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Cusco, lunes 17 de abril de 2017 Usuarios


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Cusco, lunes 17 de abril de 2017 EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 80-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de VICTORIA BARRIENTOS HUILLCA Y WILLY ARANA BARRIENTOS sobre SUCESIÓN INTESTADA de QVF Dionicio Arana Arredondo, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- San Jerónimo, 30-03-2017 3VCES-11-12-17-IV-17 B/V 43550 NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro. 298-2014 tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por el Juez Dr. Mario Rainos bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro. 3 de fecha 8 de febrero del año en curso se ha dispuesto notificar al demandado CARLOS ALBERTO CHACON CONDORI Con la demanda auto admisorio mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario Oficial el peruano y en el de mayor circulación por el plazo de ley.- Res Nro. 2 SE RESUELVE: interpuesta la demanda por MARITZA HUALLPAMAYTA BARRETO sobre PRESTACION DE ALIMENTOS contra CARLOS ALBERTO CHACON CONDORI y estando a lo dispuesto por el Articulo 547 del Código Procesal Civil Admítase al demanda en la VIA DEL PROCESO SUMARISIMO. Confiérase traslado al demandado por el plazo de cinco días bajo apercibimiento de declararse rebelde y de nombrarse Curador Procesal H.S.3VCES-11-12-17-IV-17 B/V 43552 EDICTO En el proceso 1482-2017 tramitado ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco se ha admitido a trámite la demanda interpuesta por Katherine Liendo Ugarte sobre Tenencia de su menor hija Kiara Vázques Liendo contra Ricardo Vásquez Núñez, en la vía del proceso único confiriéndose traslado de la demanda por el término de cinco días bajo apercibimiento de designarse en su representación Curador Procesal en caso de no contestar la demanda. 3VCES-10-12-17-IV-17 B/V 43513 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 124-2017-CI seguido por FRANCISCO BECERRA QUISPE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de sus padres siendo lo correcto VICTOR BECERRA ASCUE y MERCEDES QUISPE QUISPE, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 06-04-2017 3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43557 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 125-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de Dolores Becerra Quispe sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento- Inclusión de apellidos maternos de sus progenitores, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo,10-04-2017 3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43558 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 122-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de Eliseo Becerra Quispe sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento- Inclusión de apellidos, se ha dispuesto la publicación del presente para Los fines de Ley.San Jerónimo, 10-04-2017 3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43559 EDICTO JUDICIAL Ante el JPlSJ-Cusco, en el Exped. N° 121-2017-(1, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud Claudio Augusto Becerra Quispe sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento supresión de prenombre, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de ley.San Jerónimo, 10-04-2017 3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43560 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 123-2017-CI seguido por LEONIDAS BECERRA QUISPE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de sus padres siendo lo correcto VICTOR BECERRA ASCUE y MERCEDES QUISPE QUISPE, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 06-04-2017 3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43561 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Urubamba que despacha la Juez Yesika Medrano Ochoa y bajo la actuación de la Especialista Legal Lia Hancco Luza.- JULIA SOTA SALAZAR, sigue el Proceso Civil 280-2014-0-1015-JP-CI-1, de Rectificación de Acta de Nacimiento, quien refiere: Que se consignó por error el apellido materno de su madre como Conza, siendo lo correcto CUNSA, debiendo decir el nombre correcto de su progenitora ESTELA SALAZAR CUNSA, lo que se publica para los fines consiguientes de Ley. Urubamba, 10 de abril de 2017.

3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43563 EDICTO JUDICIAL La señora Juez del Juzgado Mixto Itinerante de Urubamba, Dra. Milagros paz Chuspe, en el Proceso Civil Nro.879-2016-0-1015-JM-FC-01,ha dispuesto la notificación con la resolución 02 de fecha 03 de Marzo del 2017 (Autoadmisorio) ... “SE RESUELVE:ADMITIR la demanda interpuesta por EUSTAQUIA SERRANO HURTADO sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO, contra la SUCESIÓN DE Q.E.V.F. FIDEL MERMA CÁRDENAS, debiendo sustanciarse en la vía del proceso SUMARISIMO, con citación del MINISTERIO PÚBLICO. CÓRRASE traslado de la demanda a la SUCESIÓN DE Q.E.V.F. FIDEL MERMA CÁRDENAS, por el plazo de ley para que los sucesores legalmente acreditados CUMPLAN con apersonarse al Juzgado acreditando su calidad de herederos con el documento respectivo (testamento o sucesión intestada inscrita registralmente), bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que represente y asuma la defensa de la sucesión demandada en el proceso. EMPLÁCESE a la sucesión demandada de Q.E.V.F. FIDEL MERMA CÁRDENAS mediante EDICTOS JUDICIALES a publicarse en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario El Peruano por el plazo de tres días .. “.A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente. ANEXOS: A sus antecedentes los anexos que adjunta. AL OTROSI DIGO: Estando a lo señalado, téngase por delegada la representación procesal de la actora a favor del abogado que se indica.”H.S. Secretaria Judicial Herlinda Rodas Astoquillca. Urubamba,31 de Marzo del año 2017 3VCES-12-17-18-IV-17 B/V 43570 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCÍA, UBICADA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200, DE ESTA CIUDAD, EL SEÑOR: ORESTE ZARATE MORALES, SOLICITA EN LA VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE UNIÓN S/N (HOY N° 112) DENOMINADO “HUACHULLAYPATA”, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; INMUEBLE QUE TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CON UN ÁREA DE 159.57 M2 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS), ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS: POR EL FRENTE: ENTRANDO CON LA CALLE UNIÓN, EN LÍNEA RECTA CON 18.40 ML; POR EL FONDO: ENTRANDO CON LA PROPIEDAD DEL SR. MIGUEL FUENTES CHILLITUPA, EN LÍNEA RECTA CON 7.00 ML, SEGUIDAMENTE CON LA PROPIEDAD DEL SR. HILARIO CHACON CHAVEZ, CON 6.10 ML, HACIENDO UN TOTAL DE 13.10 ML; POR LA DERECHA: ENTRANDO CON LA PROPIEDAD DEL SR. HILARIO CHACON CHAVEZ, EN LÍNEA QUEBRADA CON 4.42 ML Y 6.25 ML, HACIENDO UN TOTAL DE 10.67 ML Y POR LA IZQUIERDA: ENTRANDO CON LA PROPIEDAD DE LA SRA. CONSUELO TORRES ATAULLUCO, EN LÍNEA QUEBRADA CON 7.70 ML Y 4.25 ML, HACIENDO UN TOTAL DE 11.95 ML; QUE ENCIERRA UN PERÍMETRO TOTAL DE 54.12 ML, LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY.- CUSCO, VEINTICINCO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE.- NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO - ABOGADO. 3VCES-03-07-17-IV-17 B/V 43406 EDICTO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. Publicación de edictos arto 506 C.P.C. en el Proceso Civil Nro. 00320-2016-0-1001-JMCI-02, seguida por GENARO SANTA CRUZ FARFAN, Y ELIZABETH QUILLAHUAMAN CUSICUNA, en representación de MAGLIO ESTEBAN FARFAN YABAR y CELIA QUISPE QUISPE bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO TUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal ; siguiente EXTRACTO DE DEMANDA: GENARO SANTA CRUZ FARFAN, Y ELIZABETH QUILLAHUAMAN CUSICUNA en representación de MAGLIO ESTEBAN FARFAN YABAR Y CELIA QUISPE QUISPE interponen demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO BIEN INMUEBLE Nro. 105 DE LA. CALLE ESPINAR DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO contra CATALINA VIDALINA FARFAN VIUDA DE SANTA CRUZ Y AURELIA FARFAN DE SALCEDO; asimismo cítese a los colindantes: 1. Municipalidad Distrital de San Sebastián, representado por su Alcalde Andmar Sicus Cahuana, 2.- Carlos Incarroca Cornejo, 3.- Aurelio Fernandez Peña, 4.Adrian Higinio Montesinos Choque, y 5.- Rosa Pompilla de Quispe. RESOLUCIÓN NRO. 03.-Cusco, dos de junio del año dos mil dieciséis.- (... ), VISTO.: el escrito que contiene la demanda y los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...) RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ( ... ) en consecuencia PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces en la forma prevista por los artículos 506 del Código Procesal Civil.- ( ... ).- H.S. firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Se efectúa la presenté: publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 30 de marzo del 2017.3VCES-03-07-17-IV-17 B/V 43410 EDICTO JUDICIAL En el Quinto Juzgado Civil del Cusco en el EXPEDIENTE: 01533-2016-0-1001-JR-CI-05, seguido por JULIA GEORGINA HUILLCANINA QUISPE, SOBRE Prescripción Adquisitiva de Dominio en contra de BENEDICTA HUILLCANINA QUISPE, se ha dispuesto: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA RESOLUCION N° 03 Cusco, 03 de octubre de 2015.AUTOS Y VISTO: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA GEORGINA HUILLCANINA QUISPE contra DOLORES QUISPE LLANCAY y LA SUCESIÓN DE QVF CLAUDIO HUILLCANINA QUISPE conformada por CONSTANTINA HUILLCANINA QUISPE, TEODOCIO HUILLCANINA QUISPE, RENE NEMESIO HUILLCANINA QUISPE, GERMAN HUILLCANINA QUISPE, BENEDICTA HUILLCANINA QUISPE y FIDEL HUILLCANINA


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Cusco, lunes 17 de abril de 2017 QUISPE sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Insértese en autos los anexos de su referencia. Asimismo cítese con la demanda a los colindantes Alejandrino Oquendo Canal, Ángel Laime Estrada, Abelardo Laime Estrada, Julio Zenón Laime Estrada, Victoria Mesco Segovia y la Municipalidad Provincial de Cusco. Conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado.- H.S.- Fdo. Marianella Cárdenas Villanueva: Juez, Rafael Castillo Canal: Especialista Legal. Cusco, 05 de abril del 2017.3VCES-07-17-21-IV-17 B/V 43495 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCÍA, UBICADA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200, DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: AUGUSTA PEÑA LOAIZA, SOLICITA EN LA VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA PROLONGACIÓN PERA N° 639, DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; INMUEBLE QUE TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CON UN ÁREA DE 640.22 M2 (SEISCIENTOS CUARENTA PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS), ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS: POR EL FRENTE: COLINDA CON LA PROLONGACIÓN PERA, CON UNA LONGITUD DE 20.45 ML, EN LÍNEA RECTA; POR EL FONDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE FRANCISCO GOMEZ VALDEZ y CARMEN NEGRON CALDERON, y CON LA PROPIEDAD DE FRANCISCA TRUJILLO GUZMAN y WILBERT HUMBERTO CRUZ LUCERO; EN LÍNEA QUEBRADA DE TRES TRAMOS (8.78 + 1.37 + 12.64), HACIENDO UNA LONGITUD TOTAL DE 22.79 ML.; POR EL LADO DERECHO ENTRANDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LOS SRES. EILEN FOLLANA LOAIZA y CESAR WILFREDO MONJE VALDERRAMA, CON UNA LONGITUD DE 30.90 ML, EN LÍNEA RECTA Y POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE SANTOS VILLAGRA YUPA, EN LÍNEA QUEBRADA DE DOS TRAMOS (14.51 + 15.04), HACIENDO UNA LONGITUD TOTAL DE 29.55 ML; QUE ENCIERRA UN PERÍMETRO TOTAL DE 103.69 ML, LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY.- CUSCO, CINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE. - NÉSTOR AVENDAÑO G.NOTARIO - ABOGADO. 3vces-07-17-21-iv-17 b/v 43507 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00296-2017-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por Javier Rodolfo Benavides Riveros representado por su apoderada Auris Benavides de Rodríguez y la Sociedad Conyugal conformada por Reynaldo Benavides Riveros Y Hermelinda Figueroa de Benavides, contra los Herederos Legales de quien en vida fue Benigno Benavides Cliffor, y los Herederos Legales de quien en vida fue Elisa Riveros de Benavides o Elisa Riveros Acosta con citación de los colindantes Hilario Carrillo Uribe. María Boños Huarsaya, Bonifacio Quispe Quispe, Vilma Chamorro Gamarra y la Municipalidad Distrital de San Sebastián representado por su Alcalde Admar Sicus Ccahuana, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de Bien Inmueble, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 01.- Cusco. treinta y uno de Enero de dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta; por su mérito, córrase traslado de la demanda a los demandados con la finalidad de que cumplan con absolverlo dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Estando a lo manifestado por los recurrentes que se ha agotado las gestiones para conocer el domicilio de los demandados, afirmación referida bajo juramento, notifíquese mediante edictos para que se apersonen, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Asimismo conforme a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil publíquese un extracto de la demanda en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario Judicial de ésta localidad por tres días con intervalo d res días.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos.- H.S.- Media firma y sello d señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 11 de abril 2017. 3vces-17-21-27-iv-17 b/v 43582 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 00516-2017-0-1001-JP-CI-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la señora Juez Elena Vengo Garcia; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 02 de fecha veinte de marzo del año dos mil diecisiete.- Auto admisorio de la Denuncia; VISTO ( ... ) Y, CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LEANDRO GUTIERREZ ARIAS, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Debiendo sustanciarse el trámite de In presente en In vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Judicial de Cusco, por una sola vez(. .. ). H.S. Cusco, 11 de abril del año 2017. 1v-17-iv-17 b/v 43583 EDICTO En el Proceso N° 1184-2017-0-1018-JM-FC-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, Judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto notificar con un extracto del Autoadmisorio de la Demanda, Resolución Nº 01.- VISTOS Y CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud de MAGALY GAMBOA TRUJILLO, en

representación de sus menores hijos Daniel Ángel Andre y Andrea Alisson Uman Gamboa sobre Autorización para disponer bien de menor- Pensión de Orfandad, depositados en el Banco de la Nación Cusco, FIJESE DIA y HORA PARA LA DILIGENCIA DE AUDIENCIA DE ACTUACION y DECLARACION JUDICIAL, para el día DIEZ de MAYO del año dos mil diecisiete, a horas OCHO y cuarenta de la mañana, debiendo concurrir en forma obligatoria, bajo apercibimiento de ley, con citación del Despacho Fiscal del Distrito de Santiago. PUBLIQUESE en el diario judicial del Cusco, por una sola vez, a costa de la demandante, un extracto del auto admisorio de la demanda, debiendo acreditar su publicación antes de la audiencia- H.S Cusco, Santiago, 11 de abril de 2017 1v-17-iv-17 b/v 43584 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba que despacha la Dra. Ysika Medrano Ochoa y bajo la actuación del Especialista Legal Wilfredo Solaligue Obregón, Regina Ramirez Gomez, viene siguiendo Proceso Civil 025-2017 sobre Sucesión Intestada de la que en vida fue FELIPA ZEVALLOS GOMEZ fallecido el día 08 de agosto del 2016 en el la ciudad del Cusco; solicitando se le declare como única y universal heredera. Se publica para los fines de ley. Urubamba abril 2017 1v-17-iv-17 b/v 43585 AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Por Expediente N° 4729-2017. En la División de Registro Civil, que funciona en la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco; la Sra. SHIRLY KIMBERLY CIPRIAN CHALCO, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de su Nacimiento N° 198 del año 1986, con respecto al Libro Principal y Duplicado en el rubro correspondiente al apellido materno del padre de la titular del acta de nacimiento y del Declarante (padre) se encuentra ilegible y enmendado, siendo lo correcto “USCA”. Error atribuible al Registrador Civil de la Época por lo que se debe tener en consideración la via correctiva de la salvedad (DI-260-GRC/016). Asimismo el apellido materno de la titular del acta se ha consignado como “Chalco” siendo lo correcto “CHALLCO” y por último los apellidos paterno y materno de la madre de la titular del acta se ha consignado como: “Chalco Flores” siendo lo correcto “Challco Florez” en adelante debe figurar como: “Vidalina Challco Florez” tal se aprecia en el acta de nacimiento de la madre. Error no atribuible al registrador de la Época por lo que se debe tener en consideración la Vía correctiva de la salvedad (01263-GRC/017). Lo que se hace conocer a fin de quienes resulten perjudicados con la Rectificación, pueda formular oposición por escrito dentro de los 15 días siguientes a la publicación conforme establece el Art. 74 del D.S. 015-98-PCM ante la Dirección de Registro Civil de esta Municipalidad. Lo que se cumple de conformidad al Art. 73 del D.S. 015-98-PCM. San Jerónimo, 04 de Abril del 2017. RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1v-17-iv-17 b/v 43586 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó la Sra. YONY MOSQUIPA RAMIREZ, identificada con DNI. N° 80181415; solicitando la Sucesión Intestada de Q.EV.F. Sra. JUANA RAMIREZ HUAMANI, fallecida el día uno de julio de mil novecientos setenta y tres, y siendo el último domicilio de la causante el inmueble ubicado en la Urbanización Manahuañonca B-18, del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 06 de abril de 2017. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON NOTARIO DEL CUSCO 1v-17-iv-17 b/v 43587 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 00523-2017-0-1001-JP-CI-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Juez Elena Vengoa Garcia; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se Iza dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 02 de fecha veintidós de marzo del año dos mil diecisiete- Auto admisorio de la Demanda; VISTO ( ... ) Y, CONSIDERANDO ( ... ) :SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la petición interpuesta por WALTER PILLCO HUANCA, sobre SUCESION INTESTADA del que en vida que su padre LUCIO PILLCO MANRRIQUE, para que se le declare como su único y universal heredero legal al recurrente. Debiendo tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO.( ... ) PUBLIQUESE el extracto de la solicitud por una sola vez en el diario judicial y otro de mayor circulación . H.S.- Cusco, 11 de abril del 2017 1v-17-iv-17 b/v 43588 EDICTO JUDICIAL HÁGASE SABER A LOS INTEGRANTES Y REPRESENTANTES LEGALES DE LA COOPERATIVA DE USUARIOS AGRARIA SAN ANTONIO DEL PINO LIMITADA: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Col/antes Mendoza, se tramita el Proceso Civil Nº 0562-2008-0-1015-JMCI-01, se ha emitido la resolución Nº 02 de fecha 26 de enero de 2008, donde se resuelve ADMITIR a trámite y en la vía del proceso DE CONOCIMIENTO, la demanda interpuesta por ENRIQUETA LEÓN ESTRADA, en contra de RAÚL ORIHUELA GAVINO, CARMEN MASIAS DE ORIHUELA y la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS SAN ANTONIO DE PINO, representada por Luis Felipe Cáceres Valencia y Fermin Alencastre Lima, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO DE COMPRA VENTA de una fracción de terreno de 60 m2 ubicado en el sector de El Pino, NULIDAD DE ACTO JURIDICO DEL CERTIFICADO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD PREDIAL de fecha 04 de noviembre de 2005, expedido por la Oficina del PEET,


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Cusco, lunes 17 de abril de 2017

CANCELACIÓN DE ASIENTO REGISTRAL, PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 05004102, por lo tanto córrase traslado a los demandados por el plazo de ley, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes- HS.- Se ha emitido la resolución Nº 25 de fecha 12 de marzo de 2010, que DISPONE INTEGRAR en la relación jurídica procesal de este proceso a COFOPRI ya la OFICINA DE REGISTROS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DEL CUSCO, a fin de que intervengan en el proceso en calidad de litisconsortes necesarios pasivos- Se ha emitido la resolución Nº 37 de fecha 02 de setiembre de 2011 en la que se RESUELVE: INTEGRAR AL PRESENTE PROCESO EN CALIDAD DE LITISCONSORTES NECESARIOS ACTIVOS A Víctor, Adrián, y Benedicto León Estrada.- Y se ha emitido la resolución N° 52 de fecha 16 de junio de 2014 en la que se DISPONE NOTIFICAR a la COOPERATIVA DE USUARIOS AGRARIA SAN ANTONIO DEL PINO LIMITADA mediante EDICTOS conforme a Ley.H.S. Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 11 de abril de 2017 3vces-17-18-19-iv-17 b/v 43589 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; LA SRA. GABY PASCUALINA ROJAS AYQUIPA, CONJUNTAMENTE CON PERCY ROJAS AYQUIPA y JUAN ROJAS AYQUIPA SOLICITAN LA SUCESIÓN INTESTADA, DEL QUE EN VI DA FUE SR. TORIBIO ROJAS ALVAREZ; FALLECIDO EL 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011, SIN DEJAR TESTAMENTO, HABIENDO TENIDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EN URB. TTIO PSJ. MARISCAL GAMARRA A - 1 -22 DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 10 DE ABRIL DE 2017. 1v-17-iv-17 b/v 43590 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el Proceso N° 0073-2015-0-1005-JM-CI-01, la demanda interpuesta por Juan Freedy Ramírez Oroña sobre Prescripción adquisitiva de dominio contra la sucesión de intestada del que en vida fue Félix Ramírez Farfan, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO TRECE de fecha tres de marzo del año dos mil diecisiete; en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUAN FREEDY RAMIREZ OROÑA en representación de Bertha Ramírez Groña. Pretensión Principal: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE LA FRACCIÓN N° 03 DE LA CASA QUINTA DENOMINADO CCARMENCCA INMUEBLE URBANO N° 1058 ubicado en la calle Inclán del Distrito y Provincia de Calca. Pretensión Accesoria: INSCRIPCIÓN DEL INMUEBLE FRACCIÓN 3 EN EL REGISTRO DE PREDIOS URBANOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO. Contra la sucesión intestada de QEVF FELIX RAMIREZ FARFAN representado por: 1. Ceferina Oroña Romero Viuda de Ramírez (esposa). 2. Adelia Ramírez Groña. 3. Juan Freedy Ramírez Oroña. 4. Margot Ramírez Oroña. 5. Bertha Ramírez Oroña, 6. Anstrong Ramírez Oroña y 7. Wili Ramírez Oroña ( hijos). Citación: 1. Raymunda Ramírez Farfán representado por sus herederos: a) Jorge Presentación Yabar Ramírez y b) Ronal Yabar Ramírez. 2. Nicolasa Ramírez Farfán. 3. Manuel Luizar representado por su herederos: a) Orestes Luizar Suyo. b) Quintín Luizar Suyo. c) Eduardo Luizar Suyo y d) Enue Luizar Suyo. 4. Margot Ramírez Oroña. 5. Nicolasa Ramírez Farfán. 6. Victoria Ramírez Farfán representado por su heredero: a) Washington Linares Ramírez. 7. Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Calca. Tramítese en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO; en tal virtud, CÓRRASE traslado a los demandados, para que absuelvan el traslado de la demanda, acreditando con documento fehaciente su condición de sucesores, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. MEDIOS PROBATORIOS: Estando a la tasa judicial, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, para su admisión y actuación en la etapa procesal respectiva. AL OTROSI: Téngase por designado como abogado defensor al letrado que indica. Al MAS DIGO: A sus antecedentes. AL PRIMER MAS: Agréguese al proceso los anexos que corresponda. Y de conformidad a lo establecido en el artículo 506º del Código Procesal Civil, PUBLIQUESE el extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, con dicho fin cumpla la demandante con apersonarse a ésta secretaría en horas de atención al público.-H.S. Calca, 11 de abril del 2017. 3vces-17-21-27-iv-17 b/v 43591 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 55 - 2017 - CI, habiéndose resuelto: ADMITIR LA DEMANDA de sucesión intestada interpuesta por VALENTINA HUISA DE CHOQUE, de quien en vida fue su esposo LEANDRO CCOLQUE CASTRO, para que previo los trámites de ley, se le declare único y universal heredero NOTIFIQUESE a la Beneficencia Pública de la ciudad de Cusco y al Representante del Ministerio Público de esta ciudad, publíquese los edictos de ley en el Diario Judicial del Distrito y en el tabladillo del Juzgado de Espinar. H.S.- Juez Dra. N. Cáceres. Secretaria Judicial P. Catari P.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 23 de Marzo del 2017. 1v-17-iv-17 b/v 43593 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de -Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Caceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 19-2017-CI, habiéndose resuelto: ADMITIR a trámite la solicitud sobre INSCRIPCIÓN SUPLETORIA DE PARTIDA DE NACIMIENTO de CARMEN NUÑONCCA DE CCAPA, solicitada por ella misma; con citación del Representante del Ministerio Público, a quien deberá notificarse con la demanda y anexos; tramítese la presente demanda en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO. H.S.Juez Ora N.Cáceres V. Secretaria Judicial K. E. Apaza H.- Lo que se publica para los fines de Ley.

Espinar; 13 de febrero del 2017. 1v-17-iv-17 b/v 43593 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco con Expediente N° 03483 de fecha 29/03/2017, ha solicitado el Ciudadano (a) JORGE RENATO VILLALBA FOLLANA sobre RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 538 correspondiente al año 1960, Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe omisión de consignación en el rubro nombre de la progenitora (SEGUNDO APELLIDO), debiendo consignarse como: ORMACHEA, quedando su nombre completo como: EUFEMIA ELVIRA FOLLANA ORMACHEA. Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98-PCM ante esta municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.01598-PCM, para sus fines. Santiago, 30 de marzo del 2017. ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 1v-17-iv-17 b/v 43594 EDICTO JUDICIAL En el 3° JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar Rojas se viene tramitando el proceso 0545-2017 -FC-03 sobre DIVORCIO POR CAUSAL en la que se ha dispuesto la notificación del demandado Carlos Ramos Romero con resolución número uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete que RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso de CONOCIMIENTO, la demanda de DIVORCIO CON LA CAUSAL DE ABANDONO INJUSTIFICADO DE LA CASA CONYUGAL POR MAS DE DOS AÑOS Y CONDENA POR DELITO DOLOSO, interpuesta por NOEMI MORALES OLAYUNCA contra CARLOS RAMOS ROMERO. En consecuencia, córrase traslado de la demanda al demandado y a la señora fiscal de familia por el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de continuar el proceso en su rebeldía. Bajo la actuación de la secretaria judicial Joselin Pezo Huallpa. Cusco, 11 de abril del 2017 3VCES-17-18-19-IV-17 B/V 43595 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ocongate, que despacha el Señor Juez, Dr. Bider Coa Suyo; bajo la actuación del Secretario Judicial Alan Barraza Zurita, se tramita el expediente N° 06-2017-0C, seguido por HERMENEGILDO BALERO MENDOZA, sobre rectificación de su acta de nacimiento, bajo el fundamento de que por error se ha consignado su apellido paterno como BALERO, debiendo de decir “VALERO”, quedando inalterables los demás extremos del acta. Lo que se publica para los fines de ley. 1V-17-IV-17 B/V 43598 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación bajo la actuación del Secretario Judicial MARIO PEREIRA ALDAZABAL; se tramita el Expediente Civil N° 00958-2017-0-1001-JPCI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 01 Cusco 01 de abril deI 2017... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por AMANDA JUANA GALIANO CARRILLO, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue GLORIA CAROLA GALIANO CARRILLO, a fin de que se declare como única y universal heredera a la recurrente AMANDA JUANA GALIANO CARRILLO, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 01 de abril del 2017. 1V-17-IV-17 B/V 43599 SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. con Calixto Huamantalla Año, Julio Cesar Hancco Pezo, Washington Huillca Año y Juan Carlos Titto Huanaco sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 691-2012, el Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. Gilda Zea Núñez y Especialista Legal Dra. Ketty Conchoy Ochoa, ha dispuesto sacar a Remate lo siguiente: 1.- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en la Manzana T1, Lote 7 del Centro Poblado Tambo Real, Distrito de Zurite, Provincia de Anta, con un área de 502.66 mts2, cuyas demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 31030227 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral del Cusco, Zona-Registral N° X Sede-Cusco. 2.-TASACION: $15,957.00 ( Quince mil novecientos cincuenta y siete y 00/100 Dólares Americanos). 3.- BASE DEL REMATE: $ 9,042.30 (Nueve mil cuarenta y dos y 30/100 Dólares Americanos) equivalentes a las 2/3 partes del valor de Tasación menos el 15%. 4.- GRAVAMENES: A) Embargo.- Hasta por la suma de S/. 22,000.00 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., ordenada por el 1er. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, inscrito en el asiento 00005 de la Partida N° 31030227 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco. Fecha de Inscripción 20/1/14. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 26 de Mayo del 2017 a las 10:00 de la mañana. 6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco sito en Urb. La Florida C - 14 Pasaje Kantus (Ex Meson de la Estrella). 7.- POSTORES: Los postores Oblarán el equivalente al 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, presentarán DNI, Arancel- Judicial por derecho a participar en Remate con el N° de Expediente, Juzgado correspondiente, y N° de DNI del postor (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera conforme a ley. El remate será realizado por María Ángela Zeballos Alva, Martillera Pú-


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Cusco, lunes 17 de abril de 2017 blica con Reg. N° 142. Cel. 998706190, mazeballos@gmail.com. 3vces-17-18-19-iv-17 b/v 43599 AVISO SEGUNDO REMATE PÚBLICO En el proceso civil N° 03004-2013-0-1001-JP-CI-04. Seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., contra la SRA. MAXIMILIANA MONGE VERA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Dra. ROSS MERY TAMATA KEHUARUCHO, bajo la actuación del Especialista Legal Dr. MARIO PEREIRÁ ALDAZABAL, ha dispuesto convocar a SEGUNDO REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial presentado el 17/03/2015, por los Ingenieros Peritos y aprobado en todo sus extremos en la Resolución N° 13-, del inmueble Predio Rustico denominado Puquin Lote 1, identificado con la Unidad Catastral N° 25721, ubicado en el Sector de Puquin, Valle de Puquin del Distrito de Santiago,. Provincia y Departamento del Cusco, (encima de las A.P.V. Los Jardines y Virgen Concepción) siendo el titular Catastral Propietario Don Andres Tinta Ñaupa y Doña Valentina Espinoza Tinta, con inscripción en la sección especial de Predios Rurales en la Partida Registral N° 11032756. Con los siguientes linderos; POR EL NORTE, con terrenos cuyas unidades catastrales son N° 164008 Y 028190. POR EL SUR, con terreno cuya unidad catastral es N° 028189. POR EL ESTE, con terreno cuya unidad catastral es N° 028191. POR EL OESTE, con el predio- puquin. Teniendo el terreno un área de 7,7119 Has., y un Perímetro de 1,472.16 ml. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Partida Registral N° 11032756, donde se encuentra ASIENTO 07. EMBARGO, en forma de inscripción, monto de la carga hasta S/. 26,389.58, más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: De acuerdo al Informe Pericial, el inmueble ha sido tasado en la suma de S/.115,678.50 (CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS SETENTA y OCHO CON 50/100 NUEVOS SOLES), como se detallada en la Valorización. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Segundo remate público son las dos terceras partes del valor de tasación, menos un 15% que sirvió de base para el Primer Remate, siendo el monto de S/. 65,551.15 (SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA y UNO CON 15/100 SOLES). LUGAR., DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb., La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de Wanchaq. el día JUEVES 27 DE ABRIL DEL 2017, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel., 984909086. DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate, asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cusco, 20 de Marzo del 2017. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma MARTILLERO PÚBLICO 3VCES-17-18-19-IV-17 B/V 43601 RECTIFICACION DE PARTIDA Ante mi, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura O-12-B del distrito de San Sebastián - Cusco, don: LUIS GONZALO TARAZONA CUBA, solicita la Rectificación de su partida de nacimiento, en el cual se ha omitido consignar el segundo prenombre y el documento de identidad de su progenitor, siendo lo correcto LUIS VICTOR TARAZONA FLORES y 40108575 respectivamente, lo que pongo en conocimiento conforme a ley. San Sebastián ,12 de Abril de 2017. LUIS ALBERTO LIRA APAZA ABOGADO NOTARIO 1V-17-IV-17 B/V 43602 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don JANNY OMAR FUENTES VARGAS con DNI Nro. 23977169 de 43 años de edad, Divorciado de Nacionalidad Peruano Natural del Distrito de Cusco ,Provincia y Departamento de Cusco de ocupación Empleado con Domicilio en PP.JJ Manco CCapac A-1 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. AMPARO LIMA GOMEZ con DNI Nro. 43352290 de 45 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación Empleada en Empresa Privada con domicilio en PP.JJ Manco CCapac A-1 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Viernes 19 Mayo del 2017. Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 12 de Abril del 2017 NILDA CUPI ZUNIGA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-17-IV-17 B/V 43603 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: MISAEL TICONA DONAIRES Identificado con DNI 45685365 Estado Civil: SOLTERO Natural de: ABANCAY - APURIMAC

Nacionalidad: PERUANA Edad: 28 años: Ocupación ASISTENTE ADM. CONTABLE Domicilio: AV. PANAMA G-4 Doña: JHOSELINE CHAHUARA MACOYLLO Identificada con DNI 46321468 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 27 años: Ocupación: CONTADORA Domicilio: CALLE TRIUNFO N° 343 Fecha de Matrimonio: 01 DE MAYO DEL 2017 Las personas que conozcan causales de Impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 11 de ABRIL del 2017. BERSABEL MAAMNI VILLEGAS REGISTRADORA CIVIL 1V-17-IV-17 B/V 43604 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David América Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00152-2016-72-100 1-JR-CI-02 en los seguidos por Indira Linares Halanocca contra Gerson Molino Leonardo y Verónica Quispe Armuto, sobre Medida Cautelar, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución Nº 03.- Cusco, cinco de Mayo de dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la MEDIDA CAUTELAR; consecuentemente, TRABESE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION en el bien mueble signado como VEHICULO DE PLACA DE RODAJE V10958 y PLACA DE RODAJE ANTIGUA UH4987N, MARCA MERCEDES BENZ, inscrito en la Partida Electrónica Nº 60505322 DE LA ZONA REGISTRAL Nº X SEDE CUSCO, de propiedad de la SOCIEDAD CONYUGAL conformada por GERZON MOLINA LEONARDO y VERONICA QUISPE ARMUTO, bajo cuenta, riesgo y responsabilidad de la peticionante, hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MIL SOLES, con cuyo fin, líbrese partes judiciales por duplicado a la entidad registral.- H.S.- Resolución N ° 07.- Cusco, cinco de Julio de dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR LA VARIACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR; disponiéndose la VARIACION de dicha medida en el bien mueble signado COITIO VEHICULO DE PLACA DE RODAJE Nº B3Y962 y PLACA DE RODAJE ANTIGUA U09463, MARCA SCANIA, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11114505 DE LA ZONA REGISTRAL Nº X SEDE CUSCO, inscrito a nombre de la Empresa de Transporte de Pasajeros y Carga Nuestro Divino E.I.R.L., de propiedad del demandado GERZON MOLINA LEONARDO, bajo cuenta, riesgo y responsabilidad de la peticionante, hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MIL SOLES, con cuyo fin, líbrese partes judiciales por duplicado a la entidad registral.- Resolución N° 09.- Cusco, tres de Agosto de dos mil dieciséis.- Y, conforme a los alcances del artículo 637º del Código Procesal Civil, CORRASE TRASLADO a la parte afectada por el plazo de ley, debiendo notificarse con copias de la demanda, anexos, autoadmisorio y los anexos.- Resolución Nº 11.- Cusco, diecisiete de Noviembre de dos mil dieciséis.- POR LO EXPUESTO: Es ando al juramento prestado, NOTIFIQUESE a los demandados mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano” por el lapso de TRES DIAS CONSECUTIVOS.- firma y sello del señor Juez.- Firma y sello del Especialista Legal. Cusco ,12 de Abril DEL 2017. 1V-17-IV-17 B/V 43605 EDICTO JUDICIAL SEÑORES: SUCESORES DE VICENTE PFUYO CHALLCO Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02037-2016-0-1001-JRCI-03, en el que mediante Res.02 de fecha 09-01-2017, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por YENI PFUYO PUMA , sobre CAMBIO NOMBRE (ADICIÓN) en la PARTIDA DE NACIMIENTO de su señor padre VICENTE PFUYO CHALLCO , en cuanto a los apellidos maternos de sus abuelos de Leoncio Pfuyo y Ana Challco a LEONCIO PFUYO CRUZ y ANA CHALLCO CONDORE , registrado ante la Municipalidad Distrital de Huaroconco, de la provincia de Anta del departamento de Cusco; así como la adición del apellido materno de su progenitor registrado ante la misma Municipalidad de Huarocondo de Vicente Pfuyo a VICENTE PFUYO CHALLCO, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DIAS, debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial el Peruano y el Diario Judicial de esta localidad, para cuyo efecto deberá recabar los edictos en la Administración del Módulo Civil en horarios de atención al público. Téngase por ofrecidos los medios probatorios .Insértese en autos los anexos de su referencia. DE OFICIO.- REQUIERASE a la recurrente señale los nombres y domicilio reales de los probables sucesores del señor Vicente Pfuyo Challco, a efecto de que sean citado al presente proceso, ello dentro del TERCER DIA de notificada con la presente resolución, bajo apercibimiento de Ley. H.S.Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 12 de Abril de 2017. 3VCES-17-21-27-IV-17 B/V 43597 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 00801-2017-0- 1001-JPCI-01, seguido por PASCUAL ESTELA SAAVEDRA, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Documento Nacional de Identidad, habiéndose consignado en forma errónea el estado civil como “Casado” siendo lo correcto “SOLTERO”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco,07 de abril del 2017. 1v-17-iv-17


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Cusco, lunes 17 de abril de 2017

b/v 43606 EDICTO JUDICIAL.SUCESIÓN INTESTADA.- EXPEDIENTE N°: 00065-2017- 0-1007- CI-02.Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis-Sicuani, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. JUDITH ANDREA BELLOTA GUZMAN y la actuación de la Especialista Legal Abogada Rosinelia Aco Corrales, doña AMBROSIA TTICA DE BONIFACIO viene solicitando la declaración de SUCESIÓN INTESTADA del que en vida fue su progenitora ISABEL AGUILAR PAIVA, fallecida en fecha cinco de diciembre del dos mil catorce, en la Comunidad de Quehuar del distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, departamento de Cusco, por lo que, se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley.- Lo que se publica para los fines de ley. Sicuani, 06 de Abril del 2017.- Rosinelia Aco Corrales.- Secretaria Judicial.1v-17-iv-17 b/v 43607

,” SE RESUELVE: ADMITIR en ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por JENNY SOLEDAD TEXSI ECHEGARAY, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contra los HEREDEROS LEGALES del que en vida fue WILBERTH TTITO AUCCAISE por su merito: CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley, con citación de la representante del Ministerio Público.Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos para su oportunidad.- PRIMER OTROSI DIGO: Téngase por delegadas las facultades de representación que se indica para su oportunidad. SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase en cuenta. NOTIFIQUESE mediante EDICTOS a la sucesión intestada del demandado, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. H.S. Cusco, 12 de abril del 2017. CARMEN PALOMINO ALATRISTA SECRETARIA JUDICIAL 17-18-19/04/2017 B/V.32174

EDICTO JUDICIAL

A TODOS LOS INTERESADOS

Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige el Señor Juez Doctor DANIEL BANDA LACATA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 033-2017-CI. se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 1. Urcos, 22 de Marzo del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por GREGORIA VICTORIA ARANA SANCHEZ, sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, con la sucesión del que en vida fue JUAN PABLO BUENO ALOSILLA, VIA del PROCESO SUMARISIMO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía.- Por ofrecido los medios de prueba que indica.- Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta.- AL TERCER Y CUARTO MAS DIGO: VISTA: La solicitud de Auxilio Judicial interpuesta por Gregoria Victoria Arana Sánchez: Habiendo presentado el formato correspondiente, así como se encuentra acreditado los hechos precisados con la certificación adjuntada, corroborando lo manifestado con la declaración jurada que contiene su solicitud y estando comprendida la recurrente dentro de los alcances antes indicados: SE RESUELVE: CONCEDER EL AUXILIO JUDICIAL a GREGORIA VICTORIA ARANA SANCHEZ, con las facultades y prorrogativas precisadas en el artículo 182 del cuerpo adjetivo antes indicado. Designándose como su apoderado al Abogado MARIO MIGUEL DELGADO MONTAÑO, en su virtud: Póngase en conocimiento de la oficina de Administración de ésta Corte Superior de Justicia, con la presente resolución, con cuyo fin gírese el oficio respectivo, para los fines consiguientes.HAGASE SABER.Urcos, 07 de Abril del 2017. MANUEL JUAN CORDERO SÁNCHEZ SECRETARIO JUDICIAL 17/04/2017 B/.32170

En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro.729-2017-0-1018- JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01.- Santiago, 29 de marzo del 2017 ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIA MERCEDES ARIAS VARGAS en representación de su menor hijo Luis Isaac Fasanando Arias, sobre CAMBIO DE NOMBRE. Debiendo la demanda tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta ciudad, por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la diligencia de actuación y declaración judicial para el día DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento concluirse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad H. S. NANCY VICTORIO VASQUEZ SECRETARIA JUDICIAL 17/04/2017 B/.32169

DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: ROBERT STEVE ZAPATA SEQUEIROS de 27 años de edad, con DNI N° 46131314, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación TECNICO EN INFORMATICA, natural de CUSCO, con domicilio en: URB. SAN BORJA G - 11 y Doña: LIDIA ABIGAIL CABRERA DUEÑAS de 28 años de edad, con DNI N° 70044494, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación COSMETOLOGA, Natural de CUSCO, con domicilio en: APV. BELLAVISTA B - 4. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: VIERNES 28 DE ABRIL DEL 2017. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 17 de ABRIL del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 17/04/2017 B/.32168 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro.01321-2008-0-1001-JP-CI-03, ante el Tercer juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Doctora Elena Vengoa Garcia; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 25 de fecha dieciséis de junio del año dos diez- AL PRINCIPAL.- por recepcionado el presente expediente proveniente del Pool de Peritos, acompañado de la liquidación de alimentos devengados N° 364-2010. Póngase a conocimiento de las partes por el termino de ley, para los fines Consiguientes- Liquidación N°364-2010-Pool de Peritos-GRT: TOTAL DEUDA DE ALIMENTOS DEVENGADOS MAS INTERES AL 30 DE JUNIO 2110 S/.7,285.17 SOLES.Cusco, 12 de abril del año 2017 JUDITH CASTILLO PRADO SECRETARIA JUDICIAL 17-19-21/04/2017 B/.32176 EDICTOS Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el proceso Nro. 1428-207 sobre declaración de unión de hecho, dentro del cual se ha ordenado notificar a los HEREDEROS LEGALES DEL QUE EN VIDA FUERA WILBERTH TTITO AUCCAISE, con el contenido de la Resolución Nro. 02, Cusco, treintiuno de marzo del año dos mil diecisiete. Por cumplido el mandato ordenado en autos

EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que Don: JOSE SANTOS RODRIGUEZ VILCA. Con DNI N° 44289907 de 29 años de edad, soltero, de Nacionalidad Peruano, Natural del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco, de Ocupación: Analista de Sistemas, con domicilio en PP.JJ. Viva el Perú 2da. Etapa R-5 del Distrito de Santiago -Cusco y Doña: KARINA KANCHA BACA, con DNI N° 45362955, de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito Cusco, Provincia y Departamento de Cusco, Ocupación: Téc.en Farmacia, domiciliada en PP.JJ. Viva el Perú 2da. Etapa R-5 del Distrito de Santiago - Cusco, Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el 06 de Mayo del 2017. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 12 de Abril del 2017. LUISA THRUDY BORDA CABRERA REGISTRADOR CIVIL 17/04/2017 B/.32178 EDICTO En el proceso 1482-2017 tramitado ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco se ha admitido a trámite la demanda interpuesta por Katherine Liendo Ugarte sobre Tenencia de su menor hija Kiara Vázques Liendo contra Ricardo Vásquez Núñez, en la vía del proceso único confiriéndose traslado de la demanda por el término de cinco días bajo apercibimiento de designarse en su representación Curador Procesal en caso de no contestar la demanda. 17/04/2017 B/V 43513 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Unipersonal de Paruro, bajo la dirección del señor Juez Dr. Félix Villegas Cajachagua y la Actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se ha ordenado la notificación por edictos de la imputada LEOCADIA CARLOS DE QUISPE con el auto de enjuiciamiento y un extracto de la resolución N° 19 y actas de audiencias en el proceso 64-2011 seguido por usurpación y otros, siendo como sigue: RESPECTO AL AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL RESOLUCIÓN N° 01 Paruro, 14 de marzo del año 2015.Dando cuenta en la fecha el oñcio remitiendo el Cuaderno de Acusación Fiscal por el Secretario Judicial que interviene por disposición Superior, AUTOS Y VISTO; El auto de enjuiciamiento y la acusación remitida por el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Paruro, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Paruro, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351°, 352° y 353° del Código Procesal Penal, esto es, que ha efectuado el control de la acusación en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo con su respectiva corrección. SEGUNDO: El delito que va a ser materia de juzgamiento por este Juzgado Unipersonal es el delito de Contra el patrimonio en la modalidad de Usurpación y contra la fe pública en la modalidad de falsificación e documentos sub tipo uso de documento público falso, ilícito penal regulado en el artículo 202, inciso 2 y 427 del Código Penal respectivamente. Y, por lo que conforme al estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355° de la norma acotada, SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en el proceso seguido en contra de HILARIO CARRIÓN CARLOS (REO LIBRE), acusado por el señor Fiscal de la Fiscalía Provincial Penal de Paruro, por el delito de Contra el patrimonio en la modalidad de Usurpación y contra la fe pública en la modalidad de falsificación e documentos sub tipo uso de documento público falso, ilícito penal regulado en el artículo 202, inciso 2 y 427del Código Penal., en agravio


Cusco, lunes 17 de abril de 2017 de EVANGELINA PUMAHUALCA VDA. DE CARLOS. Y contra LEOCADIA CARLOS DE QUISPE, por la comisión del delito de Contra la fe pública en la modalidad de falsificación e documentos sub tipo uso de documento público falso, ilícito penal regulado en el artículo 202, inciso 2 y 427 del Código Penal respectivamente, en agravio de EVANGELINA PUMAHUALCA VDA. DE CARLOS; juicio que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA en fecha VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00); hora exacta, en el local de la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Paruro, ubicado en la calle Grau S/N de la ciudad de Paruro. 2.- EMPLÁCESE, a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente al juicio oral, considerando los domicilios fijados en el auto de enjuiciamiento y escrito de acusación; a) AL ACUSADO: HILARIO CARRIÓN CARLOS, a quien se le debe notificar en su domicilio real en la Comunidad Campesina de Incacona, distrito y provincia de Paruro y domicilio procesal en la Calle Grau N° 66 del distrito v provincia de Paruro y Casilla de Notificaciones N° 20 de la Central de Notificaciones de la Sede Judicial de Paruro, quien deberá concurrir a este Juzgado el día y hora de la audiencia, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz o Ausente según corresponda, y ordenarse su conducción compulsiva. b) A LA ACUSADA: LEOCADIA CARLOS DE QUISPE, a quien se le debe notificar en su domicilio real en el Sector de Tingania, comprensión del distrito de Quellouno - La convención y domicilio procesal en la calle Arequipa N° 24 del distrito y provincia de Paruro, quien deberá concurrir a este Juzgado el día y hora de la audiencia, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz o Ausente según corresponda, y ordenarse su conducción compulsiva. c) Al abogado del acusado, Dr. SANTOS YUPANQUI HANCCO. en su domicilio procesal sito en la calle Grau N° 66 del distrito v provincia de Paruro y Casilla N° 20 de la Central de Notificaciones de la Sede Judicial de Paruro; con el apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor de oficio, previa comunicación a la Coordinación de Defensores Públicos de la ciudad del Cusco. d) A la Abogada de la acusada Dra. FLOR DE MARÍA CONCHA SALAS, en su domicilio procesal sito en la calle Grau N° 21 de la ciudad de Paruro; con el apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor de oficio, previa comunicación a la Coordinación de Defensores Públicos de la ciudad del Cusco. e) A la agraviada EVANGELINA PUMAHUALCA VDA. DE CARLOS, en su domicilio su domicilio procesal en la Plaza de Armas S/N Sr. Rudecindo Quispe Mejía del distrito y provincia de Paruro. f) Al abogado de la agraviada, Dr. CONSTANTINO RÍOS HUAÑAC, en su domicilio procesal sito en la Plaza de Armas. S/N (NOTARÍA) del distrito y provincia de Paruro. g) AL FISCAL PROVINCIAL DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE PARURO, EDISON WILBERT FLORES PONCE DE LEÓN, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional y/o ser excluido del juicio y requerir al Fiscal Superior en grado designe a su reemplazo. h) A LOS ÓRGANOS DE PRUEBA, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de prescindirse de sus declaraciones y/u ordenarse su conducción compulsiva, siendo los siguientes; - EVANGELINA PUMAHUALCA VDA. DE CARLOS, testigo con domicilio en la calle Garcilazo S/N del distrito de Ccapi de a provincia de Paruro. - ESTANISLAO CARLOS HUAMANI, testigo en su domicilio real, en la calle Gracilazo S/N del distrito de Ccapi de a provincia de Paruro. - EDGAR VALENCIA HUILLCA, testigo con domicilio real en la Comunidad de Incacona del distrito de Ccapi, provincia de Paruro. - ERASMO LISANDRO CERECEDA, testigo con domicilio real en la Comunidad de Incacona del distrito de Ccapi, provincia de Paruro. - JESÚS OCTAVIO YABAR CERECEDA, testigo con domicilio real en la Comunidad de Incacona del distrito de Ccapi, provincia de Paruro. - ANTEROITURRIAGA CAVERO, testigo con domicilio real en el distrito de Ccapi S/N, provincia de Paruro. 3.- FÓRMESE El EXPEDIENTE JUDICIAL con los actuados que prevé el artículo 136 del Código Procesal Penal. 4.- PRECÍSESE que el CUADERNO DE DEBATES a formarse es con el Auto de citación a Juicio y los registros que se realicen durante el juicio oral y demás resoluciones que se dicten, hasta la sentencia, formarán parte del expediente judicial. 5.- PÓNGASE A DISPOSICIÓN de los sujetos procesales el expediente judicial en la Oficina de la Especialista Judicial de este Juzgado, por el plazo de CINCO DÍAS para su revisión y/o solicitud de copias simples o certificadas. 6.- PRECÍSESE que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio será grabada en audio. 7.- PRECICESE que los TESTIGOS precedentemente referidos, deberán concurrir al juicio oral programado, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164° inciso 3 del Código Procesal Penal, debiendo el Ministerio Público o la parte oferente con coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos propuestos, conforme dispone el artículo 355° inciso 5 del Código Procesal Penal; bajo apercibimiento de prescindir de dichos medios probatorios en caso de inconcurrencia. 8.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los sujetos procesales. H.S.RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN N° 19 Paruro, 09 de enero del año 2017.Habiéndose levantado la huelga nacional indefinida {del 22-11 al 30-12-2016) llevada a cabo por los trabajadores jurisdiccionales del Poder Judicial a nivel nacional.- DE OFICIO.- Estando a que en el presente cuaderno mediante Acta de Continuación de Registro de Audiencia Pública de de Juicio Oral de fecha 15 de noviembre del 2016 se ha dispuesto suspender para ser continuada el día 24 de noviembre del 2016, sin embargo se tiene que: PRIMERO: Los trabajadores jurisdiccionales del Poder Judicial ingresaron en huelga nacional indefinida desde el 22 de noviembre al 30 de diciembre del 2016; SEGUNDO: Que mediante Registro de Audiencia Pública de de Juicio Oral de fecha 04 de octubre del 2016, ha sido instalada el juicio oral, sin embargo; desde dicha fecha se ha venido llevando a cabo las audiencias en forma sucesiva y disponiéndose su suspensión hasta en cuatro oportunidades, por lo que en fecha 15 de noviembre del 2016 se dispuso su suspensión para el día 24 de noviembre del 2016, sin embargo; en esta fecha no se verificó dicha diligencia por cuanto los trabajadores jurisdiccionales del Poder Judicial se encontraban en huelga nacional indefinida desde el 22 de noviembre al 30 de diciembre del 2016, conforme se ha expuesto en el considerando pnmero. En consecuencia, y estando al Art. 360 inciso 3; 359, inciso 1; del Código Procesal Penal corresponde declarar la interrupción del Juicio Oral, en mérito a la huelga nacional inde-

7 finida de los trabajadores jurisdiccionales del poder judicial. Por los fundamentos anteriormente expuestos el Juez del Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Paruro; RESUELVE. 1. DECLARAR la INTERRUPCIÓN DEL DEBATE en el presente proceso; en consecuencia; DISPONGO el señalamiento de nueva fecha para la instalación del Juicio Oral que tendrá lugar en fecha SIETE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, a las NUEVE DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Paruro, quedando subsistente el auto de citación a juicio oral , contenido en la Resolución N° 01 de fecha 14 de marzo del 2016, en todo lo que no contradiga a la presente, subsistiendo también los apercibimientos prevenidos. 2. SEGUNDO.- NOTIFIQUESE a las partes procesales en sus domicilios señalados en autos. H.S.RESPECTO AL ACTA DE AUDIENCIA RESOLUCIÓN N° 21 Paruro, 28 de marzo 2017.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe: SE RESUELVE: 1. SUSPENDER la presente diligencia por inasistencia de la abogada defensora. 2. Respecto a la imputada Leocadia Carlos de Quispe REITÉRESE las publicaciones vía edicto. 3. Señálese como nueva fecha para instalación del juicio oral la fecha de DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. Paruro, veintiocho de marzo del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL OUISPICANCHI. Juez: Dra. LIZBETH YEPEZ PROVINCIA Secretaria Judicial: Abog. CARLOS TUPAYACHI FLORES. Se cita y emplaza al procesado GRIMALDO CHILLIHUANI CHOQQUE, en el proceso penal N°: 00426-2016-47-1014-JR-PE-Ol-URCOS, por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio del menor de iniciales D.CH.G. representado por su progenitora ELENA GONZALO CHILLIHUANI, citando a la audiencia de juicio oral para el día DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, a realizarse en la primera sala de audiencia del Juzgado Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 29 de Marzo del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL OHISPICANCHI. Juez: Dra. LIZBETH N. YEPEZ PROVINCIA Secretaría Judicial: Abog. CARLOS TUPAYACHI FLORES. Se cita y emplaza al procesado ROMER HUANCA CHAUCCA, en el proceso penal N°: 00440-2016-23-1014-JR-PE-01-URCOS, por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de la menor de iniciales I.H.CH, representante por su progenitora Paulina Choque Chillihuani, citando a la audiencia de juicio oral para el día 02 DE MAYO DEL 2017, A HORAS 2:15 PM, a realizarse en la primera sala de audiencia del Juzgado Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 28 de Marzo del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI Juez: Dra. LIZBETH N. YEPEZ PROVINCIA Secretaria Judicial: Abog. CARLOS TUPAYACHI FLORES. Se cita y emplaza al procesado MARIO CACHIRA PERCCA, en el proceso penal N° 00422-2016-55-1014-JR-PE-01-URCOS, por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de los menor de iniciales M.C.Q, representado por su progenitora NELY QUIJHUA CRUZ, citando a la audiencia de juicio oral para el día CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 9: 15 AM, a realizarse en la primera sala de audiencia del Juzgado Unipersonal de Quispicanchi, Urcos, 25 de Marzo del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI Juez: Dra. LIZBETH N. YEPEZ PROVINCIA. Secretaria Judicial: Abog. CARLOS TUPAYACHI FLORES. Se cita y emplaza al procesado AMERICO CHAISA CCOA, en el proceso penal N°: 00472-2016-8-1014-JR-PE-01-URCOS, por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio del menor agraviado de iniciales JJ.CH.Q representado por su progenitora JUANA QUISPE PARÍ, citando a la audiencia de juicio oral para el día 03 DE MAYO DEL AÑO 2017 A HORAS 2:00 PM, a realizarse en la primera sala de audiencia del Juzgado Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 28 de Marzo del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI. Juez: Dra. LIZBETH YEPEZ PROVINCIA Secretaria Judicial: Abog. CARLOS TUPAYACHI FLORES. Se cita y emplaza al procesado MÁXIMO QUISPE JAQQUEHUA, en el proceso penal N°: 00423-2016-82-1014-JR-PE-01-URCOS, por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de los menores de iniciales Y. Q. Q y R. O.Q.Q representado por su progenitura Aniceta Quispe Huayllani, citando a la audiencia de juicio oral para el día DIECISÉIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a realizarse en la primera sala de audiencia del Juzgado Unipersonal de Quispicanchi. Urcos, 29 de Marzo del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO El Juzgado Civil de la Provincia de Canchis- Sicuani-Cusco que despacha la Señorita


8 Jueza Liliam Selene Monasterio Alarcon, bajo la actuación de la Especialista Legal Karen Shandy Cucho Llimpi, en el Proceso Tutelar No. 00257-2016-0-1007-JR-FT-01, seguido por YUCRA VELASQUEZ SILVIA contra MAMANI CCALLISAYA VÍCTOR, por Violencia Familiar en la Modalidad de Violencia Física y Psicológica se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NO. 06 Sicuani, 20 de marzo del año 2017.SE DISPONE: Señalar nueva fecha y hora para el desarrollo de la Audiencia Oral a efecto de emitir Medidas de protección para el día VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (11:30 AM) la misma que se desarrollara en la Sala de Audiencias del Juzgado Civil. Nofifiquese a las parles mediante Edicto Judicial. 11-12-17/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO IUDICIAL Ante el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el requerimiento fiscal de Acusación, incidente de la investigación penal que ha sido signado con el N° 02523-2014-63-1001-JR-PE-06, seguido en contra de José Manuel Rojas Fung, por la presunta de la comisión del delito Contra la Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de Homicidio, Sub. Tipo Homicidio Culposo, en agravio de los Herederos Legales de Q.E.V.F. Esteban Huaman Morales, en consecuencia. NOTIFIQUESE: Al agraviado DE Q.E.V.F. ESTEBAN HUAMAN MORALES REPRESENTADO POR SU HIIO HELVIO HUAMAN ENRIQUE, con los siguientes actuados y resoluciones: El requerimiento fiscal de Acusación directa: MICHELL GUARDAMINO MUÑOZ Fiscal Provincial del Despacho de Decisión Temprana de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, FORMULA REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra JOSÉ MANUEL ROJAS FUNG por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio sub Tipo Homicidio Culposo en agravio de los herederos legales de quien en vida fue Esteban Huaman Morales. DE LA PENA.En consecuencia, teniendo en cuenta, que para el presente caso existe únicamente la concurrencia de circunstancias atenuantes mas no agravantes, corresponde la determinación de la pena concreta en el tercio inferior del espacio punitivo, por lo que este Despacho Penal, conforme a sus atribuciones, SOLICITA, para el acusado JOSÉ MANUEL ROJAS FUNG, OCHO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN POR UN AÑO. DE LA REPARACIÓN CIV1L.El articulo 92, del ordenamiento sustantivo prevé que, la reparación civil se determina conjuntamente con la pena y el artículo 93 del Código Penal dispone que la reparación civil comprende: 1) la restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor; y 2) La indemnización de los daños y perjuicios; siendo así al tratarse de un delito donde el bien jurídico es la Vida, el cuerpo y la salud, el monto de la reparación civil que SOLICITA El MINISTERIO PUBLICO ES DE CINCO MIL NUEVOS SOLES que deberá cancelar el acusado José Manuel Rojas Fung a favor de los Herederos Legales de quien en vida fue Esteban Huaman Morales, monto que guarda relación con la magnitud del daño irrogado así como el perjuicio producido. Resolución numero 01 - CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que io represente en la audiencia preliminar. RESOLUCIÓN 07. Cusco veinticuatro de marzo Del dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. Declarar frustrada la verificación de la presente audiencia al no haber concurrido el imputado de manera justificada asimismo no haberse notificado a la parte agraviada. 2. Reprográmese la presente audiencia para el DÍA 25 DE ABRIL DEL 2017 A HORAS 15:30 DE LA TARDE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR JUSTICIA DE CUSCO, quedando para tal efecto notificados los concurrentes. 3. Llámese severamente la atención a la especialista judicial de causa Dra, Mabel Soto Enriquez por no haber cumplido con notificar a la parte agraviada. 4. Dispóngase que la especialista judicial a cargo cumpla con realizar las notificaciones del presente proceso por edictos a la parte agraviada. debiendo comprender en dicha notificación la presente resolución así como un extracto del requerimiento acusatorio. Cusco, 06 de Abril del año 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 814 - 2017 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA; V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): JUAN CRESOSTOMO ACHAHUIJUSCCA. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, seis de Abril del año dos mil diecisiete.- (...) deberá concurrir el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 10:00 A.M EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en

Cusco, lunes 17 de abril de 2017 el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 07 de Abril de 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00355-2013-24-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: FRANCO PEPE ZUÑIGA TAPARA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el dia MARTES 25 DE ABRIL DEL 2017. A US 12:30 HORAS DEL MEDIODÍA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra Franco Pepe Zuñiga Tapara, por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales N.D.Z.B., representada por su progenitora Josefina Bautista Quispe, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de abril de 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 03468-2016-23-1001l-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: JAIME VALENCIA CASTRO con DNI 24995508 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Omisión de Asistencia Familiar en agravio de la menor de iniciales J.M.V.Q representado por su progenitura Victoria Quispe Hancco Res. Nro. 01 Cusco, seis de abril del año dos mil diecisiete, Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 07 de Abril del20)7. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp.No04279-2016-29-1001-JR-PE-02 SEÑOR: GENRI CHIPANA SOLALIGUE Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal- Flagrancia de Cusco, que despacha el señor Juez Carlos Adalberto Román Gil, bajo la actuación de la especialista Elen Angélica Gonzáles Casas, se viene tramitando el Proceso N° 4279-2016-29-1001-JR-PE-02 donde se ha dispuesto EMPLAZAR a GENRI CHIPANA SOLALIGUE, a efecto de que tome conocimiento que ha sido declarado REO AUSENTE y que el proceso sea archivado provisionalmente hasta que sea habido para lo cual se ha emitido las órdenes de conducción de captura, proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Roxana Acurio Díaz.-Tirma y sello del señor Juez, firma y sello de la especialista judicial Cusco, 04 de Abril del 2017 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. Nro 00736-2015-0-1001-JR-PE-04 QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCO-SEDE CENTRAL. Sec. Agripina Usca Caviedes. La Señora Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dra. Siomara Candelaria Morales Mar, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado JUAN CARLOS RUBIL CCALLE, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programada para el día VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO DE LA MAÑANA en la ONCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su contra, por el delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia.Cusco, 07 de marzo de 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 775-2017 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): JUAN CRUZ CONDORI. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, seis de Abril del año dos mil diecisiete.- (...) deberá concurrir el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 A.M. EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 07 de Abril del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 03168-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ con D.N.I. 43956846, por el delito Contra la Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 07 del seis de abril del año en curso y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Segundo


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Cusco, lunes 17 de abril de 2017 Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Pena! Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ como autor del delito Contra la Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Pena!; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 07 Cusco, seis de abril Del dos mil diecisiete.DADO CUENTA: El estado del presente proceso y tomando en cuenta la recargada labor que afronta e¡ presente juzgado, asi como la disponibilidad de las salas de audiencia; SE DIPONE: 1. REPROGRAMAR (a Audiencia Única de Incoación de Proceso Inmediato, para el día JUEVES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS DEL DÍA (Hora exacta 11:00 AM.), en la DOCEAVA SALA de Audiencias de! Módulo Penal Central de Cusco ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. el Sol (Palacio de Justicia), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al órgano respectivo. 2. PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además de dejar subsistente los apercibimientos y disposiciones contenidas en la resolución Nro. 01. 3. Se dispone reiterar la notificación al domicilio real del imputado en su domicilio real ubicado en: PLAZA DE LA SOLIDARIDAD MZ. Q, LTE. 9 DEL DISTRITO DE SANTA TERESA - PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN - DEPARTAMENTO DE CUSCO, a efecto de que tome conocimiento de la presente resolución; asimismo se dispone que se notifique adicionalmente mediante EDICTOS JUDICIALES. 4. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales señalados en autos conforme a la información proporcionada por la Fiscalía.Cusco, 06 de Abril del 2017. 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL - TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 665-2017-52-2101-JR-PE-03, seguido contra de Doris Chuquitapa Corrales, en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría del Ministerio del Interior relativo en tráfico ilícito de drogas, por el presunto delito de Tráfico Ilícito de Drogas; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a la imputada Doris Chuquitapa Corrales con DNI N° 24582561 con la RESOLUCIÓN N° 02-2017, de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.-VISTOS, OÍDOS y CONSIDERANDO: Fundamentos expuestos grabados en audio. SE RESUELVE: PRIMERO: REPROGRAMAR la audiencia de comparecencia restringida por única vez, para el día CINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Tercer Juzgado de investigación preparatoria, DISPONE, SE NOTIFIQUE a la mencionada imputada nuevamente a través de el especialista de comunicaciones de la ciudad del Cusco, sin perjuicio de notificarse vía edicto [...]. Puno, 04 de Abril del 2017 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL - TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO Expediente N° 665-2017-52-2101-JR-PE-03, seguido contra de Doris Chuquitapa Corrales, en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría del Ministerio del interior relativo en tráfico ilícito de drogas, por el presunto delito de Tráfico Ilícito de Drogas; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a la imputada Doris Chuquitapa Corrales con DNI N° 24582561 con la RESOLUCIÓN N° 02-2017, de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.-VISTOS, OÍDOS y CONSIDERANDO: Fundamentos expuestos grabados en audio. SE RESUELVE: PRIMERO: REPROGRAMAR la audiencia de comparecencia restringida por única vez, para el día CINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Tercer Juzgado de investigación preparatoria, DISPONE, SE NOTIFIQUE a la mencionada imputada nuevamente a través de el especialista de comunicaciones de la ciudad del Cusco, sin perjuicio de notificarse vía edicto [...]. Puno, 04 de Abril del 2017 11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1816-2016-24-2701-JR-PE-02 JUEZ: MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL: SUSSAN MELISSA CONDORI TITO NUMERO DE RESOLUCIÓN: 03 de fecha 04 de Abril de 2017. SE CITA a NELY TAPIA BACA, por la comisión del delito de trata de personas en agravio de la menor de iniciales C.M.R.C., con el extracto de la resolución N° 03 de fecha 04 de Abril de 2017, mediante el cual se REPROGRAMA audiencia de Requerimiento de Acusación para el día 02 de MAYO DE 2017 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia que se llevara a cabo en la Segunda Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Puerto Maldonado.11-12-17/04/2017 CPJ EDICTO PENAL La señora Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Andahuaylas emitió en el expediente judicial N° 324-2011-0-0302-JR-PE-02, proceso seguido contra Emilio Becerra Yupanqui, Emilio Becerra Yupanqui y Lenin Sánchez Guevara por la presunta comisión del delito de hurto agravado en agravio de Anderson Domínguez Gonzales, la Resolución Nro. 56 cuya tenor es como sigue. Resolución Nro. 56 Andahuaylas, cuatro de abril del dos mil diecisiete. Por recibido el presente proceso conteniendo el Dictamen de Acusación N° 01-2017-MP-2FPPC-AND, remitido por el Titular de la acción Penal y estando a lo ordenado por el artículo 5 del decreto legislativo N° 124, se dispone poner los autos de manifiesto por el termino de diez días, a fin de que las partes procesales, presenten o soliciten sus informes escritos u orales, así como deduzcan cualquier medio de defensa. AL OTRO SI DIGO del dictamen acusatorio, téngase en cuenta y estese a lo resuelto en la resolución número cuarenta y nueve de fecha seis de julio del dos mil dieciséis. AL

MÁS DIGO del dictamen de acusación téngase presente. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-191, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JUSTINO ALVAREZ MENDOZA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de APOLINARIA MONTESINOS HUAMAN, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 12.45 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFIC.Q A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-102, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra MARIO LUQUE UMERES, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de JUANA CONDORI QUIPA, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 12.30 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-069, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra DONATO SÁNCHEZ SAYAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de CORINA ALANYA REYES, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, con el AUTO QUE DECLARA CONCLUIDO EL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA, que se archivara en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-187, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JUSTO CHAMPÍ CONDORI, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de YULISA DIANA TORRES CCALLO, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 11.30 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-192, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra DANIEL CARRILLO MOZO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de BASILIA ZELAYA ROJAS, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 11.45 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-185, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra SANTOS MAMANI RAMOS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ROSA YAKELINE LAURA TTICA, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 11.15 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-284, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra SONIA GALLEGOS HUALLPA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ISAÍAS RUIZ LLANOS, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 11.00 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-142, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra ROSALINO LOZANO YNCA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ROSA LOZANO YNCA y SIMEONA YNCA


10 DE LOZANO, se dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, con el AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA, que será archivada en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-106, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JACINTO VERA VALER, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de PLACIDA FUENTES ROJAS, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el dia 01 de mayo del 2017 a hs. 08.30 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-177, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra REDY VALENZUELA MOLINA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de CLEOFE GALLEGOS OCHOA, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 10.45 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-174, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra LICMAN ANCCO CERRO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de OFELIA QUISPE MANDUJANO, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 10.30 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-173, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra ZENON DAVID RIMACHI GONZALES, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ANA MARÍA ESPINOZA RODRÍGUEZ, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes» que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 10.15 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-171, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JOSÉ GABRIEL CÁRDENA PAULO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de SANDRA CÁRDENA PAULO y CEFERINO CÁRDENA PAULO, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 10.00 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-135, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra ALBERTO TUNQUIPA ÑAHUIS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de SEBASTIANA OSORIO ARANGUREN y sus menores hijos MIRTHA ANALY y MIRTHA JHOSELYN TUNQUIPA OSORIO, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 08.45 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo Firma Sr. Juez M Arizabal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-170, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra JESÚS GUTIÉRREZ VEGA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de CHARITO ERIKA MOREANO DEZA, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 09.45 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábai.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017

Cusco, lunes 17 de abril de 2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-163, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra SATURNINO VELARDE CORDERO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de KAREN YANDIRA RIVAS RODRÍGUEZ, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 09.30 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo.- Firma Sr. Juez Dr. M. Arizábal.-Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 168-2016, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echrate NOTIFICA al demandado CARLOS JHERSON ZUÑIGA DELGADO, con el extracto de la resolución N° 09 de fecha 03/04/2017: PARTE DECISORIA. En consecuencia, atendiendo a los principios y normas procesales que inspiran el proceso civil; con la lógica de la sana crítica; impartiendo justicia a nombre de la Nación; el Juzgado Mixto y, en adición a sus funciones, Penal Unipersonal de Echarate, adscrito a la Corte Superior de Justicia del Cusco. FALLA: 1. DECLARO: FUNDADA LA DEMANDA, interpuesta por William Armando Gastulo Portilla, Fiscal Mixto en la provincia de Echarate, contra Carlos Jherson ZÚÑIGA DELGADO, sobre cese de actos de violencia familiar (maltrato físico y psicológico), en agravio de Sory Mamani Puma. 2. ORDENO: que el sentenciado Carlos Jherson ZÚÑIGA DELGADO, cumpla con las medidas de protección que le han sido impuestas, conforme se detalla en el” considerando número diecisiete de la presente resolución. Asimismo, a partir de la fecha se abstenga en forma definitiva, de agredir en forma física o psicológica, a la agraviada Sory Mamani Puma; bajo apercibimiento de ordenarse su detención en la carceleta de la Policía Nacional del Perú de esta jurisdicción, por el espacio de veinticuatro horas; sin perjuicio de ser denunciado por delito de desobediencia y Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 386 del Código Penal, previa remisión de copias certificadas al Ministerio Público; e imponerse medidas de protección más drásticas. 3. IMPONGO: al sentenciado Carlos Jherson ZÚÑIGA DELGADO, al pago de” CIEN SOLES a favor de la agraviada Sory Mamani Puma, por concepto de REPARACIÓN CIVIL, debiendo efectuar dicho pago mediante depósito judicial en el Banco de la Nación, dentro de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación con la presente resolución. Debiendo cumplir, además, con presentar al juzgado el Boucher del indicado depósito judicial, bajo apercibimiento de ley. 4. DISPONGO: que consentida o ejecutoriada quede la presente sentencia, se ejecute conforme a ley. 5. NOTIFÍQUESE, en el día, y bajo responsabilidad. Tómese Razón y Hágase Saber. Hágase. Saber. Firma Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Caílaymara Ayquipa. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-152, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra WASHINGTON ARBIETO QUISPE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ALCIRA ARBIETO QUISPE, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan al Juzgado el día 02 de mayo del 2017 a hs. 09.15 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 03 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE 750-2012-11-2701-IR-PE-03 JUEZ: MIGUEL ÁNGEL VASQUEZ RODRÍGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL: SUSSAN MELISSA CONDORI TITO NUMERO DE RESOLUCIÓN : 04 de fecha 31 de Marzo de 2017. SE CITA a DAVID SALGADO PUMA Y Q.E.V.F. JUAN TICONA MEDINA REPRESENTADO POR SUS HEREDEROS LEGALES BENIGNO CESARIO TICONA SONCCO, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 27 de Mayo de 2016, mediante el cual se CORRE TRASLADO del Requerimiento de Sobreseimiento por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán solicitar la realización de actos de investigación que consideren procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Requerimiento de Sobreseimiento.12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Exp. Nro.: 01885-2016-31-2701-JR-PE-02 Juez: Dr. Miguel Ángel Vásquez Rodríguez. Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delito de Trata de Personas de Madre de Dios. Especialista Judicial: Geulia V. Apaza Quispe. Se NOTIRCA a la agraviada Jessica Huanca Cconislla, extracto de la resolución número 04, mediante el cual SE RESUELVE: CITAR a la AUDIENCIA PRIVADA DE PRORROGA DEL PLAZO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA (COMPLEJO) (investigación seguida en contra de Elvis Vilca Queque, Yamel Chile Mojo y Rubén Bautista Uscamayta, por la presunta comisión del delito de trata de personas agravada en agravio de Jessica Huanca Cconislla), para el día MIÉRCOLES 03 DE MAYO DEL AÑO 2017. A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA Thora exacta!, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delito de Trata de Personas de Madre de Dios -sito en la Av. Ernesto Rivero N° 722 II bloque Io piso- Puerto Maldonado. DEBERÁ CONCURRIR en forma obligatoria a la citada audiencia el Fiscal, siendo facultativa la presencia de las demás partes procesales.


Cusco, lunes 17 de abril de 2017 Puerto Maldonado, 03 de Abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: LUIS MIGUEL ÑACCHA HUAMAN La señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Yossy Álvarez Tito, en el proceso Nro. 1098-2017-0-1001-JR-PE-02, seguido contra LUIS MIGUEL ÑACCHA HUAMAN, por el delito contra La Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Casaverde, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 04/04/17 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco, cuarto despacho, formula PROCESO INMEDIATO contra LUIS MIGUEL ÑACCHA HUAMAN, por el delito contra La Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal (modificado por la Ley N° 29439); El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, cuatro de marzo Del año dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FUSTRADA la presente audiencia por la falta de Notificación al domicilio real del imputado, al desconocerse la ubicación exacta por parte de la unidad de comunicaciones. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el próximo VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO 2017 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, DILIGENCIA QUE TENDRÁ LUGAR EN ESTA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIA DEL PALACIO DE JUSTICIA, quedando para tal efecto válidamente notificado el representante del Ministerio Publico, y el defensor privado del imputado. 3. CUMPLA la Especialista de Causa con notificar vía edictos al imputado Luis Miguel Ñaccha Huaman, sin perjuicio se cumpla con la notificación en su domicilio real ubicado en la Av. Dignidad Nacional V-13 Puquin del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, además de ello se cumpla con notificar a su número de celular 941231096. PRECÍSESE que todas las partes presentes tiene la obligación de concurrir a la audiencia programada, bajo expreso apercibimiento de continuarse con la participación de la defensa pública ante la inconcurrencia del imputado, requiriéndose a las partes su asistencia en tanto que la misma tiene el carácter de INAPLAZABLE.4. CONCLUSIÓN: NOTIFICACIÓN. FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 07 de Abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 3305-2016-0-1001-JPPE-02 seguido en agravio de Michael Velásquez Alanaya sobre faltas contra la persona, se hace de conocimiento la Rs. lde fecha 21 de noviembre del 2016, en el que RESUELVE: NO HA LUGAR citación a juicio contra MANUEL ÁNGEL DELGADO CABALLERO por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones en agravio de MICHAEL VELASQUEZ ALANYA, en consecuencia se dispone el archivamiento de las actuaciones policiales realizadas.” la misma que se pone de conocimiento del agraviado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 05 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: N° 01233-2013-6-1001-JR-PE-03 QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCOSEDE CENTRAL. Secretaria: Norma Isabel Bayona Quispinga. Se cita y emplaza a la agraviada ROSA AUGUSTA YABAR ESPINOZA REPRESENTADA POR DORIS CONSUELO YABAR ESPINOZA; para que comparezca a la audiencia de Juicio Oral programada en el proceso penal N°01233-2013-6-1001-JR-PE-03, el DÍA TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA EN LA ONCEAVA SALA DE AUDIENCIAS UBICADO EN EL TERCER NIVEL DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO, que se sigue contra EFRAÍN CASINO CANO APAZA, por el delito Contra la Fe Pública, en su modalidad de Falsificación de Documentos, sub tipo Uso de Documento Privado Falso, por el término legal respectivo (TRES DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS). Cusco, 10 de abril de 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO Proceso Civil Nro.: 2016-00019-0-1007-SP-CI-01. SALA MIXTA, PENAL LIQUIDADORA Y DE APELACIONES DE CANCHIS - SICUANI. Secretaria: Francisca Llanos Fora. Expediente: 00019-2016-0-1007-SP-LA-01. Demandante: Vicentina Checya Flores. Demandados: Isidro Flores Huamani. Materia: Nulidad de título de propiedad. Procede: Juzgado Mixto de Chumbivilcas. VOTO EN DISCORDIA DEL JUEZ SUPERIOR TRELLES SULLA El Juez Superior Trelles Sulla emite el presente voto en discordia con relación al voto emitido de la Juez Superior Meza Monge, por los siguientes fundamentos: Sicuani, veintiséis de setiembre del año dos mil dieciséis. 1. Es materia de grado, la sentencia contenida en la resolución N° 16, de fecha 01 de abril del año 2016 (fojas 242 a 251), que FALLA: “1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por Vicentina Checya Flores por derecho propio y en representación de Pascual Flores Huamani sobre nulidad de Titulo de Propiedad otorgado por COFOPRI del lote N° 03 de la Manzana 02 ubicado en el Centro Poblado de Santo Tomás, del distrito

11 de Santo tomas. Provincia de Chumbivilcas, Departamento del Cusco. Consecuentemente, deciaro nulo el título de propiedad otorgado por COFOPRI (...}. 3.-Cancelese el asiento de inscripción en la lona Registral Na X Sede Sicuani del título de propiedad (...) 4. Restablézcase el derecho de propiedad a favor de la recurrente Vicentina Checya Flores y su esposo Pascual Flores Huamani, por haber sido lesionado con la titulación del Lote 03 (...)”. 2. El artículo 3 del D.S.N° 013-2008-JUS -TUO de la Ley que regula el proceso contencioso administrativo-, señaladlas actuaciones de la administración pública sólo pueden ser impugnadas en el proceso contencioso administrativo, salvo los casos en que se pueda recurrir a ios procesos constitucionales”. Y el artículo 5 de este TUO de la Ley que regula el proceso contencioso administrativo, señala como pretensión a plantearse “/a declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia de actos administrativos”. 3. En el presente caso, la actora Vicentina Checya Flores en su demanda de fojas 52, pretenderá nulidad del título de propiedad otorgado por COFOPRI, respecto al lote de terreno N° 03, de la Manzana 02, ubicado en el Centro Poblado de Santo Tomas; la cancelación del asiento de su inscripción en la zona registral N° X Sede Sicuani;y el restablecimiento de su derecho de propiedad, alegandori) que Bonifacio Flores Huillcarimay y Josefina Huamani Choque adquirieron un lote de terreno en la esquina de las calles Siglo XX y Santa Bárbara de Santo Tomás -Chumbivilcas- Cusco, y dentro de su relación conyugal tuvieron seis hijos, por lo que este terreno corresponde en partes alícuotas a cada hijo, esto es después de sumuerte; ¡i) con este derecho los hijos de los cónyuges Flores Huamaní se dividieron y partieron el lote de terreno antes citado, mediante documento privado de fecha 12 de agosto del 2000;¡¡¡) sin embargo, los demandados sin tomar en cuenta el documento de división y partición, han sorprendido a la COFOPRI, adjuntando una declaración falsa y lograron obtener el título de propiedad a su nombre. La demanda fue admitida mediante resolución N° 01, de fecha la de julio del 2014 (fojas 60 a 61), en la vía del proceso de conocimiento. 4. Del análisis de la demanda interpuesta, se tiene que la actora en la vía civil, pretende la nulidad del título de propiedad otorgado por COFOPRI, el mismo que en puridad constituye un acto administrativo emitido con arreglo a la Ley General de la COFOPRI1, instancia en la que inclusive se debe impugnar las decisiones asumidas2, con la que se agota la vía administrativa, y ante la cual se puede accionar judicialmente mediante el proceso contencioso administrativo, y no así mediante el proceso de conocimiento. 5. Siendo ello así, la pretensión de la actora debe tramitarse en la vía contenciosa administrativa, por cuanto, el título otorgado por COFOPRI no puede considerarse, válidamente, como un acto jurídico previsto en el artículo 140 del Código Civil, sino que dicha pretensión debe tramitarse en la vía contenciosa administrativa; sin embargo, en el presente caso, en forma indebida, sin observar la naturaleza jurídica de este acto administrativo, se ha admitido la demanda en la vía civil del proceso de conocimiento. 6. En consecuencia, considero que debe declararse la nulidad de la recurrida y de todo lo actuado hasta el auto admisorio de la demanda; y renovando el acto procesal, se debe ordenar a la Juez, para nuevamente califique la demanda incoada, tomando en cuenta las observaciones antes anotadas, es decir, para que la actora adecué su pretensión a la vía contenciosa administrativa, a fin de no vulnerar el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva que le asiste a la actora. Por estos fundamentos; MI VOTO es porque se declare la NULIDAD de la sentencia contenida en la resolución N° 16, de fecha 01 de abril del año 2016 (fojas 242 a 251), y de todo lo actuado hasta el auto admisorio de fa demanda (resolución N° 01 de fecha 16 de julio del 2014 de fojas 60); y RENOVANDO el acto procesal viciado: se debe ordenar a la Juez, para nuevamente califique la demanda incoada, tomando en cuenta las observaciones antes anotadas, es decir, para que la actora adecué su pretensión a la vía contenciosa administrativa. Sicuani, 6 de abril de 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor HURTADO OTAZÜ LUCIO EDUARDO Y LATORRE DELGADO LINCOLH LEOPOLDINH, en el Proceso Nro. 00259-2015-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del DELITO de LESIONES LEVES, en agravio de FARFAN CCALLUCHI BRANDON, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.Mh en la Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de enero del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor ACUÑA IBARRA NORMA, en el Proceso Nro. 0011-2012-94-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del DELITO de LESIONES GRAVES, en agravio de QEVF LUNA VERA JUAN CARLOS, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 P.M. en la Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de enero del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor YABAR IRARICA BERNARDO, en el Proceso Nro. 00505-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del DELITO de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR YA QUI MI, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA 11:00 A.M) en la Sala de


12 Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de enero del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor CRUZ TTITO WILLIAM, en el Proceso Nro. 00313-2016-0-1010-JR-PE-Ol, que se le sigue por la presunta comisión del DELITO de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CONDORI CANO YOLANDA, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M), en la Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de enero del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor QUISPE ZUÑIGA JOS LUIS, en el Proceso Nro. 00199-2012-36-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del DELITO de VIOLACIÓN SEXUAL A MENOR, en agravio de PCP, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M. en la Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de enero del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: JENNIFER TUPAYACHIAYALA Se cita y emplaza a los señores JUAN CARLOS POVEA QUINTANILLA, MARCO QUILLILLI BOLÍVAR Y RODOLFO AURELIO TAPIA MELENDEZ, en el Proceso Nro. 00096-2013-31-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN SU MODALIDAD DE ABUSO DE AUTORIDAD, en agravio de ROMULO NOBLEGA VIVANCO, para que asista a la audiencia de control de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CINCO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 PM), en la tercera sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148, de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de Marzo del 2017 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: JENNIFER TUPAYACHI AYALA Se cita y emplaza al señor BIZMAR LIMA RAMÍREZ, en el Proceso Nro, 00294-2016-73-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, EN LA MODALIDAD DE HURTO, SUBTIPO HURTO AGRAVADO, en agravio de JOSÉ ABEL ARRIAGA APAZA, para que asista a la audiencia de control de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), en la tercera sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148, de la ciudad de Quiilabamba (Palacio de Justicia de Quiilabamba). Quiilabamba, 10 de Marzo del 2017 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso en el proceso N°00578-20160-10T0-JR-PE-0T, en los seguidos contra JOSUÉ MOLINA ESCURRA, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA, en la modalidad de PELIGRO COMÚN, sub. Tipo AUTO ABORTO, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en el en agravio de la sociedad, representado por el Ministerio Publico; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N°03, de fecha dieciocho de enero del año dos mil diecisiete; a la persona de JOSUÉ MOLINA ESCURRA, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N°03-. Quíllabamba, dieciocho de enero del año dos mil diecisiete. VISTOS Y OÍDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- Se deja registro en audio. SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, para el día ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (...).-------------------- TERCERO- DISPONE la notificación del Imputado JOSUÉ MOLINA ESCURRA, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en “el Diario judicial del Cusco”; a fin de que se publique con el extracto de la Resolución N°03, de fecha 18-01-2017; (...); se adjunta Resolución N°01, de fecha 30-09-2016, que textualmente expresa: “(...), Visto el requerimiento de incoación de proceso inmediato formulado por el Señor Representante del Ministerio Publico, (...), citar a audiencia pública de incoación de proceso inmediato, en la investigación que se sigue en

Cusco, lunes 17 de abril de 2017 contra de la imputada JOSUÉ MOLINA ESCURRA, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA, en la modalidad de PELIGRO COMÚN, sub. Tipo AUTO ABORTO, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en el en agravio de la sociedad, representado por el Ministerio Publico, (...)”; subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HÁGASE SABER.-------12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso en el proceso N° 00334-2013-72-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra ANASTACIO PACHECO ATACO, por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub. Tipo INCUMPLIMIENTO DE PRESTACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en el en agravio de menor de Iniciales FJ?J y JPJ, representado por su progenitora ASUNCIÓN FÁTIMA JUÑO CHÁVEZ; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N°05, de fecha tres de abril del año dos mil diecisiete; a la persona de ANASTACIO PACHECO ATACO, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N’05-. Quillabamba, tres de abril del año dos mil diecisiete. VISTOS Y OÍDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- Se deja registro en audio. SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE AMONESTACIÓN, para el día TREINTA DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (...).----TERCERO.- DISPONE la notificación del Imputado ANASTACIO PACHECO ATACO, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en “el Diario judicial del Cusco”; a fin de que se publique con el extracto de la Resolución N°05, de fecha 03-04-2017; (...); se adjunta Resolución N°0I, de fecha 20-07-2016, que textualmente expresa: “(...), Visto el requerimiento de amonestación formulado por el Señor Representante del Ministerio Publico, (...), citar a audiencia pública de amonestación, en la investigación que se sigue en contra de la imputada ANASTACIO PACHECO ATACO, por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub. Tipo INCUMPLIMIENTO DE PRESTACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en el en agravio de menor de iniciales F.PJ y JPJ, representado por su progenitora ASUNCIÓN FÁTIMA JUÑO CHÁVEZ, (...)”; subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HÁGASE SABER.-------------------12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, con la asistencia de la Especialista de Audiencias Abogada Jacquelin Quispe Valenzuela, en el proceso en el proceso N° 00527-2015-93-1010-JR-PE-01, en los seguido contra JOSAFAT SULCA SULCA, por la presunta comisión de DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES, Subtipo ESTAFA, previsto y sancionado por el artículo 196° del Código Penal, en agravio de SOCORRO CHELA RAMOS MONTALVO; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N°05, de fecha dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete; a la persona de JOSAFAT SULCA SULCA, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N°02-, Quillabamba, veintidós de marzo del año dos mil diecisiete. VISTOS Y OÍDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- Se deja registro en audio. SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA, (...).------------------ TERCERO.- DISPONE la notificación del Imputado JOSAFAT SULCA SULCA, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en “el Diario judicial del Cusco”; a fin de que se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustrada; (...); se adjunta Resolución N°01, de fecha 08-11-2017, que textualmente expresa: “(...), Visto el requerimiento de Acusación formulado por el Señor Representante del Ministerio Publico, (...), correr traslado del requerimiento de Acusación a los sujetos procesales por el Plazo de DIEZ DÍAS, con la finalidad de que ofrezcan medios de defensa para su debate en Audiencia Preliminar de Control de acusación, en la investigación que se sigue en contra de la imputada JOSAFAT SULCA SULCA, por la presunta comisión de DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES, Subtipo ESTAFA, previsto y sancionado por el artículo 196° del Código Penal, en agravio de SOCORRO CHELA RAMOS MONTALVO, (...)”; subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HÁGASE SABER. ---------------12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennífer Tupayachi Ayala, en el proceso en e! proceso N°00475-20160-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra EMILIO TECSI FLORES, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD, en la modalidad de PELIGRO COMÚN, sub. Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en el en agravio de la sociedad, representado por el Ministerio Público; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N°02, de fecha dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete; a la persona de EMILIO TECSI FLORES, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N°02-. Quillabamba, dieciocho de enero del año dos mil diecisiete.


Cusco, lunes 17 de abril de 2017 VISTOS Y OÍDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- Se deja registro en audio. SEGUNDO; DISPONE la notificación del Imputado EMILIO TECSI FLORES, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en “el Diario judicial del Cusco”; fijándose además en el PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL, a fin de que se publique con el extracto de la Resolución N°02, de fecha 18-01-2017, que textualmente expresa: “(...}, SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (...); adjuntándose además la Resolución N°01, de fecha 05-0942016, que textualmente expresa:”(...), Visto el requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato formulado por el Señor Representante del Ministerio Publico, (...), citar a audiencia pública para determinar procedencia de proceso inmediato, (...}, en la investigación que se sigue en contra de la imputada EMILIO TECSI FLORES, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD, en (a modalidad de PELIGRO COMÚN, sub. Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en el en agravio de la sociedad, representado por el Ministerio Público, (...)”; subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HÁGASE SABER.-------12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00143-2016-26-1009-JR-PE-01 JUEZ: BEDOYA GALDOS SANDRA SMILLY ESPECIALISTA: MERCADO LAGUNA LIZETH Se pone en conocimiento de: ELÍSEA CHAHUARA ARCE, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 00143-2016-26-1009-JR-PE-01, seguido en su contra como presunta AUTORA del delito de RECEPTACIÓN ADUANERA, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaría SUNAT-ADUANAS; en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: CITAR A ELÍSEA CHAHUARA ARCE, FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE ESPINAR y AL PROCURADOR PÚBLICO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUNAT-ADUANAS, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día MIERSOLES DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Espinar, ubicado en plazoleta Túpac Amaru s/n, Espinar. Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar, 07 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N° 30-2014-37-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Andrés Quispe Mamani por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de homicidio culposo en agravio de Vicentina Yupanqui Quispe, en audiencia publica de juicio oral de fecha 06 de abril del 2017, se ha dispuesto notificar al acusado Andrés Quispe Mamani para que concurran a la audiencia publica de Juicio Oral, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 26 DE ABRIL DEL 2017 A HORAS 02:30 DE LA TARDE EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 00013-2017-83-1001-JR-FT-02 MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR Resolución Nro. 3 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “CONFIRMAR la Resolución Nº2 de fecha 9 de enero de 2017 que dispone: DICTESE como Medida de Protección a favor de Martha Chipana Uscamayta las siguientes: “(…) SE ORDENA el impedimento de acercamiento físico por parte del demandado Hugo SUCA QUISPE hacia la demandante agraviada a una distancia no menos de 150 metros, no podrá además comunicarse ni por teléfono, ni por carta, internet ni intermedio de terceros en contra de la voluntad de la victima así como se prohíbe al demandado ejercer actos de violencia física, psicológica o económica en contra de la agraviada (…)” con lo demás que contiene. Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “SE DECLARE NULA la Resolución N° 5, del 20 de enero de 2017, en cuanto concede la apelación presentada por el demandado, sin efecto suspensivo, siendo lo correcto que dicha apelación sea concedida sin efecto suspensivo y con la calidad de diferida a efectos de ser resuelta junto con el pronunciamiento de fondo respecto al hecho de violencia denunciado conforme la Ley N° 30364. DEBIENDO el juzgador conceder dicha apelación con ese efecto. Y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE ABRIL DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA 12-17-18/04/2017 CPJ

13 EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 00628-2016-0-1010-JRPE-01, en los seguidos contra WILBER SALLO CONSA, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD en la modalidad de PELIGRO COMÚN, subtipo CONDUCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto por el primer párrafo del Artículo 279° del Código Penal, en agravio de la Sociedad, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, seis de enero del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO-, (...) SEGUNDO.- Reprogramar la audiencia ÚNICA DE REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE a las OCHO HORAS DE LA MAÑANA, quedando notificado en este acto de audiencia el representante del Ministerio Publico. TERCERO.NOTIFIQUESE, al imputado WILBER SALLO CONSA, en su domicilio real del Sector de Quintanera - Quellouno provincia de La Convención - departamento de Cusco, debiendo con tal fin girarse oficio al Juez de Paz Letrado del distrito de Quellouno - provincia de La Convención - Cusco. Igualmente se dispone la notificación del imputado mediante edictos, debiendo con tal fin girarse oficio a la oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Cusco. (...).-HÁGASE SABER.- Quillabamba. 04 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 00725-2016-0-1010-JRPE-01, en los seguidos contra CRISTHIAN HUAMAN SALÓN, por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto por el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor CRIS XANDER HUAMAN QUISPE, representado por su progenitora Yenny Elizabeth Quispe Puga cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 2. Quillabamba, Seis de enero del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO-. DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE AUDIENCIA ÚNICA DE REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO (...). SEGUNDO.- Reprogramar la audiencia ÚNICA DE REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA. TERCERO.- NOTIFIQUESE, al imputado CRISTHIAN HUAMAN SALÓN, en su domicilios reales señalado en autos. Asimismo Girar oficio a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Cusco para que se le notifique mediante edictos por tener domicilio incierto. HÁGASE SABER.- Quillabamba, 04 de abril del 2017. 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 00740-2016-25-1010-JRPE-01, seguido contra FELICIANO SAPA UMERES, por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el segundo párrafo artículo 16° concordado con el artículo 173° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales ES.AR.MA.CA, se ha dispuesto notificar al imputado FELICIANO SAPA UMERES, con la resolución número 02 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02: Quillabamba, nueve de enero del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registrado en audio. SE RESUELVE: PRIMERO.- (...) SEGUNDO.-Reprogramar la audiencia de PRISIÓN PREVENTIVA para el día VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE a las DOCE HORAS DEL MEDIO DÍA, quedando notificado en este acto de audiencia el señor defensor público. TERCERO.- DISPONER, la notificación al imputado FELICIANO SAPA UMERES en su domicilio real en el sector de Koribeni S/N en el sector de Palma Real, (...). Asimismo notifíquese medíante edicto judicial (...) PETITORIO. Que, de conformidad con lo establecido en EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA el artículo 268° y siguientes del Código Procesal Penal, SOLICITO QUE VUESTRO DESPACHO DICTE MANDATO DE PRISIÓN PREVENTIVA contra la persona de FELICIANO SAPA UMERES con DNI N° 41916757, (...). III.-TIPO PENAL: Que, los hechos enunciados se adecúan al tipo penal de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en grado de TENTATIVA, el mismo que se encuentra tipificado en el artículo 173° del Código Penal, concordante con el artículo 16° del mismo cuerpo normativo (...) 12-17-18/04/2017 CPJ EDICTO PENAL - ACOMAYO Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acomayo, que despacha la señora Magistrada Kelyn Hayde Tapia Llerena; bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Richard Huamán Baca, se viene tramitando el proceso penal N° 00041-2014-47-1003-JRPE-01, sobre delito de homicidio simple, contra Lenin Contreras Pinares en agravio de José Luis Loayza Quispe y otros, en la cual se ha dispuesto notificar al imputado Lenin Contreras Pinares con la resolución dieciocho que fija fecha para el verificativo de la audiencia de Control de Acusación; cuyo tenor es el siguiente: Resolución N° 18. Acomayo, cuatro de abril del Año dos mil diecisiete. Téngase por recibido el oficio N° 534-2017-REPEJ-CSJR-USJ-CSJCU-PJ, adjunto al mismo las publicaciones efectuadas; por tanto agréguese a sus antecedentes para ser merituado en su oportunidad. Siendo el estado del proceso y habiendo transcurrido el plazo con exceso, FUESE FECHA para el verificativo de la audiencia de Control de Acusación, la misma que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Acomayo. Notifíquese al Defensor Publico de oficio de Acomayo a fin de que asista al imputado durante la audiencia. Publíquese la presente resolución mediante Edictos Judiciales por el término de tres días consecutivos conforme a ley.- Sigue Media Firma de la Señora Magistrada.-Espec. Legal


14 Abog. Richard Huamán Baca. Acomayo, 04 de abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 3422- 2016 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): JUVENAL CONDORI HUAMAN Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales J.M.CH y J.D.CH. representado por su progenitora CLAUDIA HUMAN ZAGARATE. RESOLUCIÓN N« 06.(00.25.39) Cusco, cinco de abril del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1.- DAR POR NO INSTALADA el presente audiencia de Juicio Oral. 2.- DECLARAR REO AUSENTE al acusado, JUVENAL CONDORI HUAMAN, identificado con DNI N° 42469348,de sexo masculino, grado de instrucción secundaria completa, de profesión u ocupación desconocida, fecha y lugar de nacimiento 01 de julio de 1984, en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba y departamento de Cusco, hijo de Leonardo y Felipa, con domicilio real en la Asociación Pro-vivienda Villa María Q-12, del distrito, provincia y departamento del Cusco (Según ficha RENIEC así como del proceso civil), quien fue notificado con resolución que cita a la presente audiencia el 6 de febrero de 2017 previo aviso judicial, ejerciendo su defensa el Defensor Público Cesar Mosqueira Honor quien patrocinará al acusado una vez habido.4.- SE DISPONE en este acto, el archivamiento provisional del presente proceso, mientras sea habido el acusado y para su captura y conducción al Juzgado, a efecto de verificarse el juicio oral.5. SE ORDENA cursar el oficio correspondiente a la Policía Judicial del Cercado con sede en esta Corte Superior, asi como a la Policía Nacional a nivel Departamental, a la Policía a nivel nacional, adjuntando a la misma su ficha RENIEC. Una vez habido los acusados, el Juzgado reprogramara la audiencia dentro del término establecido por ley. Cusco, 04 de Abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 4423- 2016 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): CESAR AUGUSTO OVALLE MENDOZA Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, diez de Abril del año dos mil diecisiete.-(...) deberá concurrir el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 A.M. EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 11 de Abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 723 - 2017 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA; V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): WALTER CRUZ TAPARA. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, 10 de Abril del año dos mil diecisiete.- (...) deberá concurrir el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 10:00 A.M. EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 10 de Abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 430-2015-53-1001-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. RESOLUCIÓN N° 08 Cusco, once de abril del Año dos mi diecisiete.VISTOS Y OÍDOS: Queda registrado en audio SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por la inasistencia injustificada del acusado DARWIN ASCARZA ZUNIGA. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado DARWIN ASCARZA ZUNIGA, quien como general de ley conforme al requerimiento acusatorio tiene los siguientes datos: DNI Numero 45657006, sexo masculino, nació el 02 de marzo de 1986, natural del distrito, provincia y departamento de Cusco, estado civil soltero, con grado de instrucción secundaria completa, hijo de Leonidad y Viviana, con domicilio real probable en Zarzuela Alta E-ll del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. (...) . H.S Cusco, 11 de abril de 2017. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 03624-2016-16-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL Marteny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: MARCOS POCCOHUANCA CCORAHUA con DNI48607861. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Apropiación Ilícita en agravio de Luis Puma Huanca Res. Nro. 03 Cusco, diez de abril del año dos mil diecisiete, Se dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, que

Cusco, lunes 17 de abril de 2017 se realizar el día TRES DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 10 de abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 0292-2017-52-1001-JR-PB-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: HILARIO ALVIS MIRANDA con DNI 80016462 Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Omisión de Asistencia Familiar en agravio de sus menores hijos de iniciales A.A.G, y C.I.A.G representado por su progenitora Lucila Gonzales Martínez Res. Nro. 01 Cusco, diez de abril del año dos mil diecisiete, Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día CUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 10 de abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 2520-2013-0-1001-JR-FT-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar se ha dispuesto la notificación por edicto a los demandados EMILIANO SURCO QUISPE Y ALEJANDRA CONDORI CONDORI, para que tomen conocimiento de la sentencia del proceso que se les sigue por Abandono material, peligro moral y maltrato; en el que se dicto el FALLO: PRIMERO: Declarar FUNDADA la declaración del estado de ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la niña Miliana Blanquita Surco Condón, de 11 años y 02 meses, hija de Alejandra Condori Condori y Emiliano Surco Quispe, por los fundamentos expuestos; en consecuencia, extinguida la patria potestad de los padres biológicos. SEGUNDO: Disponer como Medida de Protección que la niña tutelada continúe albergada en el Hogar Santa Teresa de Jesús encargándole su cuidado, mientras que la oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia de Ministerio de Promoción de la Niñez y Desarrollo Humano (PROMUDEH) conforme a la ley 26981 tramite la adopción de la menor con el fin de garantizar su derecho a desarrollarse integralmente en el seno de un ambiente familiar adecuado. TERCERO: Se notifique la sentencia conforme a ley, se dispone que se ponga en conocimiento de la Oficina Nacional de Adopciones y al hogar Santa Teresa de Jesús. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: MIKY RON Y LIPA CHACÓN. La señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Yossy Samantha Alvarez Tito, en el proceso Nro. 00719-2017-0-1001-JR-PE-02, seguido contra MIKY RON Y LIPA CHACÓN con DNI 46550454, por el delito contra la Familia, sub tipo Omisión de Asistencia Familiar agravio de menor de iniciales JELN representado por Santusa Nina Jaqquehua, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Mabely Soto Enriquez, se le ha dispuesto notificar con el acta de reprogramación de audiencia de fceha 03/04/2017, cuyo contenido es el siguiente: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN la presente audiencia única de incoación de proceso inmediato, por la falta de notificación vía edictos, al imputado Miky Rony Lipa Chacón, hecho atribuible a la Especialista de causa Mabely Karen Soto Enriquez, 2. DISPONER la REPROGRAMACÍON de esta audiencia para el DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, ACTO QUE SE REALIZARÁ EN ESTA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO, quedando válidamente notificadas las partes procesales. 3. SE DISPONE CUMPLA LA ESPECIALISTA DE CAUSA con la notificación vía edictos, bajo responsabilidad, debiendo glosar las constancias al presente proceso, sin perjuicio de ello, se cumpla con notificar al domicilio real del imputado, hasta ía Región de puno, debiendo la oficina de Comunicaciones devolver lo antes posible la instalación de la presente audiencia, bajo responsabilidad. 4. LLAMASE SEVERAMENTE LA ESPECIALISTA DE CAUSA MABELY KAREN SOTO ENRIQUEZ para que en lo sucesivo ponga mayor cuidado en sus funciones, bajo apercibimiento de poner en conocimiento de estos hechos del Órgano de Control Interno del Poder Judicial. 5. Se deja subsistentes todos los apremios contenidos en la resolución que cita a las partes a la audiencia de incoación de proceso inmediato manteniendo esta audiencia el CARÁCTER DE INAPLAZABLE, debiendo por tanto concurrir en forma obligatoria la fiscalía, la defensa publica a efecto de salvaguardar el derecho de defensa del imputado, a la audiencia reprograma en esta ocasión Cusco, 11 de abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE ZORAIDO LIMA CUBA Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Edwin del Pozo Condori, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Fanny Molina Vi I lena, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 2034-2015-55-1001-JR-PE-05, seguido contra ZORAIDO LIMA CUBA, la presunta comisión del Delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, donde mediante la resolución N° 04 de fecha 01/04/2017 se ha dispuesto la notificación vía edicto, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA. JORGE LUIS ORTIZ MUNARES, Fiscal Provincial Adjunto Encargado de la Segunda Fiscalia Penal de Wanchaq, con domicilio procesal en el Condominio HuáscarA-12 -3er. Piso- en el Distrito de Wanchaq; ante Ud. digo: El Ministerio Publico, a tenor de lo esta-


Cusco, lunes 17 de abril de 2017 blecido en el articulo 336.4 del Código Procesal Penal, Formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra ZORAIDO LIMA CUBA, como Autor del delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de Delitos de Peligro Común, sub-tipo CONDUCCIÓN DE VEHJCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto en el Primer Parrato del articulo 274 del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD representada por el Ministerio Publico, en los términos siguientes: I.- DATOS DEL IMPUTADO: Nombre : ZORAIDO LIMA CUBA. Doc. Ident: 23879663. Fecha de Nac: 05 de setiembre de 1953 Natural de: Cusipata -Quispicanchis - Cusco Edad : 61 anos Padres : Carmen yAbelina Dom. Real: Jr. Ancash D-1 de la Urb. San Borja Alta en el distrito de Wanchaq - Cusco. Dom. Procesal: NO HA SEÑALADO, DEBIENDO DESIGNARSE UN DEFENSOR PUBLICO. II.- DATOS DE LA PARTE AGRAVIADA: LA SOCIEDAD, representada por el Ministerio Publico (Dr. Jack Delgado Cavero, Fiscal Provincial Adjunto de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq). Domicilio Procesal: Condominio HuascarA-12 del Distrito de Wanchaq. III.- HECHO ATRIBUIDO AL IMPUTADO: De la investigation efectuada se tiene que en horas de la noche del 16 de mayo del 2015, Zoraido Lima Cuba se dedico a la ingesta de bebidas alcohólicas, para luego conducir el vehículo con placa de rodaje AOC-186. Siendo aproximadamente las 23:30 horas de ese dia (16 de mayo del 2015), el imputado Zoraido Lima Cuba, se encontraba conduciendo el vehículo AOC-186, por inmediaciones de la calle Reyna de Belén con direction a la Av. 28 de julio, circunstancias en que impacto al vehículo con placa de rodaje X2U-112, conducido por Ignacio Quispe Huanca, ocasionando danos materiales, como el denunciado Zoraido Lima Cuba presentaba evidentes signos de ebriedad, fue intervenido por el efectivo policial Víctor benigno Mamani Yucra, quien lo condujo a la Comisaría de Wanchaq y de alii fue llevado a la Sanidad de la PNP para practicarle el examen correspondiente Conforme al Certificado de Dosaje Etílico Nro. 0025-02294, se ha determinado que Zoraido Lima Cuba, presentaba 1.60 gramos de alcohol por litro de sangre, generando así una situación de peligro y riesgo para la sociedad. CON LA RESOLUCIÓN NRO. 01 AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL Cusco, quince de octubre del año dos mil quince.VISTO los actuados judiciales remitido por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Juez Penal del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351°, 352° y 353° del Código Procesal Penal, esto es, que ha efectuado el control de ia acusación en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo.SEGUNDO: El delito que va a ser materia de juzgamiento por este Juzgado Unipersonal es seguido contra ZORAIDO LIMA CUBA, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad representada por la Segunda Fiscalía Provincial penal de Wanchaq; ilícito penal que está regulado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, siendo este Juzgado Unipersonal competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28, numeral 2) de la norma penal acotada, y, conforme al estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355° de la norma acotada, SE RESUELVE: 1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día ONCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE del mediodía (hora exacta) en la QUINTA sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá obligatoriamente el imputado ZORAIDO LIMA CUBA asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele reo CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su domicilio real ubicado en Jirón Ancash D-1 de la Urb. San Borja Alta Wanchaq - Cusco; sin perjuicio de hacer llegar también la notificación a su domicilio procesal ubicado en Av. Micaela Bastidas 657-D Wanchaq Cusco CON LA RESOLUCIÓN NRO. 04 Cusco, uno de abril del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Juicio Oral por inasistencia del acusado Zoraido Lima Cuba. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado ZORAIDO LIMA CUBA, quien como generales de Ley conforme al requerimiento acusatorio tiene los siguientes datos de identidad, DNI Ns 23879663, nacido el 05 de setiembre de 1953, natural de Cusipata - Quispicanchi -Cusco, de 61 años al momento de su intervención, hijo de Carmen y Abelina, con domicilio real probable en el Jirón Ancash D-l de la Urb. San Borja Alta en el distrito de Wanchaq y Departamento de Cusco, y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. 3. NOMBRAR como abogada defensora del reo ausente a la defensora pública María del Pilar del Carpió Arredondo, quien deberá hacer valer los derechos que correspondan al acusado 4. DISPONE se giren los oficios correspondientes a efecto de su captura y conducción a este Despacho Judicial. 5. DISPONE se NOTIFIQUE al acusado mediante EDICTOS JUDICIALES, que debe ser publicado por tres días consecutivos hábiles en el Diario Judicial del Cusco, pagina web del Poder Judicial, y la tablilla del Juzgado, a fin de que tome conocimiento de los cargos que se imputen en su contra, se apersona al Juzgado y se defienda de los mismos 6. DISPONE que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado, o éste se presente voluntariamente, se fije fecha y hora para la audiencia de Juicio Oral, mientras ello ocurra ARCHÍVESE PROVISIONALMENTE la cs»sa^ Cusco, 10 de abril del 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: 2999-2016-8-1001-JR-PE-01 EL CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: NORMA LAUCATA SEGUNDO; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Homicidio Culposo en agravio del QEVF Andrés Donato Sánchez de la Cruz. Cusco, 06/04/2017 SE ADJUNTA: RESOLUCIÓN NRO. 12, de fecha seis de abril del dos mil diecisiete.-Previamente el señor Juez que suscribe se AVOCA del conocimiento de la presente causa, por disposición superior.- I. PARTE EXPOSITIVA: La Segunda Sala Penal de Apelaciones del Cusco, mediante resolución de Vista N° 10 de fecha 27 de setiembre del 2016 resuelve: DECLARAR NULA la resolución número 03 de fecha 06 de setiembre 2016; de folios 53/60, por el que el Juez del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de

15 Cusco, resuelve en el siguiente extremo: 1. DECLARAR INFUNDADO el Requerimiento de Prisión Preventiva formulado por el Ministerio Público, en contra de la imputada NORMA LAUCATA SEGUNDO. 2. DICTAR COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES PARA NORMA LAUCATA SEGUNDO, siendo las restricciones que contiene. DISPONIENDO que otro Juez emita nueva resolución, tomando en consideración lo expuesto en la presente resolución. Por lo que este despacho ejecutando dicho mandato conocerá el requerimiento de la medida coercitiva de prisión preventiva contra la imputada NORMA LAUCATA SEGUNDO. II. PARTE CONSIDERATIVA 1. El artículo 271.1° del CPP prescribe que el Juez de la Investigación Preparatoria, dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento del Ministerio Público, realizará la audiencia para determinar la procedencia de la prisión preventiva. La audiencia se celebrará con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado y su defensor. El defensor del imputado que no asista será reemplazado por el defensor de oficio. 2. El artículo 2.24.b. de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 271.1° del CPP, permite que el imputado sujeto a detención preliminar, continúe con la restricción de su libertad a las resultas de la audiencia de prisión preventiva, la misma que inexorablemente debe realizarse dentro del plazo de 48 horas del requerimiento fiscal, bajo responsabilidad. 3. El artículo 139.4° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 1.1° del Titulo Preliminar del CPP, garantiza la publicidad de los procesos, máxime en una audiencia de prisión preventiva por la trascendencia del derecho a la libertad individual objeto de discusión, la cual debe desarrollarse con las máximas garantías de publicidad que posibiliten una decisión dotada de transparencia, legitimidad y justicia al permitir el control ciudadano con su sola presencia en la audiencia en la medida que “la potestad de administrar justicia emana del pueblo”, como lo reconoce el 138° de la norma suprema; máxime si las restricciones a la publicidad están diseñadas específicamente para la etapa del juicio e incluso en forma discrecional por el juez que dirige la audiencia según el artículo 357° del CPP. Por estas consideraciones, SE RESUELVE: III. PARTE RESOLUTIVA 1. CITAR a la audiencia pública de prisión preventiva solicitada por la Representante del Ministerio Publico, contra la imputada NORMA LAUCATA SEGUNDO, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO HORAS (hora exacta), en la SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de ponerse en conocimiento de su Superior. 2. PRECISAR que la imputada NORMA LAUCATA SEGUNDO, tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado o defensor de oficio. 3. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 3) del articulo 85° del CPP modificado por Ley N° 300761, 4. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos y mediante Edicto Judicial al estar dispuesto en autos. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EL JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR - AYAVIRI - DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, DOCTOR ADOLFO EDGAR PERALTA CORNELIO, por medio del presente NOTIFICA A LOS AGRAVIADOS RONALD RAMIRO QUISPE MONCADA, KEVIN PAÚL CHAMBI MAMANI, ANGELES BEATRIZ PUMA MAMANI Y AL TERCERO CIVIL RESPONSABLE EMPRESA DE TRANSPORTES UNIÓN LA CONVENCIÓN/ TRANSUNION S.R.L, REPRESENTADO POR SU GERENTE CARLOS LIPA MAMANI, con el contenido de la resolución numero DOS, mediante la cual CORRE TRASLADO del Requerimiento de Acusación por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales legitimadas diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal. Y con la resolución numero CATORCE que PROGRAMA fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día VEINTIDÓS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS CUATRO DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS (04:30 p.m.) hora exacta; audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de esta sede judicial, ubicada en el segundo piso del jirón Tacna número 205 - Ayaviri. Ello ordenado en el proceso penal N° 0083-2014-4-2108-JR-PE-01, seguido contra Claudio Lipa Mamani, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSA, en agravio del de los sucesores legales de Teodoro Navarro Centeno y otros. Mery Yurico Valera Añamuro. Especialista Judicial de Juzgado. AYAVIRI, 04 DE ABRIL DEL 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03165-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO. DEMANDANTE : CALLOHUANCA MAMANI, EVA Resolución Nro. 06 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 25 de enero de 2017 (folio 48 a 58) materia de grado, debido a que los señores Jueces Superiores Titulares señor Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera suscriben voto en ponencia para que se revoque y se declare fundada en parte la sentencia respecto al pago de la bonificación diferencial; el señor Juez Superior Titular Murillo Flores, emite voto en discordia parcial para que se confirme y se declare infundada la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario


16 hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.- Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03177-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDADO : UNIDAD DE GESTIO NEDUCATIVA LOCAL DE CUSCO. DEMANDANTE : JORGE CHAMAN, MARLENY Resolución Nro. 07 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 23 de enero de 2017 (folio 47 a 57) materia de grado, debido a que los Jueces Superiores Titulares señores Ladrón de Guevara de la Cruz y Alfaro Herrera suscriben voto en ponencia para que se revoque la sentencia; el señor Juez Superior Titular Murillo Flores, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.- Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02684-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO. DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA CANAS. DEMANDANTE : LOPEZ LAUCATA, SATURNINO Resolución Nro. 06 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 28 de octubre de 2016 (folio 59 a 64) materia de grado, debido a que los señores Jueces Superiores Titulares Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en ponencia para que se revoque y se declare fundada en parte la sentencia; el señor Juez Superior Titular Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confirme y se declare infundada la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01260-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : GOBIERNO DE LA REGION CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,

Cusco, lunes 17 de abril de 2017 DEMANDANTE : MARQUEZ VASQUEZ, VILMA Resolución Nro. 11 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 19 de diciembre de 2016 (folio 53 a 57) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz, emite voto en ponencia para que se revoque y se declare fundada en parte la sentencia; los Jueces Superior en mayoría señores Murillo Flores y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia para que se confirme y se declare infundada la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.- Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01031-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANCHIS. DEMANDANTE : ALVAREZ MONTEROLA, ROSA NOEMI Resolución Nro. 09 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 7 de octubre de 2016 (folio 110 a 117) materia de grado, debido a que los señores Jueces Superiores Titulares señor Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera suscriben voto en ponencia para que se revoque y se declare fundada en parte la sentencia; el señor Juez Superior Titular Murillo Flores, emite voto en discordia parcial para que se confirme y se declare infundada la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.0012017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.- Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01952-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL ONP CUSCO, DEMANDANTE : LLAVILLA CCAMA, MARIO Resolución Nro. 10 Cusco, 04 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto al auto final contenida en la resolución N° 4 del 28 de octubre de 2016 (folio 103 a 106) materia de grado, debido a que los señores Jueces Superiores Ladrón de Guevara De La Cruz y Holgado Noa, emiten voto en ponencia para que se declare nulo el auto final; la señora Juez Superior Alfaro Herrera, emite voto en discordia para que confirme el auto final contenida en la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores


Cusco, lunes 17 de abril de 2017 Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.0012017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- ALFARO HERRERA.- HOLGADO NOA.- Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01239-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDANTE : LAURENTE ENRIQUEZ, BERNARDINA Resolución Nro. 08 Cusco, 4 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 29 de noviembre de 2016 (folio 69 a 82) materia de grado, debido a que los señores Jueces Superiores Titulares señor Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera suscriben voto en ponencia para que se revoque y se declare fundada en parte la sentencia; el señor Juez Superior Titular Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confirme y se declare infundada la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se

17 encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCUPJ.- H.S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.- Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. Cusco, 12 de abril de 2017. 17-18-19/04/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 0651-2017-18-1001-JR-PE-01 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: JORGE LUIS COTACALLAPA COLQUEHUANCA Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado JULIO CESAR AZURIN ÑAHUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el LUNES DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS de la mañana (hora exacta) en la TERCERA de audiencias del Establecimiento Penal de Quencoro VÍA ENLACE POR VIDEO CONFERENCIA con la Sala de Videoconferencias (sótano) de la sede del Poder Judicial de La Convención-Quillabamba; por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 0651-2017-18-1001-JR-PE-01, seguido en contra del referido imputado y otros, por la presunta comisión del delito de secuestro agravado, en agravio del menor menor Nayger Yelsin Lobaton Condori. Cusco, 12 de Abril de 2017.17-18-19/04/2017 CPJ


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