Día del Abogado - Agosto 2016

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COMERCIO Y JUSTICIA l 29 DE AGOSTO DE 2016 l

DÍA del ABOGADO REPARACIÓN HISTÓRICA

REFORMA JUDICIAL

Abogados irán a la justicia para frenar el decreto de Mauricio Macri que fijó en $500 los honorarios para la homologación de trámites en Anses.

Sigue el debate sobre la justicia que necesita Córdoba. Los letrados de toda la provincia volverán a reunirse a mediados de setiembre.

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ENFOQUE. La visión reflexiva de Silvana Chiapero

Un balance, a un año del nuevo Código Civil y Comercial La vocal de Cámara hace un análisis pormenorizado de la normativa vigente. La modificación de los Códigos Procesales aún es una materia pendiente. La falta de recursos presupuestarios atenta contra la reforma.

IlustracIón, luIs Yong.

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Se abrió la primera cohorte en la UNC

El profesorado en Ciencias Jurídicas amplía el campo laboral de los abogados

Una mirada puertas adentro de la Abogacía

Mauricio Paschetti.

La Psicología se involucra cada vez más en el Derecho

Héctor Echegaray.

Más de 500 personas se inscribieron para la nueva carrera. La especialización permite a los profesionales del derecho convertirse en docentes de los niveles secundario y superior.

El presidente de la Federación de Colegios de Abogados de Córdoba, Mauricio Paschetti, y su par local, Héctor Echegaray, analizan el ejercicio de la profesión y reflexionan sobre el rol de la Justicia.

La psicología judicial de carácter probatorio avanzó sobre todo en el ámbito penal. La deuda pendiente es extender la interdisciplinariedad al resto de los fueros, advirtió la especialista, Andrea Queruz Chemes (foto).

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Por César Arese - Presidente de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social

ENFOQUE. Silvana Chiapero de Bas, vocal de la Cámara Civil y Comercial de 2ª Nominación de la ciudad de Córdoba

El árbol de las corbatas on motivo de la celebración del “Día del Abogado Laboralista” de Argentina del 7 de julio de 2016 se presentó el “Informe sobre los abogados laboralistas de Córdoba desaparecidos, asesinados, detenidos, exiliados y cesanteados” , elaborado por la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Córdoba en un acto realizado en el Colegio de Abogados de Córdoba. Se documentaron allí las crudas y tristes historias personales y profesionales de 25 abogados laboralistas y sus familiares, a los que se rindió un emotivo homenaje. En la brutal revisión del pasado, aparecieron registrados sucesos que exultaban vida y optimismo en el ser humano y sus sacrificios por la libertad. El abogado Salomón Gerchunoff sufrió prisión varios años por pertenecer a la Liga Argentina de los Derechos del Hombre y efectuar reclamos y defensas profesionales por presos y desaparecidos. Antes de ser apresado y frente a una campaña de quema de libros “subversivos” por parte de los militares, emparedó su biblioteca en su casa familiar. Años después, el abogado laboralista falleció y su casa fue vendida. Los nuevos dueños descubrieron la extraña construcción clandestina y llamaron a los familiares para efectuar la “ exhumación” y entrega de libros. Descubrieron que la “biblioteca escondida” contenía libros jurídicos, filosóficos, políticos y literarios prohibidos por aquellos años. Entre las obras guardadas en esa catacumba estaban las Odas de Pablo Neruda. Es de imaginar, entre ellas, mohosa y amarillenta, la Oda a la Alegría que ahora podían leerse a la luz del día: “No se sorprenda nadie porque quiero/ entregar a los hombres/ los dones de la tierra,/porque aprendí luchando/que es mi deber terrestre/propagar la alegría. Y cumplo mi destino con mi canto”. De otro lado, estas historias explican buena parte de la existencia del Derecho del Trabajo y sus avatares centrales. No deberían ser ignoradas por ningún estudiante de derecho y menos por quienes ejercen en esta rama del derecho como abogados, magistrados, investigadores y docentes. Es que el ensañamiento del terrorismo de Estado con los abogados laboralistas tiene explicación en que, para asegurarse la supresión de derechos fue imprescindible la supresión simétrica de los operadores del Derecho del Trabajo que defendían su existencia y progreso. Se registró en la década de 70 el mismo ensañamiento descargado sobre los abogados laboralistas defensores de trabajadores, con respecto a dirigentes y activista sindicales. A la par, fue modificada sustancial y peyorativamente la Ley de Contrato de Trabajo y se cercenaba el derecho de defensa en juicio y el acceso a tutela judicial efectiva, considerados derechos humanos por el sistema jurídico internacional. Pero más allá de las historias de vida, buena parte del crecimiento de la cultura laboralista, en derechos humanos laborales y garantías para los trabajadores, tuvo su punto de partida y fortalecimiento en

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Silvina Bazterrechea sbazterrechea@comercioyjusticia.info

Centeno integró el fatídico grupo de abogados laboralistas secuestrados en la que se conoce como “La noche de las corbatas”. Una sobreviviente del cautiverio, Marta García de Candeloro, dijo en el juicio que el autor de la LCT murió a causa de los golpes recibido en la sala de torturas, vestido con su traje de abogado

aquella oscura etapa de la vida laboral. Con su rol de expertos en la defensa de las causas individuales, las actividades e ideas académicas, la asistencia en la negociación y los conflictos colectivos de trabajo y la generación de normas de derecho laboral, los abogados laboralistas en serio hicieron aportes sustanciales al progreso social. Esta rama de la abogacía posee, bien ejercida, una cultura ética y de valores especialísima. ¿Cómo estudiar la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina sin conocer la historia de su gestación? Esta norma fue un producto interactuado entre la Confederación General del Trabajo y el gobierno peronista de 1974. Pero tuvo un impulsor y redactor, el abogado laboralista Norberto Centeno. Fue encarcelado en 1955, 1958 y 1969 por su militancia peronista; transitó una extensa carrera académica como profesor de Derecho del Trabajo de las universidades nacional y católica de Mar del Plata; fue asesor de la Confederación General del Trabajo y de los gremios metalúrgico, gastronómico, petroleros, alimentación, rurales, entre otros. Escribió varias obras jurídicas, hasta hoy en día de consulta obligatoria para el estudio del Derecho del Trabajo. Su labor de experto en la redacción de la “Leceté” -como la conocen millones de trabajadores que son protegidos por su texto- fue esencial. Pero esta obra jurídica le costó la vida. En julio de 1977, Centeno integró el trágico grupo de abogados laboralistas secuestrados en la que se conoce como “La noche de las corbatas”. Una sobreviviente del cautiverio, Marta García de Candeloro, dijo en el juicio en que se condenó a un grupo de militares, que el autor de la LCT murió a causa de los golpes recibidos en la sala de torturas, vestido con su traje de abogado. Por eso, en la calle, cuando se realizaba el acto del 7 de julio pasado, se instaló un emotivo “Árbol de las corbatas” con esta simbólica prenda donada por decenas de abogados laboralistas. Un símbolo de vida, de la esperanza en el derecho y del ejercicio profesional de la abogacía n

Muchos jueces ya adoptan la normativa vigente, aun cuando se trata de demandas anteriores. La reforma del Código Procesal en Córdoba sigue siendo materia pendiente y los escasos recursos en el interior dificultan cumplir adecuadamente los requerimientos del nuevo ordenamiento jurídico l 1 de agosto del año pasado se ponía en marcha el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Un trabajo arduo y muy extenso que encabezaron los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) Ricardo Lorenzetti y Elena Higthon de Nolasco junto a un centenar de juristas prestigiosos. El cambio fue radical y profundo. Aunque muchos dudaban sobre la posibilidad de su aplicación, finalmente la decisión política hizo que se lograra aprobar la nueva normativa en el Congreso y comenzara a regir en el país. A un año de su puesta en vigencia, aún resta mucho por andar y diferentes cuestiones por definir. Precisamente, sobre esto hablamos con Silvana Chiapero de Bas, quien es una experta en la materia. Profesora y vocal de la Cámara Civil y Comercial de 2º Nominación de Córdoba, la jurista dialogó con Comercio y Justicia ¿Qué balance se puede hacer a un año de la puesta en marcha del Código Civil y Comercial de la Nación? - Pese a que el flamante Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) ya tiene un año de vigencia, resulta prematuro efectuar un balance final con pretensión de exactitud. Esto se explica no sólo porque no es posible pronunciarse en abstracto y en términos absolutos en torno al éxito o fracaso de la aplicación de la nueva legislación a las relaciones jurídicas existentes sino porque, todavía, un caudal importante de causas que tramitan ante nuestros estrados judiciales se siguen resolviendo a la luz del ordenamiento derogado, en virtud de tratarse de hechos, actos o situaciones jurídicas que se produjeron y agotaron en el pasado. Empero, ya han llegado incluso a instancia de resolución de Alzada cuestiones en las que, si bien la planteo de fondo deberá ser analizada a la luz de la ley vigente al tiempo del hecho, resultan aplicables de manera inmediata las reglas procesales contenidas en el flamante CCCN, tales como las relativas a la presentencialidad penal. En estos casos, los Tribunales han aplicado las nuevas reglas, precisando que la solución del nuevo Código evita que el diferimiento de la sentencia civil pueda resultar violatoria de la garantía del justiciable de obtener un pronunciamiento judicial en plazo razonable. También en materia de personas con capacidad restringida los jueces no han dudado en aplicar los nuevos paradigmas a los procedimientos en trámite, en cualquier instancia, sin detenerse en averiguar cuál era la ley vigente al tiempo de la promoción de la demanda, invocando la aplicación inmediata de las leyes que tienen por objeto delimitar las aptitudes personales para el ejercicio de los derechos. Esta solución resulta auspiciosa, aunque es dable destacar que no siempre importa un conflicto de aplicación de leyes en el tiempo sino de un régimen de respeto a los derechos humanos de las perso-

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nas con discapacidad que ya venían receptados por la Ley de Salud mental. - ¿Qué aspectos han sido positivos y dignos de destacar de esta reforma? - En muchas causas, los operadores solucionaron el conflicto de leyes en el tiempo, acudiendo a la aplicación de la nueva ley, con fundamento en que las nuevas reglas contienen las mejores opciones constitucionales y convencionales posibles frente al caso. Así, mucho jueces siguieron el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en la primera semana de vigencia del nuevo código se pronunció por la aplicación inmediata de las normas relativas al nombre de familia, permitiendo inscribir a un niño con el apellido de la madre, seguido del correspondiente al del padre, de conformidad con la nueva regla instaurada por el artículo 64 CCCN. En otro casos, se admitió la supresión del apellido materno porque el padre se alejó del hogar conyugal cuando el pretensor era un bebé y nunca más lo volvió a ver; se permitió el uso de un nombre de pila que “suscitaba equívocos res-

En materia de personas con capacidad restringida, los jueces no han dudado en aplicar los nuevos paradigmas a los procedimientos en trámite, en cualquier instancia, sin detenerse en averiguar cuál era la ley vigente al tiempo de la demanda

pecto del sexo de la persona”, invocando como justos motivos de la nueva norma el uso continuado y la tradición familiar; se autorizó el reemplazo del apellido paterno por el materno en razón de que la niña de doce años se sentía identificada con sus abuelos maternos, quienes la criaron por abandono del padre a temprana edad. En mucho otros casos, en los que resultaba de aplicación el código derogado por aplicación del artículo 7° CCCN, los jueces, con criterio pedagógico, citaron la solución que brinda el nuevo ordenamiento, para reforzar la fundamentación o para justificar la solución que recepta el novel or-


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A un año de su puesta en marcha, los claros y oscuros del nuevo Código Civil y Comercial

Pese a la gran cantidad de normas procesales incorporadas por el CCCN, han quedado anchos márgenes para las regulaciones de los ordenamientos procesales locales, que deben ser abordados a la brevedad

” denamiento, en coincidencia con tratados internacionales vigentes. Así, por ejemplo, se otorgó la guarda de un niño a una familia “monoparental”, invocando la nueva solución legal y la recepción internacional de amplitud en las distintas formas de familia. - ¿Sobre qué aspectos de la normativa hay todavía dudas y aún hay debate entre los magistrados? - Existen innumerables cuestiones sobre las que persisten dudas y debate, en especial acerca de cuáles son las consecuencias agotadas o ya consolidadas, a las que se le aplicala ley derogada, respecto de las cuales cabe poner freno a la aplicación retroactiva de la nueva ley por poner en cuestión garantías constitucionales, y cuáles son consecuencias futuras a las cuales corresponde aplicar las nuevas reglas. Por ejemplo, en materia de alimentos fijados por una sentencia anterior a agosto de 2015, a favor del cónyuge inocente de la separación o divorcio, una postura apoyada en prestigiosa doctrina, viene sosteniendo que los alimentos concedidos forman parte del derecho constitucional de propiedad, en tanto que otros fallos, con nota laudatoria de la mis-

Ilustración, Luis Yong

LA REFORMA. El nuevo Código cambió los paradigmas e introdujo cambios sustanciales.

mísima co-redactora del anteproyecto del CCCN, propician el cese de tales alimentos por aplicación del novel ordenamiento. - ¿Cómo impacta en Córdoba tener un Código Civil y Comercial de avanzada y Códigos procesales que no han sido reformados? -Pese a la gran cantidad de normas procesales incorporadas por el CCCN, han quedado anchos márgenes para las regulaciones de los ordenamientos procesales locales, que deben ser abordados a la mayor brevedad que sea posible, ya que la unidad del orden jurídico plantea la necesaria e imprescindible armonización y sintonía de los distintos, y a veces sobrepuestos, sistemas normativos. Esta necesidad se hace particularmente imperiosa, por ejemplo en materia de personas con capacidades restringidas. El CCCN establece reglas generales de observancia en toda decisión restrictiva de la capaci-

dad de ejercicio de los derechos de las personas, la determinación de quiénes deben ser protegidos, la legitimación para intervenir en el proceso, los poderes-deberes de los jueces en su gestión, el régimen de prueba y especialmente la exigencia del dictamen interdisciplinario y los principios generales en materia de decisiones cautelares. Empero, queda un gran número de cuestiones que deben asumir las regulaciones procesales locales, en torno a la adecuación judicial de las formas, la organización de la defensa del interesado, las atribuciones del juez, los requisitos de admisibilidad de la petición, el régimen de prueba del dictamen interdisciplinario, las medidas cautelares de urgencia, la revisión de la sentencia y su seguimiento periódico, el sistema de apoyo y su contralor, entre otras. Si bien el Tribunal Superior de Justicia local abordó por vía de acordadas algunas cuestio-

Seis aspectos claves de la reforma n Matrimonio. Ya no existen distinciones entre varón y mujer para definir quiénes pueden casarse. Además, los cónyuges pueden optar entre el régimen de comunidad de ganancias -y el régimen de separación de bienes, a través de acuerdos prenupciales. Se prevé una compensación económica en caso de que el divorcio vincular deje a uno de los cónyuges en un “desequilibrio económico manifiesto”. nDivorcio. La reforma simplificó los trámites .Es válido también con el único deseo de uno de los cónyuges, en cualquier momento de la relación matrimonial. La pareja puede hacer propuestas, contrapropuestas, y acordar sobre los efectos de la disolución. Desapareció el mínimo de tres años de matrimonio necesario para divorciarse, así como también la doble audiencia previa al fallo. nUniones convivenciales. Tienen un status legal. Los pactos que celebren los concubinos y su extinción se pueden inscribir en los Registros locales.

nReproducción humana asistida. Estas técnicas fueron eliminadas del artículo 19, referido al inicio de la existencia humana, que comienza sólo “desde la concepción”, pero estos métodos están contemplados en el capítulo relativo a las “reglas generales relativas a la filiación por técnicas de reproducción humana asistida”. El vínculo filial se establece por medio de la “voluntad procreacional” de quienes se someten voluntaria y conscientemente a estas nuevas técnicas. nAdopción. Además de simplificar este régimen, se priorizó el interés del niño por sobre el de los adultos comprometidos, incorporando el derecho a ser oído, a que su opinión sea tenida en cuenta “según la edad y el grado de madurez”, y también obliga requerir su consentimiento a partir de los diez años. nSociedades de un solo socio. Se creó la figura de “sociedad unipersonal”, de modo que quien proyecte una inversión asuma solo el riesgo por los bienes que invierte en ese proyecto.

nes, es imprescindible la reforma procesal que permita aquilatar un verdadero microsistema de tutela de las personas con discapacidad, que tiene su vértice en los preceptos constitucionales y convenciones internacionales sobre la materia, sus reglas generales en el código de fondo, sus regulación específica en la Ley de Salud mental y su última concreción en la regulación adjetiva local que debe adecuarse, sin mayores dilaciones, a aquellas normas de jerarquía superior. -¿Es distinto el impacto que ha tenido el código en el interior del país? - Indudablemente, la carencia de normas procesales adaptadas a las nuevas reglas introducidas por el CCCN ha impactado en todo el territorio de la provincia, desde que el nuevo paradigma ha elevado la vara de protección en concordancia con estándares internacionales, que es muy difícil operativizar en los casos concretos, sin contar con los medios técnicos necesarios para tan importante y delicada tarea. Por ejemplo, el nuevo modelo de justicia de acompañamiento en materia de personas con discapacidad establece la adecuación judicial de las formas, imponiendo al juez “la accesibilidad y los ajustes razonables del procedimientos” de acuerdo con la situación del interesado, como asimismo el respeto a la inmediación en todo el proceso. Indudablemente, en el interior de la provincia las dificultades pueden avizorarse con mayor crudeza, dados los menores recursos técnicos con que cuentan con relación a los tribunales capitalinos. A ello cabe sumar que en el interior de la provincia existen juzgados con competencia múltiple, que no sólo carecen de los recursos técnicos sino también de la especialización necesaria para enfrentar la requerida adecuación de las formas y acentuación de las garantía del debido proceso, con la finalidad de asegurar la adecuada tutela que exige el nuevo paradigma de salud mental n


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NUEVA CARRERA. Debutó este mes una cohorte piloto en la Facultad de Derecho de la UNC

Más de 500 aspirantes a convertirse en profesores en Ciencias Jurídicas leo luna

Además de las materias jurídicas y pedagógicas, la carrera incorporó contenidos mínimos vinculados con lengua extranjera, redacción de textos académicos y científicos, lenguajes y prácticas comunicativas e informática

Carolina Klepp cklepp@comercioyjusticia.info

Con título de alcance nacional, los egresados podrán ejercer la docencia en los niveles secundario y superior en materias de las áreas Ciencias Sociales, Humanidades y Gestión Empresarial EN MARCHA. Ya está tomando clases la primera camada de futuros profesores en ciencias jurídicas.

ran interés suscitó la nueva carrera de grado que puso en marcha este mes la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). Son 520 inscriptos los que acaban de comenzar las clases del Profesorado en Ciencias Jurídicas. Sus egresados podrán ejercer, en todo el país, la docencia en los secundarios y nivel superior del sistema educativo en asignaturas pertenecientes al área de las Ciencias Sociales, Humanidades y Gestión Empresarial. El título, de validez nacional, también los habilitará a planificar, conducir y evaluar los procesos de enseñanza y aprendizaje en el nivel medio y superior. “Este mes iniciamos una cohorte piloto con 520 inscriptos. Hay mucho interés y demanda en esta carrera y no hay mucha oferta en las universidades de la región”, explicó Graciela Ríos, secretaria Académica y docente de la facultad. De hecho, los lugares más cercanos donde se brinda esta carrera son la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

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Alcances Los egresados podrán ejercer la docencia en el nivel secundario y superior del sistema educativo en asignaturas pertenecientes al Área de las Ciencias Sociales y Humanidades. También podrán planificar, conducir y evaluar los procesos de enseñanza y aprendizaje en los niveles mencionados.

Actualmente, los profesores que ejercen en este campo en los colegios secundarios son aquellos con título de abogado que deben completar un trayecto pedagógico de certificación provincial para dictar clases en Córdoba solamente. “La nueva carrera fue aprobada por resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 2740/15. Dura cuatro años para quienes comienzan tras obtener un título secundario, y

dos años para quienes poseen título de abogado o tienen el tercer año de Abogacía aprobado. Éstos últimos obtendrán equivalencias por las asignaturas jurídicas y deberán cursar las asignaturas de la formación pedagógica y de práctica docente”, explicó Ríos. Los profesores que egresen de la UNC podrán dictar clases en las materias jurídicas, formación ética y formación ciudadana. También estarán habilitados para dictar historia y filosofía. Además, podrán asesorar a instituciones educativas en lo referente a la metodología de enseñanza de las ciencias jurídicas, sobre aspectos organizativos institucionales y en formación ética ciudadana conforme la legislación vigente. “La propuesta amplía el campo laboral de egresados y es un aporte al efectivo cumplimiento del derecho a la educación de calidad de adolescentes y jóvenes”, resaltó la secretaria académica.

A clases La prueba piloto, que comenzó el 10 de agosto,

contempla un alumnado conformado por abogados de entre 30 y 45 años (50%) y estudiantes avanzados de Abogacía (50%). A principios de 2017 iniciará una nueva cohorte que incluirá a los ingresantes con título secundario. El plan de estudio contempla un total de 2.910 horas, 65% de las materias son jurídicas y 35% son asignaturas pedagógicas y prácticas docentes que se realizarán en la propia facultad y en secundarios y terciarios no universitarios. El cursado de la carrera es presencial; los días y horarios de dictado son martes, miércoles y jueves de 16 a 20.30. Las materias de este primer cuatrimestre son Pedagogía, Didáctica General y Práctica Docente I. Los interesados pueden obtener más información en el Despacho de Alumnos de la Facultad (Obispo Trejo 242), de 10 a 12 y 16 a 18. Los requisitos de inscripción son ficha catastral impresa a generar desde el sitio web www.derecho.unc.edu.ar; DNI (original y copia), certificado analítico (original y copia), título de abogado para los egresados de la carrera de Abogacía de la UNC (original y copia) n

Dos nuevas tecnicaturas en camino: en investigación penal y en asistencia jurídica Ya están bajo evaluación del Ministerio de Educación de la Nación dos nuevas tecnicaturas que preparó la Facultad de Derecho de la UNC -una en investigación penal y, la otra, en asistencia jurídica. Ambas aspiran a cubrir uno de los requerimientos de muchos jóvenes: la de ser una carrera de corta duración de pregrado (tres años) y con una salida laboral concreta. Además, para quienes estudien paralelamente Abogacía, el hecho de alcanzar una titulación intermedia a los tres años de cursado significa anticipar el acceso al mundo del trabajo con mejores condiciones de posicionamiento. El Proyecto de Tecnicaturas Superiores que se encuentra implementando la unidad académica apunta a dar respuesta a demandas sociales, mejorar las posibilidades de inserción laboral de los estudiantes y egresados por medio de la formación y aprovechar los recursos de conocimiento y humanos ya existentes, generados para la carrera de Abogacía. Según adelantaron desde la Casa de Trejo, la tecnicatura en investigación penal ya cuenta con evaluación positiva desde la cartera de educación nacional y, probablemente, pueda comenzar a dictarse el año que viene.


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ENTREVISTA. Mauricio Paschetti, presidente de la

Ley de RepaRaciÓn HistÓRica

Los abogados cordobeses preparan acción judicial en reclamo por honorarios esde este jueves los jubilados de todos el país podrán concurrir a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para hacer su acuerdo de homologación, en el marco de la ley de Reparación Histórica que puso en marcha el Gobierno de Mauricio Macri con el objetivo de dar fin a los miles de litigios previsionales que hay en los tribunales del país. Mientras tanto, los abogados siguen haciendo gestiones para desactivar el decreto reglamentario N ° 894/16, que fijó en $500 los honorarios que podrán cobrar los letrados que acompañen a los jubilados en la realización del trámite. Por un lado, la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) espera reunirse con funcionarios nacionales. Ya se pidió audiencias con el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y con el ministro del Interior, Rogelio Frigerio. Si bien amenazan con acciones judiciales, el pasado jueves los miembros de la entidad que nuclea a los letrados del país volvieron a reunirse y postergaron la posibilidad de concurrir a Tribunales. El pronunciamiento se limitó a criticar la medida dispuesta por Macri que fijó los

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honorarios de los letrados “ en forma unilateral”. El monto fue calificado de “ indigno e irrazonable”. El pronunciamiento de FACA fue mal visto por sus pares cordobeses, quienes esperaban una reacción “más fuerte” y más acorde con las necesidades de sus colegas. En ese contexto, el presidente del Colegio de Abogados de Córdoba, Héctor Echegaray, confirmó a Comercio y Justicia que esta misma semana se presentará en los tribunales de Córdoba una acción colectiva para pedir la inconstitucionalidad del mencionado decreto. Originalmente, la intención de la entidad cordobesa era recurrir a la justicia por medio de FACA, pero ante la demora del organismo nacional, Echegaray aseguró que “ya no pueden seguir esperando” y “entre hoy y mañana” podrían hacer el planteo judicial. “Este decreto nos impone honorarios de hambre y degrada los derechos de los abogados”, remarcó Echegaray. Respecto de la postura asumida por FACA, dijo que le parece “ poca efectiva ” ya que “ no defiende los intereses de los letrados”. Es un comunicado “políticamente correcto”, concluyó.

La acción judicial La medida judicial que está siendo preparada por varios juristas del Colegio de Abogados - planteará que un decreto reglamentario no puede reformar lo estipulado por una ley -en este caso, la 17040; por otro, advertirá que el monto fijado por el decreto de $500 perfora los mínimos del piso de honorarios fijados por la normativa vigente. Finalmente, remarcará que el deudor (en este caso el Gobierno nacional) no puede ser el que fije los honorarios de los letrados n

Se debe avanzar hacia El letrado denuncia serias falencias en el Poder Judicial. Advierte que en el interior no hay equipos interdisciplinarios suficientes, tal como exige el nuevo Código Civil y Comercial. Las vacantes, la falta de peritos y la escasa infraestructura atentan contra el servicio de justicia, explicó.

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l 14 de abril de este año el abogado leonense Mauricio Paschetti asumió como presidente de la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia, que agrupa en la actualidad a 15 mil abogados; de los cuales unos 12 mil corresponde a la ciudad de Córdoba y sus alrededores. Su llegada a la presidencia de la federación fue consensuada por todo los colegios de la provincia. Con 47 años, Paschetti tiene una larga trayectoria representando a sus colegas. Fue titular del Colegio de Abogados de Marcos Juárez en el período 2013-2015 y, antes, vicepresidente de la misma entidad. Paralelamente fue autoridad de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, siendo primer vocal entre 2011 y 2013. Con motivo del Día del Abogado, Paschetti dialogó en exclusiva con Comercio y Justicia. Reflexionó sobre el rol de los profesionales del derecho, la situación del Poder Judicial, la mora en la tramitación de las causas y la necesidad de que el Poder Judicial reciba un presupuesto más acorde a las necesidades de este Poder del Estado. - Usted representa a todos los abogados de la provincia de Córdoba y, por lo tanto, tiene contacto con la realidad de todo el territorio cordobés. ¿Cómo es la tarea de los abogados en el interior? -Dadas las particularidades de las pequeñas ciudades o localidades del interior de la Provincia, los abogados que litigamos fuera de la capital debemos especializarnos no sólo en una rama del derecho sino que debemos estar preparados y actualizados para dar respuesta a todos los casos, sea el fuero del que se trate. Tiempo atrás resultaba dificultoso actualizarse por la distancia que separaba de los centros académicos o de información a los abogados pero desde hace más de una década, ese inconveniente ha desaparecido gracias a las nuevas herramientas disponibles que permiten tomar cursos online, por ejemplo. Además, los propios colegios de Abogados han comenzado a organizar cursos, jornadas, conferencias o diplomaturas en sus sedes con disertantes de todo el país, lo que permite también que la capacitación esté al alcance de todos los profesionales, aun cuando no residan en la ciudad de Córdoba. Por todo esto, hoy contamos con abogados que viven en el interior debidamente preparados para el ejercicio de la abogacía. El problema, quizás más importante radica en los inconvenientes que deben sortear los letrados en el ejercicio de sus funciones: costos de traslado de una ciudad a otra para poder litigar, falencias

del servicio de justicia que no les permiten dar a sus clientes la pretendida respuesta eficaz y oportuna. La demora en la tramitación de las causas es una realidad cotidiana para los abogados que vivimos en el interior. - En este sentido y según su perspectiva ¿cuáles son las principales falencias que deben enfrentar los letrados en el interior ? - Son muchas. No se cubren las vacantes de funcionarios, magistrados y empleados. Los juzgados existentes no son suficientes, urge crear nuevos juzgados de primera instancia. Existe una falta de dotación del personal necesario en las oficinas de Oficiales de Justicia y Notificadores; en la actualidad hasta que se logra un “turno” para un procedimiento se llega tarde con los mandamientos de embargo o secuestro. Tampoco tenemos Gabinetes Técnicos Multidisciplinarios como exige el nuevo Código Civil y Comercial. Las listas de Peritos Oficiales son alarmantes, hay sedes que no tienen peritos en varias disciplinas o en algunas sólo tienen uno. En esas condiciones, diligenciar una prueba pericial hace demorar el procedimiento varios meses y, a veces, años. La situación de las vacantes es muy grave. Hay juzgados que han estado hasta dos años sin juez, Cámaras de Apelaciones por un año y medio con un solo vocal, Asesorías Letradas, Secretarías de Cámara, de Juzgados de Primera Instancia, por el mismo tiempo. Esta cuestión es la primer causa que atenta contra la eficacia y la normal duración de los trámites judiciales. En mi discurso de asunción remarqué este tema y, a los pocos días, el Consejo de la Magistratura de Córdoba abrió concursos para 11 tipos de cargos en toda la provincia, que hoy están en pleno proceso. Se agradece la pronta respuesta, pero debe corregirse el sistema de selección de magistrados para que las vacancias duren el menor tiempo posible. Además, no hay que perder de vista que deben crearse los juzgados que resulten necesarios para atender la mayor conflictividad surgida del natural crecimiento poblacional y de las crecientes cuestiones judiciables propias de las relaciones interpersonales de los tiempos que corren. Teniendo en cuenta esto, el Poder Judicial debe avanzar hacia el logro de la asignación de la partida presupuestaria que necesita para poner en pleno funcionamiento los juzgados actuales y crear los que fueren necesarios, tener edificios, mobiliario, medios técnicos y tecnológicos adecuados a la “elevada función” que debe cumplir. Las herramientas legislativas existen, también los buenos jueces, funcionarios y em-


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Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba (Fecacor)

la asignación de más presupuesto LEO LUNA

NUEVO PRESDENTE. Mauricio Paschetti asumió hace cuatro meses como titular de la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia.

pleados, hay abogados preparados, sólo hace falta que haya mayor presupuesto para poder llevar a la práctica la ley vigente y ponernos a trabajar. Hace falta que se aumente el actual 5,7% del Presupuesto Provincial. El más importante de los tres poderes de nuestro Estado re-

publicano así lo requiere. Con presupuesto y con un gran sentido de pertenencia al Poder Judicial y al Servicio de Justicia, y con compromiso, se puede lograr el objetivo que constituye un Estado de derecho pleno y ciudadanos que sientan confianza en

la justicia y ésta pueda decir que está brindando tutela judicial efectiva. - Hubo una polémica respecto de los honorarios que reguló la Anses para el trámite que harán los abogados a los jubilados ¿qué opina al respecto?

- Los honorarios que pretende imponer la Anses es un tema que no quedará sólo en la polémica sino que seguirá al punto de que habrá reclamos concretos a nivel judicial no sólo de los abogados previsionalistas en particular sino de los colegios y federaciones de Abogados vía amparos o acciones declarativas de certeza según el caso. Y es lógico que así sea: no puede un decreto del Poder Ejecutivo establecer cuánto debe cobrar un profesional por su trabajo porque ello se determina por ley arancelaria o por pacto con el cliente según los casos. Ahora, $500 por una tarea profesional resulta un monto que atenta contra la dignidad de la profesión y ello no requiere de mucha prueba para ser entendido. En lo estrictamente jurídico es ilegal e inconstitucional. Es más, también queda fulminado con la letra del artículo 1255 del Código Civil y Comercial. Por otro costado, debe agregarse que este reconocimiento del error y consecuente “reparación histórica” es el resultado de años de colegas que cuestionaron e impugnaron las erróneas determinaciones de la Anses en contra de los beneficiarios. De no haber habido abogados en los trámites, la Anses se quedaba, sin más, con parte del dinero de la gente n

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Cédula digital Mail de cortesía - Boleta Única de Aportes - Firma digital - Consulta de saldos "online" - Cuentas a la vista para uso judicial - Orden de pago electrónica - Expediente digital s

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PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

FELIZ DÍA DEL ABOGADO Comercio y Justicia y Semanario Jurídico saludan a los profesionales del Derecho que con honestidad y compromiso hacen de la profesión una tarea que contribuye al fortalecimiento del Estado de Derecho, la Justicia Social y la dignidad de la personas Córdoba, 29 de agosto de 2016


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ENTREVISTA. Héctor Echegaray, presidente del

“El abogado es el verdadero arquitecto de la paz social” Jornada de reflexión. El Colegio de Abogados prepara la segunda charla - debate

Sigue el debate por la reforma en la Justicia nce colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba continuarán debatiendo el próximo 15 de setiembre sobre los cambios que requiere el Poder Judicial de Córdoba para brindar un servicio de justicia que sea eficiente y responda a las necesidades de los ciudadanos. Se trata de la segunda jornada de reflexión que se realizará en el auditorio del Colegio de Abogados de Córdoba y contará con disertantes que permitirán continuar el debate que se abrió el pasado 19 de agosto. En el primer encuentro, los abogados reflexionaron sobre la necesidad de aumentar el presupuesto judicial antes de pensar en reformas procesales que luego no puedan aplicarse por falta de una infraestructura adecuada o por recursos humanos insuficientes. Los letrados fueron muy críticos sobre la situación que atraviesa hoy el Poder Judicial en Córdoba: la mora judicial, los problemas edilicios, la falta de informatización, son algunos de los problemas detectados. El abogado Horacio Jorge Gentile, quien abrió el debate, fue más allá en el diagnóstico y advirtió sobre la necesidad de que la Corte Suprema de Justicia (CSJN) se convierta en un Tribunal Consti-

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tucional y deje de resolver miles de expedientes al año. En el mismo sentido, se refirió al sostener que el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) debe dejar de ser un Tribunal de Casación. Ejemplificó lo que ocurre en la Sala Laboral del Alto Cuerpo, donde dijo - el alto número de casaciones- hacen demorar años las resoluciones de litigios que por su naturaleza requieren de una justicia ágil. La posibilidad de introducir la oralidad en los procesos judiciales fue rechazada por los abogados quienes dudaron de su eficacia en la actual estructura del Poder Judicial . El presidente del Colegio de Abogados de Córdoba, Héctor Echegaray, se preguntó cómo haría un juez para tomar audiencias orales con la cantidad de expedientes que recibe a diario. Y recordó que el fuero laboral tiene ya incluida la oralidad y es uno de los más retrasados. Sobre la digitalización y la necesidad de informatizar al Poder Judicial, los letrados fueron cautos. Dijeron que si bien es necesario, hay que tener cuidado para brindar seguridad al justiciable. La intención de los abogados es que las jornadas sirvan para sacar conclusiones que luego sean remitidas al Poder Ejecutivo n

El carlospacense evaluó el rol social de los letrados y negó que sean quienes generan la denominada industria del juicio. Achacó al Estado no cumplir con sus obligaciones y ser los profesionales del derecho quienes defienden a los ciudadanos. Sobre el nuevo Código Civil y Comercial consideró que es de “avanzada” para una justicia que “no se adaptó a los nuevos tiempos” éctor Echegaray preside desde setiembre del año pasado el Colegio de Abogados de Córdoba. Fue elegido en una votación que fue récord por la participación de letrados. En su campaña se propuso sostener e intensificar lo actuado por la conducción de su par Alejandro Tejerina y avanzó sobre la creación de una Comisión de Defensa de la Remuneración del Abogado. Pretende impulsar la reformas de los Códigos Procesales de la Provincia y trabaja desde la entidad para brindar una oferta de capacitación más amplia para los abogados. Con motivo del Día del Abogado, Comercio y Justicia dialogó con el letrado que nos recibió en su oficina ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio de Abogados. - ¿Ha cambiado el ejercicio de la actividad de la abogacía en los últimos años? -El rol del abogado es muy importante, es el verdadero arquitecto de la paz social, estamos viviendo en una sociedad con una profunda crisis. Nuestra economía hoy está en crisis y cuando la economía atraviesa un momento así hay pérdida de puestos de trabajo o incumplimientos de los contratos laborales. Entonces, se generan incumplimientos que conllevan litigios y que requieren de la participación del abogado. - Muchos los acusan a los abogados de ser los generadores de la industria del juicio. ¿Cree que es así? -No, los abogados somos víctimas de una campaña sucia de ciertos sectores de la sociedad que tienen un fuerte poder de lobbie . Estas aseveraciones no tienen ni el más mínimo correlato. La mal denominada industria del juicio - ge-

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nerada por ejemplo por causas de Anses o de Riesgos del Trabajo - responden a necesidades sociales originadas por incumplimientos que provocó el Estado. Cuando un abogado a asistido a los jubilados contra el Anses o el Estado Nacional, ha sido porque el Estado nacional durante más de 20 años liquidó mal los haberes y los confiscó , cuando se litiga por infortunios laborales es porque las aseguradoras de Riesgos del Trabajo cobran una alta cápita, una alta prima por los seguros y no cumplen con las tareas de prevención o de indemnización una vez comprobada la incapacidad. Todas estas distorsiones han hecho que los abogados sean víctimas de campañas que nosotros estamos trabajando para erradicar. - ¿ Qué opinión la merece la denominada judicialización de la política, que análisis hace de esta actitud proactiva que ha asumido la Justicia? - Evidentemente si las decisiones políticas distorsionan las condiciones de vida de los ciudadanos - como han sido el tema de las tarifas bienvenida sea la actividad de la justicia. Nosotros tenemos un plexo constitucional compuesto por tratados internacionales que son operativos en la República. No podemos estar mirando con disvalor la intervención judicial en cuestiones políticas porque toda decisión política es revisable cuando afecta estándares de vida, derechos individuales y derechos colectivos. Además no nos olvidemos que ahora tenemos un Código Civil y Comercial que ha incorporado las mandas constitucionales, que ha incorporado los derechos de incidencia colectiva y aquél Código liberal con el que nos manejábamos se ha dejado atrás. Entonces, está bien que la Justi-


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Colegio de Abogados de Córdoba

Evaluación. La reforma del Código choca con un servicio de justicia sin presupuesto, explicó Echegaray.

cia intervenga y una vez más en estos temas rescato el rol del abogado como defensor de los derechos de los ciudadanos. - El Código Civil y Comercial cumplió un año. ¿Qué balance puede hacer?

- Por un lado hay una fuerte demanda de la sociedad por sus derechos y, por el otro lado, es un Código cuya doctrina y jurisprudencia se está conformando. Nosotros hemos empezado con el debate. Advertimos

que todavía la comunidad jurídica se está adaptando, hay incluso discusiones interesantes que se están generando , por lo tanto, tenemos todavía una riqueza por descubrir y vamos en ese camino. De cualquier manera entendemos que hacía falta la reforma del Código, sin dudas, seguramente va a seguir dando que hablar si es esta la reforma que hacía falta o era otra. - ¿Cuáles han sido a su criterio los principales problemas que debió enfrentar el nuevo Código? - Creo que esta reforma choca con un servicio de justicia sin presupuesto y sin medios técnicos - en muchos casos- adecuados.

El otro día con una jurista hablábamos de esto: en el interior del interior, seguimos contando con un servicio de justicia que no tiene lo recursos que tiene a nivel nacional. Tenemos un Código de avanzada para un poder judicial que todavía no se adaptó a los nuevos tiempos. - ¿Y a los abogados les costó adaptarse? - Sí, por supuesto. Además siempre estuvo dando vuelta la idea de que el Código se iba a suspender, que no iba a entrar en vigencia . Para resolver este tema lo que hizo el Colegio es brindar capacitación. En nuestra entidad hay quienes entendían que la capacitación era un tema de las universidades. Nuestro directorio modificó esa idea y encaró una serie de capacitaciones. Creamos un área académica, armamos diplomaturas, contratamos personal especializado y queremos que nuestros auditorios y salas de eventos estén para capacitar a nuestros abogados. La capacitación era una deuda pendiente y eso hoy se está revirtiendo n


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La intervención de los peritos en los procesos judiciales debe trascender el fuero Penal.

Abogados y jueces requieren cada vez más un trabajo interdisciplinario leo luna

La psicóloga Andrea Queruz Chemes advierte que los letrados deberían tener mayor disposición a trabajar con otras profesiones que se complementan, sobre todo, en la etapa probatoria

Conciliar derecho y psicología

“E

n la etapa probatoria, el abogado debería entrenarse para tener otra apertura y estar dispuesto a la interdisciplina”. Así lo considera Andrea Queruz Chemes, psicóloga judicial y codirectora del posgrado Psicología Judicial aplicada a la actividad procesal de la Facultad de Derecho (UNC). La psicología judicial ha tomado mayor relevancia de carácter probatorio dentro de los juicios, por lo cual se hace necesario que esta disciplina se complemente con el rol del abogado litigante. “En cada reclamación de daño, ya sea civil- por accidente de tránsito-, del fuero laboral -en causas de discriminación- o a raíz de un delito, junto con el reclamo patrimonial se reclama el daño moral. Si bien este último es materia del juez, el magistrado es un lego en entender cómo afectó a una persona, en su conducta y personalidad, determinado suceso vivenciado. Entonces, ante esta carencia, es menester que el perito psicólogo pueda aportar desde su ciencia esta contextualización de los cambios sufridos con el debido fundamento y de una manera objeti-

QUERUZ CHEMES.

va”, explicó Queruz Chemes. “¿Qué es lo que ocurre hoy en los juicios? continua la psicóloga-. Conforme se reclama el daño moral, en la etapa probatoria se solicitan las periciales psicológicas. En éstas uno suele ver que existe inconsistencia entre la demanda y lo solicitado, que casualmente es aquello que se busca probar y que debe ser formulado conforme a la ciencia psicológica, pero también buscando los elementos que le van a servir al juez para su resolución final. En la etapa de la intervención del perito tenemos distintas dificultades; una de ellas es la falta de la apor-

advierte que las pericias no son vinculantes, aunAndrea Queruz Chemes afirma que que en los casos penales “no hay un impulso desde el ámbipueden ser el atenuante to de la justicia para mejorar la cao el agravante de una lidad de los proceso. Las testimocausa. La deuda penniales no se analizan, los criterios diente es la de abrir el esde análisis de testimonios existen pectro de intervención en pero no se utilizan. Las pericias silos distintos fueros más guen siendo bastantes subjetivas. allá del penal. No se innova con otros procediSobre este punto, mientos complementarios que ejemplificó con figuras puedan contribuir a la eficacia, a que son compartidas por poder reducir el tiempo y calidad el Derecho y la Psicología de una pericia. Entonces, a la hora Jurídica y que tienen code la sentencia en una causa, el mo común denominador juez cuenta con su pensamiento lóla necesidad de probar y gico deductivo, con las pericias de resarcir un daño. “En la los peritos oficiales, de control, a práctica profesional del veces con mucha ambigüedad, sin abogado resultan frelos suficientes elementos como pacuentes problemáticas tara poder dictaminar con prudencia les como accidentes de y convicción”. tránsito, accidentes de trabajo, diversas formas de discriminación laboral; también lo son tación necesaria del abogado, fundamental- aquellas concernientes al fuero de Familia, mente porque su formación es dogmática, en- tales como tenencia, régimen de visita, así tiende sobre conducta pero es mucho más ce- como en el fuero de menores la violencia farrada y más dura. Es aquí donde los letrados miliar o el incumplimiento de las obligaciodeberían abrirse a la interdisciplina”. nes parentales, entre otras figuras jurídicas Para Queruz Chemes, debería revisarse lo que hacen al objeto del agravio”, concluyó. que implica el concepto jurídico-psicológico Finalmente, subrayó que el entrenamien“daño”. “El daño no se circunscribe única- to del abogado -independientemente de mente a lo psicopatológico. Hay un sinnú- que litigue o no- debe incluir disposición a mero de conductas en que se ve afectada abrirse al trabajo interdisciplinario. No hay una persona”, aclara. que olvidar que tanto derecho como la psiReconoce que en Córdoba avanzó la psi- cología trabajan con conducta n cología judicial de carácter probatorio, pero


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OTRA MIRADA. Los niños y adolescentes son sujetos activos de derecho y tienen intereses personales

El abogado del niño sigue siendo una figura sin incorporar en Córdoba En junio, el legislador Martín Fresneda presentó un proyecto de ley en la Legislatura Unicameral que aún no comenzó a debatirse en comisión. Aunque la normativa internacional y nacional prevé la incorporación de estos letrados, pocas provincias ya lo utilizan a figura del Abogado del Niño sigue haciéndose esperar en la provincia de Córdoba. Ello, pese a que la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la ley nacional de Protección Integral de los Derechos del Niño y la ley provincial 9944 establecen como garantías el hecho de que los niños y adolescentes puedan comparecer acompañados de un abogado especializado en materia de infancia. En junio pasado, el legislador Martín Fresneda presentó un proyecto de ley en la Legislatura Unicameral cordobesa que todavía no comenzó a debatirse en comisión.

Abogados de la Provincia de Córdoba. En cuanto a los honorarios, se estipula que deberá pagarlos el Estado provincial, tal como ocurre en el caso de los asesores letrados.

PROTECCIÓN. La intervención del abogado del niño busca proteger sus intereses personales.

Nuevo paradigma

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La intención de que esta figura sea aprobada por ley permitirá zanjar algunos interrogantes que surgen cuando, por ejemplo, se habla de quién se hará cargo de los honorarios de los letrados que representan a los niños y adolescentes o cuáles son los requisitos debieran cumplir estos profesionales. El proyecto de Fresneda va en el mismo senti-

do de lo que ocurre hoy en la ciudad de Buenos Aires. Establece que el tribunal deberá hacerle conocer al niño o adolescente la posibilidad de designar a su propio abogado, incluso en causas tales como el divorcio de sus padres. También se prevé que los abogados deberán figurar en un registro de letrados especializados en infancia, que elaborará el Colegio de

La normativa argentina incorporó la intervención del abogado del niño, dejando atrás el antiguo paradigma proteccional en el cual la defensa técnica de los niños, niñas y adolescentes quedaba resguardada sólo con la actuación del defensor público. Tanto la Convención de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (artículo 12) como la ley 26061 (artículo 27, inciso c) hacen referencia a la asistencia letrada del “abogado del niño”. Esta figura surge de la concepción del niño como sujeto activo de derecho y su intervención es a los fines de proteger los intereses personales e individuales de él. En materia de representación en juicio, el articulo 677 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCN) establece que los progenitores pueden estar en juicio por sus hijos como actores o demandados y que los menores adolescentes (de entre 13 y 18 años) cuentan con suficiente autonomía para intervenir en un proceso conjuntamente con los progenitores o de manera autónoma con asistencia letrada n


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Día del Abogado


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