Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 Usuarios
2
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 PRIMER REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE.-
Por Orden del Primer Juzgado de Paz Letrado Sede Sicuani, Juez Dra. JUDITH ANDREA BELLOTA GUZMAN, Secretaria Judicial Dr. Amador Tinta Chaiña, Expediente 00479-2011-45-1007-JPCI-02, en los seguidos por ASOCIACIÓN ARARIWA contra CARLO FLORES EDWIN RAUL, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, se saca a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del INMUEBLE de dos pisos ubicado en Calle Prolongación Arriba Perú N°301 Lote “C” de la Asociación de Vivienda 4 de Noviembre de la ciudad de Sicuani de la Provincia de Canchis del Departamento del Cusco. VALOR DE TASACION: S/. 81,101.72 (Ochenta y un mil ciento uno y 72/100 nuevos soles). PRECIO BASE DE REMATE: S/. 54,067.81 (Cincuenta y cuatro mil sesenta y siete y 81/100 Nuevos Soles) que constituyen las 2/3 partes del valor de la tasación.- GRAVAMENES Y CARGAS: Sin Cargas ni Gravámenes.- DIA Y HORA DEL REMATE: 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016, HORA: 9:00 AM. LUGAR DEL REMATE: La diligencia de Remate Público se llevará a cabo en local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Sede-Sicuani ubicado en Plaza San Martin, Tablada de Felipe S/N Distrito Sicuani, Provincia Canchis, Departamento del Cusco. LOS POSTORES: Se presentarán a la hora exacta y depositarán el 10% de la Tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (S/. 8,110.17), y presentarán su arancel judicial pagado en el BN el Derecho a participar en Remate Público por S/. 395.00 indicando el número de expediente y DNI del postor.- LA COMISIÓN de la Martillera Pública será a cargo del adjudicatario de conformidad a los montos establecidos en el DS Nro. 0008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del Remate. Pamela Marisol Alva RiveraMartillero Público con Reg. 319 Teléfono 987508700. Cusco 12 de Octubre del 2016.- AMADOR TINTA CHAIÑA.- Secretario Judicial.6v 11-14-15-16-17-18 –XI-16 B/V 41709 ELIQUIDACION DE EMPRESA Que mediante acta del 10 de noviembre del 2016, en la ciudad de Cusco, Cusco, Cusco la Titular Gerente Antonieta Romero Monge de “ San Pedro de Kantuta Multiservicios E.I.R.L.” decide liquidar dicha empresa por motivos que no ha podido cumplir sus objetivos, nombrándose como liquidadora a dicha persona. 2VCES-14-15-XI-16 B/V 41710 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judicial Judith Dina Castillo Prado; se tramita el Expediente Civil N° 02456-2016-0-1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 01 Cusco 03 de noviembre del 2016 ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por MARIA LUISA BACA BEJAR, sobre Rectificación de Partida de nacimiento de quien en vida fue su cónyuge JOSE ALFREDO CÁCERES TÁRRAGA, inscrita ante la Municipal Provincial de Cusco, en cuanto al nombre del progenitor del titular, el que fue inscrito como JOSE M. CÁCERES, cuando lo correcto es “JOSE MELITON CACERES PALOMINO”, es decir, agregar el segundo nombre de pila y el segundo apellido del mismo; lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 04 de noviembre del 2016. 3VCES-14-15-16-XI-16 B/V 41724 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judicial Judith Dina Castillo Prado; se tramita el Expediente Civil Nº 02390-2016-0-1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución Nº 01 Cusco 20 de octubre del 2016 ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por CARMEN CECILIA OCAMPO ROSELL, quien solicita la Rectificación de su Partida de nacimiento, partida N° 745 inscrita ante la Municipalidad Provincial de Cusco, en cuanto al nombre de su progenitor al que se le debe agregar el apellido materno, ya que fue consignado como JOSE ANDRES OCAMPO cuando lo correcto es JOSE ANDRES OCAMPO PACHECO, del mismo modo solicita la corrección del nombre de su progenitora, al que se debe agregar el apellido materno, ya que fue inscrito como LUISA FELIPA ROSELL cuando lo correcto es LUISA FELIPA ROSELL SANCHEZ, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 20 de octubre del 2016. 3vces-14-15-16-xi-16 b/v 41727 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO: ANTE MI ABOGADO MARCO YVAN VENERO TAPIA, NOTARIO PUBLICO DE LA PROVINCIA DE CANCHlS. CON DESPACHO NOTARIAL EN LA AV. SAN MARTIN 826 DE MARANGANI SE HAN PRESENTADO VICTOR RAYME GUTIERREZ Y FLORENTINA AYMITUMA SOTA DE RAYME, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN PROLONGACION JR SANTA ANA Nº 185-169-171 DE SICUANI, PROVINCIA CANCHIS, DEPARTAMENTO CUSCO - AREA DEL TERRENO TOTAL: 363.44 M2.- PERIMETRO; 89.31 ML.- LINDEROS: POR EL FRENTE: CON PROLONGACION JR. SANTA ANA, EN LINEA RECTA CON 18.16 ML.- POR. EL LADO DERECHO: CON LA PROPIEDAD DE VICTOR RAUL GUTIERREZ CAMA, EN LINEA QUEBRADA DE 07 TRAMOS DE 4.98+3.63+1.88+10.59 +5.89+4.83+9.32 ML. HACIENDO UN TOTAL DE 40.60 ML..-POR EL LADO IZQUIERDO: CON LA PROPIEDAD DE LA SEÑORA MARCIA SARAYA VELASQUEZ, EN LINEA QUEBRADA DE 02 TRAMOS DE 7.53+15.57 ML. HACIENDO UN TOTAL DE 23.10 ML -POR EL FONDO: CON LA PROPIEDAD DEL SR NIOMEDES ALVAREZ GUTIERREZ EN LINEA RECTA CON 9.15 ML -SE PUBLICA PARA FINES DE LEY.MARANGANI 28 DE OCTUBRE 2016 MARCO IVAN VENERO TAPIA ABOGADO - NOTARIO 09-15-21/11/2016 B/.31221 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO JUZGADO MIXTO DE LA CONVENCIÓN Poder Judicial EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 0135-2015-0-1010-JM-CI-01, seguido por DORIS CHACON DE VIZCARRA contra Augusto Apaza Torre y Julia Ibarra de Apaza, con citación de Gabina Palomino Huanca y otro, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del Inmueble lote de terreno ubicado en la Av. Francisca Zubiaga Nº 716 (puerta de ingreso principal), anteriormente conocido con el numeral 612-A parte integrante de la Mza, “M” lote N- 8 de la ciudad de Quillabamba del distrito de Santa Ana, se viene tramitando en el juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: TENER POR VARIADO en cuanto al colindante debiendo consignarse como colindante a MARGARITA QUISPE AGUILAR, en consecuencia CORRASE traslado a ésta parte, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica, Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga, Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días.
Lo que se pública para los fines de ley. MÓNICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL 09-15-21/11/2016 B/.31233 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO JUZGADO MIXTO DE LA CONVENCIÓN PODER JUDICIAL EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 0135-2015-0-1010-JM-CI-01, seguido por DORIS CHACON DE VIZCARRA contra Augusto Apaza Torre y Julia Ibarra de Apaza, con citación de Gabina Palomino Huanca y otro, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del Inmueble lote de terreno ubicado en la Av. Francisca Zubiaga Nº 716 (puerta de ingreso principal), anteriormente conocido con el numeral 612-A parte integrante de la Mza, “M” lote N- 8 de la ciudad de Quillabamba del distrito de Santa Ana, se viene tramitando en el juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: TENER POR VARIADO en cuanto al colindante debiendo consignarse como colindante a MARGARITA QUISPE AGUILAR, en consecuencia CORRASE traslado a ésta parte, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica, Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga, Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días. Lo que se pública para los fines de ley. MÓNICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL 09-15-21/11/2016 B/.31233 EDICTO NOTARIAL “Ante mi Despacho Notarial, ubicado en el Jirón Arica N° 119 del distrito de Espinar, provincia de Espinar, departamento del Cusco, se ha presentado el señor EUGENIO WALTER ANAYA FLORES, solicitando al amparo de lo dispuesto por la Ley 27157, su reglamento el D.S. 008-2000/ MTC y la ley 27333, la Prescripción Adquisitiva de dominio, del INMUEBLE URBANO UBICADO EN LA VILLA ACCOCUNCA, COMPRENSION DEL DISTRITO DE ALTO PICHIGUA, PROVINCIA DE ESPINAR Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 978.02 M2, PERIMETRO TOTAL 140.52 ML, CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE (NORTE), COLINDA CON LA PROPIEDAD DE TOMASA BLANCO DE FLOREZ Y FAMILIA FLOREZ TAIPE, MEDIANTE UNA LINEA RECTA DE 53.18 ML, ENTRANDO POR LA IZQUIERDA: (ESTE), COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LA FAMILIA FLOREZ TAIPE, MEDIANTE UNA LINEA RECTA DE 17.19 ML, POR EL FONDO (SUR), COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LUIS FLOREZ CUTIRE, MEDIANTE UNA LINEA RECTA DE 48.54 ML Y ENTRANDO POR LA DERECHA, (OESTE), COLINDA CON LA PROPIEDAD DE MANUEL FLOREZ TAIPE, EN LINEA RECTA DE 21.61 ML, convocándose a todo aquel que tenga derechos sobre dicha propiedad para hacerlo valer de acuerdo a ley. Espinar, 28 de octubre de 2016. AUTORIZA LA PRESENTE EL NOTARIO DE ESPINAR URIEL VILLANUEVA SÁNCHEZ, A CUENTA DE VACACIONES DE LA TITULAR DUNIA VICTORIA TERRAZAS GONZALES URIEL VILLANUEVA SÁNCHEZ ABOGADO NOTARIO DE ESPINAR B/V. 31246 11-15-17/11/2016 SUCESION INTESTADA Ante mi, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura 0-12-B del distrito de San Sebastián - Cusco, don: WALTER GABRIEL PINARES GAMARRA, solicita la sucesión intestada de quien en vida fue VICTORIA GUADALUPE BONNETT DE PINARES, fallecido en fecha diecisiete de diciembre de dos mil seis, siendo su último domicilio la ciudad del Cusco, lo que pongo en conocimiento conforme a ley. Cusco, 10 de noviembre de 2016. LUIS ALBERTO LIRA APAZA ABOGADO – NOTARIO 15/11/2016 B/.31257 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante mi Despacho Notarial, se presentó LUIS FERNANDO TORRES GUILLLEN, solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, documento en el que se omitió consignar los segundos apellidos de sus padres siendo lo correcto y completo LUIS TORRES SEQUEIROS y FELICITAS GUILLEN SEQUEIROS, lo que hago de conocimiento público para los fines pertinentes de ley - Paruro, 31 de octubre del 2016.- Luís Fernando Palomino Mantilla. Notario Público de la provincia de Paruro.- Oficina.- Plaza de Armas s/n de la localidad de Paruro. Provincia de Paruro. Departamento del Cusco. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 15/11/2016 B/.31260 PUBLICACIÓN Sobre la decisión de baja de la unidad vehicular en la empresa de Transportes Multiservicios Los Leones S.A. El Directorio de la E.T.M Los Leones S.A. en concordancia con la ley general de sociedades y el estatuto de la sociedad, pone en conocimiento a los socios accionistas y público en general que en la asamblea general extraordinaria de socios de fecha 22 de octubre del presente año se acordó en forma unánime dar de baja a petición de sus propietarios las siguientes unidades vehiculares PLACA 1.- X3I-794 PROPIETARIO: PEDRO CJAPA QUIROZ 2.- X3F-867 PROPIETARIO: PASCUAL CARDEÑA QUISPE 3.- X2S-700 PROPIETARIO: RUBEN QUISPE HUILLCA Se realiza la presente publicación de conformidad a las normas vigentes. Cusco 14 de Noviembre del 2016 EL DIRECTORIO 15/11/2016 B/.31259 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 12889 -TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON JULIO VLADIMIR QUISPE SOTA D.N.I N° 42932172 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Cusco - San Jerónimo NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Ing. Informático y Sistemas EDAD 31 años
3
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 DOMICILIO Calle Romeritos N° 20 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. DOÑA SANDRA MEDRANO CATUNTA D.N.I N° 42477378 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Cusco NACIONALIDAD Peruana PROFESION /OCUPACION: Lic. en Educación EDAD 32 años DOMICILIO Calle Rosa Noguera C-5 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 26 de Noviembre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 14 de Noviembre del 2016 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41732 EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que Don: BRIGHAM SPENCER GARCIA PINTO, con DNI N° 70134584 de 23 años de edad, soltero, de Nacionalidad Peruano, Natural del Distrito de Santa Ana, Provincia La Convención y Departamento de Cusco, de Ocupación: Estudiante con domicilio en el PP.JJ. Chocco K-1 del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco y Doña: ARELY CECIBELL ARIAS PAULLO, con DNI. N° 46951041 de 27 años de edad Soltera de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco, Ocupación: Contadora, con domicilio en la Comunidad de PP.JJ. Chocco K-1, del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco. Pretenden Contraer MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el 08 de Diciembre del 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago ,14 de Noviembre del 2016 MARY LOPEZ FABRE REGISTRADOR CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41733 SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 43 DE LA LEY 26662, ANTE MI, MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA - NOTARIA, CON OFICINA UBICADA EN LA URBANIZACION VERSALLES NRO L-23-B, DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, SE HA PRESENTADO DON YAMIL RAFAEL GARATE CALACHAHUIN, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE SU SEÑOR PADRE RAFAEL ROBERTO GARATE LOPEZ, FALLECIDO EL DIA 24 DE SETIEMBRE DE 1989, EN EL HOSPITAL REGIONAL DE LA CIUDAD DEL CUSCO, PRECISÁNDOSE QUE, SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD ESTABA UBICADO EN LA URB. LA KANTUTA N° L-12 DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, SEÑALANDO COMO PRESUNTO Y UNICO HEREDERO DEL CAUSANTE DON RAFAEL ROBERTO GARATE LOPEZ, AL SOLICITANTE YAMIL RAFAEL GARATE CALACHAHUIN; LO QUE COMUNICO A EFECTO DE QUE SI EXISTIERA, SE FORMULE OPOSICION EN EL PLAZO DE (15) DIAS UTILES.- CUSCO 11 DE NOVIEMBRE DE 2016. MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA-NOTARIA REG. 0028 CNCMD 1V-15-XI-16 B/V 41734 SUCESION INTESTADA. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Elena Vengoa García, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 02210- 2016-0-1001-JP.CI-03 seguido por SONIA CHACON CURI sobre SUCESION INTESTADA, del que en vida fue: Francisco Chacon Quispe, fallecido el día: 25 de Abril del año 1993, a efecto que se les declare herederos legales a: Sonia, Nohemi Yolanda, Elizabeth Chacon Curi. Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifica, para los fines de ley. Cusco, 11 de Noviembre del 2016. 1V-15-XI-16 B/V 41735 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01912-2016-0-1001-JRCI-01, seguido por Luz Marina Álvarez Salas, sobre Prescripción Adquisitiva, contra Carmen Rosa del Solar Rivero de Barrón; en el que se ha emitido la resolución Nº 01, de fecha 31-10-2016; que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por LUZ MARINA ALVAREZ SALAS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien inmueble, contra CARMEN ROSA DEL SOLAR RIVERA DE BARRAN, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Otrosí.- Estando a lo solicitado y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un estracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, y en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley Nº 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, por el término de tres días con intervalo de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. Así mismo, notifíquese en calidad de citados a Augusto Torres Quispe, Gregorio Román Caballero, Corcilo Roberto Erazo Lima y la Municipalidad Distrital de San Sebastián. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huamán Sequeiros. Cusco,11 de noviembre de 2016. 3vces-15-21-25-xi-16 b/v 41736 EDICTO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Collantes Mendoza, se tramita el Proceso Civil N° 112-2016-0-1015- JM-CI-01, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 19 de octubre de 2016, donde se resuelve ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por SATURNINO HUAMAN SALLO, en su condición de apoderado de Eliseo Huaman Sallo y Maura Ramos Torres, contra PERSONAS INDETERMINADAS Y MARÍA HUAMAN SALLO sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio denominado “SEÑOR MAÑAICO” ubicado en el sector de Jahuanccollay del distrito de Maras, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, de la extensión 1,3691 Has
Debiendo tramitar se en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley , bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- NOTIFÍQUESE a los colindantes del inmueble, GRUPO CAMPESINO JAHUANCCOLLAY II representado por su presidente Mario Ccoyori Salgado, SUCESIÓN DE HUMAN SALLO, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARAS representado por su Alcalde y a la COMUNIDAD CAMPESINA PACCA HUAYNACCOLCCA representado por su presidente Julio Cesar Quispillo Uscamayta.- Se realizan las publicaciones para fines de poner en conocimiento de la personas indeterminadas, bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal H.S.- Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 11 de noviembre del 2016 3vces-15-21-25-xi-16 b/v 41737 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: CLAUDIO PACHAPUMA TAPIA Identificado con DNI 01297100 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CARABAYA - PUNO Nacionalidad: PERUANA Edad: 44 años: Ocupación: COMERCIANTE Domicilio: URB. INDEPENDENCIA N-18 CUSCO Doña: AYDEE BARRIENTOS CHAVEZ Identificada con DNI 44955579 Estado Civil: SOLTERA Natural de: ACCHA - PARURO Nacionalidad: PERUANA Edad: 34 años: Ocupación: COMERCIANTE Domicilio: URB. INDEPENDENCIA N-18 CUSCO Fecha de Matrimonio: 01 DE DICIEMBRE DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 10 de NOVIEMBRE del 2016. Walter Carpio Chávez Director 1V-15-XI-16 B/V 41738 AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 303 -2016- seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por el Juez Dr. MARIO RAFAEL RAMOS BEJAR bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León DANIEL ALBERTO OLIVARES SANCHEZ solicita SUCESION INTESTADA del quien en vida fue ROSEMARY AMACHI GUTIERREZ fallecida el 28 de junio del año 2012 se publica para los fines que se asomen los que tienen derecho a suceder.-SS. 10 de 11- 2016. 1V-15-XI-16 B/V 41739 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco con Expediente N° 12649 de fecha 14/11/2016, ha solicitado la Ciudadano (a) RAUL LOAIZA NOLASCO sobre RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento en N° 800 del año 1956 Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación en el rubro nombre el progenitor (PRENOMBRE) debiendo consignarse correctamente como: DIONISIO en lugar de Dionicio. Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, pueda formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 14 de Noviembre del 2016 MARY LOPEZ FABRE REGISTRADOR CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41740 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 12328 -TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON ELVIS FERNANDEZ CCOLLANA D.N.I N° 47614124 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Cusco - San Jerónimo NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Independiente EDAD 30 años DOMICILIO Prolong. Calle Perú S/N del Distrito de San Jerónimo, Provincia Cusco Departamento del Cusco. DOÑA BRIGIDA QUISPE HUAMAN D.N.I N° 44255362 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Anta - Zurite NACIONALIDAD Peruana PROFESION /OCUPACION: Independiente EDAD 30 años DOMICILIO Prolong. Calle Perú S/N del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 26 de Noviembre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 14 de Noviembre del 2016 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41741 EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que Don: MARCO ANTONIO CARDENAS AYALA, con DNI N° 40714789 de 36 años de edad, soltero, de Nacionalidad Peruano, Natural del Distrito de Rondocan, Provincia de Acomayo y Departamento de Cusco, de Ocupación: Docente, con domicilio en la Urb. Ramiro Priale Calle José Carlos Mariátegui L-9 del Distrito de Santiago, Provincia y
4
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
Departamento de Cusco y Doña: JEANETTE ELIZABETH GONZALES CACERES, con DNI. N° 41212431 de 34 años de edad Soltera de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Paruro, Provincia Paruro y Departamento de Cusco, Ocupación: Docente, con domicilio en la Urb. Ramiro Priale Calle José Carlos Mariátegui L-9, del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco. Pretenden Contraer MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el 10 de Diciembre del 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago ,14 de Diciembre del 2016 MARY LOPEZ FABRE REGISTRADOR CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41742 EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Wanchaq, que despacha el señor Juez doctor: RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, Y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 2328-2016, interpuesto por VLADIMIR DEL SOLAR MEZA, sobre SUCESION INTESTADA, por derecho propio, recurre a este Órgano Jurisdiccional solicitando sucesión intestada del quien en vida fue progenitor: CESAR AUGUSTO DEL SOLAR SOTOMAYOR, fallecido el 31 de Julio del 2015, en la ciudad del Cusco. Publicación que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al proceso Civil Nro. 2328-2016 Wanchaq, 08 de Noviembre del 2016. 1V-15-XI-16 B/V 41743 EDICTO JUDICIAL. Sr. OSCAR CUZA ECHEVARRIA. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco. Despachado por el Sr. Juez M. Rafael Ramos Bejar, se tramita el Proceso Nro. 01650-2013-0-1001- JP-FC-03 seguido por Karen Escobar Chalco sobre Prestación de alimentos en contra de Oscar Cuza Ehevarria , en el que se ha dictado la Resolución Nro. 17 de fecha 25-05-2015 en el que se dispone “ ... Por lo que, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE interpuesta por Karen Escobar Chalco EN Representación de su menor hija: Rafaela Cuza Escobar sobre PRESTACION DE ALIMENTOS en contra OSCAR CUZA ECHEVARRIA, debiendo sustanciarse el trámite en la vía del PROCESO UNICO. Estando al art .168° del Código de los Niños y Adolescentes y teniendo en cuenta que en el presente caso el emplazamiento al demandado conforme solicita la demandante se realiza mediante edictos, por tener domicilio indeterminado o incierto y en aplicación del art.550° del Código Procesal Civil, que indica: “ Que los plazos para los casos previstos en el tercer Párrafo del artículo 435º serán de quince días a veinticinco días, respectivamente;. siendo así CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo máximo de VEINTICINCO DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Debiendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo 565º del Código Procesal Civil, sin cuto requisito no será admitida su contestación.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que adjunta para admitirse actuarse en su oportunidad procesal, las cuales se deberá de realizar en el diario judicial de la República por tres días hábiles. H.S. Cusco, 01 de Junio del 2016. 3vces-15-16-17-xi-16 b/v 41744 EDICTO SEÑOR: SUCESORES DEL QUE EN VIDA FUE SIMÓN QQUECHO ORCCOHURANCCA En el proceso signado con el Nº 01303-2014-0-1001-JR- CI-02, seguido por la Comunidad Campesina Picol Orcompucyo representado por su presidente Wilbert Kjuro Arenas en contra de Yolanda Barrio de Mendoza Almirón y otros sobre Declaración de Mejor Derecho, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 27 del diecinueve de setiembre del año en curso, se ha ordenado proceder con la publicación de edictos a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue Simón Qquecho Orccohuarancca, por tanto se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por la COMUNIDAD CAMPESINA PICOL ORCOMPUCYO representado por su presidente Wilbert Kjuro Arenas contra YOLANDA BARRIO DE MENDOZA ALMIRON y la SUCESION HEREDITARIA DEL QUE EN VIDA FUE IGNACIO QQUECHO SINCHI conformada por Eusebia Orccohuarancca de Qquecho, Simón Qquecho Orccohuarancca, Samuel Qquecho Orccohuarancca, Bernardino Qquecho Orccohuarancca, Mario Agapito Qquecho Orccohuarancca y Nelly Francisca Qquecho Orccohuarancca sobre DECLARACION DE MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD Y restitución del predio Tacsanapata de 2,890m2 ubicado en el sector Umahuasi, San Jerónimo Cusco (como pretensión principal) e INEFICACIA DEL ACTO JURÍDICO (como pretensión accesoria). Por su mérito córrase traslado de la demanda a los demandados, con la finalidad de que cumplan con absolverla dentro del plazo de treinta días ( ... )., notifíquese mediante edictos conforme a las formalidades expresadas en el artículo 167 del Código Procesal Civil, a fin de que los sucesores del que en vida fue Simón Qquecho Orccohuarancca se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal ..... - Hágase Saber”.- FIRMA: Zamalloa Cornejo Juez, Saida Chiun Manco, Especialista Legal. Cusco, 13 de Octubre 3vces-15-16-17-xi-16 b/v 41745 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 04 de Noviembre del 2016, la recurrente GLORIA LUZ ALEJANDRINA MUÑIZ BUENO DE DOLMOS, titular del Acta de Nacimiento Nº 1009373733, correspondiente a GLORIA LUZ ALEJANDRINA MUÑIZ BUENO, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como MARIA ALEJANDRINA BUENO. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta MARIA ALEJANDRINA BUENO FERNANDEZ. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 08 de Noviembre del 2016 Rudy Maridza Puma Apaza Jefe (e) de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-15-xi-16 b/v 41747 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: PAUL MARTIN BARRIOS QUINTANILLA Identificado con DNI 47161019 Estado Civil: SOLTERO Natural de: SANTIAGO - CUSCO
Nacionalidad: PERUANA Edad: 26 años: Ocupación: ADMINISTRADOR Domicilio: URB. LUCREPATA D-2 CUSCO Doña: ANA ISABEL MARTINEZ CARRION Identificada con DNI 42859704 Estado Civil: SOLTERA Natural de: MOLLEPATA - ANTA Nacionalidad: PERUANA Edad: 31 años: Ocupación: TEC. ADMINISTRADORA Domicilio: URB.LUCREPATA D-2 CUSCO Fecha de Matrimonio: 28 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad Cusco, 14 de NOVIEMBRE del 2016. Walter Carpio Chávez Director 1V-15-XI-16 B/V 41746 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don FRANKLIN LIONEL HUAMAN CCOPA con DNI Nro. 43259530 de 31 años de edad, soltero de Nacionalidad peruana Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento de Cusco de ocupación Agente de Seguridad con Domicilio en APV. Ccorimachahuayniyoc L-7 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. EDITH VANESSA LAGOS FLOREZ con DNI Nro. 44706157 de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación Comerciante con domicilio en Urb. Kantoc A-1 del Distrito de Santiago- Cusco PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Viernes 09 de Diciembre del 2016. Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago,14 de Noviembre del 2016 MARY LOPEZ FABRE REGISTRADOR CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41748 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David América Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00152-2016-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por Indira Linares Halanocca contra Gerson Molina Leonardo, Verónica Quispe Armuto y la Empresa de Transportes de Pasajeros y Carga Nuestro Divino E.I.R.L. representada por Gerson Molina Leonardo, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, ha dispuesto la publicación de los siguientes mandatos judiciales: Resolución N° 02.- Cusco, quince de Junio de dos mil dieciséis.- ADMITIR A TRAMITE en la VIA DEL PROCESO SUMARISIMO la demanda interpuesta; en tal virtud, CORRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes.MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios indicados, los que se merituarán en su oportunidad procesal.- H.S.- Resolución N° 05.- Cusco, veintidós de Septiembre de dos mil dieciséis.- POR LO EXPUESTO: Estando a la declaración jurada prestada por la parte demandante, NOTIFIQUESE a los demandados GERSON MOLINA LEONARDO y VERONICA QUISPE ARMUTO mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano” por el especie de TRES DIAS CONSECUTIVOS, con el fin de que se apersonen en el proceso dentro del PLAZO DE VEINTICINCO DIAS conforme a los alcances del artículo 550° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- H. S.- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal.-CUSCO,11 DE NOCIEMBRE DE 2016. 3VCES-15-16-17-XI-16 B/V 41749 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 211428 -TD-2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON EDU RICARDO ARANIBAR HURTADO D.N.I N° 73063902 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Lima NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Estudiante EDAD 22 años DOMICILIO Calle Pachacuteq de la A.P.V Villa Carmen B-4 - 1, del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. DOÑA ANALI ARAMAYO CRUZ D.N.I N° 47237942 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Madre de Dios NACIONALIDAD Peruana PROFESION /OCUPACION: Estudiante EDAD 25 años DOMICILIO Calle Pachacuteq de la A.P.V. Villa Carmen B - 4 -1 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 26 de Noviembre del 2016. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden Denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad. San Jerónimo, 14 de Noviembre del 2016 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41750 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular Dra. Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra, se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 1311-2016-0-1018-JP-CI-01 por el cual doña SABINA HUAMAN RODRIGUEZ VIUDA DE ARELLANO, solicita la RECTIFICACIÓN de su Partida de Nacimiento, consistente en el que indebidamente se le ha consignado su nombre como “SABINA” siendo lo correcto “GABINA” por tanto debe rectificarse su referida Partida de Nacimiento .Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley.Santiago, 24 de Agosto del 2016.1V-15-XI-16 B/V 41751
5
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL DE CHECACUPE
De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504° Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Yupanqui N° 115, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentó HILDA ZAMALLOA HUAMBO, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del predio urbano ubicado en la Calle Laricalle N°444, del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de 135.64 m2. (CIENTO TREINTA Y CINCO PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS); cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes: por el Frente, colinda con la Calle Laricalle, en línea recta, con una longitud de 13.50 m.; por la Derecha entrando, colinda con la Calle Tikacalle, en línea recta, con una longitud de 10.65 m.; por la Izquierda entrando; colinda con la propiedad de los herederos de Moises Tapia Arredondo, en línea recta, con una longitud de 10.12 m. y por el Fondo, colinda también con la propiedad de los herederos de Moises Tapia Arredondo, con una longitud de l3.09 m. Haciendo un perímetro de 47.01 m. Lo que se publica para los fines de Ley. Urubamba, 10 de Noviembre de 2016 . G. Abad Olaguibel Olivera NOTARIO DE URUBAMBA 3VCES-15-21-25-XI-16 B/V 41752
RECTIFICACION ADMINISTRTIVA SEGÚN DIRECTIVA Nº 263: DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016. LA SEÑORA: DAMIANA BOLAÑOS CARAZAS, SOLICITA LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE SU PARTIDA O ACTA DE NACIMIENTO NACIDA EL 27 DE SETIEMBRE DEL AÑO 1957 DONDE EXISTE OMISIÓN DE SEGUNDOS APELLIDOS DE SUS PORGENITORES, NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR, SIENDO CORRECTO, PATRICIO BOLAÑOS APARICIO y TOMASA CARAZAS QUIÑONES EXISTIENDO EN EL TOMO XXII, FOLIO Nº 132 DEL AÑO 1957. LO QUE SE DA A CONOCER A FIN QUE, QUIENES RESULTEN PERJUDICADOS CON LA RECTIFICACION, PUEDAN FORMULAR OPOSICION POR ESCRITO DENTRO DE LOS (15) DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION, CONFORME LO ESTABLECE EL ART. 74 DEL DS. Nº 015-PCM ANTE LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECACUPE, SE CUMPLE CONFORME EL ART. 73 DEL DECRETO SUPREMO 01598-PCM. CHECACUPE, 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016. NICANOR SANTA CRUZ CANDIA JEFE DE OFICINA REGISTRO CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41753
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504° Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Yupanqui N° 115, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentaron: ANACLETA OLAYUNCA NINAN DE TOCRE, ANTONIA TOCRE OLAYUNCA, JUANA TOCRE OLAYUNCA, VICTORIA TOCRE OLAYUNCA, INOCENCIA TOCRE OLAYUNCA, FLORENCIA TOCRE OLAYUNCA y NORMA TOCRE OLAYUNCA, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble urbano ubicado en la urbanización El Carmen, pasaje Sr. De Paca, Lote A-1, del distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de Área de 538.39 m2. (QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS) Y sus linderos y medidas perimétricas son las siguientes: por el Frente (Este), En línea recta de un tramo (del vértice 02 al vértice 03); colinda con la vía Urubamba - Chinchero - Cusco, con una longitud total de 25.50 ml; por la Derecha (Norte), Entrando en línea recta de un tramo (del vértice 01 al vértice 02); colinda con el pasaje señor de Paca, con una longitud total de 15.10 ml; por la Izquierda (Sur); Entrando en línea recta de un tramo (del vértice 03 al vértice 04); colinda con la faja marginal del rio Vilcanota, con una longitud total de 24.00 ml; Fondo (Oeste), En línea recta de un tramo (del vértice 01 al vértice 04); colinda con el lote A-2 de propiedad del señor Honorato Calvo, con una longitud total de 30.80 ml., con un perímetro total de 95.40 ml. Lo que se publica para los fines de Ley. Urubamba, 08 de Noviembre de 2016 G. Abad Olaguibel Olivera NOTARIO DE URUBAMBA 3VCES-15-21-25-XI-16 B/V 41752 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504° Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Yupanqui N° 115, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentaron LINO JAIME ABARCA ACHIHUANCA, MIGUEL EDSON MOSCOSO ABARCA y ROCIO MOSCOSO ABARCA DE CARDENAS, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del predio urbano signado como Lote 3 de la Manzana F1, N° 470 del Jr. Bolívar, del distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de 88.72 m2. (OCHENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS); siendo sus linderos y medidas perimétricas son las siguientes: por el Frente, colinda con EL Jirón Bolivar (Plaza de Armas) (Vértices de 1 a 2), con una longitud de 14.41 m.; por la Derecha entrando, colinda con el Lote 1 de la Manzana F-l (Salón Cultural) (Vértices de 5 al 1) de propiedad de la Municipalidad Provincial de Urubamba, con una longitud de 6.00 m.; por la Izquierda entrando; colinda con el Jirón Comercio (Vértices de 2 a 3), con una longitud de 6.18 m. y por el Fondo, colinda con el Lote 1 de la Manzana F-1 (Salón Cultural) (Vértices de 3 al 5) de propiedad de la Municipalidad Provincial de Urubamba, en línea quebrada de dos tramos de 6.67 m. y 7.75 m., que hacen una longitud total de 14.42 m.; Haciendo un perímetro de 41.01 m. El predio a prescribir se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° P31011877 Y su antecedenete en la Partida N° 02023833 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X, Sede Cusco, apareciendo como titular registral Dolores Zamalloa, cuyo domicilio actual se desconoce, así como de los inmediatos transferentes señores Eleuterio Caviedes Acurio y Justa Ochoa Jurado de Caviedes, de quienes también se desconoce sus domicilios. Emplazándose por medio de la presente a ambos (titular registral e inmediatos transferentes) o a sus herederos legales y a todo aquel que tenga derecho sobre esta propiedad, para hacer valer su derecho conforme a Ley. Lo que se comunica para los fines de ley Urubamba. 10 de Noviembre de 2016. G.ABAD OLAGUIBEL OLIVERA NOTARIO DE URUBAMBA 3VCES-15-21-25-XI-16 B/V 41752 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con el Art. 504° Y siguientes del C.P.C ante mí, G. Abad Olaguibel Olivera, Abogado, Notario de la Provincia de Urubamba, con oficina en el Jr. Yupanqui N° 115, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, se presentó la sociedad conyugal conformada por ALEJANDRO CALDERON LA TORRE Y LUCRECIA MASAIS DE CALDERON, solicitando Prescripción Adquisitiva de Dominio del predio urbano ubicado en la Av. Mariscal Castilla s/n, signado como Lote 6 de la Manzana A de la Asociación Pro Vivienda San Jose de Urubamba, del distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, el mismo que cuenta con un área de 300.00 m2. (TRESCIENTOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS); siendo sus linderos y medidas perimétricas son las siguientes: por el Frente, colinda con la Av. Mariscal Castilla, en línea recta, con 12.00 m.; por la Derecha Entrando, colinda con el Lote A-5 de propiedad de Jhon Tupayachi Gonzales, en línea recta con 25.00 m.; por la Izquierda Entrando; colinda con el Lote A-07 de propiedad de los señores de Alejandro Olaguibel Aragón y Lucio Acosta Pacheco, en línea recta, con 25.00 m. y por el Fondo, colinda con el Lote A-12 de propiedad del señor Lucio Mateo Huambo, con 12.00 m. Haciendo un perímetro de 74.00 m. El predio a prescribir se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 02026482, del Registro de Predios de la Zona Registral N° X, Sede Cusco, apareciendo como titular registral la Asociación Pro Vivienda San Jose de Urubamba, cuyo domicilio actual se desconoce, así como a los inmediatos transferentes señores Gavino Villavicencio Huaman Rimachi y Crisologa Zarzanaula de Villavicencio, de quienes también se desconoce sus domicilios. Emplazándose por medio de la presente a ambos (titular registral e inmediato transferente) ya todo aquel que tenga derecho sobre esta propiedad, para hacer valer su derecho conforme a Ley. Lo que se comunica para los fines de ley Urubamba. 08 de Noviembre de 2016. G.ABAD OLAGUIBEL OLIVERA NOTARIO DE URUBAMBA 3VCES-15-21-25-XI-16 B/V 41752
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don CONSTANTINO QUISPE APAZA con DNI Nro. 44031090 de 30 años de edad, soltero de Nacionalidad Peruano Natural del Distrito de Colquepata ,Provincia Paucartambo y Departamento de Cusco de ocupación Independiente con Domicilio en Alameda Pachacutec B-5 Urb. Bancopata del Distrito de Santiago - Cusco y la Srta. ELSA DORA CUEVA CONDORI con DNI Nro. 44758945 de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del CP Kanccora Yacango del Distrito de llave Provincia El Collao y Departamento de Puno de Ocupación su casa con domicilio en Alameda Pachacutec B-5 Urb. Bancopata del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta-Municipalidad el día Viernes 16 de Diciembre del 2016 . Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 14 de Noviembre del 2016 NILDA CUPI ZUNIGA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-15-XI-16 B/V 41754 PRIMER REMATE En los seguidos por VICTOR PERCY PERALTA ANTEZANA, en contra de LIDIA TIRADO BEJAR, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente 00002-2015-0-1023-JPCI-01; el señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado - San Sebastián, de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. Mario Rafael Ramos Bejar, con intervención de la Especialista Legal Dra. Antonia Ponce de Leon Paguada, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE en primera convocatoria EL 50% de derechos y acciones que tiene la demandada Lidia Tirado Bejar en el inmueble ubicado en: LOTE DE TERRENO N° 3 DE LA MANZANA “V” INTEGRANTE DE LA URBANIZACION RAMIRO PRIALE, UBICADO EN EL TERRENO DENOMINADO POLIGONO DE TIRO MANAHUAÑONCA, DEL DITRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02068126 DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE CUSCO, DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO; VALOR DE TASACIÓN DEL 100% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES DEL INMUEBLE (comercial): US$120,690.00 (ciento veinte mil seiscientos noventa 00/100 Dólares Americanos); Y VALOR DE TASACIÓN DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES DEL INMUEBLE (comercial): US$60,345.00 (sesenta mil trescientos cuarenta y cinco 00/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES DE LA DEMANDADA LIDIA TIRADO BEJAR: US$40,230.00 (cuarenta mil dos cientos treinta 00/100 dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del 50% del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- hasta por la suma de S/11,100.00 nuevos soles a favor del Fondo Nacional de Vivienda FONAVI, así consta inscrito en el asiento de gravámenes y cargas N° 2; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Sobre los derechos y acciones espectaticios de Lidia Tirado Bejar, hasta por la suma de S/29,894.89 nuevos soles a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA Sociedad Anónima - CREDINKA S.A., así consta inscrito en el asiento rubro gravámenes y cargas D00003; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de US$4,550.00 dólares americanos, así consta inscrito en el asiento rubro gravámenes y cargas D 00004; 4) RECTIFICACION DE OFICIO.Inscrito en el asiento rubro títulos de dominio C00005; 5) RECTIFICACION DE OFICIO.- Inscrito en el asiento rubro gravámenes y cargas D00006, materia de ejecución, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 02068126 de los registros públicos de cusco, de la zona registral N° X - SEDE CUSCO; DIA y HORA DE REMATE: LUNES 05 DE DICIEMBRE DEL 2016 A HORAS 10:30 A.M. (DIEZ Y TREINTA MINUTOS) A.M.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en el lugar de espera del Primer Juzgado de Paz Letrado - Sede San Sebastián, de la Corte Superior de Justicia de Cusco, ubicado en la Calle Bolívar N° 505, Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento de Cusco.; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$6,034.50) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate, de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público Cusco 2016, noviembre 11 6VCES-15-16-17-18-21-22-XI-16 B/V 41755 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Supernumeraria doctora Liz Dermis Acuña Melle, Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra, se viene tramitando el Proceso Civil Nº Contencioso N° 1797-2016-0-1018-JP-CI-01, por el cual FORTUNATO AMAU CALLAÑAUPA y MARCELINA MAMANI TTURPO, solicitan la SUCESION INTESTADA del que en vida fue VICTOR AMAU MAMANI, fallecido en esta jurisdicción el 25 de Mayo del 2016; a fin de que se les declare por como a sus únicos y universales herederos a los recurrentes Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra.Santiago, 11 de Noviembre del 2016. 1V-15-XI-16 B/V 41756 AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 299 -2016- seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por el Juez Dr. MARIO RAFAEL RAMOS BEJAR bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León ISAAC QUISCA APAZA solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO por haberse omitido el apellido materno de su progenitora debiendo ser en forma correcta MARCELINA APAZA VELEZ lo que se publica para los fines que se asomen los que tienen derecho a suceder.-SS-10 de-11-2016. 1V-15-XI-16 B/V 41757
6
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA
En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 03 de Noviembre del 2016, la recurrente JOSEFINA HUALLPA CALLA, titular del Acta de Nacimiento N° 1009425258, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como PAULINA CALLA HUALLPA. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta PAULA CALLA HUALLPA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 04 de Noviembre del 2016 Rudy Maridza Puma Apaza Jefe (e) de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-15-XI-16 B/V 41758 PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL, SITO EN LA AV. HUASCAR Nº219-B- DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPASRAMENTO DE CUSCO, SE HA PRESENTADO DON JOSE HUANACO MORA, SOLICITANDO SE DECLARE LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL VEHICULO DE PLACA DE RODAJE WO-9561, LO QUE COMUNICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. CUSCO,08 DE NOVIEMBRE DEL 2016. RODOLFO OROS CARRASCO ABOGADO NOTARIO DE CUSCO 1V-15-XI-16 V/F 2138
Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz RAÚL VERA HUAMAN para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de los menores de iniciales J.A.V.H y RA/.H, representados por su progenitora Zenaida Huaman Quispe. Urubamba, 20 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 268-2014-28-1015-IR-PE-01. juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormacliea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz ANTONIO BARRIENTOS VALLE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones leves, en agravio de Mario Yarin Yucra. Urubamba, 20 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 236-2014-59-1015-IR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Cibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz KEVIN JOSÉ CORDOVA SALAS; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su conira, en el proceso que se le sigue por el deliTo de Lesiones Leves, en agravio de Rosmel Ccasa Chullo. Urubamba, 20 de octubre 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ DICTO PENAL Exp. 147-2013-45-1 ü 15-IR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista:Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz JOSÉ LUIS HUILLCA HUAMAN; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de lesiones leves en agravio de Julia Escobedo Escobedo. Urubamba, Urubamba, 20 de octubre 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 054-2014-14-101 S-jR-lE-01. luzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz ITARINA SANDRA LUJAN BAZALAR; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Tráfico Ilegal de Billetes Falsos, en agravio del Estado Peruano. Cusco, 20 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp.207-201 6-96-101.S-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado reo contumaz FLORENTINO LUCANA ESPINOZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de los menores Eduardo y Eclith Lucana Olayunca representados por luana Francisca Olayunca Mendoza Urubamba, 10 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ
EDICTO 2o JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD, FUNC. 2° J MIXTO)- SANTIAGO EXPEDIENTE: 00571-2002-0-1001-JR-PE-06 JUEZ: LÓPEZ TRELLES LUIS ALBERTO ESPECIALISTA: PRADA CHIPAYO WALTER EMILIANO MINISTERIO PUBLICO: PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE CUSCO. OBSERVACIÓN: VERA VILLENA, JESÚS LEONARDO MELCHOR CHIRINOS ESCOBEDO. JOSÉ CARLOS EULALEO IMPUTADO: DAZA ANCCO. ANDRÉS Y OTRO DELITO: USURPACIÓN QUISPE DAZA. VÍCTOR DELITO: USURPACIÓN AGRAVIADO: DAZA VELASOUEZ ISIDORA, DAZA HANCCO. JULIO ANGELINO. PERITO: LOAYZA AGUIRRE. GUIDO SAMOHUALLPA SERRANO. YASSER TUERO MEDINA. EFRAIN Resolución N° 207 Wanchaq, cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis. AL PRINCIPAL: TENGASE por señalado como nueva fecha para el verificativo de PRIMER REMATE PUBLICO EL CINCO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, del inmueble ubicado en el sector de Seqqueraycay- Ccorao, Distrito, Provincia y Departamento del Cusco, de propiedad del sentenciado VÍCTOR QUISPE DAZA, conforme al acta de embargo( folio 92 y ss.), el mismo que se llevará a cabo en el local del Juzgado, y cumpla con efectuar las publicaciones de ley en el diario judicial de la localidad y pega de avisos en el inmueble materia de remate y en el local del Juzgado, conforme dispone el artículo 24 de la Ley del Martiliero Público.- AL OTROSÍ Y AL OTROSÍ: Téngase en cuenta.14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 81-2016-40-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.
EDICTO PENAL Exp. 67-2016-31101 5-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado reo ausente JOSEPH RICHARD HUARHUA QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la Seguridad Publica, en su modalidad de Peligro Común, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificarlo por el primer párrafo del artículo 274° del Código Pena!, en agravio del listado. Urubamba, 10 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 248-2015-94-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gíbaja Qrmachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado reo ausente MANUEL ALARCON LLOCLLA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la Seguridad Publica, en su modalidad de Peligro Común, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado por el primer párrafo del articulo 274° del Código Penal, en agravio del Estado. Urubamba, 10 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 146-2015-42-1015-IR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Cibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado reo ausente ENCARNACIÓN QQUENTA PUMA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la Seguridad Publica, en su modalidad de Peligro Común, sub tipo CONDUCCIÓN i:N ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado por el primer párrafo del articulo 274° del Código Penal, en agravio del Estado. Urubamba, 10 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 159-2014-81-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz CARLOS ALBERTO ORTEGA BENAVENTE;
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado. Urubamba, 10 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 143-2013-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Cibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz RODRIGO RAÚL MENDOZA CANAL; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones culposas, en agravio de Rosaura Gonzales Tapia. Urubamba, 10 de octubre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor DARWIN CALCINA PUMALLOCLLA, en el Proceso Penal Nro. 735-2016-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 07 de noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE GUILLERMO PEDRAZA CHOCCATA Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señorita Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpire, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 02483-2016-861001 -JR-PE-05, seguido contra Guillermo Pedraza Choccata por la presunta comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Bertha Hermoza Quispe, donde mediante la resolución N° 03 de fecha 08 de Noviembre de 20016, se ha dispuesto la notificación vía edicto, respecto de: ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 08 DE NOVIEMBRE DE 2016 ACREDITACIÓN: 1. FISCAL MARISOL CARHUARUPAY MENDOZA: FISCAL PROVINCIAL DE LA SEGUNDA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE SANTIAGO: Con domicilio procesal en la Calle Los Angeles 1260 del Distrito de Santiago. III. DEBATE: JUEZ: Pregunta a la Fiscalía si existe alguna observación antes de instalar la audiencia. FISCAL: Solicita se verifique la notificación a la parte peticionante y al imputado. JUEZ: De la revisión de autos se advierte que la parte peticionanate ha sido válidamente notificada en su domicilio procesal. Con relación al domicilio del imputado se advierte que su abogada defensora ha renunciado a la defensa del mismo, por lo que se ha dispuesto la notificación a su domicilio real a fin de que designe abogado de su libre elección dentro del término de 24 horas, sin embargo, dicha cédula de notificación no ha retornado, de otro lado se advierte que de los actuados del proceso principal se ha devuelto la cédula de notificación dirigida al domicilio real del imputado, con la constancia de que no existe tal domicilio, no habiendo sido válidamente notificado el imputado. FISCAL: Deja a criterio del despacho. JUEZ: Procede a emitir la siguiente resolución. Resolución N° 03 Cusco, ocho de noviembre del dos mil dieciséis.- PARTE EXPOSITIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por los fundamentos expuestos SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la presente audiencia par el DOCE DE DIECIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS. Dándose por notificada la parte presente en este acto, debiendo de notificarse a la parte imputada en su domicilio real obrante en autos, así como mediante EDICTOS. 2. OFICIECESE a la Coordinación de la Defensoría Pública a fin de que designen a un Defensor Público que asuma el derecho de defensa del imputado Guillermo Pedraza Chocata. FISCAL: Conforme. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor YOJAN VISA MESCCO, en el Proceso Penal Nro. 733-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ Y QUINCE DE LA MAÑANA (10:15 A.M) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al señor WILBERT GONSALES DURAN, en el Proceso Penal Nro. 731-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio en agravio del ESTADO, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CRISTHIAN HUAMAN SALÓN, en el Proceso Penal Nro. 725-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de AHU QUI CR, para que asista a la audiencia de
7 control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JOHAN DOLMO MAR CALLAPIÑA, en el Proceso Penal Nro. 717-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en ei primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor KENNEL ZEGOVIA QUISPE, en el Proceso Penal Nro. 713-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVEY TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). a, 07 de noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JUAN CARLOS HUAMANGA MOLINEDO, en el Proceso Penal Nro. 711-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y CUARENTAYCINCO DE LA MAÑANA (08:45 A.M) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor BENITO NIHUA PAUCAR, en el Proceso Penal Nro. 703-2016-0-1010-JR-PE-Ol-, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ Y QUINCE DE LA MAÑANA (10:15 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor EDWIN CHAUCA HAULLPA, en el Proceso Penal Nro. 695-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JOSÉ ANTONIO QUISPE PAILE,, en el Proceso Penal Nro6372016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR QUI TTI CRAN para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRÉS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor YURI LEZAM RAMOS, en el Proceso Penal Nro689-2016-0-1010JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR LE HU YU KA para que asista a la audiencia de control
8 de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRÉS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ Y QUINCE DE LA MAÑANA (10:15 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RENE BELLIDO HUANCA, en el Proceso Penal Nro. 647-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DE LA MAÑANA (12:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Qujllabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ORLANDO MIRANDA QUISPE, en el Proceso Penal Nro. 645-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de DESOVEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio del ESTADO, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (1I:00A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor MIGUEL ÁNGEL VARGAS MATAMPROS, en el Proceso Penal Nro. 641-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y CUARENTAYCINCO DE LA MAÑANA (11:45 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JUAN PABLO QUINTANA SALAZAR, en el Proceso Penal Nro637-2016-0-1010-JR-PE-0L, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR QUI PI POGUI para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor FRANKLIN RODRÍGUEZ HUAMAN, en el Proceso Penal Nro. 635-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y CUARENTAICINCO DE LA MAÑANA (08:45 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RODOLFO TITO NUÑES, en el Proceso Penal Nro.611-20160-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR MA TI ME, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 Se cita y emplaza al señor WALTER BELLADARES DIEZ, en el Proceso Penal Nro 589-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR BA MO MAFE para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016C 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor MAURO MAYTA GUTIÉRREZ, en el Proceso Penal Nro 607-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR BA MO MAFE para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RAFAEL GONSALES ALEJANDRO, en el Proceso Penal Nro. 595-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor de iniciales F.N.G.P, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOSDE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quiliabamba (Palacio de Justicia de Quiliabamba). Quiliabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor FELIPE GONZALES ECHEGARAY, en el Proceso Penal Nro 593-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus MENORES HIJOS para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ÓSCAR ROBERTO CHALLCO CHARRIARS, en el Proceso Penal Nro.591-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR CLAUDIO MARCELO CHALLCO BUSTAMANTE, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JUAN CARLOS PALIZA MORALES, en el Proceso Penal Nro5892016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR PA SE CAED para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RUMIOR GÓMEZ SANTI, en el Proceso Penal Nro. 577-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor de iniciales GO. PU. AL. JU, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día ONCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ
9
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JUAN JHON NINA SANCHES, en el Proceso Penal Nro 589-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR NI CHO VA para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES DE LA MAÑANA (03:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor MICHAEL RUBDI SÁNCHEZ PEÑA, en el Proceso Penal Nro. 555-2016-0-1010-.IR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor de iniciales SAACHPAE, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CINCO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor YONNY GONZALES OBLITAS, en el Proceso Penal Nro. 567-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CARLOS ARTURO MOLERO GONZALES, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor LUIS BELTRAN REGAÑO GONZALES, en el Proceso Penal Nro565-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR RE CHI JOCA para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ALEZ CHILE TORRES, en el Proceso Penal Nro. 545-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SUS MENORES HIJOS, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCER DEL MEDIO DÍA (12:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CRIS SALAS CACERES, en el Proceso Penal Nro 535-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR SCJ para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor OMAR RODOLFO MENDOZA HUAMAN, en el Proceso Penal Nro 315-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DÍA (12:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).
Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor EULOGIO QUISPE ÑAHUINCAMASCCA, en el Proceso Penal Nro 037-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR EQP Y LIQP para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de Noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO CUARTO JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AMBIENTALES DE MADRE DE DIOS EXPEDIENTE 685-2016-70-2701-JR-PE-01 JUEZ: ANGELA CORNEJO VALDERRAMA ESPECIALISTA JUDICIAL: SUSSAN MELISSA CONDORI TITO NUMERO DE RESOLUCIÓN: 01 de fecha 04 de Noviembre de 2016. SE PONE EN CONOCIMIENTO a RICHARD CALLAPIÑA HUAMANI, VICENTE HUAMAN HUANCA, SILVERIO ARENAS CONDORI, NOE CRISPIN LEÓN SONCCO Y JAVIER PUMA QUISPE, por la comisión del delito de depredación de bosques legalmente protegidos en agravio del Estado Peruano, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 04 de Noviembre de 2016, mediante el cual se CORRE TRASLADO del requerimiento de Sobreseimiento por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrá solicitar la realización de actos de investigación que consideren prodecente; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Requerimiento de sobreseimiento. 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor JUAN TTITO COLOMA, en el Proceso Nro. 00738-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR TCRB, para que asista a la audiencia de proceso inmediato Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ENERO DEL DOS MIL DEICISIETE A HORAS DOS I CUARENTA I ICNCO DE LA TARDE (14.45 PM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 07 de noviembre del 2016 14-15-16/11/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: CARLOS FELIPE BARDALES VILLACORTA El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 03595-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra NEHEMIAS ELI ROJAS CHUMBES con D.N.I. 4802546, LUIS GUILLERMO ORIHUELA CASTRO con D.N.I. 10526342, y CARLOS FELIPE BARDALES VILLACORTA con D.N.I. 42353260, por el delito contra la Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub tipo LESIONES LEVES, en agravio de Yuvel Gerald Chillihuani Anahue, identificado con D.N.I. N° 72948272, bajo la actuación de la especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02, de fecha 03 de noviembre del 2016 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía de Wanchaq, formula REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO contra los imputados NEHEMIAS ELI ROJAS CHUMBES, LUIS GUILLERMO ORIHUELA CASTRO, y CARLOS FELIPE BARDALES VILLACORTA, como autores del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub tipo, LESIONES LEVES, tipificado en el Articulo 122°, Por lo que el representante del Ministerio Publico, solicita que se declare Fundado el Requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, tres de noviembre. De dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: • Declarar frustrada la instalación de audiencia única y pública de proceso inmediato por no haber sido posible el debido emplazamiento del imputado Carlos Felipe Bardales Villacorta. • Reprográmese la instalación de la presente audiencia para el día veinticinco de noviembre del año en curso a horas dos de la tarde con treinta minutos, en esta misma sala de audiencias subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes, la misma que tiene la característica de inaplazable. • Precísese que el emplazamiento al imputado, Carlos Felipe Bardales Villacorta deberá ser mediante edicto judicial, en el diario judicial de esta corte de justicia, teniendo en cuenta que el domicilio que se ha señalado en la ficha RENIEC, conforme a las constancias que se han emitido no es conocido dicha persona, motivo por el cual se tiene que efectuar mediante edicto judicial, asimismo sin perjuicio a ello se deberá efectuar una notificación vía teléfono celular por llamada o mensaje de texto al Nro. 979998653 que obra en la carpeta fiscal. • Genérese las respectivas notificaciones a las otras partes para su debida concurrencia.H.S.NOTIFICACIÓN: JUEZ: Notifica a las partes procesales con la resolución emitida. FISCAL: Conforme. Cusco, 08 de Noviembre del 201 6. 14-15-16/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE PERCY MUÑIZ DURAN Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señorita Juez Dra. Sandra Natli Villa Humpire, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 0510-2015-91001 -JR-PE-05, seguido contra PERCY MUÑIZ DURAN por la comisión del delito Contra
10 la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexuak, sub-tipo Violación de la Libertad Sexual, en agravio de menor de iniciales SSHC, donde mediante la resolución N° 05 de fecha 07 de Noviembre de 20016, se ha dispuesto la notificación vía edicto, respecto de: ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 07 DE NOVIEMBRE DE 2016 RESOLUCIÓN NRQ.5. Cusco, siete de noviembre del año dos mil dieciséis.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por estos considerandos, este Juzgado RESUELVE: 1. LLÁMESE SEVERAMENTE LA ATENCIÓN A LA ESPECIALISTA DE CAUSA DRA. INGRID CHRISTA FARFAN A FIN DE QUE PROCEDA CONFORME A SUS ATRIBUCIONES, BAJO APERCIBIMIENTO QUE EN CASO DE PERSISTIR CON DICHA CONDUCTA, REMITIR COPIAS CERTIFICADAS AL ÓRGANO CORRESPONDIENTE. 2. NOTIFIQUESE AL DOMCILIO REAL Y VÍA EDICTOS AL ACUSADO PERCY MUÑIZ DURAND CON LA PRESENTE ACTA ASI COMO LA RESOLUCIÓN N° 4 CONTENIDA EN ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016 Y EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO EN EL DOMICLIO REAL UBICADO EN EL SECTOR DE SIPASPUJIO D-6 del cercado de Cusco. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 07 DE DICIEMBRE DEL 2016 A HORAS 12:00 PM, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. Dándose por notificadas las partes presentes en este acto, debiéndose NOTIFICAR a la parte imputada inconcurrente en su domicilio real conforme lo ya señalado y vía edicto, exhortándose a la progenitora del acusado de instruir en caso de tener comunicación con su hijo el hoy acusado, designar un abogado defensor de libre elección de considerarlo así pertinente o en su defecto ratificar la defensa publica presente en este acto de audiencia. ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 RESOLUCIÓN NRQ.4 Cusco, treinta de setiembre del año dos mil dieciséis.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por estos considerandos, este Juzgado RESUELVE: 1. CONCEDER el plazo de 24 horas al acusado Percy Muñiz Durand a fin de que cumpla con designar un nuevo abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designársele un abogado de la defensa pública, debiéndosele notificar para tal fin en su domicilio real obrante en actuados ubicado en sector de Sipaspicyo D-6 cercado del Cusco. 2. OFICÍESE a la Coordinación de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia del Cusco a fin de que cumplan con designar un abogado de la defensa pública a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado Percy Muñiz Durand. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para fecha 07 DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS 14:30 PM, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. Dándose por notificadas las partes presentes en este acto, debiéndose NOTIFICAR a la parte imputada inconcurrente en su domicilio real conforme lo ya señalado. REQUERIMIENTO ACUSATORIO. De conformidad con lo dispuesto por el articulo 159.5 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 1 y 90.4 ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Publico -Decreto Legislativo Nro. 052- y artículos IV. 1 del Título Preliminar, 1.1, 60.1 y 349.1 todos del Código Procesal Penal, en concordancia con el Acuerdo Plenario Nro. 6-2009/CJ-116: el representante del Ministerio Publico a cargo de la presente investigación, recurre ante su autoridad con la finalidad de FORMULAR ACUSACIÓN contra Percy Muniz Durand por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de víolacionde la libertad sexual, tipo violación sexual, tipo especifico Violación Sexual de adolescente de catorce anos de edad, en agravio de la adolescente identificada con las iniciales S.S.H.C.(16), debidamente representada por su progenitora Rosa Condori Flores; en mérito a los siguientes fundamentos: CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES La menor agraviada identificada con las iniciales S.S.H.C., es hija de Wilber Halire Halire y Rosa Condori Flores, nació el veintiuno de mayo del año dos mil y desde esa fecha se encuentra al cuidado de su progenitora, quien a partir del mes de enero del año dos mil catorce Inició una relación convivencial con el imputado Percy Muñiz Durand y fijaron su domicilio en el inmueble ubicado en la urbanización Agua Buena G-4 del distrito de San Sebastián, Cusco. CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES El día viernes uno de agosto del año dos mil catorce, al promediar las nueve y treinta horas, la progenitora de la menor agraviada salió de su vivienda con la finalidad de laborar lavando ropa en el domicilio de uno de sus clientes dejando en su habitación a la menor agraviada de catorce años de edad realizando las tareas de la casa y al Imputado durmiendo, quien al despertar y ver que se encontraba a solas con la menor agraviada, aprovechó tal circunstancia para dar rienda suelta a su instinto sexual; así, luego de cerrar la puerta de la habitación trasladó a la fuerza desde el lugar donde se hallaba lavando la vajilla hasta la cama donde momentos antes éste dormía, donde la echó boca abajo y luego de anular la resistencia de la menor agraviada presionando con una de sus manos el cuerpo de ésta contra la cama, le bajó el pantalón y ropa Interior hasta las rodillas e igualmente hizo lo mismo con su ropa interior, y en circunstancias que se disponía a consumar la agresión sexual, por vía vaginal y/o anal, fue descubierto por la progenitora de la menor agraviada, quien, al promediar las diez y treinta horas del mismo día, retornó de manera intempestiva a su habitación y al abrir la puerta vio al imputado encima de su menor hija intentando acceder carnalmente con ella, quien únicamente lloraba al ya no poder defenderse. CIRCUNSTANCIAS POSTERIORES La progenitora de la menor agraviada al ver a su hija llorando y a punto de ser ultrajada sexualmente por el imputado, reclamó airadamente a éste por su conducta y en circunstancias que llamaba a la Central 105 de la policía para denunciar el hecho, el imputado huyó del lugar con destino desconocido. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL En el presente caso estando a los hechos objeto de imputación que fueron descritos en el acápite segundo de la presente y a los demás actos de investigación realizados se tiene que SI concurre una circunstancia de atenuación privilegiada consistente en la TENTATIVA, por cuanto el hecho punible atribuido al imputado no logro consumarse debido a la intervención de la progenitora de la menor agraviada. EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE TIPIFICA EL HECHO IMPUTADO El hecho penalmente relevante y que se encuentra descrito en el acápite segundo del presente requerimiento se subsume en el supuesto de hecho de los artículos 16R y 170R primer párrafo y numeral 6 del segundo párrafo, ambos del Código Penal, que tipifica el delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, tipo violación sexual, tipo especifico Violación Sexual de adolescente de catorce anos de edad en grado de Tentativa. CUANTÍA DE LA PENA En el presente caso se utilizara el procedimiento establecido por el articulo 45-A del Código Penal vigente para la determinación judicial de la pena, siendo este el siguiente: a. Identificación del Espacio Punitivo: En el presente caso ia pena prevista por el legislador para el delito imputado es no menor de doce ni mayor de dieciocho anos privativa de libertad, b. División Tripartita del Espacio Punitivo: Realizada la división del espacio punitivo identificado en tres partes se obtuvo como resultado que el tercio inferior comprende desde doce años hasta catorce años, el tercio intermedio desde catorce años y dieciséis años; y el tercio superior desde dieciséis años hasta dieciocho años. C. Identificación de las circunstancias de atenuación y agravación genéricas’. En el caso concreto se logró identificar una circunstancia de atenuación genérica (carencia de antecedentes penales del imputado) y ninguna cirrcunstancia de agravación
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 genérica; lo cual significa que ia pena concreta se determinará en el tercio inferior, d. Determinación de la Pena Concreta’. Luego de analizar y ponderar las condiciones personales del imputado, quien es padre de familia, su posición económica y social dentro de la sociedad dado que es chofer taxista, así como los intereses de la menor agraviada, llegamos a establecer para el imputado una pena de doce años privativa de libertad. Por todo lo expuesto la fiscalía solicita que al imputado Percy Muñiz Durand se le imponga la pena de OCHO AÑOS PRIVATIVA DE LIBERTAD, TRATAMIENTO TERAPÉUTICO previo examen médico y psicológico e INHABILITACIÓN conforme a lo dispuesto por el artículo 36 numerales 9 y 11 del Código Penal. EL MONTO DE LA REPARACIÓN CIVIL, LOS BIENES EMBARGADOS O INCAUTADOS AL IMPUTADO O TERCERO CIVIL QUE GARANTIZAN SU PAGO Y LA PERSONA A QUIEN CORRESPONDE PERCIBIRLO La Reparación Civil como consecuencia proveniente del hecho punible busca la reparación del daño ocasionado a la victima, restituyendo el bien objeto de delito o realizando el pago de su valor; y la indemnización de los daños y perjuicios sufridos por la víctima. Esto, en aplicación de lo dispuesto por los artículos 92 y 93 del Código Penal vigente. El presente caso versa sobre un caso de atentado contra la indemnidad sexual y dada su naturaleza de afectación de un bien jurídico no patrimonial, consideramos válido analizar si corresponde imponer al imputado Percy muñiz Durand la obligación de pagar una indemnización a favor de la menor agraviada. Para verificar la posibilidad de una indemnización por daños y perjuicios se debe, como primer paso, comprobar la concurrencia en el hecho de los elementos o requisitos de la responsabilidad extracontractual como son: a) antijuridicidad de la conducta; b) daño causado; c) relación de causalidad; y d) factores de atribución; y, como segundo paso, se debe determinar la cuantía de la indemnización. En el caso concreto que nos ocupa tenemos que concurren cada uno de los elementos de la responsabilidad extracontractual, así tenemos que la conducta de! imputado no sólo ha contravenido de manera dolosa la norma prohibitiva del artículo 170° del Código Penal sino también ha causado en la víctima no solo un daño moral -entendida como la lesión a los sentimientos de la víctima, considerados socialmente legítimos y que produce un gran dolor o aflicción a la misma y a su familia- sino también un daño a la persona -entendido como aquel que lesiona la integridad física del sujeto, su aspecto psicológico y/o proyecto de vida-; por lo tanto deben ser Indemnizados conforme a ley ya que éstas no pueden ser restituidas. La cuantía de la reparación civil en el caso materia de autos se debe determinar tomando en consideración que el bien jurídico afectado por la conducta del imputado es la libertad sexual, la gravedad del delito, la intensidad del sufrimiento en el ánimo de la menor agraviada, pues fue sometida a un contexto sexual indebido, la estigmatización social de la agraviada producto del abuso sexual sufrido, la sensibilidad de la persona ofendida considerando su nivel intelectual y moral; mas no así la capacidad económica y condición social de las partes -imputado y víctima- pues ello atenta contra el principio de igualdad y contradice el sentimiento y la dignidad humana. Luego de valorar tales circunstancias válidamente concluimos que el monto de la reparación civil (indemnización) debe ascender a OCHO MIL SOLES (SA 8,000.00), monto este que deberá pagar el imputado a la agraviada. Por lo expuesto la fiscalía solícita que al imputado Percy Muñíz Durand se le Imponga la obligación de pagar la suma de OCHO MIL SOLES (SA 8,000.00) por concepto de reparación civil a favor de la menor agraviada identificada con las iniciales S.S.H.C (16). 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00021-2015-G-101Q-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echante. ESPECIALISTA JUDICIAL: ERIKATUNQUI QUISPE.Se emplaza a CASIANO AVALOS LÓPEZ: con la resolución N° 02 de fecha 18 de marzo del 2016, que RESUELVE: 1) RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Echarate, en contra de ios imputados CASIANO AVALOS LÓPEZ y MARIO PEREYRA MAMAN!, por la presunta comisión del Delito contra la Vida el cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones Leves, previsto y sancionado por el articulo 122° del Código Penal, en agravio de Vilmar Huamanguillas Mamani. 2) IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a ios imputados CASIANO AVALOS LÓPEZ y MARIO PEREYRA MAMAN!, quien se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente por le Policía. 3) COMUNICAR a ia parte agraviada que tiene derecho a ser Informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción pena! siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; asi mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 4) PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 5) ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 6) EXPLICAR que el desarrollo integro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque nc hayan asistido. 7) ORDENAR a ias partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano de! juzgado, precisándose que ias resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada si juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para io segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 8) AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyante a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 9) REQUERIR a los imputados CASIANO AVALOS LÓPEZ y MARIO PEREYRA MAMAN!, a fin de que en el plazo de TRES DÍAS de notificada con la presente resolución, cumpla con designar a un abogado para que asuma su defensa en el presente proceso, bajo apercibimiento de DESIGNAR a un abogado defensor público. 10) NOTIFICAR la presente resolución a las partes del proceso, conforme a ley. Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas}.Echarate, 12 de octubre 2016. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZAGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARANURA
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 EXPEDIENTE: 2015-60-FC DEMANDANTE: AYDEE CAUUCO VILLAFURTE MATERIA: ALIMENTOS DEMANDADO: VICENTE VELARDE NINAHUILLCA RESOLUCIÓN N°06 Maranura, tres de noviembre del dos mil dieciséis.DE OFICIO: estando pendiente la realización de la audiencia única de alimentos reprográmese fecho par audiencia para el día CATORCE DE DIECIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Juzgado de Paz letrado e Investigación preparatoria de Maranura. Notifíquese al demandado mediante edictos judiciales. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZAGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARANURA EXPEDIENTE: 2015-05-FC DEMANDANTE: DIANA JUARES CARPIÓ MATERIA: AUMENTOS DEMANDADO: PERCI FRANCO UNAPILLCO RESOLUCIÓN N° 03 Maranura, tres de noviembre del dos mil dieciséis.DE OFICIO: estando pendiente la realización de la audiencia única de alimentos SEÑÁLESE fecha par audiencia para el día CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara acabo en la sala de audiencias del Juzgado de Paz Letrado e investigación preparatoria de Maranura. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: Na 02089-2004-0-1001-JR-PE-4 SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO Secretario: Yohanna Gallegos Paucar Se cita, emplaza al acusado LUCIO CONDORI CCAPA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito específico de Peculado doloso, en agravio de FONCODES. Cusco, 10 de noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JHON CARLOS ZEGARRA OCÓN El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 03221-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra JHON CARLOS ZEGARRA OCÓN con D.N.I. 48751437, por el delito contra la Contra la Ley Electoral, sub tipo PROPAGANDA ELECTORAL PROHIBIDA, modalidad de Delito Electoral, en agravio del Estado representado por el Jurado Nacional de elecciones - JNE, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 08 de fecha 10/11/16 y el extracto del Acta de Audiencia Única de Incoación de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial de Wanchaq, formula PROCESO INMEDIATO contra JHON CARLOS ZEGARRA OCÓN como autor del delito contra la Ley Electoral, sub tipo PROPAGANDA ELECTORAL PROHIBIDA, modalidad de Delito Electoral, en agravio del Estado representado por el Jurado Nacional de elecciones - JNE, la Fiscalía ha tipificado el delito en el artículo 389° de la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 08 Cusco, diez de noviembre del año dos mil dieciséis.DADO CUENTA: Con la razón de causa de fecha nueve de noviembre del dos mil dieciséis, emitida por la Abogada Mariana Ttito Gallegos, Especialista Judicial de Audiencia del 7mo. Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, mediante el cual deja constancia de la inasistencia de las partes; asimismo informa, que con motivo de la huelga de 48 horas decretada por el Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cusco, ha sido imposible llevar a cabo la audiencia programada para el día nueve de noviembre del dos mil dieciséis; por lo tanto y de conformidad a lo previsto en el artículo 447° del Código Procesal Penal -en adelante CPP-, modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1. REPROGRAMAR la instalación de la presente audiencia para el día DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS DOCE HORAS (hora exacta 12:00), en la DOCEAVA SALA de Audiencias del Módulo Penal (Ubicado en el 4to. Piso del Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Cusco - Av. El Sol Nc 239, Cusco), subsistiendo los apercibimientos decretados mediante resolución Nro. 01, 02 y 07, en caso de inconcurrencia de las partes. 2. NOTIFIQUESE vía edicto judicial al imputado conforme a lo dispuesto en la Resolución Nro. 07 de fecha veinticinco de octubre del dos mil dieciséis (...). Cusco, 10 de noviembre del 2016. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 01323-2016-20-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita i/ emplaza al (los) acusado (s): NÉSTOR QUISPE RAMOS Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. Resolución Nro. 10 Cusco, once de Noviembre del año dos mil dieciséis.- DE OFICIO: De la revisión del presente proceso se tiene que se ha señalado fecha para el verificativo de audiencia de Proceso Inmediato para el día 09/11/2016; la misma que no se llevo a cabo por el PARO NACIONAL de CUARENTA Y OCHO HORAS de los servidores del Poder Judicial. En consecuencia corresponde REPROGRAMAR la audiencia señalada en autos para el día DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 10:00 A.M. la misma que se verificara en la DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Modulo Penal de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. Notifíquese a las partes procesales con arreglo a ley. La fecha y hora señalados obedecen a la Agenda Judicial del Juzgado. Cusco, 11 de Noviembre del 2016. 15-16-17/11/2016 CPJ
11 EDICTO PENAL SEÑOR: BASILIO DAVID CANCAPA MORALES El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Gilbert Arias Paullo, en el proceso Nro. 3346-2016-0-1001-JR-PE-02. seguido contra BASILIO DAVID CANCAPA MORALES, por el delito contra , por el delito contra La Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de RUHT MERY QUISPE CCASA, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Casaverde se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 24/10/2016 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra BASILIO DAVID CANCAPA MORALES, por el delito contra por el delito contra La Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de RUHT MERY QUISPE CCASA, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal (modificado por la Ley N° 29439); El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Se deja constancia que la audiencia programada para el día de la fecha, no se llevo a cabo debido a la huelga de los trabajadores del Poder Judicial, asimismo las partes no se encuentran presentes, por lo que, se reprograma la audiencia para el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOCE DEL DÍA CON TREINTA MINUTOS, en la Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal. Lo que se hace constar para los fines pertinentes de ley. Cusco. 09 de Noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 00071-2014-69-1001-JR-PE-03 QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL. Secretario: Norma Isabel Bayona Quispinga. Se cita y emplaza a HÉCTOR RAMOS CCORIHUAMAN; para que se ponga a derecho en el proceso N° 00071-2014-69-1001-JR-PE-03 y en la audiencia de Juicio Oral a programarse en la onceava sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Administración Pública, en su modalidad de delito cometido por Funcionario Público, sub tipo Abuso de Autoridad, tipificado y sancionado en el articulo 376° del Código Penal, en agravio de Willy Tito Mamani. Cusco, 14 de Noviembre de 2016. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 51-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Florencia Quispe Gonzales contra Julio Huaman Yupanqui; se ha dispuesto notificar a los denunciados con la siguiente: Resolución Nro. 08; Paucartambo, 07 de Setiembre del 2016: (...): SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada FLORENCIA QUISPE GONZALES que deberán ser cumplidas por el denunciado JULIO HUAMAN YUPANQUI, en condición de cónyuge de la agraviada, medidas de protección que son las siguientes: CONFIRMAR la medida de protección inmediata dictada por Resolución N° 01, del 21 de marzo del 2016, que corre a fojas 14 a 16, en favor de FLORENCIA QUISPE GONZALES que debe cumplir el denunciado JULIO HUMAN YUPANQUI, en su condición de esposo y SE ABSTENGA de agredir en forma física y psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada. (...) H.S.- y Resolución Nro. 09; Paucartambo, 02 de Noviembre del 2016: (...)en consecuencia, para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de alguna medida de protección y el otorgamiento de alguna medida Cautelar, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran(...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 223-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Julia Santusa Silvestre contra Silvestre Nina Mamani; se ha dispuesto notificar a los denunciados con la siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 28 de Octubre del 2016: (...): SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de SILVESTRE NINA MAMANI en agravio de JULIA SANTUSA HUAMAN ROMERO. ORDENAR al denunciado SILVESTRE NINA MAMANI JARA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada JULIA SANTUSA HUAMAN ROMERO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACION-PAUCARTAMBO Exp. 65-2016-FP sobre infracción Contra la Libertad Sexual, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Dr. E. Gilberto Gil Caviedes, Especialista Yakelin Granula Cora,; se notifica a Santiago Rocca Joyas, lo siguiente: Resolución Nro. 13; Paucartambo, 02 de Noviembre del 2016: (...) SEÑÁLESE fecha para el verificativo de la DILIGENCIA ÚNICA el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (...) a verificarse el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo, sito en la calle Colon - Hornocalle s/n del distrito de Paucartambo. (...) H. S.15-16-17/11/2016 CPJ
12 EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 207-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakclin Granula Cora, seguido por Julia Romero Paso contra Franklin Eclisson Flores Jara; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 25 de Octubre del 2016: (...) se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 184-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Leidy López Paredes contra Mateo Toledo Palomino; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 03; Paucartambo, 19 de Octubre del 2016: (...)SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada LEIDY LÓPEZ PAREDES que deberán ser cumplidas por el denunciado MATEO TOLEDO PALOMINO, medidas de protección que son las siguientes: RATIFICAR las medidas de protección provisionales otorgadas en favor de la agraviada LEIDY LÓPEZ PAREDES mediante resolución N° 01, del 06 de setiembre del 2016, que corre a fojas 17 y 18. DISPONGO que el denunciado MATEO TOLEDO PALOMINO SE ABSTENGA de agredir en forma física y hasta psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada LEIDY LÓPEZ PAREDES, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 189-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Luz Marina Flores Alvaro contra Hernán Romero Amao; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 04; Paucartambo, 19 de Octubre del 2016: (...) SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada LUZ MARINA FLORES ALVARO que deberán ser cumplidas por el denunciado HERNÁN ROMERO AMAO, medidas de protección que son las siguientes: RATIFICAR las medidas de protección provisionales otorgadas en favor de la agraviada LUZ MARINA FLORES ALVARO mediante resolución N° 01, del 12 de setiembre de 2016, que corre a fojas 9 a 11. DISPONGO que el denunciado HERNÁN ROMERO AMAO SE ABSTENGA de agredir en forma física y hasta psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada LUZ MARINA FLORES ALVARO, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 153-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Isabel Huaman Machaca contra Edgar Jesús Sotelo Hancco; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 06; Paucartambo, 17 de Octubre del 2016: (...) SE RESUELVE: DISPONER LA VARIACIÓN de las MEDIDAS DE PROTECCIÓN DISPUESTAS, por Resolución N° 03, del 07 de setiembre del 2016, que contiene el acta de fojas 26 a 29 a favor de la agraviada ISABEL HUAMAN MACHACA que deberán ser cumplidas por el denunciado EDGAR JESÚS SOTELO HANCCO, en condición de ex conviviente de la agraviada, medidas de protección que se varían a lo siguiente: DISPONER la PROHIBICIÓN de acercamiento para el denunciado EDGAR JESÚS SOTELO HANCCO, a la agraviada así como a sus menores hijas Lina Sofía Sotelo Huamán (08 y Daniela Milena Sotelo Huamán (08), por el plazo de seis meses a partir de su notificación válida con la presente resolución. (...), DISPONER LA DETENCIÓN CORPORAL del denunciado EDGAR JESÚS SOTELO HANCCO, hasta por el plazo de 24 horas, la que estará a cargo de la Comisaría de la Policía Nacional del Perú de Pilcopata, quien deberá dar cuenta sobre el inicio y conclusión de este mandato de manera inmediata a su ejecución (...). DISPONER como medida cautelar y preventiva una asignación de alimentos que deberá pagar el denunciado EDGAR JESÚS SOTELO HANCCO, en favor de sus menores hijas Lina Sofía Sotelo Huamán (08 y Daniela Milena Sotelo Huamán (08), la suma de cuatrocientos soles (S/ 400.00), a razón de doscientos soles para cada una (S/ 200.00), en forma mensual a partir del presente mes.. (...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 206-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Juliana Pérez lyanllanco contra Martin León Huaman Rayan; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 05; Paucartambo, 18 de Octubre del 2016: (...) DISPONER como medidas de protección a favor de las agraviadas JULIANA PERES lYANLLACO, DELFINA RAYAN PERES Y MIRIAN EVANGELINA RAYAN PÉREZ que deberán ser cumplidas por el denunciado MARTÍN LEÓN RAYAN HUAMAN, medidas de protección que son las siguientes: DISPONGO que el denunciado MARTÍN LEÓN RAYAN HUAMAN, SE ABSTENGA de agredir en forma física y hasta psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de las agraviadas JULIANA PERES lYANLLACO, DELFINA RAYAN PERES Y MIRIAN EVANGELINA RAYAN PÉREZ, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 200-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Irene Choque Cordova contra Mario Huillca Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 17 de Octubre del 2016: (...) SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada IRENE CHOQUE CORDOVA que deberán ser cumplidas por el denunciado MARIO HUILCA HUAMAN, medidas de protección que son las siguientes: DISPONGO que el denunciado MARIO HUILCA HUAMAN, SE ABSTENGA de agredir en forma física y hasta psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada IRENA CHOQUE CORDOVA, sea en forma directa o por medios de terceros o familiares. (...) H.S.15-16-17/11/2016
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 CPJ EDICTO PENAL DE PAUCARTAMBO JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N° 68-2016-31-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Casiano Chalco Condori por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio del menor de iniciales J.F.C.Q. en audiencia publica de juicio oral de fecha 08 de noviembre del 2016, se ha dispuesto notificar al acusado Casiano Chalco Condori para que concurran a la audiencia publica de Juicio Oral inmediato, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS 15:30 EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL DE PAUCARTAMBO JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N° 147-2016-12-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Silvestre Puma Laura por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de los menores de iniciales M.X.,M., E., P.L. . en audiencia publica de juicio oral de fecha 10 de noviembre del 2016, se ha dispuesto notificar al acusado Silvestre Puma Laura para que concurran a la audiencia publica de Juicio Oral inmediato, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS 16:30 EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00993-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ANTA DEMANDANTE : LIVANO CCOSCCO, FLAVIO Resolución Nro.6 Cusco, 27 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 03 del 25 de julio de 2016 (folio 41 a 53), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, suscriben voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.Secretaria de Sala. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03368-2014-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO Y OTROS DEMANDANTE : VALENCIA LAYME, IRMA FERNANDA Resolución Nro.15 Cusco, 27 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 10 del 30 de junio de 2016 (folio 147 a 166), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, suscriben voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00732-2015-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO, Y OTROS DEMANDANTE : LETONA HUAMAN, ERNESTINA Resolución Nro.15 Cusco, 27 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°10 del 26 de julio de 2016 (folio 146 a 156), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, suscriben voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.Secretaria de Sala. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01850-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : FARFAN TORRES, ADRIAN Resolución Nro.6 Cusco, 27 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 03 del 22 de agosto de 2016 (folio 33 a 46), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, subscriben voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 15-16-17/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de Audio: María Jesús Ángulo Aedo. Se cita y emplaza al señor SANTIAGO PUMA YUCRA, en el Proceso Nro. 00341-2015-99-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en la menor de iniciales K.M.R.S., representado por su progenitura Toribia Soel Chipayo, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03.30 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillbamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). 10 de noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de Audio: María Jesús Ángulo Aedo. Se cita y emplaza al señor YUDY GUZMAN PERALTA, en el Proceso Nro. 503-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de violencia y resistencia a la autoridad - delito cometido por particulares, en agravio del ESTADO, para que asista a la audiencia de ACUSACIÓN DIRECTA y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M), en la primera sala
13 de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de Audio: María Jesús Ángulo Aedo. Se cita y emplaza al señor JUAN PABLO QUINTANA SALAZAR, en el Proceso Nro. 637-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales GUI. QUIN.PI. Representada por su progenitora SONIA YASMINA PINEDA MONTANEZ, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS CUATRO DE LA TARDE (04.30 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de Audio: María Jesús Ángulo Aedo. Se cita y emplaza al señor ALFREDO RODRÍGUEZ CRUZ, en el Proceso Nro. 164-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de ABORTO SIN CONSENTIMIENTO, en agravio FLOR LIZBETH VARGAS ESCOBAR, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de Audio: María Jesús Ángulo Aedo. Se cita y emplaza al señor FERNANDO MIGUEL CUBA CHACÓN, en el Proceso Nro. 513-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, en agravio JANET TINTA QUISPE, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 A.M), CON CARÁCTER DE INAPLAZABLE en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor WILMER ALVAREZ MORA, en el Proceso Penal Nro 750-2016-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor AL BE RO para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.),y, en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 11 de Noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ALEJANDRO CHALLCO OCHOA, en el Proceso Penal Nro 743-2016-0-1010-JR-PE-0L, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISEIS DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE Y QUINCE DEL MEDIO DÍA (12:15 P.M.),y, en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quíllabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 11 de noviembre del 2016. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor FERNANDO ABAL PAUCCAR, en el Proceso Penal Nro 593-2015-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISON DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR AFAS para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.),y por otra parte, SE DESIGNA COMO ABOGADO DE OFICIO AL DOCTOR .IHON ALEX ANDRÉS JALLO YUCRA, en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 11 de Noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor EMETERIO BUSTAMANTE CABRERA, en el Proceso Penal Nro
14 171-2016-0-1010-JR-PE-0L, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN SEXUAL A MENOR DE EDAD, en agravio del MENOR BBM 136 M. para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.),y, en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 11 de Noviembre del 2016 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 554-2015-0 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERAS ESPECIALISTA: JENNIFER TUPAYACHI AYALA SE EMPLAZA A: FERNANDO CCOYA AUCCAILLE En los seguidos contra de los investigados FERNANDO CCOYA AUCCAILLE por la presunta comisión del delito contra la Seguridad Publica, en su modalidad de Peligro Común, subtipo Conducción en estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado, con la Res. N°01 y 02; en el siguiente tenor: DADO CUENTA.- El requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado por el Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Convención; y estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 349° del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 350° de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por esta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-l 16; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del C.P.P. 3. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Ministerio Publico, para los fines pertinentes. 4. PRECÍSESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 5. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en los domicilios procesales proporcionados por el representante del Ministerio Publico, adjuntando copia del requerimiento de acusación fiscal directa. RESOLUCIÓN Nro.02 Quillabamba, veintiuno de octubre Del dos mil dieciséis DADO CUENTA en la fecha por la recargada labor del Juzgado y atendiendo el vencimiento del plazo del traslado de la Acusación Directa y considerando lo regulado por el artículo 351.1° del Código Procesal Penal dispone: “Presentados los escritos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo jijado en el articulo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”; En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DOCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la TERCERA SALA DE AUDIENCIAS del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo precisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de audiencias en el Módulo penal 2. COMUNIQÚESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Juzgado, y que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍCESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 2 y 3 del articulo 85 del CPP modificado por Ley N° 300761.5. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. NOTIFIQUES!-: VÍA EDICTO JUDICIAL al imputado con la resolución numero uno teniendo el cuenta que el domicilio real precisado por la Fiscalía es incierto además fue devuelto por la unidad de comunicaciones. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 5C&-2015-0 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERAS ESPECIALISTA: MARÍA IESUS ÁNGULO AEDO SE EMPLAZA A: RUBÉN ROLANDO YABAR SALAS En los seguidos contra del investigado RUBÉN ROLANDO YABAR SALAS polla presunta comisión del delito contra el patrimonio, en su modalidad de hurto, sub tipo Hurto Agravado, en grado de tentativa, previsto y sancionado en su tipo base por el articulo 185° del Código Penal y reprimido por el tipo especifico del segundo párrafo, numeral 1), del articulo 186° del Código Penal, concordado con lo dispuesto por el articulo 16° del Código Penal, en agravio
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016 de BASILIA USCA QUISPE., se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado, con la Res. N°01 y 02; en el siguiente tenor: RESOLUCIÓN Nro.01 Quillabamba; diez de mayo Del año dos mil dieciséis.DADO CUENTA en la fecha por la recargada labor de la especialista que da cuenta y atendiendo el requerimiento de Acusación; presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal; en consecuencia: SE DISPONE: L- CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional. RESOLUCIÓN Nro.02 Quillabamba, veintiuno de octubre Del dos mil dieciséis DADO CUENTA en la fecha por la recargada labor del Juzgado y atendiendo el vencimiento del plazo del traslado de la Acusación Directa y considerando lo regulado por el artículo 351.1” del Código Procesal Penal dispone: “Presa/lados los escrilos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo jijado en el artículo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”; En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las CATORCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la TERCERA SALA DE AUDIENCIAS del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo precisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de audiencias en el Módulo penal 2. COMUNIQÚESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Juzgado, y que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍCESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 2 y 3 del articulo 85 del CPP modificado por Ley N° 300761.5. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. NOTIFIQUESE VÍA EDICTO JUDICIAL al imputado con la resolución numero uno teniendo el cuenta que el domicilio real precisad^» por 1¿ Fiscalía es incierto además fue devuelto por la unidad de comunicaciones. 15-16-17/11/2016 CPJ PROCESO TUTELAR Hago saber a ustedes que en el EXP. No. 2016-0447, seguido, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal del Distrito de Echarate, Despachado por ei Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha resuelto lo siguiente: Echarate, veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR contra MANUEL CHIPA ÑAHUI, MATILDE HUALLPA BAYONA, FÉLIX ALOSÍLLA QUISPE y CIRILA PUJLLA YAHUA, quienes domicilian en la Comunidad de Alto Shuima y Yaco Llavero sin número, por presunto ABANDONO MORAL I MATERIAL a favor de las menores SILEI LENIS CHIPA HUALLPA, de quince años de edad y JIMENA ALOSÍLLA PUCLLA, de quince años de edad, con citación del Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincia Mixta de Echarate.... Notifíquese a los padres biológicos o familiares cercanos de las menores indicadas, por medio del diario judicial del Cusco... H. S.- Firma Sr. Juez Dr. M. Arizábal.- Secretario F. Puma Lo que notifico a Uds., parfi vuestro conocimiento y fines de ley. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO PENAL QUISPiCANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCH! Se cita y emplaza al procesado SANTOS JALANOCCA QUISPE para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N°. 00061-2015-73-1014- JR- PE- 01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de NELLY CCAHUANA FL0RÍ& AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL 17 DE ENERO DEL 2016 A HORAS D TARDE. 15-16-17/11/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Acomayo, Despachado por el doctor Raúl Gutiérrez Ochoa, bajo la actuación de la Especialista Legal Lizcth Mercado Laguna, se sigue el Proceso Civil N° 2-2015-0-1003-JP-FC-01 a instancia de VILMA TTITO SURCO sobre Prestación de Alimentos contra ERNESTO CONDORI CCASA; el cual mereció la emisión de la resolución numero 14 que en resumen consta. (...) SEÑÁLESE NUEVA FECHA para la AUDIENCIA ÚNICA, acto procesal que se verificara en el local del Juzgado el día LUNES VEINTOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de Ley en caso de inconcurrencia de las partes, o de llevarse a cabo la audiencia con la sola concurrencia de la demandante. 15-16-17/11/2016 CPJ
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
15
16
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
17
18
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
19
20
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
21
22
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016
23
24
Cusco, martes 15 de noviembre de 2016