Cusco, miĂŠrcoles 26 de octubre de 2016 Usuarios
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 EDICTO JUDICIAL
Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David América Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 01 489-201 6-0-1001-JR-CI- 02 en los seguidos por Teófilo Magaño Mamani contra María Lisbeth Magaña Canato y Rosmi Magaño Canato, con emplazamiento del representante del Ministerio Público sobre Muerte Presunta de Nancy Canato Huamán, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, veinte de Septiembre de dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta; en tal virtud, de conformidad a lo establecido por el artículo 754° del Código Procesal Civil, señálese fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACION y DECLARACION JUDICIAL el VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE del año en curso a horas ONCE CON TREINTA DEL DIA, debiendo notificarse a los demandados tanto en el domicilio real señalado como mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano” por el término de tres días consecutivos, con el fin de que se apersonen en el proceso sus probables sucesores dentro del PLAZO DE TREINTA DIAS, conforme a los alcances del artículo 758° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador Procesal.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos.- H.S.- Media fi a y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 14 de octubre de 2016. 3vces-21-24-25-viiiii-16 b/v 41420 A TODOS LOS INTERESADOS HEREDEROS LEGALES DE DON WILAR VALDEIGLESIAS HURTADO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 578- 2015-0- 1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01 que admite demanda y resolución Nro. 10 que dispone se notifique mediante edictos al herederos legales del que en vida fue Wilar Valdeiglesias Hurtado, bajo apercibimiento de designarle curador procesal.- Santiago, 07 de octubre del 2016 . SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FELICIANA RONDAN HUAYPAYUNCA, sobre DESALOJO con la causal de OCUPANTES PRECARIOS, seguida contra 1.- Benedicta Chalco Huancara, 2.- Ulderico Lovon Pujay, 3.- Elizabeth Pusaclla Huaman, 4.- Aydee Llaique Sarayasi, 5.- Carlota Mamani Flores, 6.- Felix Huari Huaman, 7.- Leonard Espinoza Otazu, 8.- Rene Huanca Tutacano, 9.- Justina Alccahua Vargas, 10.- Cristobal Quispe Qquecho, 11.- Marcelino Chumbes Romero, 12.- Gregoria Teran Ramos, 13.- Regina Usca Quispe, 14.- Daniel Lima Gutierrez, 15 Donato Ramirez Quispe, 16.- Javier Alfaro Percca, 17.- Benedicta Pataca Huaman, 18.- Justo PalIara Huañac, 19.- Dimas Sanchez Ccahua, 20.- Wilar Valdeiglesias Hurtado,21.- Martha Huillca Huaman, 22.- Gabino Tticca Corazas, 23.- Hilda Mamani Medina, 24.- Lucio Huaman Condori, 25.- Daniel Guevara Hurtado, 26.- Higidio Roman Saca, 27.- Martin Caceres Caceres, 28.- Lucia Ancasi Condori, 29.- Miriam Antonieta Supa Miranda, 30.- Wilfredo Cutipa Valderrama, 31.- Aurelio Quispe Huañac, 32.- Veronica Valderrama Zamora, 33.- Guillermo Torres Huaman, 34.- Segundina Ortega Pataca, 35.- Sandra Roque Quispe, 36.- Glorinda Huarac Huañec, 37.- Justo Jalanoca Huaman, 38.- Gregoria Chilo Huaman, 39.- Cristian Gonzalo Carpio, 40.- Leandra Pinares Huaman, 41.- Martha Quispe Cusihuaman, 42.- Luz Vargas Orue, 43.- Victor Quispe Cuela, 44.- Gabino Camargo Huampiri, 45.- Juana Carolina Sueldo Baca. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase traslado a la demandada por el plazo de CINCO DÍAS. A LO MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal H.S. 3vces-21-24-25-viiiii-16 b/v 41401 EDICTO JUDICIAL SEÑORES: SUCESORES DE GERSON QUISPE GARCIA E INTERESADOS Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01771-2016-0- 1001-JRCI-031. en el que mediante Res.02 de fecha 04-10-2016, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por NIRA CARBONELLI CALVO en representación de su menor hijo de iníciales J.E.G.C. sobre CAMBIO NOMBRE en el Acta de Nacimiento N° 6396a , debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO, con citación del Representante del Ministerio Público y de los probables sucesores de Gerson Quispe García; en consecuencia, córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DIAS.debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial el Peruano y el Diario Judicial de esta localidad, asimismo para la notificación de los probables sucesores de Gerson Quispe García, por el plazo de tres días consecutivos. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. A sus antecedentes los anexos adjuntos. AL OTROSI DIGO.- TÉNGASE por delegada su representación a favor del Abogado Tea Vladimir Peña Llacma con las facultades contenidas en los Artículo 74° y 80° del C.P. C. H.S Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 20 de Octubre de 2016. 3VCES-21-24-25-VIIIII-16 B/V 41441 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarte, despachado por la Señora Juez Karina Valia Ochoa Montufar y bajo la actuación de la secretaria judicial Nadiht Masias Sánchez, se viene tramitando el proceso Nro. 137-2015-FC, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la resolución Nro. 02 de fecha 18-012016, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SANDRA MARIBEL LOZANO JARA, en representación de su menor hijo Miguel Salvador Del Castillo Lozano de dos años y ocho meses de edad, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, en contra de MIGUEL ANGEL DEL CASTILLO GAMARRA, en la vía del PROCESO ÚNICO; en tal virtud, córrase traslado de la demanda y anexos, al demandado por el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, computados a partir del día siguiente de notificado con la presente resolución y sus anexos, bajo expreso apercibimiento de declarársele rebelde en caso de renuencia, debiendo acompañar al escrito de absolución el anexo requerido por el artículo 565º del Código Procesal Civil, sin cuyo requisito no será admitida la contestación, lo que se publica para fines de ley. Echarati, 19 de octubre del 2016. 3vces-24-25-26-viiiii-16 b/v 41452 NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 3218-2016-0, seguido por el querellante Andmar Sicus Cahuana, contra Jorge Valcárcel Salas, como presunto autor del delito contra el Honor en la modalidad de Difamación Injuriosa, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, bajo la actuación de la Especialista de Causas Yolan-
da Vallenas se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado JORGE VALCÁRCEL SALAS, con la resolución Nro.02 de fecha 22 de setiembre del 2016, auto admisorio de querella: AUTOS y VISTO: El escrito de Subsanación presentado por la abogada del querellante Andmar Sicus Cahuana, mediante el cual indica que cumple con subsanar las observaciones advertidas en la resolución uno: ( .... ) PRIMERO.- ( ... ) SEGUNDO: En el presente caso la querella reúne todos los requisitos señalados en el artículo 108 del Código Procesal Penal, asimismo el presunto hecho denunciado por el querellante constituye delito contra el Honor, en la modalidad de Difamación, tipificado en el primer párrafo concordante con el tercer párrafo del artículo 131 del Código Penal, que la acción penal no ha prescrito, que se ha individualizado al presunto autor y, no versa sobre hechos punibles de acción pública, en consecuencia; debe dictarse el auto admisorio de instancia en virtud del inciso 1) del artículo 462 del Código Procesal Penal. TERCERO: ( ... ).Estando a los fundamentos expuestos SE RESUELVE:: 1. ADMITIR a trámite en la Vía del Proceso Especial la QUERELLA, interpuesta por el QUERELLANTE ANDMAR SICUS CAHUANA, contra JORGE VALCÁRCEL SALAS, como presunto autor del delito Contra el Honor, en la modalidad de DIFAMACIÓN INJURIOSA, sub tipo DIFAMACIÓN INJURIOSA AGRAVADA POR MEDIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL, tipificado en el primer párrafo del artículo 132° del Código Penal, con la agravante del tercer párrafo de la misma norma. 2. DÍCTESE mandato de COMPARECENCIA SIMPLE contra el referido Querellado. 3. CÓRRASE TRASLADO por el plazo de CINCO días hábiles al querellado para que conteste la querella y ofrezca la prueba que corresponda a sus intereses. Téngase por ofrecidos los medios probatorios descritos en el escrito de querella. AL MAS DIGO.- Comparezca el recurrente en horas de despacho a formalizar el poder que otorga .H.S. Cusco,21 de octubre del 2016. 3vces-24-25-26-viiiii-16 b/v 41471 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02131-2015-0- 1001-JR-CI01,en el que mediante Res.23 de fecha 17-10-2016: Previamente el Señor Juez Titular que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso en el estado en el que se encuentra y encomienda el trámite del mismo a la Secretaria Judicial que da cuenta, por disposición de la Resolución Administrativa N° 951- 2016- P-CSJCU-PJ. Estando al Dictamen Fiscal que precede, agréguese a sus antecedentes con Conocimiento de las partes procesales y siendo el estado del proceso, ingresen los autos a efecto de emitir la sentencia que corresponde en el orden de antigüedad que le respecta. Debiendo notificarse mediante edictos la presente resolución conforme se ha venido efectuando.Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 21 de Octubre de 2016. 3vces-24-25-26-viiiii-16 b/v 41469 NOTIFICACION EDICTAL En el Proceso Civil N° 00179-2001-0-1018-JP-CI-01, en los seguidos por FLORENCIA BARRIOS MAMANI sobre Prestación de Alimentos contra JORGE GOMEZ HANCCO, la Señora Juez doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, ha dispuesto mediante Resolución Nro. 41 de fecha 05 de setiembre del 2016, LA PUBLICACION DEL ESTRACTO DE LA RESOLUCION N° 41 de fecha 05 de setiembre del 2016, por el cual el demandado no ha cumplido JORGE GOMEZ HANCCO con pago de alimentos devengados, ascendente (S/. 18,902.06), en consecuencia REMITASE copias a la Fiscalía Provincial de Turno de Santiago, a efecto de que en estricto cumplimiento de lo previsto por el artículo 566-A de la Norma Legal antes citada, se proceda a denunciársele por la comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Subtipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría. DISPONIENDOSE la notificación del demandado con el extracto de la presente resolución mediante Edictos .. Firma de la Señora Juez y Secretaria. Lo que se publica por el plazo de ley. Santiago, 11 de octubre del 2016 3vces-24-25-26-viiiii-16 b/v 41474 COMUNICADO DE DECISIÓN DE BAJA DE LA UNIDAD VEHICULAR X1R-732. La ET. DORADINO S.R.Ltda. La junta General de Socios de la empresa de transportes DORADINO S.R.Ltda. Conforme a lo previsto en la ley general de sociedades concordante con el estatuto de la sociedad comunica a los socios participacionistas y público en general que en asamblea general extraordinaria de fecha 15 de Octubre del Presente Año, a petición de su propietario, se acordó en forma unánime dar de baja a la siguiente unidad vehicular: Placa X1R-732 propietario LUCRECIA MENDOZA ARAPA se hace la presente publicación de cumplimiento a las normas vigentes. Cusco 15 de octubre del 2015 LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS 24-25/10/2016 B/.31124 NOTARIAL EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE SIGNADO CON EL N° D-8 UBICADO EN EL JIRÓN CHANAPATA DEL BARRIO DE SANTA ANA, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, PETICIONADA POR LA SEÑORA: JULIA TORRES BUSTAMANTE, SE EMPLAZA A LOS TITULARES REGISTRALES: FLORENCIA MENDOZA JURADO; ANA MARIA OTAZU GUTIERRES VIUDA DE LAZO; ARISTIDES OTAZU GUTIERRES; FRANCISCA OTAZU GUTIERRES; EDUARDO CORVACHO BUENDIA; ABELARDO FERNANDEZ ORELLANA; BERNABE MAMANI OLIVERA; REBECA ARANIBAR VALDIVIA; BRAULIO YEPEZ POMARROSA E HILARIA GOMEZ CACERES DE YEPEZ, PARA LOS FINES DE LEY.- CUSCO, 17 DE OCTUBRE DEL 2016.NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO-ABOGADO.3VCES-19-25-31-VIIIII-16 B/V 41374 EDICTO JUDICIAL POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS - SICUANI, A CARGO DEL SEÑOR MAGISTRADO EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMINGUEZ, CON LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL ELENA PINO CCORICASA EN EL EXPEDIENTE Nº 0021-2014-0-1007-JM-CI-02, QUE LA PARTE ACTORA HABIENDO PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL JUZGADO QUE DESCONOCE EL DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO GUALBERTO CALLO CHOQUEVILCA y MEDIANTE RESOLUCION Nº 12 de fecha 12 de julio de 2016, DONDE SE DISPONE REALIZAR LAS PUBLICACIONES CONFORME A LEY A EFECTO DE NOTIFICAR A EL SEÑOR GUALBERTO CALLO CHOQUEVILCA PARA FINES DE ABSOLVER EL PROCESO SOBRE PETICION DE HERENCIA SEGUIGO POR RAFAEL CALLO CONTO Y OTRO CONTRA GUALBERTO CALLO
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 CHOQUEVILCA Y OTROS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR, CON TAL FIN CÚMPLASE CON NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS EN EL DIARIO EL PERUANO Y EN EL DIARIO JUDICIAL DEL CUSCO”. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. SICUANI, 11 DE OCTUBREDE 2016 3VCES-13-19-25-VIIIII-16 B/V 41278 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Nro. 1625-2016; SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por DELIA NILDA ALARCON JUSCAMAYTA, contra FORTUNATO MOSQUEIRA APUMAYTA y LIDIA SAIRE DE MOSQUEIRA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, efectúese la publicación de un extracto del presente en el Diario Judicial de esta ciudad, por el término de tres días con intervalo de tres días, firmando la especialista legal, por el señor Juez. Cusco, 12 de octubre del 2016. 3VCES-13-19-25-VIIIII-16 B/V 41284 EDICTO DE NOTIFICACION En el Proceso N° 11-2016-CI tramitado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el Señor Magistrado Dr. Gilberto E. Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto la publicación de la Resolución N° 02 de fecha 01 de Setiembre del 2016 con el siguiente tenor: ( ... )SE RESUELVE: ADMITIR en la vía de proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES “SAN JUAN DE HUAYLLAPUCYU” representado por ERASMO QUISPE QUITO, en su calidad presidente, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO respecto del bien inmueble ( ... ) ubicado en el sector de Huayllpacyu del distrito y provincia de Paucartambo y departamento del Cusco de 156.7334 Ha, de los cuales 140.00 Ha. se encuentran inscritos en la partida N°02207426 Tomo 179 fojas 99 de la Zona Registral N° X sede Cusco y 16.7334 Ha. no se encuentran inscritos, en contra de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura representado por el Ing. Víctor Alejandro Baca Ramos - Director de la Dirección Regional de Agricultura del Cusco, con citación de: la Comunidad Campesina de Santa Barbara de Huallhua del distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento del Cusco representado por su presidente Sr. Lucio Percca Chura, a la Comunidad Campesina de Ccoricancha (antes predio Mashuay) del distrito y provincia de Paucartambo y departamento del Cusco, representado por su presidente Sr. Zenón Cirilo Paucar Salgado, a la Autoridad Local del Agua; en consecuencia, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de DIEZ DIAS para que conteste la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y tramitarse el proceso en su rebeldía, asimismo emplácese a los citados.H.S.3VCES-13-19-25-VIIIII-16 B/V 41288 PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En los seguidos por BANCO DE CREDITO PERU contra RODOLFO BERRIO CAYTUIRO y ELSA LLOCLLA PALOMINO sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01621-2014-0-1001-JR-C1-01, el Primer Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo de la Señora Juez Dra. Sandra Contreras Campana, con intervención de la Especialista Legal Dra. Isabel Huamán Sequeiros, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, siguiente: LOTE 01 DE LA MZ. W DEL CENTRO POBLADO DE ECHARATE, SECTOR CENTRO POBLADO DE ECHARATE, DISTRITO DE ECHARATE, PROVINCIA DE LA CONVENCION, DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (680 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALE CAMISEA EN LINEA RECTA CON 17.00 ML. POR LA DERECHA ENTRANDO, CON EL LOTE W, EN LINEA RECTA CON 40.00 ML. POR EL FONDO CON EL LOTE W-09, CON 17.00 ML Y POR LA IZQUIERDA ENTRANDO CON LA CALLE CIRO ALEGRIA, CON 40.00 ML CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 11020344 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE QUILLABAMBA, ZONA REGISTRAL Nº X-SEDE QUILLABAMBA. VALOR DE TASACIÓN (Convencional: US$ 207,111.61. BASE DE REMATE: US$ 138,074.41 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: GRAVAMENES y CARGAS: en el Asiento D00001, si los adjudicatarios han proporcionad información falsa, el Lote será revertido a el Estado. HIPOTECA: en el Asiento D00004, hasta por la suma de US$ 176,044.87, Inscrita a favor de BANCO DE CRÉDITO DEL PERU. Inscritas en la Partida Electrónica N° 11020344 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Quillabamba. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: jueves 24 de noviembre de 2016, a horas 08h30 am. Que se verificará en la Oficina de Administración de Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: asdel_v@ hofmail.com. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, es decir no menos de la suma de US$ 20,711.16, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; deben presentar original y copia de Arancel Judicial (tasa judicial) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generares de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de Conformidad con el Artículo 18º del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley Nro. 27728 Martillero Público. Cusco, 3 de octubre de 2016. DR.ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO 6VCES-25-26-27-28-VIIIII- Y-02-03-xi-16 B/V 41487 AVISO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Calca, Despachado por el Dr. WILBER ABARCA QUISPE bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado EDWIN CUENTAS CHACON se tramita la causa No 99-2016 seguida por FRANCISCO AMERICO HUALLPA TECSI sobre Sucesión Intestada del que en vida fue MARCIAL HUALLPA FIGUEROA fallecido en Cusco el 06 DE AGOSTO del 2016, solicitando se declare como herederos Únicos y universales al solicitando y sus hermanos LUZ MARINA, CELIA, MARTHA, MARCIAL ALBERTO, ROMULO SABEL, LUDGADO y EVERT HUALLPA TECSI y su cónyuge supérstite ISABEL TECSI ANDUIZA, lo que se publica para fines consiguientes. Calca, 18 de octubre del 2016. 1V-25-VIIIII-16 B/V 41486
SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICINA NOTARIAL UBICADA PLAZA ARMAS 138 MARANGANI, ADEMIR IVAN ALARCON CALDAS y, por: PIANTONY RUSSELL ALARCON CALDAS, SOLICITA SUCESION INTESTADA DE BASILIO ALARCON AYALA. FALLECIDO EN FECHA 15 DE AGOSTO DEL 2016, EN LA CIUDAD DE CUSCO TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN SICUANI-CANCHIS .. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. MARANGANI, 21 OCTUBRE 2016 MARCO IVAN VENERO TAPIA NOTARIO ABOGADO 1V-25-VIIIII-16 B/V 41485 NOTIFICACION POR EDICTOS En el Proceso N° 1848-2016-0-1018-JM-FC-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, Judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto notificar con un extracto del auto admisorio de la demanda, cuyo tenor es como sigue: Resolución N° 01.• VISTOS Y CONSIDERANDO: ( ... )SE RESUELVE ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ASCENCIO QUISPE CUTIPA y EULOGIA GONZALO QUISPE contra los que en vida fueron FELIPE CUTIPA QUISPE y MARIBEL QUISPE GONZALO, que contiene la pretensión de ADOPCION POR EXCEPCION, con citación del Representante del Ministerio Público. Por su mérito, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal. Al amparo de lo dispuesto artículo 160 inciso d) del Código del Niño y Adolescente. TRAMITESE la demanda por la VIA DEL PROCESO UNICO.•H.S; y Resolución Nro. 03.• SE RESUELVE AGREGUESE a los autos, los documentos públicos alcanzados en folios ocho; INTEGRESE el auto admisorio de la demanda, en la siguiente forma: ENTIENDASE que la demanda se dirige contra la SUCESION LEGAL de los demandados FELIPE CUTIPA QUISPE y MARIBEL QUISPE GONZALO; QUEDA inalterable en lo demás que contiene el auto admisorio; PUBLIQUESE edictos en el diario judicial del Cusco, por tres veces consecutivas, a costa de los demandantes, con un extracto del auto admisorio y esta resolución, para que los herederos legales de los demandados FELIPE CUTIPA QUISPE y MARIBEL QUISPE GONZALO, se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de continuarse el desarrollo del proceso, con la designación de curador procesal. H.S. Cusco, Santiago, 24 de octubre de 2016 3VCES-25-26-27-VIIIII-16 B/v 41484 MUNICIPALIDAD DISTRITAL, DE HUAROCONDO REGISTRO DE ESTADO CIVIL, EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE MATRIMONIAL Nº 2371- 2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL DON JORGE COSCO APFATA DNI 45525090 NATURAL CHUMBIVILCAS Edad 27 años Estado Civil soltero Ocupación agricultor Nacionalidad peruano Domicilio calle Bolognesi s/n del Distrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco. DOÑA AMANDINA CHAMPI QUISPE DNI 47691971 NATURAL Limatambo Edad 26 años Estado civil soltera Ocupación ama de casa Nacionalidad Peruana Domicilio calle Bolognesi s/n del Distrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco. Quienes contraerán matrimonio Civil el día 26 de Noviembre del 2016 a hora 13:00. p.m. Las personas que conozcan las causales de impedimento, pueden denunciarlos como establece el Art. 253 del Código Civil, ante la Jefatura delos Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Huarocondo 24 de Octubre del 2016 Aurelio Terreros Sotomayor. Jefe de Registro Civil. 1v-25-viiiii-16 b/v 41483 RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Elena Vengoa García, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 01715- 2016-0-1001-JP.CI-03 seguido por SEGUNDO RUBEN ZAMBRANO ALLER sobre Rectificación de su Partida de nacimiento, que por error no ha sido consignado el apellido materno de su progenitor EN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, debiendo llamarse correctamente: ADVELIO ZAMBRANO SANTOYO . Lo que se tramita en el proceso: o contencioso y se notifica, para los fines de ley. Cusco, 12 de Octubre del 2016. 1v-25-viiiii-16 b/v 41482 SUCESION INTESTADA ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; VITALIANO CANTO CORIMANYA EN CALIDAD DE HIJO DEL CAUSANTE, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA EL QUE EN VIDA FUE SU SEÑOR PADRE TOMAS CANTO MAMANI, FALLECIDO, EL 25 DE AGOSTO DEL 2016; LO QUE SE PONE EN CONCIMIENTO PARA LO FINES DE LEY. CUSCO, 19 DE OCTUBRE DEL 2016. 1v-25-viiiii-16 b/v 41481 SUCESION INTESTADA ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; JOSE LUIS ESQUIVEL TAYPE, GUMERCINDA ESQUIVEL TAYPE, JHON MARCO ESQUIVEL TAYPE y MIGUEL ANGEL ESQUIVEL TAYPE EN CALIDAD DE HIJOS DE LA CAUSANTE SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE SU SEÑORA MADRE CEFERINA TAYPE VIUDA DE
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016
ESQUIVEL, FALLECIDA, 2 DE AGOSTO DEL 2016; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 19 DE OCTUBRE DEL 2016. 1v-25-viiiii-16 b/v 41481 DECLARACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi oficina notarial, sito en el Jirón Espinar Nº 114 de esta ciudad se ha presentado don CESAR AUGUSTO AGUILAR CAMA, solicitando que se le declare propietario en calidad de soltero, mediante declaración de derecho de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio respecto del inmueble urbano signado con el Nro. 333, interior de jirón Libertad, de esta ciudad, que tiene un área de 86.90 M2 (Ochenta y seis punto noventa metros cuadrados) dentro de un perímetro envolvente de 38.66 ML., (Treintiocho punto sesenta y seis metros lineales), con los linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el FRENTE, pasaje de uso común y propiedad de la C. C. A. Tiobamba, en 6.86 M L.; Por la DERECHA, entrando, propiedad de Marcia Aguilar Cama, en 12.20, ML.; por la IZQUIERDA entrando, propiedad de Tiburcio Huayotoma Gallegos, en 12.20; y por el FONDO, propiedad de Toribio Quispe Huamanguilla en 7.40 ML, todos en línea recta. Se publica por tres veces con intervalo de tres días cada uno, para los fines de ley; por este mismo medio se llama a los titulares registrales y/ o herederos y a los colindantes del inmueble que tengan entregadas la posesión de sus inmuebles a terceras personas, para que manifiesten conveniente. Quillabamba, 22 de octubre de 2016. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario abogado 3vces-25-31-viiiii-y-07-xi-16 b/v 41480 SUCESION INTESTADA. DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 41º DE LA LEY 26662, LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE MI DESPACHO NOTARIAL SE PRESENTO DON LUIS MUNIR RONDON ABUHADBA, SOLICITANDO SE TRAMITE LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CONYUGE DOÑA BEATRIZ GUADALUPE VELASCO VASQUEZ, FALLECIDA EN LA CIUDAD DE LIMA, EL DIA 04 DE JULIO DE 2016, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO LA CIUDAD DEL CUSCO, Y SE DECLARE COMO A SUS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE DON LUIS MUNIR RONDON ABUHADBA, Y A SUS HIJOS: LUIS YADY, HUSSEIN Y OMAR RONDON VELASCO. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CONSIDEREN HEREDEROS. LUCILA ANTONIETA OCAMPO DELAHAZA NOTARIA DE CUSCO CNC. 027 1V-25-VIIIII-16 B/V 41479
QUE, sobre CAMBIO (SUPRESIÓN) DE NOMBRE, con citación del Representante del Ministerio Público, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia, señálese como fecha para el verificativo de la diligencia de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, debido a la recargada labor del Juzgado, debiendo efectuarse las publicaciones de un estracto de la presente a través de edictos por el término de un día, los que conforme a la comunicación puesta en conocimiento de este Despacho por Oficio Circular Nº 03-USJCSJCU, de 18 de agosto de 2015, en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley Nº 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (El Diario), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales se admitirán y actuarán conforme a ley. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Primer Otrosí.- Téngase por delegada representación a favor de su abogada, conforme a lo establecido por el artículo 80 del Código Procesal Civil. Al Segundo Otrosí.- Téngase por señalada casilla electrónica, donde se le harán saber las notificaciones conforme a ley. Al Tercer Otrosí.- Téngase en cuenta la autorización efectuada. H. S.”. Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 24 de octubre de 2016. 1V-25-VIIIII-16 B/V 41488 DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: ROBERT CURASI FARFÁN de 39 años de edad, con DNI N° 25136473, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación EMPLEADO, natural de PAUCARTAMBO, con domicilio en: URB. SAN BORJA N° H -12 y Doña: ALEXANDRA PAUCCAR QQUILLE de 30 años de edad, con DNI N° 44071684, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ESTUDIANTE, Natural de CUSCO, con domicilio en: URB. SAN BORJA N° H - 12. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: MARTES 08 DE NOVIEMBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq. 24 de OCTUBRE del 2016. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR B/.31129
SUCESION INTESTADA
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Que ante el Juzgado de Paz Letrado de Tinta, provincia de Canchis que despacha el señor Juez Wilber Huaraya Tito, bajo la actuación del Secretario Judicial Willber Sánchez Fuentes, se viene tramitando el Proceso Civil. N° 2016-113-CI, en la vía del proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por GENARO MIGUEL ESPIRILLA QUISPE, en representación de BERNARDINA VEGA ARMUTO a efecto de que se declare la muerte intestada de doña BRIGIDA ARMUTO QUISPE, fallecida el 07 de febrero del 2011 en la localidad de Tinta - Canchis - Cusco y se le declare heredera a la representada.- Lo que se publica para los fines de Ley. Tinta, 13 de Octubre del 2016. 1V-25-VIIIII-16 B/V 41478
DE DOMINIO Ante mi Despacho Notarial, se presentó RAUL PALACIOS HUAMANI, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: AQQ- 936- CLASE: AUTOMOVIL- MARCA: DAEWOO- MODELO: TICO SL 98- CARROCERÍA: SEDAN.- AÑO DE FAB. 1997- COLOR; AMARILLO - N° DE SERIE: KLY3S11BDWC493409.- N° DE MOTOR: F8C613861, lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley. Paruro, 21 de agosto del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina: Plaza de Armas S/N - Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO DE PARURO 25/10/2016 F/.26969
EDICTO JUDICIAL El Juzgado Mixto de la Provincia de Anta, que despacho la Dra. Consuelo Camacho Zambrano, bajo la actuación de la Especialista Patricia Valenza Olivera, En el Proceso Civil Nro. 114-2016-C, RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por RICARDO MENDOZA CERNADES en representación de su poderdante DORIS ELENA SERNADAS LOARTE sobre ADICION DE APELLIDOS MATERNOS EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 557 correspondiente a JESUS ROBERTO SERNADAS ACURIO de fecha 16 de octubre de 1934 del Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Anta, debiendo ser como sigue: De Abel Sernadas A: ABEL SERNADAS CARDENAS. De Catalina Acurio A: CATALINA ACURIO CARRASCO. CONTRA el Representante del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), a través de su Procurador Publico de la RENIEC, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO; ( ... l. lo que se publica para fines de ley. Anta, 20 de octubre del 2016. 1V-25-VIIIII-16 B/V 41477 NOTIFICACIÓN POR EDICTO SE NOTIFICA A FAUSTO ESTEBAN TTUPA KANCHA EDICTO JUDICIAL En el Proceso Civil Nro. 0-2016-0-1001-JR-CI-05, seguido por Hilaria Ttupa Alarcon, sobre Declaración de muerte presunta, bajo la actuación de la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, y dirección de la Sra. Juez del Quinto Juzgado Civil del Cusco Dra. Marianella Cárdenas Villanueva ha dispuesto la publicación del siguiente extracto: RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, 20 de septiembre de 2016.-” SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HILARIA TTUPA ALARCON sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, con citación de FAUSTO ESTEBAN TTUPA KANCHA, ISABEL TTUPA ALARCON y DEL MINISTERIO PÚBLICO, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el plazo de cinco días. Estando a lo dispuesto por el artículo 792 del Código Procesal Civil que señala: “La resolución que admite a trámite la solicitud será notificada al desaparecido, ausente o al muerto presunto mediante los edictos más idóneos al cumplimiento de su fin. A quienes puedan tener derechos sucesorios, se les notificará por edicto si se desconociera su dirección domiciliaria. “, notifíquese por edicto al muerto presunto FAUSTO ESTEBAN TTUPA KANCHA ( ... ) Señálese fecha para el acto de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el próximo VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. H.S. 1V-25-VIIIII-16 B/V 41477 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01737-2016-0-1 001-JR-CI-01, seguido por Alex Simon Yucra Choque, sobre Cambio de nombre; en el que se ha emitido la resolución Nº 02, de fecha 14-10-2016, que dispone: “ demanda interpuesta por ALEX SIMON YUCRA CHO-
EDICTO DE NOTIFICACION. SRS: JUAN CARLOS ARBIETO PINO Y ELVIRA LIDIA GALINDO HERNANDEZ. Ante mi Despacho Notarial, se presentó RAUL PALACIOS HUAMANI, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: AQQ- 936.- CLASE: AUTOMOVIL- MARCA: DAEWOO- MODELO SL 98- CARROCERÍA: SEDAN- AÑO DE FAB. 1997- COLOR: AMARILLO - N° DE SERIE: KLY3S11BDWC493409- N° DE MOTOR: F8C613861, lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley. Paruro, 21 de agosto del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina. Plaza de Armas S/N - Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO DE PARURO 25/10/2016 F/.26969 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi Despacho Notarial, se presentó YURI SANTILLANA MOREANO, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: RIK-755.- CLASE: CMTA- MARCA: JEEP.- MODELO: CHEROKE.- CARROCERÍA: NO METROPOLITANO.AÑO DE FAB. 1995.-COLOR: AZUL.- Nº DE SERIE: LE2FJ23H7SCG17632.- N° DE MOTOR: 9400339, lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley. Paruro, 12 de agosto del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina. Plaza de Armas S/N - Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 EDICTO DE NOTIFICACION. SRS. POLICIA NACIONAL DEL PERU. Ante mi Despacho Notarial, se presentó YURI SANTILLANA MOREANO, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: RIK-755.- CLASE: CMTA- MARCA: JEEP,- MODELO; CHEROKE.- CARROCERÍA: NO METROPOLITANO.AÑO DE FAB. 1995.- COLOR: AZUL.- N° DE SERIE: LE2FJ23H7SC017632.- Nº DE MOTOR: 9400339, lo que pongo en conocimiento público para Los fines de ley. Paruro, 12 de agosto del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina. Plaza de Armas S/N - Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi Despacho Notarial, se presentó, RAYMUNDO QUISPE CRUZ solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del VEHÍCULO CLASE: L3 VEHÍCULO MENOR- MARCA: LEEMOTO.- MODELO: CG150.- CARROCERIA: MOTOCICLETA.- AÑO DE FABRICACIÓN 2008.- COLOR: AZUL N° DE SERIE: LC4PCKLOX08000042.-Nº DE MOTOR: 156FMJ08070024. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley. Paruro, 03 de mayo del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina: Plaza de Armas S/N.- Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 B/.26969 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. Ante mi Despacho Notarial, se presentó EVARISTO QUlSPE CACERES, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo usando: PLACA DE RODAJE: BIQ-107, CLASE: AUTOMOVIL- MARCA: VOLKSWAGEN.- MODELO: GOL 1.8 2001- CARROCERIA: SEDAN.- AÑO DE FAB. 2001- COLOR: PLATA IMPERIAL.- Nº DE SERIE: 9BWCC05X81P113803.- N° DE MOTOR: UDH186261- N° DE MOTOR: EJ20D291223; lo que pongo en conocimiento público para Los fines de ley.- Paruro, 04 de enero de 2016Luis F. Palomino Mantilla Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina: Plaza de Armas S/N.- Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 NOTIFICACION POR EDICTO Sr: BERNARD FULCRAND TERRISSE. Ante mi Despacho Notarial, se presentó EVARISTO QUISPE CACERES, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo usando: PLACA DE RODAJE: BIQ-107CLASE: AUTOMOVIL- MARCA: VOLKSWAGEN.- MODELO: GOL 1.8 2001 - CARROCERIA: SEDAN- AÑO DE FAB. 2001- COLOR: PLATA IMPERIAL- Nº DE SERIE: 9BWCC05X81P113803.- N° DE MOTOR: UDH186261- N° DE MOTOR: EJ20D291223; lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley.- Paruro, 04 de enero de 2016.Luis F. Palomino Mantilla Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina: Plaza de Armas S/N - Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi Despacho Notarial se presentó FORTUNATO APAZA TEVEZ solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: SZ- 7573.- CLASE: STATION WAGON- MARCA: TOYOTA.- MODELO: COROLLA L EXTRA TOURING.- CARROCERÍA: SEDAN.- AÑO DE FAB. 1998.- COLOR: AZUL PLATA.- Nº DE SERIE: EE1046010094.- Nº DE MOTOR: 5E-1154380, lo que pongo en conocimiento público para los de Paruro, 12 de agosto del 2016. Luis F. Palomino Manila, Notario Abogado de la Provincia de Paruro. Departamento de Cusco. Oficina. Plaza de Armas S/N- Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 EDICTO DE NOTIFICACION. SR. GORKI GUSTAVO NUÑEZ DEL PRADO FLORES.Ante mi Despacho Notarial, se presentó FORTUNATO APAZA TEVEZ. solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo de PLACA DE RODAJE: SZ- 7573.-CLASE; STATION WAGON- MARCA:TOYOTA.-MODELO: COROLLA L EXTRA TOURING- CARROCERÍA: SEDAN.- AÑO DE FAB. 1998.- COLOR: AZUL PLATA.Nº DE SERIE: EE104-6010094.- Nº DE MOTOR: 5E-1154380, lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley — Paruro, 12 de agosto del 2016. Luis F. Palomino Mantilla, Notario Abogado de la Provincia de Paruro, Departamento de Cusco. Oficina. Plaza de Armas S/N- Paruro. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 SUCESIÓN INTESTADA. Ante mi Despacho Notarial, se presentó el señor TEODORO QUSPE LUPA, con DNI 23800444. Solicitando la sucesión intestada de quien en vida fuera su señora Madre TOMASA LUPA VERA, fallecido el 14 de Octubre del 2014, lo que hago de conocimiento público, apersonarse quienes se consideren con vocación hereditaria, para los fines de ley Paruro 15 de Marzo de 2016. Luis Fernando Palomino Mantilla. Notario Público de la provincia de Paruro Oficina.- Plaza de Armas S/N de la localidad de Paruro. Provincia de Paruro, Departamento del Cusco. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 SUCESION INTESTADA. Ante mi Despacho Notarial, se presentó CARLOS FERDINAND CARREON BRAVO, solicitando la sucesión intestada de quien en vida fuera EULOGIO CARREON RUELA; lo que hago de conocimiento público; apersonarse quienes se consideren con vocación hereditaria, para tos fines de ley. Paruro, 05 de septiembre del 2016.
Luis Fernando Palomino Mantilla. Notario Público cíe la provincia de Paruro Oficina - Plaza de Armas s/n -de la localidad de Paruro. Provincia de Paruro, Departamento del Cusco. LUIS F. PALOMINO MANTILLA ABOGADO NOTARIO PÚBLICO 25/10/2016 F/.26969 MUNICIPALIDAD DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA REGISTRO DEL ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL Se hace saber, que ante el señor Alcalde de la Municipalidad de la provincia de Urubamba, se han presentado: Don LALO WILLIAMS COVARRUBIAS MIRANDA De: treinta v ocho años de edad, natural de: Paucartambo de nacionalidad Peruana Domiciliado en el sector: Charcahuaylla s/n de ocupación empleado Y doña: OTILIA ALFEREZ UBALDE De treinta v nueve años de edad, natural de: Cusco de nacionalidad Peruana Domiciliado en el sector: Charcahuaylla s/n de ocupación Abogada Pretendiendo contraer matrimonio Civil, en fecha: 10/12/2016, a horas 14.30 P.M, en esta Municipalidad, los que conozcan causales de impedimento podrán denunciar en concordancia con el Articulo N° 253 del código civil. Urubamba, 06 de octubre del 2016 MARIO USCA QUISPE REG. CIVIL 25/10/2016 B/.31123 CONVOCATORIA El Directorio de la Empresa “Galleros del Cusco S.A.”, identificada con RUC N° 20564285855, convoca a Junta General de Accionistas, de conformidad con el artículo 23º del Estatuto de la Empresa, a llevarse a cabo en el domicilio social sito en el inmueble número A-3 de la APV San Antonio en el Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. PRIMERA CONVOCATORIA : El 05/11/2016 a horas 1:00pm SEGUNDA CONVOCATORIA : El 09/11/2016 a horas 1:00pm AGENDA 1. Elección del Directorio de la empresa Cusco, 21 de Octubre del 2016 MARIO LUIS PAREDES ZAMALLOA DIRECTOR VICTOR RAÚL SÁNCHEZ VENERO DIRECTOR RAMIRO CAMPANA MIRANDA DIRECTOR 25/10/2016 F/.26971 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el proceso Nro. 4708-2016 , dentro del cual se ha ordenado notificar a la SUCESION DE LA QUE EN VIDA FUERA GLADYS MARLENE HUARANCCA PALOMINO, la siendo como Sigue: Resolución Nro. 01. Cusco diecisiete de Octubre del dos mil dieciséis,” SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por CARLOS PARIONA APARCO sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contra la sucesión de la que en vida fuera GLADYS MARLENE HUARANCCA PALOMINO por su merito: CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley, con citación de la representante del Ministerio Público.-Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos para su oportunidad.-Estando a lo expuesto por el Artículo 66 del Código Procesal Civil, y para fines de nombrarse curador procesal SE DISPONE: NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS a la sucesión demandada, con el contenido de la presente resolución bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TERCER OTROSI DIGO. — Téngase por delegadas las facultades de representación a la profesional que autoriza el presente escrito. H.S. Cusco, 24 de Octubre del 2016. CARMEN PALOMINO SECRETARIA JUDICIAL 3VCES 25-26-27/10/2016 B/.31131 AVISO DE PUBLICACIÓN PARA RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE MATRIMONIO. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOLLEPATA- ANTA -CUSCO OFICINA DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL En la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mollepata - Anta - Cusco, se ha recibido solicitud de Lucia Rosalia Villarroel de Quispe con DNI N° 15363292, para rectificación administrativa en el Acta de Matrimonio número doscientos sesenta y tres del año mil novecientos cincuenta y tres, que el Registrador Civil de esa época consigno erróneamente el nombre de la contrayente asi: Luzmila Villarroel López, siendo el nombre correcto y debe decir asi: Lucia Rosalia Villarroel López. Se publica en cumplimiento al artículo 73° del reglamento de la Ley 26497 y Directiva N° 263 GRC/017 RENIEC. Mollepata 23 de octubre de 2016 HUBER ANGULO YTURRIAGA JEFE DEL REGISTRO CIVIL 25/10/2016 B/.31128 DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: MOISÉS ABARCA GÓMEZ de 33 años de edad, con DNI N° 42246703, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación CONTADOR, natural de JULIACA, con domicilio en: URB. Ttio E-2 - 4 Doña: ROSMERY VILCAHUAMÁN SUMA de 30 años de edad, con DNI N° 43822402, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación CONTADORA, Natural de CUSCO, con domicilio en: URB. MANUEL PRADO N - 10. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SABADO 05 DE NOVIEMBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016
de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 24 de OCTUBRE del 2016. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 25/10/2016 B/.31126 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCION SANTA ANA - LA CONVENCION OFICINA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don AMILCAR RODRIGUEZ FLORES, identificado con DNI.N°41063737, de 35 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de Cusco-Cusco-Cusco de profesión u ocupación Odontólogo., con Domicilio en Av. Bolognesi N° 174 de esta ciudad. Doña PRISCILA SISS ICAHUATE TAPULLIMA, Identificada con DNI N°45667032 de 27 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de YarinacochaCoronel Portillo- Ucayali. De Profesión u ocupación su casa, con domicilio en Av. Bolognesi N° 174 de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día SABADO 05 de Noviembre del año 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 17 de Octubre del año 2016. JUANA ATAUCUCHI CUSIHUALLPA JEFE DE REGISTRO CIVIL 25/10/2016 B/.31132 SUCESIÓN INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicado en el Jirón Espinar No. 114, de esta ciudad, don ASUNCION HUANACO OSIS, solicita de quien en vida fue su madre doña LUCIA OSIS POCOHUANCA, fallecida el día 07 del mes de Abril del año mil novecientos noventa y tres, en el Hospital de Quillabamba, siendo su siempre habitual y ultimo domicilio está en el Jirón Venecia A-8; de esta ciudad, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención y departamento de Cusco, a fin de que se le declare como único y universal heredera en su condición de hijo único. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 18 de octubre del 2016. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario - Abogado Registro Nº32 25/10/2016 B/.31132 EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz letrado de Santa Ana, Provincia de la Convención que Despacha el Señor juez MARCO ANTONIO FLORES ESPEZUA, bajo la actuación de la Especialista legal Mariela Velásquez Gutiérrez se viene tramitando el proceso N° 0499-2016-0-1010-JP-CI-02, seguido por LIVIA ROZAS DE QUINTAMILLA, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue ROBERTO QUINTANILLA PAULLO, fallecido en el distrito de santa Ana, Provincia de la convención y Departamento del Cusco, el día 04 de octubre del 29014.- lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 29 de setiembre del 2016. MARCO ANTONIO FLORES ESPEZUA PODER JUDICIAL 25/10/2016 B/.31132 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarte, despachado por la Señora Juez Karina Valia Ochoa Montufar y bajo la actuación de la secretaria judicial Nadiht Masías Sánchez, se viene tramitando el proceso civil Nro. 72-2016-CI, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la resolución Nro. 01 de fecha 29 de setiembre: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por WALQUER JORGE ALVAREZ GUZMAN, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; en tal virtud, publíquese por una sola vez en el Diario Oficial de la ciudad del Cusco, un extracto de la solicitud presentada. - Lo que se publica para fines de ley. Echarati, 19 de octubre del 2016. NADIHT MESIAS SÁNCHEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN 25/10/2016 B/.31132 EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz letrado de Santa Ana, Provincia de la Convención que Despacha el Señor Juez MARCO ANTONIO FLORES ESPEZUA, bajo la actuación de la Especialista legal Mariela Velásquez Gutiérrez se viene tramitando el proceso N° 00458-2016-0-1010-JP-CI-02, seguido por Efraín Chamorro Flores, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue ALFONSO CHAMORRO ANDRADE, fallecido en la dudad del Cusco, Provincia y Departamento del Cusco, el día 11 de setiembre del 2012, lo que se publica para los fines de ley. Quillabamba, 26 de septiembre del 2016. ABOG. MARIELA VELASQUEZ GUTIÉRREZ SECRETARIA JUDICIAL 25/10/2016 B/.31132 ALSUR PERÚ S.A.C. ALSUR CUSCO S.A.C ECO HALCON SUR S.A.C De Conformidad con lo establecido en el Art. 355 de la ley general de sociedades se pone en conocimiento que por Juntas Generales de Accionistas llevadas a cabo el día 4 de octubre del 2016 Se acordó la fusión de la absorción de ALSUR PERÚ S.A.C (absorbente) con ALSUR CUSCO S.A.C y ECO HALCON SUR S.A.C (absorbidos) La fecha de entrada con vigencia de la fusión por absorción será el 02 de enero del 2017. El GERENTE GENERAL 26/10/2016 B/.31134 COPIA CERTIFICADA DE DENUNCIA 1519 REGPOL-SUR-ORI-CSB.SCC. EL COMANDANTE PNP. COMISARIO DE LA COMISARIA PNP WANCHAQ QUE SUSCRIBE:
CERTIFICA: Que en el Libro de Denuncias por pérdida de documentos Contables, que corre a cargo de la expresada, se encuentra registrada una denuncia cuyo tenor literal es como sigue: “ADV. Nro.1058.- SUMILLA: POR PERDIDA DE DOCUMENTOS.- En la ciudad del Cusco, siendo las 10:20. Hrs del día 18-ABR-13. Se presento en esta comisaria PNP. La persona de Julia CHINO CHAMBI (49) Natural de Puno, de estado civil casada, de ocupación docente Con DNI Nro.23852615, Wanchac, domiciliada en la Av. Huayruropata 1423. Wanchac, quien denuncia que el día 05-ENE-13. a hrs. 09:30 aproximadamente en las inmediaciones pe la Av. Huayruropata había extraviado un folder Manila conteniendo Titulo Profesional de ingeniero civil y de Bachillerato, certificados y constancias de trabajo, de su esposo Mario PALIZA AYMA, hizo las búsquedas y averiguaciones del caso con resultado negativo, por lo que denuncia para fines del trámite del caso.-Fdo. El denunciante El Instructor SOS.PNP. Santiago Carrión M. RESOLUCIÓN.- Obra Como constancia para expedir copia de La denuncia, adjunto tributo del Banco de la nación por denuncia policial.- Fdo.-Comandante PNP Jesús Alberto YAÑEZ VEGA COMISARIO. Wanchac, 18 de. Abril del 2,013 EL QUE EXPIDE JESUS ALBERTO YAÑEZ VEGA COMANDANTE PNP SANTIAGO CARRION MEJIA SOS.PNP 26/10/2016 B/V.31133 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: RAFAEL RENZO YEPEZ APARICIO Identificado con DNI. 44975712 Estado Civil: DIVORCIADO Natural de: WANCHAQ - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 28 años: Ocupación: ABOGADO Domicilio: URB. SAN ANTONIO. COVITUC. F-1 Doña: YAGHAIDA ARIAS SANCHEZ Identificada con DNI. 41833928 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 35 años: Ocupación: SUPERVISORA Domicilio: CALLE AHUACPINTA 659 Fecha de Matrimonio: 11 DE NOVIEMBRE DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 20 de OCTUBRE del 2016 WALTER CARPIO CHÁVEZ DIRECTOR 26/10/2016 B/.31137 GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION URBANA Y RURAL DIVISION DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad “Año del IV Centenario del legado histórico del Inka Garcilaso de la Vega Chimpu Occllo” AUTORIZACION PARA PUBLICACION N° 019-SGAUR-GDUR-MC-2016 Cusco, 25 de Octubre del 2016 SEÑOR: ISAIAS SACSI HUANCA Domiciliados en el PUEBLO JOVEN “CHOCCO” lote “7” de la manzana “T” del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco. REFERENCIA: Expediente N° 102996-16, 102117-16, 100866-16, 100750-16, 100435-16, 100208-16. Me dirijo a Ud. para comunicarle que: Queda AUTORIZADA, para realizar la publicación en el DIARIO OFICIAL de lo siguiente: LA MUNICIPALIDAD DE CUSCO, A TRAVÉS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Y DE ACUERDO AL DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-MC-00 SOBRE TITULACIÓN INDIVIDUAL EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y/O PUEBLOS JÓVENES DE LA PROVINCIA DEL CUSCO Y EN ATENCIÓN A LOS ARTÍCULOS 12° Y 13° DEL MISMO, HACE DE CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE SE PROCEDERÁ A EXPEDIR EL TÍTULO DE PROPIEDAD A LA Sr. ISAIAS SACSI HUANCA, SOBRE EL LOTE DE TERRENO “7” DE LA MANZANA “T” (ANTERIORMENTE DENOMINADO O CONOCIDO COMO LOTE “4” MANZANA “R”). DEL PUEBLO JOVEN “CHOCCO”, DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO. CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE AMENAZADO O VULNERADO SU DERECHO POR LA PRETENSIÓN DE TITULACIÓN MENCIONADA PUEDE PRESENTAR OPOSICIÓN DENTRO DE LOS CINCO DIAS HÁBILES POSTERIORES A ESTA PUBLICACIÓN, LA OPOSICIÓN SE PRESENTARÁ POR ESCRITO DEBIENDO SER ACOMPAÑADA NECESARIAMENTE, PARA SU ADMISIBILIDAD, CON PRUEBA INSTRUMENTAL QUE SUSTENTE LO QUE SE AFIRMA. ATENTAMENTE ARQ. TANHIA M. PEÑA MOLINA SUB GERENTE DE ADMINISTRACIÓN URBANA Y RURAL 26/10/2016 B/.31135 PERDIDA DE TITULO Se ha extraviado el título profesional Nº. 00406 P GREA de la profesora Carmen Katherine Alvarez Rios, egresada del instituto Superior pedagógico Publico “la inmaculada” el hecho ocurrió en la Av. Arequipa cuadra Nº 6 de la provincia de Canchis. Llamar al 982518464. 1v-26-viiiii-16 b/v 41500 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi-Urcos, despachado por la Señora Juez Titular Yanet Ofelia Paredes Salas y la actuación de la Secretaria Judicial Estefany Pérez Angulo , se viene tramitando el Proceso N° 120-2016-0-1014-JM-CI-01; ordenándose mediante Resolución N° 02 de fecha 28 de setiembre de 2016, se notifique el extracto del Auto admisorio de demanda, para fines de notificar a la Sucesión de quien en vida fue RAMÓN OLIART GARMENDIA así como cumplir con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, siendo su tenor literal en la parte pertinente el siguiente: “ADMÍTASE la demanda interpuesta por Julio Valencia Garcia sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN denominado “Pampa Rachi” de 35.5440 Has. con un perímetro 2,394.43 ML, del Distrito de Lucre, Provincia de Quispicanchi y Departamento de Cusco; contra la sucesión de Ramon Oliart Garmendia y sus herederos cónyuge Adela Arllentar Bermudez, sus hijos Carmen Adela, Maria Elena, Maria Raquel, Luz Carlota, Jorge Miguel y Narda Victoria Arllentar cuyos domicilios la parte actora reales desconoce cuyo hecho declara bajo juramento, demanda que deberá ser tramitada en la Vía del PROCESO ABREVIADO; con citación del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Oropesa, y los colindantes
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 citados Juan José Segundo Cjuro, Paulina Garcia Ramos, Pio Rojas Choque, Pio Alfredo Jurado Huarsaya, Mario Garcia Gamarra; en consecuencia, dispóngase la notificación de la demandada, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, conforme lo preceptúa el Artículo 435º del Código Procesal Civil; con citación de los colindantes Grupo de Campesinos de Rayallacta su presidenta ALICIA ALVAREZ ÑACCHA, Marcelina Ortega Malpartida, Ministerio de Trasportes y Comunicaciones representado por su procurador Alan Carlos Canchari; Ricardo Cordova Arredondo.- ( ... ).- H.S .” Urcos, 21 de octubre de 201 ó.3VCES-26-VIIIII- Y 02-08-XI-16 B/V 41489 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, ubicado en el Jr. Bolívar Nro. 741 del distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco, se presentó el Sr. RONALD GAMARRA ZÚÑIGA, identificado con DNI Nro. 25215740, solicitando la sucesión intestada de Q.E.V.F. su madre Sra. DORA ZÚÑIGA AMAR, fallecida el 05 de febrero del año 2005, señalando como último domicilio de la causante, el inmueble ubicado en la Comunidad Cuquipata, del distrito de Yanatile, provincia de Calca, departamento de Cusco. Lo que hago de conocimiento público, para los fines de ley. Calca,24 de octubre 2016. WILLIAM L. SARAVIA PALOMINO NOTARIO DE CALCA 1V-26-VIIIII-16 B/V 41490
Identificado con DNI 43234292 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CANCHIS - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 31 años: Ocupación: COMERCIANTE Domicilio: CALLE MONJASPATA Nº 700 CUSCO Doña: YOSANERA CHALLCO CHOQUE Identificada con DNI 47747725 Estado Civil: SOLTERA Natural de: KUNTURKANKI - CANAS Nacionalidad: PERUANA Edad: 23 años: Ocupación: COMERCIANTE Domicilio: CALLE MONJASPATA Nº 700 CUSCO Fecha de Matrimonio: 17 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco,24 de OCTUBRE del 2016. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1v-26-viiiii-16 r/h 41495
EDICTOS
EDICTO JUDICIAL
SEÑORES: ASOCIACION PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE ELECTRO PERU “APROVITE” En el proceso signado con el Nº 00628-2014-0-1001-JR- CI-02, seguido por Julio Mora Palma y Francisca Alférez de Mora, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun; ha dispuesto notificar a la Asociación Pro Vivienda de los Trabajadores de Electro Perú “APROVITE” con la resolución N° 19 de fecha cuatro de abril del dos mil dieciséis, Se Resuelve: Que, el proyecto de minuta se ponga en conocimiento de las partes procesales por el plazo de ley Debiendo de notificarse a la Asociación demandada mediante edictos por el termino de ley en el Diario Judicial el Peruano y en el Diario Judicial de esta localidad( ... ).- Señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo. Especialista Legal Saida Chiun Manco.Cusco, 15 de setiembre del 20161V-26-VIIIII-16 B/V 41492
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra, se viene tramitando el Proceso Civil Nº Contencioso N° 2283-2016-0-1018-JP-CI-01, por el cual doña MARGARITA QUISPE DE HANCCO solicita la SUCESION INTESTADA de la que en vida fue su cónyuge LUCIANO HANCCO HUISA ,fallecido el 09 de Julio del 2016; a fin de que se la declare por como a sus únicos y universales herederos a recurrente y a sus hijos NICOMEDES CELSO Y ELIO FAUSTO HANCCO QUISPE. Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial Juan Ronald Bornas Guerra. Santiago, 20 de Octubre del 2016. 1v-26-viiiii-16 r/h 41496
PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 01849-2014-0-1001-JP-CI-03, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. con MATILDE QUISPE GUEVARA DE ANAYA Y EMILIO ELIAS ANAYA VILCA, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, a cargo de la Dra. ELENA VENGOA GARCIA, con actuación del Especialista Legal Dr. MARIO PEREIRA ALDAZABAL, ha dispuesto la realización del PRIMER REMATE del inmueble constituido por el DEPARTAMENTO (DÚPLEX) B-402, EN EL CUARTO Y QUINTO NIVEL (CONDOMINIO CALIPSO), ubicado en la AVENIDA CUSCO N° B-8 del distrito de SAN SEBASTIÁN, provincia y departamento del cusco, inscrito en la Partida Electrónica Nro. 11075023 del Registro de Predios de la Oficina Registral Cusco, Zona Registral X, Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES (GRAVAMENES y CARGAS): Asiento 03.- EMBARGO.- En forma de inscripción sobre los DERECHOS Y ACCIONES ESPECTATICIOS que tienen EMILIO ELIAS ANAYA VILCA y MATILDE QUISPE GUEVARA DE ANAYA sobre el inmueble materia de la partida de propiedad de la sociedad conyugal conformada por EMILIO ELIAS ANAYA VILCA y MATILDE QUISPE GUEVARA DE ANAYA hasta por la suma de S/. 25,000.00. Siendo la TASACIÓN COMERCIAL la Suma de US$ 115,768.90 (CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 90/100 DOLARES AMERICANOS) y el PRECIO BASE de la postura la suma de US$ 77,179.27 (SETENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON 27/100 DOLARES AMERICANOS. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE.- EI 15 de NOVIEMBRE del 2016 a las 9:15 de la mañana, en la Sede del Juzgado ubicado en la Urbanización LA FLORIDA C-14 Pasaje Kantus (Ex Mesón de la Estrella), distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. REQUISITOS PARA SER POSTOR.- Los postores depositarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (negociable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número del expediente, documento de identidad y firma. Estando el presente remate a cargo del Martillero Público Sandro Alberto Jara Chumbes, con Reg. N° 213, Cel. 973962231, RPC 993029244, sjarach@icloud.com, debiendo pagar el adjudicatario la comisión del martillero conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS los que serán cancelados a la firma del acta de remate. SALDO DEL PRECIO DE ADJUDICACION: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación, dentro de tercer día de realizado el acto, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. 6vces-26-27-28-viiiii-y-02-03-04-xi-16 b/v 41493 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 17 de Octubre del 2016, la recurrente LUZ MARINA AGUILAR CARRASCO, titular del Acta de Nacimiento Nº 1009298650, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como LUZMILA CARRASCO LANDEO. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta LUZMILA AURELIA CARRASCO LANDEO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 19 de Octubre del 2016 Rudy Maridza Puma Apaza Jefe de la Oficina Registral Cusco (e) - RENIEC 1v-26-viiiii-16 r/h 41494 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: RODRIGO DAVID SARA MAYTA
EDICTO Exp. 01600-2016, seguido por JULIANA SAMATA DE QUISPE y PORFIRIO QUISPE CCAHUANTICO, contra MARTIN AUCCAPURI APUMAYTA y JUSTINA QUISPE TUPA DE AUCCAPURI, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dictado “Resolución 01.- Cusco, diecinueve de Setiembre del año dos mil dieciséis. VISTA; ( ... )SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por JULIANA SAMATA DE QUISPE y PORFIRIO QUISPE CCAHUANTICO, contra MARTIN AUCCAPURI APUMAYTA y JUSTINA QUISPE TUPA DE AUCCAPURI, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en CALLE PEROLPUGIO sin número SECTOR PARUSTACA del distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento de Cusco; CON CITACIÓN de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo; y, de los colindantes Paulina Sota Flores, Fortunato Condori Vallenas; y, Felipe Orue Ccasa; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES; de igual manera notifíquese a los citados antes mencionados.- ( ... )estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco, por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” Fdo. Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.-” Cusco, 25 Octubre 2016. 3VCES-26-VIIIII-Y-02-08-XI-16 B/V 41497 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N° 4 60 DE ESTA CIUDAD: EXALTACIÓN MEZA ALVAREZ, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN “LA A. P. V. PRIMERO DE MAYO, CALLE MICAELA BASTIDAS MANZANA N° J LOTE N° 14 DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, EL QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 300.32 M2. Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 80.11 ML., CON HISTORIAL REGISTRAL EN LA PARTIDA N° 11007235, EN LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO; CUYA RESOLUCIÓN QUE ADMITE A TRÁMITE ES: RES. Nº.01/CUSCO, 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, EXP. N°222-2016-NPB, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO,21 DE OCTUBRE DE 2016. 3VCES-26-VIIIII-Y-02-08-XI-16 B/V 41498 NOTIFICACION POR EDICTO JORGE OSWALDO BU S TAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A LOS PROPIETARIOS CON DERECHO INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11007235 DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO: JUAN BAUTISTA DIAZ TTITO y LEONARDA PUMA LUNA, EN LOS SEGUIDOS POR: EXALTACIÓN MEZA ALVAREZ SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN “LA A. P. V. PRIMERO DE MAYO, CALLE MICAELA BASTIDAS MANZANA N° J LOTE N° 14 DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 300.32 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 80.11 ML., CUYA RESOLUCIÓN QUE ADMITE A TRÁMITE ES: RES. Nº. 01/CUSCO, 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016, EXP. N°222-2016-NPB, POR ESTAR COMPRENDIDO DENTRO DE LA LEY 27157 Y 27333, EN APLICACIÓN DEL INC. 1° DEL ART. 505 DEL C.P.C. CONVÓQUESE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO,21 DE OCTUBRE DE 2016. 3VCES-26-VIIIII-Y-02-08-XI-16 B/V 41499 EDICTO JUDICIAL SE NOTIFICA A LA SUCESION LEGAL DE QUIEN EN VIDA FUE LIDIA LUCRECIA ESCOBAR TAPIA Ante el 5º Juzgado Civil Sede Central, despachado por la señora Juez Cárdenas Villanueva
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016
Marianella, y a cargo de la especialista legal Vargas Trujillo Vilma, se dispuso la notificación por edictos a dicha sucesión para que se apersonen la sucesión legal de dicha persona en el proceso civil, expediente 115-2013, la que se encuentra en trámite y que mediante resolución 02 de fecha 05 de marzo del 2013 se ha resuelto ADMITIR a trámite en la VIA DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por CONSORCIO PERUANO ALEMAN SAC. Representado por su GTER. GRAL. JESUS LORENZO GARCIA ESTRADA, contra LIDIA LUCRECIA ESCOBAR TAPIA, JOSÉ CARLOS QUINTANA MAMANI Y JANET CASTRO VARGAS, SOBRE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO. 1V-26-VIIIII-16 B/V 41501 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01756-2016-0-1 001-JR-CI-01, seguido por Jhon Porfirio Samaniego Quispe, sobre Cambio de nombre; en el que se ha emitido la resolución Nº 01, de fecha que dispone: “ ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por JHON PORFIRIO SAMANIEGO QUISPE, en representación de su menor hijo Kevin Raúl Condori Alferez, sobre CAMBIO DE NOMBRE, con citación del Representante del Ministerio Público y LOURDES ALFEREZ YAHIURA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia, señálese como fecha para el verificativo de la diligencia de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, debido a la recargada labor del Juzgado, debiendo efectuarse las publicaciones de un estracto de la presente a través de edictos por el término de un día, los que conforme a la comunicación puesta en conocimiento de este Despacho por Oficio Circular Nº 03-USJCSJCU, de 18 de agosto de 2015, en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley Nº 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (El Diario), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello. Al Otrosí.- Notifíquese a los citados conforme al reglamento de la Central de Notificaciones. Al Mas.- Estese a la admisión efectuada. Al Segundo Mas.- Estese a los dispuesto precedentemente. Al Tercer Mas.- Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 25 de octubre de 2016. 1V-26-VIIIII-16 B/V 41502 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don BELKER YURGER ALBERCA ASIPALI con DNI Nro. 70817212 de 26 años de edad, soltero de Nacionalidad Peruano Natural del Distrito de Manseriche Provincia Alto Amazonas y Departamento de Loreto de ocupación Independiente con Domicilio en Av. Grau E-5 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. MARITZA APAZA HUILLCA con DNI Nro. 41499555 de 36 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Santa Ana Provincia La Convención y Departamento de Cusco de Ocupación Cosmetóloga con domicilio en Av. Grau E-5 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 26 de Noviembre del 2016 . Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 24 de Octubre del 2016 NILDA CUPI ZUNIGA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-26-VIIIII-16 B/V 41504 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCION SANTA ANA - LA CONVENCION OFICINA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes; Don MAURO RAMOS CHAPARRO, Identificado con DNI.N°23983045, de 40 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de Cusco-Cusco-Cusco de profesión u ocupación Comerciante, con Domicilio en Jr. Vilcabamba s/n de esta ciudad. Doña DORIS DOLORES HUAYLLANI CCAMA, Identificada con DNI N°42749406 de 38 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Santiago-Cusco. De Profesión u ocupación Comerciante, con domicilio en Jr. Vilcabamba s/n de esta ciudad. PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día SABADO 19 de Noviembre del año 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 24 de Octubre del año 2016. JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA JEFE DE REGISTRO CIVIL EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 581-2016, tramitado ente el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 02 de fecha tres de octubre del dos mil dieciséis: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por EMILIO MELENDEZ SARAVIA, en contra de la sucesión de quien en vida fue BERNARDINA HUAMAN VDA DE ORDOÑEZ sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO en la VIA ABREVIADA”.- Firma del Señora Juez Dra. Elvia Barriga Moron.- Sayda Verónica Bustos Florez Secretaria Judicial, la publicación en el Diario el Peruano y en el Diario Judicial de esta Ciudad por el término de tres veces con intervalo de tres días.Lo que se publica poro los fines de ley. Wanchaq, 12 de octubre del 2016. 3VCES-14-20-26-VIIIII-16 B/V 41300 EDICTO JUDICIAL Ante el Quinto Juzgado Civil en el EXPEDIENTE: 01597-2016-0-1001-JR-CI-05,seguido por CALISAYA AYALA, JHONATHAN en contra de NUÑEZ VERGARA, FRANCISCO sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha dispuesto: RESOLUCION Nº 03 Cusco, 06 de octubre de 2015.AUTOS Y VISTO: El escrito que contiene la demanda y CONSIDERANDO: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EUSEBIA AYALA CHIPANA por derecho propio y los HEREDEROS LEGALES DE JACOBO CALISAYA MAMANI conformada por ROSA ELIZABETH CALISAYA AYALA (representada por Eusebia Ayala Chipana), JHONATHAN CALISAYA AYALA y HUGO JAVIER CALISAYA AYALA contra JOSE MARCO GARCIA CENTENO, LUCIO MEDRANO AGUIRRE y MARIA PILAR CASTILLO DE MEDRANO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitar se bajó los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. CÍTESE con la demanda a los colindantes
Frecia Margarita Vergara de Díaz, Francisco Núñez Vergara, José Marco García Centeno y la Municipalidad Distrital de San Jerónimo. Conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado.Fdo. Marianella Cárdenas Villanueva: Juez, Rafael Castillo Canal: Especialista Legal. Cusco, 14 de octubre de12016.3VCES-20-26-VIIIII-Y-02-VIIIIII-16 B/V 41405 EDICTO JUDICIAL En el proceso N° 4573-2016-0-1001-JR-FC-04, que se tramita en el Cuarto Juzgado de Familia de Cusco, se ha admitido a trámite la demanda interpuesta por ROSA JUDITH MALCA LESCANO, sobre RECONOCIMIENTO judicial de estado de convivencia con el demandado ELISEO VILLAGARAY ANTONIO, con citación de LA SUCESION INTESTADA DE Q.E.V.F. ELISEO VILLAGARAY ANTONIO, en la VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que serán admitidos y actuados en su oportunidad.- señala fecha para audiencia el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA.- Ténganse por cumplido el mandato en el plazo de ley.- H.S.- Firmado - TACURI CHAVEZ ante mí FLOREZ QQUESIHUALLPA.- Cusco, 21 de octubre de 2016.- (3v) LUZ VENUS FLOREZ QQUESIHUALLPA SECRETARIA JUDICIAL 24-26-28/10/2016 B/.31122 NOTIFICACIÓN JUDICIAL. Señores: DOMINGO CONDORI CASTRO y FRANCISCA HUAMAN MAMANI. Hago saber a Ud., que en el proceso N° 02537-2016-0-1001-JR-FT-1, seguido a favor del menor Sebastián Jerónimo Condori Huamán, se ha dispuesto notificar a Uds, con el fallo de la sentencia que a continuación se trascribe: “Cusco, diecinueve de julio de dos mil dieciseis.- (...) FALLA:— PRIMERO: Declarar FUNDADA la declaración del estado de ABANDONO MORAL Y MATERIAL del niño SEBASTIÁN JERÓNIMO CONDORI HUAMÁN, de 01 año de edad aproximadamente, hijo de Domingo Condori Castro y Francisca Huamán Mamani, por los fundamentos expuestos; en consecuencia, extinguida la patria potestad de los padres biológicos del precitado menor.-SEGUNDO: Disponer como Medida de Protección que el niño tutelado continúe albergado en el CAR “Amantani” encargándole su cuidado, mientras que la oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia de Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), conforme a la ley 26981, tramite la adopción de la menor con el fin de garantizar su derecho a desarrollarse integralmente en el seno de un ambiente familiar adecuado. -TERCERO: Se dispone la inscripción en los Registros correspondientes de la Municipalidad Provincial de Cusco, teniéndose como indicador de la fecha de nacimiento el 01 de julio del año 2015, en el Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento de Cusco, con el nombre de Sebastián Jerónimo Condori Huamán, encargándose del trámite de su inscripción al Hogar Albergante.-CUARTO: Se notifique la sentencia conforme a ley y oportunamente, póngase en conocimiento de la Oficina Nacional de Adopciones y del Centro de Atención Residencial AMANTANI. Tómese razón y hágase sáber.-H. S.- Firmado: C. A. Espinoza D.- Juez.G. Chacón B. Especialista Legal. GERMÁN CHACÓN BERROCAL ESPECIALISTA LEGAL 24-26/10/2016 B/.31116 NOTIFICACIÓN JUDICIAL. Señores: MARCELINO TARAPACA TORIBIO y RICARDINA SICCOS MAMANI. Hago saber a Ud., que en el proceso N° 01969-2015-0-1001-JR-FA-1, seguida a favor de la menor Sayda Emerita Tarapaca Siccos, sobre Abandono Material y Peligro Moral y Maltratos, se ha dispuesto notificar a Uds., con el fallo de la sentencia que a continuación se trascribe: “Cusco, tres de junio de dos mil dieciséis.— Resolución N° 04. (...).- III- DECISIÓN.- PRIMERO.-Se declara el estado de abandono moral y material de la niña Sayda Emerita Tarapaca Siccos, de 11 años de edad actualmente, hija de Ricardina Siccos Mamani y Marcelino Toribio Tarapaca, por los fundamentos expuestos; en consecuencia, extinguida la patria potestad de los padres biológicos.- SEGUNDO.- Se dispone como medida de protección, que la niña Sayda Emerita Tarapaca Siccos, permanezca en el CAR “Casa Verde”, hasta que sea promovida en adopción o cumpla la mayoría de edad, a fin de que se hagan efectivos sus derechos fundamentales y pueda ejercer por sí misma sus derechos civiles de acuerdo a ley, debiendo recibir visitas periódicas de la Asistente Social del Equipo Multidisciplinario del Poder Judicial.-TERCERO.- Se notifique la sentencia conforme a ley, se ponga en conocimiento de la Oficina Nacional de Adopciones y al CAR “Casa Verde”. Tómese razón y hágase saber.-H. S.- Firmado: C. A. Espinoza D.- Juez.- G. Chacón B. Especialista Legal. GERMÁN CHACÓN BERROCAL ESPECIALISTA LEGAL 24-26/10/2016 B/.31116 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: EDGAR CALANCHA APAZA Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Lía Milagros Castro Warthon, se tramita el proceso N° 02818-2015-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Edgar Calancha Apaza, por el delito contra la Seguridad Pública en la modalidad de peligro común, sub tipo conducción en estado de ebriedad, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado EDGAR CALANCHA APAZA, con la RESOLUCIÓN NRO. 06.- Cusco, veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA: En la fecha y estando al vencimiento del plazo del traslado de la Acusación Directa y considerando: PRIMERO.Que, el artículo 351.1° del Código Procesal Penal dispone: “Presentados los escritos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo fijado en el artículo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”. SEGUNDO.- Que, por otro lado el Articulo 85°.3 del Código Procesal Penal modificado por ley N° 30076 taxativa: “El Juez o Colegiado competente sanciona de conformidad con el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sétima Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNIQÚESE a las partes que la carpeta ñscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, ncisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. Encargúese la tramitación de la presente causa a la Especialista Judicial que da cuenta por mandato superior. NOTIFÍQUESE. Firmado: Reynaldo Ochoa Muñoz, Juez.- Lia Milagros Castro Warthon, Especialista Judicial de Juzgado. 24-25-26/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: RICHARD WILSON FLORES LIMACHE Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Lía Milagros Castro Warthon, se tramita el proceso N° 02454-2015-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Richard Wilson Flores Limache, por el delito contra la seguridad Pública en la modalidad de peligro común, sub tipo conducción en estado de ebriedad, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado: RICHARD WILSON FLORES LIMACHE, con la RESOLUCIÓN NRO. 06 Cusco, veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis.-DADO CUENTA: En la fecha y estando al vencimiento del plazo del traslado de la Acusación Directa y considerando: PRIMERO.Que, el artículo 351.1° del Código Procesal Penal dispone: “Presentados los escritos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo fijado en el artículo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”. SEGUNDO.- Que, por otro lado el Articulo 85°.3 del Código Procesal Penal modificado por ley N° 30076 taxativa: “El Juez o Colegiado competente sanciona de conformidad con el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sétima Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, cíe ser el caso. NOTIFÍQUESE.Firmado; Lia Milagros Castro Warthon, Especialista Judicial de Juzgado. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: SAMUEL APAZA SARAYA. La señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfan, en el proceso Nro. 2606-2016-0-1001-JR-PE-06, seguido contra SAMUEL APAZA SARAYA, con DNI 45782027, por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, en agravio de Tania de la Flor Vargas Pillpinto, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Janet Barrios Medrano, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 del 06/07/16, auto de Recepción de Disposición Fiscal de Formalización de la Investigación Preparatoria y con fecha para la Audiencia de Control de Acusación, cuyo contenido es el siguiente: Luego de evaluados los resultados de las diligencias preliminares y en mérito a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica del Ministerio Público y de conformidad con lo prescrito por el numeral 4 del artículo 336° y artículo 349° y siguientes del Código Procesal Penal, FORMULO ACUSACIÓN DIRECTA contra SAMUEL APAZA SARAYA, por la presunta comisión del Delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el cuarto párrafo del artículo 124 del Código Penal, en agravio de Tañia de la Flor Vargas Pillpinto. Por lo expuesto, el Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con criterio de objetividad solicita que se imponga al acusado SAMUEL APAZA SARAYA, CUATRO AÑOS Y CUATRO MESES PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en su condición de AUTOR del Delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de Lesiones, tipo específico LESIONES CULPOSAS GRAVES en agravio de TAÑÍA DE LA FLOR VARGAS PILLPINTO; asimismo solicitamos que se le imponga al acusado CUATRO AÑOS DE INHABILITACIÓN, SE LE SUSPENDA LA LICENCIA DE CONDUCIR Y SE LE INCAPACITE, POR IGUAL PLAZO QUE LA PENA Cabe precisar que la fijación de la reparación civil también obedece a criterios de racionalidad, objetividad y proporcionalidad: en tal sentido, considerando que por la comisión del delito el imputado ha causado un grave daño a la persona del agraviado, es necesario resarcirlo o reponerlo aun si ello pueda ser posible solo en parte. Siendo así, éste Despacho Fiscal, solicita el pago de una REPARACIÓN CIVIL ascendente a la suma de S/.2,000.00 (DOS MIL SOLES con 00/100) a cargo del acusado SAMUEL APAZA SARAYA, a favor de la agraviada TAÑÍA DE LA FLOR VARGAS PILLPINTO. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que las partes puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir
9 el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados.2. DE OFICIO: De la revisión de autos se tiene que aún no se obtuvieron las publicaciones de los edictos con la notificación al procesado, conforme se ordenó en Audiencia y siendo ineludible dicha constancia, reprográmese la diligencia de AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORASTRES DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, (hora exacta), la que se realizará en la SEXTA SALA de Audiencias, ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia, debiendo notificarse a todas las partes ordenadas en la Resolución número uno, subsistiendo los apremios y demás de ley, así como cumpla la especialista a cargo del presente con obtener las publicaciones antes de verificarse la audiencia antes señalada.14 de Octubre del 2016. Firmado: Janet Barrios Medrano, Especialista Judicial de Juzgado. 24-25-26/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: ALEJANDRO PÉREZ CRUZ Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actuación de la Especialista Lía Milagros Castro Warthon, se tramita el proceso N° 02454-2015-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Alejandro Pérez Cruz, por el delito contra la familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar, sub tipo incumplimiento de la obligación alimentaria, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado ALEJANDRO PÉREZ CRUZ, con la RESOLUCIÓN NRO. 11 Cusco, veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA: En la fecha y estando al vencimiento del plazo del traslado de la Acusación Directa y considerando: PRIMERO.- Que, el artículo 351.1° del Código Procesal Penal dispone: “Presentados los escritos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo fijado en el artículo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”. SEGUNDO.- Que, por otro lado el Articulo 85°.3 del Código Procesal Penal modificado por ley N° 30076 taxativa: “El Juez o Colegiado competente sanciona de conformidad con el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sétima Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta ñscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal,__ aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. NOTIFÍQUESE.Firmado: Reynaldo Ochoa Muñoz, Juez.- Lia Milagros Castro Warthon, Especialista Judicial de Juzgado. 24-25-26/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 01550-2014-88-1001 -JR-PE-06 SEÑOR: SÁNCHEZ MALACHE GUILLERMO. Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Erika Núñez Orihuela, bajo la actuación del Especialista Judicial de Juzgado Abg. Iván Merma Huaman, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. 01550-2014-88-1001-JR-PE-06, seguido contra SÁNCHEZ MALACHE GUILLERMO, por la presunta comisión del delito de Robo en agravio de Farfan Bustinza Magaly Gabriela. Se ha dispuesto CITAR Y EMPLAZAR al acusado SÁNCHEZ MALACHE GUILLERMO a la audiencia de JUICIO ORAL para el día SEIS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, (hora exacta), la que se realizará en la ONCEAVA SALA de Audiencias del Módulo Penal, ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia de Cusco, debiendo notificarse a todas las partes, subsistiendo los apremios ordenadas en la Resolución número uno y demás de ley.Firmado: Iván Merma Huamán, Especialista Judicial. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ “1o SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00095-2013-0-100l-JR-CI-03 MATERIA : NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Resolución Nro. 55 Cusco, 18 de octubre de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “Se REVOCA la Sentencia contenida en la Resolución N° 41, del 2 de noviembre de 2015, que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de fojas setenta y tres y siguientes interpuesto por Cecilia Quispe Viuda de Choquetaipe contra la Municipalidad Distrital de San Sebastián, representado por su Alcalde Julián Incarroca Ninancuro sobre Nulidad de acto jurídico y del documento que lo contiene (...)” (folio 717 a 737). REFORMÁNDOLA, se declara IMPROCEDENTE dicha demanda de nulidad de acto jurídico y del documento que lo contiene; nulidad de procedimiento administrativo registra! de saneamiento físico legal, por fin ilícito y contravenir normas de carácter imperativo y de orden público, y la cancelación de asiento registra! (folio 93). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez
10 Superior Miriam Helly Pinares Silva opina por: “DECLARAR NULA la Sentencia contenida en la Resolución N” 41 de 2 de noviembre de 2015 (folios 717), que falla declarando: “ INFUNDADA la demanda de folios setenta y tres y siguientes, interpuesto por Cecilia Quispe Viuda de Choquetaipe contra la Municipalidad Distrital de San Sebastián, representado por su Alcalde Julián Incarroca Ninancuro sobre Nulidad de acto jurídico y del documento que lo contiene; nulidad de procedimiento administrativo registra! de saneamiento físico legal por tener un fin ilícito y contravenir normas de carácter imperativo y de orden público y accesoriamente la cancelación del asiento registral sentada en la partida nro. 11077888 asiento 1-C de la Oficina Registral nro. X Sede Cusco. Sin costas ni costos procesales”. Y emita nueva Sentencia conforme a Ley y tomando en cuenta los fundamentos de la presente.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 14 DE NOVIEMBRE DE 2016, a horas 12:45 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.-ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. -S.S. MURILLO FLORES PINARES SILVA DELGADO AYBAR”. Miguel Espejo Rosell - Secretario de Sala. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO EXP. N° 424-2016-26 Ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ayacucho Nuevo Código Procesal Penal de Huamanga, que despacha el Dr. Cesar Augusto Riveros Ramos y el Especialista Judicial William Albert Mendoza Barboza; en el expediente N° 424-2016-0, seguido contra ANTONIO CUYA CCENTE por la presunta comisión del delito contra la libertad Sexual en la modalidad de Actos contra el pudor en menores, en agravio de la menor de iniciales F.M.R.C; resuelve notificar al imputado ANTONIO CUYA CCENTE, mediante edicto a través del diario Judicial de la Provincia de la Convención; a fin de que concurra a este despacho judicial, sito en la plaza de armas de Ayacucho, Portal Constitución N° 20, tercer patio, Sala de Audiencias N° 02 de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN A DESARROLLARSE EL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL 2016, A HORAS 9:00 AM. Debiendo el imputado comparecer acompañado de su abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de llevarse adelante sin la presencia de ellos. Firmado por el señor Juez. De lo que doy fe. Firmado: William Albert Mendoza Barboza, Especialista Judicial de Juzgado. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO EXP. N° 1345-2016-67 Ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ayacucho Nuevo Código Procesal Penal de Huamanga, que despacha el Doctor Cesar Augusto Riveros Ramos y el Especialista Judicial William Albert Mendoza Barboza; en el expediente N° 1345-2016-67, seguido contra SERGIO MARCOS VILCA CAPCHA por la presunta comisión del delito Contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfico Ilícito de Insumos Químicos y Productos en agravio del Estado peruano; resuelve notificar al imputado SERGIO MARCOS VILCA CAPCHA, mediante edicto a través del diario Judicial del Departamento de Cusco; a fin de que concurra a este despacho judicial, sito en la plaza de armas de Ayacucho, Portal Constitución N° 20, tercer patio, Sala de Audiencias N° 01 de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, PARA LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA A DESARROLLARSE EL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL 2016, A HORAS 3:30 DE LA TARDE. Debiendo el imputado comparecer acompañado de su abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de llevarse adelante sin la presencia de ellos. Firmado por el señor Juez. De lo que doy fe. Firmado: William Albert Mendoza Barboza, Especialista Judicial de Juzgado. 24-25-26/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE ALEJANDO CUENTAS RODRÍGUEZ Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Quebrada, que despacha la señora Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación del Secretario Judicial Israel Villafuerte Anaya, se viene tramitando el Proceso Familia Civil signado Nro. 00094-2010-0-1019-FC-PE-01, seguido por Rosalía Sornoza Ochoa en representación de sus hijos Erika, Magali, Edison, Yuliana y Berly Cuentas Rodríguez, sobre Prestación de Alimentos en contra de Alejando Cuentas Rodríguez, donde mediante la resolución N° 24, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de ALEJANDRO CUENTAS RODRÍGUEZ, con la liquidación de alimentos devengados mas interese legales de fecha diez de julio del año dos mil quince, y se ha dispuesto que se notifique con el tenor de la liquidación de alimentos devengados mas interese legales de fecha diez de julio del año dos mil quince, la resolución número veinte de fecha diez de julio del año dos mil quince, y la resolución numero veinticuatro de fecha veintidós de setiembre del año dos mil dieciséis. CON LA RESOLUCIÓN NRO. 24 Previamente la Magistrado que suscribe REASUME del conocimiento del presente proceso por disposición del Superior. DANDO CUENTA: El escrito que antecede, presentado por Rosalía Sornoza Ochoa. A LO EXPUESTO: Que habiendo manifestado bajo juramento que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de Alejandro Cuentas Rodríguez, notifíquese al demandado Alejandro Cuentas Rodríguez VÍA EDICTO, por el periodo de tres días, la liquidación de alimentos devengados mas interese legales de fecha diez de julio del año dos mil quince, que obra a fojas noventa y nueve, la resolución numero veinte de fecha diez de julio del año dos mil quince, y la presente resolución, ello a efecto de no restringir su derecho, y en observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva. CON LA LIQUIDACIÓN DE AUMENTOS DEVENGADOS MÁS INTERESES LEGALES Expediente civil Demandante Demandado Pensión Mensual Período a liquidar 00094-2010-0-1019-J P-FC-01 Rosalía Sornoza Ochoa. Alejandro Sornoza Ochoa. S/. 400.00 sentencia de fojas 30 al 33. 01/04/2011 al 31/07/2015. Sustento Legal: C.P.C. (Art. 567-568) Período año/mes Pensión Mensual Pensión Acumulada Tasa Interés Total Intereses ____ ____________________________________________Anual_________________ 2011 Del abril a diciembre (09 meses) S/. 400.00 S/. 3,600.00 2.31% S/. 62.37 2012 De enero a diciembre
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 (05 meses) S/. 400.00 S/. 4,800.00 2.31% S/. 110.88 2013 De enero a diciembre (05 meses) S/. 400.00 S/. 4,800.00 2.31% S/. 110.88 2014 De enero a diciembre (05 meses) S/. 400.00 S/. 4,800.00 2.31% S/. 110.88 2015 De enero a junio (06 meses) S/. 400.00 S/. 2,400.00 2.31% S/. 27.72 Julio Mes adelantado (01 mes) S/. 400.00 S/. 400.00 TOTALES S/. 20,800.00 S/. 422.73 Resumen: Monto alimentos devengados S/. 20,800.00+ - Más intereses legales S/.422.73 TOTAL S/. 21,222.73 OBSERVACIÓN: Ésta liquidación se ha practicado a mérito de la resolución numero diecinueve de fecha dos de julio del año dos mil quince, que corre a fojas noventa y cuatro. CONCLUSIÓN: El obligado ALEJANDRO SORNOZA OCHOA adeuda al TREINTA Y UNO DE JULIO del año dos mil quince, la suma de VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS con 73/100 Nuevos Soles (S/. 21,222.73) por concepto de Alimentos Devengados. La Quebrada, 10 de Julio del 2015 CON LA RESOLUCIÓN NRO. 20 La Quebrada, diez de julio Del año dos mil quince.DE OFICIO.- Que habiendo cumplido el secretario con efectuar la liquidación de alimentos devengados, póngase en conocimiento de las partes por el término de tres días, para los fines de su observación o no, para cuyo efecto NOTIFIQUESE a las partes en sus domicilios procesales señalados en autos, y cuanto al obligado a su vez en su dominico real.- Firmado: Alicia Vargas Leon, Juez Titular.- Israel David Villafuerte Anaya, Secretario Judicial. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTOS PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR ELART. 144DEL.O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00998-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE CUSCO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDANTE : JIMÉNEZ DE PAREDES, VICTORIA Resolución Nro.7 Cusco, 13 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en a Resolución N° 04 del 27 de julio de 2016 (folio 42 a 55), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra”, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S.S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE : 00504-2012015-2-1010-ÍR-PE-01 ESP. AUDIO : DIANA POZO GALLEGOS. Se CITA Y EMPLAZA al acusado NIOVER GIRALDO HERRERA. para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar, proceso N°00504-2015-2-1010-JR-P-01, en agravio de los menor de iniciales M.P. y M.L.G.Q., representado por su progenitura Dora Quispe Carpió. Conforme se dispuso en la resolución número cuatro de fecha 18 de octubre del 2016; y, quien deberá comparecer obligatoriamente a la audiencia de juicio oral el día MARTES 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016, A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 AM). en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón Espinar de la ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 18 de octubre del 2016 Firma: Diana Pozo Gallegos, Especialista Judicial de Audiencia. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE : 00042-2014-95-1010-ÍR-PE-01 ESP. AUDIO : DIANA POZO GALLEGOS. Se CITA Y EMPLAZA a JAVIER FARFAN ACOSTUPA. para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, proceso N°00042-2014-95-1010-JR-P-01, en agravio de la menor de iníciales B.S.F.M. representada por su progenitora Silvia Mora Aval. Debiendo comparecer obligatoriamente a la audiencia de juicio oral el día JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DEL 2016. A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 AML en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón
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Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 Espinar de la ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 18 de octubre de 2016. Firma: Diana Pozo Gallegos, Especialista Judicial de Audiencia. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO JUZADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE : 00396-2014-65-1010-IR-PE-01 ESP. AUDIO : DIANA POZO GALLEGOS. Se CITA Y EMPLAZA a RENE ALVARO OUISPE. para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el presunto delito de Homicidio Simple proceso N°00396-2014-65-1010-JR-P-01, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F. Epifanio Cruz Palomino; quien deberá comparecer obligatoriamente a la audiencia de juicio oral a verificarse el día MIÉRCOLES 11 DE ENERO DEL 2017. A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 MD). en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón Espinar de la ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 19 de octubre de 2016. Firma: Diana Pozo Gallegos, Especialista Judicial de Audiencia. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE : 00329-2013-84-1010-ÍR-PE-01 ESP. AUDIO : DIANA POZO GALLEGOS. Se CITA Y EMPLAZA a RAYMUNDO MENDOZA TINAJEROS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el presunto delito de Lesiones Leves proceso N°00329-2013-84-1010-JR-P-01, en agravio de Juan Carlos Ccoscco Huamán; quien deberá comparecer obligatoriamente a la audiencia de juicio oral a verificarse el día LUNES 09 DE ENERO DEL 2017. A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 PM). en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón Espinar de la ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 19 de octubre de 2016. Firma: Diana Pozo Gallegos, Especialista Judicial de Audiencia. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE : 00487-2015-37-1010-JR-PE-Ol ESP. AUDIO : DIANA POZO GALLEGOS. Se CITA Y EMPLAZA a MARIO SARMIENTO SALAZAR. para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar, proceso N°00487-2015-37-1010JR-P-01, en agravio del menor de iniciales J.C.S.G.., representado por su progenitura Judhalit Becky Gamio Silva; quien deberá comparecer obligatoriamente a la audiencia de juicio oral el día JUEVES 19 DE ENERO DEL 2017, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 AM)F en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón Espinar de la ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de octubre del 2016 Firma: Diana Pozo Gallegos, Especialista Judicial de Audiencia. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO EDICTO PENAL DE PAUCARTAMBO Exp N° 188-2016-79-1013-JR-PE JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N° 188-2016-79-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Herbert Dario Macedo Chambi por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria en agravio del menor de iniciales F.M.K., en audiencia publica de juicio oral de fecha 12 de octubre del 2016, se ha dispuesto notificar al acusado Herbert Dario Macedo Chambi para que concurran a la audiencia publica de Juicio Oral inmediato, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL 2016 A HORAS 14:30 EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. Firma: Lissbet Esquivel Vera, Especialista de Audiencia. 24-25-26/10/2016 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al señor ROGER CALLAÑAUPA ARENAS, en el Proceso Nro. 00601-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DORGADICCTÓN, en agravio de la Sociedad, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DEICISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE (14.00 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 18 de octubre del 2016 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE : 00359-2015-9-1010-IR-PE-01 ESP. AUDIO : DIANA POZO GALLEGOS. Se CITA Y EMPLAZA a RUBÉN FRANCISCO CAHUI FLORES. para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar, proceso N°00359-2015-9-1010-JR-P-01, en agravio del menor de iniciales DA.C.L., representado por su progenitora Mariela Letona Vilca; quien deberá comparecer obligatoriamente a la audiencia de juicio oral el día MARTES 20 DE DICIEMBRE DEL 2016. A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 AM). en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón Espinar de la ciudad de Quillabamba.
Quillabamba, 21 de octubre del 2016 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 634-2016-0 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUANAC CONTRERAS ESPECIALISTA: DAYMA GABRIELA NAVÍA CANAL SE EMPLAZA A WILFREDO UMERES CONTRERAS En los seguidos contra el investigado WILFREDO UMERES CONTRERAS por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria en agravio del menor de iniciales RO.KA.UM.VA. Y RAJO.UM.VAL. Representado por su progenitura LIVIA VALDERAS OCON, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado con la Res. N° 01; en el siguiente tenor: CITAR a AUDIENCIA ÚNICA PUBLICA DE INCOACCION para determinar la procedencia del proceso inmediato para el día DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS DEL DÍA en la Tercera Sala de Audiencia del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención; con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado de los imputados, PRECÍSESE que la presente audiencia es de CARÁCTER INAPLAZABLE; además que en caso de inconcurrencia del requirente de ponerse en conocimiento del Órgano de Control del Ministerio Público además que la de la misma forma la inconcurrencia injustificada de la defensa técnica de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85 del CPP modificado por Ley N° 300762.-PRECISESE que el presente requerimiento no se programa la audiencia dentro del término establecido por ley, debido a la recargada labor del Juzgado y conforme al Rol de Audiencias PRECÍSESE: que el Juez frente al requerimiento fiscal de incoación del proceso inmediato se pronunciara respecto a lo siguiente: a) Sobre la procedencia de la medida coercitiva requerida por el fiscal b) Sobre la procedencia del principio de oportunidad, de acuerdo reparatorio o Terminación Anticipada solicitado por la parte sobre la procedencia de la inacción del proceso inmediato según sea caso. PRECÍSESE : 1) Que, el representante del Ministerio Publico deberá concurrir a audiencia con la carpeta fiscal; 2) El desarrollo íntegro de la audiencia será grabada en ctudio; y, 3) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PT. Asimismo; habiéndose declarado INAPLAZABLE la presente audiencia; NOTIFIQUESE al Coordinador de los Defensores de Oficio- Sede Quillabamba en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento, para que cumpla con DESIGNAR defensor público para los fines de ley, debiendo realizar el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo y asi garantizar el desarrollo de la audiencia de carácter inaplazable. NOTIFIQUESE ai imputado VÍA EDICTO JUDICIAL y a lo demás sujetos procesales conforme a ley. DE OFICIO: mediante Resolución Administrativa Nro.584-20l6-P-CSJCU-PJ de fecha 15 de junio el año 2016, resuelve disponer a partir del 27 de junio del año dos mil dieciséis, el funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en las sedes de Cusco. La Convención. Anta, Calca. Urubamba y Quispicanchis, considerando todas las especialidades por lo que se le REQUIERE a los todos los sujetos procesales el señalamiento de domicilio procesal electrónico denominado Casilla Electrónica, en todos los procesos nuevos como los que se encuentran en pleno tramite, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de no volver a notificar en los domicilio procesales señalados con anterioridad y darlos por notificados con las resoluciones emitidas por el Juzgado. 25-26-27/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO SE EMPLAZA A: MARIO ALVAREZ CAYTURO El señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, en el proceso N° 246-2012 seguido contra 424-2016, seguido contra ÓSCAR QUISPE HUILLCA por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, previsto y sancionado en el articulo 274° del código penal en agravio de la sociedad, representado por el Ministerio Público; bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. María Jesús Ángulo Aedo, emplaza al acusado MARIO ALVAREZ CAYTURO con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN N°. 03.- DE OFICIO, de la revisión del expediente se tiene que mediante Resolución N° 02 de fecha tres de octubre del presente año, se reprogramo la Audiencia de Incoación del proceso Inmediato para el día ocho de diciembre de año dos mil dieciséis, siendo este día Feriado no laborable, por tanto se Reprograma La Audiencia Para El Día Diecinueve De Enero Del Dos Mil Diecisiete A Horas Nueve Y Cuarenta, póngase de conocimiento de las partes. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL NOTIFICACIÓN-CANAS El Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Canas a cargo del Dr. Ulises Villena Ramírez y la actuación del Especialista Judicial Enrique Álvarez Duran, se dispuso mediante Resolución Nro. 08 de fecha 18 de Octubre del 2016, en el proceso Nro. 68-2013-85-1006-JR-PE-01, seguido contra el acusado PATRICIO CHAMPÍ HÜILLCA, por Delito Contra el Patrimonio en su modalidad de USURPACIÓN Y DAÑOS SIMPLE, en agravio de TORIBIO EUFRACIO QUISPE CHAMPÍ Y OTRA, NOTIFICAR: Por edicto al acusado PATRICIO CHAMPÍ HUILLCA, identificado con DNI. 24565346, nacido el 16/ Marzo/1970, se ha dictado la resolución que sigue.- Resolución Nro. 01.-Yanaoca, dieciséis de Julio del año dos mil catorce.-DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación.- Al principal: Que Despacho la fiscalía Provincial de la Provincia de Canas, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realizad del delito y la investigación del imputado en su comisión, y conforme a lo previsto en el articulo 350° del C.P.P. CÓRRASE TRASLADO a los demás procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1). Observar formalmente la acusación. 2). Deducir excepciones y otros medios de defensa. 3). Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada. 4). Pedir el sobreseimiento.5).Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6). Ofrecer prueba para el juicio. 7). Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes. 8). Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio. 9). Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la
12 fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada.- Al primer y segundo otrosi digo: A sus antecedentes lo manifestado para tener en cuenta en su oportunidad. H.S. Lo que se notifica para los fines de ley. Yanaoca, 19 de Octubre del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI. Se cita y emplaza al procesado JOSÉ LUIS ZAMATA GUERRA para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N° 0003-2016-47-1014- JR- PE- 01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de JANET ROCÍO CUTIPA ATULLE, AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS OCHO DE LA MAÑANA. Urcos, 20 de OCTUBRE del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI Se cita y emplaza al procesado SATURNINO GARCÍA TURPO para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N° 0023-2016-61-1014- JR- PE- 01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de FAUSTINA TTITO QUESEHUALLPA, AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL DÍA PRIMERO DE DICIEMBRE DEL 2016 A HORAS DOS DE LA TARDE. Urcos, 20 de OCTUBRE del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI Se cita y emplaza al procesado LUCIA HUARCA CONDORI, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N° 00185-2015-98-1014- JR- PE- 01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de JULIO CCOA CORIMAYA, AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL DÍA CUATRO DE ENERO DEL 2017 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. Urcos, 20 de OCTUBRE del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PE QUISPICANCHI Se cita y emplaza al procesado SANTIAGO JAQQUEHUA CASILLA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N° 00265-2016-30-1014- JR- PE- 01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANTONIA TECSI LUNA, AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL DÍA DIECISEITE DE NOVIEMBRE DEL 2016 A HORAS DOS DE LA TARDE. Urcos, 20 de OCTUBRE del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 03168-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ con D.N.l. 43956846, por el delito Contra la Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 04 del 19/10/16 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ como autor del delito Contra la Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 04. Cusco, diecinueve de Octubre. De dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FALTA DE NOTIFICACIÓN DEL IMPUTADO JHOJAN CARRASCO SÁNCHEZ. 2. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:00 AM. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LA DISTANCIA DEL DOMICILIO DEL IMPUTADO A ESTA SEDE CORTE, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 3. SE DISPONE REITERAR LA NOTIFICACIÓN AL DOMICILIO REAL DEL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL LA PLAZA DE LA SOLIDARIDAD MANZANA Q LOTE 9 DEL DISTRITO DE SANTA TERESA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN DEPARTAMENTO DEL CUSCO A EFECTOS DE QUE TOMEN CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, SJ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE ADICIONALMENTE MEDIANTE SU TELEFONO CELULAR DEL IMPUTADO N° 974373935 y se NOTIFIQUE VÍA EDICTOS JUDICIALES. 4. (...). Cusco, 20 de octubre del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: WILBERTH ORMACHEA HUANCA El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 04043-2016-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra WILBERTH ORMACHEA HUANCA con D.N.I. 40983886, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor con iniciales: A.D.O.M., representado por su progenitora Luz Marina Mercado Tecsi identificada con D.N.I. N° 48659669, bajo la actuación del
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 18/10/16 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra WILBERTH ORMACHEA HUANCA como autor del delito contra la contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor con iniciales: A.D.O.M., representado por su progenitora Luz Marina Mercado Tecsi identificada con D.N.I. N° 48659669, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, dieciocho de Octubre. De dos mil dieciséis.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FALTA DE DEVOLUCIÓN DE LA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DEL IMPUTADO. 2. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:00 AM. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 3. SE DISPONE NOTIFICAR EN EL DÍA AL IMPUTADO EL CONTENIDO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN SU DOMICILIO REAL Y ADICIONALMENTE NOTIFIOUESE MEDIANTE EDICTOS. 4. SUBSISTEN LOS APERCIBIMIENTOS DISPUESTOS EN LA RESOLUCIÓN N* 1 PARA EL CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES Y SIENDO QUE ES INAPLAZABLE ESTA AUDIENCIA, SE DISPONE LA CONCURRENCIA DEL IMPUTADO Y SU DEFENSA BAJO APERCIBIMIENTO DE DESIGNARSE EN ESE ACTO ABOGADO DEFENSOR PUBLICO QUE GARANTIZE SU DEFENSA TÉCNICA. Cusco, 20 de octubre del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 01165-2014-36-1001-JR-PE-05 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO, Especialista Judicial: JUANA ADRIANA PINO RAMÍREZ. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Flagrancia de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Carlos Adalberto Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Juana Adriana Pino Ramírez, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 1165-2014-36-1001-JR-PE-05, seguido contra SALAZAR HUAMAN, ELVIS JOEL por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en su modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de Elvis Jonatahan Aragón Lonconi se ha dispuesto NOTIFICAR a la imputado con el Acta de Audiencia de Juicio Oral de fecha 14 de octubre del 2016 y la resolución 05 de fecha 14/10/16, que dispone: ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL I. INTRODUCCIÓN En la ciudad del Cusco, siendo las doce del mediodía del día catorce de Octubre del año dos mil dieciseis, en la Tercera Sala de Audiencias del Modulo Penal, se realiza la audiencia Pública de Juicio Oral en el Proceso N° 01165-2014-36-1001-JR-PE-05, seguido contra Elvis Joel Salazar Huaman, por la presunta comisión de delito Hurto Agravado, en agravio de Elvis Jonatahan Aragón Lonconi, audiencia dirigida por la magistrado Carlos A. Román Gil, Juez del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, la misma que será grabada en el sistema de audio. II. ACREDITACIÓN 1. FISCAL: ALDY MEZA SALAZAR, Fiscal Adjunta de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Cusco destacada en esta oportunidad para la presente audiencia a la Segunda Fiscalía Penal Wanchaq a razón de vacaciones del Fiscal a cargo del proceso, con domicilio procesal en Condominio Huáscar A-12 Wanchaq y teléfono 223287. 2. DEFENSA DEL AGRAVIADO: ABOGADO DANTE CORIHUAMAN GONGORA, con registro ICAC 4425, domicilio en la oficina 208 del inmueble 228 de la calle Maruri y celular 984780744. 3. AGRAVIADO ELVIS JONATAHAN ARAGÓN LONCONI: Identificado con DNI 44780911, domicilio en Villa San Isidro A-2deI distrito de San Sebastián, celular 944213194, e grado de instrucción secundaria completa, estado civil soltero, sin hijos, de ocupación con negocios de cabinas de internet, con ingresos de 1,000 soles, hijo de Antonio y Rosaluz, natural de la ciudad del Cusco, de 27 años de edad, sin antecedentes. 4. DEFENSA PUBLICA DEL IMPUTADO SALAZAR HUAMAN ELVIS JOEL, abogada Ana Maria Mejia Quispe, Con Cae 2646, con domicilio real en la Av. Micaela Bastidas D - 657 del distrito de Wanchaq, con Cel. 974951681. JUEZ: Deja a disposición Advierte de la inasistencia del imputado por lo que solicita a la Especialista de Audiencias informe respecto a las notificaciones realizadas y si existe en el presente proceso constitución en actor civil. ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS: Informa lo solicitado conforme queda registrado en audio. JUEZ: Corre traslado a las partes. FISCAL: Deja a criterio de la resolución del Despacho. DEFENSA DEL AGRAVIADO: Se registra en audio. JUEZ: Emite resolución. III. RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nro. 05 Cusco, catorce de octubre del año dos mil dieciséis. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE: 1. DECLARA FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA, por no haber sido válidamente notificado en su domicilio real el acusado Elvis Joel Salazar Huaman, en razón de que el especialista de causa no genero la cédula de notificación con dicho fin. 2. Reprogramar esta audiencia para ser verificada el DÍA TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias subsistiendo los apercibimientos decretados en resoluciones anteriores, quedando notificados los presentes. 3. Se dispone notificar con la presente resolución al acusado Elvis Joel Salazar Huaman conforme se ha ordenado en resoluciones anteriores y principalmente en su domicilio real precisado por el representante del Ministerio Publico esto es en la A.P.V. Rosaura Manzana F- lote 4 del distrito de Santiago provincia y departamento del Cusco sin perjuicio de que también se ha notificado mediante edictos judiciales, como se ha estado notificando anteriormente. 4. Cumpla la especialista de audiencia poner en conocimiento de la conducta del especialista de causa Efrain Zuniga Flores, a la administradora del Código Procesal Penal.
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL AGRAVIADO: Conforme. DEFENSA PUBLICA DEL ACUSADO: Conforme IV. CONCLUSIÓN Siendo las doce horas con trece minutos, se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación de audio, procediendo a firmar la señora Juez y la Especialista de Audiencias encargada de la redacción del acta, como lo dispone el artículo 120° del Código Procesal Penal. 25-26-27/10/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A VÍCTOR MACHACA HUAMAN El señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dr. Jorge Pareja Quispe, en el Incidente Penal N° 75-2016-0-1005-JR-PE-01, seguido contra Víctor Machaca Huaman por el delito de Contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, Sub Tipo Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en agravio del menor YO.SE.MA., bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Ubis Mollocondo Vargas, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la resolución N° 08 de fecha 11 de octubre del año 2016. Resolución Nro. 08 Calca, once de octubre del año dos mil dieciséis.DADO CUENTA: De la revisión de autos se tiene que a la fecha ha vencido el plazo del traslado de la Acusación Directa corrido mediante Resolución N° 01, en consecuencia y conforme a lo previsto en el artículo 351° inciso 1o del Código Proceso Penal: CÍTESE a las partes procesales para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación Directa para el día TREINTA y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas DIEZ CON TREINTA DE LA MAÑANA (fecha señalada de acuerdo a la agenda de programación de audiencia que maneja el juzgado), diligencia que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, ubicado en el inmueble s/n de la Avenida Vilcanota de ésta ciudad, con la presencia obligatoria del señor fiscal y del abogado del procesado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85 inciso 1o del Código Procesal Penal, sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente.25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL CALCA La señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca, Dra. Inés Rojas Contreras, en el Incidente Penal N° 00229-20H-0-1005-JR-PE-01, seguido contra Wilber Antonio Juárez Aranzabaí sobre el delito contra la Familia en su modalidad de Incumplimiento a la Obligación Alimentaria en agravio de la representante del menor agraviado Rosa Bravo García desliéndose notificar a WILBER ANTONIO JUÁREZ ARANZABAL con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de Audio Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar a la imputada con la resolución N° 03 de fecha 03-10-2016. RESOLUCIÓN N°08 Calca, tres de octubre Del año dos mil dieciséis.— VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARAR POR FRUSTRADA la instalación del présenle juicio oral en proceso inmediato. 2.- SE REPROGRAMA la audiencia para verificarse el dia VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, quedando válidamente notificado la señora Fiscal, la defensa del acusado. 3.- NOTIFIQUESE vía edicto al acusado, para lo cual ofíciese al diario Judicial del Cusco. H.S. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCA La señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca, Dra. Inés Rojas Contreras, en el Incidente Penal N° 00237-2016-48-1005-JR-PE-01, seguido contra Adrián Nativo Quispe Jalanocca sobre el delito contra la Familia en su modalidad de Incumplimiento a la Obligación Alimentario en agravio de la representante del menor agraviado Alicia Solis Umpire, debiéndose notificar a ADRIÁN NATIVO QUISPE JALANOCCA con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de Audio Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar a la imputada con la resolución N° 04 de fecha 17-10-2016. RESOLUCIÓN N” 04 Calca, diecisiete de octubre Del año dos mil dieciséis.— VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, y reprogramarla para el día VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A~ HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando válidamente notificado la representante del Ministerio Publico y la defensa del acusado 2.- NOTÍFIQUESE al acusado mediante edicto, para lo cual se giren los oficios correspondientes a fin de que se realicen las publicaciones en el diario Judicial del Cusco, dejando vigente los apercibimientos decretados en el auto de citación a juicio oral en caso de inasistencia de las partes procesales a la audiencia. H.S. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXP. 01728-2015-19-1001-TR-PE-03 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA AGRAVIADO INÉS IRIS APAZA COSCO Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco que despacha la Dra. Agripina Usca Caviedes, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 01728-2015-19-1001-JR-PE-03, seguido en agravio de la mencionada en el delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Apropiación ilícita, sub tipo Sustracción de Bien Propio, seguido contra SAMUEL SANTIAGO SALAS ALARCON; en agravio de INÉS IRIS APAZA COSCO, en consecuencia, NOTIFÍQUESE: A la agraviada INÉS IRIS APAZA COSCO con la constancia de reprogramación de audiencia, donde se ha dispuesto:----AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL Resolución No. 01. Cusco, trece de junio del dos mil dieciséis.VISTO: La resolución que precede con los actuados judiciales remitidos por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco y, CONSIDERANDO: PRIMERO: La Juez Penal del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351°, 352° y 353° del Código Procesal Penal,
13 esto es, que ha efectuado el control de la acusación en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo. SEGUNDO: El delito que va a ser materia de juzgamiento por este Juzgado Unipersonal es el delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Apropiación ilícita, sub tipo Sustracción de Bien Propio, seguido contra SAMUEL SANTIAGO SALAS ALARCON; en agravio de INÉS IRIS APAZA COSCO, ilícito penal que está regulado previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 191° del Código Penal. Siendo este Juzgado Unipersonal competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28, numeral 2) del Código Procesal Penal y, conforme al estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355 de la norma acotada, SE RESUELVE: 1.CITAR A JUICIO ORAL para el día QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DOCE HORAS DEL MEDIO DÍA (hora exacta) en la QUINTA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio cíe Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado SAMUEL SANTIAGO SALAS ALARCON, asistido por el Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en sus domicilios real y procesal consignados en autos. Se deja constancia que la fecha señalada fue otorgada por el Coordinador de los Juzgados Unipersonales Dr. Efraín Flórez Zúñiga. 2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas: 2.1. Notifíquese: al Fiscal ROCÍO QUISPE ASTETE, Fiscal Adjunta de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, con domicilio procesal en el Condominio Huáscar A-12 del distrito de Wanchaq, celular 983885047, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas y requerir al Fiscal Superior en grado para que designe a su reemplazo. 2.2. Desígnese: como abogado del acusado SAMUEL SANTIAGO SALAS ALARCON al defensor particular MARDEN LÓPEZ CHÍSTAMA, inscrito en el Colegio de Abogados de Arequipa con el N° 4422, con domicilio procesal en la Casilla 1402, celular 984967707, bajo apercibimiento de ser excluido de la defensa e informarse de ello a su Coordinador en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas, sin perjuicio que pueda designar al abogado de su elección. 2.3. Notifíquese: a la parte agraviada INÉS IRIS APAZA COSCO en su domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D del distrito de Wanchaq; quien además prestará declaración testimonial en la audiencia de juicio oral y tiene la obligación de concurrir bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164 inciso 3 del Código Procesal Penal; y 2.4.-Notifíquese a los testigos: ■ Cítese: al testigo y agraviada Inés Iris Apaza Cosco, con DNI 23926705, con domicilio real en la Comunidad Picol Orconpucyo S/N (detrás del penal a la altura del paradero San Martín, canchón portón celeste), del Distrito de San Jerónimo PRECÍSESE: Que todos los TESTIGOS precedentemente mencionados, deberán concurrir al Juicio Oral. En la próxima sesión para cuyo fin serán notificados oportunamente, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164 inciso 3 del Código Procesal Penal, debiendo el Ministerio Público en coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos y peritos que hayan propuesto, conforme dispone el inciso 5 del artículo 355 del Código Procesal Penal. 3.- Disponer: Que la Especialista legal cumpla con formar el CUADERNO DE DEBATE con copia certificada del auto de Enjuiciamiento, el auto de Citación a Juicio, los registros que se realicen durante el juicio oral, así como las demás resoluciones que se dicten hasta la sentencia. 4.- Disponer: Que el expediente judicial se ponga a disposición en secretaría mediante la Unidad de Custodia de grabaciones y Expedientes (Sala de Lectura y Archivo), de los SUJETOS PROCESALES por el plazo de cinco días para su revisión y eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza contempladas en el artículo 136 del Código Procesal Penal o la exclusión de alguna que no corresponda. 5.- Precísese Que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio. 6.- Precísese Que a la Audiencia de Juicio Oral el representante del Ministerio Publico debe de portar su carpeta fiscal. 7.- Notifíquese la presente resolución a los sujetos procesales. De lo que doy fe. Cusco, 20 de Octubre del año 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL En el proceso N° 4573-2016-0-1001-JR-FC-04, que se tramita en el Cuarto Juzgado de Familia de Cusco, se ha admitido a trámite la demanda interpuesta por ROSA JUDITH MALCA LESCANO, sobre RECONOCIMIENTO judicial de estado de convivencia con el demandado ELÍSEO VILLAGARAY ANTONIO, con citación de LA SUCESIÓN INTESTADA DE Q.E.V.F. ELÍSEO VILLAGARAY ANTONIO, en la VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que serán admitidos y actuados en su oportunidad.- señala fecha para audiencia el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA.- Ténganse por cumplido el mandato en el plazo de ley.-H.S.- Firmado.- TACURI CHAVEZ ante mí FLOREZ QQUESIHUALLPA.-Cusco, 21 de octubre de 2016.25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 02165-2016-49-1001-JR-PE-01. SALA PENAL LIQUIDADORA EN ADICIÓN DE FUNCIONES JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del colegiado de la Sala Penal Liquidadora en adición de Funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado RENÁN YUCRA LAPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 14 DE NOVIEMBRE DE 2016 a horas 14:30 p.m., la misma que se verificara en la Sala de audiencias del Establecimiento Penal de Quencoro-Cusco, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 2165-2016-49, seguido en contra del referido imputado y otro, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado. Cusco 20 de octubre del 2016. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 261-2016-0-1001-JR-FT-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar se ha dispuesto la notificación por edicto a los demandados GUIDO TURPO TAYRO, TOMAS LLANCA TURPO Y CERAFINA TURPO TAYRO, para que tomen conocimiento en el proceso que se les sigue por violencia familiar; en el que se RESUELVE: 1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO HASTA EL AUTO CONTENIDO EN LA
14 RESOLUCIÓN NUMERO UNO de fecha 20 de enero del 2016. 2. ADMITIR A TRAMITE EL PROCESO POR VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FÍSICO y PSICOLÓGICO contra MELVA LLANCA TURPO en agravio de CARLOS QUISPE HANCCO; por MALTRATO FÍSICO contra CARLOS QUISPE HANCCO y NICANOR QUISPE QUISPE en agravio de CEFERFNA TURPO TAIRO; por MALTRATO FÍSICO contra CARLOS QUISPE HANCCO, GIOVANNA QUISPE HANCCO, NICANOR QUISPE QUISPE y JENOVEVA HANCCO SACA en agravio de MELVA LLANCA TURPO; por MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO contra MELVA LLANCA TURPO, ANTHONY BRAYAN LLANCA TURPO, PASCUAL WILLY TURPO TAIRO, CEFERINA TURPO TAIRO y TOMAS LLANCA TURPO en agravio de GIOVANNA QUISPE HANCCO; por MALTRATO FÍSICO contra ANTHONY BRAYAN LLANCA TURPO, GUIDO TURPO TAIRO, OASCUAL WILLY TURPO TAIRO, CEFERINA TURPO TAIRO y MIRIAM QUISPE BOLrVAR en agravio de JENOVEVA HANCCO SACA; por MALTRATO FÍSICO contra GUIDO TURPO TAIRO en agravio de CARLOS QUISPE HANCCO y; por MALTRATO FÍSICO contra CARLOS QUISPE HANCCO en agravio de PASCUAL WILLY TURPO TAIRO 3. CÓRRASE traslado de la demanda a los demandados, por el plazo de CINCO DÍAS bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes, debiendo notificárseles en sus domicilios reales. Además se concede a los demandados un plazo de TRES DÍAS hábiles a efecto de que se apersonen a este Despacho Judicial para recabar copias simples de los anexos de la demanda, en mérito a lo dispuesto por el artículo 17 del decreto supremo 002-98JUS Reglamento de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar. 4. TRAMÍTESE el presente proceso en la vía del PROCESO ÚNICO. 5. TÉNGASE por ofrecido como medio de prueba los actuados de la investigación que precisa, para ser admitidos y actuados en su oportunidad procesal. A sus antecedentes los anexos que acompaña. 6. CONFIRMAR Y AMPLIAR como medidas de protección las siguientes: 6.1. ORDENAR a los demandados el cese y abstención de toda agresión física, psicológica y verbal, como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos, amenazas; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de los agraviados. 6.3. DISPONER que las partes continúen recibiendo terapia psicológica en la Fundación Cristo Vive. 6.4. DISPONER que la Policía Nacional del Perú en todas sus dependencias y a nivel nacional brinde la protección necesaria a la agraviada a su sola petición verbal y presentación de la presente resolución, considerando esta REQUERIMIENTO SUFICIENTE por parte de este Despacho Judicial. Medidas de Protección que deberán ser cumplidas BAJO APERCIBIMIENTO de remitir copias certificadas a la Fiscalía Penal de Turno por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad. Téngase en cuenta al momento de resolver la pretensión de fijar monto indemnizatorio. H.S. 25-26-27/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro. : 01103-2016-86-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): QUISPE CUENTAS, NICOLÁS CAYETANO Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio del Estado Resolución Nro. 03 Cusco, veinticuatro de Octubre del año dos mil dieciséis.- (...) deberá concurrir el día VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 A.M. ( HORA EXACTA) a verificarse en la DECIMA Sala Penal de audiencias de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...). Cusco, 24 de Octubre del 2016. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JAIME VALENCIA CASTRO El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Gilbert Arias Paullo, en el proceso Nro. 3468-2016-0-1001-JR-PE-02, seguido contra Jaime Valencia Castro con DNI 24995508, por el delito contra la Familia, sub tipo omisión de asistencia familiar agravio de la menor de iniciales J.M.V.Q, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Fiorella Miranda Yanquirimachi, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 24/10/16 y el extracto del requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO.- Señor Juez, recurro a su Despacho incoando la aplicación del proceso inmediato de conformidad a lo dispuesto en el artículo 446° del Código Procesal Penal, modificado mediante Decreto Legislativo N- 1194, por la Investigación que se le sigue a JAIME VALENCIA CASTRO por la comisión del Delito de Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de la menor de iniciales J.M.V.Q. representado por su progenitura Victoria Quispe Hancco. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, veinticuatro de octubre Del año dos mil dieciséis.PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe. SE RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de Incoación de Proceso inmediato por no tenerse certeza respecto de la notificación al imputado JAIME 2. Reprogramar la presente audiencia para verificarse ei DÍA QUINCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL, quedando debidamente notificados los presentes. 3. NOTIFIQUESE al imputado JAIME VALENCIA CASTRO con la presente resolución y el requerimiento de incoación de proceso inmediato en su domicilio real ubicado en el sector de la Comunidad Campesina Alto Ichiquiato Cinta Verde del distrito de Echarate, provincia de la Convención y departamento del Cusco; para cuyo fin deberá librase exhorto al Juez de Paz comunidad Campesina Alto Ichiquiato Cinta Verde-Consejo Menor de Palma Real del distrito de Echarate, provincia de La Convención, departamento de Cusco, en el día y bajo responsabilidad funcional por la Especialista de Causa; dejando establecido que la fecha obedece a la distancia entre la ciudad de Cusco y el domicilio real del imputado, teniendo en cuenta además que a la fecha no ha sido devuelta la cédula de notificación con el acta del mes de setiembre. 4. SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN al imputado mediante de Edicto Judicial con los insertos de ley, para cuyo fin la especialista de causa deberá elaborar en el día y bajo responsabilidad funcional. Cusco, 24 de Octubre del 2016. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL A LOS SUCESORES PROCESALES DE QUIEN EN VIDA FUE JUAN HUILLCA HUALL-
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 PAMAYTA. En el Expediente Nro. 1338-2016, seguido por Juan Hillca Huallpamayta, contra Alejandro Pedro Coanqui Quispe y otra, sobre Proceso de Amparo, bajo la actuación de la Especialista Legal Margot Inquiltupa Calvo, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la notificación mediante edictos a los SUCESORES PROCESALES DE QUIEN EN VIDA FUE JUAN HUILLCA HUALLPAMAYTA: Resolución Nro. 10. Cusco, 17 de octubre de 2016. AUTOS y VISTO el expediente que contiene el presente proceso y los Cuadernos de Apelación Nro. 01338 -2016 -23 y Nro. 01338 - 2016- 41, en los que la Sala Civil ordena cumplir con el trámite de nombramiento de sucesor procesal del demandante y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Del examen del expediente se tiene que ante la acreditación del fallecimiento del justiciable demandante Juan Huillca Huallpamayta, como persuade del certificado de la partida de defunción otorgada por RENIEC (folio 139), procesalmente se ha suspendido el trámite del proceso mediante Resolución Nro. 5 (folio 141) y ordenado la publicación edictal mediante Resolución Nro. 9 (folio 184) a fin de otorgar representación procesal a dicho justiciable demandante. SEGUNDO.- No obstante el plazo legal transcurrido - hasta la fecha inclusive - no se ha producido apersonamiento de sujeto con interés para obrar que favorezca la publicación edictal y menos aún los trámites consecuentes, máxime que la parte justiciable demandada ha acreditado que no existe ni siquiera inicio de trámite judicial o notarial ( folio 185 ) , quien razonablemente tampoco asume la carga de la publicación edictal no obstante habérsele otorgado esa facultad, por lo que en cumplimiento del mandato de la Sala Superior y estando a la naturaleza constitucional del presente proceso que es de tutela urgente, en el que además se ha concedido medida cautelar pendiente de resolver en definitiva, corresponde emplazar por edictos a quienes se consideren con derechos derivados de quien en vida fuera Juan Huillca Huallpamayta, debiendo dirigirse oficio al diario judicial para la publicación edictal con exoneración de costos. SE RESUELVE: 1.DISPONER el emplazamiento a los sucesores procesales de quien en vida fue JUAN HUILLCA HUALLPAMAYTA, a fin de que se apersonen al presente proceso en el estado que se encuentra el mismo, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal de dicho justiciable para continuar el trámite procesal, debiendo notificarse la presente resolución mediante edictos. 2.- DIRIGIR oficio al Diario judicial para la publicación edictal con exoneración de costos, debiendo la Cursora informar al Despacho la publicación de los Edictos en los ejemplares del Diario remitidos a la Corte Superior en convenio con la Editora del Diario aludido. H.S. Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos. Margot Inquiltupa Calvo, Especialista Legal. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp Nro. 0131-2013-68-1004-JR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a RAÚL ROMERO MOREANO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio del menor de iniciales S.A.R.M. representado por su progenitura Carim Yemira Melendez Huanccollucho; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 10 de octubre del 2016 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 01, en la cual SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa seguido contra RAÚL ROMERO MOREANO, identificado con DNI Nro. 46370785 como presunto autor del delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el artículo 149” primer párrafo del Código Penal, en agravio del menor Silvio Anthony Romero Melendez, representado por su progenitura Carim Yemira Melendez Huanccollucho, la misma que se realizará el día DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Anta, ubicado en la Plaza Cívica de Izcuchaca - Anta. 2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente al Juicio Oral, considerando los domicilios fijados en el Auto de Enjuiciamiento. 2.1) Notifíquese: Al acusado RAÚL ROMERO MOREANO en su domicilio real en el Sector de Chirumbia s/n del Distrito de Quellouno, provincia de La Convención y departamento de Cusco (según su registro ante RENIEC), así mismo cúmplase con notificársele mediante edictos, sin perjuicio de ser emplazado en su domicilio procesal sito en la Av. La cultura K-2 Urb. Nueva Anta, Izcuchaca- Anta, bajo apercibimiento de declararlo reo ausente o contumaz en caso de inconcurrencia injustificada, conforme dispone el artículo 355° numeral 4 del Código Procesal Penal. 2.2) Notifíquese: al Representante del Ministerio Público Dra. Indira Iris Acurio Palomino, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Anta, con domicilio procesal ubicado en la Plaza Cívica s/n Izcuchaca- Anta, bajo apercibimiento de ser excluido del juicio en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o a tres no consecutivas, requiriéndose al Fiscal jerárquicamente Superior en grado designe a su reemplazo. 2.3) Desígnese como abogada del acusado a la Abogada Defensora Pública Dra. LUCY MARÍA VENGOA FIGUEROA, notificándose a su domicilio procesal ubicado en la Av. La cultura K-2 Urb. Nueva Anta, Izcuchaca- Anta, bajo apercibimiento de ser reemplazada en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la intervención de otro abogado Defensor de Oficio conforme dispone el artículo 359° numeral 5 del Código Procesal Penal. 2.4) Notifíquese a la del menor Silvio Anthony Romero Melendez, Carim Yemira Melendez Huanccollucho, con domicilio real en la C.C. de Conchacalla sector Huaynapata s/n del distrito y provincia de Anta del departamento del Cusco. Anta, 21 de octubre del 2016 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 3018-2016 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V.L. Boza B. Se cita 1/ emplaza al (los) acusado (s): HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE. Para que se ponga a derecho y se delicada de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto Sub tipo Hurto simple en grado de Tentativa previsto en el artículo 185 del Código Penal, en agravio de CONSTANTINO CONZA HUMERES AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO Resolución Nro. 01 Cusco, veinticinco de Octubre del año dos mil dieciséis.-(...) deberá concurrir el día VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DEICISIETE A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA DECIMA SALA PENAL de audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco ubicado en el Tercer piso del Palacio de Justicia, (...)• Cusco, 25 de Octubre del 2016. 26-27-28/10/2016 CPJ
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016
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EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00118-2016-0-1014-JR-PE-01. JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI Especialista Judicial: Sonta L. Quispe J. Materia: HOMICIDIO CULPOSO Se emplaza y cita a los terceros civilmente responsables ROBERTO DEMESIO ARIAS QUIQUIA y GIOVANA MOSQUERA ARIAS, a fin de que ejerzan su derecho de defensa y concurran a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN a llevarse a cabo el día 05 DE DICEIMBRE DEL 2016, A HORAS 10:00 AM, citada en la investigación que se le sigue, al imputado ZOSIMO MOSQUERA HIDALGO como presunto autor del delito de Homicidio Culposo en agravio de los Herederos Legales de Wilbert Quispe Quiñones, proceso que se viene tramitando en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Quispicanchi- Urcos. Urcos, 20 de octubre del 2016.26-27-28/10/2016 CPJ
Arizabal Arriaga, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 26-27-28/10/2016 CPJ
EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00233-2015-46-1014-JR-PE-01. JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI Especialista Judicial: Sonta L. Quispe. Materia: HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES Se emplaza y cita al imputado; JULIÁN QUINTÍN SARDÓN QUISPEr Y a los agraviado; NÉSTOR ALEJANDRO AGUILAR SUYO, ELENA EMPERATRIZ GÓMEZ CHÁVEZ, GEAN ANDRE FRASCUNARI PORTILLO, BERTHA CCOA AGUILAR, VISSAIDA GALLEDOS QUISPE, LENIN PORTILLO CCOA, JULIO ROMEE BARDALES GALLEGOS, MICAELA PORTILLO GALLEGOS, PALOMA PORTILLO CCOA, SEBASTIANA PORTILLO CCOA, JUANMITTANI QUISPE, BRAYAN JÚNIOR MITTANl CHECCA Y JHON CARLOS MITTANl CHECCA, a fin de que ejerzan su derecho de defensa y concurran a la audiencia de SOBRESEIMIENTO a llevarse a cabo el día 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 A HORAS 9: 00 AM citada en la investigación que se le sigue, al imputado JULIÁN QUINTÍN SARDÓN QUISPE como presunto autor del delito de Homicidio Culposo y lesiones graves en agravio de los indicados líneas arriba, proceso que se viene tramitando en el juzgado de Investigación Preparatoria de Quispicanchi- Urcos. Urcos, 18 de octubre del 2016.26-27-28/10/2016 CPJ
EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02990-2015-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Y OTROS DEMANDANTE : PILARES FLORES, MARIA YSABEL Resolución Nro.9 Cusco, 17 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 05 del 30 de junio de 2016 (folio 67 a 75), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, subscriben voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ
EDICTO PENAL QUISPICANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI Se cita y emplaza al procesado SANTOS CCALO MERMA para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N° 00176-2016-8-1014-JR-PE-01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ELSA CONDORI CCALLO, AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL 2016 A HORAS DOSDE LA TARDE. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI E ITINERANTE EN CANAS. Se cita y emplaza al procesado JULIÁN HURTADO CAMPO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso inmediato N° 00163-2016-7-1014- JR- PE- 01-URCOS por la presunta comisión del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de VERÓNICA GUTIÉRREZ VASQUEZ, AUDIENCIA QUE SE VERIFICARA EL DÍA CUATRO DE ENERO DEL 2017 A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA.. Urcos, 19 de OCTUBRE del 2016. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 170-2014, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a los demandados JORGE MAMANI LÓPEZ, SIMEÓN MAMANI LÓPEZ, y a la agraviada VALENTINA LÓPEZ DE MAMANI con el extracto de la resolución N° 07 de lecha 19/10/2016: SE DISPONE: Declarar REBELDE a los demandados JORGE MAMANI LÓPEZ Y SIMEÓN MAMANI LÓPEZ: en consecuencia, líjese fecha y hora para la AUDIENCIA ÚNICA A VERIFICARSE EL DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, con citación de las parles procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcunencia de ambas parles, conforme a lo dispuesto por el artículo 203° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057. Hágase. Saber. Firma Miguel Ángel Arizbal Arriaga. bajo Ja actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 171-2014. El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a la demandada MARINA HUAMAN QUISPE y a al agraviado ABRAHAM HERRERA APAZA, con el extracto de la resolución N° 05 de fecha 19/10/2016. SE DISPONE: Declarar REBELDE a la demandada MARINA HUAMÁN QUISPE; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA ÚNICA A VERIFICARSE EL DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA. con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencía de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 203° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057. Hágase Saber.- Firma Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga. Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 54-2014-FT, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado CARMELO CUTIRE PUCHO y a las agraviadas ROSEL BELI TORRES DELGADO Y LUISA ROJAS HUAMANI. con el extracto de la resolución N° 06 de lecha 19/10/2016: SE DISPONE: Declarar REBELDE al demandado CARMELO CUTIRÉ PUCHO: en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA ÚNICA A VERIFICARSE EL DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate. bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 203° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057. Hágase. Saber. Juez. Miguel Ángel
EDICTO JUDICIAL En eí Exp. No. 2016-196, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Miguel A. Arizabal, bajo ¡a actuación de¡ Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha admitido a trámite proceso contra ROLANDO CONDORI MAMANI, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de NELIS CEVINCHA TAIRE TACO, se ha dispuesto NOTIFICAR a ambas partes, que asistan ai Juzgado el día 08 de noviembre dei 2016 a hs. 08.30 a.m., ha verificarse la Audiencia Única, bajo apercibimiento de declararse su conclusión - archivo. Firma Sr. Juez F. Puma.- Secretario R. Callaymara. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY. Echarate, 17 de octubre del 2016. 26-27-28/10/2016 CPJ
EDICTOS 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01417-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADURIA DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : GAMARRA DE FARFAN, NELIDA EUFEMIA Resolución Nro.7 Cusco, 17 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 04 del 27 de julio de 2016 (folio 46 a 58), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, subscrien voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02038-2015-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Y OTROS DEMANDANTE : ALVAREZ VERA, ERMILIO Resolución Nro.11 Cusco, 18 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 06 del 22 de julio de 2016 (folio 129 a 153), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, subscribe voto para que se confirme la sentencia; los señores Jueces Superiores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herre-
16 ra, emiten voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01195-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO Y OTROS DEMANDANTE : TERAN BELLIDO, LUZ BETY Resolución Nro.7 Cusco, 17 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 04 del 27 de julio de 2016 (folio 56 a 68), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, subscriben voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02364-2015-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSSCO DEMANDANTE : REYNOSO PANTIGOZO, ANTONIO Resolución Nro.12 Cusco, 19 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 08 del 22 de julio de 2016 (folio 95 a 102), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, subscriben voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01849-2014-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : PROCURADOR PÚBLICO ENCARGADO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DE LA REGION CUSCO, DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO, GOBIERNO REGIONAL DE LA REGIONAL CUSCO, DEMANDANTE : ARAGON DE ACUÑA, VILMA Resolución Nro.14 Cusco, 20 de octubre de 2016. Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 09 del 07 de julio de 2016 (folio 116 a 134) materia de grado, solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada debido a que la señorita Juez Superior
Cusco, miércoles 26 de octubre de 2016 Velásquez Cuentas emite voto para que se confirme en parte la sentencia; los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia parcial “únicamente con relación a la pretensión del pago de la bonificación por zona diferenciada en base a la remuneración total o integra”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02606-2015-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL QUISPICANCHI DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO DEMANDANTE : RIMAYHUAMAN RIMACHI, GLORIA Resolución Nro.15 Cusco, 19 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 09 del 17 de marzo de 2016 (folio 92 a 99), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, subscribe voto para que se confirme la sentencia en el extremo indicado en el voto ; los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01385-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CALCA DEMANDANTE : ZUÑIGA GUERRA, ROBERTO Resolución Nro.6 Cusco, 19 de octubre de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 03 del 25 de julio de 2016 (folio 37 a 50), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, subscriben voto para que se revoque la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.Giovana Augusta Lazo Cárdenas.- Secretaria de Sala. 26-27-28/10/2016 CPJ
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