El Diario del Cusco 190313

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el diario del cusco, martes 19 de marzo de 2013

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Sigue racha de mala suerte en Challabamba

En cita de Lima

Maquinaria se desbarrancó y dejó herido a su conductor

Ministros del Unasur

Aún no hallan a trabajadores de cargador que cayó al rio Mapacho

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Estado en que quedó la maquinaria que se desbarrancó.

ientras continúan las labores de búsqueda de los operarios de la maquinaria pesada de la municipalidad distrital de Challabamba que cayó al río Mapacho el pasado viernes, tal como informó nuestro medio de prensa (ver edición del sábado 16 de marzo del 2013), ayer se registró un nuevo accidente en la misma jurisdicción cuando una mezcladora de concreto CARMIX, se salió de la carretera aparentemente por problemas mecánicos.

El accidente se registró en el sector conocido como Cruzmocco de la comunidad campesina de Sunchubamba, la maquinaria en referencia es de propiedad de la empresa Buenos Aires encargada de los trabajos de intervención en la carretera Paucartambo - Kosñipata. El conductor de la unidad identificado como Julio Huamán Percca de 20 años resultó herido con lesiones leves, felizmente logró saltar de la maquinaria antes que esta caiga al barranco.

Con gran satisfacción

Se inauguró local para archivo descentralizado en MBJ Santiago

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l Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, inauguró el pasado viernes, un ambiente destinado para el archivo descentralizado de la Corte, en el Módulo Básico de Justicia de Santiago, con presencia del Jefe de ODECMA-Cusco, magistrados y personal administrativo. "Los tiempos han cambiado, ahora vivimos en la era tecnológica, aun así, todavía tenemos archivos en papeles, como el que vamos a guardar en el ambiente que se inaugura. De seguro que muy pronto no tendremos papeles para archivar, sino que guardaremos los recuerdos y ar-

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chivos de nuestro trabajo en CDs", expresó el Dr. Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz. Al momento de inaugurar el ambiente destinado para el archivo descentralizado, dijo "felicito a los magistrados y personal que labora en el MBJ por imponer la Justicia Social en Santiago, a través de las resoluciones, haciéndose merecedores del aprecio de los cusqueños, especialmente del populoso distrito de Santiago". Durante su alocución, destacó que el ex-Presidente, de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. Luis Alfonso Sarmiento Núñez, tuvo la buena ini-

ciativa para lo que hoy es el nuevo local de archivos en Santiago". Por su parte el Dr. Pedro Álvarez Dueñas, Jefe de ODECMA, enfatizó "estamos en tiempos de la comunicación, información estandarizada y la informática. Quizás sea uno de los últimos módulos que se están inaugurando para guardar archivos en papeles; con el expediente informático o electrónico, es seguro que también habrá archivo electrónico". Fue enfático al afirmar "es satisfactorio y digno que el Dr. Víctor Ladrón de Guevara, valore el trabajo del ex Presidente de la

Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. Luis Alfonso Sarmiento Núñez". Finalmente re-

firió "creo que unidos podemos hacer muchas cosas en beneficio de los justiciables".

La ciudad de Lima será sede en mayo de la primera reunión de ministros de Educación de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), con el propósito de concertar políticas educativas a nivel de la región, anunció el viceministro de Gestión Institucional del portafolio de Educación, Fernando Bolaños. Bolaños dijo que esta cita -a desarrollarse el 29 y 30 de mayorepresenta una gran oportunidad para los países de Unasur, que en conjunto concentran una población superior a los 390 millones de personas. "Justamente, pensamos que la educación es el vehículo que nos ayudará a potenciar esta gran riqueza que posee nuestra región", manifestó. Sostuvo que Perú busca liderar iniciativas con base en temas previamente identificados, como fortalezas para trabajar en la elaboración de políticas que sean de interés para el país. Precisó que Perú llevará a la citada reunión la propuesta de trabajar en todo el continente a favor de la educación intercultural que destierre cualquier tipo de discriminación contra la población estudiantil amazónica o andina. Bolaños participó en la Reunión de Altos Delegados y Equipos Técnicos del Consejo Suramericano de Educación de Unasur, que busca arribar a una serie de acuerdos que serán llevados a la cita de ministros de Educación de este bloque. Este año, Perú tiene la presidencia pro témpore de Unasur y del Consejo Suramericano de Educación (CSE), lo cual representa una gran oportunidad para que el país proponga temas de interés nacional. Unasur está integrado por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela.



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Población expresa agradecimiento y reconocimiento a buena gestión

Alcalde de Chinchero Juan Carlos Gómez entregó importantes obras de desarrollo Nueva infraestructura de colegio Inca Tupac Yupanqui tuvo inversión de 1 millón 644 mil nuevos soles.

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través de una decisión política de apostar por la educación que contribuya al desarrollo de la sociedad y en beneficio de los estudiantes del distrito de chinchero, el Alcalde Juan Carlos Gómez Llamo, entregó a la población la construcción de una moderna infraestructura de la institución educativa Inca Túpac Yupanqui, en medio de la alegría de los estudiantes y agradecimiento de los padres de familia y profesores del plantel educativo. La infraestructura comprende la construcción de cinco aulas, dos laboratorios, servicios higiénicos diferenciados, sala de cómputo totalmente implementado y una biblioteca, además de los salones. Destinados para la parte administrativa que comprende: La Dirección, Secretaria, Sala de Juntas y Servicios Higiénicos, con un costo de un millón 644,562 mil nuevos soles. El Joven Alcalde, Juan

Servicios de Agua, gracias a un convenio celebrado entre la Municipalidad del distrito y la empresa.

Alcalde Juan Carlos Gómez desarrolla una gestión municipal que tiene amplio respaldo de la población.

Carlos Gómez, enfatizo el cariño que siente por los estudiantes varones y mujeres de Chinchero, por esta razón se está priorizando la construcción de infraestructuras educativas con su correspondiente equipamiento a fin de dotarles un espacio moderno en la que recibirán el dictado de sus asignaturas, y recomendó cui-

darlos para que sirva a muchas generaciones. A su vez el director del plantel, Profesor Jacinto Alanya, a nombre de toda la familia de la institución educativa, agradeció al Alcalde por la entrega de tan importante obra, de donde egresaran Chincherinos triunfadores y nuevos profesionales.

Importante infraestructura demandó una inversión de un millón 644 mil nuevos soles.

Además de infraestructura se dotó de módulos completos de informática a la institución educativa Inca Tupac Yupanqui. CMYK

DISTRIBUCIÓN DE MOCHILAS, SOMBREROS Y UTILES ESCOLARES. Como un acto de proyección y apoyo a las economías de las familias de Chinchero, la Municipalidad con su joven Alcalde, ha determinado la distribución de más de dos mil mochilas con útiles escolares, que permitirá atenuar la carga económica

en el inicio de la etapa escolar, asi como la entrega de sombreros a fin de proteger el rostro de los menores de los nocivos rayos ultravioleta del sol que se muestran más agresivos últimamente. El paquete escolar que contiene cuadernos, lapiceros, reglas, borradores y otros útiles, lo concede la Empresa Prestadora de

INAUGURACIÓN Y ENTREGA DE MODUL O S D E S E RV I C I O S HIGIENICOS EN COMUNIDADES CAMPESINAS. El juvenil Alcalde, ha determinado que la salud es la parte fundamental e importante para la población por tal razón ha determinado la construcción en la totalidad de comunidades campesinas la construcción de módulos de servicios higiénicos, el mismo comprende la taza, inodoro, ducha, energía eléctrica y el piso de loza. A esto se suma una pileta donde las familias se mantienen higiénicas y limpias. Tal obra, ha sido considerada por la población como la más importante debido a que la limpieza permite vivir sanos y una población sana puede lograr con rapidez su progreso.

Escolares también recibieron mochilas con útiles escolares así como sombreros para protección de los rayos solares.

También fueron entregados servicios completos de saneamiento básico para la población.


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Opinión Nuestro Boleto Turístico

Exageraciones para generar división

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uántas veces hemos visto y de hecho seguiremos viendo cómo es que envenenan la mente y alma de nuestras autoridades con elementos poco sustentables y hasta demagógicos, pues bien, varias veces, muchas veces y como es casi una costumbre, seguiremos viendo tales comportamientos inadecuados por parte de gente que rodea, en este caso, a la autoridad edil del Cusco. Y es que las versiones emitidas desde la sede municipal del Cusco, sólo demuestran una condición, mala asesoría en todo el sentido de la palabra, señores, el caso del Boleto Turístico y lo que se ha emitido a través del Decreto Supremo 004-2013 – MINCETUR, no busca la desaparición, de nuestro boleto turístico ni mucho menos hacerse cargo completamente de los ingresos o egresos que se tiene por este concepto en nuestro departamento. Es más, el Decreto Supremo que refrenda el mismo Presidente de la República Ollanta Humala Tasso, es tan ambiguo, muy gaseoso y casi como repetitivo en referencia a lo que se tiene, que da mucha lástima que se gaste papal y fuerzas en hechos que se tienen consentidos y ejecutoriados desde hace mucho tiempo, es así que en ninguna de las partes de los considerandos, manifiesta, indica o al menos hace consentir ni por asomo, el hecho de que se desaparecerá el Boleto Turístico, menos se indica que se trate directamente de nuestra institución que distribuye, genera y administra dichos montos vaya a desaparecer. Incluso en la parte que se decreta, se indica: “Precisión de competencia del Ministerio de Cultura precísese que es la entidad competente en materia del Boleto Turístico en lo que corresponde a edición, distribución, venta, supervisión y administración de los fondos obtenidos con las ventas, de acuerdo a lo dispuesto en la ley Nro. 28719”, como vemos y leemos es muy genérico y amplio, no es específico y por ende no es materia de discusión alguna sobre lo que se alarmó innecesariamente ayer sobre el tema específico, el Boleto Turístico del Cusco.

La misma ley del Boleto Turístico, especifica en su Capítulo IV todo sobre el Boleto Turístico del Cusco, de manera específica e individual, incluso ahí se estipula que la administración y distribución se otorga a la Municipalidad del Cusco a través del Comité de Servicios Integrados Turísticos Culturales – COSITUC, incluye en este caso específico que son las distribuciones porcentuales que se les asigna a cada institución integrante de dicho Comité. Entonces, como vemos y comprendemos de forma muy simple y sencilla, aquí no hay nada extraño ni nada manoseado, solo lo han visto los asesores del alcalde del Cusco, en la búsqueda de mantener el caos y la división de las autoridades, ya que se trata de encontrar “fantasmas” donde no hay, debemos increpar el alto nivel de desorientación que nuestra autoridad edil ha dejado hacerse llevar, porque fue innecesario remover versiones no sustentadas y menos confirmadas desde el Ejecutivo Nacional, aquí no se está buscando que sigan los enfrentamientos, aquí queremos que malos asesores y gente que sólo busca envenenar a la colectividad a través de operadores mediáticos, no se sustenten y menos se concreten. No se ha perdido nada, menos se ha derogado algún elemento de la Ley del Boleto Turístico del Cusco, que tiene consentimiento propio y condiciones individuales, porque justamente fue y nació en el Cusco el concepto de Boleto Turístico, justo cuando en el resto del país ni se pensaba en el crecimiento turístico y potencial económico que generaría, o alguien que nos diga si en abril del 2006, había tantos ingresos por este concepto y peor aún, que se piense en este ingreso como uno de los más importantes, la verdad es que no era así y sólo Cusco apuntó a corregir mucho de ello. Hoy sabremos más de estos alcances que son puramente de forma, pero que de fondo solo lo han visto malos y hasta pésimos asesores de la entidad municipal, que buscan que la división de nuestras autoridades permanezca. Señores, las obras quedan, los hombres pasan y muchas veces muy rápido.

PRESIDENTE EJECUTIVO Washington Alosilla Portillo Dirección: Villa El Periodista D-1 DIRECTOR Y Telf. 229898 - Fax 229822 GERENTE Oficinas: José Fernández Núñez Centro Comercial Ollanta SUB DIRECTOR Av. El Sol 346 Telf. 240792 Marco Antonio Casas Santillana HECHO EL DEPOSITO LEGAL EN LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Nº 2008-13250

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Mi punto de vista sobre la prolongación de prisión preventiva Yuri Pereira Alagón (*)

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eza el poema de Antonio Machado caminante, no hay camino se hace camino al andar, así en nuestro desempeño jurisdiccional hemos transitado circunstancialmente- por Salas Superiores de especialidad penal y, muy a pesar de ello, ese reto lo hemos afrontado con la espiritualidad y contemplación necesaria, diría yo con mucha mística, empero siempre desde la perspectiva constitucional, teniendo en cuenta que en un proceso penal se halla en ciernes la libertad de una persona ante la comisión de un delito, más aun si esta puede ser limitada desde el inicio de la investigación. La detención judicial, conforme señala el Tribunal Constitucional constituye una medida provisional que como última ratio limita la libertad física, pero no por ello es, per se, inconstitucional, en tanto no comporta una medida punitiva ni afecta la presunción de inocencia que asiste a todo procesado, pues la prisión preventiva es una medida provisional por la que puede optar un juez para asegurar la presencia del inculpado en el proceso y el éxito del proceso penal, en la medida en que legalmente se encuentra justificada cuando existen motivos razonables y proporcionales para su dictado. Ello revela que la situación jurídica del encausado se supedita a asegurar el éxito y prevenir el riesgo del mismo en el proceso penal, sea porque existe la certeza o la presunción fundada y razonable de que se pretende obstruir la actividad probatoria, sea por que se tienen los mismos elementos para temer la evasión del procesado. El Nuevo Código Procesal Penal, regula en su artículo 272 la duración de la prisión preventiva, señalando que esta no durará más de nueve meses (numeral 1) y, tratándose de procesos complejos, el plazo límite de la prisión preventiva no durará más de dieciocho meses (numeral 2), no obstante la misma norma procesal en su artículo 274 ha regulado la figura de la prolongación de la prisión preventiva, que como lo ha puesto en relieve el Tribunal Constitucional es un instituto procesal distinto, que autoriza que "[c]uando concurran circunstancias que importen una especial dificultad o prolongación de la investigación, y que el imputado pudiera sustraerse a la acción de la justicia, la prisión preventiva podrá prolongarse por un plazo no mayor al fijado en el numeral 2 del artículo 272". Lo anterior nos hace deducir, que si se ha dispuesto un plazo de prisión preventiva de nueve meses, la misma podrá prorrogarse hasta un plazo de dieciocho meses y, tratándose de procesos complejos, podrá -a su vez- prorrogarse hasta un plazo de treinta y seis meses. Dicha interpretación se colige del contexto integral del Nuevo Código Procesal Penal, por cuanto, como autoriza el artículo 342 de esta norma "[t]ratándose de investigaciones complejas, el plazo de la Investigación Preparatoria es de ocho meses. La prórroga por igual plazo debe concederla el Juez de la Investigación Preparatoria", en este sentido un plazo máximo de dieciséis meses no tendría sentido si tratándose de casos complejos- interpretemos que el plazo máximo de la prisión preventiva sea únicamente de dieciocho meses, considerando que en un plazo de dos meses, deberían desarrollarse varias actuaciones procesales como el requerimiento de acusación, la audiencia de control de acusación y la audiencia de juzgamiento, lo que según nuestro punto de vista resulta irrazonable. Esta postura se colige asimismo de la posición asumida por el Tribunal Constitucional -y a cuyo criterio nos remitimos- en la que diferencia claramente los dos institutos procesales, 1) el de la prisión preventiva y, 2) el de la prolongación de prisión preventiva:

5.(…). Agrega la Sala Superior emplazada, a través de la resolución confirmatoria de fecha 2 de noviembre de 2010, que: "Debe distinguirse lo que es la duración de la prisión preventiva de lo que significa la prolongación (…) la prisión preventiva puede durar nueve meses en los procesos que no sean complejos (…), un proceso no complejo puede prolongarse hasta veintisiete meses y un proceso complejo treinta y seis meses", motivación que cumple con la exigencia constitucional de motivación de las resoluciones judiciales, adecuada a las condiciones legales de la materia, por cuanto de los fundamentos de las resoluciones cuya nulidad se pretende (fojas 79 y 89) se explican los motivos para desestimar la solicitud de inmediata libertad (libertad por exceso del plazo de la prisión preventiva) postulada por el actor. En efecto, en cuanto a la temática planteada en la demanda se debe advertir que la norma legal de la materia (el artículo 272º del Código Procesal Penal, aplicable al caso penal de autos) establece que: "1. La prisión preventiva no durará más de nueve meses; 2. Tratándose de procesos complejos, el plazo límite de la prisión preventiva no durará más de dieciocho meses". En este sentido la norma es clara en señalar -en el segundo supuesto de la duración de la prisión preventiva- que el plazo límite de duración de la prisión preventiva en los procesos complejos es de 18 meses; por lo tanto, estando a que el proceso es complejo corresponde el término de la duración de la prisión preventiva legalmente establecido (18 meses). Por consiguiente, la desestimación de la solicitud del actor por no haber vencido dicho plazo que se sustenta en las resoluciones cuestionadas es conforme a la norma legal y a la Constitución. Finalmente, este Colegiado debe desestimar la alegación de la demanda en el sentido de que "el proceso penal tuvo que haber sido declarado complejo desde un inicio, por lo que su prolongación resultaría arbitraria", pues la complejidad de un proceso penal puede determinarse a través de las investigaciones subsecuentes que se realicen respecto del caso penal, complejidad que debe ser dispuesta por el representante del Ministerio Público mediante una resolución suficientemente motivada -que en el caso de autos no es materia de cuestionamiento ni de pronunciamiento de este Tribunal-. Al respecto: a) en cuanto al caso penal sub materia se tiene un proceso complejo en el que el plazo de la duración de la prisión preventiva se encuentra establecido en 18 meses, contexto en el que resulta importuno el alegato de la supuesta aplicación de la prolongación de la prisión preventiva, que es un instituto procesal distinto que no guarda relación con el caso constitucional de autos; en ese sentido: b) resulta impertinente la motivación de la Resolución de fecha 15 de octubre de 2010, en cuanto argumenta que "la prolongación de la prisión preventiva de 9 meses a 18 meses es automática"; sin embargo, dicha argumentación no termina por invalidarla en tanto la motivación que sustenta la desestimación del pedido de inmediata libertad resulta suficiente en los términos de la Constitución. Del mismo modo, la doctrina ha reparado en el hecho de que la prolongación preventiva de 18 a 36 meses resulta procedente, si en los procesos complejos se ha producido la prórroga del plazo de investigación hasta el máximo de 16 meses, conforme podemos apreciar de la perspectiva asumida por Neyra Flores: b. En los procesos complejos. En los procesos complejos, cuando se ha producido la prórroga del plazo de investigación ordinaria de ocho a ocho meses más, el fiscal deberá necesariamente solicitar la prolongación de la prisión

preventiva de 18 meses, según el caso hasta el límite de 36 meses, porque al haber prorrogado el plazo de investigación, se entiende que ésta ha devenido en una especial dificultad o prolongación de la investigación. Si no se realiza el requerimiento para prolongar la prisión preventiva, al término de los 16 meses que dura el plazo de la investigación, será imposible que en los dos meses que faltan para cumplir el plazo de 18 meses de duración de la prisión preventiva, se pueda realizar la etapa intermedia y el juzgamiento. Es una facultad del Juez de prolongar la prisión preventiva más allá de los 9 meses, siempre y cuando a pedido del Fiscal se presente a) circunstancias que importen una especial dificultad o prolongación de la investigación, b) posibilidad que el imputados e sustraiga a la acción de la justicia; las mismas que no deben ser consideradas como obligatorias ni automáticas para prolongar la prisión preventiva a 18 meses. De otro lado, el propio Tribunal Constitucional ha precisado, respecto al plazo razonable de detención o prisión preventiva, que el mismo debe evaluarse teniendo en cuenta las particulares circunstancias de cada caso. En efecto veamos: 14. Como resulta evidente, no es posible que en abstracto se establezca un único plazo a partir del cual la prisión provisional pueda reputarse como irrazonable. Ello implicaría asignar a los procesos penales una uniformidad objetiva e incontrovertida, supuesto que es precisamente ajeno a la grave y delicada tarea que conlleva merituar la eventual responsabilidad penal de cada uno de los individuos acusados de la comisión de un ilícito. 15. Este criterio es compartido, por ejemplo, por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), al referir que "el plazo razonable (...) no puede traducirse en un número fijo de días, semanas, meses o años, o en varios períodos dependiendo de la gravedad del delito" (Caso Stogmuller. Sentencia del 10 de noviembre de 1969, párrafo 4). 16. En tal sentido, para determinar si dicha razonabilidad ha sido rebasada, es preciso atenerse a las específicas circunstancias de cada caso concreto. 17. Sin embargo, la imposibilidad de establecer un plazo único e inequívoco para evaluar la razonabilidad o irrazonabilidad de la duración de la prisión preventiva, no impide el establecimiento de criterios o pautas que, aplicadas a cada situación específica, permitan al juez constitucional determinar la afectación del derecho constitucional a no ser privado de la libertad preventivamente más allá del tiempo razonablemente necesario. A continuación, el Tribunal procede a desarrollar los referidos criterios. En consecuencia, podemos asumir que para la prolongación de la prisión preventiva en los casos complejos es necesario que se haya emitido la disposición fiscal respectiva que determine declarar compleja la investigación preparatoria y que se haya prolongado la prisión preventiva hasta por un plazo de dieciocho meses. De esta manera puede advertirse, como refiere el mismo Neyra Flores, que la prolongación de prisión preventiva "contiene una fórmula abierta "especial dificultad" que puede estar referido a cualquiera de los supuestos taxativos del Art. 342.3° del CPP o a cualquier otra situación que en forma excepcional justifique la continuación de la prisión cautelar de la libertad ambularoria del imputado, a efectos de asegurar su sujeción para todo el proceso, entendido desde la investigación preparatoria hasta el mismo juzgamiento". En esta medida, corresponderá a los señores fiscales demostrar -no solo alegar-, por un lado, la

complejidad del proceso y, por otro, la existencia de una "especial dificultad" en la investigación o la existencia de circunstancias especiales que dificulten la investigación, teniendo en cuenta que -como lo hemos expresado anteriormente y a tenor de lo puntualizado por el Tribunal Constitucional, la continuación de la prisión preventiva se justifica "para asegurar la presencia del inculpado en el proceso y el éxito del proceso penal". En consecuencia -y esto como corolario- un plazo adicional de prolongación de la detención preliminar, no vulnera lo previsto en el artículo 272.1 del Nuevo Código Procesal Penal si, como se ha señalado, tratándose de procesos complejos, el plazo máximo de la prisión preventiva de dieciocho meses puede ser prolongado hasta treinta y seis meses, justificándose dicha medida cautelar en la necesidad de que el imputado se someta a la acción de la justicia, siendo por tanto razonable y proporcional la prolongación solicitada. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha señalado que "el artículo 9.º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales, y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. La prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas no debe ser la regla, pero su libertad podrá estar subordinada a garantías que aseguren la comparecencia del acusado en el acto del juicio, o en cualquier momento de las diligencias procesales y, en su caso, para la ejecución del fallo". No obstante nuestra posición señalada sobre el particular, no supone -en absoluto- que los señores fiscales realicen las investigaciones de sus casos al filo de la navaja, rozando el vencimiento de los plazos de investigación o de prisión preventiva -inclusive ampliados- y que los jueces ante la desidia de aquellos nos convirtamos en bomberos, apagando incendios causados por la demora en las actuaciones de los representantes del Ministerio Público; por supuesto, es necesario decirlo, la responsabilidad también se extiende a los jueces de investigación preparatoria, quienes en definitiva realizan el control de plazos. De esta manera hemos transitado por la especialidad penal, barbechando pero también cosechando experiencia, que nos da más luz en nuestro quehacer jurisdiccional. (*) Juez Superior, integrante de la Segunda Sala Laboral del Cusco.. 1 STC del 28 de junio de 2011, Exp. N.° 010142011-PHC/TC (TACNA) caso HENRY VIDAL GUEVARA HUASHUALDO, f.j. 2. 2 STC del 28 de junio de 2011, Exp. N.° 010142011-PHC/TC (TACNA) caso HENRY VIDAL GUEVARA HUASHUALDO, f.j. 5. El resaltado en negrita nos corresponde. 3 Veamos otros pronunciamientos: “Así este Tribunal viene resolviendo casos similares, en los que el presunto exceso de la detención preventiva ha cesado con la emisión de una resolución judicial que determinó continuar con la privación de la libertad, prolongándola, prorrogándola, o duplicándola [Cfr. RTC 050732011-PHC/TC, RTC 03867-2010-PHC/TC, RTC 00616-2010-PHC/TC y RTC 05017-2009-PHC/TC, entre otras]” (STC del 27 de agosto de 2012, EXP. N.° 02567-2012-PHC/TC (LA LIBERTAD), caso WALTER DANIEL MURGA ALFARO), “Que a fojas 117 obra la Resolución N.º Cuatro de fecha 31 de mayo del 2011 por la que se declara fundado el requerimiento de prolongación de prisión preventiva contra el favorecido por nueve meses adicionales y a fojas 123 de autos corre la Resolución N.º 32, de fecha 4 de enero del 2012, en la que de oficio se aclaró que el plazo de prisión preventiva de don Niky Roberth Achata Mamani es de 27 meses, que se cumplirá el 8 de marzo del 2012; es decir, en fecha posterior a la interposición de la presente demanda” (STC del 13 de julio de 2012, EXP. N.° 01206-2012-PHC/TC – PUNO, caso TOMÁS ENRIQUE LOCK GOVEA Y OTRO, f.j.3. 4 NEYRA FLORES, José Antonio. MANUAL DEL NUEVO PROCESO PENAL & LITIGACION ORAL. IDEMSA, Lima, 2010, p. 510 5 AMORETTI PACHAS, Mario. PRISIÓN PREVENTIVA. Magna Ediciones, Lima 2008, p. 351. 6 STC del 23 de noviembre de 2004, EXP. N.º 2915-2004-HC/TCL- LIMA, caso FEDERICO TIBERIO BERROCAL PRUDENCIO (ver los fundamentos expuestos). 7 Ob. Cit. p. 528. 8 STC del 3 de junio de 2005, Exp. N.º 23422005-PHC/TC, caso ROSA MARÍA CONTRERAS SERRANO, f.j. 6.





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PUNTOS DE VENT A: VENTA: Centro Comercial Ollanta A v. Sol 346 Of. 302 TTelf.: elf.: 240792 Av Prol. A v. Túpac Amaru, VIlla del Periodista D-1 TTelf.: elf.: 229822 Av

PUNTOS DE VENT A: VENTA: Centro Comercial Ollanta A v. Sol 346 Of. 302 TTelf.: elf.: 240792 Av Prol. A v. Túpac Amaru, VIlla del Periodista D-1 TTelf.: elf.: 229822 Av

Fact. 1262 -3-IV

COMUNICADO

clasificados 13 17


14 actualidad

el diario del cusco, martes 19 de marzo de 2013

Con la mira en Chile

Selección Peruana arranca trabajos con toda la ilusión

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yer por la tarde Sergio Markarián transmitió el plan ela borado a todos sus jugadores para vencer a Chile el día viernes en horas de la noche. Jugadores extranjeros y nacionales se pondrán bajo las ordenes del DT. Semana decisiva. La selección peruana de fútbol arrancó este lunes por la tarde sus trabajos de cara al partido con Chile del día viernes. Los convocados por Sergio Markarián se tienen que presentar en la Videna de San Luis para dar inicio a los entrenamientos. Los jugadores nacionales de los diferentes equipos se juntarán con la legión que llega de fuera. Este lunes y martes los trabajos se realizarán con atención a la prensa. Sin embargo, los días miércoles y jueves no habrá acceso para ningún medio. El ánimo está al tope en todos los seleccionados, como en los hinchas, que prometieron abarrotar el estadio Nacional el viernes por la noche. Pese a los elevados precios y a la tenencia de entradas de los revendedores, se cree que el coloso de la calle José Díaz lucirá un lleno total.

Seleccionados están mentalizados

Ante Chile solo sirve el triunfo

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su arribo a nuestro país, los jugadores convocados por Sergio Markarián manifestaron la consigna por el triunfo. La tienen clara. Cada de uno de los seleccionados nacionales que arribaron a nuestros país, al menos dejaron una frase de cara a la semana de preparación y duelo con Chile. Claro está, que todos coincidieron que ganar es lo único que sirve para seguir con vida en las eliminatorias.

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"Tenemos que ganar y sólo nos queda ganar. Nosotros solamente pensamos en nosotros", precisó Jefferson Farfán. "Estoy con el ánimo a tope. Creo que en el avión me he enfermado un poco, pero mañana hablamos en el Videna", expresó escuetamente Claudio Pizarro a su salida del aeropuerto Jorge Chávez. "Siempre ilusionado, cada vez que uno viene a la selección, con la moral en alto para hacer las cosas bien", señaló Paolo

Hurtado. "El equipo viene con muchas ganas y vamos a dar todo. Este es un partido importante, nos jugamos todo y todos venimos bien mentalizados", indicó André Carrillo De esta manera, la primera parte de la legión extranjero dejó en claro que el partido del día viernes se tiene que ganar o ganar. Otro resultado nos dejaría fuera de la carrera por intentar llegar a Brasil en el 2014.

Banco de Crédito del Perú

Entregó 208 ejemplares de «La Colección Jurídica» a la Corte Superior de Justicia de Cusco

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uncionarios del Banco de Crédito del Perú, entregaron ayer en el Palacio de Justicia 208 ejemplares de la colección Jurídica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, gracias al convenio celebrado para la publicación del texto oficial de diversos códigos y compendios de legislación nacional. Los ejemplares corresponden al libro N° 15: Compendio de la legislación de promoción de la inversión privada; y el libro N° 16, Compendio de Derechos Humanos: Tratados internacionales de los que el Perú es parte; editados por el Banco de Crédito del Perú y el Ministerio de Justicia. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, agradeció la entrega de los

importantes libros y manifestó que los mismos serán muy bien utilizados por los magistrados de esta parte del país. Por su parte Herbert Douglas Helar Ugarte Valverde, Gerente Regional de la Gerencia de División Comercial del Banco de

Crédito del Perú, manifestó que cada año hacen actualización con las nuevas normativas que implanta el Poder Judicial, y que de esta manera contribuyen con la Corte Superior de Justicia a fin de implementar los juzgados con ediciones actualizadas.


el diario del cusco, martes 19 de marzo de 2013

actualidad 15

El viernes tomará posesión nueva administración

Estadio «El Hueco» vuelve al IPD

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na grata noticia para el deporte cusqueño, especialmente para los futbolistas del distrito de Wanchaq.

Mediante notificación judicial N° 7292-2013-JM-CI del 1er Juzgado Mixto de Wanchaq y Expediente 00232-210-0-1001-JM-

CI-01que tiene como Juez a la doctora Consuelo Camacho Zambrano se da el Fallo Declaro con respecto al estadio José Ángel San-

tos Tamayo "El Hueco" , donde se da "Fundada la Demanda de Desalojo por Ocupante Precario" interpuesta por el Instituto Peruano del Deporte y Procurador Público del Estado a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación contra la Agremiación de Futbolistas Máster Cusco, representada por su presidente; por lo que se ordena que dentro del sexto día de firme que se dé la sentencia, la demandada desocupe el estadio José Ángel Santos Tamayo "El Hueco" bajo apercibimiento con la ejecución forzada. Esto indica claramente que el juicio por varios puntos, instancias y razones es favorable para el IPD; porque ese estadio de propiedad del Estado mediante la entidad

de4portiva, está siendo usufructuada y mal utilizada, lo cual perjudica principalmente a los niños y jóvenes deportistas. Para el actual presidente del Consejo Regional del Deporte - Cusco, este es un gran paso y logro que consigue su institución; donde ellos desde muy pronto tendrán nuevamente luego de aproximadamente 20 años la administración del estadio José Ángel Santos Tamayo. "Tenemos planes para mejorar esa infraestructura ya demasiado deteriorada que pese a algunos trabajos realizados, no compensa con los años transcurridos y lo que se debió hacer con los grandes ingresos económicos. En el subterráneo se construirá la primera Piscina Olímpica del Cusco

con todas las comodidades y modernidades y el estadio será remodelado y mejorado para que el uso de los niños y jóvenes sea permanente", sentenció Emiliano Mendoza Zevallos. En consecuencia, este viernes 22 de Marzo, será un día importante para el deporte cusqueño, porque una infraestructura que estaba siendo mal utilizada regresará a su verdadera administración y a partir de esa fecha se darán cambios radicales en especial para los futbolistas de la Liga Distrital de Fútbol de Wanchaq, quienes desde siempre fueron marginados por los de la Agremiación, quienes los domingos prefieren hacer de ese estadio una cantina abierta que un escenario para la práctica del deporte sano y competitivo.

Últimos días de inscripciones

Se viene futsal «Copa Inka» 2013 En el torneo de reservas resultados de la sexta fecha

Cusqueños no desentonan

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a sexta fecha del To r n e o d e Pro moción y Reservas tuvo como principal partido el clásico del fútbol peruano. Los equipos cusALIANZA LIMA CIENCIANO SPORT HUANCAYO PACIFICO INTI GAS JUAN AURICH UTC LEÓN DE HUÁNUCO

queños no desentonaron respecto a la Reserva, ambos cuadros obtuvieron los mismos resultados que los mayores y eso es muy bueno, considerando que 2 1 3 0 1 2 0 1

también se tiene que tomar en cuenta a quienes vienen atrás y quieren ser algún día protagonistas. Estos son los resultados:

UNIVERSITARIO JOSÉ GÁLVEZ CÉSAR VALLEJO SAN MARTÍN REAL GARCILASO UNIÓN COMERCIO MELGAR SPORTING CRISTAL

1 0 1 2 2 2 1 2

H

oy martes, en definitiva se cierran las inscripciones para el Quinto Mega Evento Deportivo de Futsal "Copa Inka" Cusco 2013; los interesados pueden registrar su participación en las oficinas de la la Financiera Dile Av. Garcilaso Nº 415Wanchaq en horario de atención hasta hoy martes a 05.00 pm. Los requisitos son: ser mayor de edad para la categoría libre y master es tener 40 años o ser nacido el año de 1973, pueden pertenecer a instituciones públicas, privadas, asociaciones, urbanizaciones, mercados, clubes sociales, deportivos, restaurantes, hoteles,

Partido pendiente ante el Juan Aurich de Chiclayo

Real Garcilaso juega este jueves en Cusco

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las 15:00 horas en el estadio Garcilaso, este jueves 21 el elenco del Real Garcilaso jugará su partido pendiente por la tercera fecha del Descentralizado Peruano ante el Juan Aurich de Chiclayo; así lo dieron a conocer desde la Asociación Deportiva de Fútbol Profesional Peruano. Se trata de un encuentro que a raíz del viaje de la "Máquina celeste" a Paraguay y Colombia por

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Copa Libertadores de América no se jugó; porque a petición de los directivos del cuadro cusqueño se suspendió y ahora este lance se jugará este Jueves. Esta es una gran oportunidad para que Real Garcilaso sume 3 puntos y se ponga en un solitario segundo lugar con 13 puntos, a uno solo del Alianza Lima, cuadro que comanda la tabla de valoraciones del Torneo Des-

centralizado. Todo se encuentra listo para este lance; la gente de la "Máquina celeste" trabaja al cien por ciento y tiene las ganas absolutas de hacer las cosas bien y conseguir con categoría el triunfo en este compromiso frente a los del "Ciclón del norte". De la gente chiclayana, ellos llegaron a nuestra ciudad todavía el pasado domingo para poder tener un poco de adaptación a

la altura, lo que significa la seriedad y el compromiso que le pone la directiva a su equipo. Para los amantes del buen fútbol y los seguidores de este representativo sensación que es el Real Garcilaso, el costo de las entradas está de 8 nuevos soles las tribunas norte y sur; 10 soles la tribuna oriente, 12 soles la tribuna occidente y 20 soles la butaca preferencial.

transportistas entre otros. Para hoy, la comisión organizadora convoca a reunión de delegados, donde se realizará el sorteo de las series y el fixture para toda la temporada, la asistencia de los delegados es imprescindible, este acto se cumplirá en el coliseo "Casa de la Juventud" puerta Nº 3 a partir de las 17.00 horas, la invitación es abierta pueden asistir todos los interesados en participar en este evento deportivo de futsal que se ha convertido en uno de los torneos más interesantes de los últimos tiempos. La ceremonia de inauguración está prevista para el sábado 23 de mar-

zo en las instalaciones deportivas del complejo "Ovalo de Pachacutek" a partir de las 09.00 horas y se contará con invitados muy importantes, la totalidad de los equipos inscritos quienes brindarán el espectáculo con sus alegorías y madrinas respectivas. Los últimos en sumarse a esta familia deportiva son los siguientes equipos: Elkosa, El Boum, Chifa Hao Yung, Belgica Sport en master, mientras que en la categoría libre hicieron lo propio los siguientes, Real Sociedad, Seguros la Positiva, Amigos de Alex, Los incondicionales entre otros.



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