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Cusco, miĂŠrcoles 26 de julio de 2017 Usuarios


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS contra REGIA SORAYA ARDILES PEREZ y EDGAR FERNANDO CAMPOS YAÑES, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Exp. N° 413-2013, por orden del PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO - S. EXMESON URB. LA FLORIDA C-14, a cargo de la Magistrada GILDA ,A.URORA ZEA NUÑEZ Especialista Legal sra. CATALINA SALAZAR MIRANDA, la suscrita Martillera Pública, ROXANA ELENA LEAN USURIN, con Reg. 302, rematará en PRIMERA convocatoria los derechos y acciones correspondientes a la demandada sobre el bien inmueble ubicado en el SECTOR DE SANTUTIS GRANDE, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, Inscrito con Partida Electrónica N° 02076385 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. VALOR DE TASACION: US$. 30,000.00 (TREINTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$ 20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) GRAVAMENES y CARGAS: Asiento N° 04.- Embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones que corresponden a Jorge Villamonte Calanche sobre el inmueble materia de esta partida hasta por la suma de US$ 18,624.84 (Dieciocho mil seiscientos veinticuatro con 84/100 Dólares Americanos). en el proceso seguido por el Banco Continental con la causa N° 0209-98 seguida contra Jorge Villamonte Calanche sobre ejecución de obligación de dar suma de dinero. Asiento N° 05.- Embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones que corresponden al inmueble inscrito en esta partida registral a Jorge Antonio Mansilla Astete, por la suma de S/. 35,000.00 (Treinta y cinco mil con 00/100 Soles), seguido por Bernardo Jesús ,Avila Muñóz sobre Obligación de Dar Suma de Dinero correspondiente al proceso civil N° 178-1997. Asiento N° 07.- Embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/. 25,000.00 (Veinticinco mil con 00/100 Soles) sobre los derechos y acciones de Rosa Aleja García Peña, en el proceso judicial seguido por Juana Delgado Quiñonez contra Rosa Aleja García Peña sobre responsabilidad extracontractual correspondiente al proceso judicial N° 1185-97. Asiento N° 14.- Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 28,000.00 (Veintiocho mil con 00/100 Soles), sobre los derechos y acciones de Regia Soraya Aidiles Perez en el proceso judicial N° 143-2013 seguido por el Banco Interamericano de Finanzas sobre obligación de dar suma de dinero. DIA y HORA DEL REMATE: 11 DE AGOSTO DEL 2017 A LAS 12 Y 30 PM. LUGAR: LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO - S.EXMESON UBICADO EN URB.LA FLORIDA C-14, distrito de Wanchaq, Provincia y departamento de Cusco. POSTORES: Obrarán el 10 % del Valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISIÓN DEL MARTILLERO: La comisión corre por cuenta del, adjudicatario y será cancelada una vez concluido el acto de remate, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 0082005- JUS y están afectos al IGV. ROXANA ELENA LEON USURIN MARTILLERA PUBLICA 6VCES-20-21-24-25-26-27-VII-17 B/V 44930 PRIMER REMATE JUDICIAL EN LOS SEGUIDOS POR PROMOTORA OPCION SA EAFC RPTADO POR OMAR LADRON DE GUEVARA CASAVERDE CON CUSIHUALLPA VALVERDE JUAN CARLOS SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXP. N° 000522016, POR ORDEN TERCER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL DEL CUSCO A CARGO DE LA SEÑOR MAGISTRADO ALFARO TUPAYACHI JOHN ALECK ESPECIALISTA LEGAL LEYDY SOTO CASTILLO. LA SUSCRITA MARTILLERA PÚf3LICA, REMATARÁ EN PRIMERA CONVOCATORIA: ELINMUEBLE: UBICADO EN LA FRACCIÓN N° 09, PARTE REINTEGRANTE DE LOS LOTES N° 03 Y 04 DE LA MZ. C, DE LA URBANIZACION EL NARANJAL, DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCION, DEPARTAMENTO DEL CUSCO E INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° 11011170 DEL REGISTRO DE “PREDIOS DE QUILLABAMBA. VALOR DE LA TASACIÓN: US$.74,211.12 (SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ONCE CON 12/100 DOLARES AMERICANOS) PRECIO BASE: US$. 49,474.08 (CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CON 08/100 DOLARES AMERICANOS) GRAVAMENES y CARGAS: HIPOTECA A FAVOR DE PROMOTORA OPCION SA. HASTA POR LA SUMA DE US$. 35,284.48 (TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTO OCHENTA y CUATRO CON 48/100 DOLARES AMERICANOS) ASIENTO N° 12. DIA Y HORA DEL REMATE: 11 DE AGOSTO DEL 2017 A LAS DOCE HORAS DEL MEDIODIA. LUGAR DE REMATE: LOCAL DEL TERCER JUZGADO CIVIL CUSCO, TENIENDO EN CUENTA QUE LOS REMATES SE LLEVAN A CABO EN LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO CORPORATIVO CIVIL DE LA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO UBICADA EN AV EL SOL 239 CUSCO POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA. ADJUNTAR TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CONSIGNAR NÚMERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARANCEL Y DNI Y GENERAL DE LEY. ROXANA ELENA LEON USURIN MARTILLERA PUBLICA 6VCES-20-21-24-25-26-27-VII-17 B/V 44931 SEGUNDO REMATE En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de JUBER TORRES QUIÑONES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 000102017-0- 1001-JR-CI-02; el señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Cusco, Sede Central, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, con intervención de la Especialista Legal Dra. Saida Chiun Manco, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en: DEPARTAMENTO 401, INDEPENDIZADO DE LA FRACCION E’ 29,30 - A UBICADO EN LA CALLE SIN NOMBRE DEL EX FUNDO SANTUTIS O SACASHUAYLLA, EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11048013, DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO, OFICINA REGISTRAL CUSCO, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS; VALOR DE TASACIÓN (comercial): S/382,775.62 (Tres cientos ochenta y dos mil setecientos setenta y cinco con 62/100 soles); PRECIO BASE: S/216,906.18 (Dos cientos dieciséis mil novecientos seis con 18/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- Hasta por la suma de US$69,500.10 dólares americanos a favor de Scotiabank Peru Sociedad Anonima Abierta, así consta inscrito en el asiento D00005, del rubro gravámenes y Cargas, materia de ejecución; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de S/68,968.12 a favor de Mi Banco Banco de la Microempresa S.A., así consta inscrito en el asiento D00007, del rubro gravámenes y Cargas; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.Hasta por la suma de US$5,000.00 a favor de PROMOTORA OPCION S.A. EAFC, así consta inscrito en el asiento D00008, del rubro gravámenes y Cargas, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11048013, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; DIA y HORA DE REMATE: JUEVES 17 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 9:45 (NUEVE Y CUARENTA Y CINCO) AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MÓDULO CIVIL (2° PISO), UBICADO EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE CUSCO, AV. EL SOL S/N - CUSCO.; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/38,277.60) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Cusco 2017, junio 28 3vces-24-25-26-vii-17 b/v 44966 EDICTO JUDICIAL. Por ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, presidido por la Señora Jueza Ana Cecilia Sotomayor Tejada, con las actuaciones del Especialista Legal José Daniel Flores Vásquez, se tramita el proceso N° 008-2017-CI en la cual se emitido Auto Admisorio de Demanda recaída en la resolución N° 01 de fecha 23 de enero del 2017 por la cual se ha dispuesto se publique el extracto de dicha resolución judicial a fin de garantizar la publicación de dicha decisión, siendo el tenor literal pertinente el siguiente: “SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Reney Ticuña Ordoñez y Mecha Karina Auccapiña Huillcahuaman, sobre CAMBIO DE NOMBRE del menor MATIAS MATEO TICUÑA AUCCAPIÑA, respecto de la supresión del nombre MATIAS debiendo ser MATEO SEBASTIAN TICUÑA AUCCAPIÑA, quedando inalterables los demás datos en su partida de nacimiento, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO”. Urcos,21 de julio del 2017. 3VCES-24-25-26-VII-17 B/V 44980 NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO A LA DEMANDADA: JESUSA CAROLINA ROJAS ROMERO. En el proceso civil N° 00153-2017-0-1018-JM-CI-02, que se tramita en el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago, Judicado por el doctor Luis A. López Trelles y, la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, seguido por Mariano Meza Castilla, contra Herederos de Mario Walter Zora Carbajal Flores y otros, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE, se ha ordenado notificarle con un extracto de las siguientes resoluciones:


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 Resolución N° 06. Santiago, veinte de junio del año dos mil diecisiete. AL PRINCIPAL: ESTANDO a lo expuesto por el demandante Mariano Meza Castilla y, lo sostenido en el primer mas digo de la demanda: NOTIFIQUESE a la demandada JESUSA CAROLINA ROJAS ROMERO, con un extracto del auto admisorio de la demanda y esta resolución, mediante el diario judicial del Cusco y El Peruano, por tres veces consecutivas, para que la citada demandada dentro del plazo judicial de treinta días, a partir de la última publicación, se apersone al proceso, bajo apercibimiento de continuarse el proceso en su contra, con la designación de curador procesal, en aplicación del artículo 492 del Código Procesal Civil; edictos que son de cargo de la parte actora.(...) Auto Admisorio - civil. Resolución Nro. 02.Santiago, veintinueve de marzo del Año dos mil diecisiete. VISTOS: El presente proceso N° 00153-2017-0-1018-JM-CI-02, con escrito de subsanación de la parte actora, mediante su Abogado, para nueva calificación de la demanda; acompañada documentos en folios diecisiete y, CONSIDERANDO:(...) Tercero: Que, Mariano Meza Castilla, acude al órgano jurisdiccional, interponiendo demanda contra los Herederos Legales del que en vida fuera Alfonso Rojas Castromonte, integrado por Antonio, Jesús Carolina y Felícitas Anatolia Rojas Romero; contra los Herederos Legales del que en vida fue Mario Walter Zora Carvajal Flores, integrado por Luisa Margarita Álvarez Coronado (cónyuge sobreviviente), Walter Guillermo, Jorge Alberto, Rosa Margarita y Luisa Eliana Zora Carvajal Álvarez y, contra la Compañía Inmobiliaria Santa Catalina S.A., representado por su gerente Tomás Augusto Mario Montalbetti Repeto, sobre Prescripción Adquisitiva de bien inmueble, con la finalidad de que sea declarado propietario exclusivo del inmueble ubicado en la Manzana “H” Lote 17 (17-A) Avenida Unión del Pueblo Joven El Rosal (antes Sector Ccoripata Sur), jurisdicción del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, que tiene un área de 116.30 m2. y un perímetro de 48.59 ml. y las colindancias que se precisan en la demanda, contenido en la memoria fundamentos de hecho y derecho que expone en la demanda y el escrito de subsanación; hechos que denotan que existe una incertidumbre jurídica;(...) Por estas consideraciones, concurriendo los presupuestos procesales y materiales de la acción ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por MARIANO MEZA CASTILLA, contra: HEREDEROS LEGALES del que en vida fuera Alfonso Rojas Castromonte, integrado por Antonio Rojas Moreno, Jesusa Carolina Rojas Moreno y Felicitas Anatolia Rojas Romero; contra: HEREDEROS LEGALES del que en vida fue Mario Walter Zora Carvajal Flores, integrado por Luisa Margarita Álvarez Coronado (cónyuge sobreviviente), Walter Guillermo Zora Carbajal Álvarez, Jorge Alberto Zora Carbajal Álvarez, Rosa Margarita Zora Carbajal Álvarez y Luisa Eliana Zora Carvajal Álvarez; y, contra la persona jurídica: COMPAÑÍA INMOBILIARIA SANTA CATALINA S.A., representado por su gerente Tomás Augusto Mario Montalbetti Repeto, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE, para que sea declarado propietario el demandante del bien inmueble Manzana “H” Lote 17 (17-A) Avenida Unión del Pueblo Joven El Rosal (antes Sector Ccoripata Sur), jurisdicción del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, que tiene un área de 116.30 m2. y un perímetro de 48.59 ml. y las colindancias que se precisan en la demanda, en consecuencia: TRASLADO de la demanda, a la parte demandada, por el plazo de diez días, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía;(...)”. Media firma del señor Juez y Secretario Judicial. Lo que le notifica, para los fines de ley. Santiago, 17 julio 2017. EFRAIN CABANA ZUVILETA SECRETARIO JUDICIAL 24-25-26/07/2017 B/.32713 EDICTO JUDICIAL Que, ante el Juzgado Mixto de La Convención ,se viene tramitando el Proceso Civil N° 000060- 2017-0-1010-JM-CI-01, seguido por: ALEXANDER GARCIA COVARRUBIAS en representación de Francisco García Meza y Alfredo Guerra Meza, sobre: OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, contra: CARMEN MEZA DE GUERRA y los HEREDEROS FORZOSOS DE RUDECINDO GUERRA VEGA, en el cual, se ha dispuesto el EMPLAZAMIENTO ESPECIAL de los HEREDEROS FORZOSOS DE RUDECINDO GUERRA VEGA, por el plazo de Ley, a través del presente Edicto, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 435° del Código Procesal Civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Secretaria Judicial Olga Villanueva Valle. Publíquese por tres días, para los fines de ley. Quillabamba, 19 de julio del año 2017. 24-25-26/07/2017 B/.32757 EDICTO JUDICIAL. Por ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, presidido por la Señora Jueza Ana Cecilia Sotomayor Tejada, con las actuaciones del Especialista Legal José Daniel Flores Vásquez, se tramita el proceso N° 108-2017-CI en la cual se emitido Auto Admisorio de Demanda recaída en la resolución N° 01 de fecha

03 de julio del 2017 por la cual se ha dispuesto se publique el extracto de dicha resolución judicial a fin de garantizar la publicación de dicha decisión, siendo el tenor literal pertinente el siguiente: “Por estos fundamentos y lo establecido por los artículos 486°, 504° Y siguientes del Código Procesal Civil; SE RESUEL VE. ADMITIR A TRAMITE en vía del PROCESO ABREVIADO la demandada instada por BERNARDINO PAUCAR CARLOS y LUZ MARIA LOAIZA MATEOS, contra quien en vida fue JULIA MONTALVO VIUDA DE MALPARTIDA Y sus herederos; con citación de los propietarios de los predios colindantes: Alejandro Quispe Carlos, Honorato Tito Quispe, Mauro Paucar Garcia, Jorge Gonzales Bejar y la Municipalidad Distrital De Lucre, con la pretensión de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble urbano ubicado en la calle San Martin SIN, distrito de Lucre, Provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco; por su mérito córrase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS a fin de que cumpla con absolverla, bajo el apercibimiento de ser declarados rebeldes.”. Urcos,24 de julio del 2017. 3VCES-25-26-27-VII-17 B/V 44996 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo lo dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 01845-2017-0-1018-JP-CI-01, LAUREANO DIAZ JIMENEZ, viene solicitando lo sucesión intestada de quien en vida fue, LUCILA VELASCO DE DIAZ, falleció el 02 de enero del 2017, inscrito Registro de Estado Civil de la RENIEC- Cusco . Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. SANTIAGO,24 DE JULIO DEL 2017. 3VCES-25-26-27-VII-17 B/v 44999 EDICTO JUDICIAL.CAMBIO DE NOMBRE.- ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NELLY CONSUELO YABAR VILLAGARCIA: EXPEDIENTE 0053-2017-0-1007-JM-CI-02, CON LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL ELENA PINO CCORICASA; AUTORIZACION JUDICIAL PARA CAMBIO DE APELLIDO DE LA RECURRENTE, RESOLUCION NRO. 01 DE FECHA 21 DE JULIO DE 2017 “…SE RESUELVE: 1) ADMITIR A TRAMITE EN LA VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO LA SOLICITUD PRESENTADA POR JANINA PAUCAR VILLAGARCIA SOBRE CAMBIO DE APELLIDO DE PAUCAR POR EL DE VILLAGARCIA, CON CITACION DE FLORENCIO PAUCAR BEIZAGA. SE DISPONE PUBLICAR POR TRES VECES EL EXTRACTO DE LA DEMANDA EN EL DIARIO OFICIAL DE ESTA SEDE JUDICIAL. LO QUE SE PONE A CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, PARA LOS FINES PERTINENTES Y UNA VEZ SE TENGA A LA VISTA LA CONSTANCIA DE PUBLICACIONES PASEN LOS AUTOS A DESPACHO PARA FINES DE EMITIR LA RESOLUCION FINAL.SICUANI, 24 DE JULIO DEL 2017.- ELENA PINO CCORICASA.- SECRETARIA JUDICIAL.3VCES-25-26-27-VII-17 B/V 45004 EDICTO JU DICIAL En el proceso N° 028584-2017-0-100-JR-FC-04, que se tramita en el Cuarto Juzgado de Familia de Cusco, se ha dispuesto la notificación al demandado JORGE NINA CRUZ VIA EDICTOS en la demanda interpuesta por GREGORIA GUTIERREZ AGUILAR sobre DECLARACIÓN DE UNION DE HECHO . En caso nadie se apersone se nombrará curador procesal, edictos que se efectuaran en el Diario judicial. H.S. TACURI CHAVEZ, ante mi FLOREZ QQUESIHUALLPA. - Cusco, 18 de Julio de 2017. 3VCES-20-26-VII-Y-02-VIII-17 B/V 44940 DECLARACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi oficina notarial, sito en el jirón Libertad No 611 de esta ciudad se ha presentado doña ELIZABETH FIGUEROA OCSA, solicitando que se le declare propietario en calidad de soltera, mediante declaración de derecho de propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble urbano ubicado en jirón Ricardo Palma Nro. 563, de esta ciudad, con un área de lote 134.40 M2, (ciento treinta y cuatro punto cuarenta metros cuadrados) dentro de un perímetro envolvente de 49.30 ML (Cuarenta y nueve punto treinta metros lineales), encerrado con los linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el Frente, jirón Ricardo Palma, en 8.15 ML, por el lado derecho entrando, propiedad de Rosa Córdova Ttto, en 16.50 M.L., por el lado izquierdo, entrando, propiedad de Máximo Velarde Arellano sucesores en 16.50 M. L, y por el fondo, propiedad de Ruper Minaya Alarcón en 8.15 M.L, todos en línea recta. Se publica para los fines de ley y por esta misma publicación se llama a los titulares registrales o a sus herederos, y a los propietarios de los inmuebles colindantes,


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017

que tienen entregados la posesión de sus inmuebles a terceras personas, para que manifiesten lo conveniente. Quillabamba, 1 o de julio de 2017. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario - Abogado Reg.032 3VCES-20-26-VII-Y-02-VIII-17 B/V 32734 DECLARACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi oficina notarial, sito en el Jirón Espinar No 114 de esta ciudad se ha presentado doña APOLONIA ROCA HILARES, solicitando que se la declare propietaria, mediante declaración de derecho de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio respecto del inmueble del inmueble ubicado en avenida 25 de Julio Sin, de esta ciudad, jurisdicción del distrito de Santa Ana, provincia La Convención, departamento de Cusca, antes lote Nro. 14 de la manzana C de la Cooperativa de Vivienda Siete de Junio, que tiene un área de 254.95 M2 (Doscientos cincuenta y cuatro puno noventa y cinco metros cuadrados) dentro de un perímetro envolvente de 70.15 ML (Setenta punto quince metros lineales), con los linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el FRENTE, avenida 25 de Julio, en 10.35 M L.; Por el lado DERECHO entrando, propiedad de Edgar Quintana Mamani, en 24.50 ML., por el lado IZQUIERDO entrando, propiedad de Julia Marquina Calvo en 25.00 M. L., y por el FONDO, propiedad de Higidio Ali no Ascarza Saji, en 10.30 ML, todos en línea recta. Se publica por tres veces con intervalo de tres días cada uno, para los fines de ley, por este mismo medio se llama a los a los titulares registrales y/ o herederos y a los colindantes del inmueble que tengan entregadas la posesión de sus inmuebles a terceras personas, para que manifiesten lo conveniente. Quillabamba, 17 de julio de 2017. Dr. Alfredo Cuba Castro NOTARIO – ABOGADO REG. 032 20-26-VII-Y-02-VIII-17 B/. 32735 EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 00260-2015-0-1010-JM-CI-01 seguido por: José Edgar Echegaray Pacheco sobre: Prescripción Adquisitiva de dominio respecto de la Parcela Nº 49 del Predio Rústico Huyro, ubicado en el distrito de Huayopata, provincia de La Convención, departamento del Cusco, contra: JUSTINO HUAMAN POCCORI y Teodora Huaman Poccori con citación de la colindante: Nancy Ruth Garcia Espinoza, EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, se ha dispuesto el emplazamiento especial en el presente proceso del demandado, JUSTINO HUAMAN POCCORI, a través del presente Edicto; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; conforme lo establece el Artículo 435° de la nuestra Norma Adjetiva Civil Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Secretaria Judicial Olga Villanueva Valle. Quillabamba, 17 de julio del año 2017. Olga Villanueva Valle Secretaria Judicial 21-26/07/2017 02/08/2017 B/.32737

quisitiva de dominio respecto del inmueble del inmueble ubicado en el sector de Macamango, jurisdicción del Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención. Departamento de Cusco con un área de 414.09 MT2,(Cuatrocientos Catorce metros cuadrados con Cero Nueve centímetros cuadrados) dentro de un perímetro total de 302.87 ML.,(Trescientos dos y ochentaisiete metros lineales),con los linderos y medidas perimétricas siguientes :Por el FRENTE:, con una longitud de 149.06M.L;Colinda con él por el intermedio de la calle N°02 de la Urbanización de Vivienda inscrita “Nuevo Amanecer”, con el cuartel de Infantería Peruano de Macamango, Por la DERECHA; con una longitud de 1.14M.L;colinda con la Calle N01 de la Urbanización de Vivienda “Nuevo Amanecer”. Por el FONDO; con una longitud de 148.14 M.L., colinda con la Urbanización de Vivienda inscrita “Nuevo Amanecer”, Por la IZQUIERDA entrando, con una longitud de 4.53 M.L.; Colinda con la posesión de Dialsa. Que totalizan 302.87, ML. Se publica por tres veces con intervalo de tres días cada uno, para los fines de ley, por este mismo medio se llama a los a los titulares registrales y/ o herederos y a los colindantes del inmueble que tengan entregadas la posesión de sus inmuebles a terceras personas, para que manifiesten lo conveniente. Quillabamba, 11 de julio de 2017. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario - Abogado Reg. 032 21/26/07/2017 03/08/2017 B/.32748 EDICTO La Unidad de Investigación Tutelar, viene tramitando los siguientes expedientes: Exp. Nº147-2016, a favor de; Sarai Rosa Mamani Noa (08), Yensi Lucero Mamani Noa (08) y Cesar Jack Mamani Noa (10), disponiendo notificar a sus progenitores HILDA NOA MERMA y DOMINGO MAMANI BEJAR. Exp N°125-2016, a favor de Bianka Naola Gonzales (08) y Daniel Naola Gonzales (03), disponiendo notificar a sus progenitores NILTON NAOLA JIMENEZ y ELVIRA GONZALES TRUJILLO; para que se apersonen a la UIT- Cusco, sito en la Urb. Santa Úrsula M-1, Wanchaq, en el término de 03 días después de la última publicación, bajo el apercibimiento de prescindirse de su declaración y remitir el expediente administrativo al Poder Judicial para la declaración de abandono. María Teresa Muñoz Zavaleta, Directora de la Unidad de Investigación tutelar de Cusco. MARÍA TERESA MUÑOZ ZAVALETA DIRECTORA 24-26/07/2017 F/.27935 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urca s, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro 39-2017 seguida por GETRUDIS YEPEZ VDA DE HUARCAYA sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fuera su esposo Mauro Huarcaya Alonso a fin de que se les declare como herederos únicos y universales a la recurrente Getrudis Yepez Vda de Huarcaya e hijos Mauricio, Francisco, Sergio , Washingthon, Pepe, Ana María y Aydee Huarcaya Yepez, se efectúa la presente publicación a fin de que las persona que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 20 de julio del 2017 1V-26-VII-17 B/V 45002

EDICTO JUDICIAL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

Que, el Proceso Civil N° 00260-2015-0-1010-JM-CI-01 seguido por: José Edgar Echegaray Pacheco sobre: Prescripción Adquisitiva de dominio respecto de la Parcela Nº 49 del Predio Rústico Huyro, ubicado en el distrito de Huayopata, provincia de La Convención, departamento del Cusco, contra: JUSTINO HUAMAN POCCORI y Teodora Huaman Poccori con citación de la colindante: Nancy Ruth Garcia Espinoza, EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, se ha dispuesto el emplazamiento especial en el presente proceso del demandado, JUSTINO HUAMAN POCCORI, a través del presente Edicto; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; conforme lo establece el Artículo 435° de la nuestra Norma Adjetiva Civil. Fdo. juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Secretoria Judicial Olga Villanueva Valle. Quillabamba, 17 de julio del año 2017. OLGA VILLANUEVA VALLE SECRETARIA JUDICIAL 21-26/07/2017 02/08/2017 B/.32737

SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DON: PERCY ARMANDO CONDORI CONDORI EDAD: 21AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERO OCUPACION: OBRERO NACIONALIDAD: PERUANO DNI: 73522178 DOMICILIO: SURIHUAYLLA GRANDE P-7 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DOÑA: NAYDA LLANQUI LAURA EDAD: 18 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION: INDEPENDIENTE NACIONALIDAD: PERUANA DNI: 61614714 DOMICILIO: SURIHUAYLLA GRANDE P-7 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DE MATRIMONIO: 11 DE AGOSTO DEL 2017 HORAS: 1 5 : 3 0 : 0 0 p.m. QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 24 DE JULIO DEL 2017 ALFREDO RIMACHI CHACON REGISTRADOR CIVIL 1V-26-VII-17 B/V 45003

DECLARACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi oficina notarial, sita en el Jirón Libertad No 611 de esta ciudad se han presentado VICTOR PRUDENCIO CHAVEZ y EVA CHAVEZ VELASQUEZ de PRUDENCIO, solicitando que se les declare propietarios en calidad de casados, mediante declaración de derecho de propiedad por prescripción ad-


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: PEDRO CESAR SANCHEZ LOPEZ Identificado con DNI. 07683368 Estado Civil: DIVORCIADO Natural de: ATE - LIMA Nacionalidad: PERUANA Edad: 50 años: Ocupación: INDEPENDIENTE Domicilio: APV. LICENCIADOS MISKAHUARA H-4 Doña: NARDA KATERINE YARAHUAMAN CUELLAR Identificada con DNI. 45226641 Estado Civil: -DIVORCIADA Natural de: WANCHAQ - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 29 años: Ocupación: REPRESENTANTE DE VENTAS Domicilio: APV. LICENCIADOS MISKAHUARA H-4 Fecha de Matrimonio: 11 DE AGOSTO DEL 2017 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 12 de JULIO del 2017. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-26-VII-17 B/V 45005 SUCESIÓN INTESTADA. Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián-Cusco, que despacha la Dra. Lynda Vargas Manga, Especialista Antonina Ponce de Leon Paguada, Causa No. 00213-2017-0, se ha admitido la demanda interpuesta por FRANCISCA RODRIGUEZ FLORES, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fuera ALEJANDRO RODRIGUEZ QUISPE, fallecido intestado en la ciudad de Cusco en fecha 13 de Diciembre 2015, proceso donde se ha dispuesto la publicación de la solicitud mediante el Diario Judicial correspondiente. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines de ley. Cusco, 24 de Julio de 2017. 1V-26-VII-17 B/V 45006 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: RENE FERDINAND SUYO HUAYHA Identificado con DNI 44193589 Estado Civil: SOLTERO Natural de: SAN PABLO - CANCHIS Nacionalidad: PERUANA Edad: 30 años: Ocupación: LIC. EN TURISMO Domicilio: CD. LOS ALAMOS D-5 CUSCO Doña: EVELYN CARMIN WAGNER RAMIREZ Identificada con DNI 45957052 Estado Civil: SOLTERA Natural de: AREQUIPA Nacionalidad: PERUANA Edad: 29 años: Ocupación: ABOGADA Domicilio: URB. UCCHULLO GRANDE J-11 CUSCO Fecha de Matrimonio: 10 DE AGOSTO DEL 2017 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 19 de JULIO del 2017. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-26-VII-17 B/V 45007 AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 125-2017 seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián, Despachado por la Señorita Juez Dra. LYNDA VARGAS MANGA bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO por haberse considerado a su progenitora como Alejandrina debiendo ser en forma correcta ANCELMA HUMPIRE HUACAC lo que se publica para los fines de ley .-s.s. 17 de 072017. 2VCES-26-27-VII-17

B/V 45008 SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITO EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, EL SEÑOR: AGUSTIN MOISES RUIZ CORNEJO, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA, DE LA QUE EN VIDA FUE: ELISA CANO MENESES, FALLECIDA EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 05 DE JULIO DEL 2017, Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGAN USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY . CUSCO, 25 DE JULIO DEL 2017. NESTOR AVENDAÑO G. NOTARIO ABOGADO 1V-26-VII-17 B/V 45009 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 2754-2017-0-1001-JR-FC-03 En el 3° JUZGADO FAMILIA DE cusca que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar se ha dispuesto la notificación por edicto, para que tomen conocimiento en el proceso que se le sigue por AUTORIZACION DE VIAJE del adolescente Jonathan Vivanco Atausupa de 16 años; en el que se ha emitido el Auto Final de fecha 24 de julio del 2017 que FALLO: DECLARAR FUNDADA la solicitud de fojas 07 sobre autorización judicial para el viaje de la adolescente Jonathan Vivanco Atausupa de 16 años de edad interpuesta por su progenitora María Isabel Atausupa Ccorimanya , por los fundamentos expuestos en la parte considerativa; por tanto AUTORIZO: que el adolescente Jonathan Vivanco Atausupa nacido el doce de enero del dos mil uno, de 16 años de edad, viaje a la ciudad de Cartagena, Bogotá -Colombia viaje que lo efectuará con coordinador del Colegio “Raimondi de Cusco E.I.R.L” Javier Víctor Sánchez Rodríguez desde el 13 al 18 de Agosto del 2017. Expídase el formato correspondiente, una vez consentida o firme quede la presente resolución, bajo la actuación de la secretaria judicial Janette Gladis Navinta Tacoma.- T.R .y H .S.3VCES-26-27-31-VII-17 B/V 45010 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO EDICTO MATRIMONIAL OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: GUIDO PELAYO PAULLO Identificado con DNI. 23978424 Estado Civil: DIVORCIADO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 42 años: Ocupación: ING. INDUSTRIAL Domicilio: AV. HUAYRUROPATA 1806 Doña: YOVANA RUSI HUALLPA CHAVEZ Identificada con DNI. 44043349 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 31 años: Ocupación: INDEPENDIENTE Domicilio: AA.HH. MIRADOR E-4 Fecha de Matrimonio: 02 DE SETIEMBRE DEL 2017 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 25 de JULIO del 2017. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-26-VII-17 B/V 45012 EDICTO JUDICIAL HÁGASE SABER AL PUBLICO EN GENERAL Y A LAS SUCESIONES LEGALES DE ARTURO DELGADO CUSIHUALLPA y TOMASA SANTOS BARCENA: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Collantes Mendoza, se tramita el Proceso Civil N° 091-2017-0-1015-JM-CI-01, se ha emitido la resolución N° 02 de fecha 03 de julio de 2017, donde se resuelve ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por HERBER RAMIREZ CARAZAS por derecho propio y en representación de ELIZABETH CALVO DE RAMIREZ sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de predio rustico denominado “SONDOR” O “SONDOR CHICO” ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba y departamento del Cusco, contra JULIO MONTEAGUDO MORA. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. - Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.- NOTIFIQUESE a los colindantes


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017

del inmueble la sucesión del señor ARTURO DELGADO CUSIHUALLPA y esposa TOMASA SANTOS BARCENA representados por GRACIELA DELGADO SANTOS, PLACIDA SALOMA VIUDA DE CÁRDENAS, ENCARNACIÓN SALOMA DE PUMAYALI y la sucesión de FRANCISCO CONCHOY VALDEZ representada por ISABEL CONCHOY QUISPE.- H.S. Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 24 de julio de 2017 3VCES-26-VII-Y-02-08-VIII-17 B/V 45013 REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente No. 6255- 2017 del 24 de Julio del 2017. Doña NORMA CJUIRO HUAMAN, solicita la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento N° 208 de 1981, por error en la consignación de primer apellido de la Titular del acta y de su progenitor como CJUIRO; debiendo figurar en adelante como correcto “CUIRO”, como aparece en el acta de nacimiento del padre, inserto en el expediente. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art.73 del Decreto Supremo 015- 98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Calca, 24 de julio del 2017. MARIA PEZO DE MORALES JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-26-VII-17 B/V 45014 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 20 de Julio del 2017, la recurrente REYNA SALAZAR MITTANI, titular del Acta de Nacimiento N° 1009412233. Conforme establece la Directiva N° DI 263GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitor, habiéndose registrado como ANTONIO SALAZAR. Siendo el nombre correcto del progenitor del titular del Acta ANTONIO SALAZAR SALCEDO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 25 de Julio del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1V-26-VII-17 B/V 44040

Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 31 de mayo del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco – RENIEC 26/07/2017 B/V.32778 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, MARIO FRANCISCO GALLEGOS CÁCERES, HA SOLICITADO ANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, UBICADO EN PROLONGACIÓN AV. DE LA CULTURA N° 1108, SAN SEBASTIÁN, LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, RESPECTO A QUE SE HA OMITIDO LOS APELLIDOS MATERNOS DE SUS SEÑORES PADRES, ASÍ COMO, SE HA CONSIGNADO ERRÓNEAMENTE EL PRENOMBRE DE SU SEÑOR PADRE, SIENDO SUS NOMBRES CORRECTOS, ADRIEL GALLEGOS RENDON Y LUZGARDA NIEVES CÁCERES VILLASANTE, RESPECTIVAMENTE. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, MARZO 08 DEL 2 017 RODZANA NEGRÓN PERALTA Abogada – Notario 26/07/2017 B/V.32778 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, GUIDO GALLEGOS CÁCERES, HA SOLICITADO ANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, UBICADO EN PROLONGACIÓN AV. DE LA CULTURA N° 1108, SAN SEBASTIÁN, LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, RESPECTO A LA OMISIÓN DEL APELLIDO MATERNO DE SU SEÑOR PADRE, ASÍ COMO, EL SEGUNDO PRENOMBRE Y APELLIDO MATERNO DE SU SEÑORA MADRE, SIENDO SUS NOMBRES CORRECTOS, ADRIEL GALLEGOS RENDON Y LUZGARDA NIEVES CÁCERES VILLASANTE, RESPECTIVAMENTE. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, MARZO 08 DEL 2 017 RODZANA NEGRÓN PERALTA Abogada – Notario RODZANA NEGRÓN PERALTA ABOGADA NOTARIA 26/07/2017 B/V.32778

EDICTO JUDICIAL.-

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el proceso Judicial No. 95-2017-CI, habiéndose resuelto: ADMITIR LA DEMANDA de sucesión intestada interpuesta por HECTOR MEZA KANA, de quien en vida fueron sus señores padres JULIAN CARMEN MEZA ANCCA y MARTINA KANA DE MEZA, para que previo los trámites de ley, se le declare único y universal heredero. NOTIFÍQUESE a la Beneficencia Pública de la ciudad de Cusco y al Representante del Ministerio Público de esta ciudad, publíquese los edictos de ley en el Diario Judicial del Distrito y en el tabladillo del Juzgado de Espinar. H.S.- Juez Dra. N. Cáceres. Secretaria Judicial P. Catari P.- Lo que se publica para los fines de Ley.- Espinar, 14 de Julio del 2017.- Pascual Catari Paripanca.- Secretario Judicial- Juzgado de Paz Letrado Espinar-Yauri.1V-26-VII-17 B/V 45015

DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, JOSE ARMANDO GALLEGOS CÁCERES, HA SOLICITADO ANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, UBICADO EN PROLONGACIÓN AV. DE LA CULTURA N° 1108, SAN SEBASTIÁN, LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, RESPECTO A QUE SE HA OMITIDO LOS APELLIDOS MATERNOS DE SUS SEÑORES PADRES, ASÍ COMO, SE HA CONSIGNADO ERRÓNEAMENTE EL PRENOMBRE DE SU PADRE, SIENDO SUS NOMBRES CORRECTOS, ADRIEL GALLEGOS RENDON Y LUZGARDA NIEVES CÁCERES VILLASANTE, RESPECTIVAMENTE. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, MARZO 08 DEL 2 017 RODZANA NEGRÓN PERALTA Abogada – Notario 26/07/2017 B/V.32778

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 29 de Mayo del 2017, el recurrente JOSE ARMANDO GALLEGOS CACERES, representante del titular del Acta de nacimiento N° 1009386831, correspondiente a JAIME GALLEGOS CACERES conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre del progenitor del acta del titular, habiéndose registrado como ADRIEL AUGUSTO GALLEGOS, siendo el nombre correcto ADRIEL GALLEGOS RENDON. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 10 de Julio del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco – RENIEC 26/07/2017 B/V. 32778 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 29 de mayo del 2017, el recurrente JOSE ARMANDO GALLEGOS CÁCERES, representante del titular del Acta de Nacimiento N° 1009386831, correspondiente a JAIME GALLEGOS CACERES, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la progenitora del titular del acta, habiéndose registrado como LUZGARDA CACERES; siendo el nombre correcto LUZGARDA NIEVES CACERES VILLASANTE. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto

AVISO DE TRANSFORMACIÓN De conformidad con el Articulo 337° de la Ley General de Sociedades, se hace de conocimiento publico que en acta de junta General de Accionistas de fecha 25 de JULIO de 2017, los socios de la sociedad “CONSTRUCCIONES Y REPRESENTACIONES NEPTUNO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” con nombre abreviado “COREN S.R.L”, han dejado constancia escrita de su acuerdo de transformar la indicada sociedad al régimen legal de Sociedad Anónima Cerrada, con la nueva denominación de “PALM VENTURES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA” y ei abreviado de “PALM VENTURES S.A.C.”. Lo que se pone en conocimiento del público en general, para los fines de Ley. Cusco, 25 de JULIO de 2017 DENIS JESUS PALMA ABANTO GERENTE GENERAL 26/07/2017 01-08/08/2017 F/.27949 EDICTO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO OFICINA DE REGISTRO CIVIL DECLARACION ADMINISTRATIVA DE PRESUNTO PROGENITOR AL AMPARO DE LA LEY N° 28720 Ante la División de Registro del Estado Civil del Distrito de San Jerónimo, Pro-


Cusco, miércoles 26 de julio de 2017

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vincia y Departamento de Cusco, se hizo presente la Sra. MARLENI ARRIAGA WELHUA Identificado con DNI 47135764 y con domicilio ubicado en el SECTOR LOS GERANIOS - SECTOR PATAPATA del Distrito de San Jerónimo Provincia y Departamento del Cusco, quien ha solicitado con fecha 24 de Julio del 2017, la inscripción del Acta de Nacimiento de su menor hija de nombre SOL LUCERO GUZMAN ARRIAGA, de fecha de nacimiento 14 de Julio del 2017, el cual está inscrito en el Acta de Nacimiento N° 3003215916 de fecha 24 de Julio del 2017, declarando como presunto progenitor a Don SAUL GUZMAN SILVA con DNI N° 46661430, Se notifica al interesada(o) para los efectos del Artículo 21 ° de Código Civil Vigente. San Jerónimo, 24 de Julio del 2017 MARTHA APARICIO ESTRADA REGISTRADOR CIVIL 26/07/2017 B/.32775 SUCESION INTESTADA. Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dr. Mario R. Ramos Béjar, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 01792 - 2017-0-1001-JP. CI-03 seguido por JOSE MANUEL QUISPE ZUNIGA sobre SUCESION INTESTADA, del que en vida fue : NARCISO QUISPE BACA, fallecido el día: 12-05-2016, a efecto de que se les declare herederos únicos y universales a: José Manuel Quispe Zuniga, Exaltación Quispe Zuniga, Wilbert Quispe Zuniga, Raúl Quispe Zuniga y Enma Quispe Zuniga Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifica, para los fines de ley. Cusco, 21 de Julio del 2017. 26/07/2017 B/V.32776 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 18 de Julio del 2017, la recurrente JORGE MIGUEL PAUCCARA HUAMAN, titular del Acta de Nacimiento N° 1009484436. Conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitor, habiéndose registrado como CRISOLOGO PAUCCARA CHOQUE. Siendo el nombre correcto del progenitor del titular del Acta CRISOLOGO PAUCCARA CHOQQUE. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98- PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 24 de Julio del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 26/07/2017 B/V.32780 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, se viene tramitando el Proceso Nro. 0212-2017, por resolución N° 02 del 07 de julio del 2017, la Magistrada del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián Dra Lynda Vargas Manga, ha dispuesto la publicación del extracto de la solicitud admitida e interpuesta por EPIFANIA HUANACO HUACHACA, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue don GRIMALDO BACILIO OCHOA , fallecido en fecha: 24 de abril del 2017, en el distrito de San Sebastian, para que se le declare como su única y universal heredera legal a la recurrente a Hardy Femando Bacilio Huanaco y Luis Miguel Bacilio Huanaco. Lo que se pone en conocimiento de las personas que puedieran tener algun derecho hereditario. Secretario Judicial Bornas Guerra Juan Ronald. San Sebastián, 25 de julio del 2017. Juan Ronald Bornas Guerra SECRETARIO JUDICIAL 26/07/2017 B/V.32782 CONVOCATORIA LA PRESIDENTA DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES TTIO LA FLORIDA Y ZONAS ALEDAÑAS LTDA. , MODALIDAD DE TRABAJADORES, CONFORME A LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS Y EN CONCORDANCIA CON EL ART. 25 DEL ESTATUTO DE LA COOPERATIVA, CONVOCA A ELECCIONES COMPLEMENTARIAS PARA EL PERIODO 21/08/2017 AL 20/08/2018, LLEVARSE A CABO EN EL LOCAL SITO EN LA CALLE ROMERITOS S/N DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO. PRIMERA CONVOCATORIA 2:30 PM. Y SEGUNDA CONVOCATORIA 3:00 PM. DEL DIA MIERCOLES 09 DE AGOSTO DEL 2017; CON EL FIN DE TRATAR LA SIGUIENTE AGENDA: 1.- ELECCION COMPLEMENTARIA DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA COOPERATIVA PARA EL PERIODO 21 DE AGOSTO DEL 2017 AL 20 DE AGOSTO DEL 2018. CUSCO, 25 DE JULIO DEL 2017. M. MARGARITA PALOMINO CANAVAL PRESIDENTA 26/07/2017 B/V.32783

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 725-2016-S9-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: YON! BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: CRÍSTHIAN HUAMAN SALÓN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de las cargos formulados en su contra, el día MARTES 21 DE NOVIEMBRE DEL 2017 A LAS 09:30 HORAS; dispuesto en el proceso que se sigue en contra CRISTHIAN HUAMAN SALÓN acusado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por el Delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Cris Xander Huaman Quispe representado por su progenitora Jenny Elizabeth Quispe Puga, referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 12 de julio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 465-2015-44-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: ORLANDO AVENDAÑO MONGE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el dia JUEVES 05 DE OCTUBRE DEL 2017, A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra Orlando Avendaño Monge, por la presunta comisión de! por el Delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria; ilícito penal que está regulado en el primer párrafo del articulo 149’ del Código Penal, en agravio de! menor de iniciales J.J.A.P., representado por su progenitora Ana Katy Pareira Chiclla, ia referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 de! Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba, Quillabamba, 06 de Julio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ


8 EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°230-2014-37-1010-JR-PE-01. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: JUAN CARLOS PULIDO CÓNDOR!, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día MIÉRCOLES 13 DE SEPTIEMBRE DEL 2017, A LAS 08:30 HORAS DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra Juan Carlos Pulido Condori, por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de Proxenetismo, subtipo Favorecimiento a la Prostitución; ilicito penal que está regulado en el primer párrafo del articulo 179’ del Código Penal, en agravio da la persona de iniciales LU.MA.CHA.VAL, !a referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de fa Seda del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de junio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00388-2017-88-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DEYVIS RAMOS QUISPE y WALTER DURAN ROJAS, a fin de que concurran a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día lunes 10 DE JULIO DEL AÑO 2017. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se les sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de LESIONES GRAVES, en agravio de Edgar Torres Pérez, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quiílabamba. Quillabamba, 04 de Julio de! 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso en el proceso N° 00628-2016-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra WILBER SALLO CONSA. por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD en la modalidad de PELIGRO COMÚN, subtipo CONDUCION EN ESTADO DE EBRIDAD, previsto por el primer párrafo del Articulo 279° del Código Penal, en agravio de la Sociedad, diligencia que será grabada en el sistema de audio, conforme al numeral 2” del articule; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 03, de fecha veinte de abril del año dos mil diecisiete, a la persona de WILBER SALLO CONSA, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03 Quillabamba, veinte de abril del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.-DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO (...). SEGUNDO.- Reprogramar la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el dia NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DOS DE LA TARDE, quedando notificados en éste acto de audiencia los presentes. TERCERO.- SE DISPONE- la notificación. (.. ) Quillabamba, 17 de julio del 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso en el proceso N° 00589-2015-96-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra CRISTIAN HOYOS ALMANACIN. por la comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, en su modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, menor de iniciales M.A.H.M. representado por su progenitura LEYDA MAGRETH MARÍN CHACÓN; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 03, de fecha diecisiete de julio del año dos mil diecisiete; a la persona de CRISTIAN HOYOS ALMANACIN. cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03 Quillabamba, diecisiete de julio Del año dos mil diecisiete.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE AMONESTACIÓN (...). SEGUNDO.- Reprogramar la audiencia de AMONESTACIÓN para el dia VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las CUATRO DE LA TARDE, quedando notificado:» en éste acto de audiencia los presentes. TERCERO.-SE DISPONE se reitere la notificación del imputado en su domicilio real sito en la Calle Túpac Amarú N° 205 del Distrito de Quellouno, (...) Quillabamba, 7 de julio del 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ

Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso en el proceso N° 00048-2016-0-1010-JR-PE-01, seguidos contra EDGAR PUMA FRANCO, por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD, en la modalidad de PELIGRO COMÚN, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal. en el en agravio de la sociedad, representado por el Dra. FLOR DE MARÍA BÉJAR APAZA, Fiscal Provincial Adjunta de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Convención; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 06, de fecha diecisiete de julio del año dos mil diecisiete; a la persona de EDGAR PUMA FRANCO, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 06. Quillabamba, diecisiete de julio del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- (...). SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, para el día DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas CUATRO DE LA TARDE, dispone la notificación de los sujetos procesales en sus domicilios señalado en autos. TERCERO.-DISPONE la notificación del imputado EDGAR PUMA FRANCO, mediante EDICTOS JUDICIAIES en “El Diario Judicial del Cusco”. (...).- HÁGASE SABER. Quillabamba. 17 de julio del 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras. bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala. en el Incidente N° 00187-2017-91-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra JUAN CARLOS CÓNDORI BARRETO Y OTROS, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO. en la modalidad de ROBO, sub tipo ROBO AGRAVADO, en agravio de Richard Barreto salamanca y otros, se ha dispuesto notificar al imputado JUAN CARLOS CONDORl BARRETO con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente; RESOLUCIÓN N° 03 Quillabamba, doce de julio Del año dos mil diecisiete.-PARTE ‘EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA, (...). SEGUNDO.- Reprogramar la audiencia de PRISIÓN PREVENTIVA pata el día TREINTA DE OCTUBRE DEL. AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA, (...). TERCERO- NOTIFIQUESE al imputado mediante EDICTOS debiendo con cuyo fin girarse el oficio correspondiente.- EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA: Que al amparo del articulo 268° numeral 1) del Código Procesa! Penal y en aplicación de la jurisprudencia vinculante casación 629-2013 Moquegua acudo a su Despacho para efectos de solicitar se realice la Audiencia de PRISIÓN preventiva en contra de los imputados Enmanuel gallegos Arroyo. Juan Carlos Condori Bárrelo y Rolando Huamán Quispe, por ia presunta comisión por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ROBO, sub tipo ROBO AGRAVADO, en agravio do Richard Barreto salamanca y otros; y, SEGUNDO.- De Los Hechos Denunciados.- CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES.-!...). CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES.- (...). Señala también que EXISTEN FUNDADOS GRAVES ELEMENTOS DE CONVICCIÓN PARA ESTIMAR RAZONABLEMENTE LA COMISIÓN ÜE UN DELITO QUE VINCULA A LOS IMPUTADOS COMO AUTORES DEL MISMO, los que menciona en número de veinte Sobre la prognosis de la pena señala que la misma será SUPERIOR A CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD porque los hechos maten; de Investigación, constituyen DELITO CONTRA EL PATROMINIO en la modalidad de ROBO, SUB TIPO robo agravado, previsto por el inciso 2) y 4) del primer párrafo del articulo 189° del Código Penal, concordante con el articulo 138’ del mismo cuerpo normativo; que establece una pena privativa de la libertad NO MENOR DE DOCE AÑOS. Respecto del peligro procesal, señala que por la forma corno OCURRIERON los hechos se puede COLEGIR RAZONABLEMENTE QUE LOS IMPUTADOS TRATARAN DE ELUDIR LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA (PELIGRO DE FUGA) U OBSTACULIZAR LA AVERIGUACIÓN DE LA VERDAD (PELIGRO DE OBSTACULIZACIÓN). Sobre el test de proporcionalidad sería la que la medida de PRISIÓN PREVENTIVA solicitada contra los imputados es necesaria y proporcional y solicita que la misma sea por el PLAZO DE NUEVE MESES. (...). Quillabamba, 12 de julio del 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras. bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente N° 00508-2015-61-1010-JR-PE-01, seguido contra RUBÉN ROLANDO YABAR SALAS, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO, sub tipo HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, tipificado en el Articulo 185° del Código Penal, y reprimido por el tipo especifico del segundo párrafo, numeral 1) del Articulo 186°del Código Penal concordado con el Articulo 16| del Código Penal, en agravio de BASILIA USCA QUISPE, se ha dispuesto notificar al imputado RUBÉN ROLANDO YABAR


Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 SALAS con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04: Quillabamba, trece de julio del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTA A: Se transcribe SE RESUELVE: PRIMERO- DECLARAR POR NO INSTALAD/, VALIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución. SEGUNDO. SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas TRES DE LA TARDE, (...). TERCERO.Se DISPONE la notificación del imputado mediante edictos. (...¡.-RESOLUCIÓN Nro.01 Quillabamba; diez de mayo Del año dos mil dieciséis.- DADO CUENTA (...) conforme a lo previsto en el articulo 350” del Código Procesal Penal; en consecuencia: SE DISPONE: 1.-CÓRRASE TRASLADO a ¡os demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación. 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o (evocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4} pedir el sobreseimiento, 6) ofrecer prueba para el juicio. (...). EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN: (...) a tenor de lo establecido en el edículo o40’’ de. Código Procesal Penal, cumplo con FORMULAR REQUERIMIENTO De. ACUSACIÓN contra RUBÉN ROLANDO YABAR SaLAS, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en su moda Load de hurto, sub tipo Hurto Agravado, en grado de tentativa, previsto y sancionado en su tipo base por el articulo 185” del Código Penal y reprimido por el tipo especifico del segundo párrafo, numeral 1). del articulo 186° del Código Penal, concordado, con lo dispuesto por el articulo 16° del Código Penal, en agravio de BASILIA USCA QUISPE. (...) De las circunstancias antes descritas este Despacho Fiscal solicita que se le imponga a RUBÉN ROLANDO YABAR SALAS TRES ANOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN POR EL MISMO PLAZO, asimismo solicita el pago por concepto de reparación civil la suma de SI. 500.00 (QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la agraviada. Quillabamba, 13 de julio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL (ACUSACIÓN Y RES. 01) Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala. en el Incidente N° 00580-2016-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra TUNQUE PALOMINO EDGAR , por la presunta comisión de! delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA , en la modalidad de PELIGRO COMÚN, sub tipo CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICIÓN , previsto y sancionado en el Art. 274° del Código Penal , en agravio de EL ESTADO , se ha dispuesto notificar al imputado TUNQUE PALOMINO EDGAR con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04 Quillabamba, veinticuatro de abril del año dos mil diecisiete.-PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA; Se transcribe SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE AJDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DE INCOACCIOIN DE PROCESO INMEDIATO, por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la présenle resolución. SEGUNDO.- Reprogramar la AUDIENCIA DE CONTROL DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO para el día ONCE DE AGOSTO DOS MIL DIECISIETE a las DOS DE LA TARDE. Quedando notificado en este acto el Sr. representante del Ministerio Público, asi también la Defensa Pública del imputado. Precisando que la audiencia es de carácter inaplazable. TERCERO.- DISPONER la notificaron mediante edictos al imputado EDGAR TUNQUE PALOMINO , con extracto del requerimiento , Resolución N° 1 y acta de audiencia frustrada para su publicación en el diario oficial de El Cusco para tal fin GÍRESE OFICIO al Sr. Administrador de la Corte Superior de Justicia del Cusco. De igual manera se dispone los apercibimientos tanto a la Defensa Pública y al representante de la Ministerio Público y; CITAR a AUDIENCIA ÚNICA PÚBLICA DE INCOACIÓN para determinar la procedencia del proceso inmediato para el día VEINTISEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS ONCE HORAS DEL DÍA en la Tercera Sala de Audiencia del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención: con la presencia obligatoria del Señor Fiscal y el abogado de los imputados, PRECÍSECE que la presente audiencia es de CARÁCTER INAPLAZABLE. EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: De conformidad a lo prescrito por el numeral 4j del articulo 446° del Código Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1194, recurro a su despacho formulando REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO, contra EDGAR TUNQUE PALOMINO, por la comisión del delito contra LA SEGURIDAD PÚBLICA. en la modalidad de PELIGRO COMÚN, subtipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD (...) Ill.- DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO.- 3.1.- Circunstancias Precedentes. Se tiene que siendo las 19.00 horas del día 07 de marzo del 2016, a solicitud de la persona Willian Charlarse Concha, personal policial de la Comisaría de Quiilabamba. Se constituyó en la vía Sambaray, donde intervino al vehículo motorizado, marca Toyota, color Plata Metálico, de placa de rodaje X1E-776, conducido por la persona de Edgar Tunque Palomino, quien instantes antes había ocasionado un accidente de tránsito al colisionar con el vehículo menor, motocicleta, marca Honda modelo Tomado, color negro, de placa de rodaje X2-0830; es así que en ese momento so pude advertir que éste presentaba visibles síntomas de ebriedad. IV ELEMENTOS DE CONVICCIÓN: cita 03

9 elementos de convicción. (...) SOLICITA Solicito tener por formulado el presente Requerimiento de Proceso Inmediato en contra de Edgar Tunque Palomino, como autor del delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Peligro Común, subtipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad y tramitarla conforme a Ley. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL (ACUSACIÓN Y RES. 01) Ante a! Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente N° 00159-2016-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra AUGUSTO LÓPEZ PACORI , por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA , en la modalidad de OMISIÓN SE ASISTENCIA ALIMENTARIA , sub INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto v sancionado en el Art. 149° del Código Penal, en agravio de GI.LO.IT Y RO .LO IT . REPRESENTADO POR SU MADRE INÉS ITUSACA CÓNDOR!, se lia dispuesto notificar al imputado TUNQUE PALOMINO EDGAR con la resolución Ne 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04 Quillabamba, veinticuatro óz abril del año dos mil diecisiete.PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE AUDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por los fundamentos esgrimido en la parte considerativa de la presente resolución SEGUNDO.- Reprogramar la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA par- a\ día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a lar. TRES DE LA TARDE, siendo notificado en éste acto de audiencia el defensor público. TERCERO.- DISPONER la notificación del Sr. fiscal ÓSCAR SANTIAGO BENAVIDES LUNA, en su domicilio procesal ubicado en el Jr. Martin Pio Concha N°151, debiendo requerirse demás que en el plazo perentorio de 24 horas justifique su inconcurrencia bajo expreso apercibimiento de informársele al órgano de control interno de! Ministerio Público, debiendo subsayarse este requerimiento al Sr. Fiscal para cuyo efecto debe notificarse a su domicilio procesal. CUARTO.-DISPONER la notificación mediante edictos del extracto del requerimiento ce acusación y la resolución N° 1, asi como el acta de audiencia frustrado esto para el imputado AUGUSTO LÓPEZ PACORI para lo cual GÍRESE oficio al sr. Administrador de La Corte Superior de Justicia del Cusco Subsistiendo los apercibimientos decretados en autos , esto debido que la audiencia es de carácter inaplazable , en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público aplicarse las sanciones previstas en la ley orgánica del Poder Judicial y en cuanto a la Defensa Publica da informarse a la coordinación de la Defensoría Pública de esta ciudad..-HÁGASE SABER - RESOLUCIÓN NRO. 01 Quillabamba, treinta de setiembre del dos mil dieciseis. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación directa, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión y conforme a lo previsto en el articulo 350° del CCP, CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS OTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, (...). EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: De conformidad Conforme a lo prescrito por el articulo 349° concordante con el 336° inciso 4) del Código Procesal Penal. FORMULO ACUSACIÓN PENAL DIRECTA contra AUGUSTO LÓPEZ PACORI, como AUTOR del delito contra la Familia; en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, sub tipo incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de los menores Georgina López Ilusaca de 11 años de edad y Rodrigo López Itusaca de 6 años de edad, representada por su progenitura INÉS ITUSACA CÓNDOR!, III.DESCRIPCIÓN DF LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL ÍMPUTADO.-3.1.- Circunstancias Preceden íes. Que, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Quillabamba de la Corte Superior de Justicia del Cusco, se tramito el proceso de Alimentos N° 152-2010. seguido por INES ITUSACA CONDORI en representación de sus menores hijos en contra de AUGUSTO LÓPEZ PACORI, recayendo la Sentencie de focha veintiséis de Julio del dos mil diez que declara fundada la demanda de Prestación de Alimentos y ordena que el hoy denunciado AUGUSTO LÓPEZ PACORI cumpla con acudir por concepto de alimentos a sus menores: hijos Georgina López Itusaca y Rodrigo López Itusaca, con la suma de s/.250.00 (doscientos cincuenta 00/100 soles) a razón de ciento cincuenta soles para la menor Giorgina López Itusaca de 11 años de edad y cien soléis para el menor Rodrigo López itusaca de 06 años de edad, que deberá depositarse en la cuenta de ahorros de la Demandante en el Banco de la Nación de forma mensual y adelantada; pasando a la etapa de ejecución con el apercibimiento de inscribirse al Registro de Deudoras Alimentarios y Morosos conforme a ley. IV.- ELEMENTOS DE CONVICCIÓN: cita 09 elementos de convicción. (...) SOLICITA Solicito A UD., señor Juez tener por formulado el presente REQUERIMIENTO DE ACUSACION, debiendo correr traslado del mismo a las partes y continuar con el proceso, según las normas del Código Procesal Penal 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL (PROCESO INMEDIATO) Ante el Juzgado de investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupavachi Ayala. en el Incidente N° 00600-2015-54-1010-JR-PE-01, seguido contra JAIME HUALLPAYUNCA PRUDENCIO , por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, sub tipo ACTOS CON-


10 TRA EL PUDOR, previsto y sancionado en el artículo 176° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales K.A.G.P.R (8 años ).se ha dispuesto notificar a al imputado JAIME HUALLPAYUNCA PRUDENCIO, con la resolución N° 02 cuyo tenor es el siguiente. RESOLUCIÓN N° 04, veintisiete de abril Del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registrado en audio. SE RESUELVE PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA, por los fundamentos esgrimidos en la presente parte arte considerativa de la presente resolución. SEGUNDO- Reprogramar la atienda de PRISIÓN PREVENTIVA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIl DIECISIETE a las DOS DE LA TARDE, siendo esta audiencia de carácter inaplazable quedando notificado en este acto de audiencia el señor fiscal y al señor de la defensa pública. TERCERO. En efectivo de los apercibimientos decretados en autos, sirvase REMITIR copias pertinentes del presente incidente al órgano de control interno de la Corte Superior De Justicia Del Cusco con la nota de atención para los fines consiguientes de establecer responsabilidades administrativas correspondiente por la omisión de la notificación por parte de la central de notificaciones subsistiendo los apercibimientos de autos. Asi mismo DISPONER la notificación del imputado Jaime Huallpayunca Prudencio , en su domicilio real del sector de Macamango s/n por la capilla del distrito de Santa Ana , provincia de la Convención, sin perjuicio de notificarse vía edicto, ello con efecto de no frustrarse la audiencia. Del mismo modo notificarse con la siguiente resolución al jefe de la Central de Notificaciones de esta sede judicial, Sr. Ángel Aragón Clavijo. HÁGASE SABER. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTOS PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DEL O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE: 00714-2017-0-1Q01-JR-LA-02 MATERIA: ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: SOTO FIGUERCA ANA ROCÍO EMPLAZADO: PRCCURAOOR DEL GOBIERNO REGIÓN LD CUSCO . DEMANDAOO: UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CE CUSCO , DEMANDANTE: TTITO HUANCA. VÍCTOR Resolución Nro. 7 Cusco, 17 de julio de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de marzo de 2017 (folio 48 a 60) materia de grado debido a que !a Juez Superior señor Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a ia pretensión da! pago de la bonificación diferencial”’, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica ciel Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el articulo 144 de! cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a ia Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Ñor.; hace.? de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de ia palabra, lo comuniquen dentro del plato de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesa!. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con ¡o dispuesto por el artículo 144 del Texto Ünico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA. -Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO 2o SALA LABORAL. EXPEDIENTE: 00725-2014-0-1001-JR-LA-02 MATERIA: ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO: GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE RENE CONCHA LEZAMA, PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, DEMANDANTE: ALLENDE OBLITAS, FIDEL Resolución Nro. 20 Cusco, 18 de julio de 2017. Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en !a resolución N° 13 del 8 de noviembre de 2016 (folio 327 a 330) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la señora Juez Superior Holgado Noa; y los Jueces Superiores señores Murillo Flores y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia para que se confirme parte y se declare improcedente la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de

Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar cerno Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 de! Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención s ¡os principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el articulo 144 del Texto Úrico Ordenado ríe la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran e! Colegiado los señores Jueces Superiores Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro.001-2017-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.-Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. Cusco, 21 de julio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 001292-2017-92-1001-JR-PE-03 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a HEBER LIANAJE BOCANGEL; para que se ponga a derecho el dia CUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas CATORCE HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub Tipo: LESIONES CULPOSAS, en agravio de Gricelda Fuentes Chacón. Cusco, 18 de julio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 001101-2017-23-1001-JR-PE-04 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a FREDDY COTACALLAPA CALSINA; para que se ponga a derecho el dia OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las OCHO HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra Contra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Leves, Sub Tipo: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Katherin Gutiérrez Huarcaya. Cusco, 18 de julio de 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente N° 1802-2015-14-1001-JR-PE-04 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Liliam Marlene Contreras Zaravia. Se cita y emplaza a Ronald Delgado López; para que se ponga a derecho el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DIECISEIS HORA (hora exacta) en la Primera Sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Micro comercialización o micro producción en agravio del Estado.Cusco, 18 de julio del 2018 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 00112-2016-36-1001-JR-PE JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVÍNCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: JORGE LUIS COTACALLAPA COLQUEHUANCA Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovíncial de Cusco se cita y emplaza las acusadas BERNARDINA MARTÍNEZ TORRES y BEATITA ROCÍO CHIRINOS MARTÍNEZ, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el 01 de setiembre del 2017 a horas 11.30 AM(hora exacta), la que se verificará en la Sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovíncial, sito en Av. El Sol S/N - Palacio de Justicia SEGUNDO PISO.; por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N2 00112-2016-36-1001-JR-PE-01, seguido en contra de las referidas imputadas, por el delito de trata de personas en su forma agravada, en agravio de la menor de iniciales R.CH.C. representada por su progenitora Giralda Condori Calisaya.Cusco, 17 de junio de 2017 24-25-26/07/2017 CPJ


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 4764-2016-3-1001-JR-PE-01 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: JORGE LUIS COTACALLAPA COLQUEHUANCA Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado ÓSCAR VARGAS ESPINOZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el VIERNES ONCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas QUINCE CON TREINTA MINUTOS (03:30 PM. hora exacta) en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL. SITO EN AV. EL SOL S/N - PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO-CUSCO; por haberse dispuesto así en la Resolución Nro. 01, del CUADERNO DE DEBATES N° 4764-2016-80-1001-JRPE-01, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTAD SEXUAL, EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL, SUB TIPO VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE CATORCE AÑOS DE EDAD, tipificado en el inciso 2) del artículo 173° del Código Penal en Agravio de la menor de iniciales K.B.A.B., representada por la Trabajadora Social Luz Marina Aragón Amanea. Cusco, 13 de Julio de 2017.24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Proceso Nro. 124-2017-0-1015-JM-FC-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, bajo la actuación del señor Juez Titular Rómulo Víctor Velasco Chávez y de la Secretaria Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 05, se ha dispuesto la publicación por edictos la resolución N° 01 y N° 05, a fin de notificar a la denunciada JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO: AUTO DE INICIO DE PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR Resolución N° 01. Urubamba, I / de enero del 2017 (...) VISTO: El Oficio N° ¡882-2016 emitido por la PNP de Urubamba, el que contiene al Informe Policial N” 4622016. y CONSIDERANDO: PRIMERO.SEGUNDO.- La señora ALICIA FANNY MARTÍNEZ SANTA MARÍA ha denunciado ante la PNP que constantemente es víctima de hechos por acción o conducta de violencia psicológica presuntamente asumido por su esposo MAX NELL OSORES SOPLOPUCO y su cuñada JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO: por lo que en aplicación de lo previsto por los artículos 7°, 8°, 13°, 14°, 15°, 16° y demás aplicables de la precitada Ley 30364, debe procederse a iniciar el proceso especial correspondiente. TERCERO.- (...). Por los fundamentos expuestos, SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL la denuncia por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR contra MAX NELL OSORES SOPLOPUCO y JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO por MALTRATO PSICOLÓGICO en agravio de ALICIA FANNY MARTÍNEZ SANTA MARIA.2. SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ORAL o efecto de emitir MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la parle agraviada, para el día LUNES 27 DE FEBRERO DEL 2017, A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA. (...).-H.S.Sigue la firma del señor Juez y de la secretaria judicial” Resolución Nro. 05.Urubamba, 16 de junio del 2017 Al Escrito N” 1012-2017: Por DEVUELTA SIN DILIGENCIAR la cédula de notificación N° 1012-2017-JM-FT dirigida a JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO la que contiene a la resolución N° 01 y N° 03, “Plaza Moxeque , Edificio 8, dpto. 3, del distrito de San Miguel -Lima”, (...): En tal virtud, agréguese a sus antecedentes lo manifestado, y estando a la constancia de fojas 29, al no haberse llevado a cabo la diligencia de audiencia oral, SEÑÁLESE como nueva fecha a fin de ser llevada a cabo, para el día MARTES 15 DE AGOSTO DE 2017, A HORAS 9:20 DE LA MAÑANA, debiendo notificar a la denunciada JESSICA LILIANA OSORES SOPLOPUCO, a través de EDICTOS y las demás partes del proceso en sus domicilios consignados en autos.- (...).-Sigue la firma del señor Juez y de la secretaría judicial” Urubamba, 26 de junio del 2017.24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 2592-2017-97-1001-JR-PE-01 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: COLQUEHUANCA JORGE LUIS COTACALLAPA Por disposición del colegiado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado JOSÉ LUIS QUISPE ZUNIGA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el VIERNES ONCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas QUINCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS (03:45 PM. hora exacta) en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL, SITO EN AV. EL SOL S/N - PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO - CUSCO VÍA ENLACE POR VIDEO CONFERENCIA CON LA SALA DE VIDEOCONFERENCIAS DE

LA SEDE LA CONVENCIÓN; por haberse dispuesto así en la Resolución Nro. 01 del CUADERNO DE DEBATE N° 2592-2017-97-1001-JR-PE-01, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTAD SEXUAL, EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL, SUB TIPO VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE DIEZ AÑOS DE EDAD CON AGRAVANTE DEL VINCULO FAMILIAR, tipificado en el inciso 2) del artículo 173°, con la circunstancia agravante prevista en el último párrafo del artículo 173° del Código Penal en Agravio de P.C.P., representada por su progenitura Alicia Pauccara Huamani. Cusco, 13 de Julio de 2017.24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso en el rprocesp N° 00201-2016-88-1010-JR-PE-01, seguido contra BASILIA USCA QUISPE, por la presunta comisión del delito CONTRA la libertad, en su modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD PERSONAL, sub tipo TRATA DE PERSONAS AGRAVADA, previsto en los numerales í), 2) y 3), del Artículo 153° del código Penal (tipo base), con la agravante del numeral 2) del segundo párrafo del Artículo 153°-A del código Penal, en agravio de la menor de iniciales S.P.R, representada por su progenitor Claudio Pillco Uscamayta; se ha dispuesto efectue la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 03, de fecha veinte de abril del año dos mil diecisiete; a la persona de WILBER SALLO CONSA, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, dieciocho de julio del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO, (...). SEGUNDO. SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO, para el dia DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas DOS DE LA TARDE, (...). TERCERO.- DISPONE la notificación (...) mediante EDICTOS con cuyo fin gírese oficio. RESOLUCIÓN NRO. 01 Quillabamba, quince de noviembre del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA con el requerimiento Fiscal de sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo estipulado en el Art 344°, inciso 1o, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: El articulo 345° del Código Procesal Penal (...). (...). TERCERO: (...) RESUELVE: A. CORRER traslado de sobreseimiento a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento (...). HÁGASE SABER. EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO: I.-REQUERIMIENTO FISCAL: En representación de la sociedad, el Despacho Especializado en delitos de Trata de Personas del distrito Fiscal del Cusco, de conformidad con lo establecido en el articulo 344° inciso 2 literal d) del Código Procesal Penal, REQUIERE EL SOBRESEIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA seguida contra BASILIA USCA QUISPE, por la presunta comisión del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Personal, sub-tipo TRATA DE PERSONAS AGRAVADA, previsto y sancionado en os numerales 1, 2, y 3 del artículo 153° del Código Penal( tipo base) con la agravante contenida en el numeral 2 del segundo párrafo del artículo 153-A de la misma norma sustantiva, en agravio de la menor de iniciales S.P.R.(13 años de edad) representada por su progenitor CLAUDIO PILLCO USCAMAYTA; conforme a los siguientes argumentos Quillabamba, 18 de julio del 2017. 24-25-26/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 00817-2009-0-1010-SP-PE-01. Antes (Nro.00081-2013-0-1010-SP-PE-01) SECRETARIO: Ana Rocío Casapino Rodriguez Se cita y emplaza al procesado MAMERTO HUILLCA INQUILLAY, para que se ponga a derecho y so defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por la comisión del delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación a la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual de Menor de Edad, en agravio del menor de iniciales G.V.Q. Quillabamba, 19 de julio de 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 00305-2006-0-1010-SP-PE-01 (Antiguo N° 2007-0021-0-1001-SP-PE-01). SECRETARIO : Ana Rocío Casapino Rodríguez. Se cita y emplaza al procesado MIGUEL AGUÍLA MARÍN, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en e¡ proceso que se le sigue por la comisión del delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación a la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual de Menor de Edad, en agravio del menor de iniciales G.C.G Quillabamba, 13 de Julio de 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N°00445-2002-0-1013-SP-PE-01


12 (Antiguo N° 392-2003-0-1010-SP-PE-03). SECRETARIO : Ana Rocío Casapino Rodríguez. Se cita y emplaza al procesado ADRIEL CURITUMAY ARREDONDO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por la comisión de! delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación a la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual de Menor de Edad., en agravie de! menor de iniciales V.C.A. Quillabamba, 19 de julio de 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTOS PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE: 03339-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO: PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE: RONDAN AYBAR, LUIS FELIX Resolución Nro. 10 Cusco, 19 de julio de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 21 de julio de 2016 (folio 58 a 68) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia; y los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión del pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE: 03102-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO: PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , DEMANDANTE : TORRES USCAMAYTA, ALEJANDRO Resolución Nro. 9 Cusco, 18 de julio de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 17 de enero de 2017 (folio 49 a 64) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de

Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00303-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTIO NEDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA DEMANDANTE : TEJADA ZAMBRANO, JULIA Resolución Nro. 7 Cusco, 17 de julio de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 30 de marzo de 2017 (folio 49 a 61) materia de grado, debido a que la Juez Superior señor Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión del pago de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03733-2013-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : PALOMINO DEZA, LUCILA Resolución Nro. 11 Cusco, 18 de julio de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 14 de marzo de 2017 (folio 72 a 81) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.-


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00475-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANCHIS , DEMANDANTE : VALVERDE MANSILLA, NORMA RENE Resolución Nro. 7 Cusco, 19 de julio de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 17 de marzo de 2017 (folio 48 a 55) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De La Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. Cusco, 24 de julio de 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 663-2017-69-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado HERNÁN CCACYA TORREBLANCA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día MARTES 29 DE AGOSTO DE 2017 a horas 11:30 a.m.. la misma que se verificara en la Sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N palacio de justicia 2do piso), VÍA ENLACE POR VIDEO CONFERENCIA CON LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ESPINAR, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 663-2017-69, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de violación sexual en agravio de la menor de iniciales Y.Y.P. Cusco, 21 de julio del 2016. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 3580-2016-24. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza a SAINT SAYDITO ABARCA APAZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día 11 DE AGOSTO DE 2017 a horas 10:15 a.m„ la misma que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N segundo piso - Palacio de Justicia - Cusco), VÍA ENLACE POR VIDEOCONFERENCIA CON LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE LA SEDE LA CONVENCIÓN ubicado en Jr. Espinar N° 140-148 - Quillabamba, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 3580-2016-24, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M.C.L.G..Cusco, 21 de julio de 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 051-2011-22-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz MARÍA JESÚS HUAMÁN QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, en

agravio de Primitiva Quispe Uscamayta. Urubamba, 03 de julio del 201 7. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 0877-2011-12-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz FELICITA CUADROS GALARZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio del Estado Peruano. Urubamba, 03 de julio del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 193-2011-83-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal deUrubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz MARUJA CHOQUECONZA CUSIHUAMAN; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Irma Callañaupa Quispe. Urubamba, 03 de julio del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP. NRO. 010-2014-3-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Cibaja Ormachea. SE CITA Y EMPLAZA al acusado SANTIAGO RODRÍGUEZ POMARROSA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves en agravio de Tatiana Viiianueva. Urubamba, 03 de julio del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 268-2014-28-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz ANTONIO BARRIENTOS VALLE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones leves, en agravio de Mario Yarin Yucra. Urubamba, 24 de mayo del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP. NRO.0245-2014-90-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. SE CITA Y EMPLAZA al acusado SANTIAGO RODRÍGUEZ POMARROSA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad. Urubamba, 03 de julio del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 096-2011-97-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz WILLIAN CALLANAUPA UBALDE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Violación Sexual, en agravio de la persona de iniciales A.T.O. d CH. Urubamba, 03 de julio del 201 7. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 90-2012-23-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz RULE ALFREDO MAYTA MARCA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Victoria Haydee López Bibiano. Urubamba, 03 de julio del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ


14 EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN - JULIACA La Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada JACKELINE REINA LUZA CACERES, con la intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Miguel Alcides Jiménez Aliaga, en el proceso penal del expediente N° 01283-2017-62-21 ll-JR-PE-01, seguido en contra de MOISÉS QUISPE CUARESMA, como presunto autor del delito Contra el patrimonio, en su modalidad de Hurto, en su forma de Hurto simple, en agravio de DAISY GABRIELA OBREGON BERNAL, NOTIFICA al acusado MOISÉS QUISPE CUARESMA, con la resolución número tres de fecha trece de junio de dos mil diecisiete que resuelve: DECLARAR REO CONTUMAZ al acusado MOISÉS QUISPE CUARESMA, identificado con DNI 47513154, cuyas demás generales de ley obran en el requerimiento de acusación en la página diez. Se nombra como abogado defensor del mismo al defensor público presente en este acto Dr. Helarf Flores Rodríguez, quien puede hacer uso de todos los medios de defensa que la ley le reconoce; igualmente se DISPONE la conducción compulsiva respecto del declarado reo contumaz, para lo cual debe cursarse los oficios correspondientes a la Policía Nacional del Perú, así como a la Policía Judicial para dicho fin; asimismo teniendo en cuenta que esta declaración de contumacia se produce en esta etapa de juzgamiento, se dispone el archivo provisional del presente proceso y para efectos de que el acusado tome conocimiento de la resolución que se ha expedido en su contra a fin de no causarle indefensión, este Juzgado dispone que se cumpla con notificar al mismo en su domicilio real, igualmente se hagan las publicaciones vía edictos de la presente resolución.. Juliaca, 17 de Julio del 2017. 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 185-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Daysi Cynthia Zarate Tacuri contra Widobro Cabrera Vargas; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 13 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de WIDOBRO CABRERA VARGAS en agravio de DAYSI CYNTHIA ZARATE TACURI, asi como agresión reciproca entre DAYSI CYNTHIA ZARATE TACURI y ANGÉLICA VARGAS SANTANDER (70). Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado WIDOBRO CABRERA VARGAS EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de DAYSI CYNTHIA ZARATE TACURI. ORDENAR a ANGÉLICA VARGAS SANTANDER (70) EL CESE y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de DAYSI CYNTHIA ZARATE TACURI. ORDENAR a DAYSI CYNTHIA ZARATE TACURI EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ANGÉLICA VARGAS SANTANDER (70). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 08 de agosto del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 179-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Moñica Quispe Huillca contra Modesto Kquecaño Licona; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MODESTO KQUECAÑO LICONA en agravio de MONICA HUILLCA QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victima, se dicta PROVISIONALMENTE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MODESTO KQUECAÑO LICONA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MONICA HUILLCA QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 08 de agosto del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N {Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.-

Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 181-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Rosalía Amao Hancco y Felicitas Hancco Amao contra Gumercindo Amao Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de GUMERCINDO AMAO QUISPE en agravio de ROSALÍA AMAO HANCCO y FELICITAS HANCCO AMAO. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victima, se dicta PROVISIONALMENTE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado GUMERCINDO AMAO QUISPE EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ROSALÍA AMAO HANCCO y FELICITAS HANCCO AMAO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 10 de agosto del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 183-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Serafina Davalos Aguilar contra Agripino Soria Valencia; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de AGRIPINO SORIA VALENCIA en agravio de SERAFINA DAVALOS AGUILAR. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado AGRIPINO SORIA VALENCIA GUMERCINDO AMAO QUISPE EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SERAFINA DAVALOS AGUILAR. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 10 de agosto del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 182-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Elver Ñahui Usca contra Elisa Huillca Amao; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ELVER ÑAHUI UCSA en agravio de ELISA HUILLCA AMAO y su menor hija de 02 años. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victima, se dicta PROVISIONALMENTE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ELVER ÑAHUI UCSA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ROSALÍA AMAO HANCCO y FELICITAS HANCCO AMAO y su menor hija de 02 años. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 08 de agosto del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 178-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Leonarda Gutiérrez Mamani contra Flavio Ñahui Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Julio del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de FLAVIO ÑAHUI QUISPE en agravio de LEONARDA GUTIÉRREZ MAMANI. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victima, se dicta PROVISIONALMENTE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: ORDENAR al


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Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 denunciado FLAVIO ÑAHUI QUISPE EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de LEONARDA GUTIÉRREZ MAMANI. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 09 de agosto del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 180-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Margarita Huaman Camala contra Dalmer Puma Huaman y Lelis Beltran Puma Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 11 de Julio del 2017. SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de DALMER PUMA HUAMAN y LELIS BELTRAN PUMA HUAMAN en agravio de MARGARITA HUAMAN CAMALA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: ORDENAR a los denunciados DALMER PUMA HUAMAN y LELIS BELTRAN PUMA HUAMAN EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MARGARITA HUAMAN CAMALA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 10 de agosto del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...)H.S.25-26-27/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE- Notifica a los acusados MARCO LUQUE ALVAREZ Y JUAN CARLOS ALVAREZ SOTO (Reos Contumaces), a efecto de que se pongan a derecho ante el Juzgado, para el inicio de Juicio Oral, en el proceso Penal NQ 21-2015-26, por delito Contra El Patrimonio, modalidad de Hurto Agravado, en agravio de Francisco Luque Huamanricra.- Firma Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. Echarate, 18 de julio de 2017 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE.- Notifica al acusado JHON WILBERT SEVILLANOS CARBAJAL (Reo Contumaz), a efecto de que se pongan a derecho ante el Juzgado, para el inicio de Juicio Oral, en el proceso Penal NQ 19-2015-44, por delito Contra La Familia, modalidad Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de los menores de iniciales J.S.L. y A.A.S.L., representada por su progenitora Yanette Luna Alegría.- Firma Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. Echarate, 18 de julio de 2017 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE.- Notifica a la acusada MARTHA SAPANA CERVANTES (Reo Contumaz), a efecto de que se pongan a derecho ante el Juzgado, para el inicio de Juicio Oral, en el proceso Penal N9 119-2011-83, por delito de Lesiones Graves, en agravio de los Herederos Legales del Q.V.F. Porfirio Rigaño.- Firma Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. Echarate, 18 de julio de 2017 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 556-2017-50-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al agraviado menor de iniciales VRCC representado por ELEUTERIA CONDORI LIPA,, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día VIERNES 06 DE ABRIL DE 2018 a horas 11:30 a.m., la misma que se verificara en la Sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N palacio de justicia 2do piso), por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 556-2017-50, seguido en contra de Jaime Vargas Puma, por el delito de trata de personas. Cusco, 21 de julio del 2016. 26-27-31/07/2017

CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 04027-2016-98-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados ROGER MAMANI VARGAS v UBALDO TUNQUIPA HUILLCA. a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 29 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 08:30 A.M, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N - Cusco) segundo nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Vía enlace por video conferencia con la sala de audiencia del Juzgado Penal de Espinar. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 04027-2016-98-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los antes referidos imputados, como presuntos autores por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de delito contra la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de la menor de iniciales K.P.S.T.Cusco, 24 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 03112-2016-7-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado EUSEBIO CALIXTO HUICHE MAYTA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 01 DE AGOSTO Dril. 2017 A HORAS 08:30 A.M, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N - Cusco) segundo nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03112-2016-7-1001 JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor por la comisión del delito contra la administración pública, en la modalidad de delitos cometidos por particulares, sub tipo violencia contra la autoridad en su forma agravada, realizada contra un miembro de la policía nacional para entorbarle el ejercicio de sus funciones, en agravio del Estado y la S02 Lisbet Nerea Viena Ccorimanya.Cusco, 24 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 02042-2016-21-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JUAN CARLOS SOTO QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 26 DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 02:00 P.M, acto que se llevara, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en la Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo piso, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02042-2016-21-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación de persona en incapacidad de resistencia, en agravio de la persona de iniciales G.H.Q.Cusco, 24 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02672-2017-39-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO Penal Colegiado procesado WILBER ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al HUAYHUA SALHUA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 28 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 02:00 P.M, acto que se llevara, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en la Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencia del Juzgado Penal de Chumbivilcas, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02672-2017-39-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación de persona en incapacidad de resistencia, en agravio de la persona de iniciales C.F.Y.Cusco, 24 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 02208-2016-78-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado FRANKLIN DANIEL ANDRADE JANCCO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 01 DE


16 AGOSTO DEL 2017 A HORAS 09:30 A.M, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N - Cusco) segundo nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02208-2016-78-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de mayor de catorce y menor de dieciocho años, en agravio de la menor de iniciales S.T.T.Cusco, 24 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01921-2016-10-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: JENRRY ENCISO LOBATON. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado MARTÍN EMILIO MAMANI QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 29 DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 11:00 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por video conferencia con la sala de cudiencias del Juzgado Penal de Sícuani, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01921-2016-10-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor por la comisión del delito de violación de persona en incapacidad de resistencia por tratarse de persona con retardo mental leve a clínico, en agravio de la menor de iniciales Y.A.M.Cusco, 20 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 02685-2016-16-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: JENRRY ENCISO LOVATON Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados BERNARDINO MAMANI VILCA v JONÁS JOEL PERALTA DUEÑAS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES 08 DE MARZO DEL 2018 A HORAS 11:00 A.M, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N - Cusco) segundo nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Vía enlace por video conferencia con la sala de audiencia del Juzgado Penal Unipersonal de la Convención - Sede Quillabamba. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02685-2016-16-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los antes referidos imputados, como presuntos autores por la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado, en agravio de Cirilo Gonzales Mendoza.Cusco, 24 de Julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZA El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 3457-2016-22-1001-JR-PE-03, seguido contra Leonardo Huilcapaz Mendoza, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Fidel Cruz Quispe, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarles con la Resolución N° 01 del 17/04/17, el acta de audiencia del 12/06/17, el extracto de la acusación fiscal y la constancia de reprogramación de audiencia cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El Fiscal Provincial del 3er Despacho de la Ira FPPC de Cusco, formula requerimiento ACUSACIÓN en contra de LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZA por la supuesta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de FIDEL CRUZ QUISPE; se solicita se le imponga al acusado 04 años y 04 meses de pena privativa de libertad efectiva y la suspensión de su licencia de conducir por el mismo plazo de la pena privativa de libertad a imponerse. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, 17/04/17.- DADO CUENTA: (...); SE DISPONE: 1. CORRER traslado a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación. (...) SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la novena sala de audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble NB 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco. 2. PRECÍSESE que la presente citación se realiza tomando en cuenta el tiempo del traslado (...) . 3. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado, cursándose el oficio respectivo. 5. Notifíquese la presente resolución además del abogado particular a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado par-

Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 ticular no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso; abogado del Estado con quien se desarrollara la audiencia de control de acusación y a quien se le notificara las actuaciones procesales ulteriores. 6. SE REQUIERE a las partes procesales que en virtud de la Resolución Administrativa N° 584-2016-PCSJCU-PJ, cumplan CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA (...). ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN: (7) II. ACREDITACIÓN: (I) III RESOLUCIÓN (...) Resolución N° 05 del 12/06/17.- 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia. 2.-Reponer el plazo al Tercero Civil responsable para que cuestione la acusación otorgándole un plazo de 10 dias hábiles, debiéndosele notificar con la resolución Nro. 01, haciéndole conocer que puede cuestionar la acusación en lo que le incumba; asimismo, NOTIFIQUESELE con la nueva fecha de audiencia. 3.- Considerando que no se tiene certeza del domicilio real NOTIFÍQUESE por edictos y por el termino de ley en el diario oficial de esta ciudad con un extracto de la resolución Nro. 1 y le presente resolución. 4.- PROGRÁMESE como nueva fecha de audiencia para el dia diecisiete de julio de dos mil diecisiete a horas ocho de la mañana con treinta minutos a realizarse en esta novena sala de audiencias del Modulo Penal (...). 5.-NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real señalado con el apercibimiento de en caso que no asista su defensa particular, un defensor público asumirá la defensa del imputado, para este efecto CÚRSESE OFICIO a la Defensoría Pública (...) CONCLUSIÓN: (...) CONSTANCIA DE REPROGRAMACION: Se deja constancia que el dia de la fecha estaba programada la audiencia de control de acusación en el presente expediente, sin embargo la misma no se verifico por cuanto de acuerdo a la constancia emitida por el especialista de causa el proceso ha sido devuelto en la fecha no habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en la resolución 05 de fecha 12 de junio del 2017. Asimismo se deja constancia que estuvo presente la señora fiscal Támara Catacora Jara y el agraviado Fidel Cruz Quispe, asistido por su abogada defensora, a quienes se les notificó con la nueva fecha de audiencia para EL DÍA 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS 10:00 HORAS en esta misma sala de audiencia. Se deja la presente para los fines de ley consiguientes. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 18 de julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro : 03166-2016-24-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: CELSO PRIETO HUAMAN con DNI 42906657. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito por la presunta comisión del delito de contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común Sub Tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad representado por el Ministerio Publico Res. Nro. 03 Cusco, 12 de Julio del año dos mil diecisiete, Se dispone REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 24 de Julio de 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL PAUCARTAMBO EXP 22-2014-40-1013-JR-PE-01 SENTENCIADO: MARIO GERARDO GRANADA NAVEROS AGRAVIADO : JACINTO EMILIANO FLOREZ SONCCO JUZGADO : INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO RESOLUCIÓN N°03 Paucartambo, once de julio Del año dos mil diecisiete Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al sentenciado Mario Gerardo Granada Naveros. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 A HORAS 11:00 A.M. diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon s/n del Cercado de Paucartambo. 3. En efectividad del apercibimiento establecido en la Resolución N°02 se designa como defensor del sentenciado Mario Gerardo Granada Naveros al Defensor Publico del Ministerio sede Paucartambo, Abog. William Mamani Vilcanqui quien deberá de ejercitar el defensa del sentenciado antes nombrado conforme a ley. 4. Se dispone la notificación via exhorto del sentenciado Mario Gerardo Granada Naveros con esta resolución para fines de su asistencia a la audiencia programada conforme a ley y para el diligenciamiento estando presente el agraviado se sugiere apoye en el diligenciamiento de la cédula de notificación del sentenciado, dicha notificación se debe hacer en el sector de Patria. 5. Igualmente mando a notificar a los demás sujetos procesales conforme a lo solicitado por el Ministerio Publico y para fines de anoticiar al sentenciado Mario Gerardo Granada Naveros con el señalamiento de la audiencia, se dispone que sin perjuicio de su notificación en su domicilio real conforme se ha ordenado se


Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 notifique mediante edictos en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia de Cusco por el plazo de ley. H.S.26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL PAUCARTAMBO EXP 53-2017-0-1013--JR-PE-01 IMPUTADO: OMAR CABRERA HUAMAN AGRAVIADO: BENEDICTA TORRES MESA JUZGADO : INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO RESOLUCIÓN N°02 Paucartambo, diez de julio Del año dos mil diecisiete Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al imputado Ornar Cabrera Huaman. 2. REPROGRAMAR LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2017 A HORAS 12:00 P.M., diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon s/n del cercado de Paucartambo. 3. Se aclara que el defensor de oficio de Paucartambo es el Dr. William Mamani Vilcanqui, quien asumirá la defensa del imputado en la audiencia reprogramada. 4. DISPONER la notificación del imputado Ornar Cabrera Huaman en su domicilio procesal, así mismo, mediante edictos de ley que se deben publicar en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cusco por tres veces consecutivas.H.S. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 2001-2015-85-1001-JR-PE-03 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a MILAGROS PAOLA URQUIZO MORALES; a fin de que concurra a recabar los cupones de reparación civil depositados por la sentenciada Milagros Paola Urquizo Morales, asimismo póngase en su conocimiento la parte resolutiva de la sentencia: FALLA: Io HOMOLOGANDO el acuerdo de conclusión anticipada arribado por el representante del Ministerio Público, y la acusada MILAGROS PAOLA URQUIZO MORALES asistido por su abogado defensor privado. 2o SE CONDENANDO a MILAGROS PAOLA URQUIZO MORALES cuyas generales de ley obran en la parte expositiva de esta sentencia como autor de la comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO sub tipo HURTO AGRAVADO por haber sido cometido durante la noche y en agravio de menor de edad, en grado de TENTATIVA, previsto y sancionado por el articulo 185 tipo base del Código Penal, con las agravantes reguladas en el inciso 1 del primer párrafo e inciso 11 del segundo párrafo del articulo 186 del Código Penal en agravio de la menor de iniciales K.O.C., representada por su progenitora Julia Calluhuanca Mamani, como a tal se le impone: DOS AÑOS y SIETE MESES de pena privativa de libertad Suspendido en su ejecución por el plazo de DOS AÑOS. 3o FIJO el pago de la reparación civil de S/. 600.00 nuevos soles a favor de la parte agraviada, debiendo cancelar indefectiblemente el saldo de S/. 200.00 el veintitrés de febrero del año en curso, a favor de la parte agraviada. 4o La sentenciada por la condicionalidad de la pena observará las siguientes reglas de conducta: a.-Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juzgado ejecutor; b.- Comparecer cada 30 dias al Juzgado de ejecución personal y obligatoriamente, para informar y justificar sus actividades y registrar su asistencia en el registro biométrico; c- La prohibición de cometer nuevo delito doloso de similar u otra naturaleza; d.- la prohibición de poseer objetos susceptibles de facilitar la realización de otro delito, c) No podrá concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas ni consumirlos, y d) Cumplirá con el pago total de la reparación consistente en el saldo de S/. 200.00 el veintitrés de febrero del año en curso, a favor de la parte agraviada. Reglas de conducta que las cumplirá la sentenciada, bajo apercibimiento de revocársele la suspensión de la ejecución de la pena y hacerse efectiva, al amparo de lo previsto por el artículo 59 inciso 3 del Código Penal. 5o Consentida o ejecutoriada quede la presente resolución, se obtenga los boletines y testimonios de condena para su inscripción en el registro correspondiente y hecho, remítase los autos al Juzgado de Ejecución; Sin costas ni costos, por haberse sometido la acusada a la conclusión anticipada y cúmplase con NOTIFICAR a las partes el contenido de esta sentencia . T.R y H.S.Cusco, 24 de julio de 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 1118-2014-61-1001-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MEDIO AMBIENTE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a GEORGINA TOMAYCONZA CHALLCO, LUZ MARLENE CCOPA TOMAYCONZA, MARCIA CCOPA TOMAYCONZA, MATILDE MENDOZA PAUCAR, FORTUNATO SUMERINDE FOCCO, MIGUEL FARRO PÉREZ, JESÚS JOSÉ VITE LUEY, CARLOS ALBERTO AGUILAR ALVAREZ Y YEMI MEDINA GONZÁLES; para que se pongan a derecho el dia CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las CATORCE HORAS (hora

17 exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delitos ambientales en las modalidades de delitos contra los bosques o formaciones boscosas sub tipo tala y destrucción de formaciones boscosas tipificado en el artículo 310 del Código Penal y por el delito de Minería Ilegal tipificado en el articulo 307-A del Código Penal, en agravio del Estado representado por la Procuraduría publica en materia ambiental. Cusco, 24 de julio de 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: WILBERTH HUALLPARIMACHI HUAMÁN El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 02635-2017-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra WILBERTH HUALLPARIMACHI con D.N.I. 45300944, por el delito Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales D.A.H.Q., representado por su progenitora Santusa Quispe Layme, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 19/07/17 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra WILBERTH HUALLPARIMACHI HUAMÁN como autor del delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales D.A.H.Q., representado por su progenitora Santusa Quispe Layme, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, diecinueve de julio del año dos mil Diecisiete.AUTOS Y VISTOS.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia. 2. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el día 11 DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA a verificarse en la Décimo Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal. Se dispone que el especialista de causa tenga que efectuar la notificación vía edicto judicial en el diario de esta ciudad por tres fechas consecutivas, asimismo notifíquese al representante del Ministerio Publico a efecto de que concurra a esta audiencia, bajo expreso apercibimiento en caso de no concurrir se remitirá copias a su órgano de control, y de la misma manera se notifique también a la defensa pública. Cusco, 24 de julio del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE: Nro.: 02305-2016-1-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): PERCCA huaman, jóse Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. AUTO DE CITACIÓN A AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO. Resolución Nro. 06 Cusco, veinticuatro de Julio del año dos mil diecisiete.- Por recibido el oficio que antecede presentado por el señor fiscal precisando la dirección domiciliaria del acusado JOSÉ PERCCA HUAMAN, lote Nro. 02 Zona 917 del AAHH Buena Vista ( referencia del paradero escuela Huayracpunko, al costado de una tienda de una esquina) del cercado del Cusco. Cúmplase con notificar al acusado en la dirección señala por el señor representante del Ministerio Publico. En virtud a lo dispuesto en la audiencia pública de fecha 17 de Julio del presente año y de conformidad al estado del proceso corresponde SEÑALAR FECHA Y HORA para el verificativo de audiencia de Proceso Inmediato para el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 08:00 A.M. (HORA EXACTA) a llevarse a cabo en la DECIMA Sala Penal de audiencias de esta Corte Superior de Justicia del Cusco, debido notificarse a los sujetos procesales que correspondan, subsistiendo los apercibimientos dictados en autos.Cusco, 10 de Enero del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 01763-2016-28-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): MOZO GARCÍA, RAÚL Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadiccion en agravio del Estado RESOLUCIÓN N° 10: Cusco, once de julio del año dos mil diecisiete.-l.- NO SE DA POR INSTALADA la presente audiencia.2.- SE


18 REPROGRAMA la presente audiencia para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS 14:00 DE LA TARDE, a verificarse en la décima sala de audiencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco. Con dicha reprogramación debe de notificarse al acusado en el domicilio real en Amadeo Reperuo G-25 del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco. Quedando notificados las partes presentes. Subsistiendo los apercibimientos dictados en el auto. Cusco, 25 de Octubre del 2017. 26-27-31/07/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LAS PERSONAS DE: JULIO YUPANOUI CHOQQUE Y BEATRIZ CRUZ ESCOBAL Ante el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. ZULAY SÁNCHEZ FARFAN, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 02217-2017-0-1001-JR-PE-06, seguido contra JULIO YUPANQUI CHOQQUE por la comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo LESIONES LEVES (por requerir más de quince días de descanso medico), en agravio de BEATRIZ CRUZ ESCOBAL, donde mediante la resolución N° 04 de fecha 19 de Julio de 2017, se ha dispuesto la notificación vía edicto, donde se emplaza a las personas de JULIO YUPANQUI CHOQQUE Y BEATRIZ CRUZ ESCOBAL, respecto de la Reprogramación de audiencia de Control de Acusación:

Cusco, miércoles 26 de julio de 2017 RESOLUCIÓN N° 4 Cusco, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por los fundamentos expuestos SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la verificación de la presente audiencia al no haberse notificado al imputado y a la agraviada en el domicilio real proporcionado por la representante del Ministerio Publico, al no haberse hallado dicho domicilio. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día QUINCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIEICISETE, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sexta Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco, quedando para tal efecto notificados los concurrentes. 3. Precísese que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, en consecuencia el representante del Ministerio Público y la Defensora Pública asignada al caso, tienen la obligación de concurrir a la misma, bajo responsabilidad. 4. DISPÓNGASE LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS al acusado Julio Yupanqui Choqque y a la agraviada Beatriz Cruz Escobar, debiendo a su vez en dicha notificación por edictos, renovarse la notificación del requerimiento acusatorio y la Resolucíón N° 01, así como notificar la presente resolución. 26-27-31/07/2017 CPJ


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