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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 Usuarios


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO

En el procese civil N° 0075-2015-0-1001-JR-CI-02. Seguido por la CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA S.A., contra SILVIA VILLAVICENCIO APAZA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El Señor Juez del segundo juzgado Civil -Sede Central del Cusco ABOG. ELIOT A. ZAMALLOA CÓRNEJO, bajo la actuación de la Especialista Legal ABOG. SAIDA CHIUN MANCO, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR; De acuerdo al Informe Pericial presentado en fecha 27/04/2016 y aprobado en todos sus extremos mediante resolución 19, se indica que el Bien se encuentra ubicado en el Programa Mi Vivienda Zaguan del Cielo Manzana “”G”, Lote 11, del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco; de propiedad de Silvia Apaza Villavicencio. Con los siguientes linderos; POR EL FRENTE, con el Parque Molle, con 6.70 ml, POR LA DERECHA, con el lote G-10, de 9.00 ml. POR LA IZQUIERDA, con el lote G-12, de 9.00 ml. POR EL FONDO, con el lote G-14, de 6.70 ml. Con un Perímetro de 31.40 ml., y un área de 60.00 ml. - AFECTACIONES DEL INMUEBLE: De Acuerdo a la Partida Electrónica N° 02071267, del Registro de Predios de la Zona Registral X - Sede Cusco, donde se encuentra en el ASIENTO 06. HIPOTECA. a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. Hasta por la suma de S/. 390,000.00. ASIENTO 08. EMBARGO. a favor de la CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDIKA S.A., hasta por la suma de S/. 70,897.66. ASIENTO 09. EMBARGO. a favor de CREDINKA S.A., hasta por la suma de S/. 25,388.26. más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. - VALOR DE LA TASACION: La Valorización del inmueble es la suma de US$ 103,962.00 (CIENTO TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), de acuerdo al Informe Pericial presentado en fecha 27/0412016. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Público son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de US$ 69,308.00 (SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). - LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local de la Oficina de Administración de Módulo Civil, sito en el Segundo Piso del Palacio de Justicia, ubicada en Avenida Sol S/N, de la ciudad del Cusco, el día MIERCOLES 19 DE OCTUBRE DEL 2016, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Publico Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma Cel. 984909086. - DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO Nro. 300 Cusco, 09 de Setiembre del 2016. 6vces-05-06-07-10-11-12-viiiii-16 b/v 41149 AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso civil N° 00576-2014-01001-JP-CI-03. Seguido por la CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA S.A., contra SONIA SILVA CCANRI y OTRO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, ABOG. ELENA VENGOA GARCIA, bajo la actuación de la Especialista Legal ABOG. MATILDE HALANOCA PUMA, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PUBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial presentado en fecha 16/10/2015, el Bien es una Predio ubicado en la zona Urbana de uso Vivienda, Ubicado en el Lote 05, de la calle 28 de Julio S/N, Sector Pampachacra, del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco, de propiedad de Raúl Carlos Yarin Pérez y Sonia Silva Canri. Con los siguientes linderos; POR EL FRENTE con el Pasaje sin nombre, en línea recta con 8.00 ml. POR LA DERECHA, entrando con el lote N° 04, en línea recta con 16.00 ml, POR LA IZQUIERDA, entrando con el lote N° 06, en línea recta de 16.00 ml. POR EL FONDO, en línea recta con 8.00 ml. Con un Perímetro de 48.00 mI. y un área de 128.00 m2. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: De acuerdo a la Partida Electrónica Nº 11129472, del Registro de Predios de la Zona Registral X - Sede Cusco, donde se encuentra en el ASIENTO 03. EMBARO, a favor de CREDINKA S.A., hasta por la suma de S/. 21,221.22 (VEINTIUN MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON 22/100 SOLES), más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: La Valorización del inmueble es la suma de S/. 184,248.89 (CIENTO OCHENTA y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 89/100 SOLES), de acuerdo al Informe Pericial presentado en fecha 16/10/2015. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Publico son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de S/. 122,832.59 (CIENTO VENTIDOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 59/100 SOLES). LUGUR DIA y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb. La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de Wanchaq, el día MARTES 18 DE OCTUBRE DEL 2016, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE. El remate público será efectuado por el Martillero Publico Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma Cel. 984909086. - DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello

no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO Nro. 300 Cusco, 09 de Setiembre del 2016. 6vces-05-06-07-10-11-12-viiiii-16 b/v 41153 PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. con Calixto Huamantalla Año, Julio Cesar Hancco Pezo, Washington Huillca Año y Juan Carlos Titto Huanaco sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 691-2012, el Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. Gilda Zea Núñez y Especialista Legal Dra. Ketty Conchoy Ochoa, ha dispuesto sacar a Remate lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en la Manzana T1, Lote 7 del Centro Poblado Tambo Real, Distrito de Zurite, Provincia de Anta, con un área de 502.66 mts2, cuyas demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 31030227 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral del Cusco, Zona Registral N° X Sede Cusco. 2.- TASACIÓN: $ 15,957.00 (Quince mil novecientos cincuenta y siete y 00/100 Dólares Americanos). 3.- BASE DEL REMATE: $ 10,638.00 (Diez mil seiscientos treinta y ocho y 00/100 Dólares Americanos) equivalentes a las 2/3 partes del valor de Tasación. 4.- GRAVAMENES: A) Embargo.- Hasta por la suma de S/. 22,000.00 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., ordenada por el 1er. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, inscrito en el asiento 00005 de la Partida N° 31030227 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco. Fecha de Inscripción 20/1/14. 5.DIA Y HORA DEL REMATE: 20 de Octubre del 2016 a las 11 :30 de la mañana. 6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, sito en Urb. La Florida C - 14 Pasaje Kantus (Ex Meson de la Estrella). 7.- POSTORES: Los postores Obrarán el equivalente al 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, presentarán DNI, Arancel Judicial por derecho a participar en Remate con el N° de Expediente, Juzgado correspondiente, y N° de DNI del postor (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera conforme a ley. El remate será realizado por María Ángela Zeballos Alva, Martillera Pública con Reg. N°142. Cel. 998706190, mazeballos@gmail.com 6vces-06-07-10-11-12-13-viiiii-16 b/v 41158 PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente Ni 02118-2014-0-1001-JR-Cl-ol, sobre Obligación de dar Suma de Dinero seguido por VICENTE LEON FERNANDEZ y MARIA MANUELA PALOMO DE LEON en contra de MAXIMO ROGER BARRIOS SARMIENTO Y NORKA RAQUEL TERRAZAS OUVERA, la señora Jueza del Quinto Juzgado civil de Cusco, doctora Marianella Cárdenas Villanueva, con actuación del Especialista legal doctor Rafael Castillo Canal, ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBUCO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en la manzana K, lote 2 de la Asociación Pro Vivienda Picol Orccompujio, distrito de San Gerónimo, provincia y departamento de Cusco; inscrito en la Partida Registra IN2 11107075 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral X -Sede Cusco, en donde figuran su área, medidas perimétricas y demás características. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de María Manuela Palomo de león y Vicente Zenón león Fernández hasta por la suma de SI 62,790.00, según consta en el asiento 000002 de la Partida Registral N2 11107075. 2) Medida cautelar en forma de inscripción a favor de Mibanco Banco de la Micro Empresa S.A. hasta por la suma de SI 85,000.00, según consta en el asiento 000003 de la Partida Registral N° 11107075. No se conocen otros gravámenes. TASACÓN: El valor de tasación es de US$ 135,000.00 (Ciento treinta y cinco mil 00/100 dólares). PRECIO BASE: US$ 90,000.00 (Noventa mil 00/100 dólares) o sea las dos terceras partes del valor de tasación. LUGAR. DIA y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil de Cusco, la que está sita en la corte Superior de Justicia de Cusco ubicada en la Av. El Sol N° 239, Cercado -Cusco, el día 24 de octubre 2016 a horas 09.30AM. El Remate Público será efectuado por el Martillero Público José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N2 65. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en d1eque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$ 13,5000.00 (Art. 735 del Código Procesal Ovil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble expedida por el Banco de la Nación. los honorarios del Martillero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P .C.). Especialista legal: Dr. Rafael Castillo Canal.- Martillero Público: Sr. José c. E. Chirinos Escobedo, Reg. Ni 65 (CI-959600795) Cusco, 09 setiembre 2016. RAFAEL CASTILLO CANAL ESPECIALISTA LEGAL 6vs 06-07-10-11-12-13/10/2016 B/.31024 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00300-2016-0-1 001-JM-CI-01, Primer Juzgado Mixto Wanchaq, demandante Tito Quispe Valenzuela y otros, sobre Nulidad de


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 Acto Jurídico, Res 2 se ha resuelto: ( ...) Admitir a trámite en la vio del proceso de conocimiento la demanda instada por Tito Quispe Valenzuela y otros como pretensión principal Nulidad de Acto Jurídico por la causal establecida en el artículo 291 incisos 1 del Código Civil, Nulidad de acto jurídico contenido en la escritura pública de Donación de Derechos y acciones de fecha 6 de diciembre del 2007, por la causal de falta de manifestación de Voluntad del agente Gumercindo Calvo Cuadros y la Cancelación de los Asientos Registrales número 005 de la Partida 021267792 del predio Islapampa, Cancelación del Asiento Registral 005 de la Partida número 05004494 del predio rustico Accopata o Ccoscca ambos de Donación inscritos en el registro de Predios de la SUNARP Cusco, en contra de Eusebio Calvo Valenzuela, Carmen Olga Calvo Cornejo, Notario Jorge Bustamante Aragon, SUNARP Cusco y el QVF Gumercindo Calvo Cuadros, se ha dispuesto notificar con la presente a los demandados CARMEN OLGA CALVO CORNEJO Y EUSEBIO CALVO VALENZUELA vio edictos conforme lo establece el artículo 165 del Código Procesal Civil por tres veces, a costa de la parte actora.- H.S.- Fdo. N. Yabar. Juez.- Fdo. P. Alarcon Secrt.- Cusco, 5 de octubre del 2016.3vces-07-10-11-viiiii-16 b/v 41176

PONCE CRUZ sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS ( ... ).SE RESUELVE: Dictar la Medida Cautelar Temporal sobre el Fondo, a favor del demandante de iniciales A.K.P.G. representado por su madre KATTY JACQUELINE GONZALES RIVERA, consistente en la ASIGNACION ANTICIPADA DE ALIMENTOS en el equivalente de la suma de TRESCIENTOS SOLES que deberá pagar el demandado IVAN PONCE CRUZ, desde la notificación con la presente en forma mensual mientras dure el proceso. Estando a lo expuesto por la demandante y habiendo cumplido la formalidad exigida por Ley, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 165º 167º modificado por Ley N° 30293, 168º Y 435º del Código Procesal Civil y el Oficio Circular N° 03-USJ-CSJCU, NOTIFIQUESE al demandado IVAN PONCE CRUZ con la presente resolución, mediante la publicación de EDICTOS por un periodo de TRES DIAS HÁBILES en el Diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco y Apurimac, así: como en la tablilla del Juzgado, a fin de que el mismo se apersone al proceso en el plazo establecido por Ley, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Lo que se publica para los fines de Ley. San Jerónimo, 05-09-2016. 3VCES-07-10-11-VIIIII-16 B/V 41185

AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO

RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS

En el proceso civil N° 03004-2013-0-1001-JP-CI-04. Seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., contra la SRA. MAXIMILIANA MONGE VERA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Segundo Juzgado de paz Letrado del Cusco, Dra. ROSS MERY TAMATA KEHUARUCHO, bajo la actuación del Especialista Legal Dra. JUDITH DINA CASTILLO PRADO, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial presentado el 17/03/2015, por los Ingenieros Peritos y aprobado en todos sus extremos en la Resolución N° 13, del inmueble Predio Rustico denominado Puquin Lote 1, identificado con la Unidad Catastral N° 25721, ubicado en el Sector de Puquin, Valle de Puquin del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco, (encima de las A.P.V. Los Jardines y Virgen Concepción), siendo el Titular Catastral Propietario Don Andres Tinta Ñaupa y Doña Valentina Espinoza Tinta, con inscripción en la sección especial de Predios Rurales en la Partida Registral N° 11032756. Con los siguientes linderos; POR EL NORTE, con terrenos cuyas unidades catastrales son N° 164008 Y 028190. POR EL SUR, con terreno cuya unidad catastral es N° 028189. POR EL ESTE, con terreno cuya unidad catastral es N° 028191. POR EL OESTE, con el predio puquin. Teniendo el terreno un área de 7,7119 Has., y un Perímetro de 1,472.16 mI. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Partida Registral N° 11032756, donde se encuentra ASIENTO 07. EMBARGO, en forma de inscripción, monto de la carga hasta S/. 26,389.58, más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: De acuerdo al Informe Pericial, el inmueble ha sido tasado en la suma de S/. 115,678.50 (CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 50/100 NUEVOS SOLES), como se detallada en la Valorización. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Publico son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de S/. 77,119.00 (SETENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECINUEVE CON 00/100 SOLES). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb, La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de Wanchaq, el día LUNES 31 DE OCTUBRE DEL 2016, a las ONCE HORAS DEL DIA. - NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984909086. DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cusco, 09 de Setiembre del 2016. Anta, 03 de Octubre del 2016. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO SUNARP Nro. 300 6VCES-07-10-11-12-13-14-VIIIII-16 B/V 41181

ANTE MI MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA NOTARIA DE CUSCO, EN MI DESPACHO NOTARIAL, UBICADO EN URB. VERSALLES N° L-23-B, DISTRITO SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, FUERON PRESENTES LOS SEÑORES DULIA CARAZAS AEDO - (NOMBRE DE SOLTERA) - DULIA CARAZAS DE NUÑEZ (NOMBRE DE CASADA), por derecho propio y en representación de WILFREDO CARAZAS AEDO SEGÚN PODER INSCRITO EN LA P.E. 11078274 REGISTRO DE MANDATOS Y PODERES Z.R.N° X S.C.; y GORKY ZARAZAS AEDO; QUIENES SOLICITAN LA RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS, DEL INMUEBLE UBICADO EN: LOTE N° 19, DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA LOS OLIVOS DE LA PAZ ANTES LOTE N° 02 DEL SECTOR LARAPA CHICO, DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, EL MISMO QUE CUENTA A LA FECHA CON UN AREA DE 1363.53 M2, PERIMETRO 148.55 M.L. CUYOS LINDEROS SON: POR EL FRENTE: COLINDA CON EL PASAJE SIN NOMBRE FORMADO POR LA SECCIÓN DE TERRENO DE LOS INTERESADOS CON UNA LONGITUD EN LÍNEA RECTA DE 41.10 M.L.; POR LA DERECHA: CON PROPIEDAD DEL SR. GODOFREDO MENDOZA CON 32.98 ML; POR LA IZQUIERDA: CON LA PROPIEDAD DE LOS SOLICITANTES WILFREDO CARAZAS AEDO, DULIA ZARAZAS AEDO Y GORKY ZARAZAS AEDO CON 33.37 ML EN LÍNEA RECTA Y, POR EL FONDO: CON LAS PROPIEDADES DE DOÑA VISITACIÓN QUISPE AUCATINCCO CON 8.40 ML, SR. JESÚS CONCHA HUARHUA, CON UNA LONGITUD DE 13.50 ML, SR. JOSÉ AYMITUMA CON 12.50 ML Y UNA PROPIEDAD PARTICULAR CON 6.70 ML, HACIENDO UN TOTAL DE 41.10 ML. - LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY- CUSCO 26 DE SETIEMBRE DEL 2016. MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA - NOTARIA URB.VERSALLES L-23B SAN JERONIMO CUSCO 3VCES-07-10-11-VIIIII-16 B/V 41202

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 295-2016-CI seguido por GLADYS MARISCAL DAVALOS en representación de GABRIEL SUAREZ VALENCIA sobre RECTIFICACION DE ESTADO CIVIL en cuanto a la consignación de su estado civil siendo lo correcto SOLTERO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 05-10-2016 3vces-07-10-11-viiiii-16 b/v 41183 EDICTO JUDICIAL SEÑOR: IVAN PONCE CRUZ Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo - Cusco, en el Exped. N° 1142016-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. RESOLUCIÓN NRO. 03 DEL 05-09-2016.SE RESUELVE ADMITIR A TRAMITE en la VIA ÚNICA la demanda instada por KATTY JACQUELINE GONZALES RIVERA en representación del menor de iniciales A.K.P.G. contra IVAN

EDICTO JUDICIAL EXP. N° 0O385-20J6-0-JOOJ-JM-CI-OJ, Primer Juzgado Mixto WanchaqCusco demandante Malitzin Enriquez Carrion, sobre Terceria, se ha resuelto: (...) se ha demandado a la empresa Cardo va Construcciones SAC cuya dirección domiciliaria se desconoce y estando a lo dispuesto en el articulo 165 del Código Procesal Civil y para fines de continuar con el tramite del proceso, NOTIFIQUESE a la demandada EMPRESA CORDOVA CONSTRUCCIONES SAC; con la resolución uno del 15 de junio del 2016 que resuelve: Admitir a trámite en la via Abreviada la demanda instada por Malitzin Enriquez Carrion, contra Percy del Carpio Choque, Flore de Anai Garcia Mojonero y la empresa Cordova Construcciones SAC sobre Tercería de Propiedad, corrase traslado al demandado por el termino de diez dias para su absolución, debiendo publicarse en los diarios Judiciales de la región y de la república por tres veces, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal, a costa de fa parte actora.- H.S.- Fdo. N. Yabar. Juez.- Fdo. P. Alarcon Secrt.- Cusco, Cusco, 29 de setiembre del 2016.PATRICIA ALARCON TISOC 07 - 10 - 11 /10/2016 B/. 31034 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judicial Juana Paula Huanca Ccapcha; se tramita el Expediente Civil N° 01854-2016-0-1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 02 Cusco 20 de setiembre del 2016 ... SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por MARIO LUNA QUISPE, sobre Rectificación de la Partida de matrimonio civil de los progenitores del recurrente, partida N° 400 del 13 de setiembre de 1976, que fue inscrita ante la Municipal Distrital de Wanchaq, en cuanto al nombre de pila de su señora madre, registrado como “LUCILA”, debiendo ser lo correcto “LUCIA”, así también en cuento al apellido materno de la misma, registrado como ‘TUNQUI” cuando lo correcto es “TUNQUE”, quedando el nombre completo como “LUCIA QUISPE TUNQUE”. y estando a lo dispuesto en el artículo 828° del Código Procesal Civil, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 20 de setiembre del 2016. 3VCES-10-11-12-VIIIII-16 B/V 41206


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 TERCER REMATE

En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU BCP, en contra de SANDRA CARRION CHAHUAYO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA; Expediente 01872-2015-0-1001-JR-CI-02; el señor Juez del segundo Juzgado Civil del Cusco, Sede Central, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, con intervención del Especialista Legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a remate en tercera convocatoria el inmueble ubicado en: FRACCION B DEL INMUEBLE S/N PARTE INTEGRANTE DEL FUNDO QUISPIQUILLA GRANDE, EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11109495, DE LA ZONA REGISTRAL N° X- SEDE CUSCO, DE LA OFICINA REGISTRAL CUSCO; VALOR DE TASACIÓN (comercial): S/475,020.00 (cuatrocientos setenta y cinco mil veinte 00/100 soles); PRECIO BASE: S/228,801.30 (dos cientos veintiocho mil ochocientos uno y 30/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente (menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria y menos el 15% por tratarse de tercera convocatoria a remate); AFECTACIONES: 1) RATIFICACION y AMPLIACION DE HIPOTECA.hasta por la suma de S/380,016.00 soles a favor del Banco de Crédito del Perú, así consta inscrito en el asiento D00007, el cual es materia de ejecución; 2) EMBARGO.- Sobre cobranza coactiva, hasta por la suma de S/1,500.00 soles, a favor de ESSALUD Lima, así consta inscrito en el asiento D00008; 3) EMBARGO COACTIVO.- SOBRE MEDIDA CAUTELAR PREVIA DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, hasta por la suma de S/10,000.00 soles a favor de SUNAT, así consta inscrito en el asiento D00009, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11109495, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, de la Oficina Registral Cusco; DIA y HORA DE REMATE: Viernes 28 de octubre del 2016 a las 10:00 (DIEZ HORAS) A.M.; LUGAR DE REMATE: La misma que se realizara en la oficina de administración del módulo civil (2° piso), ubicado en la corte superior de justica de cusco, Av. El sol S/N - Cusco; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/47,502.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Cusco 2016, agosto 29 3VCES-10-11-12-VIIIII-16 B/V 41214 CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 02244-2014-0-1001-JR-CI-04 en los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO CUSCO S.A. en contra de : Rosa Anara Labra e INVERSUR P J & R EIRL TOA. Representada por su Gerente Rosa Anara Labra y Victor Murillo Smith, por EJECUCION DE GARANTIAS , que se tramita ante el Cuarto Juzgado Civil -Sede Central Cusco, a cargo de la Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos, con intervención de la Especialista Legal Dra. Raisa Pamela Navarroi Gonzales, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, de cuatro inmuebles al detalle: Inmueble -1. Ubicado en Departamento N8 501 Quinto Nivel de la Av. Los Incas N° 1500-A Distrito Wanchaq, Provincia Cusco y Departamento de Cusco, inscrita en la Partida Electrónica N° 11034522 -Zona Registral N° X -Sede Cusco -Oficina Registral Cusco. VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE 1 : US$. 188,535.00 (Ciento Ochenta y Ocho Mil Quinientos Treinta y Cinco con 00/100 Dólares Americanos) PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE 1 : US$. 125,690.00 ( Ciento Veinticinco Mil Seiscientos Noventa con 00/100 Dólares Americanos) equivalente a 2/3 del valor de tasación. GRAVAMENES y CARGAS: INMUEBLE 1 Asiento 00005 -HIPOTECA .-Rosa Anara Labra con D.N.I. N° 29585805 soltera, peruana, constituye Hipoteca sobre el inmueble materia de la presente partida registral, a favor de la CAJA MUNICIPAL DEAHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., debidamente representada por Manuel Angel Polar Covarrubias y Juvenal Vargas Trujillo, con personeria jurídica inscrita en la P.E. 11000484 del Registro de Personas Jurldicas de esa Oficina Registral, hasta por la suma de US$. 40,000.00 (Cuarenta Mil y 00/100 Dólares Americanos) en garantía de un crédito por el mismo monto. Ambas partes convienen en Valorizar el inmueble en la suma de US$. 68,741.00 (Sesentiocho Mil Setecientos Cuarentiuno y 00/100 Dólares Americanos). Asl y mas ampliamente consta de la Escritura Pública del 05/12/2006 otorgada ante Notario Ocampo Delahaza Lucila Antonieta en la ciudad del Cusco. Asiento 00007 -RATIFICACION y AMPLIACION DE HIPOTECA.-Rosa Anara Labra, en calidad de propietaria y fiadora solidaria de INVERSUR PJ & R EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ratifica y amplia la Hipoteca, inscrita en el AS. 05 de la presente partida, a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A.,con personería jurídica inscrita en la Partida N° 11000484 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Cusco, representado en este acto por Juvenal Vargas Trujillo y Henry Romero Palomino, con facultades debidamente inscritas; hasta por la suma de US$. 119,000.00 (Ciento Diecinueve Mil con 00/100 Dólares Americanos), en garantía de una Línea de Crédito de hasta por la suma de US$. 119,000.00 y demás obligaciones señaladas en la escritura pública que da merito a la presente inscripción, el inmueble se valoriza en la suma de US$. 135,409.00: Asl consta de la Escritura Publica del 31/08/2011 otorgada ante Notario Salazar Puente de la Vega Mercedes, en la ciudad de Cusco. Inmueble -2. Ubicado en el Segundo Bloque, Primer Nivel, Ambiente N° 109 del Centro Comercial y Profesional Ollanta de la Av. El Sol N° 346 Distrito de Cusco, Provincia Cusco y Departamento del Cusco; inscrito en la Partida Electrónica N°

07038509 de la Oficina Registral N° X -Sede Cusco -Oficina Registral Cusco VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE 2 : US$. 73,592.30 (Setenta y Tres Mil Quinientos Noventa y Dos con 30/100 Dólares Americanos) PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE 2 : US$. 49,061.53 (Cuarenta y Nueve Mil Sesenta y Uno con 53/100 Dólares Americanos ), equivalente a las 2/3 del valor de tasación. GRAVAMENES y CARGAS: INMUEBLE 2 Asiento 00005 -HIPOTECA.- Rosa Anara Labra, en calidad de propietaria y fiadora solidaria de INVERSIONES PJ & R EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, constituyen Hipoteca, a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., con personería jurídica inscrita en la Partida N° 11000484 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Cusco, representado por Juvenal Vargas Trujillo y Henry Romero Palomino; hasta por la suma de US$. 50,000.00 (Cincuenta Mil con 00/100 Dólares Americanos), en garantía de obligaciones crediticias hasta por la suma de US$. 141,000.00 Y demás obligaciones señaladas en la Escritura Publica, que da merito a la presente inscripción, se valoriza el inmueble en US$. 57,035.00. Asl consta de la Escritura Publica del 31/08/2011 otorgada ante Notario Salazar Puente de la Vega, Mercedes en la ciudad de Cusco. Inmueble -3. Ubicado en el Segundo Bloque, Segundo Nivel, Ambiente N° 209 del Centro Comercial y Profesional Ollanta de la Av. El Sol N° 346 Distrito de Cusco, Provincia Cusco y Departamento del Cusco; inscrito en la Partida Electrónica N° 02075859 de la Oficina Registra I N° X -Sede Cusco -Oficina Registral Cusco VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE 3. : US$. 61,556.22 (Sesenta y Un Mil Quinientos Cincuenta y Seis con 22/100 Dólares Americanos) PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE 3. : US$. 41,037.48 ( Cuarenta y Un Mil Treinta y Siete con 48/100 Dólares Americanos), equivalente a las 2/3 del valor de tasación. GRAVAMENES y CARGAS: INMUEBLE 3. Asiento 00006 -HIPOTECA: INVERSIONES PJ & R Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con personería jurídica inscrita en la Partida N° 11006329 del Registro de Personal Jurídicas de esta Oficina Registral, representada por ROSA ANARA LABRA, en calidad de propietaria constituye hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., con personería jurídica inscrita en la Partida N° 11000484 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Cusco, representado por Juvenal Vargas Trujillo y Henry Romero Palomino, hasta por la suma de US$. 40,500.00 (Cuarenta Mil Quinientos 00/100 Dólares Americanos) en garantía de obligaciones crediticias, hasta por la suma de US$ 41,000.00 Y demás obligaciones señaladas en la Escritura Publica que da mérito a la presente inscripción, se valoriza el inmueble en US$. 46,404.00. Así consta de la Escritura del 31/08/2011 otorgada ante Notario Salazar Puente de la Vega Mercedes, en Cusco. Inmueble -4. Ubicado en el Tercer Bloque, Tercer Nivel, Ambiente N° 316 del Centro Comercial y Profesional Ollanta de la Av. El Sol N° 346 Distrito de Cusco, Provincia Cusco y Departamento del Cusco; inscrito en la Partida Electrónica N° 02041484 de la Oficina Registral N° X -Sede Cusco -Oficina Registral Cusco VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE 4. : US$. 76,651.12 (Setenta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Uno con 12/100 Dólares Americanos) PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE 4. : US$. 51,100.75 (Cuarenta y Un Mil Cien con 75/100 Dólares Americanos ), equivalente a las 2/3 del valor de tasación. GRAVAMENES y CARGAS: INMUEBLE 4. Asiento 00008 -HIPOTECA: Rosa Anara Labra, en calidad de propietaria y fiadora solidaria de INVERSIONES PJ & R EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, constituye Hipoteca, a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., con personería jurídica inscrita en la Partida N° 11000484 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Cusco, representado por Juvenal Vargas Trujillo y Henry Romero Palomino; hasta por la suma de US$. 50,500.00 (Cincuenta Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos), en garantía de obligaciones crediticias hasta por la suma de US$. 141,000.00 Y demás obligaciones señaladas en la Escritura Publica, que da merito a la presente inscripción, se valoriza el inmueble en US$. 57,793.00 .Asl consta de la Escritura Publica del 31/08/2011 otorgada ante Notario Salazar Puente de la Vega Mercedes, Cusco. DIA y HORA DE REMATE: 28 de OCTUBRE del año 2016, a horas 12:00 del mediodía. LUGAR DE REMATE: Frontis del 4TO. Juzgado Civil del Cusco C.S.J.C. , sito en la Av. El Sol s/n., Distrito Cusco, Provincia Cusco y Departamento de Cusco POSTORES: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación para cada inmueble 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, en cada caso y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV Cusco, 29 de Septiembre de 2016 ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO Nº.2165 PAMELA NAVARRO GONZALES SECRETARIA JUDICIAL 6vces-10-11-12-13-14-17/10/2016 B/.31040 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN SANTA ANA – LA CONVENCION OFICINA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de la Convención Departamento


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don LENIN HAROL SANTA CRUZ GAYOSO, identificado con DNI.N°45538236, de 28 años de edad, Estado Civil Soltero de Nacionalidad Peruano, natural de Quellouno de profesión ocupación Mecánico, con Domicilio en Av. E. de La Torre H-5 de esta ciudad. Doña LlLIANA MARCELA GIRON RIVERA, identificada con DNI N° Único de Identidad 04881734-4 de 23 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Extranjera, natural de El Salvador de Profesión u ocupación Estudiante, con domicilio en Av. 25 de Julio L9 de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el Día MIERCOLES 26 de Octubre del año 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 06 de Octubre del año 2016. MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN SANTA ANA – LA CONVENCION OFICINA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de la Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don FREDY APAZA MAYHUA, identificado con DNI.N°42408974, de 32 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de Quillabamba- Distrito de Santa Ana Prov. De la Convención de profesión u ocupación lic- en Turismo, con Domicilio en Pie. Los Kipus S/n de esta ciudad. Doña HAZARMAVETH MANAHATH ROCA GUILLEN, identificada con DNI N°41678598 de 33 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba, Distrito de Santa Ana Prov, de La Convención de Profesión u ocupación Lic. En Turismo, con domicilio en Jr. Humberto luna s/n de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día SABADO 19 de Noviembre del año 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 06 de Octubre del año 2016. JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA JEFE DE REGISTRO CIVIL EDICTO JUDICIAL En el Segundo juzgado de Paz letrado de Santa Ana, Provincia e la Convención que Despacha el Señor Juez MARCO ANTONIO FLORES ESPEZUA, bajo la actuación de la Especialista legal Mariela Velásquez Gutiérrez se viene tramitando el proceso N° 547-2014-0-1010-JP-CI-02, seguido por Wilman, Evo Edgar, Felipe y Dina Poma Churasi y la señora Nancy Guevara Peñares en representación de su menor hija Edith Sonia Poma Guevara, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue Victor Florentino Poma Ccancce, fallecido en la cuidad del Cusco, Provincia y Departamento del Cusco, el día 03 de septiembre del 2014.- lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 26 de setiembre de/2016. ABOG. MARIANELA VELAZQUEZ GUTIÉREZ SECRETARIA JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO JUZGADO MIXTO DE LA CONVENCIÓN PODER JUDICIAL “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU” EDICTO JUDICIAL Que el Proceso Civil Nª 00039-2016-0-1010-JM-C1-01, se viene tramitando ante el juzgado Mixto de La Convención, y es como sigue; ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Aurora Díaz Ibarra, en el proceso no contencioso sobre: DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA de Don Alejandro Enrique Díaz Santander, en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO AL OTROSI DIGO.- Notifíquese a los citados José Domingo Díaz Ibarra e Isolina Díaz Ibarra. H.S.-Fdo. Jueza Supernumeraria Dra. Siomara Candelaria Morales Mar. Fdo. Sri Radha Castro Mellado. Secretaria Judicial. Publíquese por tres días para los fines de ley, de conformidad con el artículo 165º del Código Procesal Civil. SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLADO SECRETARIA JUDICIAL 10-11-12/10/2016 EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito de Wanchaq, se tramita el Proceso Civil Nro. 00490-2016-0-1001-JM-CI-02 seguido por Dalmacia Mejía Yáñez en representación de Prudencia Almonte Yáñez sobre CAMBIO DE NOMBRE en la vía del proceso No Contencioso. Lo que se publica para los fines de ley. Firma del Señora Juez Dra. Elvia Barriga Moron.- Sayda Verónica Bustos Florez Secretaria Judicial.-(publicar tres días interdiarios). Wanchaq, 03 de octubre del 2016. SAYDA V. BUSTOS FLOREZ SECRETARIA JUDICIAL 05 - 07 - 11 /10/2016 B/. 31008 EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito de Wanchaq, se tramita el Proceso Civil Nro. 01462-2016-0-1001-JM-CI-02 seguido por CLORINDA MATTO HUAMAN sobre DECLARACION DE INEFICACIA DE TITULO VALOR consistente en Cheque de Gerencia No Negociable del Banco Continental N° 00010776, emitido por la Empresa de Transporte Turístico de Machupicchu S.A. Tramusa S.A., en fecha 12 de mayo del 2016, contra la EMPRESA DE TRANSPORTE TURISTICO DE MACHUPICCHU S.A. TRAMUSA S.A., y con CITACION del Gerente General del BANCO BBVA CONTINENTAL, en la vía del proceso SUMARÍSIMO. Lo que

se publica para los fines de ley. Firma del Señora Juez Dra. Elvia Barriga Moron.Sayda Verónica Bustos Florez Secretaria Judicial.-(publicar tres días interdiarios). Wanchaq, 03 de octubre del 2016. SAYDA V. BUSTOS FLOREZ SECRETARIA JUDICIAL 05 - 07 - 11 /10/2016 B/. 31011 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 20 de Junio del 2016, la recurrente MATILDE ANGELICA CUNZA ESCALANTE, titular del Acta de Matrimonio Nº 1009514015, correspondiente a EDUARDO GENARO GOMEZ MUÑOZ y MATILDE ANGELICA CONZA ESCALANTE, conforme establece la Directiva Nº DI 263- GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre del Padre de la titular del Acta, habiéndose registrado como EMILIO CONZA. Siendo el nombre correcto del padre de la titular del Acta EMILIO CUNZA, por consiguiente el nombre correcto de la titular del Acta de Matrimonio es MATILDE ANGELICA CUNZA ESCALANTE. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 23 de Junio del 2016 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1v-11-viiiii-16 b/v 41228 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de La Quebrada - Yanatile, que despacha la señora Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación del secretario judicial Israel Villafuerte Anaya, se tramita el proceso civil Nro. 00051-2016-0-1019-JP-CI-01, seguido por Carlos Daniel Parhuay Vargas sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en los siguientes extremos: 1.- En el Cuerpo Principal del Acta, rubro “Apellido Paterno del inscrito ,se ha anotado en forma incorrecta su apellido como PARHUAY, siendo el correcto PARHUAYO. 2.- En el rubro “Nombres y Apellidos de su padre”, se ha anotado en forma incorrecta sus apellidos tanto paterno y materno consignándose como PARHUAY ANDUIZA, siendo el que corresponde PARHUAYO ANDUISA. 3.- El Número del Documento Nacional de Identidad de su señor padre se ha anotado en forma incorrecta como 24476151, siendo el correcto 24476156 (error que se verifica en el último guarismo). 4.- Asimismo el operador administrativo de la época ha obviado consignar el número del Documento Nacional de Identidad de su señora madre siendo el que corresponde 453641 78. Lo que se publica para los fines de Ley. Quebrada, 06 de octubre del 2016. 1v-11-viiiii-16 b/v 41230 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de La Quebrada - Yanatile, que despacha la señora Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación del secretario judicial Israel Villafuerte Anaya, se tramita el proceso civil Nro. 00041-2016-0-1 019-JP-Cl-01, seguido por Simon Guzman Valdez sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en los siguientes extremos: 1.- En el espacio del Margen Izquierdo del Acta, rubro “Nombre ... ‘’. se ha anotado en forma incorrecta su pre nombre como SIMON, siendo el correcto y el que corresponde ZENON. 2.- En el Cuerpo del Acta, donde mediante oficio procedente del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Calca, el señor Juez ordena la Inscripción supletorio de su acta de nacimiento, con error en la anotación de su pre nombre como SIMON, siendo el correcto ZENON. Lo que se publica para los fines de Ley. Quebrada, 06 de octubre del 201 6. 1v-11-viiiii-16 b/v 41230 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 11289 -TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON CLEVER AGUILAR CONDORI D.N.I N° 41906542 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Madre de Dios - Inambari NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Administrador EDAD 33 años DOMICILIO Av. Manco Ccapac 2 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. DOÑA SARA CORNEJO YANCCAY DNI N° 423261 4 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Cusco - Santiago NACIONALIDAD Peruano PROFECION /OCUPACION: Comerciante EDAD 32 años DOMICILIO Av. Manco Ccapac 2 del Distrito de San Jerónimo,. Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 21 de Octubre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 07 de Octubre del 2016. RAUL QUISPE CHURA


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016

JEFE DE REGISTRO CIVIL 1v-11-viiiii-16 b/v 41231

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 30 de Setiembre del 2016, el recurrente ALAN JESUS HUARHUA FLORES, hijo del titular del Acta de Defunción Nº 5000548339, correspondiente a JESUS MANUEL HUARHUA CALLAÑAUPA, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la madre del titular del Acta, habiéndose registrado como LUISA CALLAÑAUPA PILLCO. Siendo el nombre correcto de la madre del titular del Acta LUISA CALLAÑAUPA PILCO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 04 de Octubre del 2016 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1v-11-viiiii-16 b/v 41232 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 11193- TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON YON OSWALDO CJUNO LUPO D.N.I N°41913554 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Espinar - Pallpata NACIONALIDAD: Peruana PROFESION /OCUPACION: Independiente EDAD 33 años DOMICILIO Calle Los Jardines D - 23 del C.P. El Vallecito del Distrito San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco DOÑA ADELAIDA TECSE LIMA D.N.I N° 41758168 ESTADO CIVIL Soltera NA TURAL DE Cusco - San Jerónimo NACIONALIDAD: Peruana PROFESION /OCUPACION: Independiente EDAD 33 años DOMICILIO: Calle Los Jardines D-23 del C.P. El Vallecito del Distrito San Jerónimo Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 22 de octubre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento Pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo 10 de Octubre del 2016 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTROC CIVIL 1v-11-viiiii-16 b/v 41233 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 321-2016-CI seguido por HENRY RAMIRO VENERO TAPIA sobre SUCESION INTESTADA de su cónyuge RUTH DELGADO VERA fallecida el 07-08-2016, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 05 de octubre del 2016. 3VCES-11-12-13-VIIIII-16 B/V 41234 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 11214 -TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON FREDY QUILLAHUAMAN QUISPE D.N.I N° 42770389 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Cusco - Urubamba NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Abogado EDAD 34 años DOMICILIO APV. Picol Orccompugio II Etapa M-14 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. DOÑA YAMILEY HELENS INCACARI MIRANDA D.N.I N° 45633239 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Puno - San Román NACIONALIDAD Peruana PROFESION /OCUPACION: Abogada EDAD 27 años DOMICILIO APV. Picol Orccompugio II Etapa M-14 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 22 de Octubre del 2016. Las personas que conozcan las causal es de Impedimento pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 10 de Octubre del 2016 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-11-VIIIII-16 B/V 41236

ANTE MI DESPACHO NOTARIAL, SITO EN JIRÓN JAQUIJAHUANA C6-10 DE LA CIUDAD DE ANTA, PROVINCIA DE ANTA I DEPARTAMENTO DE CUSCO; SE HAN PRESENTADO LOS ESPOSOS AURELIO PAULINO SALAS CRUZ CON DNI N° 43404561 I NICOLASA RIOS DE SALAS, CON DNI N° 24945317, SOLICITANDO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE SIGNADO COMO LOTE 12, MANZANA B, UBICADO EN LA CALLE 19 DE NOVIEMBRE DE LA “ASOCIACIÓN DE VIVIENDA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE”, DEL DISTRITO I PROVINCIA DE ANTA, DEPARTAMENTO DE CUSCO; QUE TIENE UN ÁREA DE SEISCIENTOS UNO PUNTO NOVENTA I CUATRO METROS CUADRADOS (601.94 M2); PERIMETRO: 99.84 ML; DELIMITADO DENTRO DE LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS POR EL FRENTE, CON LA CALLE 19 DE NOVIEMBRE EN 20.08 ML; POR LA DERECHA, CON EL LOTE B-11, PROPIEDAD DE GUMERCINDO USCAMAYTA RIOS EN 29.61 ML; POR LA IZQUIERDA, CON EL LOTE B-13, PROPIEDAD DE SEGUNDINO BEJARANO NINANTAY, EN 29.42 ML; I POR EL FONDO, CON EL LOTE B-2, PROPIEDAD DE FEDERICO ACCOSTUUPA RODRIGUEZ, EN 20.73 ML. DIRIGIENDO LA PRETENSIÓN EN CONTRA DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE, CONFORME A LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 02001323, ASIENTO 05; TITULARES REGISTRALES CUYO DOMICILIO ESTA EN LA MISMA ASOCIACIÓN EL INMUEBLE MATERIA DE SOLICITUD, ES PARTE INTEGRANTE DEL PREDIO IDENTIFICADO CON UC 21686, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 02001323, ASIENTO 00002, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO ADMITIDA LA SOLICITUD SE ORDENÓ LAS PUBLICACIONES EN CONFORMIDAD A LA LEY 27157 ART. 21 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO I DIARIO JUDICIAL DEL CUSCO, CON INTERVALO DE TRES DIAS. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. ANTA 07 DE OCTUBRE DEL 2016 T.MARCIAL HUANCA CAYLLAHUA ABOGADO NOTARIO 3VCES-11-17-21-VIIIII-16 B/V 41237 EDICTO JUDICIAL SEÑORES ERNESTO FERNANDEZ TOHALINO y JAVIER UMERES CACERES: Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria del distrito de Echarati, que despacha la Dra. Kariana Valía Ocho Montufar, bajo la actuación de la especialista legal Nadiht Masias Sánchez, se viene tramitando el proceso Nro. 00032-2015-0-1010-JM-CI-01. Donde se ha dictado lo resolución N° SE RESUELVE: Se tenga por ampliada la demanda debiendo tenerse también como demandados a los señores ERNESTO FERNANDEZ THOALINO en su condición de residente de obra y el supervisor de obra JAVIER UMERES CACERES. Estando al registro 69- 216 mediante el cual cumplen con devolver la cedula de notificación dirigida al demandado sin que esta haya cumplido su finalidad, téngase por devuelta la misma, y vuélvase a notificar a la parte demandada con los anexos respectivos así como con copia de la presente, resolución y desprendiéndose de la revisión de autos, que la demanda y demás anexos no ha sido legalmente notificado al demandado, y estando a la declaración jurada presentada por el demandante y considerando el primer párrafo del artículo 165 del Código Procesal Civil: “ La notificación por edictos procederá cuando se trate de personas inciertas o cuyo domicilio se ignore ... “ Por estas consideraciones; SE RESUELVE: disponer la NOTIFICACION POR EDICTO de las personas de ERNESTO FERNANDEZ TOHALINO en su condición de residente de obra y el supervisor de obra JAVIER UMERES CACERES conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 167º del Código Procesal Civil, debiendo publicarse en el diario el Cusca y en el local de Juzgado por tres veces consecutivos; debiendo concurrir el solicitante al juzgado para la entrega del extracto del edicto.- H.S.- Echarati, 02 de setiembre del 2016. 3vces-11-12-13-viiiii-16 b/v 41238 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 10910 -TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON FERNANDO RAFAELE MORALES D.N.I N° 44977417 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Lima NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Independiente EDAD 29 años DOMICILIO Prolong. Calle Perú S/N Asoc. Pata Pata del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. DOÑA ANA MARIA SUCLLI CCOAQUIRA D.N.I N° 48382387 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Paucartambo - Colquepata NACIONALIDAD Peruana PROFESION /OCUPACION: Independiente EDAD 22 años DOMICILIO Prolong. Calle Perú S/N Asoc. Pata Pata del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 22 de Octubre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 10 de Octubre del 2016 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1v.11-viiiii-16


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 b/v 41239 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 02347-2016, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por LIZ ROSSI MIRANDA PACHECO, a fin de que se rectifique los errores materiales en que se ha incurrido al momento de inscribir su partida de nacimiento inscrita ante el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: Se ha consignado de forma incompleta el nombre y apellido materno de su progenitor, registrándolo únicamente como “RUBEN MIRANDA”, cuando lo correcto debe ser: RUBEN FRUCTUOSO MIRANDA ALLER. Error que le causa perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 06 de octubre de 2016 1v-11-viiiii-16 b/v 41240 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 29 de Setiembre del 2016, la recurrente MAGDA CARMELA PARDO DE TUPAYACHI, hija de la titular del Acta de Defunción N° 5000400448, correspondiente a ALEJANDRINA MENDOZA VDA. DE OLIVERA, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la titular del Acta, habiéndose registrado como ALEJANDRINA MENDOZA VDA. DE OLIVERA. Siendo el nombre correcto de la titular del Acta ALEJANDRINA MENDOZA VIZCARRA VDA. DE OLIVERA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 04 de Octubre del 2016 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1v-11-viiiii-16 b/v 41241 NOTIFICACIÓN POR EDICTO SE NOTIFICA A LOS SUCESORES PROCESALES DE Q.E.V.F. FLORA TAPIA VUIDA DE QUIÑONES En el Proceso Civil Nro. 00309-2016-0-1001-JR-CI-05, seguido por Diana Brigitte Quiñones Morveli contra Flora Tapia Viuda de Quiñones, sobre Petición de herencia y declaratoria de herederos, bajo la actuación de la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, y dirección de la Sra. Juez del Quinto Juzgado Civil del Cusco Dra. Marianella Cárdenas Villanueva ha dispuesto la publicación del siguiente extracto: RESOLUCIÓN N° 15. Cusco, 28 de septiembre de 2016.-”Al Principal.- Estando al acta de defunción que corresponde a la demandada Flora Tapia Viuda de Quiñones y de conformidad con lo establecido por el artículo 108 del Código Procesal Civil, SUSPÉNDASE el presente proceso a fin de que se apersonen los sucesores procesales de quien en vida fue Flora Tapia Viuda de Quiñones, debiendo notificarse mediante edictos de la existencia del presente proceso, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal a fin de continuar con el trámite ( ... ). B.S . 3vces-11-17-21-viiiii-16 b/v 41242 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 11069- TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON MACARIO ARCIGA PORRAS D.N.I N° 23996576 ESTADO CIVIL Soltero. NATURAL DE Apurimac - Grau NACIONALIDAD: Peruana PROFECION /OCUPACION: Empleado Público EDAD 55 años DOMICILIO A.P.V. Constructores F - 4 del Distrito San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco DOÑA MARIVEL ROSARIO PALOMINO SOLORZANO D.N.I N° 41134579. ESTADO CIVIL Soltera NATURAL DE Santiago - Cusco. NACIONALIDAD: Peruana PROFECION /OCUPACION: Empleada Pública. EDAD 35 años DOMICILIO: A.P.V. Constructores F - 4 del Distrito San Jerónimo Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 25 de octubre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento Pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 10 de Octubre del 2016. RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1v-11-viiiii-16 b/v 41243 SUCESIÓN INTESTADA Ante la “NOTARIA HUANCA”, ubicado en el Jirón Jaquijahuana “C6-10” de la ciudad de Anta - Cusco; se ha presentado ROSA ORTIZ QUISPE, con DNI N° 24365593, solicitando la sucesión intestada de su padre el que en vida fue JOSE ORTIZ CAMPANA, fallecido el 14/07/2016, siendo el último domicilio del causante en el inmueble número 709, ubicado en el Jirón Jaquijahuana, distrito i provincia

de Anta, departamento de Cusco; indica que debe declararse como su heredera a la SOLICITANTE por ser hija Lo que se publica para fines de ley. ANTA,07 DE OCTUBRE DEL 2016. T.MARCIAL HUANCA CAYLLAHUA ABOGADO NOTARIO 1v-11-viiiii-16 b/v 41244 PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA VICARIA JUDICIAL - ARZOBISPADO DEL CUSCO Según Decreto N° 1493 - 2016 - OAJE - C, el Sr. Epifanio Cirpiano Rocca Paquillo, solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE BAUTIZO de su padre GABINO ROCCA COLLATUPA (Fallecido), como sigue: El apellido materno del bautizado dice: Cjollathupa Desde ahora debe decir: Collatupa EL apellido paterno de la madre dice: Cjollathupa Desde ahora debe decir: Collatupa De haber impedimento alguno comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc s/n (Palacio Arzobispal) cercado del Cusco. Cusco, 07 de octubre de2016 1v-11-viiiii-16 b/v 41245 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, se dicto sentencia en el Proceso Civil N° 80-2016-0-1 009-JMCI-01; seguido por Uriel Machacca Taco y Yovana lIachoque Huisa, sobre cambio de nombre de su menor hijo “Jerry Matws Machacca llachoque”; habiéndose RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda; y, en consecuencia, SE ORDENO: I.-CAMBIAR el nombre del menor “Jerry Matws Machacca lIachoque”, de 04 años de edad, por el de - BRAYAN JOSMEL MACHACCA ILACHOQUE, nombre con el cual deberá ser identificado en adelante en todos sus documentos oficiales, precisándose que el cambio es sólo sobre el nombre, más no los apellidos. II.-Señalar que el cambio de nombre no modifica la situación o condición legal del menor, ni modifica relación o parental; lo que se publica para los fines pertinentes. Espinar, 18 de agosto de 2016. 1v-11-viiiii-16 b/v 41246 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, se dicto sentencia en el Proceso Civil N° 88-2016-0-1 009-JP-CI-01; seguido por Irma Isabel Calcina Villagra y Alfredo Chacca Chullunquia, sobre cambio de nombre; habiéndose RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda; y, en consecuencia, SE ORDENO: I.-CAMBIAR el nombre del menor que actualmente tiene - Lodwins Alfredo Chacca Calcina, por el de - Ludwin Alfredo Chacca Calcina- debiendo ser identificado en adelante con dicho nombre en todos sus documentos oficiales. II.- Que se realice la anotación respectiva en el Acta de Nacimiento de los Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Pallpata, así como se expida documento de identidad al menor con los nuevos datos de identidad señalados; lo que se publica para los fines pertinentes. Espinar, 12 de agosto de 2016. 1v-11-viiiii-16 b/v 41246 EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho bajo la actuación de la Especialista de la Causa Dra. Juana Paula Huanca Ccapcha, se viene tramitando el Proceso Civil N° 01636- 2016-0-1001-JR-04 seguido por JUAN CESAR BOCANGEL HURTADO sobre Rectificación de Partida de Nacimiento N° 337, partida que fue inscrita ante el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, en cuanto al nombre de su señor padre, registrado como “FIDEL BOCANGEL CALDERON”, debiendo ser lo correcto “FIDEL EFRAIN BOCANGEL CALDERON”. Y, PUBLÍQUESE el extracto de la solicitud por tres días en el diario judicial El Cusco, conforme a lo prescrito por el artículo 828 concordado con el artículo 167 del Código Procesal Civil modificado por la Ley 30293. Cusco, 03 de octubre del 2016. 3VCES-11-12-13-VIIIII-16 B/V 41247 PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA VICARIA JUDICIAL - ARZOBISPADO DEL CUSCO Según Decreto N° 1481 - 2016 - OAJE - C, el Sr. Pepe Gamarra Salas, solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE BAUTIZO de su padre QUINTIN GAMARRA IBARRA (Fallecido), como sigue: EL apellido materno del bautizado dice: Ybarra Desde ahora debe decir: Ibarra El lugar de nacimiento no dice nada. Desde ahora debe decir: Urubamba El apellido paterno de la madre dice: Ybarra Desde ahora debe decir: Ibarra De haber impedimento alguno comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc s/n (Palacio Arzobispal) cercado del Cusco. Cusco, 05 de octubre de2016 1V-11-VIIIII-16 B/V 41248 EDICTO JUDICIAL La Juez del Juzgado Mixto itinerante de Urubamba Dra. Melody Contreras Ba-


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016

rineza ha dispuesto en el expediente 166-2016 interpuesta por JULIA MARINA DEL SOLAR ZAMBRANO SOBRE CAMBIO DE NOMBRE, consistente en la rectificación de su apellido PATERNO de la recurrente de JULIA MARINA SOLAR ZAMBRANO a JULIA MARINA DEL SOLAR ZAMBRANO, que aparece consignado en la partida de nacimiento de fecha 22 de octubre de 1948, inscrita en la Municipalidad Provincial de Urubamba, y la consignación del apellido materno del progenitor de la recurrente figurando como Hija de don Julio Gregario Del Solar y no indican su segundo apellido que viene hacer JULIO GREGORIO DEL SOLAR RODRIGUEZ, de igual forma se omite el apellido materno de su progenitora figurando como ZOILA ROSA ZAMBRANO y no indican su segundo apellido que viene a ser ZOILA ROSA ZAMBRANO COVARRUBIAS en la referida partida de nacimiento con citación del representante del Ministerio Publico, la publicación del presente edicto de la parte resolutiva de la resolución número 01 de fecha 21-09-2016 que resuelve: ADMITIR LA DEMANDA interpuesta por JULIA MARINA DEL SOLAR ZAMBRANO SOBRE CAMBIO DE NOMBRE, consistente en la rectificación de su apellido PATERNO de la recurrente de JULIA MARINA SOLAR ZAMBRANO a JULIA MARINA DEL SOLAR ZAMBRANO, que aparece consignado en la partida de nacimiento de fecha 22 de octubre de 1948, inscrita en la Municipalidad Provincial de Urubamba, y la consignación del apellido materno del progenitor de la recurrente figurando como Hija de don Julio Gregario Del Solar y no indican su segundo apellido que viene hacer JULIO GREGORIO DEL SOLAR RODRIGUEZ, de igual forma se omite el apellido materno de su progenitora figurando como ZOILA ROSA ZAMBRANO y no indican su segundo apellido que viene a ser ZOILA ROSA ZAMBRANO COVARRUBIAS en la referida partida de nacimiento; en la vía del proceso SUMARÍSIMO; con CITACIÓN de la Representante de la Fiscalía Civil y de Familia de la ciudad de Urubamba. REALIZAR la publicación del extracto de la presente resolución mediante edicto judicial, en el Diario Judicial Del Cusco y el Diario Oficial El Peruano, por tres días hábiles en cada diario, a costa de la recurrente, debiendo alcanzarse al Juzgado las publicaciones correspondientes para ser anexadas al proceso. OTROSI DIGO y PRIMER MAS DIGO: TENER por ofrecidos los medios probatorios que se indican en la demanda, reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente. AGREGAR a los antecedentes los anexos de la referencia. CUMPLA la recurrente con apersonarse a la Secretaria del Juzgado en horas de oficina (miércoles, jueves o viernes), a fin de recepcionar los edictos judiciales para su publicación en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial Del Cusco.- H.S. Firma la secretaria. Urubamba, 07 de octubre del año 2016 3VCES-11-12-13-VIIIII-16 B/V 41249 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que, don ERLEN JEMAYN SANCHEZ VILLACORTA con DNI nro. 48266402 de 36 años de edad, soltero de Nacionalidad Peruano Natural del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco de ocupación Abogado con Domicilio en APV Dignidad Nacional O-1 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. CARMEN XUXA CURILLO TACURI con DNI Nro. 44735292 de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación Antropóloga con domicilio en APV Dignidad Nacional O-1 Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIC CIVIL, en esta Municipalidad el día 05 de Noviembre del 2016 . Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 10 de Octubre del 2016 NILDA CUPI ZUNIGA JEEF DE REGISTRO CIVIL 1V-11-VIIIII-16 B/V 41250 EDICTO NOTARIAL EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DE LA SECCIÓN “E” INDEPENDIZADA DE LOS LOTES DE TERRENO N° 11 Y 12 DE LA MANZANA “K” DE LA URBANIZACIÓN VISTA ALEGRE, UBICADA EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, PETICIONADA POR LOS ESPOSOS SEÑORES: JUAN ROBERTO COLQUE PAREDES y MARIA JUDITH CASTILLA NAOLA, SE EMPLAZA A LOS PROPIETARIOS ANTERIORES: MAURICIO HUACAC COLQUE y LEONOR ROJAS DE HUACAC, PARA LOS FINES DE LEY. - CUSCO, 07 DE OCTUBRE DEL 2016.- NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO-ABOGADO.3VCES-11-17-21-VIIIII-16 B/V 41251 MUNICIPALIDAD DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA REGISTRO DEL ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL Se hace saber, que ante el señor Alcalde de la Municipalidad de la provincia de Urubamba, se han presentado: Don: RAUL ANTONIO HIDALGO V ARGAS MACHUCA De: treinta y ocho años de edad, natural de: Jesús María - Lima de nacionalidad Peruana Domiciliado en el jirón: Comercio s/n de ocupación Abogado y doña: PAMELA RAMIREZ MONGE De treinta y tres años de edad, natural de: Santiago - Cusco de nacionalidad Peruana Domiciliada en el jirón: Comercio s/n de ocupación Abogado Pretendiendo contraer matrimonio Civil, en fecha: 29/10/2016, a horas 13.00 p.m. en esta Municipalidad, los que conozcan causales de impedimento podrán denunciar en concordancia con el Articulo N° 253 del código civil. Urubamba , 02 de setiembre del 2016. MARIO USCA QUISPE JEFE DE REG. CIVIL 1V-11-VIIIII-16

B/V 41255 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 175-2016-CI seguido por MERCEDES HUALLPAMAITA QUISPE sobre SUCESION INTESTADA de su hermano WILLIAM HUALLPAMAITA QUISPE fallecido el 04-10-2012, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 26-09-2016. 3VCES-11-12-23-VIIIII-16 B/V 41252 RECTIFICACIO DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Elena Vengoa García, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca puma, se viene tramitando el proceso Nº 01818- 2016-0-1001- JP. CI-03 seguido por Jorge Christian Lovon Gómez sobre Rectificación de su Partida de nacimiento, que por error en el rubro de nombre de padre a sido consignado como Holguer Lovon Pimentel, debiendo ser lo correcto HOLGER A. LOVON PIMENTEL. Lo que se tramita en el proceso o contencioso Y se notifica, para los fines de ley. Cusco, 26 de Setiembre de12016. 1v-11-viiiii-16 b/v 41325 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 256-2016-CI seguido por WENDY QUISPE VELASQUE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de su sexo, siendo lo correcto FEMENINO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 07-10-2016 3VCES-11-12-23-VIIIII-16 B/V 41253 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ DIVISION DE REGISTRO CIVIL AVISO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Visto el Expediente Nº 09999, de fecha 20 de Julio del 2016, Don Marcial Valencia Salas con DNI N° 24004423, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de su Nacimiento Nº 84 inscrita el 28 de Abril de 1961, debiendo rectificarse en el indicado Acta: El rubro correspondiente a la omisión de registro de los apellidos paterno y materno tanto en la sumilla y el cuerpo del Acta del titular, registrado solo el nombre como MARCIAL, debiendo ser lo correcto MARCIAL VALENCIA SALAS, conforme aparecen en la Partida de Nacimiento Nº 138 del año 1923, emitido por la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Oropesa, perteneciente a Hipólito Valencia Vargas y Partida de Nacimiento N° 14877 del año 1934, emitido por la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Oropesa, perteneciente a Matiasa Salas Condori, ambos padres del titular del Acta, adjuntos al Expediente Administrativo. En consecuencia el nombre y los apellidos completos del titular del Acta es MARCIAL VALENCIA SALAS; lo que se publica para sus fines en aplicación al Artículo 73° del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM. Wanchaq, 06 de Octubre del 2016 GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 1V-11-VIIIII-16 B/V 41254 SUCESION INTESTADA Ante mi Oficio Notarial, ubicado en la Av. Grau 438 del cercado y provincia de Cusco, ante mi ORLANDO PACHECO MERCADO, Abogado Notario de Cusco, PRESENTE doña ELIZABETH SOFIA VELASQUEZ INCAQUIHUE, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su progenitor SANTOS MODESTO VELASQUEZ RAMOS, fallecido en esta ciudad de Cusco, en fecha 18 de Diciembre del 2014, lo que se publica para los fines de Ley. Cusco, 04 de octubre de 2016. ORLANDO PACHECO MERCADO Abogado Notario de cusco 1V-11-VIIIII-16 B/V 41256 SUCESION INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicada en Jirón Quillabamba Nº 205, Plaza de Armas Quellouno, LUIS GERMAN LOZANO ESPINOZA solicita se tramite la Sucesión Intestada de la que en vida fue su madre TOMASA ESPINOZA SARAVIA, fallecida el día Diez de Abril del Dos Mil Tres en la ciudad de Calca, siendo su ultimo y habitual domicilio el inmueble ubicado en el Centro Poblado de Quellouno, distrito Quellouno, provincia La Convención, departamento Cusco; a fin de que se declare como su heredero al solicitante LUIS GERMAN LOZANO ESPINOZA. Se publica por una sola vez conforme a Ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quellouno, 03 de Octubre de 2016 ABEL SALUSTIO POZO UGARTE NOTARIO-ABOGADO 11/10/2016 B/.31051 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, bajo la actuación de la especialista legal Irma G. Cutipa Gonzales se tramita el Proceso N° 00147-2006- 0-1004-JM-PE-01, en la que por resolución N° 103 de fecha 04-10-2016 se resuelve CONVOCAR a REMATE DEL VEHÍCULO DE PLACA DE RODAJE N° EGQ- 353 COLOR ROJO, MARCA TOYOTA, MODELO Hl LUX, CON N° DE MOTOR 18R2144585, año de fabricación: 1983, Combustible: Gasolina, carrocería: Cabina simple, Na ejes/Na de ruedas: 2/4, Na de asientos/pasajeros 3/2, Kilometraje: 305000 de propiedad


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 de la DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA CUSCO, teniendo como base comercial la suma de OCHO MIL SETECIENTOS UN con 82/100 NUEVOS SOLES para el 04 de noviembre del 2016 a las catorce horas con treinta minutos acto que se verificara en el despacho judicial del Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, SUBASTA QUE SERÁ EFECTUADA POR LA MAGISTRADA QUE SUSCRIBE. SE ADMITIRÁ COMO POSTOR a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien. No está obligado á este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Anta, 05 de octubre del 2016. IRMA GOYA CUTIPA GONZALES SECRETARIA JUDICIAL 3VCES 11-12-13/10/2016 B/.31050 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 28 de Setiembre del 2016, la recurrente MARIA JIMENEZ ARAGON, titular del Acta de Nacimiento N° 1009374965, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como ANA ARAGON E, Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta ANA JESUS ARAGON ESPINOZA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 04 de Octubre del 2016 MARIBEL CENTENO CARDEÑA JEFE DE LA OFICINA REGISTRAL CUSCO-RENIEC 11/10/2016 B/.31049 CITACION Señor: Conforme establece el estatuto de la Empresa CESCODE S.A., se cita a una sesión extraordinaria de accionistas para determinar acuerdos según el siguiente orden de la agenda: 16. Informe de la actual situación de la empresa CESCODE S.A. 17. Modificación parcial del estatuto de la empresa. 18. Adquisición de Unidad. 19. Otros Puntos. Fecha de la reunión: 20-10-2016. Hora : 09:00 am Lugar: Playa de estacionamiento Tintaya Marquiri. Atte. Juan R. Uscca Chancayauri Presidente del Directorio CESCODE S.A. SERGIO USCA MERMA GERENTE 11/10/2016 B/.31048

Wanchaq, 03 de Octubre del 2016 YONNY ROMERO FLORES JEFA DE REGISTRO CIVIL 11/10/2016 B/.31046 SUCESIÓN INTESTADA Ante mi Despacho Notarial se presente MARIA JULIA UCAÑANI DE LOS SANTOS, solicitando la Sucesión intestada de ZULEMA DE LOS SANTOS VDA DE UCAÑANI, lo que pongo de conocimiento público; apersonarse quienes se consideren con vocación hereditaria, para los fines de ley. Paruro, 07 de octubre del 2016. Luis Femando Palomino Manila. Notario Público de la provincia de Paruro Oficina.- Plaza de Armas s/n de la localidad de Paruro. Provincia de Paruro, Departamento del Cusco. 11/10/2016 B/.31045 SUCESION INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicada en Jirón Quillabamba N” 205, Plaza de Armas - Quellouno, ASUNCION ROJAS PILLCO y PAULINA CCAHUANA DE ROJAS Solicitan se tramite la Sucesión Intestada del que en vida fue su hijo PERCY ROGER ROJAS CAHUANA, fallecido el día Cuatro de Setiembre del Dos Mil Dieciséis en la ciudad de Quillabamba. siendo su último y habitual domicilio el inmueble ubicado en Jirón Ricardo Palma N° 122 de la ciudad de Quillabamba, distrito Santa Ana, provincia La Convención, departamento Cusco; a fin de que se declare como sus herederos a los solicitantes ASUNCION ROJAS PILLCO y PAULINA CCAHUANA DE ROJAS. Se publica por una sola vez conforme a Ley. Llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quellouno, 03 de Octubre de 2016 ABEL SALUSTIO POZO UGARTE NOTARIO-ABOGADO 11/10/2016 B/.31051

PRESCRIPCION ADQUISTIVA DE DOMINIO Ante mi Despacho Notarial, se presentó NAZARIO CELSO OSCCO CU SIHUAMAN, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: ACX-227.- CLASE: AUTOMOVIL - MARCA: SUZUKI- MODELO: MARURI/98.- CARROCERÍA: SEDAN,- AÑO DE FAB. 1998.- COLOR: BLANCO.- N° DE SERIE MA3ECA11S00980217.- N° DE MOTOR: N° F8BIN3157773, lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley.- Paruro, 08 de octubre del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro. Departamento del Cusco Oficina: Plaza de Armas S/N.- Paruro 11/10/2016 B/.31047 EDICTO DE NOTIFICACION. SRS. MONICA DEL ROSARIO OLIDEN AREVALO, VALERIA SOFIA NUÑEZ OLIDEN Y RODRIGO ALONSO MUÑEZ OLÍDEN. Ante mi Despacho Notarial, se presentó NAZARIO CELSO OSCCO CUSIHUAMAN, solicitando (a prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE; ACX-227.- CLASE; AUTOMOVIL - MARCA: SUZUKI.- MODELO: MARU7I/98.- CARROCERÍA: SEDAN.- AÑO DE FAB. 1998.- COLOR; BLANCO.- N° SERIE MA3ECA11S00980217.- N° DE MOTOR; N° F8BIN3157773, Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley - Paruro, 08 de octubre del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento del Cusco. Oficina: Plaza de Armas S/N.- Paruro 11/10/2016 B/.31047 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ DIVISION DE REGISTRO CIVIL AVISO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Visto el Expediente N° 12398, de fecha 07 de Setiembre del 2016, Don José Antonio Cruz Escobar, con DNI N° 23962331, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de su Nacimiento N° 58 inscrita el 02 de Marzo de 1982, debiendo rectificarse en el indicado Acta: El rubro correspondiente al registro de los tildes en su apellidos paterno y materno del titular del acta registrado como José Antonio Crúz Escóbár, debiendo ser lo correcto José Antonio Cruz Escobar, conforme aparece en la Partida de Nacimiento N° 385 del 16 de Setiembre del 1977 y Acta de Nacimiento N° 1371 del 15 de Diciembre de 1939, perteneciente a sus padres Felipe Cruz Gómez y María Guadalupe Escobar Huamán, adjuntos al Expediente Administrativo; en consecuencia los apellidos correctos del titular del Acta, Cruz y Escobar no llevan tilde; lo que se publica para sus fines en aplicación al Artículo 73 del Decreto Supremo N° 015-98-PCM.

EDICTO PENAL Proceso Penal: 009-2005-0-1001-JR-PE-02. Secretaria de Sala: YOHANNA BENY GALLEGOS PAUCAR Por disposición del Colegiado de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria en Adición Sala Penal Liquidadora de Cusco, se cita y emplaza al acusado LUIS ANDERSON MAGUIÑA ALVARE2, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa en el proceso penal Nro. 009-2005-0-1001-JRPE-02, seguido en su contra, por la presunta comisión del delito especifico de robo agravado, en agravio de Carla Rivas García. Cusco, 03 de octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016


10 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal: 00191-2010-0-001-SP-PE-02. OHANNA GALLEGOS PAUCAR Por disposición del Colegiado de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria en Adición Sala Penal Liquidadora de Cusco, se cita y emplaza al acusado SABINO HUANCA SUMA, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa en el proceso penal Nro. 00191-2010-0-001-SP-PE-02, seguido en su contra, por el delito de violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de la i nenor de iniciales N.K.H.Cj. Cusco, 04 de Octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal: 00107-2000-0-1001 -SP-PE-01 -01. Secretaria de Sala: YOHANNA GALLEGOS PAUCAR Por disposición del Colegiado de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria en Adición Sala Penal Liquidadora de Cusco, se cita y emplaza al acusado ROBERTO AUCCA LEVA, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa en el proceso penal Nro. 00107-2000-0-1001-SPPE-01, seguido en su contra por el delito de violación de la libertad sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales N.M.L. Cusco, 04 de Octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 1800-2016-0-1001-JP-PE-02 seguido por Adoldo Callapiña Quíspe sobre FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN SU MODALIDAD DE DAÑOS, mediante Rs. 2 se ha dispuesto el EMPLAZAMIENTO MEDIANTE EDICTO JUDICIAL al agraviado Adolfo Callapiña Quispe, a fin que tome conocimiento de la Rs. 1 de fecha 30 de agosto del 2016, que resuelve “DECLARAR EL ARCHIVAMIENTO de las actuaciones policiales realizadas en atención a la denuncia formulada por ADOLFO CALLAPIÑA QUISPE por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO, en su modalidad de DAÑOS; debiendo archivarse los autos en la forma prevista por Ley, consentida que sea la presente resolución. H.S., la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 01 de octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00136-2014-0-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echarate. ESPECIALISTA JUDICIAL: ERIKA TUNQUl QUISPE.Se emplaza a HARRY ESV1ERSON ENRIQUEZ TOLEDO: con la resolución número once de fecha quince de junio del dos mil dieciséis que resuelve: VISTO; el oficio que antecede, por medio de! cual el Fiscal Provincial Mixto de Echarate, remite a este Despacho Judicial la Disposición de Conclusión de la investigación Preparatoria, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el nuevo modeio procesal Penal existe solo una fase de investigación que es la investigación penal preparatoria, la misma que está a cargo del Ministerio Publico, existiendo en ella unidad de prueba y unidad de plazos, SEGUNDO: Que, siendo el Ministerio Publico el titular y director de la investigación ha dispuesto la Conclusión de la investigación preparatoria en ei presente caso, la misma que se encuentra conforme a. lo dispuesto en el numera! 3 del artículo 343 del Código Procesal Pena!, el cual prevé “El Fiscal dará por concluida la Investigación Preparatoria cuando considere que ha cumplido su objeto, aun cuando no hubiere vencido el plazo”; TERCERO: Que, habiendo el fiscal encargado del caso comunicado la disposición de Conclusión de la investigación al juez de investigación preparatoria, el mismo que interviene en la etapa preliminar como garante de la legalidad, que no es otra cosa que garantizar los actos de investigación que realiza el fiscal; siendo así y estando dentro de! marco legal lo actuado por el representante del Ministerio Publico, en mérito a las consideraciones que anteceden y debiendo continuarse con la etapa procesal correspondiente, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarate, tiene por RECEPCIONADA la comunicación de la DISPOSICIÓN de CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA expedida por el Piscal Provincial Mixto de Echarate, contra el imputado Albino Serrano lluamán, Alan Luis Sutta mesa, Enrique Mendoza Quispe y Wilberto Apaza Molina, como autores de la comisión del Delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Robo, sub tipio Robo Agravado y por el delito Tenencia Ilegal de Armas, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Pública del Ministerio del Interior. NOTIFÍFÍQUESE con la presente resolución a todas las partes del proceso en sus domicilios señalados en autos. Se publica el presente para Sos fines de ley (por tres fechas).Echarate, 15 de junio 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00127-2016-0-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echarate. ESPECIALISTA JUDICIAL: ERIKA TUNQUI QUISPE.Se emplaza a LOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA FUE FLORENCIA GRAJEDA USCAMAYTA: con la resolución número dos de fecha siete de setiembre del dos mil dieciséis, que resuelve: Por estas consideraciones, la señora Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarate; RESUELVE: RECEPCIONAR la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Echarate, contra LEONARDA AIMACHOQUE ALFONSO por el delito Contra la Vida el Cuerpo

Cusco, martes 11 de octubre de 2016 y la Salud, en la modalidad de Homicidio Simple, previsto y sancionado en el artículo 106° del Código Penal, en agravio QEVF. Florencia Grajeda Uscamayta y de sus herederos legales. PRECÍSESE que el representante del ministerio Público ha solicitado la medida coercitiva de prisión Preventiva contra la imputada en referencia.SUSPÉNDASE el curso de la prescripción de la acción penal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Público ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que h solicite ai Juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; asimismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del Juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al Juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a éste Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de ia no observación al presente extremo. NOTIFICAR la presente resolución al imputado en su domicilio rea! y procesal y al agraviado en su domicilio real y procesal obrante en autos, y al Ministerio Público en su sede institucional. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el 20 PE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el inciso uno del articulo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, las observancia del cumplimiento de los plazos. A los demás extremos, téngase en cuenta por ser actuaciones propias de la investigación por parte del Ministerio Público, Encargúese del trámite del presente proceso la especialista que da cuenta por disposición Superior.Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas).Echarate, 07 de setiembre de 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXP. N° 00193-2015-0-1010-JR-PE-O1 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echarate. ESPECIALISTA JUDICIAL: ERIKA TUNQUI QUÍSPE.Se emplaza a CLOTILDE DEZA ZARATE: con la resolución número treinta y ocho de dos mil dieciséis, que dispone: En mérito al oficio N° 216-FPME-LC-C-WAGP, que antecede a la presente resolución REPROGRÁMESE la audiencia de Control de Acusación para el día VIERNES CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del juzgado de investigación Preparatoria de Echarate, con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de ios acusados, con los apercibimientos señalados en la resolución treinta del presente incidente.Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas).Echarate, 23 de setiembre 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXP. N° 00182-2011-14-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA- Sede de Echarate. ESPECIALISTA JUDICIAL: ERIKA TUNQUl QUISPE.Se emplaza al imputado ANDRÉS HUANCA QUISPICUS! y a la agraviada JOSEFINA ASTETE CHAMPI representante de la menor L.C.A.A.: con la resolución número doce de fecha dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis que dispone: DADO CUENTA: Con el vencimiento del plazo del traslado de la acusación y considerando: Que, el artículo 351.1° del Código Procesal Penal dispone: “Presentados los escritos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo fijado en el articulo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”; En tal virtud, CÍTESE para e! día LUMES SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarate, con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogado de los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ponerse en conocimiento del Órgano de Control Interno en ei caso del Ministerio Público y a la Coordinación Departamental de la Defensoría Pública en caso del abogado defensor. PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes ha-


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Cusco, martes 11 de octubre de 2016 yan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Pena!, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ.NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada y mediante edictos correspondientes.Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas).Echarate, 18 de setiembre 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL SEÑORES: ALEXANDER HERMOZA CÁRDENAS y JUAN CARLOS GARCÍA SALINAS: Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria del distrito de Echarati, que despacha la Dra. Kariana Valia Ocha Montufar, bajo la actuación de la especialista legal Nadiht Masías Sánchez, se viene tramitando el proceso Nro 00035-2015-0-1010-JP-PE-01 sobre DAÑOS. Se ha dictado la resolución N° 04 “... SE DISPONE EL ARCHIVAMIENTO DEFSNÍÍÍVO, de la denuncia policial que precede, debiendo archivarse definitivamente el expediente en la dependencia que corresponda.- H.S.” Echarati, 29 de setiembre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 3221-2016-0 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUANAC CONTRERAS ESPECIALISTA: HENNING SIVERTS GARCÍA RÍOS SE EMPLAZA A: JHON CARLOS ZEGARRA OCON En los seguidos contra de los investigados JHON CARLOS ZEGARRA OCON como Autor del delito Contra La Ley Electoral, en la modalidad de Delito Electoral, sub tipo PROPAGANDA ELECTORAL PROHIBIDA, previsto en el Art. 389° de la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859, en agravio de EL ESTADO debidamente representado por el Jurado Nacional de Elecciones - JNE, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado con la Res. N° 05 dictada en audiencia de fecha cinco de octubre del 2016; en el siguiente tenor: RESOLUCIÓN N° 05. Cusco, cinco de Octubre Del año dos mil Dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de audiencia única y pública de proceso inmediato por inasistencia de la defensa pública Dra. Marial del Pilar del Carpió Arredondo. REQUERIR a la defensora publica Dra. Marial del Pilar del Carpió Arredondo para que dentro de las VEINTICUATRO HORAS DE NOTIFICADO con la presente resolución cumpla con justificar su inasistencia a la audiencia programada, bajo expreso apercibimiento en caso de incumplimiento de remitirse copias a la Coordinación de la Defensoría Publica. REPROGRAMAR la instalación de la presente audiencia para el día VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:30 AM, en esta misma sala de audiencias subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes. SE DEJA CONSTANCIA de la presencia del representante del Ministerio Publico, quedando notificado en este acto procesal y se dispone la notificación a los demás sujetos procesales. NOTIFICAR vía edicto judicial al imputado bajo responsabilidad funcional con la presente acta. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: PAÚL ARISACA HUAMAN El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Gilbert Arias Paullo, en el proceso Nro. 2869-2016-0-1001-JR-PE-02. seguido contra PAÚL ARISACA HUAMAN, por el delito contra La Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Casaverde se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 04 del 30/09/2016 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco, cuarto despacho, formula PROCESO INMEDIATO contra PAÚL ARISACA HUAMAN, por el delito contra La Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal (modificado por la Ley N° 29439); El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 04. Cusco, treinta de setiembre Del año dos mil Dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA audiencia única y pública de proceso inmediato por falta de notificación valida y conforme a ley del imputado Paúl Arisaca Huaman. REPROGRAMAR audiencia única y pública de proceso inmediato para el día CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando notificados en este acto las partes procesales presentes. 3. NOTIFÍQUESE al imputado PAÚL ARISACA HUAMAN vía edictos; subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia. FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme

Cusco, 03 de Octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL EDWIN OUISPE JIMÉNEZ Exp. penal Nro.2402-2015-63-100i-JR-PE-02, seguido en contra de Jesús Mercado Tacuri y Edwin Quispe Jiménez, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, en agravio del menor de edad Valer Gutiérrez Sánchez, representado por José Antonio Gutiérrez Sánchez tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal Transitorio de Cusco, que despacha la señora Juez Erika Nuñez Orihuela, bajo la actuación de la Especialista de causa Norma Isabel Bayona Quispinga, se ha dispuesto NOTIFICAR al acusado EDWIN QUISPE JIMÉNEZ, con la resolución Nro. 03 de fecha 30-09-2016, que dispone la notificación por edictos, SE DISPONE: REPROGRAMAR el JUICIO ORAL para el día VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS CATORCE HORAS DE LA TARDE (hora exacta), que tendrá lugar en la SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENAL DE QUENCCORO ubicado en la Av. La Cultura s/n del Distrito de San Jerónimo, acto al cual asistirán obligatoriamente las partes procesales, subsistiendo para todos los justiciables los apercibimientos decretados en autos; con cuya finalidad notifíqueseles en sus domicilios reales y procesales señalados en autos, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE CIRILO ARENAS ANGELINO Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dra. SANDRA VILLA HUMPIRI, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Liliam Marlene Contreras Zaravia, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 02549-2015-0-1001-JR-PE-05, seguido contra CIRILO ARENAS ANGELINO, la presunta comisión del Delito Contra La Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales KNAE representada por su progenitora DINA MARUJA ESPINOZA CÓRDOBA, donde mediante la resolución N°09, se ha dispuesto la notificación via edicto donde se emplaza a la persona de Cirilo Arenas Angelino, respecto de la acusación directa formulada en su contra por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN JUEZ: Deja constancia que el retraso en el inicio de la presente audiencia se debe a que este Juzgado viene atendiendo un Habeas Corpus con reo en cárcel, por lo que solicita las disculpas del caso a las partes procesales presentes. II. ACREDITACIÓN 1.- REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO: WILDER LUNA TAPIA, Fiscal Adjunto del Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con domicilio procesal en la Avenida Pedro Vilca Apaza M° 313 - 315, del distrito de Wanchaq, provincia, departamento del Cusco y casilla electrónica en trámite, celular 994667237. 2.- ABOGADA DEL IMPUTADO CIRILO ARENAS ANGELINO; IRMA CONDORI TERAN, Defensora Pública, con colegiatura en el ICAC 2439, con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D distrito de Wanchac Cusco, celular 957867464. JUEZ: Pregunta a las partes procesales si tienen algún requerimiento antes de dar por instalada la presente audiencia. FISCAL: Ninguna. ABOGADA DEL IMPUTADO: Requiere el informe respecto de la notificación debida a su patrocinado en su domicilio real. JUEZ: Informa que obra en autos el oficio solicitando la publicación de la notificación via edictos. ABOGADA DEL IMPUTADO: Solicita tener la certeza de los edictos publicados y verificarlos en fisico. REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: Coincide con el pedido de la señora abogada del imputado. JUEZ: emite la correspondiente resolución. III. RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN N° 11. Cusco, veinte de setiembre del año dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por estos considerandos, este Juzgado RESUELVE: REITÉRESE OFICIO a la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a fin de que cumplan con devolver la cédula de notificación girada al domicilio real del acusado Cirilo Arenas Angelino. OFICÍESE a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de justicia de Lima Norte a fin de que adopten las medidas correctivas en torno al proceder dilatorio de la notificadora judicial Luzmila Pumatay Borbol, esto, en torno al incumplimiento de sus funciones respecto al procedimiento de diligenciamiento de la cédula de notificación dirigida al imputado asi como a la dilación en la devolución de la cédulas de notificación remitidas por parte de este órgano jurisdiccional. OFICÍESE a la Administradora del Módulo Penal de esta Corte Superior de Justicia a fin de que informe las fechas en las cuales se habría publicado el edicto remitido a fin de notificar al imputado Cirilo Arenas Angelino , solicitud efectuada mediante oficio Nro.844-2016 de fecha 23 de agosto del año 2016. REPROGRAMAR la presente audiencia para fecha VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 A HORAS CATORCE Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE A VERIFICARSE EN LA OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, dándose por notificadas las partes procesales presentes en este acto, debiéndose notificar a la parte agraviada inconcurrente. IV.NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme. ABOGADA DEL IMPUTADO: Conforme. V. CONCLUSIÓN Siendo las diez horas con treinta y dos minutos de la mañana, se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación de audio,


12 procediendo a firmar el acta, la señorita Juez y la Especialista de Audiencia encargada de la redacción del acta, conforme lo dispone el articulo 121° del Código Procesal Penal. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE EDGAR RAMOS YUPANQU1 Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dra. SANDRA VILLA HUMPIRI, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Liliam Marlene Contreras Zaravia, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01949-2015-0-1001 -JR-PE-05, seguido contra HENRY MENDEL LUQUE DELGADO, la presunta comisión del Delito POR VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR, en agravio de la menor de iniciales RSHH representada por su progenitura Lina Huaman Huallpa, donde mediante la resolución N°04, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la MENOR DE INICIALES RSHH REPRESENTADA POR SU PROGENITURA LINA HUAMAN HUALLPA, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: 111. SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO solicitado por el representante del Ministerio Publico, conforme al artículo 344, numeral 2, literales b) y d) del Código Procesal Penal, a favor de: • HENRY MENDEL LUQUE DELGADO, de 37 años de edad, nacido el -22 de junio de 1978, con DNI 1-01 1-7680. hijo de Eliseo y Carmen, con domicilio real en Av. Vigil 518 Urb. Vigil- Tacna, y Calle Coripata Sur, Teodisio Serrudo C-1- Cusco. Por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD, la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, previsto y tipificado en los el numeral 6) del artículo 170° del Código Penal: en agravio de LA MENOR DE INICIALES H.H.R.(17), representada por su progenitor Edwar Huaman Huaman. SEGUNDO: Una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente, se ordena el archivo definitivo del proceso, debiendo levantarse las medidas coercitivas de carácter personal y/o real dictadas contra los imputados y sus bienes; asimismo anúlense los antecedentes judiciales y/o penales derivadas del presente proceso. TERCERO: Proceda la especialista de causa a efectuar la devolución de la carpeta fiscal al representante del Ministerio Público. NOTIFIQUESE a todos los sujetos procesales conforme a Ley.- H. S.07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 2472-2016-12. SALA PENAL LIQUIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado de la Sala Penal Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza a RAYMUNDO PUMA CHILO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 20 DE OCTUBRE DE 2016 a horas 09:30 a.m., la misma que se verificara en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora en Adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N primer piso -Palacio de Justicia - Cusco), VÍA ENLACE POR VIDEO CONFERENCIA con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Espinar, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 2472-2016-12, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de actos contra el pudor, en agravio del menor de edad H.V.S.C.Cusco 05 de octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL AL SEÑOR: MARIO PUCHO MAMANI El Señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corle Superior de Justicia de Cusco DR. GUIDO CASTILLO LIRA ha dispuesto se notifique al imputado MARIO PUCHO MAMANI con DNI. 42628663, en el proceso Nro. 3445-2016-59-1001-JR-PE-03 seguido contra el referido por el delito de HURTO AGRAVADO Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la Empresa Rico Pollo S.A.C. y el Estado Peruano, bajo la actuación de la Especialista Judicial ABOG. JESSICA RUDY DONAYRE PARÍ, ha resuello notificar al imputado con la siguiente resolución: ACUSACIÓN DIRECTA. ANGELA MARÍA PAREDES MENDOZA Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, FORMULO ACUSACIÓN DIRECTA contra Mario Pucho Mamani por la comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto Agravado y otro, en agravio de La Sociedad: Conforme a lo prescrito por el inciso 4 del artículo 336° del Código Procesal Penal, la misma que solicito se tramite como corresponda, conforme al siguiente detalle: LA PARTICIPACIÓN QUE SE ATRIBUYE AL IMPUTADO: El imputado Mario Pucho Mamani, tiene la calidad de autor del delito materia de la presente acusación, puesto que de los actos de Investigación realizados en la investigación preliminar se ha acreditado de manera indubitable su responsabilidad. Siendo esto asi, se verifica que el acusado ha satisfecho todos los elementos objetivos y subjetivos que configuran los tipos penales Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto sub tipo Hurto Agravado sobre vehículo automotor en grado de Tentativa tipificado en el inciso 9 del segundo párrafo del artículo 186° del Código Penal así como del delito contra la Seguridad Púbica en la modalidad de Peligro Común sub tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal. TIPIFICACIÓN DEL HECHO Y CUANTÍA DE LA PENA SOLICITADA: Tomando en cuenta además, que en el caso de autos se presenta el Concurso Ideal de Delitos previsto en el artículo 48° del Código Penal, corresponde solicitar la pena hasta con el máximo de la pena más grave; por lo que este Despacho Fiscal solicita una PENA FINAL de SIETE (07) ANOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA que deberá Imponérsele al acusado Mario Pucho Mama-

Cusco, martes 11 de octubre de 2016 ni. MEDIDAS DE COERCIÓN SUBSISTENTES DICTADAS: Contra el acusado Mario Pucho Mamani se disponga la medida coercitiva de PRISIÓN PREVENTIVA conforme al requerimiento que se ha de presentar. TRASLADO DE LA ACUSACIÓN Resolución Nro. 01 Cusco, cinco de Septiembre Del año dos mil dieciséis.DISPONE: AL PRINCIPAL: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/Cj-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del C.P.P. ORDENAR que el requerimiento de PRISIÓN PREVENTIVA solicitada contra imputado MARIO PUCHO MAMANI, se tramite en cuaderno aparte. Conforme se advierte de los actuados, el imputado MARIO PUCHO MAMANI, no cuenta con abogado defensor, por tanto, en aplicación del artículo 80° del Código Procesal Penal, DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma su defensa, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, 5. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en el Despacho Fiscal, para los fines pertinentes. PRECÍSESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA PETITORIO: Con motivo de la Acusación Directa realizada contra Mario Pucho Mamani por la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto sub tipo Hurto Agravado sobre vehículo automotor en grado de Tentativa tipificado en el inciso 9 del segundo párrafo del artículo 186° del Código Penal, en agravio de la Empresa Rico Pollo S.A.C. - Cusco así como del delito contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común sub tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de La Sociedad representado por el Ministerio Publico, solicito que vuestro Despacho dicte MANDATO DE PRISIÓN PREVENTIVA contra MARIO PUCHO MAMANI, en mérito a los siguientes fundamentos: SANCIÓN SUPERIOR A 4 ANOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD: La conducta atribuida al imputado Mario Pucho Mamani es la de autor de la comisión de los delitos Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto sub tipo Hurto Agravado sobre vehículo automotor en grado de Tentativa tipificado en el inciso 9 del segundo párrafo del artículo 186° del Código Penal, que sanciona la conducta: «(...) la pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años si el hurto es cometido: inciso 9) sobre vehículo automotor, sus autopartes o accesorios(...).»| y del delito Contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común sub tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, que sanciona la conducta: «el que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas toxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos o ciento cuatro Jornadas e inhabilitación conforme al artículo 36° inciso. PLAZO: Tomando en cuenta que falta transitar por dos etapas del proceso penal: debate en la etapa intermedia y el juzgamiento, solicito se determine seis meses de duración de la medida de Prisión Preventiva. SOBRE EL PELIGRO PROCESAL: PELIGRO DE FUGA: No se ha acreditado que el imputado cuente con asiento familiar ni laboral. La gravedad de la pena que se espera como resultado del procedimiento resulta siendo elevada, que en este caso realizando la prognosis de pena no ha de ser inferior a los 04 años de pena privativa de libertad, habida cuenta de que la circunstancia agravante cualificada de la Reincidencia del imputado así como del supuesto del Concurso Ideal del Delito, hacen prever que le corresponderá una sanción superior a 04 años de pena privativa de la libertad. El imputado durante toda la investigación preliminar no ha expresado voluntad de someterse a la persecución penal, esto es, no ha concurrido a la Fiscalía las reiteradas veces que ha sido citado para prestar su declaración así como para que con su apersonamiento se pueda practicar otras diligencias. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA RESOLUCIÓN Nro.: 02 Cusco, veinte de setiembre Del dos mil dieciséis SE RESUELVE: NOTIFICAR mediante edictos al imputado al advertirse que ninguno de los domicilios proporcionados por el Ministerio Publico contienen un dato exacto para ubicarlos, asimismo ha sido dado cuenta por la especialista de causa, por lo que debe notificarse por edictos adjuntándose los recaudos correspondientes, la citación audiencia y también la acusación que también se tiene faccionada. REPROGRÁMESE la presente audiencia para el día VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE DE LA MAÑANA EN LA NOVE-


Cusco, martes 11 de octubre de 2016 NA SALA DE AUDIENCIAS, quedando notificada en este acto la representante del Ministerio Publico. Se dispone que la especialista de audio curse el oficio a la Coordinación del Ministerio de Justicia señalando la fecha de audiencia y también el informe donde justifique su inasistencia adjuntando el documento de folios 33. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL CALCA La señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca, Dra. Inés Rojas Contreras, en el Incidente Penal N° 00254-2016-23-1005-JR-PE-01, seguido contra Luis Quispe Illa sobre el delito contra la Vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de Lesiones Graves por violencia familiar todo en agravio de Engracia Quispe Cruz, debiéndose notificar a LUIS QUISPE ILLA con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de Audio Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar a la imputada con la resolución N° 02 de fecha 03-10-2016. RESOLUCIÓN N° 02 Calca, tres de octubre Del año dos mil dieciséis.VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARA POR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de juicio oral. 2.- REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para continuarla el dia OCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando en este acto notificado el representante del Ministerio publico y a la abogada defensora del acusado. 3.- SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN vía edicto al acusado con la presente resolución, para lo cual gírese el oficio respectivo a la Corte Superior de Justicia del Cusco a fin de que sea publicado lo decidido en la resolución en el diario Judicial- Cusco. H.S. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: EDZON ANTONIO PACOMPIA PANCCA El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Gilbert Arias Paullo, en el proceso Nro. 3762-2016-0-1001-JR-PE-02, seguido contra EDZON ANTONIO PACOMPIA PANCCA, por el delito contra La Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Casaverde, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 05/10/2016 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco, cuarto despacho, formula PROCESO INMEDIATO contra EDZON ANTONIO PACOMPIA PANCCA, por el delito contra La Segundad Publica, en la modalidad de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal (modificado por la Ley N° 29439); El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, cinco de octubre del año Dos mil dieciséis.DECISIÓN Por las consideraciones expuestas (registradas en audio) el Señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Incoación de Proceso Inmediato por falta de notificación debida al imputado Edzon Antonio Pacompia Pancca. 2. Se dispone reprogramar la presente audiencia para verificarse el día TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA a verificarse en la Segunda Sala de audiencias del Módulo Penal, quedando debidamente notificados los presentes, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia. 3. Disponiéndose la notificación debida y conforme a ley con el contenido del requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato, la resolución N° 01 así como el contenido de la presente acta al imputado Edzon Antonio Pacompia Pancca en su domicilio real sito en el Jr. Queshua N° 265 del cercado del Cusco, asimismo en el Jr. Palomani N° 495 del distrito, provincia y departamento de Puno, para cuyo fin deberá girarse el exhorto correspondiente con los insertos del caso y debiendo notificarse además en el celular N° 995-110300 y 979066740, asimismo deberá notificársele en el domicilio sito en Viva El Perú parte baja comité 4 N° U-12 del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco; debiendo notificarse además mediante edictos de ley. FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme Cusco, 05 de Octubre del 2016. 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 109-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Ubaldina Turpo Mamani contra Fredy Mamani Valeriano; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 05; Paucartambo, 07 de Setiembre del 2016: (...) Advirtiendo que se pone en conocimiento del Juzgado nuevos actos de Violencia Familiar ocurrido en fecha 20 de agosto del 2016, por parte del denunciado FREDY VALERIANO en agravio de UBALDINA TURPO MAMANI, a efecto de variar las medidas de protección dispuestas en el presente proceso o a efecto que se emitan nuevas medidas de protección como alguna medida Cautelar, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la

13 Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 175-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Cirila Becerra de Mamani contra Pedro Condori Mamani; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 14 de Setiembre del 2016: (...) RESUELVE: DECLARAR INSUBSISTENTE la disposición de medida de protección inmediata dispuesta mediante Resolución N° 01, del 31 de agosto del 2016, que corre de fojas 15 a 17. DECLARAR IMPROCEDENTE la emisión de medidas de protección a favor de CIRILA BECERRA DE MAMANI, que debiera cumplir el denunciado PEDRO CONDORI MAMANI. DISPONGO el archivamiento definitivo de los actuados, consentida o ejecutoriada sea la presente resolución. (...) H.S.07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 198-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Jorge Quispe Illa contra Martín Quispe Castillo y otros; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 21 de Setiembre del 2016: (...)SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MARTÍN QUISPE CASTILLO, CRISTINA ILLA QUISPE^ GABINO TINTAYA SOLIS y SANTUSA QUISPE ILLA, en agravio de JORGE QUISPE ILLA. ORDENAR a los denunciados MARTÍN QUISPE CASTILLO, CRISTINA ILLA QUISPE, GABINO TINTAYA SOLIS y SANTUSA QUISPE ILLA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica y física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de JORGE QUISPE ILLA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día TRECE DE OCTUBRL- DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 199-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Elena Champí Puma contra Valerio Amao Tapara; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 21 de Setiembre del 2016: (...)SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de VALERIANO AMAO TAPARA en agravio de ELENA CHAMPÍ PUMA. ORDENAR al denunciado VALERIANO AMAO TAPARA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica y física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada ELENA CHAMPÍ PUMA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00202-2015-0-10U-IR-PE-01 JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA DE QUISPICANCHI Especialista Judicial: SONIA L. QUISPE J. Materia: LESIONES DOLOSAS Se emplaza y cita al imputado; PRANCISCO GONZALO CONDORI, a fin de que ejerza su derecho de defensa y concurra a la audiencia de control de acusación a llevarse a cabo el día 21DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 A HORAS 9: 00 AM, en la investigación que se les sigue, como presunto autor del delito de Lesiones Dolosas Leves, en agravio de Rene Huisa Crispin. Urcos, 27 de setiembre del 2016.07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp Nro. 00223-2015-4-1004-JR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a NICOLÁS STANISLAS RENARD, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub tipo Hurto Agravado en grado de tentativa en agravio de CRISSAN CORPORATION representado por Cristian Lloclla Villavicencio; se tiene que mediante resolución numero 02 de fecha 04 de octubre del 2016 se dispone la notificación vía edicto, en la cual SE RESUELVE: 1.- No instalar válidamente la audiencia de juzgamiento, en razón a que se trata de un proceso de seguridad , en donde se ha dispuesto un tratamiento de la embajada de Francia, en donde se encuentra el hoy investigado Nicolás Stanislas Renard, motivo por el cual no habiéndose girado el oficio a la embajada de


14 Francia si no al domicilio real que tenía el acusado Nicolás Stanislas Renard, antes de dictar esta medida de seguridad, va disponer su notificación valida en la misma y motivo por el cual no se puede instalar la presente audiencia . 2,. Disponer que la especialista de causa, previa las verificaciones remita el oficio correspondiente a la embajada de Francia o al consulado de Francia a efecto de que se disponga poner a disposición al imputado Nicolás Stanislas Renard, ante este despacho para una próxima sesión. 3.- Reprográmese la presente audiencia para el día 4 de noviembre del 2016 a las once de la mañana, en esta misma sala de audiencias, quedando válidamente notificadas las partes procesales que han concurrido a la presente audiencia. 4.- Se dispone que la especialista de causa cumpla con efectuar las notificaciones de ley, mediante edictos en el diario judicial del cusco, debiendo de realizar las gestiones necesarias para su diligenciamiento.- H.S.Anta, 05 de Octubre del 2016 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp Nro. 0055-2016-66-1004-JR-PE-01 El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a SIMÓN HUAMAN PUCLLA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual en agravio de la persona de iniciales A.H.CH.; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 03 de octubre del 2016 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 01, en la cual SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 2. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Ministerio Publico, para los fines que correspondan. 3. PRECISAR que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 4. DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma su defensa, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará al Coordinador de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. 5. PRECICESE que el representante del Ministerio Publico deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal, para los fines que correspondan. 6. NOTIFICAR a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en sus respectivos domicilios, adjuntando copia del escrito de acusación. De la revisión de autos se desprende que las notificaciones dirigidas al acusado Simón Huaman Puclla ha sido devueltas sin diligenciar, así mismo tener en cuenta que la notificación de recepción de formalización no ha sido devuelta por el Juez de Paz de Cay Cay, a quien se le ha comisionado la diligencia de la misma de conformidad al artículo 18 de la Ley de Justicia de Paz N° 29284 y el artículo 161o de la Ley Orgánica del Poder Judicial, motivo por el cual es de necesidad la notificación del acusado mediante edictos penales, para fines de tramitar el presente proceso, en consecuencia se dispone NOTIFICAR vía edicto penal al acusado Simón Huaman Puclla. Anta, 12 de mayo del 2016 07 - 10 - 11 /10/2016 CPJ EDICTOS 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01568-2013-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE LA REGION DE CUSCO DEMANDANTE : MERCADO MARMANILLO DE RIVERA, ROSARIO RUBY GRACIELA Resolución Nro. 18 Cusco, 13 de setiembre de 2016. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 07 del 14 de mayo de 2014 (folio 33 a 42) materia de grado, debido a que el señor Juez Superior Ladrón de Guevara De la Cruz emite el voto ponencia para que se confirme la sentencia; las señoras Jueces Superiores en mayoría Alfaro Herrera y Velásquez Cuentas suscriben voto singular y en discordia, para que se confirme en un extremo la sentencia y en otro revocar la misma; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado, DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior que integra esta Sala Especializada Laboral de Cusco, doctora Yanet Ofelia Paredes Salas por vacaciones del señor Juez Superior Ladrón De Guevara De La Cruz; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para

Cusco, martes 11 de octubre de 2016 emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.-PAREDES SALAS.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 10-11-12/10/2016 CPJ EDICTOS 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01568-2013-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE LA REGION DE CUSCO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEMANDANTE : MERCADO MARMANILLO DE RIVERA, ROSARIO RUBY GRACIELA Resolución Nro. 21 Cusco, 6 de octubre de 2016. Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N°7 del 14 de mayo de 2014 (folio 95 a 112) materia de grado, debido a que el Juez Superior Ladrón de Guevara de la Cruz, emite el voto ponencia para que se confirme la sentencia, suscrito por la señora Juez Superior Alfaro Herrera quien emite voto singular y en discordia, suscrito por la señorita Juez Superior Velásquez Cuenta, para que se confirme y revoque la resolución antes aludidas en los extremos mencionados en el voto; la señorita Juez Superior Velásquez Cuentas emite voto en discordia parcial, “únicamente con relación a la pretensión de reintegro del pago de la bonificación diferencial en base la remuneración total o integra”, para que se revoque la sentencia en extremo antes referido; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; SEÑALARON fecha para vista de causa, el día 13 de octubre de 2016, a horas 10:40 minutos de la mañana, diligencia en la cual podrán hacer uso de la palabra los abogados de las partes por el tiempo de cinco minutos. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.-DELGADO AYBAR.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 10-11-12/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Edson Ormachea Acurio, en el proceso Nro. 03018-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE sin documento de identidad, por el delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, Sub tipo HURTO SIMPLE, en agravio de CONSTANTINO CONZA HUMERES, identificado con D.N.I. N° 24979711, bajo la actuación del especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 05 del 20/09/16 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE como autor por el delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, Sub tipo HURTO SIMPLE, tipificado en el artículo 185° del Código Penal, en agravio de CONSTANTINO CONZA HUMERES, por lo que, El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 05 Cusco, veinte de septiembre Del año dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio PRIMERO.- Se tiene que los datos presentados por el Ministerio público es posible individualizar al imputado HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE, se puede establecer que la persona antes referida es la considerada por el Ministerio Público, con quien se ha celebrado un documento de APLICACIÓN DE PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD en fecha 02 de Enero de año 2016, siendo que con estos datos es posible individualizar al imputado teniendo en consideración que las publicaciones de los edictos han sido dirigidos HAROLD WILSON QUILLA QUISPE, persona distinta es preciso convocar a una nueva audiencia para lo cual debe efectuarse las notificaciones edictales con el nombre correcto del imputado HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE, sin perjuicio de comunicarse con el teléfono celular N° 984381748, a donde debe reintentarse la comunicación correspondiente, motivo por el cual no es posible instalara la presente audiencia PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: PRIMERO.- REPROGRAMESE la misma para el día 14 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA a verificarse en la DOCEAVA sala de audiencias del Modulo Penal de esta Sede de Corte, quedando notificados en este acto los concurrentes. SEGUNDO.- NOTIFICAR AL IMPUTADO HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE MEDIANTE EDICTOS, EN LA FORMA ESTABELECIDA POR LEY SIN PERJUICIO DE NOTIFICARSE TELEFÓNICAMENTE AL NUMERO 984381748. 10-11-12/10/2016 CPJ


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