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Perú fue escenario del II Encuentro Regional del Foro Madrid
también comprende al golpista expresidente Pedro Castillo y al exasesor en la sombra Henry Shimabukuro. Como se sabe, Shimabukuro indicó que habría aportado hasta 800 mil soles a la campaña de Boluarte. El exasesor de Castillo afirmó que no le dio dinero directamente a Dina Boluarte para su campaña electoral, sino que los aportes fueron entregados a través de intermediarios, como la docente Maritza Sánchez, amiga del inquilino del penal de Barbadillo.
Incluso, aseveró que Boluarte “no gastaba nada” durante la campaña, “ni siquiera para un marciano”.
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Rechazan pedido de prisión preventiva contra exprimera dama Lilia Paredes
En el II Encuentro Regional del Foro Madrid, el presidente del partido político español VOX, Santiago Abascal, saludó al Perú por defender la democracia ante el intento golpista del expresidente Pedro Castillo Terrones, que, según dijo, sería el hombre del Foro de Sao Paulo y del Grupo de Puebla.
“En Perú se ha frenado el golpe de Estado, el hombre del Foro de Sao Paulo y del Grupo de Puebla, Pedro Castillo, y ahora están combatiendo a sus socios que quieren restituir al golpista”, expresó Abascal.
“Le han dicho “no” a Petro, Arce, Fernández, AMLO, al matrimonio Ortega-Murillo y a la cabeza de serpiente, que es el régimen castrocomunista”, agregó.
Según Santiago Abascal, Perú se ha convertido, por lo antes mencionado, en “el faro de la esperanza y libertad en la región”.
Cabe mencionar que este Foro Madrid busca contrarrestar los procesos llevados a cabo por el Foro Sao Paulo y del Grupo de Puebla, quienes apoyan gobiernos totalitarios como Venezuela, Nicaragua, Cuba.
El Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional del Poder Judicial rechazó el pedido de 36 meses de prisión preventiva contra la exprimera dama, Lilia Paredes, y sus hermanos Walter y David Paredes por el presunto delito de organización criminal.
El juez Raúl Justiniano consideró que el Ministerio Público debía solicitar la variación de la comparecencia simple que pesaba contra los implicados y no la medida cautelar establecida en su petición.
“Lo que correspondería es la variación de la medida de comparecencia simple y no haber formulado directamente el requerimiento de prisión preventiva, por lo que corresponde rechazar el pedido del Ministerio Público y amparar la nulidad formulada por los abogados defensores”, señaló el magistrado.
“Debe dejarse constancia que la presente resolución no es un límite o un obstáculo para el Ministerio Público para que pueda proceder de acuerdo a sus atribuciones a formular los requerimientos que crea conveniente en el modo y forma que establece la norma”, añadió.