Avisos Judiciales Cusco 170413

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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 Usuarios EDICTO EN EL PROCESO 2009-01039-0-1001-JR-FA-3 EN LOS SEGUIDOS POR VANIA BARRIONUEVO ALOSILLA I HOLGUER ROMAINVILLE ROFFNER SOBRE SEPARACION CONVENCIONAL I/O DIVORCIO ULTERIOR, tramitado ante el Tercer Juzgado de Familia del Cusco, despachado por el Señor Juez Edwin Romel Béjar Rojas, ha dispuesto la publicación siguiente: Resolución N° 35, Cusco, catorce de agosto del dos mil doce.- Estando a lo expuesto REQUIERASE A HOLGUER ROMAINVILLE ROFFNER a fin de que cumpla con cancelar el total de los alimentos devengados ascendente a la suma de DIECISIETE MIL OCHOCENTIOCHO NUEVOS SOLES CON TREINTA I NUEVE CENTIMOS, en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley. H.S.- Resolución N° 36, Cusco, catorce de setiembre del dos mil doce.- AL PRINCIPAL.- REQUIERASE A HOLGUER ROMAINVILLE ROFFNER, a fin de que cumpla con cancelar el total de los alimentos devengados ascendente a la suma de DIECISIETE MIL OCHENTA l OCHO NUEVOS SOLES CON TREINTA I NUEVE CENTIMOS, en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Publico para ser denunciado por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, debiéndose de notificar en su domicilio real i procesal.- Media firma del Juez.- Especialista Legal Judith Castillo Prado. 3v-15-16-17-iv-13 b/v 27714

NOTIFICACION POR EDICTOS. Sres. Sucesión de quien en vida fuera Luis Ángel Poblete Valdivia. Expediente N° 01328-2005-0-1001-JR.CI.04.- En los seguidos por el Banco de Crédito del Perú, sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, con Luis Ángel Poblete Valdivia y otros, tramitado ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, Despachado por la Jueza Dra. Fanny tupe Pérez Carlos, ha dispuesto la notificación con la siguiente resolución: Resolución N° 98.- Cusco, veintiuno de Setiembre del dos mil doce.- Por recibido el oficio con el proceso adjunto (. . .) SE RESUELVE: Suspender el trámite del proceso para que comparezcan los sucesores procesales del que en vida fuera LUIS ALGEL POBLETE VALDIVIA y para efectos del emplazamiento a dicha Sucesión y establecer quienes la conforman presente la parte actora la constancia registral de Sucesión Intestada o Testamento.- H.S.- Resolución N° 104.-Cusco, 22 de Marzo del 2013. Por lo expuesto: (..) SE RESUELVE: (…) 1) Escrito de fecha 7 de Marzo del año en curso: AUTORICESE la notificación por edictos a la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA LUIS ANGEL POBLETE VALVIDIA, en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador Procesal (…).- H.S. Media firma de la Jueza Dra. Fanny tupe Pérez Carlos.- Especialista Legal E. Lía ccarhuarupav Béjar. Cusco, 5 de Abril del 2013 3v-15-16-17-iV-13 B/v 27708

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL En el Expediente Nro. 00463-2012-0-1018-JM-CI-01 seguido por ADRIAN OCHOA AYMA contra CECILIO ZAMATA PUMA, sobre Ejecución de Garantías; el PRIMER JUZGADO CIVIL DEL DISTRITO DE SANTIAGO a cargo de la Dra. Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación de la Especialista Legal Dra Nancy Victorio Vaquez, ha dispuesto que la Martillero Público LISBETH HOLGADO NOA DE CACERES con Registro N° 254 lleve a cabo el REMATE PÚBLICO en primera convocatoria del inmueble que se detalla a continuación: PREDIO RUSTICO. PARCELA CON UNIDAD CATASTRAL 24216. INDEPENDIZADA DEL PREDIO DENOMINADO UCCHULLO ALTO. UBICADO EN EL SECTOR AYUDA MUTUA. VALLE DEL CUSCO. DISTRITO DEL CUSCO, PROVINCIA DEL CUSCO. DEPARTAMENTO DEL CUSCO, con un área de 330 m2 y demás características obrantes en la Partida Electrónica Nro. 02011904 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. X -Sede Cusco. VALORIZACION: El bien se encuentra valorizado en US$ 40,000.00 (CUARENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: Siendo primera convocatoria a remate, la base del remate equivalente a las dos terceras partes de la valorización, asciende a US$ 30,000.00 (TREINTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS).CARGAS Y GRAVAMENES: 1.- HIPOTECA constituida a favor de ADRIAN OCHOA AYMA hasta por la suma de US$ 20,000.00 según consta de la Escrituras Públicas del 13/12/2011 y 24/04/2012 otorgadas por ante Notario Público Nestor Francisco Avendaño García, así y más ampliamente consta del Asiento 03 de la Partida Electrónica Nro. 02011904 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra I N°

X-Sede Cusco. FECHA Y HORA DE REMATE: El bien será rematado el día LUNES 06 DE MAYO DEL 2013 a horas 10.00 a.m. LUGAR DE REMATE: Local del Primer Juzgado Civil del Distrito de Santiago sito en Av. Micaela Bastidas s/n Asociación Vivienda Kantoq-Zarzuela, distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco. DE LOS POSTORES: Los postores para participar en el acto de remate obrarán el 10% del valor de la tasación del bien materia de remate, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia (NEGOCIABLE) girado a su nombre y presentarán ORIGINAL y COPIA FOTOSTÁTICA SIMPLE del Documento Nacional de Identidad y del a rancel judicial por derecho a participar en remate, con el número de expediente, juzgado y generales de ley.- Los honorarios de la Martillero Público serán de cargo del adjudicatario, de acuerdo al arancel aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS.Santiago, Abril del 2013 NANCY VICTORIO VÁSQUEZ SECRETARIO LISBETH HOLGADO NOA DE CÁCERES MARTILLERA PÚBLICA 06VZ.11.12.15.16.17.18.IV.13 B/. 23726

EDICTO JUDICIAL PARA LA NOTIFICACIÓN DE LAS SUCESIONES DE CASIMIRA RIVERA QUINTO, EVARISTO RIVERA QUINTO Y MOISÉS RIVERA ZAPATA En el Juzgado Mixto de Calca – Cusco, Exp. No. 063-2012, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 10 del 17-10-2012: “Estando a la declaración jurada de las demandadas, CUMPLASE con emplazar a las sucesiones demandadas reconvencionalmente Sucesión de Casimira Rivera Quinto, Evaristo Rivera Quinto y Moisés Rivera Zapata, con el extracto de la resolución numero nueve (fojas 237 y siguiente), mediante edictos judiciales conforme a ley y a costa de la parte actora, para que dentro del plazo de ley cumpla con apersonarse al proceso, acreditando su calidad de sucesores con el documento publico correspondiente (testamento o sentencia de sucesión intestada), bajo apercibimiento de seguirse el proceso con el nombramiento de un curador procesal que los represente, en caso de incumplimiento…”,.- H.S… ”.-Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretaria C. Delgado. Calca, 12 de Abril de 2013. Carmen Rosa Delgado Sánchez. Secretaria. 03VZ.15.16.17.IV.13 B/. 23739

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el señor Juez Edwin Cruz Domínguez, se tramita el Proceso Civil Nro. 2013-25-CI, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por FELICIANO GALLEGOS ALMIRON sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de un área de 0.6479 hectáreas que comprende el sector denominado CAPULI K’UCHU, que se encuentran ubicados como parte integrante del Sector denominado Hacienda Huañac del distrito de Chinchaypucyo; debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO ABREVIADO, Conforme lo dispuesto por el articulo 506 del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial.- H.S.- Firmado por el Señor Juez Doctor Edwin Cruz Domínguez.- especialista legal Leidy Soto Castillo. Cusco, 01 de abril del 2013. Leidy Soto Castillo. Secretaria. 03VZ.15.16.17.IV.13 B/. 23743

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el señor Juez Edwin Cruz Domínguez, se tramita el Proceso Civil Nro. 2013-25-CI, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por FELICIANO GALLEGOS ALMIRON sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de un área de 0.6479 hectáreas que comprende el sector denominado CAPULI K’UCHU, que se encuentran ubicados como parte integrante del Sector denominado Hacienda Huañac del distrito de Chinchaypucyo; debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO ABREVIADO, Conforme lo dispuesto por el articulo 506 del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial.- H.S.- Firmado por el Señor Juez Doctor Edwin Cruz Domínguez.- especialista legal Leidy Soto Castillo. Cusco, 01 de abril del 2013. Leidy Soto Castillo. Secretaria.


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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013

03VZ.15.16.17.IV.13 B/. 23743

EDICTO JUDICIAL. Sra. LAIS KATHLEEN HUACO NÚÑEZ. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la Sra. Juez. Judit Tacuri Chávez, se tramita el Proceso Civil Nro.00136-2013-0-1001JP-FC-03 seguido por LEINA LUCIA HUACO VILCA en representación de LUIS ALBERTO HUACO FLORES, sobre EXONERACION DE ALIMENTOS en contra de LAIS KATHLEEN HUACO NÚÑEZ, en el que se ha dictado la Resolución Nro. 01 De fecha 21 de marzo del 2012 en el que se dispone “...Por lo que, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por LEINA LUCIA HUACO VILCA en representación de LUIS ALBERTO HUACO FLORES, sobre EXONERACION DE ALIMENTOS en contra de LAIS KATHLEEN HUACO NUÑEZ; debiendo substanciarse en la vía del PROCESO SUMARISIMO, estando al Artículo 554º del Código Procesal Civil CÓRRASE traslado de la demanda a la demandada por el término de CINCO DÍAS. Para que contesten la demanda bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de renuencia. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que adjunta para admitirse y actuarse en su oportunidad procesal Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos.Al Segundo Mas.- SE DISPONE; publicar por Edictos tanto en el Diario oficial el Peruano, como en el diario judicial del Cusco, un extracto de la presente resolución, por tres veces.- H. S.”- Firmado por la Señora Juez Doctora Judit Tacuri Chávez.- Secretaria. M. Halanoca P. Cusco, 08 de Abril de 2013. 03VZ.15.16.17.IV.13 B/. 23734

EDICTO JUDICIAL SEÑORA: SABINA FERNANDEZ QUISPE En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00020-2013-0-1001-JMCI-02, seguido por Santiago Corimanya Quispe y Clara Marlene Pérez Valdez, contra Sabina Fernández Quispe y otra, sobre Reivindicación, Mejor Derecho de Propiedad y Nulidad de Acto Jurídico, mediante resolución N° 07 de 2603-13 se ha dispuesto la notificación por edictos y publicar el extracto de la resolución’ Nro. 01 del 15-01-13: “...Admitir a Trámite en la Vía del Proceso de Conocimiento, la demanda interpuesta por Santiago Corimanya Quispe y Clara Marlene Pérez Valdez, contra Frida Chávez Mendoza y Sabina Fernández Quispe, sobre Reivindicación y acumulativamente Mejor Derecho de Propiedad y Nulidad de Acto Jurídico, respecto al lote de terreno ubicado en la Urbanización Los Jardines, signado con el lote N° 11 de la Manzana B, del distrito de Wanchaq ...equivalente al 50.002% con una extensión de 91.94 m2, con relación al área total del inmueble matriz que tiene un área de 183.87 m2..., córrase traslado a la parte contraria por el plazo de treinta días, bajo expreso apercibimiento de declararse la rebeldía de los demandados .”. Medios Probatorios.- “Téngase por ofrecidas....” H.S.. Lo que se le notifica para los fines consiguientes, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal.- Firma y sello del señor Juez Andrés Abelino Flores Aguilar.- Ante mí: Evangelina Conza Choque.Secretario Judicial.- Wanchaq, 11 de Abril del 2013. Evangelina Conza Choque Secretaria. 03VZ.15.16.17.IV.13 B/. 23733

DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SEÑORES: FRANCISCO SALCEDO Y/O SUCESORES LEGALES, EXALTACIÓN VILLAVICENCIO Y/O SUCESORES LEGALES, ANTONIO VILLAVICENCIO Y/O SUCESORES LEGALES, CORPORACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO DEL CUSCO NARCISA LOBATÓN SALCEDO Y/O SUCESORES LEGALES FRANCISCO ADRIAN GUTIÉRREZ GAMARRA Y/O SUCESORES LEGALES MARCO HERBERTH ALEGRE ROMERO Y ROSA MARÍA BRAVO SALDAÑA, WILLIAMS ALVAREZ SÁNCHEZ, MARÍA RODRÍGUEZ WARTON Y NOYA MIRANDA OQUENDO. ANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, CONSTANTINO FLORES RAMOS Y CATALINA CARREÑO LAUREL DE FLORES, AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY Nº 27333, HAN PRESENTADO LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE DE TERRENO Nº D-A, URBANIZACIÓN RAYANCCATA, DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN ÁREA DE 141.87M2 (CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS), SIENDO SUS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS LAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE, CON UN PASAJE SIN NOMBRE, EN UNA LONGITUD DE 5.57ML. POR LA DERECHA ENTRANDO, CON EL LOTE Nº D-B, DE PROPIEDAD DE LUCIA PILAR CARREÑO DE AGRAMONTE, EN UNA LONGITUD DE 25.69ML. POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, CON LA PROPIEDAD DE JUAN ARANIBAR GONZALES, EN LÍNEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS DE 21.74ML. Y 4.70ML, EN UNA LONGITUD TOTAL DE 26.44ML. Y POR EL FONDO CON EL CONDOMINIO SANTA LUCIA, EN UNA LONGITUD DE 5.30ML. CON UN PERÍMETRO TOTAL DE 63.00ML. (SETENTA Y TRES METROS LINEALES). CUSCO, ABRIL 04 DEL 2013. RODZANA NEGRÓN PERALTA ABOGADA 03VZ.16.17.18.IV.13 B/. 23751

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago que despacha el señor Juez Luis Alberto López Trelles, bajo la actuación de la Especialista Legal Betsy Milagros Salazar Gallegos, en la causa civil N° 00007-2013-0-1018-JM-CI-02, seguido por Adrián Ochoa Ayma Julio, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de Bien Mue-

ble; mediante resolución N° 02 de fecha once de enero del 2013, se ha resuelto ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ADRIAN OCHOA AYMA, en contra de: 1).- La empresa E.L.Y. CONSTRUCCIONES CASA CENTRO SRL. y MATIAS AURELIO TTUPA QUISPE, , que contiene la pretensión jurídico procesal de; PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE. por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 478 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incurrir en los supuestos regulados en la Ley.- Al amparo de lo dispuesto por el artículo 51 del Código Procesal Civil, i de conformidad a lo establecido por el artículo 486 del Código Adjetivo tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO.- MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofrecidas como pruebas de ésta parte las señaladas las que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal respectiva.ANEXOS.- A sus antecedentes los anexos que se acompañan, recomendando al abogado que patrocina a cumplir cabalmente en señalar cada medio de prueba el anexo que corresponda. Teniendo en cuenta que se ha agotado la búsqueda de la ubicación de la parte demandada, notifíquese a ésta vía edictos, para tal efecto cúmplase con efectuar las publicaciones correspondientes. HABILÍTESE lugar, hora y fecha, inclusive sábados, domingos y feriados, para la notificación con la demanda a los demandados y colindantes. TÉNGASE por designado como abogado de esta parte al profesional que autoriza el escrito H.S. Santiago, 01 de abril del 2013. Betsy Milagros Salazar Gallegos. Secretaria. 03VZ.16.17.18.IV.13 B/. 23753

Señor Notario Don Nestor D. Villanueva.En el registro de Escrituras publicas de su cargo sírvase extender y autorizar una de COMPRA VENTA REAL; por la que yo: MARCIAL AEDO GUERRA, con documento nacional de identidad numero 24689428, agricultor y esposa MARINA RUEDA DE AEDO con documento nacional de identidad numero 24688912, de su casa casados domiciliados en la plaza de armas del distrito de Pitumarca, provincia de Canchis departamento del Cusco, otorgamos a favor de JUSTA QUISPE CANDIA con documento nacional de identidad numero 41986776, de su casa soltera y JUAN QUISPE CHUQUI, con documento nacional de identidad numero 42622937 obrero domiciliados en el Jirón Junín S/N del distrito de Pitumarca provincia de Canchis, departamento del Cusco, ambas partes peruanos, mayores de edad celebramos bajo los términos siguientes:… PRIMERO.- por el presente acto jurídico Nosotros esposos Marcial Aedo Guerra y Marina Rueda de aedo damos en venta a favor de Justa Quispe Candia y Juan Quispe Chuqui la propiedad y domicilio de un lote numero NUEVE de la manzana K2 ubicado en el centro poblado Pitumarca del distrito de Pitumarca, provincia de Canchis departamento con un área superficial de SETENTA Y SIETE PUNTO CUATROCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (77.470 M2) con los siguientes linderos por el FRENTE con la plaza de armas con 9.05m.l., por el FONDO con el lote 10 con 5.15 m.l., por el costado DERECHO ENTRANDO, con el lote 8 10 con 1088 m.l., y por el costado IZQUIERDO ENTRANDO, con el lote 10 con 57 398 477 m.l. cuyo derecho de propiedad fue adquirido a titulo de Propiedad gratuito Registrado otorgado por COFOPRI y la Municipalidad Provincial de Canchis en fecha 26 de junio del 2008 e inscrito el dominio en la partida Nº P59008547 del Registro de Predios.SEGUNDO.- el precio convencional de la presente venta os de TREINTA Y SIETE MIL NUEVOS SOLES (SI. 37.000.00). Que los vendedores declaramos haber recibido integramente a mi entera satisfacción. por lo Que entregamos dicho Inmueble a favor .de los compradores con sus usos, costumbres, servidumbres, entradas salidas y todo cuanto de hecho y por derecho pertenecen a dicho inmueble sin reserva ni limitación: libre de gravámenes obligándonos los vendedores por la evicción y saneamiento de ley, Igualmente me comprometo solidariamente con los compradres a solventar por cualquier obligación tributaria o municipalidad pendientes de pago por no mediar causal de nulidad alguna.TERCERO.- En cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 7 de la Ley 28194. Cumplo con señalar que los medios de pago, pese a habérseles requerido.CUARTO.- Así mismo debemos indicar que esta venta lo efectuamos en vista de que la señora en los quehaceres de nuestro hogar hasta el ultimo momento de nuestras existencias con efecto y voluntad.QUINTO.- Nosotros los compradores aceptamos el tenor del presente contrato, en todos sus extremos corrientes los gastos de escrituración por nuestra cuenta en su totalidad.A todo lo que Ud. Añadirá las demás clausulas de Ley.Sicuani. 20 de marzo Del año 2013. Néstor D. Villanueva Sánchez. Notario. 02VZ.16.17.IV.13 B/. 23745

NOTIFICACION POR EDICTO. SR. DIRK HILLEBRENNER Ante mi Despacho Notarial, se presentó LUIS PALOMINO CESPEDES, solicitando la prescripción adquisitiva del vehículo de las siguientes características: PLACA DE RODAJE: OQ-6623.- CLASE: CMTA PICKUC -MARCA: TOYOTA.- MODELO: HILUX YN57-LGKRP- CARROCERÍA: TOLVA CABINA DOBLE.- AÑO DE FAB. 1989.- COLOR: VERDE PETROLEO.- N° DE SERIE N° YN570086073.- N° DE MOTOR: 3Y0795940; lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley.-- Paruro, 22 de marzo del 2013. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina: Plaza de Armas S/N.- Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO. 01VZ.17.IV.13 B/. 23765

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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE MATRIMONIO En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago -Cusco Con Expediente 3625 de fecha 08-04-2013 Ha solicitado el(la) ciudadano(a) BENACIA CRUZ QUISPE la RECTIFICACION ADMINISTRA TIVA, de la partida N° 326454 correspondiente a la partida de nacimiento de MAGDIEL CHILE CRUZ del año 1997, en el que existe error de consignación en el robro nombre de la progenitora PRENOMBRE en la parte principal del acta debiendo consignarse de manera corre4cta como VENANCIA en lugar de BENANCIA. Lo que se hace de conocimiento Publico a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 15 de Abril del 2013. Mary López Fabre Registrador Civil 01VZ.17.IV.13 B/. 23763

EDICTOS En el primer Juzgado de paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Dra. Luz Jannet Cárdenas E., bajo la actuación de la Especialista Legal Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 00526-2013-0-1001-JP-CI.1, seguido por Carmela Tapia Chávez Vda. De Zárate y otros, sobre Sucesión Intestada de quien en vida fue su señor padre Julio Alejandro Zárate Medina, fallecido el día 13 de agosto del 2011, en el Hospital Nacional Sur Este del distrito de Wanchaq- Cusco. Lo que se publica para los fines de ley. Wanchaq, 15 de abril del 2013. Rebeca Roca Ferro. Secretaria. 01VZ.17.IV.13 B/. 23764

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEPATA PAUCARTAMBO – CUSCO ACTA DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA En cumplimiento de la Resolución Registral Nº 010-OREC-MDC-2013,.expedido por la jefa de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Colquepata, donde se resuelve rectificar Administrativamente la partida de Nacimiento de Waldir Valencia Pinto ,signado con el Nº. 336, inscrito el treinta de junio de mil novecientos noventa y cinco de los siguientes datos relevantes en los que debe decir correctamente. DATOS DE LA MADRE Ítem. Prenombres .MIRIAN, debiendo quedar inalterables todos los demás datos Colquepata, 10 de abril 2013 L. Ríos Zamalloa Jefe Registro Civil. 01VZ.17.IV.13 B/. 23767

EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cotabambas -Apurímac, que despacha la Dr. Angel A. Mujica Quispe, bajo la actuación Judicial del Secretario Adolfo A. Cahuana Huillca, en el Expediente 69-2013, seguido por EMILIO MENDOZA HUAMANI, la que se viene solicitando en la vía de Proceso No Contencioso la Rectificación de su Partida de Nacimiento en el sentido siguiente: Que, en la partida de nacimiento del solicitante el apellido paterno de su padrino que erróneamente consignado como ORIGUELA con la letra “G”, siendo lo correcto ORIHUELA con la letra “H”; debiendo ser como PRUDENCIO ORIHUELA; asimismo el registrador de aquel entonces no había consignado en sexo, por lo que para lo posterior debe ser consignado en el rubro del sexo en forma correcta “SEXO MASCULINO”, sin que dicha variación constituya prueba de filiación ni altere su condición civil. Tambobamba, 08 de abril del 2013. Adolfo A. Cahuana Huillca Secretario Judicial 02VZ.17.18.IV.13 B/. 23768

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN OFICINA DE REGISTRO CIVIL AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO En la Oficina Registro Civil de la Municipalidad Provincial de la Convención, distrito de Santa Ana, de la provincia de la Convención, departamento, y región del Cusco, el recurrente don FRANCISCO BERMUDEZ VALER, identificado con DNI. Nº 31035453, con arreglo de la Directiva Nº 263- GRC/017 aprobada por la Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNA/RENIEC, “Rectificación Administrativa de Actas por error y omisión no atribuibles al Registrador”, ha solicitado la Rectificación Administrativa de la Partida de nacimiento, de su menor hijo GROGAN BERMUDES CAHUA, Inscrito en el Folio Nº 981, correspondiente al año 1996, en el que manifiesta haber error en el apellido materno del titular y error en el apellido paterno del progenitor inscrito erróneamente como “Grogan Bermudes Cahua”, siendo lo correcto BERMUDEZ con Z, y no con “s”, debiendo figurar correctamente como: GROGAN BERMUDEZ CAHUA, su progenitor FRANCISCO BERMUDEZ VALER. Lo que se hace de conocimiento publico a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los quince días siguiente a la publicación, conforme al articulo 74 del “Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil”, aprobado por el DECRETO SUPREMO Nº 015-98-PCM., ante esta Municipalidad, lo que

se da cumplimiento conforme al articulo 73º del referido Reglamento. Quillabamba, 09 DE ABRIL DEL 2013. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCION REGISTRO DE ESTADO CIVIL STA. JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA JEFE 01VZ.17.IV.13 B/. 23769

EDICTO JUDICIAL Que, en el Proceso Civil Nº 00225-2012-0-1010-JM-CI-01, seguido por Maximo Alejandro Saico Ccama y Juana Barrientos Pachapuma contra Paula Pachapuma Viuda de Lopez, Livia Lopez Pachapuma y Edwin Lopez Pachapuma sobre : DELIMITACION DE LINDEROS, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de la Convención, en la forma siguiente: DEMANDA; Por interpuesta por Maximo Alejandro Saico Ccama y Juana Barrientos Pachapuma sobre: DELIMITACION DE LINDEROS, ADMÍTASE en la vía del proceso ABREVIADO; y CORRASE traslado la demanda a los demandados, por el termino de ley, admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Supernumeraria María Antonieta Cano Pozo. Fdo. Abogada Olga Villanueva Valle Publíquese por tres días con intervalo de tres días. Lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 12 de abril del año 2013. 03VZ.17.23.29.IV.13 B/. 23769

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANURA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN DEPARTAMENTO DEL CUSCO REGISTRO DE ESTADO CIVIL PUBLICACIÓN DE REGULARIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO. En atención a la Solicitud presentado por el Ciudadano don: REMIGIO ATAZU QUISPE con documento de identidad Nº 25310706. Con domicilio en el Sector de Yanahuara Provincia de Urubamba, quien solicita la regularización Administrativa del Acta de Nacimiento que corresponde a: VERONICA OTAZU QUISPE Con fecha de nacimiento 30 de setiembre de 1997. Inscrito en el folio Nº 390506 de la Municipalidad Distrito de Maranura. En el Acta de Nacimiento se detecta: LA OMISION DE SALVEDAD. Error en el cuerpo de Acta de Nacimiento, en el Segundo Apellido del Padre como: “QUISPE” error omitido por el Registrador Civil de la época anterior según se verifica en el Acta Registral DEBIENDO SER LO CORRECTO “CUSI”., Siendo el Nombre y Apellido del Padre : “REMIGIO OTAZU CUSI”. Por lo tanto la solicitud presentada es admitida y será publicada por espacio de cinco días a partida de la fecha para su respectivo trámite. La concurrencia teniendo en consideración ala Directiva No. 260/GO/008 y el Decreto Supremo No. 015-98-PCM. De la Ley No. 26497. Se publica para fines de ley. 01VZ.17.IV.13 B/. 23769

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. ANTE MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN EL JIRON BELAUNDE TERRY N° 176, DEL DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA DE QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SE , PRESENTO EL SEÑOR SERGIO CEFERINO SAIKI MONCADA, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU ACTA DE NACIMIENTO RESPECTO A LOS ERRORES EVIDENTES EN QUE SE INCURRIO AL REGISTRAR LOS NOMBRES DE SUS PADRES, OMITIENDO CONSIGNAR LOS APELLIDOS MATERNOS DE AMBOS HABIENDO SIDO REGISTRADO EL NOMBRE DE SU PADRE COMO: ANTONIO SAIKI, y DE SU MADRE COMO: DOLORES MONCADA, DEBIENDO SER LO CORRECTO: ANTONIO SAIKI HUISAHUARI y DOLORES MONCADA SILVA, LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY URCOS, CUSCO 15 DE ABRIL DE 2013. MARIA E. GALDO SOTOMAYOR ABOGADA NOTARIA. B/V. 27734 1V. 17

EDICTO JUDICIAL PARA LA NOTIFICACIÓN DE LA SUCESIÓN DEMANDADA GENOVEVA BENEDICTA SEVILLANOS RAMOS.En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 0108-2013, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 03 del 21-01- 2013:” ... ADMÍTIR LA DEMANDA interpuesta por ANA CAMPANA SEVILLANOS, con LA SUCESIÓN DE GENOVEVA BENEDICTA SEVILLANOS RAMOS representado por su hija GAVINA CAMPANA SEVILLANOS, sobre CAMBIO DE NOMBRE de su señora madre Benedicta Sevillanos Ramos, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; CUMPLASE con emplazar a la sucesión demandad con el extracto de la presente resolución, mediante EDICTOS judiciales conforme a ley y a costa de la parte actora, para que dentro del plazo de ley cumplan con apersonarse al proceso, acreditando su calidad de sucesores con el documento publico correspondiente (testamento o sentencia de sucesión intestada), bajo apercibimiento de seguirse el proceso con el nombramiento de un curador procesal que los represente, en caso de incumplimiento ... “.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretaria C. Delgado. Calca, 27 de marzo de 2013. B/V. 27736. 3V. 17,18 Y 19

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de Calca - Cusca, Exp. No. 0108-2013, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 03 del 21-01- 2013: “ ... ADMÍTIR LA DEMANDA interpuesta por ANA CAMPANA SEVILLANOS, con LA SUCESIÓN DE GENOVEVA BENEDICTA SEVILLANOS RAMOS representado por su hija GAVINA CAMPANA SEVILLANOS, sobre CAMBIO DE NOMBRE de su señora madre Benedicta Sevillanos Ramos, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; En atención a la naturaleza de la pretensión demandada, CUMPLASE con publicar el extracto


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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013

de la presente resolución mediante EDICTOS judiciales a costa de la parte actora, para los fines de ley.- ... “.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretaria C. Delgado. Calca, 27 de marzo de 2013. B/V. 27736 3V. 17, 18 Y 19

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUIQUIJANA, DIVISION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL AVISO. RECTIFICACION ADMINISTRTIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por expediente No.1279 de fecha 10 de Abril del 2013 Doña FRANCISCA HUARACCONI CCANQUE solicita la Rectificación Administrativa de la partida o Acta de Nacimiento No. 000220 del año 1995 de su menor hijo ROBERT CHAMPI HUARACCONE, debido a que en el rubro Datos del Nacido se evidencia la consignación errónea del segundo apellido como HUARACCONE con (E) debiendo ser HUARACCONI con (1) siendo el nombre completo y correcto del titular ROBERT CHAMPI HUARACCONI Asimismo en el rubro Madre existe la consignación errónea y enmendadura del primer y segundo apellido de la progenitora como (HUARACCONE con (E) CCANQQUE con doble (QQ) debiendo ser HUARACCONI con (1) CCANQUE con (Q) siendo el nombre completo y correcto de la Madre FRANCISCA HUARACCONI CCANQUE, quedando inalterables los demás datos del asiento registral. Lo que se publica para sus fines conforme establece el Art. 73 del D.S. No. 015-98-PCM. Directiva DI 263-GRC/017 a fin de quienes resulten perjudicados con la rectificación formulen OPOSICIÓN dentro de los 15 días siguientes a la presente publicación por escrito en la Oficina de Registro Civil de Quiquijana. Quiquijana, 10 de Abril del 2013 Paula Delia Estrada Mendoza Jefe de Registro de Estado Civil. B/V. 27737 1V. 17

1v-17-IV-13 b/v 27738

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago Cusco Con Expediente 4013 de fecha 12-04-2013 Ha solicitado el(la) ciudadano(a) GUILLERMINA CALLAPIÑA CRUZ la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA, de la partida N° 058694 correspondiente a JHONATAN HUANCA CALLAPIÑA en el que existe error de consignación en el rubro nombre del progenitor ( SEGUNDO APELLIDO ), debiendo consignarse como QUISVERDE en lugar de Quispeverde . Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 16 de Abril del 2013. Mary López Fabre Registrador Civil 1v-17-IV-13 b/v 27739

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito de Wanchaq, se tramita el Proceso Civil Nro. 190-2013-0-1001-JM-CI-02 seguido por LUIS ADRIAN MUJICA CASTELO y ELIZABETH BERNA DEL CARPIO DE Mujica, sobre CAMBIO DE NOMBRE del menor ADRIAN AICIDES MUJICA DEL CARPIO, consistente en el cambio del segundo nombre de pila del menor, de ADRIAN ALCIDES por el de ADRIAN DANIEL. Lo que se publica para los fines de ley. Firma del Señor Juez Dr. Andrés Abelino Flores Aguilar.- Betsabe Prudencia Sotelo Secretaria Judicial.Wanchaq, 11 de Abril del 2013. 1v-17-IV-13 b/v 27753

AVISO JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

En el Proceso Civil Nro. 00657-2012, el Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado del Cusca, doctor Mauro Mendoza Delgado, dispuso la publicación del extracto de la solicitud admitida e interpuesta por Juana Encarnación Rivera Viuda de Carpio, sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento, respecto de la omisión de los apellidos maternos de sus progenitores, debiendo ser lo correcto en ambos casos, CIPRIANO RIVERA BACA Y MARIA CONCEPCION SANCHEZ RODRIGUEZ, en los Registros de la Municipalidad Provincial del Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinentes. B/V. 27733 1V. 17

Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santiago, que despacha la señora Juez Basiliska Dueñas Zúñiga, en el Proceso Civil N° 2013-248-0-1 004-JP-CI-1, YRMA PARDO MIRANDA, vienen solicitando la rectificación de la partida de nacimiento, asentada en la Municipalidad Provincial del Cusco, respecto a su nombre consignado erróneamente como ESTANISLAO PARDO siendo lo correcto ESTANISLAO PARDO PAIVA. Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial María Macedo. Santiago, 15 de marzo del 2013. 1v-17-Iv-13 b/v 27762

EDICTO JUDICIAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Doctora Marina Hilares Vi llegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán, se tramita el Expediente Nro. 26-2013 seguida por Venancio Huittoccollo Hancco sobre Rectificación de Partida de Nacimiento de su menor hijo Ricardo Huittoccollo Ttito, a efecto de que se corrija la enmendadura al haberse repetido su nombre de pila con el apellido paterno debiendo ser aclarado como HUITTOCCOLLO, igualmente el apellido del progenitor debe ser aclarado como Huittoccollo Hancco; y en los datos de la madre aparece en forma incorrecta al haberse invertido los apellidos como TAYPE TTITO debiendo ser lo correcto TTITO TAYPE.- Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 04 de abril del 2013 B/V. 272731 1V- 17

DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: MANUEL JESUS VARGAS RAMOS Identificado con DNI. 23812763 Estado Civil: DIVORCIADO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 56 años: Ocupación: ING. CIVIL Domicilio: CALLE AVENIDA ALTA N° 506 Doña: LOURDES ESTHER PEREZ GONZALEZ Identificada con DNI. 23990942 Estado Civil: DIVORCIADA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 55 años: Ocupación: SECRETARIA Domicilio: CALLE AVENIDA ALTA N° 506 Fecha de Matrimonio: 25 DE ABRIL DEL 2013. Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 16 de ABRIL del 2013. Walter Carpio Chávez Director 1v-17-IV-13 b/v 27751

AVISO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION. MEDIANTE ACTA DE DECISION DE TITULAR DE FECHA 11 DE ABRIL DEL 2013, EL TITULAR’ HA DECIDIDO: 1.- LA DISOLUCION y LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA DENOMINADA: INCA TREKS CUSCO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. 2.- NOMBRAR COMO LIQUIDADOR AL SR. FROILAN OSTERIANO SUELDO, IDENTIFICADO CON D.N.I. 43599913. 3.- CAMBIO DE DENOMINACION DE LA EMPRESA DE: INCA TREKS CUSCO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A INCA TREKS CUSCO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN LIQUIDACIÓN. EL TITULAR. B/V. 27733 3V.-17

EDICTO JUDICIAL En el proceso civil Nro. 170-2013-JM-CI seguido a favor de Quien en vida fue Angélica Laime Delgado sobre Rectificación de Partida seguido ante el Juzgado Civil y de Familia del distrito de Santiago judicado por el Señor Juez Provisional Dr. Leoncio Martiarena Gutiérrez se ha dictado la siguiente resolución: Resolución 01.- Santiago, ocho de abril Del dos mil trece: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Leandro Chávez Laime sobre Rectificación de Partida de su progenitora Angélica Laime Delgado, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO con citación del Ministerio Público; en tal sentido, publíquese en el Diario Judicial El Peruano y el de mayor circulación de la ciudad del Cusca un extracto de la solicitud. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad procesal. A LOS ANEXOS: Téngase en cuenta los anexos aparejados y agréguese a sus antecedentes. AL OTRO SI DIGO: Téngase en cuenta. H.S. Lo que se publica para los fines consiguientes de Ley. Firmado Dr. Leoncio Martiarena Gutiérrez Juez.- ante mi Rafael Ramos Secretario Judicial.Santiago, 15 de abril del 2013.

MUNICIPAUDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL Don EDINSON OLIVERA ORTEGA de 33 años de edad, identificado con DNI N° 41984836 Natural del distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, de ocupación empleado, de estado civil SOLTERO, domiciliado en la Urb. San Isidro C3 del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco; y, Doña VIKI QQUECCAÑA CARPIO de 33 años de edad, identificada con DNI N° 40837718, natural del distrito de Ccapacmarca, Provincia de Chumbivilcas, Departamento del Cusco, de Ocupación ama de casa, de estado civil SOLTERA, domiciliada en la Urb, San Isidro C3 del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba y Departamento del Cusco. FECHA DE CELEBRACIÓN: DIA : 11 de mayo del 2013 HORA : 4:00 PM LUGAR : En el salón consistorial de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo. Las personas que conozcan causales de impedimento, pueden denunciarlas tal

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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 como establece el Art. 253 del Código Civil ante la Jefatura de los Registros Civiles de esta Municipalidad. Ollantaytambo, 11 de abril del 2013. Fricia flores Otazu Secretaria de alcaldía. 1v-17-IV-13 b/v 27755

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO OFICINA DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL AVISO DERECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por Exp. N° 1485 de fecha 10 de Abril de 2013 La Señora JOSEFINA PAUCCAR CARRASCO ,solicita la Rectificación y/o Regularización Administrativa de la partida de nacimiento N° 374 del año 1996, en la parte principal del acta existe error al segundo apellido del titular , al haberse consignado con una letra “c” en lugar de cc ,debiendo ser el nombre del titular como “ALEXANDER SEQUEIROS PAUCCAR, asimismo existe error al primer apellido de la progenitora” al haberse consignado con una letra “c” en lugar de “cc”, debiendo ser el nombre de la progenitora como JOSEFINA PAUCCAR CARRASCO ,que se hace de conocimiento público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación ,puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art. 74 del D.S .015-98-PCMante esta Municipalidad, por lo que de conformidad a lo estipulado en el artículo 73 del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC aprobado por el d.s. 015-98-PCM, se realiza ‘la presente publicación conforme a Ley. Ollantaytambo, 16 de Abril del 2013. Liberata Benavente Solís Jefa de registro Civil 1v-17-Ix-13 b/v 27750

EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A LOS HEREDEROS LEGALES DE VALERIANO VALENCIA CASTILLO. Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 029422007-0-1 001-JR-CI-3, acumulado el proceso 00418-2008-0-1001-JR-CI-5 seguido por Alejandrino Holguin Infantas, sobre Nulidad de Acto Jurídico, contra Martha Cornejo León de Muñoz y otros, en el que se ha dictado la Resolución Nro. 120 de fecha 27 de agosto del 2012 en el que se dispone “ ... en consecuencia a efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1 08 del Código Procesal Civil, NOTIFÍOUESE a los herederos legales de VALERIANO VALENCIA CASTILLO por edictos a efecto de que dentro de treinta días de notificados se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de seguirse el proceso nombrándose curador procesal, debiendo el demandante del proceso 418-2008, es decir Alejandrino Holguin Infantas, efectuar las publicaciones de los edictos a través del diario oficial El Peruano y el diario Judicial de este Distrito Judicial, por el término de tres días con intervalo de tres días, en tanto se efectúen dichas publicaciones SUSPÉNDASE el trámite del proceso.”- Fdo por el Juez Alfaro Tupayachi.- Especialista Legal Huamán Sequeiros.- Cusco, 16 de abril de 2013 . 3v-17-19-22-iv-13 B/c 27749

AVISO DE DISOLUCION y LIQUIDACION MEDIANTE ACTA DE DECISIÓN DE TITULA DE LA EMPRESA RUYELY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE FECHA 15-04-2013 SE HA DECIDIDO: 1.- LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA EMPRESA RUYELY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. 2.- EL NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR, QUE RECAE EN LA PERSONA DEL SR. RENE MELCHOR LLERENA ARISTA. 3.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN: DE RUYELY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A RUYELY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN LIQUIDACIÓN. EL TITULAR. 3v-17-18-19-ix-13 b/v 27745

EDICTO JUDICIAL 10 Juzgado de paz Letrado de Wanchaq, Exp. N° 00573-2013-0-1001-JP-CI01, Materia Rectificación de Partida de Nacimiento, bajo la Dirección de la Juez Luz Jannet Cárdenas Estévez, y el Secretario Judicial Ciro Chuquimago M., don Gladys Nohemí Ampuero Zárate viene solicitando la rectificación de la partida de nacimiento de su señora madre Rosa Victoria Zárate Dueñas, en cuanto al apellido materno, publicación que se realiza de acuerdo a ley. Wanchaq, 10 de abril del 2013. 1v-17-iv-13 b/v 27746

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado Paz Letrado del Módulo Básico Justicia de Santiago, que despacha señor Juez Dr. LEONCIO MARTIARENA GUTIÉRREZ, bajo la actuación el Secretario Judicial Daniel Pereira Mogrovejo, se viene tramitando el expediente Nro. 0588-2013, seguido por MARYLIN ROSSY FOCCO LOAIZA, solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, registrado ante la Municipalidad Distrital de Santiago, donde el apellido paterno de su progenitor solo aparece como FOCCO, debiendo ser lo correcto i completo VALENTIN PFOCCORIMAYLLA GAMARRA Lo que se publica para los fines pertinentes. Santiago, 08 de Abril 2013. 1v-17-iv-13 b/v 27744.

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo la dirección del señor

Juez Dr. Mario Castilla Huarco y la actuación de la Especialista Legal Nancy Tapia Gonzales, se viene tramitando el proceso 850-2012-CI seguido por GRIMANESA CHILLITUPA PARI, sobre SUCESION INTESTADA, esta judicatura ha admitido a trámite en la VIA de Proceso no contencioso, habiéndose admitido la solicitud mediante resolución No. 03 de fecha 11 de diciembre del año 2012, solicitando la SUCESION INTESTADA del que en vida fue RUPERTO CHILLITUPA CARLOS, fallecido el 30 de mayo del año 1992, a efecto de que sean declarados como sus únicos herederos el recurrente y su señora madre EUSEBIA PARI DE CHILLITUPA . Lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Cusco, 26 de marzo del año 2013. 1v-17-iv b/v 27743 EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo la dirección del señor Juez Dr. Mario Castilla Huarco y la actuación de la Especialista Legal Nancy Tapia Gonzales, se viene tramitando el proceso 658-2013-CI seguido por AGAPITO CONTRERAS AIQUIPA, sobre RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIOS, esta judicatura ha admitido a trámite en la VIA de Proceso no contencioso, habiéndose admitido la solicitud mediante resolución No. 01 de fecha 5 de abril del año 2013, solicitando se rectifique el acta de matrimonio No. 125 inscrita ante la Municipalidad Provincial del Cusco. Lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Cusco, 15 de abril del año 2013. 1v-17-iv-13 b/v 27742

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso N°00727- 2013-0-1001-JP-CI-03 seguido por DINA JUSTINA SERRANO MENDOZA en representación de GREGOR EMPERATRIZ GARCIA ENRIQUEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su poderdante; Que se ha omitido en consignar el apellido materno de su progenitora, debiendo ser lo correcto: NATALIA ENRIQUEZ CALDERON, lo que se tramita en el proceso: o contencioso, lo que se publica, para los tengan derecho se apersonen al trámite del presente proceso, para los fines de ley. Cusco, 15 de Abril del 2013. 1v-17-iv-13 b/v 27741

EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 01101-2013-0-1001-JR-CI-01, ante el Primer Juzgado Civil del Cusco, que Despacha el Doctor Leoncio Martiarena Gutiérrez; bajo la actuación del Especialista Legal Elmer Canal Yépez, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución N° 02 ( ... ) 1.- Por escrito que antecede Asunción Huari Huallpa, solicita el cambio de nombre en su partida de nacimiento de la recurrente de Asunción, por Concepción ( ... ) ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por ASUNCION HUARI HUALLPA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, con citación del MINISTERIO PÚBLICO; en consecuencia notifíquese’ con la demanda, anexos y autoadmisorio a la entidad citada ( ... ), DEBIENDO sustancia.se el prese..te proceso en la vía procedimental correspondiente a la del proceso de NO CONTENCIOSO. c.- PUBLÍQUESE el extracto de la demanda y la presente resolución por una sola vez en el diario judicial de esta ciudad y en el Diario Oficial El Peruano ( .. .) lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 16 de Abril de 2013. 1v-17-iv-13 b/v 27740

DECLARACION ADMINISTRATIVA DE PRESUNTO PROGENITOR. SEÑOR: ABEL USCAMAYTA PILLCO DOMICILIADO: Ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo Provincia de Urubamba del Departamento del Cusca, la señora LISBET VASQUEZ QUISPE ha solicitado con fecha 15 de Abril de 2013 la inscripción de su menor hijo de nombre LIONEL FRANK USCAMAYTA VASQUEZ, nacido en en el Centro Salud del Distrito de Ollantaytambo de la Provincia de Urubamba el día 03 de Octubre de 2011, cual corre inscrito en el acta de nacimiento N° 68607113 de fecha 15 de Abril de 2013, procedimiento en el que usted ha sido señalado como presunto progenitor, motivo por el cual se procede a notificarlo para los efectos señalados; a quien se le pone en conocimiento la presente inscripción de nacimiento conforme a lo estipulado en la Ley N° 28720, que modifica los Arts. 20 y 21 del Código Civil. Ollantaytambo, 15 de Abril de 2013. LIBERATA Benavente Solís Jefe de Registro Civil 1v-17-iv-13 b/v 27755

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco Con Expediente N° 4076 de fecha 12-04-2013 Ha solicitado el(la) ciudadano(a) JUSTO HUERTA CARAZAS la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA, de la partida N° 00934067 del año 2004, correspondiente a ENRIQUE HUERTA CARAZAS en el que existe error de consignación en el rubro nombre de la progenitora ( PRIMER PRENOMBRE y SEGUNDO APELLIDO ), debiendo suprimirse OLIMPIA debiendo quedar SATURNINA, así mismo existe error de consignación en el (SEGUNDO APELLIDO) de la progenitora, debiendo consignarse como VARGAS en lugar de CHALLCO. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago , 16 de Abril del 2013. Mary López Fabre Registrador civil 1v-17-iv-13 b/v 27756

AVISO DE SUCESION INTESTDA Ante la notaria Publica del Dr. Hugo J. Caballero Laura, con ofician ubicado en el Jirón Bolognesi N° 142- Sicuani , se ha presentado el Sr. Jacinto Palomino Mamani, solicitando la sucesión intestada del que en vida fue mi padre don CLAUDIO PALOMINO CONDORI, quien falleció en fecha 22 DE Noviembre de 1993, en esta Ciudad de Sicuani . Lo que se publica para que se apersonen los supuestos que se crean con derecho a herencia. Sicuani 12 de abril el 2013. Hugo J: Caballero Laura Notario de Sicuani – cusco 1v-17-iv-13 B/v 27748


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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01085-2013-0-1001-JR-CI-03; en el que mediante resolución Nro.04 de fecha 05-04-2013, SE RESUELVE: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por BASILIA MAGDALENA TACURI HUARCAYA, con el REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, sobre CAMBIO DE NOMBRE en su partida de nacimiento, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARíSIMO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda por el plazo de CINCO DíAS; debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el plazo de un día en el DIARIO JUDICIAL del Cusca. H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusca, 16 de Abril de 2013. 1v-17-iv-13 B/v 27760

RECTIFICACIO DE PARTIDA DE MATRIMO 10. Por ante el Tercer juzgado de Paz Letrado del Cusca, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso °00799- 2013-0-1001-jP-CI-03 seguido por SONIA SEGURA FLORES sobre RECTIFICACIO DE PARTIDA DE MATRIMONIO de su señor padre; Quién había tenido dos nombres de pila: Jacinto Mario y que esta ha sido registrado empero en todos los documentos públicos y privados nunca se ha mencionado, el segundo nombre, por lo que se debe de suprirnirse, debiendo ser lo correcto: JACINTO SEGURA CARLOS, lo que se tramita en el proceso: No contencioso, lo que se publica, para los tengan derecho se apersonen al trámite del presente proceso, para los fines de ley. Cusco, 15 de Abril del 2013. 1v-17-iv-13 B/v 27759

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo del señor Juez doctor Mauro Mendoza Delgado, y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 00506-2013, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por GUILLERMO QUISPE HUAMÁN en cuya partida se ha consignado en forma errónea los siguientes extremos: 1) En el rubro del nombre de su padre se ha consignado como JERÓNIMO con la letra “J” siendo lo correcto GERÓNIMO con la letra “G”. 2) Asimismo no se ha registrado el apellido materno del solicitante tan solo se ha consignado la letra “H”, errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 16 de abril del 2013 1v-17-iv-13 B/v 27759

FORMACION DE TITULO SUPLETORIO ANTE MI DESPACHO NOTARIAL; AV. SAN MARTIN 826 MARANGANI, LEONARDA AMPUERO HUAQUISTO, CONFORME AL ARTÍCULO 3° LEY 26662; ART. 8 Y SIGUIENTES LEY 27157; ART. 35;37;38 Y 39 DEL D.S. 008- 200-MTC; ART.6 LEY 27333, ARTS. 898 Y 950 CÓDIGO CIVIL, SOLICITA FORMACION DE TITULO SUPLETORIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN EL JR. CHE GUEVARA N° 117 DE SICUANI, PROVINCIA CANCHIS, DEPARTAMENTO CUSCO, CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: COLINDANCIAS: POR EL FRENTE: CON EL JR. JORGE CHÁVEZ, CON UNA LONGITUD DE 8.00 ML. EN LÍNEA RECTA-POR LA DERECHA ENTRANDO: CON LAS PROPIEDADES DE DEMETRIO TINTA HUILLCA Y AMÉRICO LAURA CHOQUENEIRA, CON UNA LONGITUD DE 9.88+0.85+27.28 ML., TOTAL 38.01 ML., EN LINEA QUEBRADA DE TRES TRAMOS.-POR LA IZQUIERDA ENTRANDO: CON LA PROPIEDAD DE GREGORIO SURCO MAMANI, CON UNA LONGITUD DE 37.65 ML., EN LÍNEA RECTA-POR EL FONDO: CON EL JR. CHE GUEVARA, CON UNA LONGITUD DE 6.84 ML. EN LÍNEA RECTA- .ÁREA: 288.91 M2.-PERIMETRO: 90.50 ML.- SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. MARANGANÍ, 09 ABRIL 2013 MARCO IVAN VENERO TAPIA NOTARIO ABOGADO 3v-17-23-29-IV-13 F/v 1282

OFICINA REGISTRAL DE CUSCO- RENIEC EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 28 de mayo del 2012, la recurrente YANET ROCA IBARRA madre del titular de la Partida de Nacimiento N° 1009494368 correspondiente a BRAYAM CRISTIAN ZUÑIGA ROCA y, conforme lo establece la Directiva n° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa de los prenombres de los padres del titular del acta, consignados como ISAAC ZUÑIGA VARGAS y JANET ROCA IBARRA, debiendo ser lo correcto YSAAC ZUÑIGA VARGAS y YANET ROCA IBARRA . Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a ley. Cusco, 16 de abril del 2013. Silvia Karina Salas leiva Jefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-17-iv-13 B/v 27758

SUCESION INTESTADA ANTE MI, MI DESPACHO NOTARIAL DE AV. SAN MARTIN 826, INES MOGROVEJO CUTIRI, SOLICITA INCLUSIÓN DE HEREDERO, EN LA SUCESION INTESTADA DE SANTIAGO MOGROVEJO CUTIRE. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY MARANGANI, 11 ABRIL 2013 MARCO IVAN VENERO TAPIA NOTARIO ABOGADO 1v-17--IV-13 F/v 1282 SUCESION INTESTADA ANTE MI DESPACHO NOTARIAL DE AV. SAN MARTIN 826 MARANGANI, EUFRACIA HUILLCA ALVAREZ, SOLICITA SUCESION INTESTADA DE SABINA ALVAREZ HUILLCA, FALLECIDA EL 04 JULIO 1999, EN SICUANICANCHIS. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY . MARANGANI, 26 MARZO 2013 . MARCO IVAN VENERO TAPIA NOTARIO ABOGADO 1v-17--IV-13 F/v 1282

EDICTO JUDICIAL Señor (a· es) SUCESION DE JUDITH SANTANDER VALDIVIA DE ZANABRIA En el proceso Civil Nro. 1935-2011-0-1001-JR-CI-04, seguido por ALEJANDRO ZANABRIA LOPEZ y OTRA con LINO CARLO HUERTA OJEDA Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, bajo la actuación del especialista Legal ARTURO CABRERA ORUE, la Juez DEL CUARTO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, a dispuesto la publicación dispuesta por Ley para que se notifique mediante edicto a la sucesión de de Judith Santander Valdivia de Zanabria cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCION NRO. 22 Cusco, 29 de Octubre del 2012 AL PRINCIPAL: El escrito que precede; y, CONSIDERANDO:(…) SE RESUELVE: Declarar la SUSPENSIÓN del trámite del proceso hasta que se emplace válidamente a la Sucesión de JUDITH SANTANDER VALDIVIA DE ZANABRIA, con la finalidad de que comparezcan los sucesores procesales, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo publicarse la presente resolución me-

diante edictos en la forma y modo establecidos por el articulo 167 del Código Procesal Civil a costa de la parte actora- (…) - H,S,- Firma completa de la Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos, ante mi especialista legal Arturo Cabrera Orue Cusco, 4 de Abril del 2013 3v-17-18-19--IV-13 b/v 27757

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de Paruro, despachado por el Señor Juez Dr. Félix Villegas Cajachagua y bajo la actuación del Especialista Judicial Manuel Sánchez Kcana, al interior del proceso civil Nro. 00021-2012-0-1011-JM-CI-01, la Comunidad Campesina de Paccarectambo, representada por su Nicanor Mora Villacorta, ha presentado una demanda de Delimitación de Área y Lindero y Deslinde Parcial con su respectivo amojonamiento y colocación de hitos, del área reivindicada del predio Huamán Huachana, de la comunidad campesina Pucapuca, Huatacalla del distrito y provincia de Paruro, en contra de la citada Comunidad Campesina de Huatacalla Puca Puca, representada por su Presidenta Benedicta Copara Huayhua; y con citación de los colindantes: Comunidad Campesina de Coypa, representada por su presidente Nicasio Tincol Camargo y la Comunidad Campesina de Pirca, representada por su presidente Emilio Herrera Valencia; demanda que luego de ser calificada, ha sido admitida a trámite mediante resolución cero uno del trece de Agosto del dos mil doce, en la vía del proceso abreviado, habiéndose corrido traslado de la demanda y el Autoadmisorio de la demanda a la parte demandada, por el plazo de diez días, bajo apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 554 del Código Procesal Civil; Asimismo se deja constancia que mediante resoluciones cuatro y ocho del veintiséis de Setiembre y trece de Diciembre del dos mil doce, respectivamente, se ha corregido y precisado el contenido del autoadmisorio de la demanda, en el sentido de que el nombre del predio materia del proceso, es “Huamán Huachana” y no “Huamanchana”, y el verdadero nombre de la Presidenta de la Comun i d a d C a m p e s i n a d e m a n d a d a : H u ata C a l l a - P u ca P u ca , e s B e n e d i c ta C o p a ra H u ay h u a y n o B e n e d i c ta C o p a ra Ata ; e n co n s e c u e n c i a s e d i s p o n e l a p u b l i ca c i ó n d e l ex t ra c to p o r t re s ve c e s , co n u n i nte r va l o d e t re s d í a s , e n l a fo r m a p re v i sta e n l o s a r t í c u l o s 1 6 7 y 1 6 8 d e l C ó d i go P ro c e s a l C i v i l ; y p a ra l o s f i n e s d e l ey. Pa r u ro, 0 1 d e A b r i l d e l 2 0 1 3 . 3 v- 5 - 1 1 - 1 7 - i v- 1 3 b/v 27587

EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 01213-2013-0-1001-JR-CI-01, ante el Primer Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora Sandra Contreras Campana; bajo la actuación del Especialista Legal Elmer Canal Yépez, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nº 01 Cusco, 27 de Marzo del 2013.- “(…) 1.- Mediante escrito que antecede Yolanda Bravo Mamani subsana las omisiones advertidas en la resolución uno. 2. La antes referida por escrito de fojas veinticinco demanda la prescripción adquisitiva del bien inmueble número seiscientos ochenta y ocho de la calle General Buendía lote numero dos, del distrito, provincia y departamento del Cusco, que la dirige expresamente contra la Florentino Borda Vargas y Graciela Mora Palma de Borda. (…) A. ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por YOLANDA BRAVO MAMANI, contra FLORENTINO BORDA VARGAS Y GRACIELA MORA PALMA DE BORDA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien inmueble; con citación de la Municipalidad Provincial del Cusco, Fabian Almironj Zamalloa, Elias Arenas Aucca, y Wilfredo Diaz Torres. (…) D. PUBLÍQUESE el extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los Artículos 167 y 168 en el diario judicial del Cusco, y el diario EL PERUANO. (…)”. Lo que se publicará para los fines de ley. Cusco, 05 de Abril de 2013 Elmer Canal Yépez ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL MÓDULO CORPORATIVO. CIVIL Cte. Superior de Justicia de Cusco-Poder Judicial 03VZ.11.17.23.IV.13 B/. 23720

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que Despacho el Doctor MARIO CASTILLO HUARCO, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Guadalupe Tapia Gonzales, en el Exp. N° 00181-2012-0-1001-JP-FC-04, se ha emitido la Resolución No. 02 de fecha 17 de abril del 2012, mediante la cual SE RESUELVE; ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUAN SANCHEZ TIMPO, sobre, EXONERACION DE ALIMENTOS, contra; LUCILA SANCHEZ YALLERCCO, debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía de PROCESO UNICO, y córrase traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DIAS, a fin de que conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. Y mediante Resolución N° 4 de fecha 08 de abril del 2013, SE RESUELVE: NOTIFICAR por edicto a la demandada LUCILA SANCHEZ YALLERCO, a efectos de que cumpla con apersonarse el proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal- H.S. 3v-15-17-19-IV-13 b/v 27715

NOTIFICACION EDICTAL Ante el Primer Juzgado de Familia del Cusco, que Despacha el Seña Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado, en el Proceso 139-2012 sobre Adopción, seguido por Julián Torres Torres y Sabina Monasterio 1amani, se: ha ordenado la notificación por edictos judiciales a la persona de Anastacia Saca Huamán, con el autoadmisorio de la demanda, siendo como sigue: Resolución 02, Cusco, siete de Marzo del año dos mil doce. “SE RESUELVE: ADMITIR en la vía de proceso Único, la demanda instada por JUUAN TORRES TORRES Y SABINA MONASTERIO MAMANI, sobre ADOPCION de menor contra ... ANASTACIA SACA HUAMAN, en consecuencia córrase traslado a 10$ demandados por el plazo de cinco días para absolver el traslado bajo apercibimiento de declárese su rebeldía” ... RESOLUCIÓN Nro. 06, Cusco, treinta de Enero del año dos mil trece: ... notifíquese por edictos a la justiciable demandada Anastacia Saca Huamán. 3v-11-15-17-IV-13 B/v 27663

EDICTO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el Proceso Tutelar Nro. 2008- 807-1016­-JM-FA-01, seguido a favor de la menor YANET Y ALBERTO SURCO AMAUT sobre Abandono Moral y Material, se ha dispuesto notificar MEDIANTE EDICTOS con la siguiente resolución numero uno: Que se esta promoviendo investigación a favor de los menores mencionados para cuyo efecto se pone en conocimiento de los posibles padres del menor o familiares a fin de que se apersonen a este Juzgado, a efecto de reclamar a sus menores hijos, al quinto día de notificado caso contrario se seguirá el proceso con fines de adopción. - H. S. Santiago, 09 de abril del 2013. Firmada. Especialista L. NANCY VICTORIO VASQUEZ 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. EDICTO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el Proceso

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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 Tutelar Nro. 2010 - 141-0-1016-JM-FA­01, seguido a favor del menor MARCO ANTONIO QUISPE CCOYORE, se ha dispuesto notificar MEDIANTE EDICTOS con la siguiente resolución numero uno: "SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO MORAL Y MATERIAL a favor del menor MARCO ANTONIO QUISPE CCOYORE de (10), se pone en conocimiento de los posibles padres del menor o familiares a fin de se apersonen a este Juzgado al quinto día de notificado bajo apercibimiento de seguirse el tramite de adopción.- H.S." Santiago, 09 de abril del 2013. Especialista L. NANCY VICTORIA VÁSQUEZ 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO Unidad Desconcentrada de Quejas de la ODECMA P.I.Nº: 273-2011. EDICTO La Magistrada Sustanciador de la Unidad Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cusco, pone en conocimiento del magistrado ELEUTERIO KKORA QUISPE, que en el Expediente derivado del P..I N° 273-2011 interpuesta por Carlos Reinaldo Huañac Contreras, contra el magistrado Eleuterio KKora Quispe, en su actuación como Juez de Paz de Pango a del Distrito de Echarate, se ha emitido la siguiente resolución: Firma la Doctora Erika Nuñez Orihuela.- Magistrada Sustanciadora de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cusco 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

Cusco, 08 de abril del 2013 P.I. Nº : 2011-273. Investigador :ODECMA. Investigado :Eleuterio Kkora Quispe. Motivo : Inconducta Funcional AUTO DE APERTURA DE PROCESO DISCIPLINARIO Resolución Nº 01 Cusco,28 de diciembre del 2011.VISTO, el oficio N° 1234-2011-JM/UE-CSJPJ-RCA de fecha 28 de noviembre, remitido por el magistrado Carlos Reinaldo Huañac Contreras , Juez Supernumerario del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, con las copias certificadas adjuntas. FUNDAMENTOS: 1. POTESTAD DE CONTROL.- Que, la Oficina de Control de la Magistratura, es el órgano que tiene por función investigar regularmente la conducta funcional, la idoneidad y el desempeño de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, buscando alcanzar la prestación de un eficiente servicio de justicia de conformidad a lo establecido en el artículo 102° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 1° del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 129-2009-CEPJ, cuya competencia abarca todo el territorio de la República y, por las Oficinas Desconcentradas (ODECMAs) en cada Distrito Judicial como este, potestad que se concreta en base al oportuno y efectivo ejercicio de la función de control. 2. ANTECEDENTES.Que, mediante oficio N° 1234-2011-JM/UE-CSJPJ-RCA de fecha 28 de noviembre, remitido por el magistrado Carlos Reinaldo Huañac Contreras , Juez Supernumerario del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, se pone en conocimiento de este Órgano de Control , que el Juez del Juzgado de Paz de Pangoa del Distrito de Echarate, no ha cumplido con devolver el exhorto comisionado todavía en fecha 21 de marzo del 2011, pese a los requerimientos hechos por el informante. 3. De los hechos y tipificación de la conducta.3.1. De las copias certificadas del expediente N° 2011-331-1010-JM-FT-01, seguido en contra de Juan Ipinza Gonzáles por la comisión de Violencia Familiar en agravio de Teresa Arcega Huaycochea, se advierte lo siguiente: o A fojas 6 obra el oficio N° 161-2011-JM-/UCSJPJ-RCA de fecha 21 de marzo del 2011, mediante el cual se comisiona la Juez de Paz de Pangoa del Distrito de Echarate, la notificación de las partes con los anexos adjuntos al exhorto, con remito de SERPOST N° 2438324 (a folio 8) con sello de recepción de 31 de mayo de 2011. o A fojas 7 obra la resolución N° 03 de fecha 02 de setiembre del 2011, mediante la cual , el magistrado informante, dispuso se reitere la devolución del exhorto encomendado con su respectivo oficio y remito de SERPOST a fojas 9 y 10. 3.2. Al respecto , el articulo 157° del Texto Único Orgánica del Poder Judicial , establece que los exhortos comisionados por los Jueces a los de igual o de menor jerarquía deben efectivizarse dentro del termino de cinco días así como devolver el mismo dentro de los tres días siguientes a la diligencia encomendada, bajo responsabilidad concordante con el articulo 161° del mismo texto normativo cuando señala que el juez comisionado se sujeta a tenor de la comisión, concluida esta o si no pudiera ser cumplida se devuelve lo actuado al Juez comitente, precisando en su caso el motivo de la inejecución de la comisión que deberá hacerse dentro del plazo previsto en la norma, por tanto en el presente caso el Juez de Paz del Centro poblado de Pangoa del Distrito de Echarate, al no haber devuelto el exhorto encomendado en fecha 21 de marzo del 2011, pese a que reiteró la devolución en fecha 02 de setiembre del 2011, ha incurrido en falta leve contenida en el inciso 6 del articulo 46° de la Ley de la Carrera Judicial ley N°29277. Por estos fundamentos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del articulo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de OCMA, la jefatura de la Oficina Desconcentrada d control de la Magistratura de esta Corte Superior: RESUELVE: ABRIR PROCESO DISCIPLINARIO contra el servidor ELEUTERIO KKORA QUISPE, en su actuación como Juez de Paz del Centro Poblado de Pangoa del Distrito de Echarate, provincia de la Convención y departamento del Cusco, por inobservar lo previsto en el articulo 157° del Texto Único Orgánica del Poder Judicial concordante con el articulo 161° del mismo cuerpo normativo, consistente en :”haber incurrido injustificadamente retraso, omisión y descuido en el diligenciamiento y posterior devolución del exhorto encomendado por el Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate dentro de del

proceso judicial N° 2011-331 segundo en contra de Juan Ipinza Gonzáles por la comisión de Violencia Familiar en Agravio de Teresa Arcega Huaycochea “, lo que se tipifica como falta leve en el numeral 6) del articulo 46° de la Ley de la Carrera Judicial, de conformidad a lo expuesto en los fundamentos 3.1 y 3.2. de la presente resolución. En tal virtud, encárguese la investigación del presente proceso disciplinario a la Magistrada integrante de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas de Paz Letrado y Auxiliares jurisdiccionales de esta ODECMA , EN VIRTUD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 93° DEL Reglamento De Organización y Funciones de la OCMA, debiendo girarse el oficio por secretaría para dicho fin, para su avocamiento con las facultades previstas por ley para la función contralora, recomendando observar diligentemente el plazo para la sustanciación del presente procedimiento, establecido en el segundo párrafo del articulo 92 del Reglamento de Organización y Funciones d la Oficina de Control de la Magistratura , bajo responsabilidad funcional. REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE. P. I. N° 2011-273 Resolución N° 02 Cusco, treinta de enero De dos mil doce La Magistrada que suscribe de AVOCA del conocimiento del presente proceso disciplinario en virtud a la designación efectuada por el Consejo EJECUTIVO Distrital de Cusco.- Por recibido en la fecha el oficio Nro . 12-2012-ODECMA –CSJCS-PJ remitido por la secretaria de la ODECMA adjuntando al proceso disciplinario derivado del P.I. Nro 2011-273 y, estando a lo dispuesto por la jefatura de la ODECMA mediante resolución N° 01 de fecha 28 de diciembre de 2011 mediante la cual se resuelve abrir proceso disciplinario contra el Juez de Paz Eleuterio Kkora Quispe en su actuación como Juez de Paz del Centro Poblado de Pangoa del Distrito de Echarate, Provincia de la Convención, por supuestos actos de inconducta funcional citadas en la resolución en mención , por lo que en virtud a lo dispuesto en el inciso 1) y 2) del articulo 93° del Reglamento de la Organización y Funciones de la OCMA, se dispone REQUERIR AL Juez de Paz ELEUTERIO KKORA QUISPE a efecto de que cumpla con presentar su informe de descargo dentro del quinto día de notificado, sobre los hechos que se precisan en la resolución de apertura del proceso disciplinario en su contra , adjuntando los medios probatorios correspondientes, que corroboren las afirmaciones expuestas en su informe a presentarse, BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO DE PROSEGUIRSE CON LA INVESTIGACIÓN EN SU REBELDÍA, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO , para cuyo fin adjúntese ala cedula de notificación, copia de las resoluciones y actuados correspondientes .Encárguese la tramitación del presente proceso disciplinario a la asistente que da cuenta por disposición superior.Firma de Doctora Erika Nuñez Orihuela.- Juez Sustanciadora de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cusco 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

Cusco, 08 abril del 2013 Poder Judicial del Perú CORTE Superior de Justicia de Cusco Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura “Año de la Inversión para el desarrollo rural y la seguridad Alimentaria” Cusco, 08 de abril del año 2013. Oficio Nro. -2012-ODECMA-CSJC/PJSEÑOR: ADMINISTRADOR DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO. Ciudad.Referencia: P.I. N° 273-2011. De mi mayor consideración: Por encargo de la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, tengo el agrado de dirigirme a Usted, con la finalidad de REMITIR por duplicado el EDICTO adjunto al presente documento, conforme a lo dispuesto en el proceso derivado de P.I. N° 273-2011, interpuesta por el Magistrado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, contra el magistrado Eleuterio Kkora Quispe, en su actuación como Juez de Paz del Centro Pobladote Pangoa del Distrito de Echarate, provincia de la Convención, para fines de que se sirva disponer a quien corresponda, el trámite para la respectiva publicación, de las resolución N° 01, de fecha 28 de diciembre del año 2011, en el Diario Oficinal “El Peruano” y el Diario Judicial de esta ciudad, respectivamente, por el término de tres días. Aprovecho la oportunidad para expresarle las consideraciones más distinguidas. Atentamente, 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca NOTIFICACIÓN POR EDICTO PENAL EXP. : N° 00122-2012-83-1 001-JR-PE-01 Juzgado : juzgado de Investigación Preparatoria de Calca Jueza : Rina Lucia Cabana Heredia Esp. Legal: Grace Pérez Terrazas NOTIFIQUESE: A la acusada CECILIA HUILLHUA IUAREZ


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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO PODER JUDICIAL

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03180-2009-50

NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL HORA INICIO

TERMINO

RELACIÓN DE AUDIENCIAS 17 DE ABRIL DEL 2013

N° DE EXPEDIENTE

AUDIENCIA

DELITO

IMPUTADO

AGRAVIADO

LUGAR

MAGISTRADO

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

IGNACIO ORTEGA MATEO, MARINA INES SUPANTA CONDOR,IGNACIO ORTEGA MATEO. MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIAA MARINA INES SUPANTA CONDOR,IGNACIO ORTEGA MATEO. MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIAA IGNACIO ORTEGA MATEO,

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Usurpación

ATAYUPANQUI OCHOA DARWIN

BRAVO HUAYLLARO ELISEO

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

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AUDIENCIA

Violación sexual de menor de edad (menor de 10 años)

TAPARA CCALA JOSE LUIS

MENOR DE INICIALES RKRZ

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL APELACION DE SENTENCIAS

Fraude procesal.

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Daños

APELACION DE AUTOS

APELACION DE SENTENCIAS

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01795-2012-86

Ursurpación Agravada

Actos contra el pudor en menores (edad víctima: 10-14 años).

Lesiones leves

ROJAS VELASQUEZ MIGUEL

PODER JUDICIAL

BOICHTIANOU VITALI

LOAYZA SONCCO AGRIPINA

RECCSE HUAMAN FELICITAS

PEÑA CHIPA JUAN CARLOS

LIZARZABURO ALBA DORA EMILIANA

PRELIMINAR PARA DEBATIR LOS BOLUARTE MEDINA FUNDAMENTOS Apropiación ilícita. VICTOR GERMAN DEL PEDIDO DE SOBRESEIMIENTO AUD. CONTROL Uso de documentos APARICIO ATAU DE LA falsos. FREDY ACUSACION AUD. CONTROL Omisión de asistencia CRUZ ACCOSTUPA DE LA familiar JUAN ACUSACION

22

24

Violación sexual de menor de edad (mayor MAMANI QQUENTE MENOR DE INICIALES de 10 y menor de 14 JESUS DMR años de edad) ARNADO CUENTAS ROJAS SONIA Lesiones leves CONDEMAYTA MILAGROS CARMEN ROSA EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO Uso de documentos CHAUCA MEZA POR LA DIRECCION falsos. YUVIER FEDERICO REGIONAL DE TRANSPORTES CUSCO Omisión de asistencia PALMA TARCO MENOR DE INICIALES familiar HERBER JFPM EL ESTADO PLANTANOS Contrabando REPRESENTADO POR FERNANDEZ ADRIEL LA SUNAT PROCURADOR DEL Falsificación de HUILLCA HUANACO MINISTERIO DE documentos. JESUS DEFENSA Lesiones leves por ILLA CATACORA CATACORA CONDORI Violencia Familiar. RICHARD LUZGARDA Omisión de asistencia VICTORIO HUALLPA MENORES DE INICIALES familiar JOSE LORENZO JLVQ AVQ AVQ Omisión de asistencia TUNQUE VICTORIO MENOR DE INICIALES familiar ELVIS KSTC Y KJTC GARCIA HUALLA HUAMAN SICUS Lesiones culposas CLEMENTINA CECILIO

Daño agravado

Difamación

Cohecho activo genèrico.

MENOR DE INICIALES SRMMC

32

10:01

11:59

00583-2011-87

33

13:45

14:59

00454-2010-19

MARIA ANTONIETA CANO POZO,

34

15:00

16:30

01298-2011-66

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

MARIA ANTONIETA CANO POZO, MARIA ANTONIETA CANO POZO,

35

08:30

10:30

00986-2010-3-

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

MARIA ANTONIETA CANO POZO, MARIA ANTONIETA CANO POZO, MARIA ANTONIETA CANO POZO, MARIA ANTONIETA CANO POZO, CARLOS FRISANCHO ENRIQUEZ, LUIS ALFONSO SARMIENTO NUNEZ,MARIO HUGO SILVA ASTETE NCPP,ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ, LUIS ALFONSO SARMIENTO NUNEZ,MARIO HUGO SILVA ASTETE NCPP,ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ, LUIS ALFONSO SARMIENTO NUNEZ,MARIO HUGO SILVA ASTETE NCPP,ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ, LUIS ALFONSO SARMIENTO NUNEZ,MARIO HUGO SILVA ASTETE NCPP,ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ, LUIS ALFONSO SARMIENTO NUNEZ,MARIO HUGO SILVA ASTETE NCPP,ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ,

36

10:35

12:00

00893-2012-23

37

12:05

13:00

01589-2012-3-

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15:25

01831-2012-0-

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08:30

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00888-2012-67

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10:05

11:30

01527-2011-44

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01887-2012-0-

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00214-2012-93

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01846-2012-16

48

07:45

08:29

00282-2011-19

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

ALAGON QUISPE RITA

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

CERECEDA VERGARA HERACLIO JOSE

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EL ESTADO REPRESENTADO POR EL MINISTRO DEL INTERIOR MENOR DE INICIALES JPCT CESPEDES HANZA ANAHI

QUERELLADO(SOTO QUERELLANTE(CHAVEZ REYES ALEJANDRO) LUNA NILO MANUEL)

Violación sexual de CCONOCUICA Menor ( entre 14 años CALDERON ALCIDES y menos de 18 años)

Violación sexual de APELACION DE menor de edad (mayor AUTOS de 10 y menor de 14 años de edad)

TERMINACION ANTICIPADA

FRANCO GUITTON EDUARDO JESUS

DIAZ CORAZAO HORTENSIA

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

MENOR DE INICIALES DCC

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN PAZ CARPIO,

49

08:30

09:55

00003-2013-0-

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN PAZ CARPIO,

50

10:00

11:25

00208-2013-0-

51

11:30

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17:01

18:30

01395-2011-22

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

MENOR DE INICIALES FMM

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA YUCRA PUMA MATEO PUBLICA ANTICORRUPCION DE CUSCO

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

VALENZUELA CATALAN ROSSINI

EDWIN PAZ CARPIO,

ELIZABETH GROSSMANN CASAS,FANY ANDRADE GALLEGOS -,LUNA CARRASCO CAMILO, ELIZABETH GROSSMANN CASAS,FANY ANDRADE GALLEGOS -,LUNA CARRASCO CAMILO, ELIZABETH GROSSMANN CASAS,FANY ANDRADE GALLEGOS -,LUNA CARRASCO CAMILO, ELIZABETH GROSSMANN CASAS,FANY ANDRADE GALLEGOS -,LUNA CARRASCO CAMILO, ROGER JIMENEZ LUNA,

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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION AUD. CONTROL DE LA ACUSACION AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL AUD. CONTROL DE LA ACUSACION AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

ROMERO ALVAREZ PAUL VIDAL OBANDO PAREDES MARIO CONCHA CASTELO RAUL TUPAYACHI LUNA DE ROSAS MARGARITA

LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO EL ESTADO REPRESENTADO POR EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES ZEA ALVAREZ LUIS ALBERTO EL ESTADO REPRESENTADO POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KOSÑIPATA HUAMANI RAMIREZ CONCEPCION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO VILLALOBOS ESPINOZA JAIME WILLIAM CHARCA PUENTE DE LA VEGA GLORIA MAXIMA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

Actos contra el pudor.

SULLCA GUTIERREZ CARLOS

MENOR DE INCIALES CESN

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

Destrucción, extracción, extracción ilegal de bienes culturales.

CALLAÑAUPA TORRES JULIO VALENTIN

EL ESTADO PERUANO

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

Conducción en HUAMAN GUTIERREZ estado de ebriedad o COSME DAMIAN drogadicción. Atentados contra el derecho de sufragio

CCASANI POZO TEODORA LUISA

Lesiones culposas

CHOQUE ALANOCA FRANCISCO

Enriquecimiento ilícito.

ORTIZ MORMONTOY MARCIA

Lesiones graves Uso de documentos falsos. Hurto agravado. Falsificación de documentos.

TORRES RAYME QEVF PERCI EL ESTADO REPRESENTADO RESOLVER Desobediencia o ROMAN ARAGON POR LA SALA PENAL MEDIOS DE resistencia a la HECTOR ULISES LIQUIDADORA DEFENSA (MTD) autoridad TRANSITORIA DE CUSCO AUD. CONTROL Omisión de asistencia SEGOVIA GUTIERREZ MENOR DE INICIALES DE LA familiar RICARDO YSV ACUSACION EL ESTADO REPRESENTADO AUD. CONTROL POR LA DIRECCION Cohecho pasivo ASTETE JALIXTO DE LA REGIONAL DE impropio JHOJAN ACUSACION TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL CUSCO AUD. CONTROL Atentado contra SIANCAS APAZA CALLAÑAUPA DE LA la autoridad o VALDARRAGO JORGE ROMULO ACUSACION funcionario ANTONIO AUD. CONTROL PEREZ ZUÑIGA VILLANUEVA MELENDEZ DE LA Hurto simple. ROSMEL ANTONIO SERGIO ACUSACION AUD. CONTROL ZEGARRA DE LA Estafa genérica AEDO FLORES NEYDER VILLANUEVA HIUSTON ACUSACION ANCHARI CHOQUE FERNANDEZ HUAMAN AUDIENCIA Ursurpación Agravada PERCY TEOFILO NELSON AUD. CONTROL CHALCO SALAZAR YUPANQUI CHALLCO DE LA Estafa genérica SKIPPER PILAR ACUSACION PROCURADOR PUBLICO AUD. CONTROL DEL MINISTERIO DEL Microcomercialización ANGULO RULLIER DE LA INTERIOR EN LOS o microproducción. MALENA VICTORIA ACUSACION DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS PARRAVICINI AUD. CONTROL Actos contra el pudor MENOR DE INCIALES DE LA en menores (edad VELASQUEZ ROMULO ALDELCA CARLOS víctima: 10-14 años). ACUSACION RESOLVER PEDIDO DE VICTORIO ARONE CAHUANA FUENTES Daños CONSTITUCION JHORDY YADIR MARCO ANTONIO EN ACTOR CIVIL AUD. CONTROL Falsificación de CALDERON OROS ALVA GRANDEZ JUANA DE LA OSCAR documentos. ACUSACION AUD. CONTROL Omisión de asistencia RAMOS QUISPE MENOR DE INICIALES DE LA familiar ALEJANDRO MRC ACUSACION LA SOCIEDAD AUD. CONTROL Conducción en CACERES YAÑEZ REPRESENTADA DE LA estado de ebriedad o CARLOS ALBERTO POR EL MINISTERIO ACUSACION drogadicción. PUBLICO AUD. CONTROL Omisión de asistencia CEVALLOS MENOR DE INICIALES DE LA familiar FERNANDES COSME RCC ECC Y CACC ACUSACION AUD. CONTROL Conducción en YANQUI SULLCA JOSE DE LA estado de ebriedad o LA SOCIEDAD LUIS ACUSACION drogadicción. AUD. CONTROL MENOZA SALAS VENGOA ARAGON DE LA Lesiones leves PATRICIA YULISA ACUSACION Promoción o favorecimiento al QUISPE VILLANO AUDIENCIA ESTADO tráfico ilícito de VICTOR drogas. AUDIENCIA DE HUAHUACHAMPI MENDOZA QUISPE MAX Hurto agravado. JUICIO ORAL QUISPE RUBEN MARIO AUDIENCIA DE ZUNIGA HUAYPAR CONCHA OLIVERA Hurto agravado. JUICIO ORAL EFRAIN HERNALDO LOS HEREDEROS AUDIENCIA DE MORA ALMIRON JOSE Homicidio Simple LEGALES DE QVF ROY JUICIO ORAL CARLOS RUPA BARRIENTOS AUDIENCIA DE Encubrimiento MANSILLA LOMA CCAHUANA CONDORI JUICIO ORAL personal ISRAEL ALEX JUAN CARLOS Homicidio Simple

TAPARA QUISPE WILLIAM

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ROGER JIMENEZ LUNA,

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ROGER JIMENEZ LUNA,

4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

CARLOS FRISANCHO ENRIQUEZ, IGNACIO ORTEGA MATEO,MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIACARLOS FRISANCHO ENRIQUEZ MARINA INES SUPANTA CONDOR, MARINA INES SUPANTA CONDOR CARLOS FRISANCHO ENRIQUEZ, MARINA INES SUPANTA CONDOR CARLOS FRISANCHO ENRIQUEZ,IGNACIO ORTEGA MATEO,MARINA INES SUPANTA CONDOR, DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

REYNALDO OCHOA MUÑOZ

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

REYNALDO OCHOA MUÑOZ

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

REYNALDO OCHOA MUÑOZ

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL 8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

REYNALDO OCHOA MUÑOZ LUZ MARINA MERMA DELGADO, LUZ MARINA MERMA DELGADO,

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

LUZ MARINA MERMA DELGADO,

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

LUZ MARINA MERMA DELGADO,

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

LUZ MARINA MERMA DELGADO,

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS,

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS,

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS,

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS,

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS,

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS,

QUENCCORO - 1° SALA ROGER JIMENEZ LUNA, DE AUDIENCIAS QUENCCORO - 2° SALA MIGUEL ANGEL DE AUDIENCIAS CASTELO ANDIA QUENCCORO - 3° SALA MARIA ANTONIETA DE AUDIENCIAS CANO POZO, QUENCCORO - 3° SALA MARIA ANTONIETA DE AUDIENCIAS CANO POZO, QUENCCORO - 3° SALA MARINA INES SUPANTA DE AUDIENCIAS CONDOR,


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Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 1123-2011-60, seguido en contra de CELESTINO MOLINO PATIÑO, por la presunta comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la asistencia Familiar, sub. tipo Incumplimiento de Obligación alimentaría, en agravio de los menores de iniciales JAMG y otros representada por su progenitora Beatriz Gutiérrez Ayme, tramitado ante el Tercer Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el Sr. Juez Miguel A. Castelo Andia, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado CELESTINO MOLINO PATIÑO con la Nro. 2 de fecha 08-04-2013, (...) que dispone la notificación vía edictos y señala nueva fecha para el juicio oral que será el día viernes tres de mayo del 2013 a horas once de la mañana a verificarse en la cuarta Sala de Audiencias del tercer piso del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 10 de abril del 2013. Firmada. Especialista J. YOLANDA VALLENAS QUIROGA 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

1v-17 B/v. 27745

EDICTO DE ABANDONO DE MENOR Ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando el Proceso N° 00213-2013-0-1001-JR-FT-01, seguido a favor de la menor Fiorella Piñarreal Álvarez, de 12 años de edad, sobre Abandono Material y Peligro Moral, para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y hermanos de dicho menor, a efecto de que hagan valer sus derecho, oponerse, apersonarse y declarar conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el abandono con fines de adopción. Cusco, 10 de abril del 2013. Firmado. Especialista L. GERMÁN CHACÓN BERROCAL 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENOR SE NOTIFICA: A los padres o responsables de la menor: JACKELlNE MAMANI CÁRDENAS (15 años de edad) con Proceso Nro. 0273-2013-0. Para que comparezcan ante el Tercer Juzgado de Familia de la ciudad del Cusco, a fin de rendir su declaración respecto al abandono moral y material de su menor hija, de lo contrario se Declarará el Estado de Abandono Moral y Material con fines de Adopción. Cusco, 09 de Abri l del 2013. Secretaria: Abog. María Friné Cano Alvarez. Juez: Dr. Edwin Romel Béjar Rojas. 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

1v-17 B/v. 27733

Delito : Falsedad Ideológica. Agraviado: RENIEC. VISTO.- El requerimiento fiscal de Acusación en contra de Cecilia Huillhua Juárez, como presunto autor de la comisión del Delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideológica, delito tipificado en el primer párrafo del artículo 428°' del Código Penal, en agravio del Estado Representado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, se tiene que esta cumple con los presupuestos establecidos por los incisos 1., 2., 3. Y 4. del artículo 349° del Código Procesal Penal, así mismo se tiene que la representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, en consecuencia y de conformidad con los dispuesto por el artículo 3500 del referido cuerpo normativo: CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1). Observar formalmente Ia acusación, 2). Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3). Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4). Pedir el sobreseimiento, 5). Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6). Ofrecer prueba para el juicio, 7). Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8). Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9). Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación. Calca, 08 de abril del 2013. Firmada. Especialista J. GRACE PÉREZ TERRAZAS 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENOR. Expediente: Nro. 2013-231. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la investigación tutelar sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL seguida a favor del menor WILSON VALENTINO VERGARA PEÑA de 03 años de edad, se ha dispuesto se notifique a los padres biológicos WILSON VERGARA ZUÑIGA y NOEMI KATY PEÑA CHAUCA y/o familiares cercanos lo siguiente: Resolución Nro. 01 de fecha cinco del presente mes y año en curso, donde SE RESUELVE: abrir investigación tutelar por ABANDONO MORAL Y MATERIAL a favor del menor WILSON VALENTINO VERGARA PEÑA de 03 años de edad, disponiéndose como medida de protección la permanencia bajo la custodia y cuidado de la abuela paterna MARIA MAGDALENA ZUÑIGA SORIA, para efectos de que se apersonen al proceso y presten sus declaraciones, presenten los recursos que la ley les franquea, bajo apercibimiento de emitirse la resolución de declaración en estado de abandono, con fines de adopción.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 05 Abril del 2013. Firmado: Secretario J. ARNALDO BUSTAMANTE GAMARRA 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

EDICTO A DOÑA MARIA QUISPE QUIN I PARIENTES E INTERESADOS DE LOS MENORES: Edgar y Efraín Quiñones Quispe: Proceso N°. 969-2012-0-1018-JM-FT-01. En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal Victorio, se viene tramitando Proceso Tutelar seguido a favor de los menores señalados sobre Abandono Moral y Material, se ha dispuesto notificar MEDIANTE EDICTOS con la siguiente resolución..... "RESUELVE: Promover investigación a favor de los menores, Edgar y Efraín Quiñones Quispe, por presunto acto de abandono moral y peligro material para cuyo efecto se pone en conocimiento de los posibles padres de los menores o familiares a fin de que se apersonen a este Juzgado, bajo apercibimiento de tramitarse su adopción.- H.S.­ Santiago, 03 de abril del 2,013 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. NOTIFICACION VIA EDICTO El señor Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, en el proceso N° 11162012-54 seguido contra JULIO VERA FARFAN, por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores de iniciales M.C.V.C. y otro representados por su progenitora Juana Vilca Lupaca, bajo la actuación de la especialista judicial Abog. Patricia Alarcón Tisoc, emplaza al procesado JULIO VERA FARFAN; para ser emplazado mediante edictos judiciales en el diario judicial de esta localidad, para que asista a la audiencia de juicio oral el dio TREINTIUNO DE MAYO DEL DOS MIL TRECE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA EN LA PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia.­ Firmada. Especialista J. PATRICIA ALARCÓN TISOC 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. EDICTO PENAL SEÑOR: HELART TORRES PALOMINO O HELAR TORRES PALOMINO: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que Despacha el Juez David Américo Olivera Sarmiento, bajo la actuación de la Especialista Judicial 1. C. Farfán, en el Proceso Penal Nro. 00011-2012-94, en los seguidos contra Helart Torres Palomino o Helar Torres Palomino, por la presunta comisión del Delito contra la Vida, en la modalidad de Lesiones, sub.-tipo Lesiones Graves seguidas de muerte, en agravio de a. E.V.F. Juan Carlos Luna Vera, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado, con la Res. N° 02 de fecha 05-04-2013.Dado cuenta el día de la fecha: Con la subsanación del requerimiento fiscal mixto formulado por el señor representante del Ministerio Público del Despacho de la Primera Fiscalía Penal Corporativa de La Convención. PRIMERO: El artículo 3480 inciso 3 del Código Procesal Penal, dicta que el juez ante un requerimiento mixto, acusatorio y no acusatorio, primero se pronunciara del requerimiento de sobreseimiento, culminado el trámite según lo dispuesto en los artículos anteriores, abrirá las actuaciones relativas a la acusación fiscal. SEGUNDO: De conformidad a lo previsto por el artículo 350° y 345°, del Código Adjetivo citado corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de diez días hábiles, a efecto que puedan presentar por escrito: 1) Observar formalmente la acusación. 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa. 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada. 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar en su caso la aplicación de un criterio de oportunidad 6) Ofrecer pruebas para el juicio. 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes. 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio. 9) Proponer acuerdos a cerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probatorios. y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, o en su defecto oponerse a la solicitud de sobreseimiento todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar. TERCERO: Estando ante un requerimiento mixto se correrá traslado de dicho requerimiento a las partes en igual

Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 plazo que será el de diez días, y éste se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. CUARTO: Se advierte que el imputado Helart Torres Palomino o Helar Torres Palomino no cuenta con defensa técnica, y de conformidad al artículo 80° del Código Procesal Penal al hacer referencia al derecho a la defensa técnica prescribe que: IIEI Servicio Nacional de la Defensa de Oficio, a cargo del Ministerio de Justicia, proveerá la defensa gratuita a todos aquellos que dentro del proceso penal, por sus escasos recursos no puedan designar abogado defensor de su elección, o cuando resulte indispensable el nombramiento de un abogado defensor de oficio para garantizar la legalidad de una diligencia y el debido proceso. JJ QUINTO: Asimismo habiendo el Ministerio Público solicitado la notificación vía edictos al imputado Helart Torres Palomino o Helar Torres Palomino, toda vez que el mismo no cuenta con domicilio real, y de conformidad al articulo 1650 del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente al presente caso, el cual prevé: "La notificación por edictos procederá cuando se trate de personas inciertas o cuyo domicilio se ignore. En este último caso, la parte debe manifestar bajo juramento o promesa que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de la persona a quien se deba notificar."; En consecuencia: a) FÓRMESE el cuaderno de la etapa intermedia con el requerimiento mixto Fiscal; DISPONIENDO que la carpeta fiscal servirá como anexo del Cuaderno de la etapa intermedia. b} CÓRRASE TRASLADO del requerimiento fiscal mixto a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito lo mencionado en el acápite segundo de la presente resolución para su debate en la audiencia preliminar. c) NÓMBRESE abogado defensor de oficio, para que asuma la defensa del imputado Helart Torres Palomino o Helar Torres Palomino, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al Juzgado; con cuyo fin se dispone se remita el oficio respectivo a la Coordinación de la Defensoría Pública para que se cumpla con la designación de un abogado de oficio, bajo apercibimiento de darse cuenta a la Dirección Regional de la Defensoría Pública del Cusco; a cuyo cumplimiento se notificará a quién corresponda con copias de los actuados pertinentes para fines del artículo 3500 del Código Procesal Penal, debiendo correr el plazo respectivo a partir del día siguiente de su diligenciamiento. Quillabamba, 05 de Abril de 2013. ­03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

EDICTO En el Juzgado Mixto Único de Vacaciones de Santiago, que despacha la Señorita Juez Fany Farfán Olavarrera, bajo la actuación de la Secretaria Nací Carolina Quispe Valencia, en el proceso tutelar 173 2010 -00-1016-JM-FA-O1, seguido a favor de los menores ABRAHAM MELO SINCHI (10) y MARIA LUISA SINCHI (9) sobre Abandono Moral y Material, se ha dispuesto notificar mediante edictos, con la siguiente resolución número uno. "Promover investigación a favor de los menores ABRAHAN MELO SINCHI y MARIA LUISA SINCHI, por presunto acto de Abandono Moral y Peligro Material para cuyo efecto se pone en conocimiento de los posibles padres del menor o familiares a fin de que se apersone a este Juzgado.- Hágase Saber.­ Secretaria: Nanci Carolina Quispe Valencia. Chusco, 15 de febrero de 2010. Firmada. Especialista L. NANCY VICTORIO VÁSQUEZ 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. EDICTO A LO PROGENITORES I PARIENTES E INTERESADOS DE LA MENOR FLOR REYNA RAVILLO MUÑOZ En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, se viene tramitando Proceso Tutelar Nro. 1681-2011-0­-JM-FT-01, seguido a favor de la menor Flor Reyna Ravillo Muñoz sobre Abandono Moral y Material, se ha dispuesto notificar MEDIANTE EDICTOS con la siguiente resolución "RESUELVE: Promover investigación a favor de la menor, Reyna Ravillo Muñoz, (13) por presunto acto de abandono moral y peligro material para cuyo efecto se pone en conocimiento de los posibles padres de los menores o familiares a fin de que se apersonen a este Juzgado, bajo apercibimiento de tramitarse su adopción.- H.S.­ Santiago, 09 de abril del 2013-04-12 Firmada. Especialista L. NANCY VICTORIO VÁSQUEZ 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. EDICTO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el Proceso Tutelar Nro. 2008- 323-0-1016-JM-FA­01, seguido a favor del menor Gideon y V1ady Carrillo Quispe sobre Abandono Moral y Material, se ha dispuesto notificar MEDIANTE EDICTOS con la siguiente resolución numero uno:... “SE RESUELVE. PROMOVER INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor de los menores JEDEON CARRILLO QUISPE (09) Y VLADI CARRILLO QUISPE (07), por presunto acto de abandono moral y peligro material para cuyo efecto se pone en conocimiento de los posibles padres de los menores o familiares a fin de se apersonen a este Juzgado a efecto de reclamara sus menores hijos, al quinto día de notificado caso contrario se seguirá el proceso con fines de adopción.- H.S.­ Firmada: Especialista Legal N. Victorio, 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ. EDICTO En el Juzgado Transitorio Mixto del Distrito de Santiago que despacha el señor Juez doctora Bony E. Gamarra, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Victorio, en el Proceso Tutelar Nro. 2008-679-0-1016-JM-FA-01, seguido a favor de las menores CINTYA e ISABEL RAMIREZ YUCRA, sobre Abandono Moral y Material, se ha dispuesto notificar MEDIANTE EDICTOS con la siguiente resolución número uno:……"RESUELVE Promover investigación a favor de las menores CINTYA RAMIREZ YUCRA e ISABEL RAMIREZ YUCRA, por presunto acto de abandono moral y peligro material para cuyo efecto se pone en conocimiento de los posibles padres de las menores o familiares a fin de que se apersonen a este Juzgado.- H.S. Santiago, 09 de abril del 2013. Firmada. Especialista L. NANCY VICTORIO VÁSQUEZ 03VZ.15.16.17.IV.13. CPJ.

11 NOTIFICACIÓN POR EDICTO PENAL EXP. : N° 00027-2013-0-1 005-JR-PE-01 Juzgado: Juzgado de Investigación de Calca Jueza: Rina Lucia Cabana Heredia Esp. Legal: Abog. Grace Pérez Terrazas NOTlFÍQUESE: Al acusado FREDDY IVAN VERA LOA YZA Delito : Conducción en Estado de Ebriedad Agraviado : Estado Peruano representado por el Ministerio Público. Resolución N° 01, de fecha 04 de abril del 2013, que dispone: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que los demás sujetos procesales puedan por escrito 1). Observar formalmente la acusación, 2). Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3). Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4). Pedir el sobreseimiento, 5). Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6). Ofrecer prueba para el juicio, 7). Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8). Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9). Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación Directa. Calca, 04 de abril del 2013. Firmado: Especialista J. GRACE PEREZ TERRAZAS 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ. EDICTO En el Segundo Juzgado Mixto de Santiago- Cusco, a cargo del Juez Titular doctor López Trelles, y bajo la gestión del Secretario Cabana, se ha dispuesto Aperturar Investigación Tutelar a favor de la menor GRISANIA CHÁVEZ DOÑEZ, Expediente Nro. 443-2013-01 018-JM-FT -02, sobre Abandono Moral y Material; lo que se pone en conocimiento de sus familiares y otros responsables, para que se apersonen al Juzgado con el objeto de prestar sus declaraciones y presentar los escritos que les franquea la ley, bajo apercibimiento de declararse el estado de abandono, con fines de adopción. Santiago, 12 de abril de 2013. Firmado. Secretario J. EFRAIN CABANA ZUVILETA 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ. 6° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 01580-2011-3-1 001-IR-PE-06 ESPECIALISTA: LÍA MILAGROS CASTRO W ARTHON MINISTERIO PÚBLICO: PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN DE LA SEGUNDA FISCALlA PROVINCIAL PENAL DEL CUSCO, IMPUTADO : MALLQUI DE LA CRUZ, CARLOS RUTILLO DELITO : CONTRABANDO AGRAVIADO: SUNA T ADUANAS, NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO IMPUTADO: CARLOS RUTILLO MALLQUI DE LA CRUZ El juez del Sexto juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco en el proceso N° 1580-2011-0 seguido contra CARLOS RUTILLO MALLQUI DE LA CRUZ, por la comisión del delitos Aduaneros en sus modalidades de Contrabando y Receptación Aduanera en agravio del Estado - SUNAT ADUANAS, bajo la actuación de la especialista judicial Abog. Lía Milagros Castro Warthon, emplaza al procesado CARLOS RUTILLO MALLQUI DE LA CRUZ, con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NRO.04.Cusco, doce de abril de I dos mil trece.- DADO CUENTA: Con el vencimiento del plazo del traslado de sobreseimiento y conforme a lo previsto en el artículo 345.3° del Código Procesal Penal; CÍTESE para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE A LAS ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento en la Sexta Sala de Audiencias de los jl1zgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de justicia sede de la Corte Superior de justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y de los demás sujetos procesales, PRECISARSE además que: 1) La carpeta fiscal se encuentra en la oficina de custodia de este despacho judicial, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal.; 2) El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) La resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1 ° Y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ, en consecuencia; NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios señalados en autos, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada del solicitante de declararse inadmisible el requerimiento, archivarse el cuaderno y continuar el proceso según su estado.­ Firmada. Especialista J. LÍA MILAGROS CASTRO WARTHON 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ. 1° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 01834-2012-0-1 001-JR-PE-01 ESPECIALISTA : LÍA MILAGROS CASTRO WARTHON MINISTERIO PUBLICO: DESPACHO DE DECISIÓN TEMPRANA DE LA SEGUNDA FISCALlA PROVINCIAL PENAL DE SANTIAGO, IMPUTADO: CROVETTO COSSIO, JUAN CARLOS DELITO : OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES BCC REPRESENTADO POR SU PROGENITORA PAOLA CALDERON CORDOVA NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO ACUSADO: JUAN CARLOS CROVETTO COSSIO.­ El Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, en el proceso N° 1834-2012-0 seguido contra JUAN CARLOS CROVETTO COSSIO, por la comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub. Tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de la menor de iniciales S.CC representado por su progenitora PAOLA CALDERÓN CÓRDOVA, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Lía Milagros Castro Warthon, emplaza al procesado JUAN CARLOS CROVETTO COSSIO con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, diez de diciembre del dos mil doce.- DADO CUENTA: Con


12 el requerimiento de Acusación Directa del Fiscal Provincial del Despacho de Decisión Temprana de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, en contra de JUAN CARLOS CROVETTO COSSIO, por la comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub. tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de la menor de iniciales S.CC representado por su progenitora PAOLA CALDERÓN CÓRDOVA y de conformidad a lo establecido por los incisos 1, 2, 3 Y 4 del artículo 3490 del Código Procesal Penal, se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado Debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 3500 del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilió procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 12) Conforme se advierte de los actuados, el imputado JUAN CARLOS CROVETTO COSSIO, no cuenta con abogado defensor, por tanto, en aplicación del artículo 80° del Código Procesal Penal, DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma su defensa, dejando a salvo su derecho de sustituido por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará al Coordinador de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ116; la víctima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del C.P.P. PRECÍCESE que la carpeta fiscal se encuentra en custodia de este juzgado, para los fines que correspondan. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos Firmada. Especialista J. LÍA MILAGROS CASTRO WARTHON 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ.

EDICTO PENAL Juzgado Penal Unipersonal de La Convención. Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor SAMUEL CABRERA QUISPICUSI, declarado reo ausente en el Proceso Nro. 69-2012-13 -1010-JR-PE-01., que se le sigue por el presunto Delito Contra La Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, sub. tipo. Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de Yerson, Yesenia, Yesibel y Yudalit Cabrera Estrada representados por su progenitora Geronima Estrada Ccapcha, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Quillabamba, 10 de abril del 2012.Firmada: Especialista J. JENNIFER TUPAYACHI AYATA 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ. EDICTO DE ABANDONO DE MENOR Ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando el Proceso N° 01423-2012-0-1001-JR-FT-O1, seguido a favor de las menores Heidy, Leticia Emperatriz, Antonia Stefani, Yhumalay Nayelly y Flor Ingrid Huamán Leguía de 12, 09, 07, 05, Y 17 años de edad respectivamente, sobre Abandono Material y Peligro Moral, para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y hermanos de dichas menores y parientes, a efecto de que hagan valer sus derecho, oponerse, apersonarse y declarar conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el abandono con fines de adopción. Cusco, 10 de Abril de 2013. Firmada. Secretaria J. KATTY CHUCTAYA ZAVALETA 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ. NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 00042-2013 Ante el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. David Luis Sotomayor Saavedra, bajo la actuación del Especialista de Juzgado José Oblea Mamani, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 00042-2013-0-1001-JR-PE-06, seguido contra Hermelinda Llamocca Layme, Marlene Mónica Díaz Durand y Oiga Francisca Rojas Silva, por la presunta de la comisión del delito contra la Administración de Justicia en su modalidad de Denuncia Calumniosa, en agravio del Estado Peruano, en la figura del Poder Judicial, en consecuencia. NOTlFÍQUESE: a las acusadas HERMELlNDA LLAMOCCA LA YME Y MARLENE MÓNICA DÍAZ DURAND, con la Resolución N° 01, de fecha 10/01/13, donde este Despacho ha dispuesto: ----------­DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa presentado por el Segundo Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, y conforme a lo previsto en el artículo 350° del C.P.P.; Se Dispone: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que las partes puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad en caso corresponda, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 2. SE INFORMA a la parte agraviada la posibilidad de solicitar su constitución en actor civil durante el traslado del presente requerimiento conforme a ley. 3. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas del Juzgado, para los fines que correspondan. 4. NOTlFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en los

Cusco, miércoles 17 de abril de 2013 domicilios proporcionados por el representante del Ministerio Publico, adjuntando copia del escrito de acusación directa. AL PRIMER OTROSI.- Téngase en cuenta y glosese a sus antecedentes. Firmado. Especialista J. JOSE OBLEA MAMANI 03vz.16.17.18.IV.13 CPJ.

EDICTO JUDICIAL En el Exp. Penal N° 01062-2012-46 seguido contra Oscar Sana Quispe, por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de la menor de iniciales J.S.O. representada por su progenitora Rosario Orozco Velásquez, tramitado ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Juez María Antonieta Cano Pozo; Espec. Legal Alan Fabricio García Pérez; se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado OSCAR SANA QUISPE con la resolución Nro. 02 de fecha 10-04-2013, que dispone señalar nueva fecha para la audiencia de JUICIO ORAL, para el día TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL TRECE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), en la Primera Sala de Audiencias, ubicada en el tercer piso de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Cusco (Palacio de Justicia); acto al que deben concurrir en forma obligatoria, el imputado, su abogada defensora, el representante del Ministerio Público, y la parte agraviada, bajo apercibimiento de declararse al imputado reo ausente o contumaz, según corresponda, en caso de inconcurrencia injustificada. Cusco, 10 de abril de 2013. Firmado. Especialista J. ALAÁN FABRICIO GARCÍA PÉREZ 03VZ.17.18.19.IV.13 CPJ. NOTIFICACION POR EDICTO La Juez del Juzgado Unipersonal de la Provincia de Anta, en el Proceso N° 75­2012-95 seguido contra Norberto Quispe Huaman por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales Y.M.C.H., representado por su progenitora Libia Chile Huaman, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Lizette Jajayra Alegría Valencia, ha resuelto comunicar al acusado Justino Garcés Meza con el tenor de la RESOLUCIÓN N° 03 Anta, dos de abril del dos mil trece.- PARTE CONSIDERATIVA: Se registra en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: La Señora Jueza del Juzgado Penal Unipersonal De Anta, RESUELVE: La Juez: Emite la resolución respectiva. 1.- Declarar por NO INSTALADA valida mente la presente audiencia. 2.- Se REPROGRAMA la presente audiencia para que se verifique el 25 de abril del año en curso a horas nueve de la mañana quedando notificadas las partes concurrentes para su asistencia a dicha audiencia, disponer que la Especialista De Causa notifique al acusado Norberto Quispe Huaman en su domicilio de la urbanización Pachaquillay sIN Izcuchaca - Anta (detrás del restaurante Don Lucho) sin perjuicio de notificarse mediante Edictos. Hágase Saber Firmada: DRA. INDIRA IRIS ACURIO PALOMINO 03VZ.17.18.19.IV.13 CPJ. EDICTO PENAL El Señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca, Doctor Roger Almanza Saico, en el Proceso Penal NQ 06-2013-37-1005-JR-PE-O1: seguido contra CAINAN CUSIQUISPE GRANDE, por el delito Contra La familia en su modalidad de omisión de asistencia familiar, sub. Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTÁRIA, en agravio de la menor Luz Karina Cusiquispe Ticona representada por su progenitora Josefina Ticona Soncco, bajo la actuación del Especialista Legal Abogado Gualberto Serrano Trujillo, ha resuelto comunicar al acusado CAINAN CUSIQUISPE GRANDE con el tenor la resolución N° 04 de fecha 10 de abril del 2013. AUDIENCIA DE JUICIO ORAL. RESOLUCIÓN Nro. 04 VISTOS Y OÍDOS; el informe de la especialista de audiencias y el requerimiento del Fiscal; y, CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, RESUELVE: 1. NO INSTALAR VALIDAMENTE la presente sesión de audiencia por Inconcurrencia del acusado Cainan Cusiquispe Grande. 2. ARCHIVAR PROVISIONALMENTE el presente proceso seguido contra Cainan Cusiquispe Grande por la comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de la menor Luz Karina Cusiquispe Ticona, continuando como su abogado defensor el Dr. Jorge Bandera Ninancuro - Defensor Público del Ministerio de Justicia. 3. DISPONER la conducción compulsiva del acusado para tal efecto GÍRESE OFICIO a la Policía Judicial del Cusco, a la Comisaría PNP de Izcuchaca - Anta, a la Comisaría PNP de Calca y al Registro Distrital de Condenas de esta Corte Superior, sin perjuicio de notificarse mediante edictos de ley. H.S.­ Firmado: Especialista J. GUALBERTO SERRANO TRUJILLO 03VZ.17.18.19.IV.13 CPJ. EDICTO PENAL El Señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca Doctor Roger Almanza Saico, en el Proceso Penal N°.86-2012-72-1005-JR-PE-O1: seguido contra FERNANDO ALZAMORA PUERTAS, por el delito Contra La familia, en su modalidad de omisión de asistencia familiar, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTÁRIA, en agravio del menor José Fernando Alzamora Casafranca, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Gualberto Serrano Trujillo, ha resuelto comunicar al acusado FERNANDO ALZAMORA PUERTAS con el tenor la resolución N° 04 de fecha 07 de enero del 2013. AUDIENCIA DE JUICIO ORAL RESOLUCIÓN N° 07 VISTOS Y OÍDOS; lo expuesto por la especialista de audio y el representante del Ministerio Público; y, CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Por estos fundamentos, el Juez del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1. NO DAR POR APERTURADA VÁLIDAMENTE la presente audiencia de juicio. 2. ARCHIVAR PROVISIONALMENTE el presente proceso seguido contra Fernando Alzamora Puertas por la comisión del delito contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría en agravio de del menor José Fernando Alzamora Casafranca, nombrándose como su abogada defensora a la Dra. Magali Osorio Quispe defensoría Publica del Ministerio de Justicia sede Calca. 3. disponer la CONDUCCIÓN COMPULSIVA del acusado Fernando Alzamora Puertas debiendo girarse oficio a la Comisaría PNP de Yanatile, Comisaría PNP Calca, Policía Judicial de Cusco y al Registro distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de Chusco sin juicio de notificarse mediante edictos de ley. Firmado: Especialista J. GUALBERTO SERRANO TRUJILLO 03VZ.17.18.19.IV.13 CPJ.

Cusco, miércoles 17 de abril de 2013

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