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Cusco, miĂŠrcoles 10 de enero de 2018 Usuarios


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Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 REMATE JUDICIAL

EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 1526-2016 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra CESAR CUSIHUAMAN COAVOY y GETRUDIS AYDEE REYES CRUZ, sobre Ejecución de Garantías, el Quinto Juzgado especializado en lo Civil de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Marianella Cardenas Villanueva, asistido por la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Stand W-9 de la fracción “A” del Terreno ubicado en la Margen Derecha del Rio Huatanay, Sector comprendido entre el Terminal Terrestre y el Puente Cusichaca, del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 11004175 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE LA TASACION: US$ 37,030.90 (Treinta y siete mil treinta con 90/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 24,687.27 (Veinticuatro mil seiscientos ochenta y siete con 27/100 dólares americanos). AFECTACIONES: 1) Restricciones.- La compra inscrita en el asiento anterior a favor de Pedro Ancalla Llanos y Constancia Paucar Poma se sujeta a las siguientes restricciones: 1.- El bien materia de venta debe ser destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades económicas de comercio de bienes manufacturados de modo permanente y continuo. 2.- La prohibición de efectuar posteriores ampliaciones o modificaciones a la estructura y diseño del centro comercial El Molino, sometiéndose expresamente a las condiciones y limitaciones estipuladas en el Reglamento Interno de propiedad del mismo, así consta inscrito en el Asiento D00003; 2) Hipoteca.- Gertrudis Aydee Reyes Cruz y Cesar Cusihuaman Coavoy, en su condición de propietarios, constituyen hipoteca a favor de Scotiabank Peru S.A.A con personería jurídica inscrita en la partida N° 11013686 del Registro de personas Jurídicas de la oficina Registral de Cusco, representa en este acto por sus funcionarios Alex Mihaly Montes Rojas y Katiuska Karenina Contreras Romero, con facultades debidamente inscritas hasta por la suma de S/ 184,131.36 (Ciento ochenta y cuatro mil ciento treinta y uno con 36/100 soles) en garantía de las obligaciones descritas en la escritura pública que da merito a la presente inscripción, así consta inscrito en el Asiento D000015, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica N° 11004175 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Enero del 2018 a horas 10:15 a.m. (diez con quince minutos de la mañana). LUGAR DE REMATE: En la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil Laboral que es parte del local del Juzgado, ubicada en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. El Sol S/N Cercado del Cusco. LOS POSTORES: Depositaran el 10% del valor de la tasación, en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI; los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Publico Registro Nº 195; Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, Quinto Juzgado especializado en lo Civil de Cusco. 4VCES-05-08-09-10-I-18 B/V 002-2097 1RA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO BIEN INMUEBLE En el Expediente No 00881-2017-0-1001-JR-CI-02, seguido por SCOTIABANK PERU SAA Contra NIRVANA CARDENAS GUEVARA y SAUL ALBERTO QUISPE VARGAS, Sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, Tramitado por ante el 2do. Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, de la Corte Superior de Justicia de Cuzco, a cargo del Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Dra. SAIDA CHIUN MANCO, ha dispuesto CONVOCAR a Remate Público en 1RA Convocatoria el Siguiente Bien: 1.- INSCRIPCION DE REGISTRO DE PREDIOS MZ “M” LOTE 1 DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA MAGISTERAL SUTEP, del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran ampliamente descritas e Inscritas en la Partida Electrónica N° 11017738 de la Zona Registral N° X Sede Cuzco - Oficina Registral de Cusco. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de S/105,000.00. SOLES. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la suma de S/. 70,000.00 SOLES. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA: A favor del BANCO SCOTIABANK PERU SAA, Sobre el inmueble descrito precedentemente hasta por la suma de S/.67,200.00.S0LES, inscrito en el Asiento D00005 el 23/07/12. 2.- AMPLIACION DE HIPOTECA: La Hipoteca Indicada en el Asiento D00005, Constituida a favor de SCOTIABANK PERU SA, se Amplía Hasta por la Suma de S/.200,000.00.SOLES, Inscrita en el Asiento D00007 el 16/07/15. 3.- EMBARGO JUDICIAL: Constituido a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., Hasta por la Suma de S/29,317.71.S0LES, Inscrito en el Asiento D00009 el 24/02/17. Se deja constancia que solo se afecta el 50% que le corresponde a Don Saúl Alberto Quispe Vargas FECHA y HORA DEL REMATE: El Día 30 de Enero del Año 2018, A HORAS 10:00.a.m. y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226. C.E.albertooscarramos@hotmail.com. Tlfs:

#942089706 - #945010777. LUGAR DE REMATE: Sito en la Av. Sol N° 239, del Cercado de Cuzco. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la tasación en efectivo, mediante certificado de depósito judicial o cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el remate y es por cuenta del Adjudicatorio. Cuzco,18 de Diciembre 2017. 6vces-05-08-09-10-11-12-i-18 b/v 002-2155 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 02182-2017-0-1018-JP-CI-01, FLORENCIO CORONEL VILLACORTA y OTROS, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, NICASIO CORONEL GONZALES, falleció el 07 de octubre del 2008, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital Pacarectambo, de Paruro- Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 11 de diciembre 3VCES-08-09-10-I-18 B/V 002-2084 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 00811-2017-0-1018-JP-CI-01, FLORENCIO CORONEL VILLACORTA y OTROS, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, LEONARDA VILLACORTA DE CORONEL, falleció el 30 de junio del 2001, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital Pacarectambo - Paruro - Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 11 de diciembre 3VCES-08-09-10-I-18 B/V 002-2057 REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el Expediente No. 1456-2013 en los seguidos por EMPRESA FARMACEUTICA DEL SUR S.R.L. contra LUCIA OBANDO SANCHEZ sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq - Cusco, a cargo del Juez Rafael Enrique Sierra Casanova, Especialista Legal Maria Eddie Villarroel Ccaso, ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro No. 293, para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: INMUEBLE: denominado LOTE DE TERRENO No. 1 de la Manzana B1 de Centro Poblado de Cachimayo, ubicado en el Distrito de Cachimayo, Provincia de Anta, Departamento del Cusco, inscrito en la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco. VALOR DE TASACION: US$. 589,483.43 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$. 392,988.95 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: A favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la cantidad de S/. 174,000.00 Nuevos Soles, inscrito en el asiento 00008 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco, 2) HIPOTECA: A favor de DIMEXA S.A. hasta por la cantidad de US$. 50,000.00 Dólares Americanos, inscrito en el asiento 00009 de la Partida Registral No. P31006503, del registro de predios de la Zona Registral N° X- Sede Cusco, 3) EMBARGO: hasta por la cantidad de S/. 158,143.00 Nuevos soles, a favor de Victor Manuel Medina Mendoza, ordenado por el Primer Juzgado Civil del Cusco, Exp. 322-2013, inscrito en el asiento 00010 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco, 4) EMBARGO: hasta por la cantidad de S/. 9,950.00 Nuevos Soles, a favor de Empresa Farmacéutica del Sur S.R.L., ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq - Cusco, Exp. 1456-2013, inscrito en el asiento 00011 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco, 5) EMBARGO: hasta por la cantidad de S/. 36,500.00 Nuevos Soles, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Credito del Cusco S.A. ordenado por el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Exp. 1427-2013, inscrito en el asiento 00012 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 25 de enero del 2018, a horas 11.30 a.m. (once y treinta de la mañana). LUGAR DE REMATE En el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq - Cusco, ubicado en Avenida Los Cipreses C-14, Urb. La Florida 1er. Paradero, Cusco. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 18° del Decreto Supremo No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelan culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro No. 293, Especialista Legal Maria Eddie Villarroel Ccaso, Segundo Juzgado de Paz letrado de Wanchaq ,Cusco. 6vces-08-09-10-11-12-15-i-18 b/v 002-2165 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez


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Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 27-20l70-l0l5-JM- CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha ocho de febrero del 2017 que dispone: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GREGORIO QUISPE AMAU contra EUGENIO QUISPE QUISPE, sobre REIVINDICACIÓN; en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, confiérase traslado al demandado por el plazo legal, bajo apercibimiento de declarársele rebelde.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: En mérito a la tasa judicial adjunta, dese por ofrecidos los medios probatorios que indican reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente. ANEXOS: A sus antecedentes los anexos adjuntos. REQUIERASE al demandante para que en el plazo de CINCO DIAS cumpla con señalar su casilla electrónica. Encárguese del trámite de presente proceso a la especialista Judicial que da cuenta por vacaciones de la titular.- Así mismo se ha emitido la resolución once de fecha quince de diciembre del dos mil diecisiete que resuelve que habiendo cumplido con presentar el certificado negativo de sucesión intestada y el certificado negativo de inscripción de testamentos, por lo que conforme a lo dispuesto por el Art. 435 del C.P.C NOTIFIQUESE a la sucesión de QVF PAULA QUISPE KKACHA DE QUISPE, mediante EDICTOS conforme a ley, bajo apercibimiento en caso de no apersonarse a este despacho de nombrárseles Curador Procesal conforme a Ley y continuarse con la tramitación del proceso.- H.S.Urubamba, 29 de Diciembre del 201 7 3vces-08-09-10-x-18 b/v 002-2167 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro. 54662017 sobre Reconocimiento de unión de hecho instado por Florencia Quispe Amao , habiéndose ordenado la notificación a la SUCESION DEL QUE EN VIDA FUERA BENITO FLORES JARA, con el auto admisorio , siendo como sique: Resolución Nro. 02.-Cusco, quince de Diciembre del año dos mil diecisiete. Por cumplido el mandato ordenado en autos, ... SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por FLORENCIA QUISPE AMAO sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contratos HEREDEROS LEGALES del que en vida fue BENITO FLORES JARA por su mérito: CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley, con citación de la representante del Ministerio Público.-Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos, para su oportunidad.- NOTIFIQUESE a los herederos legales del demandado MEDIANTE EDICTOS conforme prevé el Articulo 165 y 167 del Código Procesal Civil , bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. H.S. Cusco, 05 de enero del 2018. 3vces-08-09-10-i-18 b/v 002-2171 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 330-2017-Cl, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de FELIX ARTEAGA TUMI sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en la Vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, se consignó como Silverio Saire, siendo lo correcto Silverio Saire Huallpatinco, la rectificación correspondiente a Heber Arteaga Álvarez, que obra inscrita en la Municipalidad Distrital de Rondocan, provincia de Acomayo, departamento del Cusco, se consignó el nombre de su progenitor y declarante consignado como FELIX ARTEAGA TOMI, siendo lo correcto FELIX ARTEAGA TUMI, así como el nombre de su progenitora ZENOBIA ÁLVAREZ QUISPE, siendo lo correcto ASENCIA ÁLVAREZ QUISPE., se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 08-01-2018 3VCES-09-10-11-I-18 B/V 002-2192 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónlmo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 359-2017-CI, en la via del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de ISABEL SOLÓRZANO QUISPE sobre RECTIFICACIÓN del acta de partida de nacimiento- al nombre de su padre Antonio Solórzano a Antonio Solórzano Saavedra y el de su madre de Victoria Quispe a Gregoria Quispe Salazar, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 08-01-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL 09-10-11/01/2018 B/. 001-978

ASÍ COMO A LOS PROPIETARIOS DE LOS INMUEBLES COLINDANTES: LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN y SEÑORES: TRINIDAD FLORES VIUDA DE CUBA; MARIO LBERTO HURTADO FLORES; FAMILIA RAU RAU; RUDESINDO QUISPE CHOQUEVILA y BERNARDINA PALOMINO PULLA, PARA LOS FINES DE LEY. - CUSCO, 21 DE DICIEMBRE DEL 2017.- NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO-ABOGADO.3VCES-04-10-16-I-18 B/V 002-2133 EDICTO En el proceso N° 2418-2017, seguido por MARTA FERNANDEZ TTITO, contra APV. SAN ANTONIO REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE ALFREDO FERNANDEZ TTITO, JUAN SATURNINO HUALLPA SURCO y esposa RUTH RIVERA CACERES; ZACARIAS QUIÑONES ROMAN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto la publicación de edictos de “Resolución 01.- Cusco, uno Diciembre dos mil diecisiete.- VISTA; ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por MARTA FERNANDEZ TTITO, contra APV. SAN ANTONIO REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE ALFREDO FERNANDEZ TTITO; asimismo contra JUAN SATURNINO HUALLPA SURCO y esposa RUTH RIVERA CACERES; y, ZACARIAS QUIÑONES ROMAN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble signado como lote 2 de la Manzana F-1 de la Asociación de Vivienda San Antonio ubicada en el Distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; CON CITACOÓN de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN y de los colindantes: FELICITAS SOTOMAYOR DE ARAGON, CLAUDIO MENDOZA QUISPE; Y VICTOR TERAN CONDORI; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro de plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES; de igual manera notifíquese a los citados antes mencionados.- ( ... ) Estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana.- Esp. Legal Boris Santos de la Gala.Cusco, 27 Diciembre 2017. 3VCES-04-10-16-I-17 B/V 002-2134 EDICTO JUDICIAL SEÑORES: SUCESION DE QVF WILFREDO BUSTOS SIERRA. En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 03036-2017-0-1001-JMCI-02, seguido por Georgina Estrada Lara, sobre Reconocimiento de Convivencia, se ha dispuesto la publicación por edictos el extracto de la resolución Nro. 02 del 14-12-17: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por GEORGINA ESTRADA LARA, contra LOS HEREDEROS LEGALES DE Q.V.F WILFREDO BUSTOS SIERRA, sobre RECONOMIENTO DE CONVIVENCIA; con citación del Ministerio Publico; CORRASE TRASLADO por el plazo de DIEZ DIAS a los Herederos legales de QVF WILFREDO BUSTOS SIERRA.- Notifíquese a los herederos legales, mediante edictos conforme a la normativa procesal vigente (artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil), por el plazo de treinta días, de conformidad a lo previsto en el artículo 435 del mismo cuerpo normativo, a fin de que puedan contradecir u oponerse a la demanda; bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.-H.S. Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga Morón- Ante mí: Evangelina Conza Choque.- Secretaria Judicial.- Lo que se notifica para los fines consiguientes.- Wanchaq, 26 de diciembre del 2017 3vces-04-10-16-i-18 b/v 002-2083 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, dirección Juez Luis Joel Peña Mendoza la Secretaria Isabel Rojas Pino, se tramita el Proceso Nro. 100-2015 Prestación De Alimentos seguido por Eusebiana Qquecho Lezama representando a la menor Marianela Pacheco Qquecho, contra Erasmo Pacheco Huamanttica, REMITIR copias certificadas de la demanda, auto admisorio, sentencia solicitud de liquidación de alimentos devengados, liquidación de alimentos devengados, resolución que aprueba y requiere su pago y la presente resolución con sus respectivas cédulas de notificación al Fiscal Provincial Penal de Turno para que proceda conforme a sus atribuciones, debiendo para el efecto la actora proporcionar las copias, toda vez que este Despacho no cuenta con servicio de fotocopiado una vez realizado las publicaciones en el Diario del Cusco.- Fdo Juez Luis Joel Peña Mendoza.- secretaria Isabel Rojas Pino. Cusco, 28 de diciembre del 2017 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL 04-08-10/01/2017 B/. 001-958

EDICTO NOTARIAL

EDICTO JUDICIAL

EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE URBANO SIGNADO CON EL N° 105 DE LA CALLE MANUEL ALONSO, UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, EL CUAL NO SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO, PETICIONADA POR LA SEÑORA: IRENE VIANEY HURTADO FLORES, SE EMPLAZA A LA PROPIETARIA ORIGINAL SEÑORA: EVA DIONISIA FLORES TAPIA, CONTRA QUIEN SE DIRIGE LA PRESENTE PRESCRIPCIÓN POR NO HABER TITULAR REGISTRAL,

PETICION Y/O EXCLUSION DE HERENCIA Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 29-20170-1015-JM- CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 02 de fecha veinticinco de abril del dos mil diecisiete la cual resuelve ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por FABIANA CUSIPAUCAR CARAZAS DE GIRALDO y CONCEPCION CUSIPAUCAR CARAZAS sobre PETICION DE HERENCIA CONSISTENTE EN LA TRANSFERENCIA DE FRACCION CONTRA SIXTA CUSIPAUCAR CARAZAS


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Cusco, miércoles 10 de enero de 2018

con intervención litisconsorcial pasiva de SUSANA CUSIPAUCAR CARAZAS debiendo tramitarse en la vía del proceso de conocimiento, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a las demandadas para que la contesten dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Por ofrecidos como medios probatorios los que indica, que se admitirán o no en su oportunidad.- A sus antecedentes los anexos adjuntos. Hágase saber.- así mismo mediante Resolución N° 05 de fecha diecinueve de octubre del dos mil diecisiete se dispone que en aplicación Art. 165 del código Procesal Civil la notificación a persona incierta o con domicilio que se ignore, debe notificarse vía edicto judicial; Notifíquese vía edictos a la sucesión de QEVF SUSANA CUSIPAUCAR CARAZAS por el lapso de tres días hábiles en el diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de Cusco, a fin de que se apersonen al proceso y absuelvan el traslado de la demanda bajo apercibimiento de designar curador procesal que la represente., cumpla la parte demandante a concurrir a esta oficina a fin de recabar los edictos correspondientes para su publicación respectiva. AL OTROSI: Estese a lo señalado en el acta de. audiencia de conciliación. HS Urubamba, 10 de Noviembre del 2017 3vces-10-16-22-i-18 b/v 002-2196 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago con Expediente 0065 de fecha 04/0112018, ha solicitado el (la) ciudadano (a) MOISES CCASANI VACILLO para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 1818 del año 1975, registrado en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación en la parte principal y marginal del acta, en el rubro Nombre (SEGUNDO APELLIDO Y PRIMER APELLIDO) del titular y la progenitora, debiendo de consignarse correctamente como: BASILIO en lugar de Vacillo. Lo qué se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art. del D.S. 015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 08 de Enero del 2016 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 1V-10-I-18 B/V 002-2194 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: EDDIE CARDENAS URIA Identificado con DNI. 42466351 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 39 años: Ocupación: INDEPENDIENTE Domicilio: AV. DE LA-CULTURA 2405. DPTO. E-101 URB. QUISPICANCHI. Doña: SO HYUN, KIM Identificada con PASS. M34490817 Estado Civil: DIVORCIADA Natural de: SEUL - KOREA DEL SUR Nacionalidad: KOREANA Edad: 59 años: Ocupación: INDEPENDIENTE Domicilio: AV. DE LA CULTURA 2405. DPTO. E-101 URB. QUISPICANCHI. Fecha de Matrimonio: 23 DE ENERO DEL 2018. Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 09 de ENERO del 2018. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-10-I1-8 B/V 002-2197 EDICTO JUDICIAL Ante Juzgado de Paz Letrado de la Provincia Canas-Yanaoca, cargo señora Juez Dra. Evelyn Becerra Viza, en el Expediente Civil N°. 00060-2017-0-1 006-JP-CI-01; bajo actuación Secretario Judicial Abogado: Santiago Calla Quispe; se presenta DOÑA: ASUNTA MERMA HUAYLLAS, solicitando SUCESION INTESTADA, del quien en vida fue MARIANO CEFERINO HUALLPA MERMA, fallecida en fecha 14 de DICIEMBRE del 2017, en la Clínica MACSALUD-Provincia de Cusco- Departamento Cusco. Lo que comunico al público para los fines de ley. 1v-10-i-18 B7v 002-2198 COMUNICADO SOBRE PERDIDA DE DIPLOMA DE BACHILLERATO Se comunica a la población en general que el día 02 de enero del 2018 siendo aproximadamente las 7:00 a.m. en inmediaciones del terminal terrestre de Sicuani

- Canchis, se extravió en circunstancias no previstas un diploma original de bachillerato de la Facultad de Ciencias de la Educación, emitido por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión de Cerro de Pasco perteneciente al Señor FRANKLIN TICUÑA CRUZ, con DNI N° 43131866. Se emite este comunicado para los fines correspondientes. Cusco, 09 de enero del 2018 1V-10-I-18 B/V 002-2199 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago con Expediente 0022 de fecha 03/01/2018, ha solicitado la (el) ciudadana (o) KARLA LISETTE MOLERO TEJEIRA para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 330 del año 1981, registrado en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe omisión de consignación, en el rubro Nombre ( SEGUNDO PRENOMBRE) del progenitor, debiendo consignarse TIBURCIO, quedando el nombre completo como: RAUL TIBURCIO MOLERO ASTETE. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art. del D.S. 015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 09 de Enero del 2018 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 1V-10-I-18 B/V 002-2200 SUCESION INTESTADA ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; YANET MENDOZA RAMOS, YOVANA MENDOZA RAMOS, MARISA MENDOZA RAMOS y ALBERTO MENDOZA RAMOS, EN CALIDAD DE HIJOS DEL CAUSANTE, SOLICITAN LA SUCESIÓN INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE LA SEÑORA: FRANCISCA RAMOS ROMERO DE MENDOZA, FALLECIDA, EL 07 DE DICICIEMBRE DEL 2017,LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 20 DE DICIEMBRE DEL 2017 1V-10-I-18 B/V 002-2201 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Urubamba que despacha la Juez Silvia C. Usca Medina, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Lia Hancco Luza, se tramita el Proceso Civil N° 116-2017-CI, solicitado por MELCHOR ITURRIAGA TAPIA, sobre rectificación de Acta de Nacimiento quien refiere: Que se ha omitido el apellido materno del padre “ORTIZ DE ORUE” , siendo el nombre completo de su padre SERAPIO ITURRIAGA ORTIZ DE ORUE, así también en el rubro del nombre del recurrente aparece solo el nombre de pila MELCHOR cuando debe decir MELCHOR ITURRIAGA TAPIA, finalmente también se ha obviado el apellido materno de su madre “SOLIS” debiendo decir ANTONIA TAPIA SOLIS.- Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba , 5 de enero de 2018 1v-10-i-18 B/v 002-2202 Municipalidad Distrital de Huarocondo EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Huarocondo-Anta-Cusco, con Expediente Administrativo N° 2144 de fecha 14 de Diciembre del 2017, la ciudadana Ygnacia Ocón Arcondo, titular del acta de Nacimiento NQ 038 del Libro del año 1956, conforme establece la Directiva N° DI-415-GRC/32, solicita la Rectificación Administrativa respecto a su apellido materno ,consignada erróneamente como Arcondo, siendo lo correcto SOLIS vale decir el nombre correcto y completo IGNACIA OCON SOLIS, por lo que de conformidad a lo dispuesto por el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM se realiza la presente publicación, conforme a ley. Huarocondo, 09 de enero del 2018 AURELIO TERREROS SOTOMAYOR JEFE DE REGISTRO CIVIL 1v-10-i-18 b/v 002-2203 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 121-2017 seguida por PILAR LOPEZ NAOLA sobre SUCESION INTESTADA a fin de que se declare herederos únicos y universales a la Pilar Lopez Naola y sus hermanos Melquiades Crisologo Lopez Naola, Gregoria Lopez Naola y Ubaldo Lopez Naola. Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 8 de enero del 2018 1v-10-i-18 b/v 002-2205


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Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 EDICTO JUDICIAL Ante el .Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil N° 164-2017-0-1 004-JP-CI-01. Seguido por MIGUEL ANGEL ALVAREZ MENDOZA sobre INSCRIPCION SUPLETORIA DE PARTIDA DE DEFUNCION, de quien en vida fue MANUEL ALVAREZ BACA, quien falleció en fecha cuatro de Setiembre de 1,997 en el Hospital Antonio Lorena - Santiago - Cusco; Se publica para los fines de ley,Anta, 09 de Enero del 2018. 1v-10-i-18 b/v 002-2206 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago con Expediente 0181 de fecha 09/01/2018, ha solicitado la (el) ciudadana (o) HILDA PILLCO PACHECO para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del acta de Nacimiento N° 431 del año 1979, registrado en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación, en el rubro Nombre ( SEGUNDO APELLIDO Y PRIMER PRENOMBRE) del progenitor y la progenitora, debiendo de consignarse YLLA en lugar de Illa y CURI en lugar de Corina. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art. del D.S. 015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 09 de Enero del 2016 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 1V-10-I-18 B/V 002-2207 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro 132-2017 seguida por ELIZABETH HUITIOCCOLLO CCANAHUIRE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO con el fundamento que por error se ha consignado su nombre como ELISABETH HUITIOCCOLLO CCANAHUIRE cuando lo correcto es ELIZABETH HUITIOCCOLLO CCANAHUIRE. Se efectúa la presente publicación para los fines de ley. Urcos, 29 de diciembre del 2017 1V-10-I-18 B/V 002-2209 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfan se tramita el Expediente Nro 129-2017 seguida por ELIZA PEREZ LLOCLLE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, con el fundamento que por error se ha consignado en forma errónea el nombre de pila como ELISA cuando lo correcto es ELIZA.- Se efectúa la presente publicación a fin de que los interesados hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 29 de diciembre del 2017 1V-10-I-18 B/V 002-2209 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don, FREDY CESAR TAPIA LOZANO, de 38 años de edad, identificado con DNI N° 40525880, natural del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, de ocupación Empresario, de estado civil soltero, domiciliado en la Av. Ferrocarril S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco; y. Doña, OFELIA FLOREZ SOLIS, de 41 años de edad, identificada con DNI N° 25328397, natural del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, de ocupación su Casa, de estado civil soltera, domiciliada en la Av. Ferrocarril S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco. FECHA DE CELEBRACIÓN: DIA: 17 de febrero de año 2018. HORA: 4:00 PM. LUGAR : En el Salón Consistorial de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo Las personas que conozcan causales de impedimento, pueden denunciadas tal como establece el Art. 253 del Código Civil ante la Jefatura del Registro Civil de esta Municipalidad. Ollantaytambo, 09 de enero del 2018. ELVIS R. FLORES FARFÁN ALCALDE 1V-10-I-18 B/V 002-2210 SUCESION INTESTADA CONFORME LO DISPUESTO POR LA LEY 26662, COMUNICO QUE IRMA TAPARA TARIFA, HA SOLICITADO A MI OFICIO NOTARIAL, LA DECLARACION DE SUC-

ESION INTESTADA DE SU DIFUNTO CONYUGE YGNACIO HUARCA PAUCCARA:, FALLECIDO EL 14 DE OCTUBRE DEL 2016, DECLARA COMO SUS HEREDEROS A LA SOLICITANTE Y A LOS HIJOS DE AMBOS LLAMADOS MARIA ANGELICA HUARCA TAPARA y JHON YOEL HUARCA TAPARA. LO QUE HAGO SABER PARA LOS FINES DE LEY. Calca 05 de enero del 2018.- Mery Sánchez Gamarra Abogada Notaria de Calca-Cusco.- Calle Córdova N° 146-Calca. 1V-10-I-18 B/V 002-2211 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA OFICINA DE REGISTRO CIVIL AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 191 - 2018 de fecha 08 de enero del 2018. Doña: MARIBELL JIMENEZ CCORIMANYA, solicita la Rectificación Administrativa de su partida de nacimiento que por error se consignó su segundo apellido y primer apellido de su madre como Corimanya, debiendo ser correcto “CCORIMANYA” por consiguiente los datos exactos de su madre es “DORA CCORIMANYA SAIRITUPA”. conforme se adjunta el acta de nacimiento de la madre inserto en el expediente. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de ley. Conforme establece el Art. 73 del D.S. N° 015-98-PCM. Calca, 08 de enero del 2018 FRIDA MOLINA MIRANDA REGISTRADORA CIVIL 1V-10-I-18 B/V 002-2208 RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO ANTE LA “NOTARIA HUANCA”, SITO EN EL JIRON JAQUIJAHUANA C6-10 DE LA PROVINCIA DE ANTA-CUSCO; SE HA PRESENTADO CELIA HUAMAN ZARATE, con DNI N° 23985132, ELIANA HUAMAN ZARATE, con DNI N° 23940512, BETTY HUAMAN ZARATE, con DNI N° 80110922, I YURI HUAMAN ZARATE, con DNI N° 43509113; SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO. INDICAN QUE EN EL CUERPO DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO EXISTE ERROR EN CUANTO AL APELLIDO MATERNO SE SUS PADRES; DICE: “BARTOLOME HUAMAN TITO” I “LEANDRA ZARATE FLORES”; DEBE DECIR: BARTOLOME HUAMAN TTITO I LEANDRA ZARATE CHOCÑA; I EN EL CASO DEL ÚLTIMO SOLICITANTE EL NOMBRE DEL PADRE DICE “JORGE BARTOLOME HUAMAN TITO” I DEBE DECIR BARTOLOME HUAMAN TTITO. LO QUE COMUNICO PARA FINES DE LEY. ANTA, 09 DE ENERO DEL 2018. T. MARCIAL HUANCA CAYLLAHUA ABOGADO NOTARIO 1V-10-I-18 B/V 002-2212 EDICTO JUDICIAL.Ante el Juzgado de Civil de Sicuani- Canchis, en el Exped. N° 174-2017-CI, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. AUTO ADMISORIO: RESOLUCION NRO. 02 DEL 15-12-2017: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por SERAPIO ARONI CAHUANA sobre CAMBIO DE NOMBRE DE PILA de la menor SHREYL RUMINA ARONI por el de YAMELY ROMINA ARONI HUAYHUA, acta de nacimiento N° 79046098, nacido en fecha 07/03/2015, inscrito el 06/04/2015, ante la Municipalidad Distrital de Marangani. En la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO, CON CITACION DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO (FISCAL PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE CANCHIS) y estando a lo dispuesto por el Artículo ochocientos veintiocho del Código Procesal Civil, DEBIÉNDOSE PUBLICAR LOS EDICTOS en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco.- PUBLICACION POR TRES DIAS HABILES EN EL DIARIO JUDICIAL DEL CUSCO.- Sicuani, 15-122017.- Indyra Raysha Paredez Sanca.- Secretaria Judicial.3vces-10-11-12-i-18 B/v 002-2214 EDICTO JUDICIAL.EXPEDIENTE N° 00397-2016-0-1007-JP-FA-01.- Ante el Primer Juzgado de Paz letrado de Canchis –Sicuani, bajo la dirección del señor juez Gabriel Farroñan Flores y la actuación de la Especialista Legal Rosinelia Aco Corrales, doña TECLA USCAMAYTA CCALLO DE BANDA presenta demanda de Prestación de Alimentos contra FRANCISCO NINA HUALLPA, se pone en conocimiento la emisión de la sentencia –RESOLUCION N° 11 de fecha 03-10-2017 FALLO: 1) DECLARANDO FUNDADA en parte la demanda interpuesta por Tecla Uscamayta Ccallo de Banda en representación de su menor hija Luz Clarita Nina Uscamayta, sobre Prestación de Alimentos contra Francisco Nina Huallpa. 2) En tal virtud, ORDENO al demandado para que acuda con la suma trescientos (S/. 300.00) soles mensuales; que comenzará a regir a partir del día siguiente de la notificación con la demanda, por mensualidades adelantadas que serán depositados a nombre de la actora; para lo que debe aperturar una Cuenta de Ahorros en cualquier entidad bancaria o financiera, que solo servirá para el pago y cobro de la pensión alimentaria, ello de conformidad a lo previsto en la última parte del artículo 566° del Código Procesal Civil. En caso de que el demandado incumpla con el pago de la pensión alimenticia en periodo consecutivo de tres meses, será registrado como Deudor Alimentario Moroso, sin perjuicio de que se disponga la remisión de los actuados respectivos ante el Representante del Ministerio Público por la presunta comisión de Omisión de Asistencia Familiar, por incumplimiento del pago de los alimentos devengados


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de ser el caso. 3) DEJAR SIN EFECTO la asignación anticipada dispuesta mediante resolución de fecha 18 de octubre del 2016 (folio 22), el demandado deberá regularizar las pensiones en el monto establecido en la presente sentencia. 4) Notifíquese al demandado mediante el Diario Judicial con el extracto de la parte resolutiva de esta resolución por tres días hábiles y consecutivas, conforme establece el segundo párrafo del Artículo 168 del Código Procesal Civil. 5) Una vez consentida y/o ejecutoriada que quede la presente sentencia, queda expedito el derecho de la demandante para exigir el cumplimiento estricto de la sentencia en todos sus extremos, sin perjuicio de ello –ante la inercia de la citada actora- se dispone el archivamiento transitorio y/o definitivo del expediente de ser el caso. Sin costas ni costos. 6) En caso de no ser apelada la presente sentencia ELEVESE en consulta al Superior Jerárquico, de conformidad a lo prescrito por el Segundo párrafo del artículo 408 del Código Procesal Civil. Tómese Razón y Hágase Saber. Sicuani, 08 de Enero del 2017.- Rosinelia Aco Corrales.- Secretaria Judicial.- Primer Juzgado de Paz letrado de Canchis.3vces-10-11-12-i-18 B/v 002-2215 RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 18° DE LA LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE MI DESPACHO SE PRESENTARON LOS HERMANOS DEHANE FRANCISCA ELISABETH NUÑEZ MEDINA DE AEDO, CARMEN SILVIA NUÑEZ MEDINA, GLORIA EDITH NUÑEZ MEDINA DE VALDEIGLESIAS, CARLOS FERNANDO NUÑEZ MEDINA, RUTH JULIETA NUÑEZ MEDINA, MARTHA CRISTINA NUÑEZ MEDINA, JOSE ALEJANDRO NUÑEZ MEDINA y NARDA PATRICIA NUÑEZ MEDINA, SOLICITANDO SE TRAMITE LA RECTIFICACIÓN DE SUS RESPECTIVAS PARTIDAS DE NACIMIENTO EN LAS QUE SE HA CONSIGNADO ERRÓNEAMENTE EL NOMBRE SU PROGENITORA COMO: “CARMEN NERI MEDINA VALDIGLESIAS”, SIENDO EL NOMBRE CORRECTO DE LA MADRE: “CARMEN NERI MEDINA VALDEIGLESIAS”. ANTONIETA OCAMPO DELAHAZA NOTARIA DEL CUSCO 10/01/2018 B/. 001-982 SUCESION INTESTADA Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez , bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 3229- 2017-0-1001 -JP.CI-03 seguido por JORGE LUIS HUAYLLUPUMA DELGADO sobre SUCESION INTESTADA, de la que en vida fue: MARIA ROSARIO HUAYLLAPUMA FLORES, fallecido el día: 07-12-2015 , a efecto de que se les declare heredero únicos y universal a: J O R G E LUIS HUAYLLAPUMA DELGADO, Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifica, para los fines de Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 10-11-12/01/2018 B/. 001-983 PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por JAVIER MAURICIO GALLEGOS MONTEAGUDO Y ROXANA ORTEGA CASTRO contra VICTOR ISIDRO MESTAS NEYRA Y ELENA PILAR QUISPE YANA DE MESTAS; sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00821-2005-0-1001-JR-CI-02, el Segundo Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo del Señor Juez Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, con intervención del Especialista Legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, ha dispuesto que el suscrito Martiliero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, ubicado en: CALLE SAPHY NRO. 844, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (360.00 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE SAPHY DE 10.30 ML, POR LA DERECHA CON PROPIEDAD DE TERCEROS CON 36.00 ML, POR EL FONDO CON AV. DON BOSCO DE 10.00 ML Y POR LA IZQUIERDA CON PROPIEDAD DE TERCEROS DE 36.00 ML. Y QUE CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11006446 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N°X- SEDE CUSCO VALOR DE TASACIÓN (COMERCIAL): TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 20/100 SOLES (S/ 3 389,967.20 Soles BASE DE REMATE: SI 2 259,978.13 Soles, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento 02 de la Ficha 24478, hasta por la suma de US$ 66,000.00. EMBARGO: en el Asiento 03 y 08, hasta por la suma de SI 24,000.00, a favor del Banco de Materiales - Unidad Operativa del Cusco. AMPLIACION DE HIPOTECA: en el Asiento D00005, se ratifica y extiende la hipoteca inscrita en el Asiento 02 a favor de los esposos JAVIER MAURICIO GALLEGOS MONTEAGUDO Y ROXANA ORTEGA CASTRO DE GALLEGOS hasta por la suma de US$ 80,000.00. ANOTACION DE DEMANDA: en el Asiento D00007, en los seguidos por ROXANA ORTEGA CASTRO DE GALLEGOS contra VICTOR ISIDRO MESTAS NEYRA y Otro, sobre Ineficacia de Acto Jurídico. INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO (Acción Pauliana): en el Asiento D00009, mediante Sentencia, Resolución 53 de fecha 22.4.2008 declara la ineficacia del acto jurídico contenido en la escritura pública de Anticipo de Legitima. Se deja constancia que los acreedores respecto de los cuales es ineficaz el acto señalado son Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro. EMBARGO: en el Asiento D00010, hasta por la suma de US$ 35,000.00, a favor de Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro de Gallegos. EMBARGO: en el Asiento

D00012, se dispuso variar la medida cautelar inscrita en el Asiento D00010, hasta por la suma de US$ 400,000 00, a favor de Javier Mauricio Gallegos Monteagudo y Roxana Ortega Castro de Gallegos. Todas inscritas en la Partida Electrónica N° 11006446 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: lunes 29 de enero de 2018, a horas 10h15 am. Que se verificará en la Oficina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol Nro. 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martiliero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: asdeLv@hotmail.com. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, en cheque de gerencia, negociable, a su nombre; deben presentar original y copia del Arancel Judicial (Código 7153) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios del Martiliero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de conformidad con el Articulo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley Nro. 27728 del Martiliero Publico y se cancelan al término de la subasta. CUSCO, 20 DE NOVIEMBRE DE 2017 DR. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO DR. DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTA SECRETARIO JUDCIAL DEL SEGUNDO 10-11-12-15-16-17/01/2018 B/. 001-986 SUCESION INTESTADA Ante mí oficina notarial ubicado en el Jirón Libertad No. 611 de DELIA MAMANI MONTESINOS, solicita la de su hijo quien en vida fue don CARLOS CABRERA MAMANI, fallecido el día 24 del mes de noviembre del año dos mil diecisiete en Jr. Rubén Tupayachi S/n, del poblado de Pavayoc, jurisdicción de distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, departamento de Cusco, siendo su último y habitual domicilio esta ciudad, a fin de que se declare como única y universal heredera a su hija nombrada MARIFE CABRERA AÑO en su condición de hija única en su condición de hija única. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 06 de enero del 2018. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario – Abogado Registro N 0 32 10/01/2018 B/. 001-987 SUCECIÓN INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicado en el jirón Libertad No. 611, de esta ciudad, doña TANIA QUISPE PINTO, solicita de quien en vida fue su padre don NICOMEDES QUISPE MERMA, fallecido el día catorce de mayo de dos mil quince, en su domicilio real ubicado en sector Huayanay, jurisdicción de distrito de Santa Ana, provincia La Convención y departamento de Cusco, siendo su siempre habitual y último domicilio este mismo sector, a fin de que se la declare como su única y universal heredera, en su condición de hija única. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 06 de enero de 2018. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario - Abogado Registro N 0 32 10/01/2018 B/. 001-987 SUCESION INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicado en el jirón Libertad No. 611, de esta ciudad, doña JUANA TINCO RIVAS, solicita de quien en vida fue su esposo don ROMULO MORALES NAVARRO, fallecido el día 29 de abril del año 2017 en su domicilio de jirón Santa Ana Nro.511, de esta ciudad, jurisdicción de distrito de Santa Ana, provincia de La Convención departamento de Cusco, siendo su siempre, habitual y ultimo domicilio esta misma dirección, a fin de que se la declare como heredera en su condición de cónyuge supèrstite, en concurrencia que sus hijos nombrados: Miguel Ángel Morales Tinco, Rosa Morales Tinco, Juan Carlos Morales Tinco y Rómulo Rodrigo Morales Tinco. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 08 de enero del 2018. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario - Abogado Registro N 0 32 10/01/2018 B/. 001-987 EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don ROYER IVÁN GARAY BOLIVAR, identificado con DNI N°41011230, de 36 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba Distrito de Santa Ana Provincia La Convención Departamento de Cusco de Profesión u ocupación Abogado, con domicilio en Av. San Martin 638 de esta ciudad. Doña TAMAHARA JENNYFERH AYALA ROMERO, identificada con DNI N°44099881 de 31 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba Distrito de Santa Ana Provincia La Convención De-


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Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 partamento de Cusco de Ocupación Enfermera, con domicilio en Av. San Martin 638 de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EL DIA SABADO 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2018. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 05 de Enero del año 2018 JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA 10/01/2018 B/. 001-987 EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don JEAN JAIME TOROBEO DELGADO, identificado con DNI N°71057236, de 26 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba Distrito de Santa Ana Provincia La Convención Departamento de Cusco de Profesión u ocupación PNP, con domicilio en Jr. Salkantay N-1F de esta ciudad. Doña MONICA ASMAT GIBAJA, identificada con DNI N°46363971 de 29 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Lima LimaVilla Maria del Triunfo de Ocupación su casa, con domicilio en Jr. Salkantay N-1F de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EL DIA SABADO 20 DE ENERO DEL AÑO 2018 en la Municipalidad Provincial de La Convención. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 05 de Enero del año 2018 JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA 10/01/2018 B/. 001-987 EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don ROBERT JOSUE GONZALES ORTIZ, identificado con DNI N°25012077, de 41 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruana, natural de LimaLima-Lima de Profesión u ocupación Guia de Turismo, con domicilio en Jr. Dos de Mayo N° 304 de esta ciudad. Doña VANESSA SOLORZANO HUAMAN, identificada con DNI N°47457977 de 25 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba Distrito de Santa Ana Provincia La Convención Departamento de Cusco de Ocupación Bach. En Contabilidad, con domicilio en Jr. Dos de Mayo N° 304 de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EL DIA SABADO 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2018. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 09 de Enero del año 2018 JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA 10/01/2018 B/. 001-987 EDICTO DE NOTIFICACION En el Juzgado Especializado de Familia de la Provincia de la Convención en el Expediente Nro.-502-2008, seguida por SUNITA MIRANDA FLOREZ sobre ALIMENTOS se ha dispuesto la notificación por edictos PERCY ESCALANTE VELASQUEZ. Resolución Nro.-33.-Quillabamba, 16 de Junio 2017.-POR LO EXPUESTO: No habiéndose formulado observación alguna contra la liquidación de Alimentos devengados de fecha 18 de octubre del 2017, corriente a folios ciento cuarenta y nueve: APRUEBESE dicha liquidación en todos sus extremos, ascendente a la suma de VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA y 00/100 SOLES (S/25,750.00); y conforme al estado del proceso; REQUIÉRASE al demandado PERCY ESCALANTE VELASQUEZ, a fin de que, dentro de TERCERO DIA de su notificación con la presente resolución, cumpla con cancelar el total de la liquidación de alimentos devengados, bajo apercibimiento expreso de remitirse copias certificadas de la liquidación de alimentos devengados y de las resoluciones respectivas a la Fiscalía Provincial Penal de turno de esta ciudad/ para la formalización de denuncia por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, debiendo notificarse al demandado tanto en su domicilio procesal como en su domicilio real, señalado en autos.- H. S. Juez.-Carmen Ramos Urbiola.- Arnaldo Bustamante.Secretario Judicial. Quillabamba, 18 de Diciembre del 201 7. ARNALDO BUSTAMANTE GAMARRA SECRETARIO JUDICIAL 10-11-12/01/2018 B/. 001-987 1 Se debe indicar que el artículo 3 del Decreto Supremo N° 052-2008-PCM; establece lo siguiente; “ La firma digital generada dentro de la infraestructura Oficial de Firma Electrónica tiene la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita. En tai sentido, cuando la ley exija la firma de una persona, ese requisito se entenderá cumplido en relación con un documento electrónico si se utiliza una firma digital generada en el marco de la Infraestructura Oficial de la Firma Electrónica.

EDICTO JUDICIAL. En el Segundo Juzgado de Paz letrado de Santa Ana, Provincia de la Convención que Despacha la Señor Juez KARINA VALIA OCHOA MONTUFAR, bajo la actuación de la Especialista legal SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLADO se viene tramitando el proceso N° 00501 -2017-0-1010-JP-CI-02 . seguido por CARLOS JAVIER TUPAYACHI MUÑOZ sobre Sucesión Intestada de quien en vida fue su madre CARMELA MUÑOZ PALIZA, sobre SUCESIÓN INTESTADA, fallecida el día 29 de abril del 2009.- Lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 18 de diciembre del 2017 SRI RADHA CASTRO MELLADO SECRETARIA JUDICIAL 10-11-12/01/2018 B/. 001-987 CONVOCATORIA El directorio y gerencia general convoca a todos los accionistas titulares de la EMPRESA DE TRANSPORTES DIVERSOS .S.A. a una asamblea ordinaria a realizarse el sábado 13 de enero del año en curso en primera convocatoria 5:30 pm y en segunda convocatoria a horas 6:30 pm en el local de la empresa calle san jose n°423 p.j antapampa espinar. AGENDA : 1:Informe económica de la empresa correspondiente al año 2017. 2:otros puntos a tratar. Atte. MERCEDES JUANA QUIRITA FERNANDEZ ADMINISTRACIÓN RPC: 991960520 TRANSDIVE S.A. Espinar- Cusco 10/01/2018 B/. 001-973

EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02657-2017-77-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada FRANCISCA CCALASANI CCOYCCOSI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES 11 DE ENERO DEL 2018 A HORAS 10:30 A.M (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-segundo piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02657-2017-77-1001-JR-PE-01, seguido en contra de la antes referida imputada como presunta autora por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio, en agravio de sus menores hijos Q.E.V.F. Ruth Yeni Ccoa Ccallasani y Remigio Manuel Ccoa Ccolque.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03937-2017-77-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado TIMOTEO CAHUANA CONDORI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTE DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03937-2017-77-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales A.N.A.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01963-2017-54-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALEXANDER SACA LORAICO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES OCHO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01963-2017-54-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales M.G.M.C.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018


8 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02474-2017-66-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado REYNALDO CONDE PAUCCAR, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DOS DE JULIO DEL 2018 A HORAS 03:00 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Chumbivilcas. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02474-2017-66-1001-JR-PE-01, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales Y.C.B.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 05317-2017-70-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado DONATO LUCIO MELO GALLEGOS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES VEINTICINCO DE ENERO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05317-2017-70-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales N.R.C.M.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02393-2016-74-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado WILFREDO CHACON ORTIZ DE ORUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES DIECISIETE DE MAYO DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02393-2016-74-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito contra la libertad en la modalidad de violación sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales SH.IS.BE.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02348-2016-46-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado AGUSTIN CHAIÑA HUALLPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES SIETE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02348-2016-46-1001-JR-PE-01, seguido en contra del referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio sub tipo feminicidio en grado de tentativa en agravio de Marisol Sullca Pfuro.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01985-2016-18-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados MARIO IBARRA CHALLCO y WISIMBER IBARRA CHALLCO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES CATORCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DIA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso) vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del modulo penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01985-2016-18-1001-JR-PE-01, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en agravio de Frank

Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 Leonel Escalante Taype y otros. Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03620-2017-13-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada NORMA ROXANA PINTO CHOQUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DOCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso) vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del modulo penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03620-2017-13-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio en grado de tentativa, en agravio de las menores de iníciales Y.M.P. y M.M.P. representados por Hilario Morocco Quispe.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03868-2017-70-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ANDERSON PILLCO VELASQUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES ONCE DE ENERO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03868-2017-70-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales N.H.M. representada por Flora Muñoz Quispe.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02374-2017-96-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JOSUE HOLGUIN LIGAS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES DIECINUEVE DE JULIO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02374-2017-96-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor, en agravio de la menor de iníciales D.R.T.H, representada por Ricarda Huari Uman.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02053-2016-19-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado YOURI YVAN CUBA CASTILLO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES SEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02053-2016-19-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor agravado, en agravio de las menores de iníciales A.Q.M. y C.Q.Q.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04247-2017-84-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado PLACIDO SALLO SANTA CRUZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES ONCE DE ENERO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04247-2017-84-1001-JR-PE-01, seguido por la


Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de actos contra el pudor sub tipo actos contra el pudor en menor de edad; en agravio de la menor de iníciales V.S.CH.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02542-2017-43-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ERNESTO MAMANI CAHUANA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 20 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-segundo piso. Vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02542-2017-43-1001-JR-PE-01, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, tipo especifico violación de persona en incapacidad de resistencia, en agravio de la menor de iníciales K.S.M.V.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02821-2016-23-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALEXANDER HUILLCA QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES OCHO DE MARZO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02821-2016-23-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de consumado, en agravio de la menor de iníciales F.M.C.G.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03873-2016-59-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado FLORENCIO VELAZCO VELAZCO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTICINCO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Espinar. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03873-2016-59-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual en grado de tentativa, en agravio de la menor de iníciales R.C.H.C.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02591-2017-73-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado LUDGARDO GUZMAN MEZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES CATORCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02591-2017-73-1001-JR-PE-01, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales M.M.I.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04009-2017-33-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada HILDA NOA MERMA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES CINCO DE ABRIL DEL 2018 A HO-

9 RAS 03:00 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04009-2017-33-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio en grado de tentativa, en agravio del menor de iníciales M.M.P.N.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03571-2017-84-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ROYER MORALES CRUZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DOCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 04:00 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía audiencia por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03571-2017-84-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en grado de tentativa, en agravio de la menor Sharmely Lucero Cruz Valdivia representada por su abuela Francisca Ccana Mamani.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señora Juez Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la Especialista Judicial Jimena Luque Espinoza, se viene tramitando el PROCESO JUDICIAL N° 1045-2017-0-1007-JRFT-01 sobre Violencia Familiar; mediante el cual se resuelve: “RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 10 de octubre del 201 7 (...) SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de violencia familiar en la modalidad de VIOLENCIA PSICOLÓGICA en agravio de LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO en contra de su cuñado EDILBERTO CHURA ARO. 2. PRESCINDIR la convocatoria de Audiencia Oral a Efecto de Emitir Medidas de Protección. 3. INGRESO DE AUTOS A DESPACHO para la emisión de las Medidas de Protección. RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 26 de octubre del 2017 (...) SE RESUELVE: DICTAR COMO MEDIDAS DE PROTECCIÓN A FAVOR DE LA AGRAVIADA LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO: 1. Disponer el cese de todo tipo de violencia física o psicológica por parte del demandado EDILBERTO CHURA ARO en contra de la agraviada LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO por lo que deberá: Abstenerse de agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, de efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, de proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios. 2. La prohibición de todo tipo de comunicación del demandado EDILBERTO CHURA ARO hacia la victima LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO, sea por vía electrónica, epistolar con la finalidad de agredir verbal o psicológicamente. 3. La prohibición del demandado EDILBERTO CHURA ARO de protagonizar cualquier discusión o altercado en cualquier lugar y circunstancia en que se encuentre la agraviada a fin de no causarle daño emocional. 4. Se dispone que el agresor EDILBERTO CHURA ARO se someta a terapia psicológica obligatoria para controlar su agresividad y garantizar futuras relaciones pacíficas y armoniosas por el periodo de 12 meses, en el Hospital de Sicuani, lo que debe acreditar de forma documentada. PARA LO CUAL GÍRESE EL OFICIO CORRESPONDIENTE. 5. Se dispone al agresor EDILBERTO CHURA ARO la prohibición de libar bebidas alcohólicas, esto en virtud a que encontrándose en estado de ebriedad se suscitaron los hechos de violencia familiar, y a fin se vuelva a suscitar tales hechos se dispone la presente medida de protección. Todo ello bajo apercibimiento del artículo 24 de la Ley 30364 que indica: “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección dictada en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal”. 6. Se dispone que la víctima LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO se someta a terapia psicológica en el hospital de Sicuani, para superar los efectos negativos de la violencia familiar. PARA LO CUAL GÍRESE EL OFICIO CORRESPONDIENTE. Estando a la revisión del expediente y atendiendo a lo dispuesto por el artículo 48 del D.S. 009-2016-MIMP (Reglamento de la Ley 30364) SE DISPONE LA REMISIÓN DE LOS ACTUADOS A LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE CANCHIS A EFECTO DE QUE ACTUÉ CONFORME A SUS ATRIBUCIONES. (En virtud a que los hechos son posteriores a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1323). 7. Se dispone, asimismo, se REMITA OFICIO A LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ a _ efecto de que registre la presente medida de protección en el Registro correspondiente.” 08-09-10/01/2018 CPJ


10 EDICTO PENAL SEÑOR: JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ. La Señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra.Sandra Villa Humpiri, en el proceso N° 166-2017-14-1001-JR-PE-05, seguido contra JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ, por el delito de contra la libertad en la modalidad de violación de la Libertad Sexual sub tipo actos contra el pudor en agravio de la menor de iniciales KA.I.F.Q., bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Gilmar Cahuata Sequeiros, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 04 del 18/12/17, Resolución N° 05 de fecha 29/12/17 y la Integración del Requerimiento de Acusación Fiscal, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04 Cusco, dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete.SE RESUELVE; 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para fecha 15 DE ENERO DEL AÑO 2018 A HORAS 14:30 PM. La misma que se realizará en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, quedando notificadas las partes procesales, debiendo de notificarse a la parte agraviada inconcurrente y al acusado mediante edictos. Resolución Nro.05: Cusco, veintinueve de diciembre Del dos mil diecisiete.DADO CUENTA: ATENDIENDO el escrito que precede, presentado por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago.- AL PRINCIPAL: Téngase por presentada integración al requerimiento de acusación, conforme a los argumentos expuestos en su escrito, AGREGÚESE al cuaderno, PÓNGASE en conocimiento de los demás sujetos procesales para su absolución oral en audiencia preliminar, de ser el caso, RESÉRVESE todo pronunciamiento jurisdiccional para la audiencia preliminar. NOTIFIQUESE a las partes en sus domicilios procesales.INTEGRA REQUERIMIENTO ACUSACIÓN FISCAL PETICIÓN PUNIBLE: De conformidad al Art. 349° del Código Procesal Penal se procede a presentar REQUERIMIENTO. DE ACUSACIÓN FISCAL contra el señor JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ como autor por la presunta comisión del delito contra la Libertad en la modalidad Violación de la Libertad Sexual, sub tipo actos contra el Pudor en agravio de la menor de iniciales KA.I.F.Q. (12 años) representado por su progenitora Bertha Quispe Tilca, prevista en el Art.176-A numeral 3 del Código Penal en grado de consumado. SEGUNDO: TESIS MATERIA DE IMPUTACIÓN: Circunstancias Precedentes.- La menor de iniciales K.I.F.Q. (12 años) vivía en los meses de Junio y julio del 2013 junto a su progenitora en una vivienda alquilada inmueble S/n de la APV Viva el Perú del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco y por motivos de trabajo su madre se ausento y viajo hacia la localidad de Quillabamba y esos momentos se quedo con su padre el señor Juan Carlos Parían Rodríguez en el mismo inmueble y junto a su hermano menor, quienes compartían la misma cama. Circunstancias Concomitantes.- En esas circunstancias la menor de iniciales KA.I.F.Q. (12 años), en su entrevista de Cámara Gessell refiere cuando tenía 9 o 10 años, no precisando la fecha exacta cuando no se encontraba su madre por trabajar en la Chacra en Quillabamba en la cosecha, su padre el acusado llego de Lima y en esa oportunidad se hecho en la misma cama con su padre Juan Carlos Farfan Rodríguez momentos en que su padre el acusado le toco con su mano la vagina, senos y.la zona “V” de sus nalgas y le hizo doler tocándole por debajo de la ropa “haciéndole movimientos frotamientos y caricias, disculpándose después al día siguiente como comunicándole que no paso nada en esa noche, seguidamente en esa misma noche del día siguiente de lo que paso por primera vez cuando se encontraban viendo una película cuando la menor se encontraba vestida con su buzo del colegio le toco nuevamente con su mano sus senos y vagina por encima de la ropa, así mismo al día siguiente de ese día le dijo que se sentara en sus rodillas y le beso, esto sucedió en cinco oportunidades tocándole la vagina como frotarle y acariciarle tocándole de adentro para afuera con su mano y le causaba dolor, después que le tocaba le indicaba que se iba portar bien, y en la última vez el acusado intento tener relaciones se subió encima de la menor previamente bajándose el pantalón donde intento quitarle el pantalón de la menor no logrando su propósito, en dicha ocasión la menor refiere haber sentido un líquido a la altura de su. vientre, en todas éstos hechos el acusado se encontraba en estado de ebriedad y después de que sucedía los hechos cuando se encontraba sano le indicaba que se iba portar bien con la menor, y lloraba cuando vivía estos hechos la menor agraviada. Circunstancias Posteriores.- En las diligencias investigación se tiene la Pericia Psicológica por el delito contra la Libertad Sexual. N” .004729-2016-PSCLS, practicada a la menor de iniciales pa.Qu.Ka.ls. (12 años) de cuyas conclusiones arribadas se tiene 7a menor evidencia actos en contra de su normal desarrollo psicosexual”. SEXTO.- Precisión del tipo penal 6.1.- La norma penal aplicable al caso es el Artículo Í76-A del Código Penal, cuyo texto es el siguiente: (*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley N® 28704, publicada el 05 abril 2006, cuyo texto es el siguiente: Artículo 176-A.-Actos contra el pudor en menores El que sin propósito de tener acceso carnal regulado en el artículo 170, realiza sobre un menor de catorce años u obliga a éste a efectuar sobre sí mismo o tercero, tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor, será reprimido con las siguientes penas privativas de la libertad: (...) 3. Si la víctima tiene de diez a menos de catorce años, con pena no menor de cinco ni mayor de ocho años. Si la víctima se encuentra en alguna de las condiciones previstas en el último párrafo del artículo 173 o el acto tiene un carácter degradante o produce grave daño en la salud física o mental de la víctima que el agente pudo prever, la pena será no menor de diez ni mayor de doce años de pena privativa de libertad.” Sustentado en lo dispuesto en la última parte del Art. 173°’del Código Penal que refiere “En el caso del numeral 2. la pena será de

Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 cadena perpetua si el agente tiene cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse á depositar en él su confianza.” 6.2.Se considera este tipo penal porque la, madre de la menor refiere que en los meses junio y julio del 2013 se ausento por motivos de trabajo en la cosecha en Quillabamba, en esos meses la menor contaba con 10 años de edad. 6.3.” En el presente delito se tiene el comportamiento tipleo en realizar tocamientos contra el pudor a un menor de 10 años, como es tocamientos indebidos en sus partes intimas o actos libidinosos contrarios al pudor. Séptimo.-Petición punible penal. 7.1.- Conforme a la evaluación de los hechos y teniendo en cuenta los principios de lesividad (Articulo IV de! T.P. Del Código Penal) y responsabilidad (Articulo Vil del T.P. Del Código Penal), en el presente caso, para evaluar los criterios del Artículo 45, 45 A. 46 del Código Penal, la pena conminada en estos casos se considera no menor de diez ni mayor de doce años de pena privativa de libertad conforme se determina la pena en el Art. 176o- A humeral 3 del Código Penal donde se debe considerar los tercios en la determinación de la pena concreta de la forma siguiente: 1 .Primer tercio entre los 10 .años a 10 años con 8 meses 2.Seaundo tercio entre los 10 años con 8 meses a 11 años con 04 meses 3 Tercer Tercio entre los 11 años con 04 meses a 12 años 7.2.- Considerando las circunstancias atenuantes como es la referencia de tener antecedentes penales. a) No cuenta con antecedentes penales (Oficio Nro. 666-2016-REDIJUCSJCUPJ. (fs. 25), donde informan que JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ no cuenta con Antecedentes Penales), se considera el extremo mínimo de 10 años, b) El imputado se encontraba en estado de ebriedad según versión de la agraviada, por lo que se efectúa una reducción de seis meses del. mínimo legal. 7.3.- Considerando las circunstancias agravantes propias del delito como el vinculo establecido en la última parte del art. 176-Adel Código Penal. 7.4.- En el presente caso, existe una lesión al bien jurídico protegido como es la indemnidad o intangibilidad sexual y la afectación el desarrollo de su sexualidad esto tratandose.de una menor de edad; y la educación condiciones personales, no cuenta con antecedentes penales y edad del acusado conoce la ilicitud de su conducta como es la realización de un acto impúdico en la persona del menor de edad quien se encontraba a su cargo como es ser su padre conforme a su Partida de Nacimiento (fs. 21) se aplica dentro el primer tercio de aplicación de la pena más la reducción por la atenuante por el estado de ebriedad por lo que en representación del Ministerio. Publico SE SOLICITA se imponga al acusado la pena de nueve anos con seis meses de pena privativa de libertad efectiva. 7.5- De conformidad al Art. 177 ultimo párrafo se solicita la inhabilitación de conformidad del Art. 36 numeral 5, por ser su hija del acusado conforme a la Partida de nacimiento se imponga la incapacidad para el ejercicio de la patria pastad, tutela o cúratela, en forma definitiva. OCTAVO.- Esquema de determinación de la Reparación Civil.- 8.1 Conforme a lo establecido en el Art. 92° y 93° del Código Penal determinan la referencia de la extensión de la reparación civil en e\ presente caso ha existido un daño a la persona en su integridad sexual, conforme al relato de los hechos y los elementos de convicción de acusación, jurista Editores. Lima 2011. Pag. 502.. 8.2.- En ese sentido y conforme a lo dispuesto por el Articulo en el 101° del Código Penal es necesaria determinar el monto de la reparación civil que se genere dentro de lo establecido en el Articulo en el Art. 1969 del Código Civil, por cuanto que en el presente caso existe, un daño concreto al bien jurídico protegido i) Lucro cesante: La,1, integridad sexual de la víctima .que se encuentra afectada por el hecho vivido i¡) El daño emergente: La afectación de su indemnidad sexual del menor ele edad en desarrollo ííi) El daño moral La Aflicción, el sufrimientoA la afectación de su desarrollo emocional por el hecho vivido donde ha sido su propio padre “su agresor, por lo que resulta razonable y proporcional por el delito REQUERIR el pago de la suma de SI. 5,000.00 (Cinco mil 00/100 Soles), que deberá pagar el acusado a favor del menor agraviado representado por su progenitora. 8.3.- En el presente caso no existe, bienes embargados ni incautados al acusado que garanticen el pago de la reparación civil. 8.4.- El acusado se encuentra con comparecencia simple, conforme a lo dispuesto por su Despacho. Cusco, 29 de diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL Io JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00082-2016-0-1009-JP-FC-01 MATERIA: ALIMENTOS JUEZ: NATALY CONSUELO CACERES VELARDE ESPECIALISTA: KANA CHILO WALTER Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 082-2016-FC, habiéndose resuelto: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por ZENOBIA CCORIMANYA CCONISLLA, en representación de su menor hijo ALEX PACCO CCORIMANYA sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, contra CELSO PACCO ARPHI, la misma que se tramitara en la vía del PROCESO ÚNICO; CÓRRASE traslado al demandado con el auto admisorio demanda y anexos por el plazo de 5 DÍAS HÁBILES para que absuelva la misma, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo presentar el anexo especial de la contestación conforme lo establece el articulo 565° del Código Procesal Civil. TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica.- H.S.Juez Dra N. Cáceres. Secretario Judicial W. Kana Ch.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 04 de diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ


Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 EDICTO PENAL SEÑOR: YURI CRUZ CRUZ La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 4746-2017-0- 1001-JRPE-05, seguido contra YURI CRUZ CRUZ, polla presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Noemi Samata Quispe, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 15/11/17 y Acta de Audiencia de fecha 27/12/2017 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. Cusco, quince de noviembre. Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA: (...) y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la Norma citada (...) ; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/ CJ- 116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICÍESE a la Coordinación de la Defensoria Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. Resolución N° 3. Cusco, veintisiete de diciembre, del dos mil diecisiete.-PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por los fundamentos expuestos SE RESUELVE: DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por FALTA del transcurso del plazo establecido en el artículo 350° inciso 1) del CPP. REPROGRAMAR la presente audiencia para el 24 de enero del 2018, a horas 11:00 de la mañana, a verificarse en la Octava Sala de Audiencias del Palacio de Justicia. Subsistiendo los apremios decretados en autos. DÁNDOSE por notificadas las partes presentes, debiendo de notificarse a las partes inconcurrentes, a la parte agraviada y al imputado mediante EDICTOS. Regístrese y comuniqúese. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Expediente Nro. 124-2017-57-1011-JR-PE-01, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Juez Soledad Ismenia Jordán Tapia y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cáceres del Río, se ha ordenado la notificación por edictos de la imputada LUCILA COLLANTES MENIS con un extracto de la resolución N° 1 pedido de constitución en actor civil, siendo como sigue: Resolución N* 01. Paruro, 13 de noviembre de 2017. (...) III. SE DISPONE ADMÍTIR a trámite la solicitud de constitución de actor civil, presentada por Mario Valverde Duran como parte agraviada en la investigación sobre la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación despojo mediante engaño en contra de Darhuin Carmelino Guzmán y Lucila Collantes Menis. CÓRRASE TRASLADO a todos los sujetos procesales con la solicitud de constitución en actor civil, por el término de tres días. VENCIDO el plazo, si no hay oposición por ninguna de las partes, póngase autos en mesa para resolver. (...). H.S. Paruro, 13 de diciembre de 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ AVISO JUDICIAL EN LA INVESTIGACIÓN TUTELAR Nro 417-2016 JUEZ MENDOZA ZEGARRA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA- CUSCO. En los seguidos por MARGARITA MEZA TORRES contra EVARISTO CJUNO TACURI sobre VIOLENCIA FAMILIAR se ha dispuesto la NOTIFICACIÓN a EVARISTO CJUNO TACURI con la Resolución Nro. 09.- Cusco, cuatro de enero del dos mil dieciocho .- De oficio .- Vía impulso procesal .Que, de la revisión de los autos aparece que el demandado EVARISTO CJUNO TACURI , no ha absuelto el traslado de la demanda dentro del plazo de ley, pese a estar legalmente notificado conforme se desprende de lo actuado a fojas ochenta y siete, ochenta y ocho y ochenta y nueve via edicto judicial y además en reiteradas veces fue emplazado via exhorto con resultado negativo , por su propio mérito y al amparo del artículo 458 del Código Procesal Civil ; Se resuelve : Declarar rebelde al demandado. En consecuencia siendo el estado de la causa y por la labor recargada y de acuerdo al rol de audiencias , señálese como fecha para el verificativo de la diligencia de audiencia única para el día veintinueve de enero del dos mil dieciocho a horas once de la mañana debiendo tenerse en cuenta lo señalado por el artículo artículo 203 del Código Procesal Civil modificado por la Ley 29057, con conocimiento del

11 señor Representante del Ministerio Publico y notifíquese a las partes en forma oportuna de acuerdo a ley, al demandado via edictos. H.s. Firmado Mendoza Zegarra. Firmado Luza Pezo Sec. Judicial. - Lo que notifico a Uds., para los fines consiguientes de ley. Cusco, 04 de enero del 2018 . 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA. SILVIA AGUIRRE ARANIBAR. El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. REYNALDO OCHOA MUÑOZ, en el proceso Nro 5437-2017-0-1001-JR-PE-04, seguido contra JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA Y SILVIA AGUIRRE ARANIBAR, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA Y SILVIA AGUIRRE ARANIBAR, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 26/12/17 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. Cusco, veintiséis de diciembre. Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICIESE-NOTIFIQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Articulo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Asi como mediante EDICTOS. Regístrese y comuníquese. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: CASIANO CCORIMANYA APAZA. IRME CONDE QUISPE. La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 5393-2017-0-1001-JRPE-05, seguido contra CASIANO CCORIMANYA APAZA, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de IRMA CONDE QUISPE, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 26/12/17 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01.Cusco, veintiséis de diciembre. Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fis-


12 calía Provincial Penal Corporativa del Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICIESE-NOTIFIQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día TREINTA Y UNO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Así como mediante EDICTOS. Regístrese y comuniqúese. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 237-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor ROLANDO TACO LEANDRO, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar. ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de sus menores hijos de inciales M.T.H. y M.K.T.H., representadas por su progenitora Cleny Huillca Sencia; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintidós de setiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ROLANDO TACO LEANDRO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (…), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número cinco se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el CINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE Y TREINTA HORAS.Espinar, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ

Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a ELVIN ESCOBERDO CÁMARA, en el Proceso Nro. 761-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar previsto y sancionado en el art I49 del Código Penal, en agravio de Monica Salas Huaihua, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día LUNES DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad lie Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a Goyo Alipio López Gallegos, en el Proceso Nro. 548-2016-80-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la libertad en su modalidad de Violación de la Libertad Personal, tipo violación de la libertad sexual sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR establecido en el primer párrafo del artículo 176 del Código Penal, en agravio de BETZAIDA ORCCON HUAMAN para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza al Señor JUAN COYLA HUAMAN, en el Proceso Nro. 606-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en listado de ebriedad en agravio de la sociedad, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos Formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS CATORCE DE TARDE (14.00 P. M.) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. N° 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a los señores LUIGUI YOSETH SALZAR ALAMOCCA y MARILUZ PEZO FLORES, en el Proceso Nro. 135-2017-50-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión DE HURTO AGRAVADO previsto y sancionado por el Art 186.3 del Código Penal. en agravio de KATHERINE GUERRA CRUZ Y AYDEE APAZA OH AUCA- para que asista a la audiencia de Proceso de control de acusación Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupavachi Avala Se cita y emplaza a AMILCAR LAZO RODRÍGUEZ, en el Proceso Nro. 112-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión conducción en estado de ebriedad previsto y sancionado en el primer párrafo del articulo 274 del Código Penal en agravio de la sociedad para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISÉIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a SINFOROSO CALLAÑAUPA CALDERÓN, en el Proceso Nro. 117-20I7-0-1010-JR-PF-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, en agravio de EV CC SAREPPOR


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Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 representado por su progenitora CARMEN SANTA CRUZ, para que asista a la audiencia de Proceso de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la cuidad de Quillabamba, Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: FORTUNATO OSCCO MAYTA Se cita y emplaza a Elvis Aristóteles Huamán Sarmiento, en el Proceso Nro. 564-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves previsto y sancionado en el primer párrafo del Artículo 121 del Código Penal, en agravio de OLGA LEGUIA OLARTE, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CINCO DE FEBRERO DEL AÑO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 1-10-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a ELVIN ESCOBERDO CÁMARA, en el Proceso Nro. 761-2017-0-1010-JIR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar previsto y sancionado en el art. 149 del Código Penal, en agravio de Monica Salas Huailuia, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día LUNES DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P.M.), en la Primera Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a JUAN CARLOS PACCO CONDORI, en el Proceso Nro. 734-2015-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del ART 149 del Código Penal, en agravio de YFEMIA GONZALERS DUEÑAS, para que asista a la audiencia de CONTROL DE. ACUSACIÓN, y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTITRES DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de No\iembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a SERAPIO ALMIRON VASQUEZ, en el Proceso Nro. 760-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Subtipo LESIONES CULPOSAS previsto y sancionado en el Art.° 124-2, en agravio de OMISIÓN DE AISISTENCIA FAMILIAR, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en mi contra, audiencia que se llevará a cabo el día OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba, Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor RUSBELL QUISPE RIVERA, en el Proceso Nro. 655-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día JUEVES 19 DE ABRIL DEL 2018 (10.00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 11 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a PEDRO JANCCO ESTRADA, en el Proceso Nro. 665-2016-65-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SUBTIPO VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD conducta que se encuentra prevista regulada en el articulo 173 numeral 1 del código penal en agravio de la menor de iniciales EV.JA.RO. De 7 años de edad representado por su progenitor PEDRO JANCCO ESTRADA, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor ALBERT EINSTEN BAUTISTA JANCO, en el Proceso Nro. 770-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VENTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS NUEVE CON TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 21 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a CIRILA COLQUE COLQUE, en el Proceso Nro. 174-2016-32-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL de MENOR DE EDAD previsto y sancionado por el ART. 173.2 del Código Penal, en agravio de menor de iniciales NA.CA.CC. Representado por su progenitora CIRILA COLQUE COLQUE, para que asista a la audiencia de Prisión Preventiva. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día DIECIENUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 M.D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a EBERTSON ANDRADE CACERES, en el Proceso Nro. 755-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 149 del Código Penal, en agravio de AYLIN SHIOMARA ANDRADE RAMÍREZ, representada por su progenitura YICELL RAMÍREZ ZAMATA, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTIDOS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor Juan Fidel Castro Flores, en el Proceso Nro. 742-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VENTlUNO DE MARZO DEL 2018 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 21 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ


14 EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a LEÓNIDAS CHAINA GUTIÉRREZ, en el Proceso Nro. 417-2014-84-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito seguidos contra LEÓNIDAS CHAINA MENDOZA por la presunta comisión del delito de PELIGRO COMÚN SUB TIPO TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO previsto en el primer párrafo del Art 279 del Código Penal, en agravio del estado representado por la procuraduría publica del Ministerio del Interior., para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia DIECISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIOCHO A DOCE DEL MEDIO DIA, en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: María Jesús Ángulo Aedo Se cita y emplaza a CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA, en el 0493-2017 en los seguidos contra CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la sociedad., para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÍOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (12:00 M/D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de setiembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a JOSMEL ESCALANTE QUERARI, en el Proceso Nro. 210-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 274 del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llenará a cabo para el dia 08 DE FEBRERO DEL ANO 2018 a horas 14:00 (CATORCE DE LA TARDE ), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. I40-I48 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 27 de diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza al Señor REHINER WIHIMAN CALLUCO QUISPE, en el Proceso Nro. 496-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad en la modalidad de peligro común subtipo Conducción en Estado de Ebriedad previsto y sancionado por el primer párrafo por el artículo 274 del Código Penal, en agravio de la Sociedad para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISEIS DE ENERO DELAÑO DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS DIES DE LA MAÑANA (10.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de Octubre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a LEIVA ALVAREZ. en el Proceso Nro. 476-2017-0-1010-JRPE-01, que se le sigue Proceso Penal Nro. 260-2015-0 en los seguidos contra BENITO LEIVA ALVAREZ por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE AISISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SOLEDAD LLALLARCO ARREDONDO para que asista a la audiencia de control de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTIDOS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza al Señor CAÍN CARRASCO SOTO, en el Proceso Nro. 588-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito

Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 de Conducción en listado de Ebriedad, en agravio de la sociedad, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIEICISIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a PEDRO JANCCO ESTRADA, en el Proceso Nro. 665-2016-65-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SUBTIPO VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD conducta que se encuentra prevista regulada en el articulo 173 numeral 1 del código penal en agravio de la menor de iniciales EV.JA.RO. De 7 años de edad representado por su progenitor PEDRO JANCCO ESTRADA, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor ALBERT EINSTEN BAUTISTA JANCO, en el Proceso Nro. 770-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VENTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS NUEVE CON TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 21 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a CIRILA COLQUE COLQUE, en el Proceso Nro 174-2016-32-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL de MENOR DE EDAD previsto y sancionado por el ART. 173.2 del Código Penal, en agravio de menor de iniciales NA.CA.CC. Representado por su progenitora CIRILA COLQUE COLQUE, para que asista a la audiencia de Prisión Preventiva. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día DIECIENUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 M.D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a EBERTSON ANDRDE CACERES, en el Proceso Nro. 755-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 149 del Código Penal, en agravio de AYLIN SHIOMARA ANDRADE RAMÍREZ, representada por su progenitora YICELL RAMÍREZ ZAMATA, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTIDOS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00380-2016-46-1014-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPIC ANCHI. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J. Materia: VIOLACIÓN SEXUAL. Se cita y emplaza a ALVARO CCOLQÜE RAMÍREZ, a la audiencia en la que 2DA. Fiscalía Penal de Quispicanchi solicita sus prisión preventiva en el proceso N° 00380-2016-46-1014-JR-PE-01 seguido contra ALVARO CCOLQÜE RAMÍREZ,


Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 por la presunta comisión del delito de Violación Sexual a menor de edad en agravio de la menor de iniciales CCSR, a llevarse a cabo el día 23 DE ENERO DEL AÑO 2018 A HORAS 09 DE LA MAÑANA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos-Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 26 de Diciembre del año 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00028-2017-6-1014-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J. Materia: HOMICIDIO CULPOSO. Se cita y emplaza a TANIA SHEARMELI CARPIÓ GUTIÉRREZ, a la audiencia de control de acusación en el proceso seguido en su contra N° 00118-2016-0-1014-JRPE-01 seguido contra por la presunta comisión del delito de PELIGRO POR MEDIO DE INCENDIO O EXPLOSIÓN en agravio de HILARIO HUAQUISTO RODRÍGUEZ Y OTRO a llevarse a cabo el día EL DÍA QUINCE DE ENERO DEL AÑO 2018 A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 18 de Diciembre del año 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN REMIGIO CABRERA CONTOY La señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NARALY VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro. 888-2017-28-1001-JRPE-05, seguido contra YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN como autor por la presunta comisión del delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar en agravio de la menor de iniciales T.C.H. representada por su progenitor REMIGIO CABRERA CONTOY ha dispuesto notificarle con el Requerimiento de Acusación, la Resolución N° 01 del 22/11/2017 y con la Resolución N” 02 de fecha 27/12/2017 cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN PENAL Luego de efectuadas las investigaciones correspondientes en la investigación preparatoria y a tenor de lo establecido en el articulo 349° del Código Procesal Penal, cumplo con FORMULAR REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, en agravio de la menor de iniciales T.C.H., de 13 años de edad, representada por su progenitor Remigio Cabrera Contoy. I.- DATOS PERSONALES DEL IMPUTADO: Nombres y apellidos, YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN, identificado con DN1 N° 45017627., nacido el 24 de diciembre de 1986, con 30 años de edad, sexo Masculino, estado civil Soltero, lugar de nacimiento ChinchaypujioAnta-Cusco, Grado de instrucción Secundaria - 1er año, con domicilio real en la Comunidad campesina Pantipata, anexo Ivin, en el distrito de Chinchaypujio, de la provincia de Anta, del departamento de Cusco, nombre de los padres Remigio y Avelina, con domicilio procesal Avenida Micaela Bastidas 657-D, en el distrito de Wanchaq, de la provincia y departamento de Cusco. DATOS DE LA PARTE AGRAVIADA La menor agraviada de iniciales T.C.H., de 14 años de edad, tiene como domicilio real en el asentamiento humano Sayari Sábado Baratillo, calle Las Amnéricas lote W-ll, en el cercado del Cusco; y no tiene domicilio procesal. 11.- DESCRIPCIÓN DEL HECHO ATRIBUIDO AL IMPUTADO YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN, CON SUS CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES. CONCOMITANTES Y POSTERIORES. 1.- HECHOS PRECEDENTES: Que, entre Remigio Inocencio Cabrera Huaman y la menor agraviada de iniciales C.H.T., de 13 años de edad, existe vínculo familiar, ya que son hermanos, quienes Vivían en el mismo inmueble, ubicado en el asentamiento humano Sayari Sábado Baratillo W-11, en el distrito, provincia y departamento de Cusco. 2.- HECHOS CONCOMITANTES: En esas circunstancias, se tiene que en el interior de la habitación de Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, ubicada en el asentamiento humano Sayari Sábado Baratillo W-l 1, en el distrito, provincia y departamento de Cusco, la menor agraviada de iniciales Te.Ca.Hu., desde que tenía 10 años hasta los 11 años de edad, sufrió tocamientos indebidos en sus partes íntimas, como vagina y pechos, por parte de su hermano mayor Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, debido a que la referida menor después de asistir a su colegio, concurría a horas cuatro de la tarde o a veces siete de la noche, a la habitación de su hermano mayor Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, que queda en el primer piso del referido inmueble, se echaba en su cama y veía televisión, por tal motivo a veces se quedaba dormida, momentos que eran aprovechados por Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, quien le metía el dedo en su vagina y le agarraba sus pechos. 3.- HECHOS POSTERIORES: Por otro lado, en el mes de setiembre del año 2015, Norca Ureta Duran, psicóloga de la institución educativa comercio 41, de la ciudad del Cusco, se entrevistó con la menor agraviada de iniciales Te.Ca.Hu., de 13 años de edad, en una de las oficinas de la referida institución educativa, en razón a que tenía bajo rendimiento escolar y debido a que se le veía distraída, es en mérito a ello, que tomó conocimiento que la menor de iniciales Te. Ca. Hu. de 13 años de edad, fue víctima de tocamientos indebidos, realizados por el hermano mayor de la referida menor agraviada de nombre Ynocencio Remigio Cabrera Huamán; motivo por el cual, en fecha 30 de setiembre del año 2015, el progenitor de la menor agraviada Remigio Cabrera Contoy, junto a la interna en psicología Freisy Pamela Echegaray Vega,

15 concurrieron a la comisaría de la P.N.P de Sipaspucyo, con la finalidad de asentar la denuncia correspondiente. IV.- PARTICIPACIÓN QUE SE LE ATRIBUYE AL ACUSADO: El acusado YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN, tiene la calidad de autor directo del delito de actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, materia de la presente acusación, en razón de que éste habría actuado “dolosamente” en la comisión del delito, puesto que de los actos de Investigación realizados, tanto en la Investigación preliminar como preparatoria, se tiene: El acta de entrevista única en cámara Gesell. Practicado a la menor agraviada de iniciales T.C.H. de 13 años de edad, en la cual sindica de manera directa a su propio hermano Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, como autor del delito de actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, en su agravio, corroborado con el protocolo de pericia psicológica por delitos contra la libertad sexual Nro. 002907-2016-Pé-CLS. de fecha 28 de marzo del año 2016, practicado a la menor agraviada de Iniciales Ca.Hu.Te., de 13 años de edad, que concluyó: “1.- Al momento de la evaluación se evidencian indicadores de abuso sexual, 2.- Al momento de la evaluación presenta problemas psicosociales en su comportamiento: ansiedad, temor, inseguridad, agresividad, 3.- Revelación de acontecimientos genera en la menor mayor estabilidad emocional, y 4.- Requiere de psicoterapia individual y de familia. Y estando a lo previsto por el artículo 23 del Código Penal, que señala: “El que realiza por si o por medio de otro el hecho punible y conforme se tiene de la Teoría del Dominio del hecho, el acusado Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, resulta ser el autor directo del delito de actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vínculo familiar, en agravio del menor de iniciales T.C.H., de 13 años de edad, ya que es él quien ha realizado de propia mano todos los elementos objetivos y subjetivos que configuran el tipo penal de actos contra el pudor en menor de edad-agravado por el vinculo familiar, previsto y sancionado por el primer párrafo, inciso 3 y último párrafo del artículo 176°-A del Código Penal, asimismo, el acusado ha actuado dolosa y voluntariamente hasta lograr el resultado típico, conducta que le es atribuible, por ende le corresponde la pena señalada en dicha prescripción normativa. V.- LA RELACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL QUE CONCURRAN: Que analizados los artículos 20° al 22° del Código Penal, NO existen circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal del acusado Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, ni se advierte alguna causa de justificación u otro elemento modificatorio de responsabilidad; ya que tan solo concurre la agravante del vinculo familiar, ya que Ynocencio Remigio Cabrera Huamán y la menor agraviada de iniciales TC.H., de 13 años de edad, eran hermanos al momento de suscitados los hechos delictivos. POR LO EXPUESTO: Pido a Usted, señor Juez, tener por formulada la ACUSACIÓN FISCAL, en contra de Ynocencio Remigio Cabrera Huaman, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, en agravio de la menor de iniciales T.C.H., de 13 años de edad, representada por su progenitor Remigio Cabrera Contoy y tramitarla conforme a Ley. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cu seo, veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del articulo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. CITAR para el dia VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 3. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Articulo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, sin posibilidad de reincorporación, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Articulo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 4.


16 OFICÍESE a la Coordinación de la Defensa Pública del M1NJUS Cusco, a fin de que designen el número necesario de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado(s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento acusatorio. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comuniqúese.RESOLUCIÓN N° 2 Cusco, veintisiete de diciembre, del dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Audiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA) 1. FISCAL YENEER SENDON ALBA: FISCAL PROVINCIAL” DE LA SEGUNDA FISCALÍA PENAL CORPORATIVA DE CUSCO: Con Casilla electrónica 55775. 2. DEFENSA DEL IMPUTADO: DEFENSOR PÚBLICO DANIEL HUAMANTICA AUCCACUSI: Con CAC 4544, con Casilla electrónica 55201. Por los fundamentos expuestos SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por devolución de la cédula de notificación dirigida al domicilio real de imputado.2. REITÉRESE la notificación al acusado en su domicilio real ubicado en la Comunidad Campesina Pantipata Anexo Ibin Distrito de Chinchaypuquio - Anta - Cusco, para lo cual el Representante del Ministerio Público deberá proporcionar copia de los informes o notificaciones previas efectuadas por parte de dicha entidad al domicilio real antes citado, el mismo que deberá ser diligenciado por parte del personal de la central de notificaciones de Anta, bajo responsabilidad y bajo apercibimiento de remitirse copias a ODECMA en caso de falta de realización de la notificación efectuada. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para el 24 de enero del 2018, a horas 12:00 del medio dia, a verificarse en la Octava Sala de Audiencias del Palacio de Justicia. Subsistiendo los apremios decretados en autos. 4. DÁNDOSE por notificadas las partes presentes, debiendo de notificarse a las partes inconcurrentes, a la parte agraviada y al imputado mediante EDICTOS, con el contenido del requerimiento acusatorio, resolución N° 1 y con la presente, asimismo a su domicilio real antes indicado con los documentos antes señalados. NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. CONCLUSIÓN: (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA EXPEDIENTE N° 482-2017-0-1005-IR-PE 01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, a cargo de la Señora Juez: Roció Caceres Pérez, y bajo la actuación de la Especialista de causa José Antonio Rojas Sotelo, se viene tramitando el Proceso Na 482-2017, seguido contra A: ROLANDO COLQUE MAMANI identificado con DNI: 43102831, nacido el 27-12-1980, de estado civil soltero, natural de Puno- Puno-Puno, por el delito contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de agresiones en contra de las mujeres o integrantes Del Grupo Familiar en agravio de Juana Ttupa Baños; Por el que en cumplimiento de lo dispuesto en la RESOLUCIÓN N° 02; de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil diecisiete. En la que se declara en la parte resolutiva: -1.- FRUSTRADA, la presente audiencia de incoación de proceso inmediato, por inconcurrencia de la Fiscalía y por falta notificación valida del procesado. 2.- REPROGRAMAR, la audiencia para el día MARTES 16 DE ENERO DEL 2018, A HORAS 9:00 A.M, para la respectiva audiencia de incoación de proceso inmediato, con la constancia de que no puede observarse ya los plazos establecidos por ley, para la emisión de la resolución debido a que toma su tiempo realizar coordinación con Cusco, para la publicación para los respectivos edictos, con la notificación al procesado.3.-Por la Atingencia hecha en la fecha de los hechos, fecha de presentación del requerimiento y la no concurrencia del Fiscal a esta diligencia se dispone GIRAR OFICIO A LA OFICINA DE COORDINACIÓN DE CALCA, para que tome conocimiento de esta irregularidad y finalmente notificar a las partes con la resolución que se acaba de dictar, con subsistencia de los apercibimientos dictados en autos y comunicación de la Defensa Publica, en caso no concurra un abogado de defensa privada del procesado, sea asumido por la Defensa Publica de esta localidad. Por lo que deberá CONCURRIR ROLANDO COLQUE MAMANI el día DIECISÉIS DE ENERO DE DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO de Ley. Calca, 29 de diciembre del 2017.09-10-11/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 00674-2015-76-1001-JR-PE-06 SEÑOR: ALEXIS MARTÍN ESQUEN GAONA, YASMIN GARCÍA DELGADO, CYNTHIA GARCÍA DELGADO, JHONATAN SAÚL MAMANI CCONISLLA, LUZ MARINA DELGADO BACA Y NELY EMILIA BACA ESCOBAR. Ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. María Angélica Quispe Apaza, bajo la actuación del Especialista Judicial de Juzgado Abg. Iván Merma Huaman, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. 00674-2015-76-1001-JR-PE-06, seguido contra ALEXIS MARTÍN ESQUEN GAONA, YASMIN GARCÍA DELGADO, CYNTHIA GARCÍA DELGADO, JHONATAN SAÚL MAMANI CCONISLLA, LUZ MARINA DELGADO BACA Y NELY EMILIA BACA ESCOBAR, por la presunta comisión del delito de Turbación de la Posesión en su forma agravada en agravio de Elizabeth Mamani Gonzales, y se ha dispuesto NOTIFÍCAR a los imputados con la Res. 07

Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 de fecha 28/12/17, que dispone:----Resolución Nro. 07 Cusco, veintiocho de diciembre del año dos mil diecisiete.VISTO, el Acta de Audiencia de fecha 04 de diciembre de 2017; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Resolución N° 06 de fecha 04 de diciembre de 2017 se declaró frustrada la audiencia programada para el 04 de diciembre de 2017 por no haber concurrido los acusados Yasmin García Delgado y Alexis Martin Esquen Gaona, así como por no contar con abogado defensor. SEGUNDO: Que en la audiencia frustrada señalada en el considerando segundo se ha dispuesto girar oficio a la defensa pública, por lo que corresponde girar oficio a la defensa pública con la finalidad de garantizar los derechos de los acusados Yasmin García Delgado y Alexis Martin Esquen Gaona. TERCERO: Mediante Resolución Administrativa N° 964-2015-P-CSJCU-PJ., de fecha 29 de octubre del 2015, emitida por La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, se establece en parte resolutiva en el Artículo Primero: “Disponer que la Administración del Módulo realice un corte en el señalamiento de las audiencias para reformular el agentamiento de las mismas, a partir del 1 de diciembre de 2015, debiendo de realizarse de manera paralela únicamente cuatro audiencias a la vez a cargo de cada órgano jurisdiccional” (negrita agregado). A la fecha este Juzgado cuenta con audiencias programadas hasta el año 2019, por lo que a fin de evitar malestar en los litigantes ha incrementado mas una audiencia a las cuatro programadas, tomándose en cuenta los plazos de prescripción y la complejidad del proceso; asimismo debe precisarse que este Juzgado cuenta con audiencias ya programadas, con el riesgo de que estas audiencias no puedan culminarse produciéndose su interrupción, por lo que conforme a lo precedentemente mencionado se está programando la presente Audiencia de Juicio Oral, habiéndose coordinado la fecha y hora de audiencia con la señora magistrada de este Juzgado. Por lo que en atención a lo señalado, corresponde fijar fecha y hora de juicio oral, en tal sentido, SE RESUELVE: 1.- Prográmese la diligencia de JUICIO ORAL para el día VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta), la que se realizará en la ONCEAVA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, la audiencia de instalación de juicio es inaplazable, conforme lo dispone al Articulo 355 inciso 6) del Código Procesal Penal; acto al cual comparecerán obligatoriamente los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública, conforme lo dispone el Articulo 355 inciso 4) del Código Procesal Penal; debiendo notificarse a todas las partes, conforme a lo dispuesto y precisado en la Resolución N° 1 (Auto de Citación a Juicio Oral), subsistiendo los apremios dispuestos y demás de ley. 2.- Gírese Oficio a la defensa pública para que asista técnicamente a los acusados. 3.- Notifíquese mediante edictos la presente resolución a la parte imputada. H.S. 09-10-11/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 04688-2017-0-1001-JR-PE-07 SEÑORA: EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE El Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria- flagrancia del Cusco, en el proceso N° 4688-2017-0 seguido contra EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE, por el delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ENRIQUETA QUISPE CASTILLO, bajo la actuación de la especialista judicial Abog. Anais Tapia Peña, emplaza EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE con el tenor del acta de audiencia de fecha 05 de enero de 2018. REGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO JUEZ: Deja constancia de la inconcurrencia del imputado a la presente audiencia, y de la revisión de autos se tiene la cédula de notificación dirigida a EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE en su domicilio real APV Águilas del Sur G-6 Cusco - Cusco fue devuelta por no haberse ubicado motivo por el que se REPROGRAMA LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA JUEVES 29 DE ENERO DEL AÑO 2018 EN CURSO A HORAS 14:30 AM. EN LA DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO, para lo cual el especialista de causa tendrá que notificar al imputado mediante EDICTO JUDICIAL el cual tendrá que ser efectuado en tres fechas consecutivas en el Diario oficial del Cusco quedando notificado en este acto la parte que ha concurrido. CONCLUSIÓN: 15:09 PM. (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA-Sede Espinar EXPEDIENTE; 329-2017-0-1009-JR-PE-O1 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACROMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se dispone notificar V(A EDICTO ai señor DONATO LIPA YAPO, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hijo A.R.L.R., representado por su progenitura Francisca Ramírez Acrota; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha seis de enero del dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado DONATO LIPA YAPO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. REQUIÉRASE al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas cumpla con designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado


Cusco, miércoles 10 de enero de 2018 defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable. SE DISPONE reprogramar la presente audiencia para el VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS.Espinar, 05 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede Espinar EXPEDIENTE: 346-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELEABETH APAZA HOLGUINO Se dispone notificar VÍA EDICTO al señor SERGIO ALFREDO CCASA LAROTA, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hijo C.G.C.C, representado por su progenitora Yurema Choquenaira Garate; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veinte de noviembre del dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado SERGIO ALFREDO CCASA LAROTA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. REQUIÉRASE al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas cumpla con designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable. SE DISPONE reprogramar la presente audiencia para el VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y CUARENTA Y CINCO HORAS.Espinar, 06 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede Espinar EXPEDIENTE: 301-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor LUCHO BENIQUE PAUCARA, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hijo de iniciales K.M.B.LL, representado por su progenitura Reyna llaique Llayque; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha dieciocho de octubre del dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado LUCHO BENIQUE PAUCARA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por e! Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número cinco se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el DIECISIETE DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS (hora exacta).Espinar, 29 de Diciembre del 2017. 10-11-12/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE 1NVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 298-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor GUILLERMO TAPARACO PORTUGAL, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de sus menores hijas A.C.T.A., M.T.A., I.T.A.. y Y.F.T.A., representado por su progenitora Eriberta Achircana Taipe; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 06, que dispuso REPROGRAMAR la audiencia de proceso inmediato para el dia DIECISÉIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS.Espinar, 29 Diciembre del 2017. 10-11-12/01/2018 CPJ EDICTO PENAL 1° Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: María Jesús Ángulo Aedo Se cita y emplaza a HERNÁN QUISINE SUMIRE, en el Proceso Nro. 221-2015-

17 77-1010-.IR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 149 del Código Penal, en agravio de Esperanza Quisine lluamán, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día MARTES DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO DEL DOS MIL DIEICIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del .Ir. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 08 de Enero del 2018. 10-11-12/01/2018 CPJ EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACA La Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, con la intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Miguel Alcides Jiménez Aliaga, en el proceso penal del expediente N° 02841-2017-47-2111-JR-PE-01, seguido en contra de JOSÉ LUNA HUANCA, como presunto autor del delito Contra la Familia, en su Modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en su Forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, ilícito previsto en el Primer Párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de LIVIA LUNA MAYO, CITA Y NOTIFICA al acusado JOSÉ LUNA HUANCA, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO INMEDIATO, señalado para el día TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasistencia.Juliaca, 26 de Diciembre del 2017. 10-11-12/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR Expediente: Nro. 2017-811. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la investigación tutelar sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL seguida a favor de la menor MIRTHA DÍAZ NUÑEZ (15), se ha dispuesto se notifique a su madre biológica doña HONORATA NUÑEZ ITURRIAGA y/o familiares cercanos lo siguiente: Resolución Nro. 01 de fecha 05 de Julio del 2017, donde SE RESUELVE: abrir investigación tutelar por ABANDONO MORAL Y MATERIAL a favor de la menor MIRTHA DÍAZ NUÑEZ (15), disponiéndose como medida de protección el internamiento preventivo en el Hogar Virgen de Natividad de la ciudad del Cusco, para efectos de que se apersonen al proceso y presten sus declaraciones, presenten los recursos que la ley les franquea, bajo apercibimiento de emitirse la resolución de declaración en estado de abandono, con fines de adopción.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Carmen Ramos Urbiola. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 29 Diciembre del 2017. 10-11-12/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR Expediente: Nro. 2017-809. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la investigación tutelar sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL seguida a favor de la menor LIZ KATHERIN TAPIA QUISPE (13), se ha dispuesto se notifique a su madre biológica LIDIA QUISPE SERNA domiciliada en el Pasaje Cementerio s/n (Referencia cerca a la Iglesia del Sr. de La Sentencia), y/o familiares cercanos lo siguiente: Resolución Nro.- 01. Quillabamba, 05 de Julio del 2017. SE RESUELVE: 1. ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR, a favor de la menor LIZ KATHERIN TAPIA QUISPE de 13 años de edad sobre ABANDONO MORAL I MATERIAL, en contra de su progenitura doña LIDIA QUISPE SERNA con citación del representante del Ministerio Público, 2. DISPONER como medida de protección en favor de la menor tutelada continúe albergado en el Hogar Virgen de Natividad de la ciudad del Cusco, mientras las resultas de la presente investigación, para efectos de que se apersone al proceso y preste su declaración, presente los recursos que la ley les franquea, bajo apercibimiento de emitirse la resolución de declaración en estado de abandono, con fines de adopción.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Carmen Ramos Urbiola. Arnaldo Bustamante Camarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 04 Enero del 2018. 10-11-12/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR SE NOTIFICA: A Dionicio Salamanca Mamani y Rosa Tintaya Añamuro, padres del menor SALVADOR SALAMANCA TINTAYA (16 años de edad) con Proceso Nro. 3916-2017-FT. Para que tome conocimiento y de ser posible comparezcan ante el Tercer Juzgado de Familia de la ciudad del Cusco, a fin de rendir su declaración respecto al abandono moral y material de su menor hijo, de lo contrario se Declarará el Estado de Abandono Moral y Material con fines de Adopción. Cusco, 04 de enero del 2018. Secretaria: Joselin Pezo Huallpa. Juez: Dr. Edwin Romel Bejar Rojas. 10-11-12/01/2018 CPJ


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