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Cusco, lunes 13 de junio de 2016 EDICTO

AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO

Exp. 0644-2016, seguido por JUAN CARLOS PAZ GONZALES, sobre INEFICACIA DEL CHEQUE BANCARIO; se ha dictado resolución 02.- Cusco, cinco Mayo año dos mil dieciséis.- VISTA:SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUAN CARLOS PAZ GONZALES, sobre INEFICACIA DE CHEQUE BANCARIO N° RE-7396092015 girado por AFP PRIMA, a cargo del Banco de Crédito del Perú, por la suma de S/.5,052.17, con CITACIÓN del referido Banco; por la vía del proceso SUMARISIMO, CÚRSESE OFICIO al Banco de Crédito del Perú, para el NO pago de las obligaciones representadas por el título valor indicado; se dispone publicar extracto del presente auto admisorio durante cinco días consecutivos en el Diario Oficial El Peruano y Diario Judicial del Cusco.- H. S.” Firma y sello Juez Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Lega. Cusco, 07 Junio 2016. 5vces-08-09-10-13-14-vi-16 b/v 39394

En el proceso civil NU 01026-2013-0-1001-JP-CI-04. Seguido por la SRA. HILDA MERIDA DE OLARTE, contra la SRA. BENILDA AGUILAR ARGANDOÑA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Dra. ROSS MERY TAMATA KEHUARUCHO, bajo la actuación del Especialista Legal Dra. JUDITH DINA CASTILLO PRADO, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATA: De acuerdo al Informe Pericial presentado por los Peritos Judiciales el 30/06/2015, y aprobado mediante Resolución N° 20, de propiedad de la Sra. Benilda Aguilar Argandoña, Predio Rustico denominado ALPACHAYOC TARABAMBA, identificado con Código Catastral N° 06651, ubicado en el Sector de AYLLUPAMPA, Valle VILCANOTA, Distrito y Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 11041421 de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. Con los siguientes linderos; POR EL NORTE con el canal de riego y camino peatonal, en línea recta de 20.03 ml, POR EL ESTE, con la propiedad de José Aguilar Usca, en una longitud de 59.09 ml, .POR EL: SUR, con la propiedad de Belinda Aguilar Argandoña y Javier Antero Aguilar Argandoña, con un longitud de 23.80 ml, POR EL OESTE, con la propiedad de Mario Cáceres Baca, con una longitud de 50.67 ml, Dando un Perímetro de 153.59 ml y un Área de 1,142.33 m2. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Partida Electrónica N° 11041421, donde se encuentra ASIENTO 04. EMBARGO, en forma de inscripción, monto de la carga hasta US$ 3,500.00, más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: De acuerdo al Informe Pericial, el inmueble ha sido tasado en la suma de S/. 412,176.79 (CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 79/100 NUEVOS SOLES), como se detallada en la Valorización. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Público son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de S/. 274,784.53 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 53/100 SOLES). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb, La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de Wanchaq, el día . MARTES 28 DE JUNIO DEL 2016, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984909086. DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del adjudicatorio. Cusco,04 de Mayo del 2016. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma MARTILLERO PÚBLICO 6vces-09-10-13-14-15-16-vi-16 B/v 39398

AVISO DE CONVOCATORIA A REMANTE JUDICIAL Expediente N° 00260-2013-0-1001-JM-CI-01 en los autos seguidos por Percy del Carpio Choque y Flor de Anai Garcia Mojonero contra CORDOVA CONSTRUCCIONES SOCIEDADA ANONIMA CERRADA, sobre de Obligación de Dar Suma de Dinero, el Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq, a cargo de la Señora Juez Nelly C. Yabar Villagarcia y Especialista Legal Dra. Patricia Alarcon Tisoc, han encargado mediante Resolución N°21, al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Registro N° 265 y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien: INMUEBLE: Ubicado en el DEPARTAMENTO N° 101 PRIMER NIVEL, EN EL SUB LOTE 3-C Y LOTE 5, MZ “A” DE LA URBANIZACIÓN KAWARINA, UBICADA EN EL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; inscrito en la partida N° 11079705 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X Sede Cusco. Se deja constancia que el inmueble antes descrito, mediante escritura pública de compra venta de fecha 29/01/2016 por ante Notario Público Carlos A. Somocurcio Alarcon, fue transferido por su anterior propietaria CORDOVA CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, a favor de MALITZIN ENRIQUEZ CARRION, acto que encuentra inscrito en el asiento 08 de la partida registral antes mencionada. VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE: S/. 293,303.36 (Doscientos Noventa y Tres Mil Trescientos Tres con 36/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DEL REMATE.S/. 195,535. 57 (Ciento Noventa y Cinco Mil Quinientos Treinta Y Cinco con 57/100 Nuevos Soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. AFECTACIONES DEL BIEN: 1.EMBARGO: El juez del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq Dra. Juana Consuelo Camacho Zambrano, en el proceso Civil N° ° 00260-2013-48-1001-JM-CI-01 Sobre Obligación de Dar Suma De Dinero, seguido por Percy del Carpio Choque contra CORDOVA CONSTRUCCIONES SOCIEDADA ANONIMA CERRADA; dispuso el embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S./ 100,000.00 (CIEN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES).Inscrito en el asiento 07 de la partida registral antes señalada. 2.HIPOTECA: A favor BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$ 31,812.00 inscrito en el asiento 09 de la partida N° registral antes señalada. DIA Y HORA DE REMATE: 21 de Junio del año 2016, a 11:00 Horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: En el Local del Primer Juzgado Mixto – Sede Wanchaq, ubicado en la Urbanización la Florida C-14 Pasaje Kantus (Ex Meson de la Estrella), Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco. POSTORES: Deberán 1)Oblar antes del remate mediante deposito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación 2) Presentar en la diligencia , en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o Ruc, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copias de estos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidadad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al finalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Publico N° 27728 y su Reglamento (Art. N° 18 del D.S.008-2005 JUS) y están afectos al IGV. Cusco 01 de Junio del 2016. 4VCES--09-10-13-14-VI-16 B/V 39379

NOTIFICACION POR EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA AL PROPIETARIO CON DERECHO INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02064020: ANGEL MARTIN VARGAS DIAZ y HEREDEROS LEGALES, EN LOS SEGUIDOS POR: WILLIAM ZAVALA BECERRA y GINNY GRETTEL ROESCHLI MENDOZA DE ZAVALA SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO DENOMINADO “LOTE DE TERRENO NÚMERO DOCE DE LA MANZANA “H” DESMEMBRADO DE LA LOTIZACIÓN LOS NOGALES UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 200.00 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 60.00 ML., CUYA RESOLUCIÓN QUE ADMITE A TRÁMITE ES: RES. Nº.01/CUSCO, 23 DE MAYO DEL AÑO 2016, EXP. N°95-2016-NPB, POR ESTAR COMPRENDIDO DENTRO DE LA LEY 27157 Y 27333, Y EN APLICACIÓN DEL INC. 1° DEL ART. 505 DEL C.P.C. CONVÓQUESE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO, 24 DE MAYO DE 2016.


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Cusco, lunes 13 de junio de 2016 3VCES-09-10-13-VI-16 B/V 39414 EDICTO JUDICIAL Publicación conforme a lo dispuesto por el artículo 166 del C.P.C. y PARA NOTIFICACIÓN DE LOS DEMANDADOS. Ante el Juzgado Civil Transitorio del Cusco, despachado por la señorita Juez Elvia Barriga Moron, se tramita el Proceso Civil N° 021 31-201 5-0-1 001-JR-CI-01, seguido por Diego Vargas Manga y otro contra la Asociación de Propietarios Surihuaylla Grande representado por Tomas Ccorihuaman Chara y otros sobre Prescripción Adquisitiva, en el que se ha dictado la Res. N° 09 del 02 de mayo del 2016, que resuelve: DECLÁRESE REBELDE a los siguientes demandados: 1.Ignacio Sikos Flores 2.Dominga Lourdes Herencia Quentasi 3.-Sabino Herencia Quentasi 4.Hilario Cardenas Sicus 5.Maria Valentina Pimienta Chara 6.Evaristo Corihuaman Mamani 7.Margarita Huillca Ccayahuallpa 8.Yony Usca Choque 9.Rosa Luz Usca Choque 10.Constantino Usca Vargas 11.Gumercindo Sicus Flores 12.Beatriz Ccorihuaman Ninantay 13.Nemecio Choque Ninancuro 14.Martin Pimienta Ccahuana 15.Leonidas Trujillo Cardenas 16.Hermelinda Ccorimanya Challco 17.Bartola Siccus de Huanta 18.Gabina Ccorihuaman de Rocca 19.Luis Ccorihuaman Auccahuaqui 20.Tomas Ccorihuaman Chara 21.Timotea Quispe Ccahuana 22.Mariano Orcohuarancca Tecse 23.Carlota Huaman Sicus 24.Tomas Chara Mendoza 25.Bernardino Chara Ninancuro 26.Clorinda Chara Ninancuro 27.Yolanda Chara Ninancuro 28.Clorinda Huaman Quispe 29.Virginia Huaman Quispe 30.Nicolasa Quispe Ochoa 31.Andrea Morales Ninancuro 32.Angel Quisiyupanqui Ninancuro 33.Justo Huaman Flores 34.Florencia Caballero Huamanrimachi 35.Bendicta Cusi Ccahuana 36.Alejandro Ccahuana Ariza 37.Georgina Suma Dueñas 38.Domingo Quispe Luza 39Aquilina Julia Cárdenas Pimienta 40.Ascencio Mayta Tecsi 41.Isabel Lonconi Beredas 42.Julian Lonconi Beredas 43.Luis Lonconi Beredas 44.Sofia Lonconi Beredas 45.Tomas Lonconi Olmeda 46.Sabina Molina Beredas, y 47.Asociación de Propietarios Surihuaylla Grande ahora representado por Tomas Ccorihuaman Chara. Téngase en cuenta la notificación especial admitida conforme dispone el artículo 166 del Código Procesal Civil.H.S.”, Firmado. Juez Barriga Moron, especialista legal Páez Medina. Cusco, 07 de junio del 2016. 3vces-09-10-13-vi-16 b/v 39409 EDICTO JUDICIAL Publicación conforme a lo dispuesto por el artículo 166 del C.P.C. y PARA NOTIFICACIÓN DE LOS DEMANDADOS. Ante el Juzgado Civil Transitorio del Cusco, despachado por la señorita Juez Elvia Barriga Moron, se tramita el Proceso Civil N° 02131-2015-0-1001-JR-CI-01, seguido por Diego Vargas Manga y otro contra la Asociación de Propietarios Surihuaylla Grande representado por Tomas Ccorihuaman Chara y otros sobre Prescripción Adquisitiva, en el que se ha dictado la Res. N° 11 del 01 de junio del 2016, que resuelve: “Por recibido el oficio que antecede procedente del Colegio de Abogados de Cusco, y estando a la selección efectuada por dicho gremio profesional NÓMBRESE CURADOR PROCESAL de: 1) Máximo Huamán Céspedes, 2) Agripina Montes Cle-

mente, 3) Jesusa Ninancuro Gonzales, 4) Antonia Caballero Castillo, 5) Sebastián Suárez LLacma, 6) Bernardina Sicus Cusitito, 7) Luisa Quispe Ninancuro, 8) Hugo Chara Ninancuro, 9) Vicente Tayro Andrade, 10) Mariano Quispe Céspedes, 11) Juana Huaman Ninancuro, 12) Euqueria Tejeira Cusi. 13) Simeona Quispe, 14) Rosa Morales de Moreano, 15) Higinia Huamán o Egidia Huaman Huanpfutupa y 16) Mariano Chara Mendoza, a la Abogada FANNY FLOREZ RODRIGUEZ; notifíquese a dicha letrada a efecto de que precise su aceptación al cargo conferido dentro del plazo de TERCER DIA de notificada con la presente resolución, bajo apercibimiento de ser subrogada”. Firmado. Juez Barriga Moron, especialista legal Páez Medina. Cusco, 07 de junio del 2016. 3VCES-09-10-13-VI-16 B/V 39408 EDICTO JUDICIAL En el 5°JUZGADO CIVIL-SEDE CENTRAL, en el expediente N° 005572016-01001-JR-CI-05, seguido por CONCEPCION HUAMAN VELASQUEZ VDA DE LINDO sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio se ha dispuesto: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, 10 de mayo de 2016.AUTOS Y VISTO: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por CONCEPCIÓN HUAMAN VELASQUEZ VDA. DE LINDO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra REYNALDO JARA FLORES Y JUSTINA ROJAS HUAMANI DE JARA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de diez días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Notifíquese a los colindantes en calidad de citados: César Álvarez Alfaro, Judith Salazar Muñiz, Rodolfo Gil Blanco y la Municipalidad Distrital de San Sebastián. Por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente.- Conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado.- Notifíquese a los citados: Isaac Rosas Mendoza Chino, Leonor Sicus Cahuana, Walter Delgado Gutiérrez, Sandra Caballero Quispe, Mercedes Olivera Pacaya, Rómulo Antonio Valencia Pérez, Faustino Ccoscco Soto, Eustaquia Mancilla Lorotupa de Ccoscco, Julián Jara Flores, Filomena Huanca de Jara, Juan Álvarez Huamaní, Martha Jara Huanca, Godofredo Flores Peña y Justina Jorge Rojas de Flores. H.S.Fdo. Marianella Cárdenas Villanueva: Juez, Rafael Castillo Canal: Especialista Legal. Cusco, 06 de junio del 2016.3vces-09-10-13-vi-16 b/v 39405 REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA.En el expediente N° 00005-2012-13-1007, seguido por SONIA ESPERANZA FARFAN VARGAS, contra LUCY MARISOL SAAVEDRA CARITA Y EBERTH QUISPE CALLA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, tramitado ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE SICUANI a cargo de la Juez la Dra. KELYM HAYDEE TAPIA LLERENA, interviniendo como Especialista Legal la Dra. ACO CORRALES ROSINELLA, ha facultado de conformidad con Ley N0 28371 al Martillero Público ELOY OCTAVIO PISFIL FLORES, con Reg. 307, para realizar el Remate Público en Primera Convocatoria del bien inmueble ubicado Avda. Apurimac N° 1752-1756, del Barrio de Manco Capac de la ciudad de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 11059604 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Tacna, Oficina Registral de Juliaca.- VALOR DE TASACION.- S/. 265,156.96 (DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 96/100 SOLES).- PRECIO BASE (POSTURA).- S/. 176,771.31 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON 31/100 SOLES), Equivalente a las dos terceras partes de la tasación.- CARGAS Y GRAVAMENES: 1.- HIPOTECA: A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. hasta por la suma de US$ 39,864.00 (treinta y nueve mil ochocientos sesenta y cuatro con 00/100 dólares americanos tal como consta en el asiento N° D00001 de la Partida Electronica N° 11059604 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Tacna, Oficina Registral de Juliaca.- 2.- AMPLIACION Y RACTIFICACION DE HIPOTECA.- Se amplia de Hipoteca inscrito en el asiento D00002 de la Partida Registral, de la Suma de US $. 39,864.00 dólares americanos,


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hasta por la suma de US$ 130,500.00 (Ciento Treinta mil quinientos con 00/100 dólares americanos) a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. 3.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- A favor de Lucy Marisol Saavedra Carita, hasta por la suma de S/. 40,000.00 Soles, tal como consta en el asiento N° D00003 de la Partida Electrónica N° 11059604 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Tacna, Oficina Registral de Juliaca.- 4.- ACLARACION DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Mediante Resolución N° 13 de Fecha 11/07/2014, se aclara el embargo inscrito en el asiento D00003, respecto a que este recae sobre el 20% de derechos y acciones del inmueble. Mediante Resolución N° 13 del 11/07/2014, en el Expediente N° 00005-2012-13-1007-JPP-CI-02, sobre Obligación de dar Suma de Dinero que sigue Sonia Esperanza Farfán Vargas, en contra de Lucy Marisol Saavedra Carita y Eberth Quispe Calla. Remitida con oficio N° 1111-2014-PJ-CSJC-RAC del 17/11/2014. El titulo fue presentado el 03/02/2015 a las 04:55:31 PM Horas, bajo el N° 2015-00003601 del Tomo Diario 0101.- LUGAR, DIA Y HORA DE LA DILIGENCIA.- El día CUATRO DE JULIO a las DOCE HORAS en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Sede Sicuani, ubicado en Plaza San Martín – Tablada de Felipe S/N – Sicuani.- REQUISITOS DEL POSTOR.- Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor (NO consignar el termino No Negociable) el equivalente al 10% del valor de la tasación, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán presentar su DNI y el arancel judicial Código 07153, por participación en remate, en original y copia (consignando el nombre del juzgado, número de expediente, numero de documento nacional de identidad del postor).- FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Eloy Octavio Pisfil Flores, Cel. 979856568 #869956.- HONORARIOS DEL MARTILLERO.- Los Honorarios serán a cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS mas el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el del remate.- Sicuani, mayo del 2016.- Rosinelia Aco Corrales.- Secretaria Judicial.- SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CANCHIS.6 veces 09-10-13-14-15-16-vi-16 b/v 39417 AVISO DE SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL Expediente N° 00461-2012-0-1001-JM-CI-01 en los autos seguidos por ANA MARIA CHAUCA NORIEGA sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIEN INMUEBLE contra EDILBERTO CHAUCA NORIEGA, FLORENTINO CHAUCA PIMENTEL, SANTIAGO CHAUCA NORIEGA, SEGUNDINA CHAUCA NORIEGA, INES CHAUCA NORIEGA y LA SUCESION DE BERNABE CERNE NORIEGA constituida por Una Paulina Palomino Dueñas, Efraín, Enma, Mauricio, Oscar, Francisco : y Rudier Leonel Cerne Palomino;Sucesores Procesales de : Efrain Cerne Palomino; Enma Cerne Palomino; Francisco Cerne Palomino;Lina Paulina Palomino Dueñas; Mauricio Cerne Palomino; sobre División y Partición de Bienes, el Primer Juzgado Mixto, Sede WANCHAQ, a cargo de la señora Juez Dra. Nelly C. Yabar Villagarcia y la Especialista Legal Dra. Patricia Alarcón Tisoc, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Registro N° 265 Y dispuesto: sacar a Remate Publico en Segunda Convocatoria, el siguiente bien: INMUEBLE: Lote N° 15 de la Manzana F1 del Programa de Vivienda Ttio, Pasaje Garcilazo, del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco; inscrito en la Partida Electrónica N° P31016233 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X Sede Cusco. VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE: S/ 960,000.00 ( Novecientos Sesenta Mil con 00/100 Soles). PRECIO BASE DEL SEGUNDO REMATE. S/ 544,000.00 ( Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil con 00/100 Soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, deducidos el 15% del Primer Remate. CARGAS y GRAVAMENES : Según el Certificado Nº 0021890 SUNARP - NO EXISTEN. DIA Y HORA DE REMATE: 21 de Junio del año 2016, a 14:00 Horas de la Tarde. LUGAR DE REMATE: En el Local del Primer Juzgado Mixto - Sede Wanchaq, ubicado en la Urbanización la Florida C-14 Pasaje Kantus (Ex Mesón de la Estrella), Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco. POSTORES: Deberán: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho-título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la

Cusco, lunes 13 de junio de 2016 diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV Cusco, 08 de Junio del 2016. ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Martillero Público Registro N . 265 3VCES-10-13-14-VI-16 B/V 39426 EDICTO JUDICIAL EXP. N° 0895-2016-0-1001-JM-FC-01,Primer Juzgado Mixto Wanchaq, demandante HELBER RAFAEL CHACON HUAMAN, sobre DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO DE LOS CONYUGES, se ha resuelto: ADMITIR en la VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO, lo demanda interpuesta por HELBER RAFAEL CHACON HUAMAN contra YESSICA AMY HOULT y el MINISTERIO PUBLICO sobre DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO DE LOS CONYUGES; en consecuencia: CORRASE TRASLADO de la demanda a la demandada por el PLAZO DE TREINTA DIAS, para que conteste, bajo expreso apercibimiento de declarárseles rebelde. Cúmplase con notificar a lo demandada mediante edictos.- H.S.- Fdo. N. Yabar.- Juez.Fdo. Alarcón Secrt.- Cusco, 6 de Junio del 2016.3vces-10-13-14-vi-16 b/v 39430 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO.En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra BEATRIZ BRAULIA BUSTAMANTE CRUZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente 01991-2015-0-1817-JR-CO-11, el 11º Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima, a cargo del Juez, Dr. JUAN CARLOS CIEZA ROJAS y Especialista Legal, Dr. VALERA CANALES, LEONARDO OMAR, ha ordenado sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble constituido por el Predio N° 194 ubicado en el Jr. Jacarandá de la Urbanización Cusipata Chico del distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco; inscrito en la Partida N° 11052002 del Registro de la Propiedad Inmueble del Cusco, Zona Registral N° X -Sede Cusco.- AFECTACIONES: HIPOTECA: Inscrita en el Asiento D00007, hasta por la suma de US$386,250.00 Dólares Americanos (Trescientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y 00/100 dólares americanos) a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL. Inscrito con fecha 17/03/2014.- ANOTACIÓN DE DEMANDA: Inscrita en el Asiento D00008, en los seguidos por el BBVA Banco Continental contra Beatriz Braulia Bustamante Cruz, sobre Ejecución de Garantías, Exp. N° 01991-2015. Inscrita con fecha 21/08/2015. VALOR DE LA TASACIÓN: US$188,893.18 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 18/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$125,928.78 (CIENTO VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO Y 78/100 DOLARES AMERICANOS), que son las 2/3 partes del valor de la tasación. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Martes 28 de junio de 2016, a las 02:30 P.M. en la Sala de Remates de los Juzgados Comerciales -Sótano N° 02 de la Av. Petit Thouars N° 4979, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Los postores oblarán el 10% de la Tasación en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel respectivo a nombre del Juzgado consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple del documento de identidad y de la arancel. El Adjudicatario cancelará los Honorarios Profesionales del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 7320 del C.P.C., Ley 27728 y su Reglamento según escala indicada en el D.S. 008-2005JUS. Miraflores, 24 de Mayo de 2016. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: MOISÉS JOSÉ GOLDEZ CORTIJO, Abogado –Martillero Público con Registro N° 308. MOISES JOSÉ GOLDEZ CORTIJO MARTILLERO PÚBLICO LEONARDO OMAR VALERA CANALES ESPECIALISTA LEGAL 10-13-14-15-16-17/06/2016 F/. 26439 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por el Sr. Juez Daniel Banda Laucata, en el Expediente Civil Nro: 225-20150-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso en mención en el que se ha emitido la resolución N° 02 de fecha diecinueve de enero del año dos mil dieciséis que RESUELVE: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por EUSEBIA RIOS HUAMAN DE HUILLCA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL INMUEBLE urbano con justo título ubicado en el Nº148 - antes S/N - de la CALLE CHAUPICALLE DEL SECTOR DE QURA OCLLO, del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, Región de Cusco, de


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Cusco, lunes 13 de junio de 2016 una extensión de 494.23 metros cuadrados, contra la SUCESIÓN DEL Q.V.F. GERARDO OQUENDO MEDINA, debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO; en consecuencia, estando a lo manifestado por la recurrente, NOTIFÍQUESE MEDIANTE EDICTOS A LA SUCESIÓN DEL Q.V.F. GERARDO OQUENDO MEDINA en los respectivos diarios en la forma y plazos establecidos por Ley, otorgándoles el plazo de 10 9 días, después de la última publicación de la notificación, a fin de que hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, nombrárseles curador procesal y continuar con el trámite del proceso.- Por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas, siendo de responsabilidad de la recurrente realizar el trámite respectivo para la notificación mediante edictos.- NOTIFÍQUESE a los colindantes del inmueble MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO , SIXTA CENTENO CORDOVA y BERTHA BEJAR LOZANO, en las direcciones alcanzadas debiendo acompañarse copia de la demanda y anexos. ALOS DEMAS EXTREMOS.- Estese al principal.- A sus antecedentes los anexos que indica. Se publica el presente para los fines de ley. Urubamba,04 de mayo de 2016. 3vces-01-07-13-vi-16 b/v 39295 EDICTO Exp. 0590-2016, seguido por AURELIO VERA CANAL, contra EUSEBIO FAUSTINO ALARCÓN CAHUANA y LIVIA ALARCÓN CAHUANA en su condición de sucesores de Juan Alarcón Mamani y Elvira Cahuana Condori, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; se ha dictado resolución 01.- “Cusco, veintidós de Abril del año dos mil dieciséis.-- VISTA; SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por AURELIO VERA CANAL, contra EUSEBIO FAUSTINO ALARCÓN CAHUANA y LIVIA ALARCÓN CAHUANA en su condición de sucesores de Juan Alarcón Mamani y Elvira Cahuana Condori, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE LOTE DE TERRENO N° 01 Mz. “D” ubicado en APV. Horacio Zevallos Gomes, del distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento de Cusco; CON CITACIÓN de la Municipalidad Distrital de San Sebastián y del colindante JOSE LICONA MERMA; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de lo demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES; Y estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco, por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” Firma y sello Juez Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista LegalCusco, 04 Mayo 2016. 3vces-01-07-13-vi-16 b/v 39289 EDICTO En el Proceso Civil Nro. 00184-2016-0-1001-JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, la ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA DEL BARRIO DE SANTA ANA representado por su presidente Roberto Antonio Quispe Salas, interpone demanda en contra de ENRIQUE VELARDE TUPAYACHI y MARIA ALVAREZ ROJAS con citación de: la Municipalidad Provincial del Cusco, por el lado izquierdo con la Asociación Pueblo Libre Ayahuayco representado por su presidente Nazario Morales Medina, por el fondo con la propiedad de Manuel Delgado Torres, por el lado derecho con la calle Jerusalén, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio del bien inmueble terreno denominado Michipata Parroquia de Santa Ana, demanda admitida a trámite en la vía del proceso Abreviado, mediante resolución Nro. 04 de fecha 06 de abril del 2016.- Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506º del Código Procesal Civil.SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.Cusco, 16 de Mayo del 2016.3vces-01-07-13-vi-16 b/v 39287

citación del colindante: Andres Ccahuana Lopez, Celia Ccahuana Lopez, Antonio Quispe Acosta, Marco Quispe Acostupa, Daniel Quispe Acostupa, Eustaquio Quispe Acostupa, Adolfo La Torre Lopez, en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en cuya virtud; CÓRRASE traslado a los demandados y citados con la demanda por el plazo legal establecido. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga Fdo. Secretaria Judicial Sri Radha Castro Mellado. PUBLÍQUESE por tres días con intervalo de tres días, para los fines de ley. Quillabamba, 23 de mayo del año 2016 SRI RADHA CASTRO MELLADO SECRETARIA JUDICIAL 01-07-13/06/2016 B/. 30176 DECLARACION DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, UBICADO EN PROLONG. AV. DE LA CULTURA N° 1108, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, LOS SEÑORES JOSÉ NINA QUISPE Y SABINA NINA QUISPE AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N° 27333; HAN PRESENTADO LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE A-1-B, SECTOR TICCANA MOCCO, URBANIZACION CAMPIÑA ALTA, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN ÁREA DE 170.65M2 (CIENTO SETENTA PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS), ENCERRADO DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE, CON LA PROLONGACIÓN BOLÍVAR, EN UNA LONGITUD DE 8.00 ML, POR LA DERECHA ENTRANDO, CON EL LOTE A-2, PROPIEDAD DE WILBERT CUSI MAYTA, EN LINEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS , DE 18.02+4.40 ML, EN UNA LONGITUD TOTAL DE 22,42 ML. POR LA IZQUIERDA PROPIEDAD DE JORGE MERINO PAREDES, EN UNA LONGITUD DE 20.97 ML. Y POR EL FONDO, CON LA PROPIEDAD DE JORGE MERINO PAREDES, EN UNA LONGITUD DE 7.18 ML. CON UN PERÍMETRO DE 58.57ML. (CINCUENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS LINEALES) CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD PARA HACERLO VALER CONFORME A LEY. CUSCO, MAYO 27 DEL 2016. RODZANA NEGRÓN PERALTA ABOGADA NOTARIO 01-07-13/06/2016 B/. 30181 DECLARACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi oficina notarial, sito en el Jirón Espinar No 114 de esta ciudad se han presentado don MAXIMO DAVILA SANCHEZ y doña ALVINA PILARES MOREANO, solicitando que se les declare propietarios en calidad de casados, mediante declaración de derecho de propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble denominado Retiro, de poblado de Macamango jurisdicción de distrito Santa Ana, provincia de La Convención, departamento de Cusco con un área de 880.75M2 (Ochocientos ochenta punto setenticinco metros cuadrados) dentro de un perímetro envolvente de 137.76 ML., (Ciento trintisiete punto setentiseis metros lineales), con los linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el FRENTE, acceso peatonal, en 45.89 M L.; Por la DERECHA, entrando, propiedad de la familia Quispe, en 23.37, ML.; por la IZQUIERDA entrando, propiedad de Distribuidora Adolfo Latorre S. A. C. DIALSA, y propiedad de Víctor Noé Melo Rivera, en 10.92 ML.; Y por el FONDO, propiedad de Distribuidora Adolfo Latorre S. A. C. DIALSA, propiedad de la familia Quispe, en 57.58 ML, todos en línea recta. Se publica por tres veces con intervalo de tres días cada uno, para los fines de ley, por este mismo medio se llama a los a los titulares registrales y/o herederos y a los colindantes del inmueble que tengan entregadas la posesión de sus inmuebles a terceras personas, para que manifiesten lo conveniente. Quillabamba, 30 de mayo de 2016. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario - Abogado 3vces-07-13-17-vi-16 b/v 39365

EDICTO JUDICIAL

EDICTO

Que, el Proceso Civil N° 00068-2016-0-1010-JM-CI-01, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: demanda interpuesta por: LUCRECIA DAZA PERALTA sobre: Prescripción Adquisitiva de dominio contra: los Sucesores del que en vida fue Pio Ccahuana Zuñiga debidamente representado por sus hijos Andres Ccahuana Zuñiga debidamente representado por sus hijos.- Andres Ccahuana Lopez, Celia Ccahuana Lopez, Mario Ccahuana Lopez; con

En el proceso Civil Nro. 00002-2016-0-1001-JM-CI-01, ANTE EL Juzgado Mixto de Chumbivilcas, que despacha la señorita Juez Norma Palomino Paredes, bajo la actuación del especialista Legal Erick Lovaton Herrera, se ha dispuesto la publicación por edictos lo siguiente: Resolución Nro. 01 Santo Tomas, 10-03-2016:, VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta


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Cusco, lunes 13 de junio de 2016

por VIDAL DENOS PERLAS, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; del predio denominado KANLLI KANLLI PAMPA ubicad lo en la Comunidad campesina de Ccollana del distrito de Velille, Provincia de Chumbivilcas, Departamento del Cusco, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde.- (...) A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios los mismos que serán admitidos y actuados en la etapa correspondiente. AL PRIMER OTROSI: Habilitase días hábiles e inhábiles para la notificación del demandado. H.S. Santo tomas, 31 de mayo del 2016 ERICK LOVATON HERRERA SECRETARIO JUDICIAL 07-13-17/06/2016 B/. 30214 PRIMER REMATE En los seguidos por SERVCIOS GENERALES TURISTICOS Y CONSULTORIA SRL (SEGETUC SRL), en contra de ALBINA CANO PILARES Y LISETH SAYRE CANO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO: Expediente 00214-2005-0-1014-JP-CI-01; la señorita Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado – Sede Quispicanchis de la Corte Superior de Justicia del Cusco, Dra. Marina Hilares Villegas, con intervención de la Especialista Legal Dra. Delia Aragón Farfán, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en: DISTRITO ANDAHUAYLILLAS, PROVINCIA DE QUISPICANCHIS, DEPARTAMENTO DE CUSCO, UBICACIÓN RURAL, VALLE VILCANOTA, SUR/ SECTOR CCACHABAMBA, GUARNICION – COD: PREDIO/ PARCELA: 9_2108485_34349 - AREA HA:0.2287 – UNIDAD CATASTRAL: 34349/HH.CC.9_2108485_4_2 – CN8487533/CE212235 (INMUEBLE DENOMINADO GUARNICION CON UNIDAD CATASTRAL N° 34349, UBICADO EN EL SECTOR CCACHABAMBA VALLE VILCANOTA SUR, DISTRITO ANDAHUAYLILLAS, PROVINCIA DE QUISPICANCHIS, DEPARTAMENTO DE CUSCO), INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02004661, DE LA ZONA REGISTRAL N° X OFICINA REGISTRAL CUSCO, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02004661, DE LA SUPERINTENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS; VALOR DE TASACIÓN (comercial): US$ 45,740.00 (cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta con 00/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$ 30,493.33 (treinta mil cuatrocientos noventa y tres con 33/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de US$ 1,500.00 dólares americanos a favor de SERVICIOS GENERALES TURISTICOS Y CONSULTORIA SRL, así consta inscrito en el asiento D004, afectación que se halla inscrita en la partida N° 02004661, de la Zona Registral N° X, Oficina Registral Cusco, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: 04 DE JULIO 2016, HORAS 15:30 (QUINCE Y TREINTA MINUTOS) P.M., en la sala (lugar) de esperas del Primer Juzgado de Paz Letrado – Sede Quispicanchis, de la corte superior de Justicia de Cusco, ubicado en la casa de la Juventud S/N – Quispicanchis – Cusco; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$ 4,574.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonara el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Publico, mas el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido EN EL Art. 732 del C.P.C. Urcos 2016, mayo 10 4vces-13-14-15-16-vi-16 b/v 39406 SUCESIÓN INTESTADA CONFORME LO DISPUESTO POR LA LEY 26662, HILDA TORRES PILLCO, HA SOLICITADO A MI DESPACHO, LA DECLARACIÓN DE SUCESION INTESTADA DEL QUE FUE SU SEÑOR PADRE: DANIEL TORRES CORRALES, FALLECIDO 09 DE JUNIO DEL 2015, DECLARA COMO HEREDEROS A LA SOLICITANTE Y A LOS HIJOS DEL CAUSANTE LLAMADOS: ENCARNACION TORRES PILLCO, CEFERINA TORRES PILLCO, LUCINDA TORRES PILLCO y TEODOCIO TORRES ESTRADA. LO QUE HAGO SABER PARA LOS FINES DE LEY. Calca, 06 de junio del 2016.- Mery Sánchez Gamarra Abogada

Notaria de Calca-Cusco.Calle Córdova N° 146-Calca. 1v-13-vi-16 b/v 39441 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canas-Yanaoca, a cargo Juez, Doctor WALD DURAN CHICATA, bajo actuación Especialista Judicial Santiago Calla Quispe, se viene tramitando el PROCESO CIVIL N° 04120160-1 006-PJ-CI-01, se dispuso la publicación de Edicto Judicial, donde; SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por FORTUNATA CAHUATA CORRALES, sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto al nombre del padre consignado con letra “J” y le falta letra “O”cuando lo correcto, es JOAQUIN, del mismo modo el apellido paterno aparece anotada con doble “C”, lo correcto es con una sola “C” como CAHUATA, igualmente se ha omitido consignar el apellado materno de su padre que es CABALLERO y finalmente se ha omitido anotar el apellido materno de su progenitora que es ROMAN; lo que se debe corregirse en el acta de su nacimiento de la declarante como FORTUNATA CAHUATA CORRALES, hija de JOAQUIN CAHUATA CABALLERO y JUANA CORRALES ROMAN.Lo que se publica para de fines de Ley. YANAOCA,01 DE JUNIO DEL 2016. 1v-13-vi-16 b/v 39440 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular doctoro Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo, se viene tramitando el Proceso Civil No Contencioso N° 68- 2016-0-1 023-JP-CI-01, por el cual doña KELYN ELINOR MANCCO QUISPE solicita la SUCESION INTESTADA de la que en vida fuera su progenitora FELICIA QUISPE ALVAREZ, A FIN DE QUE SE DECLARA SU UNICA y UNIVERSAL HEREDERA quien ha fallecido en esta provincia del Cusco el 21 de Febrero del año 2016.- Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretaria judicial María Eu gen i a Macedo Castillo. Santiago, 01 de Junio del 2016. 1v-13-vi-16 b/v 39439 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 88-2016 seguida por SABINA HUAMAN CUTIRE sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fue GERBACIA CUTIRE AUCCAPURE quien falleció en fecha 23 de setiembre del 2013, siendo su ultimo domicilio en el inmueble s/n de la calle 2 de mayo del distrito de Huaro de la provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco, a fin de que se declare como heredera única a SABINA HUAMAN CUTIRE.- Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 9 de junio del 2016. 1v-13-vi-16 b/v 39436 EDICTO TUDICIAL En el proceso Civil Nro. 02466-2015-0-1001-JP-CI-04, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 05 de fecha nueve de mayo del dos mil dieciséis.- Auto admisorio de la Demanda; VISTO Y, CONSIDERANDO SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por JESUSA SANA CUSI, ROSA MARIA SANA CUSI, BARBARA SANA CUSI, MARINA SANA CUSI, GUILLERMO SANA CUSI, ALBINO SANA CUSI, ROBERTINA SANA CUSI, Y BARBARA SANA CUSI sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue su señora madre ANDREA CUSI SICCOS VIUDA DE SANA, a fin de que se declare como únicos y universales herederos a sus hijos. Debiendo Tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO PUBLIQUESE el extracto de la solicitud por tres días en el diario judicial Cusco, conforme a lo dispuesto por el artículo 828 concordado con el artículo 167 del Código Procesal Civil .R.S.Cusco, 08 de junio del 2016 3ves-13-14-15-vi-16 b/V 39435


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Cusco, lunes 13 de junio de 2016 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, ubicado en el Jr. Bolívar Nro. 741 del distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco, se presentó el Sr. MOISES AURELIO CORAZAO CCANTO, identificado con DNI Nro. 25303576; solicitando la sucesión intestada de Q.E.V.F. LUCIA CCANTO NAVARRETE, fallecida el 26/08/2002, señalando como último domicilio de la causante, el inmueble ubicado en Prolong. Grau Alameda Norte S/N, del distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco. Lo que hago de conocimiento público, para los fines de ley. Calca,09 de junio 2016. 1v- 13-vi-16 b/v 39434 EDICTO DE NOTIFICACION En el Proceso N° 08-2016-CI tramitado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el Señor Magistrado Dr. Gilberto E. Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto la publicación y la notificación a los sucesores de Luis Ignacio Valencia Alvarez de la Resolución N° 01 de fecha 06 de Junio del 2016 con el siguiente tenor: ADMITASE en la vía de Proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por RODOLFO ALARCON VALDEZ y MARIA PRESENTACION BACA DE ALARCON sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en la Plazoleta Manco Capac del barrio Quencomayo del distrito y provincia de Paucartambo departamento de Cusco, en contra de la Dirección Regional de Agricultura debidamente representado por su Director, con citación de la Sucesión de Luis Ignacio Valencia Alvarez, La Autoridad Nacional del Agua, El Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Provincial de Paucartambo ; en consecuencia, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de DIEZ DIAS para que conteste la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y tramitarse el proceso en su rebeldía téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados que indica. A sus antecedentes los anexos presentados. Asimismo se dispone notificar a los sucesores de Luis Ignacio Valencia Álvarez, para que dentro del plazo de ley se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. H.S.3VCES-13-17-23-VI-16 B/V 39445 EDICTO JUDICIAL En el 3° JUZGADO FAMILIA DE CUSCO, que despacho el señor juez Edwin Bejar Rojas se viene tramitando el expediente 00308-1968-0-1001-JRCI-03, sobre DIVORCIO POR CAUSAL seguido contra ARROYO DE MIRANDA, DORA CASAS por MIRANDA RUBEN DE CELIS, WILFREDO, en el que se ha dispuesto la notificación de la demandada con el auto Admisorio de demanda de fecha cinco de setiembre de mil novecientos setenta y ocho, que da por interpuesta la demanda sobre divorcio absoluto contra Dora Casas Arroyo de Miranda , habiéndose avocado el señor juez y dispuesto que se contiene con el trámite bajo las normas que regulan el divorcio conforme al Código Procesal Civil vigente, En consecuencia, córrase traslado de la demanda a la demandada y a la señora fiscal de familia por el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de continuar el proceso en su rebeldía. Proceso que se tramita bajo la actuación de la secretaria judicial JOSELIN PEZO HUALLPA. Cusco, 10 de junio del 2016. 1V-13-VI-16 B/V 39443 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 02243-2015-0-1001-JR-CI-04, seguido por SATURNINA DUEÑAS CHAHUAYO, en representación de su menor hijo Edwin Llanos Dueñas solicita en la Via del Proceso No Contencioso la Rectificación de la partida de Nacimiento de su menor hijo, en lo que respecta al nombre de pila de su señor padre, consignado erróneamente como “CELSO LLANOS OJEDA” siendo lo correcto “GABRIEL LLANOS OJEDA”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley.Cusco, 23 de Mayo ge12016. 1V-13-VI-16 B/V 39444 RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO De conformidad con el Artículo 18° de la Ley 26662 “Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos”, comunico que ante mi Despacho Notarial se presentaron ASENCIA QUISPE MAÑACCASA y JOSE MARIA QUISPE MAÑACCASA, solicitando la rectificación de sus partidas de nacimiento en cuanto respecta al error en el segundo apellido de su progenitor que dice: HUALLPAYUNCA, debiendo ser el correcto

CONDORI, para que su nombre quede de manera correcta como TIMOTEO QUISPE CONDORI. Lo que se publica para los fines consiguientes de Ley. G. Abad Olaguibel Olivera .- Notario de Urubamba.- CNC. 34. 1V-13-VI-16 B/V 39442 EDICTO JUDICIAL.Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la Especialista Judicial Marivel Concha Qquenta, se viene tramitando el PROCESO N° 00253-2015-0-1007-JM-CI-01, seguido por MARCELINO FRANCISCO ANTONIO YARASCA, sobre interdicción, donde: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO SUMARISIMO la demanda interpuesta por Marcelino Francisco Antonio Yarasca contra HERNÁN FELIPE ANTONIO MONTAÑO, con citación del REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO sobre INTERDICCIÓN; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los demandados progenitor Marcelino Francisco Antonio Tarasca, Pilar Agustina Montaño Navarrete, y los Hermanos del demandado Julio Cesar Antonio Montano y Yina Rita Antonio Montaño, así mismo publíquese mediante edictos judiciales el extracto de la demanda, bajo apercibimiento de nombrase curador procesal. Por el plazo de CINCO DIAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. A LOS ANEXOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios de la recurrente los que serán merituados en su oportunidad procesal. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña.- H.S. Sicuani, 09 de junio del año 2016.- Marivel Concha Qquenta.- Secretaria Judicial.- JUZGADO CIVIL DE CANCHIS-SICUANI.3vces-13-14-15-vi-16 b/v 39353 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó la Sra. EDNEYDA VIRGINIA LUNA APARICIO, identificada con DNI. N° 40325614; solicitando la Sucesión Intestada de Q.E.V.F. Sr. EDMUNDO AMERICO LUNA ESCALANTE, fallecido el DOS DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE, y siendo el último domicilio del causante el inmueble ubicado en la Calle Rodríguez Pastor N° 2, del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 06 de junio de 2016. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON NOTARIO DEL CUSCO 13/06/2016 B/. 30239 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis -Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la Especialista Judicial Marivel Concha Qquenta, se viene tramitando el PROCESO N° 00063-2016-0-1007-JM-CI-01 en los seguidos por Jorge Richard Zarate Vilca contra Augusto Zarate Quispe, Nicolasa Magaño Yauri de Zarate, Justina Vilca Colque Viuda de Zarate y la sucesión de quien en vida fue Jorge Zarate Quispe, sobre Nulidad de Acto jurídico otros, donde: SE RESUELVE: Admitir a trámite en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por JORGE RICHARD ZARATE VILCA contra AUGUSTO ZARATE QUISPE, NICOLASA MAGAÑO YAURI DE ZARATE, JUSTINA VILCA COLQUE VIUDA DE ZARATE Y LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE JORGE ZARATE QUISPE; sobre Pretensión Principal: Nulidad total y absoluta del acto jurídico de tenencia de tierras entre los herederos Jorge y Augusto Zarate Quispe y del documento privado que lo contiene de fecha 20 de julio de 1991, por encontrarse inmersa en la causal prevista en el artículo 219, inciso 8 del Código Civil (por ser contrario a las leyes que interesan al orden público); en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. Debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario Judicial de la localidad así como en el de mayor circulación de la ciudad, por el término de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios de la recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal.- A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. H.S.02 de junio del año 2016. MARIVEL CONCHA QQUENTA SECRETARIA JUDICIAL 13-15-17/06/2016 B/. 30238 EDICTO NOTIFICACIÓN A ANAMARIA ELENA RICALDE PAREJA. Publicación de edictos para la notificación a ANAMARIA ELENA RICALDE PAREJA; en el Proceso Civil Nro. 00866-2015-0-1001-JR-CI-04,


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Cusco, lunes 13 de junio de 2016

seguida por CONCEPCION GUTIERREZ BACA, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE DEMANDA: CONCEPCION GUTIERREZ BACA interponen demanda sobre DIVISION y PARTICION y como pretensiones ACCESORIAS la inscripción de la División y Partición y la entrega de la fracción que corresponda, contra DARIO ALVARO RICALDE ANCORI, YONI RICALDE ANCORI y ANAMARIA ELENA RICALDE PAREJA. RESOLUCIÓN NRO. 01.- Cusco, 08 de mayo del año dos mil quince.(...), VISTO: El escrito que contiene la demanda y los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...) .SE RESUELVE: ADMITIR a tramite la demanda interpuesta por (...) RESOLUCIÓN NRO. Cusco, treinta de marzo Del año dos mil dieciséis SE DISPONE.- AUTORIZAR a la parte actora a fin de notificar mediante edictos judiciales conforme el artículo 166 del Código Procesal Civil, debiendo efectuarse las publicaciones conforme a ley H.S. firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 09 de junio del 2016.13-14-15/06/2016 B/. 30235 EDICTO NOTIFICACIÓN A SUCESIÓN DE ROSA AUGUSTA YABAR ESPINOZA. Publicación de edictos para la notificación a SUCESIÓN DE ROSA AUGUSTA YABAR ESPINOZA; en el Proceso Civil Nro. 01813-2012-0-1001-JR-CI-04, seguida por EFRAIN CASIANO CANO APAZA, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE DEMANDA: EFRAIN CASIANO CANO APAZA interponen demanda sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE HACER, CONSISTENTE EN EL OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, contra ROSA AUGUSTA YABAR ESPINOZA. RESOLUCIÓN NRO. 02.- Cusco, 03 de enero del año dos mil trece.(...), VISTO: El escrito que contiene la demanda y los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...) .SE RESUELVE: ADMITIR a tramite la demanda interpuesta por (...). AUTORIZAR a la parte actora a fin de notificar mediante edictos judiciales conforme el artículo 166 del Código Procesal Civil, debiendo efectuarse las publicaciones conforme a ley H.S. firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 09 de junio del 2016.JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL 13-14-15/06/2016 B/. 30235 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar que despacha el señor Juez Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Donny Sam Alvaro Roca, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 00085-2016-0-1009-JM-CI-01, habiéndose resuelto por Resolución N° 03 de fecha 16 de mayo de 2016: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JESÚS NATIVIDAD ARPHI HUAYHUA (por derecho propio y en representación de Luis Beltran Arphi Huayhua, Agripina Arphi Huayhua, Hilario Walter Arphi Huayhua, Lucy Arphi Huayhua y Vilma Arphi Huayhua sobre PETICIÓN DE HERENCIA, en contra de la SUCESIÓN DE QVF SATURNINA HUAYHUA PACCO Y PRAXIDES HUAYHUA PACCO; y como pretensión objetiva originaria accesoria se les Declare Herederos de QVF Erasmo Huayhua Sencia y María Pacco Cabrera, por haber sido preteridos; 2. TRAMITAR la presente demanda en la Vía del Proceso de Conocimiento; y 3. Estando a lo previsto por el Artículo 435 del Código Procesal Civil, concordante con el Artículo 167 del mismo cuerpo legal; EMPLAZAR a la Sucesión y/o Herederos Legales de QVF “Saturnina Huayhua Pacco y Praxides Huayahua Pacco”, mediante Edictos Judiciales y por el plazo de ley; bajo expreso apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal; debiendo la parte demandante apersonarse ante la Secretaría del Juzgado para recabar los Edictos Judiciales (en horario de oficina) y asegurar su publicación. Lo que se publica para los fines de ley.Espinar; 07 de Junio de 2016 DONNY SAM ALVARO ROCA SECRETARIO JUDICIAL 13-14-15/06/2016 B/. 30236 EDICTOS En el Proceso Civil Nro. 00749-2016-0-1001-JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que des-

pacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, doña EUGENIA PORCEL CHOQUESILLO demanda la PRESCRIPCION ADQUISITVA DE BIEN INMUEBLE con relación del inmueble urbano ubicado en la Asociación Pro Vivienda Kary Grande Lote N° 13 de la Manzana “P” del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco, en contra del demandado La Asociación Kary Grande representado por su presidente Pedro Illanes Paucar con citación de los colindantes, Por el Norte con la propiedad de Florencio Huillca Huamán, por el Sur con la propiedad de doña Cornelia Camacho Tejeiros, por el Este colinda con la propiedad de Evaristo Quispe Galiana, por el Oeste con la calle sin nombre, La Municipalidad distrital de San Sebastián, demanda admitida a trámite en la vía del proceso Abreviado, mediante resolución Nro. 02 de fecha 20 de mayo del 2016.- Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506º del Código Procesal Civil.SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.Cusco, 10 de Junio del 2016. SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL 13-17-23/06/2016 B/. 30237 A TODOS LOS INTERESADOS En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra F., bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 295-2016-0-1018- JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 002 y 03.- Santiago, uno y ocho de junio del año dos mil dieciséis.-...SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIA MILAGROS Y NINOSKA ANANY BUENO ALFEREZ, sobre ADICION DE NOMBRE. Debiendo la demanda tramitar se bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos , por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la diligencia de actuación y declaración judicial para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA, acto que tendrá lugar en la sala de audiencias del Juzgado Civil de Santiago, MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad……. H. S. NANCY VICTORIO VASQUEZ SECRETARIA JUDICIAL 13/06/2016 B/. 30241 EDICTO PENAL El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Canchis, Julio Cesar Céspedes Murillo, en el Proceso Penal N° 00059-2015-21-1007-JRPE-01: seguido contra NOE QUlSPE QUlSPE, por la comisión del delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de Y.A.T., bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Edwin Etraín Sara Poccohuanca, ha resuelto comunicar al imputado NOE QUlSPE QUlSPE con el tenor la resolución N° 06 de fecha 01 de junio del 2016. RESOLUCIÓN N° 06 Sicuani, primero de junio Del año dos mil dieciséis. PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. SE RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA la presente sesión de audiencia por inconcurrencia injustificada de la defensa técnica de la parte imputada. 2.- EXCLUY ASE de forma definitiva del conocimiento del Presente Proceso al Abogado Marco Mansilla Alvarez, a quien por su inconcurrencia se le impone la sanción de amonestación, para cuyo fin una vez consentida y/o ejecutoriada la presente resolución, remítase copias certificadas de la resolución de exclusión a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco y al Colegio de Abogados de la Ciudad del Cusco, poniendo en conocimiento la sanción Impuesta a dicho Letrado para que tome las acciones que corresponda según sus funciones, asimismo NOTIFÍQUESE a dicho letrado en su domicilio procesal consignado en autos. 3.- OTÓRGUESE al imputado Noe Quispe Quispe, EL PLAZO DE 24 HORAS, para fines de que DESIGNE el abogado de su libre elección para la siguiente sesión de audiencia, bajo apercibimiento de no hacerlo debe proseguirse el Procedimiento con defensa Pública. 4.- SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, al amparo del artículo 85.2 parte final del Nuevo Código Procesal Penal, CÚRSESE OFICIO a la Coordinación de Defensa Pública de esta Sede Sicuani para que DESIGNE un defensor público para que asuma la defensa del imputado Noe Quispe Quispe, en la siguiente sesión de audiencia. 5.- REPROGRÁMESE la presente sesión de audiencia para ser verificada en fecha TREINTA DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias. 6.- REALíCENSE las publicaciones por edicto de la presente resolución, para FINES de la notificación del Imputado en el Diario Judicial de la ciudad del Cusco, en la misma que debe hacerse un extracto de la presente resolución.


Cusco, lunes 13 de junio de 2016 JUEZ: Se hace de conocimiento a los sujetos procesales la presente observaciones a las partes PARTES PROCESALES: Conforme. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (Juzgado Mixto de Echarate) Familia Tutelar N° 107-2016, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, NOTIFICA al demandado FREDY LIMA PUMA, con el extracto de la resolución N° O l de fecha 08/04/2016: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO FISICO, contra FREDY LIMA PUMA en agravio de LEANDRA CONDORI T ACCO; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (Juzgado M ixto de Echarate) Familia Tutelar N° 37-2016, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado JESÚS ENMRIQUE MARTINEZ MARTINEZ, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 07/03/2016: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO PSICOLOGICO, contra JESÚS ENMRIQUE MARTINEZ MARTINEZ en agravio de SAMARITA VILCA CHAMPI; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 1117-2015-7-1001-JR-PE-03 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzá1es Yucra. Se cita y emplaza a MARCO ANTONIO GIL BELLIDO; para que se ponga a derecho el día DIECINUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad. Cusco, 07 de junio de 2016. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi-Urcos, despachado por la Señora Juez Titular Yanet Ofelia Paredes Salas y la actuación de la Secretaria Judicial Estefany Pérez Angulo , se viene tramitando el Proceso Tutelar N° 280-2016-0-1014-JM-FT-01; ordenándose mediante Resolución N° 01 de fecha 04 de abril de 2016, se notifique el extracto del Auto de Apertura de Investigación Tutelar, siendo su tenor literal en su parte pertinente el siguiente: “ SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material a favor de la menor OLIMPIA QUISPE FUENTES de 16 años de edad, contra sus progenitores Toribio Quispe Mayo y Martina Fuentes Sullcapuma, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor.- 2) Se practique en los progenitores del menor por tutelar evaluación psicológica a fin de determinar sus rasgos de personalidad, gírese oficio al Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 3) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.- 4) Gírense los oficios correspondientes y actúen se las demás diligencias necesarias. Confírmese como medida de protección la entrega a su progenitor conforme acta obrante en autos, hasta un pronunciamiento sobre el fondo en el presente proceso.-” Urcos, 18 de mayo del año 2016.¬ 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO PENAL La señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca, Dra. Inés Rojas Contreras, en el Incidente Penal N° 00008-2016-45-1005-JR-PE-01, seguido contra Marcusa Quispe Condori como presunto AUTOR del delito de omisión de auxilio a persona a peligro o aviso a la autoridad en agravio de las menores de iníciales Ye.Cr.Qu/Br.Cr.Qu., bajo la actuación de la Especialista de Audio Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar a la imputada con la resolución N° 02 de fecha 01-06-2016.

9 JUEZA: Emite la resolución respectiva. RESOLUCION N° 02 Calca, uno de junio Del año dos mil dieciséis.--¬ VISTOS Y OIDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISION: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- NO ESTIMAR la declaración de contumacia solicitada por el Representante del Ministerio Publico, 2.- DECLARAR POR FRUSTRADA LA INSTALACION de la presente audiencia de juicio oral. 3.- REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el dio VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOS DE LA TARDE, quedando validamente notificados todas las partes acreditadas en la presente sesión. 4.- SE DISPONE la notificación vio edictal a la parte acusada. 5.- SE NOTIFICA la presente resolución a las partes procesales presentes. H.S. 09-10-13/06/2016 CPJ NOTIFICACION VIA EDICTO A Francisca Velásquez Baca Eulogio Valencia Pure. La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dr. Jorge Pareja Quispe, en el Incidente Penal N° 190-2014-59-1005-JR-PE-01, seguido contra de Modesta Bejar de Hurtado y otros por el delito de Falsedad Genérica en agravio de Maria Evangelina Gálvez Ochoa, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 28 de mayo del año 2015. REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO l. INTRODUCCION: EXPEDIENTE N° : 190-2014-S9-100S-JR-PE-01 JUEZ : Jorge Pareja Quispe FECHA : 06-06-16 HORA DE INICIO : 14:30 SALA DE AUDIO : Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca DELITO : Falsedad Genérica IMPUTADO : Modesta Bejar de Hurtado AGRAVIADO : Maria Evangelina Galvez Ochoa ESPECIALISTA DE CAUSA: José Antonio Rojas Sotelo ESPECIALISTA DE AUDIO: Judith Chipayo Barrios Audiencia que será grabada en sistema de audio (Art.361.2 CPP y Art. 26 REGA) JUEZ: Emite resolución RESOLUCION N° 05 Calca, seis de junio del año 2016 PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA. EN TAL VIRTUD: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día LUNES ONCE DE JULIO DEL AÑO 2016 HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando notificados las partes asistentes a la presente audiencia. 3. Se dispone la notificación a los imputados Francisca Velásquez Baca y Eulogio Valencia Pure mediante edictos judiciales. 4. Notificar a la Coordinadora de la Defensa Publica a fin de que asuma la defensa de los imputados que no tienen abogado defensor. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 01893-2016-22-1001-JR-PE-01. SALA PENAL LlQUIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO. ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza a los de la Sala Penal Penal Colegiado acusados CLEVER RETAMOZO LAGOS Y GROBER DOMINGUEZ INOCENCIO, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el día 14 de junio de 2016 a horas 11 :00 a.m., la misma que se verificara en la Tercera Sala de audiencias del Establecimiento Penal de Quencoro, vía enlace por video conferencia con el Establecimiento Penitenciario de Chimbote, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 18932016-22, seguido en contra de los referidos imputados y otro, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado Peruano. Cusco, 07 de junio del 2016. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: ROGER DIAZ CONDORI. El señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco. Dr. Gilbert Arias Paullo en el proceso Nro. 001295-2016-0-1001-IR-PE-06, seguido contra Roger Díaz Condori con DNI 43158875, por el delito de Atentado Contra Monumentos Arqueológicos, en agravio del Estado bajo la actuación


10 del especiallista Abog. Zapata Bravo, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 02/06/16 y el extracto del requerimiento fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DEL PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal del Segundo Despacho de la Primera Fiscalía Provincial penal de Cusco, en merito a los artículos 446 inciso 1, literal c) y siguientes del Código Procesal penal, recurro su autoridad solicitando la INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDITO contra ROGER CONDORI DIAZ, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio Cultural, en su modalidad de Delitos contra los Bienes Culturales, sub tipo ATENTADOS CONTRA MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS, previsto y sancionado en el Artículo 226° del código Penal, en agravio del ESTADO-Representado por Dirección Nacional de Cultura. RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, dos de junio del año Dos mil dieciséis. DECISIÓN Por las consideraciones expuestas (registradas en audio) el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de audiencia única y pública del Proceso Inmediato en el caso seguido en contra de Roger Díaz Condori, por la presunta comisión del delito de Atentado Contra Monumentos Arqueológicos en agravio de la Dirección Desconcentrada de Cultura de la ciudad del Cusco. 2. Se dispone reprogramar la presente audiencia para verificarse el día TRECE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS a verificar en la Segunda Sala de Audiencias del Módulo Penal, quedando debidamente notificados los presentes, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia. 3. Disponiéndose la notificación debida y conforme a ley al imputado Roger Díaz Condori mediante edictos, al desconocerse en el Diario Judicial del cusco, así como en el Diario Oficial El Peruano, exhortándose al personal jurisdiccional a efecto de que en realice el extracto correspondiente, tanto en el Diario Judicial del Cusco, como en el Diario Judicial El Peruano. NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. DEFENSA DE LA PARTE AGRAVIADA: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 08 de junio de 2016. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 00319-2016-37-1001-JR-PE-02. PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO. SECRETARIA: Marleny Saryasy Gomez. Se cita y emplaza al (los) acusados: ELMER YON HANCCO FLORES. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de la menor de iníciales J.H.T representada por su progenitora Nancy Toque Quispe. Res. Nro. 02 Cusco, 03 de mayo del año dos mil dieciséis, señálese fecha para el verificativo de audiencia de Juicio Oral de proceso inmediato para el día DOS DIECISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS 3:00 P.M. acto que tendrá lugar en la DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL Palacio de Justicia Cusco. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 03 de Junio del 2016. 09-10-13/06/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL La Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo Dra. Liz Dennis Acuña Mole, en el Proceso N° 63-2016-0 seguido contra Porfirio Tintaya Apaza por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio del Estado, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Wilian Rodríguez Limache, ha resuelto comunicar al procesado PORFIRIO TINTAYA APAZA, con el tenor de la resolución Resolución Nro. 01.- Paucartambo, veintiséis de mayo del dos mil dieciséis.- POR LO EXPUESTO.- Dando providencia al escrito que antecede conforme a su estado agréguese a sus antecedentes.- DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado en fecha veintiséis de mayo del presente año, por la Fiscalia Provincial Penal Mixta de Paucartambo; y de conformidad a lo previsto en el articulo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1.- CITAR a la audiencia única publica de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) diligencia que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, ubicado en el Pasaje Colon s/n de esta Provincia, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requeriente de informar al Organo de Control Interno del Ministerio Publico; PRECISESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el articulo 85 del C.P.P., modificado por Ley N° 30076.- 2.- PRECISECE que el Juez (…).3.- PRECISECE Que: 1). El representante del Ministerio Publico deberá concurrir a ala audiencia con (…). 4.- Habiéndose declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, y estando a lo solicitado por el representante del Ministerio Publico donde se advierte que el imputado PORFIRIO TINTAYA APAZA no cuenta con defensa técnica conforme a ley, corresponde DESIGNAR abogado defensor publico, para ello, se notificará conforme a ley al Defensor Publico William Mamani Vilcanqui en su sede institucional, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de designársele a la Dra. Miluska Baca Beltrán a efecto de que asuma la defensa del imputado y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable. 5.- En aplicación del articulo 128 del C.P.P., notifíquese vía edictos la resolución N° 01 a efecto de garantizar el derecho de defensa de las partes y el debido proceso conforme a ley. Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1.- CIÍTESE a las partes procesales para la realización de la audiencia a efectos de determinar la procedencia o rechazo del requerimiento fiscal de proceso inmediato, para el día veintiocho de junio del año dos mil dieciseis a horas once de la mañana. 2.- DESIGNAR abogado de oficio para que asuma su defensa técnica del imputado Porfirio Tintaya Apaza. 3.- NOTIFIQUESE vía edictos la presente resolución. H.S.10-13-14/06/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL La Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo Dra. Liz Dennis Acuña Mole, en el Proceso N° 67-2016-0 seguido contra Flavio Ñahui Camala por la comisión del delito Contra la Familia Libertad en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar sub. tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de los menores agraviados de iniciales S.E., N.Y y Y.E.C.Q., representados por su progenitora Virginia Layme Quispe, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Wilian Rodríguez Limache, ha resuelto comunicar al procesado FLAVIO ÑAHUI CAMALA, con el tenor de la resolución Resolución Nro. 01.- Paucartambo, Paucartambo, treinta y uno de mayo del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado en fecha treinta y uno de mayo del presente año, por la Fiscalia Provincial Penal Mixta de Paucartambo; y de conformidad a lo previsto en el articulo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1.- CITAR a la audiencia única publica de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día TREINTA DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) diligencia que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, ubicado en el Pasaje Colon s/n de esta Provincia, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requeriente de informar al Organo de Control Interno del Ministerio Publico; PRECISESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el articulo 85 del C.P.P., modificado por Ley N° 30076.- 2.- PRECISECE que el Juez (…).3.- PRECISECE Que: 1). El representante del Ministerio Publico deberá concurrir a ala audiencia con (…)..-Habiéndose declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, y estando a lo solicitado por el representante del Ministerio Publico donde se advierte que el imputado FLAVIO ÑAHUI CAMALA no cuenta con defensa técnica conforme a ley, corresponde DESIGNAR abogado defensor

Cusco, lunes 13 de junio de 2016 publico, para ello, se notificará conforme a ley al Defensor Publico William Mamani Vilcanqui en su sede institucional, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de designársele a la Dra. Miluska Baca Beltrán a efecto de que asuma la defensa del imputado y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable.- 6.- En aplicación del articulo 128 del C.P.P., notifíquese vía edictos la resolución N° 01 a efecto de garantizar el derecho de defensa y el debido proceso conforme a ley. Por estas consideraciones; SE RESUELVE:1.- CIÍTESE a las partes procesales para la realización de la audiencia a efectos de determinar la procedencia o rechazo del requerimiento fiscal de proceso inmediato, para el día treinta de junio del dos mil dieciséis a horas once de la mañana. 2.- DESIGNAR abogado de oficio para que asuma su defensa técnica del imputado Flavio Ñahui Camala. 3.- DESIGNAR abogado de oficio para que asuma su defensa técnica de Los menores agraviados de iniciales S.E., N.Y y Y.E.C.Q., representados por su progenitora Virginia Layme Quispe. 4.- NOTIFIQUESE vía edictos la presente resolución. H.S. 10-13-14/06/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL La Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo Dra. Liz Dennis Acuña Mole, en el Proceso N° 68-2016-0 seguido contra Casiano Chalco Condori la comisión del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de obligación Alimentaría, en agravio del menor de iniciales J.F.CH.Q., representado por su progenitora Anastacia Quenaya Cruz, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Wilian Rodríguez Limache, ha resuelto comunicar al procesado PORFIRIO TINTAYA APAZA, con el tenor de la resolución Resolución Nro. 01.- Paucartambo, dos de junio del dos mil dieciséis.- POR LO EXPUESTO.- Dando providencia al escrito que antecede conforme a su estado agréguese a sus antecedentes.- DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado en fecha uno de junio del presente año, por la Fiscalia Provincial Penal Mixta de Paucartambo; y de conformidad a lo previsto en el articulo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1.- CITAR a la audiencia única publica de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día TREINTA DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) diligencia que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, ubicado en el Pasaje Colon s/n de esta Provincia, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requeriente de informar al Organo de Control Interno del Ministerio Publico; PRECISESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el articulo 85 del C.P.P., modificado por Ley N° 30076.- 2.- PRECISECE que el Juez (…).3.- PRECISECE Que: 1). El representante del Ministerio Publico deberá concurrir a ala audiencia con (…). 4.- Habiéndose declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, y estando a lo solicitado por el representante del Ministerio Publico donde se advierte que el imputado CASIANO CHALCO CONDORI no cuenta con defensa técnica conforme a ley, corresponde DESIGNAR abogado defensor publico, para ello, se notificará conforme a ley al Defensor Publico William Mamani Vilcanqui en su sede institucional, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de designársele a la Dra. Miluska Baca Beltrán a efecto de que asuma la defensa del imputado y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable. 5.- En aplicación del articulo 128 del C.P.P., notifíquese vía edictos la resolución N° 01 a efecto de garantizar el derecho de defensa de las partes y el debido proceso conforme a ley. Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1.- CIÍTESE a las partes procesales para la realización de la audiencia a efectos de determinar la procedencia o rechazo del requerimiento fiscal de proceso inmediato, para el día veintinueve de junio del año dos mil dieciséis a horas once de la mañana. 2.- DESIGNAR abogado de oficio para que asuma su defensa técnica del imputado Casiano Chalco Condori.- 3.- NOTIFIQUESE vía edictos la presente resolución. H.S.10-13-14/06/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL La Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo Dra. Liz Dennis Acuña Mole, en el Proceso N° 70-2016-0 seguido contra Felipe Chipa Rayan por la comisión del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de obligación Alimentaría, en agravio del menor de iniciales Y.CH.A., representado por su progenitora Silveria Avendaño Pumaleque, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Wilian Rodríguez Limache, ha resuelto comunicar al procesado FELIPE CHIPA RAYAN, con el tenor de la resolución Resolución Nro. 01.- Paucartambo, ocho de junio del dos mil dieciséis.- POR LO EXPUESTO.- Dando providencia al escrito que antecede conforme a su estado agréguese a sus antecedentes.- DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado en fecha siete de junio del presente año, por la Fiscalia Provincial Penal Mixta de Paucartambo; y de conformidad a lo previsto en el articulo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1.- CITAR a la audiencia única publica de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) diligencia que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, ubicado en el Pasaje Colon s/n de esta Provincia, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requeriente de informar al Organo de Control Interno del Ministerio Publico; PRECISESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el articulo 85 del C.P.P., modificado por Ley N° 30076.- 2.- PRECISECE que el Juez (…).3.- PRECISECE Que: 1). El representante del Ministerio Publico deberá concurrir a ala audiencia con (…). 4.- Habiéndose declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, y estando a lo solicitado por el representante del Ministerio Publico donde se advierte que el imputado FELIPE CHIPA RAYAN no cuenta con defensa técnica conforme a ley, corresponde DESIGNAR abogado defensor publico, para ello, se notificará conforme a ley al Defensor Publico William Mamani Vilcanqui en su sede institucional, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de designársele a la Dra. Miluska Baca Beltrán a efecto de que asuma la defensa del imputado y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable. 5.- En aplicación del articulo 128 del C.P.P., notifíquese vía edictos la resolución N° 01 a efecto de garantizar el derecho de defensa de las partes y el debido proceso conforme a ley. Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1.- CIÍTESE a las partes procesales para la realización de la audiencia a efectos de determinar la procedencia o rechazo del requerimiento fiscal de proceso inmediato, para el día cinco de julio del año dos mil dieciséis a horas nueve de la mañana. 2.- DESIGNAR abogado de oficio para que asuma su defensa técnica del imputado Felipe Chipa Rayan.- 3.- NOTIFIQUESE vía edictos la presente resolución. H.S.10-13-14/06/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 00319-2016-37-1 001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: Marleny Saryasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: ELMER VON HANCCO FLORES. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de la menor de iníciales J.H.T representada por su progenitora Nancy Toque Quispe. Res. Nro. 02 Cusco, 03 de mayo del año dos mil dieciséis, señálese fecha para el verificativo de audiencia de Juicio Oral de proceso inmediato para el día DOS DIECISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS 3:00 P.M. acto que tendrá lugar en la DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL Palacio de Justicia Cusco. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 03 de Junio de/2016. 10-13-14/06/2016 CPJ


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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA MIXTA PENAL LIQUIDADORA Y SALA PENAL DE APELACIONES DE SICUANI - CANCHIS. TABLA SEMANAL DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS HORA

EXPEDIENTE

MATERIA

IMPUTADO

DELITO

AGRAVIADO

ACTO

DEMANDADO

PRETENCIÓN

DEMANDANTE

PROCESAL

REO

JUEZ DIRECTOR

L U N E S 13 D E J U N I O D E 2 0 1 6

09:30 09:35 09:40 09:50 09:55 10:00 10:05 10:10 10:50

18-2016-FT 16-2016-FT 1-2016-FT 103-2015-LA 169-2015-LA 223-2015-LA 234-2015-LA 93-2015-LA 18-2016-CI

Fam Tut Fam Tut Fam Tut Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Civil

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS Aydee Enrriquez Zevallos Wilfredo Villafuerte Marquez Renato Gutierrez Bellido Municipalidad Prov de Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis Municip Distrit de San Pablo Praxides Huayhua Pacco

Violencia Familiar Violencia Familiar Violencia Familiar Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Nulidad Acto Juridico

Hermogene Casquina Araujo Gladis Choque Flores Virginia Astaci Monterola Susi Mejia Ayala Pallardel Vilca Carriòn Libertad Elizabet Rado Paz Juan M. Cabrera Guevara Alejandro Aroni Quispe Juan Chañi Huayhua

Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

M A R T E S 14 D E J U N I O D E 2 0 1 6 TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

09:00 09:30

333-2014-85-P 44-2016-18-PE

Penal Penal

Justo Mesco Laura Cirilo Calderon Pezo

Lesiones al Concebido Usurpaciòn Agravada

Aurelio Ticona Caceres Santiago Zelaya Colque

Lectura Sentencia Aud Apel de Auto

Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

10:00 11:00

4753-2008-PE 5119-2008-PE

Penal Penal

Pablo Aroni Huamani Carlos Echevarria Bernales

Disturbios Peculado

El Estado Peruano El Estado Peruano

Apertura de Aud Continuaciòn

Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles

Libre

Meza- Alvarez-Trelles

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

Meza- Alvarez-Trelles

M I E R C O L E S 15 D E J U N I O D E 2 0 1 6 08:30

222-2014-63-P

Penal

10:00 10:05 10:25

284-2014-CI 210-2012-LA 4841-2008-PE

Civil Laboral Penal

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

Carlos Lipa Mamani

Diusturbios

Municip Prov de Canchis

Aud Apel de Sent

Washigton Aparicio Martinez Municip Distrit de Marangani Juan Cesar Rojas Villavicencio

Nulid Escritura Pùblica Contencioso Administr Violaciòn Sexual

Vilma Aparicio Martinez Roger Cutire Mendoza Menor de Iniciales C.C.C.

Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

J U E V E S 16 D E J U N I O D E 2 0 1 6 11:00 12:00

44-2010-PE 43-2010-PE

Penal Penal

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

Raul Alvaro Quispe Asunto Jucharo Chchipa

Violaciòn Sexual Violaciòn Sexual

Menor de Iniciales V.M.M. Menor de Iniciales Y.L.L.

Apertura (Cusco) Apertura (Cusco)

Càrcel Càrcel

Meza- Alvarez-Trelles

Càrcel Càrcel

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

Meza- Alvarez-Trelles

V I E R N E S 17 D E J U N I O D E 2 0 1 6 09:00 10:00

36-2008-PE 5649-2008-PE

Penal Penal

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

Marta E. Acurio del Castillo Efrain Noa Choque

Robo Agrav-Les Grav Violaciòn Sexual

Leonardo Marquez Huamani Menor de Iniciales R.C.M.

Apertura (Cusco) Apertura (Cusco)

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla. Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez.

DINA MEZA MONGE RESIDENTA DE SALA

FRANCISCA LLANOS FORA SECRETARIA DE SALA


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