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Cusco, lunes 12 de junio de 2017 NOTIFICACION POR EDICTO

En el Proceso N° 167-2015-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto NOTIFICAR A LOS HEREDEROS LEGALES DEL QEVF RICHAR ALTAMIRANO QUISPE, con un extracto de la Resolución Nro. 13 de fecha seis de marzo del 2017 ( ... ) Segundo: Que, Raúl Matamoros Anchari, en su condición de Abogado de la demandada SUSANA MEDINA ESPINOZA, mediante escrito de fecha once de octubre del año dos mil diecisiete, presentado el Certificado de Inscripción ante la RENIEC de la persona del demandante Richar Altamirano Quispe, que acredita que ha sido cancelado por causa de fallecimiento; empero, no presenta el certificado de defunción; Tercero: Que, el artículo 108 del Código Procesal Civil, prevé: “Sucesión procesal” Artículo 108.- Por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuando: 1. Fallecida una persona que sea cene en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario; (. .. ) Cuarto: Que, con el certificado de Inscripción alcanzado por el Abogado de la demandada Susana Medina Espinoza, se acredita el fallecimiento del demandante Richar Altamirano Quispe, por lo que en aplicación del artículo 108 del Código Adjetivo, no puede continuar el desarrollo del proceso, por se incurriría en causal de nulidad; en esa situación, debe la citada demandada, con proceder a presentar el certificado de defunción del demandante, para continuar el desarrollo del proceso, previo los trámites de rigor, con la designación de curador procesal, mientras no se apersonen los herederos legales. Por estas consideraciones, SE RESUELVE: SUSPENDASE el desarrollo del proceso, por causa de fallecimiento del demandante Richar Altamirano Quispe, conforme acredita el certificado de inscripción expedido por la Oficina de RENIEC; CUMPLA la demandada Susana Medina Espinoza, con presentar el certificado de defunción del demandante Richar Altamirano Quispe, para realizar los edictos de ley por tres días consecutivos en el Diario Judicial del Cusco y, posteriormente designar curador procesal, para continuar el desarrollo del proceso.- H.S. Cusco, Santiago, 06 de junio de 2017 3VCES-08-09-12-VI-17 B/V 44342 TERCER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 00982-2012-0-1001-JR-CI-D4, sobre Obligación de dar Suma de Dinero seguido por ABEL MAMANI MEJICANO en contra de EMPRESA CONSTRUCTORA ORIÓN S.A.C., la señora Jueza del Cuarto Juzgado Civil de Cusco, doctora Fanny lupe Pérez Carlos, con actuación del Especialista legal doctor Juan Santiago Callañaupa Soria, ha dispuesto se lleve a efecto el TERCER REMATE PUBUCO del inmueble que a continuación se detalla: Oficina Escritorio en el semisótano y sótano del condominio privado los Ruiseñores, ubicado en la Urbanización Santa Mónica, lote I-15, distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; inscrito en la Partida Registral Nº 11091370 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral X - Sede Cusco, en donde figuran sus características. AFECTACIONES: Embargo en forma de inscripdón ordenado por el Cuarto Juzgado Civil de Cusco a favor de Abel Mamani Mejicano hasta por la suma de US$ 100,000.00, según consta en el asiento 00003 de la Partida Registral Nº 11091370. No se conocen otros gravámenes. TASACIÓN: El valor de tasación es de S/319,46O.00 (Trescientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta 00/100 Soles). PRECIO BASE: S/ 153,873.22 (Ciento cincuenta y tres mil ochocientos setenta y tres con 22/100 Soles) hecha la deducción de ley con relación a la segunda convocatoria. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil laboral de Cusco, la que está ubicada en el Segundo Piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sita en la Av. El Sol Nº 239, Cercado - Cusco, el día 19 de junio 2017 a horas 12.30PM. El Remate Público será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro Nº 65. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del Código Procesal Civil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble expedida por el Banco de la Nación. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate y en los rangos establecidos (Art. N° 732 del C.P.C). Especialista legal: Dr. Juan Santiago Ca-

llañaupa Soria. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo, Reg. Nº 65 (CI- 959600795) Cusco, mayo 2017. 3VCES-08-09-12-VI-17 B/V 44344 EDICTOS Ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, se viene tramitando el Expediente Nro. 01014-2017-0-1001-JR-CI-02 seguido por AURO AGUILA CANDIA, quien solicita CAMBIO DE NOMBRE (consistente en el cambio de su nombre consignado como AURO, por el de “LUIS FERNANDO”; debiendo quedar como “LUIS FERNANDO AGUILA CANDIA” en su partida de nacimiento inscrito en la Municipalidad Distrital de Vilcabamba de la Provincia de la Convención, departamento de Cusco) ; se efectúa la presente publicación para fines consiguientes. Señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo. Especialista Legal Saida Chiun Manco.Cusco, 06 de Junio del 2017 3vces-08-09-12-vi-17 b/v 44345 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez David Barazorda Velasquez y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Bethsy Mercado Zegarra, se viene tramitando el Proceso N° 001 08a2017 -0-1 005-jMFC·01, interpuesta por Martina Chuhue Quispe, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho, contra Sucesión de Esteban Merma Palomino; se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la Resolución Nro. 01, del 07 de febrero del 2017; en forma sumillada el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARTINA CHUHUE QUISPE contra la Sucesión de ESTEBAN MERMA PALOMINO SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, en la vía del proceso ABREVIADO, confiriéndose traslado a la demandada por el plazo de ley para fines de su absolución, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Siendo que el demandado es una persona indeterminada notifíquese mediante edictos por 3 días consecutivos en el Diario Judicial y el Diario el Peruano, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal, en caso de no emplazamiento de la parte demandada-MEDIOS PROBATORIOS.Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente.- A sus antecedentes los anexos de la referencia. ( ... ) Lo que se publica para los fines de Ley. Calca, 06 de junio del 2017. 3vces-08-09-12-vi-17 b/v 44354 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 00364-2017-0-1001-JR-CI- 01, seguido por Ruben Montiel Araoz, sobre ineficacia de Titulo Valor, con citación del Banco de Crédito del Perú y otro; en el que se ha emitido la resolución Nº 01, de fecha 09-02-2017, que dispone: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta RUBÉN MONTIEL ARAOZ, sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR, con citación de TECHINT .SA.C., a través de su representante legal y el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO SUMARISIMO, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de cinco días. Conforme el artículo 103.2 de la ley Nº 27287 se ORDENA que el Banco de Crédito del Perú y TECHINT S.A.C. RETENGAN el pago de las obligaciones representadas por los títulos valores materia del presente, para cuyo efecto CÚRSESE los oficios respectivos, asimismo se DISPONE la publicación del extracto de la solicitud durante cinco días en el diario oficial.- ( ... )” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 28 de marzo de 2017. 2VCES-09-12-vi-17 B/V 43359 PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC contra MODESTA PACCO CONDORI y DELFIN CHIPA BAYONA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01224-2016-0-1001-JR-CI-01, el Primer Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo de la Señora Juez Dra. Sandra Contreras Campana, con intervención de la Especialista legal Dra. Isabel Huamán Sequeiros, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matrícula Nro. 209,


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Cusco, lunes 12 de junio de 2017 saque a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, siguiente: LOTE 04 DE LA MZ. B DEL CENTRO POBLADO DE PISAC, DISTRITO DE PISAC, PROVINCIA CALCA DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (124.64 M2) LINDEROS y MEDIDAS PERIMETRICAS CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº P31013453 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN (Convencional): US$ 44,571.00 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 29,714.00 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: GRAVAMENES y CARGAS: CARGA TECNICA en el Asiento 00001, predio ubicado en Centro Histórico, zona monumental restringida. HIPOTECA: en el Asiento 00003, hasta por la suma de US$ 44,571.00, Inscrita a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC. ANTICRESIS: Inscrita en el Asiento 00004, por la suma de S/ 50,000.00, por el plazo de cinco años. EMBARGO: en el Asiento 00005, hasta por la suma de S/14,618.39, a favor de MI BANCO. Todas en la Partida Electrónica N° P31013453 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: martes, 01 agosto de 2017, a horas 11h15 am. Que se verificará en la Oficina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: asdel_v@hotmail.com. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, es decir no menos de la suma de US$ 20,711.16, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; deben presentar original y copia del Arancel Judicial (tasa judicial) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la ley Nro. 27728 del Martillero Público. Cusco, 22 de mayo de 2017. 6vces-09-12-13-14-15-16-vi-17 b/v 44363 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige el Señor Juez Doctor DANIEL BANDA LAUCATA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abog. Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 205-2016-CI,se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 2. Urcos, 06 de Marzo del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por LEON HUANCA CJUNO, Sobre Cambio de Nombre, debiendo ser lo correcto como LEOBEL HUANCA CJUNO, en la VIA de proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia publíquese en el Diario Judicial del Cusco, por el término de ley. Urcos,02 de junio del 2017. 2vces-09-12-vi-17 b/v 44267 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige el Señor Juez Doctor DANIEL BANDA LAUCATA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abog. Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 211-2016-CI, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 2. Urcos, 06 de Marzo del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por PRIMITIVA HUANCA LUNA, Sobre Cambio de Nombre, debiendo ser lo correcto como GABRIELA YAMILET HUANCA LUNA, en la VIA de proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia publíquese en el Diario Judicial del Cusco, por el término de ley. Urcos, 02 de Junio del 2017 2vces-09-12-vi-17 b/v 44267 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00892-2017-0-1001-JP-CI-01, en el que mediante Res.04 de

fecha 29-05-2017, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por LUIS FERNANDO WARTHON GRAJEDA, contra FONCODES representada por su Jefe de Unidad Territorial FONCODESCUSCO Justo Alejandro Pozo Zarate, con citación del BANCO CONTINENTAL - sucursal Cusco representada por su Gerente Miguel Eduardo Muñante Lavado ,sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR - CHEQUE BANCARIO, debiendo tramitarse en la Vía del PROCESO SUMARISIMO, en su virtud notifíquese al demandado y citado, por el termino de CINCO DIAS. Por ofrecidos los medios probatorios de esta parte, reservando su admisión y actuación para la audiencia respectiva. A sus antecedentes los anexos aparejados al escrito de su demanda. Y estando a lo establecido por el artículo 103° inciso 2 de ley de títulos valores El Juez ordenará además que los emplazados retengan el pago de las obligaciones representadas por el título valor y dispondrá la publicación de la solicitud, durante 5 (cinco) días consecutivos, en el diario oficial.” Por· lo que siendo ello así SE DISPONE. Que los emplazados retengan el pago dispuesto en los cheques, materia de litis, debiendo el demandante realizar las publicaciones en el diario judicial del Cusco, para lo cual comparezca ante este juzgado a efecto de que se le entregue los edictos respectivos, dentro del TERCER DIA, bajo apercibimiento de Ley. H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 08 de Junio de 2017. 5vces-09-12-13-14-15-vi-17 b/v 44372 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis-Sicuani, a cargo de la Señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la Especialista Judicial Ana Melva Puma Llanque, se viene tramitando el PROCESO N° 00006-2017-0-1007-JR-FC en los seguidos por ELIZABETH SILVIA ARAGON MEZA donde SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ELIZABETH SILVIA ARAGON MEZA, sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, contra la Sucesión hereditaria de quien en vida fue MIGUEL ANGEL VALDIVIA VILLENA. Tramítese en la vía del proceso ABREVIADO. NOTIFIQUESE a la sucesión hereditaria de quien en vida fue MIGUEL ANGEL VALDIVIA VILLENA, mediante edictos judiciales a ser publicados por tres días hábiles en el Diario Oficial “El Peruano” a nivel nacional y Diario La República a nivel regional para que se apersonen al proceso BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarse curador procesal, en caso de no hacerlo. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos. AL OTROSI DIGO: Estese en lo resuelto. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes. AL MAS DIGO: Téngase por delegadas las facultades de representación al abogado Antonio Calvo Caballero.H.S. Ana Melva Puma Llanque.- Secretaria Judicial.3VCES-09-12-13-VI-17 B/V 44383 COMUNICADO. La Gerencia de la Empresa RECTIFICACIONES ORE NORIEGA SRL con domicilio fiscal en la Calle República de Venezuela N° H-13 del Parque Industrial Distrito de Wanchaq, en estricta aplicación del Art “2° Inc 20° de la Constitución Política del Estado, Reglamento de Baja y Depuraciones de Bienes Muebles N° 668-2016 y normas concordantes y conexas, COMUNICA.- a sus distinguidos clientes que hayan tenido a bien dejar auto partes (motores, culatas, cigüeñales monoblock y otros) para su reparación y mantenimiento por tiempo indefinido... A partir de la fecha, estos bienes muebles, únicamente permanecerán por el lapso de 15 días naturales e improrrogables, vencido dicho plazo se dispondré su DEPURACIÓN Y RETIRO por los servicios de Limpieza Publica bajo expresa RESPONSABILIDAD de los usuarios, EXIMIENDO a mi representada de toda responsabilidad de carácter penal, civil, administrativa que diere lugar. Cusco, 08 de Junio del 2017. LIBIA NORIEGA DE ORÉ GERENTE GENERAL DNI 23873427 09-12-14/06/2017 F/.27769 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 173-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO En la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO ADMITIR a trámite la solicitud de ZAYDA ARONES ROBLES sobre la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge quien en vida fue SUSANA ROBLES VILCA se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-


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Cusco, lunes 12 de junio de 2017

San Jerónimo, 05-06-2017 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL 09-12-13/06/2017 B/.32482 AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL De conformidad con lo dispuesto por el artículo 217 de la Ley General de Sociedades se comunica que, mediante Junta General de Accionistas de fecha 30 de enero de 2017, se acordó por unanimidad reducir el capital social de Centro Integral de Enfermedades Cardiovasculares Cusco Sociedad Anónima Cerrada-CARDIOMEDIC CUSCO S.A.C. (la “Sociedad”), para restablecer el equilibro entre capital social y patrimonio neto disminuido por pérdida, en la suma de S/ 245,058.00 (Doscientos Cuarenticinco Mil Cincuenta y Ocho con 00/100 Soles), y bajo la modalidad de devolución de aportes, en la suma de S/ 228,346.00 (Doscientos Veintiocho Mil Trescientos Cuarenta y Seis con 00/100 Soles), reduciéndose el capital de la suma de S/ 701,750.00 (Setecientos Un Mil setecientos Cincuenta con 00/100 Soles) a la suma de S/ 228,346.00 (Doscientos Veintiocho Mil Trescientos Cuarenta y Seis con 00/100 Soles), la primera reducción no implicará desembolso alguno para la Sociedad por tratarse de una reducción para restablecer equilibrio entre capital social y patrimonio neto, y la segunda reducción se efectuará mediante la amortización de 228,346.00 acciones emitidas por la Sociedad con un valor nominal de S/1.00 (Un y 00/100 Sol) cada una, a favor del Sr. Grimaldo Gutierrez Gayoso. La reducción de capital por devolución de aportes será realizada con cargo a los bienes- patrimonio de la sociedad. En tal sentido se acordó modificar el artículo segundo del estatuto social Cusco, 01 de Junio de 2017 GERENCIA GENERAL CARDIOMEDIC CUSCO S.A. RUC N° 20601176191 02-12-20/06/2017 F/.27738 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N° 4 60 DE ESTA CIUDAD, DEMETRIO CCOHUA TTICA y SANTUSA SURCO DE CCOHUA, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL PREDIO URBANO UBICADO EN LA “A. P. V. CAMPIÑA ALTA - PSJE COLLASUYO A-2 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 675.072 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 109.63 ML. INMUEBLE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11001543 DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO (SUNARP); TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N° 68-2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALE SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO, 27 DE ABRIL DE 2017. 3VCES-06-12-16-VI-17 B/V 44307

en representación de las menores Luana Marine y Keyla Marielle Lopez Seovia viene siguiendo Proceso Civil 99-2017 sobre Sucesión Intestada del que en vida fue LUVEN ANDREE LOPEZ HUMPIRE fallecido el día 24 de diciembre del 2016 en el Distrito de Maras, solicitando se declare como única y universales herederas a sus menores hijas referidas,. Se publica para los fines de ley. Urubamba junio 2017 1V-12-VI-17 B/V 44384 EDICTO NOTARIAL - RECTIFICACION DE AREAS y LINDEROS ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA ABOGADA NOTARIA DUNIA VICTORIA TERRAZAS GONZALES, UBICADO EN EL JIRÓN ARICA N° 119 DEL DISTRITO DE ESPINAR, PROVINCIA DE ESPINAR, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SE HA PRESENTADO EL SR. GREGORIO SANTIAGO HUACASI MAMANI, SOLICITANDO AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY 27157, SU REGLAMENTO EL D.S. 0082000/MTC Y LA LEY 27333, LA RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS, DEL INMUEBLE DE LOTE Nº 1, MANZANA “G”,UBICADO EN LA AVENIDA RICARDO PALMA, DEL BARRIO PROGRESO, DISTRITO DE ESPINAR , DE LA PROVINCIA DE ESPINAR, DEPARTAMENTO DE CUSCO. CON UN AREA TOTAL DE .375M2(TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS), SIENDO LO CORRECTO FÍSICAMENTE AREA TOTAL DE 345.46.M2 (TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y SESIS METROS CUADRADOS), Y CUYO PERIMETRO ES DE 89. 54ML (OCHENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METRO LINEALES), CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR LA FRENTERA, LIMITA CON LA CALLE RICARDO PALMA, EN LINEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS DE 3.29 Y 6,89ML, DANDO UNA LONGITUD TOTAL DE 10 .18ML. POR EL LADO DERECHO ENTRANDO,LIMITA LOS LOTES N°2,3,4,5,6, EN LINEA QUEBRADA DE CINCO TRAMOS DE 6.83,6.51,13.75,9.92 Y 4. 02ML, DANDO UNA LONGITUD DE 35.03ML. POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO: LIMITA CON EL BARRIO TUPAC AMARU, EN LINEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS DE 30.39 Y 3.87, DANDO UNA LONGITUD TOTAL DE 34.26ML POR EL FONDO. LIMITA CON EL LOTE N°10, EN LINEA RECTA, CON UNA LONGITUD DE 10.06 ML.DESCRIPCION DEL PREDIO:EL PREDIO TIENE LA FORMA RECTANGULAR CON UNA TOPOGRAFIA PLANA, CUENTA CON LAS INSTALACIONES BASICAS: AGUA, DESAGUE Y ELECTRICIDAD EN EL CASO PRESENTE SE APLICA LO ESTIPULADO POR LA NORMA QUE EL INMUEBLE A RECTIFICAR ES INFERIOR A LA ESTIPULADA EN EL TITULO DE ADQUISICIÓN. CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD PARA HACERLO VALER DE ACUERDO A LEY. ESPINAR, 08 DE JUNIO DE 2017. DUNIA VICTORIA TERRAZAS GONZALES ABOGADA NOTARIA 1V-12-VI-17 B/V 44386 SUCESIÓN INTESTADA.

EDICTO JUDICIAL

DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 41º DE LA LEY 26662, LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE MI ADMINISTRADA, DRA. OCAMPO DELAHAZA, SE PRESENTO DOÑA MARIANELA ALFÉREZ DURAN, SOLICITANDO SE TRAMITE LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE SU MADRE DOÑA MERCEDES DURAN MELGAREJO, FALLECIDA EL DIA 12 DE NOVIEMBRE DEL 2010, Y SE DECLARE COMO A SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A: MARIANELA, DANIEL, FRANCISCA, Y VILMA ALFÉREZ DURAN, ASI COMO A ROSA NIEVES ATAUCHI DURAN EN CONDICIÓN DE HIJOS DE LA CAUSANTE; EN REPRESENTACIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE MARIA JESÚS ALFÉREZ DE BUENO A SUS HIJOS: JOSÉ LUIS, MARÌA YANINA, BETSY MERCEDES, ANANY NINOSKA y MARIA MILAGROS BUENO ALFÉREZ; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CONSIDEREN HEREDEROS. CUSCO, 31 DE MAYO DEL 2017. RODZANA NEGRON PERALTA NOTARIA DE CUSCO 1V-12-VI-17 B/V 44387

Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba que despacha la Dra. Yesika Medrano Ocho a y bajo la actuación del Especialista Legal Wilfredo Solaligue Obregón, Lizette Guadalupe Segovia Cardenas

ANTE MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN EL JIRON BELAUNDE TERRY N° 176, DEL DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA DE QUISPICAN-

SUCESION INTESTADA Ante el 1º Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián de esta ciudad, despachado por el Juez Dr. Mario Rafael Ramos Béjar, bajo la actuación de la secretaria del Juzgado Antonina Ponce de León Paguada, se tramita el Expediente Civil N° 00154-2017-0-, solicitada por ABEL ORCCOHUARANCCA PEREZ, sobre Sucesión Intestada de la que en vida fue su madre MERCEDES PEREZ RAMIREZ, fallecida el 03 de junio del 2007, en esta ciudad, a fin de que se les declare herederos a ABEL ORCCOHUARANCCA PEREZ y NEPTALI ORCCOHUARANCCA PEREZ, lo que se publica a fin de que se apersonen los que se creen herederos acreditando su calidad de tal con instrumento respectivo. Abog. A. Ponce de León P. Secretaria Judicial. Cusco, 01 de Junio del 2017. 1V-12-VI-17 B/V 44382

RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.


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Cusco, lunes 12 de junio de 2017 CHI, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SE PRESENTO ELEUTERIA CHOQQUEMAQUI SAIRE, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO, RESPECTO AL ERROR EVIDENTE EN QUE SE INCURRIO AL CONSIGNAR EN SU ACTA DE NACIMIENTO A SU SEÑORA MADRE COMO HILARIA SAIRE DE CHOQUEMAQUI, DEBIENDO SER LO CORRECTO: HILARIA SAIRE DE CHOQQUEMAQUI, LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. URCOS, CUSCO 08 DE JUNIO DEL 2,017. MARIA EUGENIA GALDO SOTOMAYOR ABOGADA NOTARIA 1V-12-VI-17 B/V 44388 SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA. NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, EL SEÑOR: JUAN CARLOS BORDA TORRES, EN SU CONDICIÓN DE PADRE DEL MENOR: JUAN DIEGO CALET BORDA ALVAREZ, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA, DE LA QUE EN VIDA FUE: JULISSA VERONICA ALVAREZ CHAMPI, FALLECIDA ESTANDO DE TRÁNSITO EN CHINCHERO - URUBAMBA, EL DÍA 29 DE JULIO DEL 2015, Y HABIENDO SIDO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGAN USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 08 DE JUNIO DEL 2017. NESTOR AVENDAÑO G. NOTARIO ABOGADO 1V-12-VI-17 B/V 44389 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 01360-2017-0-1001-JP-CI-03, ante el Tercer juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la señora juez Elena Vengoa Garcia; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto la publicación edicial siguiente: Resolución Nro. 01 de fecha diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete.- Auto admisorio de la Demanda; VISTO (. .. ) Y, CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ITALA FARFAN WILSON, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Judicial de Cusco, por una sola vez (. .. ). H.S. Cusco, 07 de mayo del año 2017. 1V-12-VI-17 B/V 44390 EDICTO JUDICIAL Ante el 5º JUZGADO CIVIL-SEDE CENTRAL en el Expediente: 024652015-0-1001- JR-CI-01, seguido por Juana Mamani de Hilasaca sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha dispuesto: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA RESOLUCION N° 08 Cusco, 06 de octubre de 2016.VISTOS Y CONSIDERANDO, SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUANA MAMANI DE HILASACA contra ISMAEL TOMAYLLA BOCANGEL y VILMA VALENZUELA DE TOMAYLLA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitar se bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. CÍTESE con la demanda a los colindantes Ismael Tomaylla Bocangel, Vilma Valenzuela de Tomaylla, la Sociedad de Beneficiencia Pública de Cusco y la Municipalidad Provincial de Cusco. AL OTRO SI DIGO: Conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado.- 2) DECLARAR IMPROCEDENTE la pretensión accesoria de independización registral. H.S.- Fdo. Marianella Cárdenas Villanueva: Juez, Rafael Castillo Canal: Especialista Legal. Cusco, 30 de mayo del 2017.3vces-12-16-22-vi-17 b/v 44391

AVISO JUDICIAL Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastián que corre bajo la dirección del señor magistrado Dr. Rafael Ramos Bejar, en el proceso judicial No. 00162-2017-0-1023-JP-CI-01 seguida por Fabiola Roque Castañeda sobre Rectificación de partida de nacimiento y de matrimonio solicita se rectifique las partidas de nacimiento de sus hijos y de su partida de matrimonio su nombre de pila consignado como” Domitila” siendo lo correcto “Fabiola” se ha dispuesto se proceda a la notificación edictal, a las personas que pudieran invocar derecho alguno en el caso presente, lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa del señor Juez. San Sebastián, 07 de junio del 2017. 1V-12-VI-17 B/V 44392 EDICTO JUDICIAL En el proceso Nº 6-2017-0-1006-IM-CI-01.que se tramita en el Juzgado Mixto de la Provincia de Canas - Yanaoca por el Señor Magistrado Ulises Villena Ramirez, se ha dispuesto la publicación con un extracto del auto admisorio, cuyo tenor es como sigue: “Resolución Nº 02 de fecha 06 de marzo del 2017 ( ... ) SE RESUELVE: “A) Admitir a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la demanda instada por PEDRO GARCIA CORRALES sobre la rectificación del área del predio denominado LLULLUCHAYOC HUAYCCO de Langui del distrito de Langui de la Provincia de Canas, (parte integrante del predio denominando Anta Huaycco); en contra de los herederos legales de Guillermo Bustamante Peña y Lillo e Hilda Meza Zapata; con expresa citación de los propietarios de los predios colindantes los que se halla individualizados en el escrito de subsanación B.- En tal virtud; córrase traslado a los demandados por el término de diez días para su absolución, bajo el apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía y bajo expreso apercibimiento de nombrarse curador procesal. ( ... )” Lo que se publica para los fines de ley. Yanaoca 06 de junio del 2017 3vces-12-13-14-vi-17 b/v 44393 SUCESION INTESTADA CONFORME LO DISPUESTO POR LA LEY 26662, CARLOTA HUAMAN GOMEZ, HA SOLICITADO A MI OFICIO NOTARIAL, LA DECLARACIÓN DE SUCESION INTESTADA DEL SEÑOR: JUSTINO HUAMAN QUISPE, FALLECIDO EL 13 DE ABRIL DEL 2017, DECLARA COMO SUS HEREDEROS A LA SOLICITANTE, A SU VIUDA SUPERSTITE: JACINTA GOMEZ DE HUAMAN y A LOS HIJOS DEL CAUSANTE: TORIBIO HUAMAN GOMEZ, MARGARITA HUAMAN GOMEZ y MARIBELL HUAMAN GOMEZ. LO QUE HAGO SABER PARA LOS FINES DE LEY. Calca 09 de junio del 2017.- Mery Sánchez Gamarra Abogada Notaria de Calca-Cusco.- Calle Córdova N°146- Calca. 1v-12-vi-17 b/v 44394 SUCESION INTESTADA ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; PAULINA CORDOVA BARRIENTOS, EN CALIDAD DE HIJO, SOLICITAN LA SUCESIÓN INTESTADA DE LA QUE EN VIDA FUE EL SEÑOR: FEDERICO CORDOVA VALENCIA, FALLECIDA, EL 09 DE MAYO DEL 2004; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO,08 DE JUNIO DEL 2017. 1v-12-vi-17 b/v 44395 AVISO JUDICIAL En el Proceso Civil Nro. 001084-2017-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por LUIS ALBERTO PEÑA HUARI, sobre RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, por haberse omitido el primer nombre de pila de su progenitor, siendo lo correcto OSCAR ARMENGOL PEÑA RIOS; en el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinente. Santiago,07 de junio del 2017. 1v-12-vi-17 b/v 44396


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Cusco, lunes 12 de junio de 2017 EDICTO JUDICIAL

SUCESION INTESTADA. Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Chumbivilcas, despachado por el Sr. Juez Dr. EFRAIN VICTOR BEDREGAL MENDOZA, bajo la actuación del Secretario Judicial Sr. Timoteo Huamani Basilio, se viene tramitando el proceso Nro. 00026-2017, solicitado por SANTIAGO DELGADO TRELLESI, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su progenitor JUAN PABLO DELGADO MENDOZA, habiendo recaído la siguiente resolución.- Santo Tomas, diecinueve de Mayo del dos mil diecisiete. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por SANTIAGO DELGADO TRELLESI, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera JUAN PABLO DELGADO MENDOZA, fallecido el 20 de noviembre de 1980, en el distrito de Velille de la provincial de Chumbivilcas departamento Cusco, solicita se le declare como heredero único y universal al solicitante SANTIAGO DELGADO TRELLES.- Firma del Sr. Juez Dr. Efraín Víctor Bedregal Mendoza.- Secretario Judicial Timoteo Huamani Basilio. Lo que se publica para los fines correspondientes de ley. Santo Tomas, 22 de mayo del 2017. 1v-12-vi-17 b/v 44397 EDICTO JUDICIAL En el Proceso Familia Civil N° 379-2017, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Auto Admisorio contenido en Resolución N° 01 de fecha al de Junio del año dos mil diecisiete: “”.VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por Maribel Diaz Rios en representación de su menor hijo Angel Eduardo Hermoza Díaz. sobre CAMBIO DE NOMBRE, con la finalidad que se cambie sus pre nombres de “ANGEL EDUARDO HERMOZA DIAZ” a “ISRAEL MATEO HERMOZA DIAZ”. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Moran.- Betsabe Prudencio Sotelo Secretaria Judicial.Wanchaq, 09 de Junio del 2017. 1v-12-vi-17 b/v 44398 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación del secretario judicial MARIO PEREIRA ALDAZABAL; se tramita el Expediente Civil N° 01317-2017-0-1001-JP-CI-04, de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos; Auto Admisorio Resolución N° 02 de fecha 30 de mayo del 2017 ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por IGILMA TARCILA OLAZABAL MONTEAGUDO, quien concurre en NICANOR CCASA CHAMPI, sobre rectificación de partida de Defunción de su cónyuge erróneamente consignado su segundo apellido como CCOLLQUE, debiendo ser lo correcto LORENZA HUAYTA DE CASSA inscrito en la Municipalidad Distrital de San Pablo de la Provincia de Canchis. Lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 9 de junio del 2017. 1v-12-vi-17 b/v 44399

TAMENTO DEL CUSCO; WILLHEN QUILLAHUAMAN MATAMOROS, EN CALIDAD DE HIJO, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE LA QUE EN VIDA FUE LA SEÑORA: MARITZA MATAMOROS MOJONERO, FALLECIDA EL 13 DE ENERO EL 1987; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 09 DE JUNIO DEL 2017. 1v-12-vi-17 b/v 44401 EDICTOS Ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, se viene tramitando el Expediente Nro. 009722017-0-1 001-JR-CI-02 seguido por VILMA CONDORI QUISPE, quien solicita CAMBIO DE NOMBRE (consistente en el cambio de nombre de su menor hijo consignado como Yesmin, por el de “MAYCOL”; debiendo quedad como “MAYCOL SANTI CONDORI” en su partida de nacimiento inscrito en RENIEC); se efectúa la presente publicación para fines consiguientes. Señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo. Especialista Legal Saida Chiun Manco.Cusco, 08 de Junio del 2017.1v-12-vi-17 b/v 44402 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto del Distrito de Wanchaq, se tramita el Proceso Civil Nro. 269-2017-0-1001-JM-CI-02 seguido por FIDEL HUAMAN TRONCOSO, sobre CAMBIO DE NOMBRE, consistente en el cambio de nombre del solicitante, de FIDEL HUAMAN TRONCOSO por el de FIDEL TRONCOSO HUAMAN. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Señora Juez Dra. Yanet Ofelia Paredes Salas.- Pamela Huarhua Miranda.- Secretaria Judicial. Wanchaq, 02 de Junio del 2017. 3VCES-12-13-14-VI-17 B/V 44403 EDICTO JUDICIAL En el 3° JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Béjar Rojas se viene tramitando el expediente 2209-2017FC en el que se ha dispuesto la notificación de las personas con interés en el nombramiento de tutor con auto admisorio contenido en resolución 04 de fecha 01 de junio del 2017 que RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud presentada por JULIAN RAMOS TIJERA sobre FORMACION DE CONSEJO DE FAMILIA Y NOMBRAMIENTO DE TUTOR, con relación al menor DIEGO RAMOS CHABEZ (12) . Con citación a RANDOLF RAMOS CHAVEZ, RUTH MARI JUANITA RAMOS DELGADO, BEATRIZ DELGADO ROJAS Y RAMIRO RAMOS CHAVEZ. Asimismo cítese a la Señora Representante del Ministerio Público; y a toda persona que tenga interés en dicho nombramiento de tutor, habiéndose señalado como fecha para el verificativo de la AUDIENCIA DE ACTUACION y DECLARACION JUDICIAL el día SEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA. Se tramita bajo la actuación de la secretaria judicial Joselin Pezo Huallpa. Cusco, 05 de junio del 2017 3VCES-12-13-14-VI-17 B/V 44404

SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO NOTARIAL

ANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, UBICADO EN PROLONGACIÓN AV. DE LA CULTURA N° 1108, SAN SEBASTIÁN, DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, VILMA VILLENA FUÑO DE ZUÑIGA EN REPRESENTACIÓN DE CAMILA ZUÑIGA VILLENAS, HA SOLICITADO LA SUCESIÓN INTESTADA DE MARIA FELICITAS AYERVE ORE FALLECIDA EN LA CIUDAD DEL CUSCO, EL 03 DE AGOSTO DEL 2006. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 05 DE JUNIO DEL 2 017. RODZANA NEGRÓN PERALTA Abogada Notaría 1v-12-vi-17 b/v 44400

ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; LA SRA. PLACIDA CCALLO ESPINOZA, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA, DEL QUE EN VIDA FUE SR. BENITO QUISPE ESPIRILLA; FALLECIDO EL 19 DE MAYO DEL AÑO 2017, SIN DEJAR TESTAMENTO, HABIENDO TENIDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EN URB. VIVA EL PERÚ DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 07 DE JUNIO DE 2017. 1V-12-VI-17 B/V 44406

SUCESION INTESTADA

EDICTO JUDICIAL

ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPAR-

Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria


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Cusco, lunes 12 de junio de 2017 Judicial Carmen Rosa Delgado Sánchez , se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 995-2017-0-1018-JP-Cl-01 por el cual doña MARLENI TINAJEROS ESCOBEDO solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su menor hijo FABRICIO OCON TINAJEROS en el que se ha consignado como fecha de su nacimiento el”31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010” siendo la verdadera fecha de su nacimiento el”30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010” error que debe ser rectificado.-- Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley.--. Santiago, 06 de junio del 2017.3vces-12-13-14-vi-17 b/v 44407 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01929-2014-0-1001-JR-CI-01, seguido por Saul Valery Davila Herrera, sobre Prescripción Adquisitiva, contra Alvaro Molleda Porroa y otros; en el que se ha emitido la resolución Nº 02, de fecha 1012-2014, que dispone: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SAUL VALERY DAVILA HERRERA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien mueble de vehículo VOLKSWAGEN, COLOR ROJO, MODELO 1300 NUMERO DE SERIE PS005458 NUMERO DE MOTOR ODTTL 175203272M, AÑO DE FABRICACION 1975, TIPO DE CARROCERIA COUPE contra ALVARO MOLLEDA PORROA, JUAN CARLOS ANGULO LADRÓN DE GUEVARA y MARIA GRISELDA LASTEROS AIQUIPA; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, Y por su mérito CÓRRASE traslado a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DIAS. Conforme lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial. Téngase por ofrecidos lo medios probatorios indicados.- A sus antecedentes sus anexos. CUMPLA la parte actora con proporcionar copias de la demanda, anexos para la notificación de los demandados (2 juegos), así como tasa judicial por notificación mediante exhorto, a la Provincia de la Convención .- H.S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Soto Castillo. Cusco, 12 de mayo de 2017. 2Vces-12-15-Vi-17 B/V 44102 EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE MATRIMONIAL Nº 977- 2017 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL DON RUBEN AUCCAPUMA LEVA DNI 23943822 NATURAL Cusco Edad 46 años Estado Civil soltero Ocupación Obrero Nacionalidad peruano Domicilio Cruz Verde Qquehuapay L-29 del Distrito de Poroy Provincia Cusco Departamento Cusco DOÑA CONSTANTINA LEVA ALVARO DNI 24383141 NATURAL CUSCO Edad 44 años Estado civil soltera Ocupación ama de casa Nacionalidad Peruana Domicilio Cruz Verde Qquehuapay L-29 del Distrito de Poroy Provincia Cusco Departamento Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el día 29 de Junio del 2017 a hora 13:00. p.m. Las personas que conozcan las causales de impedimento, pueden denunciarlos como establece el Art. 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Huarocondo 09 de Junio del 2016 MARIA CARMEN CUSI BOLIVAR REGISTRADORA CIVIL 12/06/2017 B/.32497 DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Por Junta General de Socios se aprobó unánimemente la disolución y liquidación de ALDO ESTRADA PEÑA & ABOGADOS SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA inscrita en la P.E N° 11075633 de la Zona Registral X Sede Cusco, como consta en acta de fecha 05 de junio del 2017, nombrándose como LIQUIDADORA a la señora CARMEN VALDEZ ZÁRATE identificada con DNI N° 23952389, procediéndose a su publicación tres veces consecutivas de conformidad con el artículo

412° de la LGS. Cusco, 09 de junio del 2017 LA LIQUIDADORA 10-11-12/06/2017 F/.27771 RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Elena Vengoa García, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 01260- 2017-0-1001-JP.CI-03 seguido por Enrique Zuñiga Vallejos sobre Rectificación de su Partida de nacimiento, que su nombre de su progenitora ha sido rectificado, mediante mandato judicial con el nombre de: BRIGIDA y que en su partida de nacimiento del demandante, esta con el nombre de Juana, debiendo ser lo correcto: BRIGIDA VALLEJOS CAMACHO. Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifica, para los fines de ley. Cusco, 07 de Junio del 2017. ABOG. MATILDE HALANOCA PUMA SECRETARIA JUDICIAL 12/06/2017 B/.32486 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige el Señor Juez Doctor DANIEL BANDA LAUCATA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 213-2016-CI. se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 2. Urcos, 17 de Marzo del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por GLADYS ASTETE IBARRA, sobre INEFICACIA DE CONTRATO DE COMPRAVENTA CONTENIDA EN LA ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 18 DE MARZO DEL 2009, Y ACCESORIAMENTE LA CANCELACION DEL ASIENTO REGISTRAL Y RESTITUCION DEL PREDIO KCUNURANI Y NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRAVENTA, contra la sucesión de quienes en vida fueron APOLINAR PAJA APARICIO Y JOSEFINA PILARES HAQQUEHUA DE PAJA y contra ELIZABETH TINTA VILCA. Demanda que deberá ser tramitada en la VIA del PROCESO DE CONOCIMIENTO Córrase traslado a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Por ofrecido los medios de prueba que indica.Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta.- De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, en el diario Judicial de la ciudad del Cusco, por el término de ley. Urcos, 03 de Mayo del 2017. Manuel JUAN Cordero Sánchez SECRETARIO JUDICIAL 12-15-19/06/2017 B/.32487 CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL DE SOCIOS El Gerente General de la Empresa “Pioneros del Valle Sagrado” S.R.L. convoca a junta general de socios participacionistas, con la finalidad de tratarse la siguiente agenda: PRIMERA CONVOCATORIA: DÍA: 26 de junio del 2017 HORA: 10:30 a.m. LOCAL: Sala de Sesiones del inmueble ubicado en la Av. 28 de Julio D-3 Urbanización La Florida, distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco. AGENDA: 1. Exclusión de socios por infracción a las disposiciones del Estatuto 2 Otros puntos de la gestión empresarial SEGUNDA CONVOCATORIA: DÍA: 01 de julio del 2017 HORA: 10:30 a.m LOCAL: Sala de Sesiones del inmueble ubicado en la Av. 28 de Julio D-3 Urbanización La Florida, distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco. AGENDA: Exclusión de socios por infracción a las disposiciones del Estatuto Otros puntos de la gestión empresarial NOTA: Se deja expresa constancia que en la segunda convocatoria será suficiente la concurrencia de cualquier número de participaciones suscritas con derecho a voto. Cusco 09 de junio de 2017 GERENCIA GENERAL


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Cusco, lunes 12 de junio de 2017

12/06/2017 B/.32492

CPJ EDICTOS

En el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Titular Dra. Marklaren Ascue Lovón, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, POR VACACIONES del Titular, se viene tramitando el proceso Nro. 01368-2017-0-1001-JP- CI-01. Seguido por Rubén Calderón Velazco, sobre Rectificación de partida de DEFUNCION de quien en vida fue doña Carmen Velazco Benavides; al inscribir se ha omitido el primer nombre de pila-el apellido materno del declarante como “RUBEN CALDERON, siendo el correcto PASCUAL RUBEN CALDERON RIOS” Asimismo, se ha omitido el primer prenombre y el apellido materno de LUIS VELASCO ARAGON, siendo lo correcto LUIS ANTENOR VELAZCO ARAGÓN, quedando inalterable en lo demás que contiene.Lo que se publica para los fines de ley- Wanchaq, 09 de junio del 2017 ABOG. REBECA ROCA FERRO SECRETARIA JUDICIAL 12/06/2017 B/.32494 DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Por Junta General de Socios se aprobó unánimemente la disolución y liquidación de ALDO ESTRADA PEÑA & ABOGADOS SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA inscrita en la P.E N° 11075633 de la Zona Registral X Sede Cusco, como consta en acta de fecha 05 de junio del 2017, nombrándose como LIQUIDADORA a la señora CARMEN VALDEZ ZÁRATE identificada con DNI N° 23952389, procediéndose a su publicación tres veces consecutivas de conformidad con el artículo 412° de la LGS. Cusco, 09 de junio del 2017 LA LIQUIDADORA EDICTO PENAL Expediente: 01634-2015-53-1001-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Liliam Marlene Contreras Zaravia. Se cita y emplaza a WALTHER ISAAC CONDORI HUAMAN; para que se ponga a derecho el día VEINTISÉIS de JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (Hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra Seguridad Pública, en la modalidad de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad. Cusco, 05 de junio de 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE.- NOTIFICA al imputado FREDY PIMENTEL CRUZ, a efecto de que concurra a la Audiencia de Proceso Inmediato a verificarse, el día 19 DE JUNIO DEL AÑO 2017 a horas 14:00 P..M (hora exacta), dispuesto en el Proceso Penal Nro 67-2017-33-PE, seguido contra el acusado Fredy Pimentel Cruz, por la presunta comisión del delito de Contra La Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de las iniciales G.P.H., R.P.H.; y J.P.H.. representada por su progenitora Ignacia Huarcaya Hermoza. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente en caso de su inconcurrencia. Echarate, 05 de junio del 2017 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-204, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra LUZ LLAMOCCA CCYLLO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de RUTH MERY CHOQUEMAMANI LLAMOCCA, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017

EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-201, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JAMES VELASQUE ROJAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de MARÍA ANTONIETA CHALLCO ARCOS, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-197, ante e! Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra MARÍA LLAMOCCA OSCCO y AVADEMIA LLAMOCCA OSCCO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de GRACIELA RODRÍGUEZ ESPINOZA, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 05 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-196, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra FELICIANO VALENCIA BERRIOS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de BEATRIZ OVALLE HUAMANÑAHUl, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M Arizabal.-Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-147, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JULIO MOSQUEIRA LEÓN, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ADRIANA ESPINOZA GUILLEN, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizábal - Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-208, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra CIPRIAN QUISPE ESCALANTE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de YOLANDA QUISPE ESCALANTE, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD„ PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-207, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actua-


Cusco, lunes 12 de junio de 2017 ción del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra CIRILO ALLCA SANTA CRUZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ANGÉLICA PACHECO JOACHIN, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-205, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra MAXELO SERRANO CONCHA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de EVELIN SERRANO SOTO, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M. Arizábal.Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-254, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra LUIS ALBERTO ALVAREZ CHARA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de BELDANIA ARAPA QUISPE y JUAN ALBERTO ARAPA MAMANI, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 21 de junio del 2017 a hs. 03.30 p.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M. Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 24 de mayo del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-221, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra BRAY ROGER ORMACHEA PACCOSONCO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de RUTH MERY PIMENTEL PAPEL, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 01 de junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00259-2015-8-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUCIO EDUARDO HURTADO OTAZU y LINCOLH LEOPOLDINHI LATORRE DELGADO, a fin de que concurran a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2017, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra de los referidos acusados, por la presunta comisión del Delito de LESIONES LEVES, en agravio de Royer Brandon Farfán Ccalluchi, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00390-2017-55-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN.

9 ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ANTONIO CACERES QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2017, A LAS 02:00 DE LA TARDE: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de Matilde Quispe Tinta, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 01 de Junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00475-2016-32-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EMILIO TECSI FLORES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2017, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por el Ministerio Público, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 31 de Mayo del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00511-2016-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JAVIER HUAINAPATA HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por el Ministerio Público, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 31 de Mayo del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00461-2016-76-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ESTEBAN CHOQUEPUMA TINTA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2017, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por el Ministerio Público, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 31 de Mayo del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: FREDI CALANI HUALLPA Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 01345-2016-76-1001-JRPE-04, seguido contra FREDI CALANI HUALLPA, por la presunta comisión del delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD DE 14 AÑOS, en agravio de la menor de iniciales E.T.H.H. representado por su progenitora SERAFINA HUAMAN QUISPE, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado FREDI CALANI HUALLPA, con


10 la AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, veinte uno de abril del dos mil dieciséis. I. PARTE EXPOSITIVA El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, puso en conocimiento del Juzgado la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra FREDI CALANI HUALLPA, por la presunta comisión del delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD DE 14 AÑOS, en agravio de la menor de iniciales E.T.H.H. representado por su progenitora SERAFINA HUAMAN QUISPE. II. PARTE CONSIDERATIVA Por estas consideraciones SE RESUELVE: III. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, contra FREDI CALANI HUALLPA, por la presunta comisión del delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD DE 14 AÑOS, en agravio del menor de iniciales E.T.H.H. representado por su progenitora SERAFINA HUAMAN QUISPE, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado FREDI CALANI HUALLPA, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 3. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado FREDI CALANI HUALLPA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de contar con abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. 5. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Público ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 6. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al Juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso 7. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 8. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 9. EXPLICAR que el desarrollo integro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 10. ORDENAR a las partes que FIJEN EN AUTOS UN DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 11. AUTORÍCESE a la Especialista Judicial de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser apli-

Cusco, lunes 12 de junio de 2017 cados por el Juez. 12. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 13. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las parten procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem. 14. NOTIFICAR la presente resolución al imputado FREDI CALANI HUALLPA y agraviada sólo por ésta vez en su domicilio real (salvo que hayan fijado domicilio procesal), y al Ministerio Público en su correo electrónico. 15. COMUNICAR al representante del Ministerio Público que la presente investigación vencerá el 11 de agosto del 2016, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Pública, la observancia del cumplimiento de los plazos. HAGASE SABER. 08-09-12/06/2017 CPJ Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: FREDI CALANI HUALLPA Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 01345-2016-76-1001-JRPE-04, seguido contra FREDI CALANI HUALLPA, por la presunta comisión del delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD DE 14 AÑOS, en agravio de la menor de iniciales E.T.H.H. representado por su progenitora SERAFINA HUAMAN QUISPE, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado FREDI CALANI HUALLPA, con la AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA. RESOLUCIÓN NRO. 04 Cusco, veintitrés de mayo del dos mil diecisiete.DE OFICIO: DADO CUENTA EN LA FECHA (...) DE OFICIO: en la fecha, con la disposición administrativa que ordena la reprogramación de audiencias entre ellas la presente; por lo que para efectos de no dilatar el trámite de la presente causa SE RESUELVE: 1) REPROGRAMAR la audiencia pública de acusación postulada por el representante del Ministerio Público, para el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de ínconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Público de ponerse en conocimiento de su Superior. 2) PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, por lo tanto este Juzgado sancionará a los abogados que muestren actitudes temerarias y/o dilatorias que pretendan la frustración de la presente audiencia con una MULTA DEL 10% URP. 3) NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos y mediante Edicto Judicial al estar dispuesto en autos 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02015-2016-82-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados MODESTO CONDORI CONTRERAS y SANTOS CCALLO MERMA a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 29 DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 08:00 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av, El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02015-2016-82-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los referidos imputados, como presuntos autores de la comisión del delito de homicidio calificado con la finalidad de ocultar otro delito en agravio D.Q.V.F Fidelia Condori Quispe.-


Cusco, lunes 12 de junio de 2017 Cusco 06 de Junio del 2017. 08-09-12/06/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01900-2016-45-1001-JR-PE-01 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: JORGE LUIS COTACALLAPA COLQUEHUANCA Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado RONALD DAVIS QUISPE LOAYZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el 11 DE AGOSTO DE 2017, A HORAS 2.30PM (hora exacta), que se verificará en la sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en la Av. El Sol - Palacio de Justicia (segundo piso – ex central de notificaciones); por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01900-2016-45-1001-JR-PE-01, seguido en contra del en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva (agravante: coacción o violencia física), en agravio del Estado representado por la Procuraduría del Ministerio del Interior.Cusco 08 de junio de 201709-12-13/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 141-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Soraida Quispe Quispe contra Crispin Quispe Pumallica; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 30 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de CRISPIN QUISPE PUMALLICA en agravio de SORAIDA QUISPE QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado CRISPIN QUISPE PUMALLICA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SORAIDA QUISPE QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 20 de junio del año 2017 a horas 12:00 del medio día (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 140-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Simeona Condori Fernández contra Julio Huaracca Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 30 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JULIO HUARACCA CONDORI en agravio de SIMEONA CONDORI FERNANDEZ. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JULIO HUARACCA CONDORI EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, Intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SIMEONA CONDORI FERNANDEZ. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 27 de junio del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el ex-

11 pediente Nro. 63-2017-34-1014-JR-PE-01, seguido contra Cruz Condori Juan por la comisión del delito De Conducción en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad, mediante Resolución Nro. 02 dictada en Audiencia Pública de fecha uno de junio del año dos mil diecisiete, se ha dispuesto la notificación por edicto a Cruz Condori Juan a fin de que concurra a la Audiencia Publica señalada para el día veinte de junio del año dos mil diecisiete a las dos de la tarde, que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 02 de junio del 2017 09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el expediente Nro. EXPEDIENTE N° 425-2016-49-1014-JR-PE-Ol, seguido contra JOHAN GONZALO BACA por la comisión del delito De Omisión de la Asistencia Familiar en agravio de Luzgarda Condori Pucutuni, mediante Resolución Nro. 02 dictada en Audiencia Pública de fecha uno de junio del año dos mil diecisiete, se ha dispuesto la notificación por edicto a JOHAN GONZALO BACA a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el día 27 de junio del año dos mil diecisiete a las 3:00 de la tarde, que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 02 de junio del 2017 09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N°197-2016-32-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Félix Avendaño Camala por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de Benedicta Huisa Quispe, en audiencia pública de juicio oral de fecha 06 de junio del 2017, se ha dispuesto notificar al acusado Félix Avendaño Camala para que concurran a la audiencia pública de Juicio Oral, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 27 DE JUNIO A HORAS 14:30 EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. 09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp Nro. 0097-2017-49-1004-JR-PE-01 El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a ALFREDO HINOSTROZA GUTIÉRREZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio del menor de iniciales E.H.S. representado por su progenitora Maribel Surco Silva; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 06 de junio del 2017 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 01, en la cual SE RESUELVE: CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO, siendo la PRIMERA SESIÓN el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE (14:30 p.m.), SEGUNDA SESIÓN el día VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Anta. NOTIFIQUESE a las partes procesales para que concurran obligatoriamente a la citada audiencia. 2.1. AL ACUSADO: ALFREDO HINOSTROZA GUTIÉRREZ en su domicilio real en la Comunidad Ccorpa Accopata del Distrito de Asillo, Provincia de Azángaro y Departamento de Puno, sin perjuicio de ser notificado vía edicto conforme lo solicitó la Representante del Ministerio Público, así como en su domicilio procesal en la Casilla Electrónica N° 68161; para el caso del juzgamiento que se ha de verificar en el mismo acto. 2.2. AL ABOGADO: Dr. Percy Miranda Chipa, en su domicilio procesal en la Casilla Electrónica N° 68161; debiendo concurrir a la citada audiencia con sus respectivos órganos de prueba. 2.3. A LA FISCAL Provincial Adjunta a cargo de este caso, doctora EDITH VILLA HUMPIRI, en su domicilio procesal ubicado en la Primera Fiscalía Provincial de Anta, sito en la Plaza Cívica de Anta, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, articulo 359.6 CPP; debiendo concurrir a la citada audiencia con sus respectivos órganos de prueba. Anta, 06 de junio del 2017


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09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL Io JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 00449-2017-48-1501-JR-PE-01 JUEZ : RODRÍGUEZ LIZANA RAFAEL ESPECIALISTA : JOSÉ PÉREZ PONCE MINISTERIO PUBLICO : CUARTA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE HUANCAYO , IMPUTADO : AGUSTÍN HUANAY LAURA DELITO : OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO : HUANAY VENTURA, RIVALDO El Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Huancayo CITA, LLAMA Y EMPLAZA a AGUSTÍN HUANAY LAURA para la audiencia de juicio inmediato a realizarse el día DOCE DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número uno ubicado en el Jirón Parra del Riego N° 400, Tercer Piso, El Tambo - Huancayo, debiendo concurrir de manera obligatoria, bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada, y disponerse su ubicación y conducción compulsiva por la autoridad policial correspondiente. Huancayo, 08 de junio del 2017. 09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00107-2015-86-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - SEDE DE ECHARATI ESPECIALISTA JUDICIAL: Cinthya Beliña Antezana Zubizarreta. Se emplaza al señor EFRAIN QUINTAS SANTIAGO, identificado con DNI N° 45174166, con la RESOLUCIÓN N° 01 Echarati, veintitrés de enero del 2017.DADO CUENTA en la fecha el requerimiento fiscal de acusación del Fiscal Antidrogas-Sede Cusco, en contra de William Méndez Fernández, Nerio Quintas Santiago, Amilzon Baca Méndez, Efraín Flores José y Efraín Quintas Santiago, y estando a lo dispuesto por los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 349° del Código Procesal Penal se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código acotado; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en custodia de la Fiscalía, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, y; RESOLUCIÓN N° 07 Echarati, cinco de junio del año dos mil diecisiete. VISTOS Y OÍDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO- DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA por haberse advertido defectos de la notificación al acusado EFRAIN QUINTAS SANTIAGO. SEGUNDO- REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA la misma que ha de realizarse el DÍA CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANATERCERO.- Facúltese tanto al Especialista de Causa y el Especialista de Audio para efectos de manera Coordinada proceda a la notificación del acusado Efrain Quintas Santiago, mediante los medios permitidos por ley y paralelamente procédase a la notificación por edictos a realizarse en el Diario Judicial del Cusco y como el Distrito Judicial en la cual

Cusco, lunes 12 de junio de 2017 se encuentra ubicado el domicilio real del acusado antes mencionado. HÁGASE SABER.09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: JOSÉ LUIS BLANCO MANOTUPA ADELY CRUZ TTITO El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 2016-2017-0-1001-JR-PE-02, seguido contra José Luis Blanco Manotupa, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Adely Cruz Ttito, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 26/05/17 y el extracto de la acusación fiscal, cuyo contenido es el siguiente: ACUSACIÓN DIRECTA: El Fiscal Provincial del 2do Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA, contra JOSÉ LUIS BLANCO MANOTUPA, en calidad de AUTOR DIRECTO de la comisión del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el articulo 122-B del C.P., concordante con lo establecido en el articulo 108-8° del mismo cuerpo legal; en agravio de ADELY CRUZ TTITO, la Fiscalía solicita la pena de 01 año y 08 meses de pena privativa de la libertad, asimismo el pago de S/. 500.00 nuevos soles por concepto de reparación civil. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, 26/05/15.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación. (...) Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco. 2. PRECÍSESE que la presente citación se realiza en dicha fecha tomando en cuenta el plazo del traslado de acusación en el domicilio de las partes y la agenda del magistrado de este juzgado. 3. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado, cursándose el oficio respectivo, precisando que en el presente caso la Fiscalía ha precisado que el imputado carece de defensa técnica. 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso; abogado del Estado con quien se desarrollará la audiencia de control de acusación y a quien se le notificara las actuaciones procesales ulteriores. 6. SE REQUIERE a las partes procesales que en virtud de la Resolución Administrativa N° 584-2016-P-CSJCU-PJ, cumplan, CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) . Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 05 de junio del 2017 09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JHON WILLINTON SÁNCHEZ HUAMÁN El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 0260-2017-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra JHON WILLINTON SÁNCHEZ HUAMÁN con D.N.I. 48730397, por el delito contra la Contra la Seguridad Pública, sub tipo Conducción en Estado de Ebriedad, modalidad Peligro Común, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Ríos, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 06 del 23/05/17 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula PROCESO INMEDIATO contra JHON WILLINTON SÁNCHEZ HUAMÁN como autor del delito con D.N.I. 48730397, por el delito contra la Contra la Seguridad Pública, sub tipo Conducción en Estado de Ebriedad, modalidad


Cusco, lunes 12 de junio de 2017 Peligro Común, en agravio de la Sociedad; la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 06. Cusco, dos de mayo de dos mil diecisiete PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. REMÍTANSE COPIAS de la presente carpeta y de las circunstancias que determinan el incumplimiento de funciones de la sede judicial de Quispicanchis- Unidad de Notificaciones, a efectos de que al servidor Marco Antonio Cortez Licona, auxiliar de notificaciones de la sede judicial de Quispicanchis, se le apertura investigación por incumplimiento d sus labores funcionales en la medida que con ello viene perjudicando el normal desenvolvimiento del presente proceso, motivo por el cual se va tener que reprogramar esta audiencia tomando las previsiones del caso para su realización. 2. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 19 DE IUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:30 AM. EN ESTA MISMA DÉCIMO SEGUNDA SALA PE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO. La fecha que se viene a precisar es teniendo en cuenta el término de la distancia y el aseguramiento de contar con la cédula de notificación debidamente diligenciada y devuelta. Asimismo, a efecto de garantizar el debido emplazamiento, DISPÓNGASE la notificación vía edicto del imputado en el Diario Judicial del Cusco por tres fechas consecutivas, debiéndose emitir las copias al Órgano de Control de la Magistratura en el plazo inmediato como se ha indicado en la presente resolución. Cusco, 07 de junio del 2017. 09-12-13/06/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 02348-2016-46-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado AGUSTÍN CHAIÑA HUALLPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 01 DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 10:00 A.M, la misma que se verificará la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02348-2016-46-1001 -JR-PE-01, seguido en contra del referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio sub tipo feminicidio en grado de tentativa en agravio de Marisol Sullca Pfuro.Cusco 09 de Junio del 2017. 12-13-14/06/2017 CPJ NOTIFICACIÓN JUDICIAL. Señor: JOSÉ LUIS BLANCO MANOTUPA. Hago saber a Ud., que en el proceso N° 01106-2017-0-1001-JR-FA-01, seguido contra Ud., sobre Violencia Familiar, en agravio de Adely Cruz Ttito, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: “Resolución N°1.- Cusco, veintiocho de febrero .del año dos mil diecisiete.- (...).-IIII.- DECISION.- Por las razones expuestas, SE RESUELVE ¡ADMITIR A TRAMITE EL PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LA MUJER y/o INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, consistente en maltrato físico y psicológico, contra JOSÉ LUIS BLANCO MANOTUPA, en agravio de ADELY CRUZ TTITO.--------------1. Se dispone prescindir de la audiencia y demás diligencias; y 2. Se dispone señalar las siguientes medidas de protección en forma urgente: El cese de todo tipo de violencia por parte del demandado JOSÉ LUIS BLANCO MANOTUPA, en agravio de ADELY CRUZ TTITO, por lo que deberá: Abstenerse de agredir Física y/o psicológica, a la víctima en cualquier lugar y circunstancia ya sea en su propio domicilio, lugar público o centro laboral, de inferir amenazas e insultos con palabras denigrantes y/o humillantes. Autorícese a la agraviada Adely Cruz Tito juntamente que su menor hija Madait Rafaela Blanco Cruz, de cinco años de edad, a retirarse del hogar convivencial sito en la Asociación Pata pata s/n del distrito de San Jerónimo, a

13 efecto de garantizar la integridad física, psíquica y moral de las mismas, llevando consigo sus pertenencias propias y de la de su menor hija. La prohibición de toda clase de acercamiento o proximidad u otra forma de acoso a la víctima Adely Cruz Ttito a una distancia de cien metros por parte del agresor José Luis Blanco Manotupa, salvo contigencias de orden legal y/o judicial. Se dispone remitir copias certificadas del proceso a la Fiscalía Provincial en lo Penal de Turno de esta ciudad, a efecto de que formalice la denuncia por desobediencia y resistencia a la autoridad. El agresor deberá recibir terapia psicológica obligatoria en el Centro de Salud de San Jerónimo, a cargo del personal especializado de dicha materia, debiendo el demandado acreditar su cumplimiento en forma documentada. Que, la víctima, reciba orientación psicológica en el mismo Centro de Salud y especialista para superar los efectos negativos de la violencia familiar. Gírese oficios. Bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes por parte del agresor, será denunciado por desobediencia y resistencia a la autoridad. DISPONER que la Policía Nacional del Perú en todas las Dependencias y a nivel nacional, brinden atención prioritaria y protección necesaria a la agraviada considerando este REQUERIMIENTO suficiente por parte de este Despacho Judicial, todo bajo responsabilidad funcional contemplado en el Artículo 21° de la Ley 30364. Estando al mérito del análisis de los actuados sub materia, y al hecho concreto de haberse establecido el grado de intensidad dañoso o impacto negativo de la violencia emocional o psicológica, ocasionado a la víctima de la violencia, se dispone REMÍTASE el caso a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, para el inicio del proceso o investigación correspondiente, en debida, aplicación de lo ordenado por lo acotado por la Ley 30364. guardando por Secretaria, copia de lo actuado.Notifíquese conforme a ley y habilítese a la Secretaria que da cuenta por disposición Superior.- T.R. y H.S.- Firmado: .... Juez.- G. Chacón B. Especialista Legal.---Lo que notifico a Ud., para su conocimiento y fines legales. Cusco, 2 de junio 2017. 12-13-14/06/2017 CPJ NOTIFICACIÓN JUDICIAL. Señor: JOSÉ LUIS BLANCO MANOTUPA. Hago saber a Ud., que en el proceso N° 01212-2017-0-1001-JR-FA-03, seguida contra Ud., sobre Violencia Familiar, en agravio de Adely Cruz Ttito, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: “Resolución N°1.- Cusco, ocho de marzo del año dos mil diecisiete.- III.- DECISIÓN.Por las razones expuestas, SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRAMITE EL PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LA MUJER y/o INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, consistente en MALTRATO FISICO y PSICOLÓGICO, contra José Luis Blanco Manotupa, en agravio de Adely Cruz Ttito.-----------------2. Se dispone prescindir de la audiencia y demás diligencias, y - Se dispone señalar las siguientes medidas de protección en forma urgente: - El cese de todo tipo de violencia por parte del demandado José Luis Blanco Manotupa, en agravio de Adely Cruz Ttito, por lo que deberá: Abstenerse de agredir Física y/o psicológicamente a la víctima en cualquier lugar y circunstancia ya sea en su propio domicilio, lugar público o centro laboral, de inferir amenazas e insultos con palabras denigrantes y/o humillantes.--- El agresor deberá recibir terapia psicológica obligatoria en el Centro de Salud de San Jerónimo, cargo del personal especializado en dicha materia, debiendo el demandado acreditar su cumplimiento en forma documentada. - Que, la víctima reciba orientación psicológica en el mismo Centro de Salud y especialista para superar los efectos negativos de la violencia familiar. Gírese oficios.----------------------------------------------- Bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes por parte del agresor, será denunciado por desobediencia y resistencia a la autoridad.----------------------------- DISPONER que la Policía Nacional de Perú en todas las Dependencias y a nivel nacional brinden atención prioritaria y protección necesaria a la agraviada considerando este REQUERIMIENTO suficiente por parte de este Despacho Judicial, todo bajo responsabilidad funcional contemplado en el Artículo 21° de la Ley 30364.------------------------------------- Estando al mérito del análisis de los actuados sub-materia y al hecho


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concreto de haberse establecido el grado de intensidad dañoso o impacto negativo de la violencia emocional o psicológica, ocasionada a la víctima de la violencia se dispone REMÍTASE el caso a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, para el inicio del proceso o investigación correspondiente, en debida aplicación de lo ordenado por la acotada Ley 30364, guardando por secretaria copia de lo actuado.- Notifíquese conforme a ley y habilítese a la secretaria que da cuenta por disposición Superior.- T.R. H. S.- Firmado: Y. Tacuri Ch., Juez.- G. Chacón B. Especialista Legal.------------------------Lo que notifico a Ud. para su conocimiento y fines legales.- Cusco, 2, de junio 2017.------12-13-14/06/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 0018-2017-46-1015-JR-PE-01 JUEZ : HEBERT TORRES MONTOYA, ESPECIALISTA :ALAN GIBAJA ORMACHEA. EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE URUBAMBA CUSCO, HA DISPUESTO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS PENALES DEL ACUSADO: NERIO SICLLA HUAMANTTUPA, CON LA RESOLUCIÓN SIGUIENTE: AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO Resolución Nro. 01. Urubamba, dos de junio del dos mil diecisiete.AUTOS Y VISTO: El presente proceso INMEDIATO y oficio remitido por el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Urubamba. CONSIDERANDO: 1.- Que, el artículo 448 numeral 1) del Nuevo Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, establece: “Recibido el auto que incoa el proceso inmediato, el Juez Penal competente realiza la audiencia única de juicio inmediato, en el día. En todo caso, su realización no debe exceder las 72 horas desde la recepción, bajo responsabilidad funcional”. 2.- Que, respecto del proceso inmediato, el Acuerdo Plenario N° 062010/CJ-ll6, a establecido como doctrina legal: “Al ser el proceso inmediato distinto al proceso común y no haber etapa intermedia, será el juez del juicio oral quien controle la acusación y evaluará la admisión de los medios probatorios que podrán presentar los demás sujetos procesales de constitución en parte procesal, así como otros requerimientos”, (fundamento 9no.) 3.- Siendo esto así, corresponde a este Órgano Jurisdiccional realizar, previo al juicio oral, el control tanto formal como sustancial de la acusación fiscal y de los medios probatorios ofrecidos por el representante del Ministerio Público, oportunidad en la que, el imputado y la parte agraviada, podrán también aportar sus medios de prueba, además de constituirse como partes procesales y formular otros requerimientos que convengan a su defensa, conforme así también lo dispone el numeral 3) del acotado artículo 448 del NCPP. 4.- En consecuencia, en el caso se debe citar a la audiencia respectiva disponiéndose la notificación al acusado así como a la parte agraviada con copia del requerimiento de acusación, esto en aplicación extensiva del artículo 350° del NCPP y con la finalidad de que puedan ejercer adecuadamente su derecho de defensa. 5.- Respecto de la programación de audiencia, el Juzgado deja constancia que no es posible cumplir estrictamente los plazos que prevé la norma procesal, en atención a la recargada agenda del despacho, además, se debe tomar en cuenta que el imputado tiene su domicilio real en el centro poblado de Ivochote s/n comprensión del distrito de Echarate - La Convención. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: a) CITAR A AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO en el proceso que se sigue en contra de NERIO SICLLA HUAMANTTUPA, identificado con DNI N° 63343712, de 21 años de edad, natural del distrito y provincia de Cotabambas - Apurímac, con domicilio real en el centro poblado de Ivochote s/n distrito de Echarate provincia de La Convención, acusado por el señor Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en la modalidad de DELITOS DE PELIGRO COMÚN sub -tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado por el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD representada por el Ministerio Público. b) SEÑALAR como fecha para la Audiencia Única de Juicio Inmediato, el

Cusco, lunes 12 de junio de 2017 día DIECISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA): acto que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba, sito en el Jirón Comercio s/n segundo nivel del distrito y provincia de Urubamba departamento de Cusco. c) EMPLAZAR a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente al juicio oral, mediante cédulas en sus domicilios respectivos: 1.- Al acusado en libertad NERIO SICLLA HUAMANTTUPA, bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, DISPONERSE SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA Y EL ARCHIVAMIENTO PROVISIONAL DEL PROCESO. A su abogada defensora Dra. EVA CUBA RUIZ (Defensora Pública), bajo expreso apercibimiento de ser EXCLUIDA de la defensa y de ponerse en conocimiento de la Coordinación de la Defensoría Pública del Cusco, en caso de inasistencia injustificada. Se dispone además la notificación del acusado mediante edictos penales. 2.- Al Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Urubamba DR. RUBÉN CALCINA PERALTA responsable del caso, bajo apercibimiento de ser EXCLUIDO del juicio y de ponerse en conocimiento del señor Fiscal Superior en grado. d) SE PRECISA que la audiencia tiene la condición de AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA e INAPLAZABLE y se verificará en UNA SOLA SESIÓN en la fecha programada, por lo que SE DISPONE que las partes procesales hagan comparecer a sus respectivos órganos de prueba en la fecha programada, bajo expreso apercibimiento de PRESCINDIRSE de ellos, esto en atención a lo dispuesto por el artículo numeral 2) del artículo 448 del NCPP. e) FÓRMESE el EXPEDIENTE JUDICIAL que corresponda con los actuados que prevé el artículo 136° del Código Procesal Penal, autorizándose para dicho fin que los documentos que sean admitidos como prueba documental sean desglosados de la carpeta fiscal y anexados al expediente judicial, en su oportunidad. f) FÓRMESE el CUADERNO DE DEBATE, con las copias certificadas de la acusación, auto de enjuiciamiento, la presente resolución y las demás actuaciones que se realicen en la etapa de Juzgamiento. g) SE PRECISA que el desarrollo íntegro de la audiencia será grabada en audio. h) REQUIÉRASE a las partes procesales para que señalen “CASILLA ELECTRÓNICA” conforme dispone la R.A. N° 584-201 6-P-CSJCU-PJ, bajo expreso apercibimiento de imponérseles MULTA de UNA URP. Hágase Saber. Urubamba, 02 de junio del 2017. 12-13-14/06/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Chumbivilcas que despacha la Dra. Norma Palomino Paredes, bajo la actuación de la Especialista Judicial Mery Luz Farfán Parisaca, se ha dispuesto la notificación vía edicto en el proceso N° 00008-2010-4-1008-JR-PE-01, seguido contra Telésforo Meléndez Arce y otros, como presunto autor del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsificación de Documentos en General, sub tipo Falsedad Ideológica, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Livitaca y la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, así como el Procurador Público de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, NOTIFIQUESE: A los agraviados Herederos Legales de QEVF. Mauricio Muelle Pacco, Marcelino Huañahui Cruz, Santos Ugarte Pacco y al Presidente de la Comunidad Campesina de Ccollana del distrito de Livitaca, que mediante Resolución N° 07, de fecha siete de junio del dos mil diecisiete, este Despacho: (...) DISPONE: CÍTESE para el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chumbivilcas, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ.- NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada; debiendo notificarse vía edictos a los herederos legales de Q.E.V.F. Mauricio Muelle Pacco, Marcelino Huañahui Cruz, Santos Ugarte Pacco


Cusco, lunes 12 de junio de 2017 y al Presidente de la Comunidad Campesina de Collana.Santo Tomás, 07 de junio del 2017. 12-13-14/06/2017 CPJ Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata Corte Superior de Justicia de Madre de Dios EDICTO PENAL Exp. N°: 1826-2016-14-2701-JR-PE-02. Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata. Juez: Miguel Ángel Vásquez Rodríguez. Especialista Judicial: Judith Camacho Juro. SE NOTIFICA a las agraviadas de iniciales Y.H.L. representada por Antonia Luycho Yapura y F.A.P. representada por su progenitor Félix Washington Aguilar Morales: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRÉS, mediante el cual reprograma la audiencia de continuación de control de acusación, para el día 20 DE JUNIO DEL AÑO 2017 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta), la que se realizará en la sala de audiencias del 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivero N° 722, 1° piso - Puerto Maldonado, seguido contra CLAUDIA FUENTES SAYRE y otros, por la presunta comisión del delito de trata de personas, en agravio las menores de iniciales F.A.P. y H.L.Y. Puerto Maldonado, 06 de Junio de 2017. 12-13-14/06/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02921 -2016-4-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados VICTORIANO BORROA PUMA v BENIGNA SANTUSA QUISPE SIHUIN, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES 10 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 08:30 A.M, la misma que se verificará la audiencia en la sala

15 de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia -Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el Cuaderno de Debates N° 02921-2016-4-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los referidos imputados, como presunta autora de la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de parricidio en agravio de Q.E.V.F. recién nacido Borroa Quispe y Luis Condeña Luna.Cusco 09 de Junio del 2017. 12-13-14/06/2017 CPJ EDICTO PENAL AL SEÑOR: HEBER LIANAJE BOCANGEL El Señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco DR. GUIDO CASTILLO LIRA ha dispuesto se notifique al imputado HEBER LIANAJE BOCANGEL con DNI N° 23868799, en el proceso Nro 01292-2017-0-1001-JR-PE-03 seguido contra el referido por el delito Lesiones Culposas Agravadas por inobservancia de Reglas de Técnicas de Tránsito, en agravio de Griselda Fuentes Chacón, bajo la actuación del Especialista Judicial GUILLERMO SALAZAR MUJICA, ha resuelto notificar al imputado con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN N°04 Cusco, seis de junio del dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia. 2. SE NOTIFIQUE mediante edictos al imputado con la fecha de audiencia. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTIDÓS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, en la Novena Sala de audiencias del Módulo Penal, quedando notificado los presentes. 12-13-14/06/2017 CPJ


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