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Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso 967-2004; SE RESUELVE: ADMÍTIR a trámite la demanda interpuesta por ALEJANDRINO PEDRO COANQUI QUISPE y JUANA GONZALES CALDERON sobre REINVINDICACIÓN, RESTITUCION DE INMUEBLE, COBRO DE FRUTOS e IMDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, dirigiendo la demanda contra JUAN HUILLCA HUALLPAMAYTA y RICARDINA FERNANDEZ MARA S , la misma que se encuentra en ejecución de sentencia. RES; 112; SE RESUELVE.- Notificar a mediante edictos, a los sucesores de quien en vida fue Juan Huillca Huallpamayta, con la finalidad de que se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. H.S. Cusco, 04 de noviembre del 2016. 3VCES-08-09-10-XI-16 B/V 41643 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 307-2016-CI seguido por ANTONIO MENDOZA HUARCO sobre SUCESION INTESTADA de su hermana FELIPA CONCHA HUARCO fallecida el 06-12-1996, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 04 de noviembre del 2016. ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL 08-09-10/11/2016 B/.31217 AVISO DE DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION POR ACUERDO DE LA TITULAR GERENTE, DE FECHA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2016. LA EMPRESA ANYOS E.I.R.L. UBICADO EN EL DISTRITO SANTA ANA, PROVINCIA LA CONVENCION, DEPARTAMENTO CUSCO, HA ACORDADO LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION, DE LA EMPRESA, ACUERDO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PUBLICO PARA LOS FINES CORRESPONDIENTES. HA SIDO NOMBRADO COMO LIQUIDADOR, ABRAHAN PEREZ ZAMBRANO CON DNI: 43788509. QUILLABAMBA, 02 DE AGOSTO 2016 DIOCELINA CUITO ESPIRILLA DNI: 42930865 TITULAR GERENTE 08-09-10/11/2016 B/.31219 EDICTO JUDICIAL A LOS POSEEDORES INCIERTO DEL INMUEBLE HIPOTECADO UBICADO EN LA AV. DE LA CULTURA NRO. 2105, MANZANA Ñ , LOTE 16, URBANIZACION MAGISTERIAL, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO (Antes LOTE DE TERRENO NRO. 16, DE LA MANZANA N, DE LA URBANIZACION MAGISTERIAL, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO) En el Expediente Nro. 1593-2016, seguido por BBV A BANCO CONTINENTAL, representado por su apoderado Judicial GUILLERMO CESPEDES PALOMINO, contra CONSTRUCTORA ORION SAC,. LUIS DAVID AEDO BELLOTA y ELIZABETH POZO SOTO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, bajo la actuación de la Especialista Legal Margot Inquiltupa Calvo, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la notificación mediante edictos a los POSEEDORES inciertos del bien inmueble hipotecado con el extracto de la demanda y auto admisorio, Demanda de fecha 09 de septiembre de 2016.- BBVA BANCO CONTINENTAL, representado por su apoderado Judicial GUILLERMO CESPEDES PALOMINO, en vía de proceso único de ejecución demanda, ejecución de garantías contra CONSTRUCTORA ORION SAC, en calidad de obligada principal y LUIS DAVID AEDO BELLOTA y ELIZABETH POZO SOTO en calidad de fiadores solidarios, a fin de que cumplan con pagar en forma solidaria la suma de $ 37, 600.00 (TREINTA Y SIETE MIL SEICIENTOS CON 00/200 DOLARES AMERICANOS), bajo apercibimiento de ordenarse el remate del inmueble hipotecado UBICADO EN LA AV. DE LA CULTURA NRO. 2105, MANZANA Ñ, LOTE 16, URBANIZACION MAGISTERIAL, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO (Antes LOTE DE TERRENO NRO. 16, DE LA MANZANA N, DE LA URBANIZACION MAGISTERIAL, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO) AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA: Resolución Nro. 03. Cusco, 14 de octubre de 2016. “( ... ) CUARTO: La demanda que antecede cumple con los requisitos y anexos exigidos por los artículos 424 y 425, 720 Y siguientes del Código Procesal Civil, máxime que no se halla incursa en los supuestos de inadmisibilidad del artículo 426 ni de manera manifiesta en los de improcedencias señaladas por el artículo 427 del mismo cuerpo normativo. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por BBV A BANCO CONTINENTAL, representado por su apoderado Judicial GUILLERMO CESPEDES PALOMINO, contra CONSTRUCTORA ORION SAC, LUIS DAVID AEDO BELLOTA y ELIZABETH POZO SOTO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS; en la vía del PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN; en consecuencia de conformidad con lo dispuesto por la norma del artículo 721 del Código Procesal Civil REQUIERASE a la demandada ejecutada, para que dentro del término de TRES DIAS, CUMPLAN con pagar al ejecutante la suma de TREINTA Y SIETE MIL SEICIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS ($ 37,600.00), mas el pago los intereses compensatorios y moratorios, costas y costos del proceso bajo apercibimiento de procederse al REMATE DEL BIEN DADO EN GARANTIA. AL OTROSI.- NOTIFIQUESE a los POSEEDORES inciertos del bien inmueble hipotecado mediante EDICTOS con el extracte de la demanda y auto admisorio, debiendo la parte actora apersonarse a este Despacho Judicial, en el horario de atención al público a fin de recabar los edictos correspondientes. Sin perjuicio de la notificación por edictos SE DISPONE: NOTIFICAR con la demanda, anexos y auto admisorio a los ocupantes inciertos en el inmueble materia de la presente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 160 y 161 del Código Procesal Civil, adhiriendo el auto admisorio de la demanda, en la puerta principal. H.S Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos. Margot lnquiltupa Calvo, Especialista Legal. 3VCES-09-10-11-XI-16 B/V 41672 Edicto NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A LOS SUCESORES DE MATILDE BORDA PARI. Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01814-2016-0-1001-JRCI-01, seguido por Jesús Ferdinand Farfan Borda, sobre Otorgamiento de Escritura Pú-

blica, contra los Sucesores de Matilde Borda Pari; en el que se ha emitido la resolución Nº 02, de fecha 02-11-2016, que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por JESUS FERDINAND FARFAN BORDA, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, contra LOS SUCESORES DE MATILDE BORDA PARI, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO, en consecuencia y teniéndose en cuenta que se demanda a una persona incierta notifíquese a ésta de conformidad a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley Nº 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (El Diario), por el término de un día, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse los sucesores demandados dentro del quinceavo día de notificados se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Primer Otrosí.Téngase por delegada la representación del recurrente en la persona de su abogado patrocinante, conforme a lo establecido por el artículo 80 del Código Procesal Civil. Al Segundo Otrosí.- Se tiene en cuenta. H. S.,” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 26 de julio de 2016. 3VCES-09-10-11-XI-16 B/V 41673 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el proceso N° 00 124-2016-0-1005-JM-CI-01, la demanda interpuesta por Amelia Tupayachi Carrillo sobre Interdicto contra Esther Carrillo Ramírez y otros, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DOS, de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil dieciséis; en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO la demanda interpuesta por AMELIA TUPAYACHI CARRILLO contra: 1). María del Carmen Tupayachi Carrillo, 2) Marco Antonio Tupayachi Carrillo, 3) Sergio Tupayachi Carrillo, 4) Wilber Tupayachi Carrillo, 5) Luz Marina Tupayachi Carrillo, 6) Agustín Tupayachi Carrillo, 7) Mario Tupayachi Carrillo, 8). Venus Yuliana Tupayachi García y 9). Alex Yordi Tupayachi Sosa con la pretensión sobre interdicción por incapacidad absoluta de ESTHER CARRILLO RAMÍREZ (INTERDICTA), en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de CINCO DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios del recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal; debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario el peruano y el de mayor circulación de la ciudad. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. SOFIA RIOS QUIROZ SECRETARIA JUDICIAL 09-10-11/11/2016 B/.31227 SUCESION INTESTADA Ante el 2do.Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaria del Juzgado Juana P. Huanca Ccapcha, se tramita el Expediente Civil N° 02086-2016-0 se ha dictado la Resolución N°01 solicitada por GUILLERMO ANTONIO CALLO OCHOA sobre Sucesión Intestada del que en vida fue GLORIA ALEJANDRINA OCHOA LUNA VIUDAD DE CALLO, fallecido el 03 de junio del 2014, en la ciudad del Cusco, a fin de que se declare herederos a GUILLERMO ANTONIO CALLO OCHOA, FERNANDO ADOLFO CALLO OCHOA, JORGE ARTURO CALLO OCHOA, EDGAR ANDRES CALLO OCHOA, SONIA ZORAIDA CALLO OCHOA, OSCAR ADOLFO CALLO OCHOA, Y NORMA LUZ CALLO OCHOA, lo que se publica a fin de que se apersonen los que se creen herederos acreditando su calidad con instrumento respectivo. Abog. J.P. HUANCA C. Secretaría Judicial. Cusco, 03 de noviembre del 2016. JUANA P. HUANCA CCAPCHA SECRETARIA JUDICIAL 09-10-11/11/2016 B/.31231 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO JUZGADO MIXTO DE LA CONVENCIÓN Poder Judicial “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU” EDICTO JUDICIAL Que en el Proceso Civil N° 00489-2013-0-1010-JM-CI-01, seguidor por Jorge Pilar Acuña Garay, en contra Zuzam Ziclone Acuña Angulo, sobre: NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, que se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, se ha dispuesto lo siguiente: la NOTIFICACIÓN de Zuzam Ziclone Acuña Angulo, mediante EDICTOS JUDICIALES, en cuya virtud, córrase traslado a la demandada en el plazo legal establecido. H.S.- Fdo. Juez Titular Dr. Erasmo Waldir Urruchi Zúñiga, Fdo. Sri Radha Castro Mellado, Secretaria Judicial. Publíquese por tres días, para los fines de ley, de conformidad con el artículo 165° del Código Procesal Civil, SRI – RADHA O. CASTRO MELLADO SECRETARIA JUDICIAL 09-10-11/11/2016 B/.31233 EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 475-2016, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 02 de fecha tres de octubre del dos mil dieciséis: “ ... ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por NANCY EVELYN ZULETA APÁRICIO, en contra de ELIZABET ZULETA APARICIO como LITIS CONSORTE ACTIVO NECESARIO a VICTOR HUGO ZULETA APARICIO sobre PETICIÓN DE HERENCIA Y DECLARACIÓN DE HEREDEROS EN LA VIA DE CONOCIMIENTO”.- Firma del Señora Juez Dra. Elvia Barriga Moron.- Sayda Verónica Bustos Florez Secretaria Judicial, la publicación en el Diario el peruano y en el Diario Judicial de esta Ciudad por el término de tres veces con intervalo de tres días.Lo que se publica para los fines de ley. Wanchaq, 28 de octubre del 2016 . 3VCES-04-10-16-XI-16 B/V 41593 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARÍA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE


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Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, ROLY CARRASCO FLORES, ANGELICA LEZAMA AUCCAPIÑA y MERIDA CELINA CARRASCO FLORES, HAN SOLICITADO LA RECTIFICACIÓN DE ÁREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL INMUEBLE “LOTE DE TERRENO N° 11 DE LA MANZANA B, EN LA URBANIZACIÓN POPULAR SANTA ROSA, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA INSCRITA EN LA P. E. N° 02034900 DE 486.65 M2. Y QUE POSTERIORMENTE SEA RECTIFICADA DICHA ÁREA Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS, POR LA CORRECTA DE 489.76 M2 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS) Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 93.00 ML (NOVENTA Y TRES METROS LINEALES), TRAMITÁNDOSE BAJO EL EXP. N°228-2016-NPB,LO QUE SE PONE DE CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 29 DE OCTUBRE DE 2016. 3VCES-04-10-16-XI-16 B/V 41595 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01862-2016-0-1001-JR-CI-01, seguido por Zenovia Aniceta Papel Quisp y otro, sobre Prescripción Adquisitiva, contra La empresa Ladrillos y Tejas San Jerónimo de Propiedad Social; en el que se ha emitido la resolución Nº 01 de fecha 19-10-2016, que dispone: “ ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por ZENOVIA ANICETA PAPEL QUISPE y DAMASO MIRANO HUAMANI, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien inmueble, contra LA EMPRESA LADRILLOS Y TEJAS SAN JERÓNIMO DE PROPIEDAD SOCIAL representada por Alcides Beltrán Laurel Paucar, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de ley, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Al Primer Mas.- Téngase por otorgada las facultades del recurrente a favor de su abogada conforme a lo establecido por el artículo 80 del Código Procesal Civil. Al Segundo Mas.Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un estracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, conforme a la comunicación puesta en conocimiento a este Despacho por Oficio Circular N° 02-2015-GSJR-GG/ PJ, de 18 de junio de 2015 y Oficio Circular Nº 03-USJ-CSJCU, de 18 de agosto de 2015, en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley Nº 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, por el término de tres días con intervalo de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. Así mismo, notifíquese en calidad de citados a Ladrillos y Tejas San Jerónimo a través de su representante legal, Justa Morveli Huillca y la Municipalidad Distrital de San Jerónimo. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 02 de noviembre de 2016. 3VCES-04-10-16-XI-16 B/V 41601 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CUSCO, CON OFICINA UBICADA EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N° 460 DE LA CIUDAD DEL CUSCO, DENNICE MORALES DEZA, SOLICITA AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N° 27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACION DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN “EN EL SECTOR DE PAMPACHACRA PASAJE SIN NOMBRE DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO” QUE CUENTA CON EL AREA DE 927.24 M2., Y UN PERIMETRO TOTAL DE 126.39 ML, TRAMITADO BAJO EL EXP. NRO. N° 219-2016 NPB. INMUEBLE QUE CUENTA CON ANTEDENTE REGISTRAL EN EL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO (SUNARP); CONVOCANDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO,20 DE OCTUBRE DEL 2016. 3VCES-04-10-16-XI-16 B/V 41605 NOTIFICACION POR EDICTO JORGE BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CERCADO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A: LOS COPROPIETARIOS DE LA PARTIDA REGISTRAL: CLAUDIO VERA ORMACHEA, MARIA ASUNTA ROBLES DE VERA, LEONCIO HUARCO HUAMAN, MELCHORA GUTIERREZ PUMA, ALCIDES DE LA CRUZ BARRA, PAUL JAMES QUENTA CRUZ, ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA WASHINGTON VERA, DUVALI ROSALIA LOAYZA MATHEUS y A LOS ANTERIORES PROPIETARIOS: RICARDO OSORIO LIMA, GRIMANESA VIZCARRA LICONA y LIVIA VIZCARRA LICONA, GUALBERTO PAUCAR VITORINO , UBALDO HUALLPAMAITA HUAMAN, FRANCISCA CCOHUANQUI CONDORI, ROBERTINA HUALLPAMAITA HUAMAN EN LOS SEGUIDOS POR: DENNICE MORALES DEZA, SOBRE DECLARACION DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN “EN EL SECTOR DE PAMPACHACRA PASAJE SIN NOMBRE DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO” QUE CUENTA CON UN AREA DE 927.24 M2. Y UN PERIMETRO TOTAL DE 126.39 ML., INMUEBLE QUE CUENTA CON ANTECEDENTE REGISTRAL INSCRITO EN LA SUNARP, TRAMITANDOSE EN EL EXP. NRO. N° 2192016-NPB. CON CITACION DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCANDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE CACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO,20 DE OCTUBRE DEL 2016. 3VCES-04-10-16-XI-16 B/V 41606

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Expediente. N° 347-2016-CI seguido por Concepción Cereceda Jimenez, sobre Inscripción Supletorio de Partida de Matrimonio, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jeronimo,04-11-2016. 2vces-10-11-xi-16 B/V 41620 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Collantes Mendoza, se tramita el Proceso Civil N° 71-2016-0-1015JM-CI-01, se ha emitido la resolución N° 02 de fecha 03 de octubre de 2016, donde se resuelve ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HERMELINDA ALICIA CHÁVEZ SALINAS Y MARIO HERNAN AIRAMPO CHAVEZ contra FLORA MARIETTA TONARELLI GAMARRA sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE denominado Pisonayniyoc, ubicado en el Sector de Pisonayniyoc, comprensión del distrito y provincia de Urubamba, de un área total de 5, 725.19 m2, y en forma acumulativa originaria accesoria, y INSCRIPCIÓN DEL PREDIO RURAL denominado Pisonayniyoc, ubicado en el Sector de Pisonayniyoc, comprensión del distrito y provincia de Urubamba, de un área total de 5, 725.19 m2. Debiendo tramitar se en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.- NOTIFÍQUESE a los colindantes del inmueble RICARDO GALINDO MARTÍNEZ, PERÚ RAILL mediante su representante legal, Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Urubamba, en sus domicilios señalados por los demandantes.- A sus antecedentes los anexos que indica. H.S.- . Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 14 de octubre del 2016 2Vces-10-11-xI-16 B/V 41348 AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA EN LA OFICINA REGISTRAL DE ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCYURA ,PROVINCIA DE ANTA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SEGÚN EXPEDIENTE N°-3037 -2016, DE FECHA 04/08/2016, HA SOLICITUD DE: RUBEÑO PEDRO CORDOVA CALLER ,QUIEN SOLICITA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA CONFORME LA DI 263 GRC/ 017, DEL ASIENTO REGISTRAL NACIMIENTO Nº-147 ,DEL AÑO 1,96 8 POR EXISTER ERROR EN EL NOMBRE DE SU MADRE QUE ESTA CONSIGNADO ERRONEAMENTE COMO ROSA CUSIHUAMAN CALLER , DEBIENDO SER LO CORRECTO EL NOMBRE DE SU MADRE DE ROSA MARCELINA CALLER CUSIHUALLPA . LO QUE SE HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO A FIN DE QUE LAS PERSONAS NO RESULTEN PERJUDICADAS POR LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA, PUEDEN FORMULAR OPOSICION DENTRO DE LOS 15 DIAS SIGUIENTES DE LA PUBLICACION, CONFORME DS. Nº-015-98.PCM. PUCYURA,08 DE NOVIEMBRE DE 2016. MARTIN ERNESTO CCOSCCO BERNAL REGISTRO DE ESTADO CIVIL 1V-10-XI-16 B/V 41676 SUCESION INTESTADA CONFORME LO DISPUESTO POR LA LEY 26662, COMUNICO QUE DANIEL CANO HANCCO, HA SOLICITADO A MI OFICIO NOTARIAL, LA DECLARACIÓN DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN FUE MI SEÑOR PADRE: RICARDO CANO CHAUCCA, FALLECIDO EL 30 DE MARZO DEL 2001, DECLARA QUE SON SUS HEREDEROS A: DANIEL CANO HANCCO, HILDA CANO HANCCO, ALEJA CANO HANCCO, ELISEO CANO HANCCO, GILBERTO CANO HANCCO y TIMOTEA CANO HANCCO. LO QUE HAGO SABER PARA LOS FINES DE LEY. Calca 09 de noviembre del 2016.- Mery Sánchez Gamarra Abogada Notaria de Calca-Cusco.1V-10-XI-16 B/V 41677 SUCESION INTESTADA CONFORME LO DISPUESTO POR LA LEY 26662, DANIEL CANO HANCCO, HA SOLICITADO A MI OFICIO NOTARIAL, LA DECLARACIÓN DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN FUE NARCISA HANCCO PUMA, FALLECIDA EL 04 DE DICIEMBRE DEL 2014, DECLARA QUE SON SUS HEREDEROS A: DANIEL CANO HANCCO, HILDA CANO HANCCO, ALEJA CANO HANCCO, ELISEO CANO HANCCO, GILBERTO CANO HANCCO Y TIMOTEA CANO HANCCO. LO QUE HAGO SABER PARA LOS FINES DE LEY. Calca 09 de noviembre del 2016.- Mery Sánchez Gamarra Abogada Notaria de Calca-Cusco.1V-10-XI-16 B/V 41677 EMPRESA MULTISERVICIOS IMPERIAL.. SA Pone en conocimiento del público en general que en Junta General Extraordinaria de fecha 22 de Octubre del 2016, se acordó dar de baja a los vehículos de placas de rodaje: X3E-832, X3H-888, X2K-781. X3G -900. para ser sustituidos por los vehículos de placa de rodaje: X4B - 930, X3D - 764, X4C -775, AKZ - 937 respectivamente; se acordó la aceptación para completar la flota vehicular, al vehículo de placa X4B-868, encargándose al Sr. Gerente General para los trámites correspondientes Sr. Juan Rubén Rodríguez calderón, lo ponga en conocimiento para los fines de Ley. 1V-10-XI-16 B/V 41678 JUDICIALES SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: PAULA MARLENI SALAS YEPEZ, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE: ZORAIDA YEPEZ ZAMORA VDA. DE SALAS, FALLECIDA EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 19 DE JULIO DEL 2015 Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE


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Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016

LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 04 DE NOVIEMBRE DEL 2016. 1V-10-XI-16 B/V 41679 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud SIN de fecha 28 de Octubre del 2016, la recurrente MARIA LUZ TORRES FLORES, titular del Acta de Nacimiento N° 1005036800, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como JULIA FLORES. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta JULIA FLOREZ FLOREZ, consecuentemente el nombre correcto de la titular del acta es MARIA LUZ TORRES FLOREZ. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 28 de Octubre del 2016 Rudy Maridza Puma Apaza Jefe (e) de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-10-XI-16 B/V 41689 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; LA SRA. MARIA ASUNCION CALLE TISOC, SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, EN CUANTO A LOS DATOS DE SU PROGENITORA CONSIGNANDO DE FORMA INCORRECTA EL NOMBRE Y OMITIÉNDOSE EL APELLIDO MATERNO DE LA MISMA, CONSIGNADA COMO VALERIANA TISOC, SIENDO EL NOMBRE CORRECTO Y COMPLETO DE SU PROGENETORA VALERIA TISOC MOLINA,LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 05 DE NOVIEMBRE DE 2016. 1V-10-XI-16 B/V 41688 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por Expediente N° 12867-2016. En la División de Registro Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco; el Sr. Yuri Marbin Montañez Gutiérrez, solicita la Rectificación del Acta de su Nacimiento N° 194 del año 1987, respecto al Cuerpo del Acta del Libro Principal y Duplicado, en el rubro datos de la Madre y Declarante (madre) el pre nombre se ha consignado como: “Nieves Evarista”, siendo lo correcto “Evarista Nieves” debiendo figurar en adelante completa y correctamente como: “Evarista Nieves Gutiérrez Huaycho”, tal se aprecia en el acta de nacimiento de la madre del Titular. Error no atribuible al registrador civil de la Época por lo que se debe tener en consideración la Vía correctiva de la salvedad (DI-263-GRC/017). Lo que se hace conocer a fin de quienes resulten perjudicados con la Rectificación, pueda formular oposición por escrito dentro de los 15 días siguientes a la publicación conforme establece el Art. 74 del D.S. 015-98-PCM ante la Dirección de Registro Civil de esta Municipalidad. Lo que se cumple de conformidad al Art. 73 del D.S. 015-98-PCM. San Jerónimo, 08 de Noviembre del 2016. RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-10-XI-16 B/V 41687 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi-Urcos, despachado por la Señora Juez Titular Yanet Ofelia Paredes Salas y la actuación de la Secretaria Judicial Estefany Pérez Angulo, se viene tramitando el Proceso N° 162-2016-0-1014-JM-CI-01; ordenándose mediante Resolución N° 02 de fecha 03 de octubre de 2016, se notifique el extracto del Auto admisorio de demanda y Resolución N° 03 de fecha 24 de octubre de 2016 que corrige la misma; cuyo tenor literal en la parte pertinente el siguiente: “ SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Maria Elena Vargas Maza y Timoteo Diaz Cruz, sobre CAMBIO DE NOMBRE del menor STITH ANGEL DIAZ VARGAS, respecto del nombre de “STITH” por el de “STEVEN ANGEL DIAZ VARGAS” debiendo ser STEVEN ANGEL DIAZ VARGAS, quedando inalterables los demás datos en su partida de nacimiento, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia, publíquese en el Diario Judicial de la ciudad de Cusco, conforme a Ley, para lo cual la accionante deberá concurrir a Secretaria del Juzgado a recabar los edictos para su publicación. A los medios probatorios: Por ofrecidos los medios probatorios de esta parte, reservándose su admisión y actuación para la Audiencia respectiva. A los Anexos de la demanda y del escrito de subsanación: A sus antecedentes los anexos presentados. Hágase Saber.-” Urcos, 02 de noviembre de 2016.1V-10-XI-16 B/V 41686 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 31 de Octubre del 2016, el recurrente FERNANDO RIOS ECHEGARAY, apoderado del titular del Acta de Nacimiento Nº 1009396235, correspondiente a JAIME AUGUSTO RIOS ECHEGARAY conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de los padres del titular del Acta, habiéndose registrado como JAIME VIRGILIO RIOS y TULA MARGARITA ECHEGARAY. Siendo el nombre correcto del padre del titular del acta JAIME VIRGILIO RIOS SIERRA y el nombre correcto de la madre del titular del acta TULA ECHEGARAY BERRIO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 02 de Noviembre del 2016 Rudy Maridza Puma Apaza Jefe (e) de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-10-XI-16 B/V 41684 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 31 de Octubre del 2016, el recurrente FERNANDO RIOS ECHEGARAY, apoderado del titular del Acta

de Nacimiento N° 1009442732, correspondiente a GUILLERMO RIOS ECHEGARAY conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de los padres del titular del Acta, habiéndose registrado como JAIME RIOS y TULA ECHEGARAY. Siendo el nombre correcto del padre del titular del acta JAIME VIRGILIO RIOS SIERRA y el nombre correcto de la madre del titular del acta TULA ECHEGARAY BERRIO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 02 de Noviembre del 2016 . Rudy Maridza Puma Apaza Jefe (e) de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-10-XI-16 B/V 41684 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 31 de Octubre del 2016, el recurrente FERNANDO RIOS ECHEGARAY, Titular del Acta de Nacimiento Nº 1009400343, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de sus señores padres, habiéndose registrado como JAIME VIRGILIO RIOS y TULA ECHEGARAY. Siendo el nombre correcto del padre del titular del acta JAIME VIRGILIO RIOS SIERRA y el nombre correcto de la madre del titular del acta TULA ECHEGARAY BERRIO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 02 de Noviembre del 2016 Rudy Maridza Puma Apaza Jefe (e) de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-10-XI-16 B/V 41684 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: GERSON QUIN GUERRA Identificado con DNI. 44748858 Estado Civil: SOLTERO Natural de: SANTIAGO - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 28 años: Ocupación: CIRUJANO DENTISTA Domicilio: AA.HH. TORRECHAYOC E-6 Doña: BETHSY MERCADO ZEGARRA Identificada con DNI. 45669889 Estado Civil: SOLTERA Natural de: WANCHAQ - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 27 años: Ocupación: ABOGADA Domicilio: APV. ABELARDO UGARTE A-8 Fecha de Matrimonio: 22 DE DICIEMBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco,09 de noviembre del 2016. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-10-XI-16 B/V 41683 EDICTO JUDICIAL Ante Juzgado de Paz Letrado de la Provincia Canas-Yanaoca, cargo Juez Dr. Wald Duran Chicata, en el Expediente Civil N°. 000862016-0-1 006-J P-CI-01; bajo actuación Secretario Judicial: Santiago Calla Quispe; se presenta DOÑA: YOLANDA NOA MAMANI. Solicitando SUCESION INTESTADA del quien en vida fue ANDRES QUISPE TORRES, fallecido en fecha 22 de SETIEMBRE del 2016, en el Hospital Regional de Cusco- Provincia y Departamento del Cusco.Lo que comunico al público para los fines de ley. Yanaoca,08 de Noviembre del 2016 1V-10-XI-16 B/V 41682 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don, VICTOR GONZALES CUSIPAUCCAR, DNI Nro. 23949940 de 44 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento del Cusco de ocupación lng. Zootecnista con Domicilio en APV. Construcción Civil pasaje Jose Olaya F-11 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. MARLIT LAZO PAUCARMAYTA con DNI Nro. 42404444 de 32 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Santiago Provincia Departamento: de Cusco de Ocupación Guía Oficial de Turismo con domicilio en APV. Construcción Civil pasaje Jose Olaya F-11 del Distrito de Santiago Cusco PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Viernes 16 de Diciembre del 2016. Las Personas que ; conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago,09 de noviembre del 2016. MARY LOPEZ FABRE REGISTRADOR CIVIL 1V-10-XI-16 B/V 41681 EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 698-2007-0-1 001-JP-CI -02 solicitada por Elsa Arredondo Manrique en contra de Humberto Javier Mamani Durand sobre PRESTACION DE ALIMENTOS, se ha dispuesto la notificación de la resolución 29: “Wanchaq, 27 de octubre del 2016.- Al escrito presentado por Elsa Arredondo Manrique con ingreso de CDG 17108-2016. REQUIERASE al demandado Humberto Javier Mamani Durand a fin que dentro del término de 5to día cumpla con el pago de los


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Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 alimentos devengados del periodo de julio del 2008 a setiembre del 2015 por el monto de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO con 86/100 soles bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar sub tipo incumplimiento de Obligación Alimentaria, notifíquese al demandado Humberto Javier Mamani Durand en su domicilio real así como realícese las publicaciones mediante edicto de ley”; la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 03 de noviembre del 2016. 3vces-10-11-14-xi-16 b/v 41680

Cusco. de Profesión u ocupación Bach. En Ing. Industrias Alimentarias, con domicilio en Jr. Santa Ana B-1 de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día SABADO 26 de noviembre del año 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 09 de noviembre del año 2016. JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA JEFE DE REGISTRO CIVIL 10/11/2016 B/.31241

PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEHICULAR

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

De conformidad con el artículo 3 de la ley 28325, Ley de Prescripción de Vehículos, comunico que ante mi Despacho Notarial, sito en el inmueble número 513 del Jirón Jaquijahuana del distrito y provincia de Anta y departamento de Cusco, se presentó el señor FRANCISCO PORROA CORTEZ, de nacionalidad peruana, identificado con DNI N° 24381431, de ocupación agricultor, de estado civil soltero, domiciliado en el Fundo Santa Barbara s/n sin número del distrito de Zurite provincia de Anta y departamento de Cusco, quien solicita se tramite la Prescripción Adquisitiva del vehículo con las siguientes características: Placa de rodaje PI-3854.- MARCA : TOYOTA.- MODELO: LAND CRUISER.- AÑO FAB : 1975.- CARROCERIA: CABINA SIMPLE.- N° SERIE : FJ45098052.N° MOTOR: 2F023181.- COLOR: ROJO CREMA.- TIPO COMBUSTIBLE: GASOLINA.Siendo su titular registral Marco Tulio Lechuga Prudencio y los anteriores transferentes los señores Teodoro Macedo Coello y Julia Condori de Macedo, a quienes se notifica con la presente publicación. Se comunica a fin de que los que tengan algún derecho, lo hagan valer dentro del término de ley. Anta, 09 de noviembre de 2016. YORKA .I.JORDAN GAMARRA ABOGADA NOTARIA 1V-10-XI-16 B/V 41690

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCION DIRECCION “Año de La Consolidación del Mar de Grau”. SANEAMIENTO DE INMUEBLE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL - LA CONVENCIÓN, CON DOMICILIO EN JR. INDEPENDENCIA S/N DEL DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, HACE DE CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRA EFECTUANDO EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE NIVEL SECUNDARIO CENTRO RURAL DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA (CFRA) “PACHIRI PONGO DE MAINIQUE” UBICADO EN EL SECTOR DE PACHIRI, JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ECHARATI, PROVINCIA DE LA CONVENCION DEPARTAMENTO DEL CUSCO CON CÓDIGO MODULAR: 1629369 EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA ACTUAL DE 7005.14 M2 PERIMETRO 418.28 ML. POR EL LADO NORTE: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 1 AL 2 CON UNA LONGITUD DE 169.07 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°111088 DENOMINADO PREDIO CONDOR HUACHANA DEL SECTOR DE PACHIRI, PROPIEDAD DE CHAVEZ CCAPCHA SABINA. POR EL LADO ESTE: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 2 AL 3 CON UNA LONGITUD DE 39.31 ML COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°111088 DENOMINADO PREDIO CONDOR HUACHANA DEL SECTOR DE PACHIRI PROPIEDAD DE CHAVEZ CCAPCHA SABINA. POR EL LADO SUR: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 3 AL 4 CON UNA LONGITUD DE 164.55 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°111088 DENOMINADO PREDIO CONDOR HUACHANA DEL SECTOR DE PACHIRI PROPIEDAD DE CHAVEZ CCAPCHA SABINA. POR EL LADO OESTE: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 4 AL 1 CON UNA LONGITUD DE 45.35 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°111088 DENOMINADO PREDIO CONDOR HUACHANA DEL SECTOR DE PACHIRI PROPIEDAD DE CHAVEZ CCAPCHA SABINA. ANTE LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICOS SEDE N°X QUILLABAMBA - SUNARP PARA LA INSCRIPCIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD DE CONFORMIDAD A LA LEY 26512 Y N°27493, DS. 06-98 ED. DS. 130-2001 EF MODIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO N°007-2008 EF, A FIN DE QUE AQUELLOS TERCEROS QUE SE CREAN CON DERECHO O AFECTADOS PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN CONFORME A LEY. PROF. MIGUEL ANGEL GARCÍA CAVIEDES DIRECTOR 10/11/2016 B/.31241

EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ocongate, que despacha el Señor Juez, Dr. Bider Coa Suyo; bajo la actuación del Secretario Judicial Alan Barraza Zurita, se tramita el expediente N° 20-2016-OC, solicitado por ENRIQUE AUCCAHUAQUI NIETO, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su madre MARIA GREGORIA NIETO BLANCO, fallecida el 31 de octubre de 2015, en la calle lagunillas S/N del Distrito de Ocongate de la Provincia de Quispicanchi, de la Región Cusco; a fin de que se le considere como legitimo y universal heredero, debiendo de tramitarse bajo los alcances del PROCESO NO CONTENCIOSO. ALAN BARRAZA ZURITA SECRETARIO JUDICIAL 10/11/2016 B/.31234 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el proceso Nor. 4381-2016 sobre Divorcio con causal instado por Hugo Alberto Hurtado Arce contra Mónica Calambas Forero, habiéndose ordenado notificar a MONICA CALAMBAS FORERO, con el tenor de la Resolución Nro. 01 de fecha Catorce de Octubre del dos mil dieciséis, siendo como sigue: SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda instada por HUGO ALBERTO HURTADO ARCE contra MONICA CALAMBAS FORERO Y EL MINISTERIO PUBLICO sobre DIVORCIO con la causal de SEPARACIÓN DE HECHO, en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- Por ofrecidos los medios probatorios que se indican reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente. A sus antecedentes los anexos adjuntos Estando al documento consistente en el record migratorio adjunto al presente escrito, que la demandada habría ingresado al País en fecha treinta de Noviembre del mil novecientos noventiseis, asumiendo que a la fecha se encuentra dentro del territorio por lo que en aplicación de lo previsto por el Artículo 165 del Código Procesal Civil SE DISPONE: NOTIFICAR a la demandada MEDIANTE EDICTOS debiendo de realizarse las publicaciones edictales en el DIARIO JUDICIAL de esta ciudad así como en el DIARIO EL PERUANO por tres días consecutivos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal . H.S. Cusco, 07 de Noviembre del 2016. CARMEN PALOMINO SECRETARIA JUDICIAL 10-11-14/11/2016 B/.31236 SUCESION INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicado en el Jirón Espinar No, 114, de esta ciudad, doña EVANGELINA HUANCA ARPITA, solicita de quien en vida fue “su conviviente don BAUTISTA QUISPE PUCHO, fallecido el dia siete de octubre de dos mil cuatro, en Sector Alto Manugali S/N. De distrito de Echarati, siendo su habitual y último domicilio este mismo sector, a fin de que se la declare como su heredera en calidad de conviviente en concurrencia de su hilo JULIO CESAR PUCHO HUANCA. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 05 de noviembre del 2016 DR. ALFREDO CUBA CASTRO NOTARIO - ABOGADO REGISTRO Nº 32 10/11/2016 B/.31241 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCION SANTA ANA - LA CONVENCION OFICINA REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que, ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don FRANKLIN SANCHEZ CHILO, identificado con DNI.N°45066313, de 28 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de Quillabamba-Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Dpto. de Cusco de profesión u ocupación Ing. Agrónomo, con Domicilio en Jr. Santa Ana B-1 de esta ciudad. Doña VANESSA CARLOS MAMANI, identificada con DNI N°46077230 de 26 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Echarate Provincia de La Convención Dpto. de

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCION DIRECCION “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”. SANEAMIENTO DE INMUEBLE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL - LA CONVENCIÓN, CON DOMICILIO EN JR. INDEPENDENCIA S/N DEL DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, HACE DE CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRA EFECTUANDO EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL - RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y DE NOMBRE DE LA “INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTATAL MIXTA TUPAC AMARU” UBICADA EN EL SECTOR DE CIRIALO DEL DISTRITO DE ECHARATE, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO QUE ACTUALMENTE CUENTA CON UN ÁREA DE 1,2610 HA. CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: PERÍMETRO: 523.98 ML. POR EL LADO NORTE: EN LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 1 AL 4 CON UNA LONGITUD DE 42.54 ML. + 48.14 ML. + 36.80 ML. HACIENDO UN TOTAL DE 127.48 ML. COLINDA CON LA PROPIEDAD DE IRMA JULIA ROJAS VIUDA DE VERGARA. POR EL LADO ESTE: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 4 AL 5 CON UNA LONGITUD DE 181.85 ML. COLINDA CON LA PROPIEDAD DE IRMA JULIA ROJAS VIUDA DE VERGARA. POR EL LADO SUR: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 5 AL 6 CON UNA LONGITUD DE 81.83 ML. COLINDA CON LA PROPIEDAD DE IRMA JULIA ROJAS VIUDA DE VERGARA POR EL LADO OESTE: EN LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 6 AL 1 CON UNA LONGITUD DE 50.09 ML. + 82,73. ML. HACIENDO UN TOTAL 132.82 ML. COLINDA CON LA PROPIEDAD DE MARIANO QUINTANILLA ROMERO. ANTE LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICOS SEDE N°X QUILLABAMBA - SUNARP PARA LA INSCRIPCIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD DE CONFORMIDAD A LA LEY 26512 Y N°27493, DS. 06-98 ED, DS. 130-2001 EF MODIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO N°007-2008 EF. A FIN DE QUE AQUELLOS TERCEROS QUE SE CREAN CON DERECHO O AFECTADOS PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN CONFORME A LEY. PROF. MIGUEL ANGEL GARCÍA CAVIEDES DIRECTOR 10/11/2016 B/.31241 GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCION DIRECCION “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”, SANEAMIENTO DE INMUEBLE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL - LA CONVENCIÓN, CON DOMICILIO EN JR. INDEPENDENCIA S/N DEL DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, HACE DE CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRA EFECTUANDO EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DEL CENTRO RURAL DE FORMACION EN ALTERNANCIA (C.R.F.A) OTYARIRA ONEKOTANA ENKANIRIRA YOMENTONI CON CODIGO MODULAR: 1423888 UBICADO EN LA COMU-


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Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016

NIDAD DE YOMENTONI JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ECHARATI, PROVINCIA DE LA CONVENCION DEPARTAMENTO DEL CUSCO EL MISMO QUE CUENTA CON ÁREA DE 2.6222 HA. CON UN PERIMETRO DE 685.89 M2 CON LOS SIGUIENTES LINDEROS POR EL NORTE: EN LINEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 1 AL 37 CON UNA LONGITUD DE 165.95 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°116026 POR EL LADO ESTE: EN LINEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 37 AL 38 CON UNA LONGITUD DE 238.20 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°116026 POR EL LADO SUR EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 38 AL 39 CON UNA LONGITUD DE 83.11 ML. COLINDA CON EL RIO URUBAMBA. POR EL LADO OESTE: EN LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 39 AL 1 CON UNA LONGITUD DE 198.63 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL 116057 PREDIO DENOMINADO QUO VADIS II VALLE ALTO URUBAMBA, SECTOR YOMENTONI MARGEN IZQUIERDA, PROPIEDAD DE TORRES TORRES, HUMBERTO. PARA EL ANTE LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICOS SEDE N°X QUILLABAMBA - SUNARP PARA LA INSCRIPCIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD DE CONFORMIDAD A LA LEY 26512 Y N°27493, DS. 06-98 ED, DS. 130-2001 EF MODIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO N°0072008 EF. A FIN DE QUE AQUELLOS TERCEROS QUE SE CREAN CON DERECHO O AFECTADOS PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN CONFORME A LEY. PROF. MIGUEL ANGEL GARCÍA CAVIEDES DIRECTOR 10/11/2016 B/.31241 GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCION DIRECCION “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”. SANEAMIENTO DE INMUEBLE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL - LA CONVENCIÓN, CON DOMICILIO EN JR. INDEPENDENCIA S/N DEL DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, HACE DE CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRA EFECTUANDO EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL - RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y DE NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE NIVEL PRIMARIO N°50240 - SAJIRUYOC EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA ACTUAL DE 1.4919 HA. CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: PERÍMETRO: 498.34 ML. POR EL LADO NORTE: EL LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 1 AL 6 CON UNA LONGITUD DE 151.17 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°103392 PROPIEDAD ESCOBEDO ARAGON MANUEL POR EL LADO ESTE: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 6 AL 7 CON UNA LONGITUD DE 94.60 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°103390 PROPIEDAD DE VALENCIA VALDERRAMA JUAN FRANCISCO. POR EL LADO SUR: EN LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 7 AL 18 CON UNA LONGITUD DE 166.13 ML. COLINDA CON LA CARRETARA QUE CONDUCE DE QUILLABAMBA KITENI. POR EL LADO OESTE: EN LÍNEA RECTA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 18 AL 1 CON UNA LONGITUD DE 86.44 ML. COLINDA CON LA PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL N°103392 PROPIEDAD DE ESCOBEDO ARAGON MANUEL ANTE LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICOS SEDE N°X QUILLABAMBA - SUNARP PARA LA INSCRIPCIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD DE CONFORMIDAD A LA LEY 26512 Y N°27493, DS. 06-98 ED, DS. 130-2001 EF MODIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO N°007-2008 EF. A FIN DE QUE AQUELLOS TERCEROS QUE SE CREAN CON DERECHO O AFECTADOS PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN CONFORME A LEY. PROF. MIGUEL ANGEL GARCÍA CAVIEDES DIRECTOR 10/11/2016 B/.31241 SEGUNDO REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente 00180-2015-0-1010-JM-CI-01-, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA “QUILLACOOP” contra V & G REPRESENTACIONES S.A.C., sobre Ejecución de Garantías, el Juzgado Mixto de la Provincia de La Convención, Juez Dr. ERASMO WALDIR URRUCHI ZÚÑIGA, Secretaria Judicial SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLADO, ha facultado al Martillero Público Aldo Martín Zamora Millones, con Reg. N° 211, REMATAR EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble constituido por LOTE N° 10 DE LA MANZANA “O” DE LA URBANIZACIÓN GRANJA DE MISIONES, DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DE CUSCO, inscrito en Partida N° 11013094 del Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral Quillabamba. (Área 250.00 m2, Frente con calle Churumbia con 10.00 ml, Derecha con Lote 9 con 25.00 ml, Izquierda con Lotes 11,12 y 13 con 10 y 5.00 ml, Fondo con Lote 16 con 10,00 mll). AFECTACIONES: Hipoteca a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO QUILLABAMBA “QUILLACOOP” hasta por la suma de S/ 639,625.00 nuevos soles, según Escritura Pública del 22/09/2014 ante Notario Público ALFREDO CUBA CASTRO en la ciudad de Quillabamba, asiento D00006 Partida 11013094. VALOR DE TASACIÓN: S/ 752,500.00 (Setecientos cincuenta y dos mil quinientos con 00/100 soles). PRECIO BASE: SI 426,416.66 (Cuatrocientos veintiséis mil cuatrocientos dieciséis con 66/100 soles) con reducción del 15% de la base del primer remate. LUGAR, DÍA Y HORA DEL REMATE: Poder Judicial, sito en Jr. Espinar N° 148 Quillabamba, el 18 de Noviembre del 2016 a horas 09:20 a.m. POSTORES: a) Presentar documento de identidad (personas jurídicas con vigencia de poder), b) Pagar arancel judicial por derecho de participación en remate en el Banco de la Nación (código 07153 por SI 790.00 soles, consignando expediente, juzgado, documento de identidad); y, c) Depositar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (endosable) una cantidad no menor al 10% de la tasación (S/75,250.00 soles). Adjudicatario pagará honorarios del Martillero Público. Informes: 978171100, RPM *429110,989049111. Quillabamba, Octubre 19 del 2016. ALDO MARTÍN ZAMORA MILLONES MARTILLERO PÚBLICO SRI-RADHA O. CASTRO MELLADO SECRETARIA JUDICIAL 10-11-14/11/2016 B/.31241 EDICTO JUDICIAL Sra. NELINDA BACA HUARCAYA. Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria del distrito de Echarati que despacha la Dra. Karina Valia Ochoa Montufar, bajo la actuación de la especialista legal Nadiht Masias Sánchez, se viene tramitando el proceso Nro 00004-2016-0-1010-JPFC-01 Donde se ha dictado la resolución Nº01 SE RESUELVE ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA

interpuesta por TOMAS BACA QUISPE sobre EXONERACION DE ALIMENTOS contra NELINDA BACA HUARCAYA Y LUZ JENNY BACA HUARCAYA. En la VIA PROCEDIMENTAL del PROCESO SUMARISIMO regulado en el Articulo quinientos cuarentiséis y siguitentes del Código Procesal Civil Y conforme a lo establecido en el Articulo quinientos cincuenticuatro primer párrafo de la norma legal ya invocada CONCÉDASE TRASLADO a la parte demandada, para que conteste la demanda dentro del PLAZO DE CINCO DIAS bajo apercibimiento de SER declaradas rebeldes, Así mismo se ha dictado la resolución Nro. 05, Declarar rebelde a la demandada LUZ YENNY BACA HUARCAYA y al respecto de la demandada NELINDA BACA HUARCAYA se Ha dispuesto el apercibimiento de que una vez trascurrido el plazo previsto en el artículo 550° del Código Procesal Civil, se le nombrara curador procesal conforme lo establece el artículo 435° segundo párrafo del Código Procesal Civil- lo que se publica para fines de ley. KARINA VALIA OCHOA MONTUFAR JUEZA 10-11-14/11/2016 B/.31241

EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: N° 00129-2015-30-PE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ESPINAR Especialista: WALTER KANA CHILO Se pone en conocimiento de: JOEL ÁNGEL MEZA AMBICHO con la resolución numero tres, de fecha dos de noviembre del año en curso, seguido contra Joel Ángel Meza Ambicho sobre Hurto Agravado, en agravio de Roamir Larota Zinanyuca, DE OFICIO: Estando al vencimiento del plazo del traslado de control de Acusación y conforme a lo previsto en el articulo 345.3° del CPP; CÍTESE para el día DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de Acusación en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta sede, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a todos los sujetos procesales en su respectivo domicilio real y procesal incluido la parte agraviada, verificándose el domicilio del imputado es desconocido, de conformidad con el artículo 128 del Código Procesal Penal se dispone notificar mediante edicto judicial al presunto imputados ante citado.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: N° 00129-2015-30-PE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ESPINAR Especialista: WALTER KANA CHILO Se pone en conocimiento de: JOEL ÁNGEL MEZA AMBICHO con la resolución numero tres, de fecha dos de noviembre del año en curso, seguido contra Joel Ángel Meza Ambicho sobre Hurto Agravado, en agravio de Roamir Larota Zinanyuca, DE OFICIO: Estando al vencimiento del plazo del traslado de control de Acusación y conforme a lo previsto en el artículo 345.3° del CPP; CÍTESE para el día DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de Acusación en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta sede, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a todos los sujetos procesales en su respectivo domicilio real y procesal incluido la parte agraviada, verificándose el domicilio del imputado es desconocido, de conformidad con el artículo 128 del Código Procesal Penal se dispone notificar mediante edicto judicial al presunto imputados ante citado.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 00116-2013-14-1009-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ESPINAR. Especialista: WALTER KANA CHILO. Se pone en conocimiento de: LUÍS ALBERTO CARRASCO CHOQUE, con la resolución N° 05 de fecha tres de noviembre del año dos mil dieciséis, seguido contra Luis Alberto Carrasco Choque por el delito de Feminicidio en agravio de Mónica Wilca Medrano, por el que, DE OFICIO: Estando al vencimiento del plazo del traslado de control de Acusación y conforme a lo previsto en el artículo 345.3° del CPP; CÍTESE para el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DIEZ HORAS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de Acusación en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta sede, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. NOTIFÍQUESE a todos los sujetos procesales en su respectivo domicilio real y procesal incluido la parte agraviada, al imputado notifíquese conforme al artículo


Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 128 del Código Procesal Penal.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 00116-2013-14-1009-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ESPINAR. Especialista: WALTER KANA CHILO. Se pone en conocimiento de: LUIS ALBERTO CARRASCO CHOQUE, con la resolución N° 05 de fecha tres de noviembre del año dos mil dieciséis, seguido contra Luis Alberto Carrasco Choque por el delito de Feminicidio en agravio de Mónica Wilca Medrano, por el que, DE OFICIO: Estando al vencimiento del plazo del traslado de control de Acusación y conforme a lo previsto en el artículo 345.3° del CPP; CÍTESE para el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DIEZ HORAS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de Acusación en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta sede, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. NOTIFÍQUESE a todos los sujetos procesales en su respectivo domicilio real y procesal incluido la parte agraviada, al imputado notifíquese conforme al artículo 128 del Código Procesal Penal.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: JESÚS HUILLCA TRONCOSO Y GUILLERMO QUISPE CHAMPÍ El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 3542-2016-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra JESÚS HUILLCA TRONCOSO con DNI 24369395, GUILLERMO QUISPE CHAMPÍ con DNI 25327075 y OTROS, por el delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Daños, Sub tipo Daños Agravados, en agravio de José Cabrera Pumahuaman y Mario Huamán Espinoza, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Ruth Elena Ñahue Choque, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 28/10/2016 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra JESÚS HUILLCA TRONCOSO, GUILLERMO QUISPE CHAMPÍ y OTROS, como autores por el delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Daños, Sub tipo Daños Agravados, en agravio de José Cabrera Pumahuaman y Mario Huamán Espinoza, la Fiscalía ha tipificado el delito en el Artículo 205° del Código Penal, El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, veintiocho de octubre De dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de audiencia única y pública de proceso inmediato por la inconcurrencia de los imputados Jesús Huillca Troncoso y Guillermo Quispe Champí por defecto en la notificación de Jesús Huillca Troncoso y Guillermo Quispe Champí. 2. REPROGRAMESE la instalación de la presente audiencia para el día 16 de noviembre del año en curso a horas 09:30 am, en esta misma sala de audiencias, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes. 3. Los imputados presentes el día de hoy que están registrados en este audio y en el acta respectiva quedan debidamente notificados para la audiencia señalada el día 16 de noviembre del año dos mil dieciséis, motivo por el cual respecto a este extremo de estas personas que se han identificado en el día de hoy no se va emitir ningún tipo de notificación por que el día de hoy están notificados, respecto a los imputados que no han concurrido emítase las respectivas cédulas de notificación; asimismo tómese la debida diligencia en el emplazamiento del imputado Jesús Huillca Troncoso quien deberá ser notificado vía edicto en la medida que conforme a la constancia de notificación que se ha detallado en la parte considerativa la presente resolución, su domicilio no se hallado, debiéndose emitir los edictos con la debida anticipación del caso para su debido emplazamiento, respecto a Guillermo Quispe Champí notifíquese en su domicilio real señalado en el requerimiento de proceso inmediato así como también al debido emplazamiento mediante edicto para el aseguramiento de su debido emplazamiento y la debida instalación de la audiencia el día antes señalado. 4. Recomiéndese al especialista de causa la debida cautela y el diligenciamiento debido de los imputados para la próxima audiencia que tiene el carácter de inaplazable conforme a ley, caso contrario se remitirán copias al órgano de control de la magistratura. NOTIFICACIÓN: Juez notifica a las partes procesales con la resolución emitida. FISCAL: Conforme DEFENSA TÉCNICA DEL IMPUTADO: Conforme DEFENSA TÉCNICA DE LA PARTE AGRAVIADA; Conforme Cusco, 03 de Noviembre del 2016. EDICTO PENAL SEÑOR: ALFONSO PAREDES FERANADES El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 3834-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra ALFONSO PAREDES FERNANDES con DNI 42220726, por el delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia de Asistencia Familiar, Sub tipo Incumplimiento de de Obligación Alimentaria, en agravio de Elvis Paredes Gutiérrez, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Ruth Elena Ñahue Choque,

7 se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 28/10/2016 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra ALFONSO PAREDES FERNANDES como autor por el delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia de Asistencia Familiar, Sub tipo Incumplimiento de de Obligación Alimentaria, en agravio de Elvis Paredes Gutiérrez, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal, El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, veintiocho de octubre De dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de audiencia única y pública de proceso inmediato por inconcurrencia al no contar con las constancias de las notificaciones que se hayan vertido en contra de este. 2. REPROGRAMESE la instalación de la presente audiencia para el día 16 de noviembre del año en curso a horas 08:30 am. en esta misma sala de audiencias, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes. 3. Se dispone notificar al imputado Alfonso Paredes Fernández, vía edicto mediante el diario judicial del cusco, para la realización de la audiencia el día 16 de noviembre del año dos mil dieciséis a las ocho y treinta de la mañana en la Décimo Segunda Sala del Modulo Penal de la Corte Superior de Cusco. 4. Sin perjuicio a ello notifíquese al imputado en su domicilio real señalado en el requerimiento del Ministerio Público para lo cual otorgúese las facilidades del caso a la parte agraviada para que efectué el debido emplazamiento. NOTIFICACIÓN: Juez notifica a las partes procesales con ia resolución emitida. FISCAL: Conforme DEFENSA TÉCNICA DEL IMPUTADO: Conforme DEFENSA TÉCNICA DE LA PARTE AGRAVIADA; Conforme Cusco, 03 de Noviembre del 2016. 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 221-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakclin Granula Cora, seguido por Florencia Mamani Layme contra Victoria Thakga Mamani y Nicanor Quispe Condori; se ha dispuesto notificar a los denunciados con la siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 28 de Octubre del 2016: (...):SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de NICANOR QUISPE CONDORI y VICTORIA THAKGA MAMANI en agravio de FLORENCIA MAMANI LAYME. ORDENAR a los denunciados NICANOR QUISPE CONDORI y VICTORIA THAKGA MAMANI EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad de la agraviada FLORENCIA MAMANI LAYME. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo,’bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 224-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Jesusa Quispe Quispe contra Julián Maqque Tapara; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de Noviembre del 2016: (...)ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JULIÁN MAQQUE TAPARA en agravio de JESUSA QUISPE QUISPE. ORDENAR al denunciado JULIÁN MAQQUE TAPARA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica y física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de JESUSA QUISPE QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambeír bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia/Con las rjarfes procesales que concurran. C...JH.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 222-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Jhoselin Deysi Cutipa Tapara contra Samuel Aspillado Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 27 de Octubre del 2016: (...) ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de SAMUEL SAPILLADO CONDORI en agravio de JHOSELIN DEYSI CUTIPA TAPARA. ORDENAR al denunciado SAMUEL SAPILLADO CONDORI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica y física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento


8 en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de JHOSELIN DEYSI CUTIPA TAPARA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a realizarse-en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en lá Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibím¡enteren caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 220-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Cirila Quispe Sinchi representante del menor Hernán Pumallica Quispe contra Sacarías Puma Manotupa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 27 de Octubre del 2016: (...) ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de SACARÍAS PUMA MANOTUPA en agravio del menor HERNÁN PUMALLICA QUISPE (08) representado por su progenitora Cirila Quispe Sinchi. ORDENAR al denunciado SACARÍAS PUMA MANOTUPA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad del menor agraviado HERNÁN PUMALLICA QUISPE (08) representado por su progenitora Cirila Quispe Sinchi. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 219-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Rita Tupayachi Jaila contra Victor Pinto Ayquipa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 27 de Octubre del 2016: (...) ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de VÍCTOR PINTO AYQUIPA en agravio de RITA TUPAYACHI JAILA. ORDENAR al denunciado VÍCTOR PINTO AYQUIPA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad de la agraviada RITA TUPAYACHI JAILA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 218-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Maria Elena Curasi Condori contra Joel Roñal Llerena León; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 24 de Octubre del 2016: (...)SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JOEL ROÑAL LLERENA LEÓN en agravio de MARÍA ELENA CURASI CONDORI. ORDENAR al denunciado JOEL ROÑAL LLERENA LEÓN EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada MARÍA ELENA CURASI CONDORI. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 216-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Victoria Chunca Jiménez contra Porfirio Huaman Mamani, Belén Quispe Tapara y Sonia Mamani Quillca; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 17 de Octubre del 2016: (...(ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de BELÉN QUISPE TAPARA, SONIA MAMANI QUILCA y PORFIRIO HUAMAN MAMANI en agravio de VICTORIA CHUNCA JIMÉNEZ. ORDENAR a los denunciados BELÉN QUISPE TAPARA, SONIA MAMANI QUILCA y PORFIRIO HUAMAN MAMANI EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada VICTORIA CHUNCA JIMÉNEZ. PARA fines de pronunciarse sobre

Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Desjíácho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 182-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Segundina Cutire Camala contra Marcelino Ccoyo Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 05; Paucartambo, 1 7 de Octubre del 2016: (...) REPROGRAMAR fecha para el Verificativo de la Audiencia Especial el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (fecha señalada tomando en cuenta el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXP: 1935-2013-41-1001-JR-PE-01 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: Mariela Medina Gonzales, Edson Johan Tito Yucra, Susan Meliza Mamani Checya Para que se ponga a derecho y tengan conocimiento del contenido de las resoluciones emitidas por este Juzgado. SE ADJUNTA: Resolución Nro. 08 Cusco, treinta y uno de octubre del Dos mil dieciséis.DE OFICIO: Revisado los autos, emerge que el representante del Ministerio Público, hasta la fecha no proporciona los domicilios reales de los agraviados Mariela Medina Gonzales, Edson Johan Tito Yucra, y de Susan Meliza Mamani Checya, no obstante habérsele requerido en varias oportunidades, notificado a esta parte en fecha 23.08.2016 consta de autos; hecho que genera dilación innecesaria; Por lo que pese al tiempo transcurrido, y para fines de continuar con la secuela del proceso, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 165° del Código Procesal Civil de aplicación supletoria para el presente caso, NOTIFIQUESE VÍA EDICTOS a dichos agraviados con el contenido de la sentencia.VII.- SENTENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA RESOLUCIÓN N° 04 Cusco, treinta y uno de marzo del año dos mil dieciseises.VISTO Y OÍDO el requerimiento de Terminación Anticipada formulada por el representante del Ministerio Público, los imputados FRANCISCO COA VOY FERRO y ALEJANDRO PUMA PUMACALLAHUI, con la asistencia de sus abogados defensores y CONSIDERANDO (queda registrado en audio) (....) Por las razones antes mencionados y conforme al artículo 138° de la Constitución Política del Estado y numeral 6 del artículo 468° del Código Procesal Penal: SE RESUELVE: 1. APROBAR el acuerdo de Terminación Anticipada celebrada por el representante del Ministerio Publico con los imputados FRANCISCO COAVOY FERRO y ALEJANDRO PUMA PUMACALLAHUI, con plena participación de sus abogados defensores. 2. Se CONDENA a FRANCISCO COAVOY FERRO, con DNI 23881453, nacido el 24 de julio 1954 Cotabambas - Apurimac, de estado civil casado, con grado de instrucción secundaria completa, hijo de Santiago y Felicitas, con domicilio en la Av. Pachacuteq N° 532 Wanchaq, así como CONDENO a ALEJANDRO PUMA PUMACALLAHUI, con DNI N° 23827370, nacido el 23 de febrero de 1944, en Velille - Chumbivilcas- Cusco, estado civil viudo, secundaria completa, hijo de Benito y Cirila, con domicilio en la calle Maruri N° 228 Cusco. 3. A quienes se les la RESERVA DE FALLO CONDENATORIO, POR EL PLAZO DE UN AÑO, por la comisión del delito Producción Comercialización o Tráfico Ilícito de Alimentos y otros Productos Destinados al Uso o Consumo Humano, establecido y sancionado en el artículo 288° segundo párrafo del Código Penal, en su modalidad culposa, en agravio del Ministerio de Salud, representado por Procurador y los agraviados MARY PRISONIA HUACAC DURAND, MIRSHA YESENIA HUAMAN AYMITUMA, EDWARD RAMIRO FRISANCHO CORDOVA, RONY ALBERTO NINA HUISA. STEVENSON MOZART VÁSQUEZ UMERES, DAVID UGARTE MERCADO, MARICELA MEDINA GONZALES, GLORIA VEGA HUANCA. LUZ MARIANA VEGA HUANCA, SHANERY ROSA RIVAS SALCEDO, EDISON VALENZUELA SARMIENTO, MOISÉS TRUJILLO PALOMINO, BETSI CAROLINA TRUJILLO PALOMINO, YESENIA CHALLAPA HUAMANI, PAVEL ALFARO TORRES, MARY PRISONIA HUACAC DURAND, FRANKLIN RONALD HITO YUCRA, DEYSI HUAMAN DE LA VEGA, DAVID VEGA QUISPE, YEREMI ANDREI FLORES SANTOS, TITO YUCRA EDSON JOHAN, JAVIER SUMIRI MAMANI, SUSAN MELIZA MAMANI CHECYA, YULISA QUILLAHUAMAN GUTIÉRREZ y el Estado representado por su Procurador Público del Gobierno Regional, asimismo cumpla los sentenciados con pagar la reparación civil ascendente a mil seiscientos cincuenta soles a favor de los agraviados, quinientos soles a favor del estado, cincuenta soles a favor de cada uno de los estudiantes antes mencionados, asciendo un total de mil seiscientos cincuenta soles, precisando que el pago es de forma solidaria con el tercero civil la universidad nacional san Antonio Abad del Cusco. 4. INSCRÍBASE la presente sentencia en el registro central de condenas, remitiéndose los testimonios y boletines, de conformidad al artículo 399° del Código Procesal Penal. 5. NOTIFIQUESE con la sentencia a todos los alumnos antes mencionados y de no ubicar sus domicilios se proceda mediante edictos conforme se ha estado realizando tanto a nivel Fiscal como a nivel Judicial , asimismo se establece como reglas de conducta que deberán cumplir los sentenciados conforme a lo dispuesto en el artículo 64° del Código Penal:


Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 a) No podrá ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juzgado. b) Comparecer cada fin de mes a este juzgado en forma personal y obligatoria para informar y justificar sus actividades. c) Prohibición de poseer objetos susceptibles de facilitar la realización de otro delito. d) Reparar los daños ocasionados por delito conforme se ha mencionado, tanto al Estado, así como a las víctimas directas del caso. Dejando establecido que en caso de incumplimiento de las reglas se establecerá las consecuencias previstas en el artículo 59° del Código Penal. Con la precisión que no se emite la parte resolutorio del fallo, por cuanto existe reserva en el presente caso, sujeto a reglas de conducta, por el término de un año. VIII. NOTIFICACIÓN: El señor Juez procede a notificar con la resolución emitida a las partes procesales 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2016-161, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabai, bajo la actuación deí Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JESÚS BERNARDINO GAMARRA PANIAGUA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de YULIANA MOREANO CALDERÓN, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 23 de noviembre del 2016 a hs. 09.00 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma, LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarle, 18 de octubre del 2016. 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE.- NOTIFICA al Reo Ausente ALEX TORRES SALAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso Penal N° 23-2010-85-PE, seguido contra el referido acusado, por la presunta comisión del delito Contra La Familia, Sub Tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de la menor de iniciales F.M.T.CH. Representada por su progenitora Erica Choquehuanca Muñiz.-Firma Sr. Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Equipo. 3v. Echarate. 06 de noviembre del 2016 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (J. ECHARATE) Familia Tutelar N° 34-2015. El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a los demandados JOSÉ PAUCAR BARRETÓN y VIRGINIA ZEVALLOS QUINTANA, con el extracto de la resolución N° 08 de lecha 02/11/2016: SE DISPONE: 1.-Declarar CONCLUIDO EL PROCESO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única señalada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Público, en contra de JOSÉ PAUCAR BARRETÓN y VIRGINIA ZEVALLOS QUINTANA, sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FÍSICO, en agravio de RAMÓN PAUCAR TURPO. 2.- En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHÍVESE EN FORMA DEFINITIVA. Hágase. Saber. Firma Miguel Ángel Arizabal Arriaga. bajo la actuación de la Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 133-2015. EI Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado LORENZO CÁRDENAS ALAFARO y a la agraviada FELICIANA CAITUIRO CHILE, con cl extracto de la resolución N° 05 de fecha 2/11/2016: SE DISPONE: l.-Declarar CONCLUIDO EL PROCESO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única señalada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Público, en contra de LORENZO CÁRDENAS ALFARO, sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FÍSICO y PSICOLÓGICO, en agravio de FELICIANA CAITUIRO CHILE. 2.- En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución. ARCHÍVESE EN FORMA DEFINITIVA. Hágase Saber.- Firma Miguel Ángel Arizabal Amaga, bajo la actuación de la Secretada Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE- notifica al acusado EDILBERTO PINEDO ALVAN (Reo Contumaz), con el Extracto de la Resolución N° 04 de fecha 03 de noviembre de 2016. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Juicio Oral por inconcurrencia del acusado EDILBERTO PINEDO ALVAN. 2. DECLARAR REO C ONTU MAZ a al acusado EDILBERTO PINEDO ALVAN, disponiendo su conducción compulsiva de grado y fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, para tal efecto se dispone se curse los oficios a nivel local, regional y nacional correspondientes. 3. ARCHÍVESE provisionalmente la presente causa en tanto y en cuanto el acusado Edilberto Pinedo Alvan sea ubicado, conducido y puesto a disposición de éste Juzgado por parte de la Policía Nacional del Perú. 4. PRECISAR a las partes procesales que subsisten los apercibimientos decretados en el auto de citación ajuicio oral en caso de inconcurrencia. Hágase Saber.Conforme las parles procesales Estando a la conformidad de las partes: declarase consentida la resolución número cuatro, disponiendo su cumplimiento inmediato. Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. 08-09-10/11/2016 CPJ

9 EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE.- NOTIFICA a los acusados MARCO LUQUE ALVAREZ, JUAN CARLOS ALVAREZ SOTO Y PERCY CHAVEZ TORRES (Reos Contumaces), con la resolución N° 08 de fecha 03 de noviembre de 2016. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Juicio Oral por inconcurrcncia de los acusados MARCO LUQUE ALVAREZ, JUAN CARLOS ALVAREZ SOTO y PERCY CHAVEZ TORRES. 2. DECLARAR REOS CONTUMACES a los acusados MARCO LUQUE ALVAREZ, JUAN CARLOS ALVAREZ SOTO y PERCY CHAVEZ TORRES, disponiendo su conducción compulsiva de grado y fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, para tal efecto se dispone se curse los oficios a nivel local, regional y nacional. 3. ARCHÍVESE provisionalmente la presente causa en tanto y en cuanto los acusados Marco Luque Alvarez. Juan Carlos Alvarez Soto y Percy Chávez Torres sean ubicados, conducido y puesto a disposición de éste Juzgado por parte de la Policía Nacional del Perú. 4. PRECISAR a las partes procesales que subsisten los apercibimientos decretados en el auto de citación ajuicio oral en caso de inconcurrencia. Hágase Saber.Firma Sr. Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. 3v. 08-09-10/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Expediente N°1165-2014-36-1001-JR-PE-05 La Especialista Legal ELEN A. GONZÁLES CASAS del TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL-FLAGRANCIA DE CUSCO.Estando a lo dispuesto por el señor Juez Carlos Adalberto ROMÁN GIL dentro del Proceso Pena signado con el N°1165-2014-36-1001-JR-PE-05 seguido contra SALAZAR HUAMAN, ELVIS JOEL por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de Elvis Jonathan Aragón Lonconi se ha dispuesto NOTIFICAR AL IMPUTADO ELVIS JOEL SALAZAR HUAMAN con el acta de audiencia de fecha tres de noviembre del año 2016 que contiene la Resolución N° 06 que dispone: “ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL I. INTRODUCCIÓN En la ciudad del Cusco, siendo las diez horas con treinta a y cinco minutos del mediodía del día tres de noviembre del año dos mil dieciséis, en la Tercera Sala de Audiencias del Modulo Penal, se realiza la audiencia Pública de Juicio Oral en el Proceso N° 01165-2014-36-1001-JR-PE-05, seguido contra Elvis Joel Salazar Huaman, por la presunta comisión de delito Hurto Agravado, en agravio de Elvis Jonatahan Aragón Lonconi, audiencia dirigida por la magistrado Carlos A. Román Gil, Juez del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, la misma que será grabada en el sistema de audio. II. ACREDITACIÓN 1. FISCAL: ALICIA ATAPUCAR JARA, Fiscal Adjunta Provincial de la Segunda Fiscalía Penal de Wanchaq, con domicilio procesal en Condominio Huáscar A-12 Wanchaq, casilla electrónica 55960. Viene en reemplazo de Jorge Luis Ortiz Mimares 2. DEFENSA DEL AGRAVIADO: ABOGADO DANTE CORIHUAMAN GONGORA, con registro ICAC 1775 domicilio en la oficina 208 del inmueble 228 de la calle Maruri y celular 984696471, casilla electrónica 56505. 3. AGRAVIADO ELVIS JONATAHAN ARAGÓN LONCONI: Identificado con DNI 44780911, domicilio en Villa San Isidro A-2 del distrito de San Sebastián, celular 944213194. 4. DEFENSA DEL IMPUTADO: DEFENSORA PUBLICA ANA MARÍA MEJIA QUISPE, Con ICAC Nro. 4626, y demás datos registrados en audio. JUEZ: Deja a disposición Advierte de la inasistencia del imputado por lo que solicita a la Especialista de Audiencias informe respecto a las notificaciones realizadas. ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS: Informa lo solicitado conforme queda registrado en audio. JUEZ: Corre traslado a las partes. FISCAL: Solicita se le declare reo ausente. DEFENSA DEL AGRAVIADO: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: No tiene ninguna observación. JUEZ: Emite la resolución correspondiente. III. RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN NRO. 06 Cusco, tres de noviembre del año dos mil dieciséis. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia por inconcurrencia injustificada del acusado 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado ELVIS JOEL SALAZAR HUAMAN, identificado con DNI. Nro. 48055909, hijo de Gregorio y Alicia, grado de instrucción secundaria completa, nacido en fecha 26/11/1992, en el Distrito, Provincia y Departamento de Cusco, domiciliado en APV Rosaura Mz. F Lote 14 del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco, de estado civil soltero; por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Hurto, Sub Tipo HURTO AGRAVADO en agravio de ELVIS JONATHAN ARAGÓN LONCONI. 3. SE DISPONE en este acto, el archivamiento provisional del presente proceso, mientras sea habido el acusado y para su captura y conducción al Juzgado, a efecto de verificarse el juicio oral. 4. SE ORDENA cursar el oficio correspondiente para su CAPTURA Y CONDUCCIÓN a la Policía Judicial del Cercado con sede en esta Corte Superior, a la Policía Nacional a nivel Departamental, a la Policía Nacional, adjuntando a la misma su ficha RENIEC. Una vez habido el acusado, el Juzgado reprogramara la audiencia dentro del término establecido por ley. 5. SE DISPONE, que la Abogada de la Defensa Pública acreditada en esta sesión continué con el patrocinio del acusado hasta que este sea puesto a derecho. 6. NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los inconcurrentes y especialmente al acusado en su domicilio real y también mediante edicto judicial. H.S III. NOTIFICACIÓN: JUEZ: Notifica a las partes presentes en este acto.


10 FISCAL: Conforme DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. IV. CONCLUSIÓN: Se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación de audio, procediendo a firmarlo el acta el señor Juez y la Especialista de Audiencia encargada de la redacción del acta, conforme lo dispone el artículo 121° del Código Procesal Penal.” Firma y sello del señor Juez del Tercer Juzgado Unipersonal de Cusco Carlos Adalberto Román Gil y rúbrica de la especialista de Audiencia.-” 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 2882-2014-43-1001-JR-PE-04 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. RESOLUCIÓN N° 06 Cusco, veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 18.28 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por inasistencia del acusado MANUEL JESÚS GARCÍA SAMANEZ, de quien se ignora su paradero y de autos no existe evidencia que estuviera conociendo del proceso. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado MANUEL JESÚS GARCÍA SAMANEZ, quién como generales de ley conforme al requerimiento de acusación tiene los siguientes datos de identidad, DNI N° 25209367, de sexo masculino, nació el 24 de diciembre de 1969, natural del distrito de Oropesa, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, hijo de Teófilo y Julia, con domicilio real desconocido a la fecha, pero con domicilio real que aparece en su ficha RENIEC que estarla ubicado en la Av. Principal 259, del poblado de Lucre, conforme se ha mencionado anteriormente y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. (...) Cusco, 04 de noviembre de 2016 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 2469-2014-52-1001-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. RESOLUCIÓN N” 11 Cusco, veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por inasistencia injustificada del acusado VÍCTOR ROMERO HUARANCCA. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado VÍCTOR ROMERO HUARANCCA guien como generales de ley conforme al reguerimiento de acusación tiene los siguientes datos de identidad, DNI N° 47899063, de sexo masculino, nació el 09 de mayo de 1991, natural del distrito de Caicay, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, de estado civil soltero, de ocupación chofer, con grado de instrucción secundaria, hijo de José y Juana, con; y demás datos gue domicilio reales probables en la comunidad campesina de SUTEC, del distrito de Paruro, provincia de Paruro y departamento de Cusco, y en la Comunidad de Patapata San Jerónimo Cusco deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. Cusco, 02 de noviembre de 2016 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro. : 01041-2014-21-1001-JR-PE-01 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA; Zenaida Gonzales Yucra. Se cita y emplaza al (los) Acusado (s): WILBERT HUALLPA BRAVO y DOMINGO DE LA CRUZ BACA GUTIÉRREZ, Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito ambiental en su modalidad de Delito contra los Recursos Naturales, sub -tipo DELITO CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS previsto y sancionado en el articulo 310° del Código Penal, por el delito de contaminación sub - tipo MINERÍA ILEGAL previsto y sancionado en el articulo 307-A del Código Penal; por el delito de contaminación sub - tipo Delito de TRAFICO ILÍCITO DE INSUMOS QUÍMICOS DESTINADOS A MINERÍA ILEGAL en su verbo rector de “poseer” previsto y sancionado en el artículo 307-E del Código Penal y por el delito financiero en su modalidad de elaboración y comercio clandestino de productos sub - tipo COMERCIO CLANDESTINO previsto y sancionado en el artículo 272 inciso 2 del Código Penal, todo en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Publica Especializada en Delitos Ambientales AUTO DE CITACIÓN A JUICIO Resolución No. 05 Cusco dos de noviembre de 2016 (..) Para el día DIECISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las catorce horas (HORA EXACTA) , en la PRIMERA SALA PENAL DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL ubicado en el tercer piso del palacio de Justicia del Cusco (...). Cusco, 02 de noviembre del 2016. 08-09-10/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 2550-2015-55, seguido en contra de Franklin Mier Ariza, por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo incumplimiento de Obligación alimentaria, en agravio del menor de iniciales EAMQ representada por Ruth Quispe Luna, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, bajo la actuación de la Especialista de Causas Yolanda Vallenas, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado FRANKLIN MIER ARIZA, con la resolución Nro. 08 de fecha 3 de Noviembre del 2016, que RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por inasistencia del

Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 acusado FRANKLIN MIER ARIZA. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado FRANKLIN MIER ARIZA quién como generales de ley conforme al requerimiento de acusación tiene los siguientes datos de identidad, DNI N° 41807267, de sexo masculino, nació el 29 de mayo de 1983, natural del distrito de San Jerónimo provincia y departamento de Cusco, hijo de Lolo Mier y Valentina Ariza, con grado de instrucción secundaria completa, de estado civil soltero, de ocupación desconocida, con domicilio real probable en Villa Rinconada Pillao Matao S/N, referencia a 10 metros del paradero E.T. Tupac Amaru, casa blanca P-22, a la entrada de la comunidad Pillao Matao, puerta color plomo metálico de 2 hojas, del distrito de SN Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, y/o en PT Tomilla AV. Ramón Castilla N° 850, de la Urb. Muajsapata, Cayma Arequipa, y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. 3. Nombrar como abogada defensora del acusado reo ausente a la Defensora Publica LILIAN MARGOT ZARATE QUISPE, quién debe hacer valer los derechos que correspondan al procesado. 4. ORDENAR se giren los oficios para la captura y posterior conducción del procesado reo ausente mediante la fuerza pública, es decir mediante la Policía Nacional del Perú. 5. DISPONER se notifique al acusado mediante edictos judiciales que deben ser publicados por tres días consecutivos hábiles en el Diario Judicial del Cusco, en la tabula del Juzgado, así como en la página Web del Poder Judicial, a fin de que tome conocimiento de los cargos que se imputan en su contra se presente al Juzgado y se defienda de los mismos. 6. DISPONER que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o éste se presente voluntariamente se fije fecha y hora para la audiencia de juicio oral, mientras ello ocurra archívese provisionalmente la causa. H.S.Cusco, 07 de Noviembre del 2016 . 08-09-10/11/2016 CPJ EDICTO EXPEDIENTE N° 2015-48-124-NCPP. JUZGADO: JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARANURA IMPUTADO: DANTE JERSON BERROSPI FANAN AGRAVIADO: ELIEL CRISTIAN RAMÍREZ JUANAN DELITO: ROBO AGRAVADO ESPECIALISTA: EDICTO JUDICIAL DAVID AMARU JARA RESOLUCIÓN NUMERO: 01 Maranura, veinticinco de octubre del dos mil dieciseis.DADO CUENTA: Con el requerimiento de sobreseimiento presentado por el señor Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal :de La Convención; A TODOS SUS EXTREMOS: De conformidad a lo previsto y establecido en el numeral dos literal a) y c) del artículo 344° del Código Procesal Penal vigente; y en aplicación de lo previsto en i^í numeral Io del artículo 345° del Código Procesal Penal, Se Resuelve: ¡CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2° del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su ¡Oportunidad; De otro lado, PRECÍCESE que la carpeta fiscal con todos líos elementos de convicción se encuentra en este Despacho para los ¡fines pertinentes, Estando a los principios procesales de celeridad procesal; CÍTESE A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DÍA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS CUATRO DE LA TARDE (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento en la Sala de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado Investigación Preparatoria de Maranura, con la presencia obligatoria del Fiscal y de los demás sujetos procesales, PRECISARSE además que: 1) El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 2} La resolución en caso de ser dictada ¡oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del ¡Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución ¡Administrativa N° 096-2006-CE-PJ, en consecuencia; NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios señalados en autos, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada del solicitante de declararse inadmisible el requerimiento, archivarse el cuaderno y continuar el proceso según su estado. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp Nro. 0273-2015-0-1004-JR-PE-01 El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a RUTH ASCUE PESE, para que haga valer sus derechos, en el proceso donde tiene la calidad de representante del menor agraviado de iniciales T.M.A. por delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria, se tiene que mediante resolución numero 03 de fecha 04 de noviembre del 2016 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 01; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de diez días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación


Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del Código procesal Penal. 2. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fines pertinentes. 3. NOTIFICAR la presente resolución a todos los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Anta, 04 de noviembre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EL JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR - AYAVIRI - DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, DOCTOR ADOLFO EDGAR PERALTA CORNELIO, por medio del presente NOTIFICA A LOS AGRAVIADOS RONALD RAMIRO QUISPE MONCADA, KEVIN PAÚL CHAMBI MAMANI, ANGELES BEATRIZ PUMA MAMANI, con el contenido de la resolución numero DOS, mediante la cual CORRE TRASLADO del Requerimiento de Acusación por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales legitimadas diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, Y con la resolución numero NUEVE que PROGRAMA fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS (02:30 p.m.) hora exacta; audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de esta sede judicial, ubicada en el segundo piso del jirón Tacna número 205 -Ayaviri. Además se le requiere al imputado Claudio Lipa Mamani, para que en el término de veinticuatros horas de notificado designe un Abogado de libre elección bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de que el Juzgado le designe un Abogado Defensor Público para que asuma su defensa y con quien se seguirá el trámite de la etapa intermedia. Ello ordenado en el proceso penal N° 0083-2014-4-2108-JR-PE-01, seguido contra Claudio Lipa Mamani, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSA, en agravio del de los sucesores legales de Teodoro Navarro Centeno y otros. Mery Yurico Valera Añamuro. Especialista Judicial de Juzgado. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JULIO CESAR TORRES PEREYRA, en el Proceso Penal Nro. 587-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ROGER CALLAÑAUPA ARENAS, en el Proceso Penal Nro. 601-2016-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor NOLBERTO LÓPEZ SUMIRÉ,, en el Proceso Penal Nro. 625-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ROÑAL JALIXTO TOTORANI, en el Proceso Penal Nro. 627-2016-0-1010-.JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los

11 cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor VÍCTOR PUMA AUCAPIÑA, en el Proceso Penal Nro. 629-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 3 1 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor YORDAN CCAMA SOTO, en el Proceso Penal Nro. 553-2016-0-1010-JR-PE-0L, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE Y TREINTA DEL DÍA (11:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor EFRAIN TERRAZAS ZULUAGA, en el Proceso Penal Nro. 543-2016-0-lOlO-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS OCHO DEL DÍA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JOSÉ FERNANDO LIMACHI CUSIYUNCA, en el Proceso Penal Nro. 539-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE (14.00 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor HUGO PUMA AGUÍ LAR, en el Proceso Penal Nro. 537-2016-0-1010-JR-PE-0L, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor R.K.P.M. representado por su progenitora HILDA MELÓ CONZA, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE (14.00 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JAVIER HUAINAPATA HUAMAN, en el Proceso Penal Nro. 511-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel


12 del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor EMILIO TECSI FLORES,, en el Proceso Penal Nro. 475-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA, en el Proceso Penal Nro. 471-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ELMER ORLANDO ACERO CONDORI,, en el Proceso Penal Nro. 469-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor BRIGHAM YOUNG CARBAJAL AYMACHOQUE, en el Proceso Penal Nro. 467-2016-0-1010-JR-PE-OL. que se le sigue por ia presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Avala Se cita y emplaza al señor ESTEBAN CHOQUEPUMA TINTA, en el Proceso Penal Nro. 461-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JORGE MEDINA HUAMAN, en el Proceso Penal Nro. 445-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).

Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor NOE NILSON QUISPE MIRANDA, en el Proceso Penal Nro. 425-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor WASHINGTON JORDÁN PANIHUARA, en el Proceso Penal Nro. 281-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor MARIO VARGAS MAMANI, en el Proceso Penal Nro. 253-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quülabamba). 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al señor SARINSON GARCÍA SIERRA Y WILLIAM GARCÍA SIERRA, en el Proceso Nro. 00289-2015-12-1010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de NICOLÁS SIERRA CUELLON, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DEICISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 04 de noviembre de 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00228-2016-0-1014-1R-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI. Especialísta Judicial: Sonia L. Quispe J. Materia: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR Se emplaza y cita al imputado; ROLANDO VARGAS HUAMAN, a fin de que ejerza su derecho de defensa y concurra a la audiencia de control de acusación a llevarse a cabo el día 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 A HORAS 11: 00 AM, en la investigación que se les sigue, como presunto autor del delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de SEGUNDINA QUISPE LIMA. Urcos, 03 de noviembre del 201609-10-11/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 1901-2014-22, seguido en contra de Richard Vasquez Cabanillas, por la presunta comisión del delito Lesiones leves agravadas, en agravio Rufina Sánchez Ojeda, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado RICHARD VASQUEZ CABANILLAS con la resolución Nro.03 de fecha 7 de noviembre del 2016, para fines de que se ponga a derecho y concurra a la audiencia de juicio oral reprogramada para el día DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, que se verificara en la primera sala de audiencias de los Juzgados Penales, ubicada en el tercer piso del Palacio de Justicia de Cusco, debiendo de concurrir obligatoriamente el acusado, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y disponer su inmediata captura. (...) Cusco, 08 de Noviembre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ


Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 NOTIFICACIÓN POR EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro 00025-2016-0-1003-JM-CI-01, Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señora Juez Titular Vanessa Paulina Castillo Cusi, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres. se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: RESOLUCIÓN N° 01. De fecha veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis -Auto admisorio de la demanda: VISTO (...) I CONSIDERANDO (...), este despacho Judicial dispone: ADMITIR a tramite la solicitud interpuesta por el Representante del Ministerio Público Roger Abraham Huamaní Vargas, sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA DE LA PERSONA DE JUSTINA CHÁVEZ BÁEZ, nacida el 16 de junio de 1970, en la comunidad de Huadhua, del Distrito y Provincia de Acomayo. cuyos padres son Segundo Chavez Florez y Maria Baez Huamaní, inscrito su nacimiento en el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Acomayo. Partida N° 1056 del 23 de Junio de 1970, quien dejo de existir entre los años 2006 al 2008. siendo sepultada por terceras personas en Cementerio del Distrito de Sangarará. la misma que se tramitara en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, con citación del Ministerio Público.- CÚMPLASE con notificar el extracto de la presente resolución mediante edicto judicial, a la persona de Justina Chávez Báez y publicitaria en el Diario Judicial Del Cusco, el Diario Oficial El Peruano, en la página web del Poder Judicial, en la Municipalidad Distrital de Sangarará, en el salón comunal de la Comunidad Campesina de Aecha Aecha, Acomayo por tres días hábiles a costa de la parte actora. debiendo alcanzarse al Juzgado las publicaciones y las constancias de publicación en las entidades correspondientes para ser anexadas al proceso. NOTIFÍQUESE a los presuntos sucesores legales: su cónyuge José Choque Cutipa y sus hijos María Magdalena Choque Chávez. Nelson Choque Chávez, José Milton Choque Chávez, Roxana Choque Chávez, Rosa Choque Chávez y Vicentina Choque Chávez en los domicilios reales señalados; lo que se publica para los fines pertinentes de ley.-3.Vz. Acomayo. 31 de octubre del año 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro 00145-2016-0-1003-JM-FT-01, seguido contra ÁNGEL ABIGAIL ARANDA SILVA en agravio de JANET MARLENI MAMANI CAHUAYA. Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha el señora Juez Titular Vanessa Paulina Castillo Cusi, bajo la tramitación del Especialista |udicial Luis Enrique Alvarez Cáccrcs, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: RESOLUCIÓN N° 02. de fecha 27 de noviembre del dos mil dieciséis. AUTOS 1 CONSIDERANDO: (...) SE DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia única, para el día JUEVES DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la Sala de Audiencia del juzgado Mixto de la provincia de Acomayo. lo que se publica para los fines pertinentes de ley. Acomayo, 28 de octubre del año 2016 09-10-11/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN POR EDICTO Ante el Juzgado Unipersonal del Modulo Básico de Justicia de Acomayo, que despacha la señora Juez Titular Dra. Vanessa Paulina Castillo Cusí, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres. en el Proceso Penal Ñro. 00021-2013-89-1003-JP-PE-01. en los seguidos contra LUIS MACUTELA DELGADO y FLORENCIA ZAMATA HllAMAN, por la presunta comisión del delito contra patrimonio, en la modalidad de usurpación, sub tipo Usurpación Agravada, en agravio de LUISA DELGADO MONTUFAR. se dispuesto NOTIFICAR mediante edicto a las personas de Luis Macutela Delgado y Florencia Zamata Huaman. con la parte resolutiva de la resolución N° 08 su fecha 26 de octubre del 2016: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente sesión y disponer su reprogramación para el día MARTES VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias quedando en el acto notificado el Representante del Ministerio Público debiendo disponerse la notificación pronta y urgente a las partes procesales, a cargo del personal de la Central de Notificaciones de la Convención. 2. DISPONER, que el Jefe de la Central de Notificaciones de la Convención Sr. Miguel Ángel Clavijo. ordene y coordine con un personal de notificaciones a su cargo que directamente efectué la notificación a Luis Macutela Delgado y Florencia Zamata Huaman, en el Centro Poblado de Cirialo Tutiruyoc en el Distrito de Echarate. Provincia de la Convención. Departamento de Cusco y una vez sean notificadas ambas personas, sea el mismo jefe de la Central de Notificaciones antes citado pueda devolver de manera oportuna las cédulas de notificación. 3. DISPONER, la notificación de Luis Macutela Delgado y Florencia Zamata Huaman de manera adicional a través de edictos a cargo del Diario Judicial de esta Corte Superior a efectos de que conozca la fecha que se esta programando para si juzgamiento. 4. DISPONER, que el Especialista de Audio y el Especialista de Causa de manera permanente efectúen seguimiento telefónico con relación a la notificaciones dirigidas por este Juzgado al Jefe de la Central de Notificaciones de la Convención. 5. DISPONER, que en caso de Incumplimiento del diligenciamiento de las notificaciones conforme se ha ordenado en esta resolución, se remitan actuados necesarios para la apertura de Procedimiento Administrativo al Jefe de la Central de Notificaciones de la Convención. 6. DISPONER, se remita oficio al Representante Legal de Correos del Perú del Distrito Judicial de Cusco, a efectos de verificar si en efecto la comunicación efectuada por Miguel Ángel Clavijo. Jefe de la Central de Notificaciones de la Convención es correcta, esto es, si el oficio N° 1207-2016. de fecha 27 de setiembre del año 2016 no ha sido entregada oportunamente o no ha sido entregada hasta la fecha, con la recepción de la comunicación o respuesta efectuada por Correos del Perú, se efectúen los siguientes apercibimientos; en caso de haber sido diligenciado oportunamente la entrega a la Central de Notificaciones de la Convención se remitan copias pertinentes a ODECMA para inicio de procedimiento administrativo al jefe de la Central de Notificaciones Miguel Ángel Clavijo por no haber cumplido con sus funciones y haber omitido realizar las notificaciones directas a los acusado, lo cual ameritado nuevamente que este proceso vuelva a declararse frustrado; por otra parte en caso de acreditarse que correos del Perú no ha entregado la do-

13 cumentación emitida mediante Oficio N° 1207-2016, se oficie a Administración de ésta Corte Superior, para que en uso de sus atribuciones pueda efectuar las sanciones correspondientes con relación a incumplimiento de obligaciones contractuales a cargo de Correos del Perú asignado a esta Sede Judicial. Se notifica. Es lo que se publica para los fines pertinentes de ley.- Acomayo. 31 de octubre de 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00259-2016-0-10U-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE QUISPICANCHI. Especialista judicial: Sonia L. Quispe J. Materia: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR Se emplaza y cita al imputado; TOMAS CCAHUANA PACSI, a fin de que ejerza su derecho de defensa y concurra a la audiencia de control de acusación a llevarse a cabo el día 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 A HORAS 12: 30 PM, en la investigación que se les sigue, como presunto autor del delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agrazno de Lucila Huamán Ccallo. Urcos, 27de octubre del 2016.09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 1864-2016-59-1001-JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: ROLANDO GUEVARA ALVIZ con DNI23985562. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 03 Cusco, siete de noviembre del año dos mil dieciséis, Se dispone Reprogramar la audiencia de citación a Juicio Oral de proceso inmediato para el día 14 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 07 de Noviembre del 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 2251-20U-87-1001-JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: SANTIAGO CÁRDENAS QUISPE con DNI 31421074. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 03 Cusco, siete de noviembre del año dos mil dieciséis, Se dispone Reprogramar la audiencia de citación a Juicio Oral de proceso inmediato para el día 10 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 07 de Noviembre del 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 071-2009-0-1001-SP-PE-02. SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Se cita, y emplaza al acusado HONORATO VILLALBA CHAVEZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Proceso Penal N° 071-2009-0-1001-SP-PE-02, que se le sigue por el delito de lesiones graves en agravio de Juan Huamán Curi.Cusco, 08 de Noviembre del 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ELIO VELASQUE MAMANI, en el Proceso Penal Nro. 649-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniterTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor WILLIAM FABRIZZIO ORUE MOLLEHUANCA, en el Proceso Penal Nro. 687-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y


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Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016

TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). QuiIlabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ

LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 08 de Noviembre del 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor NOE RIMACHI URRUTIA, en el Proceso Penal Nro. 693-2016-0-1010-JR-PE-0I., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE Y CUARENTICINCO DE LA MAÑANA (11:45 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 09-10-11/11/2016 CPJ

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 1804-2016-34-1001 -JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: RAÚL TTITO UPANQUÍ con DNI41949723 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 03 Cusco, siete de Noviembre del año dos mil dieciséis, Se dispone reprogramar el Juicio Oral de proceso inmediato para el día 20 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifiquese a las partes procesales. Cusco, 07 de noviembre del 2016. 09-10-11/11/2016 CPJ

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor PALEMÓN BARRIENTOS TORRES, en el Proceso Penal Nro. 579-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor LUIS MIGUEL LOAYZA ZAVALETA, en el Proceso Penal Nro. 705-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 3 I de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JAMES CHACÓN LAURA, en el Proceso Penal Nro. 581-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor MARCO CCARHUARUPAY AYMA, en el Proceso Penal Nro. 583-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 31 de Octubre del 2016 09-10-11/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 2206-2016-35-1001 -JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: FIDEL CONDORI QUISPE con DNI24487095 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 02 Cusco, ocho de noviembre del año dos mil dieciséis, Se dispone reprogramación de audiencia de proceso inmediato para el día 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 3456-2016-46. SALA PENAL LIQUIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado de la Sala Penal Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza a HIPÓLITO YANCE CHUCHON, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 15 de DICIEMBRE DE 2016 a horas 08:00 a.m., la misma que se verificara en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora en Adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N primer piso -Palacio de Justicia - Cusco), por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 3456-2016-46, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado.Cusco, 04 de noviembre de 2016. 10-11-14/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 1901-2014-22, seguido en contra de Richard Vasquez Cabanillas, por la presunta comisión del delito Lesiones leves agravadas, en agravio Rufina Sánchez Ojeda, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado RICHARD VASQUEZ CABANILLAS con la resolución Nro.03 de fecha 7 de noviembre del 2016, para fines de que se ponga a derecho y concurra a la audiencia de juicio oral «programada para el día DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, que se verificara en la primera sala de audiencias de los Juzgados Penales, ubicada en el tercer piso del Palacio de Justicia de Cusco, debiendo de concurrir obligatoriamente el acusado, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y disponer su inmediata captura. (...). Cusco.08 de Noviembre del 2016 10-11-14/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación del Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza, se ha presentado el requerimiento fiscal de Acusación Directa y de Prisión Preventiva, incidentes de la investigación penal que ha sido signado con el N° 02660-2016-22-1001 -JR-PE-06, seguido en contra de FREDY GUTIÉRREZ HUAYTA, identificado con D.N.I. N° 47713552, por la presunta de la comisión del delito Contra El Patrimonio, en la modalidad de Hurto, Sub. Tipo Hurto Agravado por haber sido cometido durante la noche, mediante escalamiento y en inmueble habitado en grado consumado, en agravio de Efrin Farfan Mora, en consecuencia. NOTIFIQUESE: Al imputado RAÚL HUACCANQU1 CCASA, los siguientes actuados y resoluciones: El requerimiento fiscal de Acusación directa: ALBERTO PÉREZ CÁRDENAS, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con domicilio legal y procesal en la Avenida Pedro Vilca Apaza N® 313-315, del distrito de Wanchaq, ante Ud. en debida forma digo: PETITORIO: FORMULA REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA, en contra de FREDY GUTIÉRREZ HUAYTA, en su calidad de AUTOR, por la comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub-tipo HURTO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO DURANTE LA NOCHE, MEDIANTE ESCALAMIENTO Y EN INMUEBLE HABITADO en grado de CONSUMADO, en agravio de Efrain Farfán Mora CUANTÍA DE LA PENA El Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, SOLICITA QUE SE IMPONGA AL ACUSADO FREDY GUTIÉRREZ HUAYTA. NUEVE (09 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA). DE LA REPARACIÓN CIVIL El Despacho Fiscal pide el pago de SI. 4, 000.00 (Cuatro Mil Nuevos soles con 00/100 soles) por concepto de REPARACIÓN CIVIL, teniendo en cuenta que debe obedecer a criterios de racionalidad, objetividad y proporcionalidad; que deberá pagarse favor del agraviado Efrain Farfan Mora, sin perjuicio de la restitución de los bienes hurtados o su valor consistentes en un televisor LG de 42° pulgadas, una laptop marca Azus Corel 1-7, Estación total LEICA, trípode de madera y dinero en efectivo ascendiente a la suma de SI. 3,000.00 nuevos soles. DEL REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA


Cusco, jueves 10 de noviembre de 2016 La Fiscalía encargada de la presente investigación requiere la PRISIÓN PREVENTIVA en contra de FREDY GUTIÉRREZ HUAYTA, en su calidad de AUTOR, por la comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, subtipo HURTO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO DURANTE LA NOCHE, MEDIANTE ESCALAMIENTO Y EN INMUEBLE HABITADO en grado de CONSUMADO, en agravio de Efrin Farfán Mora, previsto y sancionado en los incisos 1), 2) del primer párrafo e inciso 1) del segundo párrafo del Art. 186 del Código Penal, concordante con el Art. 185 (tipo base), del mismo cuerpo normativo, en atención a los siguientes fundamentos: Prognosis de pena concreta superior a 4 años.- El juez debe prever que los presentes hechos denunciados, se encuentran sancionados en los Incisos I), 2) del primer párrafo del inciso 1) del segundo párrafo del Art. 186 del Código Penal, concordante con el Art. 185 (tipo base), del mismo cuerpo normativo, que sanciona la conducta con una pena no menor de cuatro años ni mayor de ocho años; teniendo en cuenta que en el presente caso el imputado tiene la condición de reincidente al contar con antecedentes penales vigentes, habiendo sido condenado a tres años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución en fecha 17 de diciembre del 2014, por el Juzgado Mixto Wanchaq, por delito de Falsificación de Documentos, la pena será superior a ocho años; es más en el presente caso, se ha emitido requerimiento acusatorio, solicitando a la fiscalía se imponga al acusado nueve años de pena privativa de libertad efectiva. Peliqrosísmo procesal (Perículum in mora).- El peligro procesal se funda en la gravedad de la pena que se espera como resultado del procedimiento, la magnitud del daño causado y la ausencia de una actitud voluntaria del imputado en repararlo, lo cual hará que indudablemente el imputado pretenda eludir la acción de la justicia. Con relación al arraigo, ha quedado demostrado con el Acta de Verificación Domiciliaria, de Fredy Gutiérrez Huayta, que conforme a su Ficha RENIEC consigna como domicilio Jirón Tacna N° 551 Tambopata- Madre de Dios, teniendo que dicha persona no reside en el domicilio señalado desde el 2006, según lo referido por la propietaria del inmueble Daniela Meza Torres, desconociendo su paradero actual. Con relación al peligro de obstaculización se debe señalar que el imputado, estando en libertad, podrá influir para que testigos, peritos o el propio agraviado cambie de versión informe falsamente o se comporten de manera desleal o reticente o podrá inducir a otros a realizar tales comportamientos. La proporcionalidad de la medida.- La medida de Prisión Preventiva en el presente caso, resulta idónea, dado que se ha identificado un fin constitucionalmente legitimo, no se encuentra prohibida expresa o implícitamente por la Constitución, la intervención estatal es adecuada para llevar a cabo este fin legítimo propuesto. Es necesaria, porque no existe una medida menos gravosa que asegura ¡a sujeción del acusado al proceso y finalmente resulta proporcional en sentido estricto, pues ponderando los derechos contrapuestos, dado los graves y fundadoTélementos de convicción que vinculan la conducta del imputado al hecho denunciado, en este caso, teniendo la comisión de un ilícito penal, que el imputado estando en\^ libertad no se sujetará a la acción de la justicia, el principio debido proceso y administración de justicia debe anteponerse ante libertad personal del acusado. 10-11-14/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 2206-2016-35-1001 -JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: FIDEL CONDORI QUISPE con DNI24487095 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 02 Cusco, ocho de noviembre del año dos mil dieciséis. Se dispone reprogramación de audiencia de proceso inmediato para el día 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notífíquese a las partes procesales. Cusco, 08 de Noviembre del 2016. 10-11-14/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE SAÚL PARICOTO QUISPE Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señorita Juez Dra. Sandra Natli Villa Humpire, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01062-2016-2-1001-JR-PE-05, seguido contra SAÚL PARICOTO QUISPE por la comisión del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub-tipo Violación de la Libertad Sexual, en agravio de menor de iniciales SLCP representada por su progenitora Clara Paricoto Quispe, donde mediante la resolución N° 03 de fecha 20 de Octubre de 20016, se ha dispuesto la notificación vía edicto, respecto de: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE COMPARECENCIA RESTRICTIVA POR PRISIÓN PREVENTIVA. INTRODUCCIÓN EXPEDIENTE N° 01062-2016-80-1001-JR-PE-05. JUEZ SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI FECHA 20-10-2016. HORA DE INICIO 10:00AM SALA DE AUD. 8 SALA DE AUDIENCIAS DE LA CSJC DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD {MENOR DE 10 AÑOS). IMPUTADO SAÚL PARICOTO QUISPE AGRAVIADO : MENOR DE INICIALES SLCP REPRESENTADO POR SU PROGENITORARA CLARA PARICOTO QUISPE ESPEC. DE CAUSA INGRID CHRISTA FARFAN VARGAS ESPEC. DE AUDIO YADIRA Y. ENRIQUEZ CARRION.

15 Audiencia que será grabada en el sistema de audio (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA). Deja constancia que se inicia II. ACREDITACIÓN: MARISOL PARIA CARHUARUPAY MENDOZA. FISCAL PROVINCIAL DE LA SEGUNDA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE SANTIAGO, con DOMICILIO PROCESAL: Calle Los Ángeles 1260 Santiago-Cusco v con TELÉFONO DE CONTACTO: 234404 anexo 2503. 2. DEFENSA DEL IMPUTADO SAÚL PARICOTO QUISPE: MARIO EFRAIN ZARATE MALDONADO, Defensor Público, con CAC. N° 1638. con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D distrito de Wanchag-Cusco. celular 974951632 y con casilla electrónica N° 55201 (Casilla Electrónica del Abg. Daniel Huamantica quien es el gue conoce el presente proceso. JUEZ: Pregunta a las partes procesales presentes si tienen alguna objeción a la instalación de esta audiencia: FISCAL: Ninguna. ABOGADO DEL IMPUTADO SAÚL PARICOTO QUISPE: Ninguna. JUEZ: Informa que obra en autos la cédula de notificación de fs.9, dirigida al imputado Saúl Paricoto Quispe en su domicilio real; obrando también en autos los edictos judiciales publicados para fines de la notificación del mismo sentenciado en fechas 26,27 y 28 de setiembre. DA POR VALIDAMENTE INSTALADA la presente audiencia. III. DEBATE: FISCAL:(00.02.53) Estando el presente proceso en la etapa de Investigación Preparatoria y al amparo de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 287 del Código procesal Penal, el Despacho Fiscal solicita se declare la REVOCATORIA DE MANDATO DE COMPARECENCIA, dictada a favor del procesado SAÚL PARICOTO QUISPE, en mérito a los fundamentos que procede a oralizar su requerimiento en el sentido de que el imputado no ha cumplido con las diferentes reglas de conductas que se le ha impuesto, motivo por los que solicita la revocatoria de comparecencia de pena y se interponga un mandato de prisión preventiva, conforme se registra del sistema de audio. JUEZ: Corre traslado al abogado del imputado. ABOGADO DEL IMPUTADO: SAÚL PARICOTO QUISPE: No habiendo tenido contacto con su patrocinado y estando a las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, deja a criterio de la señorita Juez la resolución que corresponda. Registrado en audio. JUEZ: Realiza preguntas a la señora Fiscal para fines de resolver, las mismas que son absueltas por esta. Registrado en audio. IV. RESOLUCIÓN: JUEZ: Da por cerrado el debate y emite resolución. RESOLUCIÓN N° 03.(00.08.15) Cusco, veinte de octubre del dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por estos considerandos, este Juzgado RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO el requerimiento de comparecencia con restricciones por el de Prisión Preventiva planteado por parte del Ministerio Público en contra del procesado Saúl Paricoto Quispe, por la presunta comisión del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Contra la Libertad Sexual, sub tipo Actos Contra el Pudor de Menor de 10 años de edad, con la agravante de que existe un vínculo familiar; previsto y tipificado en el numeral 3 último párrafo del Art.176 del C.P., concordante con el último párrafo del Art.173 del mismo cuerpo legal en agravio de la menor de inicíales S.L.C.P. de 10 años de edad representada por su progenítora Clara Paricoto Quispe. 2. REVOCAR la medida de comparecencia con restricciones impuesta en contra de Saúl Paricoto Quispe mediante resolución Nro.3 de fecha 17 de junio del año 2016 y consecuentemente dictar la medida de prisión preventiva en contra de Saúl Paricoto Quispe, identificado con DNI 48153875, nacido en fecha 6 setiembre de 1989, en el distrito de Santiago provincia y departamento de Cusco, de estado civil soltero, con grado de instrucción 4to año de secundaria, con domicilio real en PP.JJ Barrio de Dios Mz.J Lt.12 distrito de Santiago provincia y departamento de Cusco, la misma que se determina por el plazo de 9 MESES, en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Actos Contra el Pudor en menor de edad agravado por el vínculo familiar que le otorga particular autoridad sobre la víctima, previsto y tipificado en al Art. 176-A, inc.3 último párrafo, en agravio de la menor de iniciales S.L.C.P. representada por su progenitura Clara Paricoto Quispe, dejando constancia que dicho plazo se computará desde la efectiva captura del imputado ya indicado. 3 GÍRENSE LOS oficios de ubicación y captura del imputado Saúl Paricoto Quispe, ello, una vez sea consentida y /o ejecutoriada sea la presente resolución. Dándose por notificados las partes concurrentes a este acto, debiendo notificarse a los inconcurrentes, adicionalmente al imputado via edictos. V.NOTIFICACION: FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Se reserva el derecho de apelar, solicita se cumpla con notificar la presente resolución. JUEZ: Téngase presente lo manifestado por el imputado. 10-11-14/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00254-2016-17-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MIGUEL ÁNGEL DAVALOS QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016, A LAS 11 y 30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales A.R.D.L, representado por su progenitora Lizbeth Labra Espinoza, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quiliabamba.. Quillabamba, 07 de Noviembre de 2016. 10-11-14/11/2016 CPJ


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