Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 Usuarios
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 PRIMER REMATE
En los seguidos por MATILDE CARDENAS LAURENTE, en contra de ALEJO QUISPE YAPU y MARTHA CENTENO YABAR; sobre INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS E INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL; Expediente: N° 00663-2011-0-1001-JP-CI-03; el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Sede Wanchaq, Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova, con intervención de la Especialista Legal Dra. Maria Eddie Villarroel Ccaso, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, convocar a PRIMER REMA TE el siguiente bien mueble: Vehículo de placa de rodaje N° SZ2883, Marca TOYOTA, , Modelo Corolla DX, año de fabricación 1994, color blanco; VALOR DE TASACION: S/3,720.00 (Tres mil setecientos veinte 00/100 soles), vehículo considerado como chatarra; PRECIO BASE.- S/2,480.00 (Dos mil cuatrocientos veinte 00/100 soles) equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.CARGAS y GRAVAMENES: MEDIDA CAUTELAR. Demandante Matilde Cárdenas Laurente; demandado Martha Centeno Yábar., Segundo Juzgado de Paz Letrado - sede Wanchaq por S/.30,000.00, afectación inscrita en la partida N° 60022357, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: viernes 28 de octubre del 2016 a horas 12:30 (doce horas y treinta minutos) PM.; LUGAR DEL REMATE: El mismo que se realizara en la Urbanización Independencia Lote D-8, Comité 5 del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de cusco, lugar donde se encuentra el vehículo; LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento (S/372.00) del valor de tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del Martillero Público. Cusco 2016, setiembre 30 6VCES-14-17-18-19-20-21-VIIIII-16 B/V 41290 CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00496-2011-0-1001-JR-CI-04 En los autos seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA S.A., en contra de MIGUEL ADOLFO LARICO CONDORI MOISES ADOLFO LARICO TUPAYACHI y PILAR TUPAYACHI PILARES, sobre Ejecución de Garantias, la señora Juez del Cuarto Juzgado Especializado Civil de Cusco - Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, con la Especialista Legal. Dra. Margot Inquiltupa Calvo, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: Lote A-2 de la Calle SUITUCCATO N° 33, Distrito de Cusco, Provincia y Departamento de Cusco, inscrita en la Partida N° 11093176 del Registro de la Propiedad Inmueble, Zona Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE TASACION: S/934,602.57 (Novecientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Dos con 57/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE : S/. 623,068.38 (Seiscientos Veintitrés Mil Sesenta y Ocho con 38/100 Soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVAMENES y CARGAS: Hipoteca .- Moises Adolfo Larico Tupayachi, en calidad de propietario y garante solidario de garantes solidarios, de Miguel Adolfo Larico Condori y Pilar Tupayachi Pilares, constituye Hipoteca a favor de la CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA S.A. - CREDINKA S.A., con personería jurídica inscrita en la Partida N° 11018875 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Cusco, representado en este acto por Carlos RobertoVera Benavente y Eva Barzola Moscoso, con facultades debidamente inscritas, hasta por la suma de US$. 89,854.00 (Ochenta y Nueve Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro con 00/100 Dólares Americanos) en garantía de un Crédito de hasta S/. 80,000.00 y demás obligaciones señaladas en la Escritura Pública, que da mérito a la presente inscripción, el inmueble y otros se valoriza en US$. 134,110.00 DIA Y HORA DE REMATE: 28 de OCTUBRE del año 2016, a las 14,30 Horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: Frontis de la oficina de Administración, sito en 2do. Piso del Edificio de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Av. El Sol s/n. - Cusco. POSTORES.- 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negocia221ble” el 10% del valor de la tasación del inmueble 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de estos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 Y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. - Cusco, 30 de Septiembre de 2016 6vces-14-17-18-19-20-21-viiiii-16
b/v 41305 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01655-2016-0- 1001-JR-CI-03, en el que mediante Res.02 de fecha 05-102016, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por VICTOR ATILIO CASTRO CASTRO, contra el BANCO SCOTIABANK representado por su Gerente Alex Montes, con citación de ALBERTO CASTRO GAMARRA Y EDITH VALENZUELA ARANGO sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR - CHEQUE DE GERENCIA N° 07610405, debiendo tramitare en la Vía del PROCESO SUMARISIMO, en su virtud notifíquese al demandado y a los citados, por el término de CINCO DIAS. Por ofrecidos los medios probatorios de esta parte, reservando su admisión y actuación para la audiencia respectiva. A sus antecedentes los anexos aparejados al escrito de su demanda. Y Estando a lo establecido por el artículo 103° inciso 2 de Ley de Títulos Valores El Juez ordenará además que los emplazados retengan el pago de las obligaciones representadas por el título valor y dispondrá la publicación de la solicitud, durante 5 (cinco) días consecutivos, en el diario oficial., SE DISPONE. Que los emplazados retengan el pago dispuesto en el cheque, materia de litis, debiendo la demandante realizar las publicaciones en el diario oficial, para lo cual comparezca a la secretaria del juzgado a efecto de que se le entregue los edictos respectivos. AL PRIMER OTROSI DIGO.- ESTESE a lo dispuesto y téngase al Banco en calidad de citado. AL MÁS DIGO.- TÉNGASE en cuenta. H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 13 de octubre del 2016. 5vces-17-18-19-20-21-viiiii-16 B/v 41329 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Nro.; 1442-2015 SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por JULIAN OROSCO TITO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN contra Basilio Salas Alagon, Abel Torres Torres, Froilan Condori Ccoyori, Augusto E Mamani Yana, Lucio Rodriguez Montoya, Jose Accostupa Ccahua, Juvenal Ricalde Caceres, Martin Huanaco Kcana, La Sucesion De Juan Crisostomo Quispe Pacco, La Sucesión De Elizabeth Ricalde Caceres Virgilio Montaño Quispe, Jacinto Barrios Navarrete, Gloria Silva Sullca, Socrates Marmanillo Pimentel Y Felicia Segura Flores. CUMPLASE con notificar mediante edictos a los sucesores de JUAN CRISOSTOMO QUISPE PACCO, y de ELIZABETH RICALDE CACERES, con la finalidad de que se apersonen al proceso dentro del plazo de ley (artículo 492 del Código Procesal Civil) , bajo apercibimiento de nombrárseles curador Procesal Resolución Nro.05 SE DISPONE. - NOTIFICAR a los demandados Froilan Condori Ccoyori y Juvenal Ricalde Caceres, mediante edictos, con la finalidad de que se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. H. S. Firmando la especialista legal, por el Señor Juez. Cusco,17 de diciembre del 2015 3vces-19-20-21-viiiii-16 B/V 41373 EDICTO En el proceso Civil Nro. 00059-2015-0-1008-JM-CI-02, seguido por BENITO ALVAREZ VALENCIA en contra de ROSARIO ALVAREZ VALENCIA sobre División Y Partición De Bienes, bajo la actuación del especialista Legal Erick Lovaton Herrero, la señorita Juez del Juzgado Mixto de Chumbivilcas Norma Palomino Paredes, a dispuesto la publicación siguiente: Resolución N° 03, Santo Tomas, cinco de enero di año dos mil dieciséis.VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: SE RESUELVE: Admitir a trámite en la vía del Proceso ABREVIADO la demanda sobre División y Partición de Bienes Hereditarios, sobre: 1.- La División y Partición del predio Huahuaycocha. 2.-EI Pago por concepto de frutos e indemnización de daños y perjuicios. En consecuencia córrase traslado al demandado por el plazo de diez días, a fin de que absuelva el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de declarársele rebelde, debiendo de citarse con la demanda por tener la calidad de coherederos a Andrea Avelina Álvarez Valencia, Benito Álvarez Valencia, Dina Álvarez Valencia, Teresa Álvarez Valencia, Eva Álvarez Valencia y Abelino Álvarez Hurtado, Natalia Álvarez Hurtado, Fidel Álvarez Hurtado, Nancy Álvarez Hurtado, Alida Álvarez Hurtado, y Antonia Álvarez Hurtado, MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos como pruebas de la parte actora las señaladas en la demanda, las que se admitirán y actuarán en la oportunidad procesal correspondiente. ANEXOS: A sus antecedentes los anexos acompañados. AL OTRO SI: Téngase en cuenta. HAGASE SABER. Firma completa de la señorita Juez Dra. Norma Palomino Paredes, ante mi Erick Lovaton Herrero, especialista legal. Santo Tomas, 14 de octubre de 2016 3vces-19-20-21-viiiii-16 b/v 41368 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 1591-2016-0-1001-JR-CI-04. ente el Cuarto Juzgado Civil del Cusca, que Despacha la Doctora Fanny Lupe Pérez Carlos; bajo la actuación de la Abog. Raisa Pamela Navarro Gonzales, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: LUCIO SEGUNDO ALVAREZ interpone demanda
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en contra LUIS ALBERTO SEGUNDO MUÑOZ, sobre, siendo la resolución que admite a trámite el siguiente: Resolución Nro. 01 de fecha 16 de setiembre de 2016 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LUCIO SEGUNDO ALVAREZ, contra LUIS ALBERTO SEGUNDO MUÑOZ, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde. Cusco, 17 de octubre de 2016-. 3VCES-19-20-21-VIIIII-16 B/V 41377 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Canas - Yanaoca, a cargo del Señor Magistrado Ulises Villena Ramírez, con la actuación de la secretaria Gabriela Tacuri Aragon en el expediente N° 00001-2015-0-1 006-JP-CI-01, Pedro Paulino Choqque Cuito interpone demanda Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble: El juzgado ha emitido la resolución N° 15 de fecha 03 de octubre de 2016, cuyo extracto de la parte resolutiva es el siguiente: 1. Admitir a trámite la demanda interpuesta por Pedro Paulino Choqque Cuito sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble, contra Félix Condori Surco, con citación Municipalidad Provincial de Canas. El bien inmueble urbano tiene las siguientes características: consta de 387 metros cuadrados, ubicado entre las calles Colon y Atahuallpa S/N, Distrito de Yanaoca-Provincia Canas; tiene por frente 19.75 MI. Y fondo 19.60 MI. El inmueble colinda: Por Norte con propiedad demandante Pedro Paulino Choqque Cuito; por el Sur con calle Atahuallpa; por Este con calle Colon y por el Oeste con lote N° 3 propiedad de Demetrio López Choqque y lote N° 10 con familia Carlos Mamani Choqque Lo que se comunica para fines de ley.- Yanaoca 14 de Octubre del 2016. 3vces-19-20-21-viiiii-16 b/v 41378 EDICTO JUDICIAL A LOS SUCESORES DE ADOLFO QUEVEDO NN y DE MARIA ROSA ARAGON BORNAZ VDA. DE QUEVEDO.- Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Collantes Mendoza, se tramita el Proceso Civil N° 149-2012-0-1015-JM-CI-01, se ha emitido la resolución N° 2 demanda interpuesta por NICASIA CHAMPI AMAO DE MISME, SATURNINA CHAMBI AMAO DE QUISPE y PURIFICACIÓN CHAMBI AMAO DE MASÍAS, sobre prescripción adquisitiva de propiedad rustico denominado “ACCO ACCO” también denominado CHIMPACHA, ubicado en el distrito de Yucay, provincia de Urubamba, departamento del Cusco, con una cabida de 1600 metros cuadrados, en contra de la SUCESIÓN ADOLFO QUEVEDO NN y MARÍA ROSA ARAGÓN BORNAZ VIUDA DE QUEVEDO, con citación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Distrital de Yucay. Debiendo sustanciarse en la vía procedimental, correspondiente al proceso ABREVIADO, asimismo mediante RESOLUCIÓN N° 31 de fecha cuatro de setiembre del año dos mil dieciséis se resuelve QUE SE NOTIFIQUE POR EDICTOS A LA SUCESION INDETERMINADA DE ADOLFO QUEVEDO NN y A LA SUCESION DE MARIA ROSA ARAGON BORNAZ VDA. DE QUEVEDO por el plazo y la forma de ley a efecto de que concurran al proceso sus herederos bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.-H.S. Urubamba, 21 de setiembre del 2016 3VCES-19-20-21-VIIIII-16 B/V 41381 SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO BIEN INMUEBLE En el Expediente Nº 01172-2014-0-1001-JR-CI-03, seguido por CREDINKA S.A Contra MARIO MENDOZA MONZON y NILDA QUISPE CANSAYA, Sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Tramitado por ante el 3ER Juzgado Especializado Civil de Cuzco, e la Corte Superior de Justicia de Cuzco, a cargo del Juez Dr. JHON ALECK ALFARO TUPAYACHI interviniendo como Especialista Legal, la Dra. LEYDY SOTO CASTILLO, ha dispuesto CONVOCAR a Remate Público en Segunda Convocatoria el Siguiente Bien Inmueble: 1._ STAND V - 24 de la Fracción “A” Ubicada en la Margen Derecha del Rio Huatanay, Sector Comprendido entre el Terminal Terrestre y el Puente Cusichaca, (Según Informe Pericial se encuentra Ubicado en un Pasaje del Centro Comercial el Molino I), del Distrito Santiago, Provincia y Departamento del Cuzco, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran ampliamente descritas e Inscritas en la Partida Electrónica N° 11004158 de la Zona Registral N° X Sede Cuzco - Oficina Registral de Cuzco, VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$53,913.00 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, Menos un 15% por tratarse de una 2DA Convocatoria, lo que asciende a la Suma de US$30,550.70 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA. AFECTACIONES: El Bien Inmueble tiene las Siguientes Afectaciones: CARGAS-RESTRICCIONES: El bien materia de la presente debe ser destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades económicas de comercios de bienes manufacturados (artefactos, ropa, artículos de bazar, Juguetes, Etc) de manera permanente y continuo. b) Existe prohibición de efectuar posteriores ampliaciones o modificaciones a la estructura y diseño del Centro Comercial El Molino, sometiéndose ex-
presamente a las condiciones y limitaciones estipuladas en el reglamento Interno de Propiedad del mismo, la inobservancia de cualquiera de las limitaciones y restricciones señalada en el contrato será causal de resolución automática e inmediatamente y por lo tanto la reversión al dominio de la Municipalidad. Ambas restricciones se encuentran inscritas en el Asiento Nº 03 de la partida electrónica N° 11004158 de la Zona Registral N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco.. 2.-CARGAS a)HIPOTECA: Constituida a Favor de LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA S.A. hasta por la Suma de US$32,006,00 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, Inscrita en el Asiento 06 de la partida electrónica N° 11004158 de la Zona Registral N° X - Sede Cusca - Oficina Registral de Cusco. b) EMBARGO en forma de inscripción sobre el inmueble descrito precedentemente hasta por la suma de S/. 29,500.00 (Veintinueve mil quinientos con 00/100 nuevos soles) seguido por MI BANCO contra MARIO MENDOZA MONZON y NILDA QUISPE CANSAYA en el proceso N° 1319-2014-14-1001-JRCI-02 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, inscrito en el Asiento 07 de la partida electrónica Nº 11004158 de la Zona registral N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco. FECHA y HORA DEL REMATE: El Bien será rematado el Día ,15 de diciembre del Año 2016, A HORAS 11 :00.am y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional Nº 226, C.E.albertooscarramos@hotmail.com. Tlts: 942089706 - RPM *0074114- #945010777. LUGAR DE REMATE: En el Local del Juzgado que Ordena el presente Remate, sito en la Av. Sol N° 239, del Cercado de Cuzco. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en Efectivo, mediante Certificado de depósito judicial o cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI en original. Los Honorarios del martillero público más el IGV será cancelado al Finalizar el Remate y es por cuenta del adjudicatario. Cuzco,08 de septiembre del año 2016. 3vces-19-20-21-viiiii-16 b/v 41386 EDICTO JUDICIAL En el Expediente Nro. 365-2016, seguido por CREDINKA S.A., contra Eliana Velasco Chique y otra, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, bajo la actuación de la Especialista Legal Margot Inquiltupa Calvo, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación edictal a los sucesores de Q.E.V.F. GRACIELA CHIQUI VIUDAD DE VELASCO: Resolución Nro. 06. Cusco, 01 de septiembre de 2016. AL OTROSI.- Estando acreditado el fallecimiento de Graciela Chiqui Viuda de Velasco, cumpla la parte actora con efectuar la publicación edictal a fin de proveer de representante procesal a dicha demandada, quienes deberá de apersonarse al proceso en el plazo de treinta días, a partir de la última publicación con presente. Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos. Margot Inquiltupa Calvo, Especialista Legal. 3vces-19-20-21-viiiii-16 b/v 41387 EDICTO DE NOTIFICACION En el Proceso N° 22-2016-CI tramitado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el Señor Magistrado Dr. Gilberto E. Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, mediante Resolución N° 02 de fecha 06 de Octubre del 2016; se ha dispuesto: (. .. ) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ELAR FARFAN SOSA, sobre CAMBIO DE NOMBRE en la Modalidad de Inclusión en la partida de Nacimiento N°149 perteneciente a su madre Q.V.F. JUANA IRENE VILLALBA, en el extremo del apellido materno de su padre, en el que se ha consignado de forma incompleta como MAXIMO SOSA, debiendo ser lo correcto MAXIMO SOSA SANDOVAL: Tramítese en la vía del proceso NO CONTENCIOSO ( ... ). Señálese fecha para el verificativo de la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, el día VEINTISEIS DE OCTUBREDEL AÑO 2016, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de ley, en caso de inconcurrencia de la solicitante ( ... ). Con citación del Ministerio Público. H.S.3vces-20-21-24-viiiii-16 b/v 41396 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judicial Juana Paula Huanca Ccapcha; se tramita el Expediente Civil N° 19982016-0- 1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 01 Cusco 15 de septiembre del 2016. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por JUANA EMPERATRIZ MORVELI FARFAN, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue VICTORIA TADEA FARFAN GAMARRA, quien falleció en fecha 21 de setiembre de 1985, en el distrito, provincia y departamento de Cusco, a fin de que se declare como único y universal heredero al recurrente JUANA EMPERATRIZ MORVELI FARFAN, BALTAZAR MORVELI FARFAN, JOSÉ MORVELI FARFAN, JUAN MORVELI FARFAN y MARIA ANTONIETA MORVELI FARFAN. Y estando a lo dispuesto en el artículo 828° del Código Procesal Civil, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 12 de octubre del 2016.
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016
JUANA P. HUANCA CCAPCHA SECRETARIA JUDICIAL 3VCES 20-21-24/10/2016 B/.31102 AVISO DE REVERSION DE LOTE Con fechas del ocho de agosto y doce de diciembre del año dos mil quince, la A.P.V de Profesores cesantes Nº 01 Buena Vista en San Jerónimo, en Asambleas extraordinarias, ha aprobado la reversión de lote A.4 a favor de la misma A.P.V, el mismo que estaba destinado Primigeniamente para el Sr. Jaime Ortiz de Zevallos Villafuerte, quien transfirió inconsultamente al Sr. Jorge Layme Aller sin haber cancelado derechos de transferencia, cuotas ordinarias, extraordinarias y otras omisiones especificadas en actas antes citadas; lo que se comunica a la población para los fines pertinentes. LA JUNTA DIRECTIVA 3VCES 20-21-22/10/2016 B/.31100 NOTIFICACIÓN POR EDICTO SE NOTIFICA A LOS SUCESORES PROCESALES DE Q.E.V.F. FLORA TAPIA VUIDA DE QUIÑONES En el Proceso Civil Nro. 00309-2016-0-1001-JR-CI-05, seguido por Diana Brigitte Quiñones Morveli contra Flora Tapia Viuda de Quiñones, sobre Petición de herencia y declaratoria de herederos, bajo la actuación de la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, y dirección de la Sra. Juez del Quinto Juzgado Civil del Cusco Dra. Marianella Cárdenas Villanueva ha dispuesto la publicación del siguiente extracto: RESOLUCIÓN N° 15. Cusco, 28 de septiembre de 2016.-”Al Principal.- Estando al acta de defunción que corresponde a la demandada Flora Tapia Viuda de Quiñones y de conformidad con lo establecido por el artículo 108 del Código Procesal Civil, SUSPÉNDASE el presente proceso a fin de que se apersonen los sucesores procesales de quien en vida fue Flora Tapia Viuda de Quiñones, debiendo notificarse mediante edictos de la existencia del presente proceso, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal a fin de continuar con el trámite ( ... ). B.S . 3vces-11-17-21-viiiii-16 b/v 41242 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI DESPACHO NOTARIAL, SITO EN JIRÓN JAQUIJAHUANA C6-10 DE LA CIUDAD DE ANTA, PROVINCIA DE ANTA I DEPARTAMENTO DE CUSCO; SE HAN PRESENTADO LOS ESPOSOS AURELIO PAULINO SALAS CRUZ CON DNI N° 43404561 I NICOLASA RIOS DE SALAS, CON DNI N° 24945317, SOLICITANDO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE SIGNADO COMO LOTE 12, MANZANA B, UBICADO EN LA CALLE 19 DE NOVIEMBRE DE LA “ASOCIACIÓN DE VIVIENDA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE”, DEL DISTRITO I PROVINCIA DE ANTA, DEPARTAMENTO DE CUSCO; QUE TIENE UN ÁREA DE SEISCIENTOS UNO PUNTO NOVENTA I CUATRO METROS CUADRADOS (601.94 M2); PERIMETRO: 99.84 ML; DELIMITADO DENTRO DE LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS POR EL FRENTE, CON LA CALLE 19 DE NOVIEMBRE EN 20.08 ML; POR LA DERECHA, CON EL LOTE B-11, PROPIEDAD DE GUMERCINDO USCAMAYTA RIOS EN 29.61 ML; POR LA IZQUIERDA, CON EL LOTE B-13, PROPIEDAD DE SEGUNDINO BEJARANO NINANTAY, EN 29.42 ML; I POR EL FONDO, CON EL LOTE B-2, PROPIEDAD DE FEDERICO ACCOSTUUPA RODRIGUEZ, EN 20.73 ML. DIRIGIENDO LA PRETENSIÓN EN CONTRA DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE, CONFORME A LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 02001323, ASIENTO 05; TITULARES REGISTRALES CUYO DOMICILIO ESTA EN LA MISMA ASOCIACIÓN EL INMUEBLE MATERIA DE SOLICITUD, ES PARTE INTEGRANTE DEL PREDIO IDENTIFICADO CON UC 21686, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 02001323, ASIENTO 00002, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO ADMITIDA LA SOLICITUD SE ORDENÓ LAS PUBLICACIONES EN CONFORMIDAD A LA LEY 27157 ART. 21 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO I DIARIO JUDICIAL DEL CUSCO, CON INTERVALO DE TRES DIAS. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. ANTA 07 DE OCTUBRE DEL 2016 T.MARCIAL HUANCA CAYLLAHUA ABOGADO NOTARIO 3VCES-11-17-21-VIIIII-16 B/V 41237 EDICTO NOTARIAL EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DE LA SECCIÓN “E” INDEPENDIZADA DE LOS LOTES DE TERRENO N° 11 Y 12 DE LA MANZANA “K” DE LA URBANIZACIÓN VISTA ALEGRE, UBICADA EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, PETICIONADA POR LOS ESPOSOS SEÑORES: JUAN ROBERTO COLQUE PAREDES y MARIA JUDITH CASTILLA NAOLA, SE EMPLAZA A LOS PROPIETARIOS ANTERIORES: MAURICIO
HUACAC COLQUE y LEONOR ROJAS DE HUACAC, PARA LOS FINES DE LEY. - CUSCO, 07 DE OCTUBRE DEL 2016.- NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO-ABOGADO.3VCES-11-17-21-VIIIII-16 B/V 41251 EDICTO DE NOTIFICACION En el Proceso N° 14-2016-CI tramitado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el Señor Magistrado Dr. Gilberto E, Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto la publicación de la Resolución N° 03 de fecha 02 de Setiembre del 2016 con el siguiente tenor: ( ... )ADMITASE en la vía de Proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por la Comunidad Campesina “Virgen de Asunción” representado par su presidente Vicente Champi Ninaya, sobre RECTIFICACIÓN DE AREA, LIDEROS y MEDIDAS PERIMETRICAS del predio rustico Huayllabamba Callepata ubicado en el distrito y provincia de Paucartambo, departamento del Cusco, en contra de: La Comunidad Campesina de Phuyucalla representado par su presidente Felix Gregario Puma Quispe, la Comunidad Campesina Huayllamocco representado par su presidente Belisario Yapu Quispe y la Municipalidad Provincial de Paucartambo representado por su Alcalde, con citación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cusco, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada par el plazo de DIEZ DIAS para que contesten la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarados rebeldes y tramitarse el proceso en su rebeldía, asimismo emplácese al citado.( ... ). H.S.3vces-17-21-27-viiiii-16 b/v 41316 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 1141-2016-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora Fanny Lupe Pérez Carlos; bajo la actuación de la Abog. Raisa Pamela Navarro Gonzales, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: PRUDENCIO ADOLFO CAHUANA HOLGUINO solicita la PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL BIEN MUEBLE (Vehículo) Vehiculo Motorizado de placa Nro. AZ-3316, clase automovil, marca Volkswagen, año de fabricación 1972, modelo 1200, color blanco humo, numero de motor D0720950, número de serie 1112476484 , siendo la resolución que admite a trámite el siguiente: “( ... ) Resolución Nro.5 de fecha Cusco, 2 de septiembre de 2016.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PRUDENCIO ADOLFO CAHUANA HOLGUINO contra la QVF ROSA GUILLERMINA YAÑEZ AGUILAR viuda de CABRERA representada por sus herederos PEDRO MARCIAL CABRERA YAÑEZ, ABELARDO ISMAEL CABRERA YAÑEZ, MARIA SILVIA CABRERA YAÑEZ, JUAN CARLOS CABRERA YAÑEZ, ROSA ELIANA CABRERA YAÑEZ y VICTOR ELIAS CABRERA YAÑEZ y, contra ZENON ADOLFO APARICIO ARONI, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL BIEN MUEBLE (Vehiculo) Vehiculo Motorizado de placa Nro. AZ-3316, clase automovil, marca Volkswagen, año de fabricación 1972, modelo 1200, color blanco humo, numero de motor D0720950, número de serie 1112476484; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes. ( ... )” Cusco, 14 de octubre de 2016.3VCES-17-21-27-VIIIII-16 B/V 41326 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular Dra. Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra, se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 2406-2016-0-1018-JP-CI-01 por el cual doña TULA HUALLPAMAYTA FERNANDEZ, solicita la RECTIFICACIÓN de su Partida de Nacimiento, en la parte marginal y cuerpo de la acta del apellido materno de “HUALLPAMAYTA” por “HUALLPAMAITA” y el apellido materno de su progenitor de “FERNANDEZ” por la de “ARAGON”. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 19 de Octubre del 2016.1V-21-VIIIII-16 B/V 41414 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION A MINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco con Expediente ° 011919 de fecha 18910/2016. ha solicitado la Ciudadano (a) CARLOS ENRIQUE CCURO SARMIENTO sobre RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 325447 del año 1997 Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago en el que existe error de consignación en el rubro nombre del titular (SEGUNDO APELLIDO) debiendo consignarse correctamente como: CABALLERO en lugar de Sarmiento Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular posición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98PCM ante esta municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago,19 de Octubre del 2016 MARY LOPEZ FABRE REGSITRO CIVIL
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 1V-21-VIIIII-16 B/V 41416 EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz letrado de Santa Ana, Provincia de la Convención que Despacha el Señor Juez MARCO ANTONIO FLORES ESPEZUA, bajo la actuación de la Especialista legal Mariela Velásquez Gutiérrez se viene tramitando el proceso N° 00352-2016-0-101 0-JP-CI-02, seguido ALVAREZ BACA, RENE, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue RUBEN ALVAREZ TORRES, ,fallecido en la Ciudad de Quillabamba Distrito de la Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento del Cusco, el día 20 de octubre del 2008.- lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 19 de agosto del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41417 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarte, despachado por la Señora Juez Karina Valia Ochoa Montufar y bajo la actuación de la secretaria judicial Nadiht Masias Sánchez, se viene tramitando el proceso civil N°. 19-2016- el, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la Resolución N°. 01 del 19-04-2016): “SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud interpuesta por ROXANA CUTIRE HANCCO, sobre SUCESIÓN INTESTADA y se la declare como única y universal heredera a ROXANA CUTIRE HANCCO del que en vida fue su esposo JOSE CCOMPI YUCRA, fallecido en fecha veintiocho de setiembre del año dos mil catorce;”, lo que se publica para fines de ley. Echarati, 18 de agosto del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41417 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Paruro, bajo la dirección de la señora Juez Dra. Solina Maybee Apaza Bejar y bajo la Actuación de la Especialista Judicial Karina M. Cáceres Del Rio, en el Proceso Civil Nro. 00022-2016-0-1011-JPCI-01: se ha ordenado la notificación por edictos la Rectificación de Partida de Nacimiento de la persona de Yamil Delgado Candia, con un extracto del auto Admisorio de la demanda dictado en fecha 30 de setiembre del 2016; siendo como sigue: se RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Felipe Benigno Delgado Carrasco, sobre. rectificación de partida de nacimiento, en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO Y estando al artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese un extracto de la solicitud mediante edicto por una sola vez, expídase por Secretaría el edicto respectivo. Por ofrecidos los medios probatorios para ser merituado en su oportunidad. AL OTROSI.Estese al contenido de la presente resolución. H.S. Paruro, 07 de octubre del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41418 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judicial Juana Paula Huanca Ccapcha; se tramita el Expediente Civil N° 02090-2016-0-1 001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 01 Cusco 20 de setiembre del 2016 ... SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por MARIA LUISA RAMOS BORDA solicita la Rectificación de su Partida de nacimiento, partida N° 406, que fue inscrita ante la Municipalidad Provincial de Cusco, en cuanto al nombre de pila de su señora madre, registrado como “JULIA”, debiendo ser lo correcto “MARIA”, es decir, el nombre correcto debe quedar como “MARIA BORDA PAUCARMAYTA”, y estando a lo dispuesto en el artículo 828° del Código Procesal Civil, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 20 de setiembre del 2016. 2VCES-21-24-VIIIII-16 B/V 41419 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David América Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 01 489-201 6-0-1001-JR-CI02 en los seguidos por Teófilo Magaño Mamani contra María Lisbeth Magaña Canato y Rosmi Magaño Canato, con emplazamiento del representante del Ministerio Público sobre Muerte Presunta de Nancy Canato Huamán, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, veinte de Septiembre de dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta; en tal virtud, de conformidad a lo establecido por el artículo 754° del Código Procesal Civil, señálese fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACION y DECLARACION JUDICIAL el VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE del año en curso a horas ONCE CON TREINTA DEL DIA, debiendo notificarse a los demandados tanto en el domicilio real señalado como mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano” por el término de tres días consecutivos, con el fin de que se apersonen en el proceso sus probables sucesores dentro del
PLAZO DE TREINTA DIAS, conforme a los alcances del artículo 758° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador Procesal.MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos.- H.S.- Media fi a y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 14 de octubre de 2016. 3vces-21-24-25-viiiii-16 b/v 41420 SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN EL JIRÓN BELAÚNDE TERRY N° 176 DEL DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA DE QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SE PRESENTÓ: CIRIACO HUAMAN CCOICCOSI, SOLICITANDO SE DECLARE LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE SU MADRE: FRANCISCA CCOICCOSI COLQUE, FALLECIDA EL 11 DE JULIO DEL 2011; TENIENDO COMO ULTIMO DOMICILIO EN COMUNIDAD CAMPESINA CCACHABAMBA, DEL DISTRITO DE ANDAHUAYLILLAS, PROVINCIA QUISPICANCHI y DEPARTAMENTO CUSCO. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO A LOS PRESUNTOS HEREDEROS PARA LOS FINES DE LEY. URCOS, CUSCO, 17 DE OCTUBRE DEL 2016. MARIA. E. GALDO SOTOMAYOR.- ABOGADA NOTARIA 1v-21-viiiii-16 b/v 41421 A TODOS LOS INTERESADOS HEREDEROS LEGALES DE DON WILAR VALDEIGLESIAS HURTADO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 578- 2015-0- 1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01 que admite demanda y resolución Nro. 10 que dispone se notifique mediante edictos al herederos legales del que en vida fue Wilar Valdeiglesias Hurtado, bajo apercibimiento de designarle curador procesal.- Santiago, 07 de octubre del 2016 . SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FELICIANA RONDAN HUAYPAYUNCA, sobre DESALOJO con la causal de OCUPANTES PRECARIOS, seguida contra 1.- Benedicta Chalco Huancara, 2.- Ulderico Lovon Pujay, 3.- Elizabeth Pusaclla Huaman, 4.- Aydee Llaique Sarayasi, 5.- Carlota Mamani Flores, 6.- Felix Huari Huaman, 7.- Leonard Espinoza Otazu, 8.- Rene Huanca Tutacano, 9.- Justina Alccahua Vargas, 10.- Cristobal Quispe Qquecho, 11.- Marcelino Chumbes Romero, 12.- Gregoria Teran Ramos, 13.- Regina Usca Quispe, 14.- Daniel Lima Gutierrez, 15 Donato Ramirez Quispe, 16.- Javier Alfaro Percca, 17.- Benedicta Pataca Huaman, 18.- Justo PalIara Huañac, 19.- Dimas Sanchez Ccahua, 20.- Wilar Valdeiglesias Hurtado,21.- Martha Huillca Huaman, 22.- Gabino Tticca Corazas, 23.- Hilda Mamani Medina, 24.- Lucio Huaman Condori, 25.- Daniel Guevara Hurtado, 26.- Higidio Roman Saca, 27.- Martin Caceres Caceres, 28.- Lucia Ancasi Condori, 29.- Miriam Antonieta Supa Miranda, 30.- Wilfredo Cutipa Valderrama, 31.- Aurelio Quispe Huañac, 32.- Veronica Valderrama Zamora, 33.- Guillermo Torres Huaman, 34.- Segundina Ortega Pataca, 35.- Sandra Roque Quispe, 36.- Glorinda Huarac Huañec, 37.- Justo Jalanoca Huaman, 38.- Gregoria Chilo Huaman, 39.- Cristian Gonzalo Carpio, 40.- Leandra Pinares Huaman, 41.- Martha Quispe Cusihuaman, 42.- Luz Vargas Orue, 43.Victor Quispe Cuela, 44.- Gabino Camargo Huampiri, 45.- Juana Carolina Sueldo Baca. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase traslado a la demandada por el plazo de CINCO DÍAS. A LO MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal H.S. 3vces-21-24-25-viiiii-16 b/v 41401 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canas-Yanaoca, que despacha Sr. Juez, Doctor WALD DURAN CHICATA, bajo actuación Especialista Judicial Santiago Calla Quispe, se viene tramitando PROCESO CIVIL N° 0085-2016-0-1006-PJ-CI-01, se dispuso la publicación de Edicto Judicial, donde; SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por EDIT LIBERTAD MOLINA MUÑIZ, sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad del Centro Poblado de Totora Distrital de Livitaca en cuanto a los rubros del primer nombre aparece consignado como “EDILT “ igualmente su segundo nombre aparece como LEBERTAD, lo que se debe corregirse en el acta de su nacimiento de la solicitante correctamente como EDIT LIBERTAD MOLINA MUÑOZ. Lo que se publica para los fines de ley. YANAOCA 18 DE OCTUBRE DEL 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41423 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: HUGO HERRERA APAZA Identificado con DNI 80555263 Estado Civil: SOLTERO Natural de: SANTIAGO - CUSCO Nacionalidad: PERUANA
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016
Edad: 41 años: Ocupación: INDEPENDIENTE Domicilio: PP.JJ. BARRIO DE DIOS J-17 SANTIAGO Doña: MARIBEL MAMANI FARE Identificada con DNI 23990021 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 39 años: Ocupación: DOCENTE Domicilio: ASOC. CHINCHERO G-4 SANTA ANA CUSCO Fecha de Matrimonio: 28 DE OCTUBRE DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 12 de OCTUBRE del 2016. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-21-VIIIII-16 B/V 41424 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Jueza BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 02296-2016-0-1 018-JP-CI-01, NARCISO HERMOZA GARCIA, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue ANTONIA GARCIA DE HERMOZA, falleció el 19 de abril del 2012, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital del Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 12 de octubre del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41425 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Jueza BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 02295-2016-0-1 018-JP-CI-01, NARCISO HERMOZA GARCIA, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue JULIO CESAR HERMOZA GARCIA, falleció el 25 de agosto del 2005, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital del Santiago. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 18 de octubre del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41425 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular Dra. Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra, se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 2271-2016-0-1018-JP-CI-01 por el cual doña SEGUNDA ALOSILLA SUAREZ, solicita la RECTIFICACIÓN de su Partida de Nacimiento en la forma que se detalla: Al Debe suprimirse el nombre “JOSE” de su progenitor y quedar lo correcto como “ANDRES CORSINO ALOSILLA DEL CASTILLO”; B) En el margen de la Partida debe suprimirse la letra “I”, y quedar como” SEGUNDA ALOSILLA SUAREZ”, y, C) en el nombre de su progenitora debe adicionarse su apellido materno “VIDAL” debiendo quedar lo correcto como” SALOME SUAREZ VIDAL” . Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley . Santiago, 19 de Octubre del 2016.1V-21-VIIIII-16 B/V 41426 SUCESION INTESTADA Ante mí, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura 0-12-8 del distrito de San Sebastián - Cusco, doña: DATOS DEL SOLICITANTE: ENGRACIA HUAMAN DE FLORES, solicita la sucesión intestada de quien en vida fue ANTONIO FLORES PALOMINO, fallecido en fecha cuatro de abril del dos mil dieciséis, siendo su último domicilio la ciudad del Cusco, lo que pongo en conocimiento conforme a ley. San Sebastián, 19 de octubre de 2016. LUIS ALBERTO LIRA APAZA Notario Público 1V-21-VIIIII-16 B/V 41428 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 02264-2016-0-1 001-JP-CI-01, seguido por ILIANOF MEJIA VARGAS y AYDEE ARANIBAR PINAREZ, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de la Partida de Nacimiento de su menor hijo BRUCE LEE JHAROL MEJIA ARANIBAR, en lo que respecta al segundo y tercer nombre de pila del hijo de los recurrentes, consignado erróneamente como BRUCE LEE JHAROL MEJIA ARANIBAR” siendo lo correcto’ “BRUCE ESTHOLHIANOF MEJIA ARANIBAR”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 18 de Octubre del 2016.-
1V-21-VIIIII-16 B/V 41429 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, se viene tramitando el Proceso Nro. 259-2016, por resolución N° 01 del tres de octubre del 2016, el Magistrado del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián Dr. Rafael Ramos Béjar, ha dispuesto la publicación del extracto de la solicitud admitida e interpuesta por Guido Licona Sullcaccori, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue Luciana Sullcoccori de Licona, fallecida en fecha: 12 de abril del dos mil quince, en el distrito de San Sebastián para que se les declare como sus únicos y universales herederos legales al recurrente y a su señor padre José Licona Merma, así como a sus hermanos Benigna Licona Sullcaccori, Valerio Licona Sullcacori y Justina Licona Sullcarrori, lo que se publica para los fines- de, ley, Secretario Judicial María Macedo. San Sebastián, 18 de octubre del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41430 Ante la Sub Gerencia de Depuración de Identificación, de la Gerencia de Registro de Identificación del RENIEC, el ciudadano identificado como CONZA FUENTES REMIGIO con DNI Nº 23901060, ha solicitado la Rectificación de su Estado Civil de Casado a Soltero, argumentando que nunca ha contraído matrimonio civil con ninguna persona, lo cual se pone en conocimiento, a fin de quienes tengan motivos para oponerse puedan manifestarse en la forma y el plazo previsto en el Artículo 74° del D.S. N° 015-98-PCM. MARCO LLERENA ZUMAETA Sub Gerencia de Depuración de Identificación RENIEC Lima, 11/10/2016 1V-21-VIIIII-16 B/V 41431 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: ERICK MARTIN BUSTINZA ARROSPIDE Identificado con DNI 43364791 Estado Civil: SOLTERO Natural de: SANTIAGO - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 31 años: Ocupación: EMPLEADO Domicilio: URB. MIRAVALLE A-2 CUSCO Doña: MARIA YSABEL LIMA TIJERA Identificada con DNI 44142763 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 29 años: Ocupación: EMPLEADA Domicilio: URB. MIRAVALLE A-2 CUSCO Fecha de Matrimonio: 04 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 14 de OCTUBRE del 2016. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-21-VIIIII-16 B/V 41434 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: MARCO ANTONIO ATAUSUPA AGUILAR Identificado con DNI. 41894053 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 34 años: Ocupación: TEC. EN INFORMATICA Domicilio: CALLE MATARA 205 Doña: JENNY ROCIO SOMOCURCIO MENDOZA Identificada con DNI. 44254918 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CALLAO Nacionalidad: PERUANA Edad: 30 años: Ocupación: ESTUDIANTE Domicilio: URB. ZARZUELA P-P-9 Fecha de Matrimonio: 16 DE DICIEMBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad.
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 Cusco, 20 de OCTUBRE del 2016. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-21-VIIIII-16 B/V 41433 EDICTO JUDICIAL. En el Proceso Civil Nro. 00585- 2016 la Sra. JUEZ DEL PRIMER JUZGADO MIXTO DE SANTIAGO Dra. BONY EVE GAMARRA FLORES con la actuación de la Especialista Dra. NANCY VICTORIO VASQUEZ se dispuso la publicación de la demanda admitida interpuesta por ROSA ELVIRA MENDOZA LUNA sobre Cambio de Nombre de los padres en su Partida de Nacimiento inscrita en la Municipalidad Provincial del Cusco aparece erróneamente Félix Mendoza debiendo adicionarse el primer y tercer nombre de pila y el apellido materno para que sea lo correcto RAUL FELIX PELAYO MENDOZA RODRIGUEZ asi como la madre aparece como Valentina Luna debiendo adicionarse el primer nombre de pila y el apellido materno para que sea lo correcto ROSA VALENTINA LUNA FLOREZ.- lo que se publica por única vez para los fines de ley - Santiago 19 de Octubre 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41432 EDICTO JUDICIAL. En el Proceso Civil Nro. 00602- 2016 el Sr. Juez del SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE SANTIAGO Dr. LUIS ALBERTO LOPEZ TRELLES con la actuación del especialista Dr. ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIO, se dispuso la publicación de la demanda interpuesta por WILBERT MAXIMO MENDOZA LUNA para que autorice judicialmente el Cambio de Nombre en la Partida de Nacimiento de su progenitor FELIX PELAYO MENDOZA i RODRIGUEZ inscrito en la Municipalidad Provincial del Cusco, debiendo adicionarse el primer nombre de pila y la supresión de la vocal “i” entre sus apellidos para que se consigne correctamente como RAUL FELIX PELAYO MENDOZA RODRIGUEZ debiendo quedar los demás datos inalterables.- lo que se publica por única vez para los fines de Ley- Santiago 19 de Octubre 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41432 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó el Sra. WILLIAM CONDORI ALVAREZ, identificado con DN l. N° 41158070; solicitando la Sucesión Intestada de Q. E. V. F. Sr. EMILIO CONDORI TAIÑA, fallecido el día veintinueve de marzo de dos mil quince, y siendo el último domicilio del causante el inmueble ubicado en la Asociación Los Ángeles A-26, del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 06 de octubre de 2016. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON NOTARIO DEL CUSCO 1V-21-VIIIII-16 B/V 41435 EDICTO JUDICIAL CAMBIO DEL SEGUNDO NOMBRE DE PILA EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO El Juez del Primer Juzgado Mixto de lo provincia de Chumbivilcas, doctoro Norma Palomino Paredes, ha dispuesto lo publicación mediante edictos, en el expediente Nro. 0062-2016-0-1 008-JM-CI-01, seguido por Hilarion Sapacayo Quispe, quien viene solicitando el cambio del segundo nombre de su menor hijo Nilmar Stuarh Randy Sapacayo Quispe, debiendo de quedar como NILMAR SAU RANDY SAPACAYO QUISPE, inscrito en lo partido de nacimiento de lo Municipalidad Distrital de Velille, Provincia de ChumbivilcasDepartamento del Cusco, Lo que se publicó paro los fines de Ley Santo Tomos, 04 de octubre del 2016 1V-21-VIIIII-16 B/V 41436 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular Dra. Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra, se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 2284-2016-0-1018-JP-CI-01 por el cual don AUGUSTO HANCCO QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN de su Partida de Nacimiento, en la que se han omitido de consignar el apellido MATERNO de sus progenitores, siendo lo correcto “LUCIANO HANCCO HUISA y MARGARITA QUISPE CALLAPIÑA” . Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley . Santiago, 19 de Octubre del 2016.1V-21-VIIIII-16 B/V 41439 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don LUIS FERNANDO MINAURO CARAZAS con DNI Nro. 25310545 de 42 años de edad, soltero de Nacionalidad Peruano Natural del Distrito de Huayllabamba ,Provincia Urubamba y Departamento de Cusco de ocupación Técnico en Farmacia con Domicilio en PP.JJ Manco Capac K-5 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. EDITH SILKVIA ACOSTUPA
HUALLPARIMACHI con DNI Nro. 25002604 de 41 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación Químico Farmacéutico con domicilio en PP.JJ Manco Capac K-5 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 17 de Diciembre del 2016. Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 20 de Octubre del 2016. NILDA CUPI ZUNIGA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-21-VIIIII-16 B/V 41440 EDICTO JUDICIAL SEÑORES: SUCESORES DE GERSON QUISPE GARCIA E INTERESADOS Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01771-2016-0- 1001-JR-CI-031. en el que mediante Res.02 de fecha 04-102016, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por NIRA CARBONELLI CALVO en representación de su menor hijo de iníciales J.E.G.C. sobre CAMBIO NOMBRE en el Acta de Nacimiento N° 6396a , debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO, con citación del Representante del Ministerio Público y de los probables sucesores de Gerson Quispe García; en consecuencia, córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DIAS.- debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial el Peruano y el Diario Judicial de esta localidad, asimismo para la notificación de los probables sucesores de Gerson Quispe García, por el plazo de tres días consecutivos. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. A sus antecedentes los anexos adjuntos. AL OTROSI DIGO.- TÉNGASE por delegada su representación a favor del Abogado Tea Vladimir Peña Llacma con las facultades contenidas en los Artículo 74° y 80° del C.P. C. H.S Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 20 de Octubre de 2016. 3VCES-21-24-25-VIIIII-16 B/V 41441 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso civil Nro. 02130-2016, solicitado por LUZMILA CASTILLO ALIAGA en representación de GRACIELA QUISPE CASTILLO, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señor padre ISMAEL ISAURO QUISPE RAMOS, fallecido en fecha 22 de octubre de 2013, en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco, a fin de que se considere como su legítima y universal heredera a su hija GRACIELA QUISPE CASTILLO. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 14 de octubre de 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41442 SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: MERY MELCHORA LIMA SALAZAR, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE: FRANCISCA SALAZAR CACERES VDA. DE LIMA, FALLECIDA ESTANDO DE TRÁNSITO EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, EL DÍA 20 DE JULIO DEL 2015; Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 20 DE OCTUBRE DEL 2016 . 1V-21-VIIIII-16 B/V 41443 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 02437-2016, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por ROSAS RUBEN MIRANDA OCHOA, a fin de que se rectifique los errores materiales en que se ha incurrido al momento de inscribir su partida de nacimiento inscrita ante el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: Respecto al nombre de sus progenitores, se ha consignado; 1) En el rubro DON: Se ha omitido consignar el nombre y segundo apellido, siendo lo correcto “LUIS HORACIO MIRANDA ROZAS”; 2) En el rubro Y DOÑA: Se ha omitido consignar el segundo nombre y apellido, siendo lo correcto “IRMA CONSUELO OCHOA PASTOR”. Errores que le causan perjuicios. Publica-
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Cusco, viernes 21 de octubre de 2016
ción que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 19 de octubre de 2016 1V-21-VIIIII-16 B/V 41444 SUCESION INTESTADA Que en mi despacho notarial en el Jr. Lima Nº 380 del cercado de Acomayo del distrito y provincia de Acomayo del Departamento del Cusco, de conformidad con el art. 41 de la ley 26662 ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos se presentó don EVARISTO RAMOS VALCARCEL solicitando la sucesión intestada de la que vida fue su madre MARGARITA VALCARCEL HUAYCHAO fallecido el día 23 de enero de 1999 en la Comunidad Campesina de Pirque del Distrito de Rondocan de la Provincia de Acomayo- Cusco siendo su ultimo domicilio en la calle Manuel Prado S/N del Distrito de Rondocan de la Provincia de Acomayo del Departamento del Cusco para que se declare como único y universal heredero a su hijo EVARISTO RAMOS VALCARCEL. Acomayo, 18 de octubre del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41437 SUCESION INTESTADA Que en mi despacho notarial en el Jr. Lima Nº 380 del cercado de Acomayo del distrito y provincia de Acomayo del Departamento del Cusco, de conformidad con el art. 41 de la ley 26662 ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos se presentó don EVARISTO RAMOS VALCARCEL solicitando la sucesión intestada de la que vida fue su padre RUDECINDO RAMOS VILLA fallecido el día 21 de diciembre de 1979 en la Comunidad Campesina de Pirque del Distrito de Rondocan de la Provincia de Acomayo- Cusco siendo su ultimo domicilio en la calle Manuel Prado S/N del Distrito de Rondocan de la Provincia de Acomayo del Departamento del Cusco para que se declare como único y universal heredero a su hijo EVARISTO RAMOS VALCARCEL. Acomayo, 18 de octubre del 2016. 1V-21-VIIIII-16 B/V 41437 EDICTO JUDICIAL.CAMBIO DE NOMBRE.- POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS, A CARGO DEL JUEZ EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMINGUEZ; EXPEDIENTE 00108-2016-0-1007-JM-CI-02, CON LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL VIOLETA LIZBETH HUAMANI BENITES: EUSEBIA RAMOS ACHAHUANCO DE JUAREZ, SOLICITA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA EL CAMBIO, CONSISTENTE EN EL CAMBIO DE NOMBRE DE PILA DE EUSEBIA, POR EL DE VICTORIA: RESOLUCIÓN NRO. 01 DE FECHA 11 DE MARZO DE 2014. “...SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la solicitud presentada por EUSEBIA RAMOS ACHAHUANCO DE JUAREZ, sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA CAMBIO DE NOMBRE, especificamente en el cambio de su nombre de pila de EUSEBIA, por el de VICTORIA, para que en lo sucesivo quede como Victoria Ramos Achahuanco de Juarez. 2) tramítese en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. 3) SEÑÁLESE fecha y hora para llevarse a cabo la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL teniendo en cuenta el libro agenda del juzgado para el DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de esta ciudad, BAJO APERCIBIMIENTO de darse por concluido el proceso por inasistencia de la solicitante. SE DISPONE efectuar las publicaciones del extracto de la solicitud por una sola vez en el diario oficial “El Cusco” a nivel regional. LO QUE SE PONE A CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES PERTINENTES. SICUANI, 18 DE OCTUBRE DE 2016.- Violeta Huamani Benites.- Secretaria Judicial.JUZGADO MIXTO DE CANCHIS.1V-21-VIIIII-16 B/V 41445 EDICTO JUDICIAL Que, en el Juzgado Mixto de La Convención, se viene tramitando el Proceso Civil N° 00187-2015-0-1010-JM-CI-01, la misma que resuelve ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por: Mauro Mamani Challco sobre Cambio de Nombre de su menor hijo Yorkfrankdukx Mamani Puma a: YORS MAMANI PUMA; y como consecuencia se disponga se oficie a la Municipalidad Provincial de la Convención para que proceda el Cambio de Nombre en el Acta de Nacimiento, dirigida contra Grecia Graciela Puma Bandera. PUBLÍQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece 506Q de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Supernumeraria Siomara Candelaria Morales Mar, Fdo. Sri Radha Castro Mellado. SRI RADHA O. CASTRO MELLADO SECRETARIA JUDICIAL 21-27/10 03/11/2016 B/31114 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarti, despachado por la Señora Juez Karina Valia Ochoa Montufar y bajo la actuación de la secretaria judicial Nadiht Masías Sánchez, se viene tramitando el proceso civil N°. 54-2016-CI, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la Resolución Nro. 01 de fecha 12-09-2016: “SE
RESUELVE; ADMITIR y tramitar en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por MAXIMO MARIANO ELLESCA MARTINEZ sobre SUCESIÓN INTESTADA ele quien en vida fue su cónyuge GREGORIA BARRIENTOS HUAMAN DE ELLESCA, fallecida el uno de abril del año en curso; con citación de los presuntos herederos y de la Beneficencia Pública de la ciudad del Cusco.-”, lo que se publica para fines de ley. Echarati, 14 de octubre del 2016. NADIHT MASIAS SÁNCHEZ SECRETARIA JUDICIAL 21/10/2016 B/31114 RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO Ante mi oficio notarial, sito en la calle Tacna N° 104, de la ciudad de Espinar, se presentaron: Edgar Ramirez Huanca y Erika Aguilar Llavilla, solicitando que se reconozca su Unión de Hecho, manifestando encontrarse libres de impedimento matrimonial y tener más de seis años de convivencia continua, libre y voluntaria, lo que se comunica a fin de que quienes tengan derechos los hagan valer en la forma establecida en la Ley. Espinar, 17 de Octubre del 2016 URIEL VILLANUEVA SÁNCHEZ ABOGADO NOTARIO DE ESPINAR 21/10/2016 B/.31111 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don JHON ELVIS HUAYLLAHUAMAN QUISPE con DNI Nro. 45086724 de 28 años de edad, soltero de Nacionalidad Peruano Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco de ocupación Empleado en Empresa Privada con Domicilio en PP.JJ Viva el Perú J-11 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. ELIZABETH LINDA ORTIZ OBANDO con DNI Nro. 43402645 de 31 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación Empleada de Empresa Privada con domicilio en PP.JJ Viva el Perú J-11 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 19 de Noviembre del 2016 . Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 19 de Octubre del 2016 LIC.NILDA CUPI ZUNIGA JEFE DE REGISTRO CIVIL 21/10/2016 B/.31112 DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: JOSÉ ANIBAL ARAGÓN CÁRDENAS de 49 años de edad, con DNI N° 23924462, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación INGENIERO ZOOTECNISTA, natural de CUSCO, con domicilio en: AV. PACHACUTEC N° 627 y Doña: MARCUSA QUISPE QUISPE de 39 años de edad, con DNI N° 29714686, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación TEC. ENFERMERIA, Natural de CUSCO, con domicilio en: AV. PACHACUTEC N° 627. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SABADO 29 DE OCTUBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 20 de OCTUBRE del 2016. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 21/10/2016 B/.31109 DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: ENRIQUE MONROY FARFÁN de 38 años de edad, con DNI N° 24005887, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación GUIA DE TURISMO, natural de LIMA, con domicilio en: ASENTAMIENTO HUMANO VALLECITO A - 3 y Doña: TERESA CONDE HUALLPA de 39 años de edad, con DNI N° 40281255, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación GUIA DE TURISMO, Natural de CUSCO, con domicilio en: ASENTAMIENTO HUMANO VALLECITO A - 3. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SABADO 29 DE OCTUBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 20 de OCTUBRE del 2016. YONNY ROMERO FLORES JEFA DE REGISTRO CIVIL 21/10/2016
Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 B/.31108 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DON: ADRIAN HUAMAN CCALLO EDAD: 27 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERO OCUPACION OBRERO NACIONALIDAD PERUANO DNI: 45217173 DOMICILIO APV. LOS REALES DEL BOSQUE G -7 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DOÑA MODESTA PUMAHUALCCA CONTO EDAD: 26 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION: AMA DE CASA NACIONALIDAD PERUANA DNI: 45756169 DOMICILIO: APV. LOS REALES DEL BOSQUE G -7 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DE MATRIMONIO: 05 DE NOVIEMBRE DEL 2016 HORAS 15:00:00 p.m. QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 20 DE OCTUBRE DEL 2016 ALFREDO RIMASCA CHACÓN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL 21/10/2016 B/.31113 EDICTO JUDICIAL Ante el Quinto Juzgado Civil del Cusco en el expediente N° 01252-2016-01001-JR-CI-01, bajo la dirección de la Sra. Juez Marianella Cárdenas Villanueva y la actuación del Especialista legal Rafael Castillo Canal en el proceso seguido por YSAAC ALVAREZ RODRIGUEZ en contra de la SUCESIONDE QEVF BERNARDINO MONGE ANGULO y la SUCESION DE QEVF JUANA ZUÑIGA DAVALOS, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, se ha dispuesto: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA Resolución N° 02 Cusco, 12 de setiembre del 2016. VISTO; el escrito de demanda presentado por Ysaac Álvarez Rodríguez, y escrito de subsanación y anexos; y CONSIDERANDO.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por YSAAC ÁLVAREZ RODRÍGUEZ sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO consistente en NULIDAD DE LA CLAUSULA QUINTA DEL TESTAMENTO PÚBLICO que otorga Bernardino Monge Angulo en fecha 05 de Diciembre de 1988 y la cancelación del Asiento N° 01 de la Partida N° 11143235 de la SUNARP Cusco, pretensión dirigida CONTRA: la Sucesión de BERNARDINO MONGE ANGULO conformada por Georgina Monge Zuñiga, Silvio Monge Zuñiga, Evangelina Monge Zuñiga y Valeriana Monge Zuñiga, con CITACIÓN de la Sucesión de JUANA ZUÑIGA DÁVALOS en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO.- confiérase traslado a los demandados por el término de TREINTA DÍAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Por ofrecidos los medios probatorios propuestos.- Insértese en autos los anexos presentados.- Teniendo en consideración que se cita a la Sucesión de Juana Zuñiga Dávalos se debe proceder a notificar mediante edictos a tal sucesión indeterminada mediante edictos conforme lo establece el Artículo 435° bajo expreso apercibimiento de nombrarse curador procesal.- H.S.Fdo. Marianella Cárdenas Villanueva: Juez, Rafael Castillo Canal: Especialista Legal.-Cusco, 19 de octubre del 2016.3vces-20-21-24-viiiii-16 b/v 41392
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi-Urcos, despachado por el Señor Juez Supernumerario Manuel Juan Cordero Sánchez y la actuación de la Secretaria Judicial Estefany Pérez Ángulo. se viene tramitando el Proceso Tutelar N° 562-2016-0-1014-JM-FT-01; ordenándose mediante Resolución N° 01 de fecha 21 de julio de 2016, se notifique el extracto del Auto de apertura de Investigación Tutelar, siendo su tenor literal en su parte pertinente el siguiente: “ SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material a favor del menor CONZUELO ZEA MERMA de 14 años de edad, contra su progenitor Cirilo Zea Surco, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor.- 2) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.- 3) Declaración del progenitor Cirilo Zea Surco y Rosa Aurelia Zea Merma.- 4) Gírense los oficios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. Confírmese como medida de protección el albergamiento en el Hogar Uñacha conforme obra en autos, hasta un pronunciamiento sobre el fondo en el presente proceso.-” Urcos, 09 de setiembre del año 2016.19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 2113-2016-99-1001-JR-PE-06 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: Jorge Arturo Pacheco Florez con DNI 23874141 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Omisión de Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales J.A.PP y C.S.P.P. representada por su progenitura Yony Margot Pérez Carrean. Res. Nro. 01 Cusco, diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis, señálese fecha para el verificativo de audiencia de Juicio Oral para el día CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA. EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 17 de octubre del 2016. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 3118-2016-10-1001 -JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: DEYVIS RICHARD RAMOS ORMACHEA con DNI 43272561 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común
9 Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 01 Cusco, catorce de octubre del año dos mil dieciséis, Se dispone Citar a Juicio Oral de proceso inmediato para el día 24 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 14 de Octubre del 2016. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 2785-2016-13-1001 -JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: DANIEL OBLITAS LA TORRE con DNI 74130982 Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico Res. Nro. 01 Cusco, catorce de octubre del año dos mil dieciséis, Se dispone Citar a Juicio Oral de proceso inmediato para el día 27 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 14 de Octubre del 201 ó. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro. : 01323-2016-20-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): NESTOK QUISPE RAMOS Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se lo atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado RES. NRO. 8 de fecha 14 de Octubre del 2016 (...) deberá concurrir el día NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DEICISEIS A HORAS 02:00 DE LA TARDE la misma que se verificara en LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 17 de Octubre del 2016. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 03245-2016-16-1001-JR-PE-07 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): MICHEL MARLON MALDONADO MORALES Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito contra La Familia En Su Modalidad De Incumplimiento De Obligación Alimentaria previsto y sancionado en el Art. 149 del código penal en agravio de los menores de iniciales NAMG Y MAMG representado por su madre LLORI SONIA GARAY VELASQUEZ. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, 02 de Setiembre del año dos mil dieciséis.- (...) deberá concurrir el día DIEZ DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 17 de Octubre del 2016. 19-20-21/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 2234-2015-65, seguido en contra de Abel Ttito Tecsí, por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edvvin del Pozo, bajo la actuación de la Especialista de Causas Yolanda Vallenas, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado ABEL TTITO TECSI, con la resolución Nro. 03 de fecha 5 de Octubre del 2016, que RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por inasistencia del acusado ABEL TTITO TECSI. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado ABEL TTITO TECSI quién como generales de ley conforme al requerimiento de acusación tiene los siguientes datos de identidad, DNI N° 23967091, de sexo masculino, nació el 07 de abril del año 1973, de estado civil soltero, con grado de instrucción secundaria completa, natural del distrito, provincia y departamento de Cusco, hijo de Guillermo y Rufina, con domicilio real probable en la Calle Perú D-7, del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. 3. Nombrar como abogada defensora del acusado reo ausente a la Defensora Publica LURDES IRENE ASCUE CASTILLO, quién debe hacer valer los derechos que correspondan al procesado. 4. ORDENAR se giren los oficios para la captura y posterior conducción del procesado reo ausente mediante la fuerza pública, es decir mediante la Policía Nacional del Perú. 5. DISPONER se notifique al acusado mediante edictos judiciales que deben ser publicados por tres días consecutivos hábiles en el Diario Judicial del Cusco, en la tabula del Juzgado, así como en la página Web del Poder Judicial, a fin de que tome conocimiento de los cargos que se imputan en su contra se presente al Juzgado y se defienda de los mismos.
6. DISPONER que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o éste se presente voluntariamente se fije fecha y hora para la audiencia de
10
juicio oral, mientras ello ocurra archívese provisionalmente la causa. H.S.Cusco, 18 de Octubre del 2016. 19-20-21/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL(2JPUC) Exp. Penal Nro. 374-2015-19, seguido en contra de Américo Timpo Auquipuma, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves, en agravio de Steve Bryan Rio.s Ccopa, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, bajo la actuación de la Especialista de Causas Yolanda Vallenas, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado AMÉRICO TIMPO AUQUIPUMA, con la resolución Nro.06 de fecha 5 de Octubre del 2016, que RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por inasistencia del acusado AMERICO TIMPO AUQUIPUMA . 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado AMERICO TIMPO AUQUIPUMA quién como generales de ley conforme al requerimiento de acusación tiene los siguientes datos de identidad, DNI N° 48539050, de sexo masculino, nació el 26 de marzo de 1994, de estado civil soltero, con grado de instrucción secundaria completa, de ocupación estudiante, natural del distrito de Santiago, provincia y deparlamento del Cusco, hijo de Américo Julio y Benigna, con domicilio real probable en la Urb. Kantoc D-1, distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. 3. Nombrar como abogada defensora del acusado reo ausente a la Defensora Publica SUSANA LADRÓN DE GUEVARA MEJIA quién debe hacer valer los derechos que correspondan al procesado. Debiendo de comunicar dicho nombramiento la abogada que el día de hoy la está reemplazando bajo responsabilidad. 4. ORDENAR se giren los oficios para la captura y posterior conducción del procesado reo ausente mediante la fuerza pública, es decir mediante la Policía Nacional del Perú. 5. DISPONER se notifique al acusado mediante edictos judiciales que deben ser publicados por tres días consecutivos hábiles en el Diario Judicial del Cusco, en la tabula del Juzgado, así como en la página Web del Poder Judicial, a fin de que tome conocimiento de los cargos que se imputan en su contra se presente al Juzgado y se defienda de los mismos. 6. DISPONER que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o éste se presente voluntariamente se fije fecha y hora para la audiencia de juicio oral, mientras ello ocurra archívese provisionalmente la causa. H.S.Cusco, 18 de octubre del 2016. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02513-2015-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : LADRON DE GUEVARA PINO, RENE OLIVIA Resolución Nro. 11 Cusco, 11 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 05 del 16 de mayo de 2016 (folio 65 a 74 ), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, subscribe el voto para que se revoque la sentencia; las Jueces Superiores señoras Alfaro Herrera y Paredes Salas, emiten voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al señor Juez Superior doctor Víctor Ladrón De Guevara De la Cruz, Presidente de esta Segunda Sala Laboral, quien se reincorpora al termino de sus vacaciones; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO 2°SALALABORAL EXPEDIENTE :01358-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA :ACCIONCONTENCIOSAADMINISTRATIVA RELATOR
Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 :ROXANABOHORQUEZABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CALCA DEMANDANTE : LOVON RODRIGUEZ, MARIO Resolución Nro.6 Cusco, 11 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 03 del 20 de junio de 2016 (folio 35 a 43), materia de grado, debido a que la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, subscribe el voto para que se confirme la sentencia; las Jueces Superiores señoras Alfaro Herrera y Paredes Salas, emiten voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al señor Juez Superior doctor Víctor Ladrón De Guevara De la Cruz, Presidente de esta Segunda Sala Laboral, quien se reincorpora al termino de sus vacaciones; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01475-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO, DEMANDANTE : CRUZ HUASPA, EDUARDA Resolución Nro.8 Cusco, 3 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 04 del 26 de julio de 2016 (folio 65 a 73), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, subscribe el voto para que se confirme la sentencia; las Jueces Superiores señoras Alfaro Herrera y Paredes Salas, emiten voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al señor Juez Superior doctor Víctor Ladrón De Guevara De la Cruz, Presidente de esta Segunda Sala Laboral, quien se reincorpora al termino de sus vacaciones; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente res lución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 19-20-21/10/2016 CPJ 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00779-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDANTE : ROZAS MENDOZA, MARIA ANTONIETA Resolución Nro.7 Cusco, 4 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 03 del 27 de mayo de 2016 (folio 37 a 42), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra”, debido a que la Juez Superior señorita
Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 Velásquez Cuentas, subscribe voto para que se confirme la sentencia; los señores Jueces Superiores en mayoría Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo,DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03333-2015-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DIRECCION UGEL ANTA GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDANTE : APAZA KACHAHUALLPA, MARIO SALOME Resolución Nro.11 Cusco, 3 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 06 del 15 de junio de 2016 (folio 94 a 102), materia de grado, debido a que las Jueces Superiores en mayoría señoras Paredes Salas y Alfaro Herrera, subscriben el voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al señor Juez Superior doctor Victor Ladron de Guevara De la Cruz Presidente de esta Segunda Sala Laboral, quien se reincorpora al termino de sus vacaciones ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 19-20-21/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: CLETO WARTHON SERRANO El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 854-2015-0-1001-JR-PE-03, seguido contra el referido imputado y otros, por el delito de Lavado de Activos, en agravio del Estado, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 02 del 01/06/16 cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 02 Cusco, 01/06/16: DADO CUENTA: (...) y ATENDIENDO la disposición de formalización de la investigación preparatoria que obra a fojas tres y siguientes: I. PARTE EXPOSITIVA (...) Por éstas consideraciones SE RESUELVE.- III. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de CUSCO, contra JUAN EUDES OLIVERA RICALDE, ROGER MELLADO PANIZO, LUIS ÓSCAR CJUIRO QUISPE, JULIO BEJAR CUBA, OLGA YOBANA ROMOACCA ARANA, LOURDES JACKELINE CAMACHO FLORES, YASMENI TORRES QUINTANA, ANA CECILIA SERRANO QUINTANILLA, ROGER HUILLCA RICALDE, VÍCTOR HUILLCA RICALDE, SAMUEL ALAGON RICALDE, CLETO WARTHON SERRANO, BRUS VILLENA ANDIA, SOLEDAD PAULLO HUALLPA, ERNESTO OSCCO CASTILLO, WALTER OLIVERA RICALDE, RAÚL VALERIO LEÓN OSCA, BASILIA BOLANOS PÉREZ, JHOJAN HUAMANI ILLANES, HILDA ILLANES HUAMAN, NANCY RIVERA
11 CHACÓN, JULIO OLIVERA RICALDE, JUDITH HILARES GONZALES, ARTURO MARTÍN SILVA VERA, LILIANA PÉREZ DURAND, FLAVIO HUAMANI HUAMANGUILLAS, PERCY MAMANI HUAYTA, JHON MAX BEJAR RODRÍGUEZ, JORGE MODESTO MARÍN ORMACHEA, CARMEN JESÚS QUINTANILLA MUÑOZ, LIZANDRO SOSA OCHOA, ADELAYDA GUEVARA ARROYO, DANTE QUISPE AGUILAR y VÍCTOR MENDOZA JIMÉNEZ por la presunta comisión del delito de Lavado de Activos mediante actos de Ocultamiento y Tenencia, previsto y sancionado en el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1106 de Lucha Eficaz contra el Lavado de Activos y Otros delitos Relacionados a la Minería Ilegal y Crimen Organizado; en agravio del Estado Peruano representado por el Ministerio del Interior a través de la Procuraduría Publica Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Proceso de Perdida de Dominio, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados JUAN EUDES OLIVERA RICALDE, ROGER MELLADO PANIZO, LUIS ÓSCAR CJUIRO QUISPE, JULIO BEJAR CUBA, OLGA YOBANA ROMOACCA ARANA, LOURDES JACKELINE CAMACHO FLORES, YASMENI TORRES QUINTANA, ANA CECILIA SERRANO QUINTANILLA, ROGER HUILLCA RICALDE, VÍCTOR HUILLCA RICALDE, SAMUEL ALAGON RICALDE, CLETO WARTHON SERRANO, BRUS VILLENA ANDIA, SOLEDAD PAULLO HUALLPA, ERNESTO OSCCO CASTILLO, WALTER OLIVERA RICALDE, RAÚL VALERIO LEÓN OSCA, BASILIA BOLANOS PÉREZ, JHOJAN HUAMANI ILLANES, HILDA ILLANES HUAMAN, NANCY RIVERA CHACÓN, JULIO OLIVERA RICALDE, JUDITH HILARES GONZALES, ARTURO MARTÍN SILVA VERA, LILIANA PÉREZ DURAND, FLAVIO HUAMANI HUAMANGUILLAS, PERCY MAMANI HUAYTA, JHON MAX BEJAR RODRÍGUEZ, JORGE MODESTO MARÍN ORMACHEA, CARMEN JESÚS QUINTANILLA MUÑOZ, LIZANDRO SOSA OCHOA, ADELAYDA GUEVARA ARROYO, DANTE QUISPE AGUILAR y VÍCTOR MENDOZA JIMÉNEZ, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía. 3. DESIGNAR ABOGADO DEFENSOR PÚBLICO, para que asuma la defensa de los imputados LUIS ÓSCAR CJUIRO QUISPE, LOURDES JACKELINE CAMACHO FLORES, ROGER HUILLCA RICALDE, SAMUEL ALAGON RICALDE, CLETO WARTHON SERRANO, BRUS VILLENA ANDIA, LILIANA PÉREZ DURAND, PERCY MAMANI HUAYTA, JHON MAX BEJAR RODRÍGUEZ, LIZANDRO SOSA OCHOA, ADELAYDA GUEVARA ARROYO y VÍCTOR JIMÉNEZ MENDOZA, al haberse advertido que NO CUENTAN con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, SE NOTIFICARÁ a la Coordinadora de los Defensores Publico en su sede institucional, adjuntando copia de la disposición fiscal de formalización de investigación preparatoria, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de tenerse por designada a dicha Coordinadora. 4. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 5. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; asi mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 6. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 7. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante en los casos expresamente establecidos por ley 8. EXPLICAR que el desarrollo integro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 9. ORDENAR A LAS PARTES QUE FIJEN EN AUTOS UN DOMICILIO PROCESAL DENTRO DEL RADIO URBANO DEL JUZGADO, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo dia de expedida la resolución. 10. AUTORIZAR al Especialista Judicial de Juzgado, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por el Juez. 11. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 12. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven
12 de la no observación al presente ítem. 13. EXHORTAR al abogado de los imputados su obligación de asistir a las citaciones judiciales a las audiencias, bajo apercibimiento de ser excluido y sustituido por abogado de oficio, en los casos previstos taxativamente en la ley. 14. NOTIFICAR le presente resolución a los imputados y agraviado sólo por ésta vez en su domicilio real, salvo que hayan fijado domicilio procesal, y al Ministerio Público en su correo electrónico, conforme la información proporcionada por la Fiscalía bajo su responsabilidad. 15. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el articulo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 03 de octubre del 2016 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JORGE ALEJANDRO CABRERA QUISPICUSI El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 03952-2016-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra JORGE ALEJANDRO CABRERA QUISPICUSI con D.N.I. 23984289, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de los menores con iniciales: I.S.C.C. y D.A.C.C, representados por su progenitura Sebastiana Condori Tintaya identificada con D.N.I. N° 25797511, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts Garcia Ríos, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 12/10/16 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra JORGE ALEJANDRO CABRERA QUISPICUSI como autor del delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de los menores con iniciales: I.S.C.C. y D.A.C.C, representados por su progenitura Sebastiana Condori Tintaya identificada con D.N.I. N° 25797511; la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, catorce de Octubre. De dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. (...). 2. REPROCRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:30 AM. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 3. SE DISPONE NOTIFICAR EN EL DÍA AL IMPUTADO EL CONTENIDO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN SU DOMICILIO REAL Y PROCESAL, ASIMISMO SE DISPONE SE GIRE OFICIO A LA DEFENSORIA PUBLICA DEL CUSCO A FIN DE QUE SE DESIGNE ABOGADO DEFENSOR. 4. SUBSISTEN LOS APERCIBIMIENTOS DISPUESTOS EN LA RESOLUCIÓN N° 1 PARA EL CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES Y SIENDO QUE ES INAPLAZABLE ESTA AUDIENCIA, SE DISPONE LA CONCURRENCIA DEL IMPUTADO Y SU DEFENSA BAJO APERCIBIMIENTO DE DESIGNARSE EN ESE ACTO ABOGADO DEFENSOR PUBLICO QUE GARANTIZE SU DEFENSA TÉCNICA. (...). 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00234-2016-10-1014-JR-PE-01. JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHIEspecialista Judicial: Sonia L. Quispe./ Materia : VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR Se emplaza y cita al imputado; ÁNGEL SOSA MERCADO, a fin de que ejerza su derecho de defensa y concurra a la audiencia de Prisión preventiva a llevarse a cabo el día 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 A HORAS 9: 00 AM, citada en la investigación que se le sigue, como presunto autor del delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales A.l.S.C. Urcos, 12 de octubre del 2016.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi-Urcos, despachado por la Señora Juez Titular Yanet Ofelia Paredes Salas y la actuación de la Secretaria Judicial Estefany Pérez Ángulo. se viene tramitando el Proceso N° 54-2015-0-1014-JM-FP-01 sobre infracción a la ley penal: ordenándose mediante Resolución N° 12 de fecha 03 de octubre del año 2016 se publique el extracto de la programación a Audiencia de Esclarecimiento de los hechos, con la finalidad de que comparezcan a dicha diligencia las personas de Emiliano Turpo Ccoyoccosi y Eusebia Quispe Aquino progenitores del menor procesado W.F.T.Q. , siendo su tenor literal en su parte pertinente el siguiente: “(—) DE OFICIO: Estando a la constancia de fojas 121 REPROGRAMESE Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos para el día
Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas 2:30 DE LA TARDE, oportunidad en la cual deberán estar presentes todas las partes procesales (...). NOTIFIQUESELES en el domicilio señalado en autos así como mediante edictos, para lo cual gírese el oficio correspondiente.” Urcos. 03 de octubre del año 2016.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 21416-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelín Granula Cora, seguido por Florentina Tejada Quispe contra Juan Qqueccaño Alarcón; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 13 de Octubre del 2016: (...)SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN QQECCANO ALARCON en agravio de FLORENTINA TEJADA QUISPE. ORDENAR al denunciado JUAN QQECCANO ALARCON EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada FLORENTINA TEJADA QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento d? las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 140-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Vicentina Condori Suna contra Santos Camala Hila; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 04; Paucartambo, 04 de Octubre del 2016: (...)SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada VICENTINA CONDORI SUNA que deberán ser cumplidas por el denunciado SANTOS CAMALA HILA, en condición de conviviente, medidas de protección que son las siguientes)...) DISPONGO que el denunciado SANTOS CAMALA HILA SE ABSTENGA de agredir en forma física y psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada VICENTINA CONDORI SUNA, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 194-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Saemi Moraima Saico Silva contra Joel Eliazar Illa Tunqui; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 05 de Octubre del 2016: (...) SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada SAEMI MORAIMA SAICO SILVA que deberán ser cumplidas por el denunciado JOEL ELIAZAR ILLA TUNQUI, en condición de ex conviviente, medidas de protección que son las siguientes: (...) DISPONGO que el denunciado JOEL ELIAZAR ILLA TUNQUI, SE ABSTENGA de agredir en forma física y psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada SAEMI MORAIMA SAICO SILVA, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 187-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Julia Romero Paso contra Franklin Edisson Flores Jara; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 04; Paucartambo, 27 de Setiembre del 2016: (...) SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor de la agraviada ELAINE QUISPE HUAMANI que deberán ser cumplidas por el denunciado RICVELL FREDY SOTELO YUPANQUI, en condición de conviviente, medidas de protección que son las siguientes: RATIFICAR las medidas de protección provisionales otorgadas en favor de la agraviada ELAINE QUISPE HUAMANI mediante resolución N° 01, del 12 de setiembre, que corre a fojas 9 y 10. DISPONGO que el denunciado RICVELL FREDY SOTELO YUPANQUI, SE ABSTENGA de agredir en forma física y psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada ELAINE QUISPE HUAMANI, sea en forma directa o por medios de terceros. DISPONER que la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN TODAS SUS DEPENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde atención prioritaria y protección inmediata a las víctimas a su sola petición verbal y presentación de la presente resolución por cualquier persona, considerando este REQUERIMIENTO SUFICIENTE por parte de este Despacho Judicial para el cumplimiento de las medidas de protección, efectuando la inmediata detención de los involucrados, incluso allanando su domicilio o el lugar donde estén ocurriendo los hechos, en caso
Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 de flagrante delito, vinculado a actos de violencia familiar en aplicación de lo dispuesto por el artículo 17 de la lev N° 30364.. (...) H.S.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 207-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Julia Romero Paso contra Franklin Edisson Flores Jara; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 11 de Octubre del 2016: (...) SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de FRANKLIN EDISSON FLORES JARA en agravio de JULIA ROMERO PASO. ORDENAR al denunciado FRANKLIN EDISSON FLORES JARA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica y física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada JULIA ROMERO PASO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor GUMERCINDO DÍAZ HUAMBO, en el Proceso Nro. 00551-2015-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor JDJ., para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 13 de octubre del 2016 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor NOE NILSON QUISPE MIRANDA, en el Proceso Nro. 425-2016-0-1010-JR-PE-Ol., que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS TRES E LA TARDE (03.00 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 13 de octubre del 2016 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 2851-2016-0 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUSCO JUEZ : GILBERT ARIAS PAULLO ESPECIALISTA: FIORELLA MIRANDA YANQUIRIMACHI SE EMPLAZA A : ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA En los seguidos contra del investigado ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA, por la comisión del Delito de Contra la Seguridad Pública en la modalidad de Peligro Común subtipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado con la Res. Nc 03; en el siguiente tenor: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, por no tenerse certeza de la notificación al imputado Alberto Gutiérrez Huaoca. 2. Se dispone reprogramar la presente audiencia para verificarse el día ONCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DIEZ DE LA MAÑANA a verificarse en la Segunda Sala de audiencias del Módulo Penal, quedando debidamente notificados los presentes, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia. 3. Disponiéndose la notificación debida y conforme a ley con el contenido del requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato, la resolución N° 01 asi como el contenido de la presente acta al imputado Alberto Gutiérrez Huanca mediante EDICTO JUDICIAL para lo cual se deberá realizar el extracto de la resolución y el requerimiento de proceso inmediato, bajo responsabilidad. EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA ELIANA ESTRADA OVIEDO, Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Segunda fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con domicilio procesal en la Av. Pedro Vilca Apaza N° 313-31 5- oficina 403 Wanchaq-Cusco,
13 a usted en atenta forma digo: PETITORIO: Señor Juez, recurro a su Despacho incoando la aplicación del proceso inmediato de conformidad a lo dispuesto en el articulo 446° del Código Procesal Penal, modificado mediante Decreto Legislativo 1194, publicado en fecha 30 de agosto del 2015, para la investigación que se le sigue a ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA, por la comisión del Delito de Contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común subtipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la sociedad representada por el Ministerio Publico. DEL SUPUESTO DE APLICACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO: En el presente caso el delito imputado es el de conducción en Estado de Ebriedad tipificado en ei artícuo 274° del Código Penal, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 446” del Código Procesal Penal, 3.REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS PARA EL PROCESO INMEDIATO El articulo 447° del Código Procesal Penal en el inciso 2 parte final, señala que debe cumplirse con lo dispuesto en el artículo 336 inciso 2) del Código Procesal Penal, los que a continuación se describen: DE LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: DEL IMPUTADO: ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA CON DNI 47418165. SEXO MASCULINO, CON FECHA DE NACIMIENTO EL 19/03/1990, ESTADO CIVIL SOLTERO, GRADO DE INSTRUCCIÓN SECUNDARIA COMPLETA DE LA IDENTIFICACIÓN DE LA PARTE AGRAVIADA: La parte agraviada es La Sociedad representada por el Ministerio Publico, en la persona de la Fiscal Támara Tatlana Catacora Jara, la que tiene como su domicilio procesal el ubicado en Oficina N° 408 del Edificio del Ministerio Publico, Av. Pedro Vilca Apaza N° 313 cel Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco donde se harán llegar las ulteriores notificaciones. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO; En fecha 11 de Octubre del 2013, siendo las 19:00 horas aproximadamente, en inmediaciones del final de la calle Prolongación José Olaya del distrito de San Sebastián, persona de la Comisaría PNP de San Sebastián, intervino el vehículo de placa de rodaje WZ-4798. conducido por Alberto Gutiérrez Huanca, quien había chocado contra el Protector metálico de una tienda comercial de dicha arteria pública, por lo que al ser intervenido se advirtió que el conductor presentaba visibles síntomas de ebriedad. TIPIFICACIÓN DEL HECHO Hechos asi descritos se encuentran subsumidos en el delito contra la Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en Estado de Ebriedad, Contemplado en el primer párrafo artículo 274° del Código Penal, que señala que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-Utro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, sana reprimido con pena privativa de ia libertad no menor de seis meses ni mayor de dos. años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jcmadas e inhabilitación, conforme ai artículo 36 inciso 7) del Código Penal IV.- DE LOS ELEMENTOS DE INVESTIGACIÓN: De las diligencias realizadas a nivel preliminar se han recabado los siguientes elementos de convicción: • Acta de Intervención Policial de fecha 11 de Octubre del 2014, en el cual se detallan los hechos ocasionados por el acusado ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA, quien conducía el vehículo (camión) automotor de placa de rodaje WZ-4798; con visibles síntomas de ebriedad, (folio 02). • Certificado de Dosaje Etílico Nro. 012107, y registro 13222, de fecha 14 de Octubre del 2014, practicado al acusado ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA, en la que se establece que presentaba 0.90 gramos de alcohol por litro de sangre. (FS.7). • El oficio 6102-2014-INPE/22-06-A], por el que se informa que el acusado no registra antecedentes penales. (FS.14). • El oficio 869.14-GR-CUSCOI.DRTCC-DCTC, informando la Dirección Regional de Transporte que el acusado tiene licencia de conducir Z47418165, CLASE Y Categoría A-ll-B, profesional. (FS.20) Por las consideraciones antes expuestas, en uso de las atribuciones que establece la Ley Orgánica del Ministerio Público y lo establecido en los artículos 446° y 447° del Código Procesal PenaI, este Despacho Fiscal INCOA PROCESO INMEDIATO contra ALBERTO GUTIÉRREZ HUANCA, por la comisión del Delito de Contra la Seguridad Publica en su modalidad de Peligro Común, sub tipo conducción en estado de Ebriedad en agravio de la sociedad, representada por el Ministerio Publico. 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro. : 02356-20l6-20-1001-JR.PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): ARTURO YABAR ABRILL Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, quince de Agosto del año dos mil dieciséis.- (...) deberá concurrir el día VEI NTINUEVE DE DICIEMBRE
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DEL AÑO DOS MIL DEICISEIS A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 18 de Octubre del 2016. 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 01976-2016-83-1001-JR-PE--02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): ESPINOZA VIZARRETA, ROMULO Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delilo de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de menor de inicales P.E.C. representado por su progenitura Honorata Ccasani Pacco. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 07 Cusco, dieciocho de Octubre del año dos mil dieciséis.(...) deberá concurrir el día CINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 A.M. ( HORA EXACTA) a verificarse en la DECIMA Sala Penal de audiencias de esta Corte Superior de Justicia del Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 18 de Octubre del 2016. 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL QUE ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE POMACANCHI - ACOMAYO, QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ DOCTOR EFRAÍN LA TORRE VALENZUELA, BAJO LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL JESSICA MARGOT CHOQUE MAR, SE VIENE TRAMITANDO EL PROCESO N° 18-2006-0-1003-JP-FC-01, PROCESO DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR PILAR OROZ VILLAFUERTE CONTRA MIGUEL SUCA PFUÑO, SE HA DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 13 DE FECHA CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, NOTIFICAR AL DEMANDADO MIGUEL SUCA PFUÑO CON LAS RESOLUCIONES NÚMERO SIETE Y OCHO DEL PRESENTE PROCESO, MEDIANTE LA PUBLICACIÓN DE EDICTOS, PÚBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EL DIARIO JUDICIAL DEL CUSCO Y EN LA TABLILLA DEL JUZGADO POR EL INTERVALO DE TRES DÍAS HÁBILES: “RESOLUCIÓN NRO. 7, DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2009,- SE RESUELVE A) REQUERIR A LA DEMANDANTE PILAR OROZ VILLAFUERTE Y DEMANDADO MIGUEL SUCA PFUÑO, PARA QUE DENTRO DEL PLAZO DEL TERCER DÍA DE SU NOTIFICACIÓN CUMPLAN CON PRESENTAR A ESTE JUZGADO COPIAS DE LOS ESCRITOS Y RESOLUCIONES QUE
Cusco, viernes 21 de octubre de 2016 OBREN EN SU PODER; B) PONER EN CONOCIMIENTO DE LA OFICINA DE CONTROL ¡NTERNO DE LA MAGISTRATURA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. EL INICIO DE LA RECOMPOSICIÓN DE EXPEDIENTE, CONFORME SE TIENE ORDENADO EN LA RESOLUCIÓN 16 DE DICIEMBRE DE 2008.HÁGASE SABER”. “RESOLUCIÓN NRO. 8, DE FECHA 24 DE ABRIL DEL 200?.- (...) CONFORME SE TIENE EL DOMICILIO DE FOJAS CUARENTA, EL DEMANDADO TIENE SU DOMICILIO EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE SAN JUAN - POMACANCHI. POR CUYA RAZÓN LÍBRESE EXHORTO PRECEPTIVO AL JUZGADO DE PAZ DE SAN JUAN, PARA LA NOTIFICACIÓN DEL DEMANDADO MIGUEL SUCCA PFUÑO, CON EL TENOR DE LA RESOLUCIÓN 7. HÁGASE SABER. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. POMACANCHI, 14 DE OCTUBRE DEL 2016. 20-21-24/10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL QUE ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE POMACANCHI - ACOMAYO, QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ DOCTOR EFRAÍN LA TORRE VALENZUELA, BAJO LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL JESSICA MARGOT CHOQUE MAR, SE VIENE TRAMITANDO EL PROCESO N° 28-2016-0-1003-JP-FC-01, PROCESO DE AUMENTO DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR PILAR OROZ VILLAFUERTE CONTRA MIGUEL SUCA PFUÑO, SE HA DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 03 DE FECHA CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, NOTIFICAR AL DEMANDADO MIGUEL SUCA PFUÑO CON EL AUTO ADMISORIO DE ADMISORIO DE LA DEMANDA, MEDIANTE LA PUBLICACIÓN DE EDICTOS, TENIENDO EN CUENTA LA NATURALEZA ESPECIAL DEL PROCESO Y EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, PUBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EL DIARIO JUDICIAL DEL CUSCO Y EN LA TABLILLA DEL JUZGADO POR TRES DÍAS HÁBILES: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA SOBRE AUMENTO DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR PILAR OROZ VILLAFUERTE, EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJA, EN CONTRA DE MIGUEL SUCA PFUÑO, EN LA VÍA DEL PROCESO ÚNICO, CÓRRASE TRASLADO POR EL PLAZO DE CINCO DÍAS PARA SU CONTESTACIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REBELDE; POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE SE SEÑALAN Y ACOMPAÑAN Y PARA LA NOTIFICACIÓN DEL DEMANDADO GÍRESE OFICIO A LA CENTRAL DE NOTIFICACIÓN DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. HÁGASE SABER. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. POMACANCHI, 14 DE OCTUBRE DEL 2016.
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