259-­‐2000 Para gastos de funcionamiento de la Comisión de Alimentación y Nutrición, Ley 10-­‐1999, según enmendada.

1,000

200

(800)

500

200

(300)

622

500

(122)

534

200

(334)

1,050

1,000

(50)

400

-­‐

(400)

200

100

(100)

280

200

(80)

200 200

100 150

(100) (50)

200

150

(50)

80

60

(20)

80

60

(20)

150

120

(30)

75

70

(5)

40

30

(10)

30

25

(5)

20

18

(2)

1,600

1,000

(600)

2,100

1,300

(800)

1,900

1,500

(400)

950

700

(250)

Para Teen Challenge

400

300

(100)

Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro San Francisco, Ponce-­‐RC 183-­‐2005.

200

150

(50)

Para gastos de funcionamiento de la Fundación Modesto Gotay, R C 336-­‐2000. Para la Liga Puertorriqueña Contra el Cáncer-­‐RC 68 de 2010 Para la Comisión para la Implantación de la Política Pública en la Prevención del Suicidio-­‐Ley 227 de 1999 Para gastos de funcionamiento para el Registro de Casos de la Enfermedad de Alzheimer, Ley 237-­‐1999. Regular la práctica de fumar en determinados lugares públicos y privados-­‐Ley 40 de 1993 Sufragar gastos de funcionamiento de Iniciativa Comunitarias de Investigación Para sufragar gastos de funcionamiento del Hogar Crea, Inc. R C 157-­‐2005. Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro Sor Isolina Ferré, Inc., Playa de Ponce, R C 183-­‐2005. Para sufragar gastos de funcionamiento de la fundación UPENS.


6 Serv Salud Mental y Contra Adicción Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes Departamento de Justicia Cámara de Representantes de PR Cámara de Representantes de PR Cámara de Representantes de PR

Asamblea Legislativa-­‐ Donativos Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Oficina de Serv. Legislativos Superintendencia del Capitolio Superintendencia del Capitolio

Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro Sor Isolina Ferré, Inc., Caimito, RC183 de 12-­‐ 2005.

250

200

(50)

Para gastos de funcionamiento del Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes, Ley 166-­‐2000.

700

500

(200)

6,000

4,500

(1,500)

250

175

(75)

14

10

(4)

14

10

(4)

20,185

8,000

(12,185)

3,547

2,500

(1,047)

2,071

1,450

(621)

550

100

(450)

162

113

(49)

106

75

(31)

139

100

(39)

231

162

(69)

37

26

(11)

14

10

(4)

7

5

(2)

2

1

(1)

2,002

1,500

(502)

1,000

800

(200)

Para sufragar gastos de funcionamiento del Proyecto Salas Especializadas en Casos de Sustancias Controladas "Drug Courts". Para sufragar gastos de funcionamiento de la Comisión Conjunta para las Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, según lo dispuesto en la Ley 29-­‐2009, según enmendada. Para becas para estudios graduados con especialidad en educación especial para maestros certificados por el Departamento de Educación. Para becas para estudios graduados en disciplinas relacionadas con la protección y conservación del medioambiente, según lo dispone la Ley 157-­‐2007. Para proveer asignaciones a entidades e instituciones públicas, semipúblicas y privadas sin fines de lucro que, bajo la supervisión de agencias de gobierno, realizan actividades o prestan servicios que propendan al desarrollo de programas para el bienestar. Para costear el aumento en los servicios de agua y luz del Capitolio. Para sufragar los gastos de funcionamiento y obras y mejoras permanentes de la Oficina de Servicios Legislativos. Para gastos de funcionamiento del Programa Córdova de Internados Congresionales, R C 554-­‐1998. Para gastos de funcionamiento del Programa de Internados Legislativos Ramos Comas. Para sufragar la membresía del Concilio de Gobiernos Estatales. Para sufragar gastos de funcionamiento del Programa Pilar Barbosa de Internados en Educación, Ley 53-­‐1997. Para el sistema de información de la Oficina de Servicios Legislativos. Para gastos de funcionamiento del Programa de Internado Laboral Santiago Iglesias Pantin, Ley 66-­‐2005. Para cubrir los gastos sobre la Resolución sobre las Carpetas. Para el Programa de Becas Antonia Pantoja. Para sufragar el Premio Thurgood Marshall, Ley 9-­‐1993, según enmendada. Para sufragar los gastos de la Superintendencia del Capitolio. Para la Superintendencia del Capitolio para aumento en plan médico y seguro de edificios.


7 Superintendencia del Capitolio Superintendencia del Capitolio Superintendencia del Capitolio Consejo de Educación de P R Depto. de Educación Depto. de Educación Depto. de Educación Depto. de Educación Depto. de Educación Depto. de Educación Adm. Sustento de Menores Depto. Familia Depto. Familia Depto. Familia Depto. Familia Depto. Familia Depto. Familia Adm. Vivienda Pública Ofic de la Proc de las Mujeres Ofic de la Proc de las Mujeres Proc. Pensionados Tercera Edad Proc. Pensionados Tercera Edad Procurador del Veterano Procurador del Veterano Procurador del Veterano

Para la Superintendencia del Capitolio para la seguridad del Distrito Capitolino. Superintendencia del Capitolio para actividades de monumentos Capitolinos. Para la compra de materiales y equipo de mantenimiento del Distrito Capitolino. Para becas y ayudas educativas para estudiantes de nivel post-­‐secundario técnico y universitario-­‐Ley 435-­‐2004. Para el Programa Alianza para Educación Alternativa. Proyecto CASA. Para el Instituto Nueva Escuela. Para el Programa de Escuela Amiga Centro de la Comunidad. Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro CREARTE Inc. Para la Conservación de Documentos y Artefactos Históricos. Para plataforma de informática PROSPERA programa de pensiones envejecientes. Para redes de apoyo Bienestar Social y convivencia comunitaria. Para sufragar los gastos del concilio multisectorial en apoyo a las personas sin hogar. Ley 130-­‐2007. Para el Consejo Especial para atender la desigualdad social en Puerto Rico. Para gastos de funcionamiento del Centro Geriátrico San Rafael, Inc. de Arecibo, R C 1332 -­‐2004. Sufragar ayudas a víctimas de desastres naturales y otras labores humanitarias y gastos de funcionamiento de la Cruz Roja Americana -­‐Ley 59 de 2006. Para sufragar gastos relacionados a la Comisión para la Prevención del Suicidio. Ley 227-­‐1999. Para el Programa Residenciales de Bienestar Social Pública Estatal. Para cubrir gastos, ofrecer servicios y programas sobre prevención de discrimen y violencia doméstica contra la mujer y cualquier otro fin relacionado. Para cubrir gastos relacionados a grilletes en casos de violencia doméstica. Para nutrir el Programa de Coordinación, Educación, Evaluación y Protección para realizar proyectos en beneficio de las personas de edad avanzada. Para el Programa de Ama de Llaves. Para subvencionar los costos de servicios domiciliarios provistos a nuestros veteranos en la Casa del Veterano de Juana Díaz-­‐Ley 59 de 2004. Para fortalecer los servicios de asistencia, orientación y asesoría a los veteranos o Bienestar Sociales de éstos para la protección de sus derechos y beneficios. Monitor de la operación del Cementerio de Aguadilla.

208

146

(62)

46

32

(14)

2,000

1,400

(600)

25,000

8,680

(16,320)

9,000 5,000 2,000

6,000 3,479 1,500

(3,000) (1,521) (500)

1,000

650

(350)

200

130

(70)

200

150

(50)

400

-­‐

(400)

1,200

1,000

(200)

200

150

(50)

50

30

(20)

80

70

(10)

300

200

(100)

40

30

(10)

1,000

500

(500)

1,600

1,100

(500)

1,200

1,000

(200)

900

700

(200)

50

40

(10)

1,280

900

(380)

220

150

(70)

47

40

(7)


8 Procurador del Veterano Procurador Personas con Impedimentos Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia) Instituto de Cultura Puertorriqueña

Administración y operación del Cementerio de Aguadilla, Ley 106-­‐2000. Para la Campaña Educativa sobre la Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos, Ley Núm. 238-­‐2004.

Instituto de Cultura Puertorriqueña

Sufragar gastos de funcionamiento del Museo de Arte de Ponce, Inc., Ley 227-­‐2000.

Instituto de Cultura Puertorriqueña

Instituto de Cultura Puertorriqueña Desarrollo Socio Económico Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia) Compañía de Comercio y Exportación PR Departamento Desarrollo Económico Comisionado de Asuntos Municipales

200

150

(50)

180

130

(50)

Para gastos de funcionamiento del Boys & Girls Club.

1,500

1,200

(300)

Para ser transferidos al Museo de Arte de Puerto Rico para sufragar gastos de funcionamiento y para obras.

2,000

1,500

(500)

1,500

1,000

(500)

1,550

1,050

(500)

700

420

(280)

700

500

(200)

1,200

1,000

(200)

800

400

(400)

200

150

(50)

100

50

(50)

7,500

6,000

(1,500)

11

7

(4)

100

80

(20)

150

100

(50)

21

18

(3)

2

1

(1)

60

50

(10)

Para sufragar gastos de operación de la Fundación Luis Muñoz Marín, Ley Núm. 68 de 3 de julio de 1986, según enmendada. Para ser transferidos al Museo de Arte Contemporáneo para promover las artes plásticas, llevar a cabo actividades educativas y culturales, y mantener un Centro de Documentación sobre Arte Contemporáneo, Ley 91-­‐ 1994, según enmendada. Para el Programa de Rehabilitación Económica y Social para Bienestar Social en Extrema Pobreza. Para programas o alianzas de creación de empleos con el tercer sector. Para Programa de Desarrollo Económico Comunitario. Para programa de financiamiento de microempresas de jóvenes. Para sufragar los gastos de organización y funcionamiento de la Unidad de Organizaciones Comunitarias Municipales. Para gastos de cualquier entidad gubernamental relacionados con la provisión de transportación escolar por parte de municipios.

Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia) Ofic Capacitación y Para los premios de empleados públicos Manuel A. Pérez-­‐ Asesoramiento Laboral Ley 66 de 1956. (OCALARH) OFIC. DE GERENCIA DE PERMISOS OFIC. DE GERENCIA DE PERMISOS Oficina Estatal Política Pública Energética Oficina Estatal Política Pública Energética Planificación

Para remoción de rótulos ilegales. Para el Convenio de transferencia de ARPE al Municipio de Ponce. Aportación del Gobierno de Puerto Rico a la “Southern States Energy Board”-­‐Ley Núm. 86 de 1970, según enmendada. Aportación del Gobierno de Puerto Rico a la “National Association Of State Energy Board”-­‐Ley 86-­‐1970, según enmendada. Para gastos de funcionamiento del Grupo Consultivo para el Desarrollo de la Región de Castañer, Ley 14-­‐1996, enmendada.


9 Aportación Interagencial -­‐Ley 51 de 2003, conocida como Ley para el Acuerdo Cooperativo Conjunto y Fondo Especial para Servicios del US Geological Survey. Resolución de Convenio delegación Competencia Caso Civil JAC 93-­‐0323-­‐Municipio de Ponce. Para gastos de funcionamiento para el Programa para la Producción de Telenovelas, Miniseries o Unitarios en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, Ley 223-­‐2000, según enmendada.

Planificación Planificación Corp Para la Difusión Pública Instituto Estadísticas de P R

65

60

(5)

54

50

(4)

1,000

900

(100)

400

300

(100)

8

6

(2)

742

-­‐

(742)

356

300

(56)

1,568

1,000

(568)

1,024

900

(124)

Para gastos de funcionamiento del Bosque Modelo.

500

400

(100)

Para el Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico, Ley Núm. 206 de 9 de agosto de 2004.

160

100

(60)

Para proyectos específicos estadísticos. Para el Centro Coordinación de Excavaciones y Demoliciones (Comisión Servicio Público)-­‐Ley 267-­‐1998, según enmendada. Aumento en dietas para las Juntas según especificado y requerido por ley. Para el pago de la Fianza Global Estatal. Para el pago de honorarios de representación legal a bufetes, según lo dispuesto en la Ley Núm. 9 de 1975.

Transportación y Obras Pública Comisión Estatal de Elecciones Hacienda (No Dept.) Justicia Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia) Of Gerencia y Presupuesto (Bajo la Custodia)

Para expandir el desarrollo de los servicios en línea de "pr.gov".

Justicia

130,878 75,969 (54,909)

Aun cuando reconocemos que se trata de asignaciones de las cuales algunas de otro modo se hubiesen incluido en el presupuesto, debemos actuar de forma responsable acorde a nuestros limitados recursos y a tono con nuestra responsabilidad fiscal de presentar un presupuesto balanceado. RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

Sección 1.-Se asigna a las agencias e instrumentalidades públicas, la cantidad de cinco mil quinientos sesenta y tres millones cuatrocientos sesenta y siete mil dólares ($5,563,467,000), con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal 2015-2016, para llevar a cabo los propósitos que se detallan a continuación: 1.

Administración de Asuntos Federales a.

Para gastos de funcionamiento de oficinas de Florida y otros estados.

$200,000

Subtotal

$200,000


10 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

2.

Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia a.

3.

$500,000

Subtotal

$500,000

Administración de Familias y Niños a.

4.

Para el Programa de Rehabilitación Económica y Social para Familias en Extrema Pobreza.

Para gastos de funcionamiento de ADFAN.

$150,000

Subtotal

$150,000

Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico a.

b.

Para sufragar los gastos de los servicios médicos hospitalarios basados en seguros de salud, según lo dispuesto en la Ley 72-1993, según enmendada. Para programa de fiscalización de aseguradoras y reducción de costos en los seguros de salud sufragados por el Gobierno. Subtotal

5.

2,000,000 $887,000,000

Administración de Servicios Médicos a.

Para el pago de salarios del Centro Cerebrovascular de Puerto Rico y el Caribe.

$1,700,000

b.

Para gastos de funcionamiento, incluyendo nómina de la ASEM.

25,186,000

c.

Para Sala de Emergencia y Trauma del Centro Médico de Río Piedras.

1,000,000

Subtotal 6.

$885,000

Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción

$27,886,000


11 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

a.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro Sor Isolina Ferré, Inc., Playa de Ponce, según lo dispuesto en la RC 183-2005.

$1,500,000

Para sufragar gastos de funcionamiento del Hogar Crea, Inc., según lo dispuesto en la RC 157-2005.

1,300,000

c.

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Fundación UPENS.

700,000

d.

Para sufragar gastos de funcionamiento de Iniciativa Comunitaria de Investigación, Inc.

1,000,000

e.

Para sufragar gastos de Teen Challenge

300,000

f.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro Sor Isolina Ferré, Inc., Caimito, según lo dispuesto en la RC 183-2005.

200,000

Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro San Francisco, Ponce, según lo dispuesto en la RC 183-2005.

150,000

b.

g.

Subtotal 7.

$5,150,000

Administración de Servicios Generales a.

Para transferir a la Feria Internacional del Libro de Puerto Rico, Inc., según lo dispuesto en la RC 1921-2004.

$160,000

Subtotal 8.

$160,000

Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias a. Para ofrecer incentivos de pareo de inversiones en negocios agrícolas, según lo dispuesto en la Ley 225-1995, según enmendada. b. c.

Para nómina y costos relacionados. Para conceder el Bono de Navidad a los trabajadores agrícolas que sean elegibles,

$12,350,000 554,000


12 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

según lo dispuesto en la Ley Núm. 42 de 19 de junio de 1971, según enmendada. d.

Para reembolsar a los agricultores el subsidio salarial que se le concede a los trabajadores agrícolas, según lo dispuesto en la Ley Núm. 46 de 5 de agosto de 1989, según enmendada.

36,100,000

Para el Subsidio de Pago de Primas de Seguros, según lo dispuesto en la Ley Núm. 12 de 12 de diciembre de 1966, según enmendada.

1,235,000

Para asistencia técnica e incentivos económicos a los agricultores bonafide.

2,138,000

g.

Para la provisión de abono para cultivo para los agricultores bonafide.

5,273,000

h.

Para el Programa Incentivo al Arrendamiento de Maquinaria Agrícola.

855,000

i.

Para el incentivo de Mecanización Agrícola.

855,000

j.

Para el incentivo de seguros para los ranchos de los agricultores.

238,000

k.

Para incentivar la industria de la Piña, la Avícola y otros proyectos.

5,225,000

l.

Para Unidades de Calidad y Alto Rendimiento (UCAR).

4,655,000

m.

Para gastos de funcionamiento de la Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias.

2,884,000

Para incentivar la industria lechera de Puerto Rico.

1,000,000

e.

f.

n.

Subtotal 9.

4,275,000

Administración de Vivienda Pública a.

Para el Programa Residenciales de Vivienda

$77,637,000


13 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

10.

$500,000

Subtotal

$500,000

Administración para el Sustento de Menores a.

11.

Pública Estatal.

Para plataforma informática PRACES, pareo de fondos federales.

$945,000

Subtotal

$945,000

Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres a.

Para gastos de funcionamiento de 24 horas de la Red Sísmica de Puerto Rico.

$300,000

Subtotal

$300,000

12. Aportaciones a los Municipios a. b.

Para cumplir con la Aportación al Fondo de Equiparación.

$227,575,000

Para resarcir a los municipios por la exoneración de la contribución sobre la propiedad no cobrada.

133,025,000

Subtotal 13.

Aportación al Quehacer Cultural a.

14.

$360,600,000

Para sufragar gastos de funcionamiento del Ateneo Puertorriqueño.

$500,000

Subtotal

$500,000

Asamblea Legislativa, Oficina de Servicios Legislativos a.

Para sufragar el Premio Thurgood Marshall, según lo dispuesto en la Ley 9-1993.

b.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Programa Pilar Barbosa de Internados en

$1,000


14 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

Educación, según lo dispuesto en la Ley 531997.

100,000

Para gastos de funcionamiento del Programa Córdova de Internados Congresionales, según lo dispuesto en la RC 554-1998.

100,000

Para gastos de funcionamiento del Programa de Internados Legislativos Ramos Comas.

113,000

Para gastos de funcionamiento del Programa de Internado Laboral Santiago Iglesias Pantín, según lo dispuesto en la Ley 66-2005.

26,000

Para el Programa de Becas Antonia Pantoja, según dispuesto en la Ley 97-2004.

5,000

g.

Para cubrir los gastos sobre la Resolución sobre las Carpetas.

10,000

h.

Para sufragar la membresía del Concilio de Gobiernos Estatales.

75,000

i.

Para el sistema de información de la Oficina de Servicios Legislativos.

162,000

j.

Para sufragar los gastos de funcionamiento y obras y mejoras permanentes de la Oficina de Servicios Legislativos.

1,450,000

Para sufragar los servicios de agua y luz del Capitolio

2,500,000

c.

d. e.

f.

k.

Subtotal 15.

$4,542,000

Asamblea Legislativa, Superintendencia de Capitolio a. b.

Para sufragar los gastos de la Superintendencia del Capitolio Para la Superintendencia del Capitolio para aumento en plan médico y seguro de edificios

1,500,000 800,000


15 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42

c. d. e.

f.

g.

h.

Para la Superintendencia del Capitolio para la seguridad del Distrito Capitolino

146,000

Para la Superintendencia del Capitolio para actividades en monumentos Capitolinos.

32,000

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Comisión Conjunta para las Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, según lo dispuesto en la Ley 29-2009, según enmendada.

175,000

Para becas para estudios graduados en disciplinas relacionadas con la protección y conservación del medioambiente, según lo dispuesto en la Ley 157-2007.

10,000

Para becas para estudios graduados con especialidad en educación especial para maestros certificados por el Departamento de Educación.

10,000

Para la compra de materiales y equipo de mantenimiento del Distrito Capitolino Subtotal

1,400,000 $4,073,000

16. Asamblea Legislativa, Actividades Conjuntas a. Para proveer asignaciones a entidades e instituciones públicas, semipúblicas y privadas sin fines de lucro que, bajo la supervisión de agencias de gobierno, realizan actividades o prestan servicios que propendan al desarrollo de programas para el bienestar. Subtotal 17.

Asignaciones bajo la custodia de la Oficina de Gerencia y Presupuesto

$8,000,000 $8,000,000


16 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

a.

Para gastos de cualquier entidad gubernamental relacionados con la provisión de transportación escolar por parte de municipios.

6,000,000

b.

Para gastos de funcionamiento de la Autoridad de Transporte Integrado.

5,000,000

c.

Para acuerdo con el Tesoro Federal sobre el pago de la deuda de la represa Cerillos (USACE).

7,077,000

Para la Aportación al Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado, según lo dispuesto en la Ley 70 2010.

84,000,000

d.

e.

f.

i.

j.

Para incremento del 1% anual en la aportación patronal a los Sistemas de Retiro de Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de P.R., Ley 116-2011

148,021,0

Para incremento del 1% anual en la aportación patronal al Sistema de Retiro de Maestros, Ley 114-2011

18,402,000

Para aportación especial adicional uniforme para solventar la porción del déficit de flujo de caja del Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado correspondiente a los pensionados de las agencias e instrumentalidades cuyos gastos de funcionamiento total o parcialmente provienen de la RC del Presupuesto General, Ley 3-2013

52,000,000

Para aportación especial adicional uniforme para solventar la porción del déficit de flujo de caja del Sistema de Retiro correspondiente a los empleados de las corporaciones públicas cuyos gastos de funcionamiento se pagan total o parcialmente por el Fondo General, o municipios, que no tengan capacidad financiera, según evaluado por la OGP, de asumir la porción del déficit atribuible a sus respectivos pensionados, Ley 3-2013

8,771,000


17 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

k. l.

Para programas o alianzas de creación de empleos con el tercer sector.

1,000,000

Para gastos de funcionamiento del Bosque Modelo.

400,000

m.

Para expandir el desarrollo de los servicios en línea de “pr.gov”.

900,000

n.

Para pago de deuda y renta de AEP del Acuerdo Administrativo de Tribunales – OGP.

667,000

o.

Para adquisición de licencias tecnológicas centralizadas para entidades gubernamentales.

24,831,000

p.

Para Boys & Girl Club

q.

Para el Departamento de Salud, para programas de servicios de salud, educación y bienestar de la población de niñez temprana, programas nuevos y existentes para el diagnóstico y tratamiento a menores con deficiencias en el desarrollo; programas para mejorar la calidad de servicios de capacitación de personal de los centros de cuidado y desarrollo infantil

800,000

Para la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez, para programas de servicios de salud, educación y bienestar de la población de niñez temprana, programas nuevos y existentes para el diagnóstico y tratamiento a menores con deficiencias en el desarrollo; programas para mejorar la calidad de servicios de capacitación de personal de los centros de cuidado y desarrollo infantil

500,000

r.

s.

Para la Autoridad de Energía Eléctrica para sufragar el consumo de energía eléctrica en las agencias y entidades gubernamentales incluidas en la RC del Presupuesto General, según se detallan a continuación, para un gran total de $137,348,000

1,200,000


18 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

i. Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia

110,000

ii. Administración de Familias y Niños

211,000

iii. Administración de Rehabilitación Vocacional

176,000

iv. Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico

200,000

v. Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción vi. Administración de la Industria y el Deporte Hípico

3,816,000 72,000

vii. Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN)

339,000

viii. Administración para el Sustento de Menores

242,000

ix. Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

28,000

x. Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra

14,000

xi. Autoridad de Desperdicios Sólidos de Puerto Rico xii. Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación

1,581,000 20,000

xiii. Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública

1,284,000

xiv. Corporación de las Artes Musicales

424,000

xv. Corporación del Centro de Bellas Artes de Puerto Rico

968,000


19 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

xvi. Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico xvii. Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña xviii. Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico xix. Departamento de Agricultura xx. Departamento de Asuntos del Consumidor

838,000 31,000 354,000 418,000 65,000

xxi. Departamento de Corrección y Rehabilitación

19,067,000

xxii. Departamento de Educación

49,116,000

xxiii. Departamento de Estado

383,000

xxiv. Departamento de Hacienda

2,010,000

xxv. Departamento de Justicia

4,002,000

xxvi. Departamento de Recreación y Deportes

3,606,000

xxvii. Departamento de Salud xxviii. Departamento de Transportación y Obras Públicas xxix. Departamento de la Vivienda xxx. Departamento del Trabajo y Recursos Humanos xxxi. Escuela de Artes Plásticas

13,810,000 2,442,000 961,000 1,623,000 45,000

xxxii. Guardia Nacional de Puerto Rico

1,000,000

xxxiii. Instituto de Ciencias Forenses

1,544,000

xxxiv. Instituto de Cultura Puertorriqueña

1,519,000


20 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

xxxv. Instituto de Estadísticas de Puerto Rico xxxvi. Oficina Estatal de Conservación Histórica

303,000

xxxvii. Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH)

192,000

xxxviii. Oficina de Gerencia y Presupuesto

232,000

xxxix. Oficina de la Procuradora de las Mujeres

42,000

xl. Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión

10,000

xli. Oficina del Gobernador xlii. Oficina del Procurador del Veterano de Puerto Rico xliii. Policía de Puerto Rico xliv. Secretariado del Departamento de la Familia t.

27,000

1,053,000 1,000 18,182,000 4,987,000

Para la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para sufragar el consumo de agua en las agencias y entidades gubernamentales incluidas en la RC del Presupuesto General, según se detallan a continuación, para un gran total de $40,655,000 i.

Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia

ii.

Administración de Familias y Niños

45,000

iii.

Administración de Recursos Naturales

11,000

iv.

Administración de Rehabilitación Vocacional

63,000

v.

Administración de Servicios de Salud

7,000


21 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

Mental y Contra la Adicción vi.

1,789,000

Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN)

50,000

vii.

Administración para el Sustento de Menores

6,000

viii.

Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

16,000

ix.

Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra

x.

Autoridad de Desperdicios Sólidos de Puerto Rico

xi.

Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico

9,000

xii.

Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación

1,000

xiii.

Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública

xiv.

5,000 409,000

80,000

Corporación del Centro de Bellas Artes de Puerto Rico

125,000

xv.

Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico

159,000

xvi.

Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña

xvii.

Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico

xviii.

Departamento de Agricultura

xix.

Departamento de Corrección y Rehabilitación

2,000 293,000 6,000 15,683,000


22 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

u.

xx.

Departamento de Educación

13,930,000

xxi.

Departamento de Estado

xxii.

Departamento de Hacienda

413,000

xxiii.

Departamento de Justicia

257,000

xxiv.

Departamento de Recreación y Deportes

1,641,000

xxv.

Departamento de Salud

2,832,000

xxvi.

Departamento de Transportación y Obras Públicas

353,000

xxvii.

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

359,000

xxviii.

Guardia Nacional de Puerto Rico

104,000

34,000

xxix.

Instituto de Ciencias Forenses

59,000

xxx.

Oficina Estatal de Conservación Histórica

38,000

xxxi.

Oficina de Gerencia y Presupuesto

61,000

xxxii.

Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión

xxxiii.

Oficina del Gobernador

xxxiv.

Policía de Puerto Rico

xxxv.

Secretariado del Departamento de la Familia

Para la Autoridad de Edificios Públicos para sufragar el pago de arrendamiento de propiedades ocupadas por agencias y entidades gubernamentales incluidas en la RC del Presupuesto General, según se detallan a continuación, para un gran total de $364,264,000

2,000 153,000 1,342,000 318,000


23 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

i.

Administración de Familias y Niños

41,000

ii.

Administración de Recursos Naturales

77,000

iii.

Administración de Rehabilitación Vocacional

iv.

Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción

v.

Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN)

vi.

Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias

vii.

Administración para el Sustento de Menores

viii.

222,000 18,000

474,000 15,000 110,000

Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

40,000

Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico

44,000

x.

Corporación de las Artes Musicales

250,000

xi.

Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico

274,000

xii.

Cuerpo de Emergencias Médicas de Puerto Rico

168,000

xiii.

Departamento de Agricultura

410,000

xiv.

Departamento de Asuntos del Consumidor

1,906,000

xv.

Departamento de Corrección y Rehabilitación

23,276,000

xvi.

Departamento de Educación

ix.

259,084,000


24 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

xvii.

Departamento de Hacienda

xviii.

Departamento de Justicia

5,417,000

xix.

Departamento de Salud

xx.

Departamento de Transportación y Obras Públicas

1,833,000

xxi.

Junta de Planificación

2,790,000

xxii.

Oficina de Gerencia de Permisos

xxiii.

Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión

90,000

Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos

52,000

xxiv.

v.

10,602,000

xxv.

Policía de Puerto Rico

xxvi.

Secretariado del Departamento de la Familia

16,359,000

913,000

30,499,000 9,300,000

Para el Departamento de Hacienda para el pago de las primas de seguro de las agencias, según se detallan a continuación, para un gran total de $17,283,000 i.

Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia

ii.

Administración de Familias y Niños

iii.

Administración de Recursos Naturales

iv.

Administración de Rehabilitación Vocacional

251,000

v.

Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción

527,000

28,000 121,000 1,893,000


25 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

vi.

Administración de la Industria y el Deporte Hípico

9,000

Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN)

7,000

Administración para el Sustento de Menores

20,000

Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

66,000

x.

Comisión Apelativa del Servicio Público

22,000

xi.

Comisión de Derechos Civiles

xii.

Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico

vii.

viii. ix.

xiii.

2,000 14,000

Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación

5,000

xiv.

Comisión de Servicio Público

7,000

xv.

Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico

xvi.

Departamento de Agricultura

99,000

xvii.

Departamento de Asuntos del Consumidor

10,000

xviii.

Departamento de Corrección y Rehabilitación

1,741,000

xix.

Departamento de Educación

4,892,000

xx.

Departamento de Estado

56,000

xxi.

Departamento de Justicia

201,000

xxii.

Departamento de Recreación y Deportes

354,000

1,471,000


26 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

xxiii.

Departamento de Salud

907,000

xxiv.

Departamento de Transportación y Obras Públicas

200,000

xxv.

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

454,000

xxvi.

Escuela de Artes Plásticas

xxvii.

Guardia Nacional de Puerto Rico

xxviii.

Junta de Calidad Ambiental

14,000

xxix.

Junta de Libertad bajo Palabra

12,000

xxx.

Junta de Planificación

32,000

xxxi.

Junta de Relaciones del Trabajo

xxxii.

Oficina Estatal de Conservación Histórica

10,000

xxxiii.

Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH)

12,000

xxxiv.

Oficina de Gerencia y Presupuesto

67,000

xxxv.

Oficina de la Procuradora de las Mujeres

xxxvi.

Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales

xxxvii.

Oficina del Contralor Electoral

xxxviii.

Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión

11,000

Oficina del Gobernador

43,000

Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos

10,000

xxxix. xl.

45,000 397,000

4,000

4,000 10,000 4,000


27 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

xli.

w.

Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada

13,000

xlii.

Oficina del Procurador del Paciente

3,000

xliii.

Oficina del Procurador del Veterano de Puerto Rico

38,000

xliv.

Panel Sobre el Fiscal Especial Independiente

10,000

xlv.

Policía de Puerto Rico

xlvi.

Secretariado del Departamento de la Familia

3,022,000 165,000

Para el pago de deudas acumuladas de las agencias con la Autoridad de Energía Eléctrica

7,000,000

Para el pago de la deuda de construcción del Centro Comprensivo de Cáncer.

3,250,000

y.

Para pagar la deuda Comprensivo de Cáncer.

3,907,000

z.

Para el pago de la deuda al Banco Gubernamental de Fomento (BGF) – Fondo Contra Enfermedades Catastróficas.

270,000

Para el pago de la Línea de Crédito de Sentencias y para transigir reclamaciones judiciales y administrativas, según lo dispuesto en la RC 62-2011.

10,673,000

Para amortización al Trustee por concepto de renta de las instalaciones Centrales de la ASSMCA.

3,020,000

cc.

Para el pago de la deuda de ADEA con BGF.

3,000,000

dd.

Para el pago de la deuda de la Autoridad del Puerto de las Américas.

18,292,000

x.

aa.

bb.

del

Centro


28 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42

ee.

Para el pago de la línea de crédito de la Autoridad del Puerto de las Américas.

1,802,000

Para el pago de la deuda de la Autoridad del Puerto de Ponce con el BGF

3,025,000

gg.

Para el pago de la línea de crédito para nutrir el Fondo de Emergencia.

11,500,000

hh.

Para el pago del préstamo de la ASES de gastos de funcionamiento del Programa MiSalud.

13,022,000

ii.

Para el pago del préstamo de la ASEM para gastos de funcionamiento.

18,747,000

jj.

Para el pago del Préstamo Superintendencia del Capitolio.

kk.

Para el pago del préstamo del CRIM-Ponce.

ll.

Para el pago de la deuda del Departamento de la Vivienda con el BGF

ff.

de

la

mm. Para el pago de la deuda del PFC 2001A.

2,950,000 3,043,000 635,000 93,656,000

nn.

Para el pago de préstamo por Propiedades.

6,965,000

oo.

Para el pago de la línea de crédito Ley Núm. 70 de OGP.

6,000,000

Para cubrir la deuda del Departamento de Hacienda con el BGF(Neumáticos) RC 1542010.

4,567,000

pp.

qq. rr.

Para el plan de pago de la deuda del Fondo de Mejoras sin fuente de repago.

58,152,000

Para el plan de pago de la deuda del Fondo de Interés Apremiante sin fuente de repago.

59,380,000


29 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

ss.

Para pago de línea de crédito de Hacienda $100 millones. Ley 47-2013, según enmendada. (Fondo Mejoras Públicas).

1,214,000

tt.

Para el pago de la línea de crédito de la Oficina del Procurador del Veterano con el BGF

200,000

uu.

Para la Administración de Servicios Generales para el pago del financiamiento de Helicópteros para la Policía de Puerto Rico

5,553,000

vv.

Para préstamos de la Autoridad de Edificios Públicos

18,168,000

ww.

Para el pago de la deuda de AFV para el Programa Hogar Seguro

3,000,000

xx.

Para el pago del servicio de la deuda (principal solamente AF 2013)

4,645,000

yy.

Para el pago del servicio de la deuda (principal solamente AF2014)

3,663,000

zz.

Para el pago del préstamo en adelanto (GO’s 2011)

1,487,000

Subtotal

$1,289,905,000

18. Autoridad de Transporte Integrado a. Para gastos de funcionamiento Subtotal

$30,000,000 $30,000,000

19. Autoridad del Puerto de Las Américas a.

Para gastos de funcionamiento.

$300,000

Subtotal

$300,000

20. Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura a.

Para cumplir con el pago de las emisiones de bonos de la Autoridad para el Financiamiento


30 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

21.

de la Infraestructura, según lo dispuesto en la Ley Núm. 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada.

$117,000,000

Subtotal

$117,000,000

Autoridad para el Redesarrollo de los Terrenos y Facilidades de la Estación Naval Roosevelt Roads a.

Para gastos de funcionamiento.

b.

Para el pago de la deuda con la Marina de los Estados Unidos por la compra de terreno Subtotal

$792,000 523,000 $1,315,000

22. Centro Comprensivo del Cáncer a. Para la operación y gastos de funcionamiento del Centro, incluyendo de su Edificio de Investigación y Desarrollo, Centro de Radioterapia, y Hospital de Cuidado Terciario

$8,500,000

b. Para cubrir los costos del inicio de operaciones del Hospital de Cuidado Terciario, incluyendo pero no limitado al pago de nómina, compra de materiales, uniformes, suministros, medicamentos, y cualquier otro gasto operacional o de funcionamiento

3,500,000

c. Para el desarrollo de las capacidades investigativas del Centro, incluyendo pero no limitado al desarrollo de investigaciones básicas, clínicas y epidemiológicas, el reclutamiento de personal altamente especializado, inversión en la compra de equipos de alta tecnología y el establecimiento de procesos científicos de investigación competitivos

8,000,000

Subtotal 23.

Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes

$20,000,000


31 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

a.

24.

Para gastos de funcionamiento del Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes, según lo dispuesto en la Ley 166-2000, según enmendada.

$500,000

Subtotal

$500,000

Comisión Estatal de Elecciones a. Para gastos relacionados a la implantación del escrutinio electrónico Subtotal

25.

$5,000,000

Compañía para el Desarrollo Integral de la Península de Cantera. a.

26.

5,000,000

Para gastos de funcionamiento.

$200,000

Subtotal

$200,000

Consejo de Educación de Puerto Rico a.

Para becas y ayudas educativas para estudiantes de nivel post-secundario, técnico y universitario, según lo dispuesto en la Ley 4352004, según enmendada.

$8,680,000

Subtotal

$8,680,000

27. Compañía de Comercio y Exportación a.

28.

Para programa de Desarrollo Económico Comunitario.

$400,000

Subtotal

$400,000

Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico a.

Para financiar los gastos asociados al Proyecto de Música 100 x 35.

$800,000

Subtotal

$800,000


32 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

29.

Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública a.

30.

Para gastos de funcionamiento de la producción de Telenovelas, Miniseries o Unitarios en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, según lo dispuesto en la Ley 223-2000.

$900,000

Subtotal

$900,000

Corporación de las Artes Musicales a.

Para brindar apoyo financiero a la Orquesta Sinfónica de P.R. y Orquesta Sinfónica Juvenil.

$1,000,000

b.

Para gastos de funcionamiento del Teatro Ópera Inc. (Antonio Barasorda).

85,000

c.

Para brindar apoyo financiero a las Artes Escénico Musicales.

225,000

Subtotal 31.

$1,310,000

Corporación del Centro de Bellas Artes a.

Para gastos de funcionamiento de la Sala Sinfónica.

$1,530,000

Subtotal

$1,530,000

32. Departamento de Agricultura a. Para gastos de funcionamiento Subtotal 33.

$100,000 $100,000

Departamento de Corrección y Rehabilitación a.

Para gastos de funcionamiento de Correctional Health Services Corporation, según requerido por la demanda federal Morales Feliciano.

$15,640,000

Subtotal

$15,640,000

34. Departamento de Desarrollo Económico


33 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

a. Para sufragar gastos de nómina del Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral b. Para sufragar gastos de los Programas Juvempleo y Más Empleos

2,000,000

c. Para programas de financiamiento de microempresas de jóvenes

150,000

d. Para cumplir con la otorgación del “Premio Compromiso Juvenil”, según lo dispuesto en la Ley 434-2004 Subtotal 35.

$2,000,000

1,000 $4,151,000

Departamento de Educación a.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Colegio San Gabriel, Inc.

$500,000

Para sufragar gastos de funcionamiento del Centro CREARTE, Inc.

130,000

Para los convenios municipales del Programa de Mantenimiento de escuelas públicas administrados por la OMEP.

8,000,000

d.

Para el Proyecto CASA.

3,479,000

e.

Para el Programa Alianza para la Educación Alternativa.

6,000,000

f.

Para apertura de 19 Centros Pre-Escolares adicionales.

1,030,000

g.

Para unidades de apoyo móvil.

650,000

h.

Para el Programa de Escuela Amiga Centro de la Comunidad

650,000

i.

Para el Instituto Nueva Escuela.

b. c.

1,500,000


34 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

j.

Para ofrecimiento gratuito de la prueba de College Board de entrada a universidades.

k.

Para gastos de funcionamiento

l.

Para conservación de documentos y artefactos históricos Subtotal

2,300,000 65,000 150,000 $24,454,000

36. Departamento de Hacienda a.

Para sufragar gastos de la celebración de la Fiesta de Reyes Juanadina, según lo dispuesto en la Ley 163-2005.

68,000

Para pago de gastos de funcionamiento de Ballet Concierto, según lo dispuesto en la RC 107-2005.

180,000

c.

Para el pago de pensión vitalicia a Wilfredo Benítez, según lo dispuesto en la RC 726-1995.

7,000

d.

Para gastos de funcionamiento del Programa Taller de Fotoperiodismo del Ateneo Puertorriqueño, según lo dispuesto en la Ley 276-1999, según enmendada.

630,000

Para ser transferidos a la Sociedad para la Asistencia Legal, para sufragar gastos de funcionamiento.

10,700,000

Para ser transferidos a la Oficina Legal de la Comunidad, Inc., para sufragar gastos de funcionamiento.

550,000

Para ser transferidos a Servicios Legales de Puerto Rico, Inc., para sufragar gastos de funcionamiento.

5,220,000

h.

Para ser transferidos a Pro-Bono, Inc., para sufragar gastos de funcionamiento.

500,000

i.

Para el pago de la Fianza Global Estatal.

300,000

b.

e.

f.

g.


35 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

j.

Para gastos de funcionamiento

k.

Para gastos de auditoría y consultoría de la preparación de los estados financieros para el Gobierno

800,000

Para el pago de la deuda constitucional GO’s, aportación al Fondo de Redención de la Deuda, para el pago del principal e intereses de emisiones de bonos

1,011,210,000

l.

m.

Para el pago de los TRANs Subtotal

80,000

46,000,000 $1,076,245,000

37. Departamento de Justicia a.

b.

c.

d.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Proyecto Salas Especializadas en Casos de Sustancias Controladas "Drug Courts"

$4,500,000

Para el Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico, según lo dispuesto en la Ley 206-2004, según enmendada.

100,000

Para el pago de honorarios de representación legal a bufetes, según lo dispuesto en la Ley Núm. 9 de 26 de noviembre de 1975.

1,000,000

Para gastos de funcionamiento. Subtotal

40,000 $5,640,000

38. Departamento de Recreación y Deportes a.

Para gastos de funcionamiento y programas de la Fundación Carlos Beltrán.

110,000

b.

Para ser transferidos al Comité Olímpico de Puerto Rico, para gastos operacionales y compra de materiales y equipo del Albergue Olímpico.

500,000


36 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

c.

d.

Para sufragar gastos de operación del Maratón de Puerto Rico en Villalba, según lo dispuesto en la Ley Núm. 143 de 3 de junio de 1976, según enmendada.

18,000

Para sufragar los gastos de operación del Maratón San Blas, según lo dispuesto en la Ley 154-1995.

113,000

Para nutrir el Fondo y gastos de funcionamiento de la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a tiempo completo, según lo dispuesto en la Ley 119-2001, según enmendada.

1,805,000

f.

Para fortalecer la recreación y el deporte en la ciudadanía en general.

2,300,000

g.

Para transferir a la carrera Internacional Abraham Rosa 10K, Inc.

40,000

Celebración del Festival Deportivo y las Justas Interuniversitarias (LAI).

90,000

i.

Para transferir al Maratón de la Virgen del Pozo en Sabana Grande

20,000

j.

Para la Ciudad Deportiva Roberto Clemente

270,000

k.

Para gastos de funcionamiento

680,000

e.

h.

Subtotal

$5,946,000

39. Departamento de Salud a.

Para ser transferidos a la Fundación Mercedes Rubí, para la adquisición de materiales medicoquirúrgicos y equipos radiológicos y neuroquirúrgicos; ofrecer mantenimiento al equipo; y ofrecer adiestramientos al personal del Centro de Cirugía Neurovascular de Puerto Rico y el Caribe, según lo dispuesto en la RC 164-2005.

$150,000


37 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

b.

Para la Fundación CAP-Fundación Pro Departamento de Pediatría Oncológica del Hospital Pediátrico Universidad Dr. Antonio Ortíz.

200,000

Para gastos de funcionamiento Hospital Pediátrico, para el tratamiento del cáncer pediátrico.

2,860,000

Para sufragar gastos de funcionamiento del Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños, según lo dispuesto en la Ley 259-2000.

60,000

e.

Para gastos de funcionamiento.

80,000

f.

Para gastos de funcionamiento de la Fundación Modesto Gotay, según lo dispuesto en la RC 336-2000.

c.

d.

g.

h.

120,000

Para el Centro de Adiestramiento e información a Padres de Niños con Impedimentos de PR (APNI).

100,000

Para el desarrollo de la Política Pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico relacionada con la población que padece la condición de Autismo, Ley Núm. 318-2003.

200,000

Para llevar a cabo el Día Nacional para realizarse la prueba de Hepatitis C, según lo dispuesto en la Ley 42-2003.

200,000

Para nutrir el Fondo contra Enfermedades Catastróficas, según lo dispuesto en la Ley 1501996, según enmendada.

8,200,000

k.

Para gastos de funcionamiento de las Salas de Emergencia de los CDT’s

4,000,000

l.

Para ser transferidos a la Sociedad de Educación y Rehabilitación de Puerto Rico (SER), para sufragar gastos de funcionamiento.

1,000,000

i.

j.


38 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

m.

Para la Comisión para la implantación de la Política Pública en la prevención del suicidio, según lo dispuesto en la Ley 227-1999, según enmendada.

30,000

Para gastos de funcionamiento de la Comisión de Alimentación y Nutrición, según lo dispuesto en la Ley 10-1999.

60,000

Para regular la práctica de fumar en determinados lugares públicos y privados, según lo dispuesto en la Ley 40-1993, según enmendada.

18,000

Para gastos de funcionamiento para el Registro de Casos de la Enfermedad de Alzheimer, según lo dispuesto en la Ley 237-1999.

25,000

q.

Para gastos de funcionamiento de la Cruz Roja Americana.

150,000

r.

Para la subvención aérea del Municipio de Vieques, según lo dispuesto en la Ley Núm. 44 de 17 de mayo de 1955.

500,000

Para gastos de funcionamiento de la Sociedad Americana Contra el Cáncer, según lo dispuesto en la Ley 135-2010.

150,000

t.

Para la Liga Puertorriqueña Contra el Cáncer, según lo dispuesto en la RC 68-2010.

70,000

u.

Para el Consejo Renal, según lo dispuesto en la RC 204-2006.

100,000

v.

Para gastos de funcionamiento de los Centros de Servicios Integrados a Menores Víctimas de Agresión Sexual.

1,000,000

w.

Para transferir al Municipio de Juncos para el Programa de Estancia Serena

200,000

x.

Para el Hospital Oncológico de Ponce

600,000

n.

o.

p.

s.


39 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

y.

Para la Secretaría Auxiliar para la promoción de la Salud para el desarrollo de una campaña de orientación y educación sobre salud y nutrición familiar y otros fines relacionados

200,000

z.

Para la implementación del “Puerto Rico Heath Information Network”

200,000

aa.

Para el Programa de Bienestar e Integración y Desarrollo de Personas con Autismo (Ley BIDA)

500,000

Subtotal

$20,973,000

40. Departamento de Transportación y Obras Públicas a.

Para el Centro Coordinación de Excavaciones y Demoliciones

$6,000

Subtotal

$6,000

41. Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a.

Para gastos de funcionamiento

$40,000

Subtotal

$40,000

42. Instituto de Cultura Puertorriqueña a.

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Galería Nacional.

$272,000

b.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Fondo para el Fomento del Teatro Puertorriqueño, para otorgar subvenciones para compañías de teatro.

90,000

c.

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Banda de Conciertos de Puerto Rico.

385,000

d.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Archivo General de Puerto Rico.

200,000


40 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

e.

Para la celebración de la Trienal Poli/Gráficas de San Juan, América Latina y el Caribe, según lo dispuesto en la Ley 512-2004.

280,000

Para nutrir el Fondo Rotativo Especial para la administración, operación y mantenimiento de los Teatros Matienzo y Music Hall, según lo dispuesto en la Ley 511-2004.

180,000

g.

Para ser transferidos al Coro de Niños de Ponce para sufragar gastos de funcionamiento.

40,000

h.

Para ser transferidos al Coro de Niños de San Juan para sufragar gastos de funcionamiento.

175,000

i.

Para sufragar gastos de la División de Artes Populares.

45,000

j.

Para ser transferidos al Centro Cultural Ramón Aboy Miranda para sufragar gastos de funcionamiento.

25,000

k.

Para ser transferidos al Ballet de San Juan para sufragar gastos de funcionamiento.

40,000

l.

Para ser transferidos al Quinteto Oficial de PR para sufragar gastos de funcionamiento.

23,000

Para ser transferidos a la Fundación Puertorriqueña de Zarzuela y Opereta para sufragar gastos de funcionamiento.

90,000

Para ser transferidos a la Casa Nilita Vientós de Gastón para sufragar gastos de funcionamiento.

20,000

Para ser transferidos al Museo de Arte de Puerto Rico para sufragar gastos de funcionamiento; y para obras.

1,500,000

f.

m.

n.

o.

p.

Para el Museo de las Artes de Bayamón.

q.

Para gastos de funcionamiento de la Orquesta Filarmónica.

80,000 315,000


41 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

r.

Para gastos de funcionamiento del Museo Rafael Martínez Nadal.

30,000

s.

Para gastos de funcionamiento del Festival de Cine Internacional, San Juan.

30,000

t.

Para ser transferidos al Museo de Las Américas para sufragar gastos de funcionamiento.

200,000

Para ser transferidos al Centro de Estudios Avanzados de Puerto Rico y el Caribe para sufragar gastos de funcionamiento.

68,000

Para ser transferidos a la Fundación Felisa Rincón para sufragar gastos de funcionamiento.

40,000

Para ser transferidos al Centro Cultural Guarionex, Utuado para sufragar gastos de funcionamiento.

6,000

Para ser transferidos al Centro Cultural Jesús M. Muñoz, Utuado para sufragar gastos de funcionamiento.

6,000

Para ser transferidos a la Casa Paoli para sufragar gastos de funcionamiento.

40,000

Para ser transferidos a la Beca Dr. Ricardo E. Alegría, para sufragar gastos de funcionamiento.

5,000

u.

v. w.

x.

y. z.

aa.

Para la Fundación Nacional para la Cultura.

40,000

bb.

Para ser transferidos al Teatro del 60, Inc. para sufragar gastos de funcionamiento.

40,000

cc.

Para ser transferidos a la Academia Puertorriqueña de la Lengua Española para sufragar gastos de funcionamiento.

90,000

dd.

Para ser transferidos al Museo de Arte Contemporáneo para promover las artes plásticas, llevar a cabo actividades educativas y


42 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

culturales, y mantener un Centro de Documentación sobre Arte Contemporáneo, según lo dispuesto en la Ley 91-1994, según enmendada.

420,000

ee.

Para gastos del Festival de Reyes de Hatillo.

ff.

Para sufragar gastos de funcionamiento del Museo de Arte de Ponce, Inc., según lo dispuesto en la Ley 227-2000.

1,000,000

Para gastos de funcionamiento de la Fundación de Puerto Rico Arturo Somohano para la Orquesta Filarmónica de Puerto Rico Arturo Somohano, según lo dispuesto en la RC 4382000.

135,000

Para nutrir el Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer Cultural, para conceder ayudas a entidades culturales.

225,000

Para transferir a Gíbaro de Puerto Rico para gastos de funcionamiento.

163,000

jj.

Para transferir a Producciones Flor de Cahíllo, Inc. para gastos de funcionamiento.

70,000

kk.

Para ser transferidos a la Casa del Libro para gastos de funcionamiento.

100,000

ll.

Para producciones teatrales con productores y artistas locales.

405,000

mm. Para la realización de la Feria de Artesanos de PR.

225,000

nn.

Para la realización del Festival de la Palabra.

100,000

oo.

Para el Instituto de Literatura Puertorriqueña, según lo dispuesto en la Ley Núm. 113 de 20 de julio de 1988.

27,000

Para sufragar gastos de operación de la Fundación Luis Muñoz Marín.

1,050,000

gg.

hh.

ii.

pp.

9,000


43 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

qq.

rr.

Para sufragar gastos operacionales relacionados a la Ley de Nuestra Música Puertorriqueña, según lo dispuesto en la Ley 223-2004, según enmendada.

144,000

Para sufragar gastos del Festival de las Máscaras, Centro Cultural de Hatillo

15,000

Subtotal

$8,443,000

43. Instituto de Estadísticas a. Para proyectos específicos estadísticos Subtotal 44.

$300,000 $300,000

Junta de Planificación a.

b.

c.

Para gastos de funcionamiento del Grupo Consultivo para el Desarrollo de la Región de Castañer, según lo dispuesto en la Ley 14-1996, según enmendada.

$50,000

Para Resolución de Convenio Delegación Competencia Caso Civil JAC93-0323 – Municipio de Ponce.

50,000

Para aportación interagencial, según lo dispuesto en la Ley 51-2003, conocida como “Ley para el Acuerdo Cooperativo Conjunto y Fondo Especial para Servicios del US Geological Survey”.

60,000

Subtotal

$160,000

45. Oficina de Gerencia y Presupuesto a. Para gastos de funcionamiento Subtotal 46.

Oficina de la Procuradora de las Mujeres

$40,000 $40,000


44 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

a.

b.

Para cubrir gastos, ofrecer servicios y programas sobre prevención de discrimen y violencia doméstica contra la mujer y cualquier otro fin relacionado.

$1,100,000

Para cubrir gastos relacionados a grilletes en casos de violencia doméstica.

1,000,000

Subtotal 47.

Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales a.

Para distribución conforme a la elección a la Federación y Asociación de Alcaldes.

$390,000

b.

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Asociación de Alcaldes de PR.

200,000

c.

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Federación de Alcaldes de PR.

200,000

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Federación de Asambleístas Municipales de Puerto Rico.

50,000

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Asociación de Asambleístas Municipales de Puerto Rico.

50,000

Para sufragar los gastos de organización y funcionamiento de la Unidad de Organizaciones Comunitarias Municipales.

50,000

Para distribución conforme a la elección de la Federación y Asociación de Legisladores Municipales.

100,000

d.

e.

f.

g.

Subtotal 48.

$2,100,000

Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y Administración de Recursos Humanos

$1,040,000


45 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

a.

Para los premios de empleados públicos Manuel A. Pérez, según lo dispuesto en la Ley Núm. 66 de 20 de junio de 1956, según enmendada.

$7,000

Subtotal

$7,000

49. Oficina de Gerencia de Permisos a.

Para el Convenio de transferencia de ARPE al Municipio de Ponce.

b.

Para remoción de rótulos ilegales

80,000

Subtotal 50.

Oficina del Procurador Impedimentos a.

51.

$180,000 de

las

Personas

con

Para la campaña educativa sobre la Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos, según lo dispuesto en la Ley 238-2004.

$130,000

Subtotal

$130,000

Oficina del Procurador de las Personas Pensionadas y de la Tercera Edad a.

b. c.

Para nutrir el Programa de Coordinación, Educación, Evaluación y Protección para realizar proyectos en beneficio de las personas de edad avanzada. Para el Pareo Estatal de Fondos Federales. Para el Programa de Ama de Llaves. Subtotal

52.

$100,000

Oficina del Procurador del Veterano a.

Para subvencionar los costos de servicios domiciliarios provistos a nuestros veteranos en

$700,000 339,000 40,000 $1,079,000


46 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

b.

c. d.

la Casa del Veterano de Juana Díaz, según lo dispuesto en la Ley 59-2004.

$900,000

Para administración y operación del Cementerio de Aguadilla, según lo dispuesto en la Ley 106-2000.

150,000

Para el Monitor de la Cementerio de Aguadilla.

Operación

del

Para fortalecer los servicios de asistencia, orientación y asesoría a los veteranos o familiares de éstos para la protección de sus derechos y beneficios. Subtotal

40,000

150,000 $1,240,000

53. Oficina Estatal Política Pública Energética a.

b.

Para aportación del Gobierno de Puerto Rico a la “Southern States Energy Board”, según lo dispuesto en la Ley Núm. 86 de 30 de mayo de 1970, según enmendada. Para aportación del Gobierno de Puerto Rico a la “National Association of State Energy Board”, según lo dispuesto en la Ley Núm. 86 de 30 de mayo de 1970, según enmendada. Subtotal

$18,000

1,000 $19,000

54. Policía de Puerto Rico a.

Para operativos de control de narcotráficos, incluyendo materiales y costos relacionados.

$2,500,000

b.

Para mantenimiento extraordinario de la flota de patrullas.

1,800,000

c.

Para el establecimiento de plataforma digitalizada de geolocalización de incidencia criminal (“Crime Mapping”).

$300,000


47 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

d.

Para implementar el sistema de compras y presupuesto a nivel de comandancias Subtotal

95,000 $4,695,000

55. Salud Correccional a.

Para gastos de funcionamiento.

$80,000

Subtotal

$80,000

56. Secretariado del Departamento de la Familia a.

b.

Para sufragar gastos de funcionamiento de los Centros de Servicios Integrados a Menores Víctimas de Agresión Sexual.

$1,500,000

Para sufragar ayudas a víctimas de desastres naturales y otras labores humanitarias y gastos de funcionamiento de la Cruz Roja Americana Capítulo de Puerto Rico, según lo dispuesto en la Ley 59-2006, según enmendada.

200,000

Para sufragar los gastos del concilio multisectorial en apoyo a las personas sin hogar, según lo dispuesto en la Ley 130-2007.

150,000

Para sufragar gastos relacionados a la Comisión para la Prevención del Suicidio, según lo dispuesto en la Ley 227-1999.

30,000

e.

Para redes de apoyo familiar y convivencia comunitaria.

1,000,000

f.

Para gastos de funcionamiento.

75,000

g.

Para gastos de funcionamiento del Centro Geriátrico San Rafael, Inc. de Arecibo, según lo dispuesto en la RC 1332-2004.

70,000

c.

d.

i.

Para el Programa de Ama de Llaves.

j.

Para el Consejo Especial para atender la desigualdad social en Puerto Rico

200,000 30,000


48 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

Subtotal 57.

$3,255,000

Sistema de Retiro de Empleados de Gobierno a.

Para aportación fija de $2,000 por pensionado del Gobierno Central.

$147,633,000

b.

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente de la aplicación del aumento trienal ya concedido bajo las disposiciones de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, y la Ley 40-2001.

27,832,000

Para beneficios a participantes de alto riesgo: policías, bomberos, guardias penales, agentes del Negociado Especial de Investigaciones, entre otros

13,951,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido de las pensiones al cónyuge supérstite e hijos del pensionado, Ley 158-2003.

12,762,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido a un mínimo de $300 la pensión o anualidad por retiro de los pensionados, según la Ley 1562003.

9,452,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido de costo de vida (C.O.L.A.) al pensionado de alto riesgo equivalente al 3% de su pensión, de acuerdo a la Ley 134-1996.

5,298,000

Para beneficios a viudas y beneficiarios policías pensionados no acogidos al momento de su muerte al Seguro Social, Ley 169 de 30 de junio de 1968.

6,566,000

c.

d.

e.

f.

g.

h.

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido por costo de vida (C.O.L.A.) a pensionados del Gobierno


49 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

Central, Municipios, Judicatura, Ley 10-1992. i.

j.

k.

l.

m.

n.

o.

p.

Corporaciones

y 2,707,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido de $750 a $1,000 el beneficio mínimo por defunción de los pensionados, Ley 524-2004.

1,817,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido en las pensiones de los policías, Ley 208-2000.

1,010,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido de 3% a pensiones concedidas bajo las disposiciones de la Ley Núm. 12 de 19 de octubre de 1954, según la Ley 41 -2001.

4,671,000

Para el pago de intereses sobre los préstamos para viajes culturales autorizados para los servidores públicos o pensionados, Ley Núm. 72 de 20 de junio de 1956, según enmendada.

452,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido a las pensiones menores de $3,600 anuales, Ley Núm. 23 de 23 de septiembre de 1983.

374,000

Para anualidad vitalicia de $25,000 a ex gobernadores antes de 1992 y $10,000 a la viuda, Ley Núm. 2 de 26 de marzo de 1965.

50,000

Para el Bono de medicamentos de $100, exento del pago de contribuciones sobre ingresos para los pensionados del Sistema de Retiro, Ley 1552003.

41,000

Para el Bono de verano de $100 para los pensionados del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura de Puerto Rico y sus Instrumentalidades en julio de cada año, Ley 37-2001.

40,000


50 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

q.

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido al Bono de Navidad, Ley 109-1997.

239,000

r.

Para pensión a viuda del presidente del Senado o Cámara, Ley Núm. 82 de 2 de mayo de 1941.

12,000

s.

Para beneficios para guardias penales, guardias nacionales, policías y bomberos incapacitados por evitar fuga en masa de la penitenciaría estatal y revuelta nacionalista, Ley Núm. 7 de 12 de diciembre de 1950.

1,000

t.

Para sufragar el impacto de la pensión mínima Ley 49 de 14 de mayo de 1970

161,000

u.

Para sufragar el impacto de la pensión mínima Ley 48 de 29 de junio de 1988

1,815,000

v.

Para sufragar el impacto de la pensión mínima Ley 28 de 15 de mayo de 1972

692,000

w.

Para sufragar el impacto de la pensión mínima Ley 15 de 24 de abril de 1987

543,000

x.

Para sufragar el impacto de las planes médicos de la Rama Judicial, Ley 95 de 29 de junio de 1963

289,000

Subtotal

$238,408,000

58. Sistema de Retiro para Maestros a.

b.

Para pago de aportación fija de $1,675, por pensionado, para cubrir leyes especiales y solventar el sistema, según la Ley 160-2014. Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido en 3% de las pensiones bajo las disposiciones de la Ley Núm. 218 de 6 de mayo de 1951 y según la Ley 39-2001.

$78,757,000

22,509,000


51 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43

c.

d.

e.

f.

g.

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento trienal ya concedido en las pensiones de los maestros de 3%, Ley 621992.

925,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido de $500 a $1,000, en el beneficio por defunción de un pensionado maestro, Ley 272-2004.

300,000

Para el pago de intereses sobre los préstamos para viajes culturales autorizados para los maestros activos o pensionados, Ley Núm. 72 de 20 de junio de 1956, según enmendada.

49,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido a las pensiones concedidas por la Ley Núm. 218 de 6 de mayo de 1951 a los maestros con pensiones menores de $300.

37,000

Para sufragar en este año fiscal el impacto recurrente del aumento ya concedido en la pensión de jubilados antes de julio de 1973, Ley Núm. 124 de 8 de junio de 1973.

9,000

Subtotal

$102,586,000

59. Tribunal General de Justicia a.

60.

Para sufragar gastos de funcionamiento de la Rama Judicial, Ley Núm. 147 de 18 de agosto de 1980, según enmendada.

$315,000,000

Subtotal

$315,000,000

Universidad de Puerto Rico a.

Para sufragar gastos operacionales de la Universidad de Puerto Rico, según lo dispuesto en la Ley Núm. 2 de 20 de enero de 1966, según enmendada.

$833,929


52 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

b.

Para gastos de funcionamiento de la Red Sísmica de Puerto Rico y de la Red de Movimiento Fuerte, según lo dispuesto en la Ley 106-2002.

1,392,000

c.

Para servicios a médico-indigentes en el Recinto de Ciencias Médicas.

1,719,000

d.

Para realizar estudios de los tejidos cerebrales de las personas fallecidas diagnosticadas con la enfermedad de Alzheimer, según lo dispuesto en la Ley 237-1999.

50,000

Para gastos de funcionamiento de los Centros de Servicios Integrados a Menores Víctimas de Agresión Sexual – U.P.R.

500,000

Para gastos de funcionamiento del Centro de Estudios Avanzados para el Personal de Emergencias Médicas del Sector Público, según lo dispuesto en la Ley 235-2004.

500,000

Para conceder becas a estudiantes de Medicina, Odontología y Medicina Veterinaria, según lo dispuesto en la Ley Núm. 17 de 5 de junio de 1948, según enmendada.

500,000

h.

Para gastos de funcionamiento del Centro Ponceño de Autismo, Inc.

87,000

i.

Para sufragar los gastos de salario a residentes e internos del Recinto de Ciencias Médicas, según lo dispuesto en la Ley 299-2003, según enmendada.

19,000,000

Para gastos de funcionamiento del Programa de Asistencia Tecnológica de Puerto Rico, según lo dispuesto en la RC 1531-2004.

950,000

Para la distribución de becas y ayudas educativas a estudiantes que cualifiquen, según lo dispuesto en la Ley 170-2002, según enmendada.

10,000,000

e.

f.

g.

j.

k.


53 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44

l. m.

Para deuda por concepto de becas y ayuda educativa a estudiantes que cualifiquen.

5,000,000

Para gastos de Médicos Residentes, Programa Educación Médica Graduada y Dental Graduada, Recinto de Ciencias Médicas.

1,900,000

Subtotal Gran Total

$875,527,000 $5,563,467,000

Sección 2.-Para el Presupuesto del Año Fiscal 2015-2016, por la situación fiscal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Asamblea Legislativa autoriza al Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o al Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto a traspasar fondos entre las agencias según dispuesta en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta sin la necesidad de autorización adicional. Las transferencias que se realicen al amparo de esta Sección no podrán exceder un máximo acumulativo de 5% del monto total de asignaciones autorizadas en esta Resolución Conjunta, disponiéndose además, que no se considerarán como transferencias para efectos del cálculo de dicho máximo, transferencias realizadas desde o hacia asignaciones bajo la custodia del Departamento de Hacienda o la Oficina de Gerencia y Presupuesto que sean efectuadas para dar cumplimiento al uso legislado en esta Resolución Conjunta para tales asignaciones, por ejemplo, pago de deuda, utilidades, aportaciones a Sistemas de Retiro. Se exceptúan de esta disposición las asignaciones consignadas a la Rama Legislativa y sus componentes, la Rama Judicial, las asignaciones por fórmula, y cualesquiera otras dispuestas en ley. La Oficina de Gerencia y Presupuesto radicará un informe en la Secretaría de cada cuerpo de esta Asamblea Legislativa, en o antes del quinto día laborable de cada mes. Dicho informe deberá contener un detalle de las transferencias efectuadas el mes anterior conforme a lo antes expuesto. Sección 3.-Cuando los intereses del servicio lo requieran, se autoriza al Departamento de Hacienda a transferir al Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico los recursos asignados para el pago de las obligaciones contraídas y contenidas en esta Resolución Conjunta. Sección 4.-Se autoriza al Departamento de Hacienda a efectuar anticipos provisionales de cualesquiera fondos disponibles en el Tesoro Estatal del Gobierno deL Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para los propósitos descritos en esta Resolución Conjunta. Sección 5.-Las asignaciones especiales aquí consignadas serán las únicas asignaciones especiales vigentes y sujetas a obligación a raíz del presupuesto de este


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Año Fiscal 2015-2016. No existirá deuda, obligación, compromiso alguno con entidades públicas o terceros debido a la omisión total o parcial de asignaciones especiales no incluidas en esta Resolución, salvo las asignaciones especiales que sean aprobadas por legislación posterior a esta Resolución. Sección 6.- Se autoriza contratar con los gobiernos municipales, contratistas privados, así como con cualquier departamento, agencia o corporación del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para el desarrollo de los propósitos de esta Resolución Conjunta. Se ordena a cada entidad gubernamental que formalice convenios contractuales a radicar ante las Secretarías de cada Cuerpo Legislativo, el séptimo día laborable de cada mes, un informe sobre el uso de los fondos asignados. Sección 7.-Se permite aceptar a nombre del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, todas aquellas aportaciones de dinero u otros donativos provenientes de ciudadanos y empresas privadas, necesarias y convenientes para los fines expresados en esta Resolución Conjunta. Sección 8.-Se ordena a cada entidad sin fines de lucro beneficiada bajo esta Resolución Conjunta a radicar ante la Secretaría de cada Cuerpo Legislativo, ante la Oficina de Gerencia y Presupuesto y ante la agencia custodio de cada una de las entidades, un informe semestral sobre el uso de los fondos asignados, de modo que se pueda considerar la utilidad y futura recurrencia de dicha asignación, y que cada agencia custodio pueda evaluar sobre el adecuado uso de los fondos consignados. Sección 9.-Durante la vigencia de esta Resolución Conjunta, y como regla necesaria para el desembolso responsable de las asignaciones presupuestarias para gastos de funcionamiento y otros, la Oficina de Gerencia y Presupuesto podrá retener de las asignaciones a las agencias de la Rama Ejecutiva incluidas en esta Resolución, cuyo presupuesto se sufraga en todo o en parte con cargo al Fondo General, las cantidades necesarias para el pago de aportaciones de retiro, seguro de desempleo, contribuciones retenidas de sus empleados, cuando determine que esta retención es necesaria para asegurar el cumplimiento con estas obligaciones por parte de las agencias concernidas. Sección 10.-Se autoriza el pareo de los fondos asignados con aportaciones particulares, estatales, municipales o federales. Sección 11.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir el 1 de julio de 2015.

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Presidente de la Cรกmara .................................................................... Presidente del Senado


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