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EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 110-2017-CI seguido por ROXANA AURORA MARMANILLO VELARDE sobre SUCESION INTESTADA de su padre HERNAN MARMANILLO OBLITAS fallecido el 17-05-2014, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 06-04-2017. 3VCES-21-24-25-IV-17 B/V 43701 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el Proceso N° 01-2016-0-1 005-JM-CI-01, demanda interpuesta por Delia Echarri Pareja sobre División y partición contra la Sucesión de Angélica Echarri Marquina y otros, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DOS, TRES Y DOCE, de fecha 03 de marzo y 20 de mayo del 2016 y 04 de abril 2017, en forma sumillada se resuelve; ADMITASE a trámite la demanda seguido por Delia Echarri Pareja sobre División y partición contra la Sucesión de Angélica Echarri Marquina, Dominga Echarri Marquina y José Gabino Echarri Marquina. NOTIFIQUESE mediante edicto el estracto de auto admisorio a la sucesión del que en vida fue CESAR GERARDO ECHARRI CASAFRANCA, a fin de que tomen conocimiento y puedan apersonarse al proceso y hacer valer su derecho, bajo apersonamiento de nombrársele curador procesal para fines de garantizar su derecho a la defensa. Calca, 20 de abril del 2017. 3VCES-21-24-25-IV-17 B/V 43711 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección de la Juez Nelly Consuelo Yabar Villagarcia y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 133-2017, seguida por UBALDINA PANIURA DE CUSI sobre SUCESIÓN INTESTADA de LEONCIO CUSI PILLCO, tramitada en la vía del proceso No Contencioso, se publica para los fines de ley. San Jerónimo, 20 de abril del 2017. 3VCES-24-25-26-IV-17 B/V 43717 EDICTO JUDICIAL Sr. LUIS DANIEL ARIAS TORRES. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la Dra. Elene Vengoa García, se tramita el proceso Civil Nro. 016602016-0- 1001-JP-FC-03 seguido por MARIA CRISTINA PASTOR ANDRADE sobre PRESTACION DE ALIMENTOS en contra de LUIS DANIEL ARIAS TORRES, en el que se ha dictado la Resolución se ha dispuesto se le notifique mediante edictos la Rs. Nro. 01 de 11-11-2016 en el que se dispone “ ... Por lo que, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por MARIA CRISTINA PASTOR ANDRADE contra LUIS DANIEL ARIAS TORRES, sobre PRESTACION DE ALIMENTOS; debiendo substanciarse en la vía del PROCESO SUMARISIMO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de CINCO DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de renuencia, debiendo de acompañar al escrito de contestación a la Da. el requisito especial conforme lo dispone el artículo 565º del C.P.C, sin cuyo requisito no será admitida su contestación.( ... ). SE DISPONE, publicar por Edictos tanto en el Diario oficial el Peruano, como en el diario judicial del Cusco, un extracto de la presente resolución, por tres veces consecutivos. H. S.”- Firmado por la Señorita Juez. Especialista Legal M. Halanoca Puma.Cusco, 20 de Abril de 2017. 3VCES-24-25-26-IV-17 B/V 43719 SEGUNDO REMATE JUDICIAL Expediente N° 00287-1999-0-1001-JR-CI-01 en los seguidos por
FLOR DE ESPERANZA ABARCA CHOQUEVILCA con CELSO ALFREDO FERNANDEZ PAIVA, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, la Sra. Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, Dra. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, con intervención de la Especialista Legal Dra. ISABEL HUAMAN SEQUEIROS, ha dispuesto sacar a SEGUNDO REMATE el inmueble: DEPARTAMENTO N° 406 del BLOCK B-4, de la urbanización MARISCAL GAMARRA, Segunda Etapa, distrito, provincia y departamento de Cusco, inscrito en la Partida N° 11015775 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral X- Sede Cusco, oficina registral Cusco, con las siguientes AFECTACIONES: Asiento 15.- EMBARGO.- Sobre la totalidad del bien de propiedad del demandado hasta por la suma de S/. 40,000.00 nuevos soles, dispuesto por Resolución de fecha 21 de enero del 2000, dentro del Proceso Nro. 99334 seguido por José Manuel La Portilla Mejía contra Celso Alfredo Fernández Paiva, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; Asiento 16.- EMBARGO.- Por Resolución N° 02 de fecha 15 de marzo del 2001, dictada en el Proceso Civil Nro. 1994-00160-0, sobre Separación Convencional, seguido por Flor de Esperanza Abarca Choquevilca y Celso Alfredo Fernández Paiva, se dispone la inscripción de la medida cautelar hasta por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles, sobre el inmueble número cuatrocientos seis del Block B guión cuatro, de la urbanización Mariscal Gamarra, Segunda Etapa, del distrito, provincia y departamento del Cusco; Asiento 17.- EMBARGO.- Por Resolución N° 01 de fecha 21 de mayo del 2002, dictada en el Proceso Civil Nro. 2002-0642-37 del Cuarto Juzgado Civil del Cusco, sobre Medida Cautelar, seguido por Leonel Loayza Delgado contra Celso Alfredo Fernández Paiva, se dispone la anotación del embargo en forma de inscripción sobre el inmueble materia de la partida de propiedad de Celso Alfredo Fernández Paiva, hasta por el monto de US$ 19,800.00 dólares americanos; Asiento 21.- REACTUALIZACION DE EMBARGO ENFORMA DE INSCRIPCION.- Por Resolución N° 08 de fecha 20 de enero del 2015, dentro del Proceso Nro. 287-1999-42-1001-JR-CI-01, del Primer Juzgado Civil Módulo Corporativo de la Corte Superior de Justicia, en los seguidos por Flor de Esperanza Abarca Choquevilca contra Celso Alfredo Fernández Paiva, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, se ha ordenado reactualizar el embargo (Asiento 15) en forma de inscripción sobre el inmueble materia de la partida, hasta por la suma de S/40, 000 00 nuevos soles TASACIÓN·.- S/ 321,984.00 (TRÉSCIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES). PRECIO BASE.- S/ 182,457.60 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 60/100 SOLES), equivalente al precio base del primer remate reducido en quince por LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE.- En la oficina de la Administración del Módulo Civil del Cusco, ubicado en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en la Avenida El Sol N° 239, Cusco. El día 12 de MAYO del año 2017 a las 10: 15 de la mañana. REQUISITOS PARA SER POSTOR.- Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACION en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. Estando el presente remate a cargo del Martillero Público Sandro Alberto Jara Chumbes con Reg. N° 213, Cel. 973962231. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS y serán cancelados a la firma del acta de remate. SALDO DEL PRECIO DE ADJUDICACION: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación, dentro de tercer día de realizado el acto, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del Remate. 3VCES-24-25-26-IV-17 B/v 43720 NOTIFICACION POR EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A LOS PROPIETA-
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RIOS CON DERECHO INSCRITO EN LA PARTIDA N° 60507475 DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO, BENIGNO LINES SANCHEZ y MARTA OCHOA ATAUSINCHE DE LINES, EN LOS SEGUIDOS POR: PLACIDO QUISPE ATAYUPANQUI, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL VEHÍCULO DE PLACA DE RODAJE SZ-8866, CUYA RESOLUCIÓN QUE ADMITE A TRÁMITE ES; RES. Nº.01/CUSCO, 15 DE ABRIL DE 2017, EXP. N°58-2017-NPB, POR ESTAR COMPRENDIDO DENTRO DE LA LEY 26662 Y 28325, EN APLICACIÓN DEL INC. 1º DEL ART. 505 DEL C.P.C. CONVÓQUESE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHO VEHÍCULO, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO, 17 DE ABRIL DE 2017. 3VCES-24-25-26-IV-17 B/V 43726 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 01207-2006-0-1001-JR-CI-04, ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora Fanny Lupe Pérez Carlos; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de EMPLAZAR A LA SUCESION DE ANGELICA VALDIVIA DE VIZCARRA: con el contenido de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN Nro. 163, Del 08 de julio de 2016, (...) VISTO: (...); Y CONSIDERANDO(...) SE RESUELVE: 1.- Declarar FUNDADA EN PARTE la petición de NULIDAD formulada el por apoderado común de los 58 litisconsortes abogado Edwin Gonzales Echarri en lo que concierne al proceso Nro. .885-2012 tramitado ante el Tercer Juzgado Civil debiendo declararse NULA todas las actuaciones procesales desde la resolución Nro. 162 hasta la Nro. 2 inclusive que admite la demanda solamente RESPECTO DE Angélica Valdivia Delgado de Vizcarra y, VOLVIENDO A PROVEER el escrito de fecha 16 de JULIO DE 2012. Con relación a la demandante Angélica Valdivia Delgado de Vizcarra. A TODOS LOS EXTREMOS.- VISTO: Y CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 108 del Código Procesal Civil establece: “Por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuando: 1. Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario. (...) En los casos de los Incisos 1 y 2, la falta de comparecencia de los sucesores, determina que continué el proceso con un curador procesal. (...). SEGUNDO: En el presente proceso se ha verificado que la demandante Angélica Valdivia de Vizcarra ha fallecido en fecha 9 de Julio de 2012 consiguientemente con la finalidad de no preterir el derecho de defensa de sus sucesores es procedente aplicar la norma citada en el primer considerando de esta Resolución.SE RESUELVE: Declarar la SUSPENSIÓN del trámite del proceso hasta que se emplace válidamente a la Sucesión de ANGELICA VALDIVIA DELGADO DE VIZCARRA, con la finalidad de que comparezcan los sucesores procesales, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo publicarse la presente resolución mediante edictos en la forma y modo establecidos por el artículo 167 del Código Procesal Civil a costa de la parte actora.- (...). Cusco, 24 de marzo de 2017. FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL 24-25-26/04/2017 B/.32217 DETERMINACION DE AREAS Y LINDEROS EN SEDE NOTARIAL. ANTE MI, ORLANDO PACHECO MERCADO, ABOGADO NOTARIO DE CUSCO, CON DESPACHO EN AVENIDA GRAU 438, SE ESTA TRAMITANDO LA RECTIFICACION DE AREA DEL INMUEBLE SIGNADO EL NÚMERO 819-A, DE LA AVENIDA SOL, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO CUSCO, INSCRITA EN LA PARTIDA 11000793 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL X SEDE CUSCO A SOLICITUD DE SUS PROPIETARIOS LOS SEÑORES ALVARO LUIS MORANTE ANGELES, PERUANO,
IDENTIFICADO CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NÚMERO 23831644 Y SU CÓNYUGE JACQUELINE ROSANA LATORRE BEJAR, PERUANA, IDENTIFICADA CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NÚMERO 23824562, AMBOS CON DOMICILIO PARA ESTE EFECTO EN LA OFICINA 31 DE LA CALLE HELADEROS 157, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO CUSCO, POR CUANTO EN EL LEGAJO Y EN LOS ASIENTOS DE LA PARTIDA REGISTRAL NO OBRA NI SE CONSIGNA EL ÁREA Y LOS LINDEROS DEL PREDIO Y DE ACUERDO AL PLANO Y MEMORIA DESCRIPTIVA VISADA POR EL MUNICIPIO PROVINCIAL DE CUSCO SE ESTA DETERMINANDO QUE EL BIEN INMUEBLE ANTES MENCIONADO TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS TÉCNICAS: UBICACIÓN: AVENIDA SOL N° 819-A, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO CUSCO. AREA: 220.00M2. PERIMETRO: 59.51 ML. DESCRIPCION DE LOTE N° 819-A: POR EL FRENTE: CON EL LOTE N° 819 EN LINEA RECTA CON 15.99 ML. = POR LA IZQUIERDA: CON EL LOTE N° 817 PROPIEDAD DE SUCESIÓN TRAVERSO RIVERA CARLOS, EN LINEA RECTA CON 14.24 ML. POR LA DERECHA: CON EL LOTE N° 1177 PROPIEDAD DE LA ASOCIACIÓN DE ARTESANOS KORIMETRO EN LINEA RECTA CON 13.25 ML. POR EL FONDO: CON EL LOTE N° 832-B PROPIEDAD DE MORANTE ÁNGELES ÁLVARO LUIS, EN LINEA RECTA CON 10.12 ML. Y LOTE N° 832-A PROPIEDAD DE LA SEÑORA PALOMINO MARAÑÓN MARIA LOURDES EN LINEA RECTA CON 5.91 ML. HACIENDO UN TOTAL DE 16.03 ML. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PUBLICO, PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO,17 DE ABRIL DE 2017. ORLANDO PACHECO MERCADO NOTARIO DE CUSCO 3VCES-19-25-IV-Y-02-V-17 B/V 43656 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°460 DE ESTA CIUDAD, ARMIDA MARIA RODRIGUEZ PEZZINI, ROLANDO ESPINOZA VILLALOBOS , HILDA RAQUEL MALPARTIDA TINCOPA, SANTOS HUAMAN GUTIERREZ, LUZMILA ESPINOZA VILLALOBOS , FORTUNA QUISPE CORNEJO, TORIBIA PANIGUARA ENRIQUEZ, LAUREANA CUSIYUPANQUI ATAUSINCHE y TERESA CUSIYUPANQUI ATAUSINCHI, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N° 27157 Y SU REGLAMENTO, FORMACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, DEL PREDIO URBANO UBICADO EN “LA ESQUINA CALLE NAVAL Y CALLE LOS PINOS, TERRENO DENOMINADO CERCADO PATA - PARCIALIDAD DE SUCSO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 606.84 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 101.72 ML. INMUEBLE QUE NO SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO (SUNARP); TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N° 55-2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO, 03 DE ABRIL DE 2017. 3VCES-19-25-IV-Y-02-V-17 B/V 43660 NOTIFICACION POR EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CERCADO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A: LUCAS MAYTA PANTIGOZO, PASCUALA UBALDINA LOVATON CABALLERO, EN LOS SEGUIDOS POR ARMIDA MARIA RODRIGUEZ PEZZINI, ROLANDO ESPINOZA VILLALOBOS , HILDA RAQUEL MALPARTIDA TINCOPA, SANTOS HUAMAN GUTIERREZ, LUZMILA ESPINOZA VILLALOBOS, FORTUNA QUISPE CORNEJO, TORIBIA PANIGUARA ENRIQUEZ, LAUREANA CUSIYUPANQUI ATAUSINCHE y TERESA CUSIYUPANQUI ATAUSINCHI, SOBRE
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FORMACIÓN DE TITULO SUPLETORIO DEL PREDIO URBANO UBICADO EN “LA ESQUINA CALLE NAVAL Y CALLE LOS PINOS, TERRENO DENOMINADO CERCADO PATA - PARCIALIDAD DE SUCSO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON EL ÁREA DE 606.84 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 101. 72 ML. ,TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N°55-2017-NPB. CON CITACCION DE LOS PROPIETARIOS y POSEEDORE COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCANDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERASADOS. CUSCO, 03 D ABRIL DE 2017. 3VCES-19-25-IV-02-V-17 B/V 43661 EDICTO JUDICIAL.Ante el Juzgado Civil de Canchis-Sicuani, en la misma que se avoca al conocimiento del presente proceso la Juez encargado Ana Melva Puma Llanque, y bajo la actuación de la especialista legal Maribel Concha Qquenta se viene tramitando el proceso N° 0097-2016-0-1007-JM-CI-02 cuyo extracto de la parte resolutiva es el siguiente: se resuelve: admitir a trámite la demanda interpuesta por Angela Moriano Quecaño y Aquilino José Mamani Vilcher, sobre prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble signado con el lote n° 14 de la manzana c de la calle cajamarca de la asociación de vivienda fe y esperanza de esta ciudad de Sicuani, en contra de comité nacional de habitad para la humanidad Perú ahora visión integral para el desarrollo alternativo, representada por Eliana Trinidad Alarcón Portugal, con citación de la Municipalidad Provincial De Canchis, señor Benedicta Canahuire Cuyo Marcusa Inca Amanca Y Rafael Quispe Puma como colindantes. Tramitase en la vía del proceso abreviado. Córrase traslado de la demanda a la parte demandada y a los citados, por el plazo de diez días para que absuelva, bajo apercibimiento de ser declarado a la parte demandada, rebelde en caso de incumplimiento. Se dispone la publicación del extracto de la presente resolución, en los diarios “el peruano” y “el diario judicial del cusco” acreditándose su realización con los ejemplares de dichas publicaciones. A los medios probatorios: téngase por ofrecido los medios probatorios para ser merituados en su oportunidad. A los anexos: agréguese a sus antecedentes. Marivel Concha Qquenta.- Secretario Judicial. 3VCES-19-25-IV-Y-02-V-17 B/V43683
S.R.L DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ESTATUTO DE LA SOCIEDAD Y LA L.G.S. SE CONVOCA A JUNTA DE SOCIOS PARTICIPACIONISTAS A REALIZARSE EL DÍA LUNES 01 DE MAYO DE 2017, A HORAS 9:00 A.M. (PRIMERA CONVOCATORIA) Y EL DÍA VIERNES 05 DE MAYO DE 2017 A HORAS 10:00 A.M. (SEGUNDA CONVOCATORIA), A REALIZARSE EN EL DOMICILIO DE LA EMPRESA SITO EN URB. TÚPAC AMARU JR. TÚPAC AMARU Ñ 21 VÍA EXPRESA, CON LA SIGUIENTE AGENDA: 1.- TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES SOCIALES, COMO CONSECUENCIA DE SEPARACIÓN VOLUNTARIA DE LA SOCIEDAD.2.-RENUNCIA DE GERENTE GENERAL Y SUB GERENTE, Y DESIGNACIÓN DE GERENTE GENERAL Y SUB GERENTE.3.-MODIFICACIÓN PARCIAL DEL PACTO SOCIAL Y ESTATUTO DE LA EMPRESA.CUSCO, 24 DE ABRIL DE 2017 JULIO HUMPIRE MEDRANO GERENTE GENERAL 25-26-27-/04/2017 B/.32211
EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 01 de abril del 2016, la recurrente ANNEE KATHERINE CRUZADO GONZALEZ, titular del Acta de Nacimiento N° 1009414739, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señor padre, habiéndose consignado como JORGE WILLINGTON CRUZADO GAYOSO, Siendo el nombre correcto del padre de la titular del Acta JORGE WILLINTON CRUZADO GAYOSO. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 06 de abril del 2016 MARIBEL CENTENO CARDEÑA JEFE DE LA OFICINA REGISTRAL CUSCO- RENIEC 25/04/2017 B/.32229
DIVISION DE REGISTRO CIVIL
POR ACUERDO DE ACTA DE JUNTA GENERAL DE PARTICIPACIONISTAS DE FECHA 18 DE ABRIL DEL 2017, LA SOCIEDAD L. A. INGENIEROS CONTRATISTAS S.R.L., CON RUC. N° 20527176124, ACORDÓ REDUCIR SU CAPITAL SOCIAL INSCRITO DE S/ 2’595,873.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 SOLES) A LA NUEVA SUMA DE SI 2’330,812.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 00/100 SOLES), ES DECIR SE REDUCE EN LA SUMA DE S/ 265,061.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SESENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 217° Y 218° DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES. CUSCO, 18 DE ABRIL DEL 2017. LA GERENCIA 19-25/04 01/05/2017 F/.27581
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: RAYNIER URBIOLA CAMACHO de 38 años de edad, con DNI N° 40071433, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación ABOGADO, natural de ABANCAY, con domicilio en: URB. MARCAVALLE F - 1 y Doña: INGRID CHRISTA FARFÁN VARGAS de 30 años de edad, con DNI N° 44006677, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ABOGADA, Natural de JESUS MARIA LIMA, con domicilio en: URB. LA FLORIDA PASAJE LOS GERANIOS F - 6. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: VIERNES 12 DE MAYO DEL 2017.. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 19 de ABRIL del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 25/04/2017 B/.32228
ACLARACIÓN
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO
LA PRESENTE CONVOCATORIA ESTUVO PROGRAMADO PARA PUBLICARSE LOS DÍAS 22-23Y 24; POR FALLAS TIPOGRÁFICAS NO SALIÓ BIEN, MOTIVO POR EL QUE SE REPROGRAMA PARA LOS DÍAS 25-26 Y 27 DE ABRIL 2017. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE SOCIOS PARTICIPACIONISTAS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES DORADINO
EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don, CARLOS MAMANI QUISPE, de 23 años de edad, identificado con DNI N° 48093297, natural del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, de ocupación Agricultor, de estado civil soltero, domiciliado en la Comunidad de Ya-
AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL.
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namayo S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco; y. Doña, CIRILA DIAZ HUAMAN, de 23 años de edad, identificada con DNI N° 47821332, natural del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, de ocupación Su Casa, de estado civil soltera, domiciliada en la Comunidad de Yanamayo S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco. FECHA DE CELEBRACIÓN: DIA: 20 de Mayo del Año 2017. HORA: 08:00 AM. LUGAR: En el Salón Consistorial de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo. Las personas que conozcan causales de impedimento, pueden denunciarlas tal como establece el Art. 253 del Código Civil ante la Jefatura del Registro Civil de esta Municipalidad. Ollantaytambo, 20 de abril del 2017 LIC. ELVIS R. FLORES FARFÁN ALCALDE 25/04/2017 B/.32227
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CONFORME LA LEY 27157, SU REGLAMENTO LA LEY 27333, LEY 26662 Y DEMAS NORMAS, COMUNICO QUE LA SRA: ZENAIDA EDUARDA PALOMINO FLORES, SOLICITA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO A SU FAVOR DEL INMUEBLE S/N, UBICADO EN LA CALLE UCAYALI DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE CALCA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. EL INMUEBLE TIENE UN AREA DE TRES MIL TRESCIENTOS TRENTA Y NUEVE PUNTO QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (3,339.579 M2), UN PERIMETRO DE 257.71ML. Y LOS SIGUIENTES LÍMITES Y COLINDANCIAS. POR EL FRENTE: LIMITA CON LA CALLE UCAYALI, EN LINEA RECTA CON 90.96ML, POR EL FONDO: EN LINEA QUEBRADA DE CINCO TRAMOS DE 19.74ML, 12.76ML, 39.89ML, 9.43ML., Y 20.25ML. HACIENDO UN TOTAL DE 102.07ML, COLINDA CON LA FAJA MARGINAL DEL RIO CCOCHOC. POR LA IZQUIERDA ENTRANDO LIMITA CON LA PROPIEDAD DEL SR. JOSE TELLO LUGLIO DE POR MEDIO PROYECCIÓN DE LA CALLE MARISCAL CASTILLA CON UNA LONGITUD DE 35.02ML. Y POR LA DERECHA ENTRANDO LIMITA CON LA PROPIEDAD DE LA FAMILIA DELGADO CAMPANA, DE POR MEDIO PROYECCIÓN DE LA CALLE MARISCAL CASTILLA EN LINEA RECTA CON 24.51ML. EL TITULAR REGISTRAL DEL INMUEBLE MATRIZ ES EL SEÑOR ADOLFO PAREJA CAMARA Y SUS HEREDEROS: A QUIENES SE EMPLAZA POR MEDIO DE LA PRESENTE PARA LOS EFECTOS DE LEY. CALCA, 17 DE ABRIL DEL 2017. MERY SANCHEZ GAMARRA.-ABOGADA NOTARIA.-CORDOVA Nº 146 CALCACUSCO. ATENTAMENTE, MERY SANCHEZ GAMARRA ABOGADA – NOTARIA 25/04 02-08/05/2017 B/.32226
DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: MIGUEL ANGEL SALAS VERGARA de 39 años de edad, con DNI N° 23998184, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación EMPLEADO, natural de CUSCO, con domicilio en: URB. SANTA MONICA PASAJE JOSE OLAYA N° 418 y Doña: GLENY ELIZABETH JORDÁN ZAMALLOA de 35 años de edad, con DNI N° 41122838, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación SU CASA, Natural de CUSCO, con domicilio en: URB. SANTA MONICA PASAJE JOSE OLAYA N° 418. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el
Día: VIERNES 12 DE MAYO DEL 2017.. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 24 de ABRIL del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 25/04/2017 B/.32230
CONVOCATORIA AJUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Se convoca a los señores socios de la “EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO VELOZ CUSCO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, a junta general extraordinaria, para tratar la siguiente agenda: a) RENOVACION Y NOMBRAMIENTO DE NUEVOS GERENTES. A llevarse a cabo: DIA: 05 de mayo del 2017. HORA: 08:30am. LUGAR: Av. Arcopata Nº125-Cusco. Cusco,24 de abril del 2017. JULIO GERARDO PANIURA OVALLE SUB GERENTE 1V-25-IV-17 B/V 43761 CLasificado
EDICTO RADIAL HÁGASE SABER AL PUBLICO EN GENERAL: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Collantes Mendoza, se tramita el Proceso Civil Nº 0148-2016-0-1015-JMCI-01, se ha emitido la resolución W 03 de fecha 05 de octubre de 2016, donde se resuelve ADMITIR A TRAMITE, la demanda interpuesta por GUILLERMO ZAMBRANO ÁLVAREZ y GLORIA EDITH COTRINA HUAMAN DE ZAMBRANO, sobre RECTIFICACIÓN DE ÁREAS del predio denominado “MAYUPATA B” ubicado en el Sector de Pumahuanca, Valle Vilcanota de la Unidad Catastral 06492, Partida Electrónica SIR Nro. 03004319, Asientos 01 y 02 SUNARP, de la provincia de Urubamba, departamento del Cusco, a fin de que se rectifique el área de 1.0726 Has (Inscripción Registral) a la Real 0.8371 Has., en contra del ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL COFOPRI - CUSCO y con citación de DAVID ZAMBRANO ÁLVAREZ, ADOLFO CAMACHO HERRERAY JUAN LAURA MEZA, debiendo tramitarse en la vía del proceso ABREVIADO. En tal virtud CÓRRASE traslado de la demanda a los demandados por el término de Ley, conforme prevén los artículos 430 y 491 del Código Procesal Civil, bajo apremio de declararse su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta, por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente. ANEXOS: A sus antecedentes los anexos adjuntos. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 506º del Código Procesal Civil, publíquese un extracto de la presente resolución de conformidad a ley.- Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 21 de abril de 2017 3vces-25-26-27-iv-17 b/v 43744
SUCESION INTESTADA. Ante mi Notario Olger Centellas Machaca, sito en Jr. Mariano Melgar N°113 de Urcos-Quispicanchi-Cusco; RUBEN CHURATA HUAMAN, solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fue BETY ANAYA GARCIA, fallecido el día VEINTINUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL UNO, en EL HOSPITAL ANTONIO LORENA, DEL DISTRITO DE SANTIAGO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO y teniendo su último domicilio en la CALLE SALAVERRY N° 16, DISTRITO OROPESA, Provincia de Quispicanchi, Departamento de Cusco, para que se declare heredera única a: DEISY LYCETT CHURATA ANAYA identificada con DNI. N°
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Cusco, martes 25 de abril de 2017
74302075, en condición de hija de la causante. Llamándose a los que se crean con derecho hereditario, para que se presenten dentro del plazo de ley. Urcos, 06 de marzo del 2017. OLGER CENTELLAS MACHACA NOTARIO DE URCOS QUISPICANCHI 1V-25-IV-17 B/V 43745
AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO En el Expediente N° 03131-2013-0-1001-JR-CI-01 sobre Ejecución de Garantías seguido por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales Líderes y Empresarios, representada por William Almirón Rosco en contra de Eddy Milagros Phuño Sánchez, Nicanor Vargas Valcárcel, Modesto Castro Quispe y Francisca Mora Herrera: la señora Jueza del Primer Juzgado Civil de Cusco. doctora Sandra Contreras Campana, con la actuación del especialista legal abogado Boris J. Santos De La Gala, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO, del bien inmueble embargado y cuya descripción se detalla: INMUEBLE ubicado en el lote 7, de la manzana X-1, del Centro Poblado Oropesa, denominado Alameda, calle Pizarro - Distrito de Oropesa, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco, inscrito en la partida registral N° 31004191 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, donde aparecen sus todas características. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro Ltda. de Andahuaylas hasta por S/ 20.000.00, asiento 0003. 2). Primera y preferente hipoteca a favor de la demandante en el presente proceso y hasta por la suma de S/ 100,000.00. asiento 0004.- No se conoce otros gravámenes. TASACION: S/100,000.00 (Cien mil 00/100 Soles) BASE: S/ 66,666.67 (Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y sea con 67/100 Soles), o sea las dos tercer-las partes de la tasación El remate se efectuará el día 12 de mayo 2017 a horas: 11.30 a.m., en la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil Laboral, ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco, la que a su vez esta sita en la Av. El Sol 239- Cusco. El remate lo efectuará el Martillero Público Sr. José Carlos E. Chírínos Escobedo con Registro N° 65. Los interesados para ser postores deberán depositar previamente el acto del remate, una suma no menor al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombro del propio postor (Art. N° 735 del C.P. C.); además se deberá acompañar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. Nº 732 del C·P.C). Dr. Boris J. Santos De La Gala, especialista Legal.- José C.E. Chirinos E. Martillero Publico (959600795). Cusco, marzo 2017. 6vces-25-27-iv-01-03-05-08-v-17 b/v 43746
EDICTO JUDICIAL En el Proceso Civil N° 17-2017, sobre APERTURA DE AREA DE USO COMUN, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito de Wanchaq - Cusco, se ha dispuesto la notificación de la SUCESIÓN INTESTADA DE LAS PERSONAS DE VICENTE PANTOJA BENAVIDES, ROSA MENDOZA LUZA y MARGOT VARGAS PANTOJA con lo dispuesto mediante resolución N° 03- AUTO ADMISORIO de fecha 03/04/2017 en la que se dispone: LA NOTIFICACION mediante edictos de la SUCESIÓN INTESTADA DE LAS PERSONAS DE VICENTE PANTOJA BENAVIDES, ROSA MENDOZA LUZA y MARGOT VARGAS PANTOJA; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal”.- Lo que se publica para los fines de Ley.- Firma del Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Moron.- Betsabe Prudencia Sotelo, Secretaria Judicial.Wanchaq, 20 de Abril del 2017. 3vces-25-26-27-iv-17 b/v 43748
EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha el señor Juez doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, Y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 00475- 2017, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, solicitado SIMON EDGAR RAMIREZ DIAZ, recurre a este órgano jurisdiccional solicitando la rectificación, respecto a la omisión del apellido materno de sus progenitores, estando registrado como “José Ramírez” siendo lo correcto “JOSE RAMIREZ DEZA” progenitora inscrita como “Brigida Díaz ‘’. debiendo ser lo correcto” BRIGIDA DIAZ VARGAS” Se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 17 de Abril del 2017. 1v-25-iv-17 b/v 43749
EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 473-2017-0-1001-JP-CI -02 solicitada por Octavia Ramirez Diaz sobre RECTIFICACION DE PARTIDA donde se ha consignado en forma errónea los nombres de sus progenitores donde se consigna: i) su nombre como Octavia Ramírez i Diaz debiendo ser corregido como “Octavia Ramírez Díaz”; ii) el nombre de su progenitor que aparece como “José Ramírez”, debiendo ser corregido por “Jose Ramírez Deza”, así como iii) el nombre su madre que aparece como “Brigida Diaz” debiendo ser lo correcto “Brigida Díaz Vargas” la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 20 de abril del 2017. 1v-25-iv-17 b/v 43749
EDICTO JUDICIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
Por ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 24-2017 seguida por ERNESTINA CUTIRE CCORIMANYA sobre SUCESION INTESTADA del que en vida fue MARIANO GARCIA QUISPE quién falleció en fecha 28 de setiembre de 1993, siendo su ultimo domicilio en el distrito de Lucre de la provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco, a fin de que declare como herederos a la recurrente ERNESTINA GARCIA QUISPE y sus hijos Concepción García Cutire, Jorge García Cutire, Melquiades Garcia Cutire, Juan Carlos García Cutire, Alejandro García Cutire, Mario García Cutire.- Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan derecho, hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 21 de abril del 2017 1v-125-iv-17 b/v 43747
EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que Don TEOFILO NELSON FERNANDEZ HUAMAN con DNI Nro. 44115928 de 31 años de edad, soltero de Nacionalidad peruana Natural del Distrito Provincia y Departamento de Cusco de ocupación Independiente con Domicilio en Asoc. P. Joven Primero de Enero Mz. I-12 Lt. B Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. EDITH HUILLCAYA MENDOZA con DNI Nro. 46214405 de 28 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito, Provincia Departamento Cusco de Ocupación Ing. Civil con domicilio en P. Joven Primero de Enero Mz. I-12 Lt. B Distrito de Santiago- Cusco PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el Día Sábado 13 de Mayo del 2017. Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 24 de Abril del 2017 LUISA THRUDY BORDA CABRERA REGISTRDOR CIVIL 1v-25-iv-17
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Cusco, martes 25 de abril de 2017
b/v 43750
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Echarati, que despacha el Señor Juez Dr. Marco Antonio Flores Espezua, bajo la actuación del Especialista Legal Edwin Cupi Zuniga, se viene tramitando el proceso Nro. 00053-2016-0-1010-PJ-CI- 01, seguido por MARVIN HAGLER VELAZCO HUILLCA, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicita se rectifique su nombre, ya que erróneamente ha sido consignado como MARVIR, debiendo ser lo correcto MARVIN, así mismo solicita la rectificación en el prenombre de su padre, pues se omitió consignar el segundo nombre de su progenitor como OSCAR, debiendo ser lo correcto y completo TEODORICO OSCAR VELASCO VERA. Así mismo solicita la rectificación en el sexo consignado en su partida de nacimiento ya que erróneamente se consignó como sexo FEMENINO, debiendo ser lo correcto MASCULINO. Lo que se publica para los fines de ley.Echarati, 01 de marzo del 2017. 3VCES-25-26-27-IV-17 B/V 43751
SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, EL SEÑOR: MARIO CONCEPCIÓN HUANCA ASTETE, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA, DE LA QUE EN VIDA FUE: PAULINA ASTETE VARGAS DE HUANCA, FALLECIDA EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 25 DE JULIO DEL 2016, Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGAN USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 22 DE ABRIL DEL 2017. 1V-25-IV-17 B/V 43752
EDICTO En el proceso N° 1228-2017, seguido por CARLOS ENRIQUE CÁCERES BUSTÌOS en su condición de CURADOR DE JUAN RAMON CÁCERES BUSTÌOS, con CITACIÓN DE LILIA EULALIA CÁCERES VALDIVIA DE GUEVARA y otros, sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIEN DE INCAPAZ MAYOR DE EDAD; se ha dispuesto la publicación por edictos de “Resolución 02.- Cusco, tres de Abril del año dos mil diecisiete.-VISTO; ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por CARLOS ENRIQUE CÁCERES BUSTÌOS en su condición de CURADOR DE, JUAN RAMON CÁCERES BUSTÌOS, con CITACIÓN DE LILIA EULALIA CÁCERES VALDIVIA DE GUEVARA JULIO ALEJANDRO CÁCERES VALDIVIA; y, FREDY OSCAR VILLASANTE LLERENA sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIEN DE INCAPAZ MAYOR DE EDAD, respecto de los inmuebles determinados en la demanda, en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO con expresa citación de las personas nombradas. En consecuencia, se dispone se cumpla con las publicaciones de ley por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta ciudad, por el plazo de ley.-( ... ).- H.S.” Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana.- Esp. Legal Boris Santos de la Gala. Cusco, 20 Abril 2017. 1V-25-IV-17 B/V 43753
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección de la Juez Nelly Consuelo Yabar Villagarcia y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 135-2017, No Contencioso la solicitud de BARBARA HUANCA MACHACCA DE CCACYAMARCA sobre SUCESIÓN INTESTADA DE BALDOMERO CCACYAMARCA VARGAS, debiendo publicarse el estracto del presente por tres veces en el Diario Oficial de esta sede Judicial, se publica para los fines de ley. San Jerónimo, 17 de abril del 2017. 3VCES-25-26-27-IV-17 B/V 43754
GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO EDICTO MATRIMONIAL OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: ALEX NELSON PORTILLO ROSALES Identificado con DNI. 41556634 Estado Civil: SOLTERO Natural de: LIMA Nacionalidad: PERUANA Edad: 35 años: Ocupación: ADMINISTRADOR Domicilio: CALLE TECTE 327 Doña: BRENDA ROSA GUISSEL FLOREZ VILLAFUERTE Identificada con DNI. 44340152 Estado Civil: DIVORCIADA Natural de: PUEBLO LIBRE - LIMA Nacionalidad: PERUANA Edad: 30 años: Ocupación: CAJERA Domicilio: URB. LARAPA GRANDE H-5-15 Fecha de Matrimonio: 15 DE MAYO DEL 2017 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 24 de ABRIL del 2017. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-25-IV-17 B/V 43755
RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 18° DE LA LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE MI DESPACHO SE PRESENTO FELICIANO COILA MONTES, SOLICITANDO SE TRAMITE LA RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO EN LA QUE SE HA CONSIGNADO ERRÓNEAMENTE EL NOMBRE DE SU PADRE COMO: “MIGUEL L. COILA PARI”, SIENDO EL NOMBRE CORRECTO: “MIGUEL LAUREANO COILA PARI”. SE PUBLICA LA PRESENTE PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 19 DE ABRIL DEL 2017. ANTONIETA OCAMPO DELAHAZA NOTARIA DE CUSCO CNC. 027 1V-25-IV-17 B/V 43756
EDICTO En el Proceso Civil N° 00229-2017-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por don VALENTIN ARGANDOÑA LUCANA, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto de la omisión de los apellidos maternos de sus progenitores, debiendo ser sus nombres completos MIGUEL ARGANDOÑA CAVIEDES y EUFEMIA LUCANA FLORES, en los Registros Públicos de Estado Civil de la Municipalidad del Cusco, Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley consiguientes. Santiago, 29 de marzo del 2017. 1V-25-IV-17 B/V 43757
EDICTO DE LEY Ante el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Canas, Sr. ANTONIO ARAOZ ENRIQUEZ, se presentaron solicitando contraer Matrimonio Civil; el ciudadano: WALBERTO CHUQUIHUANCA HUAYLLAPUMA de 34 años de edad, de Nacionalidad Peruano, de estado civil soltero, ocupación Maestro Albañil, Natural del Distrito de Túpac Amaru, Provincia Canas, Departamento Cusco, con domicilio en la comunidad Toccoccori del Distrito de Túpac Amaru, Provincia Canas, Departamento Cusco, Identificado con Documento Nacional de Identidad DNI Nº 43760258; Y la ciudadana: CONCEPCIÓN APAZA ECHAME, de 29 años de edad, de Nacionalidad Peruana, de estado civil soltera, ocupación su casa, Natural
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Cusco, martes 25 de abril de 2017
del Distrito de Ollantaytambo, Provincia Urubamba, Departamento Cusco, con domicilio en la comunidad Toccoccori del Distrito de Túpac Amaru, Provincia Canas, Departamento Cusco. Identificada con Documento Nacional de Identidad DNI N° 44688660: Quienes pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru el día, sábado 13 de Mayo del año 2017 a horas 09:00 amo Por lo cual quienes sepan las causales de su Impedimento legal, pueden denunciar a esta Alcaldía por escrito, dentro de su publicación a partir de la fecha. Tungasuca, 24 de abril del 2017. ELOY CCALLO HUILLCA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-25-IV-17 B/V 43759
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ DIVISION DE REGISTRO CIVIL AVISO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DEFUNCIÓN Por Expediente Administrativo N° 06113, de fecha 19 de Abril del 2017, por el cual, don Néstor Córdova Cabezas, con DNI N° 23869304, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Defunción N° 00950067, inscrita en fecha 03 de diciembre del 2004, perteneciente a la fallecida MATILDE FLORENTINA DELGADO DE CORDOVA, debiendo rectificarse en dicha Acta: El rubro correspondiente al registro del segundo nombre y apellido materno de la titular del Acta consignada como MATILDE FLORENTINA DELGADO DE CORDOVA, debiendo ser lo correcto MATILDE DELGADO VENERO, conforme aparece en asiento registral del Acta de Nacimiento N° 36 de fecha 16 de Marzo de 1927, emitida por la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Calca, perteneciente a Matilde Delgado Venero, adjunto al Expediente Administrativo, lo que se publica para sus fines en aplicación del Art. 73° del Decreto Supremo N° 015-98- PCM. Wanchaq, 21 de Abril del 2017 GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 25/04/2017 B/.32214 EDICTO PENAL Expediente N° 804-2016-16-2701-JR-PE-01 Juez: Jesús Esquivel Vega. Segundo Juzgado Penal Unipersonal - Ambiental de Tambopata Especialista Judicial de Juzgado: Ingrid Apaza Guevara. Se NOTIFICA al acusado NANCY SURCO QUISPE, con la resolución N° 02, a efecto de que asista a la Audiencia Pública de Juicio Oral, programado para el día 30 DE MAYO DEL AÑO 2017 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA [HORA EXACTA], LA MISMA QUE SE REALIZARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL-AMBIENTAL DE TAMBOPATA, sito en la Av. Ernesto Rivero Nro. 720 de Puerto Maldonado; por estar dispuesto así en el Proceso Penal N° 804-2016-16, seguido contra RUBÉN LEVITA CUEVA, y NANCY SURCO QUISPE como autores por la comisión de los delitos Ambientales - Delitos de Contaminación - Delitos de Minería Ilegal, en la modalidad de Delitos de Minería Ilegal, sub tipo POSEE Y ALMACENA MAQUINARIAS DESTINADAS A LA COMISIÓN DE DELITOS DE MINERÍA ILEGAL, previstos y sancionados por el segundo párrafo del artículo 307-E del Código Penal, y SILVERIA HUILLCA SALAS, ROY ROGER SHAHUANA IZQUIERDO, JOSÉ LUIS CONDORI PEÑA, ROBERTINA YUPANQUI MACHACA, como autores de la comisión del Delito Ambiental - Delitos de Contaminación -Delitos de Minería Ilegal, en la modalidad de Delitos de Minería Ilegal, sub tipo POSEE MAQUINARIAS DESTINADAS A LA COMISIÓN DE DELITOS DE MINERÍA ILEGAL, previsto y sancionado por el segundo párrafo del artículo 307-E del Código Penal, todo ello en agravio del ESTADO PERUANO, representado por el Procurador Público del Ministerio del Ambiente, bajo apercibimiento del acusado de ser declarado reo contumaz y disponerse su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Perú a nivel nacional en caso de inconcurrencia.Puerto Maldonado, 05 de abril de 2017.21-24-25/04/2017
CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede Espinar EXPEDIENTE: 00130-2016-11-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de la señora YUDY RODRÍGUEZ CHAÑI la RESOLUCIÓN NRO. 01 de fecha, trece de enero del año dos mil diecisiete.- Dado cuenta con el requerimiento fiscal de sobreseimiento de la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, acompañando la carpeta fiscal y conforme a lo previsto en el artículo 345° del CPP; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas del Juzgado, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. REQUIÉRASE al imputado, para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado, cumpla con ratificar y/o designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumplimiento. Espinar, 17 de Abril del 2017. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00077-2015-63-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de las personas de: EDGAR HUAHUALUQUE QUILLA, LUCIO SÁNCHEZ FERNANDEZ y VICENTE NELSON VILLAFUERTE CALLO la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha nueve de setiembre del dos mil dieciséis, que RESUELVE: “CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de ¡nadmisibilidad e incluso podrán solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento.” y la RESOLUCIÓN N° 07 de fecha, doce de abril del año dos mil diecisiete que RESUELVE: 1.-DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia y se dispone su reprogramación para el día VIERNES VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS. 2.- SE DISPONE notificar con el carácter de muy urgente a los sujetos procesales en los domicilios señalados en autos. 3.- Se requiere al Ministerio Publico para que en plazo de 24 horas cumpla con precisar los domicilios exactos de los imputados Edgar Huahualuque Quilla y Lucio Sánchez Fernandez, asi como del agraviado Vicente Nelson Villafuerte Callo. Cumpla la Secretaria de Causas con NOTIFICAR a través del medio más rápido a los sujetos procesales con la presente resolución de reprogramación de la presente audiencia. Espinar, 17 de Abril del 2017. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 04763-2016-24-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al procesado JUVENAL BOLÍVAR ARANIBAR, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 26 DE MAYO DE 2017 A HORAS 09:15 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la Sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 4763-2016-24-1001-JR-PE-01, seguido en contra del referido imputa-
Cusco, martes 25 de abril de 2017
do, por la presunta comisión de delito de violación sexual de persona que sufre retardo mental y se encuentra en incapacidad de resistir, en agravio de a persona de iniciales G.B.Y 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 02037-2016-78-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al procesado Efraín Flores Andrade, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 26 DE MAYO DE 2017 A HORAS 08:45 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la Sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02037-2016-78-1001-JRPE-01, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión de delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M.L.R.O.Cusco, 18 de Abril del 2017. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 0028-2017-0-100 l-JR-FP-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Bejar se ha dispuesto la notificación de las presuntas infractoras INÉS YLLA TORRE Y OLINDA YLLA TORRE para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su modalidad de hurto sub tipo de robo agravado en agravio de Wilber Chauca Ttito. Se fijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día cuatro de mayo del dos mil diecisiete a horas diez de la mañana. Bajo la actuación de Joselin Pezo Huallpa Cusco, 29 de abril del 2017. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 58-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Saturnino Flores Espínoza contra Juan Ascona Khuno y Florencio Ascona Khuno; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 05. Paucartambo, 12 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor del agraviado SATURNINO FLORES ESPÍNOZA, que deberán ser cumplidas por Tos denunciados JUAN ASCONA KHUNO Y FLORENCIO ASCONA KHUNO, medidas de protección que son las siguientes: RATIFICAR las medidas de protección dictadas en favor de SATURNINO FLORES ESPÍNOZA, mediante resolución N° 01, del 23 de febrero del 201 7, que corre a fojas 17 y 18, y los denunciados JUAN ASCONA KHUNO Y FLORENCIO ASCONA KHUNO, SE ABSTENGAN de agredir en forma física y hasta psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal del agraviado, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 98-201 7-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido contra Antonio Pumaleque Pérez; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia interpuesta por Luz Karel Medina Maman i - Abogada del Centro de Emergencia Mujer de Paucartambo por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ANTONIO PUMALEQUE PÉREZ en agravio de los menores Y.I.P.H (12) y R.P.H. (08) y C.P.H (05) representados por Águeda Huamana García. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ANTONIO PUMALEQUE PÉREZ EL CESE Y ABSTENCIÓN inme-
9 diata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de las menores Y.I.P.H (12) y R.P.H.(08) y C.P.H (05). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de ¡as medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 04 de mayo del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...), a verificarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 96-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido POR Yolanda Condón’ Puma contra Gregorio Cjuno Holgado; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra ¡as Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de GREGORIO CJUNO HOLGADO en agravio de YOLANDA CONDORI PUMA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado GREGORIO CJUNO HOLGADO EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de YOLANDA CONDORI PUMA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para ef día 04 de Mayo del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...), a verificarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 92-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido contra Hernán Puma Laura; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de HERNÁN PUMA LAURA en agravio del menor J.E.P.A.(10). Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado HERNÁN PUMA LAURA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal del menor J.E.P.A. (10). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 03 de mavo del año 2017 a horas 12:00 del medio día (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias que maneja el Juzgado y el diligenciamiento de la cédula de notificación de los denunciados, la misma que tiene que ser enviada hasta la comunidad Campesina Patacancha s/n del distrito de Huancarani - Paucartambo), a verificarse en e¡ Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 50-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil,
10 Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Hermenegilda Mesicano Saca contra Juan Noa Umasi; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 11 de Abril del 2017.- Estando a la constancia que antecede fojas 18 sobre no verificación de audiencia programada en autos por falta de devolución de las cédulas de notificación, publicaciones edictales, no teniendo certeza si las partes procesales fueron notificadas en atención a que no concurrieron a la audiencia programada en autos; en consecuencia, SE DISPONE: REPROGRAMAR fecha de la Audiencia Oral para el día 09 de mayo del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la CaJIe Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.- y Resolución N° 03. Paucartambo, 15 de Febrero del 2017.(...) SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN NOA UMASI en agravio de HERMENEGILDA MESICANO SACA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JUAN NOA UMASI EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada HERMENEGILDA MESICANO SACA. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 65-2017-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakeiin Granilla Cora, seguido por Antoiina Auccapuri Tinta contra Nicanor Pomaleque Pérez; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: LUGAR, FECHA Y PROCESO.- En la ciudad de Paucartambo, a los 11 días del mes de abril de 2017, siendo horas 12:00 del día se verifica la diligencia de audiencia oral programada para esta hora y fecha, en el proceso de violencia familiar en aplicación de !a ley N° 30364. 1NTERVINIENTES.- A la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la provincia de Paucartambo, que despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, comparecen: El denunciante: ANTOLINA AUCCAPURI TINTA, con DNI N° 25130498, domiciliado en la Comunidad de Parcco, distrito y provincia de Paucartambo. Estuvo acompañado por su abogada defensor del CEM de Paucartambo Karel Medina Mamani, con inscripción en el Colegio de Abogados de Cusco N° 4513. El denunciado: NICANOR PUMALQUE PÉREZ, no ha concurrido a la audiencia y no se ha devuelto la notificación edictal ordenado en autos. Por lo anterior, no es posible instalar válidamente la audiencia y se dispone reprogramar la misma para el día OCHO DE MAYO DEL 2017, A HORAS 12:00, quedando notificada la denunciante concurrente. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 56-201 7-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Herma Cutipa Laura contra Juvena! Flores Garcia; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- Dado cuenta el presente proceso. Estando a la constancia que antecede fojas 16 - vuelta sobre no verificación de audiencia oral programada en autos por falta de notificación valida al denunciado; por lo que se dispone, reprogramar la Audiencia Oral para el día 25 de Abril del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.- y Resolución Nc 01. Paucartambo, 21 de Febrero del 2017.(...)SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUVENAL FLORES GARCÍA en agravio de HERMA CUTIPA LAURA y LAURA BERY FLORES CUTIPA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTEC-
Cusco, martes 25 de abril de 2017
CIÓN: ORDENAR al denunciado JUVENAL FLORES GARCÍA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada HERMA CUTIPA LAURA y LAURA BERY FLORES CUTIPA. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 72-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Julia Del Solar Aquise contra Miguel Ángel Rodríguez Del Solar; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- Estando a la constancia que antecede fojas 15 - vuelta sobre no verificación de audiencia oral programada en autos por inasistencia de las partes procesales, falta de devolución de se dispone, reprogramara la Audiencia Oral para el día 26 de Abril del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 77-2017-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido contra Rosa Ñahui Ortiz; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- Estando a la constancia que antecede fojas 17 sobre no verificación de audiencia ora! programada en autos por falta de devolución de la cédula de notificación del denunciado, se dispone, reprogramar la Audiencia Oral para el día 25 de Abril del año 2017 a horas 12:00 del medio día (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 90-2014-FT sobre Abandono Moral y Material, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Dr. E. Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora,; se notifica a Francisco Meló Champí, lo siguiente: Resolución Nro. 06; Paucartambo, 03 de Mayo del 2016: (...) FALLA: DECLARANDO FUNDADA EN PARTE el pedido de la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, sobre declaración de abandono moral y material de la adolescente YAQUEL1N FLOR SIERRA SUNI, de 13 años, 07 meses y 20 días, nacida el 13 de setiembre del año 2002, hija de Serapio Sierra Gutiérrez y Basilia Suni Quispe, la segunda fallecida. En consecuencia, DISPONGO como medida de protección definitiva el albergamiento de la menor YAQUELIN FLOR SIERRA SUNI, en la Aldea Infantil S.O.S. Perú de la ciudad Cusco, mientras cumpla su mayoría de edad. DECLARANDO INFUNDADA el pedido de la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, sobre declaración de abandono moral y material de FLOR DE MARÍA SIERRA SUNI, por haber cumplido su mayoría de edad, el 18 de agosto del año 2015, esto tomando en cuenta que nació el 18 de agosto el año 1997 (copia documento de identidad folio 143). (...)T.R. y H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 0028-2017-0-100 l-JR-FP-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Bejar se ha dispuesto la notificación de las presuntas infractoras INÉS YLLA TORRE Y OLINDA YLLA TORRE para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su modalidad de hurto sub tipo de robo agravado en agravio de Wilber Chauca Ttito. Se fijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día cuatro de mayo del dos mil diecisiete a horas diez de la mañana. Bajo la actuación de Joselin Pezo Huallpa
Cusco, martes 25 de abril de 2017
Cusco, 29 de abril del 2017. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 58-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Saturnino Flores Espínoza contra Juan Ascona Khuno y Florencio Ascona Khuno; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 05. Paucartambo, 12 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: DISPONER como medidas de protección a favor del agraviado SATURNINO FLORES ESPÍNOZA, que deberán ser cumplidas por Tos denunciados JUAN ASCONA KHUNO Y FLORENCIO ASCONA KHUNO, medidas de protección que son las siguientes: RATIFICAR las medidas de protección dictadas en favor de SATURNINO FLORES ESPÍNOZA, mediante resolución N° 01, del 23 de febrero del 201 7, que corre a fojas 17 y 18, y los denunciados JUAN ASCONA KHUNO Y FLORENCIO ASCONA KHUNO, SE ABSTENGAN de agredir en forma física y hasta psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal del agraviado, sea en forma directa o por medios de terceros. (...) H.S.EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 98-201 7-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido contra Antonio Pumaleque Pérez; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia interpuesta por Luz Karel Medina Maman i - Abogada del Centro de Emergencia Mujer de Paucartambo por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ANTONIO PUMALEQUE PÉREZ en agravio de los menores Y.I.P.H (12) y R.P.H. (08) y C.P.H (05) representados por Águeda Huamana García. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ANTONIO PUMALEQUE PÉREZ EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de las menores Y.I.P.H (12) y R.P.H.(08) y C.P.H (05). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de ¡as medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 04 de mayo del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...), a verificarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 96-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido POR Yolanda Condón’ Puma contra Gregorio Cjuno Holgado; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra ¡as Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de GREGORIO CJUNO HOLGADO en agravio de YOLANDA CONDORI PUMA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado GREGORIO CJUNO HOLGADO EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de YOLANDA CONDORI PUMA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para ef día 04 de Mayo del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...), a verificarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito
11 en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 92-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido contra Hernán Puma Laura; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de HERNÁN PUMA LAURA en agravio del menor J.E.P.A.(10). Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado HERNÁN PUMA LAURA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal del menor J.E.P.A. (10). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 03 de mavo del año 2017 a horas 12:00 del medio día (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias que maneja el Juzgado y el diligenciamiento de la cédula de notificación de los denunciados, la misma que tiene que ser enviada hasta la comunidad Campesina Patacancha s/n del distrito de Huancarani - Paucartambo), a verificarse en e¡ Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 50-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Hermenegilda Mesicano Saca contra Juan Noa Umasi; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 11 de Abril del 2017.- Estando a la constancia que antecede fojas 18 sobre no verificación de audiencia programada en autos por falta de devolución de las cédulas de notificación, publicaciones edictales, no teniendo certeza si las partes procesales fueron notificadas en atención a que no concurrieron a la audiencia programada en autos; en consecuencia, SE DISPONE: REPROGRAMAR fecha de la Audiencia Oral para el día 09 de mayo del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la CaJIe Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.- y Resolución N° 03. Paucartambo, 15 de Febrero del 2017.(...) SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN NOA UMASI en agravio de HERMENEGILDA MESICANO SACA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JUAN NOA UMASI EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada HERMENEGILDA MESICANO SACA. (...) H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 65-2017-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakeiin Granilla Cora, seguido por Antoiina Auccapuri Tinta contra Nicanor Pomaleque Pérez; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: LUGAR, FECHA Y PROCESO.- En la ciudad de Paucartambo, a los 11 días del mes de abril de 2017, siendo horas 12:00 del día se verifi-
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ca la diligencia de audiencia oral programada para esta hora y fecha, en el proceso de violencia familiar en aplicación de !a ley N° 30364. 1NTERVINIENTES.- A la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la provincia de Paucartambo, que despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, comparecen: El denunciante: ANTOLINA AUCCAPURI TINTA, con DNI N° 25130498, domiciliado en la Comunidad de Parcco, distrito y provincia de Paucartambo. Estuvo acompañado por su abogada defensor del CEM de Paucartambo Karel Medina Mamani, con inscripción en el Colegio de Abogados de Cusco N° 4513. El denunciado: NICANOR PUMALQUE PÉREZ, no ha concurrido a la audiencia y no se ha devuelto la notificación edictal ordenado en autos. Por lo anterior, no es posible instalar válidamente la audiencia y se dispone reprogramar la misma para el día OCHO DE MAYO DEL 2017, A HORAS 12:00, quedando notificada la denunciante concurrente. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 56-201 7-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Herma Cutipa Laura contra Juvena! Flores Garcia; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- Dado cuenta el presente proceso. Estando a la constancia que antecede fojas 16 - vuelta sobre no verificación de audiencia oral programada en autos por falta de notificación valida al denunciado; por lo que se dispone, reprogramar la Audiencia Oral para el día 25 de Abril del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.- y Resolución Nc 01. Paucartambo, 21 de Febrero del 2017.(...)SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUVENAL FLORES GARCÍA en agravio de HERMA CUTIPA LAURA y LAURA BERY FLORES CUTIPA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JUVENAL FLORES GARCÍA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada HERMA CUTIPA LAURA y LAURA BERY FLORES CUTIPA. 21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 72-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Julia Del Solar Aquise contra Miguel Ángel Rodríguez Del Solar; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- Estando a la constancia que antecede fojas 15 - vuelta sobre no verificación de audiencia oral programada en autos por inasistencia de las partes procesales, falta de devolución de se dispone, reprogramara la Audiencia Oral para el día 26 de Abril del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 77-2017-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido contra Rosa Ñahui Ortiz; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 10 de Abril del 2017.- Estando a la constancia que antecede fojas 17 sobre no verificación de audiencia ora! programada en autos por falta de devolución de la cédula de notificación del denunciado, se dispone, reprogramar la Audiencia Oral para el día 25 de Abril del año 2017 a horas 12:00 del medio día (...)
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a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN Exp. 90-2014-FT sobre Abandono Moral y Material, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Dr. E. Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora,; se notifica a Francisco Meló Champí, lo siguiente: Resolución Nro. 06; Paucartambo, 03 de Mayo del 2016: (...) FALLA: DECLARANDO FUNDADA EN PARTE el pedido de la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, sobre declaración de abandono moral y material de la adolescente YAQUEL1N FLOR SIERRA SUNI, de 13 años, 07 meses y 20 días, nacida el 13 de setiembre del año 2002, hija de Serapio Sierra Gutiérrez y Basilia Suni Quispe, la segunda fallecida. En consecuencia, DISPONGO como medida de protección definitiva el albergamiento de la menor YAQUELIN FLOR SIERRA SUNI, en la Aldea Infantil S.O.S. Perú de la ciudad Cusco, mientras cumpla su mayoría de edad. DECLARANDO INFUNDADA el pedido de la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, sobre declaración de abandono moral y material de FLOR DE MARÍA SIERRA SUNI, por haber cumplido su mayoría de edad, el 18 de agosto del año 2015, esto tomando en cuenta que nació el 18 de agosto el año 1997 (copia documento de identidad folio 143). (...)T.R. y H.S.21-24-25/04/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JIMMY KIRVY MENDOZA ESCALANTE El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 01089-2017-01001 -JR-PE-07, seguido contra JIMMY KIRVY MENDOZA ESCALANTE con D.N.I. 80096369, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la menor de iniciales ASMG., representada por su progenitora Yadira Gonzales Porcel, la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 de fecha once de abril del año dos mil diecisiete y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula PROCESO INMEDIATO contra JIMMY KIRVY MENDOZA ESCALANTE, como autor del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales ASMG., representada por su progenitora Yadira Gonzales Porcel, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, once de Abril de dos mil diecisiete PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FALTA DE NOTIFICACIÓN AL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL. 2. Reprográmese la instalación de la presente audiencia para el DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO A HORAS 10:00 AM, en esta misma Sala de Audiencias, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes. 3. se dispone que la Especialista de causa se sirva notificar al imputado mediante edictos. 4. Adicionalmente se disponga la notificación al numero telefónico del imputado 984763433. 5. Subsisten los apercibimientos dispuestos en la resolución N° 1 para el caso de inconcurrencia de las partes y siendo que es inaplazable esta audiencia, se dispone la concurrencia del imputado y su defensa bajo apercibimiento de designarse en ese acto abogado Defensor Público que garantice su defensa técnica. Cusco, 20 de Abril de 2017. 24-25-26/04/2017
Cusco, martes 25 de abril de 2017
CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JOSÉ ÍTALO LEZMA VARGAS La señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfán, en el proceso Nro. 02252-2016-61-1001-JR-PE-06, seguido contra José Italo Lezma Vargas, por el delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub, tipo Hurto Agravado, en agravio Oscar Valencia Aucca y Delfina Sillquihua Quiquinlla, se ha dispuesto notificarle con la resolución N° 03, cuyo contenido es el siguiente: DADO CUENTA.- El vencimiento del traslado del requerimiento de acusación fiscal y considerando: PRIMERO.- Que, el artículo 351.2° del Código Procesal Penal dispone: “2. La audiencia es de carácter inaplazable, rige lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 85°, será dirigida por el Juez de la Investigación Preparatoria y durante su realización, salvo lo dispuesto en este numeral, no se admitirá la presentación de escritos.”1 SEGUNDO.- Que, por otro lado el Artículo 85°.3 del Código Procesal Penal modificado por ley N° 30076 taxativa: “El Juez o Colegiado competente sanciona de conformidad con el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”. TERCERO: Que el artículo 84° último párrafo indica expresamente sobre Derechos y Deberes del abogado Defensor lo siguiente: “EL ABOGADO DEFENSOR ESTA PROHIBIDO DE RECURRIR AL USO DE MECANISMOS DILATORIOS QUE ENTORPEZCAN EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”. CUARTO: De conformidad con lo previsto en el artículo 6° el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial “...Todo proceso judicial, cualquiera sea su denominación o especialidad, debe ser sustanciado bajo los principios procesales de legalidad, inmediación, concentración, celeridad, preclusión, igualdad de las partes, oralidad y economía procesal, dentro de los límites de la normatividad que le sea aplicable...” y de la práctica judicial en la vigencia del Código Procesal Penal nos muestra que los Abogados no asisten a las audiencias a las que son convocados, lo cual conlleva a que se colisionen los principios de economía y celeridad procesal, motivo por el cual se deben tomar las medidas del caso para efectos de materializar las actuaciones judiciales según a los principios antes referidos. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sexta Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Precisando que la presente audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE conforme a lo señalado precedentemente. 2. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 3. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial excluya del proceso a dicho Abogado sin lugar a su ratificación y sea SUSTITUIDO EN ESE ACTO CON DEFENSA PUBLICA. 4. PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, por lo tanto este Juzgado sancionara a los abogados que muestren actitudes temerarias y/o dilatorias que pretendan la frustración de la presente audiencia con una MULTA DEL 10% URP. 5. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesa-
13 les señalados en autos. Asimismo GÍRESE oficio a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley y a efecto de garantizar el desarrollo de la presente diligencia de carácter inaplazable. Cusco, 06 de abril de 2017. 24-25-26/04/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO IUD1CIAL Exp. N° 346-2017-16-1001 -IR-PE-07 TERCER IUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: JUANA ADRIANA PINO RAMÍREZ. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Carlos Román Gil bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abog. Juana Adriana Pino Ramírez, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 346-2017-16-1001-IR-PE-07 seguido contra JULIÁN PUMA LAGUNA por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad, se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 02 de fecha 31/08/16, que dispone:RESOLUCION N° 03 Cusco, diecinueve de abril del dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de esta audiencia por haber sido devuelta la cédula de notificación.. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA A VERIFICARSE EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL PALACIO DE JUSTICIA, la misma que tiene carácter de inaplazable y subsisten los apercibimientos decretados en resoluciones anteriores quedando notificados los presentes. 3. NOTIFÍQUESE a todas las partes procesales inconcurrentes, especialmente al acusado en su domicilio procesal consignado en autos así como en el número de celular 971422898 y mediante edictos por el plazo de ley. III. NOTIFICACIÓN: JUEZ: Notifica con la resolución dictada en este acto a los sujetos procesales asistentes a la audiencia. PARTES PROCESALES: Conformes. IV. CONCLUSIÓN: Se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a firmarla el señor Juez y la Especialista de Audio encargada de la redacción del acta, como lo dispone el artículo 121° del Código Procesal Penal. 24-25-26/04/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal : 00446-2005-0-1001-SP-PE. Secretaría de Sala : GIOVANNA AUGUSTA LAZO CÁRDENAS Por disposición del Colegiado de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco, se cita y emplaza al acusado PERCY VERGARA SALAZAR, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el Proceso Penal Ordinario No. 00446-2005-0-1001-JR-PE-2 seguido en su contra, por el delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual agravada, y contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado, en agravio de Alicia Yupanqui Ccañihua. Cusco, 19 de abril del 2017. 24-25-26/04/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: DANIEL CRUZ BAÑOS El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Ochoa Muñoz, en el proceso Nro 1212-2017-0-1001-JRPE-04, seguido contra Daniel Cruz Baños, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Culposas por haberse cometido la lesión utilizando Vehículo Motorizado y bajo la inobservancia de Reglas de Tránsito en agravio de Giovanna La Torre Ccorihuamán, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Mirian Huacac Carrillo, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 27/03/17 cuyo contenido es el siguiente:
14 RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, 27/03/2017. DADO CUENTA: (...) y ATENDIENDO la disposición de formalización de la investigación preparatoria I. PARTE EXPOSITIVA. II. PARTE CONSIDERATIVA. Por estas consideraciones SE RESUELVE: III. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Fiscal Adjunto de la Segunda Fiscalía Provincial Penal, puso en conocimiento del Juzgado la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra DANIEL CRUZ BAÑOS por la presunta comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Culposas por haberse cometido la lesión utilizando vehículo motorizado y bajo la inobservancia de reglas de transito previsto en el último párrafo del artículo 124° del Código Penal en agravio de GIOVANNA LA TORRE CCORIHUAMAN, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado DANIEL CRUZ BAÑOS, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 3. DESIGNAR Abogado de Oficio, para que asuma la defensa del imputado DANIEL CRUZ BAÑOS, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. 4. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministeriio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 5. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al Juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 6. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 7. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 8. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 9. REQUERIR al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, A LOS ABOGADOS DE LAS PARTES PROCESALES Y TERCEROS INTERVINIENTES, SEÑALAR DOMICILIO PROCESAL ELECTRÓNICO DENOMINADA “CASILLA ELECTRÓNICA”, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE NO VOLVER A NOTIFICAR EN LOS DOMICILIOS PROCESALES SEÑALADOS CON ANTERIORIDAD Y DARLOS POR NOTIFICADOS CON LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL JUZGADO, TODO CONFORME A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 584-2016-P-CSJCU-PJ. 10. AUTORÍCESE a la Especialista Judicial de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por el Juez. 11. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. 12. NOTIFICAR la presente resolución al imputado y agraviada sólo por ésta vez en su domicilio real
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(salvo que hayan fijado domicilio procesal), y al Ministerio Público en su correo electrónico. 13. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá, el 06 de julio del 2017, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Público, la observancia del cumplimiento de los plazos. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. Cusco, 19 de abril del 2017 24-25-26/04/2017 CPJ EDICTOS 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02562-2016-0-1001 - JR-LA-02 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO EMPLAZADO : PROCURADURÍA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : DIRECCIÓN REGIONAL DE EDCUACION DEL CUSCO DEMANDANTE : CABRERA FLORES, CELSO Resolución Nro. 06 Cusco, 11 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°03 del 29 de noviembre de 2016 (folio 43 a 65) materia de grado, debido a que el señor Juez Superior Titular doctor Murillo Flores emite voto ponencia, para que se confirme la sentencia; los señores Jueces Superiores Titulares Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia parcial, para que se revoque y se declare fundada la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito a la señora Juez Superior Titular integrante de la Sala civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 001-2017-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.ALFARO HERRERA.-Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 24-25-26/04/2017 CPJ 2o SALA LABORAL EXPEDIENTE 01872-2016-0-1001 -JR-LA-02 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE CUSCO, GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDANTE : HURTADO GALVEZ, ANÍBAL MATEO Resolución Nro. 07 Cusco, 10 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 17 de octubre de 2016 (folio 48 a 52) materia de grado, debido a que los Jueces Superiores señores Murillo Flores y Alfaro Herrera, emiten voto en ponencia para que se revoque y declare infundada; el señor Juez Superior señor Ladrón de Guevara de la Cruz, emite voto en discordia para que se confirme y se declare
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fundada en parte la resolución antes mencionada, al que se ha adherido la señora Juez Superior Holgado Noa; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Femando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.ALFARO HERRERA.-Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 24-25-26/04/2017 CPJ 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00434-2016-0-1001 -JR-LA-03 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL, DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE CUSCO, GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDANTE : LEZAMA QUISPE, ALEJANDRINA Resolución Nro. 11 Cusco, 10 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 21 de septiembre de 2016 (folio 52 a 56) materia de grado, debido a que los señores Jueces Superiores Murillo Flores y Alfaro Herrera, emiten voto en ponencia para que se confirme y se declare infundada la resolución antes mencionada; el señor Juez Superior señor Ladrón de Guevara de la Cruz, emite voto en discordia para que se revoque y se declare fundada la resolución antes mencionada, al que se ha adherido la señora Juez Superior Holgado Noa; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.ALFARO HERRERA.-Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 24-25-26/04/2017 CPJ 2o SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01238-2015-0-1001-JR-LA-02
15 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. DEMANDANTE : TURPO VALLES, CARLOS DANIEL Resolución Nro.15 Cusco, 10 de abril de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 28 de septiembre de 2016 (folio 184 a 189) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz, emite voto en ponencia para que se emita nueva resolución, al que se ha adherido la señora Juez Superior Holgado Noa; los Jueces Superiores señores Murillo Flores y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.ALFARO HERRERA. Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. Cusco, 21 de abril de 2017. 24-25-26/04/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro :0080-2017-41 - J 001 -JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: MARCO ANTONIO MENDOZA ARAPA con DNI42872439 Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Omisión de Asistencia Familiar en agravio de sus menores hijos de iniciales A.G.M.H y J.M.H representado por su progenitora María Milagros Huarco Huamán. Res. Nro. 01 Cusco, 31 de marzo del año dos mil diecisiete, Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizará el día VEINTISÉIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 20 de abril del 2017. 24-25-26/04/2017 CPJ
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