Judiciales 18 7 17

Page 1

Cusco, martes 18 de julio de 2017 Usuarios


2

Cusco, martes 18 de julio de 2017 PRIMER REMATE PÚBLICO

En el proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00580-2017-0-1 001-JR-CI-02 seguido por el COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA en contra de JULIO ATILIO SALAS AYERVE y MARISOL MARY PAIVA ALARCON, el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco - Sede Central, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo con intervención del Especialista Legal Saida Chiun Manco, ha dispuesto convocar a Remate Público en Primera Convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Bien Inmueble signado como Departamento N° 502 en el Quinto nivel del inmueble Fracción “B” Edificio “Residencial La Esperanza” ubicada en la Avenida Infancia N° 443 del Distrito de Wanchaq, Provincia y departamento del Cusco, con un área del departamento: 100.00 m2., cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características se detallan en la Partida Electrónica N° 11070974 de la Zona Registral N° X Sede Cusco - Oficina Registral Cusco. VALOR DE TASACIÓN: US$ 59,163.00 (CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 39,442.00 (TREINTA Y NUEVE MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA y DOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento D00003.- HIPOTECA.- Se constituye hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santo Domingo de Guzmán Ltda. hasta por la suma de US $53,000.00, según Escritura Pública del 13/02/2012 otorgada ante Notario Ocampo Delahaza Lucila en la ciudad del Cusco. Fecha de inscripción: 16 de Febrero del 2012. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el local de la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil, sito en el Segundo piso del Palacio de Justicia, ubicada en la Avenida Sol S/N de la ciudad del Cusco, el día 21 DE JULIO DEL 2017 A HRS. 09:00 A.M. POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US$ 5,916.30), además de arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. El acto del remate estará a cargo del Martillero Público Victor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321-SUNARP. Celular 952-603020 y correo: vicopaz_3020@hotrnail.com. Cusco, 22 de Junio del 2017 VCES-12-13-14-17-18-19-VII-17 B/V 44833 AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso civil N° 02118-2014-0001-JR-CI-01. Seguido por VICENTE LEON FERNANDEZ y MARIA MANUELA PALOMO DE LEON, contra ROGER MAXIMO BARRIOS SARMIENTO y OTRO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. La Señora Juez del Quinto Juzgado Civil- Sede central del cusco ABOG. MARIANELLA CARDENAS VILLANUEVA, bajo la actuación del Especialista Legal ABOG. RAFAEL CASTILLO CANAL, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: Inscrito en la partida Electrónica 11107075, de la Zona Registral X - Oficina Registral del Cusco, de propiedad del señor Maximo Roger Barrios Sarmiento y Sra. Norka Raquel Terrazas Olivera, ubicado en el lote N° 2,de la Mz. K, de la Asociación Pro Vivienda Picol Orccompujio, Distrito de San Jeronimo, Provincia y Departamento del Cusco. Con los siguientes linderos; POR EL FRENTE, con la via N°5, con 15.00ml POR EL FONDO, con el lote 19 con 15.00 ml. POR LA DERECHA ENTRANDO, Con el lote N° 1, con 30.00 ml. POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, con el lote N° 3, con 30.00 ml. AREA DE 450 M2. PERIMETRO 90.00 ML. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: De Acuerdo a la Partida Electrónica N° 111070075, del Registro de Predios de la Zona Registral X - Sede Cusco, donde se encuentra en el ASIENTO 02: HIPOTECA, a favor de la Sociedad Conyugal conformada por María Manuela Palomo de Leon y Vicente Leon Fernandez, hasta por la suma de S/. 62,790.00 De acuerdo a la Escritura pública del 12/02/2013, otorgado ante el Notario Dr. Reynaldo Alviz Montañez. ASIENTO 03: EMBARGO, dentro del proceso N° 153-2013-92-1001-JR-CI, seguido por MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA,S.A,contra la Sociedad Conyugal conformada por Maximo Barrios Sarmiento y Norka Terrazas Olivera, sobre medida cautelar, mediante Res. N°03, del 18/03/2013, se ordena trabar embargo en forma de inscripción, sobre el inmueble materia de la partida 11107075, hasta por la suma de S/. 85,000.00, más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: De acuerdo a la Escritura Pública del 12/02/2013, otorgado ante el Notario Dr. Reynaldo Alviz Montañez, en la CLAUSULA NOVENA, se detalla que el precio de Valorización es de US$ 135,000.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL REMA TE: El precio base de la postura para el Primer Remate publico son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de US$ 90,000.00 (NOVENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se LLevará a cabo en el local de Administración de Módulo Civil, sito en el Segundo Piso del Palacio de Justicia, ubicada en Avenida Sol S/N, la ciudad del Cusco, el día MIERCOLES 26 DE JULIO DEL 2017, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El Remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel.984909086.

DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del adjudicatorio. Ing. Carlos Hugo Alatrista Saloma. MARTILLERO PUBLICO 6VCES-13-14-17-18-19-20-VII-17 B/V 44845 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 02534-2017-0-1001-JR-FC-03 En el 3° JUZGADO FAMILIA DE Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar, bajo la actuación de la secretaria judicial abogada Janette Gladis Navinta Tacoma se ha dispuesto la notificación por edicto de la resolución dos que contiene el Auto Admisorio de fecha veinte de junio del dos mil diecisiete; en la cual SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda de DECLARACION DE UNION DE HECHO interpuesta por MARISOL IBARRA CABALLERO contra la sucesión de que en vida fue JOSE MATAMOROS KCANA, y tomando en cuenta que dicha persona no cuenta con sucesión contra los DEMÁS HEREDEROS ( notifíquese por edictos y radiodifusión); con citación del señor representante del Ministerio Público. En consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DIAS, a los demás herederos legales deberá notificárseles mediante edictos, para que contesten la demanda dentro del plazo especial de ley, bajo apercibimiento de continuar el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa, para ser admitidos y actuados en su oportunidad procesal. AL OTROSI: Téngase en cuenta. A LOS DEMAS EXTREMOS: en cuenta. H. S. 3VCES-17-18-19-VII-17 B/V 44848 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer juzgado mixto de Santiago a cargo de la señora Juez Dra. “Bony Eve Gamarra Flores y bajo la actuación de la Especialista Legal Norma Bayona Quispinga se viene tramitando el proceso N° 00145-2017-0-1018-JM-CI-01 sobre Prescripción Adquisitiva seguido por Raúl Llamocca Romero contra Norberto Reyes Galeano y otros y mediante Resolución N° 02 Auto Admisorio de fecha 30 de marzo del 2017 se ha Resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MAURICIA REYES GALIANO Y RAUL LLAMOCCA ROMERO en contra de CASIANA KKARCHARI TOCCAS, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble, PREDIO RURAL denominado FRACCION VI-A, ubicado en el sector de Yanamayo, distrito de Poroy, provincia y departamento del Cusco, con citación de los colindantes NORBERTO REYES GALEANO, WILLY PALMA MENDOZA Y LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA CUSCO; TRAMITESE el presente proceso en la vía del proceso ABREVIADO; en consecuencia de conformidad a lo dispuesto por el inciso 5 del artículo 491 del Código Procesal Civil, córrase traslado de la misma a los demandados por el plazo de diez días, bajo apremio de declarárseles rebeldes, CITESE a los colindantes en sus domicilios reales. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios de su referencia, los que se reservan en su admisión y actuación para su oportunidad procesal. AL OS ANEXOS: Téngase presente y agréguese a sus antecedentes. AL OTRO SI DIGO: Estando a lo solicitado por los recurrentes, y en merito a lo dispuesto por el segundo parrado del Art. 506 del C.P.C., realícese la publicación y radiodifusión, para cuyo efecto emítase edictos con el extracto de la presente resolución. Lo que se publica para los fines de Ley . Cusco, 10 de julio del 2017. 3ces-17-18-19-vii-17 b/v 44854 PRIMER REMATE JUDICIAL - CUSCO En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA, representado por su Apoderado Luis Raúl Rodríguez Gamarra, en el proceso seguido contra MIGUEL ANGEL TORRES CHAVEZ Y KAZUE UTSUNOMIYA.; sobre EJECUCION DE GARANTIAS,· Expediente N° 00871-2017-0-1001-JR-CI-03, por orden del Tercer Juzgado Civil , Sede de Central Cusco a cargo del señor Magistrado John Aleck Alfaro Tupayachi, Especialista Legal Pamela D. Altamirano Mayca, el suscrito Martillero Público rematará en Primera convocatoria, el inmueble en Centro Poblado Cachimayo, Manzana E2, Lote 13, Distrito Cachimayo, Provincia Anta, Departamento Cusco, tiene como partida electrónica: N°P31006643 VALOR DE TASACION: US$ 168,054.40 (CIENTO SESENTIOCHO MIL CINCUENTICUATRO CON 40/100 OOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$ 112,036.26 (CIENTO DOCE MIL TRENTISEIS CON 26/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes del precio de tasación. GRAVAMENES y CARGAS. Asiento N°00005-HIPOTECA, a favor de la COPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA, hasta por la suma US$ 56,000.00 DOLARES AMERICANOS, inscrito el 19/07/2012; Asiento N°00006-MODIFICAOON DE HIPOTECA, a favor de COPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA. hasta por


3

Cusco, martes 18 de julio de 2017 la suma de US$ 62,000.00 DOLARES AMERICANOS, inscrito el 28/05/2013; Asiento N°00OO7-MODIFICACION DE HIPOTECA, a favor de COPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA., hasta por la suma US$120,000.00 DOLARES AMERICANOS, inscrito el 07/01/2015, para garantizar las obligaciones de la sociedad conyugal Miguel ANGEL TORRES CHAVEZ Y KAZUE UTSUNOMIYA (LOS CLIENTES). DIA Y HORA DEL REMATE: MARTES 08 DE AGOSTO DEL 2017 a las 12:00 Horas. LUGAR: En el local de Administración Laboral Civil (Segundo Piso), sito en la Avenída El Sol N° 239 del cercado de la ciudad del Cusco. POSTORES: 1. Obrarán el 10% (US$ 16,805.44 Dólares Americanos) del Valor de Tasación en efectivo o cheque. de gerencia. Adjuntar tasa judicial CODIGO: 07153) (IMPORTE: S/. 810.00 Soles) por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. 2, El que resulte adjudicatario deberá depositar la diferencia del oblaje dentro de los tres días siguientes al remate, bajo responsabilidad de declararse nulo y perder el Importe entregado 3.Así también, deberá cancelar a la firma del acta de adjudicación la comisión del martillero, establecido literalmente en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS y están afectados al IGV., INFORMES: TEL. 01-4222359/ RPM:#949-063-616 / www.martillerocorrea.es.tl. 6VCES-17-18-19-20-21-24-VII-17 B/V 44868 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro 64-2017 seguida por AMELIA DIAZ GARCIA sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fue GUILLERMO CASTELLANOS PAREJA fallecido el 02 de octubre del año 2016, a fin de que se declare como heredera única a la recurrente AMELIA DIAZ GARCIA, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 06 de Julio del 2017. 3VCES-17-18-19-VII-17 B/V 44869 EDICTO JUDICIAL Ante el 5° JUZGADO CIVIL-SEDE CENTRAL en el EXPEDIENTE N° 014172017-0- 1001-JR-CI-OS, sobre OBLIGACION DE HACER seguido por MARTHA ERNESTINA GALARZA DE MEZA Y JORGE AUGUSTO MEZA SAN MIGUEL, se ha dispuesto: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, 27 de junio de 2017.AUTOS Y VISTO: El escrito que contiene la CONSIDERANDO: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JORGE AUGUSTO MEZA SAN MIGUEL Y MARTHA ERNESTINA GALARZA DE MEZA contra JULIO AMILCAR ALVAREZ AGRAMONTE sobre OBLIGACIÓN DE HACER consistente en OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA; en la vía del PROCESO SUMARISIMO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda por el plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, debiendo notificar se al demandado mediante edictos; publíquese un extracto de la presente resolución por el término de tres días hábiles en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Por ofrecidos los medios probatorios reservándose su admisión y actuación para su oportunidad procesal. H.S.- Fdo. Marianella Cárdenas Villanueva: Juez, Rafael Castillo Canal: Especialista Legal. Cusco, 06 de julio del 2017.3VCES-17-18-19-VII-17 B/V 44872 EDICTO JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Espinar EXPEDIENTE : 00122-2017-0-1 009-JP-CI-0 1 JUEZ : NATALY CONSUELO CACERES VELARDE ESPECIALISTA : KANA CHILO WALTER Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que Despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 0122-2017-CI, habiéndose resuelto: ADMITIR a trámite la solicitud sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por Francisco Bustamante Meza; respecto a su nombre Francisco Primero, señalando que solo debió ser FRANCISCO, tramítese la presente demanda en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO; de conformidad a lo previsto por el Artículo 828 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el en el Diario de mayor circulación y en la tablilla del Juzgado por el plazo de ley. H.S.- Juez Dra. N. Cáceres V. Secretario Judicial W. Kana Ch.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 27 de junio del 2017. 3VCES-17-18-19-VII-17 B/V 44873 SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por MI BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., contra SOTO BEJAR, FLAVIO Y CALACHAHUIN HUAMAN, LUISA, sobre Obligación

de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 02780-2014-O-1001-JP-CI-01, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco - Sede Ex Meson Urb. La Florida C-14, a cargo de la Señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez, con intervención de la Especialista Legal Dra. Ketty Conchoy Ochoa, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el bien inmueble, ubicado en: FRACCION “A” PARTE INTEGRANTE DEL LOTE DE TERRENO N° 12 DE LA MANZANA “K”, DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA PICOL ORCOMPUGIO, DEL DISTRITO DE SAN JERÓNIMO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO. CUYOS UNDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS y AREA (210 M2) CORREN INSCRITOS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11016946 REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N° X-SEDE CUSCO. VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 378,122.35 Soles, (Trescientos Setenta y Ocho Mil Ciento Veintidós con 35/100 soles). BASE DE REMATE: S/. 214,269.33 Soles, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos el quince por ciento. AFECTACIONES: 1) EMBARGO: inscrito en el Asiento D00004, SOBRE LOS DERECHOS Y ACCIONES que representan el 100% del inmueble embargado a rematarse que tienen: Flavio Soto Béjar y Luisa Calachahuin Huamán, sobre el inmueble precedentemente descrito; hasta por la suma de S/. 18,840.15 a favor de MIBANCO Banco de la Microempresa S.A. 2) HIPOTECA: inscrito en el Asiento D00003, hasta por la suma de S/. 11,000.00 a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro Ltda. de Andahuaylas. Ambas inscritas en la Partida Electrónica N° 11016946 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA y HORA DEL REMATE: martes, 01 agosto de 2017, a horas 09h:30 am. LUGAR DEL REMATE: En el Hall del Juzgado sito en Urb. La Florida C-14 Psje. Kantus - Wanchaq, Cusco. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: Remate a viva voz, que será efectuado por el Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado. Teléfono: 999098701 I correo electrónico: asdel, v@hotmail.com. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación del inmueble a rematar; en efectivo o cheque de gerencia a su nombre, negociable, girado a nombre del postor. Pago en el Banco de la Nación de la Tasa Judicial por derecho a participar en remate, consignando número de expediente, juzgado y número de DNI. El adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV, de conformidad con la Ley del Martillero Publico Ley Nro. 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS. Cusco, 22 de mayo de 2017. 3vces-17-18-19-vii-17 B/v 44878 PRIMER REMATE JUDICIAL – SICUANI CUSCO.- En los seguidos por ASOCIACION ARARIWA, con LOPEZ CUTIRE, Vilma, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, expediente N° 0027-2012-87-1007-JP-CI-02, por orden del AL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO SICUANI- CUSCO, a cargo de la Señora Magistrada BELLOTA GUZMAN Judith Andrea, Especialista Legal Srta. ACO CORRALES Rosinelia, el suscrito Martillero Público rematará en primera convocatoria el inmueble ubicado en el Jr. Jesús GAONA N° 333 Sicuani, Provincia de Canchis, Departamento de CUSCO, con un área de 308.00 m2 VALOR DE LA TASACION: S/. 96,536.66 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CON 66/100 SOLES).- PRECIO BASE: S/. 64,357.77 (SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 77/100 SOLES) que vienen a ser las dos terceras partes del precio de tasación.- GRAVAMENES Y CARGAS: INMUEBLE NO INSCRITO.- DIA DEL REMATE: 14 de SETIEMBRE de 2017.- HORA: 14.00 P.M. LUGAR: En la sede del juzgado, sito en: AVENIDA SAN MARTIN S/N SAN FELIPE DEL DISTRITO DE SICUANI PROVINCIA DE CANCHIS Y REGION CUSCO.- POSTORES.- 1.- Oblarán el 10% (S/. 9,653.67 SOLES) del Valor de Tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre y sin el sello de no negociable. Ademas deberá adjuntar el arancel judicial (CODIGO: 07153) (IMPORTE: S/. 405.00 SOLES) por derecho de participación en el remate, DNI en original y fotocopia. Si es persona jurídica, los poderes correspondiente.- 2.- El que resulte adjudicatario deberá depositar la diferencia del oblaje dentro de los tres días siguientes al remate, bajo responsabilidad de declararse nulo y perder el importe entregado.- 3.- Así también deberá cancelar a la firma del acta de adjudicación la comisión del martillero, establecido literalmente en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV.- INFORMES: TELF. 01-4412668/#949063616 / WWW.martillerocorrea.es.tl.- ROSINELIA ACO CORRALES.- SECRETARIA JUDICIAL.06 veces 17-18-19-20-21-24 -VII-17 B/V 44884 SEGUNDO REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE Por Orden del Quinto Juzgado Civil CUSCO - Sede Central, Jueza Dra. CARDENAS VILLANUEVA MARIANELLA, Especialista Legal Dr. Rafael Castillo Canal, Expediente 0330-2015-0-1001-JR-CI-05, en los seguidos por COOPERATIVA DE SAN PEDRO DE AHORRO Y CREDITO SAN PEDRO DE ANDAHUAYLAS contra LISBID TORRES PUMA, sobre Ejecución de Garantías, se saca a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA del INMUEBLE terreno urbano ubicado en MANZANA A LOTE 7-1, A.P.V. VILLA RINCONADA, DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, AREA 200m2 cuyos linderos, medidas perimétricas, fábrica, área y demás características del inmueble se


4

Cusco, martes 18 de julio de 2017

encuentran inscritosen la Partida Nro.02027928 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco.VALOR DE TASACIÓN: USO 90,000.00 (Noventa mil y 00/100 dólares americanos.)PRECIO BASEDE REMATE:USO 51,000.00 (Cincuenta y un mil y 00/100 dólares americanos) que constituyen las dos terceras partes del valor de la tasación disminuido en un quince porciento por ser segunda convocatoria.GRAVAMENESY CARGAS:ASIENTO 001378 HIPOTECA de Derechos y Acciones de la propietaria LISBID TORRESPUMA inscritos en el As.1364 de esta partida registra!, a favor de la COOPERATIVADE AHORRO Y CREDITO “SAN PEDRO DE ANDAHUAYLAS”-AGENCIA cusca hasta por la suma de USD 50,000.00. ASIENTO 001409 HIPOTECA de Derechos y Acciones de la propietaria LISBID TORRES PUMA inscritos en el As.1364 de esta partida registra!, a favor de DANILA LUZ JARA PEREZ Y WASHINGTON VILLAFUERTE MAYORGA hasta por la suma de 5/10,000.00 soles DIA Y HORA DEL REMATE:20 DE JULIO DEL 2017, HORA:8:30 AM. - LUGAR DEL REMATE: La diligencia de Remate Público se llevará a cabo en local del Juzgado sito en la Oficina de Administración de Módulo Civil de esta Corte Superior ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia de Cusca, sito en Av. El Sol s/n, Provincia y Departamento de Cusca.LOS POSTORES: Se presentarán a la hora exacta y depositarán el 10% de la Tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor (USD 9,000.00) y presentarán el arancel judicial pagado en el BN por 5/.607.50 soles por Derecho a Participar en Remate Judicial indicando el juzgado, número de expediente y DNI del postor. LA COMISION de la Martillera Pública será a cargo del adjudicatario de conformidad a los montos establecidos en el DS Nro. 0008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del Remate. Pamela Marisol Alva Rivera- Martillero Público con Reg. 319 Teléfono 987508700. PODER JUDICIAL - Especialista Legal Dr. Rafael Castillo Canal. Cusca 19 de Junio del 2017.RAFAEL CASTILLO CANAL ESPECIALISTA LEGAL PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERA PÚBLICA 3VS 17-18-19/07/2017 B/. 32698 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 0772017-CI, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 1. Urcos, 16 de Junio del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por DOMINGA PEREZ BORDA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del predio URBANO ubicado en la Avenida Francisco Garmendia s/n del Distrito de Lucre, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, demanda dirigida contra CARLOS OLIART GARMENDIA, demanda que deberá ser tramitada en la VIA del PROCESO ABREVIADO, Córrase traslado a la parte contraria por el plazo de ley, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; con citación de los COLINDANTES: Municipalidad Distrital de Lucre, representado por su Alcalde Gustavo Malpartida Ayma, el Procurador Publico de la Municipalidad de Lucre, Aurelia Ccori Farfán, Edgar Huallpa Concha, la Sucesión de Dora Vila Cabrera. De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil y en la forma prescrita por los artículos 167 y 168 del Acotado Código. - PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, en el diario Judicial de la ciudad del Cusco, por el término de ley. Urcos, 04 de julio del 2017. 3vces-06-12-18-vii-17 b/v 44711 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No~ 1892016-C, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 2. Urcos,24 de Febrero del año 2017. ,Donde SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por ANIBAL ROLANDO ARTEAGA TORRES, Sobre RECTIFICACION DE AREA DE INMUEBLE RUSTICO denominado “TTIO” ubicado en el Distrito de Marcapata, Provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, debiendo rectificarse el área que aparece en el titulo como 62.6483 hectáreas, debiendo ser 60.00 hectáreas, contra la Sucesión del que en vida fuera MARIA PRESETANCION TORRE BERMUDEZ, conformado por: JOSE ENRIQUE WALTER KALINOWSHV TORRE, MAXIMA IRMA MIRANDA TORRE, RUTH PRESENTACION ARTEAGA TORRE Y MARINA ARTEAGA TORRE, debiendo sustanciarse en la VIA DE PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de darse por absuelto en su rebeldía. - Por ofrecido los medios de prueba.- Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta.- PUBLIQUESE mediante edictos y por radio difusión.Urcos,23 de Junio del 2017.

3VCES-12-18-24-VII-17 B/V 44838 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504° Y SIGUIENTES DEL C.P.C ANTE MÍ, G. ABAD OLAGUIBEL OLIVERA, ABOGADO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA, CON OFICINA EN EL JR. YUPANQUI N° 115, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE URUBAMBA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SE PRESENTÓ DON JULIO CESAR REVATTA ACUÑA, QUIEN PROCEDE EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR DEBORAH IBEETH REVATTA DE VALENCIA Y HUGO RIMBERTY VALENCIA SANCHEZ, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO URBANO DENOMINADO CHURAYOC FRACCION II, UBICADO EN EL SECTOR DE CHICHUBAMBA S/N, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE URUBAMBA, DEPARTAMENTO DE CUSCO, EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 1,049.00 M2. (MIL CUARENTA Y NUEVE PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS), ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL NORTE (IZQUIERDA ENTRANDO) SEINICIACON EL VÉRTICE N° 1 DE DONDE AVANZA EN DIRECCIÓN SUR ESTE, EN LINEA RECTA CON UN TRAMO, HASTA EL VÉRTICE N° 2 CON UNA DISTANCIA DE 60.12 ML., COLINDA CON LA FRACCIÓN I DE PROPIEDAD DE GIOVANNA EXALTACION REVATTA ACUÑA; POR EL ESTE (FONDO): SEINICIA EN EL VERTICE N° 2 Y AVANZAEN DIRECCION SUR OESTE EN LINEA QUEBRADA CON DOS TRAMOS HASTA EL VÉRTICE N° 4 CON UNA DISTANCIA DE 17.46 M.L., COLINDA CON LA PROPIEDAD DE ANGELINO FARFAN CESPEDES; POR EL SUR (DERECHA ENTRANDO): SE INICIA EN EL VERTICE N° 4 Y AVANZAEN DIRECCION NOROESTE EN LINEA RECTA CON UN TRAMO HASTA EL VÉRTICE N° 5 CON UNA DISTANCIA DE 69,36 M.L., COLINDA CON LA FRACCIÓN III DE PROPIEDAD DE ROZA ALICIA REVATTA ACUÑA. Y POR EL OESTE (FRENTE): SE INICIA EN EL VERTICE N° 5 Y AVANZAEN DIRECCION NOROESTE EN LINEA QUEBRADA CON DOS TRAMOS PARA FINALIZAR EN EL VÉRTICE N° 1 CON UNA DISTANCIA TOTAL DE 17,20 M.L., COLINDA CON EL CAMINO DE HERRADURA. HACIENDO UN PERIMETRO TOTAL DE 164.14. EL PREDIO A PRESCRIBIR SE ENCUENTRA DENTRO DEL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11147935, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X, SEDE CUSCO, APARECIENDO COMO TITULAR REGISTRAL CESAR ÁNGEL REVATTA CÁCERES Y SEGUNDA ALICIA ACUÑA DE REVATTA, TEINDOSE CONOCIMIENTO QUE EL PRIMERO DE LOS NOMBRADOS HA FALLECIDO POR LO QUE DESCONOCIENDO A SUS HEREDEROS LEGALES ADEMÁS DE SUS DOMICILIOS, SE EMPLAZA A LOS MISMO MEDIANTE LA PRESENTE PUBLICACIÓN Y A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHO SOBRE ESTA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SU DERECHO CONFORME A LEY. ADEMAS A LA SEÑORA SEGUNDA ALICIA ACUÑA DE REVATTA, SE LE NOTIFICARÁ EN EL DOMICILIO SEÑALADO. URUBAMBA. 07 DE JULIO DE 2017. G. ABAD OLAGUIBEL OLIVERA ABOGADO NOTARIO 3VCES-12-18-24-VII-17 B/V 44841 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE LA MOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCÍA, UBICADA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200, DE ESTA CIUDAD, LOS SEÑORES: PIO MENDOZA PEÑA Y ERNESTINA TORRES DE MENDOZA, SOLICITAN EN LA VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE SIGNADO CON EL N° 8 DE LA MANZANA “B” UBICADO EN LA CALLE MALAMPATA DEL ASENTAMIENTO HUMANO AMAUTA, DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; INMUEBLE QUE TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CON UN ÁREA DE 241.50 M2 (DOSCIENTOS CUARENTIÚN PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS) , ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE MALAMPATA, EN LÍNEA RECTA CON 14.60 ML; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON EL LOTE B-10 DE PROPIEDAD DE GENARO CALLA VELASQUEZ, EN LÍNEA RECTA CON 15.90 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON EL LOTE B-6 DE PROPIEDAD DE HERMENEGILDO MENDOZA MEZA, EN LÍNEA RECTA CON 17.40 ML Y POR EL FONDO: CON EL LOTE B- 5 DE PROPIEDAD DE MANUEL CHAUCA HUALLPA, EN LÍNEA RECTA DE 1.40 ML Y EL LOTE B-7 DE PROPIEDAD DE SABINO ANGULO HUAMAN, EN LÍNEA RECTA DE 12.60 ML, SUMANDO UNA LONGITUD TOTAL DE 14.00 ML; QUE ENCIERRA UN PERÍMETRO TOTAL DE 61.90 ML, LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY.- CUSCO, SEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE.- NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO ABOGADO. 3 VECES /CADA 3 DÍAS NÉSTOR AVENDAÑO G. NOTARIO – ABOGADO 12-18-24/07/2017 B/.32660 EDICTO JUDICIAL Se hace saber que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00742-2017-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por


5

Cusco, martes 18 de julio de 2017 NICANOR NOA MANTILLA y BRIGIDA HERENCIA DE NOA en contra de JOSE LUIS QUISPE INCATITO, HEREDEROS LEGALES DE LUIS QUISPE ROJAS: JULIA ROSA QUISPE INCATITO, JUAN ALBERTO QUISPE INCATITO y LUZ MARINA QUISPE INCATITO; MARIXA ISABEL QUISPE INCATITO y JULIO ENRIQUE COTRINA INCATITO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, disponiéndose la notificación a los colindantes JULIO ENRIQUE COTRINA INCATITO, JOSE LUIS QUISPE INCATITO, POLICIA ECOLÓGICA DEL PERU y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO, disponiéndose además la citación al PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, y del PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, doce de Mayo de dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta; en tal virtud, confiérase traslado a los demandados por el PLAZO DE DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos.- AL PRIMER OTROSI: Estando a lo previsto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese mediante edictos el extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días- H.S.- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 07 de Julio 2017. DR. DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CUSCO 13-18-21/07/2017 B/.32681 SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN EL JIRÓN BELAÚNDE TERRY N° 176 DEL DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA DE QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SE PRESENTÓ MARIO SAMANEZ YAÑEZ , SOLICITANDO SE DECLARE LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE SU CONYUGE CARMEN ELIZABETH LOVERA CASTILLA, FALLECIDO EL 15 DE OCTUBRE DEL 2009, EN LA CLINICA PAREDES - CALLE LECHUGAL 405 DEL DISTRITO DE CUSCO, PROVINCIA DE CUSCO y DEPARTAMENTO DE CUSCO; TENIENDO COMO ULTIMO DOMICILIO EN LA URB. CARLOS HONORES 128, DEL DISTRITO DE CAMANTI, PROVINCIA DE QUISPICANCHI y DEPARTAMENTO DE CUSCO. - LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO A LOS PRESUNTOS HEREDEROS PARA LOS FINES DE LEY. URCOS, CUSCO, 14 DE JULIO DEL 2017. MARIA. E. GALDO SOTOMAYOR ABOGADA NOTARIA 1V-18-VII-17 B/V 44882 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: ALEX MANSILLA ZUÑIGA Identificado con DNI. 46605917 Estado Civil: SOLTERO Natural de: ANDAHUAYLAS - APURIMAC Nacionalidad: PERUANA Edad: 28 años: Ocupación: INFORMATICO Domicilio: CALLE SAPHY 635 Doña: FLOR DE FATIMA VALDIVIA VILCAHUAMAN Identificada con DNI. 71105512 Estado Civil: SOLTERA Natural de: URCOS - QUISPICANCHI Nacionalidad: PERUANA Edad: 26 años: Ocupación: AUDITORA Domicilio: CALLE SAPHY 635 Fecha de Matrimonio: 12 DE AGOSTO DEL 2017 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 04 de JULIO DEL 2017 WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-18-VII-17 B/V 44883 EDICTO JUDICIAL PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO En el Expediente Nro. 00607-2017-0-1001-JR-CI-04, seguido por MARIZA MARGOZT BACA FERNANDEZ y HECTOR ILLANES HUAMAN contra SEGUNDINO GRANADA PALOMINO Y a la SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE MARIA HUAMAN VARGAS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEBIEN INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA “L” LOTE 04 DEL PUEBLO JOVEN “PUEBLO LIBRE” del distrito, provincia y departamento del Cusco, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 02 de fecha vein-

tiuno de mayo del año dos mil diecisiete.- Resolución Nro. 02, Cusco, veintiuno de mayo del año dos mil diecisiete. VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta. Y CONSIDERANDO ( ... ), RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIZA MARGOZT BACA FERNANDEZ y HECTOR ILLANES HUAMAN contra SEGUNDINO GRANADA PALOMINO Y a la SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE MARIA HUAMAN VARGAS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA “L” LOTE 04 DEL PUEBLO JOVEN “PUEBLO LIBRE” del distrito, provincia y departamento del Cusco; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde, DEBIENDO EFECTUAR LAS PUBLICACIONES conforme se ha dispuesto en el artículo 506 del Código Procesal Civil.- Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos. Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. 3VCES-18-19-20-VII-17 BV 44885 DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL La que suscribe: Jeja de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: TEÓFILO ALBERTO BENAVENTE ESCÓBAR, de 42 años de edad, con DNI N° 23979892, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación ABOGADO, de Nacionalidad PERUANA, natural de CUSCO, con domicilio en OVALO DE TTIO N° C-05 del Distrito de WANCHAQ. Doña: CECILIA JARA CARRIÓN de 40 años de edad, con DNI N° 23984979, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ADMINISTRADORA, de Nacionalidad PERUANA, Natural de APURIMAC, con domicilio en OVALO DE TTIO N° C-05 del Distrito de WANCHAQ. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SABADO 05 DE AGOSTO DEL 2017. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. YONNY ROMERO FLORES JEFA DE REGISTRO CIVIL 1V-18-VII-17 B/V 44886 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00490-2016-0-1001-JR-CI-04, ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora Fanny Lupe Pérez Carlos; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, sobre prescripción del inmueble ubicado en la calle pera N° 435 del distrito, provincia y departamento de Cusco, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de EMPLAZAR A LA SUCESIÓN DE MANUEL CASAFRANCA ESPINOZA; con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 02, Del 25 de abril de 2016, ( ... )VISTO; ( ... ); X CONSIDERANDO( ... )SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PRIMITIVO CARREÑO PPOCCO, YOLANDA CAUNA GOMEZ y OLGA CAUNA GOMEZ contra ADRIAN CASAFRANCA LOVATON, ROMELIA ALEJANDRINA BORDA CARRASCO DE CASAFRANCA, MANUEL LEOPOLDO CASAFRANCA LOVATON, ZOLIA JESUS ACUÑA FARFAN DE CASAFRANCA, GRACIELA ROSSI BADARACCO, MANUEL BRAVO ROSSI, TERESA BRAVO ROSSI COKER, JUAN JOSE BRAVO PEREZ, LAURA PAREDES VIVANCO VIUDA DE CASAFRANCA, MARIA DOLORES CASAFRANCA PAREDES, CARMEN ROSA PEREZ DE LAMA VIUDA DE BRAVO, CARMEN TERESA BRAVO PEREZ, MANUEL FEDERICO BRAVO PEREZ, ELISABETH LADRON DE GUEVARA TAMAYO VIUDA DE BRAVO, con citación de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, RUTH ROZAS CEVALLOS y PRIMITIVO CARREÑO PPOCCO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde; debiendo de efectuar las publicaciones conforme lo dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil. - ( ... ). RESOLUCIÓN Nro. 12, Del 15 de mayo de 2017, ( ... ) Al Otrosi digo.- De conformidad al estado del presente proceso, se advierte que se encuentra pendiente de emplazar de forma valida a la SUCESIÓN DE MANUEL CASAFRANCA ESPINOZA, por lo que debe verificarse tal emplazamiento mediante edictos, a efecto que la referida sucesión se apersone al presente proceso bajo expreso apercibimiento de NOMBRÁRSELES CURADOR PROCESAL; ( ... ) Cusco, 28 de junio de 2017. 3VCES-18-24-31-VII-17 B/V 44887 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Urcos a cargo de la señora Juez Marina Hilares Villegas, bajo la actuación del especialista judicial Kathy Yjaida Miranda Candia se viene tramitando en el Proceso Civil Nro. 0055-2017-0-1014-JP-CI-01, en el cual se ha dispuesto se publique el extracto de la solicitud siendo como sigue: CARMEN NAVARRETE VARGAS solicita: la declaración judicial de inscripción supletoria de la Partida de Defunción de la que en vida fuera CONCEPCION ARQQUE BELLIDO, cuya inscripción deberá efectuarse en el Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Quispicanchis.” demanda que fue admitida mediante resolución número uno de fecha seis de abril del año dos mil diecisiete, en el siguiente sentido: “SE RESUELVE: Admitir a trámite la solicitud


6

Cusco, martes 18 de julio de 2017

presentada por CARMEN NAVARRETE VARGAS sobre INSCRIPCION SUPLETORIA DE LA PARTIDA DE DEFUNCION debiendo tramitarse en la Vía del Proceso NO CONTENCIOSO, y conforme a lo dispuesto por el artículo 828 del Código Adjetivo publíquese un extracto de la solicitud en el Diario Judicial del Cusco, por una sola vez. Por ofrecidos los medios probatorios que indica, reservándose su admisión y actuación para el acto procesal correspondiente.- A sus antecedentes los anexos que adjunta.- H.S.-” Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Urcos, 09 de mayo del 2017. 1V-18-VII-17 B/V 44888 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Urubamba que despacha la Juez Yesika Medrano Ochoa y bajo la actuación de la Especialista Legal Lia Hancco Luza.TORIBIO SOTO SAIRE, sigue el Proceso Civil N° 110-2017-0-1015-JP-CI-1, de Rectificación de ACTA DE NACIMIENTO del Q.V.F. TOMAS SOTA SAIRE, quien refiere: Que, por error se ha consignado el apellido paterno del cujus como “SOTA”, cuando lo correcto es “SOTO” siendo el nombre completo del mismo “TOMAS SOTO SAIRE”, así también, erróneamente se ha consignado el nombre de pila de su padre como “MARCOS” cuando lo correcto es “ANTONIO”, debiendo decir en el rubro de progenitor “ANTONIO SOTO SILVA”, lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 10 de julio de 2017. 1V-18-VII-17 B/V 44889 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUIQUIJANA. DIVISION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL AVISO. RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por expediente NO.1930 de fecha 07 de Junio del 2017, Doña LUZ MARINA GUTIERREZ HACHATA, solicita la Rectificación Administrativa de su Partida de Nacimiento NO.363 del año 1990 por existir error en el rubro Datos de la titular habiéndose consignado erróneamente el segundo apellido como HACHATA con (H) en la parte marginal y principal del Acta de Nacimiento debiendo ser lo correcto ACHATA sin (H) en el rubro datos del Padre se evidencia la consignación errónea del segundo apellido del progenitor como TUPA con una sola (T)en la parte principal del Acta de Nacimiento debiendo ser lo correcto TTUPA con doble (TT) en consecuencia el nombre completo y correcto de la titular es LUZ MARINA GUTIERREZ ACHATA y del Padre JUAN DE DIOS GUTIERREZ TTUPA, quedando inalterables los demás datos del asiento registral. Lo que se publica para sus fines conforme establece el Art. 73 del D.S. No. 01598-PCM. Directiva DI 263-GRC/017 a fin de quienes resulten perjudicados con la rectificación formulen OPOSICIÓN dentro de los 15 días siguientes a la presente publicación por escrito en la Oficina de Registro Civil de Quiquijana. Quiquijana, 17 de Junio del 2017. Paula Delia Estrada Mendoza Jefe de Registro de Estado Civil. 1V-18-VII-17 B/V 44890 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00455-2017-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal - a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 01, Del 07 de marzo de 2017, ( ... )AUTO ADMISORIO ( ... ) VISTO; ( ... ); X CONSIDERANDO( ... )SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JOSE ANTONIO TEVEES GARCIA, TEODORA y VICTORIA MEDRANO ESQUIVEL, contra MARCO ANTONIO ALZAMORA TORRES y su esposa GRACIELA SILVA DEL CARPIO, con CITACIÓN DE: 1) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN; II) ANNIE SOLEDAD CALLALLI VALENCIA, y III) MARGARITA ZONIA ENRIQUEZ ESQUIVEL, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON JUSTO TITULO respecto del bien inmueble lote A-2 del inmueble denominado Kenchapampa, Sector Aucaylle del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, hoy lote A-2 del Pasaje Los Pinos con Pasaje los Geranios de la APV Campiña Baja del Distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de CINCO DIAS .. - 2.- Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506 del Código Procesal Civil: PUBLIQUES E un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del mismo cuerpo legal. 3.- De igual forma notifíquese al Procurador Publico de la Municipalidad Distrital de San Sebastián- Conforme lo establece el DECRETO LEGISLATIVO N° 1068- DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO.-.( ... ). RESOLUCIÓN Nro. 03, Del 16 de junio de 2017, ( ... )AUTO DE CORRECCION ( ... ) VISTO;( ... ); y CONSIDERANDO( ... )SE RESUELVE: 1.- CORREGIR la parte CONSIDERATIVA de la Resolución N° 01 de fecha 07 de marzo de 2017, siendo lo CORRECTO: “(, .. )1. ( ... ) agregan que ejercen el derecho de posesión respecto del bien comportándose como propietarios de forma continua, pacifica, publica e ininterrumpida la misma que se ejerce de buena fe” y SUPRIMIR el considerando 6 de la referida resolución; 2.- DEJAR subsistente el contenido del Auto Admisorio de la demanda contenido en la resolución N° al de fecha 07 de marzo de 2017, en los extremos que no fueron objeto de corrección. 3.- Conforme al mandato dispuesto Resolución N° al

de fecha 07 de marzo de 2017 CÚMPLASE con la publicación mediante edictos del referido auto y del presente auto de corrección, para cuyo efecto CUMPLA la parte actora con apersonarse por ante Administración del Módulo Corporativo Civil dentro del TERCER DIA de notificado con la presente a efecto de recabar el correspondiente edicto ( ... ). Cusco, 03 de julio de 2017. 3VCES-18-24-31-VII-17 B/V 44891 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCAHUASI OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: TOMAS CONDORI LEON Identificado con DNI N° 31544204 Estado Civil Soltero Natural de HUAYLLATI- GRAU-APURIMAC Nacionalidad: Peruano Edad: 44 años Ocupación: Administrador de empresa Domicilio: Com. Campesina Ccolcabamba S/N Doña: TIBURCIA TTUPA HUALLPA Identificada con DNI N° 24390561 Estado Civil Soltera Natural de Zurite -Anta- Cusco Nacionalidad: Peruana Edad: 40 años Ocupación: a su casa Domicilio: Com. Campesina Ccolcabamba S/N Fecha de Matrimonio 30 de Julio del 2017, horas 12:00 del md, En el salón Killarumiyoq de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi, Provincia de Anta, Región Cusco. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos de conformidad al Art. 253 del Código Civil, ante esta Jefatura de la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi - Anta - Cusco. Ancahuasi, 17 de julio del 2017 ROCIO CAMERO CJUMO JEFA DE REGISTRO CIVIL 1V-18-VII-17 B/V 44892 EDICTO JUDICIAL El Juzgado Mixto de la Provincia de Anta, Que despacho la Dra. Luz Marina Merma Delgado, bajo la actuación de la Especialista Patricia Valenza Olivera, En el Proceso Civil Nro. 72-2017-C, RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE trámite la demanda interpuesta por JULIA LOPEZ CARBAJAL y DIONICIA LOPEZ CARBAJAL DE MAXI contra AVELINA AUCCAPIÑA SUYLLU con citación de los colindantes: 1). ERENA CCOSCCO QUISPE, 2). MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCYURA representado por su PROCURADOR PUBLICO, Y 3). La DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES CUSCO representado por su PROCURADOR PUBLICO; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio lote B - 2 de U.C. 21103 denominado CCOLCCARARA o CAPILLAN SANJA DE 1,659.31 M2 del distrito de Pucyura de la Provincia de Anta, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO ABREVIADO, ( ... ) Cúmplase con efectuar las publicaciones que prevé el artículo 506 del Código Procesal Civil, por tres veces con intervalo de tres días y la notificación por radiodifusión por cinco días consecutivos. Lo que se publica para fines de ley. Anta, 14 de Julio del 2017 3VCES-18-19-20-VII-17 B/V 44894 EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA. Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de Chumbivilcas, despachado por el Sr. Juez Dr. Efraín Víctor Bedregal Mendoza, bajo la actuación del Secretario Judicial Sr. Timoteo Huamani Basilio, se viene tramitando el proceso Nro. 00046-2016, interpuesta por Hugo Romero Chancahuaña, sobre Sucesión Intestada del que en vida fuera HIPÓLITO ROMERO AGUIRRE, habiendo recaído la siguiente resolución.-SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por HUGO ROMERO CHANCAHUAÑA, sobre Sucesión Intestada del que en vida fuera HIPÓLITO ROMERO AGUIRRE, fallecido el dieciséis de Abril de mil novecientos ochenta y uno, en el Anexo de Chacaray de la comunidad campesina de Charamuray, Distrito de Colquemarca, Provincia de Chumbivilcas, departamento Cusco, solicita al Juzgado que se les declare como herederos únicos y universales a su esposa Petronila Chancahuaña Martínez, al solicitante Hugo Romero Chancahuaña, y a sus hermanos Eliseo Romero Huayhua, Samuel Carmen Romero Chancahuaña, Leonor Romero Chancahuaña, Basilia Romero Chancahuaña, Rosalía Romero Chancahuaña y Mónica Hipólita Romero Chancahuaña.- Firma del Sr. Juez Dr.Efraín Víctor Bedregal Mendoza.Secretario Judicial Timoteo Huamani Basilio.- Lo que se publica para los fines correspondientes de ley.Santo Tomas,08 de junio del 2017. 1v-18-vii-17 b/v 44895


7

Cusco, martes 18 de julio de 2017 EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA. Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Chumbivilcas, despachado por el Sr. Juez Dr. EFRAIN VICTOR BEDREGAL MENDOZA, bajo la actuación del Secretario Judicial Sr. Timoteo Huamani Basilio, se viene tramitando el proceso Nro. 00043-2017, solicitada por BARBARA MAGNA ARAUJO ABRIGO, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su progenitor ROLDAN ARAUJO PEÑA, habiendo recaído la siguiente resolución. -Santo Tomas, cuatro de Mayo del dos mil diecisiete. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por BARBARA MAGNA ARAUJO ABRIGO, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su progenitor ROLDAN ARAUJO PEÑA, fallecido el 16 de noviembre de 1957, en el distrito de Santo Tomas de la Provincia de Chumbivilcas, solicita se le declare como heredera única y universal a BARBARA MAGNA ARAUJO ABRIGO.- Firma del Sr. Juez Dr. Efraín Víctor Bedregal Mendoza.- Secretario Judicial Timoteo Huamani Basilio. Lo que se publica para los fines correspondientes de ley. Santo Tomas,08 de junio del 2017. 1v-18-vii-17 b/v 44895 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el Proceso N° 007-2017-0-1005-JM-CI-01, la demanda interpuesta por Elmer Escobedo Rosales sobre Prescripción adquisitiva de dominio contra Néstor Aguilar Marce, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DOS, de fecha doce de mayo del año dos mil diecisiete; en forma sumillada el siguiente SE ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por ELMER ESCOBEDO ROSALES sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio rustico denominado playa Candelaria de 1,8357 Has, ubicado en el Distrito de Lamay - Calca contra NESTOR AGUILAR MARCE con citación de: 1 ).- Ministerio de Transportes y comunicaciones, representado por el Procurador Público; 2).- Municipalidad Distrital de Lamay; 3).- Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales representado por el Procurador Publico. En consecuencia, CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios del recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal. Debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario el peruano y el de mayor circulación de la ciudad en cumplimiento a lo previsto por el artículo 506° del Código Procesal Civil por el término de ley, asimismo notificación por radio difusión. REQUIERASE; a todos los sujetos procesales a fin de que señalen casilla electrónica. REQUIÉRASE al actor a fin de que cumpla con presentar arancel judicial por exhorto fuera del distrito judicial y cedulas de notificación tantas partes sean en el proceso. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña.Calca, 07 de julio del 2017. 3vces-18-24-31-vii-17 b/v 44896

MENTO DEL CUSCO, LO QUE SE PONE EN PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 15 DE JULIO DE 2017. 1V-18-VII-18 B/V 44898 SUCESION INTESTADA Ante mi, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura O-12-8 del distrito de San Sebastián - Cusco, doña: DINA QUISPESUCSO CCAMA, solicita la sucesión intestada de quien en vida fue BERNARDINA CCAMA QUINTANILLA DE QUISPESUCSO, fallecido en fecha siete de mayo de dos mil diecisiete, siendo su último domicilio la ciudad del Cusco, lo que pongo en conocimiento conforme a ley. San Sebastián, 17 de julio de 2017. LUIS ALBERTO LIRA APAZA ABOGADO NOTARIO 1V-18-VII-17 B/V 44898 EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA. Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Chumbivilcas, despachado por el Sr. Juez Dr. EFRAIN VICTOR BEDREGAL MENDOZA, bajo la actuación del Secretario Judicial Sr. Timoteo Huamani Basilio, se viene tramitando el proceso Nro. 00007-2017, solicitada por WILDOR ANCALLA LAYME, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su progenitor BASILIO ANCALLA MEDINA, habiendo recaído la siguiente resolución. -Santo Tomas, tres de Mayo del dos mil diecisiete. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por WILDOR ANCALLA LAYME, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su progenitor BASILIO ANCALLA MEDINA, fallecido el 28 de marzo del 2003, en el Hospital Goyeneche de la ciudad de Arequipa, solicita se le declare como heredero único y universal a su hijo WILDOR ANCALLA LAYME.- Firma del Sr. Juez Dr. Efraín Víctor Bedregal Mendoza.- Secretario Judicial Timoteo Huamani Basilio. Lo que se publica para los fines correspondientes de ley.Santo Tomas, 04 de mayo del 2017. 1v-18-vii-17 b/v 44899 EDICTO JUDICIAL RECTIFICACION DE NOMBRE .En el Juzgado Mixto de Chumbivilcas, mediante la causa N° 00083-2016-0-1008-JMCI-01, don Alejandro Ccahuana Chancuaña, en representación de su menor hijo Salid Joshua Ccahuana Chavez, solicitado la rectificación del nombre de su hijo, debiendo llamarse como KALID BORAN CCAHUANA CHAVEZ, habiéndose admitido la solicitud mediante Resolución N° 01 de fecha 23 de enero del 2017, disponiéndose las publicación de los edictos.Santo Tomas, 04 de mayo del 2017. 1v-18-vii-17 b/v 44899

EDICTO JUDICIAL.

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

SEÑORES: SUCESORES DE LA QVF: ANA MARIA LETONA TORREN. Ante el Tercer Juzgado de Paz letrado del Cusco, despachado por el Sr. Juez: Dr. Mario R. Ramos Bejar, se tramita el Proceso Nro.00731-2017-0-1001-JR-CI-3 seguido por Omar Álvarez Letona sobre Extinción de prestación de alimentos , en el que se ha dictado la Resolución Nro. 02 de fecha uno de junio del dos mil dieciséis en el que se dispone se notifique mediante edictos a la sucesión de la que en vida fue: Ana María Letona Torren, la RS.02 “ ... Por lo que, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por OMAR ALVAREZ LETONA, contra LA SUCESION DE LA QUE EN VIDA FUE: ANA MARIA LETONA TORREN sobre EXTENCION DE PRESTACION DE ALIMENTOS; debiendo substanciarse en la vía del PROCESO SUMARISIMO: y teniendo en cuenta que en el presente caso el emplazamiento es a la sucesión intestada y por tanto se realiza el emplazamiento mediante edictos, por tener domicilio indeterminado o incierto y en aplicación del art. 550° del Código Procesal Civil, que indica” Que los plazos ( ... ): siendo así, córrase traslado a la parte por el plazo máximo de VEINTICINCO DIAS, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo acampanar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo 565° del Código Procesal Civil ( ... ). Se dispone: Notificar al demandado i mediante edictos judiciales, las cuales se realizarán mediante publicaciones en el diario oficial y en un diario de mayor circulación de la localidad por tres veces ( ... ). H. S.”- Firmado por la Senara Juez Doctora Elena Vengoa García.Especialista Legal M. Halanoca Puma.- Cusco, 07 de Julio de 2017 3VCES-18-19-20-VII-17 B/V 44897

En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 04 de Julio del 2017, la recurrente JENNIFER SOTELO RODRIGUEZ, titular del Acta de nacimiento N° 1004439960, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitor, habiéndose registrado como RAFAEL SOTELO GOMEZ, siendo el nombre correcto RAFAEL ALEJANDRO SOTELO GOMES. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015- 98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 10 de Julio del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-18-vii-17 b/v 44900

EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; EL SR. MARCELINO RIMACHI ZAPACA SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA, DE LA QUE EN VI DA FUE SRA. VICTORIA MODESTA ZAPACA TECSE; FALLECIDA EL 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009, SIN DEJAR TESTAMENTO, HABIENDO TENIDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EN LA CALLE DIEGO DE ALMAGRO 206 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTA-

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO EDICTO MATRIMONIAL OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: NILTON SALCEDO SEGOVIA Identificado con DNI. 44321704 Estado Civil: SOLTERO Natural de: LA CONVENCIÓN Nacionalidad: PERUANA Edad: 33 años: Ocupación: EMPLEADO Domicilio: P.J. VILLA MARIA H-1 Doña: CARLA LAUREN FARFAN TINCO Identificada con DNI. 44438021 Estado Civil: SOLTERA Natural de: SANTIAGO - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 30 años: Ocupación: GUIA DE TURISMO Domicilio: P.J. VILLA MARIA H-1 Fecha de Matrimonio: 25 DE AGOSTO DEL 2017


8

Cusco, martes 18 de julio de 2017

Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 17 de JULIO del 2017. Walter Carpio Chávez Director 1V-18-VII-17 B/V 44904 EDICTO En el Proceso Nº 153-2017-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, Judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto notificar con un extracto del AUTOADMISORIO: Resolución N° 02, ( ... ) ADMITIR a trámite en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por MARIANO MEZA CASTILLA, contra: HEREDEROS LEGALES del que en vida fuera Alfonso Rojas Castromonte, integrado por Antonio Rojas Moreno, Jesusa Carolina Rojas Moreno y Felicitas Anatolia Rojas Romero; contra: HEREDEROS LEGALES del que en vida fue Mario Walter Zara Carvajal Flores, integrado por Luisa Margarita Álvarez Coronado (cónyuge sobreviviente), Walter Guillermo Zora Carbajal Álvarez, Jorge Alberto Zora Carbajal Álvarez, Rosa Margarita Zora Carbajal Álvarez y Luisa Eliana Zora Carvajal Álvarez; y, contra la persona jurídica: COMPAÑÌA INMOBILIARIA SANTA CATALINA S.A., representado por su gerente Tomás Augusto Mario Montalbetti Repeto, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE, para que sea declarado propietario el demandante del bien inmueble Manzana “H” Lote 17 (17-A) Avenida Unión del Pueblo Joven El Rosal (antes Sector Ccoripata Sur), jurisdicción del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, que tiene un área de 116.30 m2. y un perímetro de 48.59 mI. y las colindancias que se precisan en la demanda, en consecuencia: TRASLADO de la demanda, a la parte demandada, por el plazo de diez días, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía; EMPLACESE a los colindantes del inmueble materia de la pretensión, en la forma de ley, para los fines pertinentes, incluido al representante legal de la Municipalidad Distrital de Santiago y al Procurador Público respectivo, conforme a demanda; EMPLACESE a la persona jurídica demandada: COMPAÑÌA INMOBILIARIA SANTA CATALINA S.A., representado por su gerente Tomás Augusto Mario Montalbetti Repeto, con un extracto del auto admisorio de la demanda, mediante edictos, en el diario judicial del Cusco, por tres veces consecutivas y, en el caso de no apersonarse al proceso dentro del plazo de treinta días hábiles, se le designará curador procesal; publicación que será de cargo de la parte actora; plazo que correrá a partir de la última publicación; PUBLIQUESE edictos en el diario judicial del Cusco, por tres veces con intervalo de tres días, con un exacto del auto admisorio, conforme prevé la ley; que será de cargo de la parte actora. ESCRITO DE SUBSANACION: AL PRINCIPAL Y OTROSI: ESTESE a la presente resolución- H.S Cusco, Santiago, 27 de abril de 2017 3VCES-18-24-31-VII-17 B/V 43912 EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: El 27 de Julio del 2017 Don: Gregorio RONDON IBARRA Natural de: Cusco - Saylla Edad: 73 años. Ocupación: Conductor Domicilio: Saylla - Calle Pasión s/n. Doña: Victoria QUISPE CHIHUANTITO Natural de: Cusco - Saylla Edad: 64 años. Ocupación: Su casa Domicilio: Saylla- Calle Pasión s/n. Las personas que conozcan causales de impedimento pueden formular oposición conforme al Artículo 253 del Código Civil, ante la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Saylla. Saylla, 17 de Julio del 2017. JOSÉ VELASQUEZ YBARRA JEFE DE REGISTRO CIVIL 18/07/2017 B/.32702 AVISO RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO ANTE EL ABOGADO NOTARIO RONY LEÓN WARTHON, CON OFICINA NOTARIAL EN LA CALLE CRISTO DE LOS ANDES S/N, DEL DISTRITO DE CHALLHUAHUACHO, PROVINCIA DE COTABAMBAS, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC; LA SEÑORA ARMANDINA VIVANCO TORRES, SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO, DEBIENDO RECTIFICARSE LA OMISIÓN DEL APELLIDO MATERNO DE SUS PROGENITORES, CONSIGNADO ERRÓNEAMENTE COMO: ‘EDGAR VIVANCO” Y “SERAFINA TORRES” AL DE “EDGAR VIVANCO ARRAMBIDE” Y “SERAFINA TORRES ARCOS. CHALLHUAHUACHO, 13 DE JULIO DEL 2017 RONY LEÓN WARTHON ABOGADO - NOTARIO 18/07/2017 B/.32704 EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que;

Don: LUIS ALBERTO BLAS PUCAPUCA , de 29 años de edad, con DNI N° 4504042005, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación BIOLOGO, natural de COMBAPATA, con domicilio en: RUNCUHUASI PROL. BOLIVAR L - 1 y Doña: LUZ DIANA VERA ESPINOZA, de 29 años de edad, con DNI N° 44835533, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ABOGADA, natural de CUSCO, con domicilio en : CONJUNTO HABITACIONAL PACHACUTEC A-1 - 405. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SABADO 05 DE AGOSTO DEL 2017.. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 18/07/2017 B/.32705 EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: EDWIN ALBERTO SEGURA VILLEGAS , de 48 años de edad, con DNI N° 23926843, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación INGENIERO AGRÓNOMO, natural de CUSCO, con domicilio en: URB. SANTA ROSA PASAJE LOS GERANIOS N° 287 y Doña: MARIVEL VERA ESPINO, de 36 años de edad, con DNI N° 40913512, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ESTUDIANTE DE ADMINISTRACIÓN, natural de OCOBAMBA - LA CONVENCIÓN, con domicilio en : URB. MARCAVALLE Q1 - 287. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SÁBADO 05 DE AGOSTO DEL 2017.. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 12 de JULIO del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 18/07/2017 B/.32706 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó MARIA LUISA BOZA CASINI de FLORES, Peruana, mayor de edad, identificada con DNI. N° 23837043, viuda del que en vida fue Horacio Flores Guevara, con domicilio real en la Urb. Mariscal Gamarra Block A-13 Dpto. 415 Segunda Etapa, distrito, provincia y departamento de Cusco; quien procede por derecho propio, está iniciando ante mi despacho trámites para obtener la sucesión intestada de quien en vida fuera su esposo Sr. HORACIO FLORES GUEVARA, fallecido el día 21 de FEBRERO de 2,016, y de quien manifiesta tuvo como último domicilio el inmueble ubicado en la Urb. Mariscal Gamarra Block A-13 Dpto. 415 Segunda Etapa, distrito, provincia y departamento de Cusco, lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 07 de julio de 2017. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON NOTARIO DEL CUSCO 18/07/2017 B/.32707 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA SE CONVOCA A LOS SOCIOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE VILCANOTA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONDABILIDAD LIMITADA, A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA, PARA TRATAR LA SIGUIENTE AGENDA: 1- -TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES. - MODIFICACION PARCIAL DEL PACTO SOCIAL Y DEL ESTATUTO - DESIGNACIÓN DE QUIEN EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD OTORGARÁ Y SUSCRIBIRÁ LA MINUTA Y ESCRITURA PÚBLICA DESTINADA A FORMALIZAR LOS ACUERDOS ADOPTADOS. PRIMERA CONVOCATORIA: DIA: MARTES, 01 DE AGOSTO DEL 2017. HORA: 10.00 A.M. LUGAR: AV. LA CULTURA N° 1320 WANCHAQ CUSCO. SEGUNDA CONVOCATORIA: DIA: SABADO, 05 DE AGOSTO DEL 2017. HORA: 11:00 A.M. CUSCO, 17 DE JULIO DEL 2017. GREGORIO MENDOZA AYMITUMA GERENTE 18/07/2017 B/.32710 EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: CRISTIAN WALSER HUANACCHIRI ANCARI, de 40 años de edad, con DNI N° 25005955, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación DOCENTE, natural de HUAYOPATA - LA CONVENCIÓN, con domicilio en: URB. LOS JARDINES B-8 y


9

Cusco, martes 18 de julio de 2017 Doña: SANDRA PAOLA RIVERA RONCAL, de 33 años de edad, con DNI N° 42418659, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ADMINISTRADORA, natural de LIMA, con domicilio en: URB. LOS JARDINES CALLE LA REPÚBLICA DE PERÚ B - 8 - A. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SÁBADO 05 DE AGOSTO DEL 2017. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 13 de JULIO del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 18/07/2017 B/32711

CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RUDY HANDERSON MAYTA ROZAS en el Proceso Nro., 00285-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADÍCCION, en agravio de LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en e! primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio de 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RUFFO FLOREZ CCAMA en el Procesa Nro. 482-2017-0-1010-JR-PE-01. que se le sigue por !a presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de DORIS ISABEL PERALTA RUANO. para que asista a la audiencia de incoación de procesó inmediato. Y se defienda de Ios cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DÍECÍSIETE A HORAS DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. (140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quiilabamba). Quillabamba, 2 de junio del 2017 14-17-18/07/2017 CPJ

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista:Jerinifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CARLOS PALOMINO PUMAHUALLCA en el proceso Nro. 00823-2016-4-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD , en la modalidad DE VIOLACIÓN DÉ LA LIBERTAD SEXUAL , Sub Tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR. DE EDAD AGRAVADA , en agravio de GE.PA.TO, para que asisia a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el Día 24 de JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quíüabarnba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señera DONATO CANDÍA ALTAMIRANO en el Proceso Nro. 00367-2017-0-101G-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión deí delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor NILSON CANDÍA REPRESENTADO POR ISIDORA ALTAMIRANO HUAMAN , para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos fomulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TRENTA DE LA MAÑANA(09:30 AM), en la primera sala de audiencia de este-Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba. (Palacio de Justicia de Quülabamba). Quillabamba, 21 de junio de! 2017 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se citay emplaza a! señora CESAR W1LBER ESTRADA ILLANES en el Proceso Nro. 00347-2017-0-1010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito de DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , en agravio de LA PROCURADURÍA PUBLICA ESPECIALIZADA EN LOS ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR , para que asista a !a audiencia de incoación de procese inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se Elevará a cabo el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 PM), en la primera sala de audiencia ce este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017 14-17-18/07/2017

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayate Se cita y emplaza ai señora PAULINO VARGAS PONCE en el Proceso N°. 09511-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito; de OMISIÓN DE: ASISTENCIA FAMILIAR , en agravio de PAÚL VARGAS MORA REPRESENTADO POR SU PROGENITURA MARGARITA MORA AYCALLAYCO , para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TRENTA DE LA MÁÑANA(09:30 A.M.) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señora CESAR JOSÉ PINTO TAPIA en el Proceso Nro. 00141-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de USURPACION , en agravio de YRMA ZAPATA TAPIA , para que asista a te audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se ¡levará a cabo e! día ONCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DEECISÍETE A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 PM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quíllabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ROLANDO SÁNCHEZ GÓMEZ en el Proceso Nro. 00485-2017-0-2010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR , en agravio de LEDY APAZA PAPEL para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de ¡os cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DÉ LA MAÑANA (10:80 AM) en la primera sala da audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quilíabamba). Quillabamba; 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO-PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ESTANISLAO CHAVEZ HUAMAN en el proceso N°. 00459-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION , en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a


10 cabo el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el primer nivel de! ir. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a! señor JUAN GARLOS CABRERA FERNANDEZ en él Proceso Nro. 471-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION , en agravio de LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y sé defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se nevará a cabo el día VEINTIOCHO BE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TRENTA DE LA MAÑANA (09:30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado., ubicado en el primer nivel de! Jr. Espinar Nro. 140148 de te ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ELIUD LI GONZALES en el Proceso N°. 464-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión de! delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION , en agravio de LA SOCIEDAD : para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y TRENTÁ DE LA MAÑANA (58:30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamha). Quillabamba, 22 da junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CARLOS ANDIA HUAMAN en el Proceso N° 00472-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión de! delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICGION , en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de les cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia ce Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor LÓPEZ GALLEGOS GOYO ALIPIO en el Proceso Nro. 508-2017-0-1010-JR-PE-O1, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGÁDICCION , en agravio de la SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DE LA TARDE (12.00 en la primera Salaa de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel de! Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CRISTHIAN DE LA TORRE MEJIA, en el Proceso Nro. 00489-20I7-0-10I0-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato.- Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día- VEINTiOCHO DES SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE Y MEDIAA, DE LA MAÑANA (11.30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en eí primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba), Quillabamba. 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de. La Convención

Cusco, martes 18 de julio de 2017 Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a! señor KENYI ABARCA BUSTAMANTE, en el Proceso Nro. 00446-2017-0-1010-JR-PE-01, que se !e sigue por !a presunta comisión de! delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION , en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a !a audiencia de incoación de proceso inmediato.- Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo e! día VEINTISEÍS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DÉ LA TARDE (12:00), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-I48 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA en el Proceso Nro. 00493-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE (02:30), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio do Justicia de Quiílabamba). Quillabamba. 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor CARLOS ENRIQUE SALGUERON HUAYTA, en eÍ Proceso Nro. 00475-2017-0-I010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la MENOR SHAMIR JAIRO SALGUERON MAMANI REPRESENTADO POR SU PROGENITORA DEI CRHIST MEDINA MAMANI, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato.- Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE Á HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayaia Se cita y emplaza a! señor RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, en e! Proceso Nro. 00459-2017-67-1010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LÁ LIBERTAD , en la modalidad DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL , Sub TIPO VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE DIEZ AÑOS AGRAVADO POR LA POSICIÓN O PARENTESCO DEL AGENTE CON LA VICTIMA, en Agravio de la menor RU.YA.SA.CO.DE., para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará. a cabo el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quíllabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba; 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICT0 PENAL Juzgado de investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ROGER ROQUE YUCRA, en el Proceso Nro. 00123-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por !a presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará e cabo el día VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ YTREINTA DE LA MAÑANA (10.30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quíllabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabarnba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Áyala Se cita y emplaza al señor MIJAIL JONATHAN MERMA PALOMINO, en el Proceso Nro. 613-2017-0-1010-JR-PE-01, que se !e sigue por la presunta comisión del delito ce CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIE-


Cusco, martes 18 de julio de 2017 DAD, para que asista a la audiencia de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE y TREINTA (12.30 M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado. ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a! señor JOHAN CHAVEZ PUMA, en el Proceso Nro. 615-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DEICÍSIETE A HORAS TRES DE LA TARDE (03.00 PM), en la primera sala ce audiencia de este Juzgado; ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26, de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor GABINO VENERO OSTERIANO, en el Proceso Nro. 577-2017-0-1010-JR-PE-01, que se !e sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 AM), en la primera Sala da audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de !a ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quiílabamba, 26 és junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayála Se cita y emplaza al señor LEO HANS PAUCAR GUEVARA;, en el Proceso Nro. 577-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión de! delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayála Se cita y emplaza al señor JULIO PAREDES CERVANTES en c! Proceso Nro. 00137-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 1140-148 de la ciudad dé Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quíllabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria ds La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor NICOLÁS FLOREZ GARCÍA en el Proceso Nro. 00550-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADlCCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA {08:00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Qüillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ

11 EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señora JUANA ROQQUE CCASA o JUANA ROCCA CCASA en el Proceso Nro. 00513-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio de EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURÍA PUBLICA DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL, para que asista a la audiencia cíe incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (10:45 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel de! Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad da Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 da junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor DELIO CERVANTES ÑAHUI en el Proceso Nro. 00476-2017-0-1010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del delito DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio del PODER JUDICIAL, REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará o cabo e! día DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (09:45 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio de! 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a la señora DELFINA MANTUPA QUISPE en el Proceso Nro. 00477-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, en agravio de FRANCLIN MEZA ALAVARADO, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), en !a primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor LENIN AGUILAR LOAÍZA, en el Proceso Nro. 00536-2017-0-Í010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión de! delito DESOBEDÍENCÍA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio de EL ESTADO, REPRESENTADO POR LA PROCURADURÍA PUBLICA DEL PODER JUDICIAL, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DÍECÍSIETE Á HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba,22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor MARCO FLOREZ HUAMÁNI en si Proceso Nro. 00549-2017-0-1010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión de! delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCÍON, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DÍECÍSIETE A HORAS OCHO CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS D£ LA MAÑANA (08:45 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quiüabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillábamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al señor BRUÑO MIRANDA SUELDO en el Proceso Nro.


12 00053-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para qué asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel de! Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad da Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachí Ayala Se cita y emplaza al señor VIDMAR YURI RIMACHI CCORAHUA en el Proceso Nro. 00066-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 AM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor DAVIS RYAN AYCA CRUZ, en e! Proceso Nro. 00065-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión de! delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADÍCCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para qué asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor IGNACIO POCCOHUANCA CHAMPI en el proceso Nro. 00758-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE (02:30 PM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de !a ciudad de Quillabamba (Palacio de justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio de! 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JcnniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor RONI PEÑA HUAMAN en el Proceso Nro. 00764-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 PM), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 22 de junio del 2017. 14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL1o JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Espinar EXPEDIENTE : 00032-2016-0-1009-JP-FC-01 JUEZ : NATALY CONSUELO CACERES VELARDE ESPECIALISTA : KANA CH1LO WALTER Hace saber a la persona: JULIO TUNQUIPA PUMA. Conforme al Artículo 165° Código Procesal Civil, con la resolución N° 01 auto Admisorio de demanda de fecha veinticuatro de enero del año dos mi diecisiete. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por BELPA TTITO APAZA en representación de su menor hijo JUAN CARLOS TUNQUIPA TTITO, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS contra JULIO TUNQUIPA PUMA, la misma que se tramitara en la vía del PROCESO ÚNICO; CÓRRASE traslado al demandado con el auto admisorio demanda y anexos por el plazo de 5 DÍAS HÁBILES para que absuelva la

Cusco, martes 18 de julio de 2017 misma, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo presentar el anexo especial de la contestación conforme lo establece el articulo 565° del Código Procesal Civil. TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica.- AGREGÚESE a sus antecedentes los documentos que en calidad de anexos adjunta. AL OTRO MAS DIGO.- téngase designada a la letrada que suscribe el escrito de demandada como abogada de la demandante a quien se le concederá las facilidades de ley. Hágase. Saber. 14-17-18/07/2017 CPJ Io JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Espinar EXPEDIENTE :00032-2016-0-1009-JP-FC-OI MATERIA :ALIMENTOS JUEZ : NATALY CONSUELO CACERES VELARDE ESPECIALISTA :KANA CHILO WALTER DEMANDADO : TUNQUIPA PUMA, JULIO DEMANDANTE TTITO APAZA, BELPA Resolución Nro. 08 Espinar, cinco de junio del año dos mil diecisiete.El escrito con código de ingreso N° 1362-2017, presentado por la demandante. AL PRINCIPAL Y OTROSÍ DIGO: Considerando !o manifestado por la recurrente y la declaración jurada de haber agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio real de demandado. Se dispone NOTIFICAR: al demandado JULIO TUNQUIPA PUMA, mediante edicto judicial, el Auto admisorio de la Demanda de fecha veintiuno de enero del año dos mil dieciséis. Se exhorta al abogado de esta parte señale Casilla Electrónica para efectos de notificación conforme la resolución Administrativa N° 243-2017-P-CSJCU-PJ.14-17-18/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Io JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Espinar EXPEDIENTE : 00180-2016-0-1009-JP-FC-01 JUEZ : NATALY CONSUELO CACERES VELARDE ESPECIALISTA :KANA CHILO WALTER Se ha dispuesto notificar al demandado OSCAR BUSTAMANTE CANALES, con la resolución N° 05 de fecha veintiséis de junio de año dos mil diecisiete. AUTOS Y VISTOS: El presente proceso civil; y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, de autos se tiene que el demandado Oscar Bustamante Canales, ha sido válidamente notificado con el Auto Admisorio, Demanda y Anexos, conforme consta de la cédula de notificación de fojas treinta y dos personalmente en local del Juzgado y por edicto Judicial en fecha once de mayo del año en curso; sin embargo, no ha cumplido con absolver el traslado de la demanda en el termino previsto por Ley. Que, asimismo la rebeldía es entendida como la sanción procesal impuesta al justiciable que no cumple con absolver el traslado corrido para la verificación de determinado acto procesal dentro del plazo señalado expresamente por la Ley, con arreglo a la norma del Articulo cuatrocientos cincuenta y ocho del Código Procesal Civil. Por estos fundamentos. SE RESUELVE: DECLARAR REBELDE al demandado OSCAR BUSTAMANTE CANALES, conforme al estado del presente proceso señálese fecha para la AUDIENCIA ÚNICA acto procesal que se verificara en el local del Juzgado el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 A.M., bajo expreso apercibimiento en caso de ausencia de ambas partes de archivar el proceso y en caso de inasistencia de la parte demandada de efectuar la audiencia en su ausencia. Notifíquese al demandado rebelde, en su domicilio real y por Edicto Judicial conforme a ley.- H. S. 14-17-18/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: JULIO SAIRE QUISPE Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Carmela Velasco Guzmán, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 2087-2016-66-1001-JR-PE-04, seguido JULIO SAIRE QUISPE, por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo LESIONES CULPOSAS GRAVES en agravio de Vicente ALANYA CONDORI, en concurso real con el delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, en la modalidad de delitos contra la función jurisdiccional, subtipo FUGA DEL LUGAR DE ACCIDENTE DE TRANSITO en agravio del PODER JUDICIAL representado por el Procurador Publico de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, con el AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA. RESOLUCIÓN N° 05 Cusco, veintiséis de junio del año dos mil diecisiete.AUTOS Y VISTOS.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN señalada para el día de la fecha en mérito a la devolución de la notificación realizada en el domicilio real del acusado JULIO SAIRE QUISPE. 2.- En aplicación a lo dispuesto por el Artículo 128° del Código Procesal Penal vigente se DISPONE que el acusado JULIO SAIRE QUISPE sea notificado con la presente resolución mediante EDICTO, no obstante se dispone que el acusado sea notificado también en el domicilio que figura en su ficha RENIEC. 3.- SEÑÁLESE como nueva fecha para el verificativo de CONTROL DE ACUSACIÓN el día 08 DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE a horas NUEVE de la mañana. 4.- NOTIFÍQUESE con la presente resolución a las partes procesales en el plazo


Cusco, martes 18 de julio de 2017 establecido por ley.17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Agraviado: VIRGILIO ARIAS CASTAÑEDA Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 0058-2017-0-100l-JR-PE-04, seguido contra Ronald Rene LLANOS CHICCHE, como de presunto AUTOR del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de Lesiones Leves, en agravio de Virgilio ARIAS CASTAÑEDA, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al agraviado VIRGILIO ARIAS CASTAÑEDA, con la RESOLUCIÓN NRO. 01.- Cusco, nueve de enero del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA en la fecha, y atendiendo el requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado por la Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 349° del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 350° de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescíndencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del C.P.P. 3.- PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Ministerio Publico, para los fines pertinentes. 4. DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado RONALD RENE LLANOS CHICCHE, para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designada a ella misma. 5. PRECÍSESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 6. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en los domicilios procesales proporcionados por el representante del Ministerio Publico, adjuntando copia del requerimiento de acusación fiscal directa. AL PRIMER y SEGUNDO OTROSI.- Téngase en cuenta para la oportunidad correspondiente y glósese a sus antecedentes. AL TERCER OTROSÍ DIGO: TÉNGASE por ofrecidos los medios de pruebas tales como el Oficio N° 1940-2015-REDIJUCSJC-PJ de fecha 24/03/2015 y Certificado N° 015530-L de fecha 15/11/2014, únicamente, con los fundamentos que indica, y póngase en conocimiento de los demás sujetos procesales, resérvese su admisión para su oportunidad. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Agraviado: VIRGILIO ARIAS CASTAÑEDA Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 0058-2017-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Ronald Rene LLANOS CHICCHE, como de presunto AUTOR del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de Lesiones Leves, en agravio de Virgilio ARIAS CASTAÑEDA, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al agraviado VIRGILIO ARIAS CASTAÑEDA, con la RESOLUCIÓN N° 04 DEL 01 DE JUNIO DEL 2017: DE OFICIO: estando al vencimiento del plazo de traslado de la Acusación Directa y considerando: PRIMERO.- Que, el artículo 351.2° del Código Procesal Penal dispone: “2. La audiencia es de carácter inaplazable, rige lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 85, será dirigida por el Juez de la Investigación Preparatoria, y durante su realización, salvo lo dispuesto en este numeral, no se admitirá, la presentación de escritos.” SEGUNDO.- Que, por otro lado el Artículo 85°.3 del Código Procesal Penal modificado por ley N” 30076 taxativa: “El Juez o Colegiado competente sanciona de conformidad con el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”. TERCERO: Que el articulo 84° último párrafo indica expresamente sobre Derechos y Deberes del abogado Defensor lo siguiente: “EL ABOGADO DEFENSOR ESTA PROHIBIDO DE RECURRIR AL USO DE MECANISMOS DILATORIOS QUE ENTORPEZCAN EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA” CUARTO: De conformidad con lo previsto en el artículo 6 el Texto Único Ordenado

13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial “...Todo proceso judicial, cualquiera sea su denominación o especialidad, debe ser sustanciado bajo los principios procesales de legalidad, inmediación, concentración, celeridad, preclusión, igualdad de las partes, oralidad y economía procesal, dentro de los límites de la normatívidad que le sea aplicable...” de la práctica judicial en la vigencia del Código Procesal Penal nos muestra que los Abogados no asisten a las audiencias a las que son convocados, lo cual conlleva a que se colisionen los principios de economía y celeridad procesal, motivo por el cual se deben tomar las medidas del caso para efectos de materializar las actuaciones judiciales según a los principios antes referidos. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sétima Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad. Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de ínconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNIQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficina del Ministerio Público, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, por lo tanto este Juzgado sancionará a los abogados que muestren actitudes temerarias y/o dilatorias que pretendan la frustración de la presente audiencia con una MULTA DEL 10% URP. 5. REQUERIR AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, A LOS ABOGADOS DE LAS PARTES PROCESALES Y TERCEROS INTERVINIENTES, SEÑALAR DOMICILIO PROCESAL ELECTRÓNICO DENOMINADA “CASILLA ELECTRÓNICA”, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE NO VOLVER A NOTIFICAR EN LOS DOMICILIOS PROCESALES SEÑALADOS CON ANTERIORIDAD Y DARLOS POR NOTIFICADOS CON LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL JUZGADO, TODO CONFORME A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 584-2016- P-CSJCU-PJ. 6. Se advierte que no se ha logrado notificar al agraviado VIRGILIO ARIAS CASTAÑEDA, por lo que teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 128° del Código Procesal Penal para fines de su emplazamiento presente y sucesivo hasta que se apersone al proceso, NOTÍFÍQUESE al referido agraviado vía edicto judicial, con la presente resolución y la resolución número uno, debiendo verificarse la publicación en el Diario Oficial de esta sede de Corte, y cúmplase con NOTIFICAR la presente iré solución a los demás sujetos procesales.7. NOTÍFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. Asimismo GÍRESE oficio a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley y a efecto de garantizar el desarrollo de la presente diligencia de carácter inaplazable.” 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: FREDI CALANI HUALLPA Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 01345-2016-76-100l-JR-PE-04, seguido contra FREDI CALANI HUALLPA, por la presunta comisión del delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD DE 14 AÑOS, en agravio de la menor de iniciales E.T.H.H. representado por su progenitora SERAFINA HUAMAN QUISPE, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado FREDI CALANI HUALLPA, con la resolución N° 07 de fecha diez de julio del dos mil diecisiete. DADO CUENTA en la fecha con el escrito que precede presentado por el representante del Ministerio Público, a lo expuesto: DÉSE por cumplido el mandato dispuesto precedentemente, debiendo ponerse de conocimiento de los demás sujetos procesales, para fines del contradictorio en la sesión de audiencia programada, debiendo reservarse todo pronunciamiento jurisdiccional para el acto procesal convocado, en consecuencia para efectos de no dilatar más el trámite de la presente causa; REPROGRÁMESE dicha diligencia para el día VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS (hora exacta), en la SÉTIMA Sala de Audiencia de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco (Av. Sol s/n - Palacio de Justicia, 3er Nivel) subsistiendo el apercibimiento y demás condiciones para la concurrencia de los citados conforme a lo decretado en la resolución que antecede. 17-18-19/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP. 3982-2016-26-1001-JR-PE-04 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL AL ACUSADO LUIS PERCY SUTTA ESCOBAR Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco que despacha el Dr. Yimmy Manchego Enríquez, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil


14 Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 3982-2016-26-1001-JR-PE-04, seguido contra el mencionado inculpado por el delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de delitos contra Funcionarios Públicos, sub-tipo Colusión, en agravio del Estado, en consecuencia, NOTIFÍQUESE: Al acusado LUIS PERCY SUTTA ESCOBAR, con la constancia de reprogramación de audiencia, donde se ha dispuesto: Resolución Nro.15 Cusco, diecinueve de octubre del año dos mil dieciséis. VISTO el oficio Na585-2016-JPU-U-PJ-AGO, por el que se remite el presente proceso del Juzgado Unipersonal de Urubamba, al Cuarto Juzgado Penal Unipersonal, y Considerando: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 205-2016-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano en fecha 3-09-2016, se ha dispuesto en el artículo 2a literal C, que el Cuarto Juzgado Unipersonal permanente actuara en adición a sus funciones como Juzgado Especializado de delitos de Corrupción de funcionarios de la provincia y de la Corte Superior de Justicia. Segundo.- En mérito de dicha resolución la Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Cusco emite la Resolución Administrativa N° 904-2016-PECSJCU-PJ de fecha 12-09-2016, en el que dispone la remisión de los procesos de Corrupción de Funcionarios que tramitan otros órganos jurisdiccionales, para ser agendados en dicha judicatura tomando en cuenta la antigüedad, la posibilidad de prescripción, así como los anulados por instancia Superior, y para la redistribución de la carga procesal de procesos comunes que para equilibra la carga procesal, habiéndose precisado en el numeral 9, de la Resolución Administrativa que se debe de remitir la misma cantidad de procesos comunes que las demás judicaturas que remiten procesos de delitos de corrupción de funcionarios. Tercero.- Y por Resolución Administrativa N° 964-2016-P-CSJCU- de fecha 29 de octubre del 2015, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia a dispuesto que la Administración del Módulo Penal realice un corte en el señalamiento de las audiencias para reformular el agendamiento de las mismas a partir del 1-12-1015, debiendo de realizarse de manera paralela cuatro audiencias a la semana a la vez a cargo de cada órgano Jurisdiccional. Cuarto.- En atención a la Resolución Administrativa N° 964-2015-PF,-CSJCUPJ, este Despacho ya tiene diligencias programadas pero no, solo con 4 audiencias paralelas sino entre 6 a 10 aperturas por semana hasta agosto del 2017, por la recargada labor que tiene este órgano jurisdiccional conforme puede advertirse del Sistema Integrado de Justicia, a más de los reos contumaces, beneficios penitenciarios, habeas corpus, apelaciones de instancia inferior. Quinto.- Siendo ello así, para la reprogramación de las audiencias de los procesos por corrupción de funcionarios se debe de tomar en cuenta que este Despacho también tramita procesos comunes por lo que, se debe señalar la reprogramación teniendo en consideración lo anteriormente referido, y lo dispuesto en la resolución N° 904-2016-PE-CSJCU-PJ de fecha 12-09-2016. En consecuencia habiendo; SE DISPONE: a. REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día VEINTIUNO DE AGOSTO de DOS MIL DIECISIETE a HORAS OCHO de la mañana (hora exacta), en la QUINTA SALA DE AUDIENCIAS del MODULO PENAL ubicado en el Tercer Nivel del Palacio de Justicia; quedando subsistente los apremios y recomendaciones dictados en el auto de citación a juicio Oral. b. NOTIFIQUESE a las partes con la presente resolución. c. Encárguese el trámite del expediente a la Especialista Legal que da cuenta, con las facultades del artículo 125 del Código Procesal Penal. d. NOTIFIQUESE a las partes procesales para que señalen domicilio procesal en esta judicatura, dentro del plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de tenerse por notificados. e. Y, por esta única vez notifíquese en el domicilio consignado en autos. De lo que doy fe. Cusco, 13 de Julio del año 2017. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas, que despacha la señora Magistrada MARILYN MUJICA PERALTA, bajo la actuación de la Especialista Judicial Mónica Paola Loza Lovatón, se sigue el Proceso N° 00071-2012-75-1008-JRPE-01, seguido en contra de los ciudadanos PAULINO MORALES HUAMANI, URBANO MORALES HUAMANI, JUDALIT RODRÍGUEZ FLORES y BENIGNO HIPÓLITO SEGUNDO DÍAZ, por el Delito Contra el Orden Financiero y Monetario en su modalidad de Tráfico de Monedas y Billetes Falsos, Subtipo Transportar y Poner en Circulación Billetes Falsificados por Terceros, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público del Banco Central de Reserva del Perú. NOTIFIQUESE: A los imputados PAULINO MORALES HUAMANI, URBANO MORALES HUAMANI, JUDALIT RODRÍGUEZ FLORES y BENIGNO HIPÓLITO SEGUNDO DÍAZ conforme a lo dispuesto en el acta de audiencia de fecha 27 de Junio del 2017, mediante el cual se ha dispuesto: JUEZ: Se declara FRUSTRADA por no estar debidamente notificado a la parte agraviada, debiéndose REPROGRAMAR para, el día MIÉRCOLES VIENTITRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA ( 08:30 A.M.) Quedando notificadas en este acto las partes presentes. Asimismo, notifíquese con la reprogramación mediante edicto a los imputados sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios reales, ponga en conocimiento la inasistencia del representante deI Ministerio Público al Presidente de la Junta de Fiscales de Cusco y notifíquese con la reprogramación al Ministerio Publico. Y se requiere un informe documentado al notificador con respecto al retraso de la cédula de notificación. Deja persistente el apercibiendo a los imputados que han sido notificados. Se les declarará reo contumaz y gírese los oficios correspondientes. Audiencia que se llevará a cabo en el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas. Quedando notificados en este acto el representante del Ministerio Público.

Cusco, martes 18 de julio de 2017 Pone en conocimiento la resolución emitida a las partes. 17-18-19/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL 1o SALA CIVIL - Sede Central EXPEDENTE : 00085-2012-0-1001-SP-CI-Ol MATERIA : DIVISIÓN Y PARTICIPACIÓN DE BIENES Resolución Nro. 60 Cusco, 11 de julio de 2017. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, opina porque: “Se CONFIRMA, la Resolución N° 50, de fecha 18 de agosto del 2016, que declara: IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Alejandrina Álvarez de Lozano, María dolores Liberata Álvarez Romero y Enma Cornelia Álvarez viuda de Águila, sobre entrega de haberes hereditarios en vía de división y partición de bienes y accesoriamente cobro de frutos contra Yenny Paulina Álvarez Romero (...) (folios 536 a 543). Como consecuencia de lo anterior, se DECLARA innecesario emitir pronunciamiento respecto de las dos apelaciones diferidas (folios 457 a 458 y 522). Y los devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es por: “DECLARAR LA NULIDAD La Sentencia contenida en la Resolución N° 50 de fecha 18 de agosto de 2016 que resuelve: “(...) Declarando improcedente la demanda interpuesta por ALEJANDRINA ALVAREZ DE LOZANO, MARÍA DOLORES LIBERATA ALVAREZ ROMERO Y EMMA CORNELIA ALVAREZ VIUDA DE DEL ÁGUILA sobre ENTREGA DE HABERES HEREDITARIOS EN VÍA DE DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES Y ACCESORIAMNETE COBRO DE FRUTOS contra YENNY PAULINA ALVAREZ ROMERO DE VALERA con intervención litisconsorcial activa de WILBERT ALVAREZ ROMERO. IRMA LUISA ALVAREZ ROMERO, CELESTINA LUZMILA ALVAREZ ROMERO, MOISÉS ALVAREZ ROMERO, DIOMAR LIBERTA ALVAREZ ROMERO y ZORAIDA SOCORRO ALVAREZ ROMERO. Sin costas ni costos procesales.(...)”, NULO TODO LO ACTUADO HASTA FOJAS 314 inclusive debiendo el Aquo volver a emitir el respectivo pronunciamiento E INNECESARIO pronunciarse respecto de las apelaciones sin efecto suspensivo y con la calidad de diferida de las Resoluciones N° 40 y 44. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 16 DE AGOSTO DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.HOLGADO NOA. 17-18-19/07/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 03557-2016-98-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado EDISON MIO DÍAZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DEL 2017 A HORAS 08:00 A.M, la misma que se verificará la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del Palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03557-2016-98-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo feminicidio en grado de tentativa, en agravio de Raquel Alviz Nina.Cusco 13 de Julio del 2017. 17-18-19/07/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: OSCAR DEINY ALANGUIA PÉREZ El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 0501-2017-0-1001-JR-PE-07, seguido contra OSCAR DEINY ALANGUIA PÉREZ con D.N.l. 45263436, por el delito Contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con el acta de reprogramación de Audiencia Única de Incoación de Proceso Inmediato de fecha seis de julio del año dos mil diecisiete y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra OSCAR DEINY ALANGUIA PÉREZ, como autor del delito Contra la Seguridad Publica, en la mo-


Cusco, martes 18 de julio de 2017 dalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la Sociedad representada por la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato; y mediante audiencia de fecha seis de julio del año en curso ha dispuesto: DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia la misma que se REPROGRAMA para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS a llevarse a cabo en la Décimo Segunda Sala de Audiencias del Módulo Penal, para lo cual el Especialista de causa deberá notificar al imputado mediante edicto judicial por tres fechas consecutivas; así mismo exclúyase de la defensa al abogado MAZZINI AUGUSTO ROMEO SALAS, por no haber concurrido a esta audiencia conforme al artículo 85° del Código Procesal Penal, DISPONIÉNDOSE que el imputado en el plazo de 24 horas designe un abogado de su confianza, bajo expreso apercibimiento de requerirse un abogado de la defensa pública para lo cual emítanse los oficios respectivos, con la presente reprogramación se notifica los presentes. Cusco, 13 de Julio de 2017. 17-18-19/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGAD0 MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE.- Cita al imputado FREDY PIMENTEL CRUZ (Reo Ausente), a efecto de que se ponga a derecho en el Proceso de Juicio Inmediato NQ 67-2017-33-PE-1010-JR-PE-01, seguido contra el referido imputado, por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores de iniciales G.P.H., R.P.H., y J.P.H. representada por su progenitura Ignacia Huarcaya Hermoza.- Sr. Juez Miguel Ángel Arizabal. Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE JULIO CESAR MOLLO CONDORI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez supernumerario Joseph Campana Porras quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 30-2016-28-NCPP, seguido contra JULIO CESAR MOLLO CONDORI. por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual de menor en agravio de menor de iniciales BE.MA.CO, en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación de fecha 03 de Julio del 2017, la notificación vía edicto al imputado JULIO CESAR MOLLO CONDORI, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA CATORCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 06 de Julio del 2017. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE PRIMITIVO GARCÍA ALVAREZ Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Quebrada, que despacha la señora Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Israel Villafuerte Anaya, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 00026-2015-32-1019-JR-PE-01, seguido contra PRIMITIVO GARCÍA ALVAREZ por la presunta comisión del delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual subtipo VIOLACIÓN SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales E.S.Q.P (15), donde mediante la resolución N° 11 de fecha 23 de junio del 2017, se ha dispuesto la notificación vía edicto a la persona de PRIMITIVO GARCÍA ALVAREZ. AUTO DE DISCREPANCIA DE SOBRESEIMIENTO. Resolución N° 11. La Quebrada, veintitrés de junio del año dos mil diecisiete.VISTOS Y OÍDOS: En audiencia privada el requerimiento de sobreseimiento postulado por el representante del Ministerio Público, los argumentos expuestos por la defensa pública del investigado, teniendo a la vista la Carpeta Fiscal; CONCLUSIÓN.- De todo lo expresado precedentemente, a criterio de la operador Judicial considera que en el presente caso existe razonablemente elementos de convicción suficiente para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del investigado, por tanto debe cobrar vigencia los alcances del inciso Io del artículo 346 del Código Procesal Penal que refiere “... Si no lo considera procedente, expedirá un auto elevando las actuaciones al Fiscal Superior para que ratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial”. En tal virtud: SE RESUELVE: DISCREPAR con el pedido de sobreseimiento formulado por el representante del Ministerio Público, ELÉVESE los antecedentes a la Fiscalía Superior correspondiente en la investigación que se sigue en contra de PRIMITIVO GARCÍA ALVAREZ, por la comisión del delito de contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales E.S.Q.P. (15). NOTIFÍQUESE a las partes en los domicilios señalados en autos, así como a la parte agraviada e imputada por mediante edicto.- H.S. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA MENOR DE INÍCIALES E.S.Q.P. (151.

15 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Quebrada, que despacha la señora Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Israel Villafuerte Anaya, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 00026-2015-32-1019-JR-PE-01, seguido contra PRIMITIVO GARCÍA ALVAREZ por la presunta comisión del delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual subtipo VIOLACIÓN SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales E.S.Q.P (15), donde mediante la resolución N° 11 de fecha 23 de junio del 2017, se ha dispuesto la notificación vía edicto a la menor de iniciales E.S.Q.P. (15). AUTO DE DISCREPANCIA DE SOBRESEIMIENTO. Resolución N° 11. La Quebrada, veintitrés de junio Del año dos mil diecisiete.VISTOS Y OÍDOS: En audiencia privada el requerimiento de sobreseimiento postulado por el representante del Ministerio Público, los argumentos expuestos por la defensa pública del investigado, teniendo a la vista la Carpeta Fiscal; CONCLUSIÓN.- De todo lo expresado precedentemente, a criterio de la operador Judicial considera que en el presente caso existe razonablemente elementos de convicción suficiente para- solicitar fundadamente el enjuiciamiento del investigado, por tanto debe cobrar vigencia los alcances del inciso Io del artículo 346 del Código Procesal Penal que refiere “... Si no lo considera procedente, expedirá un auto elevando las actuaciones al Fiscal Superior para que ratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial”. En tal virtud: SE RESUELVE: DISCREPAR con el pedido de sobreseimiento formulado por el representante del Ministerio Público, ELÉVESE los antecedentes a la Fiscalía Superior correspondiente en la investigación que se sigue en contra de PRIMITIVO GARCÍA ALVAREZ, por la comisión del delito de contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales E.S.Q.P. (15). NOTIFÍQUESE a las partes en los domicilios señalados en autos, así como a la parte agraviada e imputada por mediante edicto.- H.S. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: LIBIA CCASA HUANACO Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Carmela Velasco Guzmán, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 1294-2016-51-1001-JR-PE-04, seguido Libia Ccasa Huanaco, por la presunta comisión de los delitos de COACCIÓN, en agravio de Manuel Carrasco Aragón y Maximiliana Jirao de Carrasco, y de LESIONES LEVES AGRAVADAS por el medio empleado en agravio de Manuel Carrasco Aragón, con el AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA. RESOLUCIÓN N° 05.Cusco, veintiséis de junio del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DISPONER se notifique a LIBIA CCASA HUANACO mediante EDICTOS, para tal fin la Especialista de Causa encargado de la tramitación del requerimiento deberá emitir el Edicto que corresponda y remitirse con oficio a la Coordinación que corresponda para el cumplimiento de la notificación dispuesta en esta audiencia. 2. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia de Control de Requerimiento Mixto, y conforme al estadio de la misma señalar nueva fecha. 3. REPROGRÁMESE esta audiencia para verificarse el día TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS A VERIFICARSE EN LA SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUSCO, quedando notificadas las partes procesales concurrentes. 17-18-19/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas, que despacha la señora Magistrada MARILYN MUJICA PERALTA, bajo la actuación de la Especialista Judicial Mónica Paola Loza Lovatón, se sigue el Proceso N° 00052-2017-41-1008-JR-PE-01, seguido en contra del ciudadano JOSÉ HUACHACA NAVEROS, por el delito contra la familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio del menor de iniciales H.S.V.M. representado por su abuelo Teodolfo Sivana Pfoccoalata. NOTIFIQUESE: A JOSÉ HUACHACA NAVEROS conforme el Acta de Audiencia de fecha 27 de junio del 2017 y resolución N° 04 de fecha 06 de julio del 2017, mediante los cuales se ha dispuesto: JUEZ: Se declara FRUSTRADA por no estar debidamente notificado el imputado en su domicilio real debiéndose REPROGRAMAR para nueva fecha, el día LUNES CUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA ( 08:30 A.M.) Asimismo, se cumpla con notificar mediante Edicto Judicial en la ciudad de Puno y el diario Oficial el Peruano. Debiendo Cursarse los Oficios correspondientes, afecto que tome conocimiento la parte imputada de la presente audiencia programada y notifique en sus domicilios a la parte agraviada y al imputado, para que tenga conocimiento de lo dispuesto. Resolución N° 04. Santo Tomas, seis de Julio del año dos mil diecisiete.DE OFICIO: Dando cuenta que de la revisión del expediente se tiene que mediante acta de audiencia de fecha 27 de junio del 2017 se reprogramó la audiencia de juicio, disponiéndose que se notifique al imputado mediante Edicto Judicial en la ciudad de Puno y en el Diario Oficial El Peruano, sin embargo, considerando que, de conformidad con la modificatoria de diversos artículos del Código Procesal Civil a través de la Ley N° 302 93, en concordancia con el Oficio Circular


16 N° 02-2015-GSRJ-GG/PJ de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación del Poder Judicial, se ha dispuesto que “la publicación de Edictos Judiciales de naturaleza penal, alimentos, abandono de menores, laboral o los que deriven de los procesos contenciosos y no contencioso se hará en el portal web del Poder Judicial”, por haber quedado derogada la norma que disponía que los Edictos Judiciales se publicaban en el Diario El Peruano como en el día de mayor circulación de cada distrito. Por tanto, se deja subsistente lo dispuesto en el acto de la audiencia, respecto a la notificación mediante Edictos Judiciales en el diario de mayor circulación de la ciudad de Puno, así también, se dispone se haga la publicación en el portal web del Poder Judicial, para lo cual deberá girarse los oficios correspondientes para su cumplimiento. Audiencia que se llevará a cabo en el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas ubicado en la Calle 28 de Julio S/N - Santo Tomas - Chumbivilcas. 17-18-19/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 03495-2016-69-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: AAONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados EUFRACIA TACURI MAMANI, JUAN QUISPE LAIME, ISAÍAS LUNA TACURI, VÍCTOR QUISPE LAIME y PATRICIA LUNA TACURI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 25 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 11:00 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 034952016-69-1001 -JR-PE-01, seguido en contra de los referidos imputados, como presuntos autores de la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de homicidio, sub tipo homicidio calificado por ferocidad en agravio de Q.E.V.F Inocencio Tacuri Mamani.Cusco, 13 de Julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO IUDICIAL Ante el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el requerimiento fiscal de Prisión Preventiva, incidente de la investigación penal que ha sido signado con el N° 01797-2016-57-1001 -JR-PE-06, seguido en contra de Cesar Augusto Huaman Chávez, por la presunta de la comisión del delito de Actos Contra el Pudor, en agravio de la menor de iniciales A.A.H.H. representada por Verónica Huaman Corvacho, en consecuencia. NOTIFIQUESE: AI imputado CESAR AUGUSTO HUAMAN CHAVEZ, con los siguientes actuados y resoluciones: El requerimiento de Acusación Fiscal: ALBERTO PÉREZ CÁRDENAS, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con domicilio procesal en la: Ante usted con el debido respeto me presento y expongo: Invocando legitimidad para obrar ai ser el Ministerio Público titular de la acción penal y al amparo de lo establecido por el Art. S49 del Código Procesal Penal, formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra CESAR AUGUSTO HUAMAN CHAVEZ; por la comisión del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE 14 AÑOS, tipificado en el primer párrafo del Artículo 176-A, del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales Al. AL HU. HU. (05), representada por su progenitora VERÓNICA HUAMAN CORVACHO , conforme se detalla a continuación: CALIFICACIÓN JURÍDICA Los hechos investigados constituyen el delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE 14 AÑOS; por haberse producido tocamientos indebidos en las partes intimas de una menor de catorce años, ilícito previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 176-A del Código Penal. EN CUANTO A LA APLICACIÓN DE LA PENA. Motivos por los cuales la pena concreta se ubicara dentro del primer tercio, así la pena será de SIETE AÑOS CON SEIS MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA. EL MONTO DE LA REPARACIÓN CIVIL LOS BIENES EMBARGADOS O INCAUTADOS AL ACUSADO O TERCERO CIVIL QUE GARANTIZAN SU PAGO Y LA PERSONA A QUIEN CORRESPONDE PERCIBIRLO. Que, en el presente caso habiéndose efectuado una afectación física y mental, que requerirá en sentido lógico de varias sesiones terapéuticas, así como que se ha generado otros daños, por lo cual se propone como reparación civil la suma de SI. 2,000 NUEVOS SOLES, a ser pagado por el imputado, por ser una cantidad razonable y suficiente para cubrir el daño ocasionado, ya que no es una cantidad irrisoria ni tampoco elevada, a favor de la agraviada. RESOLUCIÓN 03. Cusco, cinco de julio Del año dos mil diecisiete.1. REPROGRAMAR para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior.

Cusco, martes 18 de julio de 2017 2. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16”, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE que la audiencia tiene CARÁCTER INAPLAZABLE, por lo tanto subsisten todos los apercibimientos decretados con anterioridad. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, asimismo NOTIFÍQUESE al imputado CESAR AUGUSTO HUAMAN CHAVEZ mediante edictos judiciales.Cusco, 12 del mes de Julio del año 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el requerimiento fiscal de Prisión Preventiva, incidente de la investigación penal que ha sido signado con el N° 01797-2016-62-1001 -JR-PE-06, seguido en contra de Cesar Augusto Huaman Chávez, por la presunta de la comisión del delito de Actos Contra el Pudor, en agravio de la menor de iniciales A.A.H.H. representada por Verónica Huaman Corvacho, en consecuencia. NOTIFIQUESE: Al imputado CESAR AUGUSTO HUAMAN CHAVEZ, con los siguientes actuados y resoluciones: El requerimiento de Prisión Preventiva: ALBERTO PÉREZ CÁRDENAS, Fiscal Provincial Penal Titular del Tercer Despacho Fiscal de Investigación, de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con domicilio procesal en la Av. Pedro Vilcapaza N” 313-315 Oficina 405-A del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, formula REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA POR EL PLAZO DE NUEVE (09) MESES contra CESAR AUGUSTO HUAMAN CHAVEZ por la presunta comisión del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE 14 ANOS, tipificado en el primer párrafo del Articulo 176-A, del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales Al. Al. Hu. Hu. (05). representada por su progenitora VERÓNICA HUAMAN CORVACHO; - LA SANCIÓN A IMPONERSE RESULTA SUPERIOR A CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD.- Que haciendo una prognosis de la posible pena a aplicarse, por el delito denunciado, a de imponerse una sanción superior a los 04 años de Pena Privativa de Libertad, por cuanto la modalidad del delito que se presenta, y que fue materia de formalización de investigación preparatoria en contra del imputado Cesar Augusto Huaman Chávez; es que el agente será reprimido con pena privativa de libertad no menor de siete ni mayor de diez años. (...)” si la víctima tiene menos de siete años, como en el presente caso; lo que conforme a nuestro código penal vigente conlleva una pena máxima de 10 años de pena privativa de libertad cumpliéndose también con este extremo. - DEL PELIGRO DE FUGA.- En el presente caso debe considerarse que si el imputado estarla en libertad podría obstaculizar entorpecer el desarrollo de la presente investigación, intimando a los testigos, entre otros, asimismo tener en cuenta lo establecido en el Articulo 269 inciso 2 del Código Procesal Penal, que señala que para calificar el peligro de fuga deberá tenerse en cuenta la gravedad de la pena que se espera como resultado del procedimiento, en el caso de autos existen suficientes elementos de convicción, que vinculan al imputado en la comisión del delito cuya sanción impuesta por el delito denunciado, se encuentra sancionado con una pena privativa superior a cuatro años de pena privativa de libertad; Por lo que. al existir dichos antecedentes y circunstancias se colige razonablemente se podría sustraer a la acción de la justicia, aunado a que en el presente proceso a demostrado una conducta evasiva, pues no se ha apersonado al proceso. - PROPORCIONALIDAD DE LA MEDIDA: Sobre dicho item apreciamos que la pena es Idónea, pues con ella se garantizaba la presencia de la imputada en el desarrollo del juicio y el momento de la muy probable sentencia, habida cuenta de la abundancia de pruebas; igualmente respecto a la Necesidad de la medida, esta también se acreditaba, pues no existe otra medida menos gravosa que pudiera garantizar la presencia de la imputada en el desarrollo del proceso y la imposición de la sentencia; y finalmente en el análisis del requisito de la proporcionalidad en sentido estricto, también se cumple, pues el fin de perseguir la prosecución del proceso con la garantía de la presencia de la imputada y en el cual se investigaba un ¡lícito que atenta de manera tan severa la intangibilidad sexual de una menor de cinco años, que hace que supere el derecho a preservar su libertad por el imputado. RESOLUCIÓN 07. Cusco, cinco de julio Del año dos mil diecisiete.1. REPROGRAMAR a la audiencia pública de prisión preventiva requerida por la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Cusco, contra el imputado CESAR AUGUSTO HUAMAN CHAVEZ (prisión preventiva), para el VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la SEXTA Sala de Audiencias de los Juzgados de Inves-


Cusco, martes 18 de julio de 2017 tigación Preparatoria de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento de ser sancionado disciplinariamente si por su causa se frustra la audiencia, adicionándose que la inconcurrencia de éste último ocasionará su exclusión de la defensa y la designación de abogado de oficio. 2. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado o defensor de oficio. Cusco, 12 del mes de Julio del año 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL SEÑOR: VENERO CUBA PEDRO El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 02385-2017-0-1001-JR-PE-07, seguido contra VENERO CUBA PEDRO con D.N.I. 23965300, por el delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Lucero Angely Venero Quispe, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 de fecha once de Julio del año dos mil diecisiete y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra, VENERO CUBA PEDRO como autor del delito Omisión de Asistencia Familiar, tipificado en el artículo 149°.1 del Código Penal, en agravio de Lucero Angely Venero Quispe, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 01 Cusco, once de Julio Del año dos mil dieciséis.DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado por el Tercer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Cusco y de conformidad a lo previsto en el artículo 447° del Código Procesal Penal -en adelante CPP-, modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1. CITAR a la audiencia única pública de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato para el DÍA VEINTE DE IULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS QUINCE HORAS (Hora exacta 03:00 PM), en la DOCEAVA SALA de Audiencias del Módulo Penal Central de Cusco ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. el Sol (Palacio de Justicia), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al Órgano de Control del Ministerio Público. 2. PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85° del CPP modificado por Ley N° 30076’. 3. PRECÍSESE que el Juez frente al requerimiento fiscal de incoación de proceso inmediato se pronunciará respecto a lo siguiente: a) Sobre la Articulo 85. Reemplazo del abogado defensor inasistente. procedencia de la medida coercitiva requerida por el Fiscal, b) Sobre la procedencia del principio de oportunidad, de acuerdo reparatorio o de la terminación anticipada, solicitado por las partes y c) Sobre la procedencia de la incoación del proceso inmediato, según sea el caso. 4. PRECÍSESE que: 1). El representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal original; 2). El imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de incoación de proceso inmediato, en cuyo caso será representados por su abogado defensor.3). El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio, y 4). La resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N°096-2006-CE-PJ. 5. PRECÍSESE que la presente fecha y la asignada para el acto procesal es debido a la recargada labor jurisdiccional. 6. NOTIFÍQUESE al imputado VENERO CUBA PEDRO, mediante EDICTO, conforme a lo solicitado por el Representante del Ministerio Público en su requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato, sin perjuicio de realizarlo en los respectivos domicilios que señala el representante del Ministerio Publico, y a los otros sujetos procesales en sus respectivos domicilios reales y procesales señalados en autos conforme corresponda, según a la información proporcionada por la Fiscalía. 7. REQUIÉRASE A LOS ABOGADOS DE LAS PARTES PROCESALES CUMPLAN CON SEÑALAR SUS RESPECTIVAS CASILLAS ELECTRÓNICAS DENTRO DEL SEGUNDO DÍA DE NOTIFICADOS CON LA PRESENTE, BAJO APERCIBIMIENTO DE NO VOLVER A NOTIFICAR EN SUS DOMICILIOS PROCESALES SEÑALADOS CON ANTERIORIDAD Y DARLES POR NOTIFICADO CON LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR ESTE DESPACHO, EN ATENCIÓN A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NRO. 584-2016-P-CSJCU-PJ. y GÍRESE oficio a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley y a efecto de garantizar el desarrollo de la presente diligencia de carácter inaplazable. Cusco, 11 de Julio de 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ.

17 EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 731-2017-0-1001-JP-PE-06 SEXTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CUSCO-TURNO A COMISARIA DE SHAPY;------SECRETARIA: ROSANA LEÓN NUÑEZ Se notifica al denunciante JUAN HÉCTOR HILACHOQUE NINATAYPE con el contenido del auto de no ha lugar de fecha 06 de marzo del 2016 y que dispone declarar no ha lugar ajuicio por la comisión de faltas contra el patrimonio en la modalidad de hurto simple, por cuanto habiéndose devuelto las cédulas de notificación sin diligenciamiento, como consta a folios 18 y 22, se ha dispuesto notificar la presente a efectos tome conocimiento para los fines pertinentes. Por haberse dispuesto así en el expediente 731-2017, sobre faltas contra el patrimonio en la modalidad de hurto simple. 18-19-20/07/2017 CPJ. SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE: 00036-2016-0-1010-JM-CI-01 MATERIA: INTERDICTO DE RECOBRAR SECRETARIA: ANA ROCIO CASAPINO RODRÍGUEZ DEMANDAO: ESCÁLATE FARFAN ADELA Y PAJUELO, SOLIS CELEDONIO DEMANDANTE: ESCALANTE ALARCON, CELIA EDICTO PENAL En la Sala Mixta de la Convención y en adición a sus funciones Sala Penal de Apelaciones, en el Expediente N°00036-2016-0-1010-JM-CI-01, que sigue Celia Escalante Alarcón, sobre Interdicto de Recobrar, en contra de Adela Escalante Farfán y Celedonio Pajuelo Solís; y esta a su vez ha sido materia de apelación interpuesta por Adela Escalante Farfán y Celedonio Pajuelo Solís, contra la Resolución N°09 “sentencia”, de fecha 20-09-2016; y; habiendo emitido la Sala Mixta Descentralizada la Sentencia de Vista, contenida en la Resolución N°16, de fecha 24 de enero del año 2017, la misma que: “REVOCAR la sentencia contenida en la Resolución N°09 de fecha 20-09-2016”; y VISTO: El Recurso de Casación, interpuesto por la demandante Celia Escalante Atarean a través de su apoderado y abogado, Rafael Esteban Beltrán Noblega, mediante escrito de fecha 13 de febrero del año 2017; estando a lo precedente el Colegiado de la Sala Mixta Descentralizada de Canchis; Sicuani y La Convención, y habiendo remitido el presente proceso a la Sala Civil Permanente de Corte Suprema; se ha dispuesto notificar a la Sucesión de Q.E.V.F. CELIA ESCALANTE ALARCÓN, con la Resolución N°20, de fecha 16-06-2017, Textualmente expresa: Resolución N° 20. Quillabamba, 16 de junio 2017. Por recibido el Oficio proveniente de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, devolviendo el presente expediente en folios 208, PÓNGASE a conocimiento de las partes del presente acontecimiento. Asimismo, mediante ejecutoria de fecha 10 de abril del 2017, se ha dispuesto se integre a los sucesores de Celia Escalante Alarcón conforme a ley o en su defecto se designe un curador procesal, en ese contexto, conforme lo prevé el artículo 108 y 165 del Código Procesal Civil: NOTIFIQUESE mediante Edictos, para su publicación en el Diario Judicial de Cusco, en el Portal Web Oficial del Poder Judicial a los posibles Sucesores de la Q.V.F. Celia Escalante Alarcón, por el intervalo de TRES DÍAS: bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal, debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco y en los lugares de costumbre conforme a ley, ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva. SS. GUTIÉRREZ MERINO- CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA. Quillabamba, 10 de julio del año 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO DE NOTIFICACIÓN JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N° 48-2016-65-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Francisco Amao Amao por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de los menores de iniciales E.M, R.S, A.F, y L.M.A.Y., en audiencia publica de juicio oral de fecha 06 de julio del 2017, se ha dispuesto notificar al acusado Francisco Amao Amao para que concurran a la audiencia publica de Juicio Oral inmediato, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 03 DE AGOSTO A HORAS 14:30 EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 173-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Santusa Castro Alvaro contra Claudio Victoriano Huaman Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 05 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de CLAUDIO VICTORINO HUAMAN en agravio de SANTUSA CASTRO ALVARO y de sus menores hijos menores V.R.H.C. (14), D.G.H.C (10), RC.H.C (08), E.A.H.C.(06) Y A.J.H.C.(04). Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado CLAUDIO VICTORINO HUAMAN QUISPE EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes,


18 insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SANTUSA CASTRO ALVARO. ORDENAR al denunciado CLAUDIO VICTORINO HUAMAN QUISPE EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de de sus menores hijos menores V.R.H.C. (14), D.G.H.C (10), RC.H.C (08), E.A.H.C.(06) Y A.J.H.C.(04). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 26 de julio del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 147-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Maruja Quispe Apaza contra Ricardo Apaza Mamani; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 27 de Junio del 2017.- SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada MARUJA QUISPE APAZA que deberán ser cumplidas por el denunciado RICARDO APAZA MAMANI, medidas de protección que son las siguientes: CONFIRMAR las medidas de protección dictadas en favor de la agraviada MARUJA QUISPE APAZA mediante resolución N° 01, del 07 de junio de 2017, que corre a fojas 17 y 18, y el denunciado SE ABSTENGA de agredir en forma psicológica y hasta física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada MARUJA QUISPE APAZA, sea en forma directa o por medios de terceros. DISPONER la DETENCION CORPORAL del denunciado RICARDO APAZA MAMANI, por el plazo de 24 horas, esto en efectividad del apercibimiento dictado en la Resolución N° 16, emitida en el proceso N° 180-2016, detención corporal que estará a cargo de la Comisaría de la Policía Nacional del Perú de Paucartambo, quien deberá dar cuenta sobre la ejecución de la medida dispuesta. (...) H.S.18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 175-2017-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Fiorela Rodríguez Alvarez contra Barón Rodríguez Alvarez; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 05 de julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de BARÓN RODRÍGUEZ ALVAREZ en agravio FIORELA RODRÍGUEZ ALVAREZ. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado BARÓN RODRÍGUEZ ALVAREZ EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de FIORELA RODRÍGUEZ ALVAREZ. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 25 de ¡ulio del año 2017 a horas 12:00 del medio día (...) a realizarse en el Despacho del juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 174-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Lucia Amao Quispe y Hernán Amao QUISPE contra Fabiana Amao Quispe, Margarita Amao Quispe, Isabel Amao Quispe y Daniel Huaraca Lipa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 05 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de FABIANA AMAO QUISPE, MARGARITA AMAO QUISPE, ISABEL AMAO QUISPE y DANIEL HUARACA LIPA en agravio de LUCIA AMAO QUISPE y HERNÁN AMAO QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR a los denunciados FABIANA AMAO QUISPE, MARGARITA AMAO QUISPE, ISABEL AMAO QUISPE y DANIEL HUARACA LIPA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de LUCIA AMAO QUISPE y HERNÁN AMAO QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 26 de julio del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.-

Cusco, martes 18 de julio de 2017 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 152-201 7-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Mariela Puma Laura contra Javier Hilario Mayhua López; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 13 de Junio del 2017.- SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia Oral convocada en autos para el día 26 de julio del año 2017 a horas 12:00 del medio día (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL En el Exp. No. 2015-254, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizábal, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra LUIS ALBERTO ALVAREZ CHARA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de BELDANIA ARAPA QUISPE y JUAN ALBERTO ARAPA MAMANI, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, HABERSE DICTADO EL AUTO DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA A AUDIENCIA que se ARCHIVARA en caso de no ser apelada. Firma Sr. Juez M Arizábal.- Secretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 04 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Canchis, Julio Cesar Céspedes Murillo. en el Proceso Penal N° 00204-2017-0-1007-JR-PE-01: seguido contra ALEXANDRO YURY HUAMAN YANA, por la comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de YAQUELIN SÁNCHEZ HUAYHUA. bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Edwin Efraín Sara Poccohuanca, ha resuelto comunicar al imputado ALEXANDRO YURY HUAMAN YANA con el tenor la resolución N°03 de fecha 20 de junio del 20)7, resolución N° 01 de fecha 19 de mayo del 2075 y extracto de acusación fiscal. -REQUERIMIENTO FISCAL: De conformidad con lo establecido por los Artículos 446° y 447- del Código Procesal Penal vigente, recurro al Juzgado de su cargo, formulando REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: en la investigación Preliminar seguida contra de Alexandro Yuri Huaman Yana, por la presunta comisión del delito de contra la familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo] NA.H.S. de un año de edad en la fecha de interposición de la denuncia, representado por su progenitora Yaquelin Sánchez Huayhua. HECHOS: a) Que, producto de las relaciones sostenidas entre la demandante y el demandado, hoy denunciado ha nacido su hijo arriba referido, en cuyo favor la recurrente ha seguido un proceso de prestación de alimentos en contra del imputado en el proceso de familia N” 2013-234-0-1007-JP-FA-01 que en su trámite ha concluido con sentencia de fs. 24 que ordena el pago por alimentos con la suma de 180.00 nuevos soles mensuales en favor del menor alimentista, sentencia notificada al obligado por cédula de fs. 31, siendo consentida por resolución de fs. 33 de la carpeta fiscal, b) Al incumplimiento en el pago, se ha verificado la liquidación de alimentos devengados conforme al documento de fs.39 que asciende al monto de 3,710.52 nuevos soles (Tres mil setecientos diez con 52/100) correspondiente al periodo del agosto del 2014 a abril del 2016, liquidación aprobada mediante resolución N” 15 de fs. 44 en la que también se le requiere al demandado el pago de dicha suma, en el plazo de quinto día de notificado, bajo expreso apercibimiento de ser denunciado penalmente en caso de incumplimiento. Notificado al mismo mediante cédula de fs. 45 en fecha 08 de junio del 2016. c) Al incumplimiento de dicho pago, la señora Juez del Primer Juzgado de Paz letrado de Canchis, mediante su resolución N° 16 de fs 49 ordena remitir copias certificadas de los actuados a la Fiscalía Penal de tumo de Canchis para aperturar investigación penal conforme a ley. TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS: Los hechos denunciados y puestos en conocimiento de este Despacho Fiscal, importan la comisión del delito de Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia familiar, previsto por el articulo 149 Primer párrafo del C.P.. “El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuenta y dos jornadas, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial”. RECAUDOS INVESTIGATORIOS Y ELEMENTOS DE PRUEBA DE LA COMISIÓN DEL DELITO INVESTIGADO: I.-Oficio N° 260-2016- lerJPLCS-CSJC-PJ/ DJSM. que obra a fojas 1 de la carpeta fiscal, medíante el cual, el Primer Juzgado de Paz Letrado Canchis, remite copias certificadas de los actuados derivados del Expediente arriba referido al Ministerio Público para su investigación. 2.- Sentencia de fs. 24 por la que el Órgano Jurisdiccional ordena que el obligado pague la suma de 180.00 nuevos soles mensuales en favor de su menor hijo agraviado. 3.- Resolución de fs. 33 que Declara Consentida la Sentencia antes referida. 4.- Hoja de liquidación de fs. 39 por la que el obligado adeuda la suma de 3,710.52 nuevos soles a su menor hijo correspondiente al periodo de agosto del 2014 a abril del 2016. 5.- Resolución N° 15 de fs. 44 que aprueba la liquidación efectuada en el presente caso. 6.- Cédula de notificación al imputado de fs. 45 por la que se le hace saber al obligado la aprobación de la liquidación de alimentos que debe pagar.


19

Cusco, martes 18 de julio de 2017 7.- La disposición N- 02-2016-MP-PFPPL-Canchis de fs. 62 de este Despacho por el que se convoca a aplicación de principio de oportunidad a la que el obligado no ha asistido pese a haberse realizado la notificación VÍA EDICTOS. 8.- El informe negativo de antecedentes penales del imputado de fs.56, quien carece de los mismos. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. Señor Juez, amparamos nuestra pretensión en los artículos 446 numeral 4 y 447* del Código Procesal Penal vigente. SOLICITUD DE MEDIDA COERCITIVA: Dada la naturaleza de los hechos, su Autoridad se servirá dictar la medida de comparecencia simple por el momento. Se sirva acceder. RESOLUCIÓN N° 03 Sicuani. veinte de junio Del año dos mil diecisiete. PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio.SE RESUELVE: 1.- REALÍCENSE las publicaciones por edicto en el diario judicial de la ciudad del Cusco para la notificación del imputado Alexandro Yuri Huamán Yana, por el plazo de ley realizándose un resumen del requerimiento de incoación del proceso inmediato y de la presente resolución por parte del especialista de causa, bajo responsabilidad de quien corresponda 2.- sin perjuicio de lo anterior REITÉRESE NOTIFICACIÓN al imputado en su domicilio real ubicado en la calle Florida S/N del barrio Miraflores, del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento del Cusco: adjuntándose la mismo las cédulas de notificación obrantes a Fs. 61 de la carpeta fiscal, en la cual se describen las características del domicilio del imputado a cual también debe adjuntarse el requerimiento de incoación de proceso inmediato 5.- REPROGRÁMESE la presente audiencia para ser llevada a cabo en fecha DIECINUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MU DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS: quedando notificada en este acto la fiscalía y el señora abogada del acusado, debiendo notificarse con arreglo a ley a los sujetos procesales inasistentes. 18-19-20/07/2017 CPJ. NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: CARLOS ENRIQUE ARAGÓN JIMÉNEZ. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 235-2014-0-1001-JP-FC -02 seguido por Carmen Valdez Zarate en contra de Carlos Enrique Aragón Jiménez sobre prestación de alimentos, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.60 de fecha 15 de febrero del 2017.- “A conocimiento de las partes procesales, el informe N° 10-2017-2JPLW liquidación de alimentos devengados practicada por la señora Secretaria cursora, que comprende del mes de julio del 2015 al mes de julio del 2016, siendo el monto total de la obligación S/19,500 e intereses S/ 542.88 siendo EL TOTAL DEL MONTO DE ALIMENTOS DEVENGADOS S/20,042 con 88/100 soles, notifíquese al demandado Carlos Enrique Aragón Jiménez en su domicilio procesal casilla electrónica 36829 y real Comunidad Campesina de Churoc Distrito de Tambobamba Provincia de Cotabambas Región Apurímac.”, Resolución Nro.64 de fecha 06 de julio del 2017.- “La Señorita Juez que suscribe asume la tramitación por licencia del señor Juez Titular. Al escrito presentado por Carmen Valdez Zarate con ingreso de CDG 13815-2017. AL PRINCIPAL: NOTIFÍQUESE bajo responsabilidad, vía edicto judicial al demandado Carlos Enrique Aragón Jiménez la resolución 60. AL MAS: A conocimiento del demandado la propuesta de liquidación de alimentos devengados presentada por la adora, REQUIÉRASE al demandado Carlos Enrique Aragón Jiménez a efecto que dentro del plazo de TRES DÍAS presente boucher por ¡os periodos de agosto del 2016 a julio del 2017 bajo expreso apercibimiento en caso de NO presentarlos en el plazo concedido de NO ser tomados en cuenta al momento de realizarse la liquidación sino de ser considerados en el periodo subsiguiente, vencido el plazo concedido: cumpla la señora secretaria con practicar la liquidación de alimentos devengados. DE OFICIO, Estando al escrito que antecede en el que, la adora solicita se notifique mediante edicto judicial y para los efectos de la presente resolución, es decir del requerimiento de pago SE DISPONE: notifíquese también esta resolución 64 mediante edicto judicial.” Lla misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 07 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 0410-2016-40-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz FRANZ NEJAR GUZMAN; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 0205-2016-96-101 5-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz MARIO RAMOS HUANCCOLLUCHO; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Gregoria Condori Fuentes.

Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 0454-2016-25-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Cibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz MANUEL QUISPE PEÑA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Leves por violencia familiar, en agravio de Sonia Ormachea Hermoza. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 089-2014-49-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz PERCY ZAMBRANO CCAPACA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 103-2013-24-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz ALBERTO RAMOS MENDOZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Cristian Alberto Barrueta Villena. Urubamba, 03 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 090-2011-38-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz PAULINO DÍAZ HUAMANHUILLCA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Tráfico de Moneda Falsa, en agravio del Estado Peruano. Urubamba, 10 de julio del 201 7. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp.- 02-2015-48-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz SALUSTIO CALLANAUPA PALMA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales A. C. Q. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 139-2014-43-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz ALFREDO MAYTA LEVITA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Marisol Ttito Huamán. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 158-2014-53-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz HUGO ROLANDO PEDRAZA CUSIHUALLPA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Victoria Haydee López Bibiano. Urubamba, 10 de julio del 201 7. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 065-2014-95-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba.


20 Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz EDWIN HUANACO ZAMATA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp. 46-2014-2-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a los acusados: LUCIO SILVA YABAR, RONALD PAÚL CANAL ZAPATA Y RITA BACA QUISPE; para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Hurto Agravado en grado de tentativa, en agravio de Manuel Quispe Mesco. Urubamba, 10 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROViNCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE: 900109-2017-14-1009-JR-PE-01 JUEZ: BEDOYA GALDOS SANDRA SMILLY ESPECIALISTA: MERCADO LAGUNA LIZETH Se pone en conocimiento de: MARIO HILACHOQUE CHUCTAYA, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 109-2017-14-1009-JR-PE-01, seguido en su contra por e! presunto delito contra la Familia «n su modalidad de omisión de asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de sus menores hijos Vicky Rosalinda, Luz RosaES, Wlaikol Royer, y Ruth Delia Hilachoque Chuctaya, representados por su progenitura MARGARITA CHUCTAYA CHUCTAYA, y por derecho propio RONY ABEL HILACHOQUE CHUCTAYA, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: CITAR A MARIO HILACHOQUE CHUCTAYA, FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE ESPINAR MARGARITA CHUCTAYA CHUCTAYA y RONY ABSL HILACHOQUE CHUCTAYA por derecho propio, A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO para el día JUEVES VEINTISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal da Espinar), ubicado en plazoleta Túpac Amaru s/n, Espinar. Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar, 12 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00272-2016-S4-1ÜGS-JR-PE-01 JUEZ: BEDOYA GALDOS SANDRA SMILLV ESPECIALISTA: MERCADO LAGUNA LIZETH Se pone en conocimiento de: LEONARDO HUACCHA CONDO, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 272-2016-64-1002-JR-PE-Ot seguido en. su contra por el presunto delito contra e! patrimonio en ¡a modalidad de RECEPTACIÓN, en agravio de WÍLBER PÁCCO TACCO, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto Judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: CITAR A LEONARDO HUACCHA CONDO. FISCALÍA PROVINCIAL PENAL. DE ESPINAR y WILBER PACCO TACCO. a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL el DÍA MIÉRCOLES NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) a realizarse en la Sala de audiencias del Juzgado Penal de Espinar, ubicado en la plazoleta Tupac Amaru S/N Espinar. Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar. 12 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas, que despacha la señora Magistrada MARILYN MUJICA PERALTA, bajo la actuación de Ia Especialista Judicial Mónica Paola Loza Lovatón, se sigue el Proceso N° 00052-2017-41-1008-JRPE-01, seguido en contra del ciudadano JOSÉ HÜACHACA NAVEROS, por si delito contra la familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio del menor de iniciales H.S.V.M. representado por su abuelo Teodolfo Sivana Pfoccoalata. NOTIFIQUESE: A JOSÉ HUACHACA NAVEROS conforme el Acta de Audiencia de fecha 27 de junio del 2017 y resolución N° 04 de fecha 06 de julio del 2017, mediante los cuales se ha dispuesto: JUEZ: Se declara FRUSTRADA por no estar debidamente notificado e! imputado en su domicilio real debiéndose REPROGRAMAR para nueva fecha, el día LUNES CUATRO DE SETIEMBRE SEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:30 A.M.). Asimismo, se cumpla con notificar mediante Edicto Judicial en la ciudad de Puno y el diario Oficial el Peruano. Debiendo Cursarse los Oficios correspondientes, afecto que tome conocimiento la parto imputada de la presente audiencia programada y notifique en sus domicilios a la parte agraviada y al imputado, para que tenga conocimiento de !o dispuesto. Resolución N° 04. Santo Tomas, seis de Julio Del año dos mil diecisiete.DE OFICIO: Dando cuenta que de la revisión del expediente se tiene que median-

Cusco, martes 18 de julio de 2017 te acta de audiencia de fecha 27 de junio de! 2017 se reprogramo la audiencia de juicio, disponiéndose que se notifique al imputado mediante Edicto Judicial en la ciudad de Puno y en el Diario Oficial El Peruano, sin embargo, considerando que, de conformidad con la modificatoria de diversos artículos del Código Procesa! Civil a través de !a Ley N° 302 93, en concordancia con el Oficio Circular N° 02-2015-GSRJ-GG/PJ de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de! Poder Judicial, se ha dispuesto que la publicación de Edictos Judiciales de naturaleza panal, aumentos, abandono de menores, laboral o los que deriven de los procesos contenciosos y no contencioso se hará en el portal web del Poder Judicial’ por haber quedado derogada la norma que disponía que los Edictos Judiciales se publicaban en el Diario El Peruano como en el día de mayor circulación de cada distrito. Por tanto, se deja subsistente !o dispuesto en el acto de la audiencia, respecto a la notificación mediante Edictos Judiciales en el diario de mayor circulación de !a ciudad de Puno, así también, se dispone se haga la publicación en el portal web de! Poder Judicial, para !o cual deberá girarse los oficios correspondientes para su cumplimiento. Audiencia que se llevará a cabo en el Juzgado Pena! Unipersonal de Chumbivilcas ubicado en la Calle 28 de Julio S/N - Santo Tomas - Chumbivilcas. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL Juzgado de investigación Preparatoria de La Convención. Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala. Se cita y emplaza al señor RODRIGO HUARANCA ESPINOZA, en el Proceso N° 6112017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia-de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DEICISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE (02.00 P.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de junio de 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE: 000109-2017-14-1009-JR-PE-01 JUEZ: BEDOYA GALDOS SANDRA SMILLY ESPECIALISTA: MERCADO LAGUNA LIZETH Se pone en conocimiento de: MARIO HILACHOQUE CHUCTAYA, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 109-2017-14-1009-JR-PE-01, seguido en su contra por el presunto delito contra la Familia en su modalidad de omisión de asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de sus menores hijos Vicky Rosalinda, Luz Rosali, Maikol Royer, y Ruth Delia Hilachoque Chuctaya, representados por su progenitora MARGARITA CHUCTAYA CHUCTAYA, y por derecho propio RONY ABEL HILACHOQUE CHUCTAYA, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: CITAR A MARIO HILACHOQUE CHUCTAYA, FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE ESPINAR MARGARITA CHUCTAYA CHUCTAYA y RONY ABEL HILACHOQUE CHUCTAYA por derecho propio, A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO para el día JUEVES TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Espinar), ubicado en plazoleta Túpac Amaru s/n, Espinar. Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar, 14 de julio del 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ, EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 136-2008-6-1010-SP-PE-01 (Antiguo N° 0156-2013-0- 1001-SP-PE-01) SECRETARIO: Ana Rocio Casapino Rodríguez. Se cita y emplaza al procesado ARTURO SANTOS BERAUN, para que se pongaa derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de Violación Sexual de menor, en agravio de la menor de iniciales S.P.S. Ouillabamba, 13 de julio de 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 00298-2001-0-1010-SP-PE-01 SECRETARIO: Abg. Ana Rocio Casapino Rodríguez. Se cita y emplaza al acusada JORGE SANCHO TTÍTO para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el procese que se !e sigue por la comisión de delito contra la vida, el cuerpo y la salud,, en su modalidad de homicidio calificado, en agravio de quien en vida fue Juan de la Cruz Carbajal Huarcaya. Quillabamba, 13 de julio de 2017. 18-19-20/07/2017 CPJ.


Cusco, martes 18 de julio de 2017

21


22

Cusco, martes 18 de julio de 2017


Cusco, martes 18 de julio de 2017

23


24

Cusco, martes 18 de julio de 2017


Cusco, martes 18 de julio de 2017

25


26

Cusco, martes 18 de julio de 2017


Cusco, martes 18 de julio de 2017

27


28

Cusco, martes 18 de julio de 2017


Cusco, martes 18 de julio de 2017

29


30

Cusco, martes 18 de julio de 2017


Cusco, martes 18 de julio de 2017

31


32

Cusco, martes 18 de julio de 2017


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.